DR. GUSTAVO ALVAREZ TRUJILLO - PRESIDENTE Viernes, 03 de Febrero del 2017 " "$"!#"* #!#" $# $" !# $!! $"# !* # # ! 41-12-27 ! %!"" " $* $ $!# $ $ " "$" # !#!!!"$(*#""$#!$#+ 2, # !"* " !$ #! " $ !( $ !" $ !$!* $ $ (* ! "# $ " !##" # * #!! " "!! !" ' ## #! ! $ $ "#!$""""%, 3, #$(*""".41-12-27/"21+56 ,,'"$#!$#!(!!#$640!"%* "! $( # !#( ! "# !"* ! $ "##$' &" $* " ! " #!$" $"##$#!""#!"!$, 4, # "#* !" $! "! "#" #" !%# !"* $ " $" "! "#!!" ""* ! $ " " #!$' !## "# ! $"#! $ ' !"# "$# ! $#!* # % " $"#!!, !*13!!3127 AVISOS JUDICIALES DR. GUSTAVO ALVAREZ TRUJILLO - PRESIDENTE 1. REMATES REMATE BIENES INMUEBLES REMATE JUDICIAL TERCERA CONVOCATORIA (EXP. N° 00909-2013-0-0601-JP-CI-01) EN LOS SEGUIDOS POR EDWAR MESIAS MENDOZA PALOMINO CONTRA SEGUNDO MEDINA CULQUI Y TEODOLINDA DURAN VERA, SOBRE OBLIGACIÓN DE DAR SUMA DE DINERO, EXPEDIENTE N° 00909-2013-0-0601-JP-CI-01, LA SEÑORA JUEZ DEL PRIMER JUZGADO DE PAZ LETRADO DE CAJAMARCA, DOCTORA LIDIA GUTIERREZ CATACORA Y ESPECIALISTA LEGAL DR. LUISMAN HAMILTON ARRIBASPLATA YGNACIO, HA ORDENADO SACAR A REMATE EN TERCERA CONVOCATORIA EL INMUEBLE CONSTITUIDO POR LA PARCELA N° 21361, PREDIO SIERRA MORENA CON UN ÁREA DE 4.10 HECTÁREAS, DEL DISTRITO DE LA ENCAÑADA, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DE CAJAMARCA, INSCRITA EN LA PARTIDA N° 02280795 DEL REGISTRO DE PREDIOS (ANTECEDENTE FICHA N° 23528), ZONA REGISTRAL II, SEDE CHICLAYO DE LA OFICINA REGISTRAL DE CAJAMARCA. TASACIÓN: QUINIENTOS TRECE MIL TRESCIENTOS QUINCE SOLES CON SESENTA CÉNTIMOS (S/. 513,315.60), PRECIO BASE: DOSCIENTOS TREINTA Y CUATRO MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y DOS SOLES CON UN CÉNTIMO (S/. 234,242.01) EQUIVALENTE A LAS DOS TERCERAS PARTES DE LA TASACIÓN ANOTADA, CON A DEDUCCIÓN DE 15% RESPECTO DE LA ANTERIOR CONVOCATORIA. CONFORME A LEY. CARGAS Y GRAVÁMENES.- 1.- HIPOTECA A FAVOR DE RONDESA, HASTA POR US$ 7,500.00 POR E.P. DE 19.06.2002 ANTE NOT DE JESÚS IVY NUÉ SESAREGO, AS 2 DE LA PARTIDA ANOTADA; 2.- AMPLIACIÓN DE HIPOTECA A FAVOR DE COOPERATIVA DE AHORRO Y CRÉDITO RONDAS YDESARROLLO - RONDESA, HASTA POR US$ 22,960.00, POR E.P DE 27.09.2006, ANTE NOT IVY NUÉ SESAREGO, AS. D00003 DE LA PARTIDA ANOTADA; 3.- EMBARGO EN FORMA DE INSCRIPCIÓN, ORDENADO POR EL 1ER JUZ DE PAZ LETRADO DE CAJAMARCA, A FAVOR DE EDWAR MESÍAS MENDOZA PALOMINO, HASTA POR S/. 40,000.00, AS. D00004 DE LA PARTIDA ANOTADA. LUGAR, DIA Y HORA DE REMATE: EN LA OFICINA DEL PRIMER JUZGADO DE PAZ LETRADO DE CAJAMARCA SITO EN LA SEDE UBICADA EN AV. LA CANTUTA S/N (CDRA. 12) DEL DISTRITO, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DE CAJAMARCA, EL DÍA 10 DE FEBRERO DEL AÑO 2017 A LAS NUEVE HORAS (09:00). POSTORES: CONSTITUIRÁN DEPÓSITO POR EL IMPORTE DEL 10% DEL VALOR DE LA TASACION DEL BIEN INMUEBLE A REMATAR, EN EFECTIVO O EN CHEQUE DE GERENCIA GIRADO A SU NOMBRE, ADJUNTANDO ORIGINAL Y COPIA DEL DNI Y DEL RECIBO DE PAGO DE LA TASA JUDICIAL N° 07153, A LA ORDEN DEL PRIMER JUZGADO DE PAZ LETRADO DE CAJAMARCA DEBIENDO CONSIGNARSE EN LA MISMA EL NÚMERO DE EXPEDIENTE, Y FIRMA. EL REMATE ESTARÁ A CARGO DEL MARTILLERO PÚBLICO LUIS ALBERTO GALINDO GIANNONI, CON REG. 128; HONORARIOS DEL MARTILLERO: SERÁ DE CARGO DEL ADJUDICATARIO SEGÚN LA TABLA ESTABLECIDA EN EL DECRETO SUPREMO N° 008-2005JUS MÁS IGV, Y DEBERÁ SER CANCELADA AL FINALIZAR EL REMATE. CAJAMARCA, 16 DE ENERO DEL 2017 LUIS ALBERTO GALINDO GIANNONI MARTILLERO PUBLICO REG. N° 128 ABOGADO Luisman H. Arribasplata Ygnacio SECRETARIO JUDICIAL PRIMER JUZGADO PAZ LETRADO CAJAMARCA P. 5754752 F.P. 01-02-03 Febrero S/.15.00 Viernes, 03 de Febrero del 2017 PRECIO POR PALABRA: S/. 0.01 INC. IGV REMATE BIENES MUEBLES EDICTO DE SUBASTA JUDICIAL EN SEGUNDA CONVOCATORIA EXPEDIENTE 00890-2015-0-0601-JR-CI-01, En los seguidos por María Etelvina SALAZAR CERDAN, contra los ejecutados: Christian Darwin SANCHEZ ASENCIO; sobre ejecución de garantía mobiliaria, por orden del Magistrado que despacha el Primer Juzgado Civil Especializado Civil de la Corte Superior de Justicia de Cajamarca-Sede QHAPAQ ÑAN, Dra. Luis A. Castillo Cabrera y especialista judicial Dra. Silvia Marianela Jara Sánchez; han facultado al Martillero Público que suscribe Abog. Edwin Abanto Peralta, con Registro 322, para sacar a Remate Judicial en SEGUNDA CONVOCATORIA el bien mueble constituido por el vehículo clase: automóvil, con placa de rodaje N°: M2K626, marca: HYUNDAI, modelo: Accent, año de fabricación: 2010, color: blanco, Carrocería: SEDAN, motor número: G4EEA715730, Serie: KMHCM41AABU5934, inscrito en la Partida Electrónica 60531317 de la Oficina Registral de Cajamarca, Zona RegistraI N° II Sede Chiclayo. VALORIZACIÓN CONVENCIONAL: US$ 12,000.00 (Doce mil con 00/100 Dólares Americanos). BASE DE REMATE: US$ 6,8000.00 (Seis Mil Ochocientos con 00/100 Dólares Americanos), que equivale al precio base en primera convocatoria menos el quince por ciento. CARGAS Y GRAVAMENES: Garantía Mobiliaria inscrita en el asiento D0001. Rubro Gravámenes y cargas, Garantía mobiliaria constituida por el propietario Christian Darwin SANCHEZ ASENCIO a favor del María Etelvina SALAZAR CERDAN hasta por la suma US$ 12,000.00 (Doce mil con 00/100 Dólares Americanos), con un plazo de duración indefinido, a fin de garantizar un préstamo por el monto de S/. 