Curso 2014/2015 - Comunidad de Madrid

INSTRUCCIONES DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE
EDUCACIÓN SECUNDARIA, FORMACIÓN PROFESIONAL Y
ENSEÑANZAS DE RÉGIMEN ESPECIAL POR LAS QUE SE
REGULA EL DESARROLLO DE ENSEÑANZAS DE LOS
CICLOS FORMATIVOS DE FORMACIÓN PROFESIONAL
DEL CATÁLOGO DE LA «LOE» EN EL RÉGIMEN «A
DISTANCIA», EN CENTROS PÚBLICOS DE LA COMUNIDAD
DE MADRID
Curso 2014/2015
La Orden 3272/2011, de 25 de agosto, de la Consejería de Educación y Empleo, regula en
la Comunidad de Madrid las enseñanzas de Formación Profesional derivadas de la Ley
Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación en régimen «a distancia».
La Resolución de 23 de agosto de 2012, de la Dirección General de Ordenación y
Acreditación Profesional, por la que, en aplicación de lo dispuesto en la Orden 3272/2011,
de 25 de agosto, de la Consejería de Educación y Empleo, delimita los módulos
profesionales de determinados ciclos formativos de títulos de Formación Profesional
susceptibles de ser impartidos en régimen «a distancia»
Con el fin de dar una respuesta adecuada a la formación permanente de las personas
adultas, las Administraciones educativas, según lo dispuesto en los artículos 69.1 y 69.3 de
la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, promoverán medidas tendentes a
ofrecer a todas las personas la oportunidad de acceder a las enseñanzas de formación
profesional, correspondiéndoles organizar la oferta pública de educación a distancia.
La Dirección General de Educación Secundaria, Formación Profesional y Enseñanzas de
Régimen Especial, en virtud de las competencias atribuidas por el Decreto 126/2012, de 25
de octubre, del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid, con objeto de favorecer
durante el curso 2013/2014 la organización de las enseñanzas de formación profesional en
el régimen «a distancia» del ciclo formativo de grado superior de “Educación Infantil” y el
ciclo formativo de grado medio de “Gestión Administrativa”, correspondiente al catálogo de
títulos de la LOE, establece las siguientes
INSTRUCCIONES
PRIMERA: Alumnado.
1. Podrán cursar el ciclo formativo de grado medio de Gestión Administrativa en el régimen
a distancia quienes cumplan algunos de los siguientes requisitos académicos:
• Estar en posesión del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria o de
un título de nivel académico superior.
• Estar en posesión del título de Graduado en Educación Secundaria.
• Estar en posesión del título de Técnico.
• Estar en posesión del título de Técnico Auxiliar.
2014_07_22_FP_Distancia_2013-2014_loe.docx
1
• Estar en posesión del título de Bachiller Superior.
• Haber superado los módulos obligatorios de un Programa de Cualificación
•
•
•
•
•
•
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•
•
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Profesional Inicial.
Haber superado el curso de formación específico para el acceso a ciclos de Grado
Medio en centros públicos o privados autorizados por la Administración educativa.
Haber superado los dos primeros cursos del Bachillerato Unificado y Polivalente con
un máximo, en conjunto, de dos materias pendientes.
Haber superado el segundo curso del primer ciclo experimental de reforma de las
enseñanzas medias.
Haber superado, de las enseñanzas de Artes Aplicadas y Oficios Artísticos, el tercer
curso del plan de 1963 o el segundo de comunes experimental.
Haber superado otros estudios o cursos de formación de los declarados equivalentes
a efectos académicos con algunos de los anteriores.
Haber superado la prueba de acceso a ciclos formativos de Grado Medio o grado
superior.
Haber superado la prueba de acceso a la universidad para mayores de 25 años.
Estar en posesión del título de Bachiller determinado en la Ley Orgánica 2/2006, de
3 de mayo, de Educación (LOE).
Estar en posesión del título de Bachiller establecido en la Ley Orgánica 1/1990, de 3
de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo (LOGSE).
Estar en posesión del título de Técnico Especialista, Técnico Superior o equivalente
a efectos académicos.
