NORMATIVA DE COMPETICIÓN DE FÚTBOL 5 Y FÚTBOL SALA TEMPORADA 2014 / 2015 NORMATIVA DE COMPETICIÓN LIGA NACIONAL DE FÚTBOL 5 Y FÚTBOL SALA CATEGORÍAS B1 Y B2 TEMPORADA 2014-2015 1 NORMATIVA DE COMPETICIÓN DE FÚTBOL 5 Y FÚTBOL SALA TEMPORADA 2014 / 2015 ÍNDICE ARTÍCULO 1.- INFORMACIÓN GENERAL ...................................................................... 3 ARTÍCULO 2.- REGLAS COMUNES DE LA COMPETICIÓN .......................................... 7 ARTÍCULO 3.- FÚTBOL 5, CATEGORÍA B1. REGLAS ESPECÍFICAS ........................... 9 ARTÍCULO 4.- FUTBOL-SALA, CAT B2/B3. REGLAS ESPECÍFICAS ............................ 9 ARTÍCULO 5.- CONDICIONES ECONÓMICAS............................................... .............. 10 ARTÍCULO 6.- ACTA ARBITRAL ................................................................................... 12 ARTÍCULO 7.- RECOGIDA Y REMISIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN COMPLETA DE CADA PARTIDO POR LOS CENTROS........................................................................... 12 ANEXO 1.- FICHA DE EQUIPO ....................................................................................... 14 ANEXO 2.- RECIBO ......................................................................................................... 15 2 NORMATIVA DE COMPETICIÓN DE FÚTBOL 5 Y FÚTBOL SALA TEMPORADA 2014 / 2015 1. INFORMACIÓN GENERAL. Es esencial que, para un correcto desarrollo de la competición, las normas contenidas en el presente documento, sean aplicadas por todos sus destinatarios de la forma más rigurosa posible. Además, para evitar dilaciones innecesarias que pudieran perjudicar a terceros generando retraso en pago a proveedores, porteros, entrenadores, etc., es imprescindible que los trámites de remisión de documentación, se ejecuten en tiempo y forma es decir, dentro de los plazos señalados y si es posible sin llegar a agotar éstos, y se lleven a cabo de manera correcta y completa. 1.1. Para poder iniciar la Liga Nacional de Fútbol Sala y de fútbol 5 FEDC será necesario que, cada uno de los equipos inscritos cuente con un mínimo de participantes, dependiendo de la categoría: Categoría Fútbol 5 Categoría Fútbol Sala 6 deportistas 3 porteros videntes 1 entrenador 7 deportistas 2 porteros videntes 1 entrenador 1.2. Las inscripciones numerales de los equipos deberán ser ratificadas para que sean válidas, rellenando los Centros o Federaciones Autonómicas la “ficha de equipo” correspondiente con todos los datos necesarios (anexo 1) y remitiéndola a la FEDC dentro del plazo que se indique por ésta. En la ficha de equipo se contendrá: el centro o federación de adscripción, categoría (Fútbol 5 o Fútbol Sala), nombre del equipo, D.N.I., los dos apellidos y el nombre de los deportistas, porteros y entrenador o entrenadores. 1.3. Recibidas las fichas de equipo, la FEDC comprobará los datos y, posteriormente, remitirá la ficha definitiva a los Centros o Federación Autonómica, a fin de que éstos hagan entrega inmediata de la misma al equipo o equipos a ellos adscritos. 1.4. Los equipos están obligados a presentar la ficha junto con el D.N.I. de los participantes, al delegado de campo y al árbitro antes de la disputa de cada partido. 1.5. Los equipos podrán inscribir a nuevos deportistas durante todo el transcurso de la temporada, siempre y cuando éstos no hayan sido inscritos anteriormente por otro equipo. Se podrá inscribir un número ilimitado de porteros. Las modificaciones se tendrán que notificar por escrito a la FEDC enviando una nueva ficha de equipo. Una vez recibidas las nuevas fichas de equipo y constatados los nuevos datos, la FEDC procederá a la devolución de éstas al Centro o Federación Autonómica para su entrega inmediata al equipo remitente. 