Ley Nº 294/93 Decreto Nº 453/13 Decreto Nº 954/13 PROYECTO “PRODUCCIÓN AGROPECUARIA – CRIA Y ENGORDE DE GANADO” PROPONENTE Manuel María Burró Sarubi Distrito 3 de Mayo Departamento de Caazapá Reg. / SEAM E-129 Febrero 2015 RELATORIO DE IMPACTO AMBIENTAL PROYECTO: PROPONENTE: MANUEL MARÍA BURRÓ SARUBI "PRODUCCIÓN AGROPECUARIA – CRÍA Y ENGORDE DE GANADO" ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL PRELIMINAR PROYECTO: “PRODUCCIÓN AGROPECUARIA – CRÍA Y ENGORDE DE GANADO” PROPIETARIO: MANUEL MARÍA BURRÓ SARUBI 1. INTRODUCCIÓN El desarrollo de actividades enmarcadas sobre la utilización de los recursos naturales, muy pocas veces considera, o frecuentemente ignora las implicancias ambientales de tales emprendimientos, es así que los RRNN son subvalorados, por no hallársele simplemente una utilización potencial o por brindar beneficios económicos de poca relevancia. En la actualidad se ha tomado mayor conciencia de los beneficios intangibles de la conservación de los recursos, debido principalmente a la gran presión de los entes que rigen la materia ambiental o de conservación de los bosques, ya sea por sus exigencias legales mediante leyes, resoluciones y principalmente mediante la constitución nacional, la cual establece el derecho de todo ciudadano a un ambiente sano saludable y limpio. En los últimos años el Paraguay ha perdido gran parte de sus bosques nativos, y la tasa de deforestación ha alcanzado los primeros lugares en el mundo. En la década del 90 al 2000 la tasa de deforestación a nivel mundial ha sido de 94 millones de hectáreas. Esta situación tiene consecuencias evidentes en el aumento de la temperatura a nivel global, largos periodos inusuales de sequías que afectan a las actividades que dependen del clima como la agricultura y la ganadería, así mismo la pérdida de diversidad biológica animales y plantas que participan en la cadena alimenticia y que proveen de materia prima para la elaboración de medicamentos. New Land S.A. CTCA E - 129 1 RELATORIO DE IMPACTO AMBIENTAL PROYECTO: PROPONENTE: MANUEL MARÍA BURRÓ SARUBI "PRODUCCIÓN AGROPECUARIA – CRÍA Y ENGORDE DE GANADO" El Plan de Manejo es un estudio técnico que tiene como objetivo principal aprovechar de forma racional y sostenible los recursos forestales de una determinada propiedad. Por lo general, los bosques naturales que quedan son muy degradados y con recursos maderables con valores volumétricos reducidos, comparando con los bosques no intervenidos. Uno de los retos fundamentales de la actualidad es la de lograr un equilibrio entre la producción y la preservación, con el fin de alcanzar el uso sostenible de nuestros apreciados bosques. New Land S.A. CTCA E - 129 2 RELATORIO DE IMPACTO AMBIENTAL PROYECTO: PROPONENTE: MANUEL MARÍA BURRÓ SARUBI "PRODUCCIÓN AGROPECUARIA – CRÍA Y ENGORDE DE GANADO" 2. ANTECEDENTES La elaboración del Estudio de Impacto Ambiental Preliminar responde a un requerimiento de la Secretaría del Ambiente (SEAM), para el Proyecto “PRODUCCIÓN AGROPECUARIA – CRIA Y ENGORDE DE GANADO VACUNO” formulado por el consultor ING. AGR. ROBERTO OJEDA; a pedido del propietario SR. MANUEL MARÍA BURRÓ SARUBI. El presente Estudio es un documento técnico que se ajusta a lo establecido en la Ley 294/93 y sus Decretos Reglamentarios Nº 453/13 y 954/13, y describe las actividades que deben desarrollar para realizar el proyecto elaborado. La superficie total del inmueble es 2.184,1 hectáreas, distribuidos en Bosque de Reserva 518,46 ha, Bosque de Protección 60,32 ha, Campo Bajo 1089,86, Campo Natural 302,17 ha, Infraestructura 11,49 ha, Tajamar 2,38 ha, Área Mecanizada 199,42 ha. De acuerdo a lo propuesto en el Uso Alternativo se destinarían para Área Mecanizada 190 ha, Pastura a Implantar 269,9 ha, Potreros 986,89 ha, Zona de Protección 8,01 ha, Bosque de Reserva 518,46 ha, Bosque de Protección 60,32 ha, Campo Bajo 29,48 ha, Campo Natural 107,17 ha, Infraestructura 11,19 ha, Tajamar 2,38 ha. Esta planificación de la utilización de la tierra proporciona al propietario una información detallada y precisa, acerca de las áreas destinadas para cultivos agrícolas, ganadería, áreas boscosas, otros. El propietario pretende dar un uso racional al suelo, adecuándose a las recomendaciones técnicas que benefician a la producción y productividad. En la región se emprenden actividades referentes a explotaciones agrícolas, forestales y ganaderas. La zona tiene un índice creciente en inversiones de la naturaleza mencionada, pero sin comprobar el seguimiento de las técnicas apropiadas para llevar adelante una explotación agrícola sostenible y preservando la diversidad biológica. New Land S.A. CTCA E - 129 3 RELATORIO DE IMPACTO AMBIENTAL PROYECTO: PROPONENTE: MANUEL MARÍA BURRÓ SARUBI "PRODUCCIÓN AGROPECUARIA – CRÍA Y ENGORDE DE GANADO" 3. OBJETIVOS OBJETIVOS DEL PROYECTO El desarrollo de actividades productivas, mediante prácticas agrícolas mecanizadas intensivas, para optimizar el cultivo de soja, maíz y otros. Aprovechar los recursos naturales (pastura natural) del campo bajo para el desarrollo de la actividad ganadera. OBJETIVOS DEL ESTUDIO Planificar y sistematizar las acciones y actividades en ejecución y a ejecutar en el fortalecimiento de la producción sostenible. Identificar, seleccionar y definir aquellas acciones y actividades de la producción agrícola y ganadera que podrían generar impactos negativos o positivos sobre el ecosistema intervenido. Establecer y recomendar los mecanismos, eliminación, minimización, mitigación o compensación que corresponda aplicar a los efectos negativos, para mantenerlos en niveles aceptables y asegurar de esta manera la estabilidad del sistema natural y social en el área de influencia del proyecto. Analizar la influencia del marco legal ambiental vigente con relación a la Producción agrícola y ganadera, encuadrarlo a sus exigencias, normas y procedimientos pertinentes. Formular un Plan de Gestión Ambiental para las acciones y actividades de la producción agrícola y ganadera para potenciar, mitigar, controlar o compensar, cuando corresponda, los posibles impactos positivos o negativos sobre el ambiente y permita cumplir las normativas legales e institucionales vigentes. New Land S.A. CTCA E - 129 4 RELATORIO DE IMPACTO AMBIENTAL PROYECTO: PROPONENTE: MANUEL MARÍA BURRÓ SARUBI "PRODUCCIÓN AGROPECUARIA – CRÍA Y ENGORDE DE GANADO" 4. DATOS DEL PROPONENTE NOMBRE Y APELLIDO: MANUEL MARIA BURRÓ SARUBI CÉDULA DE IDENTIDAD Nº: 450.886 R.U.C. Nº: 450.886-6 5. DATOS DE LA CONSULTORA AMBIENTAL Empresa: New Land S.A. Registro SEAM: E-129 Dirección: Venezuela Nº 245 e/ Honduras y Argentina Distrito: Villa Elisa Departamento: Central Teléfono: 021 – 930930 Representante Legal: Ing. Agr. Roberto I. Ojeda Cáceres Correo electrónico: [email protected] Móvil: 0983 637998 New Land S.A. CTCA E - 129 5 RELATORIO DE IMPACTO AMBIENTAL PROYECTO: PROPONENTE: MANUEL MARÍA BURRÓ SARUBI "PRODUCCIÓN AGROPECUARIA – CRÍA Y ENGORDE DE GANADO" 6. ÁREA DE ESTUDIO DATOS DE LOS INMUEBLES Corresponde el inmueble detallado en el cuadro siguiente según escritura a favor de MANUEL MARÍA BURRÓ SARUBI: Ha M2 2.650 1.681 10 3.701 2.649 366 3.696 4.457 137 FINCA PADRÓN 3.701 TOTAL Ubicación Distrito Departamento Di Lucca Cué María 3 de Luisa Mayo Caazapá San Salvador 2.184,10 hectáreas LOCALIZACIÓN El predio del presente estudio, corresponde al Proyecto “PRODUCCIÓN AGROPECUARIA – CRIA Y ENGORDE DE GANADO” cuyo Proponente es el Señor MANUEL MARIA BURRÓ SARUBI, a desarrollarse en la propiedad identificada con Fincas Nº 3.701, 3.701 y 3.696 y Padrones Nº 2.650, 2.649 y 4.457, Distrito de 3 de Mayo, Departamento de Caazapá. ACCESO Se accede a la misma por caminos internos parte de la ruta de la Compañía San Francisco a la ciudad de Caazapá pasando por la Estancia Vera Cué y Loma Chovy. La ubicación de la propiedad se encuentra dada por las siguientes coordenadas: X= 581.460 New Land S.A. CTCA E - 129 Y=7.091.886 6 RELATORIO DE IMPACTO AMBIENTAL PROYECTO: PROPONENTE: MANUEL MARÍA BURRÓ SARUBI "PRODUCCIÓN AGROPECUARIA – CRÍA Y ENGORDE DE GANADO" 7. ÁREA DE INFLUENCIA ÁREA DE INFLUENCIA DIRECTA (AID) El AID, en este proyecto se considera a la superficie que está siendo utilizada para la producción agrícola y ganadera, sus áreas de reserva; se podría decir que el AID está constituido, por los diversos usos desarrollados en la propiedad. ÁREA DE INFLUENCIA INDIRECTA (AII) El AII en este proyecto, son los relacionados a la ocupación intensiva de la tierra en los alrededores de la propiedad en estudio, las cuales son utilizadas para la producción ganadera, agrícola y otros usos. En relación al Uso Actual se tiene: Uso Actual de la Tierra USOS SUPERFICIE (ha) PORCENTAJE (%) Área Mecanizada 199,42 9,13 Bosque de Reserva 518,46 23,74 Bosque de Protección 60,32 2,76 1089,86 49,89 Campo Natural 302,17 13,83 