“GOBIERNO REGIONAL CUSCO” “DIRECCIÓN REGIONAL DE EDUCACIÓN CUSCO” “UNIDAD DE GESTIÓN EDUCATIVA LOCAL CUSCO” “AÑO DE LA PROMOCIÓN DE LA INDUSTRIA Y DEL COMPROMISO CLIMÁTICO” “Cusco Capital Histórica del Perú” DIRECTIVA N° 21 -2014-DRE-C/UGEL-C/AGP PROGRAMA DE RECUPERACIÓN PEDAGÓGICA EN INSTITUCIONES EDUCATIVAS PÚBLICAS Y PRIVADAS DE EDUCACION BASICA REGULAR. I. FINALIDAD Establecer normas para la organización, ejecución y evaluación del Programa de Recuperación Pedagógica en instituciones educativas públicas y privadas de Educación Primaria y Secundaria del ámbito de la Unidad de Gestión Educativa Local del Cusco. II. OBJETIVOS Orientar a los Directores de las Instituciones Educativas en la correcta organización, ejecución y evaluación de las actividades consideradas en el Programa de Recuperación Pedagógica. Asegurar los mecanismos técnicos de recuperación pedagógica coherentes con el Diseño Curricular Nacional y rutas del aprendizaje del Sistema Educativo, a partir de las competencias y capacidades no logradas por los estudiantes durante el año escolar 2014. Garantizar el cumplimiento de las normas de evaluación emitidas por el Ministerio de Educación. III. BASES LEGALES Ley General de Educación N° 28044. Ley de la Reforma Magisterial Nº 29944 Ley de Centros Educativos Particulares N° 26549 y su Reglamento aprobado por D.S. 009-2006-ED. DS N° 015-2002-ED. Reglamento de Organizaciones y Funciones de las Direcciones Regionales de Educación y Unidades de Gestión Educativa Local. DS011-2012-ED. Reglamento de Educación Básica Regular. RM N° 0234-2005-ED. aprueba la Directiva N° 004-VMGP-2005, Evaluación de los aprendizajes de los estudiantes en Educación Básica Regular. RM 0622-2013-ED. Que aprueba la Directiva de Organización para el Año Escolar 2014. RD N° 002-95-ED. Normas para el Programa de Recuperación Pedagógica. RD N° 010-96-ED. Normas para el Programa de Recuperación Pedagógica. IV. ALCANCE Área de Gestión Pedagógica UGEL Cusco. Especialistas de Educación Primaria y Secundaria. Direcciones de instituciones educativas públicas y privadas de Educación Básica Regular: Primaria y Secundaria. Alumnos de Educación Primaria y Secundaria de EBR. V. DISPOSICIONES GENERALES Los Directores de las instituciones educativas públicas y privadas están facultados para organizar, programar y ejecutar el Programa de Recuperación Pedagógica durante el periodo vacacional, previa aprobación del Proyecto del Programa de Recuperación Pedagógica y la respectiva autorización otorgada por la Unidad de Gestión Educativa Local del Cusco; siempre que hayan cumplido con la entrega de las Nóminas de Matrícula y Actas de Evaluación 2014, debidamente aprobadas por la UGEL Cusco. La Dirección de la Unidad de Gestión Educativa Local Cusco, a través del Área de Gestión Pedagógica es la encargada de brindar asesoramiento técnico, monitoreo y acompañamiento al Programa de Recuperación Pedagógica. El Programa de Recuperación Pedagógica en las Instituciones Educativas Públicas y Privadas, tiene una duración de seis (6) semanas efectivas. Está terminantemente prohibido aperturar aulas de preparación para el grado inmediato superior (pre) por ser Programa de Recuperación Pedagógica. VI. DISPOSICIONES ESPECÍFICAS 6.1. De los alumnos participantes: Los alumnos del 1er. Grado de Educación Primaria no participan en el Programa de Recuperación Pedagógica, por la promoción automática al grado superior. Participarán en forma voluntaria en el Programa los estudiantes del 2do. Al 6to grado de Educación Primaria y el 1er. al 4to. Grado de Educación Secundaria que no lograron los aprendizajes previstos del grado que cursaron en el año Escolar 2014. Los estudiantes que por razones de viaje u otros motivos, pueden asistir al Programa de Recuperación Pedagógica organizado en otra Institución Educativa, previa autorización expedida por la Dirección de la Institución Educativa, para garantizar la validez de la Evaluación de Recuperación, la que se realizará como máximo al 20 de febrero del 2015 6.2. De la Organización: La organización del Programa estará a cargo del Director o Subdirector de la Institución Educativa, quienes seleccionarán al personal docente, según su desempeño, logros pedagógicos y compromiso durante el año lectivo del 2014. En cada Institución Educativa se conformará la Comisión de Supervisión del Programa de Recuperación Pedagógica integrado por: Director o Subdirector de la Institución Educativa, quien la preside. Un representante de los Padres de Familia designado por el CONEI. Un docente que no participe en el Programa de Recuperación Pedagógica y que haya desempeñado una eficiente labor en el año 2014; aprobado mediante una Resolución Directoral. El Coordinador del Programa de Recuperación Académica, tanto en el nivel primaria como en secundaria, es designado por el Director, de acuerdo a su desenvolvimiento profesional en el año 2014, con aprobación de los profesores participantes en el programa y es responsable de: Ejecutar las acciones Administrativas y Técnico Pedagógicas. Formular el proyecto del Programa de Recuperación Pedagógica. Convocar, inscribir y organizar a los estudiantes. Seleccionar a los docentes y personal administrativo, fijar la fecha de inicio y finalización del Programa, horario, pago del personal y otros. Coordinar y supervisar las actividades técnico pedagógico. Presentar a la comisión de Supervisión el Informe final documentado conteniendo los logros, dificultades y sugerencias en los aspectos administrativos, técnico pedagógico y financiero. Participarán en el Programa de Recuperación Pedagógica, los docentes que tengan, según las actas finales de