1º Sección: Legislación – Normativas - Boletín Oficial de la Provincia

CÓRDOBA, 4 de febrero de 2015
1ª
SECCIÓN
AÑO CII - TOMO DCII - Nº 22
CORDOBA, (R.A.), MIÉRCOLES 4 DE FEBRERO DE 2015
LEGISLACIÓN - NORMATIVAS
PODER
Primera Sección
B OLETÍN OFICIAL - A ÑO CII - TOMO DCII - Nº 22
www.boletinoficialcba.gov.ar
E-mail: [email protected]
PODER
EJECUTIVO
LEGISLATIVO
Decreto N° 1382
Córdoba, 12 de Diciembre 2014
VISTO: el Acuerdo N° 13 del Consejo de la Magistratura
de la Provincia de Córdoba, de fecha 30 de Abril de 2014.
Declaran de utilidad pública
Asentamiento El Chingolo
Y CONSIDERANDO:
Que por el citado Acuerdo, el Consejo de la Magistratura,
una vez cumplidos los trámites de rigor, elevó la propuesta
para la designación del señor José María Suárez, M.I. N°
10.544.645, como Vocal de Cámara de Apelaciones en lo
Civil y Comercial, del Trabajo y de Familia de la Sexta
Circunscripción Judicial con asiento en la ciudad de Villa
Dolores, remitiendo el listado con el puntaje obtenido por
cada uno de los seleccionados.
Que este Poder Ejecutivo, en los términos del Decreto N°
2635/99, solicitó a la Legislatura de la Provincia prestara
acuerdo para designar al Sr. José María Suárez, quien
resultó sexto en el orden de mérito remitido.
Que la Legislatura Provincial, en sesión pública del día 3
de diciembre del año 2014, prestó el acuerdo solicitado por
Resolución R-2725/14, de conformidad a lo dispuesto por el
artículo 104 inciso 42 de la Constitución Provincial.
Que en consecuencia, cumplimentados los requisitos legales y constitucionales corresponde proceder a la
designación del Sr. José María Suárez en el cargo
mencionado.
Por ello, lo dispuesto por la Ley N° 8802 y modificatorias, y
en ejercicio de las atribuciones conferidas por los artículos
144 inciso 9 y 157 de la Constitución de la Provincia;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E T A:
ARTÍCULO 1º.- DESÍGNASE al señor José María Suárez
(M.I. N° 10.544.645), en el cargo de Vocal de Cámara de
Apelaciones en lo Civil y Comercial, del Trabajo y de Familia de la Sexta Circunscripción Judicial con asiento en la
ciudad de Villa Dolores.
ARTÍCULO 2º.- El egreso que demande el cumplimiento
de lo dispuesto en el Artículo anterior se imputará a la
Jurisdicción 3.00, Programa 920, Partida Principal 01, Parcial
01, Grupo 26, cargo 010, del Presupuesto Vigente.
ARTÍCULO 3º.- El presente Decreto será refrendado
por la señora Ministra de Justicia y Derechos Humanos, y
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LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA
SANCIONA CON FUERZA DE
Ley: 10245
Artículo 1º.- Decláranse de utilidad pública y sujetos a
expropiación -para la regularización dominial y saneamiento de
títulos correspondientes al asentamiento denominado “El Chingolo”
- parte de los inmuebles que a continuación se detallan, ubicados
en el lugar conocido como Establecimiento “El Chingolo”, Suburbios
Norte de la ciudad de Córdoba, Departamento Capital:
a) Lote de terreno que se designa como Lote 13, empadronado
en la Dirección General de Rentas bajo el Número de Cuenta
Nº 110118447557 e inscripto en el Registro General de la
Provincia en relación a la Matrícula Nº 111.619 (11), y
b) Fracción de campo parte del Lote 44, empadronado en la
Dirección General de Rentas bajo el Número de Cuenta
Nº 110103534844 e inscrito en el Registro General de la
Provincia en relación a la Matrícula Nº 21.326 (11).
Artículo 2º.- Las medidas lineales, angulares y de superficie
definitivas serán las que resulten de las operaciones de mensura
que se realicen a los fines del cumplimiento de la presente Ley.
Artículo 5º.- El Ministerio de Finanzas dispondrá lo pertinente
a fin de reflejar presupuestariamente lo establecido en el artículo
1º de la presente Ley.
