FALLO CORRESPONDIENTE A LA INVITACIÓN NACIONAL A CUANDO MENOS TRES PERSONAS NO. FECEB-INV3P-ADQ001-2015, PARA CONTRATAR LOS SERVICIOS CONSISTENTES EN LA CONTRATACIÓN, ADMINISTRACIÓN Y SUSTITUCIÓN DE PERSONAL SEGÚN CARACTERISTICAS Y ESPECIFICACIONES DEL FECEB, DE CONFORMIDAD CON LAS INVITACIONES Y BASES DE FECHA 7 DE ENERO DE 2015. A LOS PARTICIPANTES EN EL PROCEDIMIENTO DE INVITACIÓN NACIONAL A CUANDO MENOS TRES PERSONAS NO. FECEB-INV3P-ADQ-001-2015 P r e s e n t e. Con esta fecha se da a conocer el fallo de la referida invitación nacional a cuando menos tres personas N°. FECEB-INV3PADQ-001-2015 de conformidad con lo establecido en el artículo 32 de las Normas del Banco de México en Materia de Adquisiciones y Arrendamientos de Bienes Muebles, así como de Servicios, en relación directa con el numeral 8 de la carta invitación, el Fideicomiso del Espacio Cultural y Educativo Betlemitas (FECEB) emite el siguiente: FALLO I. RELACIÓN DE LICITANTES QUE PRESENTARON PROPOSICIONES. FACTOR INTEGRAL PROMEDIO. EXPRESADO EN NÚMERO DE VECES EL INGRESO BRUTO MENSUAL, CON CUATRO DECIMALES, SIN CONSIDERAR EL IVA DE LOS RANGOS DE $3,000.00 HASTA DELANTE DE $99,000.00 EMPRESA BEST RECURSOS HUMANOS S.A. DE C.V. COTIZÓ ADMINISTRACIÓN PROFESIONAL DE PERSONAL MSG S.C. COTIZÓ II. RELACIÓN DE LICITANTES CUYAS PROPOSICIONES SE DESECHARON, ASÍ COMO LAS RAZONES QUE SUSTENTAN LA DETERMINACIÓN. BEST RECURSOS HUMANOS S.A. DE C.V. Las proposiciones presentadas por la empresa referida fueron desechadas toda vez que si bien es cierto que presentó copia simple del acuse de recibo del Servicio de Administración Tributaria y la hoja que contiene los datos de identificación, no dio cumplimiento con lo dispuesto en el inciso g) de las bases en donde se estipulo expresamente que se tenían que presentar copia simple de la declaración anual del Impuesto sobre la Renta con sus correspondientes anexos relativa al ejercicio fiscal 2013 a efecto de acreditar la CAPACIDAD ECONOMICA; la copia de los estados financieros no pueden ser considerados para subsanar la omisión; por lo que no fue posible determinar si la empresa obtuvo ingresos por ventas de cuando menos el 20% del monto total de su propuesta económica. Por lo anterior no dio cumplimiento con el requerimiento señalado en las bases de invitación, con fundamento en lo dispuesto en los numerales 15, 15.1 primer párrafo, 18 y 18.1 de las bases de invitación en relación directa con el segundo párrafo del artículo 23 de las Normas del Banco de México en Materia de Adquisiciones y Arrendamientos de Bienes Muebles, así como de Servicios; por lo que se concluye que tales condiciones afectan la solvencia de las propuestas presentadas. III. RELACIÓN DE LAS PROPOSICIONES QUE RESULTARON SOLVENTES Y SU DESCRIPCIÓN GENERAL. Licitante Capacidad Legal Capacidad Administrativa Capacidad Económica Anexo “C” Declaratoria Análisis Técnico Experiencia ADMINISTRACIÓN PROFESIONAL DE PERSONAL MSG S.C. CUMPLE CUMPLE CUMPLE CUMPLE CUMPLE CUMPLE IV. PROPUESTAS ECONÓMICAS PRESENTADAS POR LOS LICITANTES. Con fundamento en lo dispuesto en el Anexo “A.3” denominado Criterios de Adjudicación del Contrato de las bases de invitación, el FECEB para la evaluación de las propuestas económicas, simulará conforme al referido anexo la