3 NORMATIVA DE COMPETICIÓN DE FÚTBOL 5 Y FÚTBOL SALA TEMPORADA 2014 / 2015 Excepcionalmente, se podrá admitir el cambio de equipo de un jugador, siempre que la solicitud se tramite: Para la liga de fútbol 5, hasta la celebración de la quinta jornada. Para primera división de fútbol-sala, hasta la celebración de la tercera jornada. En segunda división de fútbol-sala no se admitirán cambios. El equipo en el que esté inscrito el jugador está obligado a cursar la petición y solicitar la baja a la FEDC en el plazo más breve posible remitiendo, junto con la petición, la ficha de equipo con la citada variación. Posteriormente, el nuevo equipo solicitará el alta a la FEDC y remitirá la ficha de equipo incluyendo al nuevo jugador. Cualquier cambio que no se ajuste a los requisitos, al procedimiento y plazos antes indicados, no será válido. 1.6. Los deportistas y porteros entre 15 y 18 años que quieran ser inscritos deberán adjuntar autorización paterna o de su tutor. 1.7. Un equipo podrá tener más de un entrenador inscrito, estando, no obstante limitada la inscripción, a un solo entrenador por partido. 1.8. Los entrenadores deberán acreditar alguna de las siguientes titulaciones: título de monitor deportivo de fútbol sala, primer, segundo o tercer nivel de entrenador de fútbol sala, Título Superior en Actividad Física y Animación Deportiva (TAFAD),Título de Maestro en Educación Física y/o Licenciado o Graduado en Ciencias de la Actividad Física y el Deporte. La titulación exigida podrá suplirse con una experiencia como entrenador de algún equipo de Fútbol Sala o Fútbol 5 superior a 2 años. 1.9. Si hay algún alta y/o baja de entrenador, se tendrá que notificar por escrito a la FEDC, dentro de los 7 días siguientes a aquél en que se produzca el alta o la baja. 1.10. Será obligación de los entrenadores llevar la ficha de equipo que, junto con el D.N.I. de los jugadores asistentes, deberá presentar al delegado de campo y al árbitro antes de la disputa de cada partido. 1.11. Los jugadores de campo, porteros y entrenadores para poder participar en las competiciones, deberán tener licencia federativa actualizada y habilitada de la FEDC en la modalidad de fútbol sala. 1.12. Se recomienda la asistencia de un Fisioterapeuta en la disputa de cualquier partido de la liga de fútbol 5. 1.13. El calendario se podrá consultar en la página web de la FEDC, además de ser remitido a todos los centros y federaciones autonómicas participantes en esta liga. El calendario será considerado definitivo y no se podrán modificar las fechas de los partidos, salvo por causas de fuerza mayor. El cambio de fecha de partido deberá solicitarse por escrito a la FEDC, antes de las 15:00 horas del lunes previo a la celebración 4 NORMATIVA DE COMPETICIÓN DE FÚTBOL 5 Y FÚTBOL SALA TEMPORADA 2014 / 2015 del mismo, indicando los motivos que justifiquen la modificación. Estudiada la solicitud, la Federación autorizará o denegará por escrito el cambio. 1.14. Las jornadas de los partidos se fijan preferentemente los sábados, para mayor comodidad en los desplazamientos, aunque queda sujeto a la disponibilidad de instalaciones de juego del Centro anfitrión, pudiendo disputarse el partido el domingo. 1.15. Cuando para la celebración de un partido se requiera el desplazamiento de un equipo, el encuentro deberá iniciarse en la banda horaria comprendida entre las 12:30 h. y las 16:30 h. Cualquier modificación de este horario deberá ser comunicada con antelación suficiente, indicando el motivo y justificación del cambio. El horario siempre deberá ajustarse a las necesidades de transporte del equipo visitante y a lo que establezca la FEDC, a fin de que se genere el menor gasto, tratando de evitar especialmente que el equipo visitante tenga que pernoctar. 1.16. Se aconseja que los equipos accedan a las instalaciones deportivas y a los vestuarios, al menos con 50 minutos de antelación a la disputa del partido. 1.17. Los equipos deberán poder disponer de la pista de juego al menos con media hora de antelación a la disputa del partido, para su calentamiento. Se recomienda que se realice un calentamiento como mínimo de 20 minutos. 