Infraestructura 11,49 0,53 0,66 0,10 2184,1 100,0 Campo Bajo Tajamar Total New Land S.A. CTCA E - 129 7 RELATORIO DE IMPACTO AMBIENTAL PROYECTO: PROPONENTE: MANUEL MARÍA BURRÓ SARUBI "PRODUCCIÓN AGROPECUARIA – CRÍA Y ENGORDE DE GANADO" En relación al Uso Alternativo se proponen los siguientes usos: Uso Alternativo de la Tierra USOS SUPERFICIE (ha) PORCENTAJE (%) 190 8,69 Bosque de Reserva 518,46 23,74 Bosque de Protección 60,32 2,76 Campo Bajo 29,48 1,35 Campo Natural 107,17 4,91 Infraestructura 11,49 0,53 Pastura a Implantar 269,9 12,35 Potreros 986,89 45,19 Tajamar 2,38 0,11 Zona de Protección 8,01 0,37 2184,1 100 Área Mecanizada Total De acuerdo al Uso Alternativo planteado se pretende destinar 190 ha para área mecanizada, específicamente cultivos de soja, maíz entre otros, el Bosque de Reserva cuenta con 518,46 ha y será mantenido como tal, al igual que el Bosque de Protección con un total de 60,32 ha., el área destinada a Pastura a Implantar corresponde a 269,9 ha, Potreros 986,89 ha, Campo Bajo 29,48 ha, Campo Natural 107,17 ha, Zona de Protección 8,01 ha, en la propiedad se cuenta con tajamares naturales que abarcan en total 2,38 ha del total. New Land S.A. CTCA E - 129 8 RELATORIO DE IMPACTO AMBIENTAL PROYECTO: PROPONENTE: MANUEL MARÍA BURRÓ SARUBI "PRODUCCIÓN AGROPECUARIA – CRÍA Y ENGORDE DE GANADO" 8. ALCANCE DE LA OBRA DESCRIPCIÓN DEL MEDIO AMBIENTE COMPONENTE FÍSICO TOPOGRAFÍA La Zona cubierta por el Área de Influencia Indirecta, se presenta suavemente ondulada, con cotas entre los 450-500 msnm. El relieve del área está caracterizado por sus formas con pendientes que oscilan entre 1 a 3% de relieve suavemente ondulado, con altitud comprendida entre las cotas 130 a 150 m.s.n.m. El drenaje es bueno en la lomada y moderado a malo en la parte baja. OROGRAFÍA El principal accidente orográfico del Departamento es la Cordillera de Caaguazú que da fisonomía propia a toda la región del norte y del este. Se encuentran diseminados en su cercanía, cerros de mediana elevación como el Mbatoví, Ñu Cañy, Pacurí Morotí. SUELOS Todo el departamento pertenece al tipo climático cfa (mesotérmico) de Koeppen. Temperatura media anual de 21ºC, disminuyendo levemente hacia el noroeste del departamento. Las precipitaciones presentan valores medio de 1.600 a algo superior a 1.700 mm. El extremo noreste es una de las zonas con mayor precipitación del país. Evapotranspiración potencial media de 1.100 mm a menos hacia el noroeste. Las precipitaciones se concentran en periodos de Noviembre a Enero y en pequeño porcentaje entre los meses de Junio a Agosto. New Land S.A. CTCA E - 129 9 RELATORIO DE IMPACTO AMBIENTAL PROYECTO: PROPONENTE: MANUEL MARÍA BURRÓ SARUBI "PRODUCCIÓN AGROPECUARIA – CRÍA Y ENGORDE DE GANADO" HIDROLOGÍA En el Departamento de Caazapá se encuentran importantes cursos hídricos como los ríos Pirapó, Tebicuary, Tebicuary-mí, Pirapó, Capiibary e Ypatí, navegables casi todos por embarcaciones pequeñas. COMPONENTE BIOLÓGICO: El área de caracteriza por presentar condiciones de sabana húmeda y Semi húmeda en algunas áreas: las mismas son consideradas de alta productividad, ya que su biomasa tienen distintas aplicaciones (alimento de ganado, nidales de carpinchos, nidación de aves, etc.). Las mismas constituyen hábitats de plantas y animales silvestres, sobre todo cumple funciones esenciales en el ciclo de agua, y sin duda sin los humedales las inundaciones serían más penosas y las épocas secas más severas. A objeto de un análisis más profundo de la flora local, ubicada en el área de influencia directa e indirecta del proyecto, se ha tomado como referencia el estudio ecológico de Holdridge, Arévalos y otros; con este criterio se ha podido identificar dentro de las áreas mencionadas, las siguientes formaciones naturales: Sabana húmeda, Sabana Semi húmeda, Islas de Bosques, Bosques en Galería. FAUNA En la zona de influencia directa e indirecta del proyecto, se ha observado a diversos integrantes de la fauna silvestre local, sobre todo en las zonas de los bosques tipo islas. La avifauna es bastante diversa y varían desde las aves de pequeño porte, como el Hornero y los Gorriones, hasta las de gran porte como el Jabirú. También las zancudas de la familia Aramidae, aves rapaces como el Taguató caracolero, otros. COMPONENTE SOCIOECONÓMICO: La gran mayoría de las actividades humanas están caracterizadas por establecimientos ganaderos de producción bovina del tipo extensivo combinado o alternativo, utilizando el monte natural en formaciones de islas como sistema New Land S.A. CTCA E - 129 10 RELATORIO DE IMPACTO AMBIENTAL PROYECTO: PROPONENTE: MANUEL MARÍA BURRÓ SARUBI "PRODUCCIÓN AGROPECUARIA – CRÍA Y ENGORDE DE GANADO" de rotación estacional para la producción ganadera; cuyas superficies oscilan entre 500 a 5.000 ha y aquellos establecimientos que van de 10 a 1.000 ha dedicados a la producción agrícola, específicamente en la producción de granos (arroz, soja, trigo, maíz). PRODUCCIÓN AGRÍCOLA La principal actividad agrícola se encuentra en el cultivo de la caña de azúcar, el maíz, el algodón, la soja, el girasol y en menor escala el trigo y el tabaco. Entre los cultivos de subsistencia, la mandioca tiene buena producción, como así también productos hortofrutícolas. PRODUCCIÓN GANADERA La ganadería es una actividad económica del Departamento en la producción del ganado vacuno tanto para carne como para leche. ACTIVIDAD INDUSTRIAL La actividad industrial de este Departamento está representado por las siguientes ramas de actividad: Destilerías de caña, Fabricación de miel de caña, Elaboración de esencia de Petit Grain, Fábricas de Almidón, Aserraderos. EDUCACIÓN A nivel de escuelas primarias hay en todas las ciudades y compañías. En tanto que en los puntos más importantes funcionan colegios de nivel secundarios. New Land S.A. CTCA E - 129 11 RELATORIO DE IMPACTO AMBIENTAL PROYECTO: PROPONENTE: MANUEL MARÍA BURRÓ SARUBI "PRODUCCIÓN AGROPECUARIA – CRÍA Y ENGORDE DE GANADO" 9. DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO PROPUESTO 9.1 CRÍA Y ENGORDE DE GANADO El establecimiento se dedica a la cría y engorde de ganado vacuno, la superficie destinada a pastura será de 269,9 ha, mientras que el área destinada a Potreros es de 986,89 ha. Las semillas forrajeras es el órgano reproductivo de las pasturas. Estas desempeñan una función fundamental en la renovación, persistencia y dispersión de las poblaciones forrajeras ó en pasturas de fincas ganaderas. Las semillas forrajeras son organismos vivos y sensibles. Necesitan de cuidados especiales, el transporte adecuado, almacenaje a temperatura y humedad ideal para su conservación y manipulación con mucho cuidado, evitando romper las bolsas. Por una cuestión económica los mejores campos, los más fértiles se destinan por lo general a la agricultura y los menos fértiles a la ganadería, al ganado bovino, es por eso que los ganaderos generalmente prefieren pastos que se caracterizan por ser invasivos, resistentes al pisoteo y adaptables a suelos poco fértiles. La carne del ganado bovino alimentado a pasto se oxida menos que la del ganado bovino alimentado a granos, tiene menos grasa y es más saludable para la especie humana. Para el buen aprovechamiento de un pastizal influyen varios factores como la disponibilidad, la carga animal, la conducta del animal en pastoreo, la altura y composición del pasto, el tiempo de ocupación de la pastura por el ganado bovino, el tiempo de reposo del pastizal, el tamaño del potrero ideal, la rotación optima en tiempo. Las cargas aproximadas de ganado bovino por hectárea en pasturas son: 0.8 a 1.5 bovinos por hectárea en pastos naturales no fertilizados sin irrigación, 2.4 a 3.2 en pasturas fertilizadas sin irrigación, 4 a 7 en pasturas fertilizadas irrigadas. En el predio se cuenta con 5 tajamares naturales para abastecimiento de agua para ganado. New Land S.A. CTCA E - 129 12 RELATORIO DE IMPACTO AMBIENTAL PROYECTO: PROPONENTE: MANUEL MARÍA BURRÓ SARUBI "PRODUCCIÓN AGROPECUARIA – CRÍA Y ENGORDE DE GANADO" Esta actividad se desarrolla en el campo bajo aprovechando los recursos naturales (pastura natural). El sistema de pastoreo utilizado es una alternativa de uso de las pasturas por los animales. La finalidad básica de un sistema de pastoreo son: lograr mantener una alta producción de forraje de alta calidad durante el mayor periodo de tiempo, mantener un balance favorable entre las especies forrajeras, obtener una eficiente utilización y lograr una producción ganadera rentable. Pastoreo rotacional: este sistema se desarrolla en el establecimiento, es la práctica en la cual los animales se mueven de un potrero a otro con el fin de utilizar eficientemente toda la pastura. Se refiere a un sistema intensivo de manejo de pastura, en el cual el área de pastoreo se subdivide en cierto número de potreros y se