Artículo 6º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo Provincial.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA
PROVINCIAL, EN LA CIUDAD DE CÓRDOBA, A LOS TRES
DÍAS DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL
CATORCE.OSCAR FÉLIX GONZÁLEZ
PRESIDENTE PROVISORIO
LEGISLATURA PROVINCIA DE CÓRDOBA
GUILLERMO CARLOS ARIAS
SECRETARIO LEGISLATIVO
LEGISLATURA PROVINCIA DE CÓRDOBA
PODER EJECUTIVO
Decreto Nº 1371
Córdoba, 12 de diciembre de 2014.-
Artículo 3º.- Los inmuebles que se declaran de utilidad pública
y sujetos a expropiación por la presente Ley ingresarán al dominio
privado de la Provincia de Córdoba y se inscribirán en el Registro
General de la Provincia, facultándose al Poder Ejecutivo a efectuar
las transferencias a título que correspondan para el cumplimiento
de la finalidad de esta Ley, previa individualización de cada uno
de los poseedores, la que se efectuará por intermedio de la
Dirección de Escrituración de Viviendas Sociales del Ministerio
de Desarrollo Social, en el marco de las disposiciones de la Ley
Nº 9811.
Artículo 4º.- Exímese al Gobierno Provincial de efectuar
consignación previa del importe indemnizatorio establecido en el
artículo 20 de la Ley Nº 6394, el que se efectivizará a las resultas
del juicio que se tramite por dicha causa, en razón de la particular
condición de los inmuebles objeto de la presente Ley.
www.boletinoficialcba.gov.ar
[email protected]
[email protected]
En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 144 de la
Constitución Provincial;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA
Artículo 1°.- TÉNGASE por Ley de la Provincia N° 10245.
CÚMPLASE.
Artículo 2°.- AUTORIZASE a la Dirección General de
Administración del Ministerio de Finanzas, en caso de
corresponder, a realizar la transferencia de los fondos que
resulten necesarios para disponer la consignación autorizada
por el artículo 20 de la Ley N° 6394.
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Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba - Ley Nº 10.074
Santa Rosa 740 - Tel. (0351) 434-2126/2127
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Atención al Público: Lunes a Viernes de 8:00 a 20:00 hs.
Subdirector de Jurisdicción: Cr. CÉSAR SAPINO LERDA
2
Primera Sección
B OLETÍN OFICIAL - A ÑO CII - TOMO DCII - Nº 22
VIENE DE TAPA
VIENE DE TAPA
Declaran
Artículo 3°.- INSTRUYASE al Registro General de la
Provincia a los fines de la toma de razón y consecuente
anotación marginal, a nombre de la Provincia de Córdoba
C.U.I.T. N° 30-70818712-3, en el correspondiente dominio
de lo dispuesto en la presente Ley.
Articulo 4°.- El presente Decreto será refrendado por los
señores Ministro de Desarrollo Social y por el señor Fiscal de
Estado.
Artículo 5°.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, dese a la
Procuración del Tesoro de la Provincia, al Registro General
de la Provincia, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
el señor Fiscal de Estado.
ARTÍCULO 4º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese al Tribunal Superior de Justicia, publíquese en el Boletín Oficial y
archívese.
DR. JOSÉ MANUEL DE LA SOTA
GOBERNADOR
DRA. GRACIELA DEL VALLE CHAYEP
MINISTRA DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
JOSE MANUEL DE LA SOTA
GOBERNADOR
DR. DANIEL A. PASSERINI
MINISTRO DE DESARROLLO SOCIAL
JORGE EDUARDO CORDOBA
FISCAL DE ESTADO
Córdoba, 29 de Diciembre 2014
VISTO: el Acuerdo N° 20 del Consejo de la Magistratura de la
Provincia de Córdoba, de fecha 23 de Mayo de 2014.
Y CONSIDERANDO:
MINISTERIO DE
EDUCACIÓN
Resolución N° 1379
Córdoba, 19 de diciembre de 2014.VISTO: la Nota presentada por la Dirección General de
Educación Superior en la que solicita la ampliación de la
Resolución Ministerial N° 1328/2014 y su Anexo I;
Y CONSIDERANDO:
Que por dicho dispositivo legal se dispuso autorizar, en carácter
de excepción y por única vez, a los Institutos de Educación
Superior dependientes de la Dirección General de Educación
Superior, que se nominan en el referido Anexo, para que
constituyan mesas de exámenes en los turnos de noviembre/
diciembre 2014 y febrero/marzo 2015, como último plazo, a fin
que los estudiantes de los Planes de Estudio del Profesorado de
Educación Inicial y Profesorado de Primero y Segundo Ciclo de
la E.G.B., finalicen sus estudios en el mismo Plan en que lo
iniciaron.
Que con posterioridad la citada Dirección General solicita se
extienda dicha medida a todos los Institutos de Educación Superior que ofrezcan las Carreras de Profesorado de Educación
Inicial y Profesorado de Primero y Segundo Ciclo de la EGB.