23,000.00 (VEINTITRÉS MIL CON 00/100 Nuevos Soles) mediante escritura púbica Número 09, de fecha 23 de Abril de 2015, otorgada por ante el oficio notarial del Abogado Flaminio Vigo Saldaña, notario público de Cajamarca. DIA Y HORA DE REMATE: Martes, 07 de Febrero del 2017 a horas 11:00 A.M. LUGAR DE REMATE: En el local del Juzgado sito en Av. La Cantuta S/N Lote 02, Villa Universitaria, frente al complejo Qhapaq Ñan, del Distrito, Provincia y Departamento de Cajamarca. Los postores oblarán el 10% de valor de tasación en efectivo ó cheque de gerencia. Arancel Judicial Código 07153, consignando número de expediente, Juzgado e identificación del postor. Los usuarios antes de realizarse el remate deberán acercarse a la Oficina de Recaudación Judicial de la Corte Superior de Justicia de Cajamarca a fin de validar sus comprobantes de pago conforme a lo dispuesto por el oficio circular N° 036-2013-GAD-CSJCA-PJ. Los honorarios del Martillero son de cargo del adjudicatario. EDWIN ABANTO PERALTA MARTILLERO PUBLICO R.M.P. N° 322 SILVIA MARIANELA JARA SANCHEZ SECRETARIA JUDICIAL PRIMER JUZGADO CIVIL CAJAMARCA P.5772065 F.P. 03 Febrero S/. 3.50 2. EDICTOS CLASIFICADOS INSCRIPCIÓN Y RECTIFICACIÓN DE PARTIDAS AVISO JUDICIAL Expediente N° 0222-2016-0-0610-JP-CI-01, Ante el Juzgado de Paz Letrado de Chota -Cajamarca, el señor JULIO ALEXANDER QUINTANA QUEVEDO solicita la Rectificación de su Partida de Nacimiento inscritas en los Registros Civiles de la Municipalidad Provincial de Chiclayo; en el sentido, que el nombre de su madre se ha consignado como LILIANA QUEVEDO BRAVO cuando lo correcto debe ser LILIANA CECILIA QUEVEDO BRAVO; solicitud admitida a trámite mediante resolución número Uno, en la Vía Proceso No Contencioso; Abga. Johanna Janette López Yauri - Juez Supernumerario del Juzgado de Paz Letrado de Chota; y el señor Wilson Saldaña Chávez - Secretario Judicial; Chota trece de enero del año dos mil diecisiete.- B JOHANNA JANETTE LOPEZ YAURI JUEZ SUPERNUMERARIO JUZGADO DE PAZ LETRADO CHOTA WILSON SALDAÑA CHAVEZ SECRETARIO JUDICIAL JUZGADO DE PAZ LETRADO CHOTA P.5771276 F.P. 03 Febero S/.1.50 EDICTO JUDICIAL EXP. 032-2017-C.- Primer Juzgado de Paz Letrado Cajamarca, a solicitud de MARIA ELENA TASAYCO CASTREJON sobre RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO, se ha resuelto lo siguiente: Resolución N° UNO.- Cajamarca veintitrés de enero del dos mil diecisiete.- SE RESUELVE: ADMITIR A TRÁMITE la solicitud presentada por MARIA ELENA TASAYCO CASTREJON sobre RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO, respecto a que se ha consignado el estado civil de su señora madre María Alejandrina Castrejón Tafur como "CASADA", siendo lo correcto "SOLTERA".- Lidia Gutiérrez Catacora- Juez; Rabanal Arroyo- Secretaria. Cajamarca, 25 de enero de 2017. LIDIA GUTIERREZ CATACORA JUEZ SUPERNUMERARIO DEL PRIMER JUZGADO DE PAZ LETRADO CAJAMARCA LADY ELIZABETH RABANAL ARROYO SECRETARIA JUDICIAL PRIMER JUZGADO PAZ LETRADO - CIVIL CAJAMARCA P.5771272 F.P. 03 Febrero S/.2.00 EDICTO JUDICIAL EXP.1147-2016-C.- Primer Juzgado de Paz Letrado Cajamarca, a solicitud de EDELMIRA DEL PILAR ALFARO SANCHEZ sobre RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO, se ha resuelto lo siguiente: Resolución N° UNO.- Cajamarca catorce de noviembre del dos mil dieciséis.-SE RESUELVE: ADMITIR A TRÁMITE la solicitud presentada por EDELMIRA DEL PILAR ALFARO SANCHEZ sobre RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO, respecto a que se ha omitido consignar el segundo prenombre de su señora madre, sólo se ha consignado como: EDELMIRA SANCHEZ NARRO siendo completo y correcto: “EDELMIRA MAXIMINA SANCHEZ NARRO”.