hace que el ganado utilice los mismos en forma rotacional, aprovechándolos por periodos cortos y permitiéndoles un tiempo adecuado para la recuperación. En las parcelas destinadas a la ganadería, para realizar una rotación de cultivos - pastura, se adoptarán prácticas sencillas de manejo para mantener o aumentar su productividad. La raza de ganado es Brangus Para la ganadería considerar estas recomendaciones: Rotación entre potreros. Selección de pastos adecuados. Control de la carga animal y del pisoteo continúo. Fertilización para su recuperación y mantenimiento. Suministrar suplemento mineral a los ganados. Sanitación. Implementación bebederos. New Land S.A. CTCA E - 129 13 RELATORIO DE IMPACTO AMBIENTAL PROYECTO: PROPONENTE: MANUEL MARÍA BURRÓ SARUBI "PRODUCCIÓN AGROPECUARIA – CRÍA Y ENGORDE DE GANADO" 9.2 PRODUCCIÓN AGRÍCOLA Dentro del proyecto de referencia se desarrollan las siguientes actividades: CULTIVOS: de soja, maíz, y otros cultivos. SOJA Y MAIZ: se debe aplicar con la siembra, en promedio alrededor de 140 Kg/ha el fertilizante químico del grado 5 -30-10 o su equivalente. Se recomienda que la semilla de soja sea inoculada previa a la siembra. Siembra directa u otra práctica utilizada para un mejor manejo y conservación de suelo: El proponente realizará siembra directa ininterrumpida, además de rotación de cultivos. Además, se recomienda aplicar en todas las áreas estudiadas, al voleo, cal agrícola, a razón de 1.800 a 2.000 Kg/ha, por lo menos con tres meses de anticipación a la siembra para aumentar el nivel del calcio, mejorar la reacción del suelo y evitar que el A1 + 3 intercambiable, llegue a niveles que puede resultar tóxico para la mayoría de las plantas cultivadas. Se realizará conservación de caminos con maquinarias. Como es posible apreciar en el Mapa de Uso Alternativo que se adjunta al presente estudio, se pretende destinar un total de 190 ha para área mecanizada, es decir a actividades agrícolas. ELECCIÓN Y COMPRA DEL PRODUCTO Los productos a elección deberán estar debidamente registrados, en envases originales, etiquetados, y no vencidos (Ley 123/91 Resolución 1000, Resolución 878 y Resolución 443). Elección del producto recomendado, preferentemente de la clasificación: Franja Azul y Franja Verde. DURANTE LA APLICACIÓN Los personales contratados para la realización de dicha tarea, tendrán en cuenta: New Land S.A. CTCA E - 129 14 RELATORIO DE IMPACTO AMBIENTAL PROYECTO: PROPONENTE: MANUEL MARÍA BURRÓ SARUBI "PRODUCCIÓN AGROPECUARIA – CRÍA Y ENGORDE DE GANADO" Uso de equipos, mantenimiento y reparación Mantenimiento adecuado del equipo pulverizador al final de cada aplicación; limpiar y mantener en buen estado. Evitar el uso de aspersores y caños rotos o en mal estado. Dosificaciones y mezclas Seguir las instrucciones del producto (inscriptas en la etiqueta) y del asesor técnico, recordando que dosis más elevadas no producen necesariamente mejores efectos y las dosis bajas pueden ser menos eficaces. Durante la preparación deben usar vestimentas adecuadas, y mantenerse alejados de niños y animales. Transporte de químicos para la finca La empresa contratada tiene en cuenta las siguientes medidas necesarias de seguridad: Es prohibido el transporte de productos fitosanitarios dentro de las cabinas de vehículos automotores o dentro de carrocerías cuando ésta transporta personas, animales, alimentos, etc. El transporte de productos fitosanitarios de cantidades mayores a las liberadas exige que el conductor sea profesional y tenga curso para transporte de productos peligrosos. Para pequeñas cantidades de productos fitosanitarios, el vehículo recomendado es del tipo camioneta, donde los productos deben estar, preferentemente cubiertos por lona o carpa impermeable y sujeta a la carrocería del vehículo: Acondicionar los productos fitosanitarios de forma a que no ultrapasen el límite máximo de altura de la carrocería. Una caja cerrada puede ser utilizada para separar pequeñas cantidades de productos fitosanitarios, cuando se transporta con otro tipo de carga. Al transportar cualquier cantidad de productos fitosanitarios, llevar New Land S.A. CTCA E - 129 15 RELATORIO DE IMPACTO AMBIENTAL PROYECTO: PROPONENTE: MANUEL MARÍA BURRÓ SARUBI "PRODUCCIÓN AGROPECUARIA – CRÍA Y ENGORDE DE GANADO" siempre consigo las instrucciones para casos de accidentes, contenidas en la ficha de emergencia del producto. En casos de accidentes, deben ser tomadas medidas para evitar que posibles derrames alcancen manantiales, nacientes de aguas o que puedan alcanzar cultivos, personas, animales, instalaciones, etc. Se debe tener mayor cuidado en el recogimiento de las porciones derramadas. En caso de derrames de gran cantidad, debe avisarse al fabricante, autoridades locales, y seguir instrucciones para emergencias del producto. Embalajes que contengan residuos o que estén con perdidas no deben ser transportadas. Productos fitosanitarios nunca deben ser transportados con alimentos o ración animal, medicamentos, forrajes, semillas. Control de plagas y enfermedades Existen plagas como la “Mosca blanca” que atacan a una diversidad de cultivos como poroto, soja, algodón, melón, sandía entre otros, reduciendo el rendimiento de los cultivos afectados, el control químico mas eficiente se realiza con insecticidas sistémicos como Imidacloprid, Acetamiprid y Endosulfan. Control biológico o natural La mosca blanca es parasitada por avispitas del género Amitussp. Eretmocerussp. Prospaltellasp., y la Encarsiasp., también es depredada por neurópteros (Chrysopasp.), escarabajos coccinélidos y una mosca de la familia Dolochopodidae. Generalmente, estos enemigos naturales son muy susceptibles a los insecticidas piretroides que se deben aplicar solo en caso necesario. La roya de la soja es una de las enfermedades más importantes de la zona, causada por un hongo que al propagarse por el viento puede recorrer largas distancias y provocar grandes epidemias. Actúa en poco tiempo, es muy agresiva y, bajo determinadas New Land S.A. CTCA E - 129 condiciones climáticas, tiene efectos 16 RELATORIO DE IMPACTO AMBIENTAL PROYECTO: PROPONENTE: MANUEL MARÍA BURRÓ SARUBI "PRODUCCIÓN AGROPECUARIA – CRÍA Y ENGORDE DE GANADO" devastadores sobre el cultivo: apenas un 10% o un 15% de incidencia provocan pérdidas de hasta el 20% en el rendimiento, ya que cuanto antes ocurre la infección, mayores serán los daños causados. Existen varias enfermedades y plagas que atacan a la soja como Septoriosis, Antracnosis, Cancro, Barrenador del tallo, Oruga de la soja, chinches del tallo, los cuales no constituyen serios problemas ya que se utilizan variedades resistentes. Cosecha El proponente apunta a obtener un alto rendimiento de las maquinarias en especial de la cosechadora, por lo que tiene en cuenta estos puntos: Humedad del grano: afecta el régimen de cilindro y el grado de abertura del cóncavo. Rendimiento del cultivo: queda determinado por el stand y el estado de las plantas. La densidad del cultivo afectará la velocidad de avance de la cosechadora, la altura de corte, grado de fluctuación de la plataforma, etc. Grado de maduración: cuánto más pareja sea la maduración del cultivo, se facilitará el trabajo de la maquina. Presencia de malezas: su existencia dentro del cultivo afectará el desempeño integral del equipo, incidiendo sobre la captación, trilla, separación y el grado de limpieza del grano cosechado. Para no superar los niveles de perdidas permitidos, es necesario regular la velocidad de avance de la cosechadora al rendimiento y las condiciones del cultivo, al ancho de corte de la plataforma y capacidad de procesamiento de los restantes sistemas, con el objeto de potenciar la capacidad del trabajo de la maquina. Personal e inversiones Conforme a las actividades en el marco del desarrollo del Proyecto de Producción Agropecuaria – Cría y Engorde de Ganado, se cuenta con 5 New Land S.A. CTCA E - 129 17 RELATORIO DE IMPACTO AMBIENTAL PROYECTO: PROPONENTE: MANUEL MARÍA BURRÓ SARUBI "PRODUCCIÓN AGROPECUARIA – CRÍA Y ENGORDE DE GANADO" personales permanentes en el establecimiento que realizan diferentes actividades. Materia prima Superficie de tierra destinada a la producción agrícola y ganadera. Insumos Semillas: soja, maíz, otros. Productos fitosanitarios: herbicidas, insecticidas, fertilizantes, otros (a cargo de personales terciarizados encargados en la manipulación, aplicación). Servicios Telefonía móvil. Energía eléctrica provista por la ANDE. Agua para consumo humano y uso doméstico, proveído por un pozo artesiano bombeado por una motobomba de 2 HP de capacidad, Monofásico. El Agua para regadíos de los cultivos agrícolas, será aprovechada de las precipitaciones ATMOSFÉRICO (lluvia). Distancia de poblaciones o viviendas cercanas al inmueble No existen viviendas cercanas al establecimiento, las estancias