LA GACETA N° 42 de la fecha 28 02 2017

CARLOS
ALBERTO
RODRIGUEZ
PEREZ
(FIRMA)
La Uruca, San José, Costa Rica, martes 28 de febrero del 2017
AÑO CXXXIX
Nº 42
36 páginas
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Firmado
digitalmente por
CARLOS ALBERTO
RODRIGUEZ
PEREZ (FIRMA)
Fecha: 2017.02.27
15:17:29 -06'00'
Pág 2
La Gaceta Nº 42 — Martes 28 de febrero del 2017
CONTENIDO
Pág
Nº
PODER EJECUTIVO
Decretos.................................................................... 2
DOCUMENTOS VARIOS........................................ 3
TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES
Edictos..................................................................... 22
Avisos...................................................................... 22
CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA............... 22
REMATES................................................................ 25
INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS........ 26
RÉGIMEN MUNICIPAL........................................ 32
AVISOS..................................................................... 32
NOTIFICACIONES................................................ 34
PODER EJECUTIVO
DECRETOS
N° 40165-H
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y EL MINISTRO DE HACIENDA
Con fundamento en las atribuciones que les confieren los
artículos 140 incisos 3) y 18) y 146 de la Constitución Política;
los artículos 25 inciso 1), 27 inciso 1) y 28 inciso 2) acápite b)
de la Ley N° 6227, Ley General de la Administración Pública
de 2 de mayo de 1978 y sus reformas; la Ley N° 8131, Ley de la
Administración Financiera de la República y Presupuestos Públicos
de 18 de setiembre de 2001 y sus reformas; su Reglamento, el
Decreto Ejecutivo N° 32988-H-MP-PLAN de 31 de enero de 2006
y sus reformas; la Ley N° 7317, Ley de Conservación de la Vida
Silvestre de 30 de octubre de 1992 y sus reformas; la Ley N° 7575,
Ley Forestal de 13 de febrero de 1996 y sus reformas; la Ley N°
7554, Ley Orgánica del Ambiente del 4 de octubre de 1995 y sus
reformas; la Ley N° 6084 de 24 de agosto de 1977 y sus reformas; la
Ley N° 5417, Ley de Emisión de Monedas Conmemorativas sobre
Conservación de la Naturaleza de 14 de noviembre de 1973 y su
reforma; la Ley N° 7788, Ley de Biodiversidad de 30 de abril de
1998 y sus reformas; el Decreto Ejecutivo N° 32452-H de 29 de
junio de 2005 y sus reformas; y el Decreto Ejecutivo N° 39613-H de
3 de marzo de 2016.
Considerando:
I.—Que mediante la Ley N° 7788, publicada en La Gaceta
N° 101 de 27 de mayo de 1998 y sus reformas, se crea el Sistema
Nacional de Áreas de Conservación (SINAC) como un sistema de
gestión y coordinación institucional, desconcentrado y participativo,
que integrará las competencias en materia forestal, vida silvestre,
áreas protegidas y el Ministerio del Ambiente y Energía, con el fin
de dictar políticas, planificar y ejecutar procesos dirigidos a lograr la
sostenibilidad en el manejo de los recursos naturales de Costa Rica.
Lic. Carlos Alberto Rodríguez Pérez
director general iMprenta nacional
director eJecUtiVo JUnta adMinistratiVa
Carmen Muñoz Quesada
Ministerio de gobernación y policía
II.—Que mediante el oficio SINAC-DE-1757-2016 de 20
de octubre de 2016, el Director Ejecutivo a. i. del Sinac solicitó
incrementar el gasto presupuestario máximo de dicha institución
para el ario 2017, por un monto total de ¢7.236.279.204,00 (siete
mil doscientos treinta y seis millones doscientos setenta y nueve
mil doscientos cuatro colones exactos), con la finalidad de financiar
130 puestos que se trasladan del Fondo de Parques Nacionales al
Fondo SINAC en el año 2016, más 124 puestos a trasladar en el
año 2017, así como gastos del Proyecto Turismo Sostenible, cuyo
presupuesto no fue considerado en el cálculo del límite, dado que se
esperaba que este proyecto finalizara en el año 2016, así como para
incorporar recursos adicionales. Dicha solicitud fue avalada por
el señor Ministro de Ambiente y Energía, mediante el oficio DM1040-2016 de 8 de noviembre de 2016 y además el replanteamiento
de la solicitud de ampliación fue autorizada por el Consejo Nacional
de Áreas de Conservación (CONAC) en el acuerdo N° 9 tomado en
la sesión N° 12-2016 del 12 de diciembre del ario en curso.
III.—Que de dicho monto, corresponde ser ampliada por la
vía de Decreto Ejecutivo la suma de ¢1.070.291.088,00 (mil setenta
millones doscientos noventa y un mil ochenta y ocho colones exactos),
misma que será sufragada con recursos provenientes de superávit
libre y específico, que le darán contenido a gastos sustantivos,
recurrentes, esenciales y necesarios para los fines institucionales,
requeridos para financiar los gastos de viajes de los funcionarios de
las Unidad Ejecutora del Proyecto de Turismo Sostenible, así como
las diversas obras de infraestructura y marítimas en algunas de las
Áreas Silvestres Protegidas del país.
IV.—Que mediante el Decreto Ejecutivo N° 39613-H,
publicado en el Alcance N° 46 a La Gaceta N° 61 de 30 de
marzo de 2016, se emitieron las Directrices Generales de Política
Presupuestaria, Salarial, Empleo, Inversión y Endeudamiento, para
el año 2017, estableciéndose en el artículo 12, que para las entidades
públicas y órganos desconcentrados, el gasto presupuestario máximo
del año 2017, se establecerá con base en la proyección de ingresos
totales (corrientes, capital y financiamiento) 2017, definida por las
entidades públicas y órganos desconcentrados en coordinación con
la STAP. Para tal efecto, la STAP utilizará como insumo la serie
histórica de ingresos del periodo 2013-2015, así como la estimación
de ingresos para los años 2016 y 2017 que suministren las entidades
y órganos desconcentrados a más tardar el último día del mes de
marzo del año 2016. En correspondencia con dicha disposición, el
monto de gasto presupuestario máximo para el ario 2017 resultante
para el SINAC, fue establecido en la suma de ¢31.431.040.983,00
(treinta y un mil cuatrocientos treinta y un millones cuarenta mil
novecientos ochenta y tres colones exactos), el cual fue comunicado
en el oficio STAP-0616-2016 del 27 de abril de 2016; mismo que
se modifica mediante el oficio STAP-2555-2016 de 16 de diciembre
de 2016, fijándose en la suma de ¢37.306.605.940,21 (treinta y
siete mil trescientos seis millones seiscientos cinco mil novecientos
cuarenta colones con veintiún céntimos); cifra que no contempla el
gasto indicado previamente en este decreto.
V.—Que mediante el Decreto Ejecutivo N° 32452-H,
publicado en La Gaceta N° 130 de 6 de julio de 2005 y sus reformas,
se emite el “Lineamiento para la aplicación del artículo 6° de la Ley
N° 8131, Ley de la Administración Financiera de la República y
Presupuestos Públicos y la regulación de la clase de ingresos del
Sector Público denominada Financiamiento”.
VI.—Que el artículo 7° del Decreto citado en el considerando
anterior, dispone que los recursos de financiamiento que provienen
de vigencias anteriores -superávit libre- son parte del patrimonio
de los órganos y las entidades y pueden utilizarlos en períodos
subsiguientes para financiar gastos que se refieran a la actividad
Mario Enrique Alfaro Rodríguez
representante editorial costa rica
Said Orlando de la Cruz Boschini
representante Ministerio de cUltUra y JUVentUd
La Gaceta Nº 42 — Martes 28 de febrero del 2017
ordinaria de éstas, con los cuales se atienda el interés de la
colectividad, el servicio público y los fines institucionales, siempre
que no tengan el carácter permanente o generen una obligación
que requiera financiarse a través del tiempo, como la creación de
plazas para cargos fijos, o cualquier otro compromiso de la misma
naturaleza.
VII.—Que en relación con el superávit específico, el
numeral 9° del referido Decreto Ejecutivo N° 32452-H, posibilita
la utilización de éste, para el pago de gastos definidos en los fines
establecidos en las disposiciones especiales o legales aplicables a
tales recursos.
VIII.—Que por lo anterior, resulta necesario ampliar el
gasto presupuestario máximo fijado al SINAC para el año 2017,
incrementándolo en la suma de ¢1.070.291.088,00 (mil setenta
millones doscientos noventa y un mil ochenta y ocho colones
exactos). Por tanto;
Decretan:
AMPLIACIÓN DEL GASTO PRESUPUESTARIO MÁXIMO
2017 PARA EL SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS
DE CONSERVACIÓN
Artículo 1º—Amplíese para el Sistema Nacional de Áreas
de Conservación (SINAC), el gasto presupuestario máximo para el
año 2017, establecido de conformidad con el Decreto Ejecutivo N°
39613-H, publicado en el Alcance N° 46 a La Gaceta N° 61 de 30
de marzo del 2016, en la suma de ¢1.070.291.088,00 (mil setenta
millones doscientos noventa y un mil ochenta y ocho colones
exactos), para ese período.
Artículo 2º—Es responsabilidad de la administración activa
del SINAC, el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 6° de la
Ley N° 8131, Ley de la Administración Financiera de la República
y Presupuestos Públicos, publicada en La Gaceta N° 198 de 16 de
octubre del 2001 y sus reformas, así como en el Decreto Ejecutivo
N° 32452-H, publicado en La Gaceta N° 130 de 6 de julio del 2005
y sus reformas.
Artículo 3º—Rige a partir de su publicación.
Dado en la Presidencia de la República, a los nueve días del
mes de enero del año dos mil diecisiete.
LUIS GUILLERMO SOLÍS RIVERA.—El Ministro de
Hacienda, Helio Fallas V.—1 vez.—O. C. Nº 62119.—Solicitud Nº
14078.—( D40165-IN2017111570 ).
DOCUMENTOS VARIOS
OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES
CONSEJO DE TRANSPORTE PÚBLICO
DIRECCIÓN EJECUTIVA
Mediante resolución DE-2017-0082, de fecha 16 de enero del
2017.
RESUELVE:
De conformidad con las consideraciones de hecho y derecho
realizadas en la presente resolución y de conformidad con la doctrina
señalada, esta Dirección Técnica:
1. Esta Dirección Ejecutiva de conformidad con las potestades
establecidas en el artículo 12 inciso d) de la Ley 7969 se arroga
la potestad de intervenir temporalmente el Departamento de
Inspección y Control a través de Ingeniero Pablo Rosales
Apu y la Licda. Susana López Rivera, quienes fungirán como
equipo técnico de esa unidad en representación del infrascrito
para realizar el análisis de la situación del Departamento de
Inspección y Control y elaborar propuesta de fortalecimiento
si así se requiera.
2. La presente designación e intervención rige por un plazo
de hasta seis meses prorrogable de manera automática, sin
perjuicio de que en cualquier momento antes del vencimiento
del plazo la presente resolución sea revocada.
3. Rige a partir de la fecha de la presente resolución.
Lic. Mario Humberto Zárate Sánchez, Director Ejecutivo.—
1 vez.—( IN2017111520 ).
Pág 3
EDUCACIÓN PÚBLICA
DIRECCIÓN DE GESTIÓN Y EVALUACIÓN
DE LA CALIDAD
REPOSICIÓN DE TÍTULO
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de
reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito
en el tomo III, folio 040, título N° 3345, emitido por el Colegio
Claretiano, en el año dos mil trece, a nombre de Salas Obregón
Ólman Eduardo, cédula: 4-0230-0091. Se solicita la reposición
del título indicado por pérdida del título original. Se publica este
edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los
quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario
Oficial La Gaceta.—San José, 3 de febrero del 2017.—Dirección de
Gestión y Evaluación de la Calidad.—MEd. Lilliam Mora Aguilar,
Directora.—( IN2017110474 ).
Ante esta dirección se ha presentado la solicitud de reposición
del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1,
folio 3, título N° 108, emitido por el Centro Educativo Católico
Eulogio López Obando, en el año dos mil nueve, a nombre de
Murillo Hernández Ariana, cédula N° 1-1517-0094. Se solicita la
reposición del título indicado por deterioro del título original. Se
publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada
dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en
el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los trece días del
mes de enero del dos mil diecisiete.—MEd. Lilliam Mora Aguilar,
Directora.—( IN2017110570 ).
Ante esta dirección se ha presentado la solicitud de reposición
del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1,
folio 6, título N° 17, emitido por el Colegio Nocturno de Esparza,
en el año mil novecientos ochenta y nueve, a nombre de Soto Sosa
Cristian, cédula: 2-0476-0688. Se solicita la reposición del título
indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para
oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días
hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La
Gaceta.—San José, 08 de febrero del 2017.—MEd. Lilliam Mora
Aguilar, Directora.—( IN2017110684 ).
Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición
del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1,
folio 57, título N° 462, emitido por el Colegio Nocturno Académico
de San Vito, en el año dos mil tres, a nombre de Elizondo Torres
Andrea María, cédula: 3-0406-0274. Se solicita la reposición del
título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto
para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince
días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
La Gaceta.—San José, 10 de febrero del 2017.—Dirección de
Gestión y Evaluación de la Calidad.—MEd. Lilliam Mora Aguilar,
Directora.—( IN2017110687 ).
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición
del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1,
folio 202, título N° 1101, emitido por el Colegio Ricardo Fernández
Guardia, en el año mil dos mil siete, a nombre de Flores Castro
David, cédula: 1-0884-0164. Se solicita la reposición del título
indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para
oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días
hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La
Gaceta.—San José, 14 de febrero del 2017.— MEd. Lilliam Mora
Aguilar, Directora.—( IN2017111484 ).
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La Gaceta Nº 42 — Martes 28 de febrero del 2017
TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
REGISTRO DE ORGANIZACIONES SOCIALES
DIRECCIÓN DE ASUNTOS LABORALES
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
De conformidad con la autorización extendida por el señor
Ministro de Trabajo y Seguridad Social, este Registro ha procedido
a la inscripción de la reforma que acordó introducir a su Estatuto
Social de la organización social denominada: Sindicato Asociación
de Empleados del Seguro Social y del Sector Salud de Costa Rica,
siglas AESS, acordada en asambleas celebrada el día 15 de febrero
del 2016. Expediente S-E005. En cumplimiento con lo dispuesto en
el artículo 344 del Código de Trabajo y 49 de la Ley Orgánica del
Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, se envía un extracto de
la inscripción para su publicación en el diario oficial La Gaceta. La
reforma ha sido inscrita en los libros de registro que al efecto lleva
este Registro mediante tomo: 16, folio: 230, asiento: 4899, del 30 de
mayo de 2016. La reforma afecta la totalidad de los artículos 17, 20,
25, 38, 41 y 42 del Estatuto.—1° de junio del 2016.—Lic. Eduardo
Díaz Alemán, Jefe—( IN2017111304 ).
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
De conformidad con la autorización extendida por la Dirección
de Asuntos Laborales, este Registro ha procedido a la inscripción
de la reforma que acordó introducir a su Estatuto la organización
social denominada: Sindicato de Empleados Municipales de
Golfito, siglas SEMG, acordada en asamblea celebrada el día 29
de enero del 2016. Expediente 608-SI. En cumplimiento con lo
dispuesto en el artículo 344 del Código de Trabajo y 49 de la Ley
Orgánica del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, se envía un
extracto de la inscripción para su publicación en el Diario Oficial
La Gaceta. La reforma ha sido inscrita en los libros de registro que
al efecto lleva este Registro mediante tomo 3, folio 256, asiento
4927 del 30 de enero del 2017. La reforma afecta la totalidad de
los artículos del Estatuto.—San José, 30 de enero del 2017.—Lic.
Eduardo Díaz Alemán, Jefe.—1 vez.—( IN2017111471 ).
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
De conformidad con la autorización extendida por la
Dirección de Asuntos Laborales, se ha procedido a la inscripción
de la organización social denominada: Cooperativa de Productores
y Comercializadores Agrícolas Artesanales y de Servicios Múltiples
del distrito de Cachí R.L., siglas COOPECACHI R.L. acordada en
asamblea celebrada el 27 de setiembre 2016. Resolución 1606-CO.
En cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 29 de la Ley de
Asociaciones Cooperativas y 49 de la Ley Orgánica del Ministerio
de Trabajo, se procede a la inscripción correspondiente, se envía un
extracto de su inscripción para su publicación en el diario Oficial
La Gaceta.
El Consejo de Administración se formó de la siguiente manera:
Presidente:
Fernando Chaves Rosas
Vicepresidente Berta Lía Solano Sánchez
Secretaria
Stuar Sánchez Umaña
Vocal 1
Ramón Rojas Zamora
Vocal 2
Magda Solano Meza
Suplente 1
Nuria Cortés Granados
Suplente 2
Miguel Ángel Solano Cambronero
Gerente
Danny Eduardo Arce Moya
31 de enero 2017.—Departamento de Organizaciones Sociales.—
Lic. Eduardo Díaz Alemán, Jefe.—1 vez.—( IN2017111692 ).
JUSTICIA Y PAZ
JUNTA ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL
Propiedad industrial
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
Fernando Crespo Trejos, soltero, cédula de identidad
113270976, en calidad de apoderado generalísimo de Casa Escalante
Calle 33 S. A., cédula jurídica 3101717926, con domicilio en Barrio
Escalante, avenida 9, calle 33, casa N° 751, Costa Rica, solicita la
inscripción de: ISOLINA RESTAURANTE DELI
como nombre comercial en clase(s)
internacional, para proteger y distinguir
lo siguiente: clase 49 Un establecimiento
comercial dedicado a servicios de
restaurante y gastronómicos en general,
ubicado en San José, B° Escalante, avenida 9, calle 33. Se cita a
terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a
partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 2 de
diciembre del 2016. Solicitud Nº 2016-0011815. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
Ley Nº 7978.—San José, 01 de febrero del 2017.—Cesar Alfonso
Rojas Zúñiga, Registrador.—( IN2017110368 ).
Emma Grace Hernández Flores, casada dos veces, cédula de
identidad 105360908, en calidad de apoderado generalísimo de EIC
Heredia S. A., cédula jurídica 3101627376 con domicilio en Santo
Domingo, del Restaurante Doña Lela, 25 metros norte, Heredia,
Costa Rica, solicita la inscripción de: Little Eagles DAYCARE
como nombre comercial para proteger y distinguir
lo siguiente: Un establecimiento comercial
dedicado a educación prescolar, servicios
educativos, guardería, ubicado en HerediaSanto Domingo, del Restaurante Doña Lela 25
metros al norte. Reservas: De los colores: azul,
celeste, gris, blanco, negro, amarillo, naranja. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de
la primera publicación de este edicto. Presentada el 12 de enero del
2017, solicitud Nº 2017-0000193. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº
7978.—San José, 02 de febrero del 2017.—Ivonne Mora Ortega,
Registradora.—( IN2017110460 ).
Carlos Roberto López León, cédula de identidad N° 1-788621, en calidad de apoderado especial de Laboratorios Menarini
S. A., con domicilio en calle Alfonso XII, N° 587, Badalona,
Barcelona, España, solicita la inscripción de: ENANTYUM PLUS,
como marca de fábrica y comercio en clase(s): 5 internacional(es),
para proteger y distinguir lo siguiente: productos farmacéuticos
para uso humano. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos
meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de
este edicto. Presentada el 13 de enero de 2017. Solicitud N° 20160011653. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto
en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 18 de enero de
2017.—Alex Villegas Méndez, Registrador.—( IN2017110466 ).
Xinia Cerdas Zúñiga, casada una vez, cédula de identidad Nº
107430479, con domicilio en: Lourdes de Montes de Oca, detrás del
Palí 75 metros oeste y 75 m. sur, Costa Rica, solicita la inscripción
de: CXC
Como marca de fábrica y comercio en
clase 25 internacional, para proteger y
distinguir lo siguiente: prendas de vestir.
Se cita a terceros interesados en defender
sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la
primera publicación de este edicto. Presentada el 01 de setiembre
del 2016. Solicitud N° 2016-0008547. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—
San José, 12 de setiembre del 2016.—Carlos Rosales Picado,
Registrador.—( IN2017110469 ).
Gabriel Lobo Rodríguez, soltero, cédula de identidad
112360702 con domicilio en 150 al No. de Carnicería Cedros,
Sabanilla Montes de Oca, Costa Rica, solicita la inscripción de:
KASAI Sushi Delivery como marca de fábrica y comercio en clase
30 internacional.
Para proteger y distinguir lo siguiente: 30
Sushi preparado. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de
los dos meses siguientes, contados a partir
de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 31 de enero del 2017, solicitud
Nº 2017-0000868. A efectos de publicación,
La Gaceta Nº 42 — Martes 28 de febrero del 2017
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº
7978.—San José, 9 de febrero del 2017.—Carlos Rosales Picado,
Registrador.—( IN2017110476 ).
Adrián Zamora Vargas, casado una vez, cédula de identidad
Nº 104011001, en calidad de apoderado generalísimo de C.R.M.
División Instalaciones S. A., cédula jurídica Nº 3101262221 con
domicilio en: de la cancha de baloncesto, urbanización Santa
Inés, 100 mts norte y 100 mts oeste, Heredia, Costa Rica, solicita
la inscripción de: AQuaLit como marca de fábrica y comercio en
clase 19 internacional.
Para proteger y distinguir lo siguiente: piso de
terrazo. Se cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer ante
este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. Presentada el 06 de
febrero del 2017. Solicitud N° 2017-0001021. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
Ley N° 7978.—San José, 13 de febrero del 2017.—Randall Abarca
Aguilar, Registrador.—( IN2017110480 ).
Adrián Zamora Vargas, casado una vez, cédula de identidad
104011001, en calidad de apoderado generalísimo de C.R.M.
Cristalizado y Restauración de Marmol S. A., cédula jurídica
3101217216 con domicilio en Urbanización Santa Inés, de la cancha
de baloncesto, 100 metros al norte y 100 metros al oeste., Costa
Rica, solicita la inscripción de: RETRO BRILLO
como marca de fábrica y comercio en clase 1
internacional, para proteger y distinguir lo
siguiente: 1 Conservadores de concreto. Se
cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de
la primera publicación de este edicto. Presentada el 6 de febrero
del 2017, solicitud Nº 2017-0001020. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº
7978.—San José, 13 de febrero del 2017.—Randall Abarca
Aguilar, Registrador.—( IN2017110485 ).
Roberto Guillen Pacheco, casado, cédula jurídica N°
104820637, en calidad de apoderado general de Fundación de la
Universidad de Costa Rica para la Investigación, con domicilio
en de la iglesia católica de San Pedro, Montes de Oca, 200 metros
oeste y 200 metros norte, Costa Rica, solicita la inscripción de:
FundaciónUCR,
como nombre comercial, para proteger y
distinguir lo siguiente: un establecimiento
comercial dedicado a la fundación de la
Universidad de Costa Rica para la investigación
se dedica a gestionar, la transferencia de
conocimiento, tecnologías e investigaciones que realiza la
Universidad de Costa Rica, ubicado en San Pedro, Montes de Oca,
San José. Reservas: de los colores: celeste, azul, amarillo. Se cita a
terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a
partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 30 de
noviembre de 2016. Solicitud N° 2016-0011751. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
Ley N° 7978.—San José, 6 de febrero de 2017.—Ildreth Araya
Mesen, Registradora.—( IN2017110504 ).
Francisco Jara Castillo, casado, cédula de identidad Nº
109100286, en calidad de apoderado generalísimo de Importek
Latinoamérica CR S. A., cédula jurídica Nº 3101582077, con
domicilio en: Sto. Domingo, Sta. Rosa, de la entrada despues de
la escuela 100 norte y 500 oeste contiguo a Carrocerías Fallas,
Heredia, Costa Rica, solicita la inscripción de: ROATAN
como marca de certificación en clase 25
internacional, para proteger y distinguir lo
siguiente: Prendas de vestir, calzado, artículos de
sombrerería. Se cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer ante
Pág 5
este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir
de la primera publicación de este edicto. Presentada el 30 de enero
del 2017. Solicitud N° 2017-0000803. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—
San José, 08 de febrero del 2017.—Ildreth Araya Mesén,
Registradora.—( IN2017110538 ).
Ingrid Vega Moreira, casada, cédula de identidad 110140567,
en calidad de apoderada generalísima de Importek Latinoamérica
C R S. A., cédula jurídica 3101582077 con domicilio en Santo
Domingo Santa Rosa, de la entrada después de la escuela 100 norte
y 500 oeste contiguo a Carrocerías Fallas, Heredia, Costa Rica,
solicita la inscripción de: REMAX
como nombre comercial, para proteger y
distinguir lo siguiente: Un establecimiento
comercial dedicado a tienda que se
encarga de la comercialización de
aparatos, complementos, equipo y accesorios para celular,
electrónico, computo, electrodomésticos, línea blanca, video
juegos, dispositivos de almacenamiento, cables para aparatos
mencionados anteriormente. Ubicado de Auto Xiri La Valencia, 2
km después de la línea del tren, 600 metros noroeste. Se cita a
terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a
partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 25 de
enero del 2017, solicitud Nº 2017-0000683. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
Ley Nº 7978.—San José, 3 de febrero del 2017.—Ivonne Mora
Ortega, Registradora.—( IN2017110540 ).
Ingrid Vega Moreira, casada, cédula de identidad N°
110140567, en calidad de apoderada generalísima de Importek
Latinoamérica CR S.A., cédula jurídica N° 3101582072, con
domicilio en Santa Rosa, Santo Domingo, de la entrada después
de la escuela, 100 norte y 500 oeste, contiguo a Carrocerías Fallas,
Heredia, Costa Rica, solicita la inscripción de: REMAX,
como marca de comercio en clase(s): 7,
internacional(es), para proteger y
distinguir lo siguiente: 7 máquinas,
herramientas, motores (excepto motores
para vehículos terrestres), acoplamientos y elementos de transmisión
(excepto para vehículos terrestres), instrumentos agrícolas que no
sean accionados manualmente, distribuidores automáticos,
máquinas y aparatos eléctricos de limpieza. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de
la primera publicación de este edicto. Presentada el 25 de enero de
2017. Solicitud N° 2017-0000682. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N°
7978.—San José, 3 de febrero de 2017.—Ivonne Mora Ortega,
Registradora.—( IN2017110541 ).
Ingrid Vega Moreira, casada, cédula de identidad Nº
110140567, en calidad de apoderado generalísimo de Importek
Latinomérica CR S. A., cédula jurídica Nº 3101582072, con
domicilio en: Santa Rosa, Santo Domingo, de la entrada después
de la Escuela, 100 norte y 500 oeste, contiguo a Carrocerías Fallas,
Heredia, Costa Rica, solicita la inscripción de: REMAX como
marca de fábrica y comercio en clase 11 internacional.
Para proteger y distinguir lo siguiente:
aparatos de alumbrado, calefacción,
producción de vapor, cocción, refrigeración,
secado, ventilación, distribución de agua,
así como instalaciones sanitarias, aparatos de aire acondicionado,
hervidores eléctricos, utensilios de cocción eléctricos. Se cita a
terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a
partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 25 de
enero del 2017. Solicitud N° 2017-0000681. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
Ley N° 7978.—San José, 03 de febrero del 2017.—Ivonne Mora
Ortega, Registradora.—( IN2017110542 ).
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La Gaceta Nº 42 — Martes 28 de febrero del 2017
Francisco Jara Castillo, casado, cédula de identidad
109100286, en calidad. de apoderado generalísimo de Importek
Latinoamérica CR S. A., cédula jurídica 3101582077 con domicilio
en Santo Domingo, Santa Rosa de la entrada después de la escuela
100 norte y 500 oeste, contiguo a Carrocerías Fallas, Heredia, Costa
Rica, solicita la inscripción de: Tribeca Accessories
como marca de comercio en clase 14
internacional, para proteger y distinguir lo
siguiente: 14 Metales preciosos y sus
aleaciones, artículos de joyería, piedras y
semi preciosas, artículo de relojería e
instrumentos cronométricos artículos de bisutería. Se cita a
terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a
partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 25 de
enero del 2017, solicitud Nº 2017-0000680. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
Ley Nº 7978.—San José, 3 de febrero del 2017.—Ivonne Mora
Ortega, Registradora.—( IN2017110543 ).
Jorge Arturo Zúñiga, soltero, cédula de identidad Nº
603720792, con domicilio en 50 m este de Pollos del Monte, Belén,
Heredia, Costa Rica, solicita la inscripción de: MÖZTACHÖ
como marca de comercio en clase: 25.
Internacional. Para proteger y distinguir lo
siguiente: Prendas de vestir, calzado,
artículos de sombrería. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes,
contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada
el 25 de enero del 2017. Solicitud N° 2017-0000649. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
Ley N° 7978.—San José, 07 de febrero del 2017.—Rina Ruiz Mata,
Registradora.—( IN2017110561 ).
Adriana Calvo Fernández, soltera, cédula de identidad N°
110140725, en calidad de apoderado especial de Corazón de Piña
Limitada, cédula jurídica N° 3102719903, con domicilio en Escazú,
San Rafael de la entrada principal de Barrio Laureles 400 metros
al norte Condominio Torre Laureles, apartamento 601, Costa Rica,
solicita la inscripción de: corazón de piña
como nombre comercial, para proteger y distinguir lo
siguiente: un establecimiento fabril y comercial que
fabrica y comercia joyería. Ubicado en San José, Escazú,
San Rafael, de la entrada principal de Barrio Los Laureles
400 metros al norte, Condominio Torre Los Laureles,
apartamento 601. Se cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de
la primera publicación de este edicto. Presentada el 11 de
noviembre del 2016. Solicitud N° 2016-0011163. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
Ley N° 7978.—San José, 21 de noviembre del 2016.—Ivonne
Mora Ortega, Registradora.—( IN2017110562 ).
Miguel Ruiz Herrera, casado una vez, cédula de identidad Nº
103700432, en calidad de apoderado especial de Bali Trading Group
Corp, con domicilio en: Chera Chambers, Road Town, Tortola, Islas
Vírgenes (Británicas), solicita la inscripción de: eva té
Como marca de fábrica y comercio en clase 30
internacional, para proteger y distinguir lo siguiente:
té. Reservas: no se hace reserva del término “TÉ”.
Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir
de la primera publicación de este edicto. Presentada el 03 de
noviembre del 2015. Solicitud N° 2015-0010597. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
Ley N° 7978.—San José, 07 de febrero del 2017.—Johnny
Rodríguez Garita, Registrador.—( IN2017110563 ).
Édgar Daniel Herrera Soto, soltero, cédula de identidad Nº
110500213, en calidad de apoderado generalísimo de Minerva
Bebidas Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3101444477, con
domicilio en: Rosario, Naranjo, 1 kilómetro norte del puente Rafael
Iglesias, carretera aledaña a la autopista Bernardo Soto, Alajuela,
Costa Rica, solicita la inscripción de: BEBIDA ENERGÉTICA
IGNITION
como marca de fábrica y comercio en clase
32 internacional, para proteger y
distinguir lo siguiente: bebida energética.
Se cita a terceros interesados en defender
sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de
los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. Presentada el 23 de diciembre del
2016. Solicitud N° 2016-0012606. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N°
7978.—San José, 01 de febrero del 2017.—Katherin Jiménez
Tenorio, Registrador.—( IN2017110566 ).
Maikel Elizondo Ramírez, casado una vez, cédula de identidad
N° 110930857, con domicilio en Goicoechea, Ipis Guadalupe, de
los tanques del AyA 75 metros este, 75 sur, Residencial Monte Real,
Costa Rica, solicita la inscripción de: Fuzio CATERING SERVICE
como marca de servicios en clase: 43, internacional,
para proteger y distinguir lo siguiente: servicio de
catering service. Reservas: de los colores anaranjado,
negro, blanco y plateado. Se cita a terceros interesados
en defender sus derechos para hacerlos valer ante
este Registro, dentro de los dos meses siguientes,
contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada
el 26 de enero de 2017. Solicitud N° 2017-0000710. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley
N° 7978.—San José, 6 de febrero del 2017.—Rolando Cardona
Monge, Registradora.—( IN2017110584 ).
Mariela Mora Morales, soltera, cédula de identidad
113300568, en calidad de apoderada especial de Fratojo Innc S.
A., cédula jurídica 3101712553, con domicilio en Carmen, Barrio
Escalante 200 metros al norte del Fresh Market, San José, Costa
Rica, solicita la inscripción de: DELIRIO HOUSE CASTRO PUB
como nombre comercial en clase: internacional,
para proteger y distinguir lo siguiente: Clase 49: Un
establecimiento comercial dedicado a la venta de
alimentos y bebidas. Ubicado en la ciudad de San
José, Barrio Escalante, 200 metros al norte del
Fresh Market. Se cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la
primera publicación de este edicto. Presentada el 2 de diciembre del
2016. Solicitud Nº 2016-0011840. A efectos de publicación, téngase
en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San
José, 30 de enero del 2017.—Cesar Alfonso Rojas Zúñiga,
Registrador.—( IN2017110593 ).
