El principio del amor... esquelas.pr squ elas.pr ” ... 30 19 t m a S es m os. Inf. (787) 750-0730 Fax (787) 750-1119 *www.celestium.net *e-mail: [email protected] La Gloria FUNERARIA CEMENTERIO CREMATORIO B T ¡Planifique lo Inevitable! 787-641-8000 EL NUEVO DÍA Los mejores pre-arreglos L-V = Ext.5736 DOMINGO, disponibles S-D-Feriados Ext.1 5797 ó 5798 DE JULIO (787) 286-4648 DE 2012 Boulevard Funeral Levittown Funeral Home, Levittown FUNERARIA Y CAPILLAS “En sus momentos difíciles” “En sus momentos difíciles” Magda Ivonne López Pérez Planes de Pre-arreglos Funerales (Sin intereses ni recargos) Servicio de Cremación Estas con nuestro señor Jesucristo y abrazada por Papa Julio, Mama Gloria, y tu hermano Julito. Todo es pura felicidad. Fuiste justa, sensible, humilde, generosa y muy amorosa. SERVICIO 24 HORAS • Cremaciones • Pre Arreglos Funerales •Servicios Traslados a E.U.A. Funerales, o cualquier parte del amundo. 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CREMATORIO ¡Planifique lo Inevitable! Te amamos. MUCHAS GRACIAS. Los mejores pre-arreglos disponiblesDios está en control. Amén. Carr. 181 Km.8.5 Bo. Dos Bocas Trujillo Alto (787) 286-4648 La Gloria es para todos. Funeraria Funeraria Escardille Shalom Memorial [email protected] Servicio las 24 horas Faxwww.funerariashalom (787) 764-1587 (787) 795-5145 Solicite nuestros Levittown, Toa Baja, P.R. Servicios desde $995.00 (Ciertas restricciones aplican.) Ciertas restricciones aplican. prearreglos. Sirviendo por más de 75 años EL NUEVO DÍA Martes, 23 de diciembre de 2014 Boulevard Ave. Dos Palmas #2821 Levittown, Toa Baja, P.R. Boulevard Funeral Home, Levittown Envíe sus edictos por e-mail a: [email protected] Funeraria Escardille Para más información 787-641-8000 Exts. 5833, 5834, 5835 “En sus momentos difíciles” Servicios Funerales, Cremaciones, Traslados a todas partes del Mundo, pre-arreglos, estacionamiento y seguridad. Cremaciones, con velatorio o sin velatorio. Pre Arreglos Funerales. Traslados a EE.UU., Rep. Dom. y cualquier parte del mundo. Se aceptan planes de Seguro: GA LIFE, SSS VIDA, ILA (1575) Y OTROS 787-765-8383 Fax (787) 764-1587 se efectuarán LAS en Hipoteca Legal, según lo provee el Artículo (66); por el Este, en distancia de ochenta y posturas. Los pagos SERVICIO 24 HORAS cinco [email protected] setenta y ocho (85.78) metros efectivo, giro postal o cheque certificado a con el solar numero sesenta y cuatro (64); y nombre del Alguacil del Tribunal. Del producto 11,y dos obtenido en dicha venta, y de conformidad por el Oeste, en Calle distanciaRoble de noventa punto seiscientosRío sesenta y tres P.R. (92.663) con los términos de la Sentencia emitida, este Piedras, Alguacil pagará en primer término, los gastos metros y un arco de nueve punto ochocientos noventa (9.890) metros con la Carretera del alguacil, y en segundo término, del monto Estatal número novecientos sesenta y siete restante del producto de la venta habrá de Servicios desde $995.00 (967). Consta inscrita al folio 78 del tomo 181 entregar a la parte Demandante, hasta donde restricciones aplican. de RíoCiertas Grande, finca número 8,858. Registro se haya recibido dinero suficiente para ello: (i) la cantidad de principal adeudada de de laSirviendo Propiedad de Carolina,más Secciónde Tercera. 75 años $393,484.04, (ii) más la suma de $46,190.79 Según pactado por en las Escrituras constitutivas de las hipotecas que son objeto por concepto de intereses convenidos, más de este procedimiento, para la finca número los intereses que se hayan acumulado desde 8,858, servirá de tipo mínimo para la primera el 10 de octubre de 2012 hasta la total subasta que se celebre, según la Hipoteca satisfacción de la Sentencia a razón de número 265, la suma de $315,000.00; y $95.64 diarios, (iii) más la cantidad de servirá de tipo mínimo para la primera $17,444.28 por concepto de intereses por subasta que se celebre, según la Hipoteca incumplimiento convenidos, más los intereses número 66, la suma de $105,000.00. Para la por incumplimiento que se hayan acumulado segunda