ELECTRICIDAD NOTA ACLARATORIA N ES ACTA X DEL GRUPO DE TRABAJO IN ST A LA C IO El pasado 3 de diciembre 2014 se publicó el Acta X de la reunión del Grupo de Trabajo para el seguimiento de aplicación del REBT. En ella se realiza otra modificación respecto a las gestiones de tramitación y legalización de las reformas de fincas y de forma específica. Lo que se indica en este acta es la externalización a través de las EICI’s de dos casos concretos de solicitud de excepción al REBT. C SI Hasta el 31 de diciembre del 2014, si no se cumplía con alguna especificación técnica definida en el REBT se debía pedir autorización para realizar la instalación eléctrica con dicha modificación a través de la solicitud de una excepción al REBT en la Dirección General de Industria, Energía y Minas. Y era este organismo el que debe autorizar dicha circunstancia. Desde el 1 de enero del 2015 se dan dos nuevas circunstancias por las que se modifica esta metodología. Si al realizar una reforma de finca nos encontramos con estas circunstancias: 1. Dimensiones como mínimo del cuarto de contadores de 1,80 m para la altura o de 1,20 para el ancho ocupado en la pared de los contadores, o como mínimo, existan 80 centímetros libres desde los contadores hasta el primer obstáculo que tengan enfrente. 2. No disponer de un local adecuado para colocar la centralización de hasta un máximo de 32 contadores e instalarlos en armario de obra de fábrica. En estos dos casos, para agilizar las tramitaciones, la empresa instaladora presentará en la EICI (cuando se realice la tramitación del Certificado de Instalación Eléctrica en Baja Tensión) junto con el resto de documentación necesaria, los anexos I y II donde se reflejará esta situación. Siendo esta toda la gestión necesaria realizar al respecto. Si cuando la EICI realice la revisión documental del expediente surgiera un defecto, este se considerará defecto documental y será preciso su subsanación. En el apartado de observaciones del Certificado se indicará: 1. Dimensiones cuarto contadores inferiores (H x A x F) m 2. Armario con (nº) contadores Es decir, en los dos casos mencionados ya no es preciso esperar la aceptación de la propuesta de la DGIEM a la excepción al REBT. Recordar que esta modificación de la tramitación no significa el cambio en las condiciones de seguridad y características de los materiales utilizados. • En el caso de no cumplir con las dimensiones del local pero poder acogerse a este Acta, el local deberá disponer de puerta con características EI260 C5 ante el fuego y rejillas intumescentes EI60. • Si se instala más de 16 contadores en armario por no disponer de local adecuado, debe ser de obra de fábrica de características EI120, con puerta de características EI260 C5 ante el fuego y rejilla intumescente EI60. Desde la parte más saliente del armario hasta la pared opuesta deberá respetarse un pasillo de 1,2 m como mínimo. NOTA: todas aquellas excepciones solicitadas a la DGIEM y que puedan acogerse al ACTA X, deberán realizar un escrito de solicitud de anulación del trámite a la DGIEM.
© Copyright 2024