Armando Alberto Guardia Sasso, casado tres veces, cédula
de identidad Nº 104121494, en calidad de apoderado especial de
Best Western International Inc., con domicilio en: 6201 North,
24TH Parkway, Phoenix, Arizona 85016-2023, Estados Unidos de
América, solicita la inscripción de: BW Best Western
como marca de servicios en clase 43 internacional,
para proteger y distinguir lo siguiente: Servicios
hoteleros, moteles y complejos vacacionales. Se
cita a terceros interesados en defender sus derechos
para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los
dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. Presentada el 22 de
setiembre del 2016. Solicitud N° 2016-0009273. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
Ley N° 7978.—San José, 08 de febrero del 2017.—Wendy López
Vindas, Registradora.—( IN2017110595 ).
Ana María Álvarez Herrera, casada, cédula de identidad
114510679 con domicilio en Tilarán, del Banco de Costa Rica, 150
metros al oeste, Guanacaste, Costa Rica , solicita la inscripción de:
Óptica Murano
La Gaceta Nº 42 — Martes 28 de febrero del 2017
como marca de servicios en clase 44
internacional, para proteger y distinguir lo
siguiente: 44 Servicios ópticos. Reservas:
De los colores: negro, azul, celeste, blanco
y gris. Se cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a
partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 23 de
enero del 2017, solicitud Nº 2017-0000557. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—
San José, 02 de febrero del 2017.—Katherin Jiménez Tenorio,
Registradora.—( IN2017110597 ).
María José Marín Orozco, soltera, cédula de identidad
115070675 con domicilio en Escazú, Trejos Montealegre, del
Restaurante Rostipollos 700 metros al oeste y 250 metros al sur,
Costa Rica, solicita la inscripción de: ANDARA VitalidadEquilibrio-Bienestar
como marca de servicios en clase: 41.
Internacional. Para proteger y distinguir lo
siguiente: Educación; formación; servicios
de entretenimiento; actividades deportivas y
culturales. Reservas: De los colores: verde/amarillo, negro, blanco y
tonos grises. No se hace reserva del término en otro idioma. Se cita
a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a
partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 22 de
diciembre de 2016. Solicitud Nº 2016-0012504. A efectos de
publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
Ley 7978.—San José, 31 de enero de 2017.—Carlos Rosales Picado,
Registrador.—( IN2017110622 ).
María José Marín Orozco, soltera, cédula de identidad
N° 115070675, con domicilio en Escazú, Trejos Montealegre,
del Restaurante Rostipollos 700 metros al oeste y 250 metros al
sur, Costa Rica, solicita la inscripción de: ANDARA VitalidadEquilibrio-Bienestar
como nombre comercial en clase(s):
internacional(es), para proteger y
distinguir
lo
siguiente:
49
un
establecimiento comercial dedicado a la enseñanza y práctica de un
nuevo programa de entrenamiento físico, que unifica principios de
diferentes disciplinas como Pilates, Yoga, Barre y funcional,
fusionados de forma exclusiva e innovadora, con el fin de generar
mayores resultados en el desempeño del cliente. Ubicado en el
centro comercial Aventura Park, Guachipelín, Escazú. Del cruce de
Multiplaza 600 metros noroeste, a mano derecha de la carretera
(camino hacia Blue Valley). Se cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. Presentada el 22 de diciembre de
2016. Solicitud N° 2016-0012505. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N°
7978.—San José, 16 de enero de 2017.—Randall Abarca Aguilar,
Registradora.—( IN2017110623 ).
Jorge Tristán Trelles, cédula de identidad 103920470, en
calidad de apoderado especial de AMPM S. A., con domicilio en
Managua, Rotonda El Gueguense; 200 metros al sur, Plaza España,
Tienda AMPM, Nicaragua, solicita la inscripción de: Beer Cave
como marca de servicios en clase: 35 Internacional,
para proteger y distinguir lo siguiente: 35 Publicidad
consiste en publicar, en cualquier medio de difusión,
comunicaciones, declaraciones o anuncios
relacionados con cerveza; gestión de negocios
comerciales; administración comercial; agrupamiento para el
beneficio de terceros, del producto cerveza (excepto su transporte),
para que los consumidores puedan examinarla y comprarla a su
conveniencia; servicios prestados por comercios minoristas y
mayoristas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos
para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 27 de setiembre del 2016, según expediente Nº 2016-
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0009409. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto
en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 29 de noviembre del
2016.—Johnny Rodríguez Garita, Registrador.—( IN2017110631 ).
María Del Milagro Chaves Desanti, casada dos veces, cédula
de identidad 106270794, en calidad de Apoderada Especial de
Kimberly-Clark Worldwide Inc. con domicilio en 401 North Lake,
Neenah, Wisconsin 54956, Estados Unidos de América, solicita
la inscripción de: TEDDIES como marca de fábrica y comercio
en clase: 5. Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente:
Pañales desechables y pañales tipo pantalón. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la
primera publicación de este edicto. Presentada el 16 de noviembre
del 2016. Solicitud Nº 2016-0011263. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—
San José, 30 de noviembre del 2016.—Katherin Jiménez Tenorio,
Registradora.—( IN2017110634 ).
María Gabriela Arroyo Vargas, casada una vez, cédula de
identidad Nº 109330536, en calidad de apoderado especial de
Alimentos Maravilla Sociedad Anónima, con domicilio en: Calzada
Roosevelt número ocho guión treinta y tres, zona tres, del Municipio
de Mixco, Departamento de Guatemala, Guatemala, solicita la
inscripción de: “FRIITO DEL FRUTAL EVOLUTION”
Como marca de fábrica y comercio en clase 32
internacional, para proteger y distinguir lo siguiente:
32 bebidas y zumos a base de frutas. Reservas: de los
colores: anaranjado, verde, negro y blanco. Se cita a
terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes,
contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada
el 31 de agosto del 2016. Solicitud N° 2016-0008483. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
Ley N° 7978.—San José, 26 de enero del 2017.—Jamie Phillips
Guardado, Registrador.—( IN2017110681 ).
Orlando Gutiérrez Mena, cédula de identidad Nº 302400615,
en calidad de apoderado generalísimo de Consultores Empresariales
Gutiérrez y Asociados Despacho de Contadores Públicos, cédula
jurídica Nº 3101211073, con domicilio en: barrio El Molino,
residencial El Molino, de la oficina del Registro Civil 500 metros
al sur y 175 metros al oeste, Cartago, Costa Rica, solicita la
inscripción de: GUTIERREZ & ASOCIADOS CONSULTORES
EMPRESARIALES como nombre comercial en clase 49
internacional.
Para proteger y distinguir lo siguiente: un
establecimiento comercial dedicado a brindar
servicios profesionales de auditorías y
consultorías empresariales, ubicado en Cartago,
barrio El Molino, residencial El Molino, de la
oficina del Registro Civil 400 metros al sur y 175 metros al oeste.
Reservas: de los colores: azul y gris. Se cita a terceros interesados
en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. Presentada el 16 de noviembre del
2016. Solicitud N° 2016-0011282. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N°
7978.—San José, 07 de febrero del 2017.—César Alfonso Rojas
Zúñiga, Registrador.—( IN2017110700 ).
Juan José Valerio Alfaro, soltero, cédula de identidad Nº
113460717, en calidad de apoderado especial de Enso Films
Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-728718, con domicilio
en: barrio Luján, de las piscinas de Plaza Víquez, 300 metros norte
sobre la línea del tren, oficina Programa Semilla, San José, Costa
Rica, solicita la inscripción de: ENSO•FILMS
como marca de servicios en clase 35 internacional, para
proteger y distinguir lo siguiente: publicidad, gestión de
negocios comerciales, administración comercial.
Reservas: no se reserva la palabra: “FILMS”. Se cita a
terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
Pág 8
La Gaceta Nº 42 — Martes 28 de febrero del 2017
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 07 de diciembre del 2016. Solicitud N° 2016-0011950.
A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 07 de febrero del 2017.—
Sabrina Loáiciga Pérez, Registradora.—( IN2017110725 ).
meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este
edicto. Presentada el 4 de noviembre de 2016. Solicitud Nº 20160010864. A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en
el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 13 de diciembre de
2016.—Rina Ruiz Mata, Registradora.—( IN2017110766 ).
María Gabriela Arroyo Vargas, casada una vez, cédula de
identidad 109330536, en calidad de apoderado especial de Alimentos
Sociedad Anónima con domicilio en kilómetro 15.5 de la carretera a
El Salvador, Municipio de Santa Catarina Pinula, Departamento de
Guatemala, Guatemala, solicita la inscripción de: Naú
Como marca de fábrica y comercio en clase 30
internacional, para proteger y distinguir lo siguiente:
Café, té, cacao y sucedáneos del café; arroz; tapioca
y sagú; harinas y preparaciones a base de cereales;
pan, productos de pastelería y confitería; helados;
azúcar, miel, jarabe de melaza; levadura, polvos de
hornear; sal; mostaza; vinagre, especias; hielo. Reservas: De los
colores: verde claro, verde oscuro, gris y blanco. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la
primera publicación de este edicto. Presentada el 13 de octubre del
2016, solicitud Nº 2016-0010037. A efectos de publicación, téngase
en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San
José, 9 de febrero del 2017.—Bernard Molina Alvarado,
Registrador.—( IN2017110733 ).
Ana Catalina Monge Rodríguez, casada dos veces, cédula
de identidad Nº 1812604, en calidad de Apoderada Especial de
CMI IP Holding con domicilio en 20 Rue Eugene Ruppert L-2453,
Luxemburgo, solicita la inscripción de:
como marca de servicios en clase: 41.
Internacional. Para proteger y distinguir lo
siguiente:
Educación,
capacitación,
entretenimiento, actividades deportivas y
culturales. Se cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. Presentada el 04 de noviembre del
2016. Solicitud N° 2016-0010863. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N°
7978.—San José, 14 de noviembre del 2016.—Rina Ruiz Mata,
Registradora.—( IN2017110767 ).
Marcela Corrales Murillo, soltera, cédula de identidad
113150564, en calidad de apoderada especial de Roberto Isidoro
Linares Martínez, casada una vez con domicilio en Paseo de La
Castellana 2 60, Fraccionamiento Cortijo San Martinito, San Andrés
Cholula, Puebla, México, solicita la inscripción de: FEDER MUT
como marca de fábrica y comercio en clase: 25
Internacional, para proteger y distinguir lo
siguiente: prendas de vestir, calzado, artículos
de sombrerería. Se cita a terceros interesados
en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. Presentada el 20 de enero del 2017,
según solicitud N° 2017-0000514. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—
San José, 7 de febrero del 2017.—Alex Villegas Méndez,
Registrador.—( IN2017110743 ).
Maricela Alpízar Chacón, casada una vez, cédula de identidad
N° 110350557, en calidad de Apoderada Especial de Changshu
Tongrun Auto Accessory CO., Ltd., con domicilio en New Longteng
Industrial Park, Changshu Economic Development Zone, Jiangsu
Province, China, solicita la inscripción de: Torin BIG RED JACKS,
como marca de fábrica en clase: 7. Internacional.
Para proteger y distinguir lo siguiente:
Ascensores; elevadores; aparatos elevadores;
escaleras
mecánicas;
montacargas;
montavagones; taladradoras de mano eléctricas;
herramientas hidráulicas manuales; prensas
hidráulicas manuales; máquinas para la industria textil. Se cita a
terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 17
de Agosto de 2016. Solicitud N° 2016-0007926. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
Ley N° 7978.—San José, 7 de febrero de 2017.—Jamie Phillips
Guardado, Registrador.—( IN2017110759 ).
Ana Catalina Monge Rodríguez, casada dos veces, cédula
de identidad 1812604, en calidad de Apoderado Especial de CMI
IP Holding con domicilio en 20 Rue Eugene Ruppert L-2453,
Luxemburgo. Solicita la inscripción de:
como marca de servicios en clase: 35.
Internacional. Para proteger y distinguir lo
siguiente: publicidad; dirección de negocios;
administración de negocios; trabajos de oficina.
Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos
Ana Catalina Monge Rodríguez, casada, en calidad de
apoderada especial de The Bank of Nova Scotia, con domicilio en
44 King Street West, Toronto, Canadá, solicita la inscripción de:
SCOTIABANK. CONSTRUYENDO LA ECONOMÍA DE
TODOS, como marca de servicios en clases: 36 y 42 Internacionales,
para proteger y distinguir lo siguiente: 36 Servicios bancarios;
planificación financiera y asesoramiento en materia de inversiones;
gestión financiera; servicios de seguros; proporcionar información
de cuentas bancarias por medios electrónicos; servicios financieros
a saber, información financiera y de inversión e información de
cuentas bancarias por medios electrónicos y en un formato de
aplicación de software (aplicaciones); servicios financieros y de
información sobre inversiones ofrecidos por medios electrónicos;
servicios de banca móvil a saber, servicios de información bancaria
a través de Internet, teléfonos móviles, teléfonos inteligentes,
computadoras portátiles y tabletas; servicios de banca en línea;
planificación financiera e información de gestión presupuestaria a
través de una red informática mundial y por medios electrónicos;
servicios de caja fuerte; servicios de sociedades fiduciarias; servicios
de valores; préstamos y servicios hipotecarios; servicios de divisas;
servicios de bolsa de inversiones financieras; servicios de gestión de
inversiones; asesoramiento en inversiones como en la protección de
los ingresos y los activos a través de asesores con licencia; servicios
de asesoramiento fiscal; asesoramiento en inversiones financieras;
servicios de gestión de la riqueza a saber, la gestión de carteras y
los servicios de asesoramiento en materia de inversiones; bienes y
servicios fiduciarios a saber en gestión y administración, proporcionar
estrategias y asesoramiento en materia de jubilación, testamentos y
servicios de bienes y fideicomisos, servicios de custodia; servicios
de planificación de la sucesión de empresas y granjas; servicios
de gestión de activos; administración financiera de planes de
jubilación; operación de un programa de recompensas de lealtad;
Servicios de grupos empresariales, a saber la adquisición, tenencia
y venta de inversiones; servicios de información a saber, servicios
de notificación de saldos y transacciones, servicios de seguridad a
saber, servicios de procesamiento seguro en Internet, servicios de
autoridad, servicios de infraestructura de clave pública, servicios
de certificados digitales, gestión, validación y revocación de firmas
digitales, servicios de cifrado y servicios de autenticación, servicios
de validación; cifrado y descifrado de información financiera;
servicios de telecomunicaciones a saber, servicios de procesamiento
de información y transacciones en Internet y servicios de transmisión
de datos, servicios de comercio electrónico; servicios de seguridad
del comercio electrónico a saber, la emisión y gestión de certificados
digitales y el diseño de servicios de transacciones garantizadas y
la prestación de servicios de validación, venta y comercialización
de software de valores; servicios de transacciones y transacciones
de comercio electrónico; débito, crédito, tarjeta prepaga, tarjeta
de valor almacenado y aplicaciones y servicios de tarjeta chip;
servicios de información y procesamiento de transacciones para
proveedores de servicios financieros; Productos y servicios
La Gaceta Nº 42 — Martes 28 de febrero del 2017
de software a saber, desarrollo, venta, reventa, arrendamiento,
comercialización y / o servicio de aplicaciones de software;
servicios de consultoría, asesoramiento y formación en relación
con los servicios de comercio electrónico; provisión de espacio y
servicios de publicidad y marketing en Internet y dispositivos de
telecomunicación; Inversión en empresas de procesamiento de
información o comercio electrónico y participación en empresas
conjuntas y alianzas para llevar a cabo actividades de procesamiento
de información y comercio electrónico; servicios de cartera móvil
y billetera electrónica; prestación de servicios de pago móvil;
servicios de pago electrónico; procesamiento de transacciones de
pago; servicios de pago a distancia; transacciones electrónicas en
efectivo, y en clase 42: Servicios informáticos de procesamiento de
datos; proporcionar acceso de múltiples usuarios a una red mundial
de información informática; diseño, desarrollo e implementación de
software; desarrollo de software para operaciones de red seguras;
suministro de software como servicio para su uso en la introducción,
aseguramiento,
almacenamiento,
archivado,
recuperación,
organización y gestión de documentos, materiales e información
financieros; proveedor de software como servicio para permitir
la prestación de servicios bancarios a los clientes a través de
Internet; suministro de software como servicio para su uso
en alojamiento de credenciales de pago e identidad, incluidas
tarjetas de débito y crédito y credenciales de tarjetas de
fidelidad en dispositivos de telecomunicación. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante
este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a
partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el
17 de noviembre del 2016, según expediente Nº 2016-0011302. A
efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo
85 de la Ley 7978.—San José, 15 de diciembre del 2016.—Rolando
Cardona Monge, Registrador.—( IN20110772 ).
Ana Catalina Monge Rodríguez, casada, en calidad de
apoderado especial de The Bank Of Nova Scotia con domicilio
en 44 King Street West, Toronto, Canadá, solicita la inscripción
de: SCOTIABANK. CONSTRUYENDO LA ECNONOMÍA
DE TODOS como marca de fábrica y comercio en clase 9
internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Software de
computadoras a saber, módulos de software de gestión de seguridad
que proporcionan privacidad, control de acceso, integridad, firma
digital y servicios de autenticación para comunicaciones de datos
a través de entornos operativos, múltiples plataformas y protocolos
de red, a saber, software para la creación, soporte, autenticación y
eliminación de identidades electrónicas, funciones de gestión de
seguridad y alarmas; Programas informáticos relacionados con la
información financiera, la inversión y el comercio, a saber, software
de comercio electrónico, software de gestión de carteras; Aplicación
de software que permite la transmisión electrónica de datos de pago;
Aplicación de software que permite hospedar credenciales de pago
e identidad, incluyendo tarjetas de débito y crédito y credenciales de
tarjetas de fidelidad en dispositivos de telecomunicaciones; Software
que proporciona un servicio de directorio de claves públicas;
Software que proporciona cifrado completo o de nivel de archivo
y firma digital en entornos de computadoras personales, estaciones
de trabajo, redes de área local y ordenadores centrales. Se cita a
terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 17
de noviembre del 2016, solicitud Nº 2016-0011301. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de
la Ley Nº 7978.—San José, 15 de diciembre del 2016.—Rolando
Cardona Monge, Registrador.—( IN2017110773 ).
Jorge Tristán Trelles, cédula de identidad 103920470, en
calidad de apoderado especial de Rich & Ruitz Perfumes Trading
L.L.C, con domicilio en Al Zabra Street, New Industrial Area 1,
Ajman, P.O. Box 13854., Emiratos Árabes Unidos, solicita la
inscripción de: MURAL de Ruitz
como marca de fábrica y comercio en clase(s):
3 internacional, para proteger y distinguir lo
siguiente: Preparaciones para blanquear y otras
sustancias para lavar; preparaciones para
limpiar, pulir, raspar y abrasivas; jabones; perfumería, aceites
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esenciales, cosméticos, lociones para el cabello; dentífricos. Se cita
a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a
partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 4 de
agosto del 2016. Solicitud Nº 2016-0007409. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
Ley Nº 7978.—San José, 28 de noviembre del 2016.—Alex Villegas
Méndez, Registrador.—( IN2017110852 ).
María del Milagro Chaves Desanti, cédula de identidad Nº
106260794, en calidad de apoderado especial de Productos ZamFre S. A. de C.V., con domicilio en: Circonio Nº 45, colonia El
Manto, C.P. 09830, México, solicita la inscripción de: PICARD
CHOCOZERO, como Marca de fábrica y comercio en clase 30
internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: chocolates,
bebidas a base de chocolates; barras de cereales, barritas de cereales
ricas en proteínas, preparaciones a base de cereales todas a base de
chocolate, todos los anteriores libres de azúcar. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la
primera publicación de este edicto. Presentada el 22 de setiembre
del 2016. Solicitud N° 2016-0008054. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—
San José, 29 de noviembre del 2016.—Alex Villegas Méndez,
Registrador.—( IN2017110855 ).
Jorge Tristan Trelles, cédula de identidad 103920470, en
calidad de apoderado especial de AMPM S. A., con domicilio en
Managua, Rotonda El Gueguense; 200 metros al sur, Plaza España,
Tienda AMPM, Nicaragua , solicita la inscripción de: 24: 7 como
marca de servicios en clase: 35 Internacional.
Para proteger y distinguir lo siguiente: 35
Publicidad, consiste en publicar, en cualquier
medio
de
difusión,
comunicaciones,
declaraciones o anuncios relacionados con todo
tipo de productos o servicios; gestión de negocios
comerciales; administración comercial; agrupamiento para el
beneficio de terceros, de productos diversos (excepto transporte),
para que los consumidores puedan examinarlos y comprarlos a su
conveniencia; servicio prestado por comercios minoristas y
mayoristas . Se cita a terceros interesados en defender sus derechos
para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 27 de setiembre del 2016, según Solicitud N° 20160009410. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto
en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 29 de noviembre del
2015.—Johnny Rodríguez Garita, Registrador.—( IN2017110867 ).
Ana Catalina Monge Rodríguez, casada dos veces, cédula
de identidad N° 108120604, en calidad de apoderada especial de
Arabela S. A. de C.V., con domicilio en calle 3 norte N° 102 Parque
Industrial Toluca 2000, CD. de Toluca, Estado de México, C.P. 50200,
México, solicita la inscripción de: ELEGANCE BY ARABELA,
como marca de fábrica y comercio en clase: 3 internacional, para
proteger y distinguir lo siguiente: 3 preparaciones para blanquear y
otras sustancias para uso en la lavandería; preparaciones abrasivas
y para limpiar, pulir y fregar; jabones; perfumería, aceites
esenciales, cosméticos, lociones para el cabello; dentífricos. Se cita
a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 2
de diciembre de 2016. Solicitud N° 2016-0011812. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
Ley N° 7978.—San José, 12 de diciembre de 2016.—Ivonne Mora
Ortega, Registradora.—( IN2017110868 ).
Ana Catalina Monge Rodríguez, casada dos veces, cédula
de identidad 108120604, en calidad de apoderada especial de
Arabela S. A. de C. V., con domicilio en calle 3 norte N° 102 Parque
Industrial Toluca 2000, CD. de Toluca, Estado De México C. P.
50200, México, solicita la inscripción de: ARABELA ELECTRIC
como marca de fábrica y comercio en clase 3 internacional, para
proteger y distinguir lo siguiente: 3 cosméticos; cremas cosméticas;
agua de colonia; aromas (aceites esenciales); productos cosméticos
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La Gaceta Nº 42 — Martes 28 de febrero del 2017
para el cuidado de la piel; productos de perfumería (desodorantes
para personas); jabones desodorantes; lociones capilares; lociones
para uso cosmético; lociones para después del afeitado; productos
para perfumar el ambiente; perfumes; talco de tocador; productos de
tocador. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes,
contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada
el 2 de diciembre del 2016, solicitud Nº 2016-0011811. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
Ley Nº 7978.—San José, 12 de diciembre del 2016.—Ivonne Mora
Ortega, Registradora.—( IN2017110869 ).
Ana Catalina Monge Rodríguez, casada dos veces, cédula
de identidad Nº 108120604, en calidad de apoderado especial
de Arabela S. A. de C.V., con domicilio en: calle 3 norte Nº 102
Parque Industrial Toluca 2000, CD. de Toluca, Estado de México,
C.P. 50200, México, solicita la inscripción de: ARABELA DARK
QUEEN como marca de fábrica y comercio en clase 14 internacional,
para proteger y distinguir lo siguiente: artículos de joyería, bisutería
y relojería. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos
para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este
edicto. Presentada el 17 de noviembre del 2016. Solicitud N° 20160011305. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto
en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 22 de noviembre del
2016.—Alex Villegas Méndez, Registrador.—( IN2017110870 ).
Ana Catalina Monge Rodríguez, casada dos veces, cédula de
identidad 108120604, en calidad de apoderado especial de Arabela
S.A. de C.V. con domicilio en calle 3 norte N° 102 Parque Industrial
Toluca 2000, CD. de Toluca, Estado de México, C.P. 50200, México,
solicita la inscripción de: ARABELA DARK QUEEN como marca
de fábrica y comercio en clase: 18. Internacional. Para proteger y
distinguir lo siguiente: Bolsas de ruedas para la compra; bolsitos de
mano; bolsos de mano. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos
meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este
edicto. Presentada el 17 de noviembre de 2016. Solicitud Nº 20160011303. A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto
en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 22 de noviembre de
2016.—Alex Villegas Méndez, Registrador.—( IN2017110871 ).
Ana Catalina Monge Rodríguez, casada dos veces, cédula
de identidad N° 108120604, en calidad de Apoderada Especial
de Arabela S.A. de C.V., con domicilio en calle 3 norte N° 102
Parque Industrial Toluca 2000, CD. de Toluca, Estado de México,
C.P. 50200, México, solicita la inscripción de: ARABELA
DARK QUEEN, como marca de fábrica y comercio en clase: 3.
Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: Cosméticos y
productos de perfumería. Se cita a terceros interesados en defender
sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos
meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este
edicto. Presentada el 17 de noviembre de 2016. Solicitud N° 20160011304. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto
en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 22 de noviembre
de 2016.—Alex Villegas Méndez, Registrador.—( IN2017110872 ).
Ana Catalina Monge Rodríguez, casada dos veces, cédula de
identidad 108120604, en calidad de apoderado especial de Arabela
S. A. de C.V. con domicilio en calle 3 norte N° 102 Parque Industrial
Toluca 2000, CD de Toluca, Estado de México C.P. 50200, México,
solicita la inscripción de: TRUE ME como marca de fábrica y
comercio en clase 3 internacional, para proteger y distinguir lo
siguiente: Preparaciones para blanquear y otras sustancias para uso
en la lavandería; preparaciones abrasivas y para limpiar, pulir y
fregar; jabones; perfumería, aceites esenciales, cosméticos, lociones
para el cabello; dentífricos. Se cita a terceros interesados en defender
sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos
meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este
edicto. Presentada el 17 de noviembre del 2016, solicitud Nº 20160011306. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto
en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 22 de noviembre del
2016.—Alex Villegas Méndez, Registrador.—( IN2017110873 ).
Olger Martin Díaz Chavarría, casado una vez, cédula de
identidad 107250403, en calidad de apoderado especial de Carnicas
Hermanos Díaz Sociedad Anónima, cédula jurídica 3101725102
con domicilio en Barva, San Roque del EBAIS; 300 metros al oeste,
Condominio Hacienda Nueva; casa 16, Heredia, Costa Rica, solicita
la inscripción de: Cárnicas Hnos Díaz
como nombre comercial en clase:
internacional, para proteger y distinguir lo
siguiente: un establecimiento comercial
dedicado a la elaboración y comercialización
de productos congelados a base de carnes rojas, ubicado en
Alajuela, San Joaquín de Flores; detrás de La Bomba de San
Joaquín en unas bodegas con portón blanco Reservas: colores
negro, blanco, amarillo, rojo y naranja. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de
la primera publicación de este edicto. Presentada el 31 de enero del
2017, según la Solicitud N° 2017-0000844. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
Ley 7978.—San José, 09 de febrero del 2017.—Alex Villegas
Méndez, Registrador.—( IN2017110943 ).
Ana Catalina Monge Rodríguez, casada dos veces, cédula
de identidad Nº 108120604, en calidad de apoderado especial de
Industria Los Patitos S. A., cédula jurídica Nº 3-101-011946, con
domicilio en: Parque Industrial de Barreal, 50 metros este de la
Fábrica B Ticino, Heredia, Costa Rica, solicita la inscripción de:
Los Patitos EMPANIZADOR POLLO
como marca de fábrica y comercio en clase 30
internacional, para proteger y distinguir lo
siguiente: Empanizador de pollo. Se cita a
terceros interesados en defender sus derechos
para hacerlos valer ante este Registro, dentro de
los dos meses siguientes, contados a partir de la
primera publicación de este edicto. Presentada el 02 de diciembre
del 2016. Solicitud N° 2016-0011810. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—
San José, 21 de diciembre del 2016.—César Alfonso Rojas Zúñiga,
Registrador.—( IN2017110962 ).
Ana Catalina Monge Rodríguez, casada dos veces, cédula de
identidad 108120604, en calidad de apoderada especial de Industria
Los Patitos S. A., cédula jurídica 3-101-011946, con domicilio
en Parque Industrial de Barreal, 50 metros este de la empresa B
Ticino, Heredia, Costa Rica, solicita la inscripción de: Los Patitos
EMPANIZADOR PESCADO
como marca de fábrica y comercio en clase: 30.
Internacional. Para proteger y distinguir lo
siguiente: Clase 30: Empanizador de pescado.
Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de
la primera publicación de este edicto. Presentada el 02 de
diciembre de 2016. Solicitud Nº 2016-0011809. A efectos de
publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
Ley 7978.—San José, 21 de diciembre de 2016.—César Alfonso
Rojas Zúñiga, Registrador.—( IN2017110963 ).
Miguel Ángel Villalobos Zamora, soltero, cédula de identidad
402110420 con domicilio en 50 metros sur de la Capilla de
Getsemaní, Los Ángeles, San Rafael, Heredia, Costa Rica, solicita
la inscripción de: BIRITECA
como marca de fábrica en clase 32 internacional,
para proteger y distinguir lo siguiente: Clase 32:
Cerveza. Se cita a terceros interesados en defender
sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir
de la primera publicación de este edicto. Presentada
el 11 de noviembre del 2016, solicitud Nº 2016-0011137. A efectos
de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
Ley Nº 7978.—San José, 23 de diciembre del 2016.—César Alfonso
Rojas Zúñiga, Registrador.—( IN2017111227 ).
La Gaceta Nº 42 — Martes 28 de febrero del 2017
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
Alejandra Bastida Álvarez, casada una vez, cédula de identidad
108020131, en calidad de apoderada especial de Gruma S.A.B. de
C.V. con domicilio en Río De La Plata N° 407 Oste, Colona Del
Valle, San Pedro, Garza García, Nuevo León, México, solicita la
inscripción de: Pa’Dipear
como marca de fábrica y comercio en clases 29 y
30. Internacionales, para proteger y distinguir lo
siguiente: 29 Papas tostadas y fritas, manies
saladas y dulces. y 30 Tortillas tostadas, tortillas,
masa de maíz, y derivados de maíz, bizcochos,
frituras de harina de maíz y trigo, tostadas,
nachos, bolitas de queso inflado, todo tipo de pastelería, repostería y
confitería. Reservas: De colores: Anaranjado, azul, amarillo y
blanco. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes,
contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada
el 19 de enero del 2017, solicitud Nº 2017-0000502. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
Ley Nº 7978.—San José, 8 de febrero del 2017.—Katherin Jiménez
Tenorio, Registradora.—( IN2017111309 ).
Alejandra Bastida Álvarez, casada, cédula de identidad
108020131, en calidad de Apoderada Especial de Gruma, S.A.B.
de C.V., con domicilio en Río de la Plata N° 407 Oste, Colona del
Valle, San Pedro, Garza García, Nuevo León, México, solicita la
inscripción de: Pa’Boquear El sabor tradicional de lo nuestro
como marca de fábrica y comercio en clases:
29 y 30. Internacionales. Para proteger y
distinguir lo siguiente: 29: Papas tostadas y
fritas, maníes salados y dulces y 30: Tortillas
tostadas, tortillas, masa de maíz, y derivados
de maíz, bizcochos, frituras de harina de
maíz y trigo, tostadas, nachos, bolitas de queso inflado, todo tipo
de pastelería, repostería y confitería. Reservas: De los colores:
Anaranjado, Azul, Amarillo y Blanco. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante
este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a
partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 19
de enero del 2017. Solicitud Nº 2017-0000503. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
Ley Nº 7978.—San José, 8 de febrero del 2017.—Katherin
Jiménez Tenorio, Registradora.—( IN2017111310 ).
Daniel Alonso Murillo Campos, casado, cédula de identidad
1-0827-0893, en calidad de Apoderado Generalísimo de VMG
Healthcare Products S.A., cédula jurídica 3-101-201700 con
domicilio en Escazú, 800 mts noroeste del paso a desnivel de
Multiplaza, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: GLUC
- CHEK
como nombre comercial. Para proteger y
distinguir lo siguiente: Un establecimiento
comercial dedicado a la importación y
distribución de productos naturales, medicamentos, materia prima,
implementos médicos, distribución de productos químicos de
limpieza general e higiene personal, ubicado en San José, Escazú,
Edificio VMG, en dirección al Colegio Blue Valley. Reservas: De
los colores: Negro, rojo y gris. Se cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. Presentada el 9 de diciembre del
2016. Solicitud Nº 2016-0012047. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº
7978.—San José, 30 de enero del 2017.—Grettel Solís Fernández,
Registradora.—( IN2017111316 ).
Daniel Alonso Murillo Campos, casado, cédula de identidad
108270893, en calidad de apoderado generalísimo de VMG
Healthcare Products S. A., cédula jurídica 3-101-201700 con
domicilio en Escazú, 800mt noroeste del paso a Desnivel de
Multiplaza, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: GlucChek
Pág 11
como marca de comercio en clase:
10. Internacional. Para proteger y
distinguir lo siguiente: Clase 10:
Agujas para plumas, glucómetros, tiras reativas de cetona y lanceta
para pincharse. Dispositivos para medir glucosa. Todos corresponde
a aparatos e instrumentos quirúrgicos-médicos. Reservas: De
colores: Negro, rojo y gris. Se cita a terceros interesados en defender
sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos
meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este
edicto. Presentada el 09 de diciembre de 2016. Solicitud Nº 20160012048. A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en
el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 30 de enero de 2017.—
Grettel Solís Fernández, Registradora.—( IN2017111317 ).
