Acta Número 044 de 2014, Sesión Extraordinaria

Universidad Surcolombiana
SO 9001
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SC 738,1 1
GP 205 - 1
CONSEJO ACADÉMICO
SESIÓN EXTRAORDINARIA
ACTA No. 044
FECHA 18 de diciembre de 2014
HORA 4:34 p.m. a 07:15 p.m.
LUGAR Salón 203 del Bloque de Postgrados
CONSEJEROS ASISTENTES:
NOMBRE
PEDRO LEYES GASPAR
CARGO
Rector
ISABEL CRISTINA GUTIÉRREZ DE Vicerrectora Académica
DUSSÁN
MILLER ANDRADE ZAMBRANO
Decano Facultad de Ciencias Jurídicas y
Políticas (E)
MYRIAM LOZANO ÁNGEL
Decana
Facultad
de
Economía
Administración
NIDIA GUZMÁN DURÁN
Decana Facultad de Educación
y
JUAN
CARLOS
ACEBEDO Decano Facultad de Ciencias Sociales y
RESTREPO
Humanas
Decano Facultad de Salud
JOSÉ DOMINGO ALARCÓN
ALDEMAR MACÍAS TAMAYO
Representante de los Docentes
CONSEJEROS AUSENTES:
NOMBRE
Decano Facultad de Ingeniería
ERVIN ARANDA ARANDA
DARÍO
RUBÉN
VILLARREAL
CARGO
VALBUENA Decano Facultad Ciencias Exactas y Naturales
SECRETARÍA:
NOMBRE
EDWIN
ALIRIO
CERQUERA
CARGO
TRUJILLO
Secretario General
INVITADOS:
NOMBRE
JOSÉ HILDEBRAN PERDOMO
FERNÁNDEZ
CARLOS HARVEY SALAMANCA
FALLA
GERMÁN ALFONSO LÓPEZ DAZA
CARGO
Jefe Oficina Asesora Jurídica
Jefe de la Oficina de Control Interno
Coordinador de la Maestría en Derecho
Público
AV. Pastrana Borrero - Cra. la. PBX. 8754753 FAX- 8758890 - 8759124
Edificio Administrativo Cra. 5 No. 23 - 40 PBX. 8753686
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Consejo Académico Acta No. 044 del 18 de diciembre 2014.
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ORDEN DEL DÍA:
1. Verificación del Quórum.
2. Análisis respecto a la suspensión del proceso de matrícula y registro de aspirantes a cursar
la Maestría en Derecho Público -Segunda Cohorte 2015-1.
3. Modificación Acuerdo 014 de 2014, "Por el cual se adoptan y reglamentan las Modalidades
de Grado como requisito para optar a títulos académicos de los programas de pregrado de la
Facultad de Economía y Administración de la Universidad Surcolombiana".
DESARROLLO:
1.Verificación del Quórum.
Con la presencia de los señores Consejeros: Pedro León Reyes Gaspar, Rector; Isabel
Cristina Gutiérrez de Dussán, Vicerrectora Académica; Miller Andrade Zambrano, Decano
Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas (e); Myriam Lozano Ángel, Decana Facultad de
Economía y Administración; Nidia Guzmán Duran, Decana Facultad de Educación; José
Domingo Alarcón, Decano Facultad de Salud; Juan Carlos Acebedo Restrepo, Decano
Facultad de Ciencias Sociales y Humanas; y Aldemar Macias Tamayo, Representante a
los Docentes; se verificó quórum deliberatorio y decisorio quedando instalada la sesión de
la fecha a partir de las 4:34 p.m.
2. Análisis respecto a la suspensión del proceso de matrícula y registro de
as • irantes a cursar la Maestría en Derecho Público -Se • unda Cohorte 2015-1.
El Doctor Pedro León Reyes Gaspar, Rector, procede a dar lectura a la petición de fecha
12 de diciembre, suscritos por los señores Germán Alfonso López Daza, Coordinador de
la Maestría en Derecho Público y Katherin Torres Posada Secretaria del Comité de la
citada Maestría, documento que hace parte integral de la presente Acta y el cual se
transcribe literalmente, así:
"Con preocupación y extrañeza hemos tenido conocimiento del Acuerdo No.
018 proferido por el Honorable Colegiado el 10 de diciembre de 2014 "Por el
cual se suspende el registro de matrícula registro de los aspirantes a cursar la
Maestría en Derecho Público - Segunda Cohorte 2015 - 1", cuyo contenido
rechazamos no solamente por registrar serias inconsistencias jurídicas, sino
por su grave impacto económico, social y académico.
La motivación de la suspensión se limita únicamente a aceptar la solicitud que
en ese sentido propone el "Comité de Veeduría de Procesos Académicos y
Administrativos de la Universidad Surcolombiana" con comunicación radicada
el 28 de noviembre de 2014, desconociendo que esta medida, aunque
transitoria, debe tener argumentos jurídicos sólidos y, por lo menos, indicios
debidamente sustentados que la justifiquen.
Detallamos a continuación nuestras inconformidades, solicitando muy
comedidamente al colegiado cancele la medida de suspensión y adelante el
trámite administrativo, académico y jurídico pertinente para que dé respuesta
de fondo a los requerimientos del "Comité de Veeduría".
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1. Aspectos Jurídicos:
Si bien es cierto, el Acuerdo 018 de 2014 estableció su divulgación mediante la
publicación y comunicación, a la fecha la Coordinación de la Maestría no ha
tenido una información oficial de su contenido, debiendo el Comité de Currículo
de este programa académico de formación avanzada y la misma Coordinación
pronunciar su inconformidad al respecto.
Como lo señala la parte motiva del Acuerdo, el Consejo Académico constituye
la máxima autoridad académica de la institución, pero ello no significa que deje
de lado los trámites y competencias que le fijan los Estatutos de la Universidad
Surcolombiana a sus cuerpos colegiados y unidades académicas. Es así como
el artículo 38, numeral 6 del Estatuto General de la Universidad le asigna al
Consejo Académico, entre otras, funciones la de "Conceptuar sobre la
creación, suspensión o supresión de Programas Académicos" (Subrayado
fuera del texto original) y de ninguna manera tomar la medida de crear,
suspender o suprimir estos.
Como bien lo reconoce la parte motiva del Acuerdo en cuestión el Programa de
Maestría en Derecho Público fue creado mediante Acuerdo 040 del 2012 del
Consejo Superior Académico, y aprobado por el Ministerio de Educación
Nacional con Resolución 11987 del 06 de septiembre de 2013, luego de surtir
el trámite administrativo, académico y financiero fijado por la Universidad
Surcolombiana y por las normas nacionales.
Entre estos trámites se destaca el concepto favorable que expidiera el Consejo
Académico en ejercicio de la citada norma (Acuerdo 075 de 1994 Estatuto
General).
En esta lógica, es fácil concluir que la competencia de suspensión, supresión, o
creación de programas académicos, sean de pregrado o de formación
avanzada, es exclusiva del Consejo Superior Universitario tal como lo prescribe
el artículo 24 numeral 5 que señala: "Aprobar la creación, fusión, suspensión o
supresión de sedes y programas académicos de acuerdo con las disposiciones
legales, en concordancia con el concepto previos del Consejo Académico". De
esta manera, para el caso que nos ocupa, el trámite correcto era que el
Consejo Académico profiriera el respectivo concepto de suspensión
debidamente motivado, y trasladar inmediatamente el caso al Consejo Superior
Universitario para que procediera de acuerdo con sus competencias.