que están ubicadas alrededor del mismo se dedican a las mismas actividades citadas más arriba como agrícolas, ganaderas y forestales. DESECHOS Sólidos (tn/año, m3/año), Líquidos (m3/s), Gaseoso (Kg./h) Los desechos sólidos provenientes de la post cosecha, serán reincorporados al suelo. Los desechos gaseosos, son mínimos, considerando las actividades desarrolladas y el sitio de ubicación del proyecto. New Land S.A. CTCA E - 129 18 RELATORIO DE IMPACTO AMBIENTAL PROYECTO: PROPONENTE: MANUEL MARÍA BURRÓ SARUBI "PRODUCCIÓN AGROPECUARIA – CRÍA Y ENGORDE DE GANADO" Los residuos domésticos y provenientes de las oficinas serán depositados en contenedores provisorios ubicados en un lugar destinado para el efecto, dentro de la propiedad. GENERACIÓN DE RUIDO (DECIBELES) Estos valores son irrelevantes y no presentan una importancia significativa para ser considerados en este tipo de actividades. Cabe mencionar que el emprendimiento puede ocasionar ruidos comunes generados por las maquinarias durante las actividades de siembra y cosecha, pero los mismos se consideran de escasa significancia por encontrarse alejado de centros de población. New Land S.A. CTCA E - 129 19 RELATORIO DE IMPACTO AMBIENTAL PROYECTO: PROPONENTE: MANUEL MARÍA BURRÓ SARUBI "PRODUCCIÓN AGROPECUARIA – CRÍA Y ENGORDE DE GANADO" 10. PLAN DE OPERACIÓN Y MANTENIMIENTO La limpieza, y por consiguiente, la remoción de los residuos, son del primer orden de importancia, y para el efecto se deberá contar con basureros adecuados. Para almacenar temporalmente los residuos sólidos varios, se deberá disponer de contenedores con tapa. Las actividades operacionales estarán directamente relacionadas con cada etapa determinada del tratamiento, además es importante ver lo siguiente: La limpieza del área de trabajo deberá realizarse diariamente y por tanto la correcta disposición de residuos. Con respecto a los recipientes de los agroquímicos, las personas que realizan la aplicación, son las encargadas de acercar a la Empresa Recicladora, debidamente habilitada para la disposición final de los recipientes. Para que no existan olores desagradables se deberán eliminar constantemente residuos varios y disponer correctamente para su retiro y disposición final. El Proponente deberá brindar todos los medios para que tanto el personal técnico como obrero realicen todas sus tareas en condiciones apropiadas de higiene, salud y seguridad. New Land S.A. CTCA E - 129 20 RELATORIO DE IMPACTO AMBIENTAL PROYECTO: PROPONENTE: MANUEL MARÍA BURRÓ SARUBI "PRODUCCIÓN AGROPECUARIA – CRÍA Y ENGORDE DE GANADO" 11. SIGNIFICANCIA ECONÓMICA DEL PROYECTO Se puede considerar que el Proyecto tendrá una gran significación en la economía del Distrito donde se encuentra ubicado el establecimiento, dentro del Departamento de Caazapá, ya que va en ascenso la producción de soja en los últimos años, mostrando una interesante inserción de este rubro. Igualmente se contempla el cultivo de otros rubros en las áreas habilitadas para la producción agrícola. El Proponente, tiene proyectado aumentar la superficie destinada a la cría de ganado vacuno, posibilitando de esa forma la creación de nuevas fuentes de trabajo para los pobladores del distrito, sea técnico, como personal operario. Esto generaría un dinamismo que afectará de manera positiva en todos los aspectos, de la economía local y departamental, con la posibilidad que tendrán de tener ingresos los trabajadores que afectará en forma directa y positiva, e indirectamente al entorno con el aumento del consumo, que tiene un efecto multiplicar en la economía local y departamental, con otros beneficios, que incluye el pago de Impuestos y Tasas al Municipio correspondiente, como también en la mejora de los ingresos fiscales del estado y con la posibilidad de creación de nuevos centros comerciales en el área de influencia indirecta del proyecto. New Land S.A. CTCA E - 129 21 RELATORIO DE IMPACTO AMBIENTAL PROYECTO: PROPONENTE: MANUEL MARÍA BURRÓ SARUBI "PRODUCCIÓN AGROPECUARIA – CRÍA Y ENGORDE DE GANADO" 12. CONSIDERACIONES LEGISLATIVAS Y NORMATIVAS CONSTITUCIÓN NACIONAL CAPÍTULO I. DE LA VIDA Y DEL AMBIENTE SECCIÓN I. DE LA VIDA Artículo 6 - DE LA CALIDAD DE VIDA El Estado también fomentará la investigación sobre los factores de población y sus vínculos con el desarrollo económico social, con la preservación del ambiente y con la calidad de vida de los habitantes. SECCIÓN II. DEL AMBIENTE Artículo 7 - DEL DERECHO A UN AMBIENTE SALUDABLE Toda persona tiene derecho a habitar en un ambiente saludable y ecológicamente equilibrado. Constituyen objetivos prioritarios de interés social la preservación, la conservación, la recomposición y el mejoramiento del ambiente, así como su conciliación con el desarrollo humano integral. Estos propósitos orientarán la legislación y la política gubernamental pertinente. Artículo 8 - DE LA PROTECCIÓN AMBIENTAL Las actividades susceptibles de producir alteración ambiental serán reguladas por la ley. Asimismo, ésta podrá restringir o prohibir aquellas que califique peligrosas. El delito ecológico será definido y sancionado por la ley. Todo daño al ambiente importará la obligación de recomponer e indemnizar. INSTITUCIONES INVOLUCRADAS SECRETARÍA DEL AMBIENTE (SEAM) Artículo 11º.- La Secretaría del Ambiente creada por Ley 1561/00, tiene por objetivo la formulación, coordinación, ejecución y fiscalización de la política nacional ambiental. Artículo 13º.- La SEAM promoverá la descentralización de las atribuciones y funciones que se le confiere por esta ley, a fin de mejorar el control ambiental y la conservación de los recursos naturales, a los órganos y entidades públicas de los gobiernos departamentales y municipales que actúan en materia ambiental. Asimismo, podrá facilitar el fortalecimiento institucional de esos New Land S.A. CTCA E - 129 22 RELATORIO DE IMPACTO AMBIENTAL PROYECTO: PROPONENTE: MANUEL MARÍA BURRÓ SARUBI "PRODUCCIÓN AGROPECUARIA – CRÍA Y ENGORDE DE GANADO" órganos y de las entidades públicas o privadas, prestando asistencia técnica y transferencia de tecnología, las que deberán establecerse en cada caso a través de convenios. Artículo 14º.- La SEAM adquiere el carácter de autoridad de aplicación de las siguientes leyes: a) Nº 583/76 “Que aprueba y ratifica la convención sobre el Comercio Internacional de las Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestre”; b) Nº 42/90 “Que prohíbe la importación, depósito, utilización de productos calificados como residuos industriales peligrosos o basuras tóxicas y establece las penas correspondientes a sus incumplimiento”; c) Nº 61/92 “Que aprueba y ratifica el Convenio de Viena para la Protección de la Capa de Ozono; y la enmienda del Protocolo de Montreal relativo a las sustancias agotadoras de la capa de ozono”; d) Nº 96/92 “De la Vida Silvestre”; e) Nº 232/93 “Que aprueba el ajuste complementario al acuerdo de cooperación técnica en materia de mediciones de la calidad del agua, suscrito entre Paraguay y Brasil”; f) Nº 251/93 “Que aprueba el convenio sobre el cambio climático, adoptado durante la conferencia de las Naciones Unidas sobre el medio ambiente y desarrollo – la Cumbre para la Tierra – celebrado en la Ciudad de Río de Janeiro, Brasil”; g) Nº 253/93 “Que aprueba el convenio sobre diversidad biológica, adoptado durante la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente y Desarrollo – la Cumbre para la Tierra – celebrado en la Ciudad de Río de Janeiro, Brasil”; h) Nº 350/94 “Que aprueba la convención relativa a los humedales de importancia internacional, especialmente como hábitat de aves acuáticas”; i) Nº 352/94 “De áreas silvestres protegidas”; j) Nº 970/96 Que aprueba la Convención de las Naciones Unidas de lucha contra la desertificación, en los países afectados por la sequía grave o desertificación, en particular en África”; k) Nº 799/96 “De pesca” y su decreto reglamentario; y New Land S.A. CTCA E - 129 23 RELATORIO DE IMPACTO AMBIENTAL PROYECTO: PROPONENTE: MANUEL MARÍA BURRÓ SARUBI "PRODUCCIÓN AGROPECUARIA – CRÍA Y ENGORDE DE GANADO" l) Todas aquellas disposiciones legales (leyes, decretos, acuerdos internacionales, ordenanzas, resoluciones, etc.) que legislen en materia ambiental. Artículo 15º.- Asimismo, la SEAM ejercerá autoridad en los asuntos que conciernen a su ámbito de competencia y en coordinación con las demás autoridades competentes en las siguientes leyes: a) Nº 369/72 “Que crea el Servicio Nacional de Saneamiento Ambiental” y su modificación Nº 908/96; b) Nº 422/73 “Forestal”; c) Nº 904/81 “Estatuto de las Comunidades Indígenas” y su modificación Nº 919/96; d) Nº 123/91 “Que adopta nueva formas de protección fitosanitarias”; e) Nº 234/93 “Que aprueba y ratifica el Convenio Nº 169 sobre Pueblos Indígenas y Tribales en países independientes, adoptado durante la 76 Conferencia Internacional del Trabajo, celebrado en Ginebra, el 7 de junio de 1989”; f) Nº 1344/98 “De defensa del consumidor y del usuario” y su decreto reglamentario; y g) Nº 751/95 “Que aprueba el acuerdo sobre cooperación para el combate al tráfico ilícito de maderas”. a. DIRECCIÓN GENERAL DEL CONTROL DE LA CALIDAD AMBIENTAL Y DE LOS RECURSOS NATURALES. Dirección encargada de administrar la Ley 294/93 de Evaluación de Impacto Ambiental. LEY Nº 294/93 DE EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL. Art. 7º.