20 - Pami

Año XII - N° 2735
BOLETÍN
DEL INSTITUTO
BUENOS AIRES, Lunes 20 de Febrero de 2017
RESOLUCIONES
N° 0195
Aprueba incremento – Valores Elem. Óptica................... pág.1
N° 0196
Transfiere CAPs a UGL XXXVI – Río Cuarto.....................pág.2
DISPOSICIONES CONJUNTA
N° 0058-GA-UPCPS-17
Renueva contratación – LP N° 95/13 – Vigilancia..........pág.3
N° 0059-GA-GPM-17
Autoriza llamado a TS – Sillas de ruedas..........................pág.4
DISPOSICIONES
N° 0042-SDE-17
Autoriza llamado a LP – Guarda de Documentación..pág.5
N° 0043-SDE-17
Renueva contratos – LP N° 53/14 – Insumos...................pág.6
N° 0044-SDE-17
Designa para CE – LP N° 07/17 .............................................pág.8
Resolución N° 0195
BUENOS AIRES, 17 FEB. 2017
VISTO las Resoluciones N° 1102/DE/07, N° 607/DE/11, N° 812/
DE/11, 032/DE/13, N° 0386/DE/14 y 227/DE/15, el Expediente
N° 0200-2016-0009596-1, y
CONSIDERANDO:
Que mediante Resolución N° 1102/07/DE se aprobó el Menú
Prestacional para la Provisión de Elementos de Óptica con
determinadas especificaciones técnicas.
Que las Resoluciones N° 607/DE/14, N° 812/DE/11, 032/
DE/13, 386/DE/14, modificaron el Menú Prestacional para la
Provisión de Elementos de Óptica y ajustaron los valores para
los mencionados elementos.
Que la última modificación de los aranceles surge de la
Resolución N° 227/15/DE con fecha 13 de abril de 2015.
Que en atención a los planteos realizados por varios proveedores
respecto del constante incremento de los precios que han
sufrido los insumos ópticos, la Gerencia de Prestaciones
Médicas solicitó la intervención del Departamento de Estudios
Económicos de la Gerencia Económico Financiera, para que
evalúe la actualización de los valores del Menú Prestacional.
Que dicho Departamento se expidió favorablemente mediante
la Providencia N° 103/2016-5104A.
Que en base a ello, y a los fines de mantener una prestación de
calidad para los afiliados, la Gerencia de Prestaciones Médicas
entiende que resulta necesario ajustar los valores que se abonan
actualmente para la Provisión de Elementos de Óptica.
Que asimismo, resulta pertinente reconocer un adicional
diferencial por zona patagónica, incluyendo las provincias de
Neuquén, Chubut, Río Negro, Santa Cruz, Tierra del Fuego y
La Pampa, para las prestaciones de provisión de elementos de
óptica, en virtud de las particularidades locales que implican
diferencias de costos que históricamente ha reconocido este
Instituto.
Que la Gerencia de Asuntos Legales ha tomado la intervención
de su competencia, en virtud de la Resolución N° 02/15/DE, sin
realizar objeciones.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los artículos
2° y 3° del Decreto N° 02/04 y el artículo 1° del Decreto PEN
N° 86/15,
EL DIRECTOR EJECUTIVO DEL ÓRGANO
EJECUTIVO DE GOBIERNO DEL INSTITUTO
NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES
PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Aprobar a partir del 1° de Julio de 2016, un
incremento en los valores para la Provisión de Elementos de
Óptica, de conformidad con lo detallado en el Anexo I de la
presente, aclarando que los mismos revisten el carácter de
“precios finales” y que, en consecuencia, ya tienen incluidos
todos los impuestos incluso el IVA.
ARTÍCULO 2°.- Reconocer un valor diferencial por zona
patagónica del 20% adicional sobre el valor a abonar por el
Instituto para las Provisiones de Elementos de Óptica, a aplicarse
en las provincias de Neuquén, Chubut, Río Negro, Santa Cruz,
Tierra del Fuego y la Pampa.
ARTÍCULO 3°.- Regístrese, comuníquese y publíquese en el
Boletín del Instituto. Cumplido, archívese.
RESOLUCIÓN N° 0195
Dr. Carlos J. REGAZZONI – Director Ejecutivo
ANEXO I - RESOLUCIÓN N° 0195-17
ELEMENTOS
VALORES ($)
ANTEOJOS
a. Un par de anteojos con armazón acetado y/o metálico con cristales según las Dioptrías (minerales u
orgánicos)
a.1. Cristales de Esférico del 0,00 al +/- 4,00D con cilindro de 0,25 a +/- 2,00
293,00
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Año XII - N° 2735
BOLETÍN
DEL INSTITUTO
BUENOS AIRES, Lunes 20 de Febrero de 2017
b. Un par de anteojos con armazón acetado y/o metálico con cristales según las Dioptrías (minerales u
orgánicos)
b.1. Cristales de Esférico del 4,25 al +/- 6,00D con cilindro de 2,25 a +/- 4,00
458,00
c. Un par de anteojos con armazón acetado y/o metálico cristales según las Dioptrías (minerales u orgánicos)
c.1. Cristales de Esférico de +/- 6,25D más de cilíndrico de +/- 4,25 a +/- 6,00
590,00
d. Un par de anteojos con armazón acetado o metal Bifocales Kriptock blancos orgánicos o minerales
655,00
e. Un par de anteojos con armazón acetado o metal Bifocales Flap
Top, Bío-Vis o similar blancos orgánicos.
