pliego de prescripciones técnicas del contrato para la instalación y

PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARA LA INSTALACIÓN Y EXPLOTACIÓN DE
SERVICIOS CÍVICOS Y MÁQUINAS EXPENDEDORAS EN LOS CENTROS DE HOSPITALES
UNIVERSITARIOS "VIRGEN DEL ROCIO" DE SEVILLA, MEDIANTE PROCEDIMIENTO
ABIERTO.
EXPTE. NÚMERO: P.A. Nº 35/2009
1 ELEMENTOS TÉCNICOS DEL CONTRATO.
1.1. OBJETO DEL CONTRATO.
El presente Pliego de Prescripciones Técnicas regirá el contrato administrativo especial para la
instalación y explotación de servicios cívicos y de máquinas expendedoras en los Centros que
integran Hospitales Universitarios Virgen del Rocío de Sevilla.
El objeto del presente Pliego de Prescripciones Técnicas es establecer las condiciones técnicas
que han de regir en la contratación de los siguientes servicios:
- Lote nº 1.- La instalación y explotación de Servicios Cívicos en los Centros que integran
Hospitales Universitarios Virgen del Rocío de Sevilla, así como las condiciones de explotación del
mismo, indicando las características, funcionalidad y requisitos genéricos del equipamiento y
demás infraestructuras a suministrar e instalar.
- Lote nº 2.- La instalación y explotación de máquinas expendedoras en los Centros que integran
Hospitales Universitarios Virgen del Rocío de Sevilla, así como las condiciones de explotación del
mismo, indicando las características, funcionalidad y requisitos genéricos del equipamiento y
demás infraestructuras a suministrar e instalar.
El/los adjudicatario/s del referido contrato se encargará/n de la explotación de servicios cívicos y/o
de máquinas expendedoras en los Centros, así como del suministro, instalación y mantenimiento del
equipamiento y estructura necesarios para la prestación de dicho servicio. Asimismo, en caso de
existir en el Hospital infraestructura obsoleta relativa al material contemplado en el presente Pliego
de Prescripciones Técnicas (máquinas expendedoras, centros cívicos), la empresa adjudicataria se
encargará de la actualización y retirada de dicho material.
El objeto del servicio es la mejora de las prestaciones sanitarias a la población andaluza y promover
todos los aspectos relativos a la mejora de dichas condiciones, en cumplimiento de lo previsto en el
art. 18 de la Ley General de Sanidad, condiciones que se extienden más allá de la prestación
asistencial, incluyendo también la puesta a disposición del usuario, así como de sus
acompañantes, de servicios y prestaciones que redunden en una mayor comodidad y confort.
La prestación de este servicio, destinado al público en general, se proporcionará mediante la
instalación de servicios cívicos y de máquinas expendedoras en los Centros.
El ámbito del presente contrato se extiende a toda la instalación de las obras e instalaciones
necesarias y equipos complementarios que sean precisos para la realización del servicio.
1.2.- MAGNITUD DE LA INSTALACIÓN.
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Lote nº 1.- El servicio de Centros Cívicos comprende la dotación y explotación de los siguientes
puntos fijos de venta en Hospitales Universitarios Virgen del Rocío, con una superficie de 68
metros cuadrados en total, así como la puesta a disposición en el exterior de los Centros, de
superficie suficiente para la instalación de una construcción efímera para uso de almacén de los
productos de venta de los mismos, adjuntándose planos y cuadro de características técnicas y de
calidades de las instalaciones a realizar:
 Un punto fijo de venta ubicado en el hall del Hospital General.

