Frecuencia y presentación de los monitores ambientales - OEFA

COMUNICADO
El Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental – OEFA recuerda a sus administrados del
sector pesquería, dedicados al procesamiento industrial de recursos hidrobiológicos de consumo
humano indirecto (harina y aceite) y de consumo humano directo (congelado, enlatado, curado y
otros), así como a los que se dedican a la acuicultura de mayor escala, que deben realizar y presentar
sus monitoreos ambientales, y la documentación que acredite el manejo y disposición de residuos
sólidos, al OEFA observando las siguientes reglas:
FRECUENCIA Y PRESENTACIÓN DE LOS MONITOREOS AMBIENTALES
ACTIVIDAD
Consumo humano
Efluentes / Emisiones
y/o
Normativa
IGA1
Directo
Observando los parámetros
y frecuencias señaladas en
los instrumentos de gestión
ambiental (PAMA,
EIA,
PMA, PACPE).
Indirecto
ACTIVIDAD
Reglamento de la Ley General
de Pesca (Artículos 85° y 86°).
Observando los parámetros y
frecuencias señalados en los
Protocolos de monitoreos
(R.M. 003-2002-PE y R.M.
194-2010-RODUCE).
Efluentes
Observando los parámetros Guía para la presentación de
y frecuencias señaladas en Reportes de Monitoreo en
los instrumentos de gestión Acuicultura (R.M. 168-2007ambiental (PAMA, EIA y
PRODUCE, modificada por
PMA).
R.M. 019-2011-PRODUCE).
Acuicultura
MANEJO Y DISPOSICIÓN DE RESIDUOS SÓLIDOS
Obligación
Presentación
Plan y Declaración de Manejo de Residuos
Sólidos
Manifiesto de Manejo de Residuos Peligrosos
Ambiental
Plazo
Dentro de los primeros quince (15) días hábiles
de cada año.
Dentro de los quince (15) primeros días del
siguiente mes en el que se generó la obligación.
En caso necesiten absolver alguna interrogante sobre el presente, deben escribir a los correos
electrónicos [email protected], [email protected] y/o [email protected]
Atentamente,
Dirección de Supervisión
Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental
1
Instrumento de Gestión Ambiental.