Jed Alan Silver, casado una vez, pasaporte 711569710, en
calidad de apoderado generalísimo de Better Restaurant Brands
Sociedad Anónima, con domicilio en Escazú, San José, Escazú, San
Rafael, de la rotonda de Multiplaza 800 metros al noroeste, Complejo
Comercial Attica, Costa Rica, solicita la inscripción de: SMILING
MOOSE como nombre comercial, para proteger y distinguir lo
siguiente: Un establecimiento comercial dedicado a (no indica),
ubicado en Guachipelín, Escazú, 800 metros al noroeste de Flash
Car. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes,
contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada
el 20 de diciembre del 2016. Solicitud Nº 2016-0011515. A efectos
de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
Ley Nº 7978.—San José, 31 de enero del 2017.—Rina Ruiz Mata,
Registradora.—( IN2017111318 ).
Olga Hidalgo Elizondo, divorciada una vez, cédula de
identidad Nº 106910129 con domicilio en: La Armonía, San Pablo
de Barva, 100 mtrs oeste de la escuela de San Pablo, casa F21,
Heredia, Costa Rica, solicita la inscripción de: El Tesoro de mi
Abuela pancito casero
como marca de fábrica en clase 30 internacional,
para proteger y distinguir lo siguiente: pan casero
dulce y salado. Se cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes,
contados a partir de la primera publicación de este
edicto. Presentada el 24 de agosto del 2016. Solicitud N° 20160008199. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto
en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 02 de setiembre del
2016.—Randall Abarca Aguilar, Registrador.—( IN2017111327 ).
Denia Maritza Montero Montero, cédula de identidad
602570351 con domicilio en Liberia, de La Antigua Gobernación;
400 sur, 100 oeste y 25 sur Barrio Condega en Restaurante
Marisquería, Sabor Porteño, Guanacaste, Costa Rica, solicita la
inscripción de: Marisquería Sabor Porteño
como marca de servicios en clase: 43.
Internacional, para proteger y distinguir lo
siguiente: Marisquería, restaurante de
mariscos y venta de comida preparada a base
de mariscos. Reservas: De los colores: celeste,
naranja, amarillo y verde. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la
primera publicación de este edicto. Presentada el 2 de noviembre del
2016, según la solicitud N° 2016-0010783. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—
San José, 1° de febrero del 2017.—Ildreth Araya Mesén,
Registradora.—( IN2017111343 ).
María Gabriela Arroyo Vargas, casada una vez, cédula de
identidad 109330536, en calidad de apoderada especial de Fábrica
de Bebidas Gaseosas Salvavidas S. A., con domicilio en Tercera
Avenida Norte Final, Finca El Zapote, Zona Dos, Cuidad de
Guatemala, Guatemala, solicita la inscripción de: SALVAVIDAS
SABORIZADA KIDS
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La Gaceta Nº 42 — Martes 28 de febrero del 2017
como marca de fábrica y comercio en clase
32 internacional, para proteger y distinguir
lo siguiente: Clase 32: Bebidas no
alcohólicas y otras preparaciones para
elaborar bebidas para niños, todas las
anteriores con sabor o a base de frutas. Reservas: De los colores:
anaranjado, blanco, rojo, azul, amarillo, morado y verde. No se
hace reserva de la palabra “SABORIZADA”. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de
la primera publicación de este edicto. Presentada el 17 de
noviembre del 2016, solicitud Nº 2016-0011330. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
Ley Nº 7978.—San José, 31 de enero del 2017.—César Alfonso
Rojas, Registrador.—( IN2017111344 ).
María Gabriela Arroyo Vargas, casada una vez, cédula de
identidad N° 109330536, en calidad de apoderado especial de
Fábrica de Bebidas Gaseosas Salvavidas S. A., con domicilio en
tercera avenida norte final, Finca El Zapote, zona dos, cuidad de
Guatemala, Guatemala, solicita la inscripción de: SALVAVIDAS
SAVORIZADA KIDS,
como marca de fábrica y comercio en
clase(s): 32 internacional(es), para proteger
y distinguir lo siguiente: clase 32: bebidas
no alcohólicas y otras preparaciones para
elaborar bebidas para niños, todas las anteriores con sabor o a base de
limón. Reservas: de colores: anaranjado, blanco, rojo, azul, amarillo y
verde. No se hace especial reserva de la palabra “saborizada”. ”. Se
cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 17 de
noviembre del 2016. Solicitud N° 2016-0011331. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley
N° 7978.—San José, 31 de enero del 2017.—Cesar Alfonso Rojas
Zúñiga, Registrador.—( IN2017111345 ).
María Gabriela Arroyo Vargas, casada una vez, cédula de
identidad Nº 109330536, en calidad de apoderada especial de
Fábrica de Bebidas Gaseosas Salvavidas S. A., con domicilio en:
tercera avenida norte final, finca El Zapote, zona 2, ciudad de
Guatemala, Guatemala, solicita la inscripción de: SALVAVIDAS
SABORIZADA KIDS
como marca de fábrica y comercio en clase 32
internacional, para proteger y distinguir lo
siguiente: bebidas no alcohólicas y otras
preparaciones para elaborar bebidas para
niños, todas la anteriores con sabor o base de
manzana. Reservas: de los colores: verde claro, verde oscuro,
blanco, rojo, azul, anaranjado. Se cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. Presentada el 17 de noviembre del
2016. Solicitud N° 2016-0011332. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N°
7978.—San José, 30 de enero del 2017.—César Alfonso Rojas
Zúñiga, Registrador.—( IN2017111347 ).
María Gabriela Arroyo Vargas, casada una vez, cédula de
identidad 109330536, en calidad de apoderada especial de Fábrica
de Bebidas Gaseosas Salvavidas S. A., con domicilio en Tercera
Avenida Norte Final, Finca El Zapote, Zona Dos, Cuidad de
Guatemala, Guatemala, solicita la inscripción de: SALVAVIDAS
Saborizada Kids
Como marca de fábrica y comercio en clase:
32 Internacional, para proteger y distinguir lo
siguiente: Clase 32: Bebidas no alcohólicas y
otras preparaciones para elaborar bebidas
para niños, todas las anteriores con sabor o a
base de fresa. Reservas: De los colores blanco, rojo, azul, amarillo y
verde. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes,
contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada
el 17 de noviembre del 2016, según la Solicitud N° 2016-0011333.
A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 17 de noviembre del 2016.—
Cesar Alfonso Rojas Zúñiga, Registrador.—( IN2017111348 ).
María Gabriela Arroyo Vargas, casada una vez, cédula de
identidad 109330536, en calidad de apoderada especial de fábrica de
bebidas gaseosas Salvavidas S. A., con domicilio en tercera avenida
norte final, finca El Zapote, Zona Dos, Ciudad de Guatemala,
Guatemala, solicita la inscripción de: SALVAVIDAS Saborizada Kids
como marca de fábrica y comercio en
clase: 32. Internacional. Para proteger y
distinguir lo siguiente: bebidas no
alcohólicas y otras preparaciones para
elaborar bebidas para niños. Reservas: de los colores: Negro y gris.
Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 17 de
noviembre de 2016. Solicitud Nº 2016-0011340. A efectos de
publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
Ley 7978.—San José, 31 de enero de 2017.—César Alfonso Rojas
Zúñiga, Registrador.—( IN2017111350 ).
María Gabriela Arroyo Vargas, casada una vez, cédula de
identidad Nº 109330536, en calidad de apoderada especial de
Fabrica de Bebidas Gaseosas Salvavidas S. A., con domicilio en:
Tercera Avenida Norte Final, Finca El Zapote, Zona Dos, Ciudad
de Guatemala, Guatemala, solicita la inscripción de: SALVAVIDAS
Saborizada Kids
como marca de fábrica y comercio en
clase 32 internacional, para proteger y
distinguir lo siguiente: Bebidas no
alcohólicas y otras preparaciones para
elaborar bebidas para niños, todas las anteriores con sabor o a base
de uvas. Reservas: de los colores morado claro y morado oscuro,
verde claro, verde oscuro, blanco, rojo, azul, anaranjado. Se cita a
terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a
partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 17 de
noviembre del 2016. Solicitud N° 2016-0011341. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
Ley N° 7978.—San José, 31 de enero del 2017.—César Alfonso
Rojas Zúñiga, Registrador.—( IN2017111352 ).
María Isabel Cartín Villalobos, casada una vez, cédula de
identidad Nº 110840520, con domicilio en: El Alto de Guadalupe,
Goicoechea 100 metros norte y 225 oeste de la Clínica Jerusalén,
Costa Rica, solicita la inscripción de: Animetags, como marca
de fábrica y comercio en clase 25 internacional, para proteger y
distinguir lo siguiente: Camisas, camisetas, gorras, sudaderas,
pantalonetas, medias, ropa íntima de hombre y mujer, blusas y
pantalones. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos
para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 21 de julio del 2016. Solicitud N° 2016-0007049. A
efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo
85 de la Ley N° 7978.—San José, 12 de enero del 2017.—Ivonne
Mora Ortega, Registradora.—( IN2017111403 ).
Minor Jiménez Abarca, casado una vez, cédula de identidad
304210574 con domicilio en San Marcos de Tarrazú, 500 metros
sur de Escuela San Gabriel de Tarrazú, Costa Rica , solicita la
inscripción de: Café LA CUMBRE
como marca de fábrica y comercio en clase 30
internacional, para proteger y distinguir lo siguiente:
30 Café tostado, molido y en grano, descafeinado y
no descafeinado, café en verde, café oscuro (sin
tostar). Se cita a terceros interesados en defender
sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir
de la primera publicación de este edicto. Presentada el 7 de octubre
del 2016, solicitud Nº 2016-0009833. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—
San José, 18 de octubre del 2016.—Carlos Rosales Picado,
Registrador.—( IN2017111428 ).
La Gaceta Nº 42 — Martes 28 de febrero del 2017
Minor Jiménez Abarca, casado, cédula de identidad 304210574
con domicilio en San Gabriel de Tarrazú, 300 metros sur de Escuela
de San Gabriel, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de:
Café Valiente como marca de fábrica en clase 30 internacional,
para proteger y distinguir lo siguiente: 30 Café tostado molido,
café tostado en grano, café en verde, café grano de oro, café molido
verde, café descafeinado. Se cita a terceros interesados en defender
sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos
meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este
edicto. Presentada el 9 de diciembre del 2016, solicitud Nº 20160012057. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto
en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 12 de enero del
2017.—Rina Ruiz Mata, Registradora.—( IN2017111429 ).
Armando Alberto Guardia Sasso, casado tres veces, cédula
de identidad Nº 104121494, en calidad de Apoderado Especial
de Best Western International Inc., con domicilio en: 6201 north,
24TH Parkway, Phoenix, Arizona 85016-2023, Estados Unidos de
América, solicita la inscripción de: BW Best Western PLUS
como marca de servicios en clase: 43.
Internacional. Para proteger y distinguir lo
siguiente: Servicios hoteleros, moteles y
complejos vacacionales. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes,
contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada
el 22 de setiembre del 2016. Solicitud N° 2016-0009274. A efectos
de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
Ley N° 7978.—San José, 08 de febrero del 2017.—Wendy López
Vindas, Registradora.—( IN2017111438 ).
Leonard Hernan Ferris Aguilar, casado una vez, cédula de
identidad 900370157, en calidad de apoderado generalísimo de
Vivicon Inmobiliaria Sociedad Anónima, cédula jurídica 3101036460
con domicilio en Goicoechea, San Francisco, Oficentro Torres del
Campo, frente costado sur del Centro Comercial El Pueblo, edificio
2, piso 1, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: GARDEN
APARTMENTS como nombre comercial en clase internacional,
para proteger y distinguir lo siguiente: 49 Un establecimiento
comercial dedicado al desarrollo y comercialización de un proyecto
inmobiliario en la modalidad de propiedad en condominio, ubicado
en San José, Goicoechea, San Francisco, frente costado sur del
Centro Comercial El Pueblo, Oficentro Torres del Campo. Se cita
a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 2
de febrero del 2017, solicitud Nº 2017-0000945. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
Ley Nº 7978.—San José, 8 de febrero del 2017.—Randall Abarca
Aguilar, Registrador.—( IN2017111445 ).
Carlos Rodolfo Homberger Figueroa, casado una vez, cédula
de identidad 800810144, en calidad de apoderado generalísimo de
Café Capris Sociedad Anónima, cédula jurídica N° 3101007091, con
domicilio en Ulloa, del puente sobre el Río Virilla cincuenta metros
a lado derecho, segunda entrada, Heredia, Costa Rica, solicita la
inscripción de: la Cima PZ,
Como marca de fábrica y comercio en clase(s):
30 internacional(es), para proteger y distinguir
lo siguiente: clase 30: café. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los
dos meses siguientes, contados a partir de la
primera publicación de este edicto. Presentada el 24 de enero de
2017. Solicitud N° 2017-0000600. A efectos de publicación, téngase
en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San
José, 10 de febrero de 2017.—Cesar Alfonso Rojas Zúñiga,
Registrador.—( IN2017111450 ).
Luis Gerardo Soto Montiel, soltero, cédula de identidad 6-379185 con domicilio en San Francisco, Urbanización Monterrosa casa
N° 1356, Heredia, Costa Rica, solicita la inscripción de: bri
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Como marca de servicios en clase 42
internacional, para proteger y distinguir lo
siguiente:
42
Servicios
tecnológicos,
desarrollo de software. Reservas: De los
colores: verde, rojo y amarillo. Se cita a
terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 20
de enero del 2017, solicitud Nº 2017-0000542. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
Ley Nº 7978.—San José, 2 de febrero del 2017.—Rina Ruiz
Mata, Registradora.—( IN2017111451 )
Manuel Quirós Monge, soltero, cédula de identidad Nº
109970817, con domicilio en: residencial El Norte, casa Nº 7, Tibás,
Costa Rica, solicita la inscripción de: COMIC CON COSTA RICA
Como marca de servicios en clase 41 internacional,
para proteger y distinguir lo siguiente: eventos de
cultura geek, pop y anime relacionados
directamente con el nombre Comic Con. Se cita a
terceros interesados en defender sus derechos
para hacerlos valer ante este Registro, dentro de
los dos meses siguientes, contados a partir de la
primera publicación de este edicto. Presentada el 26 de enero del
2017. Solicitud N° 2017-0000714. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N°
7978.—San José, 06 de febrero del 2017.—Carlos Rosales
Picado, Registrador.—( IN2017111453 ).
Yanán Martín Chacón Mena, cédula de identidad 113050239con
domicilio en San Francisco, Agua Caliente, Residencial Hacienda
de Oro, casa 29-F, de la entrada sur del residencial 400 metros
al oeste y 25 metros al norte, casa de color amarillo, con verjas
negras, Cartago, Costa Rica, solicita la inscripción de: TUEST
como marca de comercio en clase 30 internacional, para proteger
y distinguir lo siguiente: 30 Café, café sin tostar, café con leche,
bebidas a base de café, sucedáneos del café, saborizantes de café
y aromatizantes de café. Reservas: Del color: negro. Se cita a
terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el
18 de enero del 2017, solicitud Nº 2017-0000443. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
Ley Nº 7978.—San José, 30 de enero del 2017.—Carlos Rosales
Picado, Registrador.—( IN2017111461 ).
Yo Jhon Jairo López Villegas, divorciado una vez, cédula de
residencia 800940185, en calidad de apoderado generalísimo de
Center Multiservices Y. J S. A., cédula jurídica 3101462509 con
domicilio en cantón Alajuela distrito Alajuela, sita del Palí de Tuasa
50 metros este, Panadería Santa Clara, Alajuela, Costa Rica, solicita
la inscripción de: PANADERÍA - CAFETERÍA - PASTELERÍA JL
como nombre comercial en clase internacional.
Para proteger y distinguir lo siguiente: Un
establecimiento comercial dedicado a
producción, elaboración y venta de
productos de panadería, pastelería y cafetería, ubicado en Alajuela,
Centro Comercial City Mall Alajuela, Dentro del Supermercado La
Antorcha. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos
para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 25 de agosto del 2016, solicitud Nº 2016-0008287. A
efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo
85 de la Ley Nº 7978.—San José, 01 de setiembre del 2016.—
Rolando Cardona Monge, Registrador.—( IN2017111479 ).
Randall Mauricio Rojas Quesada, divorciado, cédula de
identidad Nº 204870005, en calidad de apoderado especial de M
R Dental y Asociados M R B Sociedad Anónima, cédula jurídica
Nº 3101543810, con domicilio en: San Carlos, Ciudad Quesada,
75 metros al norte de la iglesia Catedral, Altos de Importaciones
La Oficina, Alajuela, Costa Rica, solicita la inscripción de: yippo
FROZEN HELADERÍA
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La Gaceta Nº 42 — Martes 28 de febrero del 2017
como nombre comercial en clase internacional,
para proteger y distinguir lo siguiente: un
establecimiento comercial dedicado a venta de
helados y cafetería, cuya actividad principal será
la heladería, ubicado en Alajuela, San Carlos,
Ciudad Quesada, centro. Se cita a terceros interesados en defender
sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos
meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este
edicto. Presentada el 13 de enero del 2017. Solicitud N° 20170000292. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto
en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 09 de febrero del
2017.—Wendy López Vindas, Registradora.—( IN2017111485 ).
Mariela Solano Obando, soltera, cédula de identidad N°
110760532, en calidad de apoderado especial de Arqus Sociedad
Anónima, cédula jurídica N° 3101727289, con domicilio en Plaza
Roble, edificio El Patio, 3er piso, San Rafael de Escazú, Costa
Rica, solicita la inscripción de: ARQUS-estudio arquitecturaurbanismo sostenibles como marca de servicios en clase(s): 37 y 42
internacional(es).
Para proteger y distinguir lo siguiente: 37
servicios de inspección de obra y construcción, y
42 servicios de arquitectura en general,
consultorías sobre arquitectura, y diseño
arquitectónico. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos
meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este
edicto. Presentada el 19 de diciembre de 2016. Solicitud N° 20160012386. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto
en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 06 de febrero de
2017.—Ivonne Mora Ortega, Registradora.—(IN2017111486).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Marianella Arias Chacón, cédula de identidad Nº 106790960,
en calidad de apoderada especial de Medi Plus Tec MedizinischTechnishe Handelsgesellschaft MBH, con domicilio en: Baerler
Strasse 100, D-47441 Moers, Alemania, solicita la inscripción de:
GOLD SEAL
como marca de comercio en clase 34 internacional,
para proteger y distinguir lo siguiente: Artículos de
tabaco (artículos de lujo), en particular cigarrillos y
cigarrillos con boquilla de filtro; artículos para
fumadores; fósforos. Reservas: de colores: negro,
gris y blanco. Se cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de
la primera publicación de este edicto. Presentada el 02 de
noviembre del 2016. Solicitud N° 2016-0010781. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
Ley N° 7978.—San José, 09 de noviembre del 2016.—Ildreth Araya
Mesén, Registradora.—( IN2017111528 ).
Manuel E. Peralta Volio, cédula de identidad Nº 900120480,
en calidad de apoderado generalísimo de Productora La Florida
S. A., con domicilio en: Echeverría, distrito 2° de Belén, en las
instalaciones de Cervecería Costa Rica, Alajuela, Costa Rica,
solicita la inscripción de: TERRITORIO ESPUELAS Pilsen
como marca de servicios en clase: 41. Internacional.
Para proteger y distinguir lo siguiente: Una aplicación
musical que consiste en una plataforma de música no
descargable. Servicios de entretenimiento, servicios
culturales, que consisten principalmente en la
organización de concursos y entrega de premios. Reservas: De los
colores: Blanco, negro y rojo. Se cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. Presentada el 26 de octubre del 2016.
Solicitud N° 2016-0010474. A efectos de publicación, téngase en
cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San
José, 04 de noviembre del 2016.—Randall Abarca Aguilar,
Registrador.—( IN2017111531 ).
Manuel E. Peralta Volio, cédula de identidad N° 900120480,
en calidad de apoderado generalísimo de Productora La Florida
S. A., cédula jurídica N° 3101306901 con domicilio en Echeverría,
distrito 2° de Belén, en las instalaciones de Cervecería Costa Rica,
Alajuela, Costa Rica, solicita la inscripción de: Pilsen
como marca de fábrica y comercio en clase(s): 33
internacional(es), para proteger y distinguir lo siguiente:
33 Bebidas alcohólicas (excepto cervezas). Reserva: del
color: rojo. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de
los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. Presentada el 26 de octubre de 2016.
Solicitud N° 2016-0010466. A efectos de publicación, téngase en
cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San
José, 3 de noviembre de 2016.—Randall Abarca Aguilar,
Registrador.—( IN2017111532 ).
Manuel E. Peralta Volio, cédula de identidad Nº 900120480,
en calidad de apoderado generalísimo de Productora La Florida
S. A., con domicilio en: Echeverría, distrito 2° de Belén, en las
instalaciones de Cervecería Costa Rica, Alajuela, Costa Rica,
solicita la inscripción de: CHIVO CHIVO Pilsen
como marca de servicios en clase 35 internacional,
para proteger y distinguir lo siguiente: Publicidad,
gestión de negocios comerciales, administración
comercial y trabajos de oficina. Reservas: de los
colores: blanco, negro y rojo. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 26 de octubre del 2016. Solicitud N° 2016-0010469. A
efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo
85 de la Ley N° 7978.—San José, 03 de noviembre del 2016.—
Randall Abarca Aguilar, Registrador.—( IN2017111533 ).
Arnoldo André Tinoco, divorciado una vez, cédula de identidad
Nº 105450969, en calidad de apoderado especial de Molino Harinero
Sula S. A., con domicilio en: San Pedro Sula, Departamento Cortés,
en salida a Puerto Cortés, desvío a Expocentro, San Pedro Sula,
Honduras, solicita la inscripción de: mammía
como marca de fábrica y comercio en clase 30
internacional, para proteger y distinguir lo
siguiente: Café, té, cacao y sucedáneos del café;
arroz; tapioca y sagú; harinas y preparaciones a
base de cereales; pan, productos de pastelería y confitería; helados;
azúcar, miel, jarabe de melaza; levadura, polvos de hornear; sal;
mostaza; vinagre, salsas (condimentos); especias; hielo; pastas
alimenticias; alimentos de pasta seca. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante
este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a
partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 20
de diciembre del 2016. Solicitud N° 2016-0012442. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
Ley N° 7978.—San José, 12 de enero del 2017.—Carlos Rosales
Picado, Registrador.—( IN2017111535 ).
Marck Van Der Laat Robles, casado una vez, cédula de
identidad N° 111960018, en calidad de apoderado especial de Pura
Vida Laureles S. A., cédula jurídica N° 3101406324, con domicilio
en San José, avenida 10, calles 15 y 17, N° 1585, San José, Costa
Rica, solicita la inscripción de: JUMBO PACK, como marca de
fábrica y comercio en clase(s): 3 internacional(es), para proteger
y distinguir lo siguiente: 3 Preparaciones para blanquear y otras
sustancias para lavar la ropa; preparaciones para limpiar, pulir,
desengrasar y raspar; jabones; productos de perfumería, aceites
esenciales, cosméticos, lociones capilares; dentífricos. Se cita a
terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 5
de octubre del 2016. Solicitud N° 2016-0009754. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
Ley N° 7978.—San José, 12 de octubre del 2016.—Randall Abarca
Aguilar, Registrador.—( IN2017111536 ).
La Gaceta Nº 42 — Martes 28 de febrero del 2017
Marck Van Der Laat Robles, casado una vez, cédula de
identidad 111960018, en calidad de apoderado especial de Pura
Vida Laureles S. A., cédula jurídica 3101406324 con domicilio
en avenida 10, calles 15 y 17, número 1585, San José, Costa Rica,
solicita la inscripción de: SAVONE como nombre comercial en
clase internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: Un
establecimiento comercial dedicado realizar preparaciones para
blanquear y otras sustancias para lavar la ropa; preparaciones
para limpiar, pulir, desengrasar y raspar; jabones; productos de
perfumería, aceites esenciales, cosméticos, lociones capilares;
dentífricos, ubicado en Alajuela, Ciruelas, diagonal a la antigua
estación del Ferrocarril de Ciruelas, Costa Rica. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de
la primera publicación de este edicto. Presentada el 18 de octubre
del 2016, solicitud Nº 2016-0010089. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº
7978.—San José, 24 de octubre del 2016.—Randall Abarca
Aguilar, Registrador.—( IN2017111537 )
Marck Van Der Laat Robles, casado una vez, cédula de
identidad Nº 111960018, en calidad de apoderado especial de Pura
Vida Laureles S. A., cédula jurídica Nº 3101406324 con domicilio
en: San José, avenida 10, calles 15 y 17, Nº 1585, San José, Costa
Rica, solicita la inscripción de: S SAVONE
como nombre comercial en clase internacional,
para proteger y distinguir lo siguiente: Un
establecimiento comercial dedicado a realizar
preparaciones para blanquear y otras sustancias para lavar la ropa;
preparaciones para limpiar, pulir, desengrasar y raspar; jabones;
productos de perfumería, aceites esenciales, cosméticos, lociones
capilares; dentífricos, ubicado en Alajuela, Ciruelas, diagonal a la
antigua estación del Ferrocarril de Ciruelas. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la
primera publicación de este edicto. Presentada el 18 de octubre del
2016. Solicitud N° 2016-0010090. A efectos de publicación, téngase
en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San
José, 24 de octubre del 2016.—Randall Abarca Aguilar,
Registrador.—( IN2017111538 ).
Pág 15
de setiembre del 2016, solicitud Nº 2016-0009520. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de
la Ley Nº 7978.—San José, 10 de octubre del 2016.—Rina Ruiz
Mata, Registradora.—( IN2017111540 ).
Marck Van Der Laat Robles, casado una vez, cédula de
identidad Nº 111960018, en calidad de apoderado especial de Omoto
Internacional con domicilio en 702-B, Aggar Nagar, Ludhiana,
Punjab, India, solicita la inscripción de: RADAR como marca
de fábrica y comercio en clase: 12. Internacional. Para proteger y
distinguir lo siguiente: Vehículos, aparatos de locomoción terrestre;
aérea o acuática. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos
meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de
este edicto. Presentada el 12 de julio del 2016. Solicitud N° 20160006713. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto
en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 11 de octubre del
2016.—Randall Abarca Aguilar, Registrador.—( IN2017111541 ).
Marck Van Der Laat Robles, casado una vez, cédula de
identidad 111960018, calidad de apoderado especial de Gador S. A.
con domicilio en Darwin 429, 1414 Buenos Aires, Argentina, solicita
la inscripción de: FUCSIA como marca de fábrica y comercio
en clase 5 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente:
5 Preparaciones farmacéuticas y veterinarias; preparaciones
higiénicas y sanitarias para uso médico; alimentos y sustancias
dietéticas para uso médico o veterinario, alimentos para bebés;
complementos alimenticios para personas y animales; emplastos,
material para apósitos; material para empastes e improntas dentales;
desinfectantes; preparaciones para eliminar animales dañinos;
fungicidas, herbicidas. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos
meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este
edicto. Presentada el 1 de setiembre del 2016, solicitud Nº 20160008550. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto
en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 7 de setiembre del
2016.—Ivonne Mora Ortega, Registradora.—( IN2017111542 ).
Marck Van Der Laat Robles, casado una vez, cédula de
identidad N° 1119600181 en calidad de apoderado especial de
Nature’s Bounty, Inc., con domicilio en 2100 Smithtown Avenue,
Ronkonkoma, NY 11779, Estados Unidos de América, solicita la
inscripción de: NATURE’S BOUNTY
como marca de fábrica y comercio en
clase(s): 5 internacional(es), para proteger
y distinguir lo siguiente: Clase 5:
Suplementos alimenticios dietéticos que contienen vitaminas y
minerales. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos
para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 13 de setiembre de 2016. Solicitud N° 2016-0009021.
A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 12 de octubre de 2016.—
César Alfonso Rojas Zúñiga, Registrador.—( IN2017111539 ).
Marck Van Der Laat Robles, casado una vez, cédula de
identidad 111960018, en calidad de apoderado especial de Deli Top
Limitada, cédula jurídica 3102709219 con domicilio en Montes de
Oca, San Pedro, barrio Los Yoses, avenida 10, entre calles 37 y 39,
San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: deli top
como marca de fábrica y comercio en clase 30
internacional, para proteger y distinguir lo
siguiente: Café, té, cacao y sucedáneos del café;
arroz; tapioca y sagú; harinas y preparaciones a
base de cereales; pan, productos de pastelería y
confitería; helados; azúcar, miel, jarabe de melaza; levadura, polvos
de hornear; sal; mostaza; vinagre, salsas (condimentos); especias;
repostería. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos
para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 22 de febrero del 2016, solicitud Nº 2016-0001698. A
efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo
85 de la Ley Nº 7978.—San José, 22 de diciembre del 2016.—
Alex Villegas Méndez, Registrador.—( IN2017111543 ).
Marck Van Der Laat Robles, casado una vez, cédula de
identidad 111960018, en calidad de apoderado especial de Landoll
S. R. L. con domicilio en Viale Bianca María 41, Milano, Italia,
solicita la inscripción de: NASHI como marca de fábrica y comercio
en clase 3 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: 3
(Tintes para el -) cabello; acondicionador de cabello; (tintes para el -)
cabello; lociones capilares; lacas para el cabello; preparaciones para
alisar el cabello; (preparaciones para ondular el -) cabello; champú;
champús secos; cosméticos; cremas cosméticas; preparaciones
cosméticas para el cuidado de la piel; perfumes; aceites esenciales;
aromas (aceites esenciales); aceites para uso cosmético; aceites
de perfumería, lociones para uso cosmético. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante
este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a
partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 28
Arnoldo André Tinoco, divorciado una vez, cédula de identidad
Nº 105450969, en calidad de apoderado especial de Molino Harinero
Sula S. A., con domicilio en: San Pedro Sula, Departamento Cortés,
en salida a Puerto Cortés, desvío a Expocentro, San Pedro Sula,
Honduras, solicita la inscripción de: Civetta
como marca de fábrica y comercio en clase 30
internacional, para proteger y distinguir lo
siguiente: café, té, cacao y sucedáneos del café;
arroz; tapioca y sagú; harinas y preparaciones a
base de cereales; pan, productos de pastelería y confitería; helados;
azúcar, miel, jarabe de melaza; levadura, polvos de hornear; sal;
mostaza; vinagre, salsas (condimentos); especias; hielo; pastas
alimenticias; alimentos de pasta seca. Se cita a terceros interesados
en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
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La Gaceta Nº 42 — Martes 28 de febrero del 2017
publicación de este edicto. Presentada el 20 de diciembre del
2016. Solicitud N° 2016-0012443. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N°
7978.—San José, 12 de enero del 2017.—Carlos Rosales Picado,
Registrador.—( IN2017111544 ).
María Gabriela Arroyo Vargas, casada una vez, cédula
de identidad N° 109330536, en calidad de apoderada especial
de Alimentos Maravilla Sociedad Anónima, con domicilio en
Calzada Roosevelt número ocho guión treinta y tres, zona tres, de
Municipio de Mixco, Departamento de Guatemala, Guatemala,
solicita la inscripción de: REANIMATE CON MARINERO,
como señal de propaganda en clase(s): internacional(es), para
proteger y distinguir lo siguiente: 50 para promocionar: bebidas de
vegetales, bebidas de vegetales con caldo de almejas, bebidas no
alcohólicas, agua purificada, bebidas carbonatadas, carne, pescado,
frutas y legumbres en conserva, secas y cocidas; jaleas, mermeladas,
leche y productos lácteos; aceites y grasas comestibles, embutidos,
salsas para ensaladas, extractos de carne, concentrados (caldos),
sopas, sopas en sobre, comidas preparadas, mariscos, aves, pastas
de tomate, encurtidos, gelatina, mantequilla, bocadillos, platanitos
fritos, hojuelas de papa y yuca y tortillas fritas, en relación con la
marca “MARINERO”, según números de registro 190985, 198303,
192695, 218381 y 99880. Se cita a terceros interesados en defender
sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los
dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de
este edicto. Presentada el 31 de agosto de 2016. Solicitud N° 20160008485. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto
en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 5 de setiembre de
2016.—Carlos Rosales Picado, Registrador.—( IN2017111569 ).
Pamelas Vargas Sánchez, casada una vez, cédula de identidad
Nº 110740304, con domicilio en: condominio La Estefana, casa 29
del Cristo de Sabanilla 800 este, 200 norte y 200 sur oeste, Costa
Rica, solicita la inscripción de: Debash “Lo natural hecho arte”
como marca de fábrica en clases 3 y 4
internacionales, para proteger y distinguir lo
siguiente: en clase 3: jabones, cremas faciales y
corporales y en clase 4: velas. Reservas: de los
colores: café oscuro, verde y café claro. Se cita a
terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a
partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 07 de
febrero del 2017. Solicitud N° 2017-0001051. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
Ley N° 7978.—San José, 14 de febrero del 2017.—Johnny
Rodríguez Garita, Registrador.—( IN2017111581 ).