Un punto fijo de venta ubicado en el hall del Hospital de la Mujer.
Prestarán con carácter global los siguientes servicios:
- Venta al público de prensa y revistas.
- Venta de material impreso, pequeños regalos, papelería, perfumería y juguetes.
- Venta de productos alimenticios envasados en general.
- Venta de agua y refrescos.
- Venta de flores naturales, bien sueltas o en ramos.
- Venta de otros servicios debidamente justificados.
Lote nº 2.- El servicio de máquinas expendedoras comprende:
La Instalación y explotación, además de la conservación y mantenimiento en óptimas condiciones,
de máquinas de bebidas calientes, refrescos y agua, en número de 22 unidades, con una
ocupación media de 2,00 m2 de superficie/ud., con carácter de exclusividad por la duración del
contrato, cuya ubicación se determina como sigue:

HOSPITAL GENERAL
Sala de espera de Urgencias:
1 de agua.
1 de refrescos.
1 de café.
Sala de espera de Medicina Nuclear:
1 de agua.
1 de refrescos.
1 de café.
Sala de espera de Radiología:
1 de refrescos

HOSPITAL REHABILITACION Y TRAUMATOLOGIA
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Sala de espera de Urgencias:
1 de refrescos.
1 de café.
Sala espera de UCI:
1 de agua.
1 de refrescos.
Sala espera de Gimnasio:
1 de refrescos.
1 de café.

HOSPITAL INFANTIL
Sala espera de UCI:
1 de agua.
1 de refrescos.
1 de café.
Sala espera de Urgencias:
1 de refrescos
Sala espera Consultas Externas:
1 de agua.
1 de refrescos.

EDIFICIO GESTION DE RECURSOS
Subdirección Logística y Contratación:
1 de café.

EDIFICIO DE GOBIERNO
Hall de entrada:
1 de refrescos.
1 de café.
1.3.-AMBITO DE APLICACION.
El ámbito de la aplicación es el Complejo Hospitalario Virgen del Rocío que, a efectos del presente
Pliego de Prescripciones Técnicas, es un grupo cerrado de usuarios constituido por los siguientes
edificios:
 Hospital General.
 Hospital de Rehabilitación y Traumatología.
 Hospital de la Mujer.
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