1.18. Cuando un equipo dispute partidos fuera de su ciudad-sede la FEDC se hará cargo de los gastos de desplazamiento desde y hasta la localidad donde se celebre el encuentro. En caso de que un jugador se desplace desde otro lugar diferente a la sede, la FEDC le podrá compensar siempre que se solicite previamente, con una cuantía equivalente a un billete del medio de transporte utilizado por el equipo para ese desplazamiento. Si el desplazamiento se hiciera en vehículos en los que pudieran ir todos los participantes del equipo al partido, la FEDC correrá con los gastos de aquellos jugadores que se desplacen desde otra ciudad, compensándolos con una cuantía equivalente al kilometraje de ida y vuelta del trayecto realizado, de acuerdo con lo indicado en las condiciones económicas de esta normativa (punto 5.7). 1.19. Por lo que se refiere al desplazamiento del o de los equipos visitantes dentro de la ciudad de destino hasta las pistas en que se celebrarán el/los encuentro/s, se procurará la utilización de transporte público, evitando el uso de servicio de taxis a no ser que previamente sean autorizados, habiendo sido solicitados motivando la imposibilidad de utilizar otro medio de transporte. 1.20. Cuando un equipo dispute un partido en su ciudad-sede, la FEDC no se hará cargo de ningún gasto de desplazamiento que pudiera originar cualquier jugador de dicho equipo. 1.21. Serán los Animadores Socioculturales, y/o Coordinadores Deportivos de cada Centro, los encargados de gestionar los desplazamientos de los equipos, con arreglo a la normativa vigente en cada momento, y a las instrucciones de la FEDC. Dicha gestión será 5 NORMATIVA DE COMPETICIÓN DE FÚTBOL 5 Y FÚTBOL SALA TEMPORADA 2014 / 2015 supervisada por la FEDC, para lo que el Centro deberá informar con la suficiente antelación del medio de transporte a utilizar y del resto de necesidades, a través del plan de viaje. Una vez estudiadas las propuestas, la Federación autorizará el medio de transporte y/o gestionará directamente la reserva de billetes, según considere en cada caso. Cuando la propuesta de desplazamiento sea en autobús, microbús o cualquier otro vehículo alquilado y afecte a más de una jornada de liga, al objeto de intentar abaratar costes, se intentará negociar un acuerdo con una empresa para la cobertura de dichos desplazamientos. Se recomienda, si es posible, obtener tres ofertas de tres empresas distintas, comunicándolas previamente a la Federación. En todo caso, la FEDC, en función del coste, se reserva la posibilidad de indicar al Centro que recabe otro u otros presupuestos. 1.22. Cuando se produzca la inasistencia injustificada de un jugador o entrenador a un partido después de haber sido adquiridos los billetes en cualquier medio de transporte público para ese desplazamiento, y la devolución de los mismos suponga una pérdida económica total o parcial, el infractor será sancionado con un partido de suspensión, salvo que la ausencia sea justificada adecuadamente y de manera razonada, presentando informe médico o cualquier otro documento que la FEDC considere válido para justificar la no presencia del jugador o entrenador afectado. 1.23. Las equipaciones de los equipos serán suministradas por la FEDC previo estudio de las solicitudes presentadas. Dichas equipaciones constarán exclusivamente de camiseta, pantalón, medias y antifaz. 1.24. Los equipos de la categoría B2/B3 que deban disputar dos partidos en un fin de semana, estarán autorizados a viajar con ocho jugadores de campo como máximo. En caso de jugar un único partido se podrán desplazar siete jugadores como máximo. 1.25. Los equipos de la categoría B1 (fútbol 5), podrán inscribir y desplazar, para cada partido, como máximo a ocho jugadores de campo. 1.26. Los centros ONCE que sean sede de la competición se responsabilizarán, a través de sus Animadores Socioculturales y/o Coordinadores Deportivos, de la gestión de pistas. Éstos serán los encargados de realizar las gestiones de solicitud y reserva de pistas, teniendo en cuenta que en ambas categorías, el tiempo de juego es a reloj corrido. Para evitar problemas de carencia de campo, una vez conocido el calendario, los Centros negociarán todas las fechas en conjunto del mismo con un polideportivo cercano y que reúna las condiciones reglamentarias. 