María Gabriela Bodden Cordero, casada, cédula de identidad
N° 701180461, en calidad de apoderado especial de Funeral
International Group S. A.S., con domicilio en ZF Permanente
Rionegro Lc 110 Vda Chachafruto. Rionegro, Antioquia, Colombia,
solicita la inscripción de: PREXCO, como marca de servicios en
clase(s): 45 internacional(es), para proteger y distinguir lo siguiente:
45 servicios funerarios, planes exequiales, servicios de velación, de
inhumación, de cremación. Se cita a terceros interesados en defender
sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los
dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de
este edicto. Presentada el 17 de enero de 2017. Solicitud N° 20170000391. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto
en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 26 de enero de
2017.—Ivonne Mora Ortega, Registradora.—( IN2017111584 ).
Aarón Montero Sequeira, casado una vez, cédula de identidad
109080006, en calidad de apoderado especial de Cotecnica S.C.C.L
con domicilio en carretera nacional II, km. 494,50 25250 Bellpuig
(Lleida), España, solicita la inscripción de: OWNAT como marca
de fábrica y comercio en clase: 31. Internacional. Para proteger y
distinguir lo siguiente: Objetos comestibles y masticables para
animales; alimentos y piensos preparados para animales; alimentos
para animales de compañía en forma de productos para masticar;
sustancias alimenticias fortificantes para animales; sustitutos de
la leche para su uso como alimentos para animales. Prioridad: Se
otorga prioridad N° 015699911 de fecha 28/07/2016 de España. Se
cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el
27 de enero del 2017. Solicitud Nº 2017-0000783. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
Ley Nº 7978.—San José, 08 de febrero del 2017.—Grettel Solís
Fernández, Registradora.—( IN2017111585 ).
María Gabriela Bodden Cordero, casada, cédula de identidad
Nº 701180461, en calidad de apoderada especial de Inversiones
La Franquicia S. A.S, con domicilio en: calle 48 Nº 57 87 INT
101 Medellin, Antioquia, Colombia, solicita la inscripción de:
CRUJIPOP, como marca de fábrica y comercio en clase 30
internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: helados,
helados de yogur, chips de maíz procesado, snack de maíz
procesado con helado, cono (barquillo), galleta. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de
la primera publicación de este edicto. Presentada el 17 de enero
del 2017. Solicitud N° 2017-0000390. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N°
7978.—San José, 26 de enero del 2017.—Ivonne Mora Ortega,
Registradora.—(IN2017111586 ).
MARÍA GABRIELA BODDEN CORDERO, CASADA,
Cédula de identidad 701180461, en calidad de Apoderado Especial
de MEC HOLDING GMBH con domicilio en MESSER-PLATZ
1, D-65812 BAD SODEN., Alemania, solicita la inscripción
de: Castolin Eutectic Eutectic Castolin, como marca de fábrica y
comercio en clase(s): 6, 7 y 9 internacional(es).
Para proteger y distinguir lo siguiente: 6
soldadura, 7 aparatos de soldadura eléctrica,
herramientas de soldadura incluidas en esta
clase, aparatos de soldadura (eléctrica), sopletes
de soldadura (eléctrica), corte de aparatos; y 9 controles eléctricos
del robot, rogot de puertos de salida e interfaces; controles eléctricos
para soldadura. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos
meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este
edicto. Presentada el 13 de octubre del 2016. Solicitud N° 20160010026. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto
en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 6 de febrero del
2017.—Rina Ruiz Mata, Registradora.—( IN2017111587 ).
Aarón Montero Sequeira, casado una vez, cédula de identidad
109080006, en calidad de apoderado especial de Cargolux Airlines
International S. A., con domicilio en Airport Luxembourg, L-2990
Sandweiler, Luxembourg, Luxemburgo, solicita la inscripción de:
cargolux you name it, we fly it !
como marca de servicios en clases 35; 37 y 39
internacionales, para proteger y distinguir lo
siguiente: 35 Gestión de empresas en el ámbito
de los servicios de transporte y entrega;
servicios de procesamiento de datos en el ámbito del transporte;
servicios de administración de empresas en el ámbito del
transporte; publicidad relativa a los servicios de transporte y
entrega; agencias de importación y exportación; servicios de
adquisición para terceros (compra de bienes y servicios para otros
negocios), negociación y conclusión de transacciones comerciales
para terceros. 37 Mantenimiento y reparación de aviones y 39
Transporte; embalaje y almacenamiento de mercancías; alquiler de
almacenes; alquiler de contenedores de almacenamiento;
organización de viajes; servicios de información, asesoramiento y
consultoría en materia de transporte; entrega de bienes; flete [envío
de mercancías]; transporte y logística; información de transporte;
corretaje de transporte; descarga de carga, transporte y servicios
de entrega por vía aérea, por carretera, por ferrocarril y por mar.
Reservas: De colores: Blanco, negro y rojo. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de
la primera publicación de este edicto. Presentada el 9 de enero del
2017, solicitud Nº 2017-0000061. A efectos de publicación,
La Gaceta Nº 42 — Martes 28 de febrero del 2017
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº
7978.—San José, 26 de enero del 2017.—Katherin Jiménez
Tenorio, Registradora.—( IN2017111588 ).
Aaron Montero Sequeira, casado una vez cédula de identidad
10908006, en calidad de apoderado especial de Yong Xing Limited,
con domicilio en N° 4 Industrial Zone, JiangShi XinWei Village,
GongMing Street, GuangMing District, Shenzhen, China, solicita
la inscripción de: STREET RUNNER como marca de fábrica y
comercio en clase: 28. Internacional, para proteger y distinguir lo
siguiente: 28 Botas de patinaje con patines adjuntos; patines en
línea; patines; patines de hielo; zapatos de nieve; coderas (artículos
deportivos); patinetas; esquís; máquinas para ejercicios físicos.
Reservas: Street Runner traducción “Corredor de calle”. Se cita a
terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a
partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 12 de
enero del 2017, según la Solicitud N° 2017-0000237. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
Ley 7978.—San José, 26 de enero del 2017.—Katherin Jiménez
Tenorio, Registradora.—( IN2017111589 ).
María Gabriela Bodden Cordero, casada, cédula de identidad
Nº 701180461, en calidad de apoderado especial de BYD Company
Limited, con domicilio en Nº 1, Yan’an Road; Kuichong Street,
Dapeng New District, Shenzhen, People’s, China, solicita la
inscripción de: THE OFFICIAL SPONSOR OF MOTHER
NATURE, como marca de fábrica y comercio en clase 12
internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: material rodante
para ferrocarriles; vehículos eléctricos; locomotoras; vehículos de
locomoción por tierra, aire, agua o ferrocarril; carretillas elevadoras;
camiones de aspersión; autobuses de motor; autocares; camiones;
remolques [vehículos]; coches de golf [vehículos]; vagones;
motores eléctricos para vehículos terrestres; furgonetas [vehículos];
vehículos frigoríficos; motores para vehículos terrestres; carros
deportivos; camiones de volteo; tranvías; automóviles; carrocerías
de automóviles; revolvedoras de concreto [vehículos]; carros de
camping; teleféricos; carros basculantes; aviones; barcos; chasis del
vehículos; drones civiles. Se cita a terceros interesados en defender
sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los
dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de
este edicto. Presentada el 20 de enero del 2017. Solicitud N° 20170000534. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto
en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 02 de febrero del
2017.—Ivonne Mora Ortega, Registradora.—( IN2017111590 ).
Aaron Montero Sequeira, casado una vez, cédula de identidad
109080006, en calidad de apoderado especial de Acino Pharma
AG, con domicilio en Birsweg 2, 4253 Liesberg, Suiza, solicita
la inscripción de: SURVELI como marca de fábrica y comercio
en clase: 5, internacional, para proteger y distinguir lo siguiente:
Preparaciones farmacéuticas y veterinarias. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de
la primera publicación de este edicto. Presentada el 24 de enero
del 2017. Solicitud Nº 2017-0000627. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—
San José, 6 de febrero del 2017.—César Alfonso Rojas Zúñiga,
Registrador.—( IN2017111591 ).
Aaron Montero Sequeira, casado una vez, cédula de identidad
N° 109080006, en calidad de apoderado especial de Acino Pharma
AG., con domicilio en Birsweg 2, 4253 Liesberg, Suiza, solicita
la inscripción de: NEUDOLACIN, como marca de fábrica y
comercio en clase(s): 5 internacional(es), para proteger y distinguir
lo siguiente: Clase 5: Preparaciones farmacéuticas y veterinarias,
suplementos alimenticios. Se cita a terceros interesados en defender
sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los
dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de
este edicto. Presentada el 24 de enero de 2017. Solicitud N° 20170000623. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en
el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 6 de febrero de 2017.—
César Alfonso Rojas Zuñiga, Registrador.—( IN2017111592 ).
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Aarón Montero Sequeira, casado una vez, cédula de
identidad 109080006, en calidad de apoderado especial de Acino
Pharma AG, con domicilio en Birsweg 2, 4253 Liesberg, Suiza,
solicita la inscripción de: Neuvitacin como marca de fábrica y
comercio en clase: 5. Internacional. Para proteger y distinguir lo
siguiente: Preparaciones farmacéuticas y veterinarias, suplementos
alimenticios. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos
para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 24 de enero del 2017. Solicitud Nº 2017-0000625. A
efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo
85 de la Ley Nº 7978.—San José, 06 de febrero del 2017.—César
Alfonso Rojas Zúñiga, Registrador.—( IN2017111593 ).
Aaron Montero Sequeira, casado una vez, cédula de identidad
109080006, en calidad de apoderado especial de Acino Pharma
AG, con domicilio en Birsweg 2, 4253 Liesberg, Suiza, solicita la
inscripción de: EMBAXO como marca de fábrica y comercio en
clase: 5. Internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Clase
5: Preparaciones farmacéuticas y veterinarias. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de
la primera publicación de este edicto. Presentada el 24 de enero del
2017, según expediente Nº 2017-0000624. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—
San José, 6 de febrero del 2017.—César Alfonso Rojas Zúñiga,
Registrador.—( IN2017111595 ).
Melissa Murillo Badilla, casada 1 vez, cédula de identidad
206260670, con domicilio en Atenas, 50 metros este y 175 metros
norte del Monumento Nacional al Boyero, Alajuela, Costa Rica,
solicita la inscripción de: onestep NUTRITION
como marca de servicios en clases: 41 y 44.
Internacionales. Para proteger y distinguir lo
siguiente: Clase 41: Charlas de nutrición, curso
de manipulación de alimentos acreditado por el INA y clase 44:
Consulta de nutrición, consulta de nutrición a domicilio, análisis
corporal. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos
para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 19 de setiembre del 2016. Solicitud Nº 2016-0009136.
A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 19 de octubre del 2016.—
Alex Villegas Méndez, Registrador.—( IN2017111609 ).
Lothar Arturo Volio Volkmer, soltero, cédula de identidad
109520932, en calidad de apoderado especial de Bremen Capital
Group Inc., con domicilio en 1792 Bell Tower Lane, Weston, Florida,
Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: CHEFEROS
como marca de comercio en clase: 30 Internacional.
Para proteger y distinguir lo siguiente: 30 Café, té,
cacao y sucedáneos del café; arroz; tapioca y sagú;
harinas y preparaciones a base de cereales; pan,
productos de pastelería y confitería; helados;
azúcar, miel, jarabe de melaza; levadura, polvos
de hornear; sal; mostaza; vinagre, salsas
(condimentos); especias; hielo. Se cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. Presentada el 25 de enero del 2017,
según la Solicitud N° 2017-0000637. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—
San José, 3 de febrero del 2017.—Randall Abarca Aguilar,
Registrador.—( IN2017111629 ).
Volker Werner Ludwig Ribniger, casado una vez, cédula de
residencia N° 127600154335, con domicilio en Barrio Amón del
Kiosco del Parque Morazán 300 metros al norte y 50 metros al este,
San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: Sixaola.Surf.Run.
Bike, como marca de fábrica en clase(s): 25 internacional(es), para
proteger y distinguir lo siguiente: 25 ropa deportiva: camisetas,
pantalonetas, licras, camisas, pantalones, gorras Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
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La Gaceta Nº 42 — Martes 28 de febrero del 2017
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la
primera publicación de este edicto. Presentada el 29 de noviembre
de 2016. Solicitud N° 2016-0011635. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N°
7978.—San José, 7 de Diciembre de 2016.—Wendy López Vindas,
Registrador.—( IN2017111638 ).
Volkerwernerludwing Ribniger, cédula de residencia Nº
127600154335, con domicilio en: Barrio Amón, del kiosco del
Parque Morazán 300 metros al norte y 50 metros al este, Costa Rica,
solicita la inscripción de: Sixaola Especies como marca de fábrica
en clase 30 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente:
Especies como: la cúrcuma, albahaca, pimienta negra, vinagres. Se
cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 29
de noviembre del 2016. Solicitud N° 2016-0011636. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
Ley N° 7978.—San José, 07 de diciembre del 2016.—Wendy López
Vindas, Registradora.—( IN2017111639 ).
José Antonio Castro Jiménez, cédula de identidad 104370016,
en calidad de apoderado generalísimo de Quinaya Sociedad
Anónima, cédula jurídica 3101708426, con domicilio en centro, de
las antiguas oficinas de Radio Monumental 50 metros al sur, edificio
Piraya, segunda planta, oficina número dos, San José, Costa Rica,
solicita la inscripción de: Cyclebar como nombre comercial, para
proteger y distinguir lo siguiente: Un establecimiento comercial
dedicado a brindar servicios de salud, gimnasio, estética en
general, ubicado en San José, de la esquina noroeste del parque
central, 50 metros al norte, local a mano izquierda. Se cita a
terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a
partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 30
de noviembre del 2016. Solicitud Nº 2016-0011726. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
Ley Nº 7978.—San José, 8 de diciembre del 2016.—Ivonne Mora
Ortega, Registradora.—( IN2017111642 ).
José Antonio Castro Jiménez, cédula de identidad 104370016,
en calidad de apoderado generalísimo de Quinaya Sociedad
Anónima, cédula jurídica 3101708426 con domicilio en centro,
de las antiguas oficinas de Radio Monumental 50 metros al sur,
edificio Piraya, segunda planta, oficina N° 2, San José, Costa
Rica, solicita la inscripción de: VECTOR como marca de
comercio en clase 12 internacional, para proteger y distinguir
lo siguiente: 12 Motocicletas, cuadraciclos, triciclos. Se cita a
terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 30
de noviembre del 2016, solicitud Nº 2016-0011727. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de
la Ley Nº 7978.—San José, 8 de diciembre del 2016.—Ivonne
Mora Ortega, Registradora.—( IN2017111643 ).
José Antonio Castro Jiménez, cédula de identidad N°
104370016, en calidad de apoderado generalísimo de Quinaya
Sociedad Anónima, cédula jurídica N° 3101708426, con domicilio
en Centro, de las Antiguas Oficinas de Radio Monumental 50 metros
al sur, edificio Piraya, segunda planta, oficina N° 2, San José,
Costa Rica, solicita la inscripción de: JAWA, como marca de
comercio en clase: 12. Internacional. Para proteger y distinguir
lo siguiente: Motocicletas, cuadraciclos, triciclos. Se cita a
terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 30
de noviembre de 2016. Solicitud N° 2016-0011728. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de
la Ley N° 7978.—San José, 08 de diciembre de 2016.—Ivonne
Mora Ortega, Registradora.—( IN2017111644 ).
Manuel Emilio Montero Anderson, casado, cédula de
identidad 105000541, en calidad de apoderado especial de Repuestos
Exclusivos Sociedad Anónima, cédula jurídica 3101077518 con
domicilio en avenida central calles 24 y 26 Edificio Repuestos
Exclusivos, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de:
Repuestos Exclusivos S. A. Repuestos Automotrices
como nombre comercial en clase: Internacional,
para proteger y distinguir lo siguiente: 49 Un
establecimiento lar comercial dedicado al
comercio de repuestos y accesorios de vehículos motor, ubicado en
San José, Avenida Central, calles 24 y 26, Edificio de Repuestos
Exclusivos. Reservas: No se hace reserva de las palabras Repuestos
Exclusivos S. A., ni de Repuestos Automotrices. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la
primera publicación de este edicto. Presentada el 11 de octubre del
2016, según expediente Nº 2016-0009910. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—
San José, 1° de febrero del 2017.—Jamie Phillips Guardado,
Registrador.—( IN2017111650 ).
Andrés Lee Tang, soltero, cédula de identidad 205410992,
en calidad de apoderado generalísimo de Chia Fong y Compañía,
Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica 3102262284
con domicilio en San Pablo, Residencial La Amada, casa número
uno, Heredia, Costa Rica, solicita la inscripción de: SLITING
como marca de fábrica y comercio en clase: 5. Internacional.
Para proteger y distinguir lo siguiente: Productos farmacéuticos
y veterinarios; productos higiénicos para la medicina, alimentos
dietéticos y sustancias para uso médico o veterinario, alimentos
para bebés, suplementos alimenticios para humanos y animales,
emplastos, material para apósitos, material para empastar los dientes
y para improntas dentales; desinfectantes; preparaciones para la
destrucción de animales dañinos, fungicidas, herbicidas. Se cita a
terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 29
de noviembre del 2016. Solicitud Nº 2016-0011675. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
Ley Nº 7978.—San José, 23 de enero del 2017.—Rolando Cardona
Monge, Registrador.—( IN2017111655 ).
Álvaro Enrique Dengo Solera, divorciado, cédula de identidad
105440035, en calidad de apoderado especial de Jet.Com Inc. con
domicilio en 221 River Street Hoboken, New Jersey 07030, Estados
Unidos de América solicita la inscripción de: JET BLACK
como marca de servicios en clase 39
internacional, para proteger y distinguir
lo siguiente: Servicios de almacenamiento
y distribución de mercancías de terceros; servicios de
almacenamiento; servicios de almacenamiento transporte y entrega
de mercancías. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos
meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este
edicto. Presentada el 15 de diciembre del 2016, solicitud Nº 20160012257. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto
en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 10 de enero del
2017.—Milena Marín Jiménez, Registradora.—( IN2017111657 )
Álvaro Enrique Dengo Solera, divorciado, cédula de identidad
105440035, en calidad de apoderado especial de Shandong Yinbao
Tyre Group Co., Ltd, con domicilio en Taitou Town, Shouguang
City, Shandong Province, People’s Republic of China, China,
solicita la inscripción de: DISTANCE
como marca de fábrica y comercio en
clase: 12. Internacional. Para proteger y
distinguir lo siguiente: Cámaras de aire
para neumáticos (llantas); neumáticos para ruedas de vehículos;
neumáticos para bicicletas; neumáticos para automóviles (llantas);
neumáticos; equipos para reparar cámaras de aire; vehículos de
locomoción terrestre, aérea, acuática y férrea; coches; llantas para
vehículos; cubos de ruedas de vehículos. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la
primera publicación de este edicto. Presentada el 15 de diciembre
del 2016. Solicitud Nº 2016-0012260. A efectos de publicación,
La Gaceta Nº 42 — Martes 28 de febrero del 2017
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—
San José, 10 de enero del 2017.—Milena Marín Jiménez,
Registradora.—( IN2017111658 ).
Álvaro Enrique Dengo Solera, divorciado, cédula de identidad
105440035, en calidad de apoderado especial de Guangzhou
Zhujiang Brewery CO. Ltd., con domicilio en 118 Modiesha St.,
Xin Gang Dong Lu, Haizhu District, Guangzhou, People’s Republic
of China, China, solicita la inscripción de: PEARL RIVER como
marca de fábrica y comercio en clase: 32 Internacional.
Para proteger y distinguir lo siguiente: 32 cerveza;
cerveza de malta; cerveza de jengibre. Se cita a
terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos
meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. Presentada el 15 de
diciembre del 2016, según Solicitud N° 2016-0012259. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
Ley 7978.—San José, 10 de enero del 2017.—Milena Marín
Jiménez, Registradora.—( IN2017111659 ).
Álvaro Enrique Dengo Solera, divorciado, cédula de identidad
105440035, en calidad de apoderado especial de Jet.Com Inc., con
domicilio en 221 River Street Hoboken, New Jersey 07030, Estados
Unidos de América, solicita la inscripción de: JET BLACK
como marca de comercio y servicios en
clases: 9; 35 y 42. Internacionales. Para
proteger y distinguir lo siguiente: 9: Software
de comercio electrónico para permitir a los usuarios realizar
transacciones comerciales electrónicas a través de una red
informática mundial; Software de aplicación informática para
teléfonos móviles y otros dispositivos móviles, a saber, software
para servicios de tienda al por menor en línea con una amplia
variedad de productos de consumo de terceros; Software de
aplicación informática para teléfonos móviles y otros dispositivos
móviles, a saber, software para mercados en línea con una amplia
variedad de bienes de consumo; Software de aplicación informática
para teléfonos móviles y otros dispositivos móviles, a saber, software
para publicidad y marketing móvil; Publicaciones electrónicas en
forma de blogs, e-zulles, libros y catálogos en el campo de las ventas
de comercio electrónico, 35: Servicios de tiendas al por menor en
línea que ofrecen una amplia variedad de bienes y servicios para
terceros; servicios de operar mercados en línea para vendedores y
compradores de bienes y / o servicios; servicios para operar
mercados en línea con una amplia variedad de bienes de consumo
para terceros; Servicios de comercio electrónico, a saber, proveer
información sobre productos a través de redes de telecomunicaciones;
Servicios de publicidad, marketing y promoción en línea para
terceros; Prestación servicios de publicidad en línea para terceros;
Servicios de suministro de información sobre productos de consumo
a través de Internet u otras redes de comunicaciones; Servicios de
Promover la venta de bienes y servicios de terceros a través de
programas de fidelización de clientes e incentivos para clientes
minoristas; Servicios informatizados de pedido en línea que ofrecen
una amplia variedad de bienes y servicios; Servicios que
proporcionan un sitio web de búsqueda con los productos y servicios
de otros vendedores; servicios de pedidos en línea computarizados
con artículos de consumo general; servicios de prestación de
servicios de apoyo al cliente para transacciones de ventas por
comercio electrónico; Servicios de cumplimiento de órdenes de
terceros; Servicios de manejo de logística en el ámbito de los bienes
de consumo; Servicios de manejo de cadena de suministro; servicios
del manejo de logística de carga y 42: Servicios de diseño, creación,
mantenimiento y alojamiento de sitios web de comercio electrónico
en línea para terceros; Servicios de desarrollo y alojamiento de un
servidor en una red informática mundial con el fin de facilitar el
comercio electrónico a través de dicho servidor; Servicios de
Plataforma como servicio (PAAS) con plataformas de software para
su uso en la operación de mercados en línea con una amplia variedad
de bienes de consumo; servicios de Plataforma como un servicio
(PAAS) con plataformas de software para su uso en la navegación,
visualización, comparación y compra de una amplia variedad de
bienes de consumo de mercados en línea. Prioridad: Se otorga
Pág 19
prioridad N° 87/074012 de fecha 16/06/2016 de Estados Unidos de
América. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos
para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 15 de diciembre del 2016. Solicitud Nº 2016-0012258.
A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 10 de enero del 2017.—
Milena Marín Jiménez, Registradora.—( IN2017111660 ).
Arturo Acosta Mora, casado, cédula de identidad Nº
106030134, en calidad de apoderado general de Centro Nacional
de Estudios Técnicos Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº
3101683440, con domicilio en distrito La Merced, calle 40, entre
avenidas 07 y 09, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de:
CENET como nombre comercial en clase 49 internacional.
Para proteger y distinguir lo siguiente: un
establecimiento comercial dedicado a servicios de
capacitación y apoyo en la formación técnica de
jóvenes y adultos, ubicado en San José, distrito
Merced, calle 40, entre avenidas 07 y 09. Se cita a
terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos
meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. Presentada el 29 de noviembre del 2016.
Solicitud N° 2016-0011633. A efectos de publicación, téngase en
cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José,
22 de diciembre del 2016.—César Alfonso Rojas Zúñiga,
Registrador.—( IN2017111670 ).
Servulo Modesto Ramírez Mejías, casado 1 v., cédula de
identidad Nº 202820532, con domicilio en: San Pedro de Montes de
Oca, 250 m oeste de la entrada del parque Mall S.P., San José, Costa
Rica, solicita la inscripción de: Sala de Eventos Linda Vista como
nombre comercial en clase 49 internacional.
Para proteger y distinguir lo siguiente: un
establecimiento comercial dedicado a: Sala de
Eventos. Ubicado en distrito San Antonio de
Alajuelita contiguo al mirador América El Llano
de Alajuelita. Se cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer ante
este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir
de la primera publicación de este edicto. Presentada el 03 de febrero
del 2017. Solicitud N° 2017-0000570. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—
San José, 08 de febrero del 2017.—Carlos Rosales Picado,
Registrador.—( IN2017111691 ).
Cambio de nombre Nº 108802
Que Aaron Montero Sequeira, casado una vez, cédula de
identidad N° 10908006, en calidad de apoderado especial de
Qingdao Weflo Valve CO., Ltd, solicita a este Registro se anote
la inscripción de cambio de nombre de WEILONG VALVE
CO.,LTD., por el de QINGDAO WEFLO VALVE CO., LTD,
presentada el día 12 de enero de 2017 bajo expediente N° 108802.
El nuevo nombre afecta a las siguientes marcas: 2014-0004675
Registro Nº 240039 WEFLO en clase 6 Marca Mixto. Publicar en
La Gaceta Oficial por única vez, de conformidad con el artículo
32 de la Ley Nº 7978. A efectos de publicación, téngase en cuenta
lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—Alex Villegas
Méndez, Registrador.—1 vez.—( IN2017111596 ).
Cambio de Nombre N° 109175
Que Aaron Montero Sequeira, casado una vez, cédula
de identidad 109080006, en calidad de apoderado especial de
Atresmedia Corporación de Medios de Comunicación S. A.,
solicita a este Registro se anote la inscripción de Cambio de
Nombre de Antena 3 de Televisión S. A. por el de Atresmedia
Corporación de Medios de Comunicación S. A., presentada
el día 24 de enero de 2017 bajo expediente 109175. El nuevo
nombre afecta a las siguientes marcas: 1996-0005643 Registro
N° 99356 ANTENA 3 en clase 38 Marca Mixto. Publicar en La
Gaceta Oficial por única vez, de conformidad con el artículo 32
de la Ley N° 7978. A efectos de publicación, téngase en cuenta
lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—Alex Villegas
Méndez, Registrador.—1 vez.—( IN2017111597 ).
Pág 20
La Gaceta Nº 42 — Martes 28 de febrero del 2017
Cambio de Nombre Nº 108909
Que María Gabriela Bodden Cordero, casada, cédula de
identidad Nº 701180461, en calidad de apoderada especial de
Galletas Artiach S. A., solicita a este Registro se anote la inscripción
de cambio de nombre de Galletas Artiach, S. A.U. por el de Galletas
Artiach S. A., presentada el día 17 de enero de 2017 bajo expediente
108909. El nuevo nombre afecta a las siguientes marcas: 20110001864 Registro Nº 212139 CHIQUILIN en clase 30 Marca
Denominativa, 2011-0001866 Registro Nº 211866 ARTINATA en
clase 30 Marca Denominativa y 2011-0001870 Registro Nº 211698
MARBU en clase 30 Marca Denominativa. Publicar en La Gaceta
oficial por única vez, de conformidad con el artículo 32 de la Ley
Nº 7978. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto
en el artículo 85 de la Ley 7978.—Johnny Rodríguez Garita,
Registrador.—1 vez.—( IN2017111598 ).
Marcas de ganado
Solicitud N° 2016-2268.—José de Jesús Sevilla Calero,
cédula de residencia 155816221002, solicita la inscripción de:
C N
5
como marca de ganado, que usará preferentemente en Alajuela, Los
Chiles, Los Chiles, Isla Chica, 1 kilómetro al norte de la escuela. Se
cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los 10 días hábiles contados a
partir de la publicación de este edicto. Presentada el 27 de octubre
del 2016. Según expediente N° 2016-2268.—Karol Claudel Palma,
Registradora.—1 vez.—(IN2017111566 ).
Solicitud Nº 2017-249.—Ref: 35/2017/560.—Ana Eugenia
León Gamboa, cédula de identidad N° 1-0552-0419, solicita la
inscripción de:
A
N A
Como marca de ganado, que usará preferentemente en Guanacaste,
Abangares, Colorado, Barbudal, 4 kilómetros al sur del Restaurante
El Baquero. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos
para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los 10 días hábiles
contados a partir de la publicación de este edicto. Presentada el 08
de febrero del 2017. Según el expediente N° 2017-249.—Karol
Claudel Palma, Registradora.—1 vez.—( IN2017111617 ).
Solicitud Nº 2017-100.—Ref: 35/2017/219.—Gerald
Lacayo Blanco, cédula de identidad Nº 0204720389, solicita la
inscripción de:
L B
2
como marca de ganado, que usará preferentemente en Alajuela,
Guatuso, San Rafael, palenque El Sol, 75 metros sur de la iglesia
evangélica. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos
para hacerlos valer ante este registro, dentro de los 10 días hábiles
contados a partir de la publicación de este edicto. Presentada el 20
de enero del 2017. Según el expediente N° 2017-100.—Luz Vega,
Registradora.—1 vez.—( IN2017111631 ).
Solicitud N° 2017-240.—Ref: 35/2017/526.—Eliécer Quirós
Pérez, cédula de identidad 0104360630, en calidad de apoderado
generalísimo sin límite de suma de Compañía Agrícola Industrial
La Lucía Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-202725,
solicita la inscripción de: 2 Y P como marca de ganado, que usará
preferentemente en San José, Turrubares, Carra, Montelimar,
frente plaza de deportes de Montelimar. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante
este Registro, dentro de los 10 días hábiles contados a partir
de la publicación de este edicto. Presentada el 7 de febrero del
2017. Según el expediente N° 2017-240.—Elda Cerdas Badilla,
Registrador.—1 vez.—( IN2017111668 ).
Solicitud Nº 2016-2423.—Ref: 35/2016/5037.—Bernal
Hernández Soto, cédula de identidad Nº 0204670192, en calidad
de apoderado generalísimo sin límite de suma de Grupo Lauher
S. A., otro número de identificación 3101535666, solicita la
inscripción de:
Como marca de ganado, que usará preferentemente en San
José, Mora, Piedras Negras, Palma, del centro de Piedras
Negras 2 km hacia el pueblo de La Palma. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro de los 10 días hábiles contados a
partir de la publicación de este edicto. Presentada el 11 de noviembre
del 2016. Según el expediente N° 2016-2423.—Luz Vega,
Registradora.—1 vez.—( IN2017111695 ).
REGISTRO DE PERSONAS JURÍDICAS
Asociaciones civiles
AVISOS
Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción
el Estatuto de la entidad: Asociación Ministerio Apostólico
Renovación de Las Almas para Jesucristo, con domicilio en la
provincia de: Alajuela-San Carlos, cuyos fines principales, entre
otros son los siguientes: Difundir las enseñanzas de la Biblia, crear
iglesias en diferentes comunidades, restaurar almas y familias.
Cuyo representante, será el presidente: Denis Valverde Pérez,
con las facultades que establece el estatuto. Por encontrarse dicha
entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley N° 218
del 08/08/1939, y sus reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a
partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule
reparos a la inscripción en trámite. Documento tomo: 2016, asiento:
543070.—Dado en el Registro Nacional, a las 8 horas 51 minutos
y 33 segundos, del 10 de noviembre del 2016.—Lic. Luis Gustavo
Álvarez Ramírez, Director.—1 vez—( IN2017111560 ).
Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción
la Reforma del estatuto de la persona jurídica cédula Nº 3-002330059, denominación: Asociación Cedcas de Los Lagos. Por
cuanto dicha reforma cumple con lo exigido por la Ley Nº 218 del
08/08/1939, y sus reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir
de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos
a la inscripción en trámite. Documento: tomo: 2017, asiento:
79890.—Dado en el Registro Nacional, a las 11 horas 16 minutos y
5 segundos, del 10 de febrero del 2017.—Lic. Luis Gustavo Álvarez
Ramírez, Director.—1 vez.—( IN2017111594 ).
Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para su
inscripción el Estatuto de la entidad: Asociación Iglesia Esperanza
en Palomo, con domicilio en la provincia de: Cartago-Paraíso,
cuyos fines principales, entre otros son los siguientes: Predicar el
Evangelio del Reino de Dios todo lo referente al señor Jesucristo
a la nación de la república de Costa Rica, y a todas las naciones,
por medio de la palabra hablada, escrita, medios electrónicos y por
la evangelización personal trabajando por el bienestar espiritual
de las personas, establecer y organizar la iglesia local para
servir y edificar a los creyentes y servir a la comunidad. Cuyo
representante, será el presidente: Jeffry Leandro Prieto Chinchilla,
con las facultades que establece el estatuto. Por encontrarse
dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley
Nº 218 del 08/08/1939, y sus reformas. Se emplaza por 15 días
hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que
formule reparos a la inscripción en trámite. Documento: Tomo:
2016, Asiento: 732798 con adicional(es): 2016-761545.—Dado
en el Registro Nacional, a las 9 horas 16 minutos y 23 segundos,
del 8 de febrero del 2017.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez,
Director.—1 vez.—( IN2017111675 ).