evaluación, el menor porcentaje de alumnos desaprobados y los docentes que hayan destacado en actividades programadas por la I.E. (concursos regionales y nacionales) durante el año lectivo, siendo la meta de atención por aula de 25 a 30 estudiantes como máximo. Las actividades del Programa de Recuperación Pedagógica se desarrollarán durante 06 semanas efectivas, considerando la siguiente distribución del tiempo. En Educación Primaria Comunicación y Matemática: Diario: 2 horas pedagógicas efectivas. Total: 60 Horas pedagógicas efectivas. Otras Áreas y/o Talleres Curriculares: Diario: 1 hora pedagógica efectiva. Total: 30 horas pedagógicas efectivas. En Educación Secundaria por Área Curricular: Diario: 2 horas pedagógicas efectivas. Total: 60 horas pedagógicas efectivas. El costo del Programa de Recuperación Pedagógica lo establecerá el CONEI de la Institución Educativa, considerando el número de participantes, situación socio-económica de los alumnos, ubicación de la II EE, el Programa será autofinanciado con el aporte de los padres de familia no debe exceder el 0,5 % de la UIT o de otras fuentes a las que se pueda recurrir, los acuerdos deben estar en un acta, que se adjuntará al proyecto. Los ingresos recaudados como producto del Programa de Recuperación Pedagógica se distribuirá de la siguiente manera: En Educación Primaria (RD N° 002-95-ED): 10 % para el coordinador (Director o Subdirector). 80 % para los docentes participantes. 05 % para el personal administrativo participante. 05 % para material de impresión y de mantenimiento. En Educación Secundaria (R.D. N° 010-96-ED): 15 % para el Director y Coordinador. 65 % para los docentes participantes. 10 % para el personal de apoyo participante. 05 % para material de impresión y útiles de escritorio. 05 % para el mantenimiento de los talleres y laboratorios. En las Instituciones donde funciona el Programa de Recuperación Pedagógica en los niveles de Educación Primaria y Secundaria, el responsable para el nivel Secundario será el Director y el Subdirector para el nivel Primaria. Los estudiantes que participan en el Programa de Recuperación Pedagógica, son evaluados permanentemente, la calificación del aprendizaje de los educandos, será el mismo que se aplica durante el año escolar. El docente debe asegurar el uso adecuado de las estrategias metodológicas para lograr con éxito las competencias y actitudes a desarrollar en cada una de las áreas curriculares por grado. Para el desarrollo del Programa de Recuperación Pedagógica, los Directores establecerán el cronograma de trabajo escolar correspondiente, el mismo que será de conocimiento de los padres de familia y alumnos a fin de evitar la repitencia o deserción escolar. El Director de la Institución Educativa, remitirá las nóminas de los alumnos matriculados al Programa de Recuperación Pedagógica, a la semana iniciado el programa, indicando el grado al que pertenece, el o las áreas que recuperará y la Institución Educativa de procedencia. Finalizado el Programa de Recuperación Pedagógica, el Director de la Institución Educativa, bajo responsabilidad elevará en un máximo de 5 días a la Unidad de Gestión Educativa Local Cusco, las actas de evaluación a través del SIAGIE el reporte al Ministerio de Educación en físico y el informe final documentado, de las acciones del Programa, en los aspectos administrativos, técnico pedagógicos y financieros. La asistencia de los alumnos será en los horarios habituales de la mañana de 08:00 a 12:30 horas de lunes a viernes, quedando terminantemente prohibido crear aulas multigrados o multiáreas. Los alumnos serán evaluados en forma permanente durante el proceso de desarrollo del Programa de Recuperación Pedagógica bajo los alcances de la Directiva N° 004VMGP-2005 Evaluación de los Aprendizajes de los Estudiantes en la EBR. Los alumnos promovidos en el Programa de Recuperación Pedagógica serán exceptuados de la Evaluación de Recuperación en el mes de febrero en Instituciones públicas y privadas. Los Directores, donde se organizan los Programas de Recuperación Pedagógica, bajo responsabilidad administrativa remitirán las actas de evaluación del programa a las instituciones Educativas de procedencia de los estudiantes, visados obligatoriamente por la UGEL Cusco, para ser subidos al sistema de SIAGIE como máximo el 20 de febrero. Los responsables del Programa de Recuperación Pedagógica podrán organizar actividades complementarias de carácter recreativo y cultural para los alumnos. VII. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Queda terminantemente prohibido los programas de nivelación, reforzamiento u otros para los alumnos que ingresan al primer grado de educación primaria y para el primero de secundaria, bajo la responsabilidad administrativa del Director. El Programa de Recuperación Pedagógica en ningún caso será utilizado para seleccionar o condicionar la matrícula. El Programa de Recuperación Pedagógica, debe designar un responsable para efectos de cobro y rendición de cuentas por el derecho de participación del Programa. La Dirección de la Unidad de Gestión Educativa Local Cusco, a través del Área de Gestión Pedagógica, ejecutará las acciones de supervisión y acompañamiento, para el cumplimiento de la presente Directiva. Los aspectos no contemplados en la presente Directiva, serán absueltos por los Especialistas del Área de Gestión Pedagógica de la UGEL Cusco. Cusco, diciembre del 2014. ……… .………………………………………….... PROF. ENRIQUE ROJAS GONZALES DIRECTOR DEL PROGRAMA SECTORIAL III UNIDAD DE GESTION EDUCATIVA LOCAL CUSCO ERG/D-UGEL-C. JGRP/DAGP DAVS/EPEC
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