subasta servirá de tipo mínimo dos desde el 10 de octubre de 2012 hasta la total terceras partes de la suma estipulada para la satisfacción de la Sentencia a razón de primera subasta y para la tercera subasta $32.79 diarios, (iv) más la cantidad de servirá de tipo mínimo la mitad de la suma $9,323.68 por concepto de otras cantidades estipulada para la primera subasta. Si la contractualmente pactadas, además, (v) la tercera subasta no produjera postura alguna y cantidad de $59,022.61 por concepto de fuera declarada vacante, el acreedor, dentro costas, gastos y honorarios de abogado de los diez (10) días siguientes, podrá hacer pactados entre las partes, cantidades que la suya la propiedad hipotecada por el importe Parte Demandada adeuda conforme al monto de su crédito, si éste es igual o menor que el impagado de la Sentencia. Disponiendo que si monto del tipo de la tercera subasta o quedare algún remanente luego de pagarse abonando dicho monto a la cantidad las sumas mencionadas, el mismo deberá ser adeudada, si ésta fuese mayor. La subasta de depositado en la Secretaría del Tribunal para la propiedad antes mencionada se efectuará ser entregado a la Parte Demandada, previa en las siguientes fechas y horas: Primera solicitud y orden del Tribunal. Se entenderá Subasta: Se celebrará el día 4 de febrero de que todo licitador acepta como bastante la 2015, a las 9:30 a.m. Segunda Subasta: Se titulación y que las cargas y gravámenes celebrará el día 11 de febrero de 2015, a las anteriores y los preferentes, si los hubiere, al 9:30 a.m. Tercera Subasta: Se celebrará el día crédito del ejecutante continuarán 18 de febrero de 2015, a las 9:30 a.m. La subsistentes, entendiéndose que el rematante subasta de dicha propiedad se llevará a efecto los acepta y queda subrogado en la en mi oficina situada en el local que ocupa responsabilidad de los mismos, toda vez que este Tribunal de Primera Instancia de Río el precio de remate no se destina a su Grande, advirtiéndose que el que obtuviere la extinción. Se le apercibe e invita a todo buena pro de dicha propiedad consignará en licitador a que revise los libros del Registro de el acto del remate el importe de su oferta en la Propiedad para verificar la existencia de moneda legal, en adición a los gastos de la estos gravámenes anteriores y preferentes, subasta, siendo éste el mejor postor. En de haberlos, así como a que revise los cualquier momento, luego de haberse Registros del Centro de Recaudaciones de comenzado el acto de la subasta, el Alguacil Ingresos Municipales del Estado Libre podrá requerir de los licitadores que le Asociado de Puerto Rico y cualquiera otro en evidencie la capacidad de pago de sus el cual pueda surgir la existencia de una 200 de la Ley Hipotecaria (30 L.P.R.A. '2651). Se le apercibe e invita a todos los acreedores posteriores, de haberlos, a que participen y liciten en las subastas antes indicadas, de así desearlo. Los autos y todos los documentos correspondientes al procedimiento incoado en el caso de epígrafe están de manifiesto y disponibles para su examen en la Secretaría del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Río Grande, durante horas laborables. Y PARA LA CONCURRENCIA, de los licitadores, expido el presente Edicto al cual se le dará publicidad mediante su colocación en un lugar visible del Tribunal de Primera Instancia, Alcaldía y la Colecturía de Rentas Internas del Municipio donde se celebrará la subasta y en la Colecturía de Rentas Internas del lugar de la residencia de los demandados, cuando ésta fuere conocida; así como mediante la publicación de este edicto dos (2) veces en un diario de circulación general en Puerto Rico por espacio de dos (2) semanas consecutivas con un intervalo de por lo menos siete (7) días entre ambas publicaciones. En adición, se deberá notificar el hecho de la venta judicial mediante correo certificado con acuse de recibo a su dirección de autos, en caso de haber comparecido o a su última dirección conocida, en caso de no haber comparecido. En Río Grande, Puerto Rico, hoy 