Por ello el Dictamen N° 2751/2014 del Area Jurídica de este
Ministerio y lo aconsejado a fs. 10 por la Dirección de Coordinación
de Asuntos Legales;
EL MINISTRO DE EDUCACIÓN
RESUELVE:
Art. 1°.-AMPLIAR el artículo 1° de la Resolución Ministerial
N°1328/2014 y su Anexo I, haciendo extensiva la medida de
excepción allí dispuesta a todos los Institutos de Educación Superior, dependientes de la Dirección General de Educación Superior que ofrezcan las Carreras: Profesorado de Educación
Inicial y Profesorado de Primero y Segundo Ciclo de la E.G.B.
Art. 2°.- PROTOCOLICESE, comuníquese, publíquese en el
Boletín Oficial, y archívese.
PROF. WALTER GRAHOVAC
MINISTRO DE EDUCACIÓN
diciembre del año 2014, prestó el acuerdo solicitado por
Resolución R-2746/14, de conformidad a lo dispuesto por el
artículo 104 inciso 42 de la Constitución Provincial.
Que en consecuencia, cumplimentados los requisitos legales y
constitucionales corresponde proceder a la designación del Sr.
Gustavo Benito Vicente Ispani en el cargo mencionado.
Por ello, lo dispuesto por la Ley N° 8802 y modificatorias, y en
ejercicio de las atribuciones conferidas por los artículos 144 inciso
9 y 157 de la Constitución de la Provincia;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E T A:
ARTÍCULO 1º.- DESÍGNASE al señor Gustavo Benito Vicente
Ispani, (M.I. N° 17.629.751), en el cargo de Vocal de Cámara
en lo Criminal de Tercera Nominación de la Primera
Circunscripción Judicial con asiento en la ciudad de Córdoba.
JORGE EDUARDO CORDOBA
FISCAL DE ESTADO
Decreto N° 1466
CÓRDOBA, 4 de febrero de 2015
Que por el citado Acuerdo, el Consejo de la Magistratura, una
vez cumplidos los trámites de rigor, elevó la propuesta para la
designación del señor Gustavo Benito Vicente Ispani, M.I. N°
17.629.751, como Vocal de Cámara en lo Criminal de Tercera
Nominación de la Primera Circunscripción Judicial con asiento
en la ciudad de Córdoba, remitiendo el listado con el puntaje
obtenido por cada uno de los seleccionados.
Que este Poder Ejecutivo, en los términos del Decreto N° 2635/
99, solicitó a la Legislatura de la Provincia prestara acuerdo para
designar al Sr. Gustavo Benito Vicente Ispani, quien resultó
noveno en el orden de mérito remitido.
Que la Legislatura Provincial, en sesión pública del día 17 de
ARTÍCULO 2º.- El egreso que demande el cumplimiento de lo
dispuesto en el Artículo anterior se imputará a la Jurisdicción
3.00, Programa 920, Partida Principal 01, Parcial 01, Grupo 26,
cargo 010, del Presupuesto Vigente.
ARTÍCULO 3º.- El presente Decreto será refrendado por la
señora Ministra de Justicia y Derechos Humanos, y el señor
Fiscal de Estado.
ARTÍCULO 4º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese al Tribunal Superior de Justicia, publíquese en el Boletín Oficial y
archívese.
DR. JOSÉ MANUEL DE LA SOTA
GOBERNADOR
DRA. GRACIELA DEL VALLE CHAYEP
MINISTRA DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
JORGE EDUARDO CORDOBA
FISCAL DE ESTADO
MINISTERIO DE
FINANZAS
Resolución N° 389
Córdoba, 30 de Diciembre de 2014
VISTO: El expediente Nº 0025-055942/2014 en que se propician ajustes en la distribución de los Recursos Financieros
asignados por el Presupuesto General de la Administración Provincial en vigencia.
Y CONSIDERANDO:
Que por nota incorporada a fs. 3, la Secretaría de Ingresos Públicos comunica que en virtud de haber efectuado una comparación
entre la recaudación impositiva y los ingresos presupuestados, se observa un mayor nivel de recaudación.
Que a fs. 4 obra nota del Ministerio de Industria, Comercio, Minería y Desarrollo Científico Tecnológica en la que comunica que
hubo mayores ingresos a los presupuestados en el Programa 318 – Ciencia y Tecnología – Recursos Afectados.
Que del análisis de las mismas surgen variaciones en los ingresos con relación a los previstos en el Presupuesto General de la
Administración Provincial en vigencia, por lo que resulta necesario otorgar expresión presupuestaria a dicha variación.