Hospital Infantil.
Edificio de Gobierno.
Edificio Gestión de Recursos.
1.4.- DESCRIPCIÓN DE LAS CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS GENERALES Y ESPECÍFICAS
DEL OBJETO DEL CONTRATO.
1.4.1. CARACTERÍSTICAS GENERALES.
1.4.1.1.- DESCRIPCIÓN DE SERVICIOS CÍVICOS Y DE MÁQUINAS EXPENDEDORAS OBJETO
DEL CONTRATO.
En adelante, llamaremos Lote 1: Servicios Cívicos y Lote 2: máquinas expendedoras, al servicio
formado por la instalación de dichos puntos fijos de ventas, a la instalación del número relacionado de
máquinas expendedoras y la explotación de los servicios tarifables de los mismos, que sirven de base
para el cumplimiento del objeto del contrato por parte del adjudicatario.
Se entenderá por instalación: el diseño, redacción de proyectos, dirección de obras, colocación de
mobiliario soporte y accesorios, y acondicionamiento de las zonas afectadas de tal forma que se
consiga un entorno más agradable y de calidad que permita la prestación de los servicios de acuerdo
a los objetivos propuestos.
El servicio deberá estar integrado y ser perfectamente compatible dentro del entorno global de las
instalaciones de HH UU Virgen del Rocío.
Los artículos objeto de consumo en dichos servicios serán adquiridos por cuenta de la empresa.
Estos productos reunirán los requisitos higiénico-sanitarios que se establecen en la legislación
vigente en cada momento y podrán ser sometidos a los controles que estime el personal
autorizado del Hospital (Unidad de Nutrición Clínica y Servicio de Medicina Preventiva).
Queda totalmente prohibida la venta de tabacos y bebidas alcohólicas de cualquier tipo.
1.4.1.2.- CONSECUENCIA DEL OBJETO.
El Hospital permitirá a las personas designadas por la empresa adjudicataria el acceso a las
dependencias donde se encuentren los equipos y maquinaria necesarios para la prestación de los
servicios y a los lugares por donde discurre su trazado, al objeto de conseguir una adecuada
conservación y mantenimiento.
La/ empresa/s adjudicataria/s dispondrá/n de recursos humanos y suficientes y de fácil localización.
Se facilitará a los Servicios Técnicos del Hospital un número de teléfono, fax, y/o e-mail, del
Servicio de Asistencia Técnica, y la forma de localización de los responsables del contrato y
técnicos de presencia física en el Hospital.
La/s empresa/s se compromete/n a no utilizar el nombre del Servicio Andaluz de Salud, Hospitales
Universitarios Virgen del Rocío, ni el de ninguno de sus Centros en sus relaciones con terceras
personas a efectos de facturación de proveedores o cualquier otra relación que pueda tener con
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personas a su servicio, haciéndose directa y exclusivamente responsable de las obligaciones que
contraiga.
1.4.1.3.- MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN DE LOS SERVICIOS.
La/s empresa/s adjudicataria/s realizará/n por su cuenta y a su cargo el mantenimiento y
conservación de los equipos y medios físicos que soportan los servicios cívicos y/o máquinas
expendedoras durante todo el plazo de duración del contrato.
Las actuaciones de mantenimiento y conservación comprenderán un servicio integral de
mantenimiento preventivo y correctivo. La/s empresa/s adjudicataria/s contará/n con equipos y
piezas de repuesto para posibles reposiciones, de manera que en estos casos no se produzcan
retrasos en el servicio. Para aquellos casos en que la avería pudiera tener un plazo de reparación
superior a 24 horas, deberá sustituirse el equipo de modo que no se interrumpa el servicio por
tiempo superior a 12 horas.
1.4.1.4.- DIMENSIONAMIENTO DE LA INSTALACIÓN.
Servicios Cívicos en el hall del H. General y en el hall del H. de la Mujer, con una superficie de 68
metros cuadrados en total, adjuntándose planos de situación y emplazamiento dentro de los
citados centros Hospitalarios, así como de distribución e instalaciones. Así mismo y en el exterior,
en zonas ajardinadas de la fachada trasera del Centro Diagnóstico y Tratamiento, de la superficie
suficiente para la instalación de una construcción efímera para uso de almacén de los productos de
venta de los mismos.
La magnitud de la instalación para el servicio de máquinas expendedoras comprende, la puesta a
disposición en las áreas definidas en al apartado 1.2 del presente pliego, es para una ocupación
media de 2,00 m2 de superficie/ud, con carácter de exclusividad por la duración del contrato, así
como las instalaciones eléctrica necesarias y cuadros de mando y protección de las mismas, de las
que pueden conexionarse la máquinas expendedoras
1.4.1.5.- HORARIO DE APERTURA AL PÚBLICO.
Lote nº 1.- Para los Servicios Cívicos:
o Horario normal: De 8,00 a 22,00 horas durante toda la semana, incluyendo
domingos y festivos (salvo en el periodo invernal en el que el cierre será a las
21,00 horas).
Lote nº 2.- Para los servicios de máquinas expendedoras:
o Las 24 horas del día durante todo el año sin interrupción.
Si por circunstancias especiales y urgentes este horario tuviera que ser modificado con carácter no
permanente, el adjudicatario deberá solicitar la autorización de la Dirección del Centro, exponiendo los
motivos, la cuál resolverá a su criterio.
2.- CONDICIONES Y CARACTERISTICAS DE LAS MÁQUINAS EXPENDEDORAS.
Tanto los Servicios Cívicos, como los servicios de máquinas expendedoras, deberán adaptarse y
respetar en todo caso la estética del entorno donde se ubiquen los mismos, en el caso de la
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cartelería informativa mantenerse actualizada permanentemente. Se valorará la posibilidad de
exponer esta información en varios idiomas.
El mecanismo para el medio de pago a utilizar deberá ser sencillo y práctico, con sistema
antivandálico. El sistema de cobro dispondrá de mecanismos que impidan el fraude, así como la
pérdida de crédito en caso de corte de fluido eléctrico durante la utilización del servicio. Deberá
permitir la consulta del remanente de crédito. Deberán aceptar monedas y billetes de curso legal.
La máquina expendedora dispondrá de las siguientes facilidades:
posibles.
La extracción del dinero de las máquinas será realizada por personal de la empresa adjudicataria,
debidamente identificado y en los horarios fijados por el Hospital.
Las máquinas expendedoras dispondrán de instrucciones claras y sencillas que faciliten su
utilización.
Existirá un Sistema de Gestión de todo el servicio
caso de problemas, el personal de mantenimiento
valorará especialmente la posibilidad de agilizar
tiempos innecesarios de traslado de información
móviles por parte de los usuarios.
dotado de los medios necesarios para que, en
proceda a su solución de forma inmediata. Se
los avisos de avería o incidencias, evitando
y el coste adicional de llamadas a teléfonos
El personal de mantenimiento de la/s empresa/s adjudicataria/s deberá/n ir correctamente
uniformado e identificado durante su horario de prestación de servicio.
La/s empresa/s adjudicataria/s procederá/n a suministrar e instalar, a su cargo, las estructuras
necesarias para encastrar todas las máquinas expendedoras en sus correspondientes armarios,
los cuales deben integrarse en el entorno de los espacios designados para la ubicación de cada
una de ellas.
El diseño y características técnicas de los referidos armarios deberán presentarse a la Dirección
del Hospital para su aprobación.
3.- TARIFAS.
La propuesta de tarifas para los Servicios Cívicos y máquinas expendedoras, será formulada por
los licitadores en la oferta económica, así como los artículos, productos y servicios objeto de la
concesión.
El/los contratista/s se obliga/n a mantener a la vista del público las tarifas de precios vigentes en
cada momento.
4.- REALIZACIÓN DE OBRAS, INSTALACIONES E INFRAESTRUCTURAS.
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La/s empresa/s adjudicataria/s deberá/n ejecutar a su cargo toda la infraestructura, equipamiento y
obras que fuesen necesarios para el correcto funcionamiento de los servicios contemplados en
este Pliego de Prescripciones Técnicas. Todos los gastos asociados a la explotación del servicio
irán a cargo del adjudicatario.
Para ello, deberá ejecutar previamente un conjunto de actuaciones como son:

