Official Registry of Legal Notices

Friday, January 23, 2015
35
Official Registry of Legal Notices
LEGAL NOTICE
IN THE UNITED STATES DISTRICT COURT FOR THE DISTRICT OF PUERTO RICO.
CitiMortgage, Inc.,
Plaintiff v.
Alfonso Juan GómezRoubert a/k/a Alfonso
J. Gómez, Lourdes de
los Angeles TorresEchevarría and the
conjugal partnership
constituted among them,
Defendants
CIVIL NO. 11-1707 (FAB) NOTICE OF SALE.
TO: Alfonso Juan
Gómez-Roubert a/k/a
Alfonso J. Gómez,
Lourdes de los Angeles
Torres-Echevarría and
the conjugal partnership
constituted among them,
any other party with
interest over the property
mentioned below, and
GENERAL PUBLIC
WHEREAS: Judgment was
entered on the 21st of August,
2012 [docket 20] in favor of
Plaintiff to recover from Defendants the sum of $205,793.92 of
principal of the mortgage note,
plus interest at the rate of 7.25%
per annum, which as of April
19th, 2012, amounts to the sum
of $53,023.05 plus interest at the
same annual rate due from the
date of this judgement until complete and full payment of principal, plus costs, charges, disbursements and attorneys’ fees
in the amount of $21,040.00,
plus all expenses and advances made by the plaintiff. The
records of the case and of these proceedings may be examined by interested parties at the
Office of the Clerk of the United
States District Court, Federal
Building, Chardon Avenue Hato
Rey, Puerto Rico. WHEREAS:
Pursuant to the terms of the
aforementioned Judgment, the
Order of Execution, and Writ
thereof, the following property
belonging to the defendants
will be sold at public auction:
URBANA: Solar marcado con
el nъmero 13 del Bloque “C”
en el plano de la Urbanizaciуn
Jardines de Ponce, del barrio
Machuelo del tйrmino municipal
de Ponce, Puerto Rico, con un
бrea superficial de 530.2774
metros cuadrados, colinda por
el NORTE, en 26.41 metros,
con la Calle B; por el NOROESTE, en 5.42 metros, en arco con
las calles A y B; por el SUR, en
29.83 metros, con el solar C-12;
por el ESTE, en 17.90 metros,
con el solar C-14; y por el OESTE, en 14.41 metros, con servidumbre de paso de 5’ de ancho
a lo largo de su lado Este para
el sistema telefуnico. Sobre
este solar se ha construida una
casa de concreto de hormigуn y
bloques. Inscrita al folio 49 del
tomo 1219 de Ponce, Registro
de la Propiedad de Puerto Rico,
Secciуn Primera de Ponce, Finca 33,748. Plaintiff’s mortgage
for the amount of $210,400.00
was recorded at the Ponce
Property Registry, Page 46 of
Volume 1904, property number
33,748, 13rd inscription. WHEREAS: This property is subject to
the following liens: Senior Liens:
None Junior Liens: None Other
Liens: “Anotaciуn de Embargo:
Seguido en el Tribunal e Distrito
de Puerto Rico, Sala de Ponce,
en el Caso Civil número TD-90991, por concepto de Cobro de
Dinero y Ejecución de Hipoteca,
por Capitales Inc., Vs. Alfonso J.
Gómez Roubert, Lourdes Torres
Echevarría, por si y la Sociedad
Legal de Bienes Gananciales
compuesta por ambos, por la
suma de $4,675.50 de principal,
más intereses, etc., por Orden
dada el 8 de mayo de 1991 y
anotado al folio 170 del tomo
1,468 de Ponce, finca número
33,748. Anotación “A” el 3 de
junio de 1991. Anotaciуn de Embargo: Seguido en el Tribunal
Superior de Puerto Rico, Sala de
Ponce, en el Caso Civil número
CS-91-1 937, por concepto de
Cobro de Dinero y Ejecución de
Hipoteca, por Capitales Inc., Vs.
Alfonso J. Gómez Roubert, Lourdes Torres Echevarria, por si
y la Sociedad Legal de Bienes
Gananciales compuesta por ambos, por la suma de $10,087.84
de principal, más intereses, etc.,
por Orden dada el 28 de mayo
de 1992; anotado al folio 171 del
tomo 1,468 de Ponce, finca número 33,748. Anotación “C’, el
18 de junio de 1992. Prorrogada
la Anotaciуn A de Embargos, por
un término adicional de 4 años,
mediante Orden expedida el 12
de marzo de 2006 e inscrita al
margen del folio 171 del tomo
1,468 de Ponce, finca número
33,748. EMBARGOS FEDERALES Contra Alfonso J. Gómez
Roubert (Seguro Social número xxxxx-6490), para responder por la suma de $5,964.22;
Notificación #326755106 con
fecha de 22 de noviembre de
2006. Asiento 3 del folio 113
del tomo 6 del Registro de Gravámenes Federales de Ponce
I. Contra Alfonso J. Gomez
Roubert (Seguro Social número
xxxxx-6490), para responder la
suma de $8,547.11; Notificacion
#428403108 con fecha de 18 de
marzo de 2008. Asiento 3 del
folio 230 del tomo 6 del Registro de Gravámenes Federales
de Ponce I. Contra Alfonso J.
Gomez Roubert (Seguro Social
número xxxxx-6490), para responder la suma de $7,757.06;
Notificacion #79827521 con
fecha 5 de agosto de 2011.
Asiento 5 del folio 170 del tomo
8 del Registro de Gravámenes
Federales de Ponce I.” Potential bidders are advised to verify
the extent of preferential liens
with the holders thereof. It shall
be understood that each bidder
accepts as sufficient the title
and that prior and preferential
liens to the one being foreclosed
upon, including but not limited to
any property tax, liens, (express,
tacit, implied or legal) shall continue in effect it being understood
further that the successful bidder
accepts them and is subrogated
in the responsibility for the same
and that the bid price shall not
be applied toward their cancellation. WHEREAS: For the
purpose of the first judicial sale,
the minimum bid agreed upon
by the parties in the mortgage
deed will be $210,400.00 for the
first mortgage and no lower offer
will be accepted. Should the first
judicial sale of the above described property be unsuccessful,
then the minimum bid for the
property on the second judicial
sale will be $140,266.66, which
is twothirds of the amount of the
minimum bid for the first judicial
sale. The minimum bid for a
third judicial sale, if the same is
necessary, will be $105,200.00,
which is one-half of the minimum bid agreed upon the
parties in the aforementioned
mortgage deed. WHEREAS:
Said sale to be made by the
Special Master subject to confirmation by the United States
District Court for the District of
Puerto Rico and the deed of
conveyance and possession to
the property will be executed
and delivered only after such
confirmation. NOW THEREFORE, public notice is hereby
given that the Special Master,
pursuant to the provisions of the
Judgment hereinbefore referred
to will, on the 4th day of March,
2015 at 10:30 a.m. of said day,
in the Office of the Clerk, Room
150, Federal Office Bldg., 150
Carlos Chardon Avenue, Hato
Rey Puerto Rico, in accordance with the Judgement and the
Order and the Writ of Execution,
will sell at public auction to the
highest bidder, the property
described herein, the proceeds
of said sale to be applied in the
manner and form provided by
the said judgment. Should the
first judicial sale set hereinabove be unsuccessful, the second
judicial sale of the property described in this Notice will be held
on the 11th day of March, 2015
at 10:30 a.m. of said day, in the
Office of the Clerk of this Court
located at the address indicated
above. Should the second judicial sale set hereinabove be unsuccessful, the third judicial sale
of the property described in this
Notice will be held on the 18th
day of March, 2015 at 10:30
a.m. of said day, in the Office of
the Clerk of this Court located
at the address indicated above.
Should there be no award or adjudication at the third public sale,
the property may be awarded to
the creditor for the entire amount
of the debt if this is equal to or
less than the amount of the minimum bid of the third auction, or if
it is larger, crediting this amount
to the amount owed. The Special Master shall not accept in
payment of the property to be
sold anything but United States
currency or certified checks in
his name, except in case the
property is sold and adjudicated
to the plaintiff, in which case the
amount of the bid made by said
plaintiff shall be credited and
deducted from its credit; said
plaintiff being bound to pay in
cash or certified check only any
excess of its bid over the secured indebtedness when remaining unsatisfied. In San Juan,
Puerto Rico, this 16th day of
December, 2014. By: Pedro A.
Vйlez-Baerga, Special Master
[email protected]
787-672-8269.
LEGAL NOTICE
ESTADO LIBRE ASOCIADO
DE PUERTO RICO TRIBUNAL
DE PRIMERA INSTANCIA SALA
SUPERIOR DE CAROLINA EN
RIO GRANDE.
SCOTIABANK DE
PUERTO RICO
Demandante vs.
JUAN HUMBERTO
ROSAS ROSSY y su
esposa SYLVIA AVILES
QUINTERO y la Ordinaria)
Sociedad Legal de Bienes
Gananciales compuesta
por ambos
Demandados
CIVIL NUM. FCCI201300207
(0004) SOBRE: COBRO DE
DINERO (Ejecución de Hipoteca por la Vía EDICTO DE SUBASTA
Al: Público en General
A: JUAN HUMBERTO
ROSAS ROSSY y
su esposa SYLVIA
AVILES QUINTERO, y la
Sociedad Legal de Bienes
Gananciales compuesta
por ambos
Yo, RAUL RIVERA RUIZ, Alguacil de este Tribunal, a la parte
demandada y a los acreedores
y personas con interés sobre la
propiedad que más adelante se
describe, y al público en general, HAGO SABER: Que el día
6 de febrero de 2015, a las 9:30
de la mañana en mi oficina, sita
en el Tribunal de Primera Instan-
cia, Sala Superior de Carolina,
Carolina, Puerto Rico, venderé
en Pública Subasta la propiedad
inmueble que más adelante se
describe y cuya venta en pública subasta se ordenó por la vía
ordinaria al mejor postor quien
hará el pago en dinero en efectivo, giro postal o cheque certificado a nombre del o la Alguacil
del Tribunal de Primera Instancia. Los autos y todos los documentos correspondientes al
procedimiento incoado, estarán
de manifiesto en la Secretaría
durante horas laborables. Que
en caso de no producir remate
ni adjudicación en la primera subasta a celebrarse, se celebrará
una segunda subasta para la
venta de la susodicha propiedad, el día 13 de febrero de
2015, a las 9:30 de la mañana; y
en caso de no producir remate ni
adjudicación, se celebrará una
tercera subasta el día 20 de febrero de 2015, a las 9:30 de la
mañana en mi oficina sita en el
lugar antes indicado. La propiedad a venderse en pública subasta se describe como sigue:
URBANA: Propiedad Horizontal:
Apartamento identificado con el
número F guión Ciento Dos
(F-102), el cual está localizado
en el primer piso del Edificio “F”
del Condominio Villas del Mar
“Beach Resort”, ubicado en el
Sector Martillo, Barrio Medianía
Alta, Carretera número Ciento
Ochenta y Siete (187), kilómetro Siete punto Cero (7.0),
Loíza, Puerto Rico. Tiene una
cabida superficial total de MIL
DOSCIENTOS OCHO PUNTO
CUATROCIENTOS CINCUENTA Y SIETE (1,208.457) PIES
CUADRADOS, equivalentes a
CIENTO DOCE PUNTO DOSCIENTOS SESENTA Y NUEVE
(112.269) METROS CUADRADOS. En lindes por el NORTE,
en distancia de treinta y tres pies
nueve pulgadas (33’ 9”), con el
apartamento número F guión
Ciento Tres (F-103); por el SUR,
en distancia de treinta y cinco
pies diez pulgadas (35’ 10”), con
el apartamento número F guión
Ciento Uno (F-101); por el ESTE,
en distancia de treinta y un pies
tres y media pulgadas (31’ 3
½”), con el área común; y por el
OESTE, en distancia de treinta
y un pies tres y media pulgadas
(31’ 3 ½”), con el área de patio.
Su puerta principal de acceso
se encuentra en su lado Norte,
la cual comunica con el pasillo
interior de su piso. Contiene tres
dormitorios, dos baños, sala,
comedor, cocina, dos balcones,
lavandero, depósito deportivo y
calentador de agua. La escritura
de hipoteca se encuentra inscrita al folio 219 del tomo 233 de
Loíza, Registro de la Propiedad
de Carolina, Sección Tercera,
finca número 11,067, inscripción
cuarta. La dirección física de
FOR MORE INFORMATION PLEASE CALL (787) 743-3346
la propiedad antes descrita es:
Condominio Villas del Mar “Beach Resort”, Apartamento F-102,
Loíza,Puerto Rico. La Subasta
se llevará a efecto para satisfacer a la parte demandante la
suma de $204,000.00 del principal, intereses al 6 7/8% anual,
desde el día 1ro. de octubre de
2011, hasta su completo pago,
más la cantidad de $20,400.00
estipulada para costas, gastos
y honorarios de abogado, más
recargos acumulados, todas cuyas sumas están líquidas y exigibles. Que la cantidad mínima
de licitación en la primera subasta para el inmueble será de
$204,000.00 y de ser necesaria
una segunda subasta, la cantidad mínima será equivalente
a 2/3 partes de aquella, o
sea, la suma de $136,000.00 y
de ser necesaria una tercera subasta, la cantidad mínima será
la mitad del precio pactado, es
decir, la suma de $102,000.00.
La propiedad se adjudicará al
mejor postor, quien deberá satisfacer el importe de su oferta
en moneda legal y corriente de
los Estados Unidos de América
en el momento de la adjudicación y que las cargas y gravámenes preferentes, si los hubiese, continuarán subsistentes,
entendiéndose que el rematante
los acepta y queda subrogado
en la responsabilidad de los
mismos, sin destinarse a su
extinción el precio del remate.
EN TESTIMONIO DE LO CUAL,
expido el presente Edicto para
conocimiento y comparecencia
de los licitadores, bajo mi firma
y sello del Tribunal, en Carolina,
Puerto Rico, a 20 de octubre de
2014. Raul Rivera Ruiz, Alguacil
Tribunal Sala Superior De Carolina.
LEGAL NOTICE
ESTADO LIBRE ASOCIADO DE
PUERTO RICO TRIBUNAL DE
PRIMERA INSTANCIA SALA
SUPERIOR BAYAMÓN.
BANCO POPULAR DE
PUERTO RICO
PARTE DEMANDANTE VS.
IDALIA ANDUJAR MENA
Y CARMEN GLORIA
MENA ROMERO
PARTE DEMANDADA
CIVIL NÚM. DCD2013-2456
(402) SOBRE: COBRO DE
DINERO EJECUCIÓN DE HIPOTECA POR LA VÍA ORDINARIA ESTADOS UNIDOS DE
AMÉRICA EL PRESIDENTE DE
LOS ESTADOS UNIDOS SS.
EL ESTADO LIBRE ASOCIADO
DE PUERTO RICO AVISO DE
PÚBLICA SUBASTA. El Alguacil que suscribe por la presente
anuncia y hace constar que en
cumplimiento de la Sentencia en
Rebeldía dictada el 18 de marzo
de 2014; la Orden de Ejecución
de Sentencia dictada 23 de ju-
•
nio de 2014 y el Mandamiento
de Ejecución de 16 de julio de
2014 en el caso de epígrafe,
procederé a vender el día 26
DE FEBRERO DE 2015, a las
9:30 de la mañana en mi oficina,
localizada en el Tribunal de Primera Instancia, Centro Judicial
de Bayamón, Sala Superior, en
la carretera #2 KM.11.3, Esquina Esteban Padilla Bayamón,
Puerto Rico, al mejor postor en
pago de contado y en moneda
de los Estados Unidos de América todo título, derecho o interés
de la parte demandada sobre la
siguiente propiedad: RUSTICA:
Parcela marcada con el número
248 en el plano de parcelación
de la Comunidad Rural Candelaria del Barrio Candelaria del
término municipal de Toa Baja,
Puerto Rico, con una cabida
superficial de 1008.96 metros
cuadrados; en lindes por el:
NORTE:
Con la Calle número 2 de la comunidad; SUR: Con
la Parcela número 248C de la
comunidad; ESTE: Con la Parcela número 249B de la comunidad; OESTE: Con la Parcela
número 248B de la comunidad;
Enclava una casa para fines
residenciales. La propiedad
consta inscrita al Folio 15 del
Tomo 406 de Toa Baja. Finca
#23,365. Registro de la Propiedad de Bayamón, Sección II.