Estar en posesión del título de Técnico y haber superado el curso de formación
específico para el acceso a ciclos formativos de grado superior en centros públicos
autorizados por la Administración educativa.
Haber superado el segundo curso de cualquier modalidad de Bachillerato
Experimental.
Haber superado el Curso de Orientación Universitario o Preuniversitario.
Estar en posesión de una titulación universitaria o equivalente
2. Podrán cursar el ciclo formativo de grado superior de Educación Infantil en el régimen a
distancia quienes cumplan algunos de los siguientes requisitos académicos:
• Título de Bachiller determinado en la LOE.
• Título de Bachiller establecido en la LOGSE.
• Título de Técnico Especialista, Técnico Superior o equivalente a efectos académicos.
• Haber superado el segundo curso de cualquier modalidad de Bachillerato
Experimental.
• Haber superado el curso de orientación universitaria o el preuniversitario.
• Estar en posesión de una titulación universitaria o equivalente.
• Haber superado la prueba de acceso al ciclo formativo de grado superior para el que
solicita la matriculación.
• Haber superado la prueba de acceso a la universidad para mayores de 25 años.
3. Las personas que deseen realizar estas enseñanzas deberán tener 18 años o cumplirlos
antes del 31 de diciembre de 2014.
4. También podrán acceder las personas mayores de dieciséis años, o que cumplan dicha
edad en el año natural en que se realiza la matrícula, siempre que acredite
documentalmente encontrarse en alguna de las siguientes situaciones:
2014_07_22_FP_Distancia_2013-2014_loe.docx
2
• Estar dado de alta como trabajador por cuenta propia o ajena.
• Tener la condición de deportista de alto nivel o alto rendimiento.
• Encontrarse en situación extraordinaria de enfermedad, dificultad física o sensorial, o
en situación de dependencia, que le impida cursar las enseñanzas en régimen
presencial
5. Además, deben residir en la Comunidad de Madrid y, preferentemente, ser trabajadores
con experiencia laboral que deseen mejorar su cualificación profesional o prepararse
para el ejercicio de otras profesiones.
6. El alumno tendrá a todos los efectos la consideración de alumno oficial del centro donde
se encuentre matriculado.
SEGUNDA. Proceso de Admisión.
1. Los aspirantes a cursar las enseñanzas en este régimen presentarán, una única solicitud
entre los días 15 y 22 de septiembre, ambos inclusive, en uno de los centros
relacionados en el Anexo I, el modelo que será facilitado por el centro.
2. En cada centro se constituirá una comisión, presidida por el director, constituida por el
profesor-coordinador del ciclo formativo, que actuará como secretario, y dos miembros
del Consejo Escolar del centro designados por este Órgano a propuesta del director.
3. La comisión elaborará una lista con los solicitantes ordenados correlativamente conforme
al siguiente orden de prioridad:
1º. Candidatos con experiencia laboral acreditada, relacionada con el perfil
profesional del ciclo formativo que deseen cursar, según criterio de mayor a
menor tiempo de desempeño de la actividad.
2º. Candidatos con experiencia laboral acreditada, no relacionada con el perfil
profesional del ciclo formativo que deseen cursar, según criterio de mayor a
menor tiempo de desempeño de la actividad.
3º. Candidatos sin experiencia laboral, ordenados conforme a las normas que
regulan la admisión de alumnos en ciclos formativos de grado superior en
centros sostenidos con fondos públicos de la Comunidad de Madrid.
4. La lista se publicará en el tablón de anuncios del centro antes del 26 de septiembre y se
abrirá un plazo para presentar y resolver posibles reclamaciones.
Transcurrido dicho plazo se publicará la lista de los admitidos que, en función de las
plazas disponibles, podrán efectuar la matriculación en las enseñanzas. Junto con dicha
lista se publicará otra lista de espera, también ordenada con los criterios anteriormente
aplicados, que incluya los candidatos que pudieran efectuar la matrícula en módulos
profesionales que no hayan sido solicitados -hasta el límite establecido- por los incluidos
de la lista de admitidos. También se convocará a los admitidos a una reunión en la que el
jefe de estudios del centro, junto con el equipo educativo que va a impartir las
enseñanzas, asesorará a los aspirantes sobre los aspectos didácticos y metodológicos
de esta modalidad de enseñanza.
