Cómo defenderse de los 'piratas' del parqueo

Ciudad ·11
Bucaramanga, del 1 al 15 de noviembre de 2005
Cómo defenderse de los ‘piratas’ del parqueo
Las autoridades no saben cuántos parqueaderos
‘piratas’ hay en la ciudad. Por ley, las sanciones que
se impongan allí no pueden ser contra los usuarios, sino
contra los dueños de los sitios. Hay irregularidades en
su control y en el servicio.
Por María Carolina Bayona A.
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“Hace poco tuve que llevar a mi mamá a la
clínica. Ella no podía caminar y pregunté
por el sitio más cercano para parquear;
cuando salí encontré a dos agentes de
tránsito multando a varias personas en el
parqueadero donde yo estaba. Al preguntarle al encargado del lugar por qué estaba
sucediendo esto, simplemente me respondió: vaya páguele al alférez”, denuncia Olga
Lucía Larrotta Argüello.
Ella dice que no tenía forma de saber que
se trataba de un sitio sin licencia y que llegó
a él por indicación de un celador. “Uno no
puede confiar en nadie”, se queja. Afirma
que había letreros de ubicación dentro del
lugar y un vigilante armado con bolillo y
que por eso no desconfió. Sin embargo, y
aunque protestó por la sanción aduciendo
desconocimiento, la multa del alférez fue de
250 mil pesos. Situaciones como ésta son
bastante comunes, comentan conductores
consultados.
La Subdirección Técnica de Tránsito
de Bucaramanga señala que su competencia se limita a la vía pública y en ningún
caso abarca los negocios de parqueaderos.
El decreto 073 de 1985, que reglamenta
la ubicación, diseño, construcción, funcionamiento y tarifas de los parqueaderos
públicos, indica que la Dirección de Tránsito podrá intervenir como informador ante
Planeación Municipal denunciando establecimientos sin licencia y operará sólo en caso
de suceder accidentes que causen daños a
los vehículos dentro de estos predios.
La cifra
La multa para parqueaderos sin
licencia es de 1 hasta 5 salarios
mínimos legales vigentes
Las sanciones
Todo establecimiento comercial, incluyendo los parqueaderos, que incumpla con los
requisitos la ley 232 de 1995, referente a
establecimientos comerciales y al plan de
ordenamiento territorial de cada municipio,
incurrirá en las siguientes sanciones:
1. Suspensión de actividades hasta por dos
meses.
2. Multa de 1 hasta 5 salarios mínimos
legales vigentes.
3. Si después de 60 días se continúa violando la ley, se sanciona con el cierre
definitivo del establecimiento.
Pero para algunos ciudadanos, todo esto
es letra muerta. Jorge Enrique Gómez, con-
ductor desde hace más de 15 años, dice que
es común que dentro de los parqueaderos
ocurran problemas: “Hace poquito dejé mi
carro estacionado en el Centro y al venir a
retirarlo lo encontré bastante rayado, pero
para qué denunciar estos casos si me demoro
más peleando e invirtiendo plata que ellos
en responder. El tipo del parqueadero me
salió dizque con 20 mil pesos. Para mí eso
era un insulto, pero yo sabía que era eso o
nada porque esa gente es muy difícil que
responda. Claro que uno no puede generalizar, habrá sitios serios que sí lo hagan”,
opina.
“Yo llevo cuidando carros y motos desde
que me acuerdo. Casi siempre es en la calle,
pero algunas veces con compañeros aprovechamos cuando hay ferias, conciertos o
cuando viene un circo. En espacios vacíos
así sean pequeños uno monta su ʻchucitoʼ y
la gente le colabora a uno. Pero yo lo hago
con responsabilidad, no crea. Cuido bien
los carros y no dejo que se pierda nada”,
comenta Luis Carlos Santos, vigilante de
vehículos.
Lida Rey, de la oficina de Establecimientos Comerciales de la Alcaldía de Bucaramanga, enfatiza que ningún ciudadano
puede alegar su derecho al trabajo para
ʻmontarʼ parqueaderos sin licencia pues no
se puede amparar una actividad ilegal. Pero
aquí vale más la necesidad de la gente y por
eso esto se ha vuelto una práctica común.
José Ángel Rodríguez Plata, Inspector
Segundo de Establecimientos Comerciales
de la misma alcaldía, concluye: “Bajo
ninguna circunstancia se puede sancionar al
usuario de un parqueadero ilegal porque no
está contemplado en la ley: las amonestaciones son para los dueños de estos negocios”.
También aclara que las administraciones de
los parqueaderos deben responsabilizarse
por los daños que le sucedan al vehículo
cuando estén bajo su cuidado.
“Bajo ninguna
circunstancia se puede
sancionar al usuario
de un parqueadero
ilegal porque no está
contemplado en la ley”
Inspector Segundo de
Establecimientos comerciales
de la Alcaldía de Bucaramanga
Identifique un estacionamiento legal
Iluminación adecuada
Nombre del establecimiento
en la entrada
Cartelera con tarifas
autorizadas por la Alcaldía (2
mts. de largo por 1.20 mts. de
ancho) ubicada en lugar visible
y cercano al puesto de pago
Baños públicos
Equipos de seguridad
y contra incendios
Licencia de funcionamiento
en un lugar visible. El
encargado del parqueadero
está obligado a mostrar éste
y demás documentos de
identificación a quién lo solicite
Señalización de sitios de
parqueo, de corredores de
circulación y de entradas y salidas
Corredor de salida ancho 3,60 mts.
Corredor de entrada ancho 3,60 mts.
Especial
B
C
D
Carros
Día
Indefinido
$600
$550
$450
Noche
Indefinido
$600
$600
$500
Fuente: Alcaldía de Bucaramanga
Motos
Día
Indefinido
$300
$250
$250
Piso de
estacionamiento
nivelado y afirmado,
con gravilla o triturado
Para tener en cuenta
Tarifas en Bucaramanga
Categoría
Reloj marcador de tarjetas
supervisado por Planeación Municipal
Noche
Indefinido
$350
$350
$250
• La categoría especial tiene libertad de precios dadas
sus condiciones superiores en el servicio tales como
mejores sistemas de seguridad, más personal de
atención, locaciones óptimas o ubicación especial.
• Los parqueaderos ubicados entre las carreras 9ª y 27
con calle 28 y avenida La Rosita, igual que entre las
calles 41 y 56 entre carreras 27 y 36 (sin distingo de
categoría) cobran la misma tarifa en cualquier horario:
carros $750 y motos $450 pesos la hora.
• Los parqueaderos de categorías B, C y D son los
que están ubicados fuera de los anteriores sectores.
Para identificarlos, usted puede mirar en el recibo, las
carteleras de tarifas o preguntar directamente a los
empleados del establecimiento.
Obligaciones del usuario:
Pago del servicio según tarifas autorizadas, permitir
que el personal de administración del parqueadero
revise el vehículo y responder por artículos de valor
que no haya relacionado en la administración
¿Con quién quejarse?
Si usted es víctima de un mal servicio de parqueo
o conoce uno sin licencia, debe dirigir sus quejas a
la Secretaría de Gobierno de su municipio o a las
Inspecciones de Establecimientos Comerciales.
Bucaramanga, tel. 633 70 00 exts. 467, 457 ó 455
Floridablanda, tel. 649 77 77 ext. 322
Girón, tel. 646 13 33
Piedecuesta, tel. 656 42 48
Lebrija, tel. 656 64 80