19 de diciembre de 2014. José C. Ortiz Santana, Alguacil Confidencial. Tribunal De Primera Instancia, Sala De Río Grande. (787) 795-5145 / (787) 784-1334 Ave. Dos Palmas #2821 Levittown, Toa Baja, P.R. 07636987 Estado Libre Asociado de Puerto Rico. Tribunal General de Justicia, Tribunal de Primera Instancia. Sala Superior De Humacao. Banco Popular De Puerto Rico. Demandante. V. FJ. COM, Inc, Julio Antonio Rivera Rodríguez. Demandado(a) Civil: HSCI201400781 Notificación de Sentencia por Edicto. A: FJ. COM, Inc, Julio Antonio Rivera Rodríguez; su ultima dirección conocida; Urb. Villas Del Faro Apt. 509 Maunabo PR 00707,; P/C Lcdo. Edgardo Manuel Román Espada. El Secretario(a) que suscribe le notifica a usted que el 10 de diciembre de 2014, este Tribunal ha dictado Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución en este caso que ha sido debidamente registrada y archivada en autos, donde podrá usted enterarse detalladamente de los términos de la misma. Esta notificación se publicará una sola vez en un periódico de circulación general en la Isla de Puerto Rico dentro de los diez días siguientes a su notificación. Y, siendo o representando usted una parte en el procedimiento sujeta a los términos de la Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución de la cual puede establecerse recurso de revisión o apelación, dentro del término de treinta días contados a partir de la publicación por edicto de esta notificación dirijo a usted esta notificación, que se considerará hecha en la fecha de la publicación de este edicto. Copia de esta notificación ha sido archivada en los autos de este caso, con fecha 15 de diciembre de 2014. En Humacao, Puerto Rico, el 15 de diciembre de 2014. Dominga Gómez Fuster, Secretaria. Keyla Pérez Figueroa, Secretaria Auxiliar. 07636988 Estado Libre Asociado De Puerto Rico. Tribunal De Primera Instancia. Centro Judicial De Fajardo Sala Superior. DORAL BANK Parte Demandante v. La sucesión de los finados LUCIANO MOJICA SANTOS, CELIA ENCARNACION CRUZ Para publicar su Esquela comuníquese al 787- 641-8000 Ext. 2074 de 9:00 a.m. de la contestación ante el Tribunal FELICIANO, DIANA D. original con copia a la parte demandante dentro del Demandados a 6:00 p.m. término de los veinte (20) días a partir de la LUCIANO MOJICA ENCARNACIÓN; MARÍA Civil Num: KPE2014-2189(508) Sobre: Procedimientos Especiales Desahucio y Cobro De Dinero. Emplazamiento Por Edicto. EUGENIA MOJICA Estados Unidos De Norteamérica. El Presidente De Los Estado Unidos. El Estado ENCARNACIÓN; Libre Asociado De Puerto Rico. MYRIAM MOJICA A: DIANA D. FELICIANO Calle 3 S.O # 1018 apto. 202 ENCAMACIÓN; OMAR Urbanización La Rivera San Juan, PR 00921 MOJICA POR LA PRESENTE se emplaza y se le notifica que la parte demandante en este caso ENCARNACIÓN; ha radicado en la Secretaria de este Tribunal, contra usted sobre desahucio y FERNANDO MOJICA demanda cobro de dinero, solicitando la concesión del remedio: DESAHUCIO Y COBRO DE ENCARNACIÓN Y XYZ siguiente DINERO. De conformidad con el artículo 624 (herederos desconocidos) de las sucesiones de los causantes LUCIANO MOJICA SANTOS Y CELIA ENCARNACIÓN CRUZ, también conocida como CELIA ENCARNACIÓN para que informen en el termino de treinta (30) días si aceptan o repudian dichas herencias, entendiéndose que de no expresarse ante este Tribunal en cuanto a lo anterior en el término antes indicado, se tendrán por aceptadas las respectivas herencias. DADA en Fajardo, Puerto Rico, hoy día 18 de diciembre de 2014. Hon. Magdalena Rabionet Vázquez, Juez Superio r. et al Parte Demandada Civil Num: N1CI201200032(301) Sobre: 07636989 Ejecución De Hipoteca (Vía Ordinaria). Estado Libre Asociado De Puerto Rico. ORDEN. VISTA la Moción radicada por la Tribunal De Primera Instancia. Sala Superior parte demandante, se ORDENA al Secretario De San Juan. de este Tribunal que expida Orden dirigida a: EDGARDO MOJICA ENCARNACIÓN; ALVAREZ FERRERO, BEATRIZ, Demandante Vs. del Código de Enjuiciamiento Civil, 32 L.P.R.A 2825, quedan citadas las partes para que comparezcan al juicio