TERCERA. Matriculación.
1. La matriculación podrá efectuarse en el Instituto de Educación Secundaria donde ha sido
admitido, en los módulos profesionales del ciclo formativo que se incluyen en el Anexo
II, siempre que dichos módulos en conjunto no superen el número de 1.000 horas
curriculares de las previstas, respectivamente, en el Decreto 94/2008, de 17 de julio, que
establece el currículo del título de Técnico Superior en Educación Infantil, modificado por
el Decreto 14/2011, de 24 de marzo, publicado en el Boletín Oficial de la Comunidad de
2014_07_22_FP_Distancia_2013-2014_loe.docx
3
Madrid de fecha 12 de mayo o en el Decreto 14/2010, de 18 de marzo, que establece el
currículo del título de Técnico en Gestión Administrativa modificado por el Decreto
5/2011, de 13 de enero, publicado en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid de
fecha 31 de enero.
Es incompatible la matriculación durante el mismo curso académico en un ciclo formativo
en los regimenes presencial y a distancia.
Tampoco podrá efectuarse la matrícula en las pruebas que se celebren en el año 2015
para la obtención directa de los títulos de Formación Profesional convocadas por las
Administraciones educativas.
2. Los alumnos que se matriculen en el ciclo formativo de Grado Superior Educación Infantil
abonarán el precio público establecido en el ACUERDO de 18 de julio de 2013, del
Consejo de Gobierno, por el que se modifica el catálogo de precios públicos de la
Comunidad de Madrid y se establecen las cuantías de determinados precios públicos de
la Consejería de Educación, Juventud y Deporte (BOCM 22.07.2013).
3. Los alumnos que habiéndose matriculado parcialmente por primera vez en el ciclo
formativo y hayan abonado el precio público por curso completo, al matricularse una
segunda vez en el ciclo, en el resto de módulos, abonaran también el precio público por
curso completo.
4. No deberán abonar este precio público los alumnos que se matriculen
exclusivamente del módulo de Formación en Centros de Trabajo y/o de Proyecto.
CUARTA. Constitución de los grupos de alumnos.
1. Los centros autorizados a impartir estas enseñanzas organizarán un grupo de 80
alumnos como máximo por módulo profesional.
2. Si tras la matriculación de los alumnos anteriores quedasen vacantes en alguno de los
módulos profesionales del ciclo formativo, dichas vacantes se podrán cubrir, hasta el
límite de 80 alumnos por módulo, con los candidatos que figuren en la lista de espera a la
que se ha hecho referencia en la instrucción segunda.
QUINTA. Horarios
1. En el Anexo II se recogen la asignación del horario lectivo a los tutores de cada uno de
los módulos profesionales. El seguimiento del módulo de Proyecto de atención a la
infancia del ciclo de Educación Infantil será realizado por los profesores, con atribución
docente en el citado módulo, que imparten los distintos módulos del ciclo.
2. La temporalización y los horarios destinados a las actividades de las tutorías individual y
colectiva de cada uno de los módulos es la establecida en la Resolución de 23 de agosto
de 2012, de la Dirección General de Ordenación y Acreditación Profesional.
3. Al profesor-coordinador se le computarán un máximo de cuatro horas lectivas semanales.
En el caso del ciclo de grado medio, realizará el seguimiento de los alumnos
matriculados en el modulo de Formación en Centros de Trabajo del ciclo LOGSE que se
extingue.
SEXTA. Materiales didácticos
Los profesores que impartan esta oferta educativa utilizarán para las tutorías los materiales
didácticos específicos y propuesta de actividades que estarán alojados en la plataforma
tecnológica de educación a distancia de la Comunidad de Madrid, independientemente del
2014_07_22_FP_Distancia_2013-2014_loe.docx
4
material de apoyo que elaboren para completar, actualizar, ampliar y mejorar determinados
aspectos de los contenidos curriculares.
