BASES LEGALES DE LA PROMOCIÓN KINDER BUENO -‐ HARÉ LO QUE TÚ ME PIDAS POR UN KINDER BUENO -‐ Del 09 de Febrero de 2015 al 17 de Abril de 2015 I. OBJETO DE LA PROMOCIÓN FERRERO IBÉRICA S.A (en adelante, el “Organizador” o “FERRERO”), con domicilio fiscal y administrativo en WTC Almeda Park, Plaça de la Pau s/n Edificio 2, Planta 3ª, 08940 Cornellà de Llobregat (Barcelona) España, con CIF nº A-‐58536111, comercializador en España de productos alimenticios, relacionados con la chocolatería, confitería y pastelería, ha puesto en marcha la promoción “HARÉ LO QUE TÚ ME PIDAS POR UN KINDER BUENO” (en adelante la “Promoción”) para promocionar los productos de la marca KINDER BUENO. II. ÁMBITO TERRITORIAL Y TEMPORAL DE LA PROMOCIÓN 2.1 Ámbito Territorial: España. La Promoción está dirigida a aquellos usuarios que tengan 18 años o más y sean residentes en España. 2.2 Ámbito Temporal: la Promoción iniciará el 09 de Febrero de 2015 y finalizará el 17 de Abril de 2015 (en adelante, “El PERIODO PROMOCIONAL”). III. REQUISITOS PARA PARTICIPAR EN LA PROMOCIÓN 3.1 La participación en la presente Promoción es de carácter gratuito y está dirigida a personas mayores de 18 años residentes en España. 3.2 En particular, FERRERO se reserva el derecho a descalificar a cualquier participante que manipule los procedimientos de registro y/o que viole cualquiera de las bases contenidas en el presente documento. Asimismo, FERRERO también se reserva el derecho a verificar por cualquier procedimiento que estime apropiado que el ganador cumple con todos los requisitos de este documento y que los datos que proporcione a FERRERO son exactos y verídicos. Entre otras cuestiones, FERRERO podrá pedir documentación a los participantes para que acrediten el cumplimiento de los requisitos para participar. La no aportación de esta documentación podrá dar lugar a la descalificación del participante requerido. 3.3 Quedan excluidos de esta promoción los propietarios y empleados de FERRERO, así como sus respectivos familiares ascendientes, descendientes, cónyuges o parejas de hecho. Asimismo, el organizador se reserva el derecho a evitar que sobre esta Promoción se establezcan sistemas de especulación o de negocios, en cuyo caso, podrá ejercer aquellas acciones legales que estime oportunas. 3.4 FERRERO descartará aquellas participaciones que sean abusivas o fraudulentas. Se entenderá, a título enunciativo pero no limitativo, que se produce fraude cuando se detecta el supuesto uso de aplicaciones independientes al site de la Promoción; el abuso de consultas al servidor y todos aquellos comportamientos que puedan resultar aparentemente abusivos y/o malintencionados. La constatación de cualquiera de estas circunstancias durante la Promoción supondrá la descalificación automática, así como la pérdida del premio si se le hubiere otorgado. 3.5 FERRERO se reserva el derecho de emprender acciones judiciales contra aquellas personas que realicen cualquier tipo de acto susceptible de ser considerado manipulación o falsificación de la Promoción. IV. MECÁNICA DE LA PROMOCIÓN 4.1 REQUISITOS GENERALES La promoción se desarrollará a través de la página web de Kinder Bueno www.kinderbueno.es. Todas las personas que cumplan con los requisitos anteriormente mencionados, y que deseen participar en la promoción, deberán: • • Acceder a la sección de la promoción “Haré lo que tú me pidas por un Kinder Bueno” en la web www.kinderbueno.es, facilitar los datos personales solicitados, aceptar las Bases Legales de la promoción y participar escribiendo un reto dirigido a Santi Millán en el espacio habilitado al efecto. Para participar con un reto, el usuario tendrá que completar los campos obligatorios del formulario, aportando su nombre, apellidos, fecha de nacimiento, teléfono y un email de contacto. Todos los textos relativos al reto propuesto serán objeto de revisión previa por parte de FERRERO. Si se detecta que cualquiera de los textos, a juicio de FERRERO, atentan contra el derecho al honor, a la intimidad personal y familiar, a la propia imagen, al respeto a la dignidad de la persona, al principio de no discriminación por motivos de raza, sexo, religión, opinión, nacionalidad, discapacidad o cualquier otra circunstancia personal o social y/o vulneren cualquier elemento u objeto tutelado por derechos de exclusividad, propiedad industrial o intelectual o cualquier otro derecho de terceros, se procederá a la inmediata cancelación de la participación del usuario sin que le asista derecho de reclamación alguno. Si el texto del reto propuesto cumple con las condiciones exigidas se tendrá por aceptado y la Organización procederá a su publicación en el site de la promoción dentro de un plazo máximo de 72 horas. 