La escritura de hipoteca antes
descrita consta inscrita al Folio
23 del Tomo 553 (ágora) de Toa
Baja. Finca#23,365. Registro de
la Propiedad de Bayamón, Sección II, Inscripción Tercera. El
tipo mínimo para la primera subasta será de $138,902.00. De
no haber adjudicación en la primera subasta se celebrará una
segunda subasta, el día 5 DE
MARZO DE 2015, a la 1:00 de
la tarde en el mismo lugar, en la
cual el tipo mínimo será de dos
terceras partes del tipo mínimo
fijado en la primera subasta, o
sea, $92,601.33 De no haber
adjudicación en la segunda subasta, se celebrará una tercera
subasta el día 12 DE MARZO
DE 2015, a la 1:00 de la tarde
en el mismo lugar, cual el tipo
mínimo será la mitad del precio
pactado, o sea, $69,451.00. Si
se declarase desierta la tercera
subasta se dará por terminado el
procedimiento, pudiendo adjudicarse el acreedor la finca dentro
de los diez (10) días siguientes,
si así lo estimare conveniente,
por la totalidad de la cantidad
adeudada si ésta fuera igual o
menor que el monto del tipo de
la tercera subasta, y abonándose dicho monto a la cantidad
adeudada si ésta fuera mayor.
Dicho remate se llevará a cabo
para con su producto satisfacer
a la demandante el importe de
la Sentencia en Rebeldía dictada el 18 de marzo de 2014 por la
suma principal de $117,967.23,
intereses sobre dicha suma al
6% anual desde el día 1 de marzo de 2013 hasta su completo
pago, más $74.87 mensuales
por seguros contra riesgos, más
por concepto de contribuciones
territoriales, más $38.52 mensuales por concepto de recargos
por demora, más la cantidad de
$167.80 por recargos acumulados, adeudados desde el 1
de abril de 2013 hasta su total
pago y hasta la cantidad líquida
y estipulada de $13,890.20 para
costas, gastos y honorarios de
abogados, así como cualquier
otra suma que surja del contrato de préstamo hipotecario.
Para mayor información los
interesados podrán referirse al
expediente del caso que obra
en los archivos de la Secretaría
del Tribunal bajo el número de
epígrafe, durante horas laborables, y para su publicación en un
periódico de circulación general
en Puerto Rico por espacio de
dos semanas y por lo menos
una vez por semana; y para su
fijación en los sitios públicos
requeridos por ley; EXPIDO el
presente Aviso de Pública Subasta en Bayamón, Puerto Rico,
hoy 12 de agosto de 2014. ALG.
FREDDY OMAR RODRIGUEZ
COLLAZO, ALGUACIL, TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA
CENTRO JUDICIAL DE BAYAMON SALA SUPERIOR.
LEGAL NOTICE
ESTADO LIBRE ASOCIADO
DE PUERTO RICO TRIBUNAL
DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE BAYAMON
SALA SUPERIOR.
RNPM, LLC
DEMANDANTE VS.
DEBORAH LIZ
DIAZ LOPEZ
DEMANDADOS
CIVIL NUM.: DCD2013-2784
(702) SOBRE: COBRO DE DINERO Y EJECUCION DE HIPOTECA (Vía Ordinaria) EDICTO DE SUBASTA. El Alguacil
que suscribe por la presente
CERTIFICA, ANUNCIA y hace
CONSTAR: Que en cumplimiento de un Mandamiento de
Ejecución de Sentencia que
le ha sido dirigido al Alguacil
que suscribe por la Secretaría
del TRIBUNAL DE PRIMERA
INSTANCIA SALA SUPERIOR
DE BAYAMON, en el caso de
epígrafe procederá a vender en
pública subasta al mejor postor
en efectivo, cheque certificado
en moneda legal de los Estados
Unidos de América el día 5 de
marzo de 2015 a las 10:30 de
la mañana en su oficina sita en
el local que ocupa en el edificio
del TRIBUNAL DE PRIMERA
INSTANCIA SALA SUPERIOR
DE BAYAMON, todo derecho,
título e interés que tenga la parte demandada de epígrafe en el
email: [email protected]
Legal Notice
inmueble de su propiedad que
ubica en: Lagos del Plata, P-12
Calle 13, Toa Baja, P.R 00949
que se describe a continuación:
URBANA: Solar radicado en la
Urbanización Lagos del Plata,
primera sección, situado en
el Barrio Sabana Seca de Toa
Baja, Puerto Rico, que se describe en el plano de inscripción
de la Urbanización con el número 12 del bloque “P”, con un
área de 369.82 metros cuadrados. En lindes por el NORTE, en
3.48 metros y arco de 6.03 metros, con la calle 3; por el SUR,
en 19.64 metros con la Avenida
Lago de Plata; por el ESTE, en
25.00 con el solar 11; y por el
OESTE, en 27.29 metros con
el solar 13. Sobre dicho solar
enclava una casa construida de
concreto armado y bloques para
fines residenciales.La propiedad
antes relacionada consta inscrita
en el Folio 149 del Tomo 569 de
Toa Baja, finca número 19,224,
en el Registro de la Propiedad
de Bayamón, Sección Segunda.
El tipo mínimo para la primera
subasta del inmueble antes relacionado, será el dispuesto en la
Escritura de Hipoteca, es decir la
suma de $104,900.00. Si no hubiere remate ni adjudicación en
la primera subasta del inmueble
mencionado, se celebrará una
segunda subasta en las oficinas
del Alguacil que suscribe el día
12 de marzo de 2015 a las 4:00
de la tarde. En la segunda subasta que se celebre servirá de
tipo mínimo las dos terceras partes (2/3) del precio pactado en la
primera subasta, o sea la suma
de $69,933.33. Si tampoco hubiere remate ni adjudicación en
la segunda subasta se celebrará
una tercera subasta en las oficinas del Alguacil que suscribe el
día 13 de marzo de 2015 a las
4:00 de la tarde. Para la tercera
subasta servirá de tipo mínimo
la mitad (1/2) del precio pactado para el caso de ejecución, o
sea, la suma de $52,450.00. La
hipoteca a ejecutarse en el caso
de epígrafe fue constituida mediante la escritura número 289,
otorgada el día 20 de noviembre
de 1999, ante el Notario Julio M.
Álvarez Ramírez y consta inscrita al folio 149 del tomo 569 de
Toa Baja, finca número 19,224
Registro de la Propiedad de Bayamón, Sección Segunda, Inscripción Séptima (7ma). Dicha
subasta se llevará a cabo para
con su producto satisfacer al
Demandante total o parcialmente según sea el caso el importe
de la Sentencia que ha obtenido
ascendente a la suma principal
de $103,684.55, intereses sobre
dicha suma al tipo convenido de
ocho y medio (8.50%) porciento
anual desde el primero (1ro.) de
julio de 2001, hasta su completo
pago, más $101,208.64 de intereses devengados hasta el día
31 de octubre de 2013, la suma
de $4,904.49 por concepto de
cargos por demora devengados hasta la misma fecha y la
cantidad líquida y estipulada de
$10,490.00 para costas, gastos
y honorarios de abogado así
como cualesquiera otras sumas
36
que aparezcan de la faz del
contrato y/o que correspondan a
intereses y cargos por demora
posterior a esa fecha y hasta la
fecha en que se pague la deuda
en su totalidad. Que los autos y
todos los documentos correspondientes al Procedimiento incoado estarán de manifiesto en
la SECRETARIA DEL TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA
SALA SUPERIOR DE BAYAMON durante las horas laborables. Se entenderá que todo
licitador acepta como bastante
la titulación del inmueble y que
las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los
hubiere, al crédito del ejecutante
continuarán subsistentes entendiéndose que el rematante los
acepta y queda subrogado en la
responsabilidad de los mismos,
sin destinarse a su extinción el
precio de remate. La propiedad
no está sujeta a gravámenes
anteriores y/o preferentes según surge de las constancias
del Registro de la Propiedad
en un estudio de título efectuado a la finca antes descrita.
Por la presente se notifica a los
acreedores que tengan inscritos o anotados sus derechos
sobre los bienes hipotecados
con posterioridad a la inscripción del crédito del ejecutante
o acreedores de cargos o derechos reales que los hubiesen
pospuesto a la hipoteca del actor y a los dueños, poseedores,
tenedores de o interesados en
títulos transmisibles por endoso o al portador garantizados
hipotecariamente con posterioridad al crédito del actor que se
celebrarán las subastas en las
fechas, horas y sitios señalados
para que puedan concurrir a la
subasta si les conviniere o se
les invita a satisfacer antes del
remate el importe del crédito,
de sus intereses, otros cargos
y las costas y honorarios de
abogado asegurados quedando subrogados en los derechos
del acreedor ejecutante. Y para
conocimiento de licitadores del
público en general se publicará
este Edicto de acuerdo con la
ley por espacio de dos semanas
en tres sitios públicos del municipio en que ha de celebrarse
la venta, tales como la alcaldía,
el Tribunal y la colecturía. Este
Edicto será publicado mediante
edictos dos veces en un diario
de circulación general en el Estado Libre Asociado de Puerto
Rico, por espacio de dos semanas consecutivas. Expido el
presente Edicto de subasta bajo
mi firma y sello de este Tribunal
en Bayamón, Puerto Rico, hoy
día 8 de septiembre de 2014.
Freddy Omar Rodríguez Collazo, Alguacil.
LEGAL NOTICE
ESTADO LIBRE ASOCIADO DE
PUERTO RICO TRIBUNAL DE
PRIMERA INSTANCIA CENTRO
JUDICIAL DE QUEBRADILLAS
SALA SUPERIOR.
E.M.I. EQUITY
MORTGAGE INC.
DEMANDANTE VS.
The San Juan Daily Star
Friday, January 23, 2015
DAMIAN
REVERON REVERON
DEMANDADO
CIVIL NUM.: CICD2014-0014
(101) SOBRE: COBRO DE DINERO Y EJECUCION DE HIPOTECA (Vía Ordinaria) EDICTO
DE SUBASTA. El Alguacil que
suscribe por la presente CERTIFICA, ANUNCIA y hace CONSTAR: Que en cumplimiento de
un Mandamiento de Ejecución
de Sentencia que le ha sido dirigido al Alguacil que suscribe por
la Secretaría del TRIBUNAL DE
PRIMERA INSTANCIA CENTRO
JUDICIAL DE QUEBRADILLAS,
SALA SUPERIOR, en el caso de
epígrafe procederá a vender en
pública subasta al mejor postor
en efectivo, cheque certificado
en moneda legal de los Estados
Unidos de América el día 5 de
marzo de 2015 a las 10:30 de
la mañana en su oficina sita en
el local que ocupa en el edificio
del TRIBUNAL DE PRIMERA
INSTANCIA CENTRO JUDICIAL
DE CAMUY SALA SUPERIOR,
todo derecho, título e interés
que tenga la parte demandada
de epígrafe en el inmueble de su
propiedad que ubica en Comm.
Espiet, Lote A KM 2.5 SR 486,
Camuy, P.R 00627
y que se
describe a continuación: RUSTICA: Parcela de terreno identificado en el plano de inscripción
como predio “A”, ubicada en la
comunidad rural Espiet del Barrio Zanjas del termino municipal
de Camuy, Puerto Rico, con una
cabida superficial de 424.3971
metros cuadrados equivalentes
a 0.1080 cuerdas. En lindes por
el NORTE, en una distancia de
17.0220 metros, con la calle
municipal; por el SUR, en una
distancia de 16.990 metros, con
el remanente; por el ESTE, una
distancia de 25.2350 metros,
con terrenos de Ricardo Acevedo Arocho; y por el OESTE,
en una distancia de 24.8360
metros, con terrenos de Otilia
Santiago Deida. La propiedad
antes relacionada consta presentada al asiento 881 del diario
312 de Camuy, Segregación de
la Finca 9,388, en el Registro de
la Propiedad de Arecibo Sección Segunda. El tipo mínimo
para la primera subasta del inmueble antes relacionado, será
el dispuesto en la Escritura de
Hipoteca, es decir la suma de
$80,580.00. Si no hubiere remate ni adjudicación en la primera
subasta del inmueble mencionado, se celebrará una segunda subasta en las oficinas del
Alguacil que suscribe el día 12
de marzo de 2015 a la 1:30 de
la tarde. En la segunda subasta
que se celebre servirá de tipo
mínimo las dos terceras partes
(2/3) del precio pactado en la
primera subasta, o sea la suma
de $53,720.00. Si tampoco hubiere remate ni adjudicación en
la segunda subasta se celebrará
una tercera subasta en las oficinas del Alguacil que suscribe el
día 19 de marzo de 2015 a las
1:30 de la tarde. Para la tercera
subasta servirá de tipo mínimo
la mitad (1/2) del precio pacta-
do para el caso de ejecución, o
sea, la suma de $40,290.00 El
embargo a ejecutarse consta
presentado al asiento 110 del
diario 327 de Camuy, Registro de la Propiedad de Arecibo
Sección Segunda. La hipoteca
objeto del embargo a ejecutarse en el caso de epígrafe fue
constituida mediante la escritura número 68, otorgada el
día 30 de abril de 2009 ante el
Notario David E. Vera Umpierre
y consta presentada al asiento
882 del diario 312 de Camuy,
Registro de la Propiedad de
Arecibo Sección Segunda. Dicha subasta se llevará a cabo
para con su producto satisfacer al Demandante total o parcialmente según sea el caso el
importe de la Sentencia que ha
obtenido ascendente a la suma
principal de $74,628.25 de
principal, intereses sobre dicha
suma al tipo convenido de cuatro y medio (4.50%) porciento
anual desde el primero (1ro.) de
septiembre de 2013, hasta su
completo pago, más $1,679.16
de intereses devengados hasta
el día 31 de enero de 2014, la
suma de $126.35 por concepto
de cargos por demora devengados hasta la misma fecha y la
cantidad líquida y estipulada de
$8,058.00 para costas, gastos
y honorarios de abogado, así
como cualesquiera otras sumas
que aparezcan del contrato y/o
que correspondan a intereses
y cargos por demora posterior
a esa fecha y hasta la fecha en
que se pague la deuda en su
totalidad. Que los autos y todos
los documentos correspondientes al Procedimiento incoado
estarán de manifiesto en la SECRETARIA DEL TRIBUNAL DE
PRIMERA INSTANCIA CENTRO
JUDICIAL DE QUEBRADILLAS,
SALA SUPERIOR durante las
horas laborables. Se entenderá
que todo licitador acepta como
bastante la titulación del inmueble y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes,
si los hubiere, al crédito del
ejecutante continuarán subsistentes entendiéndose que el
rematante los acepta y queda
subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio de
remate. La propiedad no está
sujeta a gravámenes anteriores
y/o preferentes según surge de
las constancias del Registro
de la Propiedad en un estudio
de título efectuado a la finca
antes descrita. Por la presente
se notifica a los acreedores que
tengan inscritos o anotados sus
derechos sobre los bienes hipotecados con posterioridad a la
inscripción del crédito del ejecutante o acreedores de cargos
o derechos reales que los hubiesen pospuesto a la hipoteca del
actor y a los dueños, poseedores, tenedores de o interesados
en títulos transmisibles por endoso o al portador garantizados
hipotecariamente con posterioridad al crédito del actor que se
celebrarán las subastas en las
fechas, horas y sitios señalados
para que puedan concurrir a la
subasta si les conviniere o se
les invita a satisfacer antes del
remate el importe del crédito,
de sus intereses, otros cargos
y las costas y honorarios de
abogado asegurados quedando subrogados en los derechos
del acreedor ejecutante. Y para
conocimiento de licitadores del
público en general se publicará
este Edicto de acuerdo con la
ley por espacio de dos semanas
en tres sitios públicos del municipio en que ha de celebrarse
la venta, tales como la alcaldía,
el Tribunal y la colecturía. Este
Edicto será publicado mediante
edictos dos veces en un diario
de circulación general en el Estado Libre Asociado de Puerto
Rico, por espacio de dos semanas consecutivas. Expido el presente Edicto de subasta bajo mi
firma y sello de este Tribunal en
Camuy, Puerto Rico, hoy día 19
de septiembre de 2014. Braulio
Pérez Rosa, Alguacil. Por Alg.
Yadiris Toledo Colón 851.