686,00
LENTES DE CONTACTO
Un Par de Lentes de Contacto Blandas Esféricas (el par)
1.255,00
Un Par de Lentes de Contacto Blandas Tóricas (el par)
2.585,00
Un Par de Lentes de Contacto Gas Permeables (el par)
2.038,00
Un Par de Lentes de Contacto Flexibles (el par)
1.176,00
Un Par de Lentes de Contacto Iris Print (el par)
2.191,00
Un par de lentes de contacto terapéuticas (el par)
706,00
SISTEMA DE VISIÓN SUBNORMAL
Consulta de evaluación visión subnormal
266,00
Un sistema de visión subnormal Microscópico
2.291,00
Un sistema de visión subnormal Prismático
2.599,00
Un sistema Aplanático Clear Image
8.052,00
Una Lupa de mano o de apoyo sin luz
306,00
Una Lupa de mano o de apoyo con luz
613,00
Un circuito cerrado de televisión
15.281,00
Un Magnificador Electrónico
18.331,00
MÓVIL ÓPTICO
Valor móvil óptico por Km.
4,00
IMPORTANTE: Aquellos afiliados que necesiten otro tipo de Elemento Óptico que se encuentre fuera del presente Anexo, la
adquisición del mismo deberá ser tramitado y autorizado a través del Subsistema de Vía de Excepción del Sistema Interactivo de
Información (SII).
Resolución N° 0196
BUENOS AIRES, 17 FEB. 2017
VISTO la Resolución N° 824/DE/15, la Resolución N° 03/DE/16,
el Expediente N° 0250-2016-0020395-1, y
CONSIDERANDO:
Que por el artículo 4° de la Resolución N° 824/DE/16 se
crearon, entre otros, los Centros de Atención Personalizada
La Carlota, General Cabrera y Ucacha, dependientes de la
Unidad de Gestión Local III - Córdoba.
Que a fin de mejorar la atención de los afiliados asignados a los
Centros de Atención mencionados anteriormente, y que por su
cercanía y vías de comunicación requieren ser atendidos en la
ciudad de Río Cuarto, la Unidad de Gestión Local III - Córdoba
propició la transferencia de los mismos, conjuntamente con los
recursos humanos y físicos, al ámbito de cobertura geográfica
de la Unidad de Gestión Local XXXVI- Río Cuarto.
Que dicha transferencia tiene como objetivo central otorgar
a los afiliados y su grupo familiar primario, las prestaciones
sanitarias, integrales, integradas y equitativas tendientes
a la promoción, prevención, proyección, recuperación y
rehabilitación de la salud sobre la base de la distribución
geográfica y cercanía a los centros de mayor complejidad.
Que la Secretaría General Técnico Operativa, la Gerencia
de Asuntos Legales y la Secretaría General Técnico Jurídica
han tomado la debida intervención en el marco de sus
competencias.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los Artículos
2° y 3° del Decreto PEN N° 02/04 y el Artículo 1° del Decreto
PEN N° 86/15,
EL DIRECTOR EJECUTIVO DEL ÓRGANO
EJECUTIVO DE GOBIERNO DEL INSTITUTO
NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES
PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Transferir los Centros de Atención Personalizada
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DEL INSTITUTO
BUENOS AIRES, Lunes 20 de Febrero de 2017
La Carlota, General Cabrera y Ucacha, dependientes de la
Unidad de Gestión Local III - Córdoba, conjuntamente con los
recursos humanos y físicos, al ámbito de cobertura geográfica
de la Unidad de Gestión Local XXXVI - Río Cuarto, según lo
detallado en el Anexo I que pasa a formar parte de la presente.
ARTÍCULO 2°.- Instruir a la Secretaría General de Planificación
y Modernización para que realice los cambios que correspondan
en el Padrón de afiliados del Instituto.
ARTÍCULO 3°.- Regístrese, comuníquese y publíquese en el
Boletín del Instituto. Cumplido, archívese.