Se estima, además que la medida de suspensión, no solamente fue ordenada
por el Consejo Académico en extralimitación de competencias, sino que carece
de motivación fáctica y jurídica que la sustente, pues acoger esta decisión por
las razones expuestas en el Acuerdo 018 de 2014, es desconocer el trámite
jurídico que debe surtir una suspensión como medida preventiva y constituye
una franca violación a los derechos fundamentales de terceros (docentes,
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administrativos y admitidos), como son el debido proceso, el derecho de
contradicción, la buena fe y la confianza legítima, entre otros.
2. Impacto Económico, Social y Académico:
Esta medida, precipitada e ilegal, ha colocado a nuestro programa académico
de formación avanzada Maestría en Derecho Público en serios y delicados
problemas económicos, sociales y académicos.
•
Económicos: En la medida que la Maestría tiene compromisos
financieros que deben ser atendidos con los ingresos obtenidos a través
de las inscripciones y matrículas, que al no surtirse estos no estaría en
capacidad de resolver las necesidades económicas que demanda el
programa.
•
Sociales: Pues es claro que la publicación del acto administrativo
proferido por el Honorable Consejo Académico ha generado un impacto
negativo en la imagen, no solamente de la Maestría, sino de la
Universidad misma. Como la motivación es tan deficiente y carece de
por lo menos indicios serios que justifiquen la medida ha implicado que
estudiantes, egresados, profesionales y comunidad en general
especulen sobre eventuales razones que conllevaron a esta, tales como
corrupción y tráfico de influencias. Incluso algunos aspirantes han
informado telefónicamente a la Coordinación el ánimo de retirarse de la
maestría, y que se les devuelva los valores de inscripción invertidos.
•
Académicos: Como todo programa académico serio la Maestría tiene
una programación estricta que involucra, además del trámite
administrativo de selección, admisión, y matrícula, el desarrollo mismo
de sus módulos y contenidos programáticos que exigen una
coordinación previa con reconocidas personalidades académicas
nacionales y extranjeras, agendas, reservas hoteleras y de tiquetes
aéreos y terrestres.
PRETENSIÓN
El Comité de Currículo y la Coordinación de la Maestría en Derecho Público
solicitan al Honorable Consejo Académico, en el marco del Código de
Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, proceder a la
revocación directa del Acuerdo 018 proferido el 10 de diciembre de 2014, por
adolecer de ilegalidad, en la medida que su contenido y decisión infringen,
abierta y directamente, las normas que regulan la Universidad Surcolombiana
(Estatuto Superior — Acuerdo 075 de 1994, artículos 24 numeral 5 y 38
numeral 6 -).
Se solicita que el Acuerdo en comento sea revocado, no sólo porque se expidió
en ejercicio de una extralimitación de funciones del colegiado, sino que además
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Consejo Académico Acta No. 044 del 18 de diciembre 2014.
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conllevó la usurpación de competencias propias y exclusivas del Consejo
Superior Universitario. Hechos graves que pueden implicar no solamente
infringir el Estatuto General de la Universidad sino incluso el Código
Disciplinario Único y el mismo Código Penal.
Una vez proceda la revocación directa, dar trámite a la queja que hiciera el
"Comité de Veedurías" bajo los procedimientos señalados por el Estatuto
General y demás normas de carácter institucional y nacional."
Por lo anterior, aclara que en el Acuerdo 018 de 2014, del 10 de diciembre de 2014, se
suspende el proceso de matrícula y registro de los aspirantes a cursar la Maestría en
Derecho Público - Segunda Cohorte 2015 — 1, y no se está suspendiendo el Programa.
Ingresan al recinto los señores Andrea Constanza Tejada Perdomo y Manuel Hermida,
Auditores delegados de la Oficina de Control Interno, delegados de la oficina de Control
Interno.
Acto seguido, la señora Andrea Constanza Tejada Perdomo, delegada de la oficina de
Control Interno, procede a dar lectura del informe de auditoría al proceso de matrícula y
registro de aspirantes a cursar la Maestría en Derecho Público 2015-1, oficio de fecha 10
de diciembre de 2014, documento que hace parte integral de la presente Acta.
"De la manera más atenta, me permito rendir informe del seguimiento realizado
al proceso de matrícula y registro de los aspirantes a cursar la Maestría en
Derecho Público II Cohorte 2015-1 en la Universidad Surcolombiana, en
atención a la solicitud realizada por la Secretaría General de esta Casa de
Estudios, según oficio 2.2 CA-638, de fecha 10 de diciembre de 2014, donde se
anexa una denuncia enviada por supuesto (documento sin firmas o detalles del
remitente) "COMITÉ VEEDURÍA PROCESOS ACADÉMICOS Y
ADMINISTRATIVOS - UNIVERSIDAD SURCOLOMBIANA"
Vale la pena mencionar que mediante oficio 5.MDP-190, de fecha 09 de
diciembre de 2014, el doctor German Alfonso López Daza, coordinador de la
Maestría en Derecho Público, realizó una solicitud de auditoria al proceso de
admisiones del Programa de Maestría en Derecho Público, a la Oficina de
Control Interno, en virtud a la queja presentada de carácter anónimo, la cual
denuncia irregularidades en el proceso de selección y admisión al Programa de
Maestría en Derecho Público II Cohorte 2015-1.
DESARROLLO
Para llevar a cabo el seguimiento, solicitado tanto por el Consejo Académico
como por el doctor López Daza, se procedió a recolectar información de
distintas dependencias, involucradas en el proceso, como lo son:
•
•
Oficina de la Maestría en Derecho Público
Instituto de Lenguas Extranjeras, ILEUSCO
AV. Pastrana Borrero - Cra. I a. PBX. 8754753 FAX• 8758890 - 8759124
Edificio Administrativo Cra. 5 No. 23 - 40 PBX. 8753686
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Consejo Académico Acta No. 044 del 18 de diciembre 2014.
•
•
•
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Oficina de Liquidación y servicios pecuniarios
Centro de Admisiones, Registro y Control Académico
Consulta de información en el sistema de información SILSA
Con la información suministrada de manera directa a los auditores de Control
Interno, Manuel Hermida y Andrea Constanza Tejada, se procedió a realizar la
verificación documental existente en torno al mencionado proceso, del cual se
puede comentar lo siguiente:
1. El Ministerio de Educación Nacional mediante Resolución 11987 del 06
de septiembre de 2013, otorgó el Registro Calificado a La Maestría en
Derecho Público, para ser ofertado mediante la metodología presencial
en Neiva, Huila.
2. El Consejo de Facultad de Derecho, en sesiones de fechas 20 de
septiembre y 19 de diciembre de 2013, según consta en Actas 026 y 037
de 2013, estudió y aprobó el Reglamento de la Maestría en Derecho
Público.
3. Según lo anterior, se expide el Acuerdo 092 del 19 de diciembre de 2013,
"Por el cual se aprueba el Reglamento del Programa de Maestría en
Derecho Público".
4. El Comité de la Maestría está integrado por los siguientes:
✓ El Decano de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas
✓ El Coordinador de la Maestría, quien lo preside.
✓ Un representante de los docentes (designados por los docentes de la
Facultad vinculados a la Maestría. Su período será de dos años)
✓ Un representante de los estudiantes de la maestría, quien será
elegido por los mismos, para un periodo de dos años (2) años.
5. La Maestría en Derecho Público, adscrita a la Facultad de Ciencias
Jurídicas y Políticas, inició su primera Cohorte en el primer período
académico de 2014.
6. Mediante sesión ordinaria, según Acta No. 003 del 13 de mayo de 2014,
expedida por el Comité de Maestría en Derecho Público, se define 1) El
calendario académico administrativo para el segundo semestre
académico de la I. 2) El calendario del proceso de inscripción y admisión
para la II cohorte periodo 2015-1 3) Propuesta para redefinir los costos de
matrícula financiera.