LEGAL NOTICE
ESTADO LIBRE ASOCIADO DE
PUERTO RICO TRIBUNAL DE
PRIMERA INSTANCIA SALA DE
AGUADILLA.
ACM PENFIELD CR, LLC
antes
BANCO SANTANDER DE
PUERTO RICO
Demandante vs.
JOAQUIN TORRES
CANDELARIA
Demandado(s).
CIVIL NÚM.
ACD2012-0150
(604). SOBRE: EJECUCION DE
HIPOTECA IN REM AVISO DE
VENTA EN PÚBLICA SUBASTA.
Yo, CARLOS RIVERA LÓPEZ Alguacil Regional, Alguacil del Tribunal de Primera Instancia, Sala
de Aguadilla, a los demandados
y al público en general les notifico que, cumpliendo con un
Mandamiento que se ha librado
en el presente caso por el Secretario del Tribunal de epígrafe y
notificado el 9 de mayo de 2013
y para satisfacer la Sentencia
dictada el 26 de diciembre de
2012 la cual se archivó en autos
y el 28 de diciembre de 2012 y
notificó mediante publicación
de edicto el día 4 de enero de
2013, en donde se ordene satisfacer al demandante la suma
ascendente a $69,710.74 de
principal, más intereses acumulados sobre dicho principal a
razón del 6.00% anual desde el
día 1ro de febrero de 2012, más
recargos acumulados, más cualesquiera suma de dinero por
concepto de contribuciones,
primas de seguro hipotecario
y riesgo, recargos por demora,
así como de cualesquiera otras
cantidades pactadas en la Escritura de Hipoteca y la suma
de $8,100.00 por concepto de
honorarios de abogado pactados garantizado por el inmueble aquí descrito, procederé a
vender en pública subasta, al
mejor postor en pago de contado y en moneda del curso
legal de los Estados Unidos de
América, todo derecho, título e
interés que haya tenido tenga o
pueda tener el deudor demandado en cuanto a la propiedad
bien inmueble que se describe
a continuación: URBANA: Solar
marcado con el número ciento
tres (#103) del bloque siete (7),
según el plano de inscripción
del proyecto de solares de la
Corporación de Renovación Urbana y Vivienda UM guion dos
guion veintiséis (UM-2-26) denominado El Prado, radicado en
el barrio Camaseyes del término
municipal de Aguadilla, con una
cabida superficial de trescientos
dieciséis punto setenta y dos
(316.72) metros cuadrados. En
lindes por el NORTE, con el solar número setenta y siete (#77),
distancia de catorce punto noventa y tres (14.93) metros; por
el SUR, con la calle C, distancia
de quince punto cero cuatro
(15.04) metros; por el ESTE, con
el solar número ciento cuatro
(#104), distancia de veintiuno
punto veintiuno (21.21) metros
y por el OESTE, con el solar
número ciento (#102), distancia
de veintiuno punto cero siete
(21.07) metros. Sobre este solar ubica una casa dedicada a
vivienda. Inscrita al folio ciento
cuarenta y siete (147) del tomo
ciento setenta y uno (171) de
Aguadilla, finca número siete
mil trescientos ochenta y cinco
(#7,385), Registro de la Propiedad de Puerto Rico sección de
Aguadilla. Que con el importe
de dicha venta se habrá de satisfacer a la parte demandante
las cantidades adeudadas garantizada por dicho inmueble,
según la Sentencia dictada
en el caso de epígrafe, por el
Tribunal de Primera Instancia,
Sala de Aguadilla. El tipo mínimo para la subasta será la suma
de tasación pactada, la cual es
$81,000.00 para la propiedad
descrita. Si no produjere remate
o adjudicación la primera subasta, se procederá a una segunda subasta y servirá de tipo
mínimo de 2/3 partes del valor
de la tasación. Si tampoco hubiere remate ni adjudicación en
esta segunda subasta, se procederá a una tercera subasta,
en ésta el tipo mínimo será de
la 1/2 del valor de la tasación.
Para el lote descrito, la primera subasta se llevará a cabo el
día 11 de febrero de 2015, a
las 10:30 de la mañana. De no
comparecer postor alguno se
llevará a efecto una segunda
subasta el día 18 de febrero de
2015, a las 10:30 de la mañana.
De no comparecer postor alguno se llevará a cabo una tercera
subasta el día 25 de febrero de
2015, a las 10:30 de la mañana.
La subasta o subastas antes
indicadas se llevarán a efecto
en mi oficina, localizada en el
Tribunal de Primera Instancia,
Sala de Aguadilla. La propiedad
está sujeta al siguiente gravamen posterior según Estudio
de Título realizado por Eagle
Title & Other Services, Inc el día
11 de diciembre de 2014: BITÁCORA: Al asiento mil ciento
treinta y cinco (1135) del diario
ochocientos cincuenta (850),
el día 3 de agosto de 2012, se
presenta Demanda de fecha
veintiséis (26) de julio de 2012,
en el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Aguadilla, caso civil
#ACD2012-0150, por concepto
de Cobro de Dinero y Ejecución de Hipoteca, seguido por
Banco Santander Puerto Rico
versus Joaquín Torres Candelaria, por la suma de $69,710.74,
más intereses, costas y gastos,
etc. Pendiente de calificación y
despacho. Se le advierte a los
licitadores que la adjudicación
se hará al mejor postor, quien
deberá consignar el importe de
su oferta en el mismo acto de la
adjudicación en moneda de curso legal de los Estados Unidos
de Norteamérica y para conocimiento de la parte demandada y
de toda(s) aquella(s) persona(s)
que tengan interés inscrito con
posterioridad a la inscripción
del gravamen que se está ejecutando, y para conocimiento
de los licitadores y el público en
general y para su publicación
en un periódico de circulación
general, una vez por semana
durante el término de dos (2)
semanas consecutivas con un
intervalo de por lo menos siete
(7) días entre ambas publicaciones, y para su fijación en tres (3)
lugares públicos del municipio
en que ha de celebrarse la venta, tales como, la Alcaldía, el Tribunal y la Colecturía, así como
en la Colecturía más cercana al
lugar de residencia de la parte
demandada, cuando ésta fuera
conocida, y se le notificara además a la parte demandada vía
correo certificado con acuse de
recibo a la última dirección conocida. Se les advierte a todos
los interesados que todos los
documentos relacionados con la
presente acción de ejecución de
hipoteca, así como la de la subasta, estarán disponibles para
ser examinados en la Secretaría del Tribunal. Se entenderá
que todo licitador acepta como
bastante la titulación y que las
cargas y gravámenes anteriores
y los preferentes, si los hubiere
al crédito de ejecutante, continuarán subsiguientes entendiéndose que el rematante los
acepta y queda subrogado en la
responsabilidad de los mismos,
sin destinarse a su extinción el
precio del remate. Y para conocimiento de los demandados,
de los acreedores posteriores,
de los licitadores, partes interesadas y público en general, expido el presente Aviso para su
publicación en los lugares públicos correspondientes. Librado en Aguadilla, Puerto Rico, a
8 de enero de 2015. CARLOS
RIVERA LÓPEZ, Alguacil Regional Alguacil Tribunal de Primera
Instancia Sala de Aguadilla.
PUERTO RICO, INC.
Demandante v.
JEAN CARLOS CASTILLO
ORTIZ, T/C/C JEAN
C. CASTILLO ORTIZ,
T/C/C JEAN CASTILLO
ORTIZ, HEIDDY RAMOS
CARRILLO Y LA
SOCIEDAD LEGAL DE
BIENES GANANCIALES
COMPUESTA POR
AMBOS
Demandados
CIVIL NUM.: N3CI2014-030
SOBRE: COBRO DE DINERO
- EJECUCIÓN DE HIPOTECA
POR LA VÍA ORDINARIA ESTADOS UNIDOS DE AMERICA EL
PRESIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS SS ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO
RICO AVISO DE SUBASTA. Yo,
Ma. De Lourdes Lopez Moreira,
Alguacil del Tribunal de Primera
Instancia, Sala de Rio Grande,
notifico a los demandados, público en general y personas con
algún interés, que cumpliré con
un Mandamiento librado por
el Secretario del Tribunal de
epígrafe, el 5 de noviembre de
2014, para satisfacer la Sentencia dictada el 11 de septiembre
de 2014, notificada el 17 de
septiembre de 2014. En dicha
Sentencia se condena a la parte
demandada a satisfacer la suma
de $182,585.89 más las costas,
gastos, honorarios de abogado;
y demás créditos accesorios
garantizados hipotecariamente.
Conforme a lo anterior, venderé en pública subasta, al mejor
postor en pago de contado y
en moneda del curso legal de
los Estados Unidos de América,
todo derecho, título e interés que
hayan tenido tengan o puedan
tener los deudores demandados
en cuanto al bien inmueble que
se describe a continuación: URBANA: Solar radicado en la Urbanización Los Árboles, situada
en el Barrio Zarzal del término
municipal de Río Grande, Puerto
Rico, identificado con el número,
bloque, área y colindancias que
se relacionan a continuación y
contiene una casa de concreto
reforzado diseñada para una
familia, construida de acuerda
con los planos y especificaciones aprobados por la Junta de
Planificación y otras Agencias
Gubernamentales: Número del
Solar 6 del Bloque “I”, Área del
Solar 364.00 metros cuadrados.
En lindes por el NORTE, con la
Calle número 520, en una distancia de 14.00 metros; por el
SUR, con facilidades vecinales,
en una distancia de 14.00 metros; por el ESTE, con el solar
número 7, en una distancia de
26.00 metros y por el OESTE,
con los solares números 4 y
5, en una distancia de 26.00
metros. Sujeta a cláusulas que
aceleran su vencimiento. ImpoLEGAL NOTICE
sición de Condiciones RestrictiESTADO LIBRE ASOCIADO DE vas por 5 años impuestas por La
PUERTO RICO TRIBUNAL DE Autoridad Para El FinanciamienPRIMERA INSTANCIA SALA to de la Vivienda de Puerto Rico
al beneficiarse de $16,072.00
DE RIO GRANDE.
BANCO POPULAR DE del Programa Protegiendo Tu
The San Juan Daily Star
Hogar, sin intereses y vence el
1 de septiembre de 2017, según
consta de la escritura número
1,096, otorgada en San Juan, el
día 28 de octubre de 2011, ante
el notario Héctor Luis Torres Dávila y anotado al margen de la
inscripción 4ta., al folio 15 del
tomo 495 de Río Grande, finca
número 26,705. Inscrito al folio
15 del tomo 495 de Rio Grande,
finca número #26,705 Registro
de la Propiedad de Puerto Rico,
Sección Tercera de Rio Grande.
La hipoteca que se pretende ejecutar ubica en: Los Arboles, I-6
Calle Pomarrosa 520, Rio Grande, Puerto Rico. El tipo mínimo
para la subasta será la suma de
$172,550.00. De declararse la
subasta desierta, y de celebrarse una segunda subasta, el tipo
mínimo será dos terceras (2/3)
partes del tipo mínimo establecido para la primera subasta, el
cual asciende a $115,033.32. Si
tampoco hubiere remate ni adjudicación en la segunda subasta,
regirá como tipo mínimo de la
tercera subasta la mitad (1/2)
del tipo mínimo pactado para la
primera subasta el cual asciende a $86,250.00. Si se declarase desierta la tercera subasta
se dará por terminado el procedimiento, pudiendo adjudicarse
el bien subastado a opción del
demandante. Art. 221 de la Ley
Hipotecaria, 30 L.P.R.A. sec.
2721. La primera subasta se
llevará a cabo el día 4 de febrero de 2015, A LA(S) 10:00
de la mañana. De declararse
desierta, se llevará a efecto una
segunda subasta el día 11 de
febrero de 2015, A LA(S) 10:00
de la mañana. De declararse
desierta, se llevará a cabo una
tercera subasta el día 18 de febrero de 2015, A LA(S) 10:00 de
la mañana. La subasta o subastas antes indicadas se llevarán
a efecto en mi oficina, localizada
en el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Rio Grande. Se le
advierte a los postores o licitadores que la adjudicación del
bien inmueble a subastarse se
hará al mejor postor o licitador
victorioso, quien deberá consignar el importe de su oferta en el
mismo acto de la adjudicación,
en moneda de curso legal de los
Estados Unidos de Norteamérica. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la
titulación y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere al crédito
de ejecutante, continuarán subsiguientes entendiéndose que el
rematante los acepta y queda
subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio del
remate. La cantidad adeudada
según la Sentencia, asciende a
$182,585.89, la cual se desglosa en $160,796.18 por concepto
de principal; $4,181.91 por concepto de intereses acumulados,
$352.80 por concepto de cargos
por demora los cuales al igual
que los intereses continúan acumulándose hasta el saldo total
de la deuda reclamada en este
pleito; y la suma $17,255.00
para costas, gastos y honorarios
Friday, January 23, 2015
de abogado; y demás créditos
accesorios garantizados hipotecariamente. Con el producto
que se obtenga de la subasta se
le pagará a la parte demandante
el importe de la Sentencia hasta
donde alcance, y se pondrá al
adjudicatario o licitador victorioso en posesión de la propiedad
subastada, libre de cargas y
gravámenes posteriores, dentro
del término de veinte (20) días
a partir de celebrada la subasta. Para cumplir con lo anterior,
el Alguacil queda facultado, de
ser necesario, para romper candados y cerraduras que impidan
el acceso a la propiedad subastada. Todos los interesados quedan notificados de que todos los
documentos relacionados con la
presente acción de ejecución de
hipoteca, así como la de la subasta, estarán disponibles para
ser examinados en la Secretaría
del Tribunal. Para conocimiento de la parte demandada y de
toda(s) aquella(s) persona(s)
que tengan interés inscrito con
posterioridad a la inscripción del
gravamen que se está ejecutando, y para conocimiento de los
licitadores y el público en general, y para su publicación en un
periódico de circulación general,
una vez por semana durante
el término de dos (2) semanas
consecutivas con un intervalo
de por lo menos siete (7) días
entre ambas publicaciones, y
para su fijación en tres (3) lugares públicos del municipio en
que ha de celebrarse la venta,
tales como, la Alcaldía, el Tribunal y la Colecturía, así como
en la Colecturía más cercana al
lugar de residencia de la parte
demandada, cuando ésta fuera conocida, y se le notificara
además a la parte demandada
vía correo certificado con acuse
de recibo a la última dirección
conocida. Y para conocimiento de los demandados, de los
acreedores posteriores, de los
licitadores, partes interesadas
y público en general, expido el
presente Aviso para su publicación en los lugares públicos
correspondientes. Librado en
Rio Grande, Puerto Rico, a 14
de noviembre de 2014. Jose C.
Ortiz Santana, Alguacil Tribunal
De Primera Instancia Sala De
Rio Grande.
LEGAL NOTICE
ESTADO LIBRE ASOCIADO DE
PUERTO RICO TRIBUNAL DE
PRIMERA INSTANCIA CENTRO
JUDICIAL DE SAN LORENZO
SALA SUPERIOR.
ORIENTAL BANK
Demandante vs.
JUAN ANTONIO
RODRIGUEZ BERRIOS
T/C/C JUAN A.
RODRIGUEZ BERRIOS,
SHEYLA MICHELLE
LINDBERTH ROSADO
T/C/C SHEYLA M.
LINDBERTH ROSADO
Demandados
CIVIL NUM. E2CI2014-00401
SOBRE: COBRO DE DINERO
Y EJECUCIУN DE HIPOTECA
POR LA VIA ORDINARIA EDICTO DE SUBASTA LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA EL
PRESIDENTE DE LOS E.E. U.U.
SS: EL ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. Yo,
Angel Gomez Gomez, Alguacil
del Tribunal Superior de Puerto
Rico, Sala de San Lorenzo, al
Público HAGO SABER: Que en
cumplimiento de la Sentencia
dictada el 5 de agosto de 2014,
notificada el 4 de septiembre
de 2014, de la cual surge que
la parte demandada adeuda a
la demandante la suma principal de $162,789.15, intereses
vencidos que al 1 de abril de
2014, ascienden a $7,998.94, la
suma de $708.12 por concepto
de cargos por demora y los que
de ahí en adelante se acumulen
hasta su total pago y la suma
de $17,310.00 por concepto
de costas, gastos y honorarios
de abogado y a tenor con el
Mandamiento de Ejecuciуn de
Sentencia que se me libró con
fecha 28 de octubre de 2014,
por la Secretaria de este Tribunal de San Lorenzo, en el caso
de epígrafe, venderé en pública
subasta y al mejor postor, la
siguiente propiedad inmueble,
la cual se describe a continuación: “URBANA: Lote de terreno
identificado con el número “V”
guión cuatrocientos sesenta
y tres (V-463), en la Urbanización Lirios Cala II, en el término
municipal de Juncos, Puerto
Rico, con una cabida superficial de trescientos noventa y
siete punto trescientos setenta
metros cuadrados (397.370mc).