RESOLUCIÓN N° 0196
Dr. Carlos J. REGAZZONI – Director Ejecutivo
ANEXO I - RESOLUCIÓN N° 0196-17
CANTIDAD DE AFILIADOS POR CAP
CÓDIGO DE
LA UNIDAD
DE GESTIÓN
LOCAL
CÓDIGO DE LA
UNIDAD DE GESTIÓN
LOCAL (AGENCIA)
DESCRIPCIÓN DE LA
UNIDAD DE GESTIÓN LOCAL
(AGENCIA)
TOTAL CON
VETERANOS
DE GUERRA
TOTAL SIN
VETERANOS
DE GUERRA
TOTAL
VETERANOS
DE GUERRA
03
030433
AGENCIA GRAL. CABRERA
5.277
5.228
49
03
030419
03
030455
AGENCIA LA CARLOTA
3.415
3.368
47
AGENCIA UCACHA
1.833
1.818
15
Disposición Conjunta N° 0058
BUENOS AIRES, 17 FEB. 2017,
VISTO el Expediente N° 0200-2013-0012847-5, y
CONSIDERANDO:
Que por el actuado citado en el Visto tramitó la contratación de
los servicios de vigilancia y protección patrimonial de la sede
de Nivel Central, sita en Av. Corrientes 635/655/675, Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, por el término de doce (12) meses,
con opción a renovación por hasta igual período.
Que mediante Disposición N° 103/14/CE se adjudicó la Licitación
Pública N° 95/13 a la firma LIDERES CONSULTORES DE
SEGURIDAD S.R.L., por la suma de presos tres millones setecientos
cincuenta y dos mil doscientos cincuenta y ocho con 40/100
($3.752.258,40), emitiéndose en su favor las Órdenes de Compra N°
4500077272/14, por el período comprendido entre el 1° de Agosto
y el 31 de Diciembre de 2014 y N° 4500091908/15, por el período
comprendido entre el 1° de Enero y el 31 de Julio de 2015.
Que por Disposición Conjunta N° 374/15/GAyUPCPSI se
procedió a renovar la presente contratación por un plazo de cinco
(5) meses a la firma LIDERES CONSULTORES DE SEGURIDAD
S.R.L., por la suma de pesos dos millones seiscientos cuarenta
y cinco mil quinientos veinte con 00/100 ($2.645.520,00)
emitiéndose la Orden de Compra N° 4500114683/15, por el
período comprendido entre el 1° de Agosto y el 31 de Diciembre
de 2015.
Que asimismo, por Disposición N° 053/16/SE se procedió a
renovar por un plazo de seis (6) meses, y ampliar en un 10,32%
aproximadamente la contratación a la mencionada firma,
emitiéndose en su favor la Orden de Compra N° 4500142892/16, por
el período comprendido entre el 1° de Enero y el 30 de Junio de 2016.
Que, posteriormente, mediante Disposiciones N° 114/16/SE y N°
160/16/SE se procedió a renovar nuevamente la misma por el
término de seis (6) meses a la firma LIDERES CONSULTORES
DE SEGURIDAD S.R.L., por la suma de pesos cuatro millones
ochocientos treinta y dos mil seiscientos diecinueve con 60/100
($4.832.619,60), emitiéndose en su favor la Orden de Compra
N° 4500155057/16, por el período comprendido entre el 1° de
Julio y el 31 de Diciembre de 2016.
Que no obstante lo expuesto y dado que el vencimiento de la
presente contratación operó el 31 de Diciembre de 2016 y, a los
efectos de no discontinuar el Servicio de Seguridad del edificio
sito en Av. Corrientes 635/655/675 de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires, la Unidad de Planificación y Coordinación
de Políticas de Seguridad del Instituto solicitó gestionar una
renovación hasta el 31 de Marzo de 2017, o hasta tanto se
adjudique la nueva licitación, lo que ocurra primero.
Que habiéndose realizado la correspondiente consulta, la firma
LIDERES CONSULTORES DE SEGURIDAD S.R.L. manifiesta
que acepta la renovación, solicitando un aumento del 16,06%
en el valor del servicio.
Que se dio intervención al Departamento Estudios Económicos
dependiente de la Gerencia Económico Financiera, quien
informa que el incremento para la renovación por el término de
tres (3) meses de la presente contratación no debería superar
el 3,93% aproximadamente.
Que consultada la firma LIDERES CONSULTORES DE
SEGURIDAD S.R.L. manifiesta que acepta la renovación dentro
de valores que resultan aceptables para el Instituto.
Que en virtud de lo expuesto, resulta procedente renovar desde
la fecha de su vencimiento y por el término de tres (3) meses
o hasta tanto se adjudique la nueva Licitación, lo que ocurra
primero, la contratación efectuada por Licitación Pública N° 95/13
a favor de la firma LIDERES CONSULTORES DE SEGURIDAD
S.R.L.
Que la renovación propiciada se encuentra contemplada en los
alcances del artículo 82°, inciso c) del Anexo I de la Resolución N°
135/03/I, que fuera modificado por el artículo 1° de la Resolución
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BOLETÍN
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BUENOS AIRES, Lunes 20 de Febrero de 2017
N° 140/15/DE.