- Se requerirá de Evaluación de Impacto Ambiental para los siguientes Proyectos de obras o actividades públicas o privadas: b) La explotación agrícola, ganadera, forestal y granjera. New Land S.A. CTCA E - 129 24 RELATORIO DE IMPACTO AMBIENTAL PROYECTO: PROPONENTE: MANUEL MARÍA BURRÓ SARUBI "PRODUCCIÓN AGROPECUARIA – CRÍA Y ENGORDE DE GANADO" DECRETO Nº 453/2013 Por el cual se reglamenta la Ley Nº 294/1993 “De Evaluación de Impacto Ambiental” y su modificatoria, La Ley Nº 345/1994, y se deroga el Decreto Nº 14.281/1996. DECRETO Nº 954/2013 Por la cual se modifican y amplían los Artículos 2º, 3º, 5º, 6º Inciso E) 9º, 10, 14 y el Anexo del Decreto Nº 453 del 8 de octubre de 2013, por el cual se reglamenta la Ley Nº 294/1993 “De Evaluación de Impacto Ambiental” y su modificatoria, la Ley Nº 345/1994, y se deroga el Decreto Nº 14.281/1996. Art.. 1º.- Modificase y ampliase el Artículo 2º del Decreto Nº 453 del 8 de octubre de 2013 – “Capítulo I De las obras y actividades que requieren la obtención de una Declaración de Impacto Ambiental son las siguientes: b) La explotación agrícola, ganadera, forestal y granjera 1 Establecimientos agrícolas o ganaderos que utilicen quinientas o más hectáreas de suelo en la Región Oriental, o dos mil o más hectáreas en la Región Occidental, sin contabilizar las áreas de reserva de bosques naturales o de bosques protectores, o zonas de protección de cauces hídricos u otras áreas no destinadas directamente a las labores agrícolas o ganaderas. RESOLUCIÓN Nº 244/13. RESOLUCIÓN Nº 245/13. RESOLUCIÓN Nº 246/13. b. DIRECCIÓN GENERAL DE PROTECCIÓN Y CONSERVACIÓN DE LOS RECURSOS HÍDRICOS. Encargada de coordinar el mantenimiento, la conservación y aprovechamiento de los recursos hídricos. LEY N° 3239/07 - DE LOS RECURSOS HÍDRICOS DEL PARAGUAY RESOLUCIÓN Nº 222/02 Por la Cual se Establece el Padrón de Calidad de las Aguas en el Territorio Nacional. New Land S.A. CTCA E - 129 25 RELATORIO DE IMPACTO AMBIENTAL PROYECTO: PROPONENTE: MANUEL MARÍA BURRÓ SARUBI "PRODUCCIÓN AGROPECUARIA – CRÍA Y ENGORDE DE GANADO" LEY 3742/09 DE CONTROL DE PRODUCTOS FITOSANITARIOS DE USO AGRICOLA (SENAVE) Artículo 1°.- La presente Ley establece el régimen legal de registro y control de todo producto fitosanitario de uso agrícola a partir del ingreso de los mismos al territorio nacional, así como: la síntesis, formulación, fraccionamiento, transporte, almacenaje, etiquetado, comercialización, publicidad, aplicación y eliminación de residuos y disposición final de envases vacios y de plaguicidas vencidos, con el fin de proteger la salud humana, animal, vegetal, y el ambiente. Artículo 2º.-Serán regulados por la presente Ley y las normas que la reglamenten: a. El registro de todo producto fitosanitario y sustancias activas en grado técnico de uso agrícola, que se produzcan, ingresen, sinteticen, formulen, fraccionen, comercialicen, distribuyan, exporten y/o transporten en el país. b. El registro de toda persona física o jurídica que importe, elabore, fraccione, Sintetice, formule, comercialice, distribuya, exporte y/o transporte productos fitosanitarios de uso agrícola. c. El registro de toda persona física o jurídica que preste servicios comerciales de aplicación de productos fitosanitarios. d. El registro de los Asesores Técnicos. e. El Registro de Laboratorios que analizan, ensayan o generan información sobre productos fitosanitarios. f. El envasado, etiquetado y la publicidad de productos fitosanitarios. g. El control del ingreso, transporte, almacenaje, distribución, fraccionamiento, expendio y uso de los productos fitosanitarios. h. El control de la inscripción en el Registro de los sujetos previstos por la presente Ley. i. La disposición final de plaguicidas prohibidos, vencidos, con envases averiados y la de envases vacíos de plaguicidas. LEY N° 2.459/04 QUE CREA EL SERVICIO NACIONAL DE CALIDAD Y SANIDAD VEGETAL Y DE SEMILLAS (SENAVE) Artículo 1°.- Créase el Servicio Nacional de Calidad y Sanidad Vegetal y de Semillas (SENAVE), como persona jurídica de derecho público, autárquico, con New Land S.A. CTCA E - 129 26 RELATORIO DE IMPACTO AMBIENTAL PROYECTO: PROPONENTE: MANUEL MARÍA BURRÓ SARUBI "PRODUCCIÓN AGROPECUARIA – CRÍA Y ENGORDE DE GANADO" patrimonio propio y de duración indefinida, el que se regirá por las disposiciones de la presente Ley y sus reglamentaciones. Artículo 4°.- El SENAVE tendrá como misión apoyar la política agro-productiva del Estado, contribuyendo al incremento de los niveles de competitividad, sostenibilidad y equidad del sector agrícola, a través del mejoramiento de la situación de los recursos productivos respecto a sus condiciones de calidad, fitosanidad, pureza genética y de la prevención de afectaciones al hombre, los animales, las plantas y al medio ambiente, asegurando su inocuidad. Artículo 5°.- Los objetivos generales del SENAVE serán: a) Contribuir al desarrollo agrícola del país mediante la protección, el mantenimiento e incremento de la condición fitosanitaria y la calidad de productos de origen vegetal; y, b) Controlar los insumos de uso agrícola sujetos a regulación conforme a normas legales y reglamentarias. Artículo 6°.- Son fines del SENAVE: a) Evitar la introducción y el establecimiento en el país de plagas exóticas de vegetales; b) Preservar un estado fitosanitario que permita a los productos agrícolas nacionales el acceso a los mercados externos; c) Asegurar la calidad de los productos y subproductos vegetales, plaguicidas, fertilizantes, enmiendas para el suelo y afines, con riesgo mínimo para la salud humana, animal, las plantas y el medio ambiente; d) Asegurar que los niveles de residuos de plaguicidas en productos y subproductos vegetales estén dentro de límites máximos permitidos; e) Asegurar la identidad y calidad de las semillas y proteger el derecho de los creadores de nuevos cultivares; y, f) Entender los asuntos vinculados con la biotecnología. LEY Nº 836/80 CODIGO SANITARIO. SERVICIO NACIONAL DE SANEAMINTO AMBIENTAL (SENASA) Dependencia del Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social, autoridad administrativa de la Ley 836/80 Código Sanitario. El objetivo de dicha Ley consiste en la prevención y control de la contaminación ambiental, en especial en áreas como: higiene en la vía pública. Edificios, viviendas y urbanizaciones, New Land S.A. CTCA E - 129 27 RELATORIO DE IMPACTO AMBIENTAL PROYECTO: PROPONENTE: MANUEL MARÍA BURRÓ SARUBI "PRODUCCIÓN AGROPECUARIA – CRÍA Y ENGORDE DE GANADO" asentamientos humanos, defensa ambiental en Parques Nacionales, ruidos, sonidos y vibraciones que puedan dañar la salud, entre otros. RESOLUCIÓN MAG Nº 1000/94 “POR LA CUAL SE REGLAMENTA EL REGISTRO DE LOS PRODUCTOS FITOSANITARIOS Y PLAGUICIDAS DE USO AGRÍCOLA”. PARTICULARIDADES: Art. 66º.- Queda prohibida toda acción que deteriore el medio natural, disminuyendo su calidad, tornándolo riesgoso para la salud. Art. 67º.- El Ministerio determinará los límites de tolerancia para la emisión o descarga de contaminantes o pulidores en la atmósfera, el agua, el suelo, y establecerá las normas a que deben ajustarse las actividades laborales, industriales, comerciales y de transporte para preservar el ambiente del deterioro. Art. 68º.- El Ministerio promoverá programas encaminados a la prevención y control de la contaminación y de polución ambiental y dispondrá medidas para su preservación, debiendo realizar controles periódicos del medio, para detectar cualquier elemento que cause o pueda causar deterioro a la atmósfera, el agua, el suelo y los alimentos. Resolución Nº 396/93 que establece Estándares de Calidad de Agua. Establece Estándares de Calidad de Agua basados en los valores guía de la organización Mundial de la Salud, comprendiendo básicamente valores químicos, normas que deben cumplir entidades privadas dedicadas a procesar y comercializar el agua, normas para plantas de tratamiento de efluentes industriales, entre otros. Esta resolución consta de dos partes: a. Estándares de calidad de agua para consumo humano. b. Estándares para efluentes industriales en curso de aguas receptoras. MINISTERIO DE HACIENDA (MH) Es la administradora legal que fiscaliza el sistema arancelario e impositivo que regula el movimiento de cargas, tanto de exportación como de importación. DISPOSICIONES ESPECÍFICAS DECRETO Nº 18.831/86 New Land S.A. CTCA E - 129 28 RELATORIO DE IMPACTO AMBIENTAL PROYECTO: PROPONENTE: MANUEL MARÍA BURRÓ SARUBI "PRODUCCIÓN AGROPECUARIA – CRÍA Y ENGORDE DE GANADO" “POR EL CUAL SE ESTABLECE NORMAS DE PROTECCIÓN DEL MEDIO AMBIENTE” Art. 1º.