4 Normas Legales del 12.01.2015 ORGANISMOS REGULADORES ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION PRIVADA EN TELECOMUNICACIONES Aprueban Cuadro para Asignación de Personal Provisional - CAP del OSIPTEL RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA Nº 103-2014-PD/OSIPTEL Lima, 29 de diciembre de 2014 MATERIA Aprobación de Cuadro para Asignación de Personal Provisional VISTOS: El Informe Nº 263 - RRHH/2014 mediante el cual el Área de Recursos Humanos de la Gerencia de Administración y Finanzas sustenta la necesidad de aprobar un Cuadro para Asignación de Personal Provisional, y el Informe N° 157-GPP/2014 de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema Nº 095-2011PCM, se aprobó el Cuadro para Asignación de Personal del Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones - OSIPTEL, modi¿cado por Resolución de Presidencia Nº 063-2012-PD/OSIPTEL, Resolución de Presidencia Nº 003-2013-PD/OSIPTEL y Resolución de Presidencia Nº 062-2013-PD/OSIPTEL; Que, mediante el informe de visto el Área de Recursos Humanos fundamenta la necesidad de aprobar un Cuadro para Asignación de Personal Provisional a ¿n de dar cumplimiento a la Resolución Nro. 01 del 9º Juzgado Constitucional de Lima, que ordena la reposición en forma preventiva (o provisional) de un servidor a la Entidad, en su puesto de trabajo de origen o en otro de igual nivel o categoría; Que, el servidor indicado desempeñaba el cargo de Supervisor Especialista, categoría Profesional II, la misma que a la fecha se encuentra ocupada, por lo que resulta necesario contemplar un cargo similar en el Cuadro para Asignación de Personal Provisional; Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 152-2014-SERVIR/PE, se aprobó la Directiva Nº 0012014-SERVIR/GPGSC,“Reglas de aplicación progresiva para la aprobación del Cuadro de Puestos de las Entidades, modi¿cada por la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 234-2014-SERVIR/PE, la cual establece las reglas para la aprobación del indicado documento de gestión, aplicable para supuestos de excepción y sólo en tanto las entidades comprendidas en los mismos cumplan con las condiciones establecidas; Que la Directiva Nº 001-2014-SERVIR/ GPGSC,“Reglas de aplicación progresiva para la aprobación del Cuadro de Puestos de las Entidades, modi¿cada por la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 234-2014-SERVIR/PE, establece en el numeral 4, acápite 4.5, que las entidades que cuenten con Cuadro para Asignación de Personal aprobado o provisional, podrán ajustarlo en el año ¿scal, bajo los términos expuestos en el numeral 5 de la citada Directiva. Este ajuste no excederá del 5% del total de cargos aprobados por la entidad para el inicio del año ¿scal, ni habilita a la entidad a requerir o utilizar mayores recursos presupuestarios para tales efectos; Que, mediante Carta Nº 2947-GAF/2014 la Gerencia de Administración y Finanzas solicitó la opinión técnica de la Autoridad Nacional de Servicio Civil - SERVIR, sobre la propuesta de Cuadro para Asignación de Personal Provisional del OSIPTEL; Que, mediante Informe Nº 42-2014-SERVIR/ GDSRH, la Gerencia de Desarrollo del Sistema de Recursos Humanos de SERVIR, emitió opinión técnica indicando que, en cumplimiento de la sentencia judical referida, el OSIPTEL puede tramitar la aprobación de un Cuadro para Asignación de Personal Provisional , el cual contemple los cargos del personal que deba ser reincorporado por mandato judicial, por lo que recomienda continuar con el trámite de aprobación del Cuadro para Asignación de Personal Provisional del OSIPTEL; Que, asimismo, en el Informe precedente se señala que la entidad vinculada por una resolución judicial debe efectuar todas las gestiones que sean necesarias para darle estricto cumplimiento, evitando cualquier retraso en su ejecución, y sin hacer cali¿cación alguna que pudiese restringir sus efectos, incurriendo en responsabilidad en caso de infringir dichas reglas; Que, en tal sentido, resulta necesario aprobar el Cuadro para Asignación de Personal Provisional del Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones - OSIPTEL; Con la opinión favorable de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, de la Gerencia de Administración y Finanzas, de la Gerencia de Asesoría Legal, y de la Gerencia General; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar el Cuadro para Asignación de Personal Provisional - CAP del Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones - OSIPTEL con los Formatos Nº 1, Nº 2 y el Anexo Nº 1, que forman parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2º.