La preparación del espacio destinado por el Centro para la ubicación de los Servicios
Cívicos y máquinas expendedoras de forma que estos funcionen correctamente.

La red de cableado y enchufes necesarios para el suministro eléctrico.

El suministro, transporte e instalación de todos los equipos y sistemas.

Asimismo, en caso de existir en algún edificio de los que integran el Complejo hospitalario
material o infraestructura obsoleta relativa al material contemplado en este pliego
(máquinas expendedoras, construcciones efímeras, centros cívicos, etc), la empresa
adjudicataria se encargará de la actualización y retirada a su cargo de dicho material.
La Dirección destinará un espacio físico para la instalación de los servicios y permitirá al/los
adjudicatario/s ejecutar aquellas actuaciones de acondicionamiento necesarias, siempre y cuando
las mismas no perjudiquen las instalaciones del Hospital ni su funcionamiento u orden interno.
El/los adjudicatario/s sólo podrá utilizar los locales e instalaciones para los que tenga autorización
de la Dirección.
El Hospital, a través de la persona que designe, supervisará e inspeccionará las obras e
instalaciones a efectuar por el adjudicatario.
El/los adjudicatario/s tendrá que pedir todos los permisos, licencias y autorizaciones pertinentes
abonando a su cargo el importe de los mismos, facilitando al Hospital proyecto técnico definido con
el abono de las tasas o impuestos que correspondan.
El/los adjudicatario/s podrá utilizar las instalaciones existentes para la explotación de los servicios
adjudicados, previa verificación y puesta a punto.
Asumirá/n todas las modificaciones que afecten a su servicio y que se deriven del desarrollo del
Plan de Modernización de Infraestructuras del Hospital, para lo cual podrá consultar la
documentación en la Dirección de Ingeniería y Mantenimiento, Área de Proyectos y Obras, así
como las modificaciones no previstas en el citado plan, pero que surjan como desarrollo del
proyecto de obra de dicho plan de modernización. Según ello, si durante la vigencia del contrato,
debido a la ejecución de dicho Plan de Modernización de Infraestructuras se produjeran
modificaciones, el adjudicatario quedará obligado a realizar las modificaciones que fueran precisas
para adecuar las instalaciones a la nueva realidad estructural.
Todos los dispositivos a instalar estarán debidamente homologados por los organismos
correspondientes, debiéndose cumplir toda la normativa en vigor respecto a las distintas
instalaciones y materiales empleados, entre otros:
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