7. Por lo anterior, y posterior a la solicitud del coordinador de la Maestría en
Derecho Público, el Doctor German Alfonso López Daza, efectuada
mediante oficio 5.MDP-00 de fecha 20 de mayo de 2014. El Consejo de
AV Pastrana Borrero - Cra. la. PBX: 8754753 FAX. 8758890 - 8759124
Edificio Administrativo Cra. 5 No. 23 - 40 PBX. 8753686
Línea Gratuita Nacional: 018000 968722
Neiva - Huila
11111v.u.s.co.edu.co
CO- SC 131O - 1
Universidad Surcolombiana
150 000,
NO. 891.180.084-2
C 738-,
Consejo Académico Acta No. 044 del 18 de diciembre 2014.
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Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas, según Acta No. 014, procedió
a la aprobación del Calendario de inscripción, admisión y matrícula para
el II Cohorte en el período 2015-1A, la cual se protocolizo con el Acuerdo
019 de 4 de junio de 2014. El calendario quedó aprobado así:
Compra del PIN: Del 14 al 28 de Julio de 2014.
Inscripción en la página Web de la USCO: Del 15 al 29 de Julio de
2014.
• Entrega de documentos: Del 15 al 31 de Julio de 2014.
• Charla informativa en el Auditorio Olga Tony Vida/es: 08 de
septiembre de 2014.
• Examen clasificatorio (Ensayo): 20 de septiembre de 2014.
• Publicación página web de la USCO del listado de habilitados para
evaluación de inglés: 01 de octubre de 2014.
• Examen prueba de inglés: 04 de octubre de 2014.
• Entrevistas: 17 y 18 de octubre de 2014.
• Publicación listado de admitidos: 23 de octubre de 2014.
• Solicitudes de descuento: 30 y 31 de octubre de 2014.
• Publicación de la liquidación: 04 de noviembre de 2014.
• Pago de derechos pecuniarios (Matricula Financiera Ordinaria):
Del 04 al 21 de noviembre de 2014.
• Matricula académica: 01 al 05 de diciembre de 2014.
• Curso nivelatorio para no abogados: del 13 al 16 de enero de 2015.
• Inicio de clases: 23 de enero de 2015.
•
•
8. Posterior a esto, el Comité de Maestría en Derecho Público, en sesión
ordinaria, según Acta No. 004 de 2014, del 21 de julio de 2014, propone
modificación al calendario de inscripciones para el II Cohorte de la
Maestría en Derecho Público, en razón a los inconvenientes de tipo
externo relacionados con la planeación y logística para el normal
desarrollo de Maestría. Por lo anterior y seguidamente a la solicitud del
coordinador de la Maestría, el Doctor López Daza, mediante oficio
5.FCJP-MDP-141 del 25 de julio de 2014, el Consejo de Facultad de
Ciencias Jurídicas y Políticas, según Acta No. 020, procedió a la
modificación parcialmente del acuerdo 019 de 2014, mediante el cual se
aprobó el Calendario Académico- Administrativo al Programa de Maestría
en Derecho Público para el ll Cohorte en el período 2015-1 A, la cual se
protocolizo mediante el Acuerdo 041 del 25 de julio de 2014. El
calendario (ajustado o ampliado*) quedo aprobado así:
•
•
•
•
*Compra del PIN: Del 14 de Julio hasta el 22 de agosto de 2014.
*Inscripción en la página Web de la USCO: Del 15 de Julio al 23
de agosto de 2014.
*Entrega de documentos: Del 15 de Julio al 27 de agosto de 2014.
Charla informativa en el Auditorio Olga Tony Vida/es: 08 de
septiembre de 2014.
AV. Pastrana Borrero - Cra. la. PBX. 8754753 FAX 8758890 - 8759124
Edificio Administrativo Cra. 5 No. 23 - 40 PBX: 8753686
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SO 9001
licantec
SC 7384 -
Consejo Académico Acta No. 044 del 18 de diciembre 2014.
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•
•
Examen clasificatorio (Ensayo): 20 de septiembre de 2014.
Publicación página web de la USCO del listado de habilitados para
evaluación de inglés: 01 de octubre de 2014.
• Examen prueba de inglés: 04 de octubre de 2014.
• *Entrevistas: 24 y 25 de octubre de 2014.
• *Publicación listado de admitidos: 04 de noviembre de 2014.
• *Solicitudes de descuento: 07 y 10 de noviembre de 2014.
• *Publicación de la liquidación: 02 de diciembre de 2014.
• *Pago de derechos pecuniarios. (Matrícula Financiera Ordinaria):
Del 02 al 16 de diciembre de 2014.
• *Matricula académica: 03 al 17 de diciembre de 2014.
• Curso nivelatorio para no abogados: del 13 al 16 de enero de 2015.
• Inicio de clases: 23 de enero de 2015.
9) El Grupo de Investigación, Nuevas Visiones del Derecho, conformado por
German Alfonso López Daza, Director Nuevas Vísíones del Derecho y
coordinador de la Maestría en Derecho Público, Carlos Fernando Gómez
García, Investigador y Katherin Torres Posada, investigadora; se reúnen
el día 01 de octubre de 2014 y mediante acta No. 001, manifiestan la
necesidad de ampliar el término de inscripción al programa de Maestría
en Derecho Público (II Cohorte 2015- 1A), teniendo en cuenta las
múltiples solicitudes telefónicas y presenciales de interesados en
inscribirse a la maestría y que no pudieron realizar el proceso dentro de
las fechas estipuladas para tal fin. No obstante, hasta el momento de la
reunión es decir el 1 de octubre de 2014, no se habían inscrito el número
de aspirantes previstos (70).
Con base a lo anteriormente expuesto, el Comité de Maestría en Derecho
Público, mediante sesión ordinaria y como se percibe en el acta No. 006
de 01 de octubre de 2014, resolvió ampliar el proceso de inscripción y
admisión para la II Cohorte — periodo 2015 — 1 A, que incluye pago del
PIN y presentación de los respectivos exámenes, estableciendo que el
proceso se realizará desde el 03 al 29 de octubre de 2014. Por ello, el
Coordinador de dicha Maestría, procedió a informar al Consejo de
Facultad, tal y como lo evidencia el oficio 5.MDP-168, del 02 de octubre
de 2014.
10)El día 4 de octubre de 2014, en las instalaciones de ILEUSCO, se realizó
la aplicación del examen de inglés, a los aspirantes a la Maestría en
Derecho Público. El mencionado examen fue presentado por treinta y un
(31) personas. Los exámenes que se realizar después de esta fecha
fueron preparados y aplicados por la Coordinación de la Maestría, según
lo narrado por la investigadora Katherin Torres Posada.
1 1 ) El día 16 de octubre de 2014, mediante oficio 5.MDP-167 Y 171, el
doctor López Daza, solicita a la Oficina de Liquidación y Derechos
AV Pastrana Borrero - Cra. la. PBX. 8754753 FAX: 8758890 - 8759124
Edificio Administrativo Cra. 5 No. 23 - 40 PBX. 8753686
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Consejo Académico Acta No. 044 del 18 de diciembre 2014.
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Pecuniarios, la expedición extemporánea de comprobante de pago para
inscripciones correspondientes a la ll Cohorte de la Maestría en Derecho
Público — Primer semestre PROYECTO PY 02-1169 — Periodo académico
2015 — 1, de diez (10) personas. Según los oficios señalados, "teniendo
en cuenta que se han presentado estas solicitudes extemporáneas en
grupo y considerando que administrativamente se puede realizar el
proceso de admisión, es viable que los solicitantes puedan realizar dicho
trámite".