1.27. El Centro sede de un encuentro comunicará por escrito al equipo o equipos implicados, lugar, fecha y hora de celebración del partido, antes de siete días hábiles de la disputa del mismo. Esta comunicación podrá efectuarse por correo electrónico, siempre que se encuentre activado el “acuse de recibo” y sea remitido al responsable de la gestión del otro Centro. 1.28. Como información adicional a la del punto anterior, el Centro-sede deberá incluir por escrito, un croquis donde figuren los recorridos a realizar por el equipo visitante, una 6 NORMATIVA DE COMPETICIÓN DE FÚTBOL 5 Y FÚTBOL SALA TEMPORADA 2014 / 2015 vez llegados a la ciudad sede del encuentro. En el mismo deberá quedar explicado el recorrido y posibles combinaciones de servicios públicos, desde la estación de trenes o autobuses a la pista de juego y/u hotel, y desde el hotel y/o las pistas a la respectiva estación. 1.29. El delegado de campo será una persona vidente designada por el Jefe del Centro que sea sede del partido. Deberá actuar de forma imparcial con los dos equipos y desarrollará las siguientes funciones: Colaborar con los árbitros en la organización del partido. Verificar la identidad de los deportistas y entrenadores inscritos en la ficha de equipo, contrastando los datos personales con los DNI respectivos. Constatar que el acta arbitral haya sido rellenada correctamente especificando jugadores, porteros, delegados, entrenadores, fisioterapeuta en su caso, categoría, grupo, jornada y fecha del encuentro. Acompañar al hospital o centro asistencial a aquellos deportistas que durante o después del partido deban ser asistidos. Para facilitar este trámite, el delegado de campo deberá llevar un listado de centros hospitalarios concertados que se encuentren en la localidad o, en su caso, en la población más cercana, así como varias copias del modelo de comunicación del accidente o lesión a la aseguradora. Será responsable, de forma exclusiva, de recoger al final del partido el acta arbitral y verificar que está debidamente cumplimentada, así como de recoger cualquier recibo o factura entregado por los entrenadores y fisioterapeuta, y de entregar toda la documentación antedicha en el Centro correspondiente a la mayor brevedad posible. 1.30. Con el fin de mantener la clasificación actualizada en la web de la FEDC, los entrenadores deberán remitir vía e-mail, al buzón de la Federación ([email protected]), los resultados de los partidos disputados, el lunes siguiente a la celebración del o de los encuentros, indicando los goleadores de cada equipo. 2. REGLAS COMUNES DE LA COMPETICIÓN En este apartado se recogen las reglas comunes de la competición, dejando las específicas de cada categoría para otros apartados posteriores. 2.1. Las competiciones estarán reguladas, respectivamente, por el reglamento de fútbol sala y fútbol 5 de la Federación Española de Deportes para Ciegos (FEDC) y normas que los complementen. 2.2. El Comité de Competición y Disciplina Deportiva de la FEDC será el órgano competente para resolver los expedientes disciplinarios incoados con ocasión de la infracción de la presente normativa, así como de revisar, en su caso, los derivados de la aplicación del respectivo reglamento por los árbitros de cada partido. Para ello podrá actuar bien de oficio, bien a instancia de parte. 7 NORMATIVA DE COMPETICIÓN DE FÚTBOL 5 Y FÚTBOL SALA TEMPORADA 2014 / 2015 Asimismo estará capacitado para estudiar, adoptar o proponer decisiones, sobre otros hechos de carácter general que puedan incidir en el desarrollo de la competición. 2.3. Será responsable último de la aplicación de la presente normativa y de que la competición transcurra por los cauces reglamentarios, el técnico de la FEDC encargado de la coordinación de esta disciplina. Para ello, podrá proponer a la Federación, cuantas medidas estime oportunas. 