Reglamento electrotécnico de baja tensión.
El/los adjudicatario/s se obliga/n a subsanar cualquier desperfecto que provoque, tanto en la
instalación como en la posterior explotación del servicio.
Una vez finalizadas las obras e instalaciones, y previa presentación por parte del adjudicatario de
la documentación de las mismas, se podrá proceder a su aprobación y recepción provisional.
Realizada la recepción provisional de las obras e instalaciones, éstas podrán entrar en
funcionamiento, percibiendo el adjudicatario los beneficios de su explotación.
En caso de finalización anticipada del contrato por causas no imputables a la/s empresa/s
adjudicataria/s, el Hospital le abonará el precio de las instalaciones y los equipos que pasen a ser
propiedad del Centro Hospitalario, teniendo en cuenta su estado de conservación y el tiempo que
resta para la reversión. Para ello indicarán la inversión a realizar y la forma y plazo de
amortización.
5.- MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN.
El mantenimiento de las instalaciones corre a cargo del/de los adjudicatario/s.
Cualquier daño producido en las instalaciones a consecuencia de actos vandálicos o daños
intencionados o no, corren a cargo del/de los adjudicatario/s, que se obliga a la reparación o
sustitución de forma inmediata, garantizado la no interrupción del servicio.
5.1.- Mantenimiento de las instalaciones y limpieza aparatos y equipos.
El/los adjudicatario/s contratará con su nombre y correrá con todos los gastos necesarios para la
explotación y mantenimiento del servicio. Será asimismo por cuenta del/de los adjudicatario/s
cualquier otro gasto de mantenimiento derivado de la prestación del servicio.
Las actuaciones de mantenimiento y conservación comprenderán un servicio integral de
mantenimiento preventivo y correctivo.
a)
Mantenimiento preventivo: la empresa adjudicataria aportará protocolos de
trabajo en los que se detallen las actuaciones en esta materia, así como la
periodicidad de las mismas, controles de ejecución y de calidad de los trabajos
realizados.
b)
Mantenimiento correctivo: deberá ofrecer un tiempo de respuesta frente a avisos
de incidencias inferior a 8 o 24 horas, dependiendo de la hora en que se
produzca el aviso: Los avisos que se produzcan durante el horario de 8,00 a
16,00 h. deberán atenderse en el día y a partir de esta franja horaria, en las
primeras hora del siguiente día. Teniendo como premisa indispensable que el
servicio se mantenga en un grado óptimo de funcionamiento en todo momento.
La/s empresa/s adjudicataria/s contará/n al menos con los equipos y piezas de repuesto para
posibles reposiciones, de manera que no se produzcan retrasos en el servicio.
Para aquellos casos en que la avería pudiera tener un plazo de reparación superior a 24 horas,
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deberá sustituirse el equipo de modo que no se interrumpa el servicio por tiempo superior a 12
horas.
5.2.- Labores de mantenimiento, limpieza y otros.
Tanto el mantenimiento como la limpieza o cualquier otro trabajo a realizar en los Centros Cívicos,
se realizará por personal de la empresa adjudicataria debidamente identificado y en los horarios
fijados por la Dirección del Hospital.
Las instalaciones necesarias para la prestación del servicio en todo momento presentarán un
perfecto estado de limpieza de acuerdo a la normativa higiénica sanitaria del Hospital. A tal fin,
además de la documentación general y técnica exigida en el Pliego de Cláusulas Administrativas
Particulares, los licitadores incluirán en su oferta técnica detalle de:

Plantilla de personal que se destinará a la prestación del servicio, con indicación de sus
funciones y horario de presencia física o disponibilidad por cada Hospital.

Plan de trabajo, completo y detallado.

