Convocatoria Erasmus 2014/2015.

Área de Relaciones Internacionales y Cooperación
RESOLUCIÓN DE 27 DE FEBRERO DE 2014 DE LA UNIVERSIDAD PABLO DE OLAVIDE POR LA QUE SE
HACE PÚBLICA LA CONVOCATORIA DE ESTANCIAS ACADÉMICAS PARA ESTUDIANTES EN EL MARCO DEL
PROGRAMA ERASMUS PARA EL CURSO 2014/2015
La Universidad Pablo de Olavide hace pública la convocatoria de estancias académicas para estudiantes
en el marco del Programa “Erasmus”. En lo sucesivo la referencia a las citadas estancias académicas será:
“ plazas Erasmus Curso 2014/2015”.
I.- CONDICIONES GENERALES DE LAS PLAZAS ERASMUS CURSO 2014/2015:
1.- . La gestión de la presente convocatoria, así como la ejecución de las movilidades, se desarrollarán
según lo establecido en el Reglamento de Movilidad Académica Internacional de Estudiantes de Grado de
la UPO publicado en el BUPO de 18 de diciembre de 2013.
2. Podrán optar a participar en las plazas Erasmus para el curso 2014/2015 todos aquellos estudiantes
que estén matriculados en la Universidad Pablo de Olavide durante el presente curso y que cumplan los
siguientes requisitos:
a)
b)
Haber superado al menos 60 créditos de la titulación que estén cursando durante el presente curso
académico en el momento de incorporarse a la universidad de destino.
Haber superado 48 créditos en el momento de presentar la solicitud Erasmus.
Estarán exentos del cumplimiento de este requisito:
c)
d)
Los estudiantes de los Programas de Postgrado publicados en el Anexo I “Listado de plazas programa
Erasmus 2014/2015”.
Los estudiantes de primer curso del grado de Traducción e Interpretación.
Los estudiantes de primer curso del grado en Ciencias de la Actividad Física y del Deporte
Los alumnos que hayan accedido a la titulación que cursan actualmente como segundo ciclo.
Tener previsto matricularse en la Universidad Pablo de Olavide en el curso 2014/2015.
Ajustarse a los requisitos de idioma y perfil de la plaza solicitada que se detallan en el Anexo I “Listado
de plazas programa Erasmus 2014/2015”. Cuando aparezcan dos columnas de idioma bastará con que se
acredite uno de ellos, a menos que en el apartado Perfil/Observaciones se indique lo contrario.
Con independencia del requerimiento mínimo de idioma de cada plaza se recomienda que los estudiantes
tengan asumido al menos el nivel B1-B2 de la lengua en que se imparten las clases en el momento de su
incorporación a la universidad de destino para poder cursar adecuadamente las asignaturas.
3.- La relación de plazas disponibles, los perfiles de cada una de ellas y la duración de las estancias se
detallan en el ANEXO I de la presente Convocatoria.
En las plazas para las que se indique el inglés como segunda lengua y el estudiante no acredite la lengua
principal, deberá asegurarse de que hay suficiente oferta de asignaturas en este idioma en la universidad
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de destino.
4.- Los estudios realizados en la universidad de destino serán objeto de reconocimiento según lo
establecido en el Reglamento de Movilidad Académica Internacional de Estudiantes de Grado de la UPO,
publicado en el BUPO de 18 de diciembre de 2013 y en el Anexo I de la presente convocatoria. El acuerdo
académico será tramitado a través de la plataforma electrónica para el Reconocimiento Académico en
Programas de Movilidad Internacional (RAPMI). A tal fin todos los seleccionados habrán de estar en
posesión del certificado digital o del DNI electrónico.
II.- PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES.
1.- Con carácter general las solicitudes se formalizarán on-line a través de la aplicación informática que se
encuentra disponible en la web del ARIC.:
http://www.upo.es/aric/
Las solicitudes también pueden ser presentadas por cualquiera de los procedimientos establecidos en el
artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas
y del Procedimiento Administrativo común, modificada por la Ley 4/1999 de 13 de enero, acompañando en
este caso toda la documentación requerida debidamente compulsada y debiendo comunicar tal
circunstancia al Área de Relaciones Internacionales y Cooperación mediante FAX al número 954 34 9304 o
telegrama dentro del plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes, en cualquiera de sus modalidades, finalizará el día 13 de marzo
de 2014.
2.- Se podrán elegir hasta diez destinos por orden de preferencia. Una vez finalizado el plazo de
presentación de solicitudes no podrán realizarse cambios en el orden establecido.