En lindes por el NORTE, con la
Calle San Lucas, en doce punto
quinientos (12.500) y tres punto
quinientos (3.500) metros; por
el SUR, con el lote número cuatrocientos ochenta y dos (482),
en quince metros (15.00m);
por el ESTE, con la Calle San
Francisco, en veintiuno punto
quinientos metros (21.500m) y
tres punto quinientos metros
(3.500m), y por el OESTE, con
el lote número cuatrocientos
sesenta y cuatro (464) en veinticinco metros (25.000m). Enclava una Casa modelo Amapola.
Inscrita al folio 157 del tomo
415 de Caguas, Finca 15,701,
Registro de la Propiedad de
Puerto Rico, Sección II de Caguas. Por su procedencia está
afecta a: Servidumbre a favor
de la Autoridad de Energía Eléctrica de Puerto Rico; Servidumbre a favor de la Puerto Rico Telephone Company; Condiciones
Restrictivas sobre Edificación y
Uso. Esta propiedad tiene el siguiente número de catastro en
el Centro de Recaudación de
Ingresos Municipales (CRIM)
49-253-001-479-01-000. La dirección física del inmueble anteriormente descrito es V463 C/
SAN LUCAS, LIRIOS CALLA II,
JUNCOS, PR, 00777. Se apercibe a los licitadores para que
procedan con la inspección física del inmueble objeto de ejecución previo a la celebración
de la subasta. El precio mínimo
de licitación con relación a la
antes descrita propiedad y la
fecha y hora de cada subasta
es como sigue: PRIMERA SUBASTA: Se celebrará el día 11
de febrero de 2015, a las 10:00
de la maсana. Precio Mнnimo:
$173,100.00 SEGUNDA SUBASTA: Se celebrará el día 18
de febrero de 2015, a las 10:00
de la maсana. Precio Mнnimo:
$115,400.00 TERCERA SUBASTA: Se celebrará el día
25 de febrero de 2015, a las a
las 10:00 de la maсana. Precio
Mнnimo: $ 86,550.00 Las subastas de dicha propiedad se
llevarán a efecto en mi oficina situada en el local que ocupa este
Tribunal en el Centro Judicial de
San Lorenzo, advirtiéndose que
el que obtuviere la buena pro
de dicha propiedad consignará
en el acto del remate el importe
de su oferta en moneda legal,
en adición a los gastos de la
subasta, en cheque certificado,
dinero en efectivo o giro postal
a nombre del Alguacil del Tribunal, siendo éste el mejor postor.
En cualquier momento luego
de haberse comenzado el acto
de la subasta, el Alguacil podrá
requerir de los licitadores que
le evidencien la capacidad de
pago de sus posturas. Del producto obtenido en dicha venta,
el Alguacil pagará en primer
término los gastos del Alguacil,
en segundo término las costas,
gastos y honorarios de abogado hasta la suma convenida, en
tercer término los intereses devengados hasta la fecha de la
sentencia, en cuarto término las
sumas establecidas en la Sentencia para el pago de recargos
por demora, contribuciones,
seguros y en quinto término la
suma principal adeudada conforme con la sentencia dictada.
Disponiéndose que si quedara
algún remanente luego de pagarse las sumas mencionadas,
el mismo deberá ser depositado en la Secretaría del Tribunal
para ser entregado a la parte
demandada, previa solicitud y
orden del Tribunal. Sobre la propiedad anteriormente descrita
se encuentra inscrito el siguiente gravamen posterior: AVISO
DE DEMANDA en el caso Civil
Número E2CI20140401, Tribunal de Primera Instancia, Sala
de San Lorenzo sobre ejecución
de hipoteca por la vía ordinaria, seguido por Oriental Bank,
por la suma de $162,789.15,
más otras sumas adicionales,
presentada al asiento 1158 del
diario 677 de Juncos, Finca número 15,701. Esta anotaciуn de
Demanda corresponde al caso
de epнgrafe. Se entenderá que
todo licitador acepta como bastante la titulación y que las cargas y gravámenes anteriores y
los preferentes al crédito ejecutante continuarán subsistentes,
entendiéndose que el rematante
los acepta y queda subrogado
en la responsabilidad de los
mismos, toda vez que el precio
de remate no se destina a su
extinción. Los autos y todos los
documentos correspondientes
al procedimiento del caso de
epígrafe están disponibles en
la Secretaría del Tribunal Superior de Puerto Rico, Sala de
San Lorenzo, durante horas laborables. Y PARA LA CONCURRENCIA, de los licitadores expido el presente Edicto que se
publicará en el Tribunal Superior
de Puerto Rico, Alcaldía y la Colecturía de Rentas Internas del
Municipio donde se celebrará
la subasta por espacio de dos
semanas y en un periódico de
circulación general del Estado
Libre Asociado de Puerto Rico
por espacio de dos semanas y
por lo menos una vez por semana. En San Lorenzo, Puerto
Rico, a 5 de diciembre de 2014.
Angel Gomez Gomez, Alguacil
Placa 593, Alguacil Superior.
LEGAL NOTICE
ESTADO LIBRE ASOCIADO
DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA
CENTRO JUDICIAL DE SAN
LORENZO SALA SUPERIOR.
ORIENTAL BANK
Demandante vs.
JULIO PADILLA
SANTIAGO Y JULIA
MERCEDES PIСA DE
PADILLA T/C/C JULIA
MERCEDES PIСA Y
LA SOCIEDAD LEGAL
DE GANANCIALES
COMPUESTA POR
AMBOS
Demandados
CIVIL NЪM. E2CI2014-00088
SOBRE: COBRO DE DINERO
Y EJECUCIУN DE HIPOTECA
POR LA VIA ORDINARIA EDICTO DE SUBASTA LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA
EL PRESIDENTE DE LOS E.E.
U.U. SS: EL ESTADO LIBRE
ASOCIADO DE PUERTO RICO.
Yo, Angel Gomez Gomez, Alguacil del Tribunal Superior de
Puerto Rico, Sala de San Lorenzo, al Público HAGO SABER:
Que en cumplimiento de la Sentencia dictada el 21 de mayo de
2014, notificada el 27 de mayo
de 2014, de la cual surge que la
parte demandada adeuda a la
demandante la suma principal
de $45,324.74, intereses vencidos que al 1 de noviembre de
2013, ascienden a $1,223.32, la
suma de $476.89 por concepto
de cargos por demora y los que
de ahí en adelante se acumulen
hasta su total pago y la suma
de $5,130.00 por concepto de
costas, gastos y honorarios de
abogado y a tenor con el Mandamiento de Ejecuciуn de Sentencia que se me libró con fecha
30 de octubre de 2014, por la
Secretaria de este Tribunal de
Humacao, en el caso de epígrafe, venderé en pública subasta
y al mejor postor, la siguiente
propiedad inmueble, la cual se
describe a continuación: “URBANA: SOLAR que radica en
la CALLE NUMERO SIETE (7)
de la Barriada Roosevelt de San
Lorenzo, Puerto Rico, con una
cabida de CIENTO DOCE punto CINCUENTA Y TRES ME-
TROS CUADRADOS (112.53
M.C.). Lindando por el NORTE,
en nueve punto treinta metros
(9.30 m) con Zenón López; por
el SUR, en nueve punto treinta
metros (9.30 m) con la Calle
Número Siete (7); por el ESTE,
en once punto ochenta metros
(11.80 m.) con Telesforo Moyet
y por el OESTE, en doce punto cuarenta metros (12.40 m.),
con Ramón Rodríguez. Enclava
una casa. Por su procedencia
se encuentra LIBRE DE CARGAS. Inscrita al Folio 130 del
Tomo 166 de San Lorenzo,
Finca 8,360, inscripción Primera, Registro de la Propiedad de
Caguas, Sección Segunda. Por
su procedencia está afecta a:
“HIPOTECA en garantía de un
pagaré a favor de la Autoridad
para el Financiamiento de la
Vivienda de Puerto Rico, o a
su orden, por la suma principal
de $15,000.00, sin intereses,
vencedero el día 1 de abril de
2013, constituida mediante la
Escritura Número 185, otorgada
en San Lorenzo, Puerto Rico, el
día 15 de abril de 2005, ante la
Notario Lymarie Jiménez López,
inscrita al Folio 21 del Tomo 432
de San Lorenzo, inscripción décimo cuarta (14ta.), Registro de
la Propiedad de Caguas, Sección Segunda.” Esta propiedad
tiene el siguiente número de
catastro en el Centro de Recaudación de Ingresos Municipales
(CRIM) 48-252-066-002-15-001.
La dirección física del inmueble
anteriormente descrito es 7 ST.
ROOSEVELT, SAN LORENZO,
PUERTO RICO 00754. Se apercibe a los licitadores para que
procedan con la inspección física del inmueble objeto de ejecución previo a la celebración de
la subasta. El precio mínimo de
licitación con relación a la antes
descrita propiedad y la fecha y
hora de cada subasta es como
sigue: PRIMERA SUBASTA: Se
celebrará el día 11 de febrero de
2015, a las 10:15 de la maсana.
Precio Mнnimo: $51,300.00
SEGUNDA SUBASTA: Se celebrará el día 18 de febrero de
2015, a las 10:15 de la maсana.
Precio Mнnimo: $34,200.00
TERCERA SUBASTA: Se celebrará el día 25 de febrero de
2015, a las 10:15 de la maсana.
Precio Mнnimo: $25,650.00. Las
subastas de dicha propiedad se
llevarán a efecto en mi oficina situada en el local que ocupa este
Tribunal en el Centro Judicial de
San Lorenzo, advirtiéndose que
el que obtuviere la buena pro
de dicha propiedad consignará
en el acto del remate el importe
de su oferta en moneda legal,
en adición a los gastos de la
subasta, en cheque certificado,
dinero en efectivo o giro postal
a nombre del Alguacil del Tribunal, siendo éste el mejor postor.
En cualquier momento luego
de haberse comenzado el acto
de la subasta, el Alguacil podrá
requerir de los licitadores que
le evidencien la capacidad de
pago de sus posturas. Del producto obtenido en dicha venta,
el Alguacil pagará en primer
término los gastos del Alguacil,
37
Legal Notice
en segundo término las costas,
gastos y honorarios de abogado hasta la suma convenida,
en tercer término los intereses
devengados hasta la fecha de la
sentencia, en cuarto término las
sumas establecidas en la Sentencia para el pago de recargos
por demora, contribuciones,
seguros y en quinto término la
suma principal adeudada conforme con la sentencia dictada.
Disponiéndose que si quedara
algún remanente luego de pagarse las sumas mencionadas,
el mismo deberá ser depositado
en la Secretaría del Tribunal
para ser entregado a la parte
demandada, previa solicitud y
orden del Tribunal. Sobre la propiedad anteriormente descrita
se encuentran inscritos los siguientes gravámenes posteriores: a. “HIPOTECA en garantía
de un pagaré a favor de la Autoridad para el Financiamiento de
la Vivienda de Puerto Rico, o a
su orden, por la suma principal
de $15,000.00, sin intereses,
vencedero el día 1 de abril de
2013, constituida mediante la
Escritura Número 185, otorgada
en San Lorenzo, Puerto Rico, el
día 15 de abril de 2005, ante la
Notario Lymarie Jiménez López,
inscrita al Folio 21 del Tomo 432
de San Lorenzo, inscripción
décimo cuarta (14ta.), Registro
de la Propiedad de Caguas,
Sección Segunda.” b. AVISO
DE DEMANDA en el caso Civil
Número E2CI2014-0088, Tribunal de Primera Instancia, Sala
de San Lorenzo sobre ejecución
de hipoteca por la vía ordinaria,
seguido por Oriental Bank vs.
Julio Padilla Santiago y Julia
Mercedes Piña de Padilla, por la
suma de $45,324.74, más otras
sumas adicionales, presentado
al Asiento 562 del diario 676
de San Lorenzo, Finca número
8,360. Esta anotaciуn de Demanda corresponde al caso de
epнgrafe. Se entenderá que
todo licitador acepta como bastante la titulación y que las cargas y gravámenes anteriores y
los preferentes al crédito ejecutante continuarán subsistentes,
entendiéndose que el rematante
los acepta y queda subrogado
en la responsabilidad de los
mismos, toda vez que el precio
de remate no se destina a su
extinción. Los autos y todos los
documentos correspondientes
al procedimiento del caso de
epígrafe están disponibles en la
Secretaría del Tribunal Superior
de Puerto Rico, Sala de San Lorenzo, durante horas laborables.
Y PARA LA CONCURRENCIA,
de los licitadores expido el presente Edicto que se publicará en
el Tribunal Superior de Puerto
Rico, Alcaldía y la Colecturía de
Rentas Internas del Municipio
donde se celebrará la subasta
por espacio de dos semanas
y en un periódico de circulación general del Estado Libre
Asociado de Puerto Rico por
espacio de dos semanas y por
lo menos una vez por semana.
En San Lorenzo, Puerto Rico,
a 5 de diciembre de 2014. Angel
Gomez Gomez, Alguacil Placa
593. Alguacil Superior.
LEGAL NOTICE
Estado Libre Asociado de Puerto Rico, TRIBUNAL GENERAL
DE JUSTICIA, Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior
de BAYAMON.
DORAL BANK
Demandante V.
NIEVES CONCEPCION,
CESAREO (SUCN)
Demandado(a)
Civil Num: DCD2014-1326 Salon: 506 Sobre: COBRO DE
DINERO NOTIFICACION DE
SENTENCIA POR EDICTO.
A: SUCESION DE
CESAREO NIEVES
CONCEPCION
COMPUESTA POR
FULANO, SUTANO Y
MENGANO DE TAL Y LA
SUCESION DE LUCILLE
GARCIA SANTIAGO T/C/C
LUCILLE ALICEA GARCIA
SANTIAGO COMPUESTA
POR FULANO, SUTANO Y
MENGANO DE TAL
(Nombre de las partes a las que se
le notifican la sentencia por edicto)
EL SECRETARIO (A) que suscribe le notifica a usted que
18 de diciembre de 2014, este
Tribunal ha dictado Sentencia,
Sentencia Parcial o Resolución
en este caso, que ha sido debidamente registrada y archivada
en autos donde podrá usted
enterarse detalladamente de los
términos de la misma. Esta notificación se publicará una sola
vez en un periódico de circulación general en la Isla de Puerto Rico, dentro de los 10 días
siguientes a su notificación. Y,
siendo o representado usted
una parte en el procedimiento
sujeta a los términos de la Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución, de la cual puede establecerse recurso de revisión o
apelación dentro del término de
30 días contados a partir de la
publicación por edicto de esta
notificación, dirijo a usted esta
notificación que se considerará
hecha en la fecha de la ultima
publicación de este edicto. Copia de esta notificación ha sido
archivada en los autos de este
caso, con fecha de 15 de enero
de 2015. En BAYAMON, Puerto
Rico, el 15 de enero de 2015.
Ruth Aponte Cotto, Secretaria.
Marisol Rodriguez Cancel, Secretaria Auxiliar.
LEGAL NOTICE
Estado Libre Asociado de Puerto Rico, TRIBUNAL GENERAL
DE JUSTICIA, Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior
de CAMUY.
BANCO POPULAR DE
PUERTO RICO
Demandante V.
MINISTERIO POSADA
DE AMOR, INC.
Demandado(a)
Civil: CD2013-652 Sobre: COBRO DE DINERO Y EJECUCION DE PRENDA NOTIFI-
Legal Notice
CACION DE SENTENCIA POR
EDICTO.
A: MINISTERIO POSADA
DE AMOR, INC.