4.2 SELECCIÓN DE LOS GANADORES Durante el PERIODO PROMOCIONAL, un jurado de expertos en comunicación y marketing seleccionará 3 participaciones ganadoras y 30 suplentes (10 por cada periodo de participación) siguiendo los criterios de: originalidad, creatividad y simpatía de los retos propuestos. Las fechas de selección de ganadores y suplentes, así como sus notificaciones son las siguientes: 1. El día 9 de Marzo de 2015 se seleccionará al primer ganador (1) y diez suplentes (10) entre todas las participaciones recibidas entre 9 de Febrero y el 8 de Marzo de 2015. En el plazo de 72 horas se le enviará una notificación mediante el email que proporcionó en el formulario y el ganador dispondrá de 24 horas para contestar afirmativamente y proporcionar la información que se le requiera. Dicha información comprende la copia de su DNI o cualquier otro documento oficial que permita su identificación. Si pasado el plazo de 24 horas desde el envío de la notificación el ganador no ha contestado y aportado toda la información requerida, el premio pasará al primero de los diez (10) suplentes, repitiéndose el proceso. 2. El día 23 de Marzo se seleccionará al segundo ganador y a diez suplentes (10) entre todas las participaciones recibidas entre el 9 de Marzo y el 22 de Marzo de 2015. El procedimiento será idéntico que en el caso del primer ganador. 3. Por último, el día 18 de Abril se seleccionará el tercer ganador y a diez suplentes (10) entre todas las participaciones recibidas entre el 23 de Marzo y el 17 de Abril de 2015. De nuevo, el procedimiento será el mismo que en los anteriores premiados. Cada participante podrá escribir un reto en cada uno de los 3 periodos de selección mencionados anteriormente. No obstante, en el caso de resultar ganador, el usuario no podrá volver a participar. Para aquellos participantes que no hayan resultado ganadores, podrán volver a participar en los siguientes periodos de selección con el mismo reto propuesto en su anterior participación o escribiendo uno de nuevo. 4.3 PREMIOS Los 3 retos ganadores contarán con la participación de Santi Millán, se rodarán y se emitirán en TV. Asimismo, las personas que resulten ganadoras podrán participar en el rodaje del reto que ellos mismos han propuesto hacer a Santi Millán. En este sentido, cada ganador podrá asistir al rodaje en el que Santi Millán llevará a cabo el reto que el ganador ha propuesto y, si así lo desea, podrá intervenir en el vídeo. El premio es personal e intransferible quedando totalmente prohibido su declinación a favor de un tercero ni tendrán los ganadores el derecho a recibir su valor en metálico. En el supuesto que el participante ganador resida a más de 60km del lugar del rodaje, FERRERO se encargará de gestionar y abonar los importes correspondientes al transporte (limitado a clase turista) y alojamiento ( hotel de 3 estrellas en régimen de media pensión). Asimismo, FERRERO se encargará de gestionar y correrá con los gastos de desplazamiento de ida y vuelta hasta el lugar del rodaje y el alojamiento en el caso de ser necesario. El disfrute del premio por parte de los participantes ganadores correspondiente a la asistencia al rodaje del video en el que Santi Millán llevará a cabo el reto que el ganador ha propuesto. Dicha grabación está sujeta a la planificación y horarios de las grabaciones que FERRERO determine. Por lo tanto, se informará directamente a los ganadores el día o fecha de grabación a la que deberán asistir. FERRERO no se responsabilizará de las posibles incidencias en el disfrute o cualquier otra circunstancia imputable a terceros que afecte al premio de esta Promoción. Los ganadores reconocen y consienten que el reto premiado está sujeto a revisión, así como que éste podrá ser modificado, transformado y/o adaptado a las necesidades o exigencias para su correcta emisión en TV. 4.5 AUTORIA Y CESIÓN DE DERECHOS SOBRE LOS RETOS: El usuario que