bases fondere 2014 - Municipalidad de Futrono

BASES TÉCNICAS Y ADMINISTRATIVAS
II CONCURSO DE PROYECTOS
FONDO DE DESARROLLO DE ENTIDADES RELIGIOSAS
FONDERE 2014
I. ANTECEDENTES
El año 2013 la Ilustre Municipalidad de Futrono creó el Fondo de Desarrollo de
Entidades Religiosas (FONDERE), para colaborar en el fortalecimiento de
organizaciones de carácter religioso legalmente reconocidas, a través de proyectos
específicos de desarrollo, y que contribuyan directamente en el cumplimiento de las
funciones municipales en el ámbito comunitario y de la sociedad civil. Este 2014 la
Municipalidad nuevamente ha destinado recursos del presupuesto municipal para el
Fondo de Desarrollo de Entidades Religiosas. El FONDERE es administrado por esta
corporación edilicia de acuerdo a las facultades y normas que establece el
ordenamiento jurídico nacional.
II. OBJETIVO
El Fondo de Desarrollo de Entidades Religiosas (FONDERE) tiene por objeto facilitar el
acceso a oportunidades de desarrollo humano y social, fortaleciendo a las
organizaciones o congregaciones religiosas así como las capacidades individuales de
sus miembros, para hacer más efectivos los procesos de participación comunitaria en
la Comuna de Futrono.
III. POSTULACIONES, DOCUMENTACIÓN Y ANTECEDENTES
3.1.
Puede postular toda organización o congregación religiosa con personalidad
jurídica, sin fines de lucro, con domicilio en la comuna de Futrono. Cada
organización o entidad religiosa podrá presentar sólo un proyecto al concurso.
3.2.
Las organizaciones o congregaciones religiosas deben postular sus proyectos
en la oficina de la Dirección de Desarrollo Comunitario (DIDECO) de la
Municipalidad de Futrono. Los proyectos deberán ser presentados de acuerdo a las
Bases y Formularios de Postulación, las que deben ser retiradas en la oficina de
DIDECO y/o en el sitio web www.munifutrono.cl
3.3.
Se entiende que el responsable del proyecto es el representante legal de la
entidad religiosa. La personería del representante legal deberá acreditarse mediante
documentos originales o autorizados ante autoridad competente y que den cuenta
fehaciente de dicha calidad.
3.4. El proceso de postulación al concurso 2014 se desarrollará conforme al siguiente
cronograma:
ACCIÓN
Entrega de Bases y Formulario en Dirección de
Desarrollo COmunitario
Capacitación de Dideco en formulación de
proyectos
FECHA
Del 16 de junio al 01 de agosto: 08:30
a 14:00 horas
Martes 08 de julio: 17°° horas –
Centro Comunitario Llifén
Miércoles 09 de julio: 17°° horas –
Escuela Rural Nontuelá
Jueves 10 de julio: 17°° horas –
Centro Cultural Flora Zaffaroni
04 al 08 de agosto: 08:30 a 14°° horas
Del 11 al 14 de agosto
18 de agosto
Del 18 al 22 de agosto
Recepción proyectos en oficina de partes
Admisibilidad de proyectos
Entrega de nómina de proyectos admisibles
Evaluación de proyectos admisibles
Entrega
de
nómina
de
proyectos
25 de agosto
seleccionados y en lista de espera
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Recepción de documentos
Entrega de nómina definitiva de proyectos
Capacitación en rendición
Firma de convenios
Ejecución de proyectos
Entrega de rendición y verificadores
Del 25 al 29 de agosto
01 de septiembre aprox.
05 de septiembre: 11°° horas
05 de septiembre: 12°° horas
05 de septiembre al 24 de diciembre
A más tardar el 26 de diciembre
3.5. DOCUMENTOS OBLIGATORIOS QUE DEBEN SER PRESENTADOS: Todos
los documentos deben presentarse sin enmienda y sin uso de corrector.
3.5.1. AL MOMENTO DE POSTULAR:
A) Formulario lleno (3 ejemplares: 1 original y 2 copias), en formato entregado, sin
modificaciones.
B) Una cotización como mínimo por cada elemento a adquirir.
C) Fotocopia del acta de la reunión de asamblea donde se definieron los objetivos
del proyecto y beneficiarios, la que debe estar firmada por el/la presidente(a),
secretario(a) y al menos por un miembro de la asamblea.
3.5.2. EN EL EVENTO DE SER SELECCIONADOS Y EN EL PLAZO INDICADO:
Estos documentos deben ser presentados por quienes figuran en la nómina de
proyectos seleccionados, en el plazo que se indica en el punto 3.3. anterior. Y si
alguna organización no presenta todos los documentos en el citado plazo, se le
notificará a la organización que está en primer lugar en la lista de espera que
presente sus respectivos documentos, en el plazo pertinente, y así
sucesivamente.
A) Carta de compromiso de los aportes de la organización (aporte propio y de
terceros).
B) Fotocopia lista o nómina de socios, miembros o similares.
C) Fotocopia RUT de la organización.
