BOLETÍN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS núm. 250 de 28-x-2014 1/2 IV. Administración Local Ayuntamientos De Llanes Anuncio. Notificación de inicio de procedimiento sancionador de expedientes en materia de tráfico. Por medio del presente anuncio, y habiéndose intentado las notificaciones personales y por correo certificado, en los últimos domicilios conocidos sin que las mismas se hayan podido practicar, se hace público que por la Concejalía Delegada de Seguridad, D. Emilio Francisco Carrera Iglesias, ha incoado los correspondientes expedientes sancionadores en materia de tráfico relacionados en tabla adjunta, haciéndoles saber que en el caso de que el titular o arrendatario del vehículo no sea el conductor del vehículo responsable de la infracción, se le requiere para que en el improrrogable plazo de veinte días naturales, contados a partir del siguiente de este anuncio en el Boletín Oficial del Principado de Asturias, proceda a la identificación del conductor, facilitando el nombre y apellidos, D.N.I y domicilio completo del citado conductor, quien deberá firmar su conformidad. Cuando el conductor identificado no figure inscrito en el Registro de Conductores e Infractores, deberá aportar una copia de la autorización administrativa que le habilite para conducir en España (art. 9 bis.1 del Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo, por el que se aprueba el Texto Articulado de la Ley de Tráfico Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial). Si no identifica al conductor verazmente, los aquí relacionados, en calidad de titulares o arrendatarios, en el supuesto de que constasen en el Registro de Vehículos, serán responsables de la infracción (según el art. 69.1 g de la antedicha ley), cuando se trate de infracciones por estacionamiento, pudiendo en el resto de los casos, ser considerado autor de una falta muy grave (art. 65.5. j L.S.V.), iniciándose el correspondiente procedimiento. De estar conforme con el contenido de la denuncia, puede obtener el beneficio de la reducción del 50% de la cuantía de la multa, haciéndola efectiva dentro de los veinte días naturales siguientes al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial del Principado de Asturias. El abono anticipado con la reducción anteriormente señalada implicará la renuncia a formular alegaciones, la terminación del procedimiento sin necesidad de dictar resolución expresa el día en que se realice el pago y el agotamiento de la vía administrativa, siendo recurrible únicamente ante el orden jurisdiccional contencioso- administrativo; el plazo de dos meses para interponer el recurso contencioso- administrativo se iniciará al día siguiente a aquél en que tenga lugar el pago. Forma y lugar de pago: En los números de cuenta siguientes, haciendo constar el DNI y n.º de matrícula del vehículo denunciado. •LIBERBANK (CAJASTUR) IBAN ES 83 2048-0071-88-3400020694 •B. SANTANDER CENTRAL H IBAN ES86 0049-5021-91-2110144288 •BANCO SABADELL I BAN ES30 0081-5230-38-0001024204 •BANESTO IBAN ES60 0030-7017-99-0870003271 •CAJA RURAL DE ASTURIAS IBAN ES 66 3059-0055-42-1136235221 De no estar conforme con el contenido de la denuncia, puede formular alegaciones y proponer pruebas en su defensa, mediante escrito ante el Registro General del Ayuntamiento de Llanes o por cualquiera de los demás medios que establece el artículo 38-4 de la Ley 30/1992, en el plazo de 20 días naturales. Si no formula alegaciones, ni procede el abono del importe de la multa en el plazo de 20 días naturales siguientes al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial del Principado de Asturias, ésta surte efecto de acto resolutorio del procedimiento sancionador. En este supuesto, la sanción podrá ejecutarse transcurridos 30 días naturales desde la notificación de la denuncia, quedando entonces abierta la vía contencioso-administrativa en los términos arriba expuestos. Las multas que no hayan sido abonadas durante el procedimiento deberán hacerse efectivas dentro de los 15 días naturales siguientes a la fecha de la firmeza de la sanción. Vencido dicho plazo, el cobro se llevará a cabo por el procedimiento de apremio. Cód. 2014-17845 En cumplimiento de lo dispuesto en el art. 5 de la Ley Orgánica de Protección de Datos, se comunica que los datos recogidos serán tratados informativamente por el Ayuntamiento de Llanes en el ejercicio de las competencias sancionadoras legalmente atribuidas. El interesado podrá ejercitar los derechos de acceso, rectificación o cancelación en los términos previstos en dicha ley. El órgano instructor del procedimiento es la TAG del Negociado de Sanciones y el órgano competente para la resolución del procedimiento será esta Concejalía Delegada, conforme a lo dispuesto en el art. 10 del Reglamento para el ejercicio de la potestad sancionadora, art. 21.1 de la Ley 57/2003, que modifica la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local y art. 41 del ROFRJEL. Puntos a detraer: Si efectúa el pago reducido de la multa, los puntos se detraerán al día siguiente del pago (art. 80 LSV). En otro caso, los puntos se detraerán cuando la sanción sea firme. Puede consultar su saldo de puntos en www.dgt.es. http://www.asturias.es/bopa BOLETÍN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS 2/2 núm. 250 de 28-x-2014 N.º Expediente Nombre DNI Precepto Fecha denuncia Importe SAN/510/2014 P.P.G. 14231063C Art. 94.2C.5UR.R.G.C. 21-08-2014 80 € SAN/544/2014 M.C.F.S.D. 27280148D Art. 94.2A.5SR.G.C. 12-08-2014 200 € SAN/552/2014 B.M.S. 00416352Y Art. 94.2E.5XR.G.C. 14-08-2014 200 € RGC: Reglamento General de Circulación. LSV: Ley de Seguridad Vial Cód. 2014-17845 En Llanes, a 22 de octubre de 2014.—El Concejal Delegado de Seguridad.—Cód. 2014-17845. http://www.asturias.es/bopa Puntos
© Copyright 2024