Patentes de invención
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
El señor Francis Durman Esquivel, cédula de identidad
105150231, en calidad de apoderado generalísimo de Corporación
Yanber Sociedad Anónima, solicita la Patente Nacional sin
Prioridad denominada FUNDA PLASTICA COMPUESTA DE
La Gaceta Nº 42 — Martes 28 de febrero del 2017
INGREDIENTES ACTIVOS BOTANICOS, PARA CONTROL
DE PLAGAS EN BANANO. La invención se refiere a un sistema
integrado por una funda plástica compuesta por un paquete
balanceado de ingredientes activos botánicos, la cual al ser aplicada
como funda de embolse de racimos de banano, logra repeler las
distintas plagas. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen
y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de
Patentes es: AO1G 13/02, AO1N 25/34, AO1N 65/00, A61K
36/00, CO8J 5/18 y CO8L 23/00; cuyos inventores son: López
Villiers Álvaro José (CR) y Oscar Vargas Vargas (CR). Prioridad:.
Publicación Internacional:. La solicitud correspondiente lleva el
número 2017-0000012, y fue presentada a las 08:39:33 del 13 de
enero de 2017. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres
meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese
tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en
un periódico de circulación nacional.—San José, 13 de febrero de
2017.—Randall Piedra Fallas, Registrador.—( IN2017110646 ).
REGISTRO NACIONAL DE DERECHO
DE AUTOR Y CONEXOS
AVISO
Victorino Rojas Madrigal, mayor, divorciado, pensionado,
cédula de identidad número 2-389-362, vecino de Cartago, solicita
la inscripción de los derechos morales y patrimoniales a su nombre,
en la obra artística, individual y publicada que se titula DIBUJOS
PARA OBSERVAR IMAGINAR CREAR Y PINTAR. La obra
consiste en un libro con 100 dibujos basados en figuras geométricas.
El número ISBN es 978-9968-49-080-1. Publíquese por una sola
vez en el Diario Oficial La Gaceta, para que terceros quienes crean
tener derechos puedan oponerse a la inscripción solicitada dentro
de los 30 días hábiles siguientes a esta publicación, conforme al
artículo 113 de la Ley de Derecho de Autor y Derechos Conexos N°
6683. Expediente 9023.—Curridabat, 24 de enero del 2017.—Licda.
Adriana Bolaños Guido, Registradora.—1 vez.—( IN2017111604 ).
DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO
HABILITACIÓN DE NOTARIO(A) PÚBLICO(A). La
DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO con oficinas en San
José, San Pedro de Montes de Oca, costado Oeste del Mall San
Pedro, Oficentro Sigma, Edificio A, 5to.piso, HACE SABER: Que
ante este Despacho se ha recibido solicitud de HABILITACIÓN
como delegatario para ser y ejercer la función pública Estatal
del NOTARIADO, por parte de: HUGO NAVAS VARGAS (cc
SERGIO LOPEZ VARGAS), con cédula de identidad número
1-0576-0638 carné número 17854. De conformidad con lo dispuesto
por el artículo 11 del Código Notarial, se invita a quienes conozcan
hechos o situaciones que afecten la conducta del (de la) solicitante,
a efecto de que lo comuniquen por escrito a esta Dirección dentro de
los QUINCE (15) DÍAS HÁBILES siguientes a esta publicación.
EXPEDIENTE N° 17-000082-0624-NO.—San José, 20 de febrero
del 2017.—Licda. Tattiana Rojas Salgado, Abogada-Unidad Legal
Notarial.—1 vez.—( IN2017113671 ).
HABILITACIÓN DE NOTARIO(A) PÚBLICO(A). La
DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO con oficinas en San
José, San Pedro de Montes de Oca, costado Oeste del Mall San
Pedro, Oficentro Sigma, Edificio A, 5to.piso, HACE SABER: Que
ante este Despacho se ha recibido solicitud de HABILITACIÓN
como delegatario para ser y ejercer la función pública Estatal del
NOTARIADO, por parte de: MARÍA FERNANDA SOLANO
GUILLEN, con cédula de identidad número 1-1406-0369 carné
número 25119. De conformidad con lo dispuesto por el artículo
11 del Código Notarial, se invita a quienes conozcan hechos o
situaciones que afecten la conducta del (de la) solicitante, a efecto
de que lo comuniquen por escrito a esta Dirección dentro de los
QUINCE (15) DÍAS HÁBILES siguientes a esta publicación.
Expediente Nº 17-000097-0624-NO.—San José, 14 de febrero del
2017.—Unidad Legal Notarial.—Licda. Tattiana Rojas Salgado,
Abogada.—1 vez.—( IN2017113747 ).
HABILITACIÓN DE NOTARIO(A) PÚBLICO(A). La
DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO con oficinas en San
José, San Pedro de Montes de Oca, costado Oeste del Mall San
Pedro, Oficentro Sigma, Edificio A, 5to.piso, HACE SABER: Que
ante este Despacho se ha recibido solicitud de HABILITACIÓN
Pág 21
como delegatario para ser y ejercer la función pública Estatal del
NOTARIADO, por parte de: RANDALL ALFREDO PORRAS
QUIROS, con cédula de identidad número 1-1024-0897 carné
número 24986. De conformidad con lo dispuesto por el artículo
11 del Código Notarial, se invita a quienes conozcan hechos o
situaciones que afecten la conducta del (de la) solicitante, a efecto
de que lo comuniquen por escrito a esta Dirección dentro de los
QUINCE (15) DÍAS HÁBILES siguientes a esta publicación.
Expediente N° 17-000098-0624-NO.—San José, 13 de febrero del
2017.—Unidad Legal Notarial.—Licda. Tattiana Rojas Salgado,
Abogada.—1 vez.—( IN2017113748 ).
HABILITACIÓN DE NOTARIO(A) PÚBLICO(A). La
DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO con oficinas en San
José, San Pedro de Montes de Oca, costado Oeste del Mall San
Pedro, Oficentro Sigma, Edificio A, 5to.piso, HACE SABER: Que
ante este Despacho se ha recibido solicitud de HABILITACIÓN
como delegatario para ser y ejercer la función pública Estatal del
NOTARIADO, por parte de: JOHAN ANDRÉS HERRERA
RAMÍREZ, con cédula de identidad número 2-0647-0045 carné
número 24377. De conformidad con lo dispuesto por el artículo
11 del Código Notarial, se invita a quienes conozcan hechos o
situaciones que afecten la conducta del (de la) solicitante, a efecto
de que lo comuniquen por escrito a esta Dirección dentro de los
QUINCE (15) DÍAS HÁBILES siguientes a esta publicación.
Expediente N° 17-000036-0624-NO.—San José, 01 de febrero del
2017.—Unidad Legal Notarial.—Licda. Tattiana Rojas Salgado,
Abogada.—1 vez.—( IN2017113804 ).
HABILITACIÓN
DE
NOTARIO
PÚBLICO.
La
DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO con oficinas en San
José, San Pedro de Montes de Oca, costado oeste del Mall San
Pedro, Oficentro Sigma, Edificio A, 5to.piso, HACE SABER: Que
ante este Despacho se ha recibido solicitud de INSCRIPCIQN Y
HABILITACIÓN como delegatario para ser y ejercer la función
pública Estatal del NOTARIADO, por parte de: GIANINA
HIDALGO JIMÉNEZ, con cédula de identidad número 7-01750557, carné número 23950. De conformidad con lo dispuesto por
el artículo 11 del Código Notarial, se invita a quienes conozcan
hechos o situaciones que afecten la conducta del solicitante, a
efecto de que lo comuniquen por escrito a esta Dirección dentro de
los QUINCE (15) DÍAS HÁBILES siguientes a esta publicación.
EXPEDIENTE 17-000151-0624-NO.—San José, 15 de febrero
del 2017.—Unidad Legal Notarial.—Amalia Zeledón Lostalo,
Abogada.—1 vez.—( IN2017113809 )
AMBIENTE Y ENERGÍA
DIRECCIÓN DE AGUA
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
ED-0789-2016.—Exp 15942P.—Rancho El Dorado del Mar
S. A., solicita concesión de: 0.05 litros por segundo del acuífero sin
nombre, efectuando la captación por medio del pozo CJ-103 en finca
de su propiedad en Cuajiniquil, Santa Cruz, Guanacaste, para uso
consumo humano y turístico. Coordenadas 221.104 / 349.363 hoja
Cerro Brujo. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo
dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San
José, 30 de setiembre del 2016.—Departamento de Información.—
Douglas Alvarado Rojas, Coordinador.—( IN2017113457 ).
ED-0681-2016.—Exp. N° 16547P.—Escaleras del Mar
Ltda., solicita concesión de: 0.05 litros por segundo del acuífero,
efectuando la captación por medio del pozo DM-170 en finca de
su propiedad en Bahía Ballena, Osa, Puntarenas, para uso consumo
humano. Coordenadas 134.225 / 556.467 hoja dominical. Quienes
se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes
contado a partir de la primera publicación.—San José, 29 de julio
del 2016.—Departamento de Información.—Douglas Alvarado
Rojas, Coordinador.—( IN2017113458 ).
ED-0673-2016 Exp 17206P.—Selva Musical de Manuel
Antonio S. A., solicita concesión de: 0.05 litros por segundo del
acuífero, efectuando la captación por medio del pozo QP-69 en finca
de su propiedad en Quepos, Aguirre, Puntarenas, para uso consumo
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La Gaceta Nº 42 — Martes 28 de febrero del 2017
humano doméstico. Coordenadas 374.522 / 446.295 hoja Quepos.
Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del
mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 27 de
julio de 2016.—Departamento de Información Douglas Alvarado
Rojas, Coordinador.—( IN2017113459 ).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
ED-0482-2016.—Exp. N° 17082A.—Rosa Iris Monge Ortiz
solicita concesión de: 0,05 litros por segundo del nacimiento
sin nombre, efectuando la captación en finca de su propiedad en
Barú, Pérez Zeledón, San José, para uso agropecuario y consumo
humano. Coordenadas 151.557 / 552.533 hoja Savegre. 0,05 litros
por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación
en finca de su propiedad en Barú, Pérez Zeledón, San José, para
uso agropecuario y consumo humano. Coordenadas 151.860 /
552.446 hoja Savegre. Predios inferiores: No se indican. Quienes se
consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado
a partir de la primera publicación.—San José, 25 de abril del
2016.—Departamento de Información.—Douglas Alvarado Rojas,
Coordinador.—( IN2017113663 ).
ED-0043-2017.—Exp. N° 17475A.—Ana Lía Del Carmen
Ugalde Carballo, solicita concesión de: 10,5 litros por segundo
del Rio Jesús María, efectuando la captación en finca de Ángela
Leiton y Neftaly Ledezma en San Juan Grande, Esparza,
Puntarenas, para uso agropecuario-riego. Coordenadas
210.300/461.450 hoja Barranca. Predios inferiores: quienes
se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes
contado a partir de la primera publicación.—San José, 6 de
febrero de 2017.—Departamento de Información.—Douglas
Alvarado Rojas, Coordinador.—( IN2017113666 ).
ED-0042-2017.—Exp. 17474A.—Corporación Refripesca
Sociedad Anónima, solicita concesión de: 7 litros por segundo del
Río Jesús María, efectuando la captación en finca de Ángela Leitón
y Neftaly Ledezma en San Juan Grande, Esparza, Puntarenas,
para uso agropecuario-riego. Coordenadas 210.300 / 461.450
hoja Barranca. Predios inferiores: Quienes se consideren
lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir
de la primera publicación.—San José, 06 de febrero del 2017.—
Departamento de Información.—Douglas Alvarado Rojas,
Coordinador.—( IN2017113668 ).
TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES
EDICTOS
Registro Civil -Departamento Civil
SECCIÓN DE ACTOS JURÍDICOS
En resolución N° 691-2017 dictada por el Registro Civil a
las trece horas cuarenta y ocho minutos del dieciséis de enero del
dos mil diecisiete, en expediente de ocurso N° 35033-2016, incoado
por Amelia del Carmen Amador García, se dispuso rectificar en el
asiento de nacimiento de Hannia Carolina Gutiérrez García, que el
nombre y apellidos de la madre son Amelia del Carmen Amador
García.—Carlos Luis Brenes Molina, Oficial Mayor Civil a. í.—
Irene Montanaro Lacayo, Jefa.—1 vez.—( IN2017111579 ).
En resolución N° 1590-2017 dictada por el Registro Civil a
las nueve horas cincuenta minutos del seis de febrero del dos mil
diecisiete, en expediente de ocurso N° 46251-2016, incoado por
Daly Elvira Hurtado González, se dispuso rectificar en el asiento de
nacimiento de Daly Elvira Hurtado González, que el primer nombre
es Dalyz.—Luis Guillermo Chinchilla Mora, Oficial Mayor Civil.—
Irene Montanaro Lacayo, Jefa.—1 vez.—( IN2017111611 ).
Se hace saber que en diligencias de ocurso incoadas por
Melissa María Trejos Alpízar, se ha dictado la resolución N° 26632015, que en lo conducente dice: Registro Civil, Departamento Civil,
Sección de Actos Jurídicos. San José, a las diez horas cincuenta
minutos del cinco de mayo de dos mil quince, expediente N° 156862015. Resultando 1.-..., 2.-…, 3.-... Considerando: I.- Hechos
probados: ... II.- Sobre el fondo: ... Por tanto: rectifíquese el asiento
de nacimiento de Melissa María Montoya Trejos en el sentido que la
persona inscrita debe tenerse registralmente como hija únicamente
de Melissa María Trejos Alpízar, costarricense.—Lic. Luis Antonio
Bolaños Bolaños, Oficial Mayor Civil a. í.—Lic. Carlos Luis Brenes
Molina, Jefe.—1 vez.—( IN2017111616 ).
Se hace saber que en diligencias de ocurso incoadas por
Yorlenys María González Talavera, se ha dictado la resolución
N° 6107-2016, que en lo conducente dice: Registro Civil.
Departamento Civil. Sección de Actos Jurídicos. San José, a las
once horas veinte minutos del veintiocho de noviembre de dos
mil dieciséis. Exp. N° 29574-2016 Resultando: 1º—..., 2º—...
Considerando: I.—Hechos Probados:... II.—Sobre el Fondo:...
Por tanto: Rectifíquense los asientos de nacimiento de Yanier
Stiven López González y de Jandiel Yareth López González, en el
sentido que el nombre de la madre es Yorlenys María.—Lic. Luis
Guillermo Chinchilla Mora, Oficial Mayor Civil.—Licda. Irene
Montanaro Lacayo, Jefa.—1 vez.—( IN2017111686 ).
AVISOS
Registro Civil-Departamento Civil
SECCIÓN DE OPCIONES Y NATURALIZACIONES
Avisos de solicitud de naturalización
Alejandro Elías Varela Bompart, venezolano, cédula de
residencia Nº 186200354906, ha presentado solicitud para obtener
la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y
Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan
reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los
presenten por escrito en nuestras oficinas, dentro del término de
diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Nº 7242017.—San José al ser las 9:09 del 15 de febrero de 2017.—German
Alberto Rojas Flores, Jefe.—1 vez.—( IN2017111661 ).
Carla Patricia Falcon Membreño, nicaragüense, cédula de
residencia 155810785835, ha presentado solicitud para obtener
la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y
Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan
reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los
presenten por escrito en nuestras oficinas, dentro del término de diez
días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. 757-2017.—
San José al ser las 11:03 del 16 de febrero de 2017.—German
Alberto Rojas Flores, Jefe.—1 vez.—( IN2017111667 ).
Cruz María Toval Toval, nicaragüense, cédula de residencia
N° 155807525700, ha presentado solicitud para obtener la
nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y
Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan
reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los
presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez
días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. N°
3782-2016.—San José, 9 de enero del 2017.—Lic. Germán
Alberto Rojas Flores, Jefe.—1 vez.—( IN2017111679 ).
Karen Lisseth Herrera Barboza, nicaragüense, cédula de
residencia 155812258619, ha presentado solicitud para obtener
la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y
Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan
reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los
presenten por escrito en nuestras oficinas, dentro del término de diez
días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. N° 7542017.—San José al ser las 10:31 del 16 de febrero de 2017.—Lic.
Germán Alberto Rojas Flores, Jefe.—1 vez.—( IN2017111689 ).
CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
PROGRAMA DE ADQUISICIONES
BANCO CENTRAL DE COSTA RICA
SUPERINTENDENCIA DE PENSIONES
“Comunicado al público en general y a proveedores de
bienes y servicios”
La Superintendencia de Pensiones (SUPEN), en cumplimiento
del inciso g, artículo 5 de la Ley de Administración Financiera y
Presupuestos Públicos así como del Artículo 7 del Reglamento
de la Ley de Contratación Administrativa, informa al público en
La Gaceta Nº 42 — Martes 28 de febrero del 2017
general y a los proveedores de bienes y servicios que, el Presupuesto
Ordinario 2017 de la Superintendencia de Pensiones y el Programa
de Adquisiciones de la Superintendencia de Pensiones, se encuentra
publicado en su página Web en la dirección www.supen.fi.cr en la
sección “Red de transparencia / Planificación institucional”.
Área de Comunicación y Servicios.—José Ezequiel Arias
González, Jefe.—1 vez.—( IN2017113687 ).
MUNICIPALIDADES
MUNICIPALIDAD DE MONTES DE ORO
ADQUISICIÓN DE BIENES Y SERVICIOS PERÍODO 2017
En cumplimiento de lo que establece el artículo 6, de la Ley
de Contratación Administrativa y artículo 7 de su Reglamento,
se hace del conocimiento público, los montos disponibles para la
Adquisición de Bienes y Servicios, presupuestados para el período
de Ejecución 2017.
Partidas
Monto
Servicios
210.185.741.04
Materiales y Suministros
318.593.010.62
Bienes Duraderos
413.950.000.00
Total
942.728.751.66
Para mayor información o detalle, se suministra la página web
www.munimontesdeoro.go.cr, de esta Municipalidad.
06 de febrero, 2017.—Luis Alberto Villalobos Artavia,
Alcalde Municipal.—1 vez.—( IN2017113560 ).
MODIFICACIONES A LOS PROGRAMAS
AVISOS
CONSEJO SUPERIOR DE EDUCACIÓN
PLAN DE COMPRAS DEL AÑO 2017
El Consejo Superior de Educación hace de su conocimiento
la modificación al Plan de Compras correspondiente al año 2017,
el cual se encuentra debidamente publicado en la página web del
Sistema Integrado de Compras Públicas, SICOP y en la página web
del Consejo: www.cse.go.cr.
San José, Costa Rica, 22 de febrero de 2017.—
Secretaría General.—Guiselle Cruz Maduro, Secretaria
General.—1 vez.—( IN2017113691 ).
LICITACIONES
JUSTICIA Y PAZ
JUNTA ADMINISTRATIVA DEL ARCHIVO NACIONAL
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2017LN-000001-000960001
Servicios de seguridad y vigilancia para las instalaciones
de la Dirección General del Archivo Nacional
La Proveeduría Institucional del Archivo Nacional, invita a
los interesados en participar en el concurso para brindar servicios de
seguridad y vigilancia al Archivo Nacional. El cartel se encuentra
disponible a través del sitio web SICOP en la siguiente dirección
electrónica https://www.sicop.go.cr. La fecha de cierre de recepción
de ofertas es hasta las 10:00 horas del día 21 de marzo del 2017.
San José, 17 de febrero del 2017.—Lic. Elías Vega Morales,
MBA, Proveedor Institucional.—1 vez.—O. C. N° 31.—Solicitud
N° 78298.—( IN2017113533 ).
PODER JUDICIAL
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
DIRECCIÓN EJECUTIVA
DEPARTAMENTO DE PROVEEDURÍA
LICITACIÓN ABREVIADA 2016LA-000098-PROV
Diseño e Implementación de Procesos para Gobierno
y Gestión de T.I. en la Dirección de Tecnología
de la Información y Comunicaciones
El Departamento de Proveeduría invita a participar en el
siguiente procedimiento de contratación: Licitación Abreviada
2016LA-000098-PROV, diseño e implementación de procesos para
Gobierno y Gestión de T.I. en la Dirección de Tecnología de la
Información y Comunicaciones.
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Fecha y hora de apertura: 28 de marzo de 2017, a las 10:00
horas.
El respectivo cartel se puede obtener sin costo alguno a partir
de la presente publicación. Para ello los interesados podrán obtenerlo
a través de Internet, en la siguiente dirección: http://poder-judicial.
go.cr/proveeduria (ingresar al botón “Invitaciones”).
San José, 23 de febrero de 2016.—Proceso de Adquisiciones.—
MBA. Yurly Argüello Araya, Jefa.—1 vez.—( IN2017113810 ).
INSTITUTO NACIONAL DE APRENDIZAJE
PROCESO DE ADQUISICIONES
COMPRA DIRECTA 2017CD-000012-03
Compra de máquinas herramientas convencionales
(visualizador de cotas para torno)
El Proceso Adquisiciones de la Unidad Región Central
Occidental del Instituto Nacional de Aprendizaje recibirá ofertas
por escrito para este concurso hasta las 10:00 horas del 07 de marzo
del 2017.
Este pliego de condiciones es gratuito y está a disposición
de los interesados en este Proceso, sita en Naranjo, Alajuela, 300
metros al sur del cruce de Cirrí, o bien ver la página web del INA,
dirección http://infoweb.ina.ac.cr/consultacarteles.
Unidad de Compras Institucionales.—Lic. Allan
Altamirano Díaz, Jefe.—1 vez.—O. C. N° 25344.—Solicitud
N° 78484.—( IN2017113612 ).
AVISOS
JUNTA ADMINISTRATIVA INSTITUTO PROFESIONAL
Y EDUCACIÓN COMUNITARIA SAN JOSÉ
Alimento preparado para el curso lectivo 2017
La Junta Administrativa del Instituto Profesional y Educación
Comunitaria de San José (IPEC de San José) invita a todas las
personas interesadas a participar como proveedor de alimento
preparado para el curso lectivo 2017. Retirar el cartel del 27 de
febrero de 2017 al 03 de marzo de 2017 de 8:00 am a 4:30 pm en la
institución.
San José, 23 de febrero del 2017.—Fernando Carrera Soto,
Presidente.—1 vez.—( IN2017113629 ).
DIRECCIÓN REGIONAL DE EDUCACIÓN DE ALAJUELA
CIRCUITO EDUCATIVO 04
JUNTA DE EDUCACIÓN ESCUELA GABRIELA
MISTRAL, GUÁCIMA DE ALAJUELA
LICITACIÓN ABREVIADA N°
LA-002-2017-JEEGM-C04-DREA
Equipamiento del comedor estudiantil
La Junta Administrativa invita a todos los potenciales
proveedores y terceros interesados en participar en el procedimiento
indicado.
Entrega de pliego de condiciones del cartel: en la Dirección
Institucional del 06 al 10 de marzo del 2017. De las 8 horas a las 12
horas medio día.
Recepción de las ofertas: según cartel por parte de las
personas físicas o jurídicas interesadas en concursar, en la Dirección
Institucional del 13 al 17 de marzo del 2017. De las 8 horas a las 12
horas medio día.
Hora y fecha de apertura de las ofertas: lunes 20 de marzo del
2017, a las 17 horas con 30 minutos, en la Dirección Institucional.
Presupuesto del cartel: 9.796.670,00 colones.
Alajuela, 23 de febrero del 2017.—Evelyn de los Ángeles
Jiménez Carrillo, Presidenta.—1 vez.—( IN2017113702 ).
MUNICIPALIDADES
MUNICIPALIDAD DE SAN JOSÉ
LICITACIÓN PÚBLICA 2017LN-000001-99999
Contratación para el mantenimiento periódico
y recuperación de vías públicas del cantón
central de San José, bajo la modalidad
de contrato según demanda
El Departamento de Recursos Materiales y Servicios
(Proveeduría), ubicado en el Edificio Municipal José Figueres Ferrer,
avenida 10, comunica a los interesados en el presente concurso que
el cartel estará a su disposición a partir de la presente publicación,
en el sótano del Edificio Municipal.
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La Gaceta Nº 42 — Martes 28 de febrero del 2017
Licitación Pública:
Objeto contractual
Licitación
Pública 2017LN000001-99999
Contratación para el
mantenimiento periódico
y recuperación de vías
públicas del cantón
central de San José, bajo
la modalidad de contrato
según demanda
Fecha
29 marzo
del 2017
Hora
9:00 a. m.
Monto adjudicado ¢5.000.000,00
Sabanilla de Montes de Oca, al 22 día del mes de febrero
del 2017.—Unidad de Adquisiciones.—Licda. Yalile Muñoz
Caravaca, Analista.—1 vez.—O. C. N° 128734.—Solicitud N°
78307.—( IN2017113600 ).
INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCTOS
Y ALCANTARILLADOS
San José, 23 de febrero del 2017.—Departamento de
Comunicación.—Teo Dinarte Guzmán, Jefa.—1 vez.—O. C. N°
137610.—Solicitud N° 78474.—( IN2017113740 ).
MUNICIPALIDAD DE OSA
PROVEEDURÍA MUNICIPAL
LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL 2017LN-000001-01
Adquisición de obra pública por contrato para construcción de
puente vehicular sobre río Drake, Los Ángeles de Drake
La Proveeduría Institucional de la Municipalidad de Osa,
comunica a todos los interesados, que estén en capacidad de realizar
este tipo de obra, participar en la licitación arriba indicada, y se
recibirán ofertas hasta las 09:00 horas del día 31 de marzo del 2017.
Los posibles oferentes deberán traer un dispositivo de
almacenamiento (llave maya, disco duro externo u otros) con el fin
de poder facilitarles el cartel de licitación y los planos constructivos,
el cual se estará entregando a partir de esta publicación en las oficinas
de la Proveeduría de esta Municipalidad ubicada 650 metros oeste
de Barrio Canadá, antiguo Plantel Agroman.
Licda. Jessenia Salas Jiménez, Proveedora Municipal de
Osa.—1 vez.—( IN2017113622 ).
ADJUDICACIONES
UNIVERSIDAD DE COSTA RICA
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2016LN-000013-UADQ
Concesión temporal de un local para la prestación
de servicios de alimentación en la Sede del Pacífico
Se acuerda:
1. Adjudicar la Licitación Pública Nº 2016LN-000013UADQ, titulada “Concesión temporal de un local para la prestación
de servicios de alimentación en la Sede del Pacífico” de la siguiente
forma:
A: Oferta Nº 1: Ana Isabel Vega Vega, cédula física 6-01001232. Canon mensual: ¢500.000,00. Monto anual: ¢5.000.000,00.
Nota: Para los meses no lectivos, es decir, julio, diciembre,
enero y febrero, el contratista deberá pagar únicamente el 50% del
valor mensual de la contratación.
Orden de Inicio: La Oficina de Servicios Generales,
determinará la fecha de inicio, previo acuerdo con el contratista.
Vigencia del contrato: La contratación que se realizará de
la licitación en referencia es por un año. Dicho contrato podrá
prorrogarse por tres períodos similares, hasta un máximo del
contrato de 4 años, previo acuerdo entre las partes, por escrito,
dos meses antes del vencimiento del período contratado o de sus
prórrogas; y una vez aprobado el nuevo canon mensual por parte de
la Administración.
Precios establecidos para los servicios prestados:
Tipo de servicio
Precio
Desayuno
¢1.530,00
Almuerzo
¢1.740,00
Merienda mañana y
tarde
¢1,300,00
Cena
¢1.620,00
LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL
Nº 2016LN-000020-PRI
Servicio de consultoría para realizar el levantamiento,
procesamiento y análisis de datos en organizaciones
comunales prestadoras de servicios
de agua potable y saneamiento
El Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados
cédula jurídica 4-000-042138, comunica que mediante Acuerdo de
Junta Directiva Nº 2017-65 del 15 de febrero del 2017, se adjudica la
Licitación Pública Nacional Nº 2016LN-000020-PRI, “Servicio de
consultoría para realizar el levantamiento, procesamiento y análisis
de datos en organizaciones comunales prestadoras de servicios
de agua potable y saneamiento, a la oferta N° 2: Hidrogeotecnia
Limitada, por un monto de ¢ 433.332.751,93.
Dirección Proveeduría.—Licda. Jeniffer Fernández
Guillen.—1 vez.—O. C. N° 6000002134.—Solicitud N°
78415.—( IN2017113781 ).
DIRECCIÓN PROVEEDURÍA
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2016LA-000058-PRI
Ampliación de la planta potabilizadora Acueducto
de San Mateo - Etapa II Alajuela
El Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados
cédula jurídica 4-000-042138, comunica que mediante Resolución
de Gerencia General Nº 2017-130 del 22 de febrero del 2017,
se adjudica la presente Licitación a la Oferta N° 1: Fernández
Vaglio Constructora S. A., por un monto de ¢247.073.400,00
colones, además se asigna a este proyecto el rubro 020 Trabajos por
Administración por ¢ 5.600.000,00 colones.
Demás condiciones de acuerdo al cartel y la oferta respectiva.
Licda. Jeniffer Fernández Guillén, Dirección Proveeduría.—
1 vez.—O. C. N° 6000002134.—Solicitud N° 78531.—
( IN2017113814 ).
LICITACIÓN ABREVIADA N° 2016LA-00059-PRI
Compra de vehículos para diversas dependencias
El Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados
cédula jurídica 4-000-042138, comunica que mediante Resolución
de Adjudicación N° 2017-138, se adjudica la Licitación Abreviada
N° 2016LA-00059-PRI, “Compra de vehículos para diversas
dependencias”, a las empresas: Oferta 1: Corporación Grupo Q
Costa Rica S. A., posiciones 1 y 2, monto $228.000,00 y oferta 2:
Purdy Motor S. A., posiciones 3, 4 (alternativa), 5 (alternativa), 6
(alternativa) y 9, por un monto de $290.500,00. Demás condiciones
de acuerdo al cartel y la oferta respectiva, se declaran infructuosas
las posiciones 7 y 8 por no contar con ofertas elegibles.
Dirección Proveeduría.—Licda. Jeniffer Fernández
Guillén.—1 vez.—O. C. N° 6000002134.—Solicitud N°
78528.—( IN2017113833 ).
INSTITUTO NACIONAL DE APRENDIZAJE
COMPRA DIRECTA Nº 2017CD-000029-02
Servicio de mantenimiento preventivo y correctivo
del elevador marca Schindler, ubicado
en el Centro de Formación de Mora
El Proceso de Adquisiciones de la Unidad Regional Central
Oriental del Instituto Nacional de Aprendizaje estará recibiendo
ofertas por escrito hasta las 10:00 horas del 07 de marzo del 2017.
La Gaceta Nº 42 — Martes 28 de febrero del 2017
Los interesados podrán retirar el pliego de condiciones el cual
es gratuito, en el Proceso de Adquisiciones de la Unidad Regional
Central Oriental, ubicado de Pizza Hut Paseo Colón; 250 metros
al sur contiguo a la Iglesia San Juan Bosco, Edificio Don Bosco,
Primer Nivel, o bien ver la página web del INA, dirección http://
infoweb.ina.ac.cr/consultacarteles.
Unidad de Compras Institucionales.—Lic. Allan
Altamirano Díaz, Jefe.—1 vez.—O. C. N° 25344.—Solicitud
N° 78483.—( IN2017113634 ).
PROCESO DE ADQUISICIONES
LICITACIÓN ABREVIADA 2016LA-000005-05
Contratación de alquiler de terminal de contenedores
en la provincia de Limón de la Unidad
Regional Huetar Caribe
La Comisión Local Regional de la Unidad Regional Huetar
Caribe en sesión 1-2017, celebrada el 23 de febrero del 2017,
articulo II, tomo el siguiente acuerdo
a.Adjudicar la Licitación Abreviada 2016LA-000005-05,
para la Contratación de Servicio Alquiler de Terminal de
Contenedores en la provincia de Limón, según el dictamen
técnico URHC-CRPL-20-2017, URMA-PAM-893-2016,
NMV-27-2017, y Dictamen Legal ALCA-19-2017, realizadas
por las dependencias responsables de analizar las ofertas, así
como los elementos de adjudicación, de la siguiente manera:
• Adjudicar a la oferta Nº 1 Constructora Hugo Hutchinson
S.A la línea Nº1, correspondiente al Servicio de Alquiler
de Terminal de Contenedores en la Provincia de Limón
por un monto anual de ¢ 33.600.000,00 para un total de
tres años de plazo por cumplir técnica y legalmente con
lo establecido en el cartel y su precio es considerado
razonable de acuerdo al criterio técnico
Unidad de Compras Institucionales.—Lic. Allan Altamirano
Díaz, Encargado.—1 vez.—O.C. N° 25344.—Solicitud N°
78482.—( IN2017113639 ).
FE DE ERRATAS
CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
HOSPITAL MÉXICO
LICITACIÓN ABREVIADA N° 2016LA-000066-2104
(Aviso Nº 01 Modificaciones)
Por la adquisición de reforzamiento estructural
de Casa Máquinas
Se comunica a los interesados en el presente que se realizaron
modificaciones al cartel. La fecha máxima de recepción de ofertas
ha sido prorrogada para el jueves 16 de marzo de 2017 a las 09:00
horas. El cartel con modificaciones está disponible en el servicio de
fotocopiado público, situado en el pasillo que comunica el Banco de
Sangre con el Laboratorio Clínico, planta baja de este Hospital. Ver
detalles y mayor información en http://www.ccss.sa.cr/licitaciones.
