Friday, January 23, 2015 35 Official Registry of Legal Notices LEGAL NOTICE IN THE UNITED STATES DISTRICT COURT FOR THE DISTRICT OF PUERTO RICO. CitiMortgage, Inc., Plaintiff v. Alfonso Juan GómezRoubert a/k/a Alfonso J. Gómez, Lourdes de los Angeles TorresEchevarría and the conjugal partnership constituted among them, Defendants CIVIL NO. 11-1707 (FAB) NOTICE OF SALE. TO: Alfonso Juan Gómez-Roubert a/k/a Alfonso J. Gómez, Lourdes de los Angeles Torres-Echevarría and the conjugal partnership constituted among them, any other party with interest over the property mentioned below, and GENERAL PUBLIC WHEREAS: Judgment was entered on the 21st of August, 2012 [docket 20] in favor of Plaintiff to recover from Defendants the sum of $205,793.92 of principal of the mortgage note, plus interest at the rate of 7.25% per annum, which as of April 19th, 2012, amounts to the sum of $53,023.05 plus interest at the same annual rate due from the date of this judgement until complete and full payment of principal, plus costs, charges, disbursements and attorneys’ fees in the amount of $21,040.00, plus all expenses and advances made by the plaintiff. The records of the case and of these proceedings may be examined by interested parties at the Office of the Clerk of the United States District Court, Federal Building, Chardon Avenue Hato Rey, Puerto Rico. WHEREAS: Pursuant to the terms of the aforementioned Judgment, the Order of Execution, and Writ thereof, the following property belonging to the defendants will be sold at public auction: URBANA: Solar marcado con el nъmero 13 del Bloque “C” en el plano de la Urbanizaciуn Jardines de Ponce, del barrio Machuelo del tйrmino municipal de Ponce, Puerto Rico, con un бrea superficial de 530.2774 metros cuadrados, colinda por el NORTE, en 26.41 metros, con la Calle B; por el NOROESTE, en 5.42 metros, en arco con las calles A y B; por el SUR, en 29.83 metros, con el solar C-12; por el ESTE, en 17.90 metros, con el solar C-14; y por el OESTE, en 14.41 metros, con servidumbre de paso de 5’ de ancho a lo largo de su lado Este para el sistema telefуnico. Sobre este solar se ha construida una casa de concreto de hormigуn y bloques. Inscrita al folio 49 del tomo 1219 de Ponce, Registro de la Propiedad de Puerto Rico, Secciуn Primera de Ponce, Finca 33,748. Plaintiff’s mortgage for the amount of $210,400.00 was recorded at the Ponce Property Registry, Page 46 of Volume 1904, property number 33,748, 13rd inscription. WHEREAS: This property is subject to the following liens: Senior Liens: None Junior Liens: None Other Liens: “Anotaciуn de Embargo: Seguido en el Tribunal e Distrito de Puerto Rico, Sala de Ponce, en el Caso Civil número TD-90991, por concepto de Cobro de Dinero y Ejecución de Hipoteca, por Capitales Inc., Vs. Alfonso J. Gómez Roubert, Lourdes Torres Echevarría, por si y la Sociedad Legal de Bienes Gananciales compuesta por ambos, por la suma de $4,675.50 de principal, más intereses, etc., por Orden dada el 8 de mayo de 1991 y anotado al folio 170 del tomo 1,468 de Ponce, finca número 33,748. Anotación “A” el 3 de junio de 1991. Anotaciуn de Embargo: Seguido en el Tribunal Superior de Puerto Rico, Sala de Ponce, en el Caso Civil número CS-91-1 937, por concepto de Cobro de Dinero y Ejecución de Hipoteca, por Capitales Inc., Vs. Alfonso J. Gómez Roubert, Lourdes Torres Echevarria, por si y la Sociedad Legal de Bienes Gananciales compuesta por ambos, por la suma de $10,087.84 de principal, más intereses, etc., por Orden dada el 28 de mayo de 1992; anotado al folio 171 del tomo 1,468 de Ponce, finca número 33,748. Anotación “C’, el 18 de junio de 1992. Prorrogada la Anotaciуn A de Embargos, por un término adicional de 4 años, mediante Orden expedida el 12 de marzo de 2006 e inscrita al margen del folio 171 del tomo 1,468 de Ponce, finca número 33,748. EMBARGOS FEDERALES Contra Alfonso J. Gómez Roubert (Seguro Social número xxxxx-6490), para responder por la suma de $5,964.22; Notificación #326755106 con fecha de 22 de noviembre de 2006. Asiento 3 del folio 113 del tomo 6 del Registro de Gravámenes Federales de Ponce I. Contra Alfonso J. Gomez Roubert (Seguro Social número xxxxx-6490), para responder la suma de $8,547.11; Notificacion #428403108 con fecha de 18 de marzo de 2008. Asiento 3 del folio 230 del tomo 6 del Registro de Gravámenes Federales de Ponce I. Contra Alfonso J. Gomez Roubert (Seguro Social número xxxxx-6490), para responder la suma de $7,757.06; Notificacion #79827521 con fecha 5 de agosto de 2011. Asiento 5 del folio 170 del tomo 8 del Registro de Gravámenes Federales de Ponce I.” Potential bidders are advised to verify the extent of preferential liens with the holders thereof. It shall be understood that each bidder accepts as sufficient the title and that prior and preferential liens to the one being foreclosed upon, including but not limited to any property tax, liens, (express, tacit, implied or legal) shall continue in effect it being understood further that the successful bidder accepts them and is subrogated in the responsibility for the same and that the bid price shall not be applied toward their cancellation. WHEREAS: For the purpose of the first judicial sale, the minimum bid agreed upon by the parties in the mortgage deed will be $210,400.00 for the first mortgage and no lower offer will be accepted. Should the first judicial sale of the above described property be unsuccessful, then the minimum bid for the property on the second judicial sale will be $140,266.66, which is twothirds of the amount of the minimum bid for the first judicial sale. The minimum bid for a third judicial sale, if the same is necessary, will be $105,200.00, which is one-half of the minimum bid agreed upon the parties in the aforementioned mortgage deed. WHEREAS: Said sale to be made by the Special Master subject to confirmation by the United States District Court for the District of Puerto Rico and the deed of conveyance and possession to the property will be executed and delivered only after such confirmation. NOW THEREFORE, public notice is hereby given that the Special Master, pursuant to the provisions of the Judgment hereinbefore referred to will, on the 4th day of March, 2015 at 10:30 a.m. of said day, in the Office of the Clerk, Room 150, Federal Office Bldg., 150 Carlos Chardon Avenue, Hato Rey Puerto Rico, in accordance with the Judgement and the Order and the Writ of Execution, will sell at public auction to the highest bidder, the property described herein, the proceeds of said sale to be applied in the manner and form provided by the said judgment. Should the first judicial sale set hereinabove be unsuccessful, the second judicial sale of the property described in this Notice will be held on the 11th day of March, 2015 at 10:30 a.m. of said day, in the Office of the Clerk of this Court located at the address indicated above. Should the second judicial sale set hereinabove be unsuccessful, the third judicial sale of the property described in this Notice will be held on the 18th day of March, 2015 at 10:30 a.m. of said day, in the Office of the Clerk of this Court located at the address indicated above. Should there be no award or adjudication at the third public sale, the property may be awarded to the creditor for the entire amount of the debt if this is equal to or less than the amount of the minimum bid of the third auction, or if it is larger, crediting this amount to the amount owed. The Special Master shall not accept in payment of the property to be sold anything but United States currency or certified checks in his name, except in case the property is sold and adjudicated to the plaintiff, in which case the amount of the bid made by said plaintiff shall be credited and deducted from its credit; said plaintiff being bound to pay in cash or certified check only any excess of its bid over the secured indebtedness when remaining unsatisfied. In San Juan, Puerto Rico, this 16th day of December, 2014. By: Pedro A. Vйlez-Baerga, Special Master [email protected] 787-672-8269. LEGAL NOTICE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA SUPERIOR DE CAROLINA EN RIO GRANDE. SCOTIABANK DE PUERTO RICO Demandante vs. JUAN HUMBERTO ROSAS ROSSY y su esposa SYLVIA AVILES QUINTERO y la Ordinaria) Sociedad Legal de Bienes Gananciales compuesta por ambos Demandados CIVIL NUM. FCCI201300207 (0004) SOBRE: COBRO DE DINERO (Ejecución de Hipoteca por la Vía EDICTO DE SUBASTA Al: Público en General A: JUAN HUMBERTO ROSAS ROSSY y su esposa SYLVIA AVILES QUINTERO, y la Sociedad Legal de Bienes Gananciales compuesta por ambos Yo, RAUL RIVERA RUIZ, Alguacil de este Tribunal, a la parte demandada y a los acreedores y personas con interés sobre la propiedad que más adelante se describe, y al público en general, HAGO SABER: Que el día 6 de febrero de 2015, a las 9:30 de la mañana en mi oficina, sita en el Tribunal de Primera Instan- cia, Sala Superior de Carolina, Carolina, Puerto Rico, venderé en Pública Subasta la propiedad inmueble que más adelante se describe y cuya venta en pública subasta se ordenó por la vía ordinaria al mejor postor quien hará el pago en dinero en efectivo, giro postal o cheque certificado a nombre del o la Alguacil del Tribunal de Primera Instancia. Los autos y todos los documentos correspondientes al procedimiento incoado, estarán de manifiesto en la Secretaría durante horas laborables. Que en caso de no producir remate ni adjudicación en la primera subasta a celebrarse, se celebrará una segunda subasta para la venta de la susodicha propiedad, el día 13 de febrero de 2015, a las 9:30 de la mañana; y en caso de no producir remate ni adjudicación, se celebrará una tercera subasta el día 20 de febrero de 2015, a las 9:30 de la mañana en mi oficina sita en el lugar antes indicado. La propiedad a venderse en pública subasta se describe como sigue: URBANA: Propiedad Horizontal: Apartamento identificado con el número F guión Ciento Dos (F-102), el cual está localizado en el primer piso del Edificio “F” del Condominio Villas del Mar “Beach Resort”, ubicado en el Sector Martillo, Barrio Medianía Alta, Carretera número Ciento Ochenta y Siete (187), kilómetro Siete punto Cero (7.0), Loíza, Puerto Rico. Tiene una cabida superficial total de MIL DOSCIENTOS OCHO PUNTO CUATROCIENTOS CINCUENTA Y SIETE (1,208.457) PIES CUADRADOS, equivalentes a CIENTO DOCE PUNTO DOSCIENTOS SESENTA Y NUEVE (112.269) METROS CUADRADOS. En lindes por el NORTE, en distancia de treinta y tres pies nueve pulgadas (33’ 9”), con el apartamento número F guión Ciento Tres (F-103); por el SUR, en distancia de treinta y cinco pies diez pulgadas (35’ 10”), con el apartamento número F guión Ciento Uno (F-101); por el ESTE, en distancia de treinta y un pies tres y media pulgadas (31’ 3 ½”), con el área común; y por el OESTE, en distancia de treinta y un pies tres y media pulgadas (31’ 3 ½”), con el área de patio. Su puerta principal de acceso se encuentra en su lado Norte, la cual comunica con el pasillo interior de su piso. Contiene tres dormitorios, dos baños, sala, comedor, cocina, dos balcones, lavandero, depósito deportivo y calentador de agua. La escritura de hipoteca se encuentra inscrita al folio 219 del tomo 233 de Loíza, Registro de la Propiedad de Carolina, Sección Tercera, finca número 11,067, inscripción cuarta. La dirección física de FOR MORE INFORMATION PLEASE CALL (787) 743-3346 la propiedad antes descrita es: Condominio Villas del Mar “Beach Resort”, Apartamento F-102, Loíza,Puerto Rico. La Subasta se llevará a efecto para satisfacer a la parte demandante la suma de $204,000.00 del principal, intereses al 6 7/8% anual, desde el día 1ro. de octubre de 2011, hasta su completo pago, más la cantidad de $20,400.00 estipulada para costas, gastos y honorarios de abogado, más recargos acumulados, todas cuyas sumas están líquidas y exigibles. Que la cantidad mínima de licitación en la primera subasta para el inmueble será de $204,000.00 y de ser necesaria una segunda subasta, la cantidad mínima será equivalente a 2/3 partes de aquella, o sea, la suma de $136,000.00 y de ser necesaria una tercera subasta, la cantidad mínima será la mitad del precio pactado, es decir, la suma de $102,000.00. La propiedad se adjudicará al mejor postor, quien deberá satisfacer el importe de su oferta en moneda legal y corriente de los Estados Unidos de América en el momento de la adjudicación y que las cargas y gravámenes preferentes, si los hubiese, continuarán subsistentes, entendiéndose que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio del remate. EN TESTIMONIO DE LO CUAL, expido el presente Edicto para conocimiento y comparecencia de los licitadores, bajo mi firma y sello del Tribunal, en Carolina, Puerto Rico, a 20 de octubre de 2014. Raul Rivera Ruiz, Alguacil Tribunal Sala Superior De Carolina. LEGAL NOTICE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA SUPERIOR BAYAMÓN. BANCO POPULAR DE PUERTO RICO PARTE DEMANDANTE VS. IDALIA ANDUJAR MENA Y CARMEN GLORIA MENA ROMERO PARTE DEMANDADA CIVIL NÚM. DCD2013-2456 (402) SOBRE: COBRO DE DINERO EJECUCIÓN DE HIPOTECA POR LA VÍA ORDINARIA ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA EL PRESIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS SS. EL ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO AVISO DE PÚBLICA SUBASTA. El Alguacil que suscribe por la presente anuncia y hace constar que en cumplimiento de la Sentencia en Rebeldía dictada el 18 de marzo de 2014; la Orden de Ejecución de Sentencia dictada 23 de ju- • nio de 2014 y el Mandamiento de Ejecución de 16 de julio de 2014 en el caso de epígrafe, procederé a vender el día 26 DE FEBRERO DE 2015, a las 9:30 de la mañana en mi oficina, localizada en el Tribunal de Primera Instancia, Centro Judicial de Bayamón, Sala Superior, en la carretera #2 KM.11.3, Esquina Esteban Padilla Bayamón, Puerto Rico, al mejor postor en pago de contado y en moneda de los Estados Unidos de América todo título, derecho o interés de la parte demandada sobre la siguiente propiedad: RUSTICA: Parcela marcada con el número 248 en el plano de parcelación de la