Bases de la Convocatoria. - Ministerio de Empleo y Seguridad Social

EMBAJADA DE ESPAÑA EN FRANCIA
Consejería de Empleo y Seguridad Social
PROGRAMA: “TURISMO SOCIAL PARA MAYORES”. TEMPORADA 2014/2015. Viajes IMSERSO
El IMSERSO nos ha comunicado la convocatoria de los viajes del Programa de Turismo Social para Mayores y para el Mantenimiento
del Empleo en Zonas Turísticas, correspondiente a la temporada 2014/2015, al objeto de su gestión por parte de esta Consejería de
Empleo y Seguridad Social en Francia.
La difusión del programa se realizará a través de la Embajada, la Consejería y las Secciones de Empleo y Seguridad Social. Para ello se
incluirá tanto en la página web de la Embajada como en la de la Consejería, toda la información relativa al desarrollo del Programa:
modelo de solicitud, instrucciones para cumplimentarla y Bases de la Convocatoria.
www.empleo.gob.es/es/mundo/consejerias/francia (Novedades)
www.exteriores.gob.es/embajadas/paris/es/ (Noticias)
El número de plazas convocadas es de 5.045. De esta forma se contribuye al mantenimiento de las prestaciones del Programa, dada la
gran acogida por parte de las personas a las que va destinado.
BASES DE LA CONVOCATORIA
PRIMERA.- Requisitos del solicitante para acceder al Programa “Turismo Social para Mayores”:
El titular de la solicitud o solicitante, para poder acceder al programa “Turismo Social para Mayores”, deberá cumplir
necesariamente con los siguientes requisitos:
1.- Nacionalidad/Residencia: Ver documentación a presentar en la Base Octava, apartado 8.1.A).
1) Ser español y residente en Francia.
2) Excepcionalmente, también podrán solicitarlo, si reúnen el resto de requisitos, las personas que residiendo en
Francia y que NO tienen actualmente la nacionalidad española la hubieran tenido de origen (nacidos en España),
que la hayan perdido (Decreto de naturalización). Este colectivo sólo tendrá derecho a viajar, una vez se hayan
acreditado todos los solicitantes con nacionalidad española y reste alguna plaza vacante.
Se recuerda que toda la documentación exigida en la convocatoria debe estar en vigor a fecha
de fin de presentación de solicitudes, especialmente la que acredita la nacionalidad. Es decir,
en el supuesto de que el documento que obra en el expediente de esta Consejería, estuviera
caducado, deberán presentar copia del nuevo documento en vigor. Si no fuera así, se
procederá a su exclusión, sin su comunicación al titular del expediente.
2.- Edad/Pensión: Ver documentación a presentar en la Base Octava, apartado 8.1.C).
1) Tener cumplidos los 65 años a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
2) También podrán solicitarlo, aquellos que no teniendo cumplidos los 65 años:
A) Tengan cumplidos 60 años a la fecha de finalización de presentación de solicitudes y sean:
- Prejubilados.
- Pensionista de: jubilación o invalidez.
B) Tengan cumplidos 55 años a la fecha de finalización de presentación de solicitudes y sean:
- Pensionistas de viudedad.
SEGUNDA.- Personas que pueden acompañar al titular de la solicitud:
Ver documentación a presentar en la Base Octava, apartado 8.1.B).

Cónyuge, pareja de hecho, “concubinage” o “pacte civil de solidarité” (PACS), cualquiera que sea su edad y nacionalidad. La
persona que participen como cónyuge de una solicitud no podrá participar también como titular de otra solicitud. Este supuesto
será motivo de exclusión de ambas solicitudes.

Hijo/a con una discapacidad en grado igual o superior al 45%, siempre que el viaje lo realice con el titular y ocupe cama
supletoria en la misma habitación del hotel.
TERCERA.- “SOLICITUDES CONDICIONADAS” y “VIAJES EN GRUPO”.