2.4. El jugador de campo, portero o entrenador que se encuentre cumpliendo sanción no estará autorizado a viajar con el equipo ni a permanecer en el banquillo de los suplentes. 2.5. En caso de que se sancione al entrenador el equipo no podrá inscribir ni desplazar al segundo entrenador para aquellos partidos en que aquél esté cumpliendo sanción. 2.6. Si se produjera en un partido la alineación indebida de un jugador que esté cumpliendo sanción de suspensión o cuando intervenga en él un entrenador que se encuentre en la misma situación, se considerará a todos los efectos como quebrantamiento de sanción. 2.7. Para calcular la puntuación al objeto de elaborar la tabla clasificatoria en las ligas de fútbol-sala y fútbol 5, se tendrán en cuenta las siguientes reglas: Partido ganado: 3 ptos. Partido empatado: 1 pto. Partido perdido: 0 ptos. Partido empatado: 1 pto. Partido perdido: 0 ptos. 2.8. Si dos o más equipos quedaran igualados a puntos el sistema para dirimir el desempate será el siguiente: a) Resultado del enfrentamiento directo. b) Mayor diferencia de goles. c) Mayor cantidad de goles conseguidos. d) Menor cantidad de goles encajados. 2.9. Además de las sanciones que recoge el Código Disciplinario de la Real Federación Española de Fútbol en su Título III, cuyo texto figura en anexo a este documento, así como las contenidas en el Reglamento Disciplinario de la FEDC, se aplicarán las siguientes: La no presentación de un equipo a un partido oficial sin causa justificada supondrá para éste una penalización que conllevará la pérdida de los tres puntos en disputa, con un resultado en contra de 6 – 0. Asimismo, se le restarán tres puntos en la clasificación, de aquéllos que ya hubiera obtenido o, en su caso, de los que pudiera conseguir. La no presentación de un equipo a un partido por tercera vez sin causa justificada supondrá la retirada de la competición de dicho equipo. 8 NORMATIVA DE COMPETICIÓN DE FÚTBOL 5 Y FÚTBOL SALA TEMPORADA 2014 / 2015 Respecto a las tarjetas amarillas indicar que, una doble tarjeta amarilla es descalificación con tarjeta roja y el deportista debe abandonar la pista de juego. La tarjeta roja, será sancionada como mínimo con un (1) partido de suspensión, a partir de que sea comunicada esta decisión mediante resolución por el Comité de Competición y Disciplina Deportiva de la FEDC. En fútbol 5, la ausencia de parches oculares durante un partido será sancionada con un (1) partido de suspensión, a partir de que sea comunicada la decisión mediante resolución por el Comité de Competición y Disciplina Deportiva de la FEDC. 2.10. Los equipos deberán comenzar los partidos con los cuatro jugadores de campo y el portero, salvo cuando se trate del segundo partido en un mismo fin de semana, en cuyo caso, sólo si por lesión o sanción no dispusiera de jugadores, el equipo que esté jugando fuera de su lugar de residencia, podrá iniciar el encuentro con tres jugadores de campo y el portero. 3. FÚTBOL 5, CATEGORÍA B1. REGLAS ESPECÍFICAS. 3.1. Los equipos deberán comunicar al árbitro principal previamente a cada partido y éste deberá anotar en el acta, cuál de los porteros realizará las labores de delegado de equipo. Cualquiera de los porteros podrá desempeñar la función de delegado de equipo si bien, durante la celebración del encuentro la persona que figure como delegado de equipo, deberá realizar exclusivamente las tareas asignadas para este cargo salvo que se de la circunstancia recogida en el punto siguiente. 3.2. El delegado de equipo o entrenador, a elección de este último, podrá remplazar al portero en caso de lesión ratificada por el fisioterapeuta, siempre y cuando no tuviera la posibilidad de ser reemplazado por el portero suplente, bien por estar ausente o por encontrarse lesionado. 3.3. El campeonato se disputará en sistema de liga con nueve (9) equipos, a doble vuelta, de acuerdo al calendario oficial remitido por la Federación, el cual podrá consultarse en la página web www.fedc.es . 