PDF (BOCM-20150206-96 -1 págs -78 Kbs)

BOCM
Pág. 254
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 6 DE FEBRERO DE 2015
B.O.C.M. Núm. 31
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE
96
MADRID NÚMERO 72
EDICTO
Juzgado de primera instancia número 72 de Madrid.
Juicio: procedimiento ordinario número 391 de 2012.
Parte demandante: comunidad de propietarios de la calle Villajimena número 5 de Madrid.
Partes demandadas: don Ricardo Andrés Varas Paredes y doña Marcelina Alejos Quezada.
En virtud de lo acordado en los autos de procedimiento ordinario número 391 de 2012,
por no ser conocido el domicilio de don Ricardo Andrés Varas Paredes y doña Marcelina
Alejos Quezada, por resolución de esta fecha, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, se ha acordado la publicación del
presente edicto para llevar a efectos la diligencia de notificación de sentencia de 16 de diciembre de 2013, cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:
Sentencia número 273 de 2013
En Madrid, a 16 de diciembre de 2013.—Vistos por mí, doña Sonia Lence Muñoz, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 72 de Madrid y su partido judicial,
los autos de juicio ordinario número 391 de 2012, promovido a instancias de la comunidad
de propietarios de la calle Villajimena número 5 de Madrid, representada por la procuradora doña Katiuska Marín Martín y defendida por los letrados don Juan José Matellanes González y don Antonio Ramírez del Pozo, contra doña Marcelina Alejos Quezada y don Ricardo Andrés Varas Paredes, en situación de rebeldía procesal, don Esteban Alejos Cuevas,
representado por la procuradora doña María Jesús Rivero Ratón y defendida por el letrado
don Óscar Pizarro Cabello, versando los autos sobre reclamación de cantidad.
Que estimando la demanda presentada por la procuradora señora Marín Martín, en
nombre y representación de la comunidad de propietarios de la calle Villajimena número 5
de Madrid, contra doña Marcelina Alejos Quezada, don Esteban Alejos Cuevas y don
Ricardo Andrés Varas Paredes, debo condenar y condeno a los codemandados a abonar, solidariamente, a la actora la cantidad de 5.506,66 euros, más intereses legales desde el día 15
de marzo de 2012, hasta el día de hoy, e intereses del artículo 576 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, desde el día de hoy hasta su completo pago, todo ello con expresa imposición
de las costas procesales a los demandados solidariamente.
Contra la presente sentencia cabe recurso de apelación, que se interpondrá ante este
Juzgado, en el plazo de veinte días, computados desde su notificación, para su conocimiento y fallo por la Audiencia Provincial de Madrid.
La admisión del recurso precisará que se haya consignado en la cuenta de depósitos y consignaciones, bien a través de ingreso en “Banesto”, 3252-0000-XX (clave dos dígitos)-XXXX
(número de procedimiento con cuatro cifras, anteponiendo, en su caso, los ceros necesarios)-XX
(dos últimas cifras del año del procedimiento) o bien a través de transferencia a cuenta 00301846-42-0005001274, reflejando en concepto el número siguiente 3252-0000-XX (clave dos dígitos)-XXXX (número de procedimiento con cuatro cifras, anteponiendo, en su caso, los ceros
necesarios)-XX (dos últimas cifras del año del procedimiento), abierta a nombre del Juzgado en
la entidad “Banesto”, el depósito exigido por la disposición adicional decimoquinta de la Ley
Orgánica del Poder Judicial (en redacción dada por la Ley Orgánica 1/2009).
Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.
Y como consecuencia del ignorado paradero de don Ricardo Andrés Varas Paredes y
doña Marcelina Alejos Quezada, se extiende la presente para que sirva de notificación de
sentencia.
En Madrid, a 21 de julio de 2014.—El secretario judicial (firmado).
(02/6.462/14)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
BOCM-20150206-96
Fallo