Que a tal fin, es menester modificar el Cálculo de Ingresos y Erogaciones del Presupuesto General de la Administración Provincial
en vigencia –aprobado por los artículos 1° y 2° de la Ley N° 10.176- en la suma de Pesos Doscientos treinta y un millones
quinientos cincuenta y cinco mil ($ 231.555.000.-), lo que incluye el consecuente incremento de los recursos afectados en concepto
de coparticipación impositiva a Municipios y Comunas.
Que con motivo del cierre del ejercicio se presenta la necesidad de adecuar los créditos de diversas estructuras presupuestarias.
Que en virtud de ello se modifican las Contribuciones y Erogaciones Figurativas del Presupuesto General en vigencia de la
Administración Provincial.
Que la modificación propuesta encuadra en las disposiciones legales vigentes de acuerdo con los artículos 31, 37 y 110 in fine de
la Ley Nº 9086.
Que la Dirección General de Presupuesto e Inversiones Públicas ha manifestado su opinión favorable acerca de la factibilidad
presupuestaria de la operación que se propone.
Por ello, atento las actuaciones cumplidas, lo dictaminado por el Área Legales de este Ministerio al Nº 691/14,
EL MINISTRO DE FINANZAS
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- MODIFICAR el Cálculo de Ingresos y el total de Erogaciones del Presupuesto General de la Administración
Provincial en vigencia –aprobado por los artículos 1° y 2° de la Ley N° 10.176- en la suma de PESOS DOSCIENTOS TREINTA
Y UN MILLONES QUINIENTOS CINCUENTA Y CINCO MIL ($ 231.555.000.-), de conformidad con el detalle analítico incluido en
Planilla que como Anexo I con una (1) foja útil forma parte integrante de la presente Resolución.
CÓRDOBA, 4 de febrero de 2015
Primera Sección
B OLETÍN OFICIAL - A ÑO CII - TOMO DCII - Nº 22
ARTÍCULO 2º.- MODIFICAR las asignaciones de Recursos Financieros e INCREMENTAR el
Cálculo de Contribuciones y Erogaciones Figurativas del Presupuesto General de la Administración
Provincial en vigencia, de conformidad con el detalle analítico incluido en Planillas que como Anexos
II y III con tres (3) y una (1) fojas útiles respectivamente forman parte integrante de la presente
Resolución.
ARTÍCULO 3º.- PROTOCOLÍCESE, dése intervención a la Dirección General de Presupuesto e
Inversiones Públicas, a Contaduría General de la Provincia, infórmese al Tribunal de Cuentas de la
Provincia, y a la Legislatura, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
CR. MANUEL FERNANDO CALVO
MINISTRO DE GESTIÓN PÚBLICA
3
1244/14.
Que por Decreto N° 1460/14 se faculta al suscripto a transferir los fondos necesarios a favor de
Córdoba Bursátil S.A. (en liquidación), sujeto a rendición de cuentas, para cancelar los pasivos
laborales del personal que de ella depende y demás gastos derivados del proceso de liquidación de
la mencionada Sociedad.
Que la suma aproximada se estima en pesos cuatro millones quinientos cincuenta y ocho mil
novecientos noventa y dos con veinte centavos ($ 4.558.992,20.-).
Que a fs. 17 obra Nota de Pedido N° 2015/000001 efectuada por el Departamento Presupuesto
y Contable de la Dirección General de Administración de este Ministerio.
Por ello, atento las actuaciones cumplidas y de acuerdo con lo dictaminado por la Dirección de
Jurisdicción de Asuntos Legales al Nº 001/15,
EL MINISTRO DE FINANZAS
R E S U E L V E:
ANEXO
http://goo.gl/4PkCIw
ARTÍCULO 1º.- AUTORIZAR la transferencia solicitada a favor de CÓRDOBA BURSÁTIL S.A.
(en liquidación), por la suma de PESOS CUATRO MILLONES QUINIENTOS CINCUENTA Y
OCHO MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y DOS CON VEINTE CENTAVOS ($ 4.558.992,20), sujeta
a rendición de cuentas, y para ser destinada a cancelar los pasivos laborales del personal que de
ella depende y demás gastos derivados del proceso de liquidación de la mencionada sociedad.
Resolución N° 7
Córdoba, 8 de enero de 2015
ARTÍCULO 2º.- IMPUTAR el egreso que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo
anterior, a Jurisdicción 170 -Gastos Generales de la Administración-, al Programa 708-000, Partida:
6.03.99.00 “Otras Transferencias a Otros Organismos del Estado Provincial N.C.” del P.V.
VISTO: El expediente Nº 0424-056006/2014.