3.4. Participarán directamente en el Campeonato de España los 4 primeros clasificados en la liga. Caso de no acudir alguno de los equipos que obtuvieron plaza directa, el equipo ausente será sustituido por el siguiente en la tabla clasificatoria. No obstante, el Campeonato de España tendrá su propia regulación en la que se recogerán todas las condiciones de participación. 4. FUTBOL-SALA, CATEGORÍA B2/B3. REGLAS ESPECÍFICAS. 4.1. Los equipos inscritos para el campeonato de liga se distribuirán en dos divisiones (primera división y segunda división), de acuerdo con los siguientes criterios: Primera división de liga 2014/2015, compuesta por doce equipos. Segunda división Grupo A, compuesto por seis equipos. Segunda división Grupo B, compuesto por seis equipos. 9 NORMATIVA DE COMPETICIÓN DE FÚTBOL 5 Y FÚTBOL SALA TEMPORADA 2014 / 2015 En ambas divisiones se jugará la liga a una sola vuelta, de acuerdo con lo establecido en el calendario publicado por la FEDC. 4.2. La composición de los grupos en la segunda división se realizará en base a los siguientes criterios: Proximidad geográfica según posibilidades. Racionalidad económica. Comunicación entre las ciudades sedes. 4.3. Se clasificarán para el Campeonato de España 2015 los cuatro (4) primeros clasificados de la primera división. Caso de no acudir alguno de los equipos que obtuvo plaza directa, el equipo ausente será sustituido por el siguiente en la tabla clasificatoria de primera división. No obstante, el Campeonato de España tendrá su propia regulación en la que se recogerán todas las condiciones de participación. 4.4. A partir de la temporada 2015/2016, la primera división de fútbol-sala estará compuesta por un total de 8 equipos. Para dilucidar qué equipos formarán la primera división para la liga 2015/2016 se fijan las siguientes reglas: a) A fin de incrementar la competitividad, al finalizar la liga 2014/2015 bajarán a segunda división los cinco últimos clasificados en primera división. b) Los campeones de cada grupo de segunda división se enfrentarán entre sí un solo partido. El ganador de este encuentro ascenderá a primera división. c) El perdedor del partido anterior, se enfrentará al séptimo clasificado en primera división de la liga 2014/2015; el equipo que obtenga la victoria será equipo de primera división para la liga 2015/2016. 5. CONDICIONES ECONÓMICAS 5.1. Los entrenadores percibirán TREINTA Y SEIS EUROS Y SEIS CÉNTIMOS (36,06 euros) por partido en concepto de honorarios profesionales (se adjunta recibo, anexo 2). 5.2. Los delegados de Equipo (categoría B1), Porteros y Delegados de Campo: percibirán TREINTA Y SEIS EUROS Y SEIS CÉNTIMOS (36,06 euros) por partido. 5.3. Los fisioterapeutas percibirán TREINTA EUROS Y CINCO CÉNTIMOS (30,05 euros) por partido, en concepto de honorarios profesionales (se adjunta recibo, anexo 2). 5.4. A los equipos que se desplacen desde una provincia distinta a la que se disputa el encuentro, se les podrá asignar una cuantía en concepto de manutención para el pago de comida y/o cena, siempre que dicho gasto esté justificado en función de la duración del desplazamiento. Para ello, la cantidad máxima autorizada por comida o cena será de DOCE EUROS Y DOS CÉNTIMOS (12,02 euros) por persona, IVA incluido. 10 NORMATIVA DE COMPETICIÓN DE FÚTBOL 5 Y FÚTBOL SALA TEMPORADA 2014 / 2015 5.5. En el caso de que se precise alojamiento con pensión completa la cantidad máxima por persona será de CINCUENTA Y CINCO EUROS (55 euros) más IVA, debiendo ser los hoteles concertados, preferentemente de categoría 3 estrellas. 5.6. Cuando un equipo deba realizar un servicio de manutención y/o pernocta que no esté contemplado en esta normativa, el Centro al que esté adscrito solicitará previamente y con suficiente antelación, autorización a la FEDC por Correo electrónico. Estudiada la petición, se comunicará por este mismo medio la resolución adoptada. 