¿CÓMO ADQUIRIR VIVIENDA CON SUBSIDIO? ¿Qué es vivienda de interés social? Es una casa o apartamento cuyo costo es inferior o igual a 135 salarios mínimos legales vigentes. ¿Qué es un subsidio familiar de vivienda? Es un aporte en dinero, no reembolsable, que se entrega por una sola vez a las familias que deseen tener vivienda de interés social. No es un préstamo ni un crédito, es un aporte que le otorgan las Cajas de Compensación a sus afiliados. Las familias no afiliadas a las Cajas obtienen el subsidio con recursos del Gobierno Nacional, postulándose a través de las Cajas de Compensación. ¿A qué se destina el subsidio? Se destina al pago o abono del valor de la cuota inicial de la vivienda nueva, escogida dentro de los proyectos elegibles por las entidades financieras o por Findeter. (Los proyectos en los municipios de Medellín, Bogotá y Cali no necesitan la elegibilidad). ¿Quién otorga el subsidio? El subsidio lo otorga el Gobierno Nacional a través de las Cajas de Compensación Familiar, a las familias sin vinculación laboral, y las Cajas de Compensación, a sus afiliados. ¿Quiénes pueden solicitar el subsidio? Cualquier grupo familiar conformado por: Cónyuges o compañeros permanentes en unión marital libre Padres con hijos Hermanos Madres cabeza de familia (mujer soltera o casada que tiene a su cargo económicamente a sus hijos, certificado ante ICBF o notaría) Abuelos con nietos Tíos con sobrinos Suegros, yernos y nueras Hijastros, padrastros Hijos adoptados ¿Cuáles son los requisitos para obtener el subsidio de vivienda? 1. Ser mayor de edad 2. Que ninguno de los miembros del hogar posea vivienda rural o urbana en territorio nacional 3. Que los ingresos totales mensuales del grupo familiar no sean superiores al equivalente a cuatro (4) salarios mínimos legales mensuales vigentes 4. Cumplir con el ahorro previo de mínimo el 10% del valor de la vivienda que desee adquirir. No haber sido beneficiario del subsidio familiar de vivienda otorgado por el INURBE, Caja Agraria, Cajas de Compensación, FOGAFÏN, el Forec u otras entidades públicas. 5. No haber sido beneficiario de vivienda del Instituto de Crédito Territorial – ICT- en ninguna de sus modalidades. 6. Seleccionar en Coninsa Ramón H. la vivienda de interés social que desee comprar. ¿Qué es el ahorro programado? Es una cuenta de ahorros que el aspirante al subsidio debe abrir en un establecimiento de crédito vigilado por la Superintendencia Bancaria; las cooperativas de ahorro y crédito, multiactivas e integrales, con sección de ahorro y crédito; los fondos de empleados autorizados por la Superintendencia de la Economía Solidaria y en el Fondo Nacional del Ahorro. En esta cuenta de ahorros se debe consignar un aporte mensual, antes de postularse al subsidio. Sólo se consigna, no se retira. El ahorro programado es la cuota inicial de la vivienda que sumada con sus cesantías, si las tiene, equivalen al 10% o más del valor de la vivienda que Usted quiere comprar. Por estadística de las Cajas de Compensación, solamente las familias que ahorran entre el 20 y 30% del valor de la vivienda son las que logran el subsidio en menos de seis meses. ¿Dónde debe abrir su cuenta de ahorro programado? En: Banco Colpatria, Davivienda, Banco Caja Social, Banco Popular, Corporación de Ahorro y Vivienda Colmena, Bancolombia, Granahorrar y AV Villas. ¿Qué documentos debe anexar al formulario de postulación? 1. Certificado laboral 2. Fotocopia de la cédula 3. Certificado de la entidad financiera donde tiene la cuenta de ahorro programado. Certificado de la entidad donde tiene congeladas sus cesantías 4. Registro civil de matrimonio o prueba notarial de unión libre de hecho, entre compañeros permanentes 5. Registro civil de los hijos menores de 18 años 6. Documento expedido por el ICBF, notaría o declaración extrajuicio, que acredite la condición de mujer cabeza de familia, cuando fuere el caso 7. Certificado médico en el que conste la discapacidad física o mental del hogar postulante 8. Carné o certificado municipal del SISBEN, si es del caso. (Únicamente para niveles 1 y 2) 9. Formulario de postulación debidamente diligenciado ¿Qué se tiene en cuenta para calificar a los aspirantes al Subsidio? 1. 2. 3. 4. El valor del tipo de vivienda a la cual el postulante aplicará el subsidio El ahorro en relación al tipo de vivienda a la cual aspira Número de miembros del hogar Condiciones especiales: Mujer cabeza de familia, discapacidad física o mental de algún miembro del hogar postulante y que en el hogar haya una persona mayor de 65 años 5. Condiciones socioeconómicas de acuerdo con los puntajes del SISBEN 6. Número de veces que el postulante haya participado en el proceso de asignación del subsidio sin haber sido beneficiado Preguntas Frecuentes ¿Por qué comprar en Coninsa Ramón H. S.A.? Porque tenemos para Usted una gran variedad de proyectos de vivienda, con diferentes diseños, acabados y precios, para que así elija el que más se ajuste a sus necesidades. Por la excelente calidad que ofrecemos en nuestros productos y servicios Porque la experiencia de más de 35 años en el mercado inmobiliario es el mejor respaldo para que Usted haga su negocio con toda confianza Porque nos encanta ver familias felices ¿Qué significa postularse? Postularse significa entregar el formulario de solicitud de subsidio completamente diligenciado, adjuntando los documentos exigidos por la respectiva Caja de Compensación familiar. ¿Tengo que estar afiliado a una Caja de Compensación para poder postularme al subsidio? No. La Ley del Subsidio Familiar de Vivienda permite la postulación de todas las personas que cumplan con los requisitos, estén o no afiliados a una Caja de Compensación. ¿Qué pasa si me postulé en años anteriores para recibir un subsidio? Si no resultó favorecido durante ese año debe actualizar los saldos del ahorro y manifestar por escrito el deseo de seguir postulado ¿Hasta cuándo está vigente el subsidio de vivienda? Los subsidios otorgados estarán vigentes por 6 meses calendario, contados desde el día 1 del mes siguiente a la fecha de publicación de su asignación Nota: La información aquí presentada no compromete a Coninsa Ramón H. S.A. y puede ser modificada por parte de las entidades oficiales o privadas.
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