Solicitudes condicionadas: Existe la posibilidad de que dos EXPEDIENTES, como máximo, viajen juntos, siempre que esta
petición sea recíproca y que ambos elijan el mismo punto de salida y los mismos destinos con el mismo orden de prioridad en
sus peticiones. Si no fuera así, se entenderán como solicitudes no condicionadas.
Para que puedan viajar juntas, se entenderá que el expediente que más puntuación tiene pasará a tener la puntuación del otro
expediente con menos puntuación. Es decir, ambos se igualarán en puntos con el expediente que menos puntos obtenga de
los dos.
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EN FRANCIA
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SEGURIDAD SOCIAL
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
Viaje en grupo: Para crear un grupo, con un mínimo de 25 personas, es necesario que una persona se haga responsable del
mismo. Todas las solicitudes de las personas que deseen viajar en grupo deberán ser entregadas al representante del grupo quien
las remitirá conjuntamente a la Consejería de Empleo y Seguridad Social. Cualquier petición en grupo que se remita
individualmente, y no a través del responsable del grupo, se entenderá que se hace a nivel individual y no en grupo. Todos
aquellos grupos que presenten solicitudes con un total de menos de 25 personas, se entenderán que se presentan a nivel
individual.
Para participar en grupo el “punto de salida” y el “destino” (único) deberá ser el mismo para todo el grupo. Todas aquellas
solicitudes que lleguen con un punto de salida o destino diferentes a la del responsable del grupo se entenderán que se presentan
a nivel individual, no contabilizando para el requisito de crear grupo con 25 personas.
Aquellos expedientes que participen en Grupo y no se les adjudique viaje y por lo tanto quedan en lista de espera, se les
gestionará desde la lista de espera como que fueran solicitudes individuales.
Las personas que hayan optado por viajar en grupo, no podrán, con posterioridad a la presentación de la solicitud, hacer
valer su puntuación individual.
CUARTA.- SERVICIOS QUE INCLUYE EL PRECIO DEL VIAJE:






Gastos de gestión (en caso de anulación estos gastos no se devuelven).
Transporte programado (avión, tren, autobús o barco) desde el punto de salida hasta el hotel de destino y regreso.
Pensión completa en habitación doble, de uso compartido.
Asistencia médica en el hotel, complementaria a la de la Seguridad Social (salvo Circuitos Culturales).
Programa de animación en el propio hotel (salvo Circuitos Culturales).
Póliza colectiva de seguro durante el viaje.
Los gastos de traslado desde el domicilio al aeropuerto de salida y viceversa, corren a cargo de los interesados.
QUINTA.- DESTINOS Y PRECIOS: Los precios inicialmente previstos por el IMSERSO son:




COMUNIDAD VALENCIANA 15 días: Precio 428,09 € por persona. 4.092 plazas de viaje.
CANARIAS 8 días: Precio 395,31 € por persona.
CANARIAS COMBINADOS 15 días: Precio 618,16 € por persona. 895 plazas de viaje para todo Canarias.
CIRCUITOS CULTURALES 6 días (Palma de Mallorca), solo para “punto de salida” de París: Precio 286,00 € por persona. 58
plazas de viaje.
Para solicitar destino, podrá hacerlo bien de forma “individual”, pudiendo solicitar un máximo de dos destinos o bien en
“Grupo”, en cuyo caso solo podrá solicitar un único destino, que será el mismo para todo el grupo. No se garantiza que todos
los puntos de salida dispongan finalmente de plazas para los destinos “Canarias 8 días” y “Canarias Combinados 15 días”.
SEXTA.- PUNTOS DE SALIDA.- Cada solicitante indicará un único punto de salida. Los puntos de salida son: Lille/Bruselas,
París, Toulouse, Lyon, Burdeos, Marsella, Perpiñan y Montpelier.
SÉPTIMA.- INSCRIPCIONES.- Si ha solicitado viajar en alguna de las dos últimas convocatorias y no fue devuelta su carta en la
última convocatoria, recibirá en su domicilio a principios de septiembre una carta informativa junto con el modelo de solicitud
personalizada que deberá remitir debidamente cumplimentada, acompañando la documentación necesaria, sobre todo la relativa a
acreditar la nacionalidad, que siempre deberá estar en vigor a la fecha de fin de presentación de solicitudes.
Si por cualquier motivo, no recibiera la carta en su domicilio, los impresos estarán a su disposición en:

La Consejería de Empleo y Seguridad Social de la Embajada de España en Francia.

Las Secciones de Empleo y Seguridad Social de los Consulados.

Los Consejos de Residentes Españoles (CRES).

Las Federaciones de Asociaciones de emigrantes españoles en Francia.

