Secretaría Xeral de Calidade e Avaliación Ambiental APROVECHAMIENTO ENERGÉTICO DE LOS RESIDUOS I JORNADA BIOGAS Santiago de Compostela, 29 de enero de 2015 Miguel Ángel Veiga Campo Subdirector Xeral de Residuos UE MARCO NORMATIVO LA DIRECTIVA MARCO DE RESIDUOS (DMR) establece una jerarquía de residuos en la que se marca el orden de prioridades en el tratamiento de los residuos. EL APROVECHAMIENTO ENERGÉTICO de los residuos debe ser opción prioritaria frente a la eliminación en vertedero. UE MARCO NORMATIVO DIRECTIVA 2008/98/CE SOBRE LOS RESIDUOS 1-Política preventiva -Se subraya la importancia de desacoplar el crecimiento económico de la producción de residuos. -Se establecen compromisos concretos a nivel de la UE y se hace extensivo a los diferentes Estados miembros. -Se insta a que se definan y pongan en marcha planes y programas de prevención de residuos a más tardar el 12 de diciembre de 2013. 2-Fomento de la reutilización, la preparación para la reutilización, y el reciclaje -Apoyo a la creación de redes de reutilización y reparación. -Requisitos de licitación en contrataciones públicas. -Optar por sistemas de recogida separada de residuos para garantizar estándares de calidad en el reciclaje. UE MARCO NORMATIVO DIRECTIVA 2008/98/CE SOBRE LOS RESIDUOS 3-Valorización material y valorización energética -Define VALORIZACION engloba cualquier operación cuyo resultado principal sea que el residuo permita sustituir a otros materiales que de otro modo se habrían utilizado para cumplir una función particular, o que el residuo sea preparado para cumplir esa función, en la instalación o en la economía en general. -Se apoya la valorización energética sobre la eliminación. En el caso de instalaciones destinadas al tratamiento de residuos domésticos, la consideración del tratamiento como VALORIZACION queda supeditada a alcanzar unos elevados niveles de eficiencia energética. 4-Eliminación -Sólo en los casos en los que la valorización no resulte posible. -Los Estados miembros han de garantizar la protección de la salud humana y del medio ambiente en estas instalaciones de acuerdo a la Directiva 1999/31/CE relativa al Vertido de Residuos. OBJETIVOS MARCO NORMATIVO LEY 22/2011 DE RESIDUOS -Las administraciones públicas, aprobarán antes del 12 de diciembre de 2013, programas de prevención de residuos, se describirán las medidas de prevención existentes y se evaluará la utilidad de los ejemplos de medidas que se indican en el anexo IV. -Las medidas de prevención se encaminarán a lograr la reducción del peso de los residuos producidos en 2020 en un 10% respecto a los generados 2010. -Antes de 2020, la cantidad de residuos domésticos y comerciales destinados a la preparación para la reutilización y el reciclado para las fracciones de papel, metales, vidrio, plástico, biorresiduos u otras fracciones reciclables deberá alcanzar, en conjunto, como mínimo el 50% en peso. MARCO NORMATIVO BIORRESIDUOS 1- LA RECOGIDA SEPARADA DE BIORRESIDUOS con vistas al compostaje o digestión anaerobia. 2- EL TRATAMIENTO DE BIORRESIDUOS RECOGIDOS SEPARADAMENTE, para lograr un alto grado de protección del medio ambiente y se realice en instalaciones especificas. 