Y CONSIDERANDO:
Que en las presentes actuaciones el Cr. Oscar Alberto Farieri, Liquidador de Córdoba Bursátil S.A.
(en liquidación), solicita los recursos económicos necesarios para poder asumir los montos
indemnizatorios previstos en la Ley de Contrato de Trabajo N° 20.744 y demás gastos derivados del
proceso de liquidación de la mencionada sociedad, ello en virtud de lo dispuesto por Decreto N°
ARTÍCULO 3º.- PROTOCOLÍCESE, dése intervención al Tribunal de Cuentas de la Provincia,
comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
CR. ANGEL MARIO ELETTORE
MINISTRO DE FINANZAS
DIRECCIÓN GENERAL DE
ADMINISTRACIÓN
MINISTERIO DE FINANZAS
Resolución N° 102
Córdoba, 21 de Noviembre de 2014
VISTO: El expediente Nº 0034-079731/
2014, en que obra la Resolución Nº 090/
14 de esta Dirección General, por la que
se autoriza la Contratación Directa a favor
de la firma “Magic Clean S.R.L.”, por el
servicio de limpieza del inmueble que ocupa
la Dirección General de Rentas en calle
Ing. Firpo N° 151 de la Ciudad de Canals,
por el término de veinticuatro (24) meses,
a partir del 1° de noviembre de 2014.
Y CONSIDERANDO:
Que a fs. 170 el Área Contrataciones de
esta Dirección General informa que la real
fecha de inicio de prestación de los
servicios de que se trata es a partir del 1°
de diciembre de 2014.
Que en consecuencia resulta procedente
disponer la realización de los ajustes
contables en función de la real fecha de
iniciación del servicio y la emisión del ajuste
de la Orden de Compra Nº 2014/000053
del presente ejercicio por la suma de $ 5.540 e imputación de la suma de $ 5.540
como Importe Futuro en relación a la firma
“Magic Clean S.R.L.”.
Por ello, atento las actuaciones cumplidas
y lo informado por el Área Administración
de esta Dirección General a fs. 171,
LA DIRECTORA GENERAL DE
ADMINISTRACIÓN
R E S U E L V E:
ARTÍCULO 1º.- DISPONER la realización
de los ajustes contables en función de la
real fecha de iniciación del servicio, que
fuera adjudicado por Resolución N° 090/
14 de esta Dirección General a la firma
“MAGIC CLEAN S.R.L.”, la que operará a
partir del 1º de diciembre de 2014.
ARTÍCULO 2º.- DISPONER la emisión
del ajuste de la Orden de Compra Nº 2014/
000053 ejercicio 2014, correspondiente a
la Jurisdicción 115 –Ministerio de Finanzas, Programa 152-004, Partida 3.12.01.00
“Limpieza y Desinfecciones”, por un
importe de PESOS MENOS CINCO MIL
QUINIENTOS CUARENTA ($ -5.540) e
IMPUTAR la suma de PESOS CINCO MIL
QUINIENTOS CUARENTA ($ 5.540) como
Importe Futuro.
ARTÍCULO 3º.- PROTOCOLÍCESE, dése
intervención al Tribunal de Cuentas de la
Provincia, comuníquese, publíquese en el
Boletín Oficial y archívese.
C RA . SUSANA LÓPEZ DE VAIRA
D IRECTORA G ENERAL DE
A DMINISTRACIÓN
Impresión, Clasificación, Distribución y
Rendición de aproximadamente 520.000
Cedulones correspondientes a la Cuota 51
-año 2014- Pérdida Beneficio Contribuyente
Cumplidor de los Impuestos Inmobiliario
(Urbano y Rural) y a la Propiedad
Automotor, administrados por la Dirección
General de Rentas de la Provincia de
Córdoba.
Que del informe de fs. 139 producido por
la Dirección General de Rentas se
desprende que existe saldo disponible de
la citada contratación por la suma de $
670.288,64, el que no será utilizado con
motivo de haberse facturado todos los
servicios prestados.
Que en consecuencia resulta procedente
disponer la emisión del ajuste de la Orden
de Compra por el citado monto.
Por ello, atento las actuaciones cumplidas
y de acuerdo con lo informado por el Área
Contrataciones a fs. 140 y por el Área
Administración a fs. 142, ambas de esta
Dirección General,
LA DIRECTORA GENERAL DE
ADMINISTRACIÓN
RESUELVE:
Resolución N° 112
Córdoba, 29 de Diciembre de 2014
VISTO: El expediente Nº 0034-081327/
2014.