(Nombre de las partes a las que se
le notifican la sentencia por edicto)
EL SECRETARIO (A) que suscribe le notifica a usted que
31 de diciembre de 2014, este
Tribunal ha dictado Sentencia,
Sentencia Parcial o Resolución
en este caso, que ha sido debidamente registrada y archivada
en autos donde podrá usted
enterarse detalladamente de
los términos de la misma. Esta
notificación se publicará una
sola vez en un periódico de circulación general en la Isla de
Puerto Rico, dentro de los 10
días siguientes a su notificación. Y, siendo o representado
usted una parte en el procedimiento sujeta a los términos de
la Sentencia, Sentencia Parcial
o Resolución, de la cual puede
establecerse recurso de revisión
o apelación dentro del término
de 30 días contados a partir de
la publicación por edicto de esta
notificación, dirijo a usted esta
notificación que se considerará
hecha en la fecha de la ultima
publicación de este edicto. Copia de esta notificación ha sido
archivada en los autos de este
caso, con fecha de 15 de enero de 2015. En CAMUY, Puerto
Rico, el 15 de enero de 2015.
Isamar Rodriguez Gonzalez,
Secretaria. Ineabelle Irizarry
Cruz, Secretaria Auxiliar.
LEGAL NOTICE
Estado Libre Asociado de Puerto Rico, TRIBUNAL GENERAL
DE JUSTICIA, Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior
de HUMACAO.
BANCO POPULAR DE
PUERTO RICO
Demandante V.
SAMUEL TIRADO
FELIX, SU ESPOSA
REBECCA TRUJILLO Y
LA SOCIEDAD LEGAL DE
BIENES GANANCIALES
COMPUESTA POR
AMBOS
Demandado(a)
Civil: HSCI201200713 Sobre:
IN REM COBRO DE DINERO
Y EJECUCION DE HIPOTECA
POR LA VIA ORDINARIA. NOTIFICACION DE SENTENCIA
POR EDICTO.
A: SAMUEL’TIRADO
FELIX, SU ESPOSA
REBECCA TRUJILLO Y
LA SOCIEDAD LEGAL DE
BIENES GANANCIALES
COMPUESTA POR
AMBOS; SU ULTIMA
DIRECCION CONOCIDA:
HC 02 BOX 71523 LAS
PIEDRAS, PR 00771;
LOTE 1 D 917 KM 3.8
ASOMANTE SECTOR
TEJAS LAS PIEDRAS, PR
00771; P/C DE LA LCDA.
ZAIDEE ACEVEDO VILA.
(Nombre de las partes a las que se
38
le notifican la sentencia por edicto)
EL SECRETARIO (A) que suscribe le notifica a usted que 26 de
junio de 2014, este Tribunal ha
dictado Sentencia, Sentencia
Parcial o Resolución en este
caso, que ha sido debidamente
registrada y archivada en autos
donde podrá usted enterarse
detalladamente de los términos
de la misma. Esta notificación
se publicará una sola vez en un
periódico de circulación general
en la Isla de Puerto Rico, dentro
de los 10 días siguientes a su
notificación. Y, siendo o representado usted una parte en el
procedimiento sujeta a los términos de la Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución, de la
cual puede establecerse recurso de revisión o apelación dentro del término de 30 días contados a partir de la publicación
por edicto de esta notificación,
dirijo a usted esta notificación
que se considerará hecha en la
fecha de la ultima publicación
de este edicto. Copia de esta
notificación ha sido archivada
en los autos de este caso, con
fecha de 14 de enero de 2015.
En HUMACAO, Puerto Rico, el
14 de enero de 2015. Dominga
Gomez Fuster, Sec. Regional.
Luz Milagros Camilo Nazario,
Secretaria Auxiliar.
LEGAL NOTICE
The San Juan Daily Star
Friday, January 23, 2015
archivada en los autos de este
caso, con fecha de 14 de enero
de 2015. En BAYAMON, Puerto
Rico, el 14 de enero de 2015.
Ruth Aponte Cotto, Secretaria
Regional II. Danetsa Aponte Reyes, Secretaria Auxiliar.
LEGAL NOTICE
Estado Libre Asociado de Puerto Rico, TRIBUNAL GENERAL
DE JUSTICIA, Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior
de BAYAMON.
BANCO POPULAR DE
PUERTO RICO
Demandante V.
NIEVES CONCEPCION,
CESAREO (SUCN)
Demandado(a)
Civil Num: DCD2014-1592 Sala:
505 Sobre: COBRO DE DINERO Y EJECUCION DE HIPOTECA POR LA VIA ORDINARIA.
NOTIFICACION DE SENTENCIA POR EDICTO.
A: FULANO DE
TAL, FULANA DE
TAL, SUTANO DE
TAL, SUTANA DE
TAL, A, B YC,COMO
POSIBLES MIEMBROS
DESCONOCIDOS
DE LA SUCESION
DE FELICITARAMOS
ARZUAGA Y SUCESION
DE JOSE LUIS FIGUEROA
RAMOS.
Estado Libre Asociado de Puerto Rico, TRIBUNAL GENERAL
DE JUSTICIA, Tribunal de Pri- (Nombre de las partes a las que se
mera Instancia, Sala Superior le notifican la sentencia por edicto)
de BAYAMON.
EL SECRETARIO (A) que susBANCO POPULAR DE cribe le notifica a usted que
29 de diciembre de 2014, este
PUERTO RICO
Tribunal ha dictado Sentencia,
Demandante V.
Sentencia Parcial o Resolución
LUIS CRUZ MATOS
en este caso, que ha sido debiDemandado(a)
damente registrada y archivada
Civil: DCD2014-2532 Sala: 703
en autos donde podrá usted
Sobre: COBRO DE DINERO Y
enterarse detalladamente de
EJECUCION DE HIPOTECA
los términos de la misma. Esta
NOTIFICACION DE SENTENnotificación se publicará una
CIA POR EDICTO.
sola vez en un periódico de cirA: LUIS CRUZ MATOS culación general en la Isla de
(Nombre de las partes a las que se
Puerto Rico, dentro de los 10
le notifican la sentencia por edicto)
días siguientes a su notificaEL SECRETARIO (A) que susción. Y, siendo o representado
cribe le notifica a usted que
usted una parte en el procedi30 de diciembre de 2014, este
miento sujeta a los términos de
Tribunal ha dictado Sentencia,
la Sentencia, Sentencia Parcial
Sentencia Parcial o Resolución
o Resolución, de la cual puede
en este caso, que ha sido debiestablecerse recurso de revisión
damente registrada y archivada
o apelación dentro del término
en autos donde podrá usted
de 30 días contados a partir de
enterarse detalladamente de
la publicación por edicto de esta
los términos de la misma. Esta
notificación, dirijo a usted esta
notificación se publicará una
notificación que se considerará
sola vez en un periódico de cirhecha en la fecha de la ultima
culación general en la Isla de
publicación de este edicto. CoPuerto Rico, dentro de los 10
pia de esta notificación ha sido
días siguientes a su notificaarchivada en los autos de este
ción. Y, siendo o representado
caso, con fecha de 15 de enero
usted una parte en el procedide 2015. En BAYAMON, Puerto
miento sujeta a los términos de
Rico, el 15 de enero de 2015.
la Sentencia, Sentencia Parcial
Ruth Aponte Cotto, Secretaria.
o Resolución, de la cual puede
Marisol Rodriguez Cancel, Seestablecerse recurso de revisión
cretaria Auxiliar.
o apelación dentro del término
de 30 días contados a partir de
LEGAL NOTICE
la publicación por edicto de esta
notificación, dirijo a usted esta Estado Libre Asociado de Puernotificación que se considerará to Rico, TRIBUNAL GENERAL
hecha en la fecha de la ultima DE JUSTICIA, Tribunal de Pripublicación de este edicto. Co- mera Instancia, Sala Superior
pia de esta notificación ha sido de BAYAMON.
BANCO POPULAR DE
PUERTO RICO
Demandante V.
AGUSTIN RAMOS
GONZALEZ; SUSANA
BELTRAN GOMEZ
Demandado(a)
Civil Num: DCD2014-1315 Sala:
505 Sobre: COBRO DE DINERO
Y EJECUCION DE HIPOTECA
POR LA VIA ORDINARIA. NOTIFICACION DE SENTENCIA
POR EDICTO.
A: AGUSTIN RAMOS
GONZALEZ; SUSANA
BELTRAN GOMEZ
(Nombre de las partes a las que se
le notifican la sentencia por edicto)
EL SECRETARIO (A) que suscribe le notifica a usted que 9 de
enero de 2015, este Tribunal ha
dictado Sentencia, Sentencia
Parcial o Resolución en este
caso, que ha sido debidamente
registrada y archivada en autos
donde podrá usted enterarse
detalladamente de los términos
de la misma. Esta notificación
se publicará una sola vez en
un periódico de circulación general en la Isla de Puerto Rico,
dentro de los 10 días siguientes
a su notificación. Y, siendo o
representado usted una parte
en el procedimiento sujeta a
los términos de la Sentencia,
Sentencia Parcial o Resolución,
de la cual puede establecerse
recurso de revisión o apelación dentro del término de 30
días contados a partir de la
publicación por edicto de esta
notificación, dirijo a usted esta
notificación que se considerará
hecha en la fecha de la ultima
publicación de este edicto. Copia de esta notificación ha sido
archivada en los autos de este
caso, con fecha de 15 de enero
de 2015. En BAYAMON, Puerto
Rico, el 15 de enero de 2015.
Ruth Aponte Cotto, Secretaria.
Marisol Rodriguez Cancel, Secretaria Auxiliar.
LEGAL NOTICE
Estado Libre Asociado de Puerto Rico, TRIBUNAL GENERAL
DE JUSTICIA, Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior
de BAYAMON.
BANCO POPULAR DE
PUERTO RICO, INC
Demandante V.
LUIS RAUL FIGUEROA
CASTRO T/C/C LUIS
FIGUEROA CASTRO
Demandado(a)
Civil: DCD2014-3060 Sala: 703
Sobre: COBRO DE DINERO Y
EJECUCION DE HIPOTECA
NOTIFICACION DE SENTENCIA POR EDICTO.
A: LUIS RAUL FIGUEROA
CASTRO T/C/C LUIS
FIGUEROA CASTRO
(Nombre de las partes a las que se
le notifican la sentencia por edicto)
EL SECRETARIO (A) que suscribe le notifica a usted que 8
de enero de 2015, este Tribunal
ha dictado Sentencia, Sentencia
Parcial o Resolución en este
caso, que ha sido debidamente
registrada y archivada en autos
donde podrá usted enterarse
detalladamente de los términos
de la misma. Esta notificación se
publicará una sola vez en un periódico de circulación general en
la Isla de Puerto Rico, dentro de
los 10 días siguientes a su notificación. Y, siendo o representado
usted una parte en el procedimiento sujeta a los términos de
la Sentencia, Sentencia Parcial
o Resolución, de la cual puede
establecerse recurso de revisión
o apelación dentro del término
de 30 días contados a partir de
la publicación por edicto de esta
notificación, dirijo a usted esta
notificación que se considerará
hecha en la fecha de la ultima
publicación de este edicto. Copia de esta notificación ha sido
archivada en los autos de este
caso, con fecha de 16 de enero
de 2015. En Bayamon, Puerto
Rico, el 16 de enero de 2015.
Ruth Aponte Cotto, Secretaria
Regional II. Danetsa Aponte Reyes, Secretaria Auxiliar.
LEGAL NOTICE
Estado Libre Asociado de Puerto Rico, TRIBUNAL GENERAL
DE JUSTICIA, Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior
de BAYAMON.
BANCO POPULAR DE
PUERTO RICO, INC
Demandante V.
CELINA HERNANDEZ
TORRES
Demandado(a)
Caso Civil Num: DCD20142234 (702) Sobre: COBRO DE
DINERO Y EJECUCION DE
HIPOTECA POR LA VIA ORDINARIA. NOTIFICACION DE
SENTENCIA POR EDICTO.
A: CELINA HERNANDEZ
TORRES, JARDINES DE
CAPARRA, T-5 CALLE 23
A, BAYAMON PR 00959.
EL SECRETARIO (A) que suscribe le notifica a usted que 9
de enero de 2015, este Tribunal
ha dictado Sentencia, Sentencia
Parcial o Resolución en este
caso, que ha sido debidamente
registrada y archivada en autos
donde podrá usted enterarse
detalladamente de los términos
de la misma. Esta notificación se
publicará una sola vez en un periódico de circulación general en
la Isla de Puerto Rico, dentro de
los 10 días siguientes a su notificación. Y, siendo o representado
usted una parte en el procedimiento sujeta a los términos de
la Sentencia, Sentencia Parcial
o Resolución, de la cual puede
establecerse recurso de revisión
o apelación dentro del término
de 30 días contados a partir de
la publicación por edicto de esta
notificación, dirijo a usted esta
notificación que se considerará
hecha en la fecha de la ultima
publicación de este edicto. Copia de esta notificación ha sido
archivada en los autos de este
caso, con fecha de 16 de enero
de 2015. En Bayamon, Puerto
Rico, el 16 de enero de 2015.
Ruth Aponte Cotto, Secretaria JUDICIAL DE AGUADA SALA ficado a nombre del alguacil del
Tribunal. LA PRIMERA subasta
del Tribunal. Lenitzia Aponte To- SUPERIOR.
se llevará a efecto el día 11 de
rres, Secretaria Auxiliar.
DLJ MORGAGE
febrero de 2015 a las 11:00 de la
CAPITAL, INC.
mañana, en la oficina del referido
LEGAL NOTICE
Parte Demandante VS
Alguacil, localizada en el Centro
Estado Libre Asociado de PuerYAMILES MEJIAS
Judicial de Aguadilla, Aguadilla,
to Rico, TRIBUNAL GENERAL
VILLANUEVA
Puerto Rico. Que el precio míniDE JUSTICIA, Tribunal de PriParte Demandada
mo fijado para la PRIMERA SUmera Instancia, Sala Superior
CIVIL NUM.: ABCI2010-01333 BASTA es de $88,950.00. Que
de BAYAMON.
SOBRE ACCION CIVIL DE: CO- de ser necesaria la celebración
DLJ MORTGAGE
BRO DE DINERO Y EJECUCION de una SEGUNDA SUBASTA
DE HIPOTECA POR LA VIA OR- la misma se llevará a efecto el
CAPITAL, INC.
DINARIA AVISO DE SUBASTA. día 18 de febrero de 2015 a las
Demandante V.
11:00 de la mañana, en la oficina
A: YAMILES MEJIAS
FEDERICO MATTEI
antes mencionada del Alguacil
VILLANUEVA; Y AL
SANTIAGO, SU ESPOSA
que suscribe. El precio mínimo
PUBLICO EN GENERAL: para la SEGUNDA SUBASTA
ANA ANGELICA
El
que
suscribe,
Alguacil
del
RIVERA IRIZARRY Y LA
será de $59,300.00, equivalentes
de Primera Instancia,
a dos terceras (2/3) partes del
SOCIEDAD LEGAL DE Tribunal
Sala Superior, Centro Judicial de
BIENES GANANCIALES Aguadilla, Aguadilla, Puerto Rico, tipo mínimo estipulado para la
PRIMERA subasta. Que de ser
COMPUESTA POR
hago saber, a la parte demandanecesaria la celebración de una
da
y
al
PUBLICO
EN
GENERAL:
AMBOS
TERCERA SUBASTA la misma
Que en cumplimiento del MandaDemandado(a)
se llevará a efecto el día 25 de
Civil Num: DCD2013-1723 Sala: miento de Ejecución de Sentencia febrero de 2015 a las 11:00 de
402 Sobre: COBRO DE DINE- expedido el día 10 de septiembre la mañana, en la oficina antes
RO Y EJECUCION DE HIPO- de 2014, por la Secretaria del Tri- mencionada del Alguacil que
TECA (VIA ORDINARIA) NO- bunal, procederé a vender y ven- suscribe. El precio mínimo para
TIFICACION DE SENTENCIA deré en pública subasta y al me- la TERCERA SUBASTA será de
jor postor la propiedad que ubica
POR EDICTO.
