Ciudad ·11 Bucaramanga, del 1 al 15 de noviembre de 2005 Cómo defenderse de los ‘piratas’ del parqueo Las autoridades no saben cuántos parqueaderos ‘piratas’ hay en la ciudad. Por ley, las sanciones que se impongan allí no pueden ser contra los usuarios, sino contra los dueños de los sitios. Hay irregularidades en su control y en el servicio. Por María Carolina Bayona A. [email protected] “Hace poco tuve que llevar a mi mamá a la clínica. Ella no podía caminar y pregunté por el sitio más cercano para parquear; cuando salí encontré a dos agentes de tránsito multando a varias personas en el parqueadero donde yo estaba. Al preguntarle al encargado del lugar por qué estaba sucediendo esto, simplemente me respondió: vaya páguele al alférez”, denuncia Olga Lucía Larrotta Argüello. Ella dice que no tenía forma de saber que se trataba de un sitio sin licencia y que llegó a él por indicación de un celador. “Uno no puede confiar en nadie”, se queja. Afirma que había letreros de ubicación dentro del lugar y un vigilante armado con bolillo y que por eso no desconfió. Sin embargo, y aunque protestó por la sanción aduciendo desconocimiento, la multa del alférez fue de 250 mil pesos. Situaciones como ésta son bastante comunes, comentan conductores consultados. La Subdirección Técnica de Tránsito de Bucaramanga señala que su competencia se limita a la vía pública y en ningún caso abarca los negocios de parqueaderos. El decreto 073 de 1985, que reglamenta la ubicación, diseño, construcción, funcionamiento y tarifas de los parqueaderos públicos, indica que la Dirección de Tránsito podrá intervenir como informador ante Planeación Municipal denunciando establecimientos sin licencia y operará sólo en caso de suceder accidentes que causen daños a los vehículos dentro de estos predios. La cifra La multa para parqueaderos sin licencia es de 1 hasta 5 salarios mínimos legales vigentes Las sanciones Todo establecimiento comercial, incluyendo los parqueaderos, que incumpla con los requisitos la ley 232 de 1995, referente a establecimientos comerciales y al plan de ordenamiento territorial de cada municipio, incurrirá en las siguientes sanciones: 1. Suspensión de actividades hasta por dos meses. 2. Multa de 1 hasta 5 salarios mínimos legales vigentes. 3. Si después de 60 días se continúa violando la ley, se sanciona con el cierre definitivo del establecimiento. Pero para algunos ciudadanos, todo esto es letra muerta. Jorge Enrique Gómez, con- ductor desde hace más de 15 años, dice que es común que dentro de los parqueaderos ocurran problemas: “Hace poquito dejé mi carro estacionado en el Centro y al venir a retirarlo lo encontré bastante rayado, pero para qué denunciar estos casos si me demoro más peleando e invirtiendo plata que ellos en responder. El tipo del parqueadero me salió dizque con 20 mil pesos. Para mí eso era un insulto, pero yo sabía que era eso o nada porque esa gente es muy difícil que responda. Claro que uno no puede generalizar, habrá sitios serios que sí lo hagan”, opina. “Yo llevo cuidando carros y motos desde que me acuerdo. Casi siempre es en la calle, pero algunas veces con compañeros aprovechamos cuando hay ferias, conciertos o cuando viene un circo. En espacios vacíos así sean pequeños uno monta su ʻchucitoʼ y la gente le colabora a uno. Pero yo lo hago con responsabilidad, no crea. Cuido bien los carros y no dejo que se pierda nada”, comenta Luis Carlos Santos, vigilante de vehículos. Lida Rey, de la oficina de Establecimientos Comerciales de la Alcaldía de Bucaramanga, enfatiza que ningún ciudadano puede alegar su derecho al trabajo para ʻmontarʼ parqueaderos sin licencia pues no se puede amparar una actividad ilegal. Pero aquí vale más la necesidad de la gente y por eso esto se ha vuelto una práctica común. José Ángel Rodríguez Plata, Inspector Segundo de Establecimientos Comerciales de la misma alcaldía, concluye: “Bajo ninguna circunstancia se puede sancionar al usuario de un parqueadero ilegal porque no está contemplado en la ley: las amonestaciones son para los dueños de estos negocios”. También aclara que las administraciones de los parqueaderos deben responsabilizarse por los daños que le sucedan al vehículo cuando estén bajo su cuidado. “Bajo ninguna circunstancia se puede sancionar al usuario de un parqueadero ilegal porque no está contemplado en la ley” Inspector Segundo de Establecimientos comerciales de la Alcaldía de Bucaramanga Identifique un estacionamiento legal Iluminación adecuada Nombre del establecimiento en la entrada Cartelera con tarifas autorizadas por la Alcaldía (2 mts. de largo por 1.20 mts. de ancho) ubicada en lugar visible y cercano al puesto de pago Baños públicos Equipos de seguridad y contra incendios Licencia de funcionamiento en un lugar visible. El encargado del parqueadero está obligado a mostrar éste y demás documentos de identificación a quién lo solicite Señalización de sitios de parqueo, de corredores de circulación y de entradas y salidas Corredor de salida ancho 3,60 mts. Corredor de entrada ancho 3,60 mts. Especial B C D Carros Día Indefinido $600 $550 $450 Noche Indefinido $600 $600 $500 Fuente: Alcaldía de Bucaramanga Motos Día Indefinido $300 $250 $250 Piso de estacionamiento nivelado y afirmado, con gravilla o triturado Para tener en cuenta Tarifas en Bucaramanga Categoría Reloj marcador de tarjetas supervisado por Planeación Municipal Noche Indefinido $350 $350 $250 • La categoría especial tiene libertad de precios dadas sus condiciones superiores en el servicio tales como mejores sistemas de seguridad, más personal de atención, locaciones óptimas o ubicación especial. • Los parqueaderos ubicados entre las carreras 9ª y 27 con calle 28 y avenida La Rosita, igual que entre las calles 41 y 56 entre carreras 27 y 36 (sin distingo de categoría) cobran la misma tarifa en cualquier horario: carros $750 y motos $450 pesos la hora. • Los parqueaderos de categorías B, C y D son los que están ubicados fuera de los anteriores sectores. Para identificarlos, usted puede mirar en el recibo, las carteleras de tarifas o preguntar directamente a los empleados del establecimiento. Obligaciones del usuario: Pago del servicio según tarifas autorizadas, permitir que el personal de administración del parqueadero revise el vehículo y responder por artículos de valor que no haya relacionado en la administración ¿Con quién quejarse? Si usted es víctima de un mal servicio de parqueo o conoce uno sin licencia, debe dirigir sus quejas a la Secretaría de Gobierno de su municipio o a las Inspecciones de Establecimientos Comerciales. Bucaramanga, tel. 633 70 00 exts. 467, 457 ó 455 Floridablanda, tel. 649 77 77 ext. 322 Girón, tel. 646 13 33 Piedecuesta, tel. 656 42 48 Lebrija, tel. 656 64 80
© Copyright 2024