- La presente Resolución será publicada en el Diario O¿cial El Peruano. El Cuadro para Asignación de Personal Provisional -CAP (Formatos Nº 1, Nº 2 y el Anexo Nº 1 y su resolución aprobatoria serán publicados en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe) y en el Portal Institucional (www.osiptel.gob.pe) el mismo día de la publicación de la presente Resolución en el Diario O¿cial El Peruano. Artículo 3º.- OSIPTEL deberá remitir a la Autoridad Nacional de Servicio Civil - SERVIR por vía electrónica el archivo digital del Cuadro para Asignación de Personal Provisional -CAP dentro de los treinta (30) días calendario siguientes a su aprobación. Regístrese, comuníquese y publíquese. GONZALO MARTÍN RUIZ DÍAZ Presidente del Consejo Directivo 1186863-1 ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS INSTITUTO GEOLOGICO MINERO Y METALURGICO Delegan en la Secretaría General del INGEMMET diversas facultades en materia presupuestal, durante el Año Fiscal 2015 RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA Nº 003-2015-INGEMMET/PCD Lima, 9 de enero de 2015 5 Normas Legales del 12.01.2015 CONSIDERANDO: Que, el Instituto Geológico, Minero y Metalúrgico – INGEMMET es un Organismo Público Técnico Especializado del Sector Energía y Minas, con personería jurídica de derecho público, goza de autonomía técnica, económica y administrativa, constituyendo un Pliego Presupuestario, conforme lo señalado en los Decretos Supremos N° 058-2011-PCM y N° 035-2007-EM; Que, el numeral 7.1 del artículo 7° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF, dispone que el Titular de una Entidad es la más alta autoridad ejecutiva y puede delegar sus funciones en materia presupuestal cuando lo establezca expresamente la Ley General, las Leyes de Presupuesto del Sector Público o la norma de creación de la Entidad, siendo responsable solidario con el delegado; Que, el numeral 40.2 del artículo 40° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, prevé que las modi¿caciones presupuestarias en el nivel funcional programático son aprobadas mediante Resolución del Titular, a propuesta de la O¿cina de Planeamiento y Presupuesto o la que haga sus veces en la Entidad, pudiendo delegarse dicha facultad mediante disposición expresa, la cual debe ser publicada en el Diario O¿cial El Peruano; Que, mediante Ley N° 30281, se aprobó el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015; Que, el artículo 7° del Reglamento de Organización y Funciones - ROF del INGEMMET, aprobado por Decreto Supremo N° 035-2007-EM; señala que el Presidente del Consejo Directivo es el Titular de la Entidad y del Pliego Presupuestal del Instituto Geológico, Minero y Metalúrgico – INGEMMET, es el responsable de dirigir y supervisar la marcha institucional y representa al Consejo Directivo ante las autoridades del Sector y ante otras instituciones públicas y privadas; Que, asimismo, el artículo 9° del ROF del INGEMMET establece que la Secretaría General es la más alta autoridad administrativa de la entidad; Que, con la ¿nalidad de coadyuvar a una mejor gestión en la administración de los recursos asignados, en materia presupuestal, que permita al INGEMMET cumplir de forma e¿ciente y e¿caz con las funciones de su competencia; así como, con los objetivos y metas trazadas en los instrumentos de gestión, resulta pertinente delegar en la Secretaría General determinadas funciones asignadas al Titular del Pliego durante el Año Fiscal 2015; Con visación de la