$44,475.00, equivalentes a la miA: FEDERICO MATTEI y se describe a continuación: tad (1/2) del tipo mínimo estipulaURBANA: Predio de terreno sito
SANTIAGO, SU ESPOSA en el Barrio Naranjo del término do para la PRIMERA subasta. Si
se declarase desierta la tercera
ANA ANGELICA
municipal de Aguada, Puerto
subasta se dará por terminado
RIVERA IRIZARRY Y LA Rico, identificado con el núme- el procedimiento, pudiendo adjuSOCIEDAD LEGAL DE ro 1, con una cabida superficial dicárse al acreedor la finca aquí
0.4164 cuerdas de terreno,
antes descrita, dentro de los diez
BIENES GANANCIALES de
equivalentes a 1638.4821 metros
(10) días siguientes, si así lo esCOMPUESTA POR
cuadrados. En lindes por el NORtimare conveniente, por la totaliAMBOS. DIRECCION
TE, con solar número 2 segregadad de la cantidad adeudada si
COND REGENCY PARK, do; por el SUR, con remanente; ésta fuera igual o menor al monpor el ESTE, con Sucesión
APT 11H, GUAYNABO, PR
to del tipo mínimo de la tercera
Acevedo y carretera municipal;
subasta, y abonándose dicho
00969.
y por el OESTE, con remanenmonto a la cantidad adeudada si
(Nombre de las partes a las que se
te. Inscrita al folio 210 del tomo
le notifican la sentencia por edicto)
ésta fuere mayor. (Art. 221, Ley
313 de Aguada, Registro de la
EL SECRETARIO (A) que susHipotecaria y del Registro de la
Propiedad de Aguadilla, finca
cribe le notifica a usted que
Propiedad, 30 L.P.R.A. §2721)
número 17,459. El producto de
16 de diciembre de 2014, este
Para conocimiento de la parte
la subasta se destinará a satisfaTribunal ha dictado Sentencia,
demandada y de toda aquella
cer al demandante hasta donde
Sentencia Parcial o Resolución
persona o personas que tengan
alcance, la suma de $88,950.00
en este caso, que ha sido debiinterés inscrito con posterioridad
de principal, más intereses al
damente registrada y archivada
a la inscripción del gravamen
6.875% anual desde el día 1ro.
en autos donde podrá usted
que se está ejecutando, y para
de mayo de 2010, más la suma
enterarse detalladamente de
conocimiento de todos los licitade $8,895.00, por concepto de
los términos de la misma. Esta
dores y el público en general, el
honorarios de abogado y costas
notificación se publicará una
presente Edicto se publicará por
autorizadas por el Tribunal, más
sola vez en un periódico de cirespacio de dos (2) semanas conlas cantidades que se adeudan
culación general en la Isla de
secutivas, con un intervalo de por
mensualmente desde la fecha
Puerto Rico, dentro de los 10
lo menos siete días entre ambas
antes mencionada, por concepto
días siguientes a su notificapublicaciones, en un diario de cirde seguro hipotecario, cargos por
ción. Y, siendo o representado
culación general en el Estado Lidemora, más cualesquiera otros
usted una parte en el procedibre Asociado de Puerto Rico y se
adelantos que se hagan en virtud
miento sujeta a los términos de
fijará además en tres (3) lugares
de la escritura de hipoteca, todo
la Sentencia, Sentencia Parcial
públicos del Municipio en que ha
ello, según surge de la SENTENo Resolución, de la cual puede
de celebrarse dicha venta, tales
CIA dictada en este caso el 9 de
establecerse recurso de revisión
como la Alcaldía, el Tribunal y la
noviembre de 2011. La venta de
o apelación dentro del término
Colecturía. Se le advierte, a tola referida propiedad se verificará
de 30 días contados a partir de
dos los interesados que todos los
libre de toda carga o gravamen
la publicación por edicto de esta
documentos relacionados con
que afecte la mencionada finca,
notificación, dirijo a usted esta
la presente acción de ejecución
excepto el (los) gravamen (es)
notificación que se considerará
de hipoteca, así como de la suaquí antes mencionado (s), a
hecha en la fecha de la ultima
basta, estarán disponibles para
cuyo efecto se notifica y se hace
publicación de este edicto. Coser examinados en la Secretaría
saber la fecha, hora y sitio de la
pia de esta notificación ha sido
del Tribunal durante las horas
PRIMERA, SEGUNDA y TERCEarchivada en los autos de este
laborales. EXPIDO, el presente
RA subasta, si esto fuera necesacaso, con fecha de 20 de enero
EDICTO, en Aguadilla, Puerto
rio, a los efectos de que cualquier
de 2015. En BAYAMON, Puerto
Rico, hoy día 18 e noviembre de
persona o personas con algún
Rico, el 20 de enero de 2015.
2014. Carlos Rivera Lopez, Alinterés puedan comparecer a la
Ruth Aponte Cotto, Secretaria
guacil División de Subastas Tricelebración de dicha subasta.
Regional II. Gloria E. Mejias
bunal de Primera Instancia Sala
La adjudicación se hará al mejor
Aguayo, Sec. Serv. Sala.
Superior de Aguadilla.
postor, quien deberá consignar
el importe de su oferta en el acto
LEGAL NOTICE
LEGAL NOTICE
mismo de la adjudicación, en
ESTADO LIBRE ASOCIADO DE efectivo (moneda del curso legal Estado Libre Asociado de PuerPUERTO RICO TRIBUNAL DE de los Estados Unidos de Amé- to Rico, TRIBUNAL DE PRIMEPRIMERA INSTANCIA CENTRO rica), giro postal o cheque certi- RA INSTANCIA, Sala Superior
The San Juan Daily Star
de BAYAMON.
URBAN FINANCIAL OF
AMERICA, LLC.
Friday, January 23, 2015
TRM, LLC
DEMANDANTE VS.
CARLOS JOSE DE
SANTIS FRANCISCO
MARGARITA ALVARADO
Y SU ESPOSA MARIA
RODRIGUEZ T/C/C
IVETTE PAGAN REYES
MARGARITA ALVARADO
POR SI Y COMO
DE RENTAS T/C/C
REPRESENTANTES Y
MARGARITA ALVARADO; COADMINISTRADORES
Y A LOS ESTADOS
DE LA SOCIEDAD LEGAL
UNIDOS DE AMERICA
DE GANANCIALES
Demandado
COMPUESTA POR
Civil Num: DCD2014-1810
AMBOS
(503). Sobre: EJECUCiÓN DE
Demandante V.
DEMANDADOS
HIPOTECA.
NOTIFICACION
DE SENTENCIA POR EDICTO. CIVIL NUM.: KCD2007-0674
(508) SOBRE: COBRO DE DIA: MARGARITA
NERO Y EJECUCION DE HIALVARADO RODRIGUEZ POTECA (Vía Ordinaria) EDICT/C/C MARGARITA
TO DE SUBASTA. El Alguacil
ALVARADO DE RENTAS que suscribe por la presente
CERTIFICA, ANUNCIA y hace
T/C/C MARGARITA
CONSTAR: Que en cumplimienAlVARADO, DIRECCION to de un Mandamiento de EjecuFISICA: Urb Royal Palms, ción de Sentencia que le ha sido
dirigido al Alguacil que suscribe
Calle Acacia 1A-47,
por la Secretaría del TRIBUNAL
Bayamón PR 00956;
PRIMERA INSTANCIA CENlevittown 6ta Sección, DE
TRO JUDICIAL DE SAN JUAN,
Calle Antonio Blanco FM- SALA SUPERIOR, en el caso de
40, Toa Baja PR ‘00949; epígrafe procederá a vender en
ESTADOS UNIDOS DE pública subasta al mejor postor
AMERICA, por conducto en efectivo, cheque certificado
en moneda legal de los Estados
del U.S. Attorney Office, Unidos de América el día 19 de
District of Puerto Rico febrero de 2015 a las 11:00 de
FISICA y POSTAL: Torre la maсana en su oficina sita en
Chardón, Suite 1201, 350 el local que ocupa en el edificio
TRIBUNAL DE PRIMERA
Ave. Carlos Chardón, San del
INSTANCIA CENTRO JUDIJuan PR 00918.
CIAL DE SAN JUAN SALA
(Nombre de las partes a las que se
SUPERIOR, todo derecho, títule notifican la sentencia por edicto)
lo e interés que tenga la parte
EL SECRETARIO que suscridemandada de epígrafe en el
be le notifica a usted que 7 de
inmueble de su propiedad que
enero de 2015, este Tribunal ha
ubica en Urb. Hyde Park, 204
dictado Sentencia, Sentencia
Calle Flamboyбn, San Juan,
Parcial o Resolución en este
P.R 00927
y que se descricaso, que ha sido debidamente
be a continuación: URBANA:
registrada y archivada en autos
Solar marcado con el nъmero
donde podrá usted enterarse
144 en el plano de solares de
detalladamente de los términos
la Urbanizaciуn Hyde Park, de
de la misma. Esta notificación
Rнo Piedras, Puerto Rico, con
se publicará una sola vez en un
una cabida de 450.00 metros
periódico de circulación general
cuadrados. Rn lindes por el
en la Isla de Puerto Rico, dentro
NORTE, en 15.00 metros con
de los 10 días siguientes a su
la calle nъmero 4; por el SUR,
notificación. Y, siendo o repreen 15.00 metros, con la Hyde
sentado usted una parte en el
Park Corporation; por el ESTE,
procedimiento sujeta a los térmien 30.00 metros con el solar de
nos de la Sentencia, Sentencia
Emerito Landrau; y por el OESParcial o Resolución, de la cual
TE en 30.00 metros con el solar
puede establecerse recurso
de Juan Valldejuli Rodrнguez.
de revisión o apelación dentro
Enclava una casa de concredel término de 30 días contato reforzado de 1 planta con
dos a partir de la publicación
sуtano, consta de balcуn, salapor edicto de esta notificación,
comedor, cocina, 3 dormitorios,
dirijo a usted esta notificación
baсo y terraza. La propiedad
que se considerará hecha en la
antes relacionada consta insfecha de la ultima publicación
crita en el Folio 167 del Tomo
de este edicto. Copia de esta
235 de Río Piedras Norte, finca
notificación ha sido archivada
número 7,850, en el Registro
en los autos de este caso, con
de la Propiedad de San Juan,
fecha de 14 de enero de 2015.
Sección Segunda. El tipo míEn Bayamón, Puerto Rico, el 14
nimo para la primera subasta
de enero de 2015. Ruth Aponte
del inmueble antes relacionado,
Cotto, Secretaria Regional. Leserá el dispuesto en la Escritura
nitzia Aponte Torres, Secretaria
de Hipoteca, es decir la suma
Auxiliar.
de $208,000.00. Si no hubiere
remate ni adjudicación en la
LEGAL NOTICE
primera subasta del inmueble
ESTADO LIBRE ASOCIADO mencionado, se celebrará una
DE PUERTO RICO TRIBUNAL segunda subasta en las oficiDE PRIMERA INSTANCIA CEN- nas del Alguacil que suscribe el
TRO JUDICIAL DE SAN JUAN día 26 de febrero de 2015 a las
11:00 de la maсana. En la seSALA SUPERIOR.
gunda subasta que se celebre
servirá de tipo mínimo las dos
terceras partes (2/3) del precio
pactado en la primera subasta,
o sea la suma de $138,666.67.
Si tampoco hubiere remate ni
adjudicación en la segunda subasta se celebrará una tercera
subasta en las oficinas del Alguacil que suscribe el día 5 de
marzo de 2015 a las 11:00 de la
maсana. Para la tercera subasta
servirá de tipo mínimo la mitad
(1/2) del precio pactado para
el caso de ejecución, o sea, la
suma de $104,000.00. La hipoteca a ejecutarse en el caso
de epígrafe fue constituida mediante la escritura número 96,
otorgada el día 31 de marzo de
2003, ante el Notario César A.
Vélez Miranda y consta inscrita
en el Tomo de hoja móvil 1447
de de Río Piedras Norte, finca
número 7,850, en el Registro
de la Propiedad de San Juan
Sección Segunda, inscripción
Décimo Segunda (12da). Dicha
subasta se llevará a cabo para
con su producto satisfacer al
Demandante total o parcialmente según sea el caso el importe
de la Sentencia que ha obtenido
ascendente a la suma principal
de $199,058.93 de principal,
más intereses sobre dicha suma
al tipo convenido de 6-7/8%
porciento anual, la suma de
$614.88 por concepto de cargos
por demora, más costas y gastos y la cantidad líquida y estipulada de $20,800.00 para las
costas, gastos y honorarios de
abogado así como cualesquiera otras sumas que aparezcan
de la faz del contrato y/o que
correspondan a intereses y cargos por demora posterior a esa
fecha y hasta la fecha en que se
pague la deuda en su totalidad.
Que los autos y todos los documentos correspondientes al
Procedimiento incoado estarán
de manifiesto en la SECRETARIA DEL TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO
JUDICIAL DE SAN JUAN, SALA
SUPERIOR durante las horas
laborables. Se entenderá que
todo licitador acepta como bastante la titulación del inmueble
y que las cargas y gravámenes
anteriores y los preferentes, si
los hubiere, al crédito del ejecutante continuarán subsistentes
entendiéndose que el rematante
los acepta y queda subrogado
en la responsabilidad de los
mismos, sin destinarse a su
extinción el precio de remate.
La propiedad no está sujeta
a gravámenes anteriores y/o
preferentes según surge de las
constancias del Registro de la
Propiedad en un estudio de título efectuado a la finca antes
descrita. Por la presente se
notifica a los acreedores que
tengan inscritos o anotados sus
derechos sobre los bienes hipotecados con posterioridad a la
inscripción del crédito del ejecutante o acreedores de cargos o
derechos reales que los hubiesen pospuesto a la hipoteca del
actor y a los dueños, poseedores, tenedores de o interesados
en títulos transmisibles por en-
doso o al portador garantizados
hipotecariamente con posterioridad al crédito del actor que se
celebrarán las subastas en las
fechas, horas y sitios señalados
para que puedan concurrir a la
subasta si les conviniere o se
les invita a satisfacer antes del
remate el importe del crédito,
de sus intereses, otros cargos
y las costas y honorarios de
abogado asegurados quedando subrogados en los derechos
del acreedor ejecutante. Y para
conocimiento de licitadores del
público en general se publicará
este Edicto de acuerdo con la
ley por espacio de dos semanas
en tres sitios públicos del municipio en que ha de celebrarse
la venta, tales como la alcaldía,
el Tribunal y la colecturía. Este
Edicto será publicado mediante
edictos dos veces en un diario
de circulación general en el Estado Libre Asociado de Puerto
Rico, por espacio de dos semanas consecutivas. Expido el
presente Edicto de subasta bajo
mi firma y sello de este Tribunal
en San Juan, Puerto Rico, hoy
día 22 de enero de 2015. Diana I. Navarro Cruz, Alguacil De
Subastas Tribunal De Primera
Instancia Centro Judicial De
San Juan Sala Superior.
LEGAL NOTICE
Estado Libre Asociado de Puerto Rico, TRIBUNAL GENERAL
DE JUSTICIA, Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior
de BAYAMON.
BANCO POPULAR DE
PUERTO RICO
Demandante V.
MANNIX MANUEL
CONCEPCION RIVERA,
ANGEL M CONCEPCION
FIGUEROA
Demandado(a)
Caso Civil Num: DCD2014-1859
(702) Sobre: COBRO DE DINERO Y EJECUCION DE HIPOTECA POR LA VIA ORDINARIA.
NOTIFICACION DE SENTENCIA
POR EDICTO.
A: MANNIX MANUEL
CONCEPCION RIVERA,
URB LEVITTOWN, 3198
CALLE CENTURION,
TOA BAJA PR 00949;
ANGEL M CONCEPCION
FIGUEROA, URB
LEVITTOWN, F-3198
CALLE CENTURION,
TOA BAJA PR 00949;
COMUNIDAD VILLA
MARISOL, #1020 CALLE
LAS FLORES, SABANA
SECA, TOA BAJAPR
00952 Y PO BOX 481,
SABANA SECA PR 00952.
EL SECRETARIO (A) que suscribe le notifica a usted que 12 de
enero de 2015, este Tribunal ha
dictado Sentencia, Sentencia
Parcial o Resolución en este
caso, que ha sido debidamente
registrada y archivada en autos
donde podrá usted enterarse
detalladamente de los términos
de la misma. Esta notificación
se publicará una sola vez en
un periódico de circulación general en la Isla de Puerto Rico,
dentro de los 10 días siguientes
a su notificación. Y, siendo o
representado usted una parte
en el procedimiento sujeta a
los términos de la Sentencia,
Sentencia Parcial o Resolución,
de la cual puede establecerse
recurso de revisión o apelación dentro del término de 30
días contados a partir de la
publicación por edicto de esta
notificación, dirijo a usted esta
notificación que se considerará
hecha en la fecha de la ultima
publicación de este edicto. Copia de esta notificación ha sido
archivada en los autos de este
caso, con fecha de 20 de enero
de 2015. En BAYAMON, Puerto
Rico, el 20 de enero de 2015.