- Burga Rabanal Nilda Socorro- Juez; Rabanal Arroyo- Secretaria. Cajamarca, 18 de noviembre de 2016. LIDIA GUTIERREZ CATACORA JUEZ SUPERNUMERARIO DEL PRIMER JUZGADO DE PAZ LETRADO CAJAMARCA LADY ELIZABETH RABANAL ARROYO SECRETARIA JUDICIAL PRIMER JUZGADO PAZ LETRADO - CIVIL CAJAMARCA P.5770986 F.P. 03 Febrero S/.2.00 PRESCRIPCION ADQUISITIVA EDICTO JUDICIAL EXPEDIENTE : 282-2015-CI Juzgado Especializado Civil Permanente de la Provincia de Chota. En demanda de DULMIRA GEORGINA BRAVO MESTAZA DE VEGA; RESOLUCION NÚMERO SIETE - Chota, veintiuno de octubre de dos mil dieciséis. SE RESUELVE: ADMITIR A TRÁMITE la demanda interpuesta por DULMIRA GEORGINA BRAVO MESTANZA DE VEGA, contra SUCESION DE MÁXIMO BRAVO BRAVO Y LUZMILA MESTANZA VILLACORTA sobre PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO; en la vía del PROCESO ABREVIADO; TÉNGASE POR OFRECIDOS los medios probatorios que se indican, los anexos que adjuntan se manda agregar a los autos para los fines del proceso, córrase TRASLADO de la presente demanda a los demandados a fin de que en el plazo perentorio de DIEZ DIAS de notificada con la presente resolución la contesten, bajo apercibimiento de rebeldía (,..) AI primer otrosí: NOTIFIQUESE a la sucesión de Máximo Bravo Bravo y Luzmila Mestanza Villacorta con un extracto de la demanda mediante edictos, debiendo oficiarse para tal efecto al Diario “La República”, con la finalidad que tomen conocimiento y absuelvan el traslado de la demanda, bajo apercibimiento de nombrarse Curador Procesal en caso de incumplimiento. Chota, 10 de enero de 2017. DR. JAIME MARCELO CARRASCO TAPIA JUEZ DR. GUSTAVO ALVAREZ TRUJILLO - PRESIDENTE JUZGADO CIVIL PERMANENTE CHOTA MARINA MESTANZA MANTILLA SECRETARIA JUDICIAL JUZGADO CIVIL PERMANENTE CHOTA P.5740588 F.P. 24-30 Enero 03 Febrero S/.7.50 SUCESIÓN INTESTADA EDICTO JUDICIAL DE SUCESION INTESTADA EXP.1180-2016.-Primer Juzgado de Paz Letrado Cajamarca, en solicitud de MARCO VIRGILIO MEZA CASTILLEJO, en representación de CLEMENTE MONTESINOS GALLEGOS sobre SUCESIÓN INTESTADA de MAGDA IRIS CARDENAS RODRIGUEZ se ha resuelto lo siguiente: Resolución N° DOS.Cajamarca veinte de enero del dos mil diecisiete.- SE RESUELVE: ADMITIR A TRÁMITE la solicitud de Sucesión Intestada interpuesta por MARCO VIRGILIO MEZA CASTILLEJA, en representación de CLEMENTE MONTESINOS GALLEGOS, de la causante MAGDA IRIS CARDENAS RODRIGUEZ fallecida el 15 de agosto del 2016,en la ciudad de Cajamarca; a fin de que se lo declare como único heredero al solicitante. A efectos de quien se considere heredero pueda apersonarse al proceso dentro del plazo de treinta días.- LIDIA GUTIERREZ CATACORA-Juez; LUISMAN HAMILTON ARRIBASPLATA YGNACIO- Secretario. Cajamarca, 27 de enero del 2017 LIDIA GUTIERREZ CATACORA JUEZ SUPERNUMERARIO DEL PRIMER JUZGADO DE PAZ LETRADO CAJAMARCA Luisman H. Arribasplata Ygnacio SECRETARIO JUDICIAL PRIMER JUZGADO PAZ LETRADO CAJAMARCA P. 5770947 F.P. 03 Febrero S/.2.00 3.NOTIFICACIÓN POR EDICTOS EDICTO JUDICIAL EXP. 1233-2016-0. Primer Juzgado Especializado Civil, en la demanda interpuesta por Hilda Huamán Quijano, sobre Declaración de muerte presunta de don Segundo Julio Huamán Duran en la vía del proceso No Contencioso; se ha resuelto: Resolución Número UNO, Cajamarca, veintiuno de noviembre del dos mil dieciséis: se resolvió ADMITIR a trámite la demanda interpuesta por Hilda Huaman Quijano, sobre declaración de muerte presunta de don Segundo Julio Huamán Durán en la vía procedimental asignada al proceso NO CONTENCIOSO; CÓRRASE TRASLADO de la demanda, anexos y resolución admisoria a los señores Hilda, Oswaldo, Buenabentura y Juana Huamán Quijano así como al Ministerio Público; DISPONER se PUBLÍQUE vía edictos un extracto de la demanda por tres veces en el diario “La República” y “El Peruano” de esta ciudad, con un intervalo de tres días cada uno; NOTIFIQUESE con arreglo de ley. Cajamarca, 09 de Noviembre del 2016 Luis A. Castillo Cabrera JUEZ PRIMER JUZGADO CIVIL CAJAMARCA SILVIA MARIANELA JARA SANCHEZ SECRETARIA JUDICIAL PRIMER JUZGADO CIVIL CAJAMARCA P.5751908 F.P.30 Enero 03-09 Febrero S/.6.00 EDICTO EXP. N° 2016- 847 Quinto Juzgado de Paz Letrado Civil, Juez Dra. ANA MARÍA ELIZABETH VÁSQUEZ ALDAY, en los seguidos por la UNIVERSIDAD NACIONAL DE CAJAMARCA contra la empresa NESTLE PERÚ SA sobre INEFICACIA DE TÍTULO VALOR, se ha proveído lo siguiente: RESOLUCIÓN NUMERO DOS: Cajamarca, 22/09/16 . CONSIDERANDO: ADMITASE A TRÁMITE en la vía del proceso Sumarísimo la demanda de Ineficacia Título Valor TÉNGASE por ofrecidos los medios probatorios del solicitante, y córrase traslado por 5 días a la Entidad demandada a fin de que conteste la demanda, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde, DISPÓNGASE, al Banco de la Nación retenga los pagos a terceros ajenos al titular recurrente: PUBLIOUESE mediante edictos en el diario oficial “La República” de esta localidad, por el plazo de 5 días consecutivos.