contratación de una persona por cada rango de ingreso bruto mensual, multiplicando el factor integral promedio por cada uno de los 1 ingresos simulados que le corresponda con el fin de obtener el Costo para el FECEB exluyendo el IVA de cada uno sacandola sumatoria de éste último concepto. De De De De De De De De De De De De De De De De De De De De De De De De De De De De De De De De De ADMINISTRACIÓN PROFESIONAL DE PERSONAL MSG S.C. Factor integral promedio Ingreso de Expresado en número de Simulación de Rango de ingreso bruto los veces el ingreso bruto candidatos mensual en moneda nacional candidatos mensual, con cuatro contratados simulados decimales APLICABLE A PERSONAL QUE REALIZARÁ ACTIVIDADES EN EL ÁREA METROPOLITANA Límite Inferior Límite Superior $3,000.00 $5,999.99 a 1.4963 1 $5,000 1.4499 $6,000.00 $8,999.99 a 1 $8,000 1.4347 $9,000.00 $11,999.99 a 1 $11,000 1.4266 $12,000.00 $14,999.99 a 1 $14,000 1.4215 $15,000.00 $17,999.99 a 1 $17,000 1.4180 $18,000.00 $20,999.99 a 1 $20,000 1.4155 $21,000.00 $23,999.99 a 1 $23,000 1.4136 $24,000.00 $26,999.99 a 1 $26,000 1.4120 $27,000.00 $29,999.99 a 1 $29,000 1.4108 $30,000.00 $32,999.99 a 1 $32,000 1.4098 $33,000.00 $35,999.99 a 1 $35,000 1.4089 $36,000.00 $38,999.99 a 1 $38,000 1.4082 $39,000.00 $41,999.99 a 1 $41,000 1.4076 $42,000.00 $44,999.99 a 1 $44,000 1.4071 $45,000.00 $47,999.99 a 1 $47,000 1.4052 $48,000.00 $50,999.99 a 1 $50,000 1.3982 $51,000.00 $53,999.99 a 1 $53,000 1.3877 $54,000.00 $56,999.99 a 1 $56,000 1.3783 $57,000.00 $59,999.99 a 1 $59,000 1.3698 $60,000.00 $62,999.99 a 1 $62,000 1.3621 $63,000.00 $65,999.99 a 1 $65,000 1.3551 $66,000.00 $68,999.99 a 1 $68,000 1.3487 $69,000.00 $71,999.99 a 1 $71,000 1.3428 $72,000.00 $74,999.99 a 1 $74,000 1.3374 $75,000.00 $77,999.99 a 1 $77,000 1.3324 $78,000.00 $80,999.99 a 1 $80,000 1.3278 $81,000.00 $83,999.99 a 1 $83,000 1.3235 $84,000.00 $86,999.99 a 1 $86,000 1.3194 $87,000.00 $89,999.99 a 1 $89,000 1.3157 $90,000.00 $92,999.99 a 1 $92,000 1.3121 $93,000.00 $95,999.99 a 1 $95,000 1.3088 $96,000.00 $98,999.99 a 1 $98,000 1.3072 $99,000.00 Adelante en 1 $101,000 Costo Total para el FECEB antes de I.V.A. Costo para el FECEB antes de I.V.A. 7,481.50 11,599.20 15,781.70 19,972.40 24,165.50 28,360.00 32,556.50 36,753.60 40,948.00 45,145.60 49,343.00 53,538.20 57,736.20 61,934.40 66,133.70 70,260.00 74,104.60 77,711.20 81,319.70 84,927.60 88,536.50 92,146.80 95,757.70 99,367.20 102,979.80 106,592.00 110,207.40 113,821.00 117,426.60 121,044.40 124,649.50 128,262.40 132,027.20 $2,372,591.10 V.- PRECIOS QUE RESULTARON CONVENIENTES La determinación del precio conveniente se realizó de conformidad con lo establecido en la fracción XV párrafo segundo inciso b del artículo 2 de las Normas del Banco de México en materia de adquisiciones y arrendamientos de bienes muebles, así como de servicios, en relación directa con lo dispuesto en el Anexo A.3 que a la letra indica: “Precio conveniente”: Aquel que determina el “Banco” a partir de la obtención del promedio de los precios preponderantes que resulten de las proposiciones aceptadas técnicamente en la licitación o en la invitación a cuando menos tres personas, y a éste se le disminuya el porcentaje que determine el propio “Banco”, en la propia convocatoria o en la carta invitación correspondiente. 