Monotributo: Cómo reinscribirse - Diario de Cuyo

DIARIO DE CUYO
6 ECONOMIA / POLITICA
PRECIO DEL VINO
2,97 2,97
Buenos
Aires
San
Juan
100 REALES
100 PESOS CHILENOS
100 PESOS URUGUAYOS
3.63
2,7323
92,210
0,4485
99,450
0,4521
0,095
0,104
2004
BODEN 2008
MERVAL
MERCADOS INTERNACIONALES
WALL STREET
ORO
0,98%
81,50
BODEN 2012
196,75
(Dow Jones)
10.357,09
(Nasdaq)
➔
El litro de blanco
escurrido contado
3.58
2,6916
➔
0,73
1 EURO
100 YENES
DÓLAR
➔
Mercados
COTIZACIONES DE DIVISAS
DE JUNIO DE
➔ ➔
MARTES 29
2.019,82
922,60
Pesos/Kg.
36.907,80
A PARTIR DEL JUEVES
Monotributo: Cómo reinscribirse
Es un trámite obligatorio y hay tiempo hasta el 20 de julio. Aquí alcanza a 19.900 autónomos.
◗
POR VIVIANA PASTOR
DIARIO DE CUYO
Médicos, comerciantes, plomeros, contadores y todos los trabajadores autónomos, aquellos que
no están en relación de dependencia con una empresa, deberán reempadronarse ante la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) entre el jueves 1 y hasta el 20 de julio. El trámite es obligatorio, y muy sencillo, puede realizarse en cualquier banco o vía Internet, y en
San Juan alcanza a unos 16.100
monotributistas y 3.800 responsables no inscriptos, o sea 19.900
autónomos en total.
Con esta reinscripción el gobierno pretende reordenar el sistema
y ampliar la base de contribuyentes para recaudar más. Es
que en todo el país hay cerca de
1.300.000 personas inscriptas, pero de ellas sólo unas 400.000 están al día con el pago del impuesto, mientras que otras 200.000 lo
hacen de manera esporádica.
Para empezar, según esta reforma del sistema impositivo, sólo
los autónomos que ganen hasta
$72.000 anuales pueden optar por
el sistema simplificado o monotributo, mientras que los que ganan más de esa cifra por año entran al sistema general, es decir
que pagarán IVA y Ganancias.
En la División Capacitación DGI
Regional San Juan, Rodolfo Lorenzo explicó que además en este
empadronamiento se van a presentar dos situaciones: La de los
Una nueva figura
En este nuevo régimen impositivo aparece la figura del contribuyente eventual, que es para trabajadores que realizan actividades temporarias, por
ejemplo acá en San Juan aquellos que compran y venden
aceitunas, trabajo que hacen
sólo por un período de tiempo
de dos o tres meses. Esta categoría es incompatible con cualquier otro trabajo independiente o en relación de dependencia, no deben facturar más
de $12.000 por año y pagarán
el 5% de lo que facturen.
responsables no inscriptos y la
de los monotributistas.
La categoría responsable no inscripto desaparece, según la nueva disposición, por lo tanto los
profesionales que estaban en esa
categoría deben optar por quedarse en el régimen general o pasarse al régimen simplificado o
monotributo. La diferencia fundamental entre uno y otro es que
en el general deben liquidar los
impuestos y presentar la declaraciones juradas de acuerdo a cada uno, en el IVA es mensual y en
Ganancias es anual. En cambio
en el sistema simplificado o monotributo, no se presentan declaraciones juradas, sino que se paga una cuota fija mensual de
acuerdo a una categoría. Esa categoría está dada por el nivel de
➔ Charlas de AFIP
El equipo técnico de la AFIP
está concertando encuentros con los consejos profesionales, centros comerciales y otras agrupaciones de
autónomos, para explicar
este nuevo régimen a los
contribuyentes a través de
charlas grupales.
actividad que tiene el contribuyente, las ventas, los ingresos,
etc. variables que determinan la
cuota.
Los que ya estaban como monotributistas también deben reempadronarse, ya que “hubo reformas en el régimen que no sola-
mente contempla la parte del
componente impositivo, sino que
también se ha modificado la cotización de la seguridad social”, dijo Lorenzo. Por esta reformulación los pequeños contribuyentes
tienen una incorporación de $2
más para el fondo solidario, que
les permitirá el acceso a las prestaciones de alta complejidad.
CÓMO REEMPADRONARSE
Si, por ejemplo, el contribuyente
se inscribió el mes pasado no debe volver a inscribirse, pero sí debe reempadronarse a partir del 1
de julio, como todos los demás.
Para hacerlo el monotributista
que es una persona física, no una
sociedad, tiene dos alternativas:
Ir al edificio de la AFIP y pedir el
formulario 152, lo llena, va al
banco pagar su cuota, pide el
reempadronamiento y obtiene su
Código Unico de Revista (CUR).
La otra opción es hacerlo a través
de la página de AFIP en Internet
que es: www.afip.gov.ar, donde
también se le dará el CUR.
Las sociedades monotributistas
que entran en este reempadronamiento son las de hecho de hasta
3 miembros y tienen que hacer el
trámite por Internet, no tienen
la alternativa bancaria. Mientras que en el caso de los responsables no inscriptos, los
profesionales que van a optar
por el régimen general van a tener que inscribirse en IVA con
un formulario 460F, y si van a
optar por monotributo pueden
hacer el trámite por Internet
solamente.