05/05/2011 Cómo defenderse cuando la SET pretende calificar la conducta del contribuyente como defraudación CASOS TÍPICOS Presentación de DDJJ con posterioridad a la orden de fiscalización. Sumario Administrativo que determina la existencia de impuestos adeudados. 1 05/05/2011 Elemento subjetivo. INTENCIÓN Debe existir dolo. Aserción, disimulación de lo verdadero, astucia, artificio o engaño Resultado: Error en el Fisco, y perjuicio al patrimonio estatal. Jurisprudencia: A y S Nº 117/09. Caso: “Maderera Oventense c/ SET”. TC 1era Sala Presentación de DDJJ con posterioridad a la orden de fiscalización Rectificación de DDJJ, con posterioridad a la orden de fiscalización. La rectificación es un derecho del contribuyente. Mediante la presentación de la misma, desaparece la obligación tributaria. 2 05/05/2011 Presentación de DDJJ con posterioridad a la orden de fiscalización Presentada la DDJJ rectificativa. Realizado el pago de los Impuestos y accesorios legales. No corresponde la calificación de defraudación Acuerdo y Sentencia Nº 116/09. TC. 1era Sala. Caso: “Multipar SA C/ SET” Sumario Administrativo que determina la existencia de impuestos adeudados Es necesario que existan los tres elementos. Ardid o engaño, error en el fisco, perjuicio fiscal. 3 05/05/2011 Sumario Administrativo que determina la existencia de impuestos adeudados Análisis de A y S Nº 13/08. Caso: “Timac Agro c/SET” Si los auditores fiscales no objetan los libros o comprobantes, no existe engaño o ardid, por lo tanto no puede existir defraudación por no darse los tres elementos. Sumario Administrativo que determina la existencia de impuestos adeudados Análisis de A y S Nº 13/08. Caso: “Timac Agro c/SET” La defraudación es un delito de resultado. Si no existe lesión al patrimonio del Estado. NO PUEDE CALIFICARSE LA CONDUCTA COMO DEFRAUDACIÓN. 4 05/05/2011 Sumario Administrativo que determina la existencia de impuestos adeudados Análisis de A y S Nº 13/08. Caso: “Timac Agro c/SET” Presunción en la intención de defraudar. La SET debe probar declaraciones contradictorias con libros de la firma. Caso contrario, no existe presunción de intención de defraudar. Caso: “Maderera Oventese”. Acuerdo y Sentencia Nº 117/09. TC. 1ra. Sala Cuando la SET acusa de defraudación, debe probar el hecho alegado, pues el acto administrativo debe ser fundado. 5 05/05/2011 Error excusable Falta de pago como consecuencia de un error excusable. El error excluya la responsabilidad en materia de infracciones. Art. 185º. Ley Nº 125/91. Error excusable • Falta de pago como consecuencia de un error excusable. • El error excluya la responsabilidad en materia de infracciones. • Art. 185º. Ley Nº 125/91. 6 05/05/2011 Responsabilidad Personal del Funcionario Público • Si se califica injustificadamente la conducta del contribuyente como defraudación. • El auditor fiscal que procedió de esa manera, y las autoridades que confirmaron su actuar. • Son personalmente responsables por los perjuicios ocasionados Caso: “Maderera Oventense” • El Tribunal de Cuentas, 1era Sala dispuso: • Que la Contraloría inicie acciones de repetición de pago contra los responsables del acto administrativo revocado que llegare a ocasionar perjuicio al fisco. 7 05/05/2011 Otros casos en donde el TC y la CSJ desestimó la calificación de defraudación • A y S Nº 122/09. Constructora e Inmobiliaria del Paraguay SA c/ SET • Enseñanza principal: • Si el contribuyente no efectúo maniobras ardidosas ni obstruyó la actividad fiscalizadora, no puede ser sancionado por defraudación A y S Nº 11/09. Caso: “Saverio SRL c/ SET” TC. 1ra Sala • Principales enseñanzas • Si la Administración Tributaria no prueba la intención del contribuyente de obtener un beneficio indebido. • No procede la sanción por defraudación 8 05/05/2011 A y S Nº 851/08 Caso: “Las Mercedes Industrial Comercial e Inmobiliaria c/ SET”. CSJ, Sala Penal • Principales enseñanzas: • Diferenciación entre conducta culposa y dolosa. • Si se obró con culpa, negligencia, no existe intención de defraudar y por lo tanto no procede la calificación de la conducta del contribuyente como defraudación. • Si existió intención deliberada de evadir un impuesto, si se configura la defraudación, siempre que se reúnan los tres elementos. 9 05/05/2011 10 05/05/2011 11
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