A continuación se puede ver detalle de las personas a las que se les
realizo la solicitud de expedición de comprobante de pago:
ítem
Nombre
Identificación
1
36.305.513 BORRAS MANZANO NATALIA MARIA
2
1.020.763.748 DURAN REY ROSMI SONIA
3
1.130.641.903 GIL RUIZ JUAN DAVID
4
1.075.243.231 MANRIQUE AMAYA ANYI VIVIANA
5
36.304.478 OBREGON SILVA CAROLINA
6
83.241.165 RINCON SILVA JESUS EDUARDO
7.705.598 SALAZAR AREVALO VLADIMIR (no pago)
7
1.081.513.849 TRUJILLO RIVERA YULI ANDREA
8
31.429.985 VALENCIA ALVAREZ CAROLINA
9
36.182.688 VEGA HIDALGO DIANA MARITZA
10
12) El día 4 de noviembre de 2014, mediante correo electrónico, el doctor
López Daza, solicita a la Oficina del Centro de Tecnologías de
Comunicación e Información, la publicación de los admitidos para la
segunda cohorte (2015-1) a la Maestría en Derecho Público. Según
listado que se remitió anexo, con 35 personas que fueron admitidas. De
igual manera se pudo evidenciar la mencionada publicación directamente
de la página web www.usco.edu.co
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Derecho Público
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Especializaciones en Educación,
Inscripciones abiertas
se suspende el
y
matrícula
os aspirantes a
Maestría
en
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Pedagogía de la Expresión Lúdica. Comunicación y
Creatividad para la Ciocencla e Integración...
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21~1121011ERE91111
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SC 7384 1
Consejo Académico Acta No. 044 del 18 de diciembre 2014.
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13) Según se observó, en reporte arrojado por la página web de la
Universidad, según la ruta, "ingreso a la USCO, inscripción de
postgrados, y posterior en el link: NEIVA — MAESTRIA EN DERECHO
PUBLICO [20151C], se inscribieron un total de 46 personas, 36 de ellas
dentro del período comprendido del 15 de julio al 23 de agosto de 2014,
conforme lo estipula el Acuerdo No. 041 de 2014 "Por el cual se modifica
parcialmente el Acuerdo 019 de 2014 mediante el cual se aprueba el
Calendario Académico-Administrativo al Programa de Maestría en
Derecho Público para el segundo semestre académico de la Cohorte I y
el Proceso de inscripción y Admisión para la Cohorte II-Período 2015-1A".
•
Las restantes diez (10) personas realizaron la inscribieron el día de 12 de
noviembre de 2014, tal y como lo evidencia en la página web de la
Universidad. Esta inscripción extemporánea se realizó por solicitud
elevada por el doctor López Daza, con el debido "visto bueno" del doctor
Miller Andrade Zambrano, Decano de la Facultad de Ciencias Jurídicas y
Políticas según oficio 5.MDP-176 de fecha 10 de noviembre de 2014.
A continuación se puede ver detalle de los inscritos extemporáneamente:
ítem
1
2
Identificación
Nombre
36.306.513 BORRAS MANZANO NATALIA MARIA
7.708.238 BARBOSA OTALORA JUAN PABLO
3
1.020.763.748 DURAN REY ROSMI SONIA
4
1.130.641.903 GIL RUIZ JUAN DAVID
5
1.075.243.231 MANRIQUE AMAYA ANYI VIVIANA
6
36.304.478 OBREGON SILVA CAROLINA
7
83.241.165 RINCON SILVA JESUS EDUARDO
8
1.081.513.849 TRUJILLO RIVERA YULI ANDREA
9
10
31.429.985 VALENCIA ALVAREZ CAROLINA
36.182.688 VEGA HIDALGO DIANA MARITZA
También se solicitó la reclasificación de los inscritos para la segunda
Cohorte de la Maestría en Derecho Público, que por error ingresaron en el
sistema en el calendario 2014-2C y lo correcto era el calendario 2015-1.
ITEM
1
2
3
4
CEDULA
1.075.254.044
12.126.099
17.414.490
7.698.586
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■
t.
519
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Consejo Académico Acta No. 044 del 18 de diciembre 2014.
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CONCLUSIONES
V Revisada al documentación aportada por la Maestría en Derecho, no se
evidenció acto administrativo (resolución, acuerdo) mediante el cual se
prorrogará el proceso de inscripción, durante el período comprendido
del 3 al 29 de octubre de 2014, tal como se acordó en sesión ordinaria
del Comité de Maestría en Derecho Público llevada a cabo el día 1 de
octubre de 2014.
V
Según comunicación de fecha 9 de octubre de 2014, suscrita por el
Coordinador del Instituto de Lenguas Extranjeras ILEUSCO, Edgar Alirio
Insuasty, treinta y un (31) personas presentaron el día 4 de octubre de
2014, el examen de inglés.
V De las 35 personas admitidas en la Maestría en Derecho Público II
Cohorte 2015-1, ocho (8) no realizaron la inscripción en la página web
de la Universidad, dentro del plazo establecido en el Acuerdo 041 de
2014. Dichas personas son las siguientes:
ITEM
No. CEDULA
NOMBRE
1
7.708.238
2
36.306.513
3
1.020.763.748
JUAN PABLO BARBOSA
OTALORA
NATALIA MARIA BORRAS
MANZANO
ROSMI SONIA DURAN REY
4
1.130.641.903
JUAN DAVID GIL RUIZ
5
1.075.243.231
6
36.304.478
ANYI VIVIANA MANRIQUE
AMAYA
CAROLINA OBREGON SILVA
7
1.081.513.849
8
36.182.688
YULI ANDRAE TRUJILLO
RIVERA
MARITZA
VEGA
DIANA
HIDALGO
FECHA DE
INCRIPCION
12 de noviembre
de 2014
12 de noviembre
de 2014
12 de noviembre
de 2014
12 de noviembre
de 2014
12 de noviembre
de 2014
12 de noviembre
de 2014
12 de noviembre
de 2014
12 de noviembre
de 2014
v De estas 8 ocho personas, solamente el señor Barbosa, presentó el
examen de Inglés Practicado por el Instituto de ILEUSCO el pasado 4
de octubre de 2014, las restantes presentaron el examen en la
Coordinación de la Maestría.
v En reunión realizada por el Grupo de Investigación Nuevas Visiones del
Derecho, el día 31 de octubre de 2014, en la cual asistieron German
Alfonso López, Carlos Fernando Gómez García y Katherin Torres
Posada, se pone en conocimiento, los admitidos a la Maestría en
Derecho Público segunda cohorte 2015-1.
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✓ Vale la pena mencionar que según la mencionada acta, el examen de
inglés no se tiene como criterio de selección, toda vez que la finalidad
del mismo es determinar el nivel en el manejo del segundo idioma de
los aspirantes.
✓ Adicional a esto se aclara que se tendrán en cuenta las disertaciones
que tengan calificación mínima de 3/7, y las entrevistas que hayan
tenido una puntuación mínima 50/60.
✓ Se publicó en la página web de la Universidad Surcolombiana la
inscripción de los admitidos a la Maestría, el día 4 de noviembre de
2014. Es importante mencionar que todos los aspirantes admitidos
presentaron la prueba de admisión (disertación) y la entrevista.
✓ No obstante, según oficio 5.MDP-176 radicado en la Oficina de Registro
y Control, el día 12 de noviembre del año en curso, el coordinador de la
misma Maestría, solicitó la apertura del sistema con el ánimo que diez
profesionales efectuaran la inscripción en la página web de la
Universidad, ya que según lo menciona el oficio, los aspirantes
realizaron el pago del valor de la inscripción de forma extemporánea
con aprobación de la coordinación del programa.
✓ De las cuarenta y seis (46) personas aspirantes a la Maestría, seis (06)
desistieron voluntariamente de continuar con el proceso de admisión,
decisión que fue comunicada vía correo electrónico y también mediante
comunicación telefónica; cinco (05) no fueron admitidos, según lo
evaluado en cada uno de los criterios a tener en cuenta y finalmente
treinta y cinco (35) profesionales pasaron el proceso a satisfacción.