Que la Subgerencia de Compras y Contrataciones en
cumplimiento de lo dispuesto en la Resolución N° 821/15/DE
procedió a efectuar la reserva de la correspondiente Partida
Presupuestaria.
Que de acuerdo a lo dispuesto en la Resolución N° 140/15/DE
se emitió la correspondiente Comunicación de Disposición de
Recursos a la Subdirección Ejecutiva, prevista en el Anexo II de
la Resolución N° 844/DE/16.
Que resulta procedente autorizar a la Subgerencia de Compras
y Contrataciones a emitir y suscribir la correspondiente Orden
de Compra, facultándola a disponer su liberación al solo efecto
de su inclusión al Sistema de Gestión Económico Financiero.
Que las Gerencias de Administración, y Económico Financiera
han tomado la intervención de su competencia.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por las
Resoluciones N° 004/15/DE, N° 844/16/DE y N° 2152/16/DE,
EL GERENTE DE ADMINISTRACIÓN Y
EL TITULAR DE LA UNIDAD DE PLANIFICACIÓN Y
COORDINACIÓN DE POLÍTICAS DE SEGURIDAD DEL
INSTITUTO NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES
PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS
DISPONEN:
ARTÍCULO 1°.- Renovar, en los términos del artículo 82°, inciso
c) del Anexo de la Resolución N° 135/03/I (modificado por el
artículo 1° de la Resolución N° 140/15/DE), a partir de la fecha
de su vencimiento y por el término de tres (3) meses, o hasta
tanto se adjudique la nueva licitación, lo que ocurra primero,
la contratación efectuada por Licitación Pública N° 95/13, a la
firma LIDERES CONSULTORES DE SEGURIDAD S.R.L., por
los servicios de vigilancia y protección patrimonial de la sede
de Nivel Central, sita en Av. Corrientes 635/655/675, Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, conforme al Anexo que se agrega
y pasa a formar parte de la presente.
ARTÍCULO 2°.- Establecer que el monto total de renovación a
la firma LIDERES CONSULTORES DE SEGURIDAD S.R.L.
asciende a la suma de HASTA PESOS DOS MILLONES
QUINIENTOS ONCE MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y OCHO
($2.511.288,00).
ARTÍCULO 3°.- Autorizar a la Gerencia de Administración a emitir
y suscribir la correspondiente Orden de Compra, facultándola
a disponer su liberación al sólo sólo efecto de su inclusión en
el Sistema de Gestión Económico Financiero, conforme la
renovación dispuesta en el Artículo 1° de la presente.
ARTÍCULO 4°.- Regístrese, comuníquese y publíquese en el
Boletín del Instituto. Cumplido, archívese.
DISPOSICIÓN CONJUNTA N° 0058/GA-UPCPS/2017
Enrique M. NOLTING – Gerente de Administración
Eduardo CASAÑAS PITTÉ – Titular de Unidad de Planificación
y Coordinación de Políticas de Seguridad del Instituto
ANEXO - DISPOSICIÓN CONJUNTA N° 0058-17
LIDERES CONSULTORES DE SEGURIDAD S.R.L.
DESCRIPCIÓN
CANTIDAD DE CANTIDAD DE
HORAS HASTA MESES HASTA
Contratación de los servicios de vigilancia y protección
patrimonial de la sede de Nivel Central, sita en Av.
Corrientes 635/655/675, Ciudad Autónoma de Buenos
Aires, por el término de tres (3) meses o hasta tanto se adjudique la nueva licitación, lo que ocurra primero. 16.098
3
PRECIO
MENSUAL
PRECIO TOTAL
HASTA
$ 156,00
$ 2.511.288,00
EL MONTO TOTAL DE LA PRESENTE RENOVACIÓN ASCIENDE A LA SUMA DE HASTA PESOS DOS MILLONES QUINIENTOS
ONCE MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y OCHO ($2.511.288,00).
Disposición Conjunta N° 0059
BUENOS AIRES, 17 FEB. 2017
VISTO el Expediente N° 0200-2017-0001947-0, y
CONSIDERANDO:
Que por el expediente citado en el visto tramita la adquisición
de sillas de ruedas especiales a medida nuevas, sin uso, para
atender la demanda de los afiliados del Instituto Nacional de
Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados (en adelante,
el “Instituto”).
Que la Subgerencia de Prestaciones y Provisiones Especiales
de la Gerencia de Prestaciones Médicas remitió en forma
individual distintos requerimientos de sillas de ruedas especiales
a medida y determinó la cantidad de elementos a adquirir, sus
especificaciones técnicas y el costo estimado.
Que, no obstante, se entendió procedente agrupar dichos
requerimientos en un único llamado a Trámite Simplificado a fin
de optimizar los recursos.
Que asimismo cabe destacar que los insumas requeridos no se
encuentran incluidos en ninguna Licitación Pública en trámite,
y que la pronta adquisición de los mismos resultan necesarios
a fin de no menoscabar la salud de los afiliados del Instituto.
