“Nuestra postura es que se debe respetar la decisión

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LATERCERA Sábado 31 de enero de 2015
ESTADISTICAS DE LOS BENEFICIOS
Andrés Mahnke
Defensor nacional
La Comisión de Rebaja de
Condena revisa anualmente los
antecedentes de los reos.
Año 2014
2.305
909
decretos que
otorgaron el
beneficio a los reos.
Decretos firmados por
Justicia (Desde abril al
31 de diciembre)
849
Decretos firmados
desde enero a marzo
2014 (Ministro (s) Juan
Ignacio Piña)
547
Decretos otorgados
luego que reo ganara
amparo (Desde abril
al 31 de diciembre)
“Nuestra postura es
que se debe respetar la
decisión de la comisión
que da el beneficio”
R La Defensoría ha presentado
205
Decretos rechazados por
Justicia (Desde abril al 31 de
diciembre)
840 amparos pidiendo que se
haga efectiva la rebaja de la
condena.
R Mahnke criticó que no existen
programas que permitan a los
reos demostrar que han tenido
una buena conducta.
LA TERCERA
FUENTE: Gobierno de Chile.
Felipe Díaz
Santiago
DEFINICIONES
a
b
c
Ley 19.856
Regula el beneficio de la reducción de
condena, con el objetivo de ser un mecanismo de reinserción social.
Integrantes de la comisión
Sistema opera en base a una comisión autónoma, integrada por un ministro de
Corte de Apelaciones, tres jueces penales,
dos peritos y un abogado.
Requisitos para el beneficio
Evaluación se hace en base a los antecedentes de Gendarmería. Estos son cumplir con sus obligaciones de estudiar, trabajar, rehabilitarse y acreditar buena
conducta, la que tiene que ser calificada
como sobresaliente.
que se hizo efectiva la negativa del beneficio.
Esta situación también quedó plasmada en el acta final
elaborada por la “Comisión de
Beneficio de Reducción de
Condena”, de fecha 25 de noviembre de 2014. “Esta comisión deja constancia que a la fecha de inicio de su periodo ordinario de funcionamiento -5
de noviembre de 2014- en los
listados de internos postulantes a esta ley existían muchos
de ellos que objetivamente, y
de acuerdo a lo actuado y resuelto por comisiones anteriores, debieron haber estado en
libertad a dicha fecha”.
Versión del ministro
Sobre este tema, el ministro
Gómez indicó que “de la revisión
que hemos hecho de los expe-
dientes, hay muchos de ellos que
no cumplen con los requisitos. No
cumplen con educación, no
cumplen con trabajo, rehabilitación, y, por lo tanto, hemos
dicho que la obligación del ministerio es evitar que salgan a la
calle delincuentes como violadores y asaltantes”.
Agregó que “hemos ido rechazando aquellas que no cumplen con las condiciones que la
ley establece. Sin embargo, la
Corte le ha dado la facultad a la
comisión (para otorgar la libertad)”. Según Gómez, los criterios de los tribunal han cambiado con los años: “en 2003 la
misma Corte Suprema dijo que
(la comisión) era una instancia
asesora y que determinar si se
daba la libertad, correspondía
al Ministerio de Justicia. Esa
doctrina la han cambiado”.b
La Defensoría Penal Pública ha
tomado un rol activo en la pugna
por las rebajas de condenas, puesto que ha representado cientos de
internos que fueron beneficiados
por la comisión, pero que el Ejecutivo se negó a firmar el decreto. Los abogados en 840 ocasiones
han acudido a los tribunales superiores presentando amparos para
pedir que se acceda al beneficio.
De estos, se han ganado 730, 29 se
han perdido y otros 72 aún no se
resuelven, pues se encuentra en
trámite.
A la cabeza de esta instancia se
encuentra el defensor nacional,
Andrés Mahnke, quien señala que
le parece “injusto” que los beneficios se dicten en base a buenas
conductas, cuando muchas veces
en los penales no tienen instancias
para fomentarlas.
¿Qué postura han tomado como
Defensoría?
Más que una postura, hemos ampliado nuestra cobertura de prestación de defensa. Yo puedo entender que existan estos ciclos,
en que se mira con recelo la concesión de estos beneficios. En algunos casos también nos invitan
a participar en estas comisiones de
rebaja de condena para que haya
un punto de vista de la defensa
pública.
¿Cómo es el proceso de tomar
estos casos?
Tenemos los canales abiertos para
representar a quienes no tienen
abogado privado. Se nos obliga, en
representación de nuestros usuarios, a recurrir. Si en primera instancia no nos va bien, apelaremos hasta la Corte Suprema. Es
parte de nuestro trabajo.
El Ministerio de Justicia dice que
se le otorgó beneficios a reos que
no cumplen con los requisitos.
Es parte del debate. Desde nuestro punto vista, tenemos los informes de las comisiones, en que se
han evaluado el cumplimiento de
los requisitos. Si ese análisis, que
es bastante exigente, señala que lo
está cumpliendo, nuestra postu-
RECURSOS
“Hemos ampliado nuestra
cobertura de prestación de
defensa. Yo puedo entender
que existan estos ciclos, en
que se mira con recelo la
concesión de beneficios”.
AUTONOMIA
“Esta es una institución
que funciona con
independencia funcional,
pero que todavía que no
tiene autonomía
institucional y eso es un
proyecto que nos interesa”.
ra es que se debe respetar la decisión de esa comisión que da el beneficio. De hecho, además del Poder Judicial, hay tres miembros
del Ministerio de Justicia y están
los informes de Gendarmería. Más
allá que exista o no un error en la
apreciación, la sede donde se debe
apreciar es en la instancia de la comisión.
¿Qué le parecen los criterios que
se exigen?
Hay aspectos que pueden ser has-
ta un poco injustos. Cuando una
persona es condenada, pierde el
derecho a su libertad. Pero todos
los otros derechos, como ciudadano de este país, están debidamente consagrados por la Constitución, y se deben cumplir por todos
los organismos del Estado. Uno
de los derechos de las personas es
que tenga, al menos, la posibilidad
de volver a insertarse en la sociedad. Si nosotros no le damos esa
facultad para que inicie ese camino de reinserción, la situación
que se genera es un poco injusta,
porque no tenemos la posibilidad
de que la personas puedan optar
a un programa que sea capaz de
empezar a ilustrar una conducta
sobresaliente, y además se les castiga con negarle un beneficio.
¿No resulta incómodo tener que
alegar contra el superior, como
es el Ministerio de Justicia?
Desde el punto de vista de nuestra misión institucional, ni siquiera yo soy el superior de los defensores penales locales. El ministro
(Gómez) entiende muy bien la diferencia de roles que hay. Yo también lo entiendo y esto es producto del debido proceso. Esta es una
organización que tiene una independencia funcional, pero que todavía no tiene la autonomía institucional. Este es un proyecto que
nos interesa conversar, en este
periodo. Si bien esta garantía se
entiende muy bien, sería también
muy bueno que ésta se viera reflejada desde el punto de vista institucional.
¿Qué pasa con los casos de condenados por DD.HH. que suman
varias sentencias y también recurren de amparo?
A ellos les corresponden a defensas de abogados privados. Hay algunos casos que han generado
connotación pública y aparentemente, si hay alguna normativa
que no se ha aplicado debidamente, la resolución de la Corte puede decretar la libertad en esa condena específica. Si tiene otra pena
sobre la que el tribunal no se ha
pronunciado, la persona debe seguir cumpliendo y no saldrá en
libertad.b