publique el reto garantiza ser titular de los derechos de propiedad intelectual, es decir, que es el autor material del reto propuesto, que es original y que no la ha plagiado de terceros. Por lo tanto, el usuario participante mantendrá indemne a FERRERO frente a cualquier reclamación de terceros derivada del incumplimiento de la citada garantía. Al compartir el reto en la Web de la promoción, el usuario está cediendo a FERRERO los derechos de autor que pudiera tener sobre el mismo. Asimismo, el usuario está otorgando a FERRERO una licencia suficiente sobre los derechos de reproducción, distribución, transformación y comunicación pública y puesta a disposición del reto por el tiempo y el ámbito estrictamente necesario para poder participar en esta promoción, sin que ello comporte derecho alguno de contraprestación o beneficio económico para cualquiera de los participantes. Los retos serán publicados en la Web de la promoción y en caso de resultar ganador, será representado por Santi Millán en TV y en cualquier otro medio con la finalidad de promocionar la marca KINDER BUENO. Asimismo, el participante reconoce y acepta que FERRERO podrá poner a disposición de terceros (agencias de publicidad, productoras y cualquier otro tercero que FERRERO considere oportuno) el reto propuesto para su ejecución en relación con la presente promoción. 4.6 CESIÓN DERECHOS DE IMAGEN: El ganador que desee intervenir en el video y que así lo manifieste, autoriza a FERRERO a realizar grabaciones audiovisuales y/o sonoras de su imagen y/o voz, así como a la divulgación y publicación, reproducción, distribución, transformación y comunicación pública de dicha grabación audiovisual para su explotación, tanto de forma íntegra como fragmentada, en cualquier medio que se estime oportuno para la promoción de los productos de la marca KINDER BUENO, sin que por la presente cesión de derechos se le otorgue derecho alguno de remuneración o beneficio. Asimismo, el participante reconoce y acepta que FERRERO podrá poner a disposición de terceros (agencias de publicidad, productoras y cualquier otro tercero que FERRERO considere oportuno) la imagen del ganador que decidiese intervenir en el mencionado video para su ejecución en relación con la presente promoción. V. DISPOSICIONES GENERALES Y LIMITACION DE RESPONSABILIDAD 5.1 FERRERO se reserva el derecho de variar alguno de los premios y/o características de los mismos, si fuera necesario, por cualquier causa. 5.2 FERRERO hará todo lo posible por evitar el suministro de los datos o documentos incorrectos o falsos por parte de los participantes. Asimismo, FERRERO no se hará responsable de la veracidad de los datos o documentos que éstos faciliten. Por consiguiente, si los datos o documentos facilitados no fueran correctos o tuvieran errores, FERRERO no se hará responsable de no poder contactar con los posibles ganadores para comunicarles el resultado, de no poder gestionar con ellos la entrega del premio y de todas las incidencias que pudieran derivarse de la incorrección o falsedad de los datos o documentos suministrados. 5.3 El plazo máximo establecido para cualquier tipo de reclamación referida y/o relacionada con la Promoción se extingue a los dos meses desde la finalización de la Promoción. Tras finalizar dicho plazo, se perderá todo derecho a reclamación. VI. ACEPTACIÓN Y DEPÓSITO DE LAS BASES 6.1 La participación en la presente Promoción supone la aceptación íntegra de las presentes bases. El Organizador se reserva el derecho a variar estas bases si así lo exigieran las circunstancias y dirimir cuantas dudas pudieran surgir en lo no previsto en las mismas. 6.2 FERRERO se reserva también el derecho de anular, prorrogar, ampliar, recortar o modificar la promoción si las circunstancias lo obligan, sin tener que justificar la decisión y sin que se le pueda reclamar ningún tipo de responsabilidad como consecuencia de ello, siempre que no perjudiquen los derechos adquiridos por los participantes 6.3 Las bases permanecerán publicadas durante el Período Promocional en la página web www.kinderbueno.es. VII. ELEMENTOS DE PUBLICIDAD 7.1 La Promoción será comunicada a través de la página web www.kinderbueno.es, en el perfil oficial de KINDER BUENO en Facebook https://www.facebook.com/kinderbuenoes, así como en todos los medios publicitarios que considere oportunos. 