✓ Se pudo observar que hubo una falta de verificación, al no constatar que
todos los aspirantes estaban debidamente inscritos, tal y como lo
enuncia el "Manual de procedimiento de Inscripción, Selección y
Admisión de aspirantes a la Maestría en Derecho Público", FASE III
APERTURA DE INSCRIPCIONES.
✓ El proceso de selección se llevó a cabo dentro de lo emanado por el
"Manual de procedimiento de Inscripción, Selección y Admisión de
aspirantes a la Maestría en Derecho Público", FASE IV. EVALUACION;
ya que según las evidencias las personas fueron admitidas según los
resultados de la entrevista y la disertación.
✓ No se logró evidenciar que la ampliación aprobada en el acta No. 006
de 2014, por el Comité de Maestría de Derecho Público fuera
debidamente comunicada y / o publicada a la comunidad.
✓ Según el Acuerdo 092 de 2013, "Por el cual se aprueba el Reglamento
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del Programa de Maestría en Derecho Público" y específicamente en los
artículos 2 y 3, el Comité de Maestría es el máximo órgano rector de la
Maestría, por lo cual tiene la facultad de analizar y avalar el calendario
académico elaborado y socializado por el Coordinador para luego
remitirlo al Consejo de Facultad. Adicional a esto, dicho comité puede
definir el proceso y cronograma de selección y admisión de estudiantes
conforme los criterios-tipos de pruebas con sus respectivos puntajes.
Acto seguido, el Doctor Germán Alfonso López Daza, Coordinador de la Maestría en
Derecho Público, procede a presentar sus argumentos en relación al proceso de matrícula
y registro de aspirantes a cursar la Maestría en Derecho Público 2015-1.
Normativa Aplicable a la Maestría en Derecho Público
1. Estatuto de Postgrados USCO (Acuerdo 023 de 2006)
2. Acuerdo 092 del 2013 del Consejo de Facultad (Reglamento de Maestría en Derecho
Público)
ORGANIGRAMA MAESTRÍA EN DERECHO PÚBLICO
Grupo Nuevas
Visiones del
Derecho
Maestia en Derecho Público
Comité de Maestría en Derecho
Público
Coordinación de la Maestría
Unidad
Administrativa
(Secretaria,
Asistente y
Auxiliar)
Cuerpo
Docente
Cuerpo
Estudiantes
Unidad
Metodológica
(Asesores)
Acuerdo 092 de 2013 del Consejo de Facultad (Art. 2).
Del Comité de Currículo de Maestría: El Comité de Maestría de Currículo de Maestría
es el máximo órgano rector de la Maestría en Derecho Público (...) Conformado por:
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✓
✓
✓
✓
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El Decano de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas.
El Coordinador de la Maestría, quien lo preside.
Representante de los Docentes.
Representante de los Estudiantes de Maestría.
Finalidad de la norma: Garantizar la agilidad y eficiencia en los procesos administrativos,
con autonomía en el marco de las competencias otorgadas por el Consejo de Facultad.
Primera Cohorte (2014 -1)
Inscritos: 77
Admitidos: 50
Estudiantes: 47
Proceso de Selección y Admisión Segunda Cohorte (2015 -1)
Acuerdo 023 de 2006 artículo 13 del Consejo Superior Universitario "Reglamento
Estudiantil de Postgrados".
Criterios de Selección: "Los estudiantes serán admitidos mediante procedimientos que
permitan evaluar las competencias para las actividades académicas a realizar en el
postgrado".
- Competencias: Pruebas.
Según Acta No. 002 del 07 de Abril de 2014 del Comité de Maestría en Derecho
Público, se definieron como únicos criterios de selección:
•
1. Presentación de una Disertación (Ensayo problematizador)
2. Entrevista.
Prueba Inglés: No es un criterio de selección para ingresar a la Maestría.
Sin embargo, se realiza para establecer el nivel de inglés de los aspirantes y promover el
interés en esta lengua.
Procedimiento
•
•
•
•
Compra de PIN
Inscripción página institucional
Criterios de Selección
Publicación listado de Admitidos
Resultados
• Primer llamado: 03 Inscritos. No se inició proceso de selección.
• Segundo llamado: 34 Pagaron PIN.
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Consejo Académico Acta No. 044 del 18 de diciembre 2014.
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33 Se inscribieron en la página institucional.
• Inscritos Retirados: 05
• Total Habilitados para presentar evaluación: 32
• Interesados que no pudieron realizar proceso de inscripción en las fechas: 20
• Causas: Inconvenientes con la página institucional.
• Se resolvió: Autorizar la inscripción de los 20 interesados. Acta 006 del 2014.
Se comunica la decisión a los 20 interesados.
•
De los 20 interesados:
a) 09 realizaron el pago de la inscripción y presentaron las pruebas (Disertación Y
Entrevista).
b) 07 superaron las pruebas.
c) 07 Presentaron prueba de inglés.
Resultados Definitivos del Proceso de Selección
• Total Inscritos: 46
• Total Admitidos: 35
Presuntas Inconsistencias:
1. Inscripciones extemporáneas en la página institucional de 10 personas con fecha del
12 noviembre de 2014.
Causas: Problemas en la habilitación del sistema.
Solución: El programa verifica el cumplimiento del pago de la inscripción = Derecho a ser
evaluado.
2. Falta publicidad de la tercera ampliación de inscripciones.
Aclaración: Exigencia no aplica. El Comité de Maestría en Derecho Público aprobó y
ordenó a la Coordinación surtir esta decisión mediante comunicación personal (telefónico
y presencial).
Conclusiones:
1. El proceso de inscripción, selección y admisión cuenta con todos los actos
administrativos que exigen las normas institucionales y específicas.
2. Se cumplió el proceso establecido por el Comité de Maestría en Derecho Público.
3. Se respetaron los derechos de todos los inscritos = Igualdad de condiciones en el
proceso de evaluación.
4. Búsqueda de los mejores candidatos con las competencias para cursar una maestría.
5. No hubo violación de ningún proceso, pues no existe un proceso institucional.
6. No existe motivo jurídico o académico que conlleve a la suspensión del proceso de
la segunda cohorte.
7. Lectura documentos.
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Consejo Académico Acta No. 044 del 18 de diciembre 2014.
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Acto seguido, el Doctor José Hildebran Perdomo Fernández, Jefe Oficina Asesora
Jurídica, recomienda lo siguiente:
• Que el Consejo de Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas por ser instancia
competente revise el tema respecto a las inscripciones que se realizaron por fuera del
calendario aprobado por el citado Consejo y tome decisiones de acuerdo a la
normatividad.
• solicitar al Consejo se Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas, al Comité de la
Maestría y al Coordinador presentar un plan de mejoramiento dentro de un término
fijado por el Consejo Académico.
• Respecto a la suspensión del proceso de matrícula y registro de los aspirantes a cursar
la Maestría en Derecho Público - Segunda Cohorte 2015 — 1, recomienda levantar la
suspensión del proceso de inscripción y continuar con el proceso de matrícula de las
personas que se inscribieron dentro de los términos aprobados por el Consejo de
Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas.
Acto seguido, el Consejero Pedro León Reyes Gaspar, Rector, solicita que mediante oficio
de Secretaria General notificar por correo electrónico a los 35 aspirantes que realizaron su
inscripción dentro del Calendario establecido por el Consejo de Facultad de Ciencias
Jurídicas y Políticas, informando que no se ha suspendido el Programa de la Maestría en
Derecho Público y que la intensión de suspender el proceso de matrícula y registro de los
aspirantes a cursar la Maestría en Derecho Público - Segunda Cohorte 2015 — 1, se
realizó con el fin de investigar y buscar claridad y mejora de los procesos. Por lo anterior,
como comunicación del Consejo Académico.