3- EL USO DEL COMPOST producido a partir de biorresiduos. FORSU GENERACION/RECOGIDA DEL FORSU EN GALICIA CANAL MUNICIPAL GENERACION MATERIAL VALOR GALICIA (t) RECUPERADO OBJETIVO 2013 2013 (t) 2020 442.810 (42%) 43.392 (FORSU) 25% TONELADAS A RECUPERAR PARA ALCANZAR OBJETIVO 110.703 EL POTENCIAL DE MEJORA EN LA RECOGIDA MUNICIPAL ES MUY GRANDE, APROXIMADAMENTE UNAS 3 VECES LA ACTUAL. FORSU RECOGIDA SELECTIVA MATERIA ORGÁNICA (FORSU) OBJETIVOS 1- POTENCIAR LA RECOGIDA EN ORIGEN DE LA FRACCION ORGANICA RESIDUOS DOMESTICOS (Impropios <15%) a) Si se separa se obtiene un producto fertilizante mejor. b) Pieza clave para dar cumplimiento a la Directiva de Vertederos que dispone que 2/3 de los residuos biodegradables no podrán ser vertidos, con el fin de evitar las emisiones derivadas de la materia orgánica en transformación que hacen que el vertedero se genere BIOGAS lo que contribuye a aumentar los GEI. LÍNEAS ESTRATÉGICAS LE 8.3- FOMENTO COOPERACION SISTEMAS - COGESTION de flujos de origen orgánico, especialmente interesante en las plantas de digestión anaerobia donde la codigestión de varios flujos puede incrementar los rendimientos de generación de biogás. – Gestión de la fracción RECHAZO combustible de las plantas de tratamiento en las plantas de valorización energética. LE 9.2-MEJORA PLANTAS DE TRATAMIENTO EXISTENTES (SOGAMA, NOSTIAN, BARBANZA) LE 9.3-NUEVAS PLANTAS DE COMPOSTAJE FORSU ESQUEMA PREVISTO DE PLANTAS FORSU. PXRSUG 2010-2020 FORSU INFRAESTRUCTURAS PREVISTAS EN GALICIA. PXRSUG 2010-2020 Planta Centro Medioambiental de Cerceda Fracción Tecnoloxía Entradas Actuales 2013 (t/a) Capacidad prevista 2020 (t/a) FORSU Compostaxe FORSU Dixestión anaerobia 33.837,77 112.500 FORSU Compostaxe 9.554,61 11.000 Complexo Medioambiental do Morrazo FORSU Compostaxe 5.000 Complexo de tratamento de residuos urbanos do Sur FORSU Compostaxe 40.000 FORSU Compostaxe 10.000 FORSU Compostaxe 10.000 Plantas de compostaxe sen localización FORSU determinada FORSU Compostaxe 7.000 Compostaxe 5.000 FORSU Compostaxe 5.000 FORSU Compostaxe 5.000 FORSU Compostaxe <2.000 Planta de Tratamento de Residuos de Nostián Complexo Medioambiental de Barbanza Plantas locais (max 2.000 t) e miniplantas (<500) CAPACIDAD TOTAL INSTALADA 15.000 43.392,38 t 225.000 t +12.000 t autocompostaxe e miniplantas •Creación de 11 nuevas plantas de compostaje, que multiplica por 5 la capacidad actual de tratamiento de FORSU hasta los 237.000 t en 2020. •En C/P se van a impulsar las plantas de compostaje de CERCEDA y del SUR. Esta última se ubicará en el municipio de Pontevedra. RSU PLANTA BIOMETANIZACION DE RSU NOSTIAN Esta planta es propiedad Ayto. Coruña y está gestionada por Albada y trata los residuos urbanos de la ciudad de A Coruña y la de los municipios que conforman el Consorcio das Mariñas: Abegondo, Arteixo, Bergondo, Betanzos, Cambre, Carral, Culleredo e Oleiros. ESQUEMA PLANTA TRATAMENTO NOSTIAN SITUACION ACTUAL SITUACION FUTURA VERTEDEROS OBJETIVOS LEGALES RD 1481/2001 ELIMINACION DE RESIDUOS EN VERTEDERO 1. A más tardar el 16 de julio de 2006, la cantidad total (en peso) de residuos urbanos biodegradables destinados a vertedero no superará el 75% de la cantidad total de residuos urbanos biodegradables generados en 1995. 2. A más tardar el 16 de julio de 2009, la cantidad total (en peso) de residuos urbanos biodegradables destinados a vertedero no superará el 50% de la cantidad total de residuos urbanos biodegradables generados en 1995. 3. A más tardar el 16 de julio de 2016, la cantidad total (en peso) de residuos urbanos biodegradables destinados a vertedero no superará el 35% de la cantidad total de residuos urbanos biodegradables generados en 1995. RUB2016 < 35% RUB1995 OBJETIVOS 1-MINIMIZAR EL VERTIDO FINAL EN DEPOSITOS CONTROLADOS, ESPECIALMENTE FRACCION BIODEGRADABLE Y MATERIALES RECUPERABLES. EL VERTIDO SE HA REDUCIDO UN 30% RESPECTO A 2009 OBJETIVOS ESTRATEGICOS PLAN 2010-2020. SITUACION DE GALICIA A. Reducir en un 10% la produción de residuos en Galicia respecto al 2009. En la actualidad estamos en un 14%. B. Incrementar