D) Fotocopia de cédula de identidad del representante legal.
E) Fotocopia de libreta de ahorro u otra de la organización o copia de comprobante
de trámite de apertura de cuenta bancaria.
F) Certificado de vigencia o similar de la organización que no se haya constituido al
amparo de la Municipalidad de Futrono.
G) Documento original o autorizado ante notario público o Secretaria Municipal que
acredite personería del representante legal, de la organización que no se haya
constituido al amparo de la Municipalidad de Futrono.
3.5.3. Sin perjuicio de lo anterior, la Municipalidad constatará internamente que las
organizaciones postulantes cumplan además con los siguientes requisitos:
A) Que la organización esté al día en las rendiciones de proyectos y/o aportes
anteriores.
B) Que la organización se encuentre inscrita en el Registro de Transferencia para
recursos del Estado y municipalidades.
C) Que la organización esté vigente y la personería del representante legal de la
organización que se haya constituido al amparo de la Municipalidad de Futrono.
En el evento que la organización mantenga rendiciones pendientes, no esté inscrita en
el Registro de Transferencia u otra causal similar, se declarará el proyecto inadmisible,
corriendo la lista de espera.
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3.5.4. OTROS DOCUMENTOS OBLIGATORIOS: Dependiendo del tipo de proyecto, se
deberá presentar obligatoriamente documentación necesaria para evaluar su
factibilidad:
A) Si el proyecto presentado contempla la construcción y/o adquisición de bienes
para ser usados por la comunidad, deberá adjuntarse un Reglamento de Uso del
bien/es.
B) Los proyectos de construcción deben adjuntar el detalle del cálculo de metros
cuadrados de radier, mano de obra, etc. y los costos asociados a la ejecución de
las obras.
C) Los proyectos de construcción deben adjuntar un plano detallado de la obra
(plano o croquis), fotocopia de inscripción de dominio vigente del terreno,
comodato o de regularización del mismo cuando corresponda en cada caso. En
su debido caso deberá tramitarse el respectivo permiso municipal, previa
consulta en la Dirección de Obras, de acuerdo a cada caso especifico.
3.6. La persona que entregue el Proyecto recibirá un comprobante de recepción,
debidamente firmado y timbrado.
3.7. Serán declarados inadmisibles en este concurso:
A) Aquellos proyectos que no presenten todos los documentos obligatorios y/o que
se presenten fuera de plazo.
B) Aquellos proyectos que no se ajusten a las áreas identificadas en el punto 4.7 de
las Bases.
C) Aquellos proyectos que no se ajusten al Formulario de Proyecto entregado.
D) Aquellos proyectos presentados por una organización que haya presentado más
de un proyecto al concurso. En este caso sólo podrá ser declarado admisible el
primer proyecto presentado y si cumple con los requisitos de admisibilidad.
IV.
FINANCIAMIENTO
4.1. El monto máximo que financiará la Municipalidad de Futrono por proyecto será
de hasta $400.000.- (cuatrocientos mil pesos).
4.2.
Los proyectos deben contar con un aporte mínimo en efectivo por parte de la
organización postulante correspondiente al 15% (quince por ciento) del total
solicitado al Fondo municipal. Por ejemplo, un proyecto que solicita el máximo de
$400.000, tendrá que aportar como mínimo $60.000, totalizando el proyecto un
valor de $460.000.
4.3.
El aporte propio en efectivo debe ser demostrado mediante factura o boletas,
con fecha de emisión posterior a la entrega del aporte municipal.
4.4.
Sin perjuicio de lo anterior, la organización podrá aportar otros ítems que no
reemplazan al aporte en efectivo. La valorización de dichos aportes deberá ser
debidamente respaldada, considerando los costos reales de los bienes y servicios
aportados. No se considerarán como aporte valorado ningún tipo de propiedad
(terreno o construcción). Se considerarán como aportes extras elementos tales
como: Materiales, Mano de obra, Transporte y otros similares.
4.5.
El aporte de terceros deberá ser debidamente detallado y respaldado con cartas
de compromiso.
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4.6.
No podrán postular proyectos de organizaciones que tengan pendientes deudas
o rendiciones financieras con el municipio, correspondientes a FONDEVE u otro
fondo o aporte municipal.
4.7.
Los proyectos presentados deberán estar insertos dentro de las siguientes
áreas de desarrollo comunitario:
A)
B)
C)
D)
E)
F)
G)
Promoción de derechos.
Fortalecimiento de organizaciones.
Formación de líderes.
Comedores populares y similares.
Asistencia a personas vulnerables.
Acciones educativas y/o de promoción de cuidado del medioambiente.
Promoción de la diversidad y la tolerancia.
4.8.
La duración de la ejecución de los proyectos que postulen al presente Concurso
NO podrá exceder de 4 meses.
4.9.
Los aportes serán entregados a las organizaciones como transferencias de
capital, siendo estas responsables de ejecutar el proyecto en su totalidad,
incluyendo las rendiciones correspondientes y los verificadores de cumplimiento de
objetivos.