Finalmente, el Secretario General informa que mediante oficio de fecha 5 de noviembre de
2014, el Comité de Veeduría de Procesos Académicos y Administrativos de la Universidad
Surcolombiana, presenta a la Procuraduría Regional del Huila presuntas irregularidades en
el proceso de convocatoria y selección de aspirantes a cursar la Maestría en Derecho
público - Segundo Cohorte 2015 — 1.
Indica que mediante oficio radicado el 28 de Noviembre de 2014 el Comité de Veeduría de
Procesos Académicos y Administrativos de la Universidad Surcolombiana, solicita al
Consejo Académico la suspensión del Proceso de convocatoria y selección de aspirantes
a cursar la Maestría en Derecho público - Segundo Cohorte 2015 - 1, hasta tanto se
aclaren los hechos que originaron la denuncia.
Que el Consejo Académico en sesión ordinaria de fecha 10 de diciembre de 2014, según
Acta No. 043, en aras de dar transparencia a la Convocatoria y Selección de aspirantes a
cursar la Maestría en Derecho público - Segundo Cohorte 2015 - 1 y con el fin esclarecer
los hechos que originaron la denuncia, resolvió mediante acuerdo No. 018 de 2014,
suspender el proceso y oficiar a la Oficina de Control Interno, para que de manera
inmediata realice una auditoría integral, con el fin de verificar la existencia de posibles
irregularidades en la selección de los aspirantes.
Que el Consejo Académico en sesión extraordinaria de la fecha, según Acta No. 044, una
vez escuchó por parte de la Oficina de Control Interno el Informe de Auditoría realizado al
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Proceso de Selección de aspirantes a cursar la Maestría en Derecho Público - Segunda
Cohorte 2015 - 1 y los argumentos presentados por parte del Coordinador del Posgrado
Doctor German Alfonso López Daza, determinó lo siguiente:
1. En aras de prevenir la comisión de perjuicios por parte de los aspirantes inscritos y
admitidos dentro de los plazos inicialmente previstos y aprobados por el Consejo de
Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas, se decide levantar la suspensión del proceso
de inscripción y continuar con el proceso de matrícula de las personas que se inscribieron
dentro de los términos aprobados por el Consejo de Facultad de Ciencias Jurídicas y
Políticas.
2. Dado que la competencia en primera instancia sobre los asuntos de posgrados radica
en el Consejo de Facultad al cual están adscritos, El colegiado determinó, dar traslado de
la denuncia presentada por el Comité de Veeduría de procesos Académicos y
Administrativos de la Universidad Surcolombiana junto con el informe de auditoría
realizado por la Oficina de Control Interno al Consejo de Facultad Ciencias Jurídicas y
Políticas para que actué de acuerdo a la normatividad establecida.
3. Solicitar un plan de mejoramiento al Consejo de Facultad de Ciencias Jurídicas y
Políticas, tendiente a evitar que este tipo de situaciones se vuelvan a presentar dentro de
los posgrados de la facultad, el cual deberá ser presentado el primer consejo académico
ordinario del año 2015.
En virtud de la anterior decisión, se expide el siguiente acto administrativo,
ACUERDO NÚMERO 021 DE 2014
(18 de diciembre)
"Por el cual se da trámite al proceso de matrícula y registro de los aspirantes a cursar la
Maestría en Derecho Público - Segunda Cohorte 2015 - 1"
De otra parte, el Colegiado determinó solicitar a los Consejos de Facultad revisar el
reglamento interno de los postgrados adscritos a cada una de las Facultades, con el fin
que se estipulen criterios claros en lo referente a los integrantes de los comités de
postgrado teniendo en cuenta las calidades de los mismos, respecto a su relación con la
Universidad.
Acto seguido, el Doctor José Hildebran Perdomo Fernández, Jefe de la Oficina Asesora
Jurídica, solicita que con las decisiones tomadas por el Colegiado, se pueda suministrar la
información a los Despachos Judiciales en relación a las cuatro acciones de tutelas que
hay para dar respuesta frente a la Maestría en Derecho Público. Por lo anterior, se
determinó autoriza al Jefe de la Oficina Jurídica.
Luego de analizar el oficio de fecha 12 de diciembre, suscritos por los señores Germán
Alfonso López Daza, Coordinador de la Maestría en Derecho Público y Katherin Torres
Posada, Secretaria de la citada Maestría, el Colegiado determinó lo siguiente mediante
oficio de Secretaría General:
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Consejo Académico Acta No. 044 del 18 de diciembre 2014.
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Que de acuerdo con el artículo 68 de la Ley 30 de 1992, en concordancia con el artículo
35 del Acuerdo 075 de 1994 - Estatuto General de la Universidad Surcolombiana-, el
Consejo Académico constituye la máxima autoridad académica de la Institución, motivo
por el cual es competencia de este Colegiado vigilar y decidir el desarrollo académico de
cualquier programa ya sea de pregrado o en la modalidad de posgrado.
Al respecto cada uno de estos define:
Ley 30 de 1992
ARTICULO 68. El Consejo Académico es la máxima autoridad académica de la
institución, estará integrado por el Rector, quien lo presidirá, por una representación
de los decanos de facultades, de los directores de programa, de los profesores y de
los estudiantes. Su composición será determinada por los estatutos de cada
institución.
ARTICULO 69. Son funciones del Consejo Académico en concordancia con las
políticas trazadas por el Consejo Superior Universitario:
a) Decidir sobre el desarrollo académico de la institución en lo relativo a docencia,
especialmente en cuanto se refiere a programas académicos, a investigación,
extensión y bienestar universitario.
Acuerdo 075 de 1994 (Estatuto General de la USCO)
ARTICULO 35. Modificado Acuerdo No.025 del 2 de julio de 2004, Artículo 4°. El
artículo 35 del Estatuto General de la Universidad Surcolombiana quedará así:
El Consejo Académico es la máxima autoridad académica de la Universidad y estará
integrado por:
1. El Rector, quien lo presidirá
2. El Vicerrector Académico, quien ejercerá la Presidencia en Ausencia del Rector
3. Los Decanos de facultad
4. Un representante de los profesores elegido por votación directa
5. Un representante de los estudiantes elegido por votación directa
ARTÍCULO 38: Son funciones del Consejo Académico:
1. Decidir sobre el desarrollo académico de la Universidad en lo relativo a la docencia,
especialmente en cuanto se refiera a programas académicos, a investigación
extensión y bienestar universitario acordes con el plan de desarrollo aprobado por el
Consejo Superior.
Así las cosas es claro que por tratarse de un aspecto académico que radica en uno de los
programas de la Universidad, compete a este Consejo adelantar las investigaciones
pertinentes en aras de velar por los principios y fines institucionales.
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Consejo Académico Acta No. 044 del 18 de diciembre 2014.
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Es importante precisar que el acuerdo 018 de 2014, en ninguno de sus apartes hace
alusión a la suspensión de un programa académico, (tal como se puede verificar con la
apertura de matrículas para los estudiantes que iniciaron en la primera cohorte)
competencia que tal como lo manifiesta en su oficio, compete al Consejo Superior
Universitario, sino a la suspensión de un proceso de selección realizado dentro de un
programa de posgrado, que ante la exposición de presuntas irregularidades, amerita un
análisis por parte del Colegiado competente.
Ahora, en cuanto a la carencia de argumentos jurídicos solidos o indicios debidamente
sustentados que llevaron a la toma de decisión de suspender el proceso, vale la pena
recordar que dicha disposición de toma en virtud a la denuncia presentada por la Veeduría
de Procesos Académicos y administrativos de la Universidad en la cual se exponen una
serie de posibles irregularidades con argumentos y pruebas que ameritan un análisis de
fondo de la situación sin que ello constituya una arbitrariedad o extralimitación de
funciones.