En el sitio Web: http://www.empleo.gob.es/es/mundo/consejerias/francia/index.htm

En el sitio Web: http://www.exteriores.gob.es/embajadas/paris/es/Paginas/inicio.aspx
No es obligación de esta Consejería el hacer llegar dichos impresos, por lo que no será motivo de reclamación el hecho de que no
reciban la carta con el modelo de solicitud en las fechas indicadas.
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OCTAVA.- DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR.
 8.1.- SI SOLICITA POR PRIMERA VEZ ESTE PROGRAMA O HA SIDO EXCLUIDO EN CONVOCATORIAS
ANTERIORES, deberá acompañar la siguiente documentación para acreditar que cumple los requisitos, tanto del titular del
derecho, como en su caso, de los acompañantes:
8.1.A) Documentación relativa a la NACIONALIDAD:
-
-
Si el solicitante tiene nacionalidad española (y consigna un 1 en la solicitud): Una de las dos:
o Fotocopia del Pasaporte español, expedido por un Consulado español en Francia, no caducado.
o Fotocopia, por ambas caras, del DNI (Documento Nacional de Identidad) con domicilio en Francia, no caducado.
Si el solicitante tiene nacionalidad francesa y ha nacido en España (consigna un 2 en la solicitud): Una de las dos:
o Fotocopia, por ambas caras, de la CNI (Carte Nationale d’Identité, donde aparezca su nacimiento en España), no
caducada.
o Fotocopia del Pasaporte y copia del documento que acredite que nació en España.
Si el solicitante tiene nacionalidad francesa y ha nacido en Francia (consigna un 2 en la solicitud):
o Fotocopia del “decreto de naturalización” u otro documento que justifique que es de origen español y tuvo anteriormente
la nacionalidad española. Además, deberá presentar también fotocopia de la CNI (por ambas caras) o Pasaporte, no
caducado.
8.1.B) Documentación relativa a los ACOMPAÑANTES:
o Para cónyuge e hijos discapacitados: Fotocopia del Pasaporte/DNI/CNI (no caducado), según la nacionalidad del
acompañante. Además:
-
Si solicita viajar acompañado de Cónyuge o pareja de hecho:
o En caso de estar casados: Fotocopia del Libro de Familia.
o En caso de ser pareja de hecho, “concubinage” o “pacte civil de solidaricé (PACS)”: Copia del documento oficial que
justifica estar en alguna de las situaciones anteriores.
o En caso de convivir juntos, pero no tener ninguno de los documentos anteriores: Certificado de convivencia, en el mismo
domicilio, emitido por su Ayuntamiento.
-
Si solicita que viaje su hijo/a discapacitado:
o Fotocopia de la tarjeta de discapacitado, no caducada, que acredite el nivel de discapacidad igual o superior 45%.
o Fotocopia de las hojas del libro de familia en las que estén inscritos el matrimonio y el nacimiento del hijo.
8.1.C) Documentación relativa a EDAD-PENSIÓN:
-
Si el solicitante es menor de 65 años a la fecha de fin de presentación de solicitudes, deberá acompañar, fotocopia del documento que
justifique ser a fecha de fin de presentación de solicitudes:
o Pensionista de jubilación, invalidez o prejubilación. Además deberá tener más de 60 años al fin del plazo de presentación de
solicitudes.
o Pensionista de viudedad. Además deberá tener más de 55 años al fin plazo presentación solicitudes.
 8.2.- SI HA RECIBIDO EN SU DOMICILIO EL MODELO DE SOLICITUD Y HA SIDO ADMITIDO EN LA ÚLTIMA
CONVOCATORIA, deberá comprobar que toda la documentación que en su momento presentó en esta Consejería está en vigor
(no caducada) a fecha de fin de presentación de solicitudes (10/10/2014). En caso de comprobar que la documentación está
caducada o que le falta algún documento, según le indicamos en la carta de presentación y/o modelo de solicitud, deberá presentar
fotocopia de la documentación en vigor que se indica en el apartado 8.1. Esta Consejería no avisará nuevamente de la caducidad de
dichos documentos, saliendo excluidos en el Programa. Es obligación del titular del expediente mantener la documentación en
vigor.
Todas aquellas solicitudes, que vengan incompletas o que no se deduzca de forma clara su petición, así como aquellas que no
acompañan la documentación relativa a acreditar los requisitos exigidos en esta convocatoria, o la documentación no está en vigor (a
fecha de fin de presentación de solicitudes) serán excluidas. Del mismo modo, deberán presentar documentación en vigor que acrediten
cumplir con los requisitos, especialmente la relativa a acreditar la nacionalidad, aquellos titulares de expedientes que ya hubieran
presentado la documentación en su momento y que la misma haya caducado y por tanto no esté en vigor.
NOVENA.- Presentación de solicitudes: El plazo comienza el 01/09/2014 y finaliza el 10/10/2014. Se podrán presentar:

Presencialmente: En cualquier oficina del Ministerio de Empleo y Seguridad Social en Francia:

Consejería de Empleo y Seguridad Social: 6 rue Greuze (75116) París.

Consulado de España. Sección de E. y S.S en Burdeos: 1, rue de Notre Dame (33000) Bordeaux

Consulado de España. Sección de E. y S.S. en Lyón: 1, rue Louis Guerin (69100) Villeurbanne

Consulado de España. Sección de E. y S.S. en Montpellier: 24, rue Marceau (34000) Montpellier

Consulado de España. Sección de E. y S.S. en Pau: 6, place Royal (64000) Pau

Consulado de España. Sección de E. y S.S. en Perpiñan: 12, rue Franklin (66000) Perpiñan

Consulado de España. Sección de E. y S.S. en Toulouse: 16, rue Sainte Anne (31000) Toulouse
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PROGRAMA: “TURISMO SOCIAL PARA MAYORES”. TEMPORADA 2014/2015. Viajes IMSERSO

Por correo postal, dirigido a: VACACIONES PARA MAYORES. Consejería de Empleo y Seguridad Social de España. 6 rue
Greuze (75116) PARIS. Toda solicitud con matasellos de correos posterior al 10 de octubre de 2014 será considerada
fuera de plazo, por lo que no se procederá a su tramitación.

