El Peruano / Viernes 3 de marzo de 2017 NORMAS LEGALES 39 VISTOS: Los oficios del Nº 1731-2017-P-CSJCL/PJ al 1747-2017-P-CSJCL/PJ, remitidos por el Despacho de la Presidencia de esta Corte Superior de Justicia del Callao a todos los señores Jueces Superiores Titulares de este Distrito Judicial, con la finalidad de que tengan a bien manifestar su interés de asumir o caso contrario declinar a la Dirección de la Escuela de Formación Jurisdiccional. CONSIDERANDO: Designan Directora y ratifican Secretaria de la Escuela de Formación Jurisdiccional de la Corte Superior de Justicia del Callao CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL CALLAO RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA DE PRESIDENCIA NO 137-2017-P-CSJCL/PJ Callao, 1 de marzo de 2017 Que, en aplicación del numeral 3) del artículo 90º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, es atribución del Presidente de la Corte Superior de Justicia dirigir la aplicación de la política del Poder Judicial en su respectivo Distrito judicial, con la finalidad de brindar un eficiente servicio de administración de justicia en beneficio de los justiciables. Que, de acuerdo al Reglamento creado por Resolución Administrativa Nº 075-2009-P-CSJCL/PJ, se establece que la finalidad primordial de la Escuela de Formación Jurisdiccional es mejorar el servicio de apoyo del personal administrativo y jurisdiccional para que los magistrados de todos los niveles y especialidades cuenten con personal idóneo en el desarrollo de sus actividades conforme a las exigencias de esta Institución, incidiendo fundamentalmente en el reforzamiento del aspecto académico y motivacional de los alumnos, que permita brindar a los usuarios el servicio que trasunte y exprese en su prestación eficacia y eficiencia. Que, a la fecha, habiendo sido elegido Presidente de esta Corte Superior de Justicia para el periodo 2017 – 2018, y teniendo en cuenta las actuaciones y logros de la Escuela mencionada en años anteriores y con la finalidad de continuar con la formación, capacitación y perfeccionamiento de los señores magistrados, personal jurisdiccional y administrativo, resulta necesaria la designación del señor Magistrado que asumirá la Dirección del Centro de Capacitación, órgano encargado de la ejecución y desarrollo del Plan de Trabajo Anual de esta Corte Superior de Justicia, aprobado por Resolución Administrativa Nº043-2017-P-CSJCL/PJ de fecha 17 de enero del presente año. Que, conforme a las atribuciones y funciones conferidas a la Presidencia de esta Corte, se consideró necesario invitar mediante oficio a todos los señores Jueces Superiores Titulares de este Distrito judicial a fin manifestar su interés de asumir o caso contrario declinar a la Dirección de la Escuela de Formación Jurisdiccional. Que, siendo así, el Despacho de la Presidencia recibió comunicación expresa de los señores Jueces Superiores Titulares: Víctor Roberto Obando Blanco, Yrma Flor Estrella Cama y Emperatriz Elizabeth Pérez Castillo, manifestando su aceptación de asumir dicho cargo. Que, en mérito al artículo 221º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial y la Resolución Administrativa Nº 262-2016-CE-PJ del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de fecha 05 de octubre de 2016, se establece el Cuadro de Antigüedad de los señores Jueces Superiores Titulares del País, por lo que dichos instrumentos legales servirán, en el presente caso, para la designación del Director de la Escuela de Formación Jurisdiccional respetando escrupulosamente dicho Cuadro de Antigüedad de los Jueces Superiores Titulares, más aun teniendo en cuenta la gentil aceptación para ejercer tan digno cargo de los señores Jueces Superiores Titulares mencionados en el párrafo que antecede, voluntad de trabajar al servicio de nuestra querida Corte Superior de Justicia del Callao que el suscrito agradece y valora profundamente. Que, estando a lo expuesto, la Presidencia de esta Corte Superior de Justicia designa a la señora Doctora Yrma Flor Estrella Cama, como Directora de la Escuela de Formación Jurisdiccional, a fin de iniciar la ejecución del Plan de Trabajo 2017. En consecuencia, en uso de las facultades conferidas a los Presidentes de Corte en sus numerales 3 y 9 del artículo 90o del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. 40 NORMAS LEGALES SE RESUELVE: Artículo Primero.- DESIGNAR a la señora Juez Superior Titular YRMA FLOR ESTRELLA CAMA, como DIRECTORA de la Escuela de Formación Jurisdiccional de la Corte Superior de Justicia del Callao, a partir de la fecha y hasta que se dicte disposición en contrario. Artículo Segundo.- RATIFICAR a la señorita Abogada Brenda Ventura Saavedra, como SECRETARIA de la Escuela de Formación Jurisdiccional de la Corte Superior de Justicia del Callao, a partir de la fecha y hasta que se dicte disposición en contrario. Artículo Tercero.- DISPONER que la Gerencia de Administración de esta Corte Superior, de la Oficina de Administración y Finanzas Distrital, preste el apoyo necesario de acuerdo a su competencia, para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente resolución. Artículo Cuarto.- PÓNGASE la presente resolución en conocimiento de la Presidencia del Poder Judicial, del Presidente del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, del Centro de Investigaciones Judiciales, de los señores Magistrados de esta Corte Superior, de la Oficina de Administración Distrital y de la Oficina Distrital de Imagen Institucional. Viernes 3 de marzo de 2017 / El Peruano No obstante, mediante Resolución Nº 0006-2017-JNE, del 6 de enero de 2017 (fojas 85 a 87), este Supremo Tribunal Electoral declaró nulo el acto de notificación del Acuerdo de Consejo Regional Nº 150-2016-GOB.REG.