San José, 23 de febrero del 2017.—Subárea de Contratación
Administrativa.—Lic. Carmen Rodríguez Castro, Coordinadora.
————
LICITACIÓN ABREVIADA N° 2017LA-000002-2104
(Aviso Nº 01 Prórroga )
Por la adquisición de jabón líquido neutro PH7
Se comunica a los interesados en el presente que la fecha
de apertura será prorrogada hasta nuevo aviso. En caso de que se
realicen modificaciones al cartel se les comunicará oportunamente
por este medio. Ver detalles y mayor información en http://www.
ccss.sa.cr/licitaciones.
San José, 23 de febrero del 2017.—Subárea de Contratación
Administrativa.—Lic. Carmen Rodríguez Castro, Coordinadora.—
1 vez.—O. C. N° 16.—Solicitud N° 78523.—( IN2017113903 ).
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MUNICIPALIDADES
MUNICIPALIDAD DE ZARCERO
LICITACIÓN PÚBLICA N° 2017LA-000001-OPMZ
(Aclaración al cartel)
Contratación para suministro, acarreo, riego emulsión
asfáltica, colocación y acabado final de mezcla asfáltica
en caliente, en carpeta con un espesor de 5
centímetros sueltos. En entrega según
demanda
La Municipalidad de Zarcero, aclara para el respectivo cartel
los siguientes puntos: En la sección B. Del objeto contractual en el
apartado C. Recarpeteo con mezcla asfáltica en caliente se modifica
el punto de distribuidor de asfalto con aspersores de 4000 g a 2000
g, ya que el tanque con capacidad de 2000 galones puede realizar
trabajos sin comprometer la calidad y rendimientos del proyecto. En
la sección C. Sistema de Evaluación, punto c; se indica que el punto
de referencia es la Iglesia Católica de Zarcero centro. En el anexo N°
1, en el punto de oferta económica, se aclara que se debe cotizar por
precio a tonelada ofertada. En la sección E. Ejecución contractual, en
el apartado 10 Requisitos Obligatorios se aclara que la certificación
puede ser emitida tanto por un Ingeniero mecánico como también
un Ingeniero Mantenimiento Industrial, ya que ambos profesionales
poseen conocimientos en el campo, y pueden emitir la certificación
que la planta cumple con lo específico en la sección 401.04 del CR2010 y la norma AASHTO M-156, debidamente incorporados al
colegio respectivo. En la sección B. Del objeto contractual en el
apartado C. Recarpeteo con mezcla asfáltica en caliente se agrega
el ítem j, indicando que toda la maquinaria deberá estar al día con
el pago de marchamos, RTV al día, derecho de circulación, seguros
y pólizas, además de toda la documentación pertinente de cada
máquina y deberá presentar copia de los documentos probatorios.
Se mantiene la fecha y hora de apertura indicada en el cartel.
Zarcero, 23 febrero del 2017.—Ronald Araya Solís, Alcalde
Municipal.—1 vez.—( IN2017113801 ).
REMATES
AVISOS
CONSULTORES FINANCIEROS COFIN S. A.
En su condición de Fiduciario de “Alberto Ceferino ChamorroBiomasa de Costa Rica HCB-COFIN- Financiera Desyfin”.
Se permite comunicar que lo siguiente: Primero: fe de erratas:
se deja sin efecto el edicto publicado en La Gaceta N° 24 del jueves
2 de febrero del 2017 y deberá tenerse el edicto que se publica a
continuación como único y valido. Segundo: Publicación de edicto: En
cumplimiento con lo establecido en el fideicomiso indicado, inscrito en
el Registro Público al tomo 2015, asiento 00079970-01, se procederá
a realizar el primer remate por el valor indicado a las 14:30 horas del
día 29 de marzo del año 2017, en sus oficinas en Escazú, San Rafael
Avenida Escazú Torre AE2, quinto piso, el siguiente inmueble: Finca
del Partido de Limón, matrícula de folio real número setenta y seis mil
ochenta y tres - cero cero cero, que es: parcela Seis-A, Asentamiento
Lesville, terreno para la agricultura, situada en el distrito cuatro
Roxana, cantón dos, Pococí, de la provincia citada; linda: norte:
parcela cinco, sur: parcela seis, este: Carlos Godínez Cascante, oeste:
calle pública, mide: quince mil quinientos dos metros con cincuenta
y dos decímetros cuadrados, plano: l - cero dos cinco cero siete nueve
cinco - uno nueve nueve cinco, libre de anotaciones, pero soportando
los siguientes gravámenes: Reservas y Restricciones Citas: tres siete
cinco -uno seis cuatro nueve dos-cero unocero ocho uno dos-cero cero
uno, servidumbre trasladada citas: tres siete cinco-uno seis cuatro nueve
dos-cero uno-cero ocho uno tres-cero cero uno, servidumbre trasladada
citas: tres siete cinco-uno seis cuatro nueve dos-cero uno-cero nueve
tres cinco-cero cero uno, reservas y restricciones citas: tres siete cincouno seis cuatro nueve dos-cero uno-cero nueve tres seis-cero cero uno,
reservas y restricciones citas: tres siete cinco-uno seis cuatro nueve doscero uno-cero nueve cinco cinco-cero cero uno, servidumbre trasladada
citas: tres siete cinco-uno seis cuatro nueve dos-cero uno-cero nueve
cinco seis-cero cero uno, servidumbre trasladada citas: tres siete cincouno seis cuatro nueve dos-cero uno-cero nueve cinco ocho-cero cero
uno, reservas y restricciones citas: tres siete cinco-uno seis cuatro
nueve dos-cero uno-cero nueve cinco nueve-cero cero uno, reservas y
restricciones citas: tres siete cinco-uno seis cuatro nueve dos-cero uno-
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La Gaceta Nº 42 — Martes 28 de febrero del 2017
cero nueve seis cero-cero cero uno, servidumbre trasladada citas: tres
siete cinco-uno seis cuatro nueve dos-cero uno-cero nueve seis unocero cero uno, servidumbre trasladada citas: tres siete cinco-uno seis
cuatro nueve dos-cero uno-cero nueve seis dos-cero cero uno, reservas
y restricciones citas: tres siete cinco-uno seis cuatro nueve dos-cero
uno-cero nueve seis tres-cero cero uno, reservas y restricciones citas:
tres siete cinco-uno seis cuatro nueve dos-cero uno-cero nueve siete
cero-cero cero uno, servidumbre trasladada citas: tres siete cinco-uno
seis cuatro nueve dos-cero uno-cero nueve siete uno-cero cero uno,
reservas de ley de aguas y ley de curaos públicos citas: cuatro tres
seis-uno uno uno dos ocho-cero uno-cero uno siete dos-cero cero uno,
hipoteca citas: cinco siete uno-cuatro nueve cinco dos dos-cero unocero cero cero uno-cero cero uno, hipoteca citas: dos cero uno cuatroseis cinco cero nueve dos-cero uno-cero cero cero uno-cero cero uno,
hipoteca citas: dos cero uno cuatro-uno cuatro dos cinco cinco sietecero uno-cero cero cero uno-cero cero uno; El inmueble enumerado
se subasta por la base de ¢64.796.762,21 (sesenta y cuatro millones
setecientos noventa y seis mil setecientos sesenta y dos colones con
21/100). De no haber oferentes, se realizará un segundo remate 08
días hábiles después de la fecha del primer remate, a las 14:30 horas el
día 17 de abril del año 2017, con una rebaja del veinticinco por ciento
(25%) de la base del primer remate; en caso de ser necesario se realizará
un tercer remate 08 días hábiles después de la fecha del segundo remate,
a las 14:30 del día 28 de abril del 2017, el cual se llevará a cabo con una
rebaja del cincuenta por ciento (50%) de la base del primer remate. El
fideicomisario podrá decidir pagarse hasta donde alcance con la finca
fideicometida en remate, al terminar la primera subasta o cualquiera
de las siguientes subastas si nadie la adquirió. De conformidad con los
términos del contrato de fideicomiso, para que una oferta sea válida, el
oferente deberá entregarle al Fiduciario un quince por ciento (15%) del
precio base, mediante cheque certificado, dinero en efectivo, o cualquier
otro valor de alta liquidez que sea de la aceptación del Fiduciario. El o
los oferentes que se hayan adjudicado la finca fideicometida, tendrán
un plazo improrrogable de diez días naturales contados a partir de la
fecha de la subasta para pagarle al Fiduciario el dinero necesario para
completar el cien por ciento del precio de venta de dicha finca, mediante
cheque certificado, dinero en efectivo, o cualquier otro valor de alta
liquidez que sea de la aceptación del Fiduciario. De no realizar el pago
en el plazo establecido, la subasta se declarará insubsistente, y el quince
por ciento del precio de venta previamente entregado al Fiduciario será
conservado por dicha compañía como indemnización de los daños y
perjuicios ocasionados.
San José, 22 de febrero del 2017.—Marvin Danilo Zamora
Méndez, Secretario con facultades de apoderado generalísimo sin
límite de suma.—1 vez.—( IN2017113648 ).
INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS
UNIVERSIDAD DE COSTA RICA
VICERRECTORIA DE VIDA ESTUDIANTIL
EDICTO
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
ORI-306-2017.—Miño Segura Mario, costarricense, 1 0625
0198, ha solicitado reposición del título Bachiller en Ingeniería
Mecánica. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la
vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito
que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco
días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad
Universitaria Rodrigo Facio, al primer día del mes de febrero del
año dos mil diecisiete.—Oficina de Registro e Información.—MBA
José Antonio Rivera Monge, Director.—( IN2017110310 ).
UNIVERSIDAD ESTATAL A DISTANCIA
VICERRECTORÍA EJECUTIVA
OFICINA DE REGISTRO Y ADMINISTRACIÓN
ESTUDIANTIL
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
Ante la Oficina de Registro de la Universidad Estatal a
Distancia, se ha presentado Diego Andrés Ramírez Picado, cédula
de identidad 7-196-609 por motivo de solicitud de reposición del
diploma, correspondiente al título de Bachillerato Universitario en
Enseñanza de la Matemática, bajo la inscripción que a continuación
se detalla:
Tomo: X
Folio: 1852
Asiento: 8
Se solicita la publicación del edicto para oír oposiciones a
dicha reposición, dentro del término de quince días hábiles, a partir
de la tercera publicación en La Gaceta.
Dado a solicitud de la interesada en San José, a los catorce
días del mes de febrero del dos mil diecisiete, por la Licda. Tatiana
Bermúdez Vargas, Encargada de Graduación y Certificaciones.
Graduación y Certificaciones.—Licda. Tatiana Bermúdez
Vargas, Encargada.—( IN2017110590 ).
PROGRAMA DE RECONOCIMIENTO
Y EQUIPARACIÓN DE ESTUDIOS
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
Guido Alonso Saborío Rodríguez, costarricense, cédula N°
2-0509-0433, ha solicitado reconocimiento y equiparación del
diploma de Maestría en Gestión de Áreas Protegidas y Desarrollo
Ecoregional de la Universidad para la Cooperación Internacional
de México. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre
la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante
escrito que ha de ser presentado a la Oficina de Registro, dentro
de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer
aviso.—Sabanilla, 14 de febrero del 2017.—Oficina de Registro
y Administración Estudiantil.—Licda. Susana Saborío Álvarez,
Jefa.—( IN2017111357 ).
INSTITUTO TECNOLÓGICO DE COSTA RICA
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
El señor Edwin Alexander Rafael Espinoza, cédula de
residencia Nº 160400270335, ha presentado para el trámite de
reconocimiento y equiparación el diploma con el título Ingeniero
Agrícola, obtenido en la Universidad Nacional Agraria La Molina.
Cualquier persona interesada en aportar información al respecto
de este trámite, podrá hacerlo mediante un escrito que debe ser
presentado en el Departamento de Admisión y Registro del Instituto
Tecnológico de Costa Rica, dentro de los quince días hábiles
siguientes a la publicación del tercer aviso.
Cartago, 18 de enero 2017.—Departamento de Admisión y
Registro.—Ing. Giovanny Rojas Rodríguez, M.Ed., Director.—O.C.
Nº 20150003.—Solicitud Nº 75540.—( IN2017111505 ).
El señor Juan Carlos Solera Madrigal, cédula de identidad
Nº 111040113, ha presentado para el trámite de reconocimiento
y equiparación el diploma con el título Bachelor of Science In
Industrial Engineering, obtenido en Kansas State University.
Cualquier persona interesada en aportar información al respecto
de este trámite, podrá hacerlo mediante un escrito que debe ser
presentado en el Departamento de Admisión y Registro del Instituto
Tecnológico de Costa Rica, dentro de los quince días hábiles
siguientes a la publicación del tercer aviso.
Cartago, 09 de febrero 2017.—Departamento de Admisión y
Registro.—Ing. Giovanny Rojas Rodríguez, M.Ed., Director.—O.
C. Nº 20150003.—Solicitud Nº 77598.—( IN2017111519 ).
PATRONATO NACIONAL DE LA INFANCIA
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
Al señor Aldo Martínez Salina, se le comunica la resolución
de este Despacho, de las 10:00 horas del quince de noviembre de
dos mil dieciséis en razón de la cual se declaró la adoptabilidad en
sede administrativa de la persona menor de edad Britany Alexandra
Martínez Meza. Se le advierte que deberá señalar lugar conocido
para recibir sus notificaciones o bien señalar número de facsímil
La Gaceta Nº 42 — Martes 28 de febrero del 2017
para recibir aquellas notificaciones que pudieran practicarse por
este medio, en el entendido de que de no hacerlo, 6 si el lugar
señalado fuere inexacto, las notificaciones futuras quedarán firmes
veinticuatro horas después de dictadas. Recursos: Se le hace saber
además, que contra la presente resolución proceden los recursos
ordinarios de revocatoria con apelación en subsidio, que deberá
interponer ante esta Representación Legal dentro del tercer
día hábil siguiente a partir de la tercera publicación de este
edicto, siendo que el de revocatoria será de conocimiento de
esta Representación Legal, y el de apelación de la Presidencia
Ejecutiva de esta institución, en el entendido que hacerlo fuera de
dicho término el recurso deviene en inadmisible. Se le informa que
es su derecho hacerse asesorar o representar por un profesional en
Derecho así como revisar y estudiar el expediente administrativo.
Exp. Nº OLOR-00166-2016.—Oficina Local de Orotina.—Lcda.
Kattia Guerrero Barboza, Representante Legal a. í.—O. C. N°
00041016.—Solicitud N° 17000008.—( IN2017111305 ).
Se le comunica formalmente a los señores Alex Gerardo Reyes
Araya y Édgar Portuguez Méndez la resolución administrativa
dictada por la Oficina Local del Patronato Nacional de la Infancia
de Puntarenas de las once horas del día seis de enero del dos
mil diecisiete, mediante la cual se ordenó como medida especial
de protección el inicio de un proceso de orientación, apoyo
y seguimiento a las personase menores de edad Stewart José
Portuguez Amador y Dilady Reyes Amador y sus familia, por el
plazo de ocho meses a partir del dictado de la citada medida. Se
ordenó seguimiento psico-social de las personas menores de edad
y la ejecución del plan de intervención correspondiente. Garantía
de defensa: se le hace saber que tiene derecho a hacerse asesorar o
representar por un profesional en Derecho de su elección, a tener
acceso al estudio y revisión del expediente administrativo que en lo
concerniente existe en la Oficina Local de Puntarenas. Recurso: se
hace saber a las partes que contra esta resolución procede el recurso
de apelación si se interpone ante este despacho o ante la Presidencia
Ejecutivo dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes a la
tercera publicación de este edicto. En caso de interponer recurso de
apelación debe señalar lugar para atender notificaciones futuras de
lo contrario las resoluciones que se dicten se tendrán por notificadas
transcurridas veinticuatro horas siguientes. Puntarenas. Expediente
N° OLPUN-00471-2016.—Oficina Local de Puntarenas.—Licda.
Kattia Nydia Xatruch Ledezma, Represente Legal.—O. C. Nº
00041016.—Solicitud Nº 17000008.—( IN2017111306 ).
A Bryan Morales Rodríguez, de nacionalidad nicaragüense,
domicilio actual y demás calidades desconocidas, progenitor
de la persona menor de edad Allison Dayanna Morales Báez, de
trece años de edad, nacida el día once de febrero del año dos mil
tres, nacimiento inscrito bajo las citas: 1-1870-120, hija de María
Eugenia Báez Valenzuela, de nacionalidad nicaragüense, portadora
de la cédula de residencia número: 155810251219, vecina de Aserrí,
se le comunica la resolución administrativa de las trece horas con
treinta y cinco minutos del día veintiuno de octubre del año del dos
mil dieciséis, del Departamento de Atención Inmediata, en la que
se ordena orientación, apoyo y seguimiento, a favor de la persona
menor de edad indicada y su núcleo familiar por el plazo máximo
de seis meses. Se le previene al señor Morales Rodríguez, que debe
señalar medio para recibir notificaciones de las resoluciones que
se dicten por la Oficina Local competente, bajo el apercibimiento
de que en caso de omisión o si el medio señalado se encontrara
descompuesto o no recibiera las notificaciones por algún motivo
ajeno a la responsabilidad del ente emisor de la notificación, ésta
operará en forma automática y se le tendrán por notificadas las
resoluciones con el sólo transcurso de veinticuatro horas. Se le
hace saber, además, que contra la citada resolución procede el
recurso ordinario de apelación, que deberá interponer en forma
verbal o por escrito ante esta Oficina Local dentro de las cuarenta
y ocho horas siguientes a su notificación, el cual será elevado
ante la Presidencia Ejecutiva de esta Institución. Expediente
N° OLAS-00148-2016.—Oficina Local Aserrí.—Licda. Tatiana
Torres López, Representante Legal.—O. C. Nº 00041016.—
Solicitud Nº 17000008.—( IN2017111307 ).
Al señor Carlos Alfredo Soto Solís, se le comunica que por
resolución de las 10:00 horas del tres de febrero de dos mil diecisiete,
se dio inicio al proceso especial de protección mediante el dictado
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de una medida de abrigo temporal a favor de las personas menores
de edad Kisha Flaviana, Josuan Alfredo y Crisbel Daniela todos de
apellidos Soto Solís. Se le advierte que deberá señalar lugar conocido
para recibir sus notificaciones ó bien señalar número de facsímil
para recibir aquellas notificaciones que pudieran practicarse por este
medio, en el entendido de que de no hacerlo, ó si el lugar señalado
fuere inexacto, las notificaciones futuras quedarán firmes veinticuatro
horas después de dictadas. Recursos: Contra la presente resolución
procede el recursos de apelación ante la Presidencia ejecutiva de
esta institución, que deberá interponer ante esta Representación
Legal dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes a partir de la
tercera publicación de este edicto, en el entendido que hacerlo fuera
de dicho término el recurso deviene en inadmisible. Se le informa
que es su derecho hacerse asesorar o representar por un profesional
en Derecho así como revisar y estudiar el expediente administrativo.
Exp. N° OLOR-00003-2017.—Oficina Local de Orotina.—Licda.
Kattia Guerrero Barboza, Representante Legal a. í.—O. C. N°
00041016.—Solicitud N° 17000008.—( IN2017111308 ).
A Carlos Aquiles Pérez Cuadra, de nacionalidad nicaragüense,
portador de la cédula de residencia número: 1555816634320, de
domicilio actual y demás calidades desconocidas, progenitor de la
persona menor de edad Carlos Aquiles, Karla Samaria y Oreanna
Elizabeth, todos de apellidos Pérez López, hijos de Samaría
Elizabeth López Ramírez, de nacionalidad nicaragüense, portadora
de la cédula de residencia número: 155820051706, vecina de Aserrí,
se le comunica la resolución administrativa de las quince horas del
día seis de diciembre del año dos mil dieciséis, de esta Oficina
Local, en la que se ordena orientación, apoyo y seguimiento a favor
de las personas menores de edad indicadas y su núcleo familiar„
por el plazo máximo de seis meses. Se le previene al señor Pérez
Cuadra, que debe señalar medio para recibir notificaciones de las
resoluciones que se dicten por la Oficina Local competente, bajo el
apercibimiento de que en caso de omisión o si el medio señalado se
encontrara descompuesto o no recibiera las notificaciones por algún
motivo ajeno a la responsabilidad del ente emisor de la notificación,
ésta operará en forma automática y se le tendrán por notificadas
las resoluciones con el sólo transcurso de veinticuatro horas. Se
le hace saber, además, que contra la citada resolución procede el
recurso ordinario de apelación, que deberá interponer en forma
verbal o por escrito ante esta Oficina Local dentro de las cuarenta y
ocho horas siguientes a su notificación, el cual será elevado ante la
Presidencia Ejecutiva de esta Institución. Publíquese por tres veces
consecutivas. Expediente N° OLD-00124-2016.—Oficina Local de
Aserrí.—Licda. Tatiana Torres López, Representante Legal.—O. C.
N° 00041016.—Solicitud N° 17000008.—( IN2017111311 ).
A Dixie Fabiola Torres Villareal, portadora de la cédula de
identidad N° 1-1424-784, de domicilio actual y demás calidades
desconocidas, progenitora de las persona menores de edad
Zharith Yariela Traña Torres, de nueve años de edad, nacida el día
veintinueve de setiembre del año dos mil siete, nacimiento inscrito
bajo las citas: 1-2005-436, hija de José Alnulfo Traña Chávez,
portadora de la cédula de identidad N° 8-086-763, soltero de
domicilio y demás calidades desconocidas, Thayra Zhanin Torres
Villareal, de siete años de edad, nacida el día cuatro de abril del año
dos mil nueve, nacimiento inscrito bajo las citas N° 1-2051-262 y
Jeaustin Leonardo Arslan Torres, de tres años de edad, nacido el
día seis de marzo del año dos mil trece, nacimiento inscrito bajo
las citas: 1-2167-950, hijo de Erdal Arslan, de domicilio y demás
calidades desconocidas, se le comunica la resolución administrativa
de las once horas con cincuenta minutos del día veinte de octubre
del año dos mil dieciséis, de esta Oficina Local, en la que se ordena
cuido provisional a favor de las personas menores de edad
indicadas en el hogar de su abuela materna, la señora Ada
Seidy Villareal Díaz, por el plazo máximo de seis meses. Se le
previene a la señora Torres Villareal, que debe señalar medio
para recibir notificaciones de las resoluciones que se dicten
por la Oficina Local competente, bajo el apercibimiento
de que en caso de omisión o si el medio señalado se
encontrara descompuesto o no recibiera las notificaciones
por algún motivo ajeno a la responsabilidad del ente emisor
de la notificación, ésta operará en forma automática y
se le tendrán por notificadas las resoluciones con el sólo
transcurso de veinticuatro horas. Se le hace saber, además,
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La Gaceta Nº 42 — Martes 28 de febrero del 2017
que contra la citada resolución procede el recurso ordinario de
apelación que deberá interponer en forma verbal o por escrito ante
esta Oficina Local dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes a
su notificación, el cual será elevado ante la Presidencia Ejecutiva de
esta Institución. Expediente N° OLAS-00103-2016.—Oficina Local
de Aserri.—Licda. Tatiana Torres López, Representante Legal.—O.
C. 00041016.—Sol. 17000008.—( IN2017111312 ).
apelación que deberá interponer en forma verbal o por escrito ante
esta Oficina Local dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes a
su notificación, el cual será elevado ante la Presidencia Ejecutiva de
esta Institución. Publíquese por tres veces consecutivas. Expediente
N° OLAS-00103-2016.—Oficina Local de Aserri.—Licda. Tatiana
Torres López, Representante Legal.—O. C. Nº 00041016.—
Solicitud Nº 17000008.—( IN2017111415 ).
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
Se comunica la señora: Doriana Yecilia Hernández Zamora,
mayor de edad, soltera, costarricense, portadora de la cédula
de identidad Nº 702040298, de domicilio y demás calidades
desconocidas, madre de la persona menor de edad Keyberri Lajonet
Hernández Zamora, la resolución administrativa dictada por esta
oficina local de las trece horas con veinticinco minutos del trece
de enero de dos mil diecisiete, en la cual se ordena medida de
protección de cuido provisional a favor de la persona menor de
edad Keyberri Lajonet Hernández Zamora, de diez años de edad,
costarricense, nacido el cuatro de febrero de dos mil seis, inscrito
en el Registro Civil, Sección de Nacimientos de la provincia de
Limón, bajo el tomo 325, folio 124, asiento 248, hijo de Doriana
Yecilia Hernández Zamora, para que permanezca bajo el cargo
de la señora Doris Zamora Mora, mayor, costarricense, soltera,
ama de casa, portadora de la cedula de identidad Nº 303210192,
vecina de Siquirres, barrio San Martín, frente al bar El Pescadito,
casa de dos plantas de madera color amarillo. Recurso: el de
apelación, señalando lugar para oír notificaciones dentro del
perímetro judicial de la Presidencia Ejecutiva en San José, dentro
de las cuarenta y ocho horas siguientes a la tercera publicación
de este edicto.—Oficina Local de Siquirres.—Lic. Randall Quirós
Cambronero, Representante Legal.—O. C. Nº 00041016.—
Solicitud Nº 17000008.—( IN2017111413 ).
A José Alnulfo Traña Chávez, portador de la cédula de
identidad número: 8-086-763, de domicilio actual y demás calidades
desconocidas, progenitora de la persona menor de edad Zharith
Yariela Traña Torres, de nueve años de edad, nacida el día veintinueve
de setiembre del año dos mil siete, nacimiento inscrito bajo las citas:
1-2005-436, hija de Dixie Fabiola Torres Villareal, portadora de
la cédula de identidad número: 1-1424-784 de domicilio y demás
calidades desconocidas, se le comunica la resolución administrativa
de las once horas con cincuenta minutos del día veinte de octubre
del año dos mil dieciséis, de esta Oficina Local, en la que se ordena
cuido provisional a favor de la persona menor de edad indicada en
el hogar de su abuela materna, la señora Ada Seidy Villareal Díaz,
por el plazo máximo de seis meses. Se le previene al señor Traña
Chávez, que debe señalar medio para recibir notificaciones de las
resoluciones que se dicten por la Oficina Local competente, bajo el
apercibimiento de que en caso de omisión o si el medio señalado se
encontrara descompuesto o no recibiera las notificaciones por algún
motivo ajeno a la responsabilidad del ente emisor de la notificación,
ésta operará en forma automática y se le tendrán por notificadas
las resoluciones con el sólo transcurso de veinticuatro horas. Se
le hace saber, además, que contra la citada resolución procede el
recurso ordinario de apelación que deberá interponer en forma
verbal o por escrito ante esta Oficina Local dentro de las cuarenta y
ocho horas siguientes a su notificación, el cual será elevado ante la
Presidencia Ejecutiva de esta Institución. Publíquese por tres veces
consecutivas. Expediente N° OLAS-00103-2016.—Oficina Local
de Aserrí.—Licda. Tatiana Torres López, Representante Legal.—O.
C. N° 00041016.—Solicitud N° 17000008.—(IN2017111416 ).
Al señor Edgard Buenaventura Fernández Vargas se le
comunica que por resolución de las 10:30 horas del veintiséis de enero
de dos mil diecisiete se dio inicio al proceso especial de protección
mediante el dictado de una medida de abrigo temporal a favor de
las personas menores de edad Valentina y Engel ambos Fernández
Retana. Se le advierte que deberá señalar lugar conocido para recibir
sus notificaciones o bien señalar número de facsímil para recibir
aquellas notificaciones que pudieran practicarse por este medio,
en el entendido de que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere
inexacto, las notificaciones futuras quedarán firmes veinticuatro
horas después de dictadas. Recursos: Contra la presente resolución
procede el recurso de apelación ante la Presidencia ejecutiva de esta
institución, que deberá interponer ante esta Representación Legal
dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes a partir de la tercera
publicación de este edicto, en el entendido que hacerlo fuera de
dicho término el recurso deviene en inadmisible. Se le informa que
es su derecho hacerse asesorar o representar por un profesional en
Derecho así como revisar y estudiar el expediente administrativo.
Exp. N° OLOR-00197-2015.—Oficina Local de Orotina.—Licda.
Kattia Guerrero Barboza, Representante Legal a. í.—O. C. Nº
00041016.—Solicitud Nº 17000008.—( IN2017111414 ).
A Erdal Arslan, de nacionalidad, domicilio actual y demás
calidades desconocidas, progenitor de la persona menor de edad
Jeaustin Leonardo Arslan Torres, de tres años, nacido el día tres
de marzo del año dos mil trece, nacimiento inscrito bajo las citas:
1-2167-950, hijo de Dixie Fabiola Torres Villareal, portadora de la
cédula de identidad N° 1-1424-784 de domicilio y demás calidades
desconocidas, se le comunica la resolución administrativa de las
once horas con cincuenta minutos del día veinte de octubre del
año dos mil dieciséis, de esta Oficina Local, en la que se ordena
cuido provisional a favor de la persona menor de edad indicada en
Hogar Solidario Familiar Subvencionado, por el plazo máximo de
seis meses. Se le previene al señor Erdal Arslan, que debe señalar
medio para recibir notificaciones de las resoluciones que se dicten
por la Oficina Local competente, bajo el apercibimiento de que en
caso de omisión o si el medio señalado se encontrara descompuesto
o no recibiera las notificaciones por algún motivo ajeno a la
responsabilidad del ente emisor de la notificación, ésta operará en
forma automática y se le tendrán por notificadas las resoluciones con
el sólo transcurso de veinticuatro horas. Se le hace saber, además,
que contra la citada resolución procede el recurso ordinario de
Al señor José Rafael Tejada Durán, mayor, dominicano, con
domicilio exacto desconocido y demás calidades desconocidas por
esta oficina local se le comunica la resolución de las nueve horas
treinta minutos del seis de febrero de dos mil diecisiete que ordenó
el inicio de Proceso especial de protección y dictó Abrigo Temporal
por seis meses prorrogables judicialmente en favor de la persona
menor de edad Keyla Sofía Tejada Chaverri, en Casa Maín en San
Lorenzo de Flores, remitiéndose el expediente al Área Psicosocial de
esta oficina para que se realice investigación ampliada de la situación
en un plazo de veinticinco días y definan situación sociolegal de la
misma. Se les confiere el término de tres días para que manifiesten
cualquier oposición o manifiesten lo que tengan a bien manifestar.
Notifíquese la anterior resolución a las partes interesadas por edicto
al desconocer su domicilio actual exacto o ubicación de ambos, a
quienes se les advierte que deberá señalar lugar conocido para recibir
sus notificaciones, o bien, señalar número de facsímile para recibir
aquellas notificaciones que pudieren practicarse por ese medio, en el
entendido que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere impreciso,
inexacto o llegare a desaparecer, o si el medio seleccionado fuere
defectuoso, estuviere desconectado, sin suficiente provisión de
papel o por cualquier otro modo no imputable a esta institución se
interrumpiere la comunicación, las notificaciones futuras quedarán
firmes veinticuatro horas después -de dictadas. Se les hace saber
además, que contra la presente resolución inicial descrita procede
el recurso ordinario de apelación, que deberán interponer ante esta
Representación Legal dentro del plazo de cuarenta y ocho horas
siguientes a la fecha de la última notificación a las partes, el de
recurso será de conocimiento de la Presidencia Ejecutiva de esta
institución, en el entendido que hacerlo fuera de dicho término el
recurso deviene en inadmisible. Expediente OLHN-00043-2017.—
Oficina Local Heredia Norte.—Licda. Ana Julieta Hernández
Issa El Khoury, Órgano Director del Procedimiento.—O. C. N°
00041016.—Solicitud N° 17000008.—( IN2017111419 ).
A quien interese, se les comunica la resolución de las trece
horas cuarenta y tres minutos del veintitrés de enero del dos mil
diecisiete, mediante la cual se declara administrativamente el
estado de abandono de la persona menor de edad Juan José Angulo
La Gaceta Nº 42 — Martes 28 de febrero del 2017
Gutiérrez, ante el fallecimiento de su progenitora la señora Rosibel
Angulo Gutiérrez c.c. Rosibel Chacón Angulo. Notifíquese la
anterior resolución a las partes interesadas, personalmente o en su
casa de habitación, a quienes se les advierte que deberán señalar
lugar conocido para recibir sus notificaciones, o bien, señalar
medio electrónico para recibir aquellas notificaciones que pudieren
practicarse por ese medio, en el entendido que de no hacerlo, o si el
lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a desaparecer, o
si el medio seleccionado fuere defectuoso, estuviere desconectado,
sin suficiente provisión de papel o por cualquier otro modo no
imputable a esta institución se interrumpiere la comunicación, las
notificaciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas después de
dictadas. Se les hace saber además, que contra la presente resolución
procede el recurso ordinario de apelación, que deberán interponer
ante esta Representación Legal dentro del plazo de cuarenta y ocho
horas siguientes a la fecha de la última notificación a las partes,
el de recurso será de conocimiento de la Presidencia Ejecutiva de
esta institución, en el entendido que hacerlo fuera de dicho término
el recurso deviene en inadmisible. Exp. N° OLAO-00379-2016.—
Oficina Local de Alajuela Oeste.—Mag. Hazel Oreamuno Sánchez,
Órgano Director del Procedimiento.—O. C. Nº 00041016.—
Solicitud Nº 17000008.—( IN2017111420 ).