el reciclaje de los residuos hasta alcanzar un 30% de la reutilización y reciclaje en 2020 frente al 10% del 2009. En la actualidad estamos en un 14%. C. Tratamiento de la totalidad de los residuos producidos y minimizar el vertido final en depósitos controlados, especialmente de fracción biodegradable y materiais recuperables, pasando de un porcentaje del 53% al 24% del total de los residuos. En la actualidad estamos en un 43%. PEMAR NUEVO PLAN ESTATAL MARCO DE RESIDUOS OBJETIVO PRINCIPAL Cumplir los objetivos de preparación para la reutilización y reciclado en 2020 para eso hay que reciclar 10,7 millones de toneladas PEMAR NUEVO PLAN ESTATAL MARCO DE RESIDUOS (PEMAR) OBJETIVO PRINCIPAL Cumplir los objetivos de preparación para la reutilización y reciclado en 2020 para eso hay que reciclar 10,7 millones de toneladas SANDACH MARCO NORMATIVO Reglamento (CE) 1069/2009 por el que se establecen las normas sanitarias aplicables a los subproductos animales y los productos derivados no destinados al consumo humano (SANDACH) -Desarrollado por el Reglamento (UE) nº 142/2011. -Incluye la clasificación de los subproductos en tres categorías de más a menos en función de su riesgo ambiental y sanitario asociado y establece para cada categoría las condiciones de eliminación y uso. Entre otras, se contemplan las posibilidades de eliminación como residuo mediante incineración o coincineración, o en un vertedero autorizado con arreglo a la Directiva 1999/31/CE, la posibilidad de compostaje o transformación en biogás (digestión anaerobia), y la posibilidad de procesamiento mediante esterilización a presión. -Recoge los procedimientos administrativos, técnicos y operativos para las actividades de tratamiento, manipulación y uso de estos subproductos. -Incluye también los controles oficiales a efectuar por parte de los EEMM. SANDACH MARCO NORMATIVO Las plantas de biogás que utilicen subproductos animales o productos derivados como materia prima, cumplirán los requisitos establecidos en el artículo 10 del Reglamento (UE) n.º 142/2011. Estarán equipadas con una unidad de pasteurización/higienización de paso obligatorio para las materias primas de origen animal que utilicen y que hayan de ser sometidas a este tratamiento. Temperatura mínima de todo el material 70ºC. Tiempo de permanencia mínimo e ininterrumpido de todo el material en la unidad, a esa temperatura, de 60 minutos. SANDACH MARCO NORMATIVO RD 1528/2012, de 8 de noviembre, por el que se establecen las normas aplicables a los subproductos animales y los productos derivados no destinados al consumo humano -Establece las condiciones aplicables conforme a los reglamentos europeos de 2009 y 2011, que sustituyeron al Reglamento 1774/2002. -Establece claramente las competencias en relación con los SANDACH y los instrumentos de coordinación entre administraciones públicas. -Fija las condiciones de eliminación en vertedero, y los requisitos de las plantas de compostaje que traten SANDACH o que produzcan biogás, entre otros. LODOS MARCO NORMATIVO RD 1310/1990, de 29 de Octubre, por el que regula la utilización de lodos de depuración en el sector agrario. -Define el concepto de lodos y limita sus usos con objeto de garantizar la máxima protección ambiental en su uso agrícola. -Establece obligaciones de registro y de información relativa a estos usos. -Define los valores máximos de concentración de metales en suelos y en lodos que se vaya a destinar a aplicación en terrenos agrícolas, así como las analíticas a realizar en ambos. Orden AAA/1072/2013, de 7 de junio, sobre utilización de lodos de depuración en el sector agrario. -La