-HVCA/CR, del 1 de diciembre de 2016, dirigido a Robert Juan Rojas Meza, que declaró su vacancia en el cargo de consejero regional y requirió que, dentro del plazo de tres días hábiles, luego de notificado el pronunciamiento, se notifique al consejero cuestionado, respetando las formalidades previstas en los artículos 21 y siguientes de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General. Asimismo, para que, transcurrido el plazo de ocho días hábiles establecido en el artículo 30 de la LOGR, remitan los respectivos cargos de notificación y la constancia que declara consentido el acuerdo adoptado, en caso de que no haya sido materia de impugnación, o, en caso contrario, eleven el expediente administrativo de vacancia. Así, con fecha 8 de febrero de 2017, mediante Oficio Nº 009-2017/GOB.REG.HVCA/CR (fojas 92), Lucha Anyosa Escobar, presidenta del Consejo Regional, remite documentos en cumplimiento de lo señalado en la resolución indicada. CONSIDERANDOS Regístrese, comuníquese, cúmplase, y archívese. WALTER BENIGNO RIOS MONTALVO Presidente 1492306-1 ORGANISMOS AUTONOMOS JURADO NACIONAL DE ELECCIONES Convocan a ciudadana para que asuma cargo de consejera regional del Gobierno Regional de Huancavelica por la provincia de Churcampa RESOLUCIÓN Nº 0069-2017-JNE Expediente Nº J-2016-01451-C01 HUANCAVELICA CONVOCATORIA DE CANDIDATO NO PROCLAMADO Lima, diez de febrero de dos mil diecisiete VISTOS la solicitud de convocatoria de candidato no proclamado presentada por la Presidecia del Consejo Regional de Huancavelica, recibida el 22 de diciembre de 2016, debido a que se declaró la vacancia del consejero regional Robert Juan Rojas Meza, por la causal prevista en el artículo 30, numeral 5, de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, así como los Oficios Nº 001-2017/GOB.REG. HVCA/CR y Nº 009-2017/GOB.REG.HVCA/CR, recibidos el 3 de enero y 8 de febrero de 2017, respectivamente. ANTECEDENTES A través del Acuerdo de Consejo Regional Nº 1502016-GOB.REG.-HVCA/CR, del 1 de diciembre de 2016 (fojas 4 y 5) adoptado en la sesión extraordinaria de la misma fecha (fojas 81 a 82), el Consejo Regional del Gobierno Regional de Huancavelica declaró, por unanimidad, la vacancia de Robert Juan Rojas Meza, en el cargo de consejero regional por la provincia de Churcampa, por la causal de inasistencia injustificada al Consejo Regional, a tres (3) sesiones consecutivas o cuatro (4) alternadas durante un (1) año, prevista en el artículo 30, numeral 5, de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales (en adelante LOGR). Mediante Oficio Nº 057-2016/GOB.REG.HVCA/ CR (fojas 1), Diógenes Anccasi Martínez, presidente del Consejo Regional de Huancavelica, solicitó la convocatoria de candidato no proclamado. 1. De conformidad con lo establecido en el artículo 30 de la LOGR, la vacancia es declarada por el Consejo Regional, dando observancia al debido proceso y el respeto al ejercicio del derecho de defensa, por la mayoría del número legal de sus miembros para el caso de Consejeros Regionales, decisión que puede apelarse dentro de los ocho días siguientes de la notificación. 2. En este caso, se verifica que el consejero regional Robert Juan Rojas Meza no asistió a las sesiones ordinarias del 19 de agosto (fojas 11 a 20), 5 de setiembre (fojas 21 a 28), 20 de setiembre (29 a 34), 5 de octubre (fojas 35 a 43) y 18 de octubre de 2016 (fojas 44 a 50). 3. Ahora bien, en la sesión extraordinaria del 1 de diciembre de 2016 (fojas 81 y 82), el Consejo Regional de Huancavelica declaró la vacancia del referido consejero, debido a que incurrió en la causal contemplada en el artículo 30, numeral 5, de la LOGR. Esta decisión se notificó válidamente a la autoridad afectada el 23 de enero de 2017 (fojas 94). 4. Asimismo, a fojas 93, obra la Resolución Nº 03, del 6 de febrero de 2017, emitida por Lucha Anyosa Escobar, en su calidad de presidenta del Consejo Regional de Huancavelica, que declaró consentido el acuerdo de consejo que aprobó la vacancia, por haber transcurrido los ocho días hábiles sin haber interpuesto medio impugnatorio. 5. En consecuencia, corresponde declarar la vacancia de Robert Juan Rojas Meza y convocar a su accesitaria, Inés Catalina Toro Arroyo, identificada con Documento Nacional de Identidad Nº 46077803, candidata no proclamada de la organización política Movimiento Regional Independiente Trabajando para Todos, para que asuma el cargo de consejera regional del Gobierno Regional de Huancavelica por la provincia de Churcampa, a fin de completar el número de integrantes del referido consejo por el periodo 2015-2018. 6. Dicha convocatoria se realiza de acuerdo con el acta de proclamación de resultados, de fecha 3 de diciembre de 2014, emitida por el Jurado Electoral Especial de Huancavelica, con motivo de las elecciones regionales del año 2014. Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE Artículo Primero.- DEJAR SIN EFECTO la credencial otorgada a Robert Juan Rojas Meza, como consejero regional del Gobierno Regional de Huancavelica por la provincia de Churcampa, emitida con motivo de las elecciones regionales del año 2014. Artículo Segundo.- CONVOCAR a Inés Catalina Toro Arroyo, identificada con Documento Nacional de Identidad Nº 46077803, para que asuma el cargo de consejera regional del Gobierno Regional de Huancavelica por la provincia de Churcampa, a fin de completar el periodo de
© Copyright 2024