GOBIERNO de CANTABRIA MISIÓN Las necesidades y expectativas de la ciudadanía son el punto de partida para la definición de los compromisos, y la medición de su grado de cumplimiento es una tarea fundamental en el proceso de mejora continua de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria. Todo ello, con la finalidad de acercar nuestra Administración a la ciudadanía e incrementar la calidad de sus servicios públicos. RECLAMACIONES Y SUGERENCIAS Reclamaciones Si desea formular una Reclamación sobre los servicios que prestamos, deberá presentar la Hoja de Reclamaciones y Sugerencias que puede obtener en cualquiera de las oficinas con atención a la ciudadanía, en el Portal Institucional del Gobierno de Cantabria, o solicitándola mediante correo postal, correo electrónico o teléfono. La hoja debidamente cumplimentada se presentará: -E n cualquier oficina de registro de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria o cualquiera de los medios establecidos en el artículo 105 de la Ley de Cantabria 6/2002, de 10 de diciembre, de Régimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria. - A través del Registro Electrónico, al que se puede acceder desde el Portal Institucional del Gobierno de Cantabria. Las reclamaciones hechas por esta vía no son recursos administrativos y, por lo tanto, no paralizan los plazos establecidos en la normativa vigente para interponerlos. Sugerencias Si desea presentar una Sugerencia para mejorar la eficacia de nuestros servicios podrá hacerlo de la forma descrita para la presentación de las reclamaciones. Edita: Consejería de Presidencia y Justicia Dirección General de Servicios y Atención a la Ciudadanía 2/825 Imprenta Regional de Cantabria Desempeñar las funciones de aplicación de los tributos del modo más eficiente, mejorando la prestación de servicios a la ciudadanía. CARTA DE SERVICIOS LOCALIZACIÓN Y CONTACTO Consejería de Economía y Hacienda Agencia Cántabra de Administración Tributaria Paseo de Pereda, 13 - 39004 Santander Teléfono: 012 Fax: 942 20 75 71 Correo electrónico: [email protected] Horario de atención a la ciudadanía: De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 AGENCIA CÁNTABRA DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA (ACAT) Páginas web: Oficina Virtual de la Consejería de Economía y Hacienda: https://ovhacienda.cantabria.es Consejería de Economía y Hacienda: http://www.consejeriadeeconomiayhacienda.es (SANTANDER) Depósito Legal: SA-000-2010 Esta carta es un documento público que informa sobre los servicios que prestamos, los compromisos de calidad asumidos en su prestación y los derechos de la ciudadanía en relación con aquellos. CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y HACIENDA www.cantabria.es AGENCIA CÁNTABRA DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA SERVICIOS QUE PRESTAMOS COMPROMISOS QUE ASUMIMOS CÓMO LO MEDIMOS INFORMACIÓN >>>> >>>> >>>> Información sobre cualquier consulta relativa a los tributos gestionados por la ACAT. Información y trámites a través de la Oficina Virtual: https://ovhacienda.cantabria.es. Asistencia a la ciudadanía para cumplimentar los modelos de autoliquidación y declaración de tributos gestionados por la ACAT. >>>> >>>> >>>> >>>> Proporcionar información actualizada con una atención personalizada. Reducir el tiempo máximo de espera para consultas presenciales. Incrementar el número de modelos de autoliquidación y declaración disponibles en la Oficina Virtual. Atender de forma personalizada y confidencial con un trato amable y lenguaje comprensible y adecuado a las necesidades de la ciudadanía. >>>> >>>> >>>> >>>> >>>> Número de reclamaciones relativas a la información proporcionada. Reducción del tiempo máximo de espera. Incremento del número de modelos de autoliquidación y declaración disponibles en la Oficina Virtual. Valor medio obtenido en la encuesta anual de satisfacción de la ciudadanía en relación a la amabilidad y cortesía en el trato. Valor medio obtenido en la encuesta anual de satisfacción de la ciudadanía en relación a las explicaciones recibidas. GESTIÓN >>>> Tramitación de expedientes tributarios: - Calificación. - Liquidación. - Revisión (recursos de reposición, devolución de ingresos indebidos, tasaciones periciales contradictorias, etc.). >>>> Reducir el tiempo de comprobación de autoliquidaciones y declaraciones. >>>> >>>> Reducir el tiempo de resolución de los expedientes de revisión. >>>> >>>> Reducir el tiempo de concesión de exenciones y bonificaciones en tributos locales. >>>> >>>> >>>> Reducción del tiempo de comprobación de autoliquidaciones y declaraciones. Reducción del tiempo de resolución de los expedientes de revisión. Reducción del tiempo de concesión de exenciones y bonificaciones en tributos locales. RECAUDACIÓN >>>> Tramitación de procedimientos de recaudación voluntaria y ejecutiva de tributos gestionados por la ACAT y otros de derecho público: - Aplazamientos y fraccionamientos. - Compensaciones de deudas en periodo ejecutivo. - Revisión (recursos de reposición, devolución de ingresos indebidos en periodo ejecutivo, reembolso del coste de las garantías y suspensión). Reducir el tiempo de resolución de los expedientes de recaudación. Reducción del tiempo de resolución de los expedientes de recaudación. INSPECCIÓN >>>> Investigación y comprobación de los tributos gestionados por la ACAT. >>>> Aumentar el número de expedientes de investigación y comprobación tramitados al año. >>>> Resolver las actas de inspección en un plazo máximo de 9 meses. >>>> >>>> Incremento del número de expedientes de investigación y comprobación tramitados al año. Porcentaje de actas de inspección resueltas en un plazo inferior o igual a 9 meses. VALORACIÓN >>>> Valoración de los bienes, productos, derechos y patrimonios a los efectos de determinar el valor real: - Comprobación de valores. - Estudio y actualización de los valores de referencia. - Valoraciones previas. >>>> >>>> Publicar en el Boletín Oficial de Cantabria (BOC) los coeficientes anuales aplicables al valor catastral al 1 de enero de cada año. Mantener actualizada y disponible en la web la herramienta para el cálculo del valor de referencia de determinados bienes inmuebles a partir del valor catastral. >>>> Resolver las solicitudes de valoración previa en un plazo máximo de 2 meses. >>>> >>>> >>>> Fecha anual de publicación de los coeficientes anuales aplicables al valor catastral al 1 de enero de cada año en el Boletín Oficial de Cantabria (BOC). Fecha de actualización de la herramienta disponible en la web para el cálculo del valor de referencia. Porcentaje de solicitudes de valoración previa resueltas en un plazo inferior o igual a 2 meses. CARTA DE SERVICIOS www.cantabria.es
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