A Junior Jacob Guillén Pineda, se les comunica la resolución
de las nueve horas del veintisiete de enero del enero del dos mil
diecisiete, mediante las cuales se ordena medida de inclusión en
programas oficiales o comunitarios de auxilio a la familia y a las
personas menores de edad, a favor de la persona menor de edad Edder
Jacob Guillén Rayos y Ever Joel Guillén Rayos, ubicándosele en la
Alternativa de Protección Privada Hogar AMA, con la finalidad de
brindarle protección ante su condición de vulnerabilidad notifíquese
la anterior resolución a las partes interesadas, personalmente o en
su casa de habitación, a quienes se les advierte que deberán señalar
lugar conocido para recibir sus notificaciones, o bien, señalar
medio electrónico para recibir aquellas notificaciones que pudieren
practicarse por ese medio, en el entendido que de no hacerlo, o si el
lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a desaparecer, o
si el medio seleccionado fuere defectuoso, estuviere desconectado,
sin suficiente provisión de papel o por cualquier otro modo no
imputable a esta institución se interrumpiere la comunicación,
las notificaciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas
después -de dictadas. Se les hace saber además, que contra la
presente resolución procede el recurso ordinario de apelación,
que deberán interponer ante esta Representación Legal dentro del
plazo de cuarenta y ocho horas siguientes a la fecha de la última
notificación a las partes, el de recurso será de conocimiento de
la Presidencia Ejecutiva de esta institución, en el entendido que
hacerlo fuera de dicho término el recurso deviene en inadmisible.
Expediente: SN.—Oficina Local de Alajuela Oeste.—Mag. Hazel
Oreamuno Sánchez, Órgano Director del Procedimiento.—O. C. Nº
00041016.—Solicitud Nº 17000008.—( IN2017111425 ).
A quien interese se le comunica que por resolución de las siete
horas y cuarenta y nueve minutos del dos mil diecisiete, se declaró
estado de abandono en sede administrativa de la persona menor
de edad. Keycha Naomi López Meléndez. Notifíquese la anterior
resolución a las partes interesadas, personalmente o en su casa
de habitación, a quienes se les advierte que deberán señalar lugar
conocido para recibir sus notificaciones, o bien, señalar número
de facsímile para recibir aquellas notificaciones que pudieren
practicarse por ese medio, en el entendido que de no hacerlo, o si el
lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a desaparecer, o si
el medio seleccionado fuere defectuoso, estuviere desconectado, sin
suficiente provisión de papel o por cualquier otro modo no imputable
a esta institución se interrumpiere la comunicación, las notificaciones
futuras quedarán firmes veinticuatro horas después -de dictadas. Se
les hace saber además, que contra la presente resolución proceden
los recursos ordinarios de revocatoria con apelación en subsidio, que
deberán interponer ante esta Representación Legal dentro del tercer
día hábil inmediato siguiente a la fecha de la última notificación
a las partes, siendo que el de revocatoria será de conocimiento
de esta Representación Legal, y el de apelación de la Presidencia
Ejecutiva de esta institución, en el entendido que hacerlo fuera
de dicho término el recurso deviene en inadmisible. Expediente
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OLTH -00244-2016.—Oficina Local de Hatillo.—Licdo. Geovanny
Ugalde Villalta, Órgano Director del Procedimiento.—O. C. N°
00041016.—Solicitud N° 17000008.—( IN2017111426 ).
A Liuquing Cen de domicilio actual y demás calidades
desconocidas, progenitor de la persona menor de edad Natali Nayeli
Cen Chinchilla, de doce años de edad, nacida el día diecisiete de
noviembre del año dos mil cuatro, nacimiento inscrito bajo las citas:
1-1921-622, hija de Jennifer Maricel Chinchilla Cruz, portadora
de la cédula de identidad N° 1-1182-861, vecina de Acosta, se le
comunica la resolución administrativa de las catorce horas con
veinte minutos del día tres de febrero del año dos mil diecisiete,
de esta Oficina Local, en la que se ordena cuido provisional a
favor de la persona menor de edad indicada en Hogar Solidario
No Subvencionado (recurso comunal), por el plazo máximo de
seis meses. Se le previene al señor Cen, que debe señalar medio
para recibir notificaciones de las resoluciones que se dicten por la
Oficina Local competente, bajo el apercibimiento de que en caso
de omisión o si el medio señalado se encontrara descompuesto
o no recibiera las notificaciones por algún motivo ajeno a la
responsabilidad del ente emisor de la notificación, ésta operará en
forma automática y se le tendrán por notificadas las resoluciones
con el sólo transcurso de veinticuatro horas. Se le hace saber,
además, que contra la citada resolución procede el recurso
ordinario de apelación que deberá interponer en forma verbal o
por escrito ante esta Oficina Local dentro de las cuarenta y ocho
horas siguientes a su notificación, el cual será elevado ante la
Presidencia Ejecutiva de esta Institución. Publíquese por tres veces
consecutivas. Expediente N° OLAS-00007-2017.—Oficina Local
de Aserri.—Licda. Tatiana Torres López, Representante Legal.—O.
C. Nº 00041016.—Solicitud Nº 17000008.—( IN2017111441 ).
Se le comunica formalmente a la señora Lucía Sandoval
Jiménez la resolución administrativa dictada por la Oficina Local
del Patronato Nacional de la Infancia de Puntarenas de las catorce
horas del día tres de febrero del dos mil diecisiete, mediante la cual
se declaró la adoptabilidad psico-social de la persona menor de edad
Jorge Manuel Sandoval Jiménez con el propósito de ubicarse en
familia potencialmente adoptiva por parte del Consejo Nacional de
Adopciones. Garantía de defensa: se le hace saber que tiene derecho
a hacerse asesorar o representar por un profesional en Derecho de
su elección, a tener acceso al estudio y revisión del expediente
administrativo que en lo concerniente existe en la Oficina
Local de Puntarenas. Recurso: Se hace saber a las partes que
contra esta resolución procede el recurso de apelación si se
interpone ante este Despacho o ante la Presidencia Ejecutivo
dentro de los tres días siguientes a la tercera publicación de
este edicto. En caso de interponer recurso de apelación debe
señalar lugar para atender notificaciones futuras de lo contrario
las resoluciones que se dicten se tendrán por notificadas
transcurridas veinticuatro horas siguientes. Puntarenas. Expediente
N° OLPUN-00047-2013.—Oficina Local de Puntarenas.—Licda.
Kattia Nydia Xatruch Ledezma, Representante Legal.—O. C. Nº
00041016.—Solicitud Nº 17000008.—( IN2017111442 ).
Se le comunica formalmente al señor Luis Bryan Lara
Cantillo, la resolución administrativa dictada por la Oficina Local
del Patronato Nacional de la Infancia de Puntarenas de las ocho
horas del día tres de febrero del dos mil diecisiete, mediante la
cual se ordenó como medida especial de protección el inicio de
un proceso de Orientación, Apoyo y Seguimiento a la persona
menor de edad Israel Daniel Lara Ugalde y sus familia, por el
plazo de ocho meses a partir del dictado de la citada medida. Se
ordenó seguimiento psico-social de las personas menores de edad
y la ejecución del plan de intervención correspondiente. Garantía
de defensa: se le hace saber que tiene derecho a hacerse asesorar o
representar por un profesional en Derecho de su elección, a tener
acceso al estudio y revisión del expediente administrativo que en
lo concerniente existe en la Oficina Local de Puntarenas. Recurso:
Se hace saber a las partes que contra esta resolución procede el
recurso de apelación si se interpone ante este Despacho o ante la
Presidencia Ejecutivo dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes
a la tercera publicación de este edicto. En caso de interponer
recurso de apelación debe señalar lugar para atender notificaciones
futuras de lo contrario las resoluciones que se dicten se tendrán por
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La Gaceta Nº 42 — Martes 28 de febrero del 2017
notificadas transcurridas veinticuatro horas siguientes. Expediente
N° OLPUN-00052-2017.—Oficina Local de Puntarenas.—Licda.
Kattia Nydia Xatruch Ledezma, Represente Legal.—O. C. N°
00041016.—Solicitud N° 17000008.—( IN2017111443 ).
Se notifica a los señores Luis Camilo Guzmán Ríos, cédula
N° 700410973 y Reina Salas Ríos, cédula N° 700960904 y a
terceros interesados, que en el expediente administrativo OLLI00202-2015, de la persona menor de María Celeste Guzmán Salas,
cédula 703050665, actualmente domiciliada con el recurso Daniel
Eriberto Guzmán Salas, titular de la cédula de identidad número
701890723, teléfono 8548-4315 y su pareja Ceneyda Hirina Jirón
García, titular de la cédula de identidad número 206730920, tanto
recursos como persona menor de edad vecinos de Limón, Matina,
Carandi Larga Distancia 1 km de la escuela casa mixta, donde se
dio inicio especial de protección en sede administrativa donde
en resolución de las 08:00 horas 01 de febrero del 2017, se dictó
resolución donde se resuelve: Por tanto, Se resuelve: 1-A tenor de
la autorización establecida en el artículo 116 del Código de Familia,
se declara en estado de abandono, en sede administrativa, la persona
menor de edad María Celeste Guzmán Salas, titular de la cédula
de identidad número 703050665, nació el 01/01/2004, actualmente
cuenta con 13 años de edad hija de Luis Camilo Guzmán Ríos y
Reina Salas Ríos. Actualmente ella se encuentra a cargo de los
cuidadores el hermano Daniel Eriberto Guzmán Salas y su pareja
Ceneyda Hirina Jirón García. Lo anterior por encontrarse
huérfana y en total y absoluto estado de abandono por parte de
sus progenitores quienes fallecieron. 2. De conformidad con las
atribuciones otorgadas a esta institución por el inciso m) del
artículo 4 de su Ley Orgánica, relacionado con lo dispuesto en
el artículo 3 de la Convención sobre los derechos del Niño, y
artículo 5 del Código de la Niñez y la Adolescencia, se confiere
el cuido provisional de la persona menor de edad en mención a
cargo de esta Institución quien a su vez delega provisionalmente
en el entendido que esto no le confiere ningún derecho como
parte a su hermano Daniel Eriberto Guzmán Salas, y su pareja
Ceneyda Hirina Jirón García ambos calidades antes dichas, en el
entendido de que dicho cuido queda condicionado al resultado
de la consulta judicial que se indicará infra. 3. Una vez firme le
presente resolución y a los fines de lo indicado en el numeral 116
del Código de Familia, elévese la presente situación, en consulta,
ante el Juzgado que corresponda según el domicilio del
menor de edad.—Oficina Local de Limón.—Lic. Richard
Dean Hamm Royes, Órgano Director del Procedimiento.—O.
C. N° 00041016.—Solicitud N° 17000008.—( IN2017111444 ).
Al señor Manuel Antonio Avellán Martínez se le comunica
que por resolución de las 08:30 horas del diecinueve de octubre
de dos mil dieciséis se dio inicio al proceso especial de protección
mediante el dictado de una medida de abrigo temporal a favor de
la persona menor de edad Yermy Avellán Araya, asimismo se le
confiere audiencia para que se refiera al informe de investigación
ampliada de los hechos extendido por el Área de Psicología.
Se le advierte que deberá señalar lugar conocido para recibir
sus notificaciones o bien señalar número de facsímil para recibir
aquellas notificaciones que pudieran practicarse por este medio,
en el entendido de que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere
inexacto, las notificaciones futuras quedarán firmes veinticuatro
horas después de dictadas. Recursos: contra la presente resolución
procede el recursos de apelación ante la Presidencia Ejecutiva de
esta Institución, que deberá interponer ante esta Representación
Legal dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes a partir de la
tercera publicación de este edicto, en el entendido que hacerlo fuera
de dicho término el recurso deviene en inadmisible. Se le informa
que es su derecho hacerse asesorar o representar por un profesional
en Derecho así como revisar y estudiar el expediente administrativo,
expediente Nº OLOR-00194-2014.—Oficina Local de Orotina.—
Licda. Kattia Guerrero Barboza, Representante Legal a. í.—O. C.
Nº 00041016.—Solicitud Nº 17000008.—( IN2017111447 ).
Al señor Marian Eugen Meller. Se le comunica que por
resolución de las ocho horas y diez minutos del día primero de
febrero del dos mil diecisiete, se dio inicio a proceso especial
de protección, mediante el cual se ordenó como medida especial
de protección el cuido provisional de la persona menor de edad
Arianna Nairobi Meller González, en recurso familiar de abuela
materna, señora Silvia Susana Amanda Balzarini, por el plazo de
seis meses a partir del dictado de la citada medida. Se concede
audiencia a las partes para ser escuchadas y se ordena seguimiento
psico-social de la persona menor de edad en el hogar recurso. Se
le advierte que deberá señalar lugar o un fax o correo electrónico
donde recibir notificaciones, en caso de no hacerlo o si el lugar fuera
inexacto, impreciso o llegara a desaparecer o el medio seleccionado
fuera defectuoso estuviera desconectado, sin suficiente provisión
de papel o por cualquier otro modo no imputable a esta institución
se interrumpiera, la comunicación de las resoluciones futuras
quedarán firmes veinticuatro horas después de ser dictadas. Contra
la presente resolución procede únicamente el recurso ordinario de
apelación que deberá interponerse ante esta Representación Legal
dentro de las cuarenta y ocho horas hábiles después de notificada la
presente resolución. Recurso que será resuelto por la Presidencia
Ejecutiva de la entidad. Se previene a las partes involucradas
en el Procesos que les asiste todo el derecho de hacerse asesorar
o representar por un profesional en derecho así como tener
acceso al expediente administrativo para el estudio, revisión
o fotocopias.—Oficina Local. Expediente OLPA-00012-2017.—
Licda. Ingrid González Álvarez, Representante Legal.—O. C. N°
00041016.—Solicitud N° 17000008.—( IN2017111448 ).
A los señores Martha Urbina y Joaquín Mendoza, se les
comunica que por resolución de las once horas con treinta minutos
del dieciocho de enero del dos mil diecisiete que ordenó abrigo
temporal del joven Ezequiel Urbina Mendoza en un albergue
institucional. Notifíquese a anterior resolución a las partes
interesadas, personalmente o en su casa de habitación, a quienes
se les advierte que deberán señalar lugar conocido para recibir sus
notificaciones, o bien, señalar número de facsímile para recibir
aquellas notificaciones que pudieren practicarse por ese medio, en el
entendido que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere impreciso,
inexacto o llegare a desaparecer, o el medio seleccionado fuere
imputable a esta institución se interrumpiera la comunicación, las
notificaciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas después de
dictadas. Se les hace saber además, que contra la presente resolución
procede el recurso ordinario de apelación, que deberán interponer
ante esta Representación Legal dentro del plazo de cuarenta y ocho
horas siguientes a la fecha de la última notificación a las partes, el
de recurso será de conocimiento de la Presidencia Ejecutiva de esta
institución, en el entendido que hacerlo fuera de dicho término
el recurso deviene en inadmisible (Artículo 139 del Código de
la Niñez y Adolescencia). Expediente N° OLHN-00081-2017.—
Oficina Local de Heredia Norte.—Licda. Marcela Ramírez Ulate,
Órgano Director del Procedimiento.—O. C. Nº 00041016.—
Solicitud Nº 17000008.—( IN2017111454 ).
Se le comunica formalmente al señor Mauricio Stuart Johntson
Méndez la resolución administrativa dictada por la Oficina Local
del Patronato Nacional de la Infancia de Puntarenas de las nueve
horas del día treinta de enero del dos mil diecisiete, mediante la cual
se ordenó como medida especial de protección el abrigo temporal
de la persona menor de edad Dylan Jasser Johnston Parkinson en
ONG Hogar Infantil de Turrialba por el plazo de seis meses a partir
del día 19 de enero del 2017 y vence el 19 de julio del 2017. Se
ordenó seguimiento psico-social de las personas menores de edad
y la ejecución del plan de intervención correspondiente. Garantía
de defensa: se le hace saber que tiene derecho a hacerse asesorar o
representar por un profesional en Derecho de su elección, a tener
acceso al estudio y revisión del expediente administrativo que en lo
concerniente existe en la Oficina Local de Puntarenas. Recurso: se
hace saber a las partes que contra esta resolución procede el recurso
de apelación si se interpone ante este Despacho o ante la Presidencia
Ejecutiva dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes a la tercera
publicación de este edicto. En caso de interponer recurso de
apelación debe señalar lugar para atender notificaciones futuras de
lo contrario las resoluciones que se dicten se tendrán por notificadas
transcurridas veinticuatro horas siguientes. Puntarenas, expediente
N° OLPUN-00058-2013.—Oficina Local de Puntarenas.—Licda.
Kattia Nydia Xatruch Ledezma, Representante Legal.—O. C. Nº
00041016.—Solicitud Nº 17000008.—( IN2017111455 ).
La Gaceta Nº 42 — Martes 28 de febrero del 2017
Se le comunica a Óscar Jiménez Castillo, la resolución de
las nueve horas del veintidós de setiembre de dos mil dieciséis, de
inclusión en programas de tratamiento e internamiento por consumo
de drogas en beneficio de Álvaro Jiménez Calderón. En contra de
la presente resolución procede el recurso de apelación para ante el
Superior en grado, dentro de un plazo de 48 horas, contados a partir
de la tercera publicación del presente edicto. Deberá además señalar
lugar o medio electrónico para recibir sus notificaciones dentro del
perímetro de esta Oficina Local, si el lugar señalado fuere inexacto
o incierto o el medio ineficaz, las resoluciones posteriores se tendrán
por notificada con el sólo transcurso de 24 horas después de dictada.
Expediente OLG-00316-2016.—Oficina Local de Guadalupe, 3 de
febrero de 2017.—Lic. Roberto Marín A., Representante Legal.—O.
C. N° 00041016.—Solicitud N° 17000008.—( IN2017111456 ).
Al señor Pablo Francisco Mora Ramos se le comunica que
por resolución de las 10:30 horas del veintiséis de enero de dos mil
diecisiete se dio inicio al proceso especial de protección mediante
el dictado de una medida de abrigo temporal a favor de la persona
menor de edad Owen Zaid Mora Retana. Se le advierte que deberá
señalar lugar conocido para recibir sus notificaciones o bien
señalar número de facsímil para recibir aquellas notificaciones que
pudieran practicarse por este medio, en el entendido de que de no
hacerlo, o si el lugar señalado fuere inexacto, las notificaciones
futuras quedarán firmes veinticuatro horas después de dictadas.
Recursos: Contra la presente resolución procede el recursos de
apelación ante la Presidencia ejecutiva de esta institución, que
deberá interponer ante esta Representación Legal dentro de las
cuarenta y ocho horas siguientes a partir de la tercera publicación
de este edicto, en el entendido que hacerlo fuera de dicho término
el recurso deviene en inadmisible. Se le informa que es su derecho
hacerse asesorar o representar por un profesional en Derecho así
como revisar y estudiar el expediente administrativo. Exp. N°
OLOR-00197-2015.—Oficina Local de Orotina.—Lcda. Kattia
Guerrero Barboza, Representante Legal a. í.—O. C. Nº 41016.—
Solicitud Nº 17000008.—( IN2017111457 ).
Se le comunica formalmente al señor Ramón Darío Guerrero
Cruz la resolución administrativa dictada por la Oficina Local del
Patronato Nacional de la Infancia de Puntarenas de las once horas
del día veinticuatro de enero del dos mil diecisiete, mediante
la cual se ordenó como medida especial de protección el cuido
provisional de la niña Catalina Nahomi Guerrero Treviño bajo la
responsabilidad de la señora Nery Gerarda Barrantes Ugalde, por
el plazo de seis meses a partir del dictado de la citada medida. Se
ordenó seguimiento psico-social de las personas menores de edad
y la ejecución del plan de intervención correspondiente. Garantía
de defensa: se le hace saber que tiene derecho a hacerse asesorar o
representar por un profesional en Derecho de su elección, a tener
acceso al estudio y revisión del expediente administrativo que en lo
concerniente existe en la Oficina Local de Puntarenas. Recurso: Se
hace saber a las partes que contra esta resolución procede el recurso
de apelación si se interpone ante este Despacho o ante la Presidencia
Ejecutivo dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes a la tercera
publicación de este edicto. En caso de interponer recurso de
apelación debe señalar lugar para atender notificaciones futuras de
lo contrario las resoluciones que se dicten se tendrán por notificadas
transcurridas veinticuatro horas siguientes. Puntarenas. Expediente
N° OLPUN-00016-2017.—Oficina Local de Puntarenas.—Licda.
Kattia Nydia Xatruch Ledezma, Represente Legal.—O. C. Nº
41016.—Solicitud Nº 17000008.—( IN2017111466 ).
A la señora Yerlin Meza Sánchez se le comunica la resolución
de este despacho de las 10:00 horas del quince de noviembre del
dos mil dieciséis en razón de la cual se declaró la adoptabilidad en
sede administrativa de la persona menor de edad Britany Alexandra
Martinez Meza. Se le advierte que deberá señalar lugar conocido
para recibir sus notificaciones o bien señalar número de facsímil
para recibir aquellas notificaciones que pudieran practicarse por este
medio, en el entendido de que de no hacerlo, o si el lugar señalado
fuere inexacto, las notificaciones futuras quedarán firmes veinticuatro
horas después de dictadas. Recursos: Se le hace saber además, que
contra la presente resolución proceden los recursos ordinarios de
revocatoria con apelación en subsidio, que deberá interponer ante
esta Representación Legal dentro del tercer día hábil siguiente a
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partir de la tercera publicación de este edicto, siendo que el de
revocatoria será de conocimiento de esta Representación Legal,
y el de apelación de la Presidencia Ejecutiva de esta institución,
en el entendido que hacerlo fuera de dicho término el recurso
deviene en inadmisible. Se le informa que es su derecho hacerse
asesorar o representar por un profesional en Derecho así como
revisar y estudiar el expediente administrativo. Expediente Nº
OLOR-00166-2016.—Oficina Local de Orotina.—Lcda. Kattia
Guerrero Barboza, Representante Legal a. í.—O. C. Nº 00041016.—
Solicitud Nº 17000008.—( IN201711467 ).
Se le comunica formalmente al señor David Orlando
Arguedas Sequeira la resolución administrativa dictada por la
Oficina Local del Patronato Nacional de la Infancia de Puntarenas
de las ocho horas del día seis de febrero del dos mil diecisiete,
mediante la cual se ordenó como medida especial de protección el
cuido provisional de su hija Nubia Edith Arguedas Badilla con su tía
materna Virginia María Obregón Solano, por el plazo de seis meses
a partir del dictado de la citada medida. Se ordenó seguimiento
psico-social de las personas menores de edad y la ejecución del plan
de intervención correspondiente. Garantía de defensa: se le hace
saber que tiene derecho a hacerse asesorar o representar por un
profesional en Derecho de su elección, a tener acceso al estudio
y revisión del expediente administrativo que en lo concerniente
existe en la Oficina Local de Puntarenas. Recurso: Se hace
saber a las partes que contra esta resolución procede el
recurso de apelación si se interpone ante este Despacho o
ante la Presidencia Ejecutivo dentro de las cuarenta y ocho
horas siguientes a la tercera publicación de este edicto.
En caso de interponer recurso de apelación debe señalar
lugar para atender notificaciones futuras de lo contrario
las resoluciones que se dicten se tendrán por notificadas
transcurridas veinticuatro horas siguientes. Puntarenas. Expediente
N° OLPUN-00458-2016.—Oficina Local de Puntarenas.—Licda.
Kattia Nydia Xatruch Ledezma, Represente Legal.—O. C. Nº
41016.—Solicitud Nº 17000008.—( IN2017111468 ).
A la señora Adilia María Espinoza Matarrita. Se le comunica
que por resolución de las doce horas y cuarenta minutos del treinta
de enero del año dos mil diecisiete, se dio inicio a Proceso Especial
de Protección, mediante el cual se ordenó como medida especial
de protección el cuido provisional de las personas menores de edad
María Emilia, Ademar Emilio y María Cecilia, todos de apellidos
Reyes Espinoza, en recurso comunal con la señora Marlene Martínez
Matarrita, por el plazo de seis meses a partir del dictado de la citada
medida. Se concede audiencia a las partes para ser escuchadas y se
ordena seguimiento psico-social de las personas menores de edad en
el hogar recurso. Se le advierte que deberá señalar Lugar o un Fax
o Correo Electrónico donde recibir notificaciones, en caso de no
hacerlo o si el lugar fuera inexacto, impreciso o llegara a desaparecer
o el medio seleccionado fuera defectuoso estuviera desconectado,
sin suficiente provisión de papel o por cualquier otro modo no
imputable a esta institución se interrumpiera, la comunicación de
las resoluciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas después
de ser dictadas. Contra la presente resolución procede únicamente el
Recurso Ordinario de Apelación que deberá interponerse ante esta
Representación Legal dentro de las cuarenta y ocho horas hábiles
después de notificada la presente resolución, Recurso que será
resuelto por la Presidencia Ejecutiva de la entidad. Se previene a
las partes involucradas en el Procesos que les asiste todo el derecho
de hacerse asesorar o representar por un profesional en derecho así
como tener acceso al expediente administrativo para el estudio,
revisión o fotocopias. Publíquese por tres veces consecutivas.
Expediente OLPA-00003-2016.—Oficina Local PANI-Paquera.—
Licda. Ingrid González Álvarez, Representante Legal.—O. C. Nº
00041016.—Solicitud Nº 17000008.—( IN2017111469 ).
SUPERINTENDENCIA DE TELECOMUNICACIONES
INFORMA:
Contrato marco para la prestación
de servicios de transporte de datos
La Superintendencia de Telecomunicaciones hace saber que
Ufinet Costa Rica S. A. y Comnet Telecom CRP S. A., han firmado
un contrato marco para la prestación de servicios de transporte de
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La Gaceta Nº 42 — Martes 28 de febrero del 2017
datos, el cual podrá ser consultado y reproducido en el expediente
C0772-STT-INT-00579-2017 disponible en las oficinas de la SUTEL
ubicadas en el Oficentro Multipark, Edificio Tapantí, Escazú, San
José, cuyo horario de atención es de lunes a viernes de 08:00 a las
16:00 horas. De conformidad con el artículo 63 del Reglamento de
Acceso e Interconexión de Redes de Telecomunicaciones, se otorga
a los interesados un plazo de diez días hábiles contados a partir de la
publicación de este aviso, para que presenten sus objeciones ante la
SUTEL por escrito y con una copia en soporte magnético.
San José, 23 de febrero de 2017.—Manuel Emilio Ruiz
Gutiérrez, Presidente del Concejo a. í.—1 vez.—O. C. N° 280817.—Solicitud N° 78480.—( IN2017113700 ).
RÉGIMEN MUNICIPAL
MUNICIPALIDAD DE PURISCAL
De conformidad con lo que disponen los artículos 3 y 12 de la
Ley del Impuesto sobre Bienes Inmuebles, Nº 7509 y sus reformas,
la Sentencia 1073-2010 del Tribunal Contencioso Administrativo,
Sección III, la Resolución de la Sala Constitucional Nº 2011-003075
del 8 de marzo del 2011 y el artículo 2 de la Ley Nº 9071, Ley
de Regulaciones Especiales sobre la Aplicación de la Ley Nº 7509,
Ley de Impuesto sobre Bienes Inmuebles, de 9 de mayo de 1995,
y sus reformas, para Terrenos de Uso Agropecuario, y en aras de
dar cumplimiento a su competencia, esta Administración Tributaria
procede a publicar la matriz de información de la Plataforma
de Valores de Terrenos Agropecuarios del cantón de Puriscal,
suministrada por el Órgano de Normalización Técnica, Dirección
General de Tributación, Ministerio de Hacienda:
Esta herramienta será utilizada para la determinación
administrativa de la base imponible de los bienes inmuebles de
uso agropecuario del cantón de Puriscal para efectos del Impuesto
sobre Bienes Inmuebles, a partir de la fecha de su publicación en el
Diario Oficial La Gaceta, durante los procesos de valoración que se
realicen.
Para efectos de consulta por parte de los administrados, el
Mapa de Valores de Terrenos Agropecuarios podrá ser localizado en
la Oficina Valoración de la Municipalidad de Puriscal.
Puriscal, 15 de febrero del 2017.—Luis Madrigal Hidalgo,
Alcalde Municipal.—1 vez.—( IN2017111552 ).
MUNICIPALIDAD DE HEREDIA
En el Cementerio Central de Heredia, existe un derecho
a nombre de familia Vílchez Vargas, los descendientes desean
traspasar el derecho, además desea incluir beneficiarios indicándose
así:
Arrendatario: Fernando Alberto Vílchez Campos, cédula 010698-0505
Beneficiarios: Manuel Antonio Vílchez Campos, cédula 010651-0729
María Alexandra Vílchez Campos, cédula 010623-0257
Lote Nº 39 Bloque K, medida 6 metros cuadrados para 4
nichos, solicitud 1543 y 3, recibo 4183 y 9435, inscrito en folio
39 libro 1. Datos confirmados según constancia extendida por la
Administración de Cementerios con fecha 02 de febrero de 2017. Se
emplaza por 30 días hábiles a todo aquel que pretenda tener derecho
sobre el mismo, para que se apersone a la oficina de Asesoría Jurídica
de la Municipalidad de Heredia, a fin de hacer valer sus derechos,
caso contrario se inscribirá dicho derecho a nombre de la petente.
Lic. Juan José Carmona Chaves, Administrador de
Cementerios.—1 vez.—( IN2017111698 ).
MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO DE HEREDIA
De conformidad con lo que disponen los artículos 3 y 12 de la
Ley de Impuesto sobre Bienes Inmuebles, Nº 7509 y su reformas,
la sentencia 1073-2010 del Tribunal Contencioso Administrativo,
sección III, la Resolución de la Sala Constitucional Nº 2011-003075
del 9 de marzo del 2011 y el artículo 2° de la Ley N° 9071, Ley de
Regulaciones Especiales sobre la Aplicación de la Ley N° 7509,
Ley de Impuesto sobre Bienes Inmuebles, de 9 de mayo de 1995, y
sus reformas, para Terrenos de Uso Agropecuario, y en aras de dar
cumplimiento a su competencia, esta Administración Tributaria
procede a publicar la matriz de información de la Plataforma de
Valores de Terrenos Agropecuarios del Cantón de San Isidro de
Heredia, suministrada por el Órgano de Normalización Técnica,
Dirección General de Tributación, Ministerio de Hacienda.
Esta herramienta será utilizada para la determinación
administrativa de la base imponible de los bienes inmuebles de uso
agropecuario del Cantón para efectos del Impuesto sobre Bienes
Inmuebles, a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial
La Gaceta, durante los procesos de valoración que se realicen.
Para efectos de consulta por parte de los administrados, el
Mapa de Valores de Terrenos Agropecuarios podrá ser localizado en
la Sección de Valoración de Bienes Inmuebles de la Municipalidad
de San Isidro de Heredia.
Rige a partir de su publicación
San Isidro de Heredia, 15 de febrero de 2017.—Ana Lidieth
Hernández González, Alcaldesa Municipal.—1 vez.—( IN2017111607 ).
AVISOS
CONVOCATORIAS
GANADERA LOS PATIOS S. A.
De conformidad con los estatutos societarios y los artículos
158 y 164 del Código de Comercio de la República de Costa
Rica, se convoca a la asamblea general ordinaria y extraordinaria
de accionistas de la compañía denominada Ganadera Los Patios
Sociedad Anónima, entidad con cédula de persona jurídica N° 3-101118401, a celebrarse en primera convocatoria a las doce horas del
miércoles cinco de abril del dos mil diecisiete, en las instalaciones
de la empresa ubicadas exactamente en Alajuela, Guatuso, San
Rafael, frente a Servicentro Guatuso, una hora después de la primera
convocatoria, se dará inicio a la asamblea con la asistencia de los
accionistas que se encuentren presentes en segunda convocatoria.
Orden del día
1) Aprobación del orden del día.
2) Aprobación del informe de administración de la empresa para
el período fiscal 2015-2016.
3) Discutir y aprobar o improbar el informe sobre los resultados
del ejercicio anual para el período fiscal 2015-2016, rendido
por los administradores de la empresa, y tomar las medidas y
acuerdos que se juzguen oportunos.
La Gaceta Nº 42 — Martes 28 de febrero del 2017
4)Acordar la distribución o no de las utilidades para el período
fiscal 2015-2016 en caso de que las hubiere.
5) Asuntos varios y generales. Es todo.
San José, 22 de febrero del 2017.—Edgar Picado Arguedas,
Presidente.—1 vez.—( IN2017113627 ).
ALMACÉN AGRO LOGOS S. A.
De conformidad con los estatutos societarios y los artículos
158 y 164 del Código de Comercio de la República de Costa
Rica, se convoca a la asamblea general ordinaria y extraordinaria
de accionistas de la compañía denominada Almacén Agro Logos
Sociedad Anónima, entidad con cédula de persona jurídica número
3-101-60704, a celebrarse en primera convocatoria a las catorce
horas del día miércoles cinco de abril del año dos mil diecisiete, en
las instalaciones de la empresa ubicadas exactamente en Alajuela,
Guatuso, San Rafael, frente a Servicentro Guatuso. Una hora
después de la primera convocatoria, se dará inicio a la Asamblea
con la asistencia de los accionistas que se encuentren presentes en
segunda convocatoria.