Plan de calidad del servicio.
El referido personal dependerá exclusivamente del adjudicatario, éste tendrá todos los derechos y
deberes inherentes a su calidad de empresario a tenor de la legislación laboral y social vigente en
cada momento, sin que en ningún caso pueda alegarse derecho alguno por dicho personal en
relación con el Servicio Andaluz de Salud, ni exigirse a ésta responsabilidad de cualquier clase,
como consecuencia de las obligaciones existentes entre el adjudicatario y sus operarios, aún en el
supuesto de que los despidos o medidas que adopten sean consecuencia del incumplimiento del
contrato.
El personal vestirá con la adecuada pulcritud, el trato con el público deberá ser amable y correcto.
También deberá someterse a las normas que sobre control y seguridad establezca el Hospital.
La Dirección del Hospital se reserva el derecho a exigir al/los adjudicatario/s que prescinda del
personal que no guarde la debida corrección con los usuarios o contravenga gravemente la
regulación del régimen general interior del Centro.
5.3.- Averías y reclamaciones.
El/los adjudicatario/s dispondrá de un número donde poder atender al usuario en tiempo real, este
sistema permitirá la recogida de avisos de avería o reclamación con objeto de poder prestar un
servicio rápido y eficaz. La forma de acceso será indicada claramente al lado del teléfono.
La/s empresa/s adjudicataria/s se obliga/n a tener en todo momento a disposición de los usuarios,
una hoja de reclamaciones, sellada y autorizada por la autoridad competente, que será presentada
mensualmente a la Dirección de HH.UU. Virgen del Rocío, salvo que se produzca cualquier
reclamación de los usuarios, en cuyo caso, el adjudicatario se obliga a presentarla en el plazo de
24 horas contadas a partir de la consignación de la reclamación en dicha hoja.
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6.- CALIDAD DEL SERVICIO.
El/los adjudicatario/s estará, por otro lado, obligado a comunicar a la Dirección del Hospital en un
plazo máximo de 48 horas siguientes de su recepción, cualquier queja o reclamación y a la
elaboración de un informe con la periodicidad que determine la Dirección del Hospital.
Con objeto de controlar la calidad que se ofrece por parte de la/s empresa/s adjudicataria/s hacia
los usuarios de los servicios, el Complejo Hospitalario exigirá el cumplimiento de una serie de
índices de disponibilidad de los servicios y de tiempos medios de respuesta en la atención de
averías, así como de satisfacción de los usuarios que se medirán a través de informes que la
empresa adjudicataria pondrá a disposición del Complejo, debidamente documentados y
soportados en las estadísticas que el propio sistema deberá facilitar.
El/los adjudicatario/s deberá detallar en su oferta el tipo de índices de disponibilidad, atención y
asistencia, así como los de satisfacción de los usuarios para con el servicio.
El Hospital se reserva el derecho a exigir la retirada de las máquinas que no reúnan las debidas
condiciones.
El/los adjudicatario/s se compromete a designar a una persona con representación suficiente de la
empresa y responsable ante la Dirección del Hospital.
El Hospital podrá realizar inspección sobre la forma de distribución e higiene de los artículos de venta,
así como del grado de limpieza existente sobre material o utensilios. Estará dotado de la autoridad
suficiente para someter a control de cantidad y calidad los productos empleados por el adjudicatario
pudiendo modificar una u otra o ambas si a su criterio no cumplen los mínimos exigibles.
El Hospital podrá establecer los controles que estime convenientes sobre los stocks de alimentos
almacenados. Los stocks serán renovados regularmente.
En caso de infracción o incumplimiento de las estipulaciones establecidas en el pliego de Cláusulas
Administrativas y de Prescripciones Técnicas, o en las que se incluyan en el contrato se levantará Acta
de Incidencias, que en cualquier caso, deberá ser recibida y firmada por el representante de la
empresa adjudicataria en el Hospital.
Será motivo suficiente de rescisión de contrato el levantamiento de tres actas de incidencias
documentadas y probadas de incumplimiento.
7.- PLAZO DE IMPLANTACIÓN DEL SERVICIO.
La entrada en funcionamiento del servicio por parte del/de los adjudicatario no excederá de dos
meses a partir de la formalización del contrato.
En el caso de que la/s empresa/s adjudicataria/s fuera/n distinta a la que actualmente tiene la