orden amplia los parámetros a analizar del lodo e incluye el nitrógeno amoniacal, calcio total, magnesio total y hierro, además de incluir el análisis de los parámetros microbiológicos (salmonella y ecoli). ESTIMACION PRODUCCION DE LODOS EN GALICIA TONELADAS DESTINOS FINALES DE LODOS XESTIÓN LODOS TOTAL EDAR TOTAL EDARI TOTAL Producidas Agricultura Tecnosolos Fertilizantes Biometanización 96.198,06 2.743,70 44.244,38 49.209,97 - 87.105,65 4.720,21 26.857,11 51.329,82 4.198,52 183.303,71 7.463,91 71.101,49 100.539,79 4.198,52 RESIDUOS INDUSTRIALES DE MAYOR GENERACIÓN POR SECTORES Generación de residuos por sectores industriales 2011 construcción y demolición, con casi el 30% sobre el total 29% Otros: 26% En la generación de residuos por sectores destaca el de la generado seguido de las cenizas y escorias generadas en la industria de la energía eléctrica 14%. Le siguen en 8% 14% 11% 12% importancia los residuos de la industria del automóvil y naval, los procedentes de la transformación da piedra, que sumados a los de la industria agroalimentaria y a otros tipos Construción e demolición Produción enerxía: cinzas e escouras Transformación e procesado de pedra Moldeado e tratamento de superficies metálicas Industria agroalimentaria Outros suponen el 74% de los residuos generados. Generación de residuos por sectores industriales 2011 800.000 600.000 400.000 200.000 - 585.084 (29%) RCD 276.980 (14%) Escorias Cinzas 524.127 (26%) Otros 224.525 230.845 (11%) (12%) Automocion 163.102 (8%) Trans. Pedra Naval Agroalimentacio n PROGRAMA DE ACTUACION PARA SECTORES SECUNDARIOS INDUSTRIA AGROALIMENTARIA:INDUSTRIA CONSERVERA MEDIDA DE RECICLAJE O RECUPERACION EN ORIGEN Depuración anaerobia de aguas residuales de alta concentración y aprovechamiento del biogás: la instalación de un sistema de depuración anaerobia con un aprovechamiento del gas en forma de calor disminuye de forma importante la cantidad del residuo producido. Este residuo tiene como principal característica que se encuentra estabilizado y que se puede reutilizar como materia prima para la producción de harina de pescado. GALICIA MARCO NORMATIVO 1. Decreto 125/2012, del 10 de mayo, por el que se regula la utilización de lodos de depuradora en el ámbito del sector agrario en Galicia. Establece unos requisitos y unos procedimientos específicos para poder realizar una aplicación de productos de tratamiento de lodos de depuradora (PTLD) en la agricultura. El art 8 establece que la CONSELLERIA MR debe emitir un informe sobre la evaluación (PTLD), y la evaluacion de la aptitud de las parcelas propuestas para ser receptoras de PTLD. Este informe es preceptivo y vinculante. 2. Decreto 174/2005, regula el regimen jurídico de la producción y gestión de residuos y el Registro General de Produtores y Gestores de Residuos de Galicia, dictamina los requisitos concretos de documentación y garantías para las entidades dedicadas a la gestión de residuos. 3. Instrucción técnica de residuos ITR/01/08, elaboración de solos (tecnosolos) derivados de residuos. referente á 4. Orde do 20 de xullo de 2009, pola que se regula a construción e a xestión dos vertedoiros no ámbito da Comunidade Autónoma de Galicia UE SISTEMAS DE TRATAMIENTO EN EUROPA INCINERACION TECNOLOGIAS DE APROVECHAMIENTO ENERGETICO DE RESIDUOS ANEXO II LR cataloga como operación de valorización energética las instalaciones de incineración destinadas al tratamiento de residuos domésticos SOLO CUANDO SU EFICIENCA ENERGÉTICA >0,60 para las instalaciones en funcionamiento y autorizadas antes del 31.12.08. >0,65 instalaciones autorizadas después de 31.12.08. EMISIONES