V.
EVALUACIÓN, SELECCIÓN Y ADJUDICACIÓN DE LOS RECURSOS
5.1.
Los Proyectos serán evaluados por un Comité Técnico Municipal, que estará
integrado por los directores de DIDECO, DAF y SECPLAN y el Administrador
Municipal. Si alguno de ellos no pudiese realizar la evaluación, será
reemplazado por un funcionario designado por la Alcaldesa.
El Comité Técnico Municipal deberá entregar a la Alcaldesa un informe técnico
con la evaluación de todos los proyectos que cumplan con los requisitos
solicitados. El informe contendrá el puntaje obtenido por cada proyecto y
señalará los proyectos que serán financiados y los que no lo serán, según
disponibilidad presupuestaria.
Los criterios que usará el Comité para la evaluación de proyectos son los
siguientes:
5.2.
5.3.
1
Objetivos del proyecto (relevancia del problema y solución 25
propuesta)
2 Cobertura (Número de Beneficiarios)
25
3 Factibilidad técnica y económica del proyecto
15
4 Creatividad e innovación del proyecto
20
5 Aporte de la organización y/o terceros
10
6 Asistencia a capacitación de Formulación de Proyectos
5
TOTAL
100
5.4.
El Comité Técnico Municipal también podrá considerar y evaluar:
- Que el proyecto sea elaborado por los propios beneficiarios.
- Que se complemente con otras iniciativas locales.
- La contribución del proyecto a la elevación de la calidad de vida de los vecinos y
vecinas de la comuna.
Éstos serán los criterios que se utilizarán en caso de empate en el puntaje de dos ó
más proyectos.
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5.5.
5.6.
El Comité Técnico Municipal podrá establecer condiciones o requisitos
específicos para asegurar el cumplimiento del o los objetivos de un proyecto, así
como resolver situaciones no previstas en estas Bases.
La Alcaldesa de la comuna dará a conocer el resultado del Concurso al Concejo
Municipal, a los medios de comunicación y a las organizaciones participantes.
VI.
DE LOS DERECHOS Y OBLIGACIONES
6.1.
Una vez seleccionados los proyectos, se deberá firmar un Convenio entre la
Alcaldesa, como representante legal del Municipio, y el representante legal de la
Organización o Congregación religiosa beneficiada. El convenio contendrá los
derechos y obligaciones de ambas partes.
Dicho instrumento establecerá que los recursos sean destinados exclusivamente
a los objetivos previstos en el proyecto, determinará los plazos de ejecución del
mismo, precisará la modalidad de entrega de los recursos y la forma en que se
debe señalar de manera visible y clara que las obras o actividades a que den
origen los proyectos seleccionados se financian con el aporte de la Ilustre
Municipalidad de Futrono.
Las actividades de los proyectos deberán comenzar y ser ejecutadas en las
fechas estipuladas en el mismo. Sólo en casos excepcionales y de fuerza mayor,
debidamente calificadas por el Comité Técnico Municipal, se autorizará a la
organización o congregación religiosa responsable del proyecto iniciar las
actividades en una fecha distinta a la prevista originalmente. La calificación del
Comité será inapelable.
En la eventualidad de que el proyecto no pueda ser ejecutado dentro de los
plazos señalados, la Alcaldesa, dentro de sus facultades, podrá reasignar los
recursos comprometidos en su financiamiento al proyecto que esté en primer
lugar en la lista de espera y que presente la documentación respectiva dentro
del plazo otorgado, o dará otra asignación a esos recursos.
La Municipalidad a través del Comité Técnico Municipal, supervisará el
cumplimiento de las actividades de ejecución de los proyectos seleccionados
con el propósito de comprobar que se realicen de acuerdo con estas Bases y
con los Convenios de ejecución respectivos. Los responsables de los proyectos
deberán colaborar en su oportunidad con la supervisión de los mismos.
El Comité Técnico Municipal certificará la total ejecución de los proyectos
seleccionados o de las etapas aprobadas.
La Organización o Congregación Religiosa ejecutora se compromete a entregar
a la municipalidad un Informe Final donde conste el cumplimiento de objetivos y
la realización de las actividades comprometidas, con fotografías del antes (si
corresponde) y después del proyecto y una Rendición Financiera sobre el total
de su ejecución. La recepción y aprobación de ambos documentos por la
municipalidad es requisito indispensable para el cierre definitivo del proyecto.
El plazo final para entregar las rendiciones será impostergablemente el 26 de
diciembre del 2014.
6.2.
6.3.
6.4.
6.5.
6.6.
6.7.
6.8.
VII.
DE LAS SANCIONES
La organización que no dé cumplimiento a la ejecución de su proyecto, según lo
reglamentado por las presentes Bases, dentro del período indicado en el mismo y sin
justificación de ello, deberá devolver los recursos entregados por la municipalidad en
idénticas condición y calidad, no pudiendo postular al Fondo de Desarrollo de
Entidades Religiosas (FONDERE) u otro fondo municipal concursable por lo menos en
dos (2) concursos siguientes.
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