-Fdo. Dra. Vásquez, Juez y sec. Fernández. Ana Maria E. Vasquez Alday JUEZ QUINTO JUZGADO PAZ LETRADO CORTE SUPERIOR JUSTICIA CAJAMARCA GISSELL ABIGAIL FERNANDEZ YEPEZ SECRETARIA JUDICIAL QUINTO JUZGADO PAZ LETRADO CIVIL CAJAMARCA P.5770923 F.P. 06-07-08-09-10 Febrero S/.9.00 Viernes, 03 de Febrero del 2017 4. EDICTOS PENALES EDICTO PENAL JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CAJABAMBA ESPECIALISTA JUDICIAL: LUISA DANNY PAREDES LOAYZA Exp. Nro. 215 - 2016 (168 - 2016 - JUP) SE CITA Y EMPLAZA al acusado: VICTOR MARIANO ARMAS REYNA. Para hacer de su conocimiento que por resolución número seis de fecha dieciocho de enero del dos mil diecisiete, se ha declarado CONTUMAZ al acusado Víctor Mariano Armas Reyna disponiéndose su ubicación y captura a nivel Nacional y se ORDENA el archivo Provisional de la presente causa, hasta que el acusado contumaz sea ubicado y capturado; habiéndose designado como su Abogada a la defensora Pública doctora Elva Liliana Albújar Nuñez.- HAGASE PRESENTE que conforme lo dispone el artículo 79° inciso 6) del Código Procesal Penal, esta condición procesal solamente cesará con la presentación o puesta a disposición del acusado contumaz y realizadas las diligencias que requieran su intervención, en el proceso que se le sigue por delito de Omisión a la Asistencia Familiar, en agravio de Ayosani Areli Armas Morillo y otro. Suscribe el señor Juez Doctor MANUEL RAMON PAREDES GARGIA y especialista Judicial: LUISA DANNY PAREDES LOAYZA MANUEL R. PAREDES GARCIA JUEZ TITULAR JUZGADO PENAL UNIPERSONAL CAJABAMBA LUISA DANNY PAREDES LOAYZA ESPECIALISTA DE CAUSAS JUZGADO PENAL UNIPERSONAL JUZGADO PENAL LIQUIDADOR CAJABAMBA F.P. 01-02-03 Febrero EDICTO PENAL JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CAJABAMBA ESPECIALISTA JUDICIAL: LUISA DANNY PAREDES LOAYZA Exp. Nro. 294 - 2016 (201 - 2016 - JUP) SE CITA Y EMPLAZA al acusado: JOSE NOE SALDAÑA LULIQUIS. Para hacer de su conocimiento que por resolución número cinco de fecha diecisiete de enero del dos mil diecisiete, se ha declarado CONTUMAZ al acusado José Noe Saldaña Luliquis disponiéndose su ubicación y captura a nivel Nacional y se ORDENA el archivo Provisional de la presente causa, hasta que el acusado contumaz sea ubicado y capturado; habiéndose designado como su Abogada a la defensora Pública doctora Elva Liliana Albújar Nuñez.- HAGASE PRESENTE que conforme lo dispone el artículo 79° inciso 6) del Código Procesal Penal, esta condición procesal solamente cesará con la presentación o puesta a disposición del acusado contumaz y realizadas las diligencias que requieran su intervención, en el proceso que se le sigue por delito de Omisión a la Asistencia Familiar, en agravio de Miriam Elizabeth Saldaña Salazar . Suscribe el señor Juez Doctor MANUEL RAMON PAREDES GARCIA y especialista Judicial: LUISA DANNY PAREDES LOAYZA.MANUEL R. PAREDES GARCIA JUEZ TITULAR JUZGADO PENAL UNIPERSONAL CAJABAMBA LUISA DANNY PAREDES LOAYZA ESPECIALISTA DE CAUSAS JUZGADO PENAL UNIPERSONAL JUZGADO PENAL LIQUIDADOR CAJABAMBA F.P. 01-02-03 Febrero EDICTO PENAL JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CAJABAMBA ESPECIALISTA JUDICIAL: LUISA DANNY PAREDES LOAYZA Exp. Nro. 299 - 2016 (200 - 2016 - JUP) SE CITA Y EMPLAZA al acusado: TOMMY RENZO CHAVEZ PEREDA. Para hacer de su conocimiento que por resolución número cinco de fecha diecisiete de enero del dos mil diecisiete, se ha declarado CONTUMAZ al acusado Tommy Renzo Chavez Pereda disponiéndose su ubicación y captura a nivel Nacional y se ORDENA el archivo Provisional de la presente causa, hasta que el acusado contumaz sea ubicado y capturado; habiéndose designado como su Abogada a la defensora Pública doctora Elva Liliana Albújar Nuñez.- HAGASE PRESENTE que conforme lo dispone el artículo 79° inciso 6) del Código Procesal Penal, esta condición procesal solamente cesará con la presentación o puesta a disposición del acusado contumaz y realizadas las diligencias que requieran su intervención, en el proceso qué se le sigue por delito de Omisión a la Asistencia Familiar, en agravio de Renzo Andre Chávez Santos. Suscribe el señor Juez Doctor MANUEL RAMON PAREDES GARCIA y especialista Judicial: LUISA DANNY PAREDES LOAYZA.MANUEL R. PAREDES GARCIA JUEZ TITULAR JUZGADO PENAL UNIPERSONAL CAJABAMBA LUISA DANNY PAREDES LOAYZA ESPECIALISTA DE CAUSAS JUZGADO PENAL UNIPERSONAL JUZGADO PENAL LIQUIDADOR CAJABAMBA F.P. 01-02-03 Febrero EDICTO PENAL JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CAJABAMBA ESPECIALISTA JUDICIAL: LUISA DANNY PAREDES LOAYZA Exp. Nro. 290 -2016(193 - 2016 - JUP) SE CITA Y EMPLAZA al acusado: MARTIN CATALINO RODRIGUEZ AVILA. Para hacer de su conocimiento que por resolución número cinco de fecha diecisiete de enero del dos mil diecisiete, se ha declarado CONTUMAZ al acusado Martín Catalino Rodríguez Avila disponiéndose su ubicación y captura a nivel Nacional y se ORDENA el archivo Provisional de la presente causa, hasta que el acusado contumaz sea ubicado y capturado; habiéndose designado como su Abogada a la defensora Pública doctora Elva Liliana Albújar Nuñez.