Que, en consecuencia, la Subgerencia de Compras y
Contrataciones ha elaborado el Pliego de Bases y Condiciones
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DEL INSTITUTO
BUENOS AIRES, Lunes 20 de Febrero de 2017
Particulares, Especificaciones Técnicas y Anexos que regirá el
llamado para la contratación que se propicia.
Que de conformidad con lo establecido por los artículos 19°
inciso d) punto 10), 25° inciso a) y 26° del Régimen General de
Contratación de Bienes, Servicios y Prestadores de Servicios
Médico Asistenciales y Sociales del Instituto, aprobado por
Resolución N° 135/I/03, corresponde realizar un llamado
a Trámite Simplificado, con la modalidad de Contratación
Consolidada y bajo la clase de Etapa Única.
Que corresponde su difusión en la página de internet del Instituto
con al menos tres (3) días de antelación a la fecha fijada para
la apertura.
Que, asimismo, se deberá invitar a los proveedores del rubro
que se encuentren inscriptos en el Registro Informático Único
Nacional de Proveedores y Prestadores de este Instituto, a
presentar ofertas en el presente Trámite Simplificado. Se
deberá dejar constancia en el expediente del envío de dichas
invitaciones.
Que la Subgerencia de Compras y Contrataciones procedió a
solicitar la reserva de la correspondiente Partida Presupuestaria
de conformidad a lo dispuesto en el Anexo III de la Resolución
N° 821/DE/15.
Que de acuerdo a lo establecido por Resolución N° 844/DE/16
se procedió a emitir las correspondientes Comunicaciones de
Disposición de Recursos.
Que la Asesoría Legal de la Gerencia de Administración ha
tomado la intervención de su competencia.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por la Resoluciones
N° 004/DE/15, N° 002/DE/16 y N° 0844/DE/16,
EL GERENTE DE ADMINISTRACIÓN Y
EL GERENTE DE PRESTACIONES MÉDICAS
DEL INSTITUTO NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES
PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS
DISPONEN:
ARTÍCULO 1°.- Autorizar a efectuar un llamado a Trámite
Simplificado encuadrando la contratación en los términos de los
artículos 19° inciso d) punto 10), 25° inciso a) y 26° del Régimen
General de Contratación de Bienes, Servicios y Prestadores de
Servicios Médico Asistenciales y Sociales del Instituto Nacional
de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados, aprobado
por Resolución N° 135/I/03, para la adquisición de sillas de
ruedas especiales a medida, nuevas, sin uso, para atender la
demanda de los afiliados del Instituto en todo el país.
ARTÍCULO 2°.- Aprobar el Pliego de Bases y Condiciones
Particulares, Especificaciones Técnicas y Anexos, que se agrega
y pasa a formar parte de la presente.
ARTÍCULO 3°.- Difundir el presente llamado en la Página de
Internet del Instituto www.pami.org.ar.
ARTÍCULO 4°.- Invitar a los proveedores del rubro que se
encuentren inscriptos en la base de datos del Registro de
Proveedores de este lnstituto a presentar ofertas en el presente
Trámite Simplificado, dejando constancia en las actuaciones.
ARTÍCULO 5°.- Regístrese, comuníquese y publíquese en el
Boletín del Instituto. Cumplido, archívese.
DISPOSICIÓN CONJUNTA N° 0059/GA-GPM/2017
Dr. Hernán Carlos CHAVIN – Gerente de Prestaciones Médicas
Enrique M. NOLTING - Gerente de Administración
Consulte los anexos aquí o envíe el Formulario de Solicitud de
Documentación por correo a: [email protected]
Disposición N° 0042
BUENOS AIRES, 17 FEB. 2017
VISTO el Expediente N° 0200-2016-0008601-4 y,
CONSIDERANDO:
Que mediante el expediente citado en el visto tramita la
contratación de espacio y servicio para la guarda de la
documentación del Instituto, contando con todas las medidas
de seguridad y equipamiento tecnológico especifico; consultas
vía electrónica/web de personal autorizado, retiro y entrega de
la documentación, tanto programada como no programada,
periódica y express, por el término de doce (12) meses, con
opción a renovación por hasta igual período.
Que en tal sentido la Subgerencia de Recursos Físicos determinó
las respectivas especificaciones técnicas y cláusulas Particulares
y estableció el costo estimado de la presente erogación.
Que sobre la base de lo requerido, la Subgerencia de Compras y
Contrataciones procedió a la elaboración del Pliego de Bases y
Condiciones Particulares y Especificaciones Técnicas y Anexos
que regirá el presente llamado.
Que de acuerdo a lo dispuesto en los artículos 19° inciso a), 25°
inciso a) y 26° del Régimen General de Contratación de Bienes,
Servicios y Prestadores de Servicios Médico Asistenciales y
Sociales del I.N.S.S.J.P., aprobado por Resolución N° 135/03-I
del 8 de Agosto de 2003 y sus modificaciones, corresponde
realizar un llamado a Licitación Pública, bajo la modalidad de
Contratación Consolidada.
