VISADOS DE ESTANCIA

VISADOS DE ESTANCIA PARA FAMILIARES DE ESPAÑOLES O DE CIUDADANOS COMUNITARIOS QUE PRETENDAN RESIDIR EN ESPAÑA T
DOCUMENTACIÓN DEL REAGRUPANTE: U
1. Fotocopia legalizada del DNI, o NIE, y de su pasaporte. 2. Certificado literal de nacimiento expedido por el Registro Civil español o comunitario. 3. Certificado de empadronamiento. 4. Manifestación personal o notarial dando su conformidad con la solicitud de reagrupación. DOCUMENTACIÓN DEL REAGRUPABLE: U
1. Solicitud de visado, en modelo oficial, debidamente cumplimentada, legible y firmada por el solicitante. 2. 1 fotografía reciente (sin grapar ni pegar, en color, sobre fondo blanco, tamaño 26 x 32mm, de buena calidad y resolución, y con el rostro centrado y de frente; deberá tener una franja de 2mm por encima de la cabeza y de 4mm por debajo de la barbilla). 3. Pasaporte individual para cada persona que solicite la reagrupación familiar con vigencia mínima de 90 días. 4. Iqama.. 5. Certificado de matrimonio sellado, legalizado y traducido. 6. Presentar la salida definitiva del Reino de Arabia Saudí. U
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La oficina consular podrá requerir la presencia del solicitante y mantener una entrevista personal. Deberán estar presentes dos representantes de la Administración Española además de intérprete, en caso necesario, y quedará constancia de su contenido mediante acta firmada por los presentes de la que se entregará copia al interesado. NOTA: La documentación se presentará en original y fotocopia, traducida al español y legalizada vía diplomática. Eventualmente, se podrá solicitar la documentación complementaria que sea oportuna para valorar las circunstancias de la solicitud. U
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