NORMATIVA ESTATAL DE RESIDUOS. INCINERACION RD 815/2013, de 18 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de emisiones industriales y de desarrollo de la Ley 16/2002, de 1 de julio, de prevención y control integrados de la contaminación. -Deroga el RD 653/2003 sobre incineración de residuos, e incorpora la Directiva de emisiones industriales. -Define incineración y coincineración, e incorpora los requisitos técnicos y legales para la autorización y explotación de las infraestructuras de incineración -Establece valores límites de emisión y particularidades de las mediciones a efectuar. -Finalmente establece la verificación del valor de eficiencia energética de las instalaciones de incineración de residuos domésticos. PLANTAS PLANTAS DE VALORIZACION ENERGETICA 2011 GASIFICACION TECNOLOGIAS DE APROVECHAMIENTO ENERGETICO DE RESIDUOS GASIFICACION BIOMETANIZACION TECNOLOGIAS DE APROVECHAMIENTO ENERGETICO DE RESIDUOS USOS BIOGAS TECNICAS DE VALORIZACION ENERGETICA 1. OBTENCION DE CALOR Y/O ELECTRICIDAD 2. UTILIZACION DEL BIOGAS EN REDES DE GAS 3. UTILIZACION COMO COMBUSTIBLE EN VEHICULOS BIOMETANIZACION TECNOLOGIAS DE APROVECHAMIENTO ENERGETICO DE RESIDUOS CARACTERISTICAS BIOGAS BIOGAS POTENCIAL BIOGAS EN FUNCION RESIDUO CODGESTION CARACTERISTICAS DE LOS RESIDUOS CODIGESTION BIOGAS DISTRIBUCION PRODUCCION BIOGAS EN ESPAÑA PLANIFICACION ENERGETICA PLAN DE ENERGIAS RENOVABLES 2011-2020 CENTRALES DE BIOGAS EN GALICIA BIOGAS CONSUMO PRIMARIO BIOGAS EN UE (ktop) BIOGAS CONSUMO PRIMARIO DE BIOGAS REPERCUSION ECONOMICA NUEVO MARCO NORMATIVO ENERGETICO 1. LEY 15/2012 medidas fiscales sostenibilidad energética Nuevo impuesto generacion de electricidad: 7% 2. 3. 4. 5. 6. Impuesto a la producción de BIOGAS 0,65 Euros/GJ (motores electricidad). 1,15 Euros/GJ (uso general). RDL 2/2013 15/2012 medidas urgentes sistema eléctrico. Se eliminan las primas a las renovables. OPCION: tarifas reguladas. ORDEN IET/221/2013 establecen peajes de acceso y tarifas RDL 9/2013 de medidas urgentes estabilidad financiera sistema eléctrico. Suprime la bonificación por Energía Reactiva y deroga el RD 661/2007 de producción de energía eléctrica en régimen especial. RD 413/2014 por la que se regula la actividad de producción eléctrica a partir de fuentes de energía renovable, cogeneración y residuos. ORDEN 1045/2014 aprueban los parámetros retributivos de las instalaciones de producción de energía eléctrica. REPERCUSION ECONOMICA NUEVO MARCO NORMATIVO ENERGETICO NUEVO MARCO ENERGETICO ESTIMACION PERDIDAS FACTURACION NUEVO MARCO ENERGETICO 1. PLANTAS INCINERACION: 10-15 Euros/te Perdidas por eliminación primas Nuevo impuesto venta energía Supresión bonificación energía reactiva (aumenta 1-2 Euros/te) 2. PLANTAS DE BIOMETANIZACION: 2-3,5 Euros/te Perdidas por eliminación primas Nuevo impuesto venta energía Nuevo impuesto a la generación de biogás Supresión bonificación energía reactiva (aumenta 0,5-1 Euros/te) VALORIZACION ENERGETCA PERSPECTIVAS FUTURAS 1. ACTIVAR POLÍTICAS DE INCENTIVOS que permitan cumplir los objetivos marcados en la: Directiva 1999/31/CE para el año 2016. Directiva 2008/98/CE para el año 2020 permitiendo aprovechar los recursos contenidos en los residuos (MMPP y Energía). 2. PENALIZAR aquellas actuaciones que no favorezcan estos cumplimientos. 3. REGULAR E IMPULSAR LA UTILIZACION DE SUBPRODUCTOS que se generan en la valorización energética de los residuos. 4. ESTABLECER INSTRUMENTOS FISCALES que favorezcan las opciones jerárquicas mas elevadas. Secretaría Xeral de Calidade e Avaliación Ambiental GRACIAS POR SU ATENCIÓN
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