3.-Los solicitantes deberán indicar la puntuación correspondiente a su nivel de idioma y adjuntar los
documentos que lo acrediten vía on-line según las especificaciones técnicas que aparecen en las
instrucciones de la aplicación informática o bien a través del Registro General de la UPO acompañando
copia del resguardo de su solicitud.
El solicitante es personalmente responsable de la veracidad de la documentación aportada. Al finalizar
el proceso de presentación de solicitudes se comprobará de oficio un determinado número de
expedientes con el fin de verificar su autenticidad. En caso de fraude la Universidad instará la oportuna
responsabilidad académica, administrativa y penal).
Los estudiantes del Grado en Traducción e Interpretación estarán exentos de la acreditación de nivel de
idiomas. Se regirán por las cláusulas específicas recogidas en el Anexo III de la presente convocatoria
(deberán seguir las instrucciones allí indicadas).
4.- Aquellos estudiantes que deseen que les computen materias o créditos que no aparezcan recogidos en
su expediente de la UPO deberán indicarlo mediante una instancia presentada en registro antes de la
finalización del plazo de solicitud, adjuntando documentos acreditativos en caso de haberlos cursado en
una universidad distinta a la UPO.
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5.- La Comisión de Relaciones Internacionales podrá requerir los documentos complementarios que estime
precisos durante el proceso de selección.
6.- De acuerdo a lo establecido en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos
de Carácter Personal, le informamos que los datos personales que nos facilite serán incluidos en un fichero
de RELACIONES INTERNACIONALES titularidad de la Universidad Pablo de Olavide con la finalidad de
realizar la gestión de su participación en los acuerdos académicos en el extranjero o en los eventos de
cooperación internacional organizados.
Le informamos de que sus datos de carácter personal serán cedidos a la entidad de destino en la que se
desarrollará el programa con la finalidad de realizar las gestiones académicas necesarias durante su
estancia. Podrá ejercitar sus derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición dirigiéndose al
Registro General de la Universidad Pablo de Olavide en la dirección Carretera de Utrera, Km. 1, 41013
Sevilla, Edificio nº 3 – José Moñino, Conde de Floridablanca, planta baja, solicitando los formularios
disponibles al efecto.
7.- El solicitante es personalmente responsable de la veracidad de la documentación aportada. Al
finalizar el proceso de presentación de solicitudes se seleccionará un número de expedientes para que
presenten los originales con el fin de verificar su autenticidad. En caso de fraude la Universidad instará
la oportuna responsabilidad académica, administrativa y penal.
III. – ACREDITACION DE IDIOMAS Y SU VALORACIÓN
1.- Con carácter general se tendrán en cuenta las acreditaciones de idiomas que se recogen en el ANEXO II
de la convocatoria de plazas Erasmus 2014/2015, o las acreditaciones de otras pruebas homologables
(expedidas por centros acreditados como examinadores oficiales).
Las acreditaciones deberán adjuntarse en el apartado correspondiente de la solicitud online.
A los estudiantes del Grado en Traducción e Interpretación se les valorarán los conocimientos de idioma
según los términos que se detallan en el ANEXO III de esta convocatoria.
2.- Según el ANEXO II de la presente convocatoria, el hecho de haber realizado una estancia de movilidad
internacional dentro de un programa del ARIC anual o semestral se valorará con un nivel B2. Para ello, los
interesados deberán indicarlo en la solicitud online seleccionando la opción correspondiente.
Si la estancia académica que se está cursando no está asociada a ningún programa de movilidad
internacional gestionado por el ARIC, los interesados deberán presentar junto con su solicitud una
justificación de dicha estancia (por ejemplo, la matrícula en la universidad de destino en el caso de los freemover).
3.-El nivel de idioma que conste en las acreditaciones se valorará según el siguiente baremo:
•
0,25 puntos: Nivel A1 del Marco de Referencia Europeo
•
0,5 puntos: Nivel A2 del Marco de Referencia Europeo
•
0,75 puntos: Nivel B1 del Marco de Referencia Europeo
•
1 punto: Nivel B2 del Marco de Referencia Europeo
•
1,25 puntos: Nivel C1 del Marco de Referencia Europeo
•
1,5 puntos: Nivel C2 del Marco de Referencia Europeo
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IV.- SELECCIÓN DE CANDIDATOS
La selección de los candidatos será efectuada por la Comisión de Relaciones Internacionales de la
Universidad Pablo de Olavide de acuerdo con el siguiente baremo (a excepción de los estudiantes que
opten a las plazas de Postgrado):
1.- Expediente académico (máximo 4 puntos) que se valorará del siguiente modo:
Matrícula de Honor…
Sobresaliente…….......3
Notable…………………..2
Aprobado………………..1
Suspenso……………….0
4
2.- Conocimiento acreditado del idioma de la universidad de destino. (Máximo 1.5 puntos).
