immo.n..~1~ Proyecto de Ley N0)00 J9_0 16 - eR CONGRESO DE LA REPUBLICA ÁREA DE TRAMITE DOCUMENTARIO 01 MAR 2 El Congresista de la República ELÍAS NICOLÁS RODRÍGUEZ ZA ETA en representación de la Célula Parlamentaria Aprista, amparado en el derecho de iniciativa legislativa que le concede el artículo 107° de la Constitución Política del Perú, así como los artículos 75° y 76° del Reglamento del Congreso de la República, presenta el siguiente Proyecto de Ley: LEY QUE ESTABLECE NUEVO PLAZO PARA AUTORIZAR LA TRANSFERENCIA DE RECURSOS A LOS GOBIERNOS REGIONALES Y LOCALES, PARA LA EJECUCION DE PROYECTOS DE INVERSION PUBLICA. Artículo 1°. Autorizase de manera excepcional al Fondo de Promoción a la Inversión Pública Regional y Local (FONIPREL), creado en la Ley 28939 e implementado mediante la Ley 29125, a retirar la suspensión previamente efectuada sobre los recursos entregados y suspendidos como consecuencia de la perdida de vigencia de su uso, o a entregar el monto restante de cofinanciamiento con recursos procedentes de los extornos realizados previamente en razón a los convenios suscritos y que se encuentran en la cuenta de referido fondo, según corresponda, a efectos de dar continuidad a los convenios para el cofinanciamiento de proyectos de inversión pública correspondientes a los concursos del año 2014 de dicho fondo, siempre que dichos proyectos se encuentren en ejecución, incluyendo la prórroga del plazo del uso de los recursos correspondientes al cofinanciamiento del fondo. El consejo Directivo del FONIPREL debe aprobar los nuevos cronogramas de ejecución que presenten los gobiernos regionales y gobiernos locales respectivos, previo a la autorización para la disposición de los recursos mencionados en el párrafo precedente. Lo dispuesto en el presente artículo, se regula conforme a las normas del FONIPREL, a las bases del concurso FONIPREL 2014, según corresponda, y a los referidos convenios en los aspectos que resulta de aplicación, así como conforme a los acuerdos que para tales fines pudiera tomar el consejo directivo del FONIPREL. CONGRESO LA MOUbLIQ • a., ivn "de¡ 201 ~rii Según la consulta reallzada de conformidad g@n e Artículo 771 do( Reglame,t del Con, d li República: pase la Propoclón N/p §u esiudio y dictamen, a la) Comisun (e) e 1 ••SSt•tSflflS..................O...fl.. ... . t •'n;nnnu::.. ............. ........... • 000 P. CEVACØIEDi Oficlifi 4or CONGRESO DP(A REPUBLI
© Copyright 2024