- Establécese normas de protección de los recursos naturales y de los suelos de los bosques protectores y de las zonas de reservas naturales, a cuyo fin queda absolutamente prohibida toda acción que pueda dañar o conducir a un cambio perjudicial o depredación del medio ambiente rural o de sus elementos integrantes. Art. 2º.- El Estado protegerá y será deber de todo habitante de la República cooperar activamente en proteger las cuencas hidrográficas, fuere en relación a los recursos de agua, sus cauces y riberas, a los lagos, sus lechos y playas, a la flora, fauna y bosques existentes. Art. 3º.- A los efectos de la protección de ríos, arroyos, nacientes y lagos, se deberá dejar una franja de bosque protector de por los menos 100 (cien) metros a ambas márgenes de los mismos, franja que podrá incrementarse de acuerdo al ancho e importancia de dicho curso de agua. Art. 4º.- Queda prohibido verter en las aguas, directa e indirectamente, todo tipo de residuos, sustancias, materiales o elementos sólidos, líquidos o gaseosos, o combinaciones de estos, que puedan degradar o contaminar las aguas o los suelos adyacentes, causando daño o poniendo en peligro la salud o vida humana, la flora, la fauna o comprometiendo su empleo en explotaciones agrícolas, ganaderas, forestales o su aprovechamiento para diversos usos. Art. 5º.-Prohíbese los desmontes en terreno con pendientes mayores de 15%. En Terrenos con pendientes menores al 15% y mayores a los 5% dedicados a cultivos agrícolas, deberán realizarse prácticas de conservación de suelos a fin de evitar la erosión. Art. 6º.- Prohíbase los desmontes sin solución de continuidad, en superficie mayores de 100 (cien) hectáreas, debiendo dejarse entre parcelas, franjas de bosque de 100 (cien) metros de ancho como mínimo. Art. 7º.- En las parcelas donde se hayan realizado desmontes mayores a los establecidos en el presente Decreto, se deberá proceder a su reforestación en forma inmediata con el fin de alcanzar a mediano y largo plazo las condiciones establecidas en el Artículo 6º. New Land S.A. CTCA E - 129 29 RELATORIO DE IMPACTO AMBIENTAL PROYECTO: PROPONENTE: MANUEL MARÍA BURRÓ SARUBI "PRODUCCIÓN AGROPECUARIA – CRÍA Y ENGORDE DE GANADO" Art. 8º.- Los suelos de las áreas adyacentes a las márgenes de carreteras y otras vías públicas de comunicación, con pendientes u otras características que puedan afectar su integridad, no podrá ser utilizadas para fines agrícolas o ganaderos, ni practicar rozas, talas u otros trabajos que puedan implicar su degradación. Art. 9º.- Todo Propietario, tenedor a cualquier título, Empresas concesionarias o cualquier otra forma de sociedad o asociación que tengan o desarrollen explotaciones agrícolas, ganaderas o forestales o cualquier combinación de éstas, deberán: a. Establecer y aplicar dispositivos y prácticas preventivas y de lucha contra la erosión, la contaminación y todo tipo de degradación causadas por el hombre. b. Evitar el sobrepastoreo que reduzca perjudicialmente o elimine la cobertura vegetal de los suelos. c. Aplicar prácticas para el mantenimiento de la fertilidad de los suelos. d. Aplicar prácticas y tecnologías culturales que no degraden los suelos y que eviten todo desmejoramiento de su capacidad de uso. e. Aplicar prácticas para la recuperación de las tierras que estuviesen en cualquier forma o intensidad degradadas. f. Proteger toda naciente, fuente y cauce natural por donde permanente o intermitentemente, discurran aguas y los cauces artificiales. Art. 10.- El Ministerio de Agricultura y Ganadería adoptará las medidas tendientes a: a. La protección, recuperación o estabilización de tierras rurales. b. Establecer formas y métodos para la habilitación de las tierras, la limpieza de vegetación, la eliminación o incorporación de los remanentes de cultivos y las modalidades para las quemas. c. La forestación en franjas para la protección de cuencas hidrográficas críticas. d. La construcción de descarga o drenajes para las aguas de las zonas de cultivo o explotaciones, la protección y estabilización de los cursos de agua y el establecimiento, manutención y protección de los cursos artificiales de regadío. New Land S.A. CTCA E - 129 30 RELATORIO DE IMPACTO AMBIENTAL PROYECTO: PROPONENTE: MANUEL MARÍA BURRÓ SARUBI "PRODUCCIÓN AGROPECUARIA – CRÍA Y ENGORDE DE GANADO" e. Cualquier otra medida que tienda a evitar el deterioro de los suelos y otros recursos naturales vinculados o que procure controlar las causas que generan la degradación de los mismos. Art. 11º.- Todas las propiedades rurales de más de veinte hectáreas en zonas forestales deberán mantener como mínimo el veinticinco por ciento de su área de bosques naturales. En caso de no tener este porcentaje mínimo, el propietario deberá reforestar una superficie equivalente al cinco por ciento de la superficie del predio. Art. 12º.- El incumplimiento de las Normas establecidas en el presente Decreto, constituyen infracciones, que serán penadas de acuerdo a las disposiciones establecidas en el Capítulo V, de la Ley Nº 422/73, que establece el Régimen Forestal. Art. 13º.- Comuníquese, publíquese y dése al Registro Oficial. Se debe velar por el cumplimiento de las Ordenanzas Municipales y mantenerse al tanto de aquellas nuevas relacionadas con la operación de proyectos industriales, así como también de las Resoluciones a nivel de la Gobernación del Departamento. Dar cumplimiento a las leyes ambientales y sus reglamentaciones y demás disposiciones legales que rigen la materia y regulan la actividad. MINISTERIO DE AGRICULTURA Y GANADERÍA (MAG) Se halla regido por la Ley 81/92 que se encuentra estructurada en dos Subsecretaría, la Subsecretaría de Estado de Agricultura y la Subsecretaría de Estado de Ganadería y tiene su participación a través de diferentes direcciones y departamentos. La Dirección de Defensa Vegetal es la instancia que administra la Ley 123/91 "que adopta nuevas formas fitosanitarias" LEY Nº 3.966/2010 ORGÁNICA MUNICIPAL. Artículo 224. Planificación del Municipio. Las municipalidades establecerán un sistema de planificación del municipio que contará, como mínimo, de dos instrumentos: el plan del desarrollo sustentable del municipio y el plan del ordenamiento urbano y territorial. Artículo 225. El Plan de Desarrollo Sustentable. New Land S.A. CTCA E - 129 31 RELATORIO DE IMPACTO AMBIENTAL PROYECTO: PROPONENTE: MANUEL MARÍA BURRÓ SARUBI "PRODUCCIÓN AGROPECUARIA – CRÍA Y ENGORDE DE GANADO" El Plan de Desarrollo Sustentable tendrá por finalidad el desarrollo urbano y rural armónico con sus recursos naturales, con miras al bienestar colectivo. Artículo 226. Plan de Ordenamiento Urbano y Territorial. El Plan de Ordenamiento Urbano y Territorial tendrá por finalidad orientar el uso y ocupación del territorio en el área urbana y rural del municipio para conciliarlos con su soporte natural. Resolución SFN No 729 “POR LA CUAL SE REGLAMENTA NORMAS DE PROTECCION DEL MEDIO AMBIENTE EN LA REGION OCCIDENTAL O CHACO. Art. 4º: Cuando el Plan de trabajo a aprobarse implica cambio de uso de la tierra, el mismo deberá contemplar además los siguientes aspectos: Cuando la superficie a desmontar superan las 100 hectáreas se deberá dejar una franja de bosque como protección de 100 metros entre parcelas a desmontar. Dichas franjas deben estar orientadas de este a oeste. Así mismo, se deberá dejar una franja de bosque de 100 m en el perímetro de la propiedad. Cuando la superficie a desmontar es menor a 100 hectáreas la franja de protección debe ser de 50 metros. La zona de reserva correspondiente al 25% de la propiedad puede ser fraccionada de acuerdo a criterios técnicos debidamente justificados. Resolución No. 001/94 POR LA CUAL SE ESTABLECEN NORMAS PARA LA PROTECCION DE LOS BOSQUES NATURALES DE PRODUCCION. VISTA: La necesidad de establecer normas que deben ser contempladas en los estudios técnicos de Planes de Uso de la Tierra presentados al Servicio Forestal Nacional, para uso sostenible de los recursos naturales: y CONSIDERANDO: Lo dispuesto en el Art. 42º de la Ley 422/73 Forestal y los artículos 3º, 5º, 7º, y 11º del Decreto No 18.831 de fecha 16 de diciembre de 1986, que establecen normas de protección al medio ambiente. EL DIRECTOR DEL SERVICIO FORESTAL NACIONAL RESUELVE: New Land S.A. CTCA E - 129 32 RELATORIO DE IMPACTO AMBIENTAL PROYECTO: PROPONENTE: MANUEL MARÍA BURRÓ SARUBI "PRODUCCIÓN AGROPECUARIA – CRÍA Y ENGORDE DE GANADO" Art. 1º Establécese que el 25% de bosques naturales, a que hace referencia el Artículo 11º del Decreto No 18.831/86, deberá estar conformado por una masa boscosa continua y compacta. Dicha masa forestal podrá ser manejada para fines de producción. Art. 2º Las franjas boscosas de 100 metros de ancho mínimo a establecerse entre parcelas agro pastoriles, indicados en el Artículo 6º del Decreto No 18.831/86, no serán contabilizados como parte del veinte y cinco por ciento (25%) de los bosques a conservarse, a que se alude en el articulo precedente. Art. 3º Los bosques en galerías no serán objeto de desmontes, ni contabilizados como parte del veinticinco por ciento (25%) del área de conservación, por ser considerados bosques de protección, según lo establecido en el artículo 6º de la Ley Forestal 422/73. Art. 4º El incumplimiento de las normas establecidas en la presente resolución, dará lugar a la aplicación de sanciones previstas en la Ley Forestal 422/73. Art. 5º Comuníquese a quienes corresponda y archívese. Ley N° 716/96 QUE SANCIONA LOS DELITOS CONTRA EL MEDIO AMBIENTE, establece, entre otros: Art. 1°.