Y CONSIDERANDO:
Que obra en autos Resolución Ministerial
N° 286/14, por la que se adjudica la
Licitación Pública Nº 19/14 a la firma
ORGANIZACIÓN COURIER ARGENTINA
S.A. (OCASA)”, por el servicio de
ARTÍCULO 1º.- APROBAR la emisión del
ajuste de la Orden de Compra N° 2014/
000056.01
del
Ejercicio
2014,
correspondiente a la Jurisdicción 115 –
Ministerio de Finanzas–, Programa 152001, Partida 3.01.05.00 “Correos y
Telégrafo”, por un importe de PESOS
M E N O S S E I S C I E N TO S S E T E N TA M I L
DOSCIENTOS OCHENTA Y OCHO CON
SESENTA Y CUATRO CENTAVOS ($ 670.288,64).
ARTÍCULO 2º.- PROTOCOLÍCESE, dése
intervención al Tribunal de Cuentas de la
Provincia, comuníquese, publíquese en el
Boletín Oficial y archívese.
C RA . SUSANA LÓPEZ DE VAIRA
D IRECTORA G ENERAL DE
A DMINISTRACIÓN
Resolución N° 111
Córdoba, 29 de Diciembre de 2014
VISTO: El expediente Nº 0034-080613/
2014.
Y CONSIDERANDO:
Que obra en autos Decreto N° 1028/14,
por la que se adjudica la Licitación Pública
Nº 14/14 a la firma ORGANIZACIÓN COURIER ARGENTINA S.A. (OCASA)”, por el
servicio de Impresión, Clasificación,
Distribución y Rendición de aproxima
damente
1.400.000
cedulones
correspondientes a la Cuota 50 -año 2014de los Impuestos Inmobiliario (Urbano y
R u r a l ) y a l a P r o p i e d a d A u t o m o t o r,
administrados por la Dirección General de
Rentas de la Provincia de Córdoba.
Que del informe de fs. 136 producido por
la Dirección General de Rentas se
desprende que existe saldo disponible de
la citada contratación por la suma de $
1.383.310,39, el que no será utilizado con
motivo de haberse facturado todos los
servicios prestados.
Que en consecuencia resulta procedente
disponer la emisión del ajuste de la Orden
4
Primera Sección
de Compra por el citado monto.
Por ello, atento las actuaciones cumplidas
y de acuerdo con lo informado por el Área
Contrataciones a fs. 137 y por el Área
Administración a fs. 139, ambas de esta Dirección
General,
LA DIRECTORA GENERAL DE
ADMINISTRACIÓN
R E S U E L V E:
ARTÍCULO 1º.- APROBAR la emisión del
ajuste de la Orden de Compra N° 2014/
000048.01 del Ejercicio 2014, correspondiente
a la Jurisdicción 115 –Ministerio de Finanzas–,
Programa 152-001, Partida 3.01.05.00 “Correos
y Telégrafo”, por un importe de PESOS MENOS
UN MILLÓN TRESCIENTOS OCHENTA Y
TRES MIL TRESCIENTOS DIEZ CON
TREINTA Y NUEVE CENTAVOS ($ 1.383.310,39).
ARTÍCULO 2º.- PROTOCOLÍCESE, dése
intervención al Tribunal de Cuentas de la
Provincia, comuníquese, publíquese en el
Boletín Oficial y archívese.
C RA . SUSANA LÓPEZ DE VAIRA
D IRECTORA G ENERAL DE
A DMINISTRACIÓN
B OLETÍN OFICIAL - A ÑO CII - TOMO DCII - Nº 22
($ 8.189,13) haciendo un único monto mensual de pesos veintitrés mil setecientos
veintidós con ochenta y cinco centavos ($
23.722,85).
Por ello, atento las actuaciones cumplidas,
Conclusión Técnica del Área Contrataciones
obrante a fs. 39/41 y su informe de fs. 43,
Ajuste Orden de Compra Nº 2014/000012.02,
N° 2014/000013.02 y N° 2014/000014.02 Ejercicio 2014 realizada por el Departamento
Presupuesto y Contable, ambos de esta
Dirección General y de acuerdo con lo
dictaminado por el Área Legales de este
Ministerio al N° 558/14,
LA DIRECTORA GENERAL DE
ADMINISTRACIÓN
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- APROBAR el “Acta
Acuerdo” suscripta con la firma OVIEDO
JUANA CLEMENTINA, C.U.I.T. N° 2711588409-9, de fecha 24 de setiembre de
2014, en concepto de redeterminación de
precios a partir del 28 de agosto de 2014, por
variación de costos del servicio integral de
limpieza que presta en los inmuebles que
ocupan las Delegaciones de Cosquín, Jesús
CÓRDOBA, 4 de febrero de 2015
María y Marcos Juárez de la Dirección General de Catastro, sitos en San Martín 1332,
Córdoba 233 y Beiró 330 respectivamente,
que fuera adjudicado por Resolución N° 020/
14 de esta Dirección General, la que como
Anexo I con una (1) foja útil forma parte
integrante de la presente Resolución.
