Actualización del Manual de Clasificadores Presupuestarios para el Sector Público Departamento de Estudios Económicos y Tributarios CLASIFICADOR PRESUPUESTARIO PARA EL SECTOR PÚBLICO Esta Dirección General da a conocer el nuevo Clasificador Presupuestario para el Sector Público en virtud a lo establecido en los Artículos 2 y 3 de la Resolución No. 063-2014 del Ministerio de Hacienda que autoriza la implementación del mismo a partir del 1ro de enero del ejercicio fiscal 2015. Para mayor información, referirse al Manual de Clasificadores Presupuestarios para el Sector Público, publicado en: http://www.dgii.gov.do/informacionTributaria/publicaciones/estudios/Documents/ManualdeCl asificadoresPresupuestarios2014.pdf PRINCIPALES CAMBIOS DEL NUEVO CLASIFICADOR PRESUPUESTARIO A continuación se presentan las principales modificaciones realizadas por el nuevo Clasificador Presupuestario que afectan las partidas de los ingresos recaudados por la DGII: Se crean las cuentas auxiliares de Accesorios que comprende todos los recargos, multas, sanciones e intereses indemnizatorios de cada categoría de impuestos. El Impuesto Emisiones CO2 que antes se encontraba bajo la partida de Impuesto a la Propiedad, se reubica en la partida de Impuesto Ecológico. El Impuesto a la Inscripción Vehículos (Primera Placa) que antes se encontraba bajo Impuestos Sobre la Propiedad, se reubica en la partida Impuesto S/ Uso de Bienes y Licencias. El Impuesto Sobre Cheques y Transferencias Bancarias se reubica en Impuesto Sobre la Propiedad, antes contemplado en el concepto Impuesto sobre los Servicios. Se crea la partida de Ingresos por Contraprestación que comprende los ingresos por ventas de bienes y servicios realizadas por instituciones públicas no empresariales y empresas públicas empresariales. Para más detalles de todos los cambios, ver el Anexo del presente documento. ANEXO CLASIFICADOR PRESUPUESTARIO 2015 IMPUESTOS SOBRE LOS INGRESOS Impuestos Sobre la Renta de las Personas Físicas - Retención Intereses Personas Físicas Impuestos de las Empresas y Otras Corporaciones - Impuesto Sobre Ventas Zonas Francas Ley 139-11 - Impuesto Sobre Ventas Zonas Francas Comerciales - Impuesto por Juegos Telefónicos - Retención de 1% S/ Ganancias de Capital (Ley 139-11) - Retención Intereses Personas Jurídicas Impuestos S/ los Ingresos Aplicados Sin Distinción de Persona - Intereses Pagados o Acreditados en el Exterior - Impuesto sobre Maq Tragamonedas Accesorios Sobre los Impuestos a los Ingresos IMPUESTOS SOBRE LA PROPIEDAD - Imp. S/Prop. Inmobiliaria (Persona Física) - Impuesto Sobre Sucesiones y Donaciones - Impuestos sobre los Activos (Empresas) COMENTARIOS/CAMBIOS Se modifica el nombre del concepto presupuestario. Se reubica en el Impuesto S/Renta de las Personas Físicas, antes contemplado en Otros Impuestos sobre los Ingresos. Se modifica el nombre del concepto presupuestario. Se crea la cuenta auxiliar excluyéndola del concepto Impuesto S/Renta de las Empresas Ley 11-92. Se crea la cuenta auxiliar excluyéndola del concepto Impuesto S/Renta de las Empresas Ley 11-92. Se crea la cuenta auxiliar excluyéndola del concepto Impuesto S/Renta de las Empresas Ley 11-92. Se reubica en el Impuestos de las Empresas y Otras Corporaciones, antes contemplado en Otros Impuestos sobre los Ingresos. Se reubica en el Impuestos de las Empresas y Otras Corporaciones, antes contemplado en Otros Impuestos sobre los Ingresos. Se modifica el nombre del concepto presupuestario. Se modifica el nombre del concepto presupuestario. Se reubica en Impuestos Sobre los Ingresos Aplicados Sin Distinción de Persona, antes contemplado en Impuestos Sobre el Uso de Bienes y Licencias. Se crea la subcuenta que comprende todas las multas, recargos, interés indemnizatorio y sanciones que ocasionan los tributos a los ingresos percibidos por personas físicas, empresas y otras corporaciones. Se modifica el nombre del concepto presupuestario. Se modifica el nombre del concepto presupuestario. Se modifica el nombre del concepto presupuestario. - Impuestos S/Cheques y Transf. Bancarias Se reubica en Impuesto Sobre la Propiedad, antes contemplado en el concepto Impuesto sobre los Servicios. - Accesorios sobre la Propiedad Se crea la cuenta auxiliar que comprende todos los recargos, multas, sanciones e intereses