- HAGASE PRESENTE que conforme lo dispone el artículo 79° inciso 6) del Código Procesal Penal, esta condición procesal solamente cesará con la presentación o puesta a disposición del acusado contumaz y realizadas las diligencias que requieran su intervención, en el proceso que se le sigue por delito de Omisión a la Asistencia Familiar, en agravio de Máximo Ricardo Rodríguez Luis y otro. Suscribe el señor Juez Doctor MANUEL RAMON PAREDES GARGIA y especialista Judicial: LUISA DANNY PAREDES LOAYZA MANUEL R. PAREDES GARCIA JUEZ TITULAR JUZGADO PENAL UNIPERSONAL CAJABAMBA LUISA DANNY PAREDES LOAYZA ESPECIALISTA DE CAUSAS JUZGADO PENAL UNIPERSONAL JUZGADO PENAL LIQUIDADOR CAJABAMBA F.P. 01-02-03 Febrero EDICTO PENAL JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CAJABAMBA ESPECIALISTA JUDICIAL: LUISA DANNY PAREDES LOAYZA Exp. Nro. 301 -2016(191 -2016-JUP) SE CITA Y EMPLAZA al acusado: AMERICO ANTENOR POLO VALDERRAMA. Para hacer de su conocimiento que por resolución número cuatro de fecha diecisiete de enero del dos mil diecisiete, se ha declarado CONTUMAZ al acusado Américo Antenor Polo Valderrama, disponiéndose su ubicación y captura a nivel Nacional y se ORDENA el archivo Provisional de la presente causa, hasta que el acusado contumaz sea ubicado y capturado; habiéndose designado como su Abogada a la defensora Pública doctora Elva Liliana Albújar Nuñez.- HAGASE PRESENTE que conforme lo dispone el artículo 79° inciso 6) del Código Procesal Penal, esta condición procesal solamente cesará con la presentación o puesta a disposición del acusado contumaz y realizadas las diligencias que requieran su intervención, en el proceso que se le sigue por delito de Omisión a la Asistencia Familiar, en agravio de Nelver Ivan Polo Sánchez.Suscribe el señor Juez Doctor MANUEL RAMON PAREDES GARCIA y especialista Judicial: LUISA DANNY PAREDES LOAYZA.MANUEL R. PAREDES GARCIA JUEZ TITULAR JUZGADO PENAL UNIPERSONAL CAJABAMBA LUISA DANNY PAREDES LOAYZA ESPECIALISTA DE CAUSAS JUZGADO PENAL UNIPERSONAL JUZGADO PENAL LIQUIDADOR CAJABAMBA F.P. 01-02-03 Febrero EDICTO PENAL TERCER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL – FLAGRANCIA DE CAJAMARCA Expediente N° 1612-2016-1- 0601-JR-PE-02 RESOLUCIÓN N° SEIS: CITAR A LA AUDIENCIA ÚNICA DE JUICIO INMEDIATO, la que se realizará el día DIEZ DE FEBRERO DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE, A HORAS NUEVE DE LA MAÑANA, en la Sala de Audiencias del Tercer Juzgado Unipersonal de Flagrancia, ubicado en la NUEVA SEDE DE LOS JUZGADOS DE FLAGRANCIA – Primer Piso- Urbanización Villa Universitaria Cajamarca. NOTIFICAR al acusado DUVER ENRIQUE MARTOS LOPEZ, mediante EDICTOS JUDICIALES; bajo apercibimiento de ser declarado CONTUMAZ, en caso de inconcurrencia injustificada, ordenándose su ubicación y conducción compulsiva a nivel nacional por la fuerza policial, disponiéndose el archivo provisional del proceso. En los seguidos en su contra, por el PRECIO POR PALABRA: S/. 0.01 INC. IGV 3 delito contra la Familia, en su modalidad de Omisión a la Asistencia Familiar, en agravio de sus hijas Brígida Aracely y Maribel Roxana Martos Valiente. Suscribe el señor Juez Leoncio Cachi Ramírez, y la Especialista Judicial Medalyt Silva Díaz. Medalyt Silva Díaz - Especialista Judicial de Causas del Tercer Juzgado Unipersonal - Flagrancia de Cajamarca F.P. 01-02-03 Febrero EDICTO PENAL SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE CAJAMARCA Especialista Judicial : MARCIA DENYS ÁLVAREZ FIGUEROA Expediente N°: 01034-2016-1-0601-JR-PE-02 DECISIÓN: En atención a lo expuesto y de conformidad con la normatividad antes glosada; éste Despacho RESUELVE: NOTIFICAR al sentenciado CHRISTIAN GODOFREDO AMBROSIO VASQUEZ, en la causa seguida en su contra por el delito de Omisión de Asistencia Familiar en agravio de A.A.A.E. con un extracto de la Resolución N° 13, en la cual a tenor literal se dispone: “1. PROCEDASE con la ejecución de la sentencia de fecha 13 de octubre de 2016. 2. REQUIÉRASE al sentenciado CHRISTIAN GODOFREDO AMBROSIO VASQUEZ cumpla de manera oportuna con las reglas de conducta impuestas en la mencionada sentencia, ello bajo apercibimiento de proceder conforme a lo indicado en dicha resolución. 3. OFICIESE a la Oficina de Tratamiento de Medio Libre y Penas Limitativas de Derechos del INPE, a fin coordinar la Unidad Ejecutoria en la cual el sentenciado cumplirá con las CIENTO OCHENTA JORNADAS DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS COMUNITARIO. OFICIESE con tal fin, debiendo adjuntarse copia certificada de la sentencia de autos. 