Comunidad Rural Candelaria del Barrio Candelaria del término municipal de Toa Baja, Puerto Rico, con una cabida superficial de 1008.96 metros cuadrados; en lindes por el: NORTE: Con la Calle número 2 de la comunidad; SUR: Con la Parcela número 248C de la comunidad; ESTE: Con la Parcela número 249B de la comunidad; OESTE: Con la Parcela número 248B de la comunidad; Enclava una casa para fines residenciales. La propiedad consta inscrita al Folio 15 del Tomo 406 de Toa Baja. Finca #23,365. Registro de la Propiedad de Bayamón, Sección II. La escritura de hipoteca antes descrita consta inscrita al Folio 23 del Tomo 553 (ágora) de Toa Baja. Finca#23,365. Registro de la Propiedad de Bayamón, Sección II, Inscripción Tercera. El tipo mínimo para la primera subasta será de $138,902.00. De no haber adjudicación en la primera subasta se celebrará una segunda subasta, el día 5 DE MARZO DE 2015, a la 1:00 de la tarde en el mismo lugar, en la cual el tipo mínimo será de dos terceras partes del tipo mínimo fijado en la primera subasta, o sea, $92,601.33 De no haber adjudicación en la segunda subasta, se celebrará una tercera subasta el día 12 DE MARZO DE 2015, a la 1:00 de la tarde en el mismo lugar, cual el tipo mínimo será la mitad del precio pactado, o sea, $69,451.00. Si se declarase desierta la tercera subasta se dará por terminado el procedimiento, pudiendo adjudicarse el acreedor la finca dentro de los diez (10) días siguientes, si así lo estimare conveniente, por la totalidad de la cantidad adeudada si ésta fuera igual o menor que el monto del tipo de la tercera subasta, y abonándose dicho monto a la cantidad adeudada si ésta fuera mayor. Dicho remate se llevará a cabo para con su producto satisfacer a la demandante el importe de la Sentencia en Rebeldía dictada el 18 de marzo de 2014 por la suma principal de $117,967.23, intereses sobre dicha suma al 6% anual desde el día 1 de marzo de 2013 hasta su completo pago, más $74.87 mensuales por seguros contra riesgos, más por concepto de contribuciones territoriales, más $38.52 mensuales por concepto de recargos por demora, más la cantidad de $167.80 por recargos acumulados, adeudados desde el 1 de abril de 2013 hasta su total pago y hasta la cantidad líquida y estipulada de $13,890.20 para costas, gastos y honorarios de abogados, así como cualquier otra suma que surja del contrato de préstamo hipotecario. Para mayor información los interesados podrán referirse al expediente del caso que obra en los archivos de la Secretaría del Tribunal bajo el número de epígrafe, durante horas laborables, y para su publicación en un periódico de circulación general en Puerto Rico por espacio de dos semanas y por lo menos una vez por semana; y para su fijación en los sitios públicos requeridos por ley; EXPIDO el presente Aviso de Pública Subasta en Bayamón, Puerto Rico, hoy 12 de agosto de 2014. ALG. FREDDY OMAR RODRIGUEZ COLLAZO, ALGUACIL, TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE BAYAMON SALA SUPERIOR. LEGAL NOTICE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE BAYAMON SALA SUPERIOR. RNPM, LLC DEMANDANTE VS. DEBORAH LIZ DIAZ LOPEZ DEMANDADOS CIVIL NUM.: DCD2013-2784 (702) SOBRE: COBRO DE DINERO Y EJECUCION DE HIPOTECA (Vía Ordinaria) EDICTO DE SUBASTA. El Alguacil que suscribe por la presente CERTIFICA, ANUNCIA y hace CONSTAR: Que en cumplimiento de un Mandamiento de Ejecución de Sentencia que le ha sido dirigido al Alguacil que suscribe por la Secretaría del TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA SUPERIOR DE BAYAMON, en el caso de epígrafe procederá a vender en pública subasta al mejor postor en efectivo, cheque certificado en moneda legal de los Estados Unidos de América el día 5 de marzo de 2015 a las 10:30 de la mañana en su oficina sita en el local que ocupa en el edificio del TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA SUPERIOR DE BAYAMON, todo derecho, título e interés que tenga la parte demandada de epígrafe en el email: [email protected] Legal Notice inmueble de su propiedad que ubica en: Lagos del Plata, P-12 Calle 13, Toa Baja, P.R 00949 que se describe a continuación: URBANA: Solar radicado en la Urbanización Lagos del Plata, primera sección, situado en el Barrio Sabana Seca de Toa Baja, Puerto Rico, que se describe en el plano de inscripción de la Urbanización con el número 12 del bloque “P”, con un área de 369.82 metros cuadrados. En lindes por el NORTE, en 3.48 metros y arco de 6.03 metros, con la calle 3; por el SUR, en 19.64 metros con la Avenida Lago de Plata; por el ESTE, en 25.00 con el solar 11; y por el OESTE, en 27.29 metros con el solar 13. Sobre dicho solar enclava una casa construida de concreto armado y bloques para fines residenciales.La propiedad antes relacionada consta inscrita en el Folio 149 del Tomo 569 de Toa Baja, finca número 19,224, en el Registro de la Propiedad de Bayamón, Sección Segunda. El tipo mínimo para la primera subasta del inmueble antes relacionado, será el dispuesto en la Escritura de Hipoteca, es decir la suma de $104,900.00. Si no hubiere remate ni adjudicación en la primera subasta del inmueble mencionado, se celebrará una segunda subasta en las oficinas del Alguacil que suscribe el día 12 de marzo de 2015 a las 4:00 de la tarde. En la segunda subasta que se celebre servirá de tipo mínimo las dos terceras partes (2/3) del precio pactado en la primera subasta, o sea la suma de $69,933.33. Si tampoco hubiere remate ni adjudicación en la segunda subasta se celebrará una tercera subasta en las oficinas del Alguacil que suscribe el día 13 de marzo de 2015 a las 4:00 de la tarde. Para la tercera subasta servirá de tipo mínimo la mitad (1/2) del precio pactado para el caso de ejecución, o sea, la suma de $52,450.00. La hipoteca a ejecutarse en el caso de epígrafe fue constituida mediante la escritura número 289, otorgada el día 20 de noviembre de 1999, ante el Notario Julio M. Álvarez Ramírez y consta inscrita al folio 149 del tomo 569 de Toa Baja, finca número 19,224 Registro de la Propiedad de Bayamón, Sección Segunda, Inscripción Séptima (7ma). Dicha subasta se llevará a cabo para con su producto satisfacer al Demandante total o parcialmente según sea el caso el importe de la Sentencia que ha obtenido ascendente a la suma principal de $103,684.55, intereses sobre dicha suma al tipo convenido de ocho y medio (8.50%) porciento anual desde el primero (1ro.) de julio de 2001, hasta su completo pago, más $101,208.64 de intereses devengados hasta el día 31 de octubre de 2013, la suma de $4,904.49 por concepto de cargos por demora devengados hasta la misma fecha y la cantidad líquida y estipulada de $10,490.00 para costas, gastos y honorarios de abogado así como cualesquiera otras sumas 36 que aparezcan de la faz del contrato y/o que correspondan a intereses y cargos por demora posterior a esa fecha y hasta la fecha en que se pague la deuda en su totalidad. Que los autos y todos los documentos correspondientes al Procedimiento incoado estarán de manifiesto en la SECRETARIA DEL TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA SUPERIOR DE BAYAMON durante las horas laborables. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titulación del inmueble y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere, al crédito del ejecutante continuarán subsistentes entendiéndose que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio de remate. La propiedad no está sujeta a gravámenes anteriores y/o preferentes según surge de las constancias del Registro de la Propiedad en un estudio de título efectuado a la finca antes descrita. Por la presente se notifica a los acreedores que tengan inscritos o anotados sus derechos sobre los bienes hipotecados con posterioridad a la inscripción del crédito del ejecutante o acreedores de cargos o derechos reales que los hubiesen pospuesto a la hipoteca del actor y a los dueños, poseedores, tenedores de o interesados en títulos transmisibles por endoso o al portador garantizados hipotecariamente con posterioridad al crédito del actor que se celebrarán las subastas en las fechas, horas y sitios señalados para que puedan concurrir a la subasta si les conviniere o se les invita a satisfacer antes del remate el importe del crédito, de sus intereses, otros cargos y las costas y honorarios de abogado asegurados quedando subrogados en los derechos del acreedor ejecutante. Y para conocimiento de licitadores del público en general se publicará este Edicto de acuerdo con la ley por espacio de dos semanas en tres sitios públicos del municipio en que ha de celebrarse la venta, tales como la alcaldía, el Tribunal y la colecturía. Este Edicto será publicado mediante edictos dos veces en un diario de circulación general en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico, por espacio de dos semanas consecutivas. Expido el presente Edicto de subasta bajo mi firma y sello de este Tribunal en Bayamón, Puerto Rico, hoy día 8 de septiembre de 2014. Freddy Omar Rodríguez Collazo, Alguacil. LEGAL NOTICE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE QUEBRADILLAS SALA SUPERIOR. E.M.I. EQUITY MORTGAGE INC. DEMANDANTE VS. The San Juan Daily Star Friday, January 23, 2015 DAMIAN REVERON REVERON DEMANDADO CIVIL NUM.: CICD2014-0014 (101) SOBRE: COBRO DE DINERO Y EJECUCION DE HIPOTECA (Vía Ordinaria) EDICTO DE SUBASTA. El Alguacil que suscribe por la presente CERTIFICA, ANUNCIA y hace CONSTAR: Que en cumplimiento de un Mandamiento de Ejecución de Sentencia que le ha sido dirigido al Alguacil que suscribe por la Secretaría del TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE QUEBRADILLAS, SALA SUPERIOR, en el caso de epígrafe procederá a vender en pública subasta al mejor postor en efectivo, cheque certificado en moneda legal de los Estados Unidos de América el día 5 de marzo de 2015 a las 10:30 de la mañana en su oficina sita en el local que ocupa en el edificio del TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE CAMUY SALA SUPERIOR, todo derecho, título e interés que tenga la parte demandada de epígrafe en el inmueble de su propiedad que ubica en Comm. Espiet, Lote A KM 2.5 SR 486, Camuy, P.R 00627 y que se describe a continuación: RUSTICA: Parcela de terreno identificado en el plano de inscripción como predio “A”, ubicada en la comunidad rural Espiet del Barrio Zanjas del termino municipal de Camuy, Puerto Rico, con una cabida superficial de 424.3971 metros cuadrados equivalentes a 0.1080 cuerdas. En lindes por el NORTE, en una distancia de 17.0220 metros, con la calle municipal; por el SUR, en una distancia de 16.990 metros, con el remanente; por el ESTE, una distancia de 25.2350 metros, con terrenos de Ricardo Acevedo Arocho; y por el OESTE, en una distancia de 24.8360 metros, con terrenos de Otilia Santiago Deida. La propiedad antes relacionada consta presentada al asiento 881 del diario 312 de Camuy, Segregación de la Finca 9,388, en el Registro de la Propiedad de Arecibo Sección Segunda. El tipo mínimo para la primera subasta del inmueble antes relacionado, será el dispuesto en la Escritura de Hipoteca, es decir la suma de $80,580.00. Si no hubiere remate ni adjudicación en la primera subasta del inmueble mencionado, se celebrará una segunda subasta en las oficinas del Alguacil que suscribe el día 12 de marzo de 2015 a la 1:30 de la tarde. En la segunda subasta que se celebre servirá de tipo mínimo las dos terceras partes (2/3) del precio pactado en la primera subasta, o sea la suma de $53,720.00. Si tampoco hubiere remate ni adjudicación en la segunda subasta se celebrará una tercera subasta en las oficinas del Alguacil que suscribe el día 19 de marzo de 2015 a las 1:30 de la tarde. Para la tercera subasta servirá de tipo mínimo la mitad (1/2) del precio pacta- do para el caso de ejecución, o sea, la suma de $40,290.00 El embargo a ejecutarse consta presentado al asiento 110 del diario 327 de Camuy, Registro de la Propiedad de Arecibo Sección Segunda. La hipoteca objeto del embargo a ejecutarse en el caso de epígrafe fue constituida mediante la escritura número 68, otorgada el día 30 de abril de 2009 ante el Notario David E. Vera Umpierre y consta presentada al asiento 882 del diario 312 de Camuy, Registro de la Propiedad de Arecibo Sección Segunda. Dicha subasta se llevará a cabo para con su producto satisfacer al Demandante total o parcialmente según sea el caso el importe de la Sentencia que ha obtenido ascendente a la suma principal de $74,628.25 de principal, intereses sobre dicha suma al tipo convenido de cuatro y medio (4.50%) porciento anual desde el primero (1ro.) de septiembre de 2013, hasta su completo pago, más $1,679.16 de intereses devengados hasta el día 31 de enero de 2014, la suma de $126.35 por concepto de cargos por demora devengados hasta la misma fecha y la cantidad líquida y estipulada de $8,058.00 para costas, gastos y honorarios de abogado, así como cualesquiera otras sumas que aparezcan del contrato y/o que correspondan a intereses y cargos por demora posterior a esa fecha y hasta la fecha en que se pague la deuda en su totalidad. Que los autos y todos los documentos correspondientes al Procedimiento incoado estarán de manifiesto en la SECRETARIA DEL TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE QUEBRADILLAS, SALA SUPERIOR durante las horas laborables. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titulación del inmueble y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere, al crédito del ejecutante continuarán subsistentes entendiéndose que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio de remate. La propiedad no está sujeta a gravámenes anteriores y/o preferentes según surge de las constancias del Registro de la Propiedad en un estudio de título efectuado a la finca antes descrita. Por la presente se notifica a los acreedores que tengan inscritos o anotados sus derechos sobre los bienes hipotecados con posterioridad a la inscripción del crédito del ejecutante o acreedores de cargos o derechos reales que los hubiesen pospuesto a la hipoteca del actor y a los dueños, poseedores, tenedores de o interesados en títulos transmisibles por endoso o al portador garantizados hipotecariamente con posterioridad al crédito del actor que se celebrarán las subastas en las fechas, horas y sitios señalados para que puedan concurrir a la subasta si les conviniere o se les invita a satisfacer antes del remate el importe del crédito, de sus intereses, otros cargos y las costas y honorarios de abogado asegurados quedando subrogados en los derechos del acreedor ejecutante. Y para conocimiento de licitadores del público en general se publicará este Edicto de acuerdo con la ley por espacio de dos semanas en tres sitios públicos del municipio en que ha de celebrarse la venta, tales como la alcaldía, el Tribunal y la colecturía. Este Edicto será publicado mediante edictos dos veces en un diario de circulación general en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico, por espacio de dos semanas consecutivas. Expido el presente Edicto de subasta bajo mi firma y sello de este Tribunal en Camuy, Puerto Rico, hoy día 19 de septiembre de 2014. Braulio Pérez Rosa, Alguacil. Por Alg. Yadiris Toledo Colón 851. LEGAL NOTICE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA DE AGUADILLA. ACM PENFIELD CR, LLC antes BANCO SANTANDER DE PUERTO RICO Demandante vs. JOAQUIN TORRES CANDELARIA Demandado(s). CIVIL NÚM. ACD2012-0150 (604). SOBRE: EJECUCION DE HIPOTECA IN REM AVISO DE VENTA EN PÚBLICA SUBASTA. Yo, CARLOS RIVERA LÓPEZ Alguacil Regional, Alguacil del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Aguadilla, a los demandados y al público en general les notifico que, cumpliendo con un Mandamiento que se ha librado en el presente caso por el Secretario del Tribunal de epígrafe y notificado el 9 de mayo de 2013 y para satisfacer la Sentencia dictada el 26 de diciembre de 2012 la cual se archivó en autos y el 28 de diciembre de 2012 y notificó mediante publicación de edicto el día 4 de enero de 2013, en donde se ordene satisfacer al demandante la suma ascendente a $69,710.74 de principal, más intereses acumulados sobre dicho principal a razón del 6.00% anual desde el día 1ro de febrero de 2012, más recargos acumulados, más cualesquiera suma de dinero por concepto de contribuciones, primas de seguro hipotecario y riesgo, recargos por demora, así como de cualesquiera otras cantidades pactadas en la Escritura de Hipoteca y la suma de $8,100.00 por concepto de honorarios de abogado pactados garantizado por el inmueble aquí descrito, procederé a vender en pública subasta, al mejor postor en pago de contado y en moneda del curso legal de los Estados Unidos de América, todo derecho, título e interés que haya tenido tenga o pueda tener el deudor demandado en cuanto a la propiedad bien inmueble que se describe a continuación: URBANA: Solar marcado con el número ciento tres (#103) del bloque siete (7), según el plano de inscripción del proyecto de solares de la Corporación de Renovación Urbana y Vivienda UM guion dos guion veintiséis (UM-2-26) denominado El Prado, radicado en el barrio Camaseyes del término municipal de Aguadilla, con una cabida superficial de trescientos dieciséis punto setenta y dos (316.72) metros cuadrados. En lindes por el NORTE, con el solar número setenta y siete (#77), distancia de catorce punto noventa y tres (14.93) metros; por el SUR, con la calle C, distancia de quince punto cero cuatro (15.04) metros; por el ESTE, con el solar número ciento cuatro (#104), distancia de veintiuno punto veintiuno (21.21) metros y por el OESTE, con el solar número ciento (#102), distancia de veintiuno punto cero siete (21.07) metros. Sobre este solar ubica una casa dedicada a vivienda. Inscrita al folio ciento cuarenta y siete (147) del tomo ciento setenta y uno (171) de Aguadilla, finca número siete mil trescientos ochenta y cinco (#7,385), Registro de la Propiedad de Puerto Rico sección de Aguadilla. Que con el importe de dicha venta se habrá de satisfacer a la parte demandante las cantidades adeudadas garantizada por dicho inmueble, según la Sentencia dictada en el caso de epígrafe, por el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Aguadilla. El tipo mínimo para la subasta será la suma de tasación pactada, la cual es $81,000.00 para la propiedad descrita. Si no produjere remate o adjudicación la primera subasta, se procederá a una segunda subasta y servirá de tipo mínimo de 2/3 partes del valor de la tasación. Si tampoco hubiere remate ni adjudicación en esta segunda subasta, se procederá a una tercera subasta, en ésta el tipo mínimo será de la 1/2 del valor de la tasación. Para el lote descrito, la primera subasta se llevará a cabo el día 11 de febrero de 2015, a las 10:30 de la mañana. De no comparecer postor alguno se llevará a efecto una segunda subasta el día 18 de febrero de 2015, a las 10:30 de la mañana. De no comparecer postor alguno se llevará a cabo una tercera subasta el día 25 de febrero de 2015, a las 10:30 de la mañana. La subasta o subastas antes indicadas se llevarán a efecto en mi oficina, localizada en el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Aguadilla. La propiedad está sujeta al siguiente gravamen posterior según Estudio de Título realizado por Eagle Title & Other Services, Inc el día 11 de diciembre de 2014: BITÁCORA: Al asiento mil ciento treinta y cinco (1135) del diario ochocientos cincuenta (850), el día 3 de agosto de 2012, se presenta Demanda de fecha veintiséis (26) de julio de 2012, en el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Aguadilla, caso civil #ACD2012-0150, por concepto de Cobro de Dinero y Ejecución de Hipoteca, seguido por Banco Santander Puerto Rico versus Joaquín Torres Candelaria, por la suma de $69,710.74, más intereses, costas y gastos, etc. Pendiente de calificación y despacho. Se le advierte a los licitadores que la adjudicación se hará al mejor postor, quien deberá consignar el importe de su oferta en el mismo acto de la adjudicación en moneda de curso legal de los Estados Unidos de Norteamérica y para conocimiento de la parte demandada y de toda(s) aquella(s) persona(s) que tengan interés inscrito con posterioridad a la inscripción del gravamen que se está ejecutando, y para conocimiento de los licitadores y el público en general y para su publicación en un periódico de circulación general, una vez por semana durante el término de dos (2) semanas consecutivas con un intervalo de por lo menos siete (7) días entre ambas publicaciones, y para su fijación en tres (3) lugares públicos del municipio en que ha de celebrarse la venta, tales como, la Alcaldía, el Tribunal y la Colecturía, así como en la Colecturía más cercana al lugar de residencia de la parte demandada, cuando ésta fuera conocida, y se le notificara además a la parte demandada vía correo certificado con acuse de recibo a la última dirección conocida. Se les advierte a todos los interesados que todos los documentos relacionados con la presente acción de ejecución de hipoteca, así como la de la subasta, estarán disponibles para ser examinados en la Secretaría del Tribunal. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titulación y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere al crédito de ejecutante, continuarán subsiguientes entendiéndose que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio del remate. Y para conocimiento de los demandados, de los acreedores posteriores, de los licitadores, partes interesadas y público en general, expido el presente Aviso para su publicación en los lugares públicos correspondientes. Librado en Aguadilla, Puerto Rico, a 8 de enero de 2015. CARLOS RIVERA LÓPEZ, Alguacil Regional Alguacil Tribunal de Primera Instancia Sala de Aguadilla. PUERTO RICO, INC. Demandante v. JEAN CARLOS CASTILLO ORTIZ, T/C/C JEAN C. CASTILLO ORTIZ, T/C/C JEAN CASTILLO ORTIZ, HEIDDY RAMOS CARRILLO Y LA SOCIEDAD LEGAL DE BIENES GANANCIALES COMPUESTA POR AMBOS Demandados CIVIL NUM.: N3CI2014-030 SOBRE: COBRO DE DINERO - EJECUCIÓN DE HIPOTECA POR LA VÍA ORDINARIA ESTADOS UNIDOS DE AMERICA EL PRESIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS SS ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO AVISO DE SUBASTA. Yo, Ma. De Lourdes Lopez Moreira, Alguacil del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Rio Grande, notifico a los demandados, público en general y personas con algún interés, que cumpliré con un Mandamiento librado por el Secretario del Tribunal de epígrafe, el 5 de noviembre de 2014, para satisfacer la Sentencia dictada el 11 de septiembre de 2014, notificada el 17 de septiembre de 2014. En dicha Sentencia se condena a la parte demandada a satisfacer la suma de $182,585.89 más las costas, gastos, honorarios de abogado; y demás créditos accesorios garantizados hipotecariamente. Conforme a lo anterior, venderé en pública subasta, al mejor postor en pago de contado y en moneda del curso legal de los Estados Unidos de América, todo derecho, título e interés que hayan tenido tengan o puedan tener los deudores demandados en cuanto al bien inmueble que se describe a continuación: URBANA: Solar radicado en la Urbanización Los Árboles, situada en el Barrio Zarzal del término municipal de Río Grande, Puerto Rico, identificado con el número, bloque, área y colindancias que se relacionan a continuación y contiene una casa de concreto reforzado diseñada para una familia, construida de acuerda con los planos y especificaciones aprobados por la Junta de Planificación y otras Agencias Gubernamentales: Número del Solar 6 del Bloque “I”, Área del Solar 364.00 metros cuadrados. En lindes por el NORTE, con la Calle número 520, en una distancia de 14.00 metros; por el SUR, con facilidades vecinales, en una distancia de 14.00 metros; por el ESTE, con el solar número 7, en una distancia de 26.00 metros y por el OESTE, con los solares números 4 y 5, en una distancia de 26.00 metros. Sujeta a cláusulas que aceleran su vencimiento. ImpoLEGAL NOTICE sición de Condiciones RestrictiESTADO LIBRE ASOCIADO DE vas por 5 años impuestas por La PUERTO RICO TRIBUNAL DE Autoridad Para El FinanciamienPRIMERA INSTANCIA SALA to de la Vivienda de Puerto Rico al beneficiarse de $16,072.00 DE RIO GRANDE. BANCO POPULAR DE del Programa Protegiendo Tu The San Juan Daily Star Hogar, sin intereses y vence el 1 de septiembre de 2017, según consta de la escritura número 1,096, otorgada en San Juan, el día 28 de octubre de 2011, ante el notario Héctor Luis Torres Dávila y anotado al margen de la inscripción 4ta., al folio 15 del tomo 495 de Río Grande, finca número 26,705. Inscrito al folio 15 del tomo 495 de Rio Grande, finca número #26,705 Registro de la Propiedad de Puerto Rico, Sección Tercera de Rio Grande. La hipoteca que se pretende ejecutar ubica en: Los Arboles, I-6 Calle Pomarrosa 520, Rio Grande, Puerto Rico. El tipo mínimo para la subasta será la suma de $172,550.00. De declararse la subasta desierta, y de celebrarse una segunda subasta, el tipo mínimo será dos terceras (2/3) partes del tipo mínimo establecido para la primera subasta, el cual asciende a $115,033.32. Si tampoco hubiere remate ni adjudicación en la segunda subasta, regirá como tipo mínimo de la tercera subasta la mitad (1/2) del tipo mínimo pactado para la primera subasta el cual asciende a $86,250.00. Si se declarase desierta la tercera subasta se dará por terminado el procedimiento, pudiendo adjudicarse el bien subastado a opción del demandante. Art. 221 de la Ley Hipotecaria, 30 L.P.R.A. sec. 2721. La primera subasta se llevará a cabo el día 4 de febrero de 2015, A LA(S) 10:00 de la mañana. De declararse desierta, se llevará a efecto una segunda subasta el día 11 de febrero de 2015, A LA(S) 10:00 de la mañana. De declararse desierta, se llevará a cabo una tercera subasta el día 18 de febrero de 2015, A LA(S) 10:00 de la mañana. La subasta o subastas antes indicadas se llevarán a efecto en mi oficina, localizada en el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Rio Grande. Se le advierte a los postores o licitadores que la adjudicación del bien inmueble a subastarse se hará al mejor postor o licitador victorioso, quien deberá consignar el importe de su oferta en el mismo acto de la adjudicación, en moneda de curso legal de los Estados Unidos de Norteamérica. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titulación y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere al crédito de ejecutante, continuarán subsiguientes entendiéndose que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio del remate. La cantidad adeudada según la Sentencia, asciende a $182,585.89, la cual se desglosa en $160,796.18 por concepto de principal; $4,181.91 por concepto de intereses acumulados, $352.80 por concepto de cargos por demora los cuales al igual que los intereses continúan acumulándose hasta el saldo total de la deuda reclamada en este pleito; y la suma $17,255.00 para costas, gastos y honorarios Friday, January 23, 2015 de abogado; y demás créditos accesorios garantizados hipotecariamente. Con el producto que se obtenga de la subasta se le pagará a la parte demandante el importe de la Sentencia hasta donde alcance, y se pondrá al adjudicatario o licitador victorioso en posesión de la propiedad subastada, libre de cargas y gravámenes posteriores, dentro del término de veinte (20) días a partir de celebrada la subasta. Para cumplir con lo anterior, el Alguacil queda facultado, de ser necesario, para romper candados y cerraduras que impidan el acceso a la propiedad subastada. Todos los interesados quedan notificados de que todos los documentos relacionados con la presente acción de ejecución de hipoteca, así como la de la subasta, estarán disponibles para ser examinados en la Secretaría del Tribunal. Para conocimiento de la parte demandada y de toda(s) aquella(s) persona(s) que tengan interés inscrito con posterioridad a la inscripción del gravamen que se está ejecutando, y para conocimiento de los licitadores y el público en general, y para su publicación en un periódico de circulación general, una vez por semana durante el término de dos (2) semanas consecutivas con un intervalo de por lo menos siete (7) días entre ambas publicaciones, y para su fijación en tres (3) lugares públicos del municipio en que ha de celebrarse la venta, tales como, la Alcaldía, el Tribunal y la Colecturía, así como en la Colecturía más cercana al lugar de residencia de la parte demandada, cuando ésta fuera conocida, y se le notificara además a la parte demandada vía correo certificado con acuse de recibo a la última dirección conocida. Y para conocimiento de los demandados, de los acreedores posteriores, de los licitadores, partes interesadas y público en general, expido el presente Aviso para su publicación en los lugares públicos correspondientes. Librado en Rio Grande, Puerto Rico, a 14 de noviembre de 2014. Jose C. Ortiz Santana, Alguacil Tribunal De Primera Instancia Sala De Rio Grande. LEGAL NOTICE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE SAN LORENZO SALA SUPERIOR. ORIENTAL BANK Demandante vs. JUAN ANTONIO RODRIGUEZ BERRIOS T/C/C JUAN A. RODRIGUEZ BERRIOS, SHEYLA MICHELLE LINDBERTH ROSADO T/C/C SHEYLA M. LINDBERTH ROSADO Demandados CIVIL NUM. E2CI2014-00401 SOBRE: COBRO DE DINERO Y EJECUCIУN DE HIPOTECA POR LA VIA ORDINARIA EDICTO DE SUBASTA LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA EL PRESIDENTE DE LOS E.E. U.U. SS: EL ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. Yo, Angel Gomez Gomez, Alguacil del Tribunal Superior de Puerto Rico, Sala de San Lorenzo, al Público HAGO SABER: Que en cumplimiento de la Sentencia dictada el 5 de agosto de 2014, notificada el 4 de septiembre de 2014, de la cual surge que la parte demandada adeuda a la demandante la suma principal de $162,789.15, intereses vencidos que al 1 de abril de 2014, ascienden a $7,998.94, la suma de $708.12 por concepto de cargos por demora y los que de ahí en adelante se acumulen hasta su total pago y la suma de $17,310.00 por concepto de costas, gastos y honorarios de abogado y a tenor con el Mandamiento de Ejecuciуn de Sentencia que se me libró con fecha 28 de octubre de 2014, por la Secretaria de este Tribunal de San Lorenzo, en el caso de epígrafe, venderé en pública subasta y al mejor postor, la siguiente propiedad inmueble, la cual se describe a continuación: “URBANA: Lote de terreno identificado con el número “V” guión cuatrocientos sesenta y tres (V-463), en la Urbanización Lirios Cala II, en el término municipal de Juncos, Puerto Rico, con una cabida superficial de trescientos noventa y siete punto trescientos setenta metros cuadrados (397.370mc). En lindes por el NORTE, con la Calle San Lucas, en doce punto quinientos (12.500) y tres punto quinientos (3.500) metros; por el SUR, con el lote número cuatrocientos ochenta y dos (482), en quince metros (15.00m); por el ESTE, con la Calle San Francisco, en veintiuno punto quinientos metros (21.500m) y tres punto quinientos metros (3.500m), y por el OESTE, con el lote número cuatrocientos sesenta y cuatro (464) en veinticinco metros (25.000m). Enclava una Casa modelo Amapola. Inscrita al folio 157 del tomo 415 de Caguas, Finca 15,701, Registro de la Propiedad de Puerto Rico, Sección II de Caguas. Por su procedencia está afecta a: Servidumbre a favor de la Autoridad de Energía Eléctrica de Puerto Rico; Servidumbre a favor de la Puerto Rico Telephone Company; Condiciones Restrictivas sobre Edificación y Uso. Esta propiedad tiene el siguiente número de catastro en el Centro de Recaudación de Ingresos Municipales (CRIM) 49-253-001-479-01-000. La dirección física del inmueble anteriormente descrito es V463 C/ SAN LUCAS, LIRIOS CALLA II, JUNCOS, PR, 00777. Se apercibe a los licitadores para que procedan con la inspección física del inmueble objeto de ejecución previo a la celebración de la subasta. El precio mínimo de licitación con relación a la antes descrita propiedad y la fecha y hora de cada subasta es como sigue: PRIMERA SUBASTA: Se celebrará el día 11 de febrero de 2015, a las 10:00 de la maсana. Precio Mнnimo: $173,100.00 SEGUNDA SUBASTA: Se celebrará el día 18 de febrero de 2015, a las 10:00 de la maсana. Precio Mнnimo: $115,400.00 TERCERA SUBASTA: Se celebrará el día 25 de febrero de 2015, a las a las 10:00 de la maсana. Precio Mнnimo: $ 86,550.00 Las subastas de dicha propiedad se llevarán a efecto en mi oficina situada en el local que ocupa este Tribunal en el Centro Judicial de San Lorenzo, advirtiéndose que el que obtuviere la buena pro de dicha propiedad consignará en el acto del remate el importe de su oferta en moneda legal, en adición a los gastos de la subasta, en cheque certificado, dinero en efectivo o giro postal a nombre del Alguacil del Tribunal, siendo éste el mejor postor. En cualquier momento luego de haberse comenzado el acto de la subasta, el Alguacil podrá requerir de los licitadores que le evidencien la capacidad de pago de sus posturas. Del producto obtenido en dicha venta, el Alguacil pagará en primer término los gastos del Alguacil, en segundo término las costas, gastos y honorarios de abogado hasta la suma convenida, en tercer término los intereses devengados hasta la fecha de la sentencia, en cuarto término las sumas establecidas en la Sentencia para el pago de recargos por demora, contribuciones, seguros y en quinto término la suma principal adeudada conforme con la sentencia dictada. Disponiéndose que si quedara algún remanente luego de pagarse las sumas mencionadas, el mismo deberá ser depositado en la Secretaría del Tribunal para ser entregado a la parte demandada, previa solicitud y orden del Tribunal. Sobre la propiedad anteriormente descrita se encuentra inscrito el siguiente gravamen posterior: AVISO DE DEMANDA en el caso Civil Número E2CI20140401, Tribunal de Primera Instancia, Sala de San Lorenzo sobre ejecución de hipoteca por la vía ordinaria, seguido por Oriental Bank, por la suma de $162,789.15, más otras sumas adicionales, presentada al asiento 1158 del diario 677 de Juncos, Finca número 15,701. Esta anotaciуn de Demanda corresponde al caso de epнgrafe. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titulación y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes al crédito ejecutante continuarán subsistentes, entendiéndose que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, toda vez que el precio de remate no se destina a su extinción. Los autos y todos los documentos correspondientes al procedimiento del caso de epígrafe están disponibles en la Secretaría del Tribunal Superior de Puerto Rico, Sala de San Lorenzo, durante horas laborables. Y PARA LA CONCURRENCIA, de los licitadores expido el presente Edicto que se publicará en el Tribunal Superior de Puerto Rico, Alcaldía y la Colecturía de Rentas Internas del Municipio donde se celebrará la subasta por espacio de dos semanas y en un periódico de circulación general del Estado Libre Asociado de Puerto Rico por espacio de dos semanas y por lo menos una vez por semana. En San Lorenzo, Puerto Rico, a 5 de diciembre de 2014. Angel Gomez Gomez, Alguacil Placa 593, Alguacil Superior. LEGAL NOTICE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE SAN LORENZO SALA SUPERIOR. ORIENTAL BANK Demandante vs. JULIO PADILLA SANTIAGO Y JULIA MERCEDES PIСA DE PADILLA T/C/C JULIA MERCEDES PIСA Y LA SOCIEDAD LEGAL DE GANANCIALES COMPUESTA POR AMBOS Demandados CIVIL NЪM. E2CI2014-00088 SOBRE: COBRO DE DINERO Y EJECUCIУN DE HIPOTECA POR LA VIA ORDINARIA EDICTO DE SUBASTA LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA EL PRESIDENTE DE LOS E.E. U.U. SS: EL ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. Yo, Angel Gomez Gomez, Alguacil del Tribunal Superior de Puerto Rico, Sala de San Lorenzo, al Público HAGO SABER: Que en cumplimiento de la Sentencia dictada el 21 de mayo de 2014, notificada el 27 de mayo de 2014, de la cual surge que la parte demandada adeuda a la demandante la suma principal de $45,324.74, intereses vencidos que al 1 de noviembre de 2013, ascienden a $1,223.32, la suma de $476.89 por concepto de cargos por demora y los que de ahí en adelante se acumulen hasta su total pago y la suma de $5,130.00 por concepto de costas, gastos y honorarios de abogado y a tenor con el Mandamiento de Ejecuciуn de Sentencia que se me libró con fecha 30 de octubre de 2014, por la Secretaria de este Tribunal de Humacao, en el caso de epígrafe, venderé en pública subasta y al mejor postor, la siguiente propiedad inmueble, la cual se describe a continuación: “URBANA: SOLAR que radica en la CALLE NUMERO SIETE (7) de la Barriada Roosevelt de San Lorenzo, Puerto Rico, con una cabida de CIENTO DOCE punto CINCUENTA Y TRES ME- TROS CUADRADOS (112.53 M.C.). Lindando por el NORTE, en nueve punto treinta metros (9.30 m) con Zenón López; por el SUR, en nueve punto treinta metros (9.30 m) con la Calle Número Siete (7); por el ESTE, en once punto ochenta metros (11.80 m.) con Telesforo Moyet y por el OESTE, en doce punto cuarenta metros (12.40 m.), con Ramón Rodríguez. Enclava una casa. Por su procedencia se encuentra LIBRE DE CARGAS. Inscrita al Folio 130 del Tomo 166 de San Lorenzo, Finca 8,360, inscripción Primera, Registro de la Propiedad de Caguas, Sección Segunda. Por su procedencia está afecta a: “HIPOTECA en garantía de un pagaré a favor de la Autoridad para el Financiamiento de la Vivienda de Puerto Rico, o a su orden, por la suma principal de $15,000.00, sin intereses, vencedero el día 1 de abril de 2013, constituida mediante la Escritura Número 185, otorgada en San Lorenzo, Puerto Rico, el día 15 de abril de 2005, ante la Notario Lymarie Jiménez López, inscrita al Folio 21 del Tomo 432 de San Lorenzo, inscripción décimo cuarta (14ta.), Registro de la Propiedad de Caguas, Sección Segunda.” Esta propiedad tiene el siguiente número de catastro en el Centro de Recaudación de Ingresos Municipales (CRIM) 48-252-066-002-15-001. La dirección física del inmueble anteriormente descrito es 7 ST. ROOSEVELT, SAN LORENZO, PUERTO RICO 00754. Se apercibe a los licitadores para que procedan con la inspección física del inmueble objeto de ejecución previo a la celebración de la subasta. El precio mínimo de licitación con relación a la antes descrita propiedad y la fecha y hora de cada subasta es como sigue: PRIMERA SUBASTA: Se celebrará el día 11 de febrero de 2015, a las 10:15 de la maсana. Precio Mнnimo: $51,300.00 SEGUNDA SUBASTA: Se celebrará el día 18 de febrero de 2015, a las 10:15 de la maсana. Precio Mнnimo: $34,200.00 TERCERA SUBASTA: Se celebrará el día 25 de febrero de 2015, a las 10:15 de la maсana. Precio Mнnimo: $25,650.00. Las subastas de dicha propiedad se llevarán a efecto en mi oficina situada en el local que ocupa este Tribunal en el Centro Judicial de San Lorenzo, advirtiéndose que el que obtuviere la buena pro de dicha propiedad consignará en el acto del remate el importe de su oferta en moneda legal, en adición a los gastos de la subasta, en cheque certificado, dinero en efectivo o giro postal a nombre del Alguacil del Tribunal, siendo éste el mejor postor. En cualquier momento luego de haberse comenzado el acto de la subasta, el Alguacil podrá requerir de los licitadores que le evidencien la capacidad de pago de sus posturas. Del producto obtenido en dicha venta, el Alguacil pagará en primer término los gastos del Alguacil, 37 Legal Notice en segundo término las costas, gastos y honorarios de abogado hasta la suma convenida, en tercer término los intereses devengados hasta la fecha de la sentencia, en cuarto término las sumas establecidas en la Sentencia para el pago de recargos por demora, contribuciones, seguros y en quinto término la suma principal adeudada conforme con la sentencia dictada. Disponiéndose que si quedara algún remanente luego de pagarse las sumas mencionadas, el mismo deberá ser depositado en la Secretaría del Tribunal para ser entregado a la parte demandada, previa solicitud y orden del Tribunal. Sobre la propiedad anteriormente descrita se encuentran inscritos los siguientes gravámenes posteriores: a. “HIPOTECA en garantía de un pagaré a favor de la Autoridad para el Financiamiento de la Vivienda de Puerto Rico, o a su orden, por la suma principal de $15,000.00, sin intereses, vencedero el día 1 de abril de 2013, constituida mediante la Escritura Número 185, otorgada en San Lorenzo, Puerto Rico, el día 15 de abril de 2005, ante la Notario Lymarie Jiménez López, inscrita al Folio 21 del Tomo 432 de San Lorenzo, inscripción décimo cuarta (14ta.), Registro de la Propiedad de Caguas, Sección Segunda.” b. AVISO DE DEMANDA en el caso Civil Número E2CI2014-0088, Tribunal de Primera Instancia, Sala de San Lorenzo sobre ejecución de hipoteca por la vía ordinaria, seguido por Oriental Bank vs. Julio Padilla Santiago y Julia Mercedes Piña de Padilla, por la suma de $45,324.74, más otras sumas adicionales, presentado al Asiento 562 del diario 676 de San Lorenzo, Finca número 8,360. Esta anotaciуn de Demanda corresponde al caso de epнgrafe. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titulación y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes al crédito ejecutante continuarán subsistentes, entendiéndose que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, toda vez que el precio de remate no se destina a su extinción. Los autos y todos los documentos correspondientes al procedimiento del caso de epígrafe están disponibles en la Secretaría del Tribunal Superior de Puerto Rico, Sala de San Lorenzo, durante horas laborables. Y PARA LA CONCURRENCIA, de los licitadores expido el presente Edicto que se publicará en el Tribunal Superior de Puerto Rico, Alcaldía y la Colecturía de Rentas Internas del Municipio donde se celebrará la subasta por espacio de dos semanas y en un periódico de circulación general del Estado Libre Asociado de Puerto Rico por espacio de dos semanas y por lo menos una vez por semana. En San Lorenzo, Puerto Rico, a 5 de diciembre de 2014. Angel Gomez Gomez, Alguacil Placa 593. Alguacil Superior. LEGAL NOTICE Estado Libre Asociado de Puerto Rico, TRIBUNAL GENERAL DE JUSTICIA, Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de BAYAMON. DORAL BANK Demandante V. NIEVES CONCEPCION, CESAREO (SUCN) Demandado(a) Civil Num: DCD2014-1326 Salon: 506 Sobre: COBRO DE DINERO NOTIFICACION DE SENTENCIA POR EDICTO. A: SUCESION DE CESAREO NIEVES CONCEPCION COMPUESTA POR FULANO, SUTANO Y MENGANO DE TAL Y LA SUCESION DE LUCILLE GARCIA SANTIAGO T/C/C LUCILLE ALICEA GARCIA SANTIAGO COMPUESTA POR FULANO, SUTANO Y MENGANO DE TAL (Nombre de las partes a las que se le notifican la sentencia por edicto) EL SECRETARIO (A) que suscribe le notifica a usted que 18 de diciembre de 2014, este Tribunal ha dictado Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución en este caso, que ha sido debidamente registrada y archivada en autos donde podrá usted enterarse detalladamente de los términos de la misma. Esta notificación se publicará una sola vez en un periódico de circulación general en la Isla de Puerto Rico, dentro de los 10 días siguientes a su notificación. Y, siendo o representado usted una parte en el procedimiento sujeta a los términos de la Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución, de la cual puede establecerse recurso de revisión o apelación dentro del término de 30 días contados a partir de la publicación por edicto de esta notificación, dirijo a usted esta notificación que se considerará hecha en la fecha de la ultima publicación de este edicto. Copia de esta notificación ha sido archivada en los autos de este caso, con fecha de 15 de enero de 2015. En BAYAMON, Puerto Rico, el 15 de enero de 2015. Ruth Aponte Cotto, Secretaria. Marisol Rodriguez Cancel, Secretaria Auxiliar. LEGAL NOTICE Estado Libre Asociado de Puerto Rico, TRIBUNAL GENERAL DE JUSTICIA, Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de CAMUY. BANCO POPULAR DE PUERTO RICO Demandante V. MINISTERIO POSADA DE AMOR, INC. Demandado(a) Civil: CD2013-652 Sobre: COBRO DE DINERO Y EJECUCION DE PRENDA NOTIFI- Legal Notice CACION DE SENTENCIA POR EDICTO. A: MINISTERIO POSADA DE AMOR, INC. (Nombre de las partes a las que se le notifican la sentencia por edicto) EL SECRETARIO (A) que suscribe le notifica a usted que 31 de diciembre de 2014, este Tribunal ha dictado Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución en este caso, que ha sido debidamente registrada y archivada en autos donde podrá usted enterarse detalladamente de los términos de la misma. Esta notificación se publicará una sola vez en un periódico de circulación general en la Isla de Puerto Rico, dentro de los 10 días siguientes a su notificación. Y, siendo o representado usted una parte en el procedimiento sujeta a los términos de la Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución, de la cual puede establecerse recurso de revisión o apelación dentro del término de 30 días contados a partir de la publicación por edicto de esta notificación, dirijo a usted esta notificación que se considerará hecha en la fecha de la ultima publicación de este edicto. Copia de esta notificación ha sido archivada en los autos de este caso, con fecha de 15 de enero de 2015. En CAMUY, Puerto Rico, el 15 de enero de 2015. Isamar Rodriguez Gonzalez, Secretaria. Ineabelle Irizarry Cruz, Secretaria Auxiliar. LEGAL NOTICE Estado Libre Asociado de Puerto Rico, TRIBUNAL GENERAL DE JUSTICIA, Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de HUMACAO. BANCO POPULAR DE PUERTO RICO Demandante V. SAMUEL TIRADO FELIX, SU ESPOSA REBECCA TRUJILLO Y LA SOCIEDAD LEGAL DE BIENES GANANCIALES COMPUESTA POR AMBOS Demandado(a) Civil: HSCI201200713 Sobre: IN REM COBRO DE DINERO Y EJECUCION DE HIPOTECA POR LA VIA ORDINARIA. NOTIFICACION DE SENTENCIA POR EDICTO. A: SAMUEL’TIRADO FELIX, SU ESPOSA REBECCA TRUJILLO Y LA SOCIEDAD LEGAL DE BIENES GANANCIALES COMPUESTA POR AMBOS; SU ULTIMA DIRECCION CONOCIDA: HC 02 BOX 71523 LAS PIEDRAS, PR 00771; LOTE 1 D 917 KM 3.8 ASOMANTE SECTOR TEJAS LAS PIEDRAS, PR 00771; P/C DE LA LCDA. ZAIDEE ACEVEDO VILA. (Nombre de las partes a las que se 38 le notifican la sentencia por edicto) EL SECRETARIO (A) que suscribe le notifica a usted que 26 de junio de 2014, este Tribunal ha dictado Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución en este caso, que ha sido debidamente registrada y archivada en autos donde podrá usted enterarse detalladamente de los términos de la misma. Esta notificación se publicará una sola vez en un periódico de circulación general en la Isla de Puerto Rico, dentro de los 10 días siguientes a su notificación. Y, siendo o representado usted una parte en el procedimiento sujeta a los términos de la Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución, de la cual puede establecerse recurso de revisión o apelación dentro del término de 30 días contados a partir de la publicación por edicto de esta notificación, dirijo a usted esta notificación que se considerará hecha en la fecha de la ultima publicación de este edicto. Copia de esta notificación ha sido archivada en los autos de este caso, con fecha de 14 de enero de 2015. En HUMACAO, Puerto Rico, el 14 de enero de 2015. Dominga Gomez Fuster, Sec. Regional. Luz Milagros Camilo Nazario, Secretaria Auxiliar. LEGAL NOTICE The San Juan Daily Star Friday, January 23, 2015 archivada en los autos de este caso, con fecha de 14 de enero de 2015. En BAYAMON, Puerto Rico, el 14 de enero de 2015. Ruth Aponte Cotto, Secretaria Regional II. Danetsa Aponte Reyes, Secretaria Auxiliar. LEGAL NOTICE Estado Libre Asociado de Puerto Rico, TRIBUNAL GENERAL DE JUSTICIA, Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de BAYAMON. BANCO POPULAR DE PUERTO RICO Demandante V. NIEVES CONCEPCION, CESAREO (SUCN) Demandado(a) Civil Num: DCD2014-1592 Sala: 505 Sobre: COBRO DE DINERO Y EJECUCION DE HIPOTECA POR LA VIA ORDINARIA. NOTIFICACION DE SENTENCIA POR EDICTO. A: FULANO DE TAL, FULANA DE TAL, SUTANO DE TAL, SUTANA DE TAL, A, B YC,COMO POSIBLES MIEMBROS DESCONOCIDOS DE LA SUCESION DE FELICITARAMOS ARZUAGA Y SUCESION DE JOSE LUIS FIGUEROA RAMOS. Estado Libre Asociado de Puerto Rico, TRIBUNAL GENERAL DE JUSTICIA, Tribunal de Pri- (Nombre de las partes a las que se mera Instancia, Sala Superior le notifican la sentencia por edicto) de BAYAMON. EL SECRETARIO (A) que susBANCO POPULAR DE cribe le notifica a usted que 29 de diciembre de 2014, este PUERTO RICO Tribunal ha dictado Sentencia, Demandante V. Sentencia Parcial o Resolución LUIS CRUZ MATOS en este caso, que ha sido debiDemandado(a) damente registrada y archivada Civil: DCD2014-2532 Sala: 703 en autos donde podrá usted Sobre: COBRO DE DINERO Y enterarse detalladamente de EJECUCION DE HIPOTECA los términos de la misma. Esta NOTIFICACION DE SENTENnotificación se publicará una CIA POR EDICTO. sola vez en un periódico de cirA: LUIS CRUZ MATOS culación general en la Isla de (Nombre de las partes a las que se Puerto Rico, dentro de los 10 le notifican la sentencia por edicto) días siguientes a su notificaEL SECRETARIO (A) que susción. Y, siendo o representado cribe le notifica a usted que usted una parte en el procedi30 de diciembre de 2014, este miento sujeta a los términos de Tribunal ha dictado Sentencia, la Sentencia, Sentencia Parcial Sentencia Parcial o Resolución o Resolución, de la cual puede en este caso, que ha sido debiestablecerse recurso de revisión damente registrada y archivada o apelación dentro del término en autos donde podrá usted de 30 días contados a partir de enterarse detalladamente de la publicación por edicto de esta los términos de la misma. Esta notificación, dirijo a usted esta notificación se publicará una notificación que se considerará sola vez en un periódico de cirhecha en la fecha de la ultima culación general en la Isla de publicación de este edicto. CoPuerto Rico, dentro de los 10 pia de esta notificación ha sido días siguientes a su notificaarchivada en los autos de este ción. Y, siendo o representado caso, con fecha de 15 de enero usted una parte en el procedide 2015. En BAYAMON, Puerto miento sujeta a los términos de Rico, el 15 de enero de 2015. la Sentencia, Sentencia Parcial Ruth Aponte Cotto, Secretaria. o Resolución, de la cual puede Marisol Rodriguez Cancel, Seestablecerse recurso de revisión cretaria Auxiliar. o apelación dentro del término de 30 días contados a partir de LEGAL NOTICE la publicación por edicto de esta notificación, dirijo a usted esta Estado Libre Asociado de Puernotificación que se considerará to Rico, TRIBUNAL GENERAL hecha en la fecha de la ultima DE JUSTICIA, Tribunal de Pripublicación de este edicto. Co- mera Instancia, Sala Superior pia de esta notificación ha sido de BAYAMON. BANCO POPULAR DE PUERTO RICO Demandante V. AGUSTIN RAMOS GONZALEZ; SUSANA BELTRAN GOMEZ Demandado(a) Civil Num: DCD2014-1315 Sala: 505 Sobre: COBRO DE DINERO Y EJECUCION DE HIPOTECA POR LA VIA ORDINARIA. NOTIFICACION DE SENTENCIA POR EDICTO. A: AGUSTIN RAMOS GONZALEZ; SUSANA BELTRAN GOMEZ (Nombre de las partes a las que se le notifican la sentencia por edicto) EL SECRETARIO (A) que suscribe le notifica a usted que 9 de enero de 2015, este Tribunal ha dictado Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución en este caso, que ha sido debidamente registrada y archivada en autos donde podrá usted enterarse detalladamente de los términos de la misma. Esta notificación se publicará una sola vez en un periódico de circulación general en la Isla de Puerto Rico, dentro de los 10 días siguientes a su notificación. Y, siendo o representado usted una parte en el procedimiento sujeta a los términos de la Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución, de la cual puede establecerse recurso de revisión o apelación dentro del término de 30 días contados a partir de la publicación por edicto de esta notificación, dirijo a usted esta notificación que se considerará hecha en la fecha de la ultima publicación de este edicto. Copia de esta notificación ha sido archivada en los autos de este caso, con fecha de 15 de enero de 2015. En BAYAMON, Puerto Rico, el 15 de enero de 2015. Ruth Aponte Cotto, Secretaria. Marisol Rodriguez Cancel, Secretaria Auxiliar. LEGAL NOTICE Estado Libre Asociado de Puerto Rico, TRIBUNAL GENERAL DE JUSTICIA, Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de BAYAMON. BANCO POPULAR DE PUERTO RICO, INC Demandante V. LUIS RAUL FIGUEROA CASTRO T/C/C LUIS FIGUEROA CASTRO Demandado(a) Civil: DCD2014-3060 Sala: 703 Sobre: COBRO DE DINERO Y EJECUCION DE HIPOTECA NOTIFICACION DE SENTENCIA POR EDICTO. A: LUIS RAUL FIGUEROA CASTRO T/C/C LUIS FIGUEROA CASTRO (Nombre de las partes a las que se le notifican la sentencia por edicto) EL SECRETARIO (A) que suscribe le notifica a usted que 8 de enero de 2015, este Tribunal ha dictado Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución en este caso, que ha sido debidamente registrada y archivada en autos donde podrá usted enterarse detalladamente de los términos de la misma. Esta notificación se publicará una sola vez en un periódico de circulación general en la Isla de Puerto Rico, dentro de los 10 días siguientes a su notificación. Y, siendo o representado usted una parte en el procedimiento sujeta a los términos de la Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución, de la cual puede establecerse recurso de revisión o apelación dentro del término de 30 días contados a partir de la publicación por edicto de esta notificación, dirijo a usted esta notificación que se considerará hecha en la fecha de la ultima publicación de este edicto. Copia de esta notificación ha sido archivada en los autos de este caso, con fecha de 16 de enero de 2015. En Bayamon, Puerto Rico, el 16 de enero de 2015. Ruth Aponte Cotto, Secretaria Regional II. Danetsa Aponte Reyes, Secretaria Auxiliar. LEGAL NOTICE Estado Libre Asociado de Puerto Rico, TRIBUNAL GENERAL DE JUSTICIA, Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de BAYAMON. BANCO POPULAR DE PUERTO RICO, INC Demandante V. CELINA HERNANDEZ TORRES Demandado(a) Caso Civil Num: DCD20142234 (702) Sobre: COBRO DE DINERO Y EJECUCION DE HIPOTECA POR LA VIA ORDINARIA. NOTIFICACION DE SENTENCIA POR EDICTO. A: CELINA HERNANDEZ TORRES, JARDINES DE CAPARRA, T-5 CALLE 23 A, BAYAMON PR 00959. EL SECRETARIO (A) que suscribe le notifica a usted que 9 de enero de 2015, este Tribunal ha dictado Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución en este caso, que ha sido debidamente registrada y archivada en autos donde podrá usted enterarse detalladamente de los términos de la misma. Esta notificación se publicará una sola vez en un periódico de circulación general en la Isla de Puerto Rico, dentro de los 10 días siguientes a su notificación. Y, siendo o representado usted una parte en el procedimiento sujeta a los términos de la Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución, de la cual puede establecerse recurso de revisión o apelación dentro del término de 30 días contados a partir de la publicación por edicto de esta notificación, dirijo a usted esta notificación que se considerará hecha en la fecha de la ultima publicación de este edicto. Copia de esta notificación ha sido archivada en los autos de este caso, con fecha de 16 de enero de 2015. En Bayamon, Puerto Rico, el 16 de enero de 2015. Ruth Aponte Cotto, Secretaria JUDICIAL DE AGUADA SALA ficado a nombre del alguacil del Tribunal. LA PRIMERA subasta del Tribunal. Lenitzia Aponte To- SUPERIOR. se llevará a efecto el día 11 de rres, Secretaria Auxiliar. DLJ MORGAGE febrero de 2015 a las 11:00 de la CAPITAL, INC. mañana, en la oficina del referido LEGAL NOTICE Parte Demandante VS Alguacil, localizada en el Centro Estado Libre Asociado de PuerYAMILES MEJIAS Judicial de Aguadilla, Aguadilla, to Rico, TRIBUNAL GENERAL VILLANUEVA Puerto Rico. Que el precio míniDE JUSTICIA, Tribunal de PriParte Demandada mo fijado para la PRIMERA SUmera Instancia, Sala Superior CIVIL NUM.: ABCI2010-01333 BASTA es de $88,950.00. Que de BAYAMON. SOBRE ACCION CIVIL DE: CO- de ser necesaria la celebración DLJ MORTGAGE BRO DE DINERO Y EJECUCION de una SEGUNDA SUBASTA DE HIPOTECA POR LA VIA OR- la misma se llevará a efecto el CAPITAL, INC. DINARIA AVISO DE SUBASTA. día 18 de febrero de 2015 a las Demandante V. 11:00 de la mañana, en la oficina A: YAMILES MEJIAS FEDERICO MATTEI antes mencionada del Alguacil VILLANUEVA; Y AL SANTIAGO, SU ESPOSA que suscribe. El precio mínimo PUBLICO EN GENERAL: para la SEGUNDA SUBASTA ANA ANGELICA El que suscribe, Alguacil del RIVERA IRIZARRY Y LA será de $59,300.00, equivalentes de Primera Instancia, a dos terceras (2/3) partes del SOCIEDAD LEGAL DE Tribunal Sala Superior, Centro Judicial de BIENES GANANCIALES Aguadilla, Aguadilla, Puerto Rico, tipo mínimo estipulado para la PRIMERA subasta. Que de ser COMPUESTA POR hago saber, a la parte demandanecesaria la celebración de una da y al PUBLICO EN GENERAL: AMBOS TERCERA SUBASTA la misma Que en cumplimiento del MandaDemandado(a) se llevará a efecto el día 25 de Civil Num: DCD2013-1723 Sala: miento de Ejecución de Sentencia febrero de 2015 a las 11:00 de 402 Sobre: COBRO DE DINE- expedido el día 10 de septiembre la mañana, en la oficina antes RO Y EJECUCION DE HIPO- de 2014, por la Secretaria del Tri- mencionada del Alguacil que TECA (VIA ORDINARIA) NO- bunal, procederé a vender y ven- suscribe. El precio mínimo para TIFICACION DE SENTENCIA deré en pública subasta y al me- la TERCERA SUBASTA será de jor postor la propiedad que ubica POR EDICTO. $44,475.00, equivalentes a la miA: FEDERICO MATTEI y se describe a continuación: tad (1/2) del tipo mínimo estipulaURBANA: Predio de terreno sito SANTIAGO, SU ESPOSA en el Barrio Naranjo del término do para la PRIMERA subasta. Si se declarase desierta la tercera ANA ANGELICA municipal de Aguada, Puerto subasta se dará por terminado RIVERA IRIZARRY Y LA Rico, identificado con el núme- el procedimiento, pudiendo adjuSOCIEDAD LEGAL DE ro 1, con una cabida superficial dicárse al acreedor la finca aquí 0.4164 cuerdas de terreno, antes descrita, dentro de los diez BIENES GANANCIALES de equivalentes a 1638.4821 metros (10) días siguientes, si así lo esCOMPUESTA POR cuadrados. En lindes por el NORtimare conveniente, por la totaliAMBOS. DIRECCION TE, con solar número 2 segregadad de la cantidad adeudada si COND REGENCY PARK, do; por el SUR, con remanente; ésta fuera igual o menor al monpor el ESTE, con Sucesión APT 11H, GUAYNABO, PR to del tipo mínimo de la tercera Acevedo y carretera municipal; subasta, y abonándose dicho 00969. y por el OESTE, con remanenmonto a la cantidad adeudada si (Nombre de las partes a las que se te. Inscrita al folio 210 del tomo le notifican la sentencia por edicto) ésta fuere mayor. (Art. 221, Ley 313 de Aguada, Registro de la EL SECRETARIO (A) que susHipotecaria y del Registro de la Propiedad de Aguadilla, finca cribe le notifica a usted que Propiedad, 30 L.P.R.A. §2721) número 17,459. El producto de 16 de diciembre de 2014, este Para conocimiento de la parte la subasta se destinará a satisfaTribunal ha dictado Sentencia, demandada y de toda aquella cer al demandante hasta donde Sentencia Parcial o Resolución persona o personas que tengan alcance, la suma de $88,950.00 en este caso, que ha sido debiinterés inscrito con posterioridad de principal, más intereses al damente registrada y archivada a la inscripción del gravamen 6.875% anual desde el día 1ro. en autos donde podrá usted que se está ejecutando, y para de mayo de 2010, más la suma enterarse detalladamente de conocimiento de todos los licitade $8,895.00, por concepto de los términos de la misma. Esta dores y el público en general, el honorarios de abogado y costas notificación se publicará una presente Edicto se publicará por autorizadas por el Tribunal, más sola vez en un periódico de cirespacio de dos (2) semanas conlas cantidades que se adeudan culación general en la Isla de secutivas, con un intervalo de por mensualmente desde la fecha Puerto Rico, dentro de los 10 lo menos siete días entre ambas antes mencionada, por concepto días siguientes a su notificapublicaciones, en un diario de cirde seguro hipotecario, cargos por ción. Y, siendo o representado culación general en el Estado Lidemora, más cualesquiera otros usted una parte en el procedibre Asociado de Puerto Rico y se adelantos que se hagan en virtud miento sujeta a los términos de fijará además en tres (3) lugares de la escritura de hipoteca, todo la Sentencia, Sentencia Parcial públicos del Municipio en que ha ello, según surge de la SENTENo Resolución, de la cual puede de celebrarse dicha venta, tales CIA dictada en este caso el 9 de establecerse recurso de revisión como la Alcaldía, el Tribunal y la noviembre de 2011. La venta de o apelación dentro del término Colecturía. Se le advierte, a tola referida propiedad se verificará de 30 días contados a partir de dos los interesados que todos los libre de toda carga o gravamen la publicación por edicto de esta documentos relacionados con que afecte la mencionada finca, notificación, dirijo a usted esta la presente acción de ejecución excepto el (los) gravamen (es) notificación que se considerará de hipoteca, así como de la suaquí antes mencionado (s), a hecha en la fecha de la ultima basta, estarán disponibles para cuyo efecto se notifica y se hace publicación de este edicto. Coser examinados en la Secretaría saber la fecha, hora y sitio de la pia de esta notificación ha sido del Tribunal durante las horas PRIMERA, SEGUNDA y TERCEarchivada en los autos de este laborales. EXPIDO, el presente RA subasta, si esto fuera necesacaso, con fecha de 20 de enero EDICTO, en Aguadilla, Puerto rio, a los efectos de que cualquier de 2015. En BAYAMON, Puerto Rico, hoy día 18 e noviembre de persona o personas con algún Rico, el 20 de enero de 2015. 2014. Carlos Rivera Lopez, Alinterés puedan comparecer a la Ruth Aponte Cotto, Secretaria guacil División de Subastas Tricelebración de dicha subasta. Regional II. Gloria E. Mejias bunal de Primera Instancia Sala La adjudicación se hará al mejor Aguayo, Sec. Serv. Sala. Superior de Aguadilla. postor, quien deberá consignar el importe de su oferta en el acto LEGAL NOTICE LEGAL NOTICE mismo de la adjudicación, en ESTADO LIBRE ASOCIADO DE efectivo (moneda del curso legal Estado Libre Asociado de PuerPUERTO RICO TRIBUNAL DE de los Estados Unidos de Amé- to Rico, TRIBUNAL DE PRIMEPRIMERA INSTANCIA CENTRO rica), giro postal o cheque certi- RA INSTANCIA, Sala Superior The San Juan Daily Star de BAYAMON. URBAN FINANCIAL OF AMERICA, LLC. Friday, January 23, 2015 TRM, LLC DEMANDANTE VS. CARLOS JOSE DE SANTIS FRANCISCO MARGARITA ALVARADO Y SU ESPOSA MARIA RODRIGUEZ T/C/C IVETTE PAGAN REYES MARGARITA ALVARADO POR SI Y COMO DE RENTAS T/C/C REPRESENTANTES Y MARGARITA ALVARADO; COADMINISTRADORES Y A LOS ESTADOS DE LA SOCIEDAD LEGAL UNIDOS DE AMERICA DE GANANCIALES Demandado COMPUESTA POR Civil Num: DCD2014-1810 AMBOS (503). Sobre: EJECUCiÓN DE Demandante V. DEMANDADOS HIPOTECA. NOTIFICACION DE SENTENCIA POR EDICTO. CIVIL NUM.: KCD2007-0674 (508) SOBRE: COBRO DE DIA: MARGARITA NERO Y EJECUCION DE HIALVARADO RODRIGUEZ POTECA (Vía Ordinaria) EDICT/C/C MARGARITA TO DE SUBASTA. El Alguacil ALVARADO DE RENTAS que suscribe por la presente CERTIFICA, ANUNCIA y hace T/C/C MARGARITA CONSTAR: Que en cumplimienAlVARADO, DIRECCION to de un Mandamiento de EjecuFISICA: Urb Royal Palms, ción de Sentencia que le ha sido dirigido al Alguacil que suscribe Calle Acacia 1A-47, por la Secretaría del TRIBUNAL Bayamón PR 00956; PRIMERA INSTANCIA CENlevittown 6ta Sección, DE TRO JUDICIAL DE SAN JUAN, Calle Antonio Blanco FM- SALA SUPERIOR, en el caso de 40, Toa Baja PR ‘00949; epígrafe procederá a vender en ESTADOS UNIDOS DE pública subasta al mejor postor AMERICA, por conducto en efectivo, cheque certificado en moneda legal de los Estados del U.S. Attorney Office, Unidos de América el día 19 de District of Puerto Rico febrero de 2015 a las 11:00 de FISICA y POSTAL: Torre la maсana en su oficina sita en Chardón, Suite 1201, 350 el local que ocupa en el edificio TRIBUNAL DE PRIMERA Ave. Carlos Chardón, San del INSTANCIA CENTRO JUDIJuan PR 00918. CIAL DE SAN JUAN SALA (Nombre de las partes a las que se SUPERIOR, todo derecho, títule notifican la sentencia por edicto) lo e interés que tenga la parte EL SECRETARIO que suscridemandada de epígrafe en el be le notifica a usted que 7 de inmueble de su propiedad que enero de 2015, este Tribunal ha ubica en Urb. Hyde Park, 204 dictado Sentencia, Sentencia Calle Flamboyбn, San Juan, Parcial o Resolución en este P.R 00927 y que se descricaso, que ha sido debidamente be a continuación: URBANA: registrada y archivada en autos Solar marcado con el nъmero donde podrá usted enterarse 144 en el plano de solares de detalladamente de los términos la Urbanizaciуn Hyde Park, de de la misma. Esta notificación Rнo Piedras, Puerto Rico, con se publicará una sola vez en un una cabida de 450.00 metros periódico de circulación general cuadrados. Rn lindes por el en la Isla de Puerto Rico, dentro NORTE, en 15.00 metros con de los 10 días siguientes a su la calle nъmero 4; por el SUR, notificación. Y, siendo o repreen 15.00 metros, con la Hyde sentado usted una parte en el Park Corporation; por el ESTE, procedimiento sujeta a los térmien 30.00 metros con el solar de nos de la Sentencia, Sentencia Emerito Landrau; y por el OESParcial o Resolución, de la cual TE en 30.00 metros con el solar puede establecerse recurso de Juan Valldejuli Rodrнguez. de revisión o apelación dentro Enclava una casa de concredel término de 30 días contato reforzado de 1 planta con dos a partir de la publicación sуtano, consta de balcуn, salapor edicto de esta notificación, comedor, cocina, 3 dormitorios, dirijo a usted esta notificación baсo y terraza. La propiedad que se considerará hecha en la antes relacionada consta insfecha de la ultima publicación crita en el Folio 167 del Tomo de este edicto. Copia de esta 235 de Río Piedras Norte, finca notificación ha sido archivada número 7,850, en el Registro en los autos de este caso, con de la Propiedad de San Juan, fecha de 14 de enero de 2015. Sección Segunda. El tipo míEn Bayamón, Puerto Rico, el 14 nimo para la primera subasta de enero de 2015. Ruth Aponte del inmueble antes relacionado, Cotto, Secretaria Regional. Leserá el dispuesto en la Escritura nitzia Aponte Torres, Secretaria de Hipoteca, es decir la suma Auxiliar. de $208,000.00. Si no hubiere remate ni adjudicación en la LEGAL NOTICE primera subasta del inmueble ESTADO LIBRE ASOCIADO mencionado, se celebrará una DE PUERTO RICO TRIBUNAL segunda subasta en las oficiDE PRIMERA INSTANCIA CEN- nas del Alguacil que suscribe el TRO JUDICIAL DE SAN JUAN día 26 de febrero de 2015 a las 11:00 de la maсana. En la seSALA SUPERIOR. gunda subasta que se celebre servirá de tipo mínimo las dos terceras partes (2/3) del precio pactado en la primera subasta, o sea la suma de $138,666.67. Si tampoco hubiere remate ni adjudicación en la segunda subasta se celebrará una tercera subasta en las oficinas del Alguacil que suscribe el día 5 de marzo de 2015 a las 11:00 de la maсana. Para la tercera subasta servirá de tipo mínimo la mitad (1/2) del precio pactado para el caso de ejecución, o sea, la suma de $104,000.00. La hipoteca a ejecutarse en el caso de epígrafe fue constituida mediante la escritura número 96, otorgada el día 31 de marzo de 2003, ante el Notario César A. Vélez Miranda y consta inscrita en el Tomo de hoja móvil 1447 de de Río Piedras Norte, finca número 7,850, en el Registro de la Propiedad de San Juan Sección Segunda, inscripción Décimo Segunda (12da). Dicha subasta se llevará a cabo para con su producto satisfacer al Demandante total o parcialmente según sea el caso el importe de la Sentencia que ha obtenido ascendente a la suma principal de $199,058.93 de principal, más intereses sobre dicha suma al tipo convenido de 6-7/8% porciento anual, la suma de $614.88 por concepto de cargos por demora, más costas y gastos y la cantidad líquida y estipulada de $20,800.00 para las costas, gastos y honorarios de abogado así como cualesquiera otras sumas que aparezcan de la faz del contrato y/o que correspondan a intereses y cargos por demora posterior a esa fecha y hasta la fecha en que se pague la deuda en su totalidad. Que los autos y todos los documentos correspondientes al Procedimiento incoado estarán de manifiesto en la SECRETARIA DEL TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE SAN JUAN, SALA SUPERIOR durante las horas laborables. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titulación del inmueble y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere, al crédito del ejecutante continuarán subsistentes entendiéndose que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio de remate. La propiedad no está sujeta a gravámenes anteriores y/o preferentes según surge de las constancias del Registro de la Propiedad en un estudio de título efectuado a la finca antes descrita. Por la presente se notifica a los acreedores que tengan inscritos o anotados sus derechos sobre los bienes hipotecados con posterioridad a la inscripción del crédito del ejecutante o acreedores de cargos o derechos reales que los hubiesen pospuesto a la hipoteca del actor y a los dueños, poseedores, tenedores de o interesados en títulos transmisibles por en- doso o al portador garantizados hipotecariamente con posterioridad al crédito del actor que se celebrarán las subastas en las fechas, horas y sitios señalados para que puedan concurrir a la subasta si les conviniere o se les invita a satisfacer antes del remate el importe del crédito, de sus intereses, otros cargos y las costas y honorarios de abogado asegurados quedando subrogados en los derechos del acreedor ejecutante. Y para conocimiento de licitadores del público en general se publicará este Edicto de acuerdo con la ley por espacio de dos semanas en tres sitios públicos del municipio en que ha de celebrarse la venta, tales como la alcaldía, el Tribunal y la colecturía. Este Edicto será publicado mediante edictos dos veces en un diario de circulación general en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico, por espacio de dos semanas consecutivas. Expido el presente Edicto de subasta bajo mi firma y sello de este Tribunal en San Juan, Puerto Rico, hoy día 22 de enero de 2015. Diana I. Navarro Cruz, Alguacil De Subastas Tribunal De Primera Instancia Centro Judicial De San Juan Sala Superior. LEGAL NOTICE Estado Libre Asociado de Puerto Rico, TRIBUNAL GENERAL DE JUSTICIA, Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de BAYAMON. BANCO POPULAR DE PUERTO RICO Demandante V. MANNIX MANUEL