indemnizatorios a los impuestos que gravan regularmente el patrimonio neto. Hace referencia a los conceptos presupuestarios reclasificados en otras partidas. Se refiere a las modificaciones en los nombres de los conceptos presupuestarios así como a la desagregación de los mismos. Hace referencia a la creación de nuevas partidas que no estaban contempladas en el clasificador anterior. CLASIFICADOR PRESUPUESTARIO 2015 COMENTARIOS/CAMBIOS IMPUESTOS INTERNOS SOBRE MERCANCÍAS Y SERVICIOS Impuestos Adicionales y Selectivos Sobre Bienes y Servicios Se modifica el nombre del concepto presupuestario. - Impuesto S/Ss. De Telecomunicaciones Se reubica en la partida Impuestos Adicionales y Selectivos Sobre Bienes y Servicios, antes contemplada en la partida Impuesto S/ los Servicios. - Impuesto S/ los Seguros Se reubica en la partida Impuestos Adicionales y Selectivos Sobre Bienes y Servicios, antes contemplada en la partida Impuesto S/ los Servicios. Impuestos Sobre el Uso de Bienes y Licencias - Imp. Inscripción Vehículos (Primera Placa) Se reubica en la partida Impuesto S/ Uso de Bienes y Licencias, antes contemplada en el Impuestos S/ la Propiedad. Accesorios Sobre Impuestos Internos a Mercancías y Servicios Se crea la subcuenta que comprende todos los recargos, multas, sanciones e intereses indemnizatorios que recaen sobre los bienes y servicios recaudados en etapas por las empresas que normalmente proveen un producto ya sea nacional o importado a los ciudadanos de un país. IMPUESTOS S/EL COMERCIO Y LAS TRANSACCIONES COMERCIO EXTERIOR Se modifica el nombre del concepto presupuestario. - Accesorios de Impuestos Sobre el Comercio Exterior IMPUESTOS ECOLÓGICOS - Impuesto Emisiones CO2 INGRESOS POR CONTRAPRESTACIÓN Se crea la cuenta auxiliar que comprende todos los recargos, multas y sanciones que son aplicados a todas las transacciones que engloban el comercio con el exterior. Se crea la nueva partida en la que se agrupan los impuestos exigidos por el vertido o la emisión al medio ambiente de gases nocivos, líquidos u otras sustancias peligrosas. Se reubica en la partida Impuesto Ecológico, antes contemplado en la partida Impuesto a la Propiedad. Se crea la partida que comprende los ingresos por ventas de bienes y servicios realizadas por instituciones públicas no empresariales y empresas públicas empresariales. - Ventas de Bienes y Servicios Se crea la partida que comprende las ventas de bienes y servicios por parte de los establecimientos no de mercado de las unidades del gobierno general. - Tasas Tarjetas de Turismo Se reubica en la partida Ingresos por Contraprestaciones, antes contemplada en la partida Otros Ingresos No Tributarios. - Derechos Administrativos Se crea esta partida que comprende los derechos que se pagan por licencias obligatorias y otros derechos administrativos que constituyen ventas de servicios. - Accesorios de Derechos Administrativos Se crea la cuenta auxiliar que comprende todos los cargos por concepto de multas, sanciones y recargos que abarquen derechos administrativos. Hace referencia a los conceptos presupuestarios reclasificados en otras partidas. Se refiere a las modificaciones en los nombres de los conceptos presupuestarios así como a la desagregación de los mismos. Hace referencia a la creación de nuevas partidas que no estaban contempladas en el clasificador anterior. CLASIFICADOR PRESUPUESTARIO 2015 OTROS INGRESOS COMENTARIOS/CAMBIOS Se modifica el nombre del concepto presupuestario. - Multas y Sanciones Se crea la cuenta auxiliar que comprende las transferencias corrientes obligatorias impuestas a las personas físicas y jurídicas por los tribunales o los órganos cuasijudiciales por incumplimiento de las leyes o normas administrativas. - Ingresos Diversos Se crea la cuenta auxiliar que comprende los ingresos originados en aportes de la comunidad para la ejecución de obras de mejoramiento público no contemplado en las partidas anteriores. Hace referencia a los conceptos presupuestarios reclasificados en otras partidas. Se refiere a las modificaciones en los nombres de los conceptos presupuestarios así como a la desagregación de los mismos. Hace referencia a la creación de nuevas partidas que no estaban contempladas en el clasificador anterior.
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