Por correo electrónico a: (acompañar documentos y solicitud escaneados en formato pdf o jpg): [email protected]

Si viaja en grupo: Deberá obligatoriamente entregar la solicitud al responsable del grupo, el cual deberá presentarlas en plazo.
No se tramitarán como parte del “grupo” aquellas solicitudes que lleguen individualmente aunque pongan pertenencia a un
grupo. Éstas se tramitarán como solicitudes individuales, así como aquellas que soliciten más de un destino o no coincida con la
del grupo.
DÉCIMA.- CRITERIOS DE BAREMACIÓN.- La adquisición de las plazas de las distintas modalidades del Programa requiere una
valoración previa de las solicitudes de acuerdo con las siguientes variables:

A) Edad de los solicitantes. Tope máximo de 40 puntos.

B) Participación en el Programa de años anteriores. Tope máximo de 50 puntos.

C) Hijo/a con discapacidad > 45%, que acompañe a sus padres. 10 puntos.

D) Responsable del Grupo. Puntuación adicional de 20 puntos.

E) Desempates.
A) Edad de los solicitantes.- Con un tope máximo de 40 puntos para esta variable, se valorará la edad del solicitante, en
coherencia con los principios que informan y justifican la asistencia a las personas mayores, obteniendo un punto por
cada año completo (entendiéndose un año por 365 días) a partir de los 60 años cumplidos, es decir con 61 años 1 punto.
La referencia para la valoración será la edad del solicitante al día 31 de diciembre del año en que finalice el plazo de
presentación de solicitudes.
B) Participación en el Programa de años anteriores.- La puntuación máxima que se ha estimado para esta variable es de 50
puntos. Se pretende favorecer el acceso al programa de nuevos solicitantes o de los que menos han viajado.
Se entenderá que viajó, siempre que algún miembro asociado al expediente hiciera el viaje, es decir, en los casos en que
el titular no viajó, pero sí el cónyuge o bien el cónyuge más hijo/a, se entenderá que viajó.
ESCALA DE VIAJES:
No viajó en 2012-2013-2014
Viajó solamente en 2012
Viajó solamente en 2013
Viajó solamente en 2014
Viajó en 2012 y 2013
Viajó en 2012 y 2014
Viajó en 2013 y 2014
Viajó en 2012, 2013 y 2014
PUNTOS
50
40
30
20
15
10
5
0
C) Hijo/a con discapacidad que acompañen a sus padres.- En el caso del hijo/a con discapacidad en grado igual o
superior al 45%, siempre que acompañe al titular y ocupe cama supletoria en la misma habitación, la puntuación a
adjudicar será de 10 puntos. No obtendrán dicha puntuación, aquellos que habiendo solicitado su participación en este
apartado en la convocatoria anterior, el hijo discapacitado no realizó el viaje.
D) Responsable de “Grupo”.- Tras haber detectado, que el responsable de Grupo, en algunas ocasiones queda fuera del
viaje, se decide premiar su colaboración con una puntuación adicional de 20 puntos.
E) Desempates.- Si una vez baremadas todas las solicitudes existiera empate entre algunos de los solicitantes, se atenderá a
la fecha de nacimiento como criterio de desempate, teniendo preferencia el de más edad.
UNDÉCIMA.- ADJUDICACIÓN, ACREDITACIONES PARA VIAJAR Y LISTA DE ESPERA.- Una vez realizado el filtro de
los expedientes admitidos, tras la baremación y desempate, en su caso, se procederá a adjudicar las plazas ofertadas. Todos aquellos que
hayan sido seleccionados se les remitirán las acreditaciones personales que les permitan viajar (a mediados de diciembre). Todos
aquellos expedientes excluidos, se publicarán ordenados por número de expediente y causa de exclusión en nuestra página web.
Todos aquellos expedientes admitidos, que no reciban esta acreditación, se deberán considerar, automáticamente, en lista de espera,
circunstancia que puede no comunicarse por escrito. La gestión de la lista de espera para las personas que soliciten en grupo se hará de
forma individual.
NOTA IMPORTANTE.- Todas las personas que vayan a realizar alguno de los viajes, deberán comprobar antes de efectuar el viaje
que los documentos con los que vayan a viajar (Documento Nacional de Identidad, Pasaporte o Carta Nacional de Identidad) estén
en vigor en la fecha de realización del viaje, siendo de su exclusiva responsabilidad la verificación de tal extremo.
En París a 1 de septiembre de 2014
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