SÉPTIMA. Módulos profesionales no autorizados a impartirse por el régimen a
distancia
1. Para completar la formación conducente a la obtención del título correspondiente al ciclo
formativo de Gestión Administrativa, los alumnos pueden efectuar su matriculación en el
módulo de Empresa en el Áula. Para poder hacerlo tendrán que cumplir las condiciones
para promocinar de primero a segundo curso que se establecen para el régimen
presencial.
El alumno deberá asistir a todas las horas presenciales de este módulo.
2. Quienes reunan los requisitos exigibles para la promoción al módulo de Formación en
centros de trabajo, se podrán matricular en dicho módulo y, en su caso, en el de
proyecto, en el curso académico siguiente al que se produjo la decisión de promoción. No
deberán abonar el precio público de matriculación en ciclos formativos de grado superior
de formación profesional los alumnos que se matriculen exclusivamente del módulo de
Formación en Centros de Trabajo y/ o de Proyecto del ciclo formativo de Educación
INfantil.
INSTRUCCIÓN FINAL.
Estas Instrucciones complementan lo establecido con carácter general en las disposiciones
vigentes que rigen los centros docentes que imparten enseñanzas de Formación
Profesional.
El tratamiento administrativo correspondiente a este régimen de enseñanzas es el mismo
que el correspondiente al régimen presencial, con las salvedades impuestas por las
características específicas de dicha régimen de enseñanzas.
Las Direcciones de Área Territorial dispondrán lo necesario para la correcta aplicación de
estas Instrucciones, así como para su difusión a todos los centros docentes autorizados a
impartir enseñanzas de ciclos formativos en el régimen a distancia.
A efectos de información y seguimiento de estas enseñanzas se comunicarán al Servicio de
la Inspección Educativa correspondiente todos los extremos contenidos en estas
Instrucciones.
Madrid, 22 de julio de 2014
ILMOS. SRES. DIRECTORES DE ÁREA TERRITORIAL.
2014_07_22_FP_Distancia_2013-2014_loe.docx
5
ANEXO I
INSTITUTOS DE EDUCACIÓN SECUNDARIA QUE IMPARTIRAN EL CICLOS
FORMATIVOS LOE A DISTANCIA
CURSO 2013/2014
Municipio
Centro
Código
Teléfono
Dirección
Nombre del ciclo
DIRECCIÓN DE ÁREA TERRITORIAL M ADRID-CAPITAL
IES CLARA DEL REY
28042656
91 519 52 00
c/. Padre Claret, 8
GESTIÓN ADMINISTATIVA
IES VALLECAS-MAGERIT
28030964
91 478 00 23
c/ Antonio
Folgueras, 27-29
GESTIÓN ADMINISTATIVA
IES PRÍNCIPE FELIPE
28047411
91 314 63 12
c/ Finisterre, 60
EDUCACIÓN INFANTIL
IES VILLABLANCA
28039891
91 775 22 14
c/ Villablanca, 79
EDUCACIÓN INFANTIL
MADRID
DIRECCIÓN DE ÁREA TERRITORIAL M ADRID-NORTE
IES FRANCISCO GINER
DE LOS RÍOS
28000753
91 652 54 66
Carretera de
EDUCACIÓN INFANTIL
Barajas, Km. 1,200
IES VIRGEN DE LA PAZ
28038070
91 661 594 3
c/ Francisco Chico
Mendes, 4
GESTIÓN ADMINISTATIVA
ALCOBENDAS
DIRECCIÓN DE ÁREA TERRITORIAL M ADRID-SUR
ALCORCÓN
IES JOSEFINA ALDECOA
28038700
91 612 52 61
c/ Sahagún, s/n
GESTIÓN ADMINISTATIVA
MÓSTOLES
IES FELIPE TRIGO
28023194
91 613 80 35
c/. Pintor
Velázquez, 66
EDUCACIÓN INFANTIL
GESTIÓN ADMINISTATIVA
DIRECCIÓN DE ÁREA TERRITORIAL M ADRID-ESTE
ALCALÁ DE
HENARES
IES ALONSO DE
AVELLANEDA
28000467
91 888 11 74
c/ Vitoria, 3
COSLADA
IES MANUEL DE FALLA
28045037
91 669 11 82
Avd Manuel Azaña,
GESTIÓN ADMINISTATIVA
32
DIRECCIÓN DE ÁREA TERRITORIAL M ADRID-OESTE
COLLADOVILLALBA
EDUCACIÓN INFANTIL
IES JAIME FERRÁN
28002415
91 850 15 71
c/ Matalpino, 22
IES LÁZARO CARDENAS
2804050
91 851 45 81
c/ Isla Sálvora, 153 GESTIÓN ADMINISTATIVA
2014_07_22_FP_Distancia_2013-2014_loe.docx
6
ANEXO II
FORMACIÓN PROFESIONAL «A
A DISTANCIA»
ASIGNACIÓN DEL HORARIO LECTIVO SEMANAL A LOS TUTORES
CICLO FORMATIVO: EDUCACIÓN INFANTIL
GRADO: SUPERIOR
CÓDIGO: SSCS01
Horario lectivo semanal imputable al profesorado
MÓDULOS PROFESIONALES SUSCEPTIBLES DE IMPARTIRSE «A
DISTANCIA»
Clave
Denominación
(1)
Horas
presenciales del
módulo
Profesor
Secundaria
TUTORÍA INDIVIDUAL
TUTORÍA COLECTIVA (3)
(2)
(Horario presencial)
Profesor
Técnico FP
Profesor
Espec.