Que la convocatoria a presentar ofertas deberá efectuarse
mediante la publicación de avisos en el Boletín Oficial y en un
(1) diario de mayor circulación por el término de dos (2) días
hábiles con un mínimo de CINCO (5) días hábiles de antelación
a la fecha fijada para la apertura, computados a partir del día
siguiente de la última publicación, conforme a los Artículos 38°
y 39° del Régimen de Contratación vigente.
Que la convocatoria deberá efectuarse, asimismo, mediante
el envío de las invitaciones a los proveedores del rubro que se
encuentren inscriptos en el Registro Informático Único Nacional
de Proveedores y Prestadores del Instituto, con un mínimo de
CINCO (5) días hábiles de antelación a la fecha fijada para
la apertura y mediante la publicación del Pliego de Bases y
Condiciones Particulares y Especificaciones Técnicas y Anexos
en la página de Internet del Instituto, en forma simultánea, desde
que se cursen las invitaciones hasta el día de la apertura.
Que la Subgerencia de Compras y Contrataciones procedió a
la realización de la respectiva imputación presupuestaria para
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BOLETÍN
DEL INSTITUTO
BUENOS AIRES, Lunes 20 de Febrero de 2017
afrontar la presente erogación, de conformidad con lo exigido
por la normativa del Instituto.
Que la Subdirección Ejecutiva y la Dirección Ejecutiva de este
Instituto han tomado conocimiento de la disposición de recursos
de acuerdo a la normativa vigente.
Que la Gerencia Económico Financiera ha tomado la intervención
de su competencia.
Que la Secretaria General Técnico Jurídica ha tomado
intervención en el marco de su competencia, no encontrando
objeciones jurídicas que formular para la suscripción de la
presente.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los Artículos 2°
y 3° del Decreto N° 02/04 y el Artículo 2° del Decreto N° 86/15,
ambos del Poder Ejecutivo Nacional, y a la luz de lo normado
por las Resoluciones N° 0844/DE/16 y N° 1321/DE/16,
EL SUBDIRECTOR EJECUTIVO DEL ÓRGANO
EJECUTIVO DE GOBIERNO DEL INSTITUTO
NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES
PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS
DISPONE:
ARTÍCULO 1°.- Autorizar a efectuar un llamado a Licitación
Pública encuadrando la contratación en los términos del artículo
19° inciso a), 25° inciso a) y 26° del “Régimen General de
Contratación de Bienes, Servicios y Prestadores de Servicios
Médico Asistenciales y Sociales” del Instituto, aprobado
por Resolución N° 135/03-I del 8 de agosto de 2003 y sus
modificaciones, para la contratación de espacio y servicio para
la guarda de la documentación del Instituto, contando con todas
las medidas de seguridad y equipamiento tecnológico especifico;
consultas vía electrónica/web de personal autorizado, retiro
y entrega de la documentación, tanto programada como no
programada, periódica y express, por el término de doce (12)
meses, con opción a renovación por hasta igual período.
ARTÍCULO 2°.- Aprobar el Pliego de Bases y Condiciones
Particulares y Especificaciones Técnicas y Anexos que se
agrega y pasa a formar parte de la presente.
ARTÍCULO 3°.- Aprobar el modelo de Aviso que en UNA (1) foja
se agrega y pasa a formar parte de la presente como Anexo,
para su publicación en el Boletín Oficial y en un (1) diario de
mayor circulación, por el término de DOS (2) días hábiles, con
un mínimo de CINCO (5) días hábiles de antelación a la fecha
fijada para la apertura, computados a partir del día siguiente a
su publicación, conforme lo establecido por los Artículos 38° y
39° del Régimen de Contratación vigente.
ARTÍCULO 4°.- Invitar con un mínimo de CINCO (5) días hábiles
de antelación a la fecha fijada para la Apertura de las ofertas,
a los proveedores que se encuentren inscriptos en el Registro
Informático Único Nacional de Proveedores y Prestadores de
este Instituto, a presentar ofertas en la presente Licitación
Pública, dejando constancia en las actuaciones.
ARTÍCULO 5°.- Difundir desde el día en que se cursen las
invitaciones y hasta el día de la apertura de las ofertas en la
página de Internet del Instituto.
ARTÍCULO 6°.- Delegar las suscripciones de Circulares con o
sin consulta y modificaciones del Pliego de Bases y Condiciones
Particulares y Especificaciones Técnicas y Anexos en la
Gerencia de Administración.
ARTÍCULO 7°.- Regístrese, comuníquese y publíquese en el
Boletín del Instituto. Cumplido, archívese.