4. REMÍTASE las carpetas del expediente judicial y el cuaderno de proceso inmediato a la Unidad de Custodia del Módulo Procesal Penal para su ARCHIVO DEFINITIVO, en el modo y forma de ley; debiendo de oficiarse con tal fin”. Sandra Milagros Sosa Alarcon JUEZ TITULAR Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria Cajamarca F.P. 01-02-03 Febrero EDICTO PENAL SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE CAJAMARCA Especialista Judicial : MARCIA DENYS ÁLVAREZ FIGUEROA Expediente N°: 02060-2016-0-0601-JR-PE-02 DECISIÓN: En atención a lo expuesto y de conformidad con la normatividad antes glosada; éste Despacho RESUELVE: NOTIFICAR al sentenciado JUAN CARLOS RODRÍGUEZ SORIANO, en la causa seguida en su contra por el delito de Conducción en Estado de Ebriedad en agravio de LA SOCIEDAD con un extracto de la Resolución N° 03, en la cual a tenor literal se dispone: “1. DECLARAR CONSENTIDA la sentencia de fecha 07 de diciembre de 2016; en consecuencia. 2. PROCEDASE a la EJECUCION DE SENTENCIA. 3. REQUIÉRASE al sentenciado RODRÍGUEZ SORIANO, JUAN CARLOS, cumpla de manera oportuna con las reglas de conducta impuestas en la mencionada sentencia, ello bajo apercibimiento de proceder conforme a lo indicado en dicha sentencia, 4. REMÍTASE el boletín a la Oficina Distrital de Registro Condenas, OFICIÁNDOSE con tal objeto 5. TÉNGASE por consignada la suma de S/. 595.50 (Quinientos Noventa y cinco con 50/100 nuevos soles) mediante los Depósitos Judiciales Electrónicos N° 2016076107744 y 2016076107745 (el primero por el monto de S/.592.00 soles y el segundo S/. 3.50 soles) por concepto de pago de reparación civil. Notifíquese.-”. Sandra Milagros Sosa Alarcon JUEZ TITULAR Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria Cajamarca F.P. 01-02-03 Febrero EDICTO INVESTIGACION N° 715-2015-QDECMA-C. La Magistrada FERNANDA BAZAN SANCHEZ, Jefe de la Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura ODECMACajamarca, ha ordenado se NOTIFIQUE, al señor Uriel Serrano Lingán, con un extracto de la resolución número UNO y TRES, de fechas siete de diciembre del año dos mil quince y quince de agosto del año dos mil dieciséis, expedida dentro de la Investigación N° 715-2015-ODECMA-C, cuyo tenor es como sigue: RESOLUCION UNO: RESUELVE DECLARAR INADMISIBLE, la queja interpuesta y conceder un plazo no mayor de cinco días hábiles para subsanar las omisiones advertidas, bajo apercibimiento de rechazarse la misma y tenerse por no presentada. 4 DR. GUSTAVO ALVAREZ TRUJILLO - PRESIDENTE RESOLUCION TRES: RESUELVE NOTIFÍQUESE al señor Uriel Serrano Lingán mediante Edictos en el diario oficial "El Peruano" y en el diario oficial de esta Corte de Justicia de Cajamarca, las resoluciones emitidas en el presente proceso para los fines que corresponda; con la finalidad de no vulnerar su derecho de defensa. Cajamarca, 20 de Diciembre del 2016. FERNANDA E. BAZAN SANCHEZ JEFE DE LA ODECMA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA CAJAMARCA F.P. 01-02-03 Febrero EDICTO PENAL Exp. N° 1174-2016-0-0601-JR-PE-04 CUARTO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CAJAMARCA Especialista: RICHARD ALEXANDER CABRERA VILLA Se cita y emplaza al imputado: MILLER MARROBER ZAFRA HUAMAN. Mediante resolución número cuatro el señor Juez disponer HACER EFECTIVO el apercibimiento decretado en la resolución número tres de fecha treinta de setiembre del dos mil dieciséis. DESIGNAR defensor público a fin de que ejerza la defensa técnica del imputado MILER MARROBER ZAFRA HUAMÁN, debiendo para tal efecto; OFICIARSE a la Oficina de la Defensoría Pública para tal fin, adjuntando copia de la presente resolución y del requerimiento de sobreseimiento; CORRER TRASLADO del requerimiento de sobreseimiento a los demás sujetos procesales por el plazo perentorio de 10 DÍAS UTILES, a efectos de que de creerlo conveniente, puedan por escrito: a) Formular oposición a la solicitud de archivo, la misma que, bajo sanción de inadmisibilidad, deberá estar debidamente fundamentada; y, b) Puedan solicitar la realización de actos de investigación adicionales, indicando su objeto y los medios de investigación que considere procedentes; todo ello con el objeto de ser debatido en la Audiencia Preliminar de Control de Sobreseimiento. COMUNIQUESE que la carpeta fiscal original se encuentra en el Pool de Especialistas Judiciales de los Juzgados de Investigación Preparatoria, para los fines que correspondan, la misma que deberá correr como ACOMPAÑADO a la presente carpeta, manteniendo su foliación NOTIFÍQUESE por intermedio de EDICTOS en el diario oficial de esta Corte, Diario “La República” por el lapso de tres días, para conocimiento del imputado; OFICIÁNDOSE con tal fin.. Cajamarca, 27 de enero del 2017 EDUARDO RAMON UCEDA FLORES JUEZ PENAL TITULAR 4° JUZGADO INVESTIGACION PREPARATORIA-N.C.P.P. CAJAMARCA F.P. 01-02-03 Febrero EDICTO PENAL