el 24 de febrero de 2015 a las 9:00 a.m , en el Tribunal de Primera Instancia de Puerto Rico, Sala San Juan, Salón de Sesiones 508. La dirección física del Tribunal al cual debe comparecer es: Tribunal de Primera Instancia, Sala de San Juan, Ave. Muñoz Rivera, Esquina Coll y Toste San Juan, Puerto Rico SE APERCIBE a la parte demandada que tan pronto llegue al tribunal se presente ante el (la) Alguacil. Se le apercibe además, que de no comparecer se podrá dictar sentencia sin más citarle ni oírle, declarando a lugar la demanda y se podrá ordenar su lanzamiento y el de cuantas personas ocupen el inmueble, y se podrá ordenar el pago de cualquier cantidad adeudada según alegado en la demanda. POR LO TANTO, usted, la parte demandada, por la presente es requerida y citada oficialmente para que se sirva comparecer a la Sala de este Tribunal, según señalado. Representa a la parte demandante, el abogado cuyo nombre y dirección se consigna de inmediato, a quien deberá notificar con copia de los escritos que radique en este caso. LICENCIADO VICTOR J. PAGAN APARTADO 270081 SAN JUAN, PUERTO RICO 00928 TEL. (787) 782-0163 Se le apercibe que si no compareciere usted a contestar dicha demanda presentando el answer to the complaint unless the claim has included an answer to the complaint. SO ORDERED. At San Juan, Puerto Rico, on publicación de edicto, se le anotará la rebeldía December 18, 2014. S/Carmen Consuelo y se le dictara sentencia en su contra sin más Cerezo, United States District Judge citación ni oírla concediendo el remedio solicitado en la demanda. Expedida bajo mi 07637080 firma, y el Sello del Tribunal, 11 de diciembre Estado Libre Asociado De Puerto Rico. de 2014. Griselda Rodríguez Collado, Tribunal De Primera Instancia. Sala De Secretaria Regional. Brenda L. Báez Acaba, Caguas. Secretaria Serv. a Sala. 03537040 In The United States District Court For The District Of Puerto Rico. In the matter of: K.A.P. Inc. for Exoneration From or Limitation of Liability as er Owner of the P/V Way to Fly Civil Num. 14-1832 In Admiralty 28 USC § 1333; 46 USC §§ 30501-30502; Supplemental Rule F. NOTICE AND RESTRAINING PROSECUTION OF CLAIMS PURSUANT TO RULE F OF THE SUPPLEMENTAL RULES FOR ADMIRALTY OR MARITIME CLAIMS. Notice is issued by this Court to all persons, entities or corporations asserting claims with respect to which the complaint seeks exoneration or limitation arising out of an incident on March 21, 2014 during a voyage of the vessel P/V Way to Fly, serial number CHT02210494, at which time persons contracted with its owner plaintiff KAP, Inc., whose president is Kenneth A. Pastor-Lozano, to head out to commence parasailing off the coastline of Puerto Rico, that they must, by no later than FEBRUARY 16, 2015, file their respective claims with the Clerk of the Court of the United States District Court for the District of Puerto Rico and shall serve on or mail to the attorneys for plaintiff KAP, Inc., the law firm of Jiménez, Graffam and Lausell, attention: Jorge F. Blasini-González, Esq., a copy thereof at the following address: P.O. Box 366104, San Juan, PR 00936-6104. As required by Rule F(5) of the Supplemental Rules for Admiralty or Maritime Claims, each claim shall specify the facts upon which the claimant relies in support of the claim, the items thereof, and the dates on which the same accrued. If a claimant desires to contest either the right to exoneration from or the right to limitation of liability the claimant shall file and serve an PAULA CARRASQUILLO COTTO Demandante v. CARLOS ANTONIO PEPIN ALVAREZ Demandado Caso Num: EDI2014-1188 (504) Sobre: Divorcio (Ruptura irreparable). Edicto. A: CARLOS ANTONIO PEPIN ALVAREZ 12320 SW 95 TERR Miami, FL. 33186 Por la presente se le avisa que se ha radicado una Demanda de Divorcio por Ruptura Irreparable y que se le emplaza y requiere para que conteste esta demanda, radicando el original de esta contestación ante el Tribunal Superior de Puerto Rico, Sala de Humacao, Puerto Rico, Caso Número E DI 2014-1188, enviando copia al Lcdo. Juan