- Esta Ley protege el medio ambiente y la calidad de vida humana contra quienes ordenen, ejecuten o, en razón de sus atribuciones, permitan o autoricen actividades atentatorias contra el equilibrio del ecosistema, la sustentabilidad de los recursos naturales y la calidad de vida humana. Art. 5°.- Serán sancionados con penitenciaría de uno a cinco años y multas de 500 (quinientos) a 1.500 (mil quinientos) jornales mínimos legales para actividades diversas no especificadas: d) Los que empleen datos falsos o adulteren los verdaderos en estudios y evaluaciones de impacto ambiental o en procesos destinados a la fijación de estándares oficiales; e) Los que eludan las obligaciones legales referentes a medidas de mitigación de impacto ambiental o ejecuten deficientemente las mismas. Art. 9°.- Los que realicen obras civiles en áreas excluidas, restringidas o protegidas, serán castigados con seis meses a dos años de Penitenciaría y New Land S.A. CTCA E - 129 33 RELATORIO DE IMPACTO AMBIENTAL PROYECTO: PROPONENTE: MANUEL MARÍA BURRÓ SARUBI "PRODUCCIÓN AGROPECUARIA – CRÍA Y ENGORDE DE GANADO" multa de 200 (doscientos) a 800 (ochocientos) jornales mínimos legales para actividades diversas no especificadas. Art. 12°.- Los que depositen o incineren basuras u otros desperdicios de cualquier tipo en las rutas, caminos o calles, cursos de agua o sus adyacencias serán sancionados con multa de 100 (cien) a 1.000 (mil) jornales mínimos legales para actividades diversas no especificadas. Art. 15°.- Los funcionarios públicos nacionales, departamentales y municipales, y los militares y policías que fueren hallados culpables de los hechos previstos y penados por la presente Ley, sufrirán, además de la pena que les corresponde por su responsabilidad en los mismos, la destitución del cargo y la inhabilitación para el ejercicio de cargos públicos por diez años. New Land S.A. CTCA E - 129 34 RELATORIO DE IMPACTO AMBIENTAL PROYECTO: PROPONENTE: MANUEL MARÍA BURRÓ SARUBI "PRODUCCIÓN AGROPECUARIA – CRÍA Y ENGORDE DE GANADO" 13. DETERMINACIÓN DE LOS POTENCIALES IMPACTOS DEL PROYECTO PROPUESTO Impactos Positivos Son aquellos admitidos como tal, tanto por la comunidad técnica y científica como por la población en general, en el contexto de un análisis completo de los costos y beneficios genéricos y de las externalidades de la actuación contemplada. Se identificaron los siguientes impactos positivos y el medio impactado según las actividades que son y serán realizadas en la etapa de ejecución del proyecto. ACTIVIDADES IMPACTO POSITIVO MEDIO IMPACTADO - Elección de semillas - Generación de fuente de trabajo debido a la mano de obra Calificada: Generación de fuentes de Producción Agropecuaria trabajo alternativo para profesionales del área No calificada: Beneficio para personales de campo en forma directa e indirecta. Transportistas: Traslado de animales u otras actividades diversas. - Caminos: Generación de recursos Obras viales y comunicaciones Socioeconómico para el mejoramiento y conservación de carreteras y caminos vecinales. - Comunicación: Teléfono, fax, radio, internet, etc. - Salud y Educación: Generando trabajo Apoyo a comunidades se generan fuentes alternativas de ingresos económicos adicionales, tanto a nivel local (municipios). - Activación económica: Generación de divisas a fin de elevar el PIB, New Land S.A. CTCA E - 129 35 RELATORIO DE IMPACTO AMBIENTAL PROYECTO: PROPONENTE: MANUEL MARÍA BURRÓ SARUBI "PRODUCCIÓN AGROPECUARIA – CRÍA Y ENGORDE DE GANADO" beneficiando la ejecución de proyectos como ser centros centros asistenciales, comerciales, centros educativos, etc. Impactos Negativos Potenciales impactos que se traducen en pérdida de productividad ecológica y/o pérdida de valor socioeconómico, histórico, cultural y paisajístico o en un aumento de los perjuicios derivados de la degradación ambiental del área de influencia directa o indirecta del proyecto. Se identificaron los siguientes impactos negativos y el medio impactado relacionados con las actividades referentes al proyecto. ACTIVIDADES IMPACTO NEGATIVO MEDIO IMPACTADO - Degradación física de los suelos: Debido principalmente a procesos erosivos tanto hídricos como eólicos; - Alteración de las propiedades químicas: Lixiviación, cambios de pH, extracción por cultivos implantados (pasturas); modificación del contenido de materia orgánica, etc. - Microbiología: Microorganismos Suelo (micro fauna y flora) debido a las Producción probables quemas, uso inadecuado de Agropecuaria agroquímicos (insecticidas, herbicidas, fungicidas, etc.) - Ciclo del agua: alteración y desbalance en cuanto a la relación temperatura – precipitación. - Generación de residuos sólidos - Migración de especies: Debido a las probables modificaciones del hábitat natural. - Mortandad: Debido a cacerías Fauna furtivas, depredación, etc. New Land S.A. CTCA E - 129 36 RELATORIO DE IMPACTO AMBIENTAL PROYECTO: PROPONENTE: MANUEL MARÍA BURRÓ SARUBI "PRODUCCIÓN AGROPECUARIA – CRÍA Y ENGORDE DE GANADO" - Aumento del polvo atmosférico: Causada principalmente por erosión eólica, movimiento de maquinarias, etc. - Maquinarias en mal Atmosfera estado: producción de ruidos. Flora y Fauna: Impactos directos: - Recursos fitozoogenéticos: Pérdida de material genético. - Migración: Por pérdida o alteración del hábitat. - Plagas y enfermedades: Alteración Biológico del hábitat. Impactos indirectos - Enfermedades transmisibles al ser humano. - Enfermedades transmisibles a otras especies animales. Paisaje local: modificando el ecosistema se alteran los procesos naturales del ciclo del agua, Fisiográfico intemperización de suelo, roca, etc. - Arroyos y aguadas New Land S.A. CTCA E - 129 Hidrológico 37 RELATORIO DE IMPACTO AMBIENTAL PROYECTO: PROPONENTE: MANUEL MARÍA BURRÓ SARUBI "PRODUCCIÓN AGROPECUARIA – CRÍA Y ENGORDE DE GANADO" 14. IMPACTOS NEGATIVOS Y MEDIDAS DE MITIGACIÓN IDENTIFICADAS Impactos Negativos Potenciales Medidas de Atenuación o mitigación Erosión del suelo a raíz del laboreo No se seleccionará áreas muy inclinadas o inestables, ni suelos muy propensos a la erosión. Se limitará la preparación del sitio en temporada seca Compactación del suelo por la maquinaria y la formación de charcos. Perdida de materia orgánica y suelo debido a la eliminación de vegetación y lixiviación. Se limitará el uso de maquinaria, estableciendo horarios. Se preparará el suelo para la labranza mínima. Se realizará la re siembra rápidamente Se utilizará cultivos de cobertura Se empleará una cubierta protectora Aparición de la capa dura y laterización Perdida del suelo Camada superficial Alteración de la fisiografía, agua superficial Degradación física del suelo Alteración química del suelo Cambios biológicos Polvo atmosférico Cambios en la fauna Probable deterioro de los caminos Pastoreo New Land S.A. CTCA E - 129 Se realizará labores con maquinarias adecuadas de no remover en exceso los horizontes del suelo, en especial el superficial Se realizará la cobertura inmediata con pasto, abono verde Se protegerá los cursos de agua a fin de evitar el escurrimiento excesivo Se mantendrá cubierto el suelo en áreas de pendiente o declive excesivo Se mantendrá una reserva boscosa compacta y continua Se realizará análisis químicos para determinar condiciones y uso potencial del suelo Se realizará fertilización orgánica y química Se implementará cultivos de abono verde Se realizará fertilización orgánica Se utilizará de forma racional productos químicos Se implementará cultivos de abono verde Se debe mantener el suelo bajo cobertura verde Se bebe sembrar inmediatamente Se debe conservar el área boscosa (compacta y continua) No se debe alterar las aguadas naturales No se debe cazar Se bebe realizar mantenimiento periódico No se debe transitar en días lluviosos Se debe controlar el número de animales por unidad de superficie Se debe realizar control de la duración del pastoreo