Con la suspensión del proceso se ofició a la Oficina de Control Interno para que de forma
inmediata, ante la urgencia y premura de la situación, realizara una auditoria de fondo al
proceso de selección y presentara su informe en el siguiente consejo Académico que se
realizaría el día 16 de diciembre del año en curso.
Producto del informe de dicha auditoría, el Consejo Académico confirmó que
evidentemente existen unas situaciones que deben ser aclaradas por el Coordinador de la
Maestría motivo por el cual pospuso la reactivación del proceso hasta tanto se escuchen
los argumentos de la Coordinación de la Maestría, los cuales llevaron a tomas las
decisiones consignadas en el acuerdo 021 del 18 de diciembre de 2014.
En cuanto a los impactos económico, social y académico a los que aluden en la petición,
considera el Colegiado que si bien es cierto existe la posibilidad que se generen
repercusiones de esta índole, no es aceptable que una entidad pública trasgredan
principios de transparencia e igualdad en pro de beneficios internos y es precisamente con
el fin de mitigar este tipo de impactos es que el Consejo ha dado prioridad y celeridad al
presente asunto, procurando con sus actuaciones minimizar los efectos negativos para la
Universidad.
Abandona el recinto la Consejera Nidia Guzmán Durán, Decana de la Facultad de
Educación, siendo las 06:45 a.m.
3. Modificación Acuerdo 014 de 2014, "Por el cual se adoptan y reglamentan las
Modalidades de Grado como requisito para optar a títulos académicos de los
programas de pregrado de la Facultad de Economía y Administración de la
Universidad Surcolombiana".
El Doctor Pedro León Reyes Gaspar, Rector; realiza la lectura del oficio S.A
FACECONOMIA-777 redactado por la Facultad de Economía y Administración del
Proyecto de modificación del Acuerdo 014 de 2014 expedido por el Consejo Académico,
documento que hace parte integral de la presente Acta y el cual se transcribe literalmente,
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CO SC 7381, • 1
Universidad Surcolombiana
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IbleonteG:
SC 7385 - 1
Consejo Académico Acta No. 044 del 18 de diciembre 2014.
Pág.20
así:
"El Consejo de Facultad, luego de escuchar a la comisión enviada por el
Consejo Académico y considerando que normativamente es función del
Consejo de Facultad proponer las reformas al reglamento de grado, propone
al honorable Consejo Académico, la reforma al Acuerdo 014 de 2014
(modalidades de grado FACECONOMIA) en las condiciones que se
adjuntan.
Universidad Surcolombiana
Consejo Académico
ACUERDO No. OXX de 2014
(16 de diciembre)
"Por el cual modifica el Artículo 42 del Acuerdo 014 de 2014"
EL CONSEJO ACADÉMICO DE LA UNIVERSIDAD SURCOLOMBIANA
En uso de sus atribuciones legales y estatutarias, especialmente las
conferidas por
el Estatuto General de la Universidad Surcolombiana Acuerdo 075 de 1974
y,
CONSIDERANDO:
Que es función del Consejo Académico decidir sobre el desarrollo
académico de la Universidad en concordancia con el Plan de Desarrollo
adoptado por el Consejo Superior Universitario.
ACUERDA
ARTICULO PRIMERO.- Modificar el Artículo 42 del Acuerdo 014 de 2014 el
cual quedara así:
ARTICULO 42. El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su
expedición, deroga todas aquellas disposiciones que le sean contrarias y
establece, para su aplicación, un periodo de transición para los estudiantes
que hayan terminado su plan de estudios y soliciten opción de grado durante
los periodos I y II del año académico 2015, siempre que voluntariamente no
hayan manifestado su decisión de acogerse a las condiciones del nuevo
acuerdo, los cuales cumplirán su proceso de grado en las condiciones del
anterior reglamento de grado.
ARTICULO SEGUNDO.- El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su
expedición.
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SO 900
Nit. 891.180.084-2
■
1,9.9".*.
SO 738.1 - 1
Consejo Académico Acta No. 044 del 18 de diciembre 2014.
PRESIDENTE
Pág.21
SECRETARIO GENERAL
EXPOSICION DE MOTIVOS
Las razones por las cuales se propone el texto del Artículo son las
siguientes:
1.- Para poder aplicarlo a aquellos estudiantes que quisieran
voluntariamente acogerse a él, verbo y gracia, estudiantes investigadores o
creadores de empresa, el Acuerdo DEBE estar rigiendo.
2.- Para aquellos estudiantes que aún no conocen las nuevas modalidades
de grado existentes y las nuevas condiciones, tienen dos periodos
académicos para que analicen y preparen su modalidad de grado.
3.- Para dar cumplimiento a la Directiva Ministerial 020 del Mineducación, en
cuanto a no desconocer derechos adquiridos y tampoco contradecir la
Autonomía Constitucional otorgada a las Universidades Públicas.
4.- Para no postergar cinco (5) años, por lo menos, una orientación
normativa definida para buscar el mejoramiento de la calidad profesional de
nuestros
Libia Marina Preciado
Secretaria Académica"
Acto seguido, el Doctor José Hildebran Perdomo Fernández, Jefe de la Oficina Asesora
Jurídica, manifiesta que en la comisión creada por el Colegiado respecto de exponer las
consideraciones de modificar el Acuerdo 014 de 2014, por el cual se adoptan y reglamenta
las modalidades de Grado como requisito para optar a títulos académicos de los
programas de pregrado de la Facultad de Economía y Administración de la Universidad
Surcolombiana, en el Consejo de Facultad Ampliado, integrada por los señores Miller
Andrade Zambrano, Decano de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas, Edwin Alirio
Trujillo Cerquera, Secretario General y el Jefe de la Oficina Asesora Jurídica, se realizó el
debate al citado Acuerdo.
Indica que se debatió respecto a la Directiva Ministerial No. 020 dirigida a las Instituciones
de Educación Superior, de fecha 27 de septiembre de 2004, suscrita por la Doctora Cecilia
María Velez White, Ministra de Educación Nacional, por el cual algunos miembros del
Consejo de Facultad de Economía y Administración, manifiestan que pueden modificar y
cambiar los planes de estudio con autonomía condiciones nuevas y diferentes a las que
tienen los estudiantes cuando iniciaron su plan de estudio.
Por lo anterior, con la interpretación de los señores del citado Consejo, el Doctor José
Hildebran Perdomo Fernández, Jefe de la Oficina Asesora Jurídica, realiza la explicación
de la Directiva Ministerial No. 020, en la que manifiesta que el estudiante al matricularse
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4:11.,P.11•9
SC
Consejo Académico Acta No. 044 del 18 de diciembre 2014.
CC - Sc
Pág.22
en un Programa académico, parte de la existencia de la presunción del principio de la
legalidad, es decir al matricularse el estudiante inicia mediante de un marco normativo que
lo regula.
Indica que no se puede modificar aquellas que afecten directamente la estructura del
Programa, porque se violaría una serie de principios de confianza legítima de presunción
de legalidad.
Finalmente, recomienda al Consejo Académico que cualquier imposición, cambio, ajuste,
reforma de las condiciones con relación a modalidades de grado para los estudiantes,
generara la inconformidad de aquellos se ven afectados por sus intereses.
Por lo anterior, considera que el Acuerdo produzca efectos para los estudiantes que
ingresen a partir del periodo académico 2015-1.
Acto seguido, el Doctor Pedro León Reyes Gaspar, Rector, considera que los estudiantes
que quieran acogerse de manera voluntaria al presente reglamento, lo puedan expresar
de manera escrita.
Al respecto, la Consejera Myriam Lozano Ángel, Decana de la Facultad de Economía y
Administración, propone que se aplique a partir de los que ingresaron a partir de 2013-1.