CONCEPCION RIVERA, ANGEL M CONCEPCION FIGUEROA Demandado(a) Caso Civil Num: DCD2014-1859 (702) Sobre: COBRO DE DINERO Y EJECUCION DE HIPOTECA POR LA VIA ORDINARIA. NOTIFICACION DE SENTENCIA POR EDICTO. A: MANNIX MANUEL CONCEPCION RIVERA, URB LEVITTOWN, 3198 CALLE CENTURION, TOA BAJA PR 00949; ANGEL M CONCEPCION FIGUEROA, URB LEVITTOWN, F-3198 CALLE CENTURION, TOA BAJA PR 00949; COMUNIDAD VILLA MARISOL, #1020 CALLE LAS FLORES, SABANA SECA, TOA BAJAPR 00952 Y PO BOX 481, SABANA SECA PR 00952. EL SECRETARIO (A) que suscribe le notifica a usted que 12 de enero de 2015, este Tribunal ha dictado Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución en este caso, que ha sido debidamente registrada y archivada en autos donde podrá usted enterarse detalladamente de los términos de la misma. Esta notificación se publicará una sola vez en un periódico de circulación general en la Isla de Puerto Rico, dentro de los 10 días siguientes a su notificación. Y, siendo o representado usted una parte en el procedimiento sujeta a los términos de la Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución, de la cual puede establecerse recurso de revisión o apelación dentro del término de 30 días contados a partir de la publicación por edicto de esta notificación, dirijo a usted esta notificación que se considerará hecha en la fecha de la ultima publicación de este edicto. Copia de esta notificación ha sido archivada en los autos de este caso, con fecha de 20 de enero de 2015. En BAYAMON, Puerto Rico, el 20 de enero de 2015. Ruth Aponte Cotto, Secretaria Regional. Lenitzia Aponte Torres, Secretaria Auxiliar. LEGAL NOTICE Estado Libre Asociado de Puerto Rico, TRIBUNAL GENERAL DE JUSTICIA, Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de BAYAMON. BANCO POPULAR DE PUERTO RICO, INC Demandante V. NATIVIDAD FERNANDEZ RIVERA Y YERMIL SANCHEZ SANTOS Demandado(a) Civil: DCD2014-2472 Sala: 703 Sobre: COBRO DE DINERO Y EJECUCION DE HIPOTECA NOTIFICACION DE SENTENCIA POR EDICTO. A: NATIVIDAD FERNANDEZ RIVERA Y YERMIL SANCHEZ SANTOS (Nombre de las partes a las que se le notifican la sentencia por edicto) EL SECRETARIO (A) que suscribe le notifica a usted que 7 de enero de 2015, este Tribunal ha dictado Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución en este caso, que ha sido debidamente registrada y archivada en autos donde podrá usted enterarse detalladamente de los términos de la misma. Esta notificación se publicará una sola vez en un periódico de circulación general en la Isla de Puerto Rico, dentro de los 10 días siguientes a su notificación. Y, siendo o representado usted una parte en el procedimiento sujeta a los términos de la Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución, de la cual puede establecerse recurso de revisión o apelación dentro del término de 30 días contados a partir de la publicación por edicto de esta notificación, dirijo a usted esta notificación que se considerará hecha en la fecha de la ultima publicación de este edicto. Copia de esta notificación ha sido archivada en los autos de este caso, con fecha de 20 de enero de 2015. En BAYAMON, Puerto Rico, el 20 de enero de 2015. Ruth Aponte Cotto, Secretaria 39 Legal Notice Regional II. Danetsa Aponte Re- Serv. Sala. yes, Secretaria Auxiliar. LEGAL NOTICE LEGAL NOTICE IN THE UNITED STATES DISEstado Libre Asociado de Puer- TRICT COURT FOR THE DISto Rico, TRIBUNAL GENERAL TRICT OF PUERTO RICO. DE JUSTICIA, Tribunal de Pri- ACM PENFIELD CFL, LLC, mera Instancia, Sala Superior Plaintiff, vs. de BAYAMON. BANCO POPULAR DE PUERTO RICO Demandante V. JOSE CASTRO BELLAFLORES, JANISKA ROSADO MARTINEZ AND THE CONJUGAL PARTNERSHIP CONSTITUTED THEREIN RAMON ANTONIO VAZQUEZ TORRES, T/C/C RAMON A. Defendants. VAZQUEZ TORRES, CIVIL NO. 13-1931 (FAB) RE: T/C/C RAMON VAZQUEZ COLLECTION OF MONIES, TORRES, ALEXANDRA FORECLOSURE OF MORTGAVELAZQUEZ SANTIAGO, GE NOTICE OF SALE. TO: JOSE CASTRO Y LA SOCIEDAD LEGAL BELLAFLORES, JANISKA DE GANANCIALES ROSADO MARTINEZ COMPUESTA POR AND THE CONJUGAL AMBOS PARTNERSHIP Demandado(a) Civil: DCD2013-3353 Sala: 402 CONSTITUTED THEREIN Sobre: COBRO DE DINERO Y EJECUCION DE HIPOTECA POR LA VIA ORDINARIA NOTIFICACION DE SENTENCIA POR EDICTO. A: RAMON ANTONIO VAZQUEZ TORRES, T/C/C RAMONA. VAZQUEZ TORRES, T/C/C RAMON VAZQUEZ TORRES, Y ALEXANDRA VELAZQUEZ SANTIAGO, Y LA SOCIEDAD LEGAL DE GANANCIALES COMPUESTA POR AMBOS. DIRECCION, URB. VILLA CONTESSA, J29 TUDOR, BAYAMON, PUERTO RICO 00956. (Nombre de las partes a las que se le notifican la sentencia por edicto) EL SECRETARIO (A) que suscribe le notifica a usted que 5 de diciembre de 2014, este Tribunal ha dictado Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución en este caso, que ha sido debidamente registrada y archivada en autos donde podrá usted enterarse detalladamente de los términos de la misma. Esta notificación se publicará una sola vez en un periódico de circulación general en la Isla de Puerto Rico, dentro de los 10 días siguientes a su notificación. Y, siendo o representado usted una parte en el procedimiento sujeta a los términos de la Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución, de la cual puede establecerse recurso de revisión o apelación dentro del término de 30 días contados a partir de la publicación por edicto de esta notificación, dirijo a usted esta notificación que se considerará hecha en la fecha de la ultima publicación de este edicto. Copia de esta notificación ha sido archivada en los autos de este caso, con fecha de 20 de enero de 2015. En BAYAMON, Puerto Rico, el 20 de enero de 2015. Ruth Aponte Cotto, Secretaria Regional II. Gloria E. Mejias Aguayo, Sec. UNITED STATES OF AMERICA PRESIDENT OF THE UNITED STATES SS COMMONWEALTH OF PUERTO RICO. Judgment in favor of plaintiff for the sum of One Hundred Twenty Eight Thousand Two Hundred Ninety Four Dollars with Two Cents ($128,294.02) in principal, accrued interest of Twenty Thousand Nine Hundred Five Dollars ($20,905.00) as of July 9, 2014, which continue to accrue at the rate of 6.95% per annum until full payment of the debt, late charges of $3,443.37, escrow deficiency of $344.59 and any other disbursements made by plaintiff on behalf of defendants in accordance with the mortgage deed, plus costs, and $14,0250.00 in attorney fees; Pursuant to the said judgment, the undersigned Special Master was ordered to sell at public auction for United States currency in cash or certified check without appraisement or right of redemption to the highest bidder and at the office of the Clerk of the United States District Court for the District of Puerto Rico, Federico Degetau Federal Building, Chardón Street, Hato Rey, San Juan, Puerto Rico or any other place designated by said Clerk, to cover the sums adjudged to be paid to the plaintiff, the following property: URBANA: Parcela de terreno identificada como lote B guion dos (B-2) localizado en la calle Margarita de la urbanización San Rafael Estates, barrio Hato Tejas, municipio de Bayamón, Puerto Rico, con el solar en cuestión tiene una cabida superficial de cuatrocientos veinte (420.00) metros cuadrados. Colindando por el NORTE, en veinticuatro (24.00) metros lineales, con el lote B guion 3 (B-3); por el SUR, en veinticuatro (24.00) metros lineales, con el lote B guion uno (B-1); por el ESTE, en diecisiete punto cincuenta (17.50) metros lineales, con el lote B guion diecisiete (B-170 y por el OESTE, en diecisiete punto cincuenta (17.50) metros lineales, con la calle Margarita. Enclava una casa. Inscrita al folio ciento sesenta y seis (166) del tomo mil setecientos treinta y cinco (1735) de Bayamón Sur, finca número setenta y dos mil quinientos treinta y seis (#72,536), Registro de la Propiedad de Puerto Rico, sección primera (1ra) de Bayamón. THEREFORE, the first public sale shall be held on the 27TH day of February 2015, at 10:45 AM and the minimum bid that will be accepted is the sum of $140,250.00. In the event said first public auction does not produce a bidder and the property is not adjudicated, a second public auction shall be held on the 6TH day of March 2015, at 10:45 AM and the minimum bid that will be accepted is the 2/3 of the minimum bid for the 1st public sale. If said second auction does not result in the adjudication and sale of the property, a third auction will be held on the 13TH day of March 2015, at 10:45 AM and the minimum bid that will be accepted is the sum of ½ of the minimum bid for the 1st public sale. Upon confirmation of the sale, an order shall be issued canceling all junior liens. For further particulars, reference is made to the judgment entered by the Court in this case, which can be examined in the Office of the Clerk of the United States District Court. AND TO THE KNOWLEDGE OF INTERESTED PARTIES and the general public and specially regarding the junior lien described hereinafter: A: Junior Liens: LIEN: It issued a Sentence on September 1, 2009, by Misael Ramos Torres, in the Court of First Instance of Bayamón, civil case #CM2009-1008, by San Rafael Estates Inc. versus José Castro Bellaflores and his wife Janiska Rosado Martínez, by the amount of $3,948.40, recorded at page 95 of volume1862 of Bayamón Sur, property number #72,536, annotation A. Restrictive conditions in favor of Puerto Rico Department Housing Housing Financing Authority, granted $16,849.60 to subsidize monthly mortgage payment resulting from the 7th inscription, pursuant to deed #577, executed in San Juan, on September 2, 2011, before Public Notary Héctor Luis Torres Dávila, for a term of five years, recorded at page 95 of volume 1862 of Bayamón Sur, property number #72,536, 9th, inscription. At entry 1135 of daily book 1312, presented on March 18, 2007, order was presented in the Court of First Instance of Bayamón, civil case #CM20091008, for canceled lien in favor of Homeowners Association of San Rafael Estates Urbanization, by the amount $3,816.75. The document is pending to calification and dispatch. In San Juan, Puerto Rico, this 21th day of January, 2015. Aguedo de la Torre, Special Master Legal Notice LEGAL NOTICE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE ARECIBO SALA SUPERIOR. FIRSTBANK PUERTO RICO Parte Demandante VS CARLOS RAMON RODRIGUEZ PEREZ Y SU ESPOSA NITZA YOLANDA FIGUEROA SOTO Y LA SOCIEDAD LEGAL DE BIENES GANANCIALES COMPUESTA POR AMBOS Parte Demandada CIVIL NUM.: CCD2009-0898 SALON NÚM.: 401 SOBRE ACCION CIVIL DE: COBRO DE DINERO Y EJECUCION DE HIPOTECA POR LA VIA ORDINARIA AVISO DE SUBASTA. A: CARLOS RAMON RODRIGUEZ PEREZ Y SU ESPOSA NITZA YOLANDA FIGUEROA SOTO Y LA SOCIEDAD LEGAL DE BIENES GANANCIALES COMPUESTA POR AMBOS; Y AL PUBLICO EN GENERAL: El que suscribe, Alguacil del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior, Centro Judicial de Arecibo , Arecibo, Puerto Rico, hago saber a la parte demandada, y al PUBLICO EN GENERAL: Que en cumplimiento del Mandamiento de Ejecución de Sentencia expedido el día 30 de septiembre de 2014, por la Secretaria del Tribunal, procederé a vender y venderé en pública subasta y al mejor postor la propiedad que se describe a continuación: URBANA: Solar rotulado uno (1), radicado en Esquina Calle Betances y Padial del termino municipal de Manatí, Puerto Rico, con una cabida superficial de ciento veintitrés punto nueve mil ochenta y ocho (123.9088) metros cuadrados y lindes por el Norte, en trece punto trescientos ocho (13.308) metros con la calle Padial; por el Sur, en doce punto ochocientos setenta y tres (12.873) metros, con el solar numero dos (2); por el Este, en nueve punto doscientos cincuenta y ocho (9.258) metros, con solar de Carmen Angeles Rosario; y por el Oeste, en nueve punto seiscientos ochenta (9.680) metros con la Calle Betances. Enclava una casa de concreto para fines residenciales. Consta inscrita al folio 42 del tomo 85 de Manatí, finca número 3,347, Registro de la Propiedad de Manatí. Del Registro de la Propiedad de Manati , surge que la antes mencionada propiedad aparece afecta al siguiente gravamen preferente: (a) Cooperativa de Ahorro y Crédito Nuestra Señora de la Candelaria A cuyo favor aparece un Pagaré, por la suma de $68,000.00, intereses al 7 1/2% anual y a vencer en 240 meses, 40 según consta de la escritura #24, otorgada en Manatí, el 9 de mayo de 1994, ante el Notario José J. Rosa Crespo, inscrito al folio 44 del tomo 85 de Manatí, finca #3,347, inscripción 3ra. Al asiento 157 del diario 317, el día 20 de julio de 2012, se presenta Orden y Mandamiento de fecha 5 de marzo de 2004, en el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Manatí, caso civil CAL03714, i la cancelación del pagaré extraviado, mediante la cual se ordena se cancele la hipoteca por la suma de $68,000.00. Pendiente de calificación y despacho. El producto de la subasta se destinará a satisfacer al demandante hasta donde alcance, la SENTENCIA dictada a su favor, el día 9 de abril de 2010, en el presente caso civil, a saber la suma de $169,993.02 de principal, más intereses al 3.676% anual desde el día 1ro. de mayo de 2009, más la suma de $19,400.00, por concepto de honorarios de abogado y costas autorizadas por el Tribunal, más las cantidades que se adeudan mensualmente a partir del día 1ro. de junio de 2009, por concepto de seguro hipotecario, cargos por demora, más cualesquiera otros adelantos que se hagan en virtud de la escritura de hipoteca. La venta de la referida propiedad se verificará libre de toda carga o gravamen que afecte la mencionada finca, excepto el gravamen aquí antes mencionado, a cuyo efecto se notifica y se hace saber la fecha, hora y sitio de la PRIMERA, SEGUNDA y TERCERA subasta, si esto fuera necesario, a los efectos de que cualquier persona o personas con algún interés puedan comparecer a la celebración de dicha subasta. La adjudicación se hará al mejor postor, quien deberá consignar el importe de su oferta en el acto mismo de la adjudicación, en efectivo (moneda del curso legal de los Estados Unidos de América), giro postal o cheque certificado a nombre del alguacil del Tribunal. LA PRIMERA subasta se llevará a efecto el 17 DE FEBRERO DE 2015 A A LAS 1:45 DE LA TARDE, en la oficina del referido