por los animales No se debe introducir animales antes de la recuperación vegetal 38 RELATORIO DE IMPACTO AMBIENTAL PROYECTO: PROPONENTE: MANUEL MARÍA BURRÓ SARUBI "PRODUCCIÓN AGROPECUARIA – CRÍA Y ENGORDE DE GANADO" 15. PLAN DE GESTIÓN AMBIENTAL OBJETIVOS General El Plan de Gestión Ambiental busca desarrollar acciones identificadas como mitigadoras de los impactos ambientales negativos identificados en el estudio y potenciar aquellos impactos considerados positivos. Además de complementar las que ya están siendo desarrolladas actualmente por el proyecto. Específicos Desarrollar un plan de mitigación de los impactos ambientales Desarrollar un programa de monitoreo ambiental Programa de mitigación de impactos ambientales Objetivos General Desarrollar las acciones recomendadas en el estudio ambiental, de una manera efectiva y de acuerdo a las condiciones ambientales del área del proyecto. Específicos Implementar acciones de mitigación de acuerdo a las condiciones económicas, sociales y culturales del área del proyecto Registrar las acciones de mitigación desarrolladas por el propietario y comunicar a la SEAM sobre el desarrollo de los mismos. METODOLOGÍA DE TRABAJO Para el desarrollo del programa de mitigación de los impactos ambientales identificados en el estudio será necesario contratar los servicios de un Consultor New Land S.A. CTCA E - 129 39 RELATORIO DE IMPACTO AMBIENTAL PROYECTO: PROPONENTE: MANUEL MARÍA BURRÓ SARUBI "PRODUCCIÓN AGROPECUARIA – CRÍA Y ENGORDE DE GANADO" Ambiental, que analice las condiciones de adecuación del emprendimiento agropecuario para el cumplimiento de dichas medidas. El consultor ambiental deberá establecer un plan de trabajo para el propietario de manera que la misma adecue su organización y administración para la formación de los registros ambientales, con los cuales justificar ante la autoridad administrativa de la Ley 294/93 Evaluación de Impacto Ambiental, el cumplimiento de sus normas. Asimismo, deberá realizar un trabajo de seguimiento y control sobre las distintas actividades realizadas por el proponente y elaborar informes sobre los problemas ambientales detectados en la propiedad y recomendar las acciones a ser implementadas para reducir o evitar los impactos negativos sobre el medio ambiente. Impactos Erosión del suelo a raíz del laboreo. SUELO Compactación del suelo por maquinarias y la formación de charcos. Perdida de materia orgánica y suelo debido a la eliminación de la vegetación y lixiviación. Aparición de la capa dura y laterización. Perdida del suelo. Camada superficial. New Land S.A. CTCA E - 129 Medidas de mitigación No se deben seleccionar áreas muy inclinadas o inestables, no suelos muy propensos a la erosión. Responsable Plazo El personal encargado Antes del inicio de cada actividad agrícola El personal encargado Periódicamente El personal encargado Después de la cosecha El personal encargado Periódicamente Se limita la preparación del sitio en temporada seca. Se limita el uso de maquinarias, se debe establecer horarios. Se prepara el suelo labranza mínima. para la Se debe realizar la re siembra rápidamente. Se deben cobertura. utilizar cultivos de Se debe emplear una cubierta protectora. Se deben realizar labores con maquinarias adecuadas cuidando de no remover en exceso los horizontes del suelo, en especial el superficial. Se realiza la cobertura inmediata con abono verde. 40 RELATORIO DE IMPACTO AMBIENTAL PROYECTO: PROPONENTE: MANUEL MARÍA BURRÓ SARUBI "PRODUCCIÓN AGROPECUARIA – CRÍA Y ENGORDE DE GANADO" Impactos Medidas de mitigación Responsable Plazo Proponente/ encargado Control periódico Regente responsable Cada 2 años Encargado Periódicamente Proponente/ encargado Periódicamente Encargado Diario Encargado Diario Personal encargado Periódicamente Proponente/ encargado Semestral Proponente/ encargado Inmediato Se debe mantener una reserva compacta y continua. Degradación física del suelo Alteración química del suelo Cambios biológicos Enriquecimiento regeneración reforestación. forestal, natural y Se deben realizar análisis del suelo para determinar condiciones y uso potencial del suelo. Se deben realizar orgánica y química. fertilización Se debe implementar cultivos de abono verde. Se debe utilizar racionalmente los productos químicos. Se debe realizar mantenimiento periódico. Deterioro de los caminos No se debe transitar en épocas lluviosas. AGUA Se deben evitar labores en épocas de lluvia. Se debe proteger los cursos de agua a fin de evitar el escurrimiento excesivo. Alteración de la fisiología, agua subterránea y superficial. AIRE Fumigaciones Polvo atmosférico Tratamiento de los desechos y residuos como sobrantes y agua de lavado de equipos antes de su eliminación. Se debe mantener el suelo bajo cobertura vegetal. Se debe sembrar inmediatamente. Fumigaciones BIOLÓGICO Se debe mantener cubierto el suelo en áreas de pendiente o declive excesivo. Cambios en la población faunística New Land S.A. CTCA E - 129 Franja de protección. Se debe conservar un área de bosque de reserva compacto y continuo. No se debe permitir la caza. 41 RELATORIO DE IMPACTO AMBIENTAL PROYECTO: PROPONENTE: MANUEL MARÍA BURRÓ SARUBI "PRODUCCIÓN AGROPECUARIA – CRÍA Y ENGORDE DE GANADO" SALUD Impactos Fumigaciones Medidas de mitigación Uso de equipo de protección personal adecuado. Responsable Plazo La bodega de almacenamiento de plaguicidas debe estar aislada en un sitio sin riesgos de inundación. Cumpliendo con los requisitos básicos. Personal contratado para dicha actividad ------- Personal contratado para dicha actividadAsesor Técnico Cada 1 mes PLANILLA DE APLICACIÓN DE AGROQUÍMICOS Botiquín de primeros auxilios Se debe utilizar la planilla de aplicación de agroquímicos. Aplicación de productos fitosanitarios El Asesor Técnico será el encargo de proveer, completar y controlar dicha planilla según Ley 3742/09 SENAVE 16. PLAN DE SEGUIMIENTO Y MONITOREO Programa de monitoreo ambiental Objetivo general Apuntar los mecanismos de control y seguimiento para el fortalecimiento del cumplimiento oportuno y adecuado de los proyectos, pertenecientes a los programas del plan de mitigación; se establece el plan de control y seguimiento por el cual se comprueba que el proyecto se ajustará a las normas establecidas para la minimización de los riesgos ambientales, cuidando sobre todo, que las circunstancias coyunturales no alteren de forma significativa las medidas de protección ambiental. Se controlará las acciones determinadas como medidas de mitigación de los impactos ambientales negativos, además de identificar impactos ambientales no establecidos en el estudio y formular acciones de control o mitigación de dichos impactos, de manera que el proyecto cumpla sus objetivos de sostenibilidad ambiental. New Land S.A. CTCA E - 129 42 RELATORIO DE IMPACTO AMBIENTAL PROYECTO: PROPONENTE: MANUEL MARÍA BURRÓ SARUBI "PRODUCCIÓN AGROPECUARIA – CRÍA Y ENGORDE DE GANADO" Objetivos específicos Evaluar los niveles, contaminación del aire, agua, suelo en el área de influencia determinada para el proyecto en forma ambiental, de manera a controlar que los mismos se encuentren dentro de niveles aceptables, de acuerdo a las normas ambientales vigentes. Analizar la actividad antrópica que se produce en la zona de influencia de las obras del proyecto. Las acciones principales son: Atención permanente en la fase de inversión y desarrollo del proyecto. Verificación del cumplimiento de las medidas previstas para evitar impactos ambientales negativos. Detección de impactos no previstos. Atención a las modificaciones de las medidas. La aplicación del programa implica la atención permanente en la fase de inversión y desarrollo del proyecto, verificando el cumplimiento de las medidas previstas para minimizar los impactos ambientales negativos y la detección de impactos no previstos. Estrategias de acción del programa de monitoreo Se implementaran subprogramas, que permitirán analizar la situación actual y evolución futura sobre los niveles de contaminación del suelo, fauna y flora del área afectada. Subprograma de monitoreo del suelo Deberá ser llevado adelante un programa que ponga en práctica las recomendaciones hechas en el estudio ambiental. Se realizarán análisis de suelos cada dos años, (en áreas de producción y áreas de reserva de bosques) de manera a ir evaluando la evolución del suelo en cuanto al contenido de materia orgánica y niveles tóxicos de aluminio principalmente. New Land S.A. CTCA E - 129 43 RELATORIO DE IMPACTO AMBIENTAL PROYECTO: PROPONENTE: MANUEL MARÍA BURRÓ SARUBI "PRODUCCIÓN AGROPECUARIA – CRÍA Y ENGORDE DE GANADO" Subprograma de monitoreo de fauna y flora El monitoreo de la fauna se realizará en base a las observaciones de los personales de la propiedad. New Land S.A. CTCA E - 129 44
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