TERCER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CAJAMARCA ESPECIALISTA JUDICIAL: KARIN VIGO PORTAL Exp. 00084-2017-0-0601-JR-PE-03 SE HA DADO CUENTA con el Requerimiento de Acusación Directa presentado por la Fiscal Provincial de la Tercera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Cajamarca; en tal sentido, AGRÉGUESE a los autos y conforme se evidencia de los actuados que se acompañan el requerimiento acusatorio, el acusado no tiene abogado defensor, se deberá requerir designe defensor de su libre elección, a fin de no vulnerar su derecho de defensa, teniéndose que RESERVAR el proveído del requerimiento, en consecuencia REQUIÉRASE al acusado EMILIO VERA CHICOMA, para que en el plazo de un DÍA DE NOTIFICADO, designe abogado defensor de su libre elección, bajo apercibimiento de designar defensor público en caso de incumplimiento. Suscribe el señor Juez: ABANTO QUEVEDO MARIO, y la especialista judicial: KARIN VIGO PORTAL F.P. 01-02-03 Febrero EDICTO PENAL TERCER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CAJAMARCA ESPECIALISTA JUDICIAL: KARIN VIGO PORTAL Exp. 1605-2015-0-0601-JR-PE-03 SE RESUELVE: 1.- CITAR A AUDIENCIA DE CONTROL DE ACUSACION , en el presente proceso, que se realizará en ACTO PÚBLICO el día 06 DE MARZO DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE, a las 11:00 AM , la misma que se llevará a cabo en la Sala de Audiencias N° DOS – 2Do. Piso, de la Corte Superior de Justicia de Cajamarca, ubicada en la Av. La Cantuta cdra. 12, Urb. Villa Universitaria, frente al Complejo Qhapac Ñan (edificio de 9 pisos, con vidrios reflectivos). Debiendo el acusado VASQUEZ ROJAS CARLOS, concurrir obligatoriamente a la audiencia señalada. En los seguidos en su contra por el delito Viernes, 03 de Febrero del 2017 de FALSEDAD IDEOLOGICA Y OTRO, en agravio del ESTADO (RENIEC). Suscribe el señor Juez: ABANTO QUEVEDO MARIO, y la especialista judicial: KARIN VIGO PORTAL F.P. 01-02-03 Febrero EDICTO PENAL QUINTO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CAJAMARCA ESPECIALISTA JUDICIAL: LORENA IBETH CARRIÓN ROJAS Exp. 01797-2015-1-0601-JR-PE-05 SE RESUELVE: 1.- VOLVER A CITAR A JUICIO ORAL, en el presente proceso, que se realizará en ACTO PÚBLICO el día JUEVES NUEVE DE MARZO DE DOS MIL DIECISIETE, a las CUATRO DE LA TARDE, la misma que se llevará a cabo en la Sala de Audiencias número cuatro (04) – 6to. Piso, de la Corte Superior de Justicia de Cajamarca, ubicada en la Av. La Cantuta cdra. 12, Urb. Villa Universitaria, frente al Complejo Qhapac Ñan (edificio de 9 pisos, con vidrios reflectivos). Debiendo el acusado JHORDANO MORENO JANAMPA, identificado con DNI N° 48332493, concurrir obligatoriamente a la audiencia señalada, bajo apercibimiento de ser declarado CONTUMAZ, en caso de inconcurrencia, ordenándose su ubicación y conducción compulsiva a nivel nacional por la fuerza policial, disponiéndose el archivo provisional del proceso. En los seguidos en su contra por el delito contra el patrimonio, en la modalidad de hurto agravado, en agravio de Lorenzo Mosqueira Soto. Suscribe el señor Juez: Domingo Alvarado Luis, y la especialista judicial: Lorena Ibeth Carrión Rojas. F.P. 01-02-03 Febrero EDICTO PENAL QUINTO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CAJAMARCA ESPECIALISTA JUDICIAL: LORENA IBETH CARRIÓN ROJAS Exp. 01797-2015-1-0601-JR-PE-05 SE RESUELVE: 1.- VOLVER A CITAR A JUICIO ORAL, en el presente proceso, que se realizará en ACTO PÚBLICO el día JUEVES NUEVE DE MARZO DE DOS MIL DIECISIETE, a las CUATRO DE LA TARDE, la misma que se llevará a cabo en la Sala de Audiencias número cuatro (04) – 6to. Piso, de la Corte Superior de Justicia de Cajamarca, ubicada en la Av. La Cantuta cdra. 12, Urb. Villa Universitaria, frente al Complejo Qhapac Ñan (edificio de 9 pisos, con vidrios reflectivos). Debiendo el acusado WALTER MENDOZA HUATAY, identificado con DNI N° 72940490, concurrir obligatoriamente a la audiencia señalada, bajo apercibimiento de ser declarado CONTUMAZ, en caso de inconcurrencia, ordenándose su ubicación y conducción compulsiva a nivel nacional por la fuerza policial, disponiéndose el archivo provisional del proceso. En los seguidos en su contra por el delito contra el patrimonio, en la modalidad de hurto agravado, en agravio de Lorenzo Mosqueira Soto. Suscribe el señor Juez: Domingo Alvarado Luis, y la especialista judicial: Lorena Ibeth Carrión Rojas. F.P. 01-02-03 Febrero EDICTO EXP. N° 514-2016-F, ante el Juzgado Mixto de la Provincia de Cajabamba, que despacha la Señorita Juez EDITH MARGARITA TRILLO ESPINOZA, Juez Titular del Juzgado Mixto de la Provincia de Cajabamba, en el Proceso seguido por el Señor JORGE LUIS LINIAN PÉREZ, en contra de REINA HUANCAS CHANTA, sobre