ARTÍCULO 2º.- IMPUTAR el egreso que
demande el cumplimiento de la presente
Resolución, por la suma total de PESOS
CINCUENTA Y SIETE MIL SEISCIENTOS
OCHENTA Y CUATRO CON CINCUENTA Y
DOS CENTAVOS ($ 57.684,52.-) a
Jurisdicción 115 –Ministerio de Finanzas-, de
acuerdo con el siguiente detalle: por el período
28 de agosto-diciembre de 2014, $ 3.690,09,
al Programa 153-001, Partida: 3.12.01.00
“Limpieza y Desinfecciones” del P.V., por el
período enero-diciembre de 2015, $
10.724,32 y por el período enero-mayo 2016,
$ 4.468,47 como Importe Futuro, según Ajuste
Orden de Compra Nº 2014/000012.02; por
el período 28 de agosto-diciembre de 2014, $
3.690,09, al Programa 153-001, Partida:
3.12.01.00 “Limpieza y Desinfecciones” del
P.V., por el período enero-diciembre de 2015,
$ 10.724,32 y por el período enero-mayo
2016, $ 4.468,47 como Importe Futuro, según
Ajuste Orden de Compra Nº 2014/000013.02
y por el período 28 de agosto-diciembre de
2014, $ 3.892,52, al Programa 153-001,
Partida: 3.12.01.00 “Limpieza y Desin
fecciones” del P.V., por el período enerodiciembre de 2015, $ 11.312,64 y por el
período enero-mayo 2016, $ 4.713,60 como
Importe Futuro, según Ajuste Orden de
Compra Nº 2014/000014.02.
ARTÍCULO 3º.- ESTABLECER que la
empresa contratista nominada en el Artículo
1° de la presente Resolución deberá integrar
la garantía de cumplimiento de contrato, en
los términos del artículo 13 del Decreto N° 73/
05.
ARTÍCULO 4º.- PROTOCOLÍCESE, dése
intervención al Tribunal de Cuentas de la
Provincia, comuníquese, publíquese en el
Boletín Oficial y archívese.
CRA . SUSANA LÓPEZ DE VAIRA
D IRECTORA GENERAL DE ADMINISTRACIÓN
ANEXO
http://goo.gl/VwOIQL
DIRECCIÓN GENERAL DE
Resolución N° 100
TESORERÍA GENERAL y CRÉDITOS PUBLICOS
Córdoba, 4 de Noviembre de 2014
VISTO: El expediente Nº 0027-054612/
2014.
Y CONSIDERANDO:
Que a fs. 1 del Folio Único 3, la firma
Oviedo Juana Clementina peticiona la
redeter minación de precios por
reconocimiento de variación de costos en
los términos del Decreto N° 73/05, por el
servicio integral de limpieza que presta en
los inmuebles que ocupan las Delegaciones
de Cosquín, Jesús María y Marcos Juárez
de la Dirección General de Catastro, sitos
en San Martín 1332, Córdoba 233 y Beiró
330 respectivamente.
Que, con fecha 24 de setiembre de 2014
se suscribió “Acta Acuerdo” con la
mencionada firma, determinando a partir del
día 28 de agosto de 2014 un nuevo precio
mensual en contraprestación por el servicio
de limpieza a realizar, en razón de la
variación de costos operada conforme
surge de los informes técnicos elaborados
por el Área Contrata ciones de esta
Dirección General, los que ascienden para
la Delegación Cosquín pesos siete mil
setecientos sesenta y seis con ochenta y
seis centavos ($ 7.766,86), para la
Delegación Jesús María pesos siete mil
setecientos sesenta y seis con ochenta y
seis centavos ($ 7.766,86) y para la
Delegación Marcos Juárez pesos ocho mil
ciento ochenta y nueve con trece centavos
Resolución Nº 41
Córdoba, 6 de Noviembre de 2014
VISTO: El Expte. 0040-055065/2014 en el que PAOLINI HNOS.
S.A. – PASCHINI CONSTRUCCIONES S.R.L. (UTE) solicita el pago
de intereses sobre el certificado 27 de la obra “Distribuidor Av.
Circunvalación con Autopista Rosario-Córdoba y Av. Circunvalación
– Tramo: Av. Spilimbergo-Ruta Provincial E53”, tramitada en
expediente 0334-076798/2008.