5.7. Cuando se use vehículo particular se abonarán las siguientes cantidades: Tres o más integrantes del equipo en el vehículo: dieciséis céntimos de euro (0,16 euros) el kilómetro. Dos integrantes del equipo en el vehículo: doce céntimos de euro (0,12 euros) el kilómetro. Un integrante del equipo en el vehículo: seis céntimos de euro (0,06 euros) el kilómetro. En caso de los desplazamientos de uno o dos integrantes del equipo, la FEDC podrá valorar la posibilidad de compensar los gastos con una cuantía equivalente al coste del desplazamiento en autobús o tren. 5.8. No será autorizado a viajar el equipo que presente menos de cuatro deportistas de campo. 5.9. Cuando la FEDC no haya autorizado los desplazamientos no se hará cargo del gasto. 5.10. Cuando se deba desplazar un equipo, el Centro, con antelación suficiente a fin de poder disponer de billetes en los medios de transporte, elaborará y remitirá a la FEDC en un solo documento, un “plan de viaje” con el siguiente contenido: Relación de personas que se desplazan: nombre, apellidos y si es jugador, entrenador o portero. Si tienen tarjeta dorada, caducidad y número. Gastos a realizar: Comida en ruta, Pensión media, completa o desayuno. Fechas de desplazamiento. Jornada. Gastos fisio (caso fútbol 5) Agua. Transporte. En caso de tener que utilizar taxi justificar y motivar su uso. El envío se realizará, al menos, con 5 días hábiles de antelación al de la celebración del o los partidos. 11 NORMATIVA DE COMPETICIÓN DE FÚTBOL 5 Y FÚTBOL SALA TEMPORADA 2014 / 2015 5.11. Los gastos relativos a arbitraje, transporte, alojamiento, manutención, alquiler de instalaciones, etc., irán con cargo a los presupuestos de la Federación Española de Deportes para Ciegos C.I.F. G-81110413, Paseo de la Habana, 208 – 28036-Madrid. 6. ACTA ARBITRAL 6.1. De todo partido de fútbol-sala o fútbol 5 que se celebre, se levantará por parte del árbitro principal, un acta. 6.2. El acta es considerado como el documento justificativo de la asistencia de los equipos y por ende de todos sus componentes, a la celebración de un encuentro. 6.3. En la elaboración del acta se deberá poner especial cuidado para que en la misma se recojan con veracidad, todos los extremos esenciales requeridos en cada caso de acuerdo con los respectivos reglamentos y, en especial, la identificación de los componentes de los equipos. 6.4. Será responsabilidad de los delegados de campo, delegados de equipo y/o entrenadores corroborar la veracidad del acta arbitral antes de su firma, pudiendo hacer al árbitro responsable de su redacción, cuantas observaciones estimen oportunas. 6.5. Concluida el acta, el árbitro principal hará entrega de la misma, bien al delegado de campo, bien al entrenador local. 6.6. El receptor del acta (delegado de campo o entrenador) lo pondrá a disposición del Centro a que esté adscrito dentro del primer día hábil siguiente a la finalización del partido, haciendo entrega de éste al animador sociocultural y/o coordinador deportivo. 6.7. El mismo primer día hábil indicado en el punto anterior, el Centro remitirá copia del acta a la FEDC, bien por fax, bien en pdf a través de correo electrónico. Es esencial el cumplimiento de este plazo. 7. RECOGIDA Y REMISIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN COMPLETA DE CADA PARTIDO POR LOS CENTROS Conviene destacar en este apartado que, la realización de todos y cada uno de los trámites que van a indicarse por las personas que tienen asignado su cometido, así como cumplir los plazos que se marcan, resulta esencial para la ejecución de los pagos por parte de la FEDC y para disponer de una contabilidad ordenada en todo momento. Con ello también, como ya se ha apuntado, se evitarían perjuicios a colaboradores y proveedores, debidos a retrasos innecesarios o no justificados. 7.1. Los entrenadores y fisioterapeutas, deberán presentar recibo o factura por cada partido en el que participen. Cuando se trate de un recibo, se utilizará el modelo que se adjunta como anexo 2. Si se presentase factura, esta deberá reunir todos los requisitos exigidos por la legislación vigente en cada momento. 