DISPOSICIÓN N° 0042/SDE/17
Dr. Gonzalo RIOBÓ – Subdirector Ejecutivo
MODELO DE AVISO- ANEXO DISPOSICIÓN N° 0042-17
ORGANISMO CONTRATANTE
INSTITUTO NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES PARA
JUBILADOS Y PENSIONADOS
LLAMASE A LICITACIÓN PÚBLICA N°
/17 PARA LA
CONTRATACIÓN DE ESPACIO Y SERVICIO PARA LA
GUARDA DE LA DOCUMENTACIÓN DEL INSTITUTO,
CONTANDO CON TODAS LAS MEDIDAS DE SEGURIDAD Y
EQUIPAMIENTO TECNOLÓGICO ESPECÍFICO; CONSULTAS
VIA ELECTRÓNICA/WEB DE PERSONAL AUTORIZADO,
RETIRO Y ENTREGA DE LA DOCUMENTACIÓN, TANTO
PROGRAMADA COMO NO PROGRAMADA, PERIÓDICA Y
EXPRESS, POR EL TÉRMINO DE DOCE (12) MESES CON
OPCIÓN A RENOVACIÓN POR HASTA IGUAL PERÍODO.
EXPEDIENTE N° 0200-2016-0008601-4
PLIEGOS E INFORMACIÓN EN:
PAGINA DE INTERNET: www.pami.org.ar
VALOR DEL PLIEGO: SIN COSTO
CONSULTAS AL PLIEGO
Por nota dirigida a la Subgerencia de Compras y Contrataciones
Av. Corrientes 655 - 6to piso - CABA
Correo Electrónico: [email protected]
Hasta tres (3) días hábiles previo a la apertura de las ofertas
PRESENTACIÓN DE OFERTAS EN:
Subgerencia de Compras y Contrataciones
Corrientes 655 - Planta baja
Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Hasta la hora fijada para la apertura de las ofertas
LUGAR DE APERTURA
Subgerencia de Compras y Contrataciones
Corrientes 655 - Planta baja
Ciudad Autónoma de Buenos Aires
APERTURA: de de 2017
HORA: Hrs.
Consulte los anexos aquí o envíe el Formulario de Solicitud de
Documentación por correo a: [email protected]
Disposición N° 0043
BUENOS AIRES, 17 FEB. 2017
VISTO el Expediente N° 0200-2013-0009351-5 y Resolución
N° 32/DE/15, y
CONSIDERANDO
Que por el expediente citado se tramita la provisión de insumos
para cirugía cardiovascular, para atender la demanda de los
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BOLETÍN
DEL INSTITUTO
BUENOS AIRES, Lunes 20 de Febrero de 2017
afiliados del INSTITUTO en todo el país.
Que por Disposición N° 113/CE/14 de la Coordinación Ejecutiva
se autorizó la realización de un llamado registrado como
Licitación Pública N° 53/14 en los términos establecidos por los
artículos 19° inciso a); 25° incisos a) y c); 26° y 28° del Régimen
General de Contratación de Bienes, Servicios y Prestadores de
Servicios Médico Asistenciales y Sociales del Instituto Nacional
de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados, aprobado
por Resolución N° 135/03-I del 8 de Agosto de 2003 y sus
modificatorias.
Que por Resolución 32/DE/15 se adjudicó parcialmente la
Licitación Pública precitada a las firmas ST JUDE MEDICAL
ARGENTINA S.A., LATECBA S.A. y FOC MEDICAL S.A.
por la suma de PESOS DOCE MILLONES NOVECIENTOS
CUARENTA Y SEIS MIL SEISCIENTOS SETENTA Y CINCO
($12.946.675,00).
Que por Resoluciones N° 822/DE/15, N° 240/DE/16, N° 1564/
DE/16 y Disposición Conjunta N° 216/GA-GPM/16 se aprobó la
renovación de los contratos con las firmas adjudicatarias.
Que por expediente N° 0200-2016-0011374-7 se encuentra
tramitando la Licitación Pública N° 83/16, la cual tuvo fecha de
apertura el día 06/12/2016.
Que atento el vencimiento de los contratos y toda vez que la
Licitación Pública mencionada en el considerando anterior no
se encuentra adjudicada, la Gerencia de Prestaciones Médicas
solicitó arbitrar los medios necesarios a fin de renovar los
mismos.
Que a tal fin la Subgerencia de Compras y Contrataciones
solicitó su conformidad a las firmas adjudicatarias a los efectos
de proceder a la renovación de los contratos desde la fecha
de su vencimiento por el término de tres (3) meses o hasta la
notificación de un nuevo adjudicatario, lo que ocurra primero.
Que por su parte las firmas ST JUDE MEDICAL ARGENTINA
S.A. y LATECBA S.A. manifestaron su conformidad en un todo
de acuerdo a lo requerido por el Instituto.
Que la firma FOC MEDICAL S.A. manifestó la necesidad de un
incremento sobre los valores unitarios a los efectos de proceder
a la renovación.
Que en tal sentido se dio intervención al Departamento de
Estudios Económicos dependiente de la Gerencia Económico
Financiera el cual manifestó los valores por los cuales el Instituto
podría proceder a la renovación del contrato, cuya aplicación
representa un incremento del nueve por ciento (9%) sobre los
precios unitarios.