3.- Conocimiento acreditado de un segundo idioma no relacionado con la plaza solicitada (Máximo 1.5
puntos). Se tendrá en cuenta el nivel más alto acreditado de otros idiomas aportados. Sólo se valorarán
idiomas oficiales en los países en los que se ubiquen las universidades de las que se ofertan plazas en la
convocatoria Erasmus 14-15.
4.- Se valorará hasta un máximo de 0,5 puntos adicionales a aquellos estudiantes que acrediten ser
Deportistas de Alto Nivel y que cumplan con los requisitos mínimos exigidos en la plaza a la que optan.
Deberán acreditar documentalmente la planificación de una actividad deportiva determinada en ese
destino en consonancia con su consideración de Deportista de Alto Nivel.
5.- En caso de igualdad de puntuación se atenderá a los siguientes criterios por este orden: nota media y
créditos superados.
V.- AYUDAS ECONÓMICAS:
1.- La resolución de ayudas económicas se hará pública una vez se conozcan las cantidades asignadas a
cada estudiante en función de las subvenciones recibidas desde las administraciones implicadas en el
programa.
Puede darse el caso de que la duración de la estancia sea superior a la cantidad de meses financiados por
alguna/s de las administraciones. (Es decir, que un estudiante realice una estancia de 9 meses pero
solamente obtenga financiación para 6 meses, por ejemplo).
2.- La Universidad Pablo de Olavide no garantiza ni las cantidades finales a percibir por los beneficiarios
ni los plazos en los que se harán los abonos. Habida cuenta de que la Universidad es intermediaria entre
los financiadores y los beneficiarios, el pago de las ayudas queda supeditado a la recepción de las
subvenciones.
3.- La percepción de estas ayudas es compatible con la de cualquier otra ayuda de estudios a la que se
haya hecho acreedor el beneficiario.
4.- Los estudiantes que hayan disfrutado en cursos anteriores de una plaza Erasmus no recibirán ayuda
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económica alguna aunque puedan beneficiarse de todas las ventajas restantes del Programa Erasmus.
5.- Es responsabilidad del estudiante procurar la cobertura del seguro a efectos de enfermedad,
accidentes y repatriación, siendo esto un requisito obligatorio (el ARIC pondrá a disposición de los
estudiantes que lo soliciten información sobre productos diseñados específicamente para este fin por
diversas compañías de seguros).
6.- También es responsabilidad del estudiante la búsqueda de alojamiento, cursos de idiomas y trámites de
inscripción en la universidad de destino, además del envío de los documentos requeridos por la
universidad de destino, teniendo en cuenta que su selección está condicionada siempre a la admisión final
de la universidad de destino. Desde el Área de Relaciones Internacionales y Cooperación de la Universidad
Pablo de Olavide se pondrá a disposición de los estudiantes seleccionados las informaciones que la
universidad de destino facilite para estos fines.
VI.- RESOLUCIÓN Y PUBLICACIÓN:
1.- Habrá un máximo de 3 fases de adjudicación ordinaria de seleccionados.
2.-Las adjudicaciones de plazas se harán públicas en el Área de Relaciones Internacionales y Cooperación y
en el Tablón Electrónico Oficial de la UPO y en la página web del Área de Relaciones Internacionales y
Cooperación (http://www.upo.es/aric). Se incluirá la lista de seleccionados y la de suplentes.
VII.-Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer Recurso ContenciosoAdministrativo, en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente a su publicación, ante el
Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, de conformidad con el artículo 8.3 de la Ley 29/1998, de 13 de
julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativo, (B.O.E. de 14 de julio), sin perjuicio de que
alternativamente pueda presentar Recurso de Reposición contra esta Resolución, en el plazo de un mes,
ante el mismo órgano que la dictó, en cuyo caso no cabrá interponer el Recurso Contencioso-Administrativo
anteriormente citado en tanto recaiga resolución expresa o presunta del Recurso de Reposición, de
acuerdo con lo dispuesto en los artículos 116 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de
Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada
por la Ley 4/1999, de 13 de enero de 1999 (B.O.E. de 14 de enero).
En Sevilla a 27 de febrero de 2014
Pilar Rodríguez Reina
Vicerrectora de Internacionalización y Comunicación
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