7.2. El fisioterapeuta hará entrega de la factura o recibo, una vez finalizado cada partido, bien al delegado de campo, bien al entrenador encargado de recoger el acta 12 NORMATIVA DE COMPETICIÓN DE FÚTBOL 5 Y FÚTBOL SALA TEMPORADA 2014 / 2015 arbitral. Caso de no poder hacer entrega del justificante de pago en la fecha antes señalada, el fisioterapeuta presentará el recibo o factura en el Centro correspondiente, el primer día hábil siguiente a aquél en que se celebró el partido. 7.3. Por lo que respecta a los entrenadores, la factura o recibo correspondiente a sus honorarios será entregada en su centro de adscripción el primer día hábil siguiente al de la finalización del partido, junto con el acta. 7.4. Asimismo, el delegado o entrenador del equipo pondrá a disposición del animador sociocultural y/o coordinador deportivo del Centro, los tickets de comidas, taxis, billetes de autobuses/metro y cualquier otro recibo justificativo de gasto previamente autorizado, en el improrrogable plazo de dos días hábiles contados éstos desde aquél en que finalice el encuentro. 7.5. Los animadores socioculturales y coordinadores deportivos de los Centros, tendrán la responsabilidad de recoger toda la documentación justificativa de pagos y el acta de los partidos en el plazo más breve posible, recabándolos de los delegados de campo, entrenadores fisioterapeutas y, en su caso, colegios o asociaciones arbitrales. 7.6. Una vez en poder del Centro toda la documentación, la persona encargada de coordinar la actividad elaborará y remitirá a la FEDC en un plazo de cinco días hábiles desde aquél en que se disputó el o los partidos, un escrito de remisión en el que se relacione categoría, jornada, fecha, denominación de equipos y detalle de gastos por cada encuentro indicando a quién debe abonarse cada uno y, en su caso, autorización de los mismos. A dicho escrito se adjuntará toda la documentación completa antes citada, incluida la relación de gastos, justificantes y acta original. Es preciso hacer hincapié en que, a fin de no retrasar pagos que están debidamente justificados incurriendo en demoras no deseadas, debe remitirse toda la documentación completa dado que, conforme a lo recogido en el Oficio-Circular 53/2001, aquellos justificantes de pago remitidos de manera extemporánea, es decir fuera de plazo, podrían no ser atendidos. DISPOSICIÓN FINAL: Este documento ha sido aprobado en la reunión de la Comisión Delegada de la FEDC, celebrada el 5 de septiembre de 2014 y deroga cualquier otra norma que se oponga a su contenido. 13 NORMATIVA DE COMPETICIÓN DE FÚTBOL 5 Y FÚTBOL SALA TEMPORADA 2014 / 2015 ANEXO 1: FICHA DE EQUIPO LIGA NACIONAL DE FÚTBOL 5 / FÚTBOL SALA TEMPORADA 2014 / 2015 CENTRO ADSCRIPCIÓN ONCE: NOMBRE DEL EQUIPO: CATEGORÍA (FÚTBOL 5/FÚTBOL SALA): DNI DOS APELLIDOS Y NOMBRE Indicar si es Deportista, Portero o Entrenador 14 CATEGORÍA NORMATIVA DE COMPETICIÓN DE FÚTBOL 5 Y FÚTBOL SALA TEMPORADA 2014 / 2015 ANEXO 2: RECIBO D/Dª CON DNI Nº DOMICILIO (PROVINCIA) CALLE C.POSTAL_________________ MUNICIPIO TELÉFONO Ha recibido de la Federación Española de Deportes para Ciegos, con C.I.F. G81110413, la cantidad de: TOTAL I.R.P.F 21%___________ A PERCIBIR en concepto de honorarios profesionales como, Entrenador/ Fisioterapeuta, en el partido de Fútbol 5 / Fútbol Sala disputado entre los equipos ___________________________ el día / / 20 . En_______________________, a __________de _______________________de 20 _ FDO:_________________________________________________________________ DATOS BANCARIOS NºENTIDAD OFICINA DC NºCUENTA LAS CANTIDADES INCLUIDAS EN EL PRESENTE DOCUMENTO ESTÁN SUJETAS A LA RETENCIÓN DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS (IRPF) El pago de estas cantidades no supondrá, en ningún caso, el reconocimiento por la FEDC de relación laboral con el perceptor. 15
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