Secretaría General y de los Directores de las O¿cinas de Administración, Asesoría Jurídica y de Planeamiento y Presupuesto; De conformidad con lo dispuesto en el Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF y en el ejercicio de las atribuciones conferidas en el artículo 7° del Decreto Supremo Nº 035-2007-EM, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Geológico, Minero y Metalúrgico – INGEMMET; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Delegar en la Secretaría General del Instituto Geológico, Minero y Metalúrgico – INGEMMET durante el Año Fiscal 2015, las siguientes facultades en materia presupuestal: 1.1 Aprobar la formalización de Notas de Modi¿caciones Presupuestarias en el Nivel Funcional Programático, de acuerdo con el numeral 40.2 del artículo 40° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411. 1.2 Suscribir la Ficha Técnica del Indicador de Desempeño, establecida en la Directiva N° 005-2012EF/50.1 “Directiva para la Evaluación Semestral y Anual de los Presupuestos Institucionales de las Entidades del Gobierno Nacional y Gobiernos Regionales para el Año Fiscal 2012” aprobado por Resolución Directoral Nº 017-2012-EF/50.01, según lo dispuesto en la Resolución Directoral Nº 018-2014-EF/50.01 de fecha 22 de julio de 2014. 1.3 Aprobar las Directivas internas en el marco de la Ley de Presupuesto y modi¿catorias. Artículo 2°.- La delegación de facultades a que se re¿ere la presente Resolución, comprende las atribuciones de decidir y resolver, pero no exime de la obligación de cumplir con los requisitos legales establecidos para cada caso. Artículo 3°.- La Secretaría General deberá dar cuenta a la Presidencia del Consejo Directivo del INGEMMET, dentro de los cinco (05) primeros días hábiles de cada mes, sobre los actos realizados en virtud de la delegación dispuesta en el Artículo 1° de la presente Resolución. Artículo 4°.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario O¿cial El Peruano y en el Portal Institucional del Instituto Geológico, Minero y Metalúrgico – INGEMMET (www.ingemmet.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. SUSANA G. VILCA ACHATA Presidenta del Consejo Directivo 1186357-1 SERVICIO NACIONAL DE CERTIFICACIÓN AMBIENTAL PARA LAS INVERSIONES SOSTENIBLES Delegan en el Secretario General (e) diversas funciones asignadas al Titular del Pliego del SENACE RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 001-2015-SENACE/J Lima, 5 de enero de 2015 CONSIDERANDO: Que, a través de la Ley Nº 29968, se crea el Servicio Nacional de Certi¿cación Ambiental para las Inversiones Sostenibles - SENACE, como Organismo Público Técnico Especializado, con autonomía técnica y personería jurídica de derecho público interno, constituyéndose en pliego presupuestal, adscrito al Ministerio del Ambiente y encargado de revisar y aprobar los Estudios de Impacto Ambiental detallados (EIA-d) regulados en la Ley Nº 27446 - Ley del Sistema Nacional de Evaluación del Impacto Ambiental, y sus normas reglamentarias; Que, el Numeral 7.3 del Artículo 7º de la mencionada Ley establece que la Jefatura ejerce la representación legal del SENACE, así como la titularidad del pliego presupuestal de la entidad; Que, el Artículo 5º del Decreto Legislativo Nº 1017 Ley de Contrataciones del Estado (en adelante, la Ley) dispone que el Titular de la Entidad podrá delegar mediante Resolución sus competencias en materia de contratación pública, con excepción de lo relacionado a la aprobación de exoneraciones, la declaración de nulidad de o¿cio, las autorizaciones de prestaciones adicionales de obra y otros supuestos que se establecen en el Reglamento de la citada Ley; Que, mediante Resolución Jefatural Nº 063-2014SENACE del 30 de diciembre de 2014, se dispuso delegar en el señor Erick Santiago Soriano Bernardini (en adelante, señor Soriano) —con efectividad al 05 de enero de 2015—, en adición a sus funciones como Asesor de la Jefatura Institucional, las funciones de la Secretaría General del SENACE;
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