Ruth Aponte Cotto, Secretaria
Regional. Lenitzia Aponte Torres, Secretaria Auxiliar.
LEGAL NOTICE
Estado Libre Asociado de Puerto Rico, TRIBUNAL GENERAL
DE JUSTICIA, Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior
de BAYAMON.
BANCO POPULAR DE
PUERTO RICO, INC
Demandante V.
NATIVIDAD FERNANDEZ
RIVERA Y YERMIL
SANCHEZ SANTOS
Demandado(a)
Civil: DCD2014-2472 Sala: 703
Sobre: COBRO DE DINERO Y
EJECUCION DE HIPOTECA
NOTIFICACION DE SENTENCIA POR EDICTO.
A: NATIVIDAD
FERNANDEZ RIVERA
Y YERMIL SANCHEZ
SANTOS
(Nombre de las partes a las que se
le notifican la sentencia por edicto)
EL SECRETARIO (A) que suscribe le notifica a usted que 7
de enero de 2015, este Tribunal
ha dictado Sentencia, Sentencia
Parcial o Resolución en este
caso, que ha sido debidamente
registrada y archivada en autos
donde podrá usted enterarse
detalladamente de los términos
de la misma. Esta notificación se
publicará una sola vez en un periódico de circulación general en
la Isla de Puerto Rico, dentro de
los 10 días siguientes a su notificación. Y, siendo o representado
usted una parte en el procedimiento sujeta a los términos de
la Sentencia, Sentencia Parcial
o Resolución, de la cual puede
establecerse recurso de revisión
o apelación dentro del término
de 30 días contados a partir de
la publicación por edicto de esta
notificación, dirijo a usted esta
notificación que se considerará
hecha en la fecha de la ultima
publicación de este edicto. Copia de esta notificación ha sido
archivada en los autos de este
caso, con fecha de 20 de enero
de 2015. En BAYAMON, Puerto
Rico, el 20 de enero de 2015.
Ruth Aponte Cotto, Secretaria
39
Legal Notice
Regional II. Danetsa Aponte Re- Serv. Sala.
yes, Secretaria Auxiliar.
LEGAL NOTICE
LEGAL NOTICE
IN THE UNITED STATES DISEstado Libre Asociado de Puer- TRICT COURT FOR THE DISto Rico, TRIBUNAL GENERAL TRICT OF PUERTO RICO.
DE JUSTICIA, Tribunal de Pri- ACM PENFIELD CFL, LLC,
mera Instancia, Sala Superior
Plaintiff, vs.
de BAYAMON.
BANCO POPULAR DE
PUERTO RICO
Demandante V.
JOSE CASTRO
BELLAFLORES, JANISKA
ROSADO MARTINEZ
AND THE CONJUGAL
PARTNERSHIP
CONSTITUTED THEREIN
RAMON ANTONIO
VAZQUEZ TORRES,
T/C/C RAMON A.
Defendants.
VAZQUEZ TORRES,
CIVIL NO. 13-1931 (FAB) RE:
T/C/C RAMON VAZQUEZ COLLECTION OF MONIES,
TORRES, ALEXANDRA FORECLOSURE OF MORTGAVELAZQUEZ SANTIAGO, GE NOTICE OF SALE.
TO: JOSE CASTRO
Y LA SOCIEDAD LEGAL
BELLAFLORES,
JANISKA
DE GANANCIALES
ROSADO
MARTINEZ
COMPUESTA POR
AND THE CONJUGAL
AMBOS
PARTNERSHIP
Demandado(a)
Civil: DCD2013-3353 Sala: 402 CONSTITUTED THEREIN
Sobre: COBRO DE DINERO Y
EJECUCION DE HIPOTECA
POR LA VIA ORDINARIA NOTIFICACION DE SENTENCIA
POR EDICTO.
A: RAMON ANTONIO
VAZQUEZ TORRES,
T/C/C RAMONA.
VAZQUEZ TORRES,
T/C/C RAMON VAZQUEZ
TORRES, Y ALEXANDRA
VELAZQUEZ SANTIAGO,
Y LA SOCIEDAD LEGAL
DE GANANCIALES
COMPUESTA POR
AMBOS. DIRECCION,
URB. VILLA CONTESSA,
J29 TUDOR, BAYAMON,
PUERTO RICO 00956.
(Nombre de las partes a las que se
le notifican la sentencia por edicto)
EL SECRETARIO (A) que suscribe le notifica a usted que 5 de
diciembre de 2014, este Tribunal
ha dictado Sentencia, Sentencia
Parcial o Resolución en este
caso, que ha sido debidamente
registrada y archivada en autos
donde podrá usted enterarse
detalladamente de los términos
de la misma. Esta notificación
se publicará una sola vez en un
periódico de circulación general
en la Isla de Puerto Rico, dentro
de los 10 días siguientes a su
notificación. Y, siendo o representado usted una parte en el
procedimiento sujeta a los términos de la Sentencia, Sentencia
Parcial o Resolución, de la cual
puede establecerse recurso de
revisión o apelación dentro del
término de 30 días contados a
partir de la publicación por edicto de esta notificación, dirijo a
usted esta notificación que se
considerará hecha en la fecha
de la ultima publicación de este
edicto. Copia de esta notificación ha sido archivada en los
autos de este caso, con fecha
de 20 de enero de 2015. En
BAYAMON, Puerto Rico, el 20
de enero de 2015. Ruth Aponte
Cotto, Secretaria Regional II.
Gloria E. Mejias Aguayo, Sec.
UNITED STATES OF AMERICA
PRESIDENT OF THE UNITED
STATES SS COMMONWEALTH
OF PUERTO RICO. Judgment in favor of plaintiff for the
sum of One Hundred Twenty
Eight Thousand Two Hundred
Ninety Four Dollars with Two
Cents ($128,294.02) in principal, accrued interest of Twenty
Thousand Nine Hundred Five
Dollars ($20,905.00) as of July
9, 2014, which continue to accrue at the rate of 6.95% per
annum until full payment of the
debt, late charges of $3,443.37,
escrow deficiency of $344.59
and any other disbursements
made by plaintiff on behalf of defendants in accordance with the
mortgage deed, plus costs, and
$14,0250.00 in attorney fees;
Pursuant to the said judgment,
the undersigned Special Master was ordered to sell at public
auction for United States currency in cash or certified check
without appraisement or right of
redemption to the highest bidder
and at the office of the Clerk of
the United States District Court
for the District of Puerto Rico,
Federico Degetau Federal Building, Chardón Street, Hato Rey,
San Juan, Puerto Rico or any
other place designated by said
Clerk, to cover the sums adjudged to be paid to the plaintiff, the
following property: URBANA:
Parcela de terreno identificada
como lote B guion dos (B-2)
localizado en la calle Margarita
de la urbanización San Rafael
Estates, barrio Hato Tejas, municipio de Bayamón, Puerto
Rico, con el solar en cuestión
tiene una cabida superficial de
cuatrocientos veinte (420.00)
metros cuadrados. Colindando
por el NORTE, en veinticuatro
(24.00) metros lineales, con
el lote B guion 3 (B-3); por el
SUR, en veinticuatro (24.00)
metros lineales, con el lote B
guion uno (B-1); por el ESTE,
en diecisiete punto cincuenta
(17.50) metros lineales, con el
lote B guion diecisiete (B-170
y por el OESTE, en diecisiete
punto cincuenta (17.50) metros
lineales, con la calle Margarita. Enclava una casa. Inscrita
al folio ciento sesenta y seis
(166) del tomo mil setecientos
treinta y cinco (1735) de Bayamón Sur, finca número setenta
y dos mil quinientos treinta y
seis (#72,536), Registro de la
Propiedad de Puerto Rico, sección primera (1ra) de Bayamón.
THEREFORE, the first public
sale shall be held on the 27TH
day of February 2015, at 10:45
AM and the minimum bid that
will be accepted is the sum of
$140,250.00. In the event said
first public auction does not produce a bidder and the property
is not adjudicated, a second
public auction shall be held on
the 6TH day of March 2015, at
10:45 AM and the minimum bid
that will be accepted is the 2/3 of
the minimum bid for the 1st public sale. If said second auction
does not result in the adjudication and sale of the property, a
third auction will be held on the
13TH day of March 2015, at
10:45 AM and the minimum bid
that will be accepted is the sum
of ½ of the minimum bid for the
1st public sale. Upon confirmation of the sale, an order shall be
issued canceling all junior liens.
For further particulars, reference
is made to the judgment entered
by the Court in this case, which
can be examined in the Office
of the Clerk of the United States District Court. AND TO THE
KNOWLEDGE OF INTERESTED PARTIES and the general
public and specially regarding
the junior lien described hereinafter: A: Junior Liens: LIEN: It
issued a Sentence on September 1, 2009, by Misael Ramos
Torres, in the Court of First
Instance of Bayamón, civil case
#CM2009-1008, by San Rafael
Estates Inc. versus José Castro
Bellaflores and his wife Janiska
Rosado Martínez, by the amount
of $3,948.40, recorded at page
95 of volume1862 of Bayamón
Sur, property number #72,536,
annotation A. Restrictive conditions in favor of Puerto Rico
Department Housing Housing
Financing Authority, granted
$16,849.60 to subsidize monthly mortgage payment resulting
from the 7th inscription, pursuant
to deed #577, executed in San
Juan, on September 2, 2011,
before Public Notary Héctor Luis
Torres Dávila, for a term of five
years, recorded at page 95 of
volume 1862 of Bayamón Sur,
property number #72,536, 9th,
inscription. At entry 1135 of daily
book 1312, presented on March
18, 2007, order was presented
in the Court of First Instance of
Bayamón, civil case #CM20091008, for canceled lien in favor
of Homeowners Association of
San Rafael Estates Urbanization, by the amount $3,816.75.
The document is pending to
calification and dispatch. In San
Juan, Puerto Rico, this 21th day
of January, 2015. Aguedo de la
Torre, Special Master
Legal Notice
LEGAL NOTICE
ESTADO LIBRE ASOCIADO DE
PUERTO RICO TRIBUNAL DE
PRIMERA INSTANCIA CENTRO
JUDICIAL DE ARECIBO SALA
SUPERIOR.
FIRSTBANK
PUERTO RICO
Parte Demandante VS
CARLOS RAMON
RODRIGUEZ PEREZ Y SU
ESPOSA NITZA YOLANDA
FIGUEROA SOTO Y LA
SOCIEDAD LEGAL DE
BIENES GANANCIALES
COMPUESTA POR
AMBOS
Parte Demandada
CIVIL NUM.: CCD2009-0898
SALON NÚM.: 401 SOBRE ACCION CIVIL DE: COBRO DE DINERO Y EJECUCION DE HIPOTECA POR LA VIA ORDINARIA
AVISO DE SUBASTA.
A: CARLOS RAMON
RODRIGUEZ PEREZ Y SU
ESPOSA NITZA YOLANDA
FIGUEROA SOTO Y LA
SOCIEDAD LEGAL DE
BIENES GANANCIALES
COMPUESTA POR
AMBOS; Y AL PUBLICO
EN GENERAL:
El que suscribe, Alguacil del Tribunal de Primera Instancia, Sala
Superior, Centro Judicial de
Arecibo , Arecibo, Puerto Rico,
hago saber a la parte demandada, y al PUBLICO EN GENERAL: Que en cumplimiento del
Mandamiento de Ejecución de
Sentencia expedido el día 30
de septiembre de 2014, por la
Secretaria del Tribunal, procederé a vender y venderé en pública subasta y al mejor postor
la propiedad que se describe a
continuación: URBANA: Solar
rotulado uno (1), radicado en
Esquina Calle Betances y Padial
del termino municipal de Manatí, Puerto Rico, con una cabida
superficial de ciento veintitrés
punto nueve mil ochenta y ocho
(123.9088) metros cuadrados
y lindes por el Norte, en trece
punto trescientos ocho (13.308)
metros con la calle Padial; por
el Sur, en doce punto ochocientos setenta y tres (12.873)
metros, con el solar numero dos
(2); por el Este, en nueve punto
doscientos cincuenta y ocho
(9.258) metros, con solar de
Carmen Angeles Rosario; y por
el Oeste, en nueve punto seiscientos ochenta (9.680) metros
con la Calle Betances. Enclava
una casa de concreto para fines
residenciales. Consta inscrita al
folio 42 del tomo 85 de Manatí,
finca número 3,347, Registro de
la Propiedad de Manatí. Del Registro de la Propiedad de Manati , surge que la antes mencionada propiedad aparece afecta
al siguiente gravamen preferente: (a) Cooperativa de Ahorro y
Crédito Nuestra Señora de la
Candelaria A cuyo favor aparece un Pagaré, por la suma de
$68,000.00, intereses al 7 1/2%
anual y a vencer en 240 meses,
40
según consta de la escritura
#24, otorgada en Manatí, el 9 de
mayo de 1994, ante el Notario
José J. Rosa Crespo, inscrito al
folio 44 del tomo 85 de Manatí,
finca #3,347, inscripción 3ra. Al
asiento 157 del diario 317, el día
20 de julio de 2012, se presenta
Orden y Mandamiento de fecha
5 de marzo de 2004, en el Tribunal de Primera Instancia, Sala
de Manatí, caso civil CAL03714, i la cancelación del pagaré
extraviado, mediante la cual se
ordena se cancele la hipoteca por la suma de $68,000.00.
Pendiente de calificación y
despacho. El producto de la
subasta se destinará a satisfacer al demandante hasta donde
alcance, la SENTENCIA dictada
a su favor, el día 9 de abril de
2010, en el presente caso civil,
a saber la suma de $169,993.02
de principal, más intereses al
3.676% anual desde el día 1ro.
de mayo de 2009, más la suma
de $19,400.00, por concepto de
honorarios de abogado y costas
autorizadas por el Tribunal, más
las cantidades que se adeudan
mensualmente a partir del día
1ro. de junio de 2009, por concepto de seguro hipotecario,
cargos por demora, más cualesquiera otros adelantos que
se hagan en virtud de la escritura de hipoteca. La venta de la
referida propiedad se verificará
libre de toda carga o gravamen
que afecte la mencionada finca,
excepto el gravamen aquí antes mencionado, a cuyo efecto
se notifica y se hace saber la
fecha, hora y sitio de la PRIMERA, SEGUNDA y TERCERA
subasta, si esto fuera necesario,
a los efectos de que cualquier
persona o personas con algún
interés puedan comparecer a la
celebración de dicha subasta.
La adjudicación se hará al mejor postor, quien deberá consignar el importe de su oferta en el
acto mismo de la adjudicación,
en efectivo (moneda del curso
legal de los Estados Unidos de
América), giro postal o cheque
certificado a nombre del alguacil del Tribunal. LA PRIMERA
subasta se llevará a efecto el
17 DE FEBRERO DE 2015 A A
LAS 1:45 DE LA TARDE, en la
oficina del referido Alguacil, localizada en el Centro Judicial
de Arecibo, Arecibo, Puerto
Rico. Que el precio mínimo fijado para la PRIMERA SUBASTA
es de $194,000.00. Que de ser
necesaria la celebración de una
SEGUNDA SUBASTA, la misma
se llevará a efecto el día 24 DE
FEBRERO DE 2015 A A LAS
1:45 DE LA TARDE, en la oficina
antes mencionada del Alguacil
que suscribe. El precio mínimo
para la SEGUNDA SUBASTA
será de $129,333.33, equivalentes a dos terceras (2/3) partes del tipo mínimo estipulado
para la PRIMERA subasta. Que
de ser necesaria la celebración
de una TERCERA SUBASTA la
misma se llevará a efecto el día
3 DE MARZO DE 2015 A A LAS
1:45 DE LA TARDE, en la oficina
antes mencionada del Alguacil
que suscribe. El precio mínimo
The San Juan Daily Star
Friday, January 23, 2015
para la TERCERA SUBASTA
será de $97,000.00, equivalentes a la mitad (1/2) del tipo mínimo estipulado para la PRIMERA
subasta. Si se declarase desierta la tercera subasta se dará por
terminado el procedimiento, pudiendo adjudicarsele al acreedor demandante la finca objeto
de la presente acción aquí antes
descrita, dentro de los diez (10)
días siguientes a la celebración
de la subasta desierta, si así lo
estimare conveniente, por la totalidad de la Sentencia dictada
a favor de dicho acreedor demandante si ésta fuere igual o
menor al monto del tipo mínimo
de la tercera subasta, y abonándose dicho monto a la cantidad
adeudada si ésta fuere mayor.