Orden del día:
1) Aprobación del orden del día;
2) Aprobación del informe de administración de la empresa para
el período fiscal 2015-2016;
3) Discutir y aprobar o improbar el informe sobre los resultados
del ejercicio anual para el período fiscal 2015-2016, rendido
por los administradores de la empresa, y tomar las medidas y
acuerdos que se juzguen oportunos;
4) Acordar la distribución o no de las utilidades para el período
fiscal 2015 — 2016 en caso de que las hubiere;
5) Asuntos varios y generales.
Es todo.
San José, 22 de febrero del año 2017.—Edgar Picado
Arguedas, Presidente.—1 vez.—( IN2017113628 ).
ASOCIACIÓN DE VECINOS DE LA URBANIZACIÓN
ALTAMONTE SEGUNDA ETAPA
Se convoca a los asociados y asociadas de la “Asociación
de Vecinos de La Urbanización Altamonte Segunda Etapa”, a la
Asamblea General Ordinaria de Asociados a celebrarse en primera
convocatoria a las dieciocho horas treinta minutos del día catorce de
marzo del año dos mil diecisiete, en su domicilio social, para tratar
los siguientes asuntos: Uno. Recibir informes del a) Presidente, b)
Tesorero y c) Fiscal de la Asociación. Dos. Elegir los Miembros de
a) Junta Directiva (Presidente, Secretario, Tesorero, Vocal uno, y
Vocal dos) y b) Fiscal; del periodo que va del dieciséis de marzo
de dos mil diecisiete al quince de marzo de dos mil diecinueve.
Tres. Otros asuntos de los asociados. En caso de no haber el
quórum requerido en primera convocatoria, la asamblea se
realizará, en segunda convocatoria, una y treinta minutos después
a las diecinueve horas, con cualquier número de asociados y
asociadas presentes. Para garantizar la adecuada participación de
género de la presente convocatoria se insta a las asociadas para
que participen y postulen sus candidaturas en la junta directiva y
fiscalía de la asociación de conformidad con la Ley de Porcentaje
mínimo de mujeres que deben integrar las Directivas de las
Asociaciones, Sindicatos y Asociaciones Solidaristas.—San
José, veintiuno de febrero del año dos mil diecisiete.—Juan Rafael
Vargas Arias.—1 vez.—( IN2017113664 ).
AVISOS
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
WITMER INC. SOCIEDAD ANÓNIMA
Se hace del conocimiento público que por motivo de extravío
del Certificado de acción común y nominativa Ng 2 de la sociedad
Witmer Inc. S.A. con cédula jurídica 3-101-408727, el señor Axel
Marquardt, como accionista según el certificado antes descrito,
solicita su reposición, por lo que se emplaza a cualquier interesado
para que en el término de un mes a partir de la última publicación
de este aviso, manifiesten su oposición dirigida a Witmer INC S.
A. en el Bufete Cubero y Vargas, en Jicaral Puntarenas, cincuenta
metros al oeste del parque.—Lic. Carlos Fernando Cubero Rojas,
Notario.—( IN2017110688 ).
Pág 33
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
ASOCIACIÓN DEPORTIVA DE CICLISMO
COMUNAL SANTANEÑA
El suscrito Luis Javier Ureña Sandí, mayor, casado una vez,
agente de ventas, vecino de Salitral de Santa Ana, trescientos metros
suoreste de la Guardia Rural portador de la cédula de identidad
número uno-ochocientos cinco-cero sesenta y nueve, en mi calidad
de presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de
suma, de la Asociación Deportiva de Ciclismo Comunal Santaneña,
cédula de persona jurídica número tres-cero cero dos-cuatrocientos
setenta y dos mil ochocientos cincuenta y tres, inscrita al tomo:
quinientos sesenta y cuatro, asiento: dieciséis mil trescientos
diez, pudiendo actuar conjunta o separadamente._ Solicito al
Departamento de Asociaciones del Registro Público de Personas
Jurídicas la reposición de los libros: Libro Uno de Asambleas, Libro
Uno de Registro de Socios, Libro Uno de Junta Directiva, Libro
Mayor Uno, Libro de Diario Mayor Uno, Libro de Inventarios y
Balances Uno, los cuales fueron extraviados se emplazan por ocho
días hábiles a partir de la publicación a cualquier interesado a fin
de escuchar objeciones ante a registro de asociaciones. Es todo.—
Ciudad de San José, 14 de febrero del 2017.—Luis Javier Ureña
Sandí, Presidente.—1 vez.—( IN2017111551 ).
INVERSIONES INMOBILIARIAS
PAPALOAPAN SOCIEDAD ANÓNIMA
Inversiones Inmobiliarias Papaloapan Sociedad Anónima,
cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos cincuenta y
siete mil ochocientos setenta y cuatro gestionará la reposición
de los libros de Actas de Asamblea de Socios, Registro de
Accionistas y Actas de Junta Directiva, debido al extravío de los
mismos. Es todo.—San José, 15 de febrero del 2017.—Rocío
Toyo Niembro, Albacea provisional de José Gustavo Méndez
Cotera.—1 vez.—( IN2017111649 ).
ADMINISTRADORA DEL CEMENTERIO DE TRES RÍOS
El suscrito Luis Eduardo Gutiérrez Aguilar en mi condición de
Presidente de la Asociación Junta Administradora del Cementerio
de Tres Ríos, cédula jurídica número tres - cero cero dos - ciento dos
mil ochenta y cuatro, de conformidad con el Acuerdo de Asamblea
229 del día 19 de abril del 2016, en donde se acuerda que las
siguientes personas titulares de derechos sobre nichos, deberán de
ponerse al día con la cuota de mantenimiento, en un plazo máximo
de 30 Días naturales, de lo contrario perderán sus derechos sobre
los mismos: Familia Bonilla Cerdas - nicho G-9-243-3, Jorge Alfaro
Alpízar y Ronal Alpízar Calderón - nicho A-0-04, Alberto Gómez
Quesada - nicho E-5-241, Jovel Hernán Murillo Chaves - nicho E-5247, Esterlin Salazar Barboza - nicho E-2-101, Familia Gonzáles
Sánchez - nicho C-131-1, Familia Fuentez Martínez - nicho B-5-34,
Hermanos Zeledón Fernández - nicho F-21-442-2, Isabel Cristina
Montero Cordero - nicho G-2-30-1, Noel Henry Mesa - nicho G-8221-1, Ramón Flores Berrocal - nicho G-9-259-4, Familia Padilla
Rivera - nicho A-5-129-C-(3-4), Familia Méndez Vega - nicho B-650, Familia Masis Lizano - nicho F-23-484-B, Ismaela Villafuente
Arias - nicho J-6-64, Familia Ramírez Ramos - nicho C-45, Familia
Caballoti Cantillo - nicho A-10-300, Familia López Hernández nicho G-B-3B-26-B, Julio César Acuña Segira - nicho K-01-20,
María Montero Cordero - nicho G-3-97-4, Familia López Hernández
- nicho G-9-234-2B. Familia Naranjo León nicho G-8-211-1 y de
Asamblea 234 del día 10 de enero del 2017, en donde se acuerda
que las siguientes personas titulares de derechos sobre nichos,
deberán de ponerse al día con la cuota de mantenimiento, en un
plazo máximo de 30 Días naturales, de lo contrario perderán
sus derechos sobre los mismos: Elizabeth Sirias Sánchez nicho
E-4-440,Familia Méndez García nicho E-2-62-63-64, Ivannia
Bolaños Monge F-2-24, Familia Gagneten Barbeta nicho C-1291, Familia López Mejía nicho F-21-450-4,Familia blanco Shion
nicho F-22-473-3-4, Familia Aguilar Peñaranda nicho F-12-221,
Rosa llama Navarro nicho J-6-54, Familia Bermúdez Salazar
nicho G-9-240-4,Luz Cecilia Montero Cervantes nicho C-100,
Reina Yolanda Vargas Murillo nicho F-21-496-3.—San José, catorce
de febrero del año dos mil diecisiete.—Luis Eduardo Gutiérrez
Aguilar.—1 vez.—( IN2017111676 ).
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La Gaceta Nº 42 — Martes 28 de febrero del 2017
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
Ante esta notaría mediante escritura otorgada a las quince
horas del quince de diciembre del dos mil dieciséis, se protocolizó
acta de asamblea de socios de la sociedad Viajes Camino del Sol
S. A., mediante la cual se disminuye el capital social de acciones
preferentes de la sociedad.—San José, dieciséis de diciembre del
dos mil dieciséis.—Misma fecha.—Lic. Erick Alberto Lizano
Bonilla, Notario.—( IN2017106631 ).
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
A las 09:00 horas del 14 de diciembre del año 2016, se modificó
la cláusula quinta del pacto constitutivo de la sociedad denominada
Universidad Internacional San Isidro Labrador S. A., cédula
jurídica Nº 3-101-632640, en cuanto a la disminución del capital
social.—Lic. Belmer Segura Godínez, Notario.—( IN2017111627 ).
Compañía de Investigaciones y Seguridad Táctica
Coinseta Sociedad Anónima, cédula jurídica N° tres-ciento unociento ochenta y cinco mil novecientos treinta y tres, modifica las
siguientes cláusulas: cláusula quinta del capital social, se modifica
cláusula dos del pacto constitutivo, cláusula del domicilio.—San
José, 16 de enero del 2017.—Licda. Ana Lorena Gamboa Salazar,
Notaria.—( IN2017102559 ).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Mediante escritura pública número ciento nueve-seis,
visible al tomo sexto del protocolo de la notaria pública Marianela
Carvajal Carvajal, se protocolizó el acta número veinticuatro de
asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Conde
Montecristo S. A. con cédula de persona jurídica número tresciento uno-cuatrocientos cincuenta y siete mil novecientos setenta
y uno, mediante la cual se modificó la cláusula quinta referente al
capital social de la compañía y que deberá publicarse por tres veces
consecutivas en el Diario Oficial La Gaceta de conformidad con el
artículo treinta y uno del Código de Comercio.—San José, quince de
febrero de dos mil diecisiete.—Licda. Marianela Carvajal Carvajal,
Notaria.—( IN2017111565 ).
Yo, Melania de los Ángeles Chin Wo Cruz, notaria de San
José, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de Lifes
Care LC S. A., reformando cláusulas octava de representación y
quinta, disminuyendo capital social, 9:00 horas del 15 de febrero del
2017.—San José, 15 de febrero del 2017.—Licda. Melania Chin Wo
Cruz, Notaria.—( IN2017111683 ).
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
Protocolización de acta de asamblea general ordinaria y
extraordinaria de accionistas de la sociedad Circuito Cinco S. A.
mediante la cual se reforma la cláusula sexta del pacto constitutivo y
se cambia el vicepresidente.—Heredia, 25 de enero del 2017.—Lic.
Lucía Wille Sáenz, Notaria.—1 vez.—( IN2017112164 ).
Por escritura número ciento diecinueve, otorgada en Santa
María de Dota, a las diez horas con treinta y ocho minutos del cuatro
de enero del dos mil diecisiete, se protocoliza acta de asamblea
general extraordinaria de accionistas de Transportes Jiménez
Granados Los Santos Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101680158, donde acuerdan reformar la cláusula segunda del “Domicilio
Social” y cláusula sexta “Administración de la Sociedad”.—Lic.
Lenin Mendiola Varela, Notario.—1 vez.—( IN2017112167 ).
En San José a las dieciocho horas del dieciséis de febrero
de dos mil diecisiete, se protocolizaron ante ésta notaría acta de
asamblea general extraordinaria de la sociedad Segura Román
Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres - ciento
uno - veintiocho mil ciento cincuenta y cuatro, donde se modifica
la cláusula referente a administración.—Lic. Alonzo Gallardo Solís,
Notario.—1 vez.—( IN2017112170 ).
En San José a las diecisiete horas del quince de febrero
de dos mil diecisiete, se protocolizaron ante ésta notaría acta de
asamblea general extraordinaria de la sociedad Tres - Ciento
Uno - Quinientos Veinticinco Mil Doscientos Cincuenta y
Cuatro Sociedad Anónima, mismo número de cédula jurídica
que su denominación donde se modifica el domicilio social y
la cláusula referente a administración, siendo ahora el domicilio
Cartago, La Unión, Tres Ríos, del costado norte de Terramall,
setecientos metros al este, Urbanización Villas de Tres Ríos,
frente a INCIENSA, casa número diez.—Lic. Alonzo Gallardo
Solís, Notario.—1 vez.—( IN2017112173 ).
Por escritura número cincuenta y nueve-tres, se modificó
la junta directiva de la sociedad Creaciones Ámbar Sociedad
Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-trescientos setenta y
cuatro mil setecientos sesenta y tres de fecha dieciocho de febrero
del dieciocho de febrero del dos mil diecisiete.—Lic. Luis Alejandro
Chacón Alvarado, Notario.—1 vez.—( IN2017112177 ).
Ante esta notaría, a las quince horas del día diecisiete de
febrero del dos mil diecisiete, se procedió a la disolución de
la compañía por mutuo acuerdo de socios de Siberian Health
CR SRL, cédula jurídica 3-102-722590.—San José, 17 de
febrero del 2017.—Lic. Fernando Sobrado Chamberlain,
Notario.—1 vez.—( IN2017112178 ).
El día de hoy el suscrito notario público protocolizó acta de
asamblea general extraordinaria de accionistas de Corporación
Mercantil Gaisa-Boss S. A., celebrada a las 8:00 horas del 27 de
enero del 2017, por la cual se reforma el pacto social en cuanto a
la administración, se nombra vicepresidente y secretario de la junta
directiva.—San José, 17 de febrero del año 2017.—Lic. Orlando
Gustavo Araya Amador, Notario.—1 vez.—( IN2017112179 ).
Por escritura número doscientos ochenta, se nombra gerente
y subgerente de la sociedad denominada: Meykan P Cuatro
Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica número
tres-ciento dos-cinco cuatro cuatro seis nueve ocho.—San José,
veinte de febrero del dos mil diecisiete.—Lic. José Manuel Mojica
Cerda, Notario.—1 vez.—( IN2017112184 ).
Por escritura número ciento doce, se disuelve sociedad
denominada: Obadent Sociedad Anónima.—San José, veinte
de enero del dos mil diecisiete.—Lic. José Manuel Mojica Cerda,
Notario.—1 vez.—( IN2017112185 ).
Por escritura otorgada ante esta notaría, de las ocho horas
treinta minutos del diecisiete de febrero del dos mil diecisiete, se
protocoliza acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria
de socio mediante la cual se modifica la junta directiva y el
domicilio social de la sociedad La Huerta de Bumpa S. A.—San
José, 17 de febrero del 2016.—Licda. Lilliana Larios Quesada,
Notaria.—1 vez.—( IN2017112187 ).
Por escritura otorgada ante esta notaría de las ocho horas
del ocho de febrero de dos mil diecisiete, se protocoliza acta de
asamblea general ordinaria y extraordinaria de socio mediante
la cual se modifica la junta directiva y el domicilio social de
la sociedad The Burger Joint S. A.—Licda. Lilliana Larios
Quesada, Notaria.—1 vez.—( IN2017112188 ).
NOTIFICACIONES
JUSTICIA Y PAZ
JUNTA ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL
REGISTRO INMOBILIARIO
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Se hace saber a Fanny Peña Sandí en calidad de Notaria
cartulante, que a través del Expediente DPJ-009-2016 del Registro
de Personas Jurídicas se ha iniciado diligencia administrativa
por cuanto: Visto el escrito presentado ante la Dirección de este
Registro, al ser catorce horas treinta y ocho minutos del día doce
de febrero del año en curso, por el cual señora Nury Vargas Mata,
en calidad de Albacea del Proceso Sucesorio Expediente 070001-164-CI tramitado en el Juzgado Civil de Mayor Cuantía de
San Jose, del señor Luis Diego Rojas Méndez, plantea diligencias
administrativas pidiendo cotejo de escritura de la licenciada Fanny
Peña Sandí, escritura 532 de su Tomo Octavo de Protocolo, toda
vez que la sociedad que ahí se constituyó se le puso la leyenda de
La Gaceta Nº 42 — Martes 28 de febrero del 2017
“no corre” mediante razón notarial en folio 57 vuelto parte superior,
además de que no fue firmada por uno de los comparecientes señora
Marielos Rojas Méndez; dando origen a la sociedad Corporación
Codis de Guadalupe Sociedad Anónima, entidad que no debió
nunca nacer a la vida jurídica, pero que de todos modos siempre se
presentó el testimonio de escritura asignándose la cédula jurídica
N° 3-101-372434; que el índice notarial de la notaria no reporta
dicha constitución; que el vehículo placa 529899 se incluyó en la
sociedad por parte del causante como aporte en la constitución de
la sociedad; que la señora Ana Rojas Méndez presenta incidente
de exclusión del bien como parte del haber hereditario y lo sustrae
de la masa de bienes; que en defensa de ello se planteó demanda
ordinaria bajo expediente N° 12-00599-164-CI, resuelta mediante
sentencia 20-2016 y donde el juez remite al proceso de cotejo
del artículos 124, 125 y 126 inciso a) del Código Notarial por no
tener matriz, e indicando que no se puede anular un acto jurídico
que no nació a la vida jurídica bastando para desinscribir la gestión
mercantil del trámite del cotejo supracitado; pidiendo finalmente
la gestionante se efectúe el cotejo, se desinscriba la sociedad y
se emita el mandamiento correspondiente a fin de ser presentado
en el sucesorio, para proceder con la recuperación del vehículo.
Con fundamento en la circular DRPJ 11-2010 del 25 de agosto
del año dos mil diez, dictada por la Dirección de este Registro, de
conformidad con lo estipulado por el artículo noventa y siete del
Reglamento del Registro Público, que es Decreto Ejecutivo N°.
veintiséis mil setecientos setenta y uno-J de dieciocho de marzo
de mil novecientos noventa y ocho y sus reformas, se ha ordenado
consignar advertencia administrativa de manera preventiva en las
inscripciones registrales de la citada sociedad y por este medio se
le confiere audiencia por el plazo de quince días hábiles contados
a partir del día siguiente al de la tercera publicación del presente
edicto, a efecto de que dentro del plazo indicado, presente los
alegatos que a sus derechos convenga. Publíquese por 3 veces
consecutivas en el Diario Oficial La Gaceta.––Curridabat, 17 de
agosto del 2016.––Departamento de Asesoría Jurídica.––Lic. Juan
Carlos Sanchez García.––( IN2017111681 ).
INSTITUTO DE DESARROLLO RURAL
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
Se hace saber al señor Rafael Ángel Barrantes Sánchez,
cédula de identidad Nº 1-0329-0682, que se ha dictado la resolución
que dice: Instituto de Desarrollo Rural. Dirección Región Central,
Cartago. Asesoría Legal, a las 10:35 horas del 14 de febrero del
2017. Con fundamento en las facultades que otorga la Ley de Tierras
y Colonización Nº 2825 de 14 de octubre de 1961 y sus reformas,
el Reglamento para la Selección y Asignación de Solicitantes de
Tierras publicado en La Gaceta Nº 116 del 16 de junio de 2010, la
Ley de Creación del Instituto de Desarrollo Rural Nº 9036 del 29 de
mayo de 2012, el Reglamento de la ley N° 9036 Transformación del
IDA en el Instituto de Desarrollo Rural (INDER) publicada en La
Gaceta Nº 82 del 29 de abril de 2015, se inicia el presente proceso
administrativo de revocatoria de adjudicación, según expediente
administrativo RV-00003-17, en su contra, como adjudicatario del
lote Nº 3 del Asentamiento Birrris sito en el distrito 2-Cervantes
cantón 6-Alvarado de la provincia de Cartago. En vista de que este
procedimiento se instruye por la supuesta violación del artículo 68,
inciso 4), párrafo b) de la Ley de Tierras y Colonización Nº 2825 del
14 de octubre de 1961 y sus reformas, es decir: “Por el abandono
injustificado de la parcela o de la familia”, el domicilio del señor
Barrantes Sánchez es desconocido, al no localizarse ni en la zona
ni en el predio, por lo que se procede a notificarles esta resolución
por publicación de tres edictos en el Diario Oficial La Gaceta,
notificación que se tendrá por hecha una vez vencido el término del
emplazamiento, el cual no será mayor a quince días hábiles contados
a partir del día siguiente de la tercer publicación. Se ha fijado para
la comparecencia y recepción de prueba las 8:30 horas del día 6 de
abril del 2017, debiendo comparecer personalmente y no por medio
de apoderado, ante esta Asesoría Legal, en la Dirección Regional
de Cartago, ubicada ciento setenta y cinco metros al norte de la
capilla María Auxiliadora en Cartago, a hacer valer sus derechos
y ejercer defensa sobre los cargos imputados, pudiendo hacerse
acompañar por un profesional en Derecho o un especialista en la
materia. Vencido el emplazamiento de la publicación o vencida
la hora señalada para audiencia, cualquier gestión atinente a
Pág 35
comparecer se tendrá por extemporánea, con las consecuencias
legales que se derivan de la extemporaneidad. Se les previene
señalar lugar, dentro del perímetro de la ciudad de Cartago,
donde atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que de no
hacerlo así, cualquier resolución posterior se tendrá por notificada
con el solo transcurso de veinticuatro horas, igual consecuencia
se producirá si el lugar señalado fuere impreciso, incierto o ya no
existiere. Para consulta y estudio se informa que el expediente,
por medio del cual se instruye este proceso, se encuentra en la
Dirección Regional de Cartago. Notifíquese.—Lic. Karol Pérez
Soto, Asesoría Legal.—( IN2017111222 ).
Se hace saber a los señores Dagoberto Valverde Chinchilla,
cédula de identidad N° 3-0258-0564 y Rosa María Sandoval Vega
cédula de identidad N° 3-0277-0939, que se ha dictado la resolución
que dice: Instituto de Desarrollo Rural. Dirección Región Central,
Cartago. Asesoría Legal. A las 13:55 horas del 14 de febrero del
2017. Con fundamento en las facultades que otorga la Ley de Tierras
y Colonización N° 2825 de 14 de octubre de 1961 y sus reformas,
el Reglamento para la Selección y Asignación de Solicitantes de
Tierras publicado en La Gaceta N° 116 del 16 de junio de 2010, la
Ley de Creación del Instituto de Desarrollo Rural N° 9036 del 29 de
mayo de 2012, el Reglamento de la ley N° 9036 Transformación del
IDA en el Instituto de Desarrollo Rural (INDER) publicada en La
Gaceta N° 82 del 29 de abril de 2015, se inicia el presente proceso
administrativo de revocatoria de adjudicación, según expediente
administrativo RV-00004-17, en su contra, como adjudicatario del
lote N° 17 del Asentamiento Barrio San Isidro sito en el distrito
2-Cervantes cantón 6-Alvarado de la provincia de Cartago. En vista
de que este procedimiento se instruye por la supuesta violación del
artículo 68, inciso 4), párrafo b) de la Ley de Tierras y Colonización
N° 2825 del 14 de octubre de 1961 y sus reformas, es decir: “Por el
abandono injustificado de la parcela o de la familia”, el domicilio
de los adjudicados es desconocido, al no localizarse ni en la zona
ni en el predio, por lo que se procede a notificarles esta resolución
por publicación de tres edictos en el Diario Oficial La Gaceta,
notificación que se tendrá por hecha una vez vencido el término
del emplazamiento, el cual no será mayor a quince días hábiles
contados a partir del día siguiente de la tercer publicación. Se ha
fijado para la comparecencia y recepción de prueba las 8:30 horas
del día 20 de abril del 2017, debiendo comparecer personalmente
y no por medio de apoderado, ante esta Asesoría Legal, en la
Dirección Regional de Cartago, ubicada ciento setenta y cinco
metros al norte de la Capilla María Auxiliadora en Cartago, a hacer
valer sus derechos y ejercer defensa sobre los cargos imputados,
pudiendo hacerse acompañar por un profesional en Derecho o
un especialista en la materia. Vencido el emplazamiento de la
publicación o vencida la hora señalada para audiencia, cualquier
gestión atinente a comparecer se tendrá por extemporánea, con las
consecuencias legales que se derivan de la extemporaneidad. Se les
previene señalar lugar, dentro del perímetro de la ciudad de Cartago,
donde atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que de no
hacerlo así, cualquier resolución posterior se tendrá por notificada
con el solo transcurso de veinticuatro horas, igual consecuencia
se producirá si el lugar señalado fuere impreciso, incierto o ya no
existiere. Para consulta y estudio se informa que el expediente, por
medio del cual se instruye este proceso, se encuentra en la Dirección
Regional de Cartago. Notifíquese. Lic. Karol Pérez Soto, Asesoría
Legal.—( IN2017111223 ).
AVISOS
COLEGIO FEDERADO DE INGENIEROS
Y DE ARQUITECTOS DE COSTA RICA
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
La Junta Directiva General mediante acuerdo N° 30 de la
sesión Nº 10-16/17-G.O. del 10 enero de 2017, acordó autorizar a la
Administración a publicar por edicto en el diario oficial La Gaceta
el acuerdo Nº 04 de la sesión N° 37-15/16-G.E., debido a que según
oficio TH-014-2017 del Departamento de Tribunales de Honor
resultó materialmente imposible notificar al Ing. Francisco Castillo
Venegas (ICO-8141), en el expediente disciplinario N° 082-15:
“La Junta Directiva General del Colegio Federado de
Ingenieros y de Arquitectos, en su sesión N° 37-15/16-G.E. de fecha
30 de agosto de 2016, acordó lo siguiente:
Pág 36
La Gaceta Nº 42 — Martes 28 de febrero del 2017
“Acuerdo N° 04:
Se aprueba lo recomendado por el Centro de Análisis y
Verificación, de instruir un Tribunal de Honor en el expediente
N° 82-15, iniciada al Ing. Francisco Castillo Venegas (ICO-8141),
por solicitud del Ing. Rodolfo Sibaja Solís; con el fin de llegar a la
verdad real de los hechos, según oficio N° 0656-2016-CAV:
(…)
Por lo tanto se acuerda:
Recomendación del centro de análisis y verificación
Una vez analizado el caso este Centro recomienda:
● Instaurar un Tribunal de Honor respecto a la actuación del
Ing. Francisco Castillo Venegas, ICO-8141.”
b) El Tribunal de Honor para el profesional investigado, estará
conformado por el Ing. Luis Guillermo Quesada Arias, el
Ing. Esteban Chacón Ramírez, el Ing. Roberto Palacios
Álvarez (en calidad de suplente), del Tribunal de Honor
del Colegio de Ingenieros Tecnólogos, y por el Ing. Olman
Vargas Zeledón, en su condición de Director Ejecutivo del
C.F.I.A.
c) El Tribunal de Honor podrá contar con asesoría legal para
cualquier fase del procedimiento.
Asimismo, se informa que el C.F.I.A. garantiza en todo
momento el acceso al expediente, sus piezas y a los antecedentes
que motivaron el presente acuerdo. Contra la anterior resolución
cabrá el recurso de revocatoria ante la Junta Directiva General,
el cual deberá plantearse en el término de tres días contados
a partir de la notificación de la resolución de instaurar el
Tribunal de Honor, según se dispone en el artículo 345 y
siguientes de la Ley General de la Administración Pública.—
Ing. Olman Vargas Zeledón, Director Ejecutivo.—O. C. N°
104-2017.—Solicitud N° 77487.—( IN2017110686 ).
La Junta Directiva General mediante acuerdo N° 31 de la
sesión Nº 10-16/17-G.O. del 10 enero de 2017, acordó autorizar
a la Administración a publicar por edicto en el Diario Oficial La
Gaceta el acuerdo Nº 28 de la sesión N° 37-15/16-G.E., debido a
que según oficio TH-623-2016 del Departamento de Tribunales
de Honor resultó materialmente imposible notificar a la empresa
Grupo Constructivo Alta Limitada (CC-6602), en el expediente
disciplinario N° 047-13:
“La Junta Directiva General del Colegio Federado de
Ingenieros y de Arquitectos, en su sesión N° 37-15/16-G.E. de fecha
30 de agosto de 2016, acordó lo siguiente:
“Acuerdo N° 28:
Se conoce informe final INFIN-082-2016/047-13 remitido
por el Tribunal de Honor integrado para conocer expediente N° 04713 de denuncia interpuesta por la Sra. Teresita Quesada Granados en
contra del Ing. José Joaquín Rodríguez Rodríguez (IC-4223) y de la
empresa Grupo Constructivo Alta Limitada (CC-06602):
(…)
Por lo tanto se acuerda:
a.(…)
b. Se aprueba lo recomendado por el Tribunal de Honor, de
imponer una sanción de doce meses de suspensión del
ejercicio profesional a la empresa Grupo Constructivo Alta
Limitada CC-06602, en el expediente N° 047-13, al tenerse
por demostrado que con su actuación infringió el Código
de ética profesional del Colegio Federado de Ingenieros y
de Arquitectos de Costa Rica en sus artículos 2, 3 y 18, de
acuerdo a las sanciones establecidas en el artículo 26.
Este es un acuerdo firme, según lo dispuesto por los artículos
36 y 40 del Reglamento Interior General, y en consecuencia, las
sanciones impuestas, son ejecutables de conformidad con lo
establecido en el artículo 146 de la Ley General de la Administración
Pública.
Que de conformidad con lo que dispone el artículo 31 del
Código Procesal Contencioso Administrativo, Ley N° 8508, es
facultativo el agotamiento de la vía administrativa, por lo que
pueden los interesados acudir a los tribunales de justicia a hacer
valer sus derechos. Sin embargo, conforme lo señala el artículo
115 del Reglamento del Procedimiento Disciplinario del Colegio
Federado de Ingenieros y de Arquitectos, publicado en el Diario
Oficial La Gaceta N° 119 de 20 de junio de 2008, contra la anterior
resolución cabe el recurso de reconsideración ante la Junta Directiva
General, el cual deberá plantearse en el término de diez días hábiles,
contados a partir de la notificación a la presente resolución.
La interposición del recurso de reconsideración suspende
la ejecución de la sanción, hasta que la Junta Directiva General
resuelva en definitiva dicha impugnación. Esa decisión agota la vía
administrativa.”
10 de febrero del 2017.—Ing. Olman Vargas Zeledón, Director
Ejecutivo.—O. C. N° 105-2017.—Solicitud N° 77490.—( IN2017110690 ).
MUNICIPALIDADES
MUNICIPALIDAD DE CARTAGO
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
ÁREA TÉCNICA DE ACUEDUCTOS
AVISO POR INCUMPLIMIENTO DE DEBERES
URBANOS DE LOS CIUDADANOS DUEÑOS
DE LOTES CON CONSTRUCCIÓN
O BALDÍOS LB-499-2016
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 241 de la Ley
General de la Administración Pública, Ley N° 6227 del 2 de mayo de
1978, se hace del conocimiento del señor Jaime Marie Blankenship,
mayor, pasaporte 204494043, propietario del inmueble que se
detalla a continuación:
Plano
Catastrado
Ubicación
Catastral
Número
de Finca
Ubicación
del Lote
C-07623572002
1-9-4-0010C
3-186180-000
Residencial Los Tules
Distrito Oriental
que según inspección en el sitio del funcionario de esta Unidad
Alejandro Fuentes Piedra, a las 9:10 horas del día 23 de setiembre
del 2016, boleta de inspección número 1632, se aprecia que dicho
predio se encuentra en la siguiente condición: lote con maleza y sin
cercado.
Que los artículos 75 inciso d, y 76 incisos a, b y d, del
Código Municipal, disponen que de conformidad con el Plan
Regulador Municipal, las personas físicas o jurídicas, propietarias
o poseedoras, por cualquier título, de bienes inmuebles, deberán
cumplir las siguientes obligaciones: a) Limpiar la vegetación de
sus predios ubicados a orillas de las vías públicas y recortar la que
perjudique o dificulte el paso de las personas. b) Cercar y limpiar
tanto los lotes donde no haya construcciones como aquellos con
viviendas deshabitadas o en estado de demolición y d) Construir las
aceras frente a sus propiedades y darles mantenimiento. Por tanto,
Con fundamento en lo anterior, se gira orden municipal de
habilitación de la acera en frente a la propiedad. Se concede el plazo
perentorio y prorrogable de quince (15) días naturales, contados a partir
de cinco días hábiles después de la última publicación, para cumplir la
citada orden. En caso contrario, terminado el plazo otorgado, en uso
de sus facultades legales la Municipalidad procederá a intervenir dicho
inmueble, trasladando el costo de la obra al propietario, aplicando las
multas trimestrales y acumulativas que correspondan. La Municipalidad
podrá constituir hipoteca legal preferente sobre dicha propiedad con la
finalidad de reivindicar la deuda que se generare en caso de omisión de
parte del propietario. Contra la presente resolución procede interponer
los recursos de revocatoria ante el Encargado del Área Técnica de
Acueductos y de apelación ante el Alcalde Municipal, en el plazo
común de cinco días hábiles, contados a partir de cinco días hábiles
después de la última publicación.
Se advierte al interesado que el expediente administrativo
puede ser consultado en el Área Técnica de Acueductos, situada
en el primer piso del Plantel Municipal, Distrito San Francisco,
Diagonal al Monumento al Boyero.
Publíquese tres veces consecutivas en el Diario Oficial.
Cartago, 27 de setiembre del 2016.—Ing. Julio Urbina Rojas,
Encargado del Área Técnica de Acueductos.—Guisella Zúñiga
Hernández, Secretaria Concejo Municipal.—( IN2017111656 ).