M. Adorno Peña, dirección en el Apartado 727, Humacao, Puerto Rico 00792 y número de teléfono 733-3565 dentro de los TREINTA (30) DIAS a partir de la publicación de éste Edicto. Se le apercibe que en caso de no hacerlo así se le anotará rebeldía y se dictará sentencia en su contra, concediendo el remedio solicitado en la demanda, sin más citarle ni oírle. Expedido por Orden del Juez de éste Tribunal, en Humacao, Puerto Rico, a 3 de diciembre de 2014. Carmen Ana Pereira Ortiz, Secretaria Del Tribunal. Juanita Cruz De Rodríguez, Sub-Secretaria. S [email protected] Boulevard Funeral Home, Levittown FUNERARIA Y CAPILLAS SERVICIO 24 HORAS 787-305-1003 787-380-2658 939-218-4400 www.funerarialagloria.com Email [email protected] Carr. 181 Km.8.5 Bo. Dos Bocas Trujillo Alto La Gloria es para todos. “En sus momentos difíciles” Queremos ExpresarCremaciones, velatorio oa sin Nuestras más sinceras con Condolencias la velatorio. FunerariaDra. Escardille Lourdes J. Feliciano López, López, Pre Arreglos Funerales. Servicios Funerales, Hematologa-Oncologa Traslados a EE.UU., Rep. Dom. Cremaciones, Traslados a todas y cualquier y a toda su familia por la parte del mundo. partes del Mundo, pre-arreglos, Se su aceptan inesperada de Madreplanes la de Seguro: estacionamiento y perdida seguridad. LIFE, SSS VIDA, ILA Sra. Magda IvonneGALópez Pérez 787-765-8383 (1575) Y OTROS el domingo, 21 de diciembre de 2014. Fax (787) 764-1587 Reciba Fortaleza y Consuelo de parte de SERVICIO LAS 24 HORAS [email protected] Facultad Médica 795-5145 Calle RobleDoctors’ 11, Center Hospital (787) San Juan / (787) 784-1334 Río Piedras, P.R. Servicios desde $995.00 Ciertas restricciones aplican. Sirviendo por más de 75 años Ave. Dos Palmas #2821 Levittown, Toa Baja, P.R. Dra. Myrna L. Borges Pérez Para publicar su Esquela comuníquese al 787- 641-8000 Ext. 2074 de 9:00 a.m. a 6:00 p.m. Ha ido a morar con el Señor La Junta de Síndicos, la Presidenta/Decana, Facultad y Personal Administrativo de la Escuela de Medicina San Juan Bautista, expresan a su señora madre Doña Merín Pérez y sus familiares su solidaridad en estos momentos de dolor por la pérdida de quien fuera nuestra Decana Académica. La Facultad Médica del Puerto Rico Children’s Hospital se une a la pena que embarga a la familia Borges Pérez, por el lamentable fallecimiento de la Elevamos nuestras oraciones para que el Señor les conceda paz y fortaleza. Dra. Mirna Borges Pérez Dra. Yocasta Brugal Genetisista Expresamos nuestra más sentidas condolencias y solidaridad por esta irreparable pérdida. Dr. Antonio Vera Presidente Facultad Médica PRCH Lcda. Norma Machado Directora Ejecutiva, PRCH Presidenta/Decana Para publicar Esquelas comuníquese de lunes a viernes al 787- 641-8000 Ext. 5736 de 9:00 a.m. a 6:00 p.m. Sábados, domingos y días feriados - Ext. 5797 ó 5798 Dra. Myrna L. Borges Pérez Yo soy la resurrección y la vida; el que cree en mí, aunque esté muerto, vivirá. Y todo aquel que vive y cree en mí, no morirá eternamente. Juan 11: 25-26 El Sistema de Salud Menonita se une a la pena que embarga a la familia de quien fuera pediatra geneticista y miembro del Comité Ejecutivo del Hospital Menonita de Caguas y enlace con la Escuela de Medicina San Juan Bautista. Elevamos una plegaria al Creador por su descanso eterno y para que le brinde a sus seres queridos la serenidad y conformidad ante su pérdida. Su cuerpo estará expuesto en la Funeraria Pérez Rovira desde hoy martes, 23 de diciembre de 2014. Para detalles sobre el sepelio, llamar directamente a la funeraria al 787-743-2500. Lcdo. Pedro L. Meléndez Rosario Director Ejecutivo Sistema de Salud Menonita CPA José A. Veguilla Presidente Junta de Directores Hospital Menonita Caguas Dr. Edgardo Cartagena Director Médico Hospital Menonita Caguas Lcdo. Rogelio Díaz García Administrador Hospital Menonita Caguas 83 EL NUEVO DÍA Martes, 23 de diciembre de 2014 La Gloria Planes de Pre-arreglos Funerales (Sin intereses ni recargos) Servicio de Cremación prearreglos. (787) 286-4648
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