TENENCIA, CUSTODIA Y ALIMENTOS, en favor de los menores LUIS ALEJANDRO LINIAN HUANCAS Y LUIS ANGEL LINIAN HUANCAS se publica lo siguiente: RESOLUCIÓN NÚMERO: UNO, de fecha dos de noviembre del año dos mil dieciséis, en la cual se ADMITE, a trámite en la vía de PROCESO ÚNICO la Demanda de TENENCIA, CUSTODIA Y ALIMENTOS en la suma de Quinientos Soles mensuales a razón de Doscientos Cincuenta soles a favor de los menores LUIS ALEJANDRO LINIAN HUANCAS de 07 años de edad y de LUIS ANGEL LINIAN HUANCAS de 04 años de edad, interpuesta por JORGE LUIS LINIAN PÉREZ en contra de REINA HUANCAS CHANTA a favor de los menores LUIS ANGEL LINIAN HUANCAS Y LUIS ALEJANDRO LINIAN HUANCAS; A fin de que la Demandada REINA HUANCAS CHANTA dentro del plazo de CINCO DIAS de notificada, CUMPLA con apersonarse a éste Juzgado Mixto de la Provincia de Cajabamba y absuelva el traslado de la Demanda incoada en su contra, bajo apercibimiento en caso de no hacerlo, de nombrársele CURADOR PROCESAL Los mismos que serán publicados en el Diario Oficial La República y en la Cartilla Oficial del Juzgado Mixto de la Provincia de Cajabamba. PUBLIQUESE un extracto de la presente resolución por el termino perentorio de TRES DÍAS CONSECUTIVOS de la publicación. NOTIFICANDOSE DRA. EDITH MARGARITA TRILLO ESPINOZA JUEZ TITULAR DEL JUZGADO MIXTO DE CAJABAMBA. Dra. SOFIA JANNET TORRES REQUEJO. SECRETARIA DEL JUZGADO MIXTO DE CAJABAMBA. Cajabamba, 27 de Enero del 2017. Edith Margarita Trillo Espinoza JUEZ JUZGADO MIXTO CAJABAMBA Sofía Jannet Torres Requejo SECRETARIA JUDICIAL JUZGADO MIXTO CAJABAMBA F.P. 02-03-06 Febrero EDICTO EXP. N° 026-2017-F, ante el Juzgado Mixto de la Provincia de Cajabamba, que despacha la Señorita Juez EDITH MARGARITA TRILLO ESPINOZA, Juez Titular del Juzgado Mixto de la Provincia de Cajabamba, en el Proceso seguido por el MINISTERIO PÚBLICO – FISCALÍA PROVINCIAL CIVIL Y DE FAMILIA DE LA PROVINCIA DE CAJABAMBA, en contra de la Adolescente Investigada DONATILA YOHANA VERA RUIZ, sobre INFRACCIÓN A LA LEY PENAL, en agravio de YENI NATALI JULCAMORO BENITES se publica lo siguiente: RESOLUCIÓN NÚMERO: UNO, de fecha trece de enero del año dos mil diecisiete, en la cual se APERTURA INVESTIGACIÓN a favor de la Adolescente DONATILA YOHANA VERA RUIZ de 15 años de edad, por la presunta comisión del ACTO INFRACTOR a la Ley Penal considerado como faltas contra la persona en agravio de YENI NATALI JULCAMORO BENITES; A fin de que la Adolescente Investigada DONATIAL YOHANA VERA RUIZ dentro del plazo de CINCO DIAS de notificada, CUMPLA con apersonarse a éste Juzgado Mixto de la Provincia de Cajabamba en compañía de sus Señores Padres Máximo Celedonio Vera Llajaruna y María Celestina Ruíz Salvador, bajo apercibimiento en caso de no hacerlo de DECLARÁRSELE CONTUMAZ; Los mismos que serán publicados en el Diario Oficial La República y en la Cartilla Oficial del Juzgado Mixto de la Provincia de Cajabamba. PUBLIQUESE un extracto de la presente resolución por el termino perentorio de TRES DÍAS CONSECUTIVOS de publicación. NOTIFICANDOSE DRA. EDITH MARGARITA TRILLO ESPI- PRECIO POR PALABRA: S/. 0.01 INC. IGV NOZA JUEZ TITULAR DEL JUZGADO MIXTO DE CAJABAMBA. Dra. SOFIA JANNET TORRES REQUEJO. SECRETARIA DEL JUZGADO MIXTO DE CAJABAMBA. Cajabamba, 31 de Enero del 2017. Edith Margarita Trillo Espinoza JUEZ JUZGADO MIXTO CAJABAMBA Sofía Jannet Torres Requejo SECRETARIA JUDICIAL JUZGADO MIXTO CAJABAMBA F.P. 02-03-06 Febrero EDICTO JUDICIAL En el Tercer Juzgado Especializado de Familia, que despacha la Magistrada HENA LILIAM MERCADO CALDERON, en el Exp. N° 6-2017 seguido por el MINISTERIO PUBLICO contra MARIELA SILVESTRE CULQUE sobre INVESTIGACION TUTELAR - SITUACION DE RIESGO; la magistrada ha expedido la Resolución Número UNO de fecha nueve de enero del año dos mil diecisiete; AUTOS Y VISTOS: SE RESUELVE ADMITIR a trámite la pretensión interpuesta por el MINISTERIO PUBLICO, sobre INVESTIGACION TUTELAR - SITUACION DE RIESGO; debiendo sustanciarse en la vía procedimental correspondiente al proceso Tutelar en consecuencia NOTIFIQUESE a la señora MARIELA SILVESTRE CULQUE en agravio de la menor JACKELINE SILVESTRE CULQUE sobre sobre INVESTIGACION TUTELAR - SITUACION DE RIESGO, TRASLADO de la demanda a la señora MARIELA SILVESTRE CULQUE, se apersone al proceso y absuelva el traslado de la demanda; NOTIFIQUESELE mediante edicto, PUBLIQUESE los edictos en el diario local “la República” por el termino de DOS días hábiles, se adjunta una transcripción sumaria de la presente resolución. LILIAM MERCADO CALDERON JUEZ TITULAR TERCER JUZGADO DE FAMILIA CAJAMARCA FLOR MARRUFO MUÑOZ SECRETARIA JUDICIAL TERCER JUZGADO DE FAMILIA CAJAMARCA F.P. 01-03 Febrero
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