DELEGACION CARTAGENA Paseo Alfonso XIII nº 20b 1ª-2ª planta 30201 - Cartagena Tels. 902 929 789 / 968 08 61 00 Fax: 968 08 61 09 DELEGACION VALLADOLID C/ Santiago , Nº 25 - 6º A 47001 – Valladolid Tels. 983.357.167 Fax: 983.338.993 http: www.notarnet.es Email: [email protected] Notainformativa Notarnet, S.L. Inscrita en el Registro Mercantil de Valladolid, Tomo 900, Libro 0, Folio 37, Seccion 8º, Hoja VA-11513. Este documento se ofrece con intención meramente informativa. En Notarnet no se entra a valorar si las reducciones arancelarias son unas u otras, ni si se debe aplicar una base u otra, ni ningún otro extremo que debe quedar a la única y exclusiva interpretación del notario. En este documento se plantea un ejemplo de cómo crear un concepto concreto y con unos parámetros concretos, simplemente a modo clarificador del procedimiento de uso de la aplicación de gestión. Pero debe quedar claro que Notarnet no establece ni establecerá estos criterios en los ficheros de los usuarios de Enlace Notarnet de forma unilateral ni automática. CómoCrearconceptosenbaseaunoexistente Para ello iremos al Menú Archivo / Conceptos de Escrituras / Consultas y mediante la opción deseada localizaremos el concepto. Abrimos el formulario, pulsando el botón de la carpeta amarilla de la barra superior. Aparecerá el formulario habitual para la definición del concepto (ver imagen de abajo). Para crear el concepto, se debe hacer click en el botón "Crear nuevo concepto en base al actual" 24/05/2012 Notarnet Pag. 1 de 4 1. Al hacer click sobre este botón aparecerá un cuadro de diálogo para que el usuario introduzca la descripción del nuevo concepto. El código del concepto será automáticamente indicado por el programa. Recomandamos que se indique una descripción que identifique claramente el nuevo concepto (por ejemplo, añadiendo la etiqueta RDL 18/2012). Asimismo recomendamos que se utilice un código que visualmente “asocie” el código al original (por ejemplo, asignar el código “041”, ya que el origina es el “04”). Posteriomente se hará la pregunta de si se desean copiar también los Objetos. Es importante que a esta pregunta se conteste afirmativamente. 2. Eliminar los derechos arancelarios fijos y convertir el concepto en documento con cuantía. Para ello debe asignar el campo “Tipo de Concepto” al valor “De cuantía”. Es importante este punto ya que si no se hace a los honorarios calculados se le sumará este importe 3. Poner la reducción que estime oportuna en el coeficiente de la matriz Según la mayoría de opiniones consultadas en este campo deberíamos poner el coeficiente multiplicador que nos calcule el 50% sobre los honorarios por tanto tendríamos que poner en este campo el valor 0,50. Si se estima que además se Pag. 2 de 4 DELEGACION CARTAGENA Paseo Alfonso XIII nº 20b 1ª y 2ª planta 30201 - Cartagena Tels. 902 929 789 / 968 08 61 00 Fax: 968 08 61 09 DELEGACION VALLADOLID General Solchaga nº 14 47008 – Valladolid Tels. 902 47 20 00 / 983 23 68 10 Fax: 983 22 81 07 http: Email: www.notarnet.es [email protected] debe aplicar la reducción del 5% general del arancel de cuantía, el coeficiente sería 0,475. 4. Asignar 50 en los folios a descontar. Este parámetro parece que sí que está claro, aunque como ya se ha indicado el usuario deberá indicar el que considere oportuno según su interpretación de la norma. 5. Asignar el código NIU (el mismo que tenía el concepto original) Esto también es importante ya que por motivos de seguridad y en prevención de posibles errores el botón de crear nuevo concepto en base al actual no copia este valor en el nuevo concepto. 6. Adicionalmente Notarnet recomienda marcar como obsoleto el concepto original (en el ejemplo, se marcaría como obsoleto el 25-04). Esto evita que, por error, se elija este concepto en un expediente o escritura. Hay que tener 24/05/2012 Notarnet Pag. 3 de 4 especial cuidado de que no queden cancelaciones por introducir anteriores al RDL, ya que si marcamos el concepto como obsoleto no podremos utilizarlo. Cómorealizarlacuenta En la base Arancelaria se introducirá, si lo estima oportuno, solo el 70% del capital o la Responsabilidad Hipotecaria... pero elegir uno u otro y elegir el porcentaje de reducción de la base es responsabilidad del usuario. Cuando haga la cuenta, en el apartado de las copias, será necesario indicar en cada escritura o expediente, si lo estima oportuno, que están incluidas 1 Copia Autorizada y 1 Copia Simple (o cualquier otro número de copias). Adicionalmente si la minutación de los honorarios de matriz es inferior a 90 €, el usuario deberá introducir manualmente esta cantidad en el campo pertinente: Pag. 4 de 4
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