7.2 Las bases de la promoción serán depositadas ante Notario y podrán consultarse en la sección ABACO de la página Web www.notariado.org. 7.3 Para atender cualquier duda o consulta sobre el funcionamiento de la Promoción, [email protected] será el medio establecido para atender a dichas cuestiones. Dicho buzón estará operativo hasta 1 mes después de finalizada la Promoción. VIII. 8.1 8.2 8.3 8.4 PROTECCIÓN DE DATOS Los participantes conocen y consienten que sus datos personales, incluida su imagen, sean incluidos en un fichero bajo titularidad de FERRERO, con domicilio en WTC Almeda Park, Plaça de la Pau s/n Edificio 2, Planta 3ª, 08940 Cornellà de Llobregat (Barcelona) España, quien usará y tratará los mismos, conforme a la legislación vigente en materia de protección de datos de carácter personal, con la finalidad de gestionar la presente Promoción. Asimismo, al proporcionar voluntariamente sus datos, y en el caso de resultar ganador, usted consiente y autoriza la cesión de su imagen a ELAB STUDIO, S.L para la realización de las grabaciones audiovisuales relacionadas con el premio objeto de la presente promoción. La información del usuario participante será gestionada por FERRERO como entidad organizadora de la promoción. Los participantes de la Promoción garantizan a FERRERO que todos los datos facilitados son ciertos y exactos. Al proporcionar voluntariamente sus datos personales, el usuario participante consiente expresamente su tratamiento por parte de FERRERO para las finalidades anteriormente mencionadas y con la finalidad de mantenerle informado sobre los productos y futuras acciones promocionales y publicitarias de FERRERO, dirigiéndole dichas comunicaciones por cualquier medio, incluyendo vía correo electrónico. FERRERO tiene implantadas las medidas de seguridad de índole técnica y organizativas necesarias tendentes a garantizar la seguridad e integridad de los datos de carácter personal facilitados por los participantes. En cualquier momento, los participantes podrán ejercer sus derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición, remitiendo la solicitud mediante correo electrónico a la dirección [email protected] con la indicación “Protección de Datos KINDER BUENO – HARÉ LO QUE TÚ ME PIDAS POR UN KINDER BUENO” y consignando su nombre y apellidos junto con copia del documento que le identifique. 8.5 Por el simple hecho de participar en la Promoción, los participantes autorizan expresamente a FERRERO para que los datos que facilita puedan ser publicados en cualquier medio y/o utilizados en cualquier actividad pública o de difusión relacionada con la presente Promoción, sin que por ello tenga derecho a remuneración o beneficio alguno diferente de la entrega del premio, en caso de que resultase ganador. IX. REGIMEN FISCAL 9.1 Los premios objeto de la presente promoción podrían estar sujetos a retención y a ingreso a cuenta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas de acuerdo con el artículo 75.3.f) del Real Decreto 439/2007, por el que se aprueba el Reglamento del IRPF, siempre que su base de retención sea superior a 300€ (trescientos euros), por los gastos de desplazamiento al rodaje. 9.2 En caso que proceda practicar retención, el mencionado ingreso a cuenta será asumido por FERRERO IBÉRICA S.A quien procederá a su ingreso ante la Agencia Estatal de la Administración Tributaria. 9.3 El ganador deberá integrar en su base imponible, al efectuar la declaración del IRPF del año en cuestión una ganancia patrimonial por importe del valor de mercado del premio recibido, así como el importe del ingreso a cuenta no repercutido por parte de FERRERO IBÉRICA, S.A. Al finalizar el año, objeto del sorteo, FERRERO IBÉRICA, S.A. facilitará al ganador el correspondiente certificado fiscal. X. LEY APLICABLE Y JURISDICCIÓN 10.1 Las presentes bases se regirán e interpretarán de acuerdo con su propio contenido y por las leyes de España. En caso de divergencia entre los participantes en la Promoción y la interpretación de las presentes bases por FERRERO, serán competentes para conocer de los litigios que puedan plantearse los Juzgados y Tribunales de la Ciudad de Barcelona (España), renunciando expresamente los participantes de esta Promoción a su propio fuero en caso de que lo tuvieren.
© Copyright 2024