(Art. 221, Ley Hipotecaria y del
Registro de la Propiedad, 30
L.P.R.A. §2721). Para conocimiento de la parte demandada
y de toda aquella persona o
personas que tengan interés
inscrito con posterioridad a la
inscripción del gravamen que
se está ejecutando, y para conocimiento de todos los licitadores y el público en general,
el presente Edicto se publicará
por espacio de dos (2) semanas
consecutivas, con un intervalo de por lo menos siete días
entre ambas publicaciones, en
un diario de circulación general
en el Estado Libre Asociado de
Puerto Rico y se fijará además
en tres (3) lugares públicos del
Municipio en que ha de celebrarse dicha venta, tales como
la Alcaldía, el Tribunal y la Colecturía. Se le advierte a todos
los interesados que todos los
documentos relacionados con
la presente acción de ejecución
de hipoteca, así como de la subasta, estarán disponibles para
ser examinados en la Secretaría
de este el Honorable Tribunal,
durante las horas laborables.
EXPIDO, el presente EDICTO,
en Arecibo, Puerto Rico, hoy
día 8 de enero de 2015. Luis
E. Roman Carrero, Alguacil División de Subastas Tribunal de
Primera Instancia Sala Superior
de Arecibo.
LEGAL NOTICE
ESTADO LIBRE ASOCIADO DE
PUERTO RICO TRIBUNAL DE
PRIMERA INSTANCIA SALA
DE CAGUAS.
FIRSTBANK
PUERTO RICO
Demandante Vs.
JESUS ZAVALA
MERCADO, “SU ESPOSA
MIRIAM RODRIGUEZ
CARRION Y LA
SOCIEDAD LEGAL DE
GANANCIALES COMPUESTA
ENTRE AMBOS
Demandados
CIVIL NUM. ECD2014-1052
(402) SOBRE: EJECUCION
DE HIPOTECA Y COBRO DE
DINERO (VIA ORDINARIA)
EMPLAZAMIENTO POR EDICTOS ESTADOS UNIDOS DE
AMERICA EL PRESIDENTE DE
LOS EE. UU. EL ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO
RICO SS.
A: JESUS ZAVALA
MERCADO, SU
ESPOSA MIRIAM
RODRIGUEZ CARRION
Y LA SOCIEDAD LEGAL
DE GANANCIALES
COMPUESTA ENTRE
AMBOS; 181 Km. 13.2 Barrio Masa de Gurabo
- Gurabo, Puerto Rico
00977; Direccion Postal:
PO Box 301 - Trujillo Alto,
Puerto Rico 00977.
Se les notifica que se ha presentado ante este Tribunal, un
procedimiento de ejecucion de
hipoteca bajo el numero mencionado en el epigrafe. Se alega en dicho procedi,miento que
la parte Demandada incurrio en
el incumplimiento del Contrato
de Hipoteca, al no poder pagar
las mensualidades vencidas correspondientes a los meses de
marzo de 2014 hasta el presente, mas los cargos por demora
correspondientes.
Adernas
adeuda a la parte demandante
las costas, gastos y honorarios
de abogado en que incurra el
tenedor del pagare en este litigio. De acuerdo con dicho Contrato de Garantia Hipotecaria
la parte Demandante declaro
vencida la totalidad de la deuda
ascendente a suma principal de
$94,500.00, mas intereses a razon del 6.375% anual hasta el
presente y los que se continuen
acumulando hasta su total y
completo pago, mas los cargos
por demora que se corresponden a los plazos atrasados
desde la fecha anteriormente
indicada a razon de la tasa pactada de 5% de cualquier pago
que este en mora por mas de
quince (15) dias desde la fecha
de su vencimiento, mas adelantos para el pago de seguros
y contribuciones, entre otros;
mas una suma equivalente a
$9,319.33 por, concepto de
costas, gastos y honorarios de
abogado. La parte Demandante
presentara para su inscripcion
en el Registro de la Propiedad
correspondiente, un AVISO
DE PLEITO PENDIENTE (“Lis
Pendens”) sobre la propiedad
objeto de esta accion cuya
propiedad es la siguiente: URBANA: Solar marcado con el
numero cuatro (4) de la manzana “B” del plano preparado por
la Autoridad sobre Hogares de
Puerto Rico para la Urbanizacion Braulio Dueño Colon del
Barrio Hato Abajo, del termino
municipal de Bayamon, Puerto
Rico, con una cabida superficial de trescientos once punto
treinta y cinco (311.35) metros
cuadrados. Colindando por el
NORTE, en una distancia de
doce punta cuatro (12.4) metros, con la Calle Siete (7) de
dicha urbanizacion: por el SUR,
en una distancia de doce punto
cuatro (12.4) metros de otro,
con terrenos propiedad de Jose
Pesquera; por el ESTE, en una
distancia de veinticinco punto
ochenta y siete (25.87) metros,
con el solar cinco (5) del bloque
“B” de dicha urbanizacion; y por
el OESTE, en una distancia de
veinticinco punta ochenta y cinco (25.85) metros, con el solar
tres (3) del bloque “B” de dicha urbanizacion. Enclava una
casa de hormigon reforzado,
incluyendo el techo que mide
veintiun (21) pies ocho (8”)
pulgadas de frente par treinta
(30) pies ocho (8) pulgadas y
contiene dos (2) dormitories,
sala-comedor, cocina, balcon y
baño. CONSTA inscrita al folio
doscientos cuarenta y cinco
(245) del tomo ciento treinta y
nueve (139) de Bayamon Sur,
finca numero siete mil noventa
(7,090) del Registro de la Propiedad, Seccion I de Bayamon.
POR LO ANTERIORMENTE
INDICADO, se Ie emplaza y requiere que, dentro de los treinta
(30) dias siguientes a la publicación de este EDICTO, notifique su Contestacion a la Demanda Enmendada a: LCDA.
MARIE L. QUIÑONES TAÑON;
LATIMER, BIAGGI, RACHID &
GODREAU, P.O. Box 9022512,
San Juan, P.R. 00902-2512,
Tel. 787-724-0230; apercibiendole que, de no contestar la Demanda, radicando el original en
la Corte ante el Tribunal correspondiente, con copia a la parte
Demandante, se le anotara la
rebeldia y se dictará Sentencia,
concediendose el remedio solicitado en la Demanda, sin mas
citarle ni oírle. Expedido bajo mi
firma y sello del Tribunal hoy, 21
de octubre de 2014. Carmen
Ana Pereira Ortiz, Secretaria
Regional. Por: Emily Diaz Torres, Sub-Secretaria.
LEGAL NOTICE
ESTADO LIBRE ASOCIADO DE
PUERTO RICO TRIBUNAL DE
PRIMERA INST ANCIA SALA
SUPERIOR DE AGUADILLA.
JOSE C. CHIPI MILLARES
Demandante v.
DORAL MORTGAGE;
JUAN DEL PUEBLO y
JUANA DEL PUEBLO
Y cualesquier persona
desconocida con posible
interes en la obligacion
cuya cancelacion por
decreto judicial se
solicita.
Demandados
CIVIL NUM. ACP2014-0023
SOBRE: CANCELACION DE
PAGARE EXTRAVIADO EMPLAZAMIENTO POR EDICTO
ESTADS UNIDOS DE AMERICA EL PRESIDENTE DE LOS
ESTADOS UNIDOS SS EL ESTADO LIBRE ASOCIADO DE
PUERTO RICO.
A: JUAN DEL PUEBLO
Y JUANA DEL PUEBLO
COMO POSIBLES
TENEDORES Y
CUALESQUIER PERSONA
DESCONOCIDA CON
POSIBLE INTERES EN
LA OBLIGACION CUYA
CANCELACION POR
DECRETO JUDICIAL SE
SOLICITA.
Por la presente se Ie notifica
que ha sido presentada en
este Tribunal una Demanda
en su contra en el pleito de
epigrafe. En este casu la parte
demandante ha radicado una
Demanda para que se decrete judicialmente el saldo de un
(1) pagan: hipotecario a favor
de Sana Investment Mortgage
Bankers Inc., por la suma de
$110,000.00. Dicho pagare fue
suscrito el dia 2 de octubre de
1998, ante el notario Angel L.
Rolan Prado, garantizado por
hipoteca constituida mediante la
Escritura numero 1037, sobre la
siguiente propiedad: URBANA:
Solar radicado en la Calle Jose
Celso Barbosa, esquina a la calle Emilio Gonzalez del termino
municipal de Isabela, compuesta de 149.00 metros cuadrados,
o sea 14.50 metros al OESTE,
con la calle Emilio Gonzalez;
11.50 metros al NORTE, con
Manuel Gutierrez; 13.30 metros
al ESTE, con Salome Rios; y
10.00 metros al SUR, con la calle Jose Celso Barbosa. Enclava una casa de hormigon con
techo de zinc de 2 plantas que
mide 20 pies 9 pulgadas, o sea
6.03 metros de frente, 26 pies
o sea 7.09 metros de fondo; 32
pies o sea 9.75 metros a la izquierda y 36 pies o sea 10.97
metros a la derecha, los altos
dedicados a vivienda y los bajos a comercio. Finca #5458A,
inscrita al folio 01 del tomo 126
de Isabela, Registro de la Propiedad de Aguadilla. La parte
demandante alega que dicho
pagare ha sido saldado segun
mas detalladamente consta en
la Demanda radicada que puede examinarse en la Secretaria
de este Tribunal. Por tratarse
de una obligacion hipotecaria
y pudiendo usted tener interes
en este caso o quedar afectado por el remedio solicitado,
se Ie emplaza por este edicto
que se publicara una vez en un
periodico de circulacion diaria
general de Puerto Rico y se Ie
requiere para que radique en
este Tribunal su contestacion
y notifique con copia de ella al
abogado de la parte demandante el Lcdo. Ignacio Garcia Franco, PO Box 361844 San Juan,
PR 00936-1844; Tel. (787) 4783379, dentro de los treinta (30)
dias siguientes a la publicacion
de este Edicto, apercibiendole
que de no hacerlo asi dentro
del termino indicado, el Tribunal podra anotar su rebeldia y
dictar sentencia concediendo
el remedio solicitado en la Demanda sin mas citarle ni oirle.
EXPEDIDO bajo mi firma y sello
de este Tribunal, en Aguadilla,
Puerto Rico, hoy dia 9 de enero
de 2015. Rosa B. Sanchez Acevedo, Secretaria Regional.
LEGAL NOTICE
ESTADO LIBRE ASOCIADO
DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA
CENTRO JUDICIAL DE SAN
LORENZO SALA SUPERIOR.
ORIENTAL BANK
Auxiliar.
Demandante vs.
LUCAS ALBERTO
GORDILS MOLINA T/C/C
LUCAS A. GORDILS
MOLINA, LESLIE
JOAN MONTALVO
ORTIZ T/C/C LESLIE J.
MONTALVO ORTIZ Y
LA SOCIEDAD LEGAL
DE GANANCIALES
COMPUESTA POR
AMBOS
Demandados
CIVIL NUM. E2CI20140638
SOBRE: COBRO DE DINERO
Y EJECUCION DE HIPOTECA
POR LA VIA ORDINARIA EMPLAZAMIENTO POR EDICTO
ESTADOS UNIDOS DE AMERICA EL PRESIDENTE DE
LOS ESTADOS UNIDOS SS EL
ESTADO LIBRE ASOCIADO DE
PUERTO RICO.
A. LUCAS ALBERTO
GORDILS MOLINA T/C/C
LUCAS A. GORDILS
MOLINA, LESLIE
JOAN MONTALVO
ORTIZ T/C/C LESLIE J.
MONTALVO ORTIZ Y
LA SOCIEDAD LEGAL
DE GANANCIALES
COMPUESTA POR
CADA UNO DE SUS
MIEMBROS COMO COADMINISTRADORES
LIRIOS CALA II CALLE
SAN LUCAS BLOQUE V
472 JUNCOS, PR 00777.
21202 CALLE RANCHO
VEGA I CAYEY, PR 00736.
POR LA PRESENTE se les emplaza y requiere para que contesten la demanda dentro de los
treinta (30) dias siguientes a la
publicacion de este Edicto, radique el original de su contestacion ante el Tribunal correspondiente y notifique con copia a los
abogados de la parte demandante, Lcda. Edda Ivette Rodriguez al PO Box 191017, San
Juan PR 00919-1017; Telefono
754-1313. En dicha demanda se
tramita una accion de Ejecucion
de Hipoteca por la Via Ordinaria
donde se Ie reclama la suma
principal de $154,240.02 intereses vencidos que al 1 de mayo
de 2014, ascienden a $2,633.42
y los que se continuen acumulando al tipo pactado hasta el
pago total y completo de la obligacion, la suma de $176.44 por
concepto de cargos por demora,
mas la suma de $16,350.00 por
concepto de costas, gastos y
honorarios de abogado, segun
pactados. SE LES APERCIBE
que de no hacerlo asi, se le anotara la rebeldia y se dictara sentencia en la cual se concedera el
remedio solicitado contra usted
en la Demanda, sin mas citarle ni oirle . EXTENDIDO bajo
mi firma y el sello del Tribunal
en Puerto Rico, a 12 de enero
de 2015. Irma I. Arroyo Gonzalez, Secretaria. Por: Mignorys
Cuadrado Lopez, Secretaria
LEGAL NOTICE
ESTADO LIBRE ASOCIADO DE
PUERTO RICO TRIBUNAL DE
PRiMERA INSTANCIA SALA
SUPERIOR DE PONCE.
BANCO POPULAR DE
PUERTO RICO
Demandante v.
TOMAS SERRANO
GONZALEZ, FULANA
DE TAL Y LA
SOCIEDAD LEGAL
DE GANANCIALES
COMPUESTA POR
AMBOS;
Demandado.
CIVIL NUM. JCD2014-0933
(604) SOBRE: COBRO DE DINERO POR LA VIA ORDINARIA EMPLAZAMIENTO POR
EDICTO ESTADOS UNIDOS
DE AMERICA EL PRESIDENTE
DE LOS EE.UU. DE AMERICA
EL ESTADO LlBRE ASOCIADO
DE PUERTO RICO.
A: TOMAS SERRANO
GONZALEZ, FULANA
DE TAL Y LA
SOCIEDAD LEGAL
DE GANANCIALES
COMPUESTA POR
AMBOS;
Queden emplazados y notificados que en este Tribunal se ha
radicado Demanda sobre cobro
de dinero por la via ordinaria en
la que se alega que los codemandados TOMAS SERRANO
GONZALEZ, Fulana de Tal y la
Sociedad Legal de Gananciales
par enos compuesta le adeudan
al Banco Popular del prestamo
#2755505-9002 Ia suma principal de $87,751.65, mas intereses acumulados (al dia 6 de
febrero de 2014) ascendentes a
$110,822.39, mas aquellos intereses que se continuen acumulado desde el dia 6 de febrero de
2014, a razon de $24.37 diarios,
mas los gastos de honorarios
de abogados y costas del presente litigio. EI abogado de Ia
parte demandante es el Lcdo.
Alejandro Bellver Espinosa,
cuya direccion fisica y postal es:
Condo El Centro I, Suite 801,
500 Muñoz Rivera Ave., San
Juan, Puerto Rico 00918; cuyo
numero de telefono es (787)
946-5268, el facsimile (787)9460062 y su correo electronico
es: [email protected].
Se les advierte que este edicto
se publicara en un periodico de
circulacion general una sola vez
y que si no comparecen a contestar dicha Demanda radicando el original de la misma en el
Tribunal, con copia al abogado
de la parte demandante dentro
del termino de treinta (30) dias a
partir de la publicacion del Edicto, se Ie anotara la rebeldia y se
dictara Sentencia concediendo
el remedio asi solicitado sin mas
citarles ni oirles. Expedido baio
mi firma y sello de este Tribunal,
en Ponce, Puerto Rico, hoy dia
13 de enero de 2015. Luz Mayra
Caraballo, Secretaria.