Alguacil, localizada en el Centro Judicial de Arecibo, Arecibo, Puerto Rico. Que el precio mínimo fijado para la PRIMERA SUBASTA es de $194,000.00. Que de ser necesaria la celebración de una SEGUNDA SUBASTA, la misma se llevará a efecto el día 24 DE FEBRERO DE 2015 A A LAS 1:45 DE LA TARDE, en la oficina antes mencionada del Alguacil que suscribe. El precio mínimo para la SEGUNDA SUBASTA será de $129,333.33, equivalentes a dos terceras (2/3) partes del tipo mínimo estipulado para la PRIMERA subasta. Que de ser necesaria la celebración de una TERCERA SUBASTA la misma se llevará a efecto el día 3 DE MARZO DE 2015 A A LAS 1:45 DE LA TARDE, en la oficina antes mencionada del Alguacil que suscribe. El precio mínimo The San Juan Daily Star Friday, January 23, 2015 para la TERCERA SUBASTA será de $97,000.00, equivalentes a la mitad (1/2) del tipo mínimo estipulado para la PRIMERA subasta. Si se declarase desierta la tercera subasta se dará por terminado el procedimiento, pudiendo adjudicarsele al acreedor demandante la finca objeto de la presente acción aquí antes descrita, dentro de los diez (10) días siguientes a la celebración de la subasta desierta, si así lo estimare conveniente, por la totalidad de la Sentencia dictada a favor de dicho acreedor demandante si ésta fuere igual o menor al monto del tipo mínimo de la tercera subasta, y abonándose dicho monto a la cantidad adeudada si ésta fuere mayor. (Art. 221, Ley Hipotecaria y del Registro de la Propiedad, 30 L.P.R.A. §2721). Para conocimiento de la parte demandada y de toda aquella persona o personas que tengan interés inscrito con posterioridad a la inscripción del gravamen que se está ejecutando, y para conocimiento de todos los licitadores y el público en general, el presente Edicto se publicará por espacio de dos (2) semanas consecutivas, con un intervalo de por lo menos siete días entre ambas publicaciones, en un diario de circulación general en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico y se fijará además en tres (3) lugares públicos del Municipio en que ha de celebrarse dicha venta, tales como la Alcaldía, el Tribunal y la Colecturía. Se le advierte a todos los interesados que todos los documentos relacionados con la presente acción de ejecución de hipoteca, así como de la subasta, estarán disponibles para ser examinados en la Secretaría de este el Honorable Tribunal, durante las horas laborables. EXPIDO, el presente EDICTO, en Arecibo, Puerto Rico, hoy día 8 de enero de 2015. Luis E. Roman Carrero, Alguacil División de Subastas Tribunal de Primera Instancia Sala Superior de Arecibo. LEGAL NOTICE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA DE CAGUAS. FIRSTBANK PUERTO RICO Demandante Vs. JESUS ZAVALA MERCADO, “SU ESPOSA MIRIAM RODRIGUEZ CARRION Y LA SOCIEDAD LEGAL DE GANANCIALES COMPUESTA ENTRE AMBOS Demandados CIVIL NUM. ECD2014-1052 (402) SOBRE: EJECUCION DE HIPOTECA Y COBRO DE DINERO (VIA ORDINARIA) EMPLAZAMIENTO POR EDICTOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA EL PRESIDENTE DE LOS EE. UU. EL ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO SS. A: JESUS ZAVALA MERCADO, SU ESPOSA MIRIAM RODRIGUEZ CARRION Y LA SOCIEDAD LEGAL DE GANANCIALES COMPUESTA ENTRE AMBOS; 181 Km. 13.2 Barrio Masa de Gurabo - Gurabo, Puerto Rico 00977; Direccion Postal: PO Box 301 - Trujillo Alto, Puerto Rico 00977. Se les notifica que se ha presentado ante este Tribunal, un procedimiento de ejecucion de hipoteca bajo el numero mencionado en el epigrafe. Se alega en dicho procedi,miento que la parte Demandada incurrio en el incumplimiento del Contrato de Hipoteca, al no poder pagar las mensualidades vencidas correspondientes a los meses de marzo de 2014 hasta el presente, mas los cargos por demora correspondientes. Adernas adeuda a la parte demandante las costas, gastos y honorarios de abogado en que incurra el tenedor del pagare en este litigio. De acuerdo con dicho Contrato de Garantia Hipotecaria la parte Demandante declaro vencida la totalidad de la deuda ascendente a suma principal de $94,500.00, mas intereses a razon del 6.375% anual hasta el presente y los que se continuen acumulando hasta su total y completo pago, mas los cargos por demora que se corresponden a los plazos atrasados desde la fecha anteriormente indicada a razon de la tasa pactada de 5% de cualquier pago que este en mora por mas de quince (15) dias desde la fecha de su vencimiento, mas adelantos para el pago de seguros y contribuciones, entre otros; mas una suma equivalente a $9,319.33 por, concepto de costas, gastos y honorarios de abogado. La parte Demandante presentara para su inscripcion en el Registro de la Propiedad correspondiente, un AVISO DE PLEITO PENDIENTE (“Lis Pendens”) sobre la propiedad objeto de esta accion cuya propiedad es la siguiente: URBANA: Solar marcado con el numero cuatro (4) de la manzana “B” del plano preparado por la Autoridad sobre Hogares de Puerto Rico para la Urbanizacion Braulio Dueño Colon del Barrio Hato Abajo, del termino municipal de Bayamon, Puerto Rico, con una cabida superficial de trescientos once punto treinta y cinco (311.35) metros cuadrados. Colindando por el NORTE, en una distancia de doce punta cuatro (12.4) metros, con la Calle Siete (7) de dicha urbanizacion: por el SUR, en una distancia de doce punto cuatro (12.4) metros de otro, con terrenos propiedad de Jose Pesquera; por el ESTE, en una distancia de veinticinco punto ochenta y siete (25.87) metros, con el solar cinco (5) del bloque “B” de dicha urbanizacion; y por el OESTE, en una distancia de veinticinco punta ochenta y cinco (25.85) metros, con el solar tres (3) del bloque “B” de dicha urbanizacion. Enclava una casa de hormigon reforzado, incluyendo el techo que mide veintiun (21) pies ocho (8”) pulgadas de frente par treinta (30) pies ocho (8) pulgadas y contiene dos (2) dormitories, sala-comedor, cocina, balcon y baño. CONSTA inscrita al folio doscientos cuarenta y cinco (245) del tomo ciento treinta y nueve (139) de Bayamon Sur, finca numero siete mil noventa (7,090) del Registro de la Propiedad, Seccion I de Bayamon. POR LO ANTERIORMENTE INDICADO, se Ie emplaza y requiere que, dentro de los treinta (30) dias siguientes a la publicación de este EDICTO, notifique su Contestacion a la Demanda Enmendada a: LCDA. MARIE L. QUIÑONES TAÑON; LATIMER, BIAGGI, RACHID & GODREAU, P.O. Box 9022512, San Juan, P.R. 00902-2512, Tel. 787-724-0230; apercibiendole que, de no contestar la Demanda, radicando el original en la Corte ante el Tribunal correspondiente, con copia a la parte Demandante, se le anotara la rebeldia y se dictará Sentencia, concediendose el remedio solicitado en la Demanda, sin mas citarle ni oírle. Expedido bajo mi firma y sello del Tribunal hoy, 21 de octubre de 2014. Carmen Ana Pereira Ortiz, Secretaria Regional. Por: Emily Diaz Torres, Sub-Secretaria. LEGAL NOTICE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INST ANCIA SALA SUPERIOR DE AGUADILLA. JOSE C. CHIPI MILLARES Demandante v. DORAL MORTGAGE; JUAN DEL PUEBLO y JUANA DEL PUEBLO Y cualesquier persona desconocida con posible interes en la obligacion cuya cancelacion por decreto judicial se solicita. Demandados CIVIL NUM. ACP2014-0023 SOBRE: CANCELACION DE PAGARE EXTRAVIADO EMPLAZAMIENTO POR EDICTO ESTADS UNIDOS DE AMERICA EL PRESIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS SS EL ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. A: JUAN DEL PUEBLO Y JUANA DEL PUEBLO COMO POSIBLES TENEDORES Y CUALESQUIER PERSONA DESCONOCIDA CON POSIBLE INTERES EN LA OBLIGACION CUYA CANCELACION POR DECRETO JUDICIAL SE SOLICITA. Por la presente se Ie notifica que ha sido presentada en este Tribunal una Demanda en su contra en el pleito de epigrafe. En este casu la parte demandante ha radicado una Demanda para que se decrete judicialmente el saldo de un (1) pagan: hipotecario a favor de Sana Investment Mortgage Bankers Inc., por la suma de $110,000.00. Dicho pagare fue suscrito el dia 2 de octubre de 1998, ante el notario Angel L. Rolan Prado, garantizado por hipoteca constituida mediante la Escritura numero 1037, sobre la siguiente propiedad: URBANA: Solar radicado en la Calle Jose Celso Barbosa, esquina a la calle Emilio Gonzalez del termino municipal de Isabela, compuesta de 149.00 metros cuadrados, o sea 14.50 metros al OESTE, con la calle Emilio Gonzalez; 11.50 metros al NORTE, con Manuel Gutierrez; 13.30 metros al ESTE, con Salome Rios; y 10.00 metros al SUR, con la calle Jose Celso Barbosa. Enclava una casa de hormigon con techo de zinc de 2 plantas que mide 20 pies 9 pulgadas, o sea 6.03 metros de frente, 26 pies o sea 7.09 metros de fondo; 32 pies o sea 9.75 metros a la izquierda y 36 pies o sea 10.97 metros a la derecha, los altos dedicados a vivienda y los bajos a comercio. Finca #5458A, inscrita al folio 01 del tomo 126 de Isabela, Registro de la Propiedad de Aguadilla. La parte demandante alega que dicho pagare ha sido saldado segun mas detalladamente consta en la Demanda radicada que puede examinarse en la Secretaria de este Tribunal. Por tratarse de una obligacion hipotecaria y pudiendo usted tener interes en este caso o quedar afectado por el remedio solicitado, se Ie emplaza por este edicto que se publicara una vez en un periodico de circulacion diaria general de Puerto Rico y se Ie requiere para que radique en este Tribunal su contestacion y notifique con copia de ella al abogado de la parte demandante el Lcdo. Ignacio Garcia Franco, PO Box 361844 San Juan, PR 00936-1844; Tel. (787) 4783379, dentro de los treinta (30) dias siguientes a la publicacion de este Edicto, apercibiendole que de no hacerlo asi dentro del termino indicado, el Tribunal podra anotar su rebeldia y dictar sentencia concediendo el remedio solicitado en la Demanda sin mas citarle ni oirle. EXPEDIDO bajo mi firma y sello de este Tribunal, en Aguadilla, Puerto Rico, hoy dia 9 de enero de 2015. Rosa B. Sanchez Acevedo, Secretaria Regional. LEGAL NOTICE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE SAN LORENZO SALA SUPERIOR. ORIENTAL BANK Auxiliar. Demandante vs. LUCAS ALBERTO GORDILS MOLINA T/C/C LUCAS A. GORDILS MOLINA, LESLIE JOAN MONTALVO ORTIZ T/C/C LESLIE J. MONTALVO ORTIZ Y LA SOCIEDAD LEGAL DE GANANCIALES COMPUESTA POR AMBOS Demandados CIVIL NUM. E2CI20140638 SOBRE: COBRO DE DINERO Y EJECUCION DE HIPOTECA POR LA VIA ORDINARIA EMPLAZAMIENTO POR EDICTO ESTADOS UNIDOS DE AMERICA EL PRESIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS SS EL ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. A. LUCAS ALBERTO GORDILS MOLINA T/C/C LUCAS A. GORDILS MOLINA, LESLIE JOAN MONTALVO ORTIZ T/C/C LESLIE J. MONTALVO ORTIZ Y LA SOCIEDAD LEGAL DE GANANCIALES COMPUESTA POR CADA UNO DE SUS MIEMBROS COMO COADMINISTRADORES LIRIOS CALA II CALLE SAN LUCAS BLOQUE V 472 JUNCOS, PR 00777. 21202 CALLE RANCHO VEGA I CAYEY, PR 00736. POR LA PRESENTE se les emplaza y requiere para que contesten la demanda dentro de los treinta (30) dias siguientes a la publicacion de este Edicto, radique el original de su contestacion ante el Tribunal correspondiente y notifique con copia a los abogados de la parte demandante, Lcda. Edda Ivette Rodriguez al PO Box 191017, San Juan PR 00919-1017; Telefono 754-1313. En dicha demanda se tramita una accion de Ejecucion de Hipoteca por la Via Ordinaria donde se Ie reclama la suma principal de $154,240.02 intereses vencidos que al 1 de mayo de 2014, ascienden a $2,633.42 y los que se continuen acumulando al tipo pactado hasta el pago total y completo de la obligacion, la suma de $176.44 por concepto de cargos por demora, mas la suma de $16,350.00 por concepto de costas, gastos y honorarios de abogado, segun pactados. SE LES APERCIBE que de no hacerlo asi, se le anotara la rebeldia y se dictara sentencia en la cual se concedera el remedio solicitado contra usted en la Demanda, sin mas citarle ni oirle . EXTENDIDO bajo mi firma y el sello del Tribunal en Puerto Rico, a 12 de enero de 2015. Irma I. Arroyo Gonzalez, Secretaria. Por: Mignorys Cuadrado Lopez, Secretaria LEGAL NOTICE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRiMERA INSTANCIA SALA SUPERIOR DE PONCE. BANCO POPULAR DE PUERTO RICO Demandante v. TOMAS SERRANO GONZALEZ, FULANA DE TAL Y LA SOCIEDAD LEGAL DE GANANCIALES COMPUESTA POR AMBOS; Demandado. CIVIL NUM. JCD2014-0933 (604) SOBRE: COBRO DE DINERO POR LA VIA ORDINARIA EMPLAZAMIENTO POR EDICTO ESTADOS UNIDOS DE AMERICA EL PRESIDENTE DE LOS EE.UU. DE AMERICA EL ESTADO LlBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. A: TOMAS SERRANO GONZALEZ, FULANA DE TAL Y LA SOCIEDAD LEGAL DE GANANCIALES COMPUESTA POR AMBOS; Queden emplazados y notificados que en este Tribunal se ha radicado Demanda sobre cobro de dinero por la via ordinaria en la que se alega que los codemandados TOMAS SERRANO GONZALEZ, Fulana de Tal y la Sociedad Legal de Gananciales par enos compuesta le adeudan al Banco Popular del prestamo #2755505-9002 Ia suma principal de $87,751.65, mas intereses acumulados (al dia 6 de febrero de 2014) ascendentes a $110,822.39, mas aquellos intereses que se continuen acumulado desde el dia 6 de febrero de 2014, a razon de $24.37 diarios, mas los gastos de honorarios de abogados y costas del presente litigio. EI abogado de Ia parte demandante es el Lcdo. Alejandro Bellver Espinosa, cuya direccion fisica y postal es: Condo El Centro I, Suite 801, 500 Muñoz Rivera Ave., San Juan, Puerto Rico 00918; cuyo numero de telefono es (787) 946-5268, el facsimile (787)9460062 y su correo electronico es: [email protected]. Se les advierte que este edicto se publicara en un periodico de circulacion general una sola vez y que si no comparecen a contestar dicha Demanda radicando el original de la misma en el Tribunal, con copia al abogado de la parte demandante dentro del termino de treinta (30) dias a partir de la publicacion del Edicto, se Ie anotara la rebeldia y se dictara Sentencia concediendo el remedio asi solicitado sin mas citarles ni oirles. Expedido baio mi firma y sello de este Tribunal, en Ponce, Puerto Rico, hoy dia 13 de enero de 2015. Luz Mayra Caraballo, Secretaria.
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