Seguidamente, ingresa al recinto el señor Juan David Timaran Torres, Presiente del
Consejo Superior Estudiantil quien procede a dar lectura de la petición de fecha 12 de
diciembre, respecto al Acuerdo 014 de 2014, por el cual se adoptan y reglamentan las
Modalidades de Grado como requisito para optar a títulos académicos de los programas
de pregrado de la Facultad de Economía y Administración de la Universidad
Surcolombiana, documento que hace parte integral de la presente Acta y el cual se
transcribe literalmente, así:
1. "Que el acuerdo 014"Por el cual se adoptan y reglamentan las
Modalidades de Grado como requisito para optar a títulos académicos
de los programas de pregrado de la Facultad de Economía y
Administración de la Universidad Surcolombiana." se publicó por la
página oficial de la Universidad Surcolombiana el día 09 de Diciembre
(Como consta Anexo de imagen), teniendo en cuenta que, este ya había
sido aprobado como consta el Acta 038 por el Consejo Académico el 28
de Octubre del 2014.
Lo anterior significa que esta no tenía efecto alguno corno lo establece
el artículo 7 de la Ley 962 del 2005 donde establece que la Publicidad
electrónica de normas y actos generales emitidos por la administración
pública. La Administración Pública deberá poner a disposición del
público, a través de medios electrónicos, las leyes, decretos y actos
administrativos de carácter general o documentos de interés público
relativos a cada uno de ellos, dentro de los cinco (5) días siguientes a
su publicación, sin perjuicio de la obligación legal de publicarlos en el
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-
Universidad Surcolombiana
150 9001
Nit. 891.180.084-2
738,1 -
Consejo Académico Acta No. 044 del 18 de diciembre 2014.
Diario Oficial.
La administración pública se integra por los organismos que controlan la
rama ejecutiva del poder público y por todos los demás organismos y
entidades de naturaleza pública que de manera permanente tienen a su
cargo el ejercicio de las actividades y funciones administrativas o la
prestación de servicios públicos del Estado colombiano. Por ende, la
Universidad Surcolombiana ejerce funciones de administración pública y
está sujeta a actuar en concordancia con la Constitución y la Ley.
2. Que el Acuerdo 014 evidentemente afecta los derechos de los
estudiantes de la Facultad de Economía Y Administración y de las
Unidades Operativas de las sedes Garzón, Pitalito y La Plata, en
particular de aquellos que estén próximos a graduarse, puesto que no
conocían la aplicación de este acuerdo que no fue socializado o dado a
conocer a la comunidad estudiantil en ningún momento. Ahora, muchos
que se encuentran presentando su solicitud de grado evidentemente no
van hacer avaladas y evidentemente sus derechos se van a vulnerar.
Ante esta situación la Honorable Corte Constitucional se ha pronunciado
al respecto: La universidad puede libremente efectuar cambios
razonables dentro de sus expectativas académicas, pero sin desvirtuar
los derechos ya consolidados de algunos estudiantes que se acogieron
de buena fe a las opciones establecidas por la misma universidad
durante más de cuatro semestres". 1
Así mismo, "Las Instituciones universitarias no pueden dictar
reglamentos con efectos retroactivos o aplicar las normas contenidas en
nuevos reglamentos a situaciones que han quedado definidas o
consolidadas bajo un régimen normativo anterior. Sí de hecho lo hacen,
violan los artículos 58 y 83 de la Constitución que consagra el respeto
por los derechos adquiridos, el principio de la buena fe, y la confianza
legítima o debida, íntimamente vinculada a éste, cuyo contenido y
alcance ha sido precisado varias veces por la Corte'2.
Por lo tanto, el Acuerdo 014 no debe regir para los estudiantes activos y
antiguos de la Sede Neiva y las Unidades Operativas de Garzón, Pitalito
y La Plata de la Facultad de Economía y Administración que están en el
proceso de formación de acuerdo a lo señalado en las Sentencias de la
Corte Constitucional y empezar a regir para aquellos que inician el ciclo
profesional o tecnológico.
3. Que los estudiantes no conocemos si se hizo los estudios pertinentes
Para la sede Neiva y las Unidades operativas de Garzón, Pitalito y La
Plata, por parte del Consejo de Facultad como también por parte del
Consejo Académico, para establecer los criterios de promedios y
ponderados adoptados en la formulación y aprobación del Acuerdo
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:133 35-1
Pág.23
Universidad Surcolombiana
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50 7384 -
Consejo Académico Acta No. 044 del 18 de diciembre 2014.
07 205 • 1
Pág.24
014."
Al respecto, el Doctor Pedro León Reyes Gaspar, Rector, manifiesta que las normas se
están analizando y socializando de manera cuidadosa para evitar inconvenientes y
dificultades cuando se expidan los Acuerdos e indica que no hay ninguna intención por
parte del Colegiado de afectar ni perjudicar a los estudiantes de la Universidad.
Luego del análisis, el Secretario General informa que el Consejo de Facultad de Economía
y Administración consideró conveniente actualizar y unificar criterios respecto a las
Modalidades de Grado de los estudiantes de la Facultad para optar al correspondiente
título.
Indica que la Secretaría Académica de la Facultad de Economía y Administración informó
que mediante Acta 037 de octubre 10 de 2014 el Consejo de Facultad discutió y aprobó el
proyecto de Acuerdo "Por el cual se adoptan y reglamentan las Modalidades de Grado
como requisito para optar a títulos académicos de los programas de pregrado de la
Facultad de Economía y Administración de la Universidad Surcolombiana."
Que el Consejo Académico en sesión de fecha 28 de octubre de 2014, según Acta 038,
luego de analizar la pertinencia e importancia del Proyecto de Acuerdo decidió aprobarlo,
en su integralidad.
Que ante sendas peticiones del personal estudiantil de la Universidad, referente a la
vulneración de derechos adquiridos con la entrada en vigencia del acuerdo 014 de 2014,
el Consejo Académico en sesión extraordinaria de la fecha consignada en el Acta 044,
luego de analizar el argumento expuesto en las solicitudes y de escuchar el concepto
jurídico acerca del mismo; resuelve modificar el artículo 42 del acuerdo 014 del 28 de
octubre del 2014, el cual quedaría así:
ARTICULO 42°.- El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de aprobación y
deroga las disposiciones que le sean contrarias. Su aplicación solo tiene efectos
para los estudiantes que ingresen a partir del periodo académico 2015-1 y los
demás que expresen por escrito su voluntad de acogerse al presente reglamento.
En virtud de la anterior decisión, se expide el siguiente acto administrativo,
ACUERDO NÚMERO 022 de 2014
(18 de diciembre)
"Por el cual se modifica el artículo 42 del acuerdo 014 del 28 de octubre de 2014."
Frente a la anterior decisión, la Consejera Myriam Lozano Ángel, Decana de la Facultad
de Economía y Administración, se abstiene de votar.
Siendo las 07:15 p.m. del día 18 de diciembre de 2014, se da por terminada la sesión
extraordinaria del Consejo Académico.
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CO - SC 004 1
Consejo Académico Acta No. 044 del 18 de diciembre 2014.
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CONVOCATORIA:
Se convoca sesión ordinaria para el día 27 de enero de 2015, a partir de las 08:00 a.m., en el
salón 203 del Edificio de Postgrados.
En constancia firman:
PEDRO LEÓNPresidente
GASPAR
EDWIN ALIRIO TRUJILLO CERQUERA
Secretario General
La presente Acta es leída, aprobada y suscrita a los veinte siete (27) días del mes de enero de
2015.
Asistió y proyecto: Lina Carotina TrujilTo Wojas
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Edificio Administrativo Cra. 5 No. 23 - 40 PBX. 8753686
Línea Gratuita Nacional: 018000 968722
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