2 También se considerará precio conveniente aquel que obtenga el “Banco” a partir de comparar el precio ofertado, incluyendo, en su caso, los gastos asociados a la contratación, con: a) El último precio contratado y, en su caso, actualizado, conforme a los indicadores económicos que resulten aplicables; b) El precio de otros bienes o servicios similares que el “Banco” haya obtenido a través de cualquier medio; c) La lista de precios del “Proveedor” o fabricante, o d) Precios de mercado. Tratándose de “Proveedor” único, cuando no sea posible utilizar cualquiera de los mecanismos a que se refieren los incisos anteriores, el precio conveniente será el que determine el “Banco”, atendiendo a la información que justifique la adquisición del bien o contratación del servicio correspondiente; VI. LICITANTE A QUIEN SE LE ADJUDICARÁ EL CONTRATO De conformidad con el numeral 15.2 de la carta invitación de referencia, y una vez hecha la evaluación de las proposiciones, se adjudica el contrato al licitante cuya oferta resultó solvente, al cumplir con los requisitos administrativos, legales, técnicos y económicos, así como de experiencia, establecidos en la invitación y, que por tanto, garantizan el cumplimiento de las obligaciones respectivas; por lo tanto: Se adjudica al licitante ADMINISTRACIÓN PROFESIONAL DE PERSONAL MSG S.C., como resultado de la Invitación nacional a cuando menos tres personas NO. FECEB-INV3P-ADQ-001-2015, el contrato por el personal que sea requerido por el FECEB para lo cual pagará el importe que resulte de aplicar a los ingresos brutos mensuales correspondientes al personal requerido, el Factor Integral Promedio respectivo mas el impuesto al valor agregado. La duración del contrato será del 1° de febrero de 2015 al 31 de enero de 2016. Adjunto al presente fallo se enviará un anexo por el cual se indica al licitante ganador, realice la contratación del personal – candidatos a efecto de que el 1º de febrero de 2015 comiencen con el desarrollo de sus servicios en el inmueble del FECEB. VII.- TÉRMINOS Y CONDICIONES PARA LA FIRMA DEL CONTRATO La formalización del contrato se realizará el 28 de enero de 2015 a las 13:00 hrs. en la OFICINA DEL JURÍDICO DEL FECEB UBICADA EN LA CALLE DE TACUBA Nº 17 COLONIA CENTRO, DELEGACIÓN CUAUHTÉMOC, C.P. 06000 EN MÉXICO, DISTRITO FEDERAL, conforme al modelo de contrato adjunto a la carta invitación y a lo expresado en los numerales 3.5, 8 y 9 de la misma. VIII. NOMBRE, CARGO Y FIRMA DE LAS PERSONAS QUE EMITEN ESTE FALLO. El presente fallo se emite por la Lic. Silvia Cristina Singer Sochet y la Lic. Marcela del Sagrado Corazón González Iñarritu, en su carácter de Apoderada General de Nacional Financiera S.N.C. Fiduciaria en el Fideicomiso del Espacio Cultural y Educativo Betlemitas y Directora de Administración respectivamente, y cuya firma se encuentra al calce. Atentamente, México, D.F., a 26 de enero de 2015. NACIONAL FINANCIERA S.N.C. INSTITUCIÓN DE BANCA DE DESARROLLO COMO FIDUCIARIA EN EL FIDEICOMISO DEL ESPACIO CULTURAL Y EDUCATIVO BETLEMITAS. LIC. SILVIA CRISTINA SINGER SOCHET. APODERADA GENERAL. LIC. MARCELA DEL SAGRADO CORAZÓN GONZÁLEZ IÑARRITU DIRECTORA DE ADMINISTRACIÓN 3
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