Y CONSIDERANDO:
Resolución N° 42
Córdoba, 6 de Noviembre de 2014
VISTO: El Expte.: 0334-076795/2008/A22 en el que PAOLINI
HNOS. S.A. – PASCHINI CONSTRUCCIONES S.R.L. (UTE) solicita
el pago de intereses sobre los certificados 2, 3, 4, 5, 6, 7, 9, 10, 14,
16, 17 y 18 de la obra “Distribuidor Av. Circunvalación con Autopista
Rosario-Córdoba y Av. Circunvalación – Tramo: Av. SpilimbergoRuta Provincial E53”, tramitada en expediente 0334-076795/2008.
Y CONSIDERANDO:
Que el certificado FINAL 30 de la obra citada fue pagado por
Planilla MEP 2020, MEP 2014/003698, de fecha 05/06/2014, y el
acreedor extendió recibo el 06/06/2014 sin formular reserva alguna
sobre intereses (constancias en copia auténtica a fs. 14 y 17).
Que esa falta de reserva al cobrar el certificado final hace perder
los derechos sobre los intereses que el acreedor hubiere podido
reclamar, toda vez que el artículo 624 del Código Civil dispone que la
falta de reserva en el momento de percibir un pago extingue la
obligación, incluyendo sus accesorios.
Por ello, en virtud de las atribuciones conferidas por la Ley 7850 en
su artículo 41, con fundamento en el artículo 624 del Código Civil y
atento al Informe 021/14 de la División Asuntos Legales,
Que el certificado FINAL 30 de la obra citada fue pagado por
Planilla MEP 2020, MEP 2014/003698, de fecha 05/06/2014, y el
acreedor extendió recibo el 06/06/2014 sin formular reserva alguna
sobre intereses (constancias en copia auténtica a fs. 75 vta. y 77).
Que esa falta de reserva al cobrar el certificado final hace perder
los derechos sobre los intereses que el acreedor hubiere podido
reclamar, toda vez que el artículo 624 del Código Civil dispone que la
falta de reserva en el momento de percibir un pago extingue la
obligación, incluyendo sus accesorios.
Por ello, en virtud de las atribuciones conferidas por la Ley 7850 en
su artículo 41, con fundamento en el artículo 624 del Código Civil y
atento al Informe 022/14 de la División Asuntos Legales,
EL TESORERO GENERAL DE LA DIRECCIÓN
GENERAL DE TESORERIA Y CREDITOS PUBLICOS
RESUELVE:
EL TESORERO GENERAL DE LA DIRECCIÓN
GENERAL DE TESORERIA Y CREDITOS PUBLICOS
RESUELVE:
I) RECHAZAR el pedido de pago de intereses sobre el certificado
27 de la obra “Distribuidor Av. Circunvalación con Autopista RosarioCórdoba y Av. Circunvalación – Tramo: Av. Spilimbergo-Ruta Provincial E53”, tramitada en expediente 0334-076798/2008, solicitados
por PAOLINI HNOS. S.A. – PASCHINI CONSTRUCCIONES S.R.L.
(UTE).
I) RECHAZAR el pedido de pago de intereses sobre los certificados
2, 3, 4, 5, 6, 7, 9, 10, 14, 16, 17 y 18 de la obra “Distribuidor Av.
Circunvalación con Autopista Rosario-Córdoba y Av. Circunvalación
– Tramo: Av. Spilimbergo-Ruta Provincial E53”, tramitada en
expediente 0334-076798/2008, solicitados por PAOLINI HNOS. S.A.
– PASCHINI CONSTRUCCIONES S.R.L. (UTE).
II) PROTOCOLICESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial
y Archívese.
II) PROTOCOLICESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial
y Archívese.
CR. ARMANDO GUILLERMO GARCÍA
TESORERO GENERAL DE LA DIRECCIÓN
GENERAL DE TESORERÍA Y CRÉDITO PÚBLICOS
CR. ARMANDO GUILLERMO GARCÍA
TESORERO GENERAL DE LA DIRECCIÓN
GENERAL DE TESORERÍA Y CRÉDITO PÚBLICOS
DIRECCION GENERAL DE CATASTRO
FE DE ERRATAS
En la Edición del día 2/2/2015, en la página 8 se ha cometido
el siguiente error, dice: “ARTÍCULO 1: Implementar a partir
del día 1 de febrero de 2015 el otorgamiento automático de
nomenclaturas urbanas vía web.” debiendo decir: “ARTÍCULO
1: Implementar a partir del día 1 de marzo de 2015 el otorgamiento
automático de nomenclaturas urbanas vía web.” Se deja salvado
de esta manera dicho error. Ab. Claudia Lalla, Jefe de Área
Asuntos Legales - Dirección General de Catastro