DIARIO DE CUYO 6 ECONOMIA / POLITICA PRECIO DEL VINO 2,97 2,97 Buenos Aires San Juan 100 REALES 100 PESOS CHILENOS 100 PESOS URUGUAYOS 3.63 2,7323 92,210 0,4485 99,450 0,4521 0,095 0,104 2004 BODEN 2008 MERVAL MERCADOS INTERNACIONALES WALL STREET ORO 0,98% 81,50 BODEN 2012 196,75 (Dow Jones) 10.357,09 (Nasdaq) ➔ El litro de blanco escurrido contado 3.58 2,6916 ➔ 0,73 1 EURO 100 YENES DÓLAR ➔ Mercados COTIZACIONES DE DIVISAS DE JUNIO DE ➔ ➔ MARTES 29 2.019,82 922,60 Pesos/Kg. 36.907,80 A PARTIR DEL JUEVES Monotributo: Cómo reinscribirse Es un trámite obligatorio y hay tiempo hasta el 20 de julio. Aquí alcanza a 19.900 autónomos. ◗ POR VIVIANA PASTOR DIARIO DE CUYO Médicos, comerciantes, plomeros, contadores y todos los trabajadores autónomos, aquellos que no están en relación de dependencia con una empresa, deberán reempadronarse ante la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) entre el jueves 1 y hasta el 20 de julio. El trámite es obligatorio, y muy sencillo, puede realizarse en cualquier banco o vía Internet, y en San Juan alcanza a unos 16.100 monotributistas y 3.800 responsables no inscriptos, o sea 19.900 autónomos en total. Con esta reinscripción el gobierno pretende reordenar el sistema y ampliar la base de contribuyentes para recaudar más. Es que en todo el país hay cerca de 1.300.000 personas inscriptas, pero de ellas sólo unas 400.000 están al día con el pago del impuesto, mientras que otras 200.000 lo hacen de manera esporádica. Para empezar, según esta reforma del sistema impositivo, sólo los autónomos que ganen hasta $72.000 anuales pueden optar por el sistema simplificado o monotributo, mientras que los que ganan más de esa cifra por año entran al sistema general, es decir que pagarán IVA y Ganancias. En la División Capacitación DGI Regional San Juan, Rodolfo Lorenzo explicó que además en este empadronamiento se van a presentar dos situaciones: La de los Una nueva figura En este nuevo régimen impositivo aparece la figura del contribuyente eventual, que es para trabajadores que realizan actividades temporarias, por ejemplo acá en San Juan aquellos que compran y venden aceitunas, trabajo que hacen sólo por un período de tiempo de dos o tres meses. Esta categoría es incompatible con cualquier otro trabajo independiente o en relación de dependencia, no deben facturar más de $12.000 por año y pagarán el 5% de lo que facturen. responsables no inscriptos y la de los monotributistas. La categoría responsable no inscripto desaparece, según la nueva disposición, por lo tanto los profesionales que estaban en esa categoría deben optar por quedarse en el régimen general o pasarse al régimen simplificado o monotributo. La diferencia fundamental entre uno y otro es que en el general deben liquidar los impuestos y presentar la declaraciones juradas de acuerdo a cada uno, en el IVA es mensual y en Ganancias es anual. En cambio en el sistema simplificado o monotributo, no se presentan declaraciones juradas, sino que se paga una cuota fija mensual de acuerdo a una categoría. Esa categoría está dada por el nivel de ➔ Charlas de AFIP El equipo técnico de la AFIP está concertando encuentros con los consejos profesionales, centros comerciales y otras agrupaciones de autónomos, para explicar este nuevo régimen a los contribuyentes a través de charlas grupales. actividad que tiene el contribuyente, las ventas, los ingresos, etc. variables que determinan la cuota. Los que ya estaban como monotributistas también deben reempadronarse, ya que “hubo reformas en el régimen que no sola- mente contempla la parte del componente impositivo, sino que también se ha modificado la cotización de la seguridad social”, dijo Lorenzo. Por esta reformulación los pequeños contribuyentes tienen una incorporación de $2 más para el fondo solidario, que les permitirá el acceso a las prestaciones de alta complejidad. CÓMO REEMPADRONARSE Si, por ejemplo, el contribuyente se inscribió el mes pasado no debe volver a inscribirse, pero sí debe reempadronarse a partir del 1 de julio, como todos los demás. Para hacerlo el monotributista que es una persona física, no una sociedad, tiene dos alternativas: Ir al edificio de la AFIP y pedir el formulario 152, lo llena, va al banco pagar su cuota, pide el reempadronamiento y obtiene su Código Unico de Revista (CUR). La otra opción es hacerlo a través de la página de AFIP en Internet que es: www.afip.gov.ar, donde también se le dará el CUR. Las sociedades monotributistas que entran en este reempadronamiento son las de hecho de hasta 3 miembros y tienen que hacer el trámite por Internet, no tienen la alternativa bancaria. Mientras que en el caso de los responsables no inscriptos, los profesionales que van a optar por el régimen general van a tener que inscribirse en IVA con un formulario 460F, y si van a optar por monotributo pueden hacer el trámite por Internet solamente.
© Copyright 2024