explotación del servicio, el traspaso de instalaciones se realizará de forma que los usuarios sufran
los mínimos inconvenientes posibles, y puedan disfrutar sin interrupción de los servicios cívicos y
máquinas expendedoras.
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8.- INSPECCIÓN Y SUPERVISIÓN DE OBRAS.
Existirá desde el comienzo de la ejecución del contrato un grupo de trabajo ejecutivo formado por
personas del Complejo Hospitalario Virgen del Rocío y del adjudicatario para coordinar, supervisar
y solventar todas las incidencias operativas que puedan surgir y no se incurra en ninguna demora
insalvable.
9.- VALORACIÓN DE OBRAS E INSTALACIONES.
El/los adjudicatario/s vendrá/n obligado/s a presentar junto a su oferta económica, valoración
detallada de las obras, instalaciones y equipos a realizar para la implantación del servicio.
10.- GESTIÓN DE LA SEGURIDAD Y SALUD LABORAL.
La/s empresa/s adjudicataria/s queda/n obligada/s al estricto cumplimiento de la normativa vigente
en materia de seguridad y salud laboral.
El/los adjudicatario/s está/n obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia
laboral, de seguridad social, seguridad y salud en el trabajo, por lo que vendrá obligado a disponer
de las medidas exigidas en esta materia por las citadas disposiciones, siendo de su cargo el gasto
que ello origine. Asimismo, será responsable ante los tribunales de justicia de los accidentes que
pudieran sobrevenir a su personal técnico por el ejercicio de su profesión en el Hospital.
El personal adscrito a los trabajos dependerá exclusivamente de la/s empresa/s adjudicataria/s, la
cual tendrá todos los derechos y deberes inherentes a su calidad de empresario respecto del
mismo. Dicho personal deberá estar uniformado con acreditación visible para su identificación,
según modelo facilitado por el Hospital.
El Hospital podrá exigir al/los adjudicatario/s la sustitución o traslado de cualquier trabajador adscrito
a los servicios objeto del contrato, cuando no proceda con la debida corrección en sus dependencias
y en la realización del desempeño de su cometido.
11.- GESTIÓN MEDIOAMBIENTAL.
La/s empresa/s adjudicataria/s adoptará/n las medidas oportunas para el estricto cumplimiento de
la legislación ambiental comunitaria, estatal, autonómica y local vigente que sea de aplicación al
objeto del contrato, y responderá de cualquier incidente por él causado.
Para evitar tales incidentes, la/s empresa/s adjudicataria/s adoptará/n con carácter general las
medidas preventivas oportunas que dictan las buenas prácticas de gestión medioambiental:
mantener limpia la zona de trabajo, no hacer limpiezas fuera de los lugares establecidos, y en
especial las relativas a evitar vertidos líquidos indeseados, emisiones contaminantes a la atmósfera
y el abandono de cualquier tipo de residuos, con extrema atención en la correcta gestión de los
clasificados como peligrosos.
El Técnico Responsable designado por la/s empresa/s adjudicataria/s será encargado de la
vigilancia del cumplimiento de estas condiciones de carácter ambiental.
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Los residuos generados durante los trabajos que sean de titularidad de la/s empresa/s
adjudicataria/s, deberán ser retirados de las instalaciones, bajo su responsabilidad, de acuerdo a
las prescripciones legales vigentes, comunicando dicho trámite al Hospital, recogiendo,
segregando y gestionando con Gestor autorizado conforme a la legislación vigente aquellos
residuos producidos, documentando dicha gestión ante el Hospital.
La/s empresa/s adjudicataria/s se compromete a informar inmediatamente al Hospital Universitario
Virgen del Rocío sobre cualquier incidente medioambiental que se produzca en el curso de los
trabajos. El Hospital podrá solicitar un informe escrito referente al hecho y a sus causas.
12.- MEJORAS.
Se entienden por mejoras aquellas actuaciones adicionales a las presentes en el Pliego de
Prescripciones Técnicas, que presenten las empresas para ejecutarlas sin incremento de precio, y
con objeto de complementar y mejorar las prestaciones objeto del contrato.
Entre ellas:



Adaptación del servicio a las necesidades y características del Hospital.
Cartelería o información relativa al servicio en varios idiomas.
Otras mejoras relacionadas con el uso de la instalación que puedan ser demandados por
los usuarios, especialmente en lo relativo al Lote nº 1 Servicios Cívicos.
CONOCIDO Y ACEPTADO EN SU TOTALIDAD
La empresa,
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