Profesor
Secundaria
01
Autonomía personal y salud infantil
30
02
Desarrollo cognitivo y motor
30
3
3
1
03
Didáctica de la educación infantil
30
3
1
04
El juego infantil y su metodología
30
05
Formación y orientación laboral
06
3
1
3
Inglés
20
3
07
Primeros auxilios
20
08
Desarrollo socioafectivo
30
3
1
09
Recursos didácticos en inglés para la
educación infantil
20
3
1
-
3
1
3
1
10
Empresa e iniciativa emprendedora
11
Expresión y comunicación
30
12
Habilidades sociales
20
3
1
13
Intervención con las familias y atención a
menores en riesgo social
20
3
1
3
27
Profesor
Espec.
1
-
HORAS TOTALES SEMANALES
Profesor
Técnico FP
1
12
(4)
7
4
50
(1) Nº de orden del módulo profesional en el currículo de la Comunidad de Madrid.
(2) Atención telemática.
(3) Horario semanal presencial asignado a la tutoría colectiva durante el período de tiempo en que ésta se desarrolla.
(4) No se incluyen las horas de coordinación del ciclo formativo ni, en su caso, las de tutoría del módulo de FCT,
2014_07_22_FP_Distancia_2013-2014_loe.docx
7
CICLO FORMATIVO: GESTIÓN ADMINISTRATIVA
GRADO: MEDIO
CÓDIGO: ADGM01
Horario lectivo semanal imputable al profesorado
MÓDULOS PROFESIONALES SUSCEPTIBLES DE IMPARTIRSE «A
DISTANCIA»
Clave
Denominación
(1)
Horas
presenciales del
módulo
01
Comunicación empresarial y atención al cliente
-
02
Empresa y administración
-
03
Formación y orientación laboral
-
04
Operaciones administrativas de la compraventa
-
05
Inglés
06
Profesor
Secundaria
TUTORÍA INDIVIDUAL
TUTORÍA COLECTIVA (3)
(2)
(Horario presencial)
Profesor
Técnico FP
Profesor
Espec.
Profesor
Secundaria
Profesor
Espec.
3
3
3
3
20
3
Técnica contable
-
3
07
Tratamiento informático de la información
-
08
Empresa en el aula
09
Operaciones auxiliares de gestión de tesorería
-
10
Operaciones administrativas de recursos humanos
-
3
11
Tratamiento de la documentación contable
-
3
1
3
165
5
3
15
HORAS TOTALES SEMANALES
Profesor
Técnico FP
15
(4)
1
36
(1) Nº de orden del módulo profesional en el currículo de la Comunidad de Madrid.
(2) Atención telemática.
(3) Horario semanal presencial asignado a la tutoría colectiva durante el período de tiempo en que ésta se desarrolla.
(4) No se incluyen las horas de coordinación del ciclo formativo ni, en su caso, las de tutoría del módulo de FCT.
2014_07_22_FP_Distancia_2013-2014_loe.docx
8