Que en consecuencia se notificó a la precitada firma lo informado
por la Gerencia Económico Financiera y la misma manifestó
que no acepta la contrapropuesta de precios ofrecida por este
Instituto.
Que en virtud de lo expuesto resulta procedente renovar
los contratos celebrados con las firmas ST JUDE MEDICAL
ARGENTINA S.A. y LATECBA S.A. a partir de la fecha de
su vencimiento por el término de tres (3) meses o hasta la
notificación de un nuevo adjudicatario, lo que ocurra primero,
para la provisión de insumos para cirugía cardiovascular para
atender la demanda de los afiliados del Instituto en todo el país,
conforme a los valores detallados en el Anexo I de la presente y
en un todo de acuerdo a las demás condiciones establecidas en
el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y Especificaciones
Técnicas y Anexos de la Licitación Pública N° 53/14.
Que la renovación propiciada se encuentra contemplada en los
alcances del artículo 82°, inciso c) del Anexo I de la Resolución N°
135/I/03, que fuera modificado por el artículo 1° de la Resolución
N° 140/DE/15.
Que el monto total de la presente renovación asciende a la
suma de PESOS ONCE MILLONES SEISCIENTOS SESENTA
Y SEIS MIL SEISCIENTOS SETENTA Y CINCO CON 75/100
($11.666.675,75)
Que la Subgerencia de Compras y Contrataciones procedió a
solicitar la reserva de la correspondiente partida presupuestaria
de conformidad a lo dispuesto en el Anexo III de la Resolución
N° 821/DE/15.
Que de acuerdo a lo establecido por Resolución N° 844/DE/16
y Artículo 3° de la Resolución N° 140/DE/15 se procedió a emitir
las correspondientes Disposiciones de Recursos.
Que la Gerencia de Administración y la Gerencia de Prestaciones
Médicas han tomado la intervención de su competencia.
Que la Secretaría General Técnico Jurídica emitió el dictamen
que le compete sin objeciones legales.
Por ello, en uso de las facultades conferidas por los Artículos 2°
y 3° del Decreto N° 02/04 y el Artículo 2° del Decreto N° 86/15
ambos del Poder Ejecutivo Nacional,
EL SUBDIRECTOR EJECUTIVO DEL ÓRGANO
EJECUTIVO DE GOBIERNO DEL INSTITUTO
NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES
PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS
DISPONE:
ARTÍCULO 1°.- Renovar, en los términos del artículo 82, inciso
c) del Anexo I de la Resolución N° 135/I/03 (modificado por
el artículo 1 de la Resolución N° 140/DE/15), los contratos
celebrados en el marco de la Licitación Pública N° 53/14 con
las firmas ST JUDE MEDICAL ARGENTINA S.A. y LATECBA
S.A. para la provisión de insumas para cirugía cardiovascular
para atender la demanda de los afiliados del Instituto en todo
el país desde la fecha de su vencimiento, por el término de tres
(3) meses o hasta la notificación de un nuevo adjudicatario, lo
que ocurra primero, por la suma de PESOS ONCE MILLONES
SEISCIENTOS SESENTA Y SEIS MIL SEISCIENTOS SETENTA
Y CINCO CON 75/100 ($11.666.675,75), conforme a los valores
detallados en el Anexo I que se agrega y forma parte de la
presente.
ARTÍCULO 2°.- Autorizar a la Gerencia de Administración a
emitir y suscribir las correspondientes Ordenes de Compra a
favor de las firmas mencionadas en el Artículo 1°, facultándola a
disponer su liberación al sólo efecto de su inclusión en el Sistema
de Gestión Económico Financiero.
ARTÍCULO 3°.- Autorizar a las Gerencias de Administración
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BOLETÍN
DEL INSTITUTO
BUENOS AIRES, Lunes 20 de Febrero de 2017
y de Prestaciones Médicas a suscribir en forma conjunta las
respectivas Actas Acuerdo con las firmas ST JUDE MEDICAL
ARGENTINA S.A. y LATECBA S.A. cuyo modelo se adjunta
como Anexo II y forma parte de la presente.
ARTÍCULO 4°.- Regístrese, comuníquese, publíquese en el
Boletín del Instituto. Cumplido, archívese.
DISPOSICION N° 0043/SDE/17
Dr. Gonzalo RIOBÓ – Subdirector Ejecutivo
ANEXO I - DISPOSICIÓN N° 0043-17
ST JUDE MEDICAL ARGENTINA S.A. Renglón
Descripción
Cantidad
Precio Unitario
Precio Total
hasta
4
Válvula Biológica de pericardio bovino
175
$ 20.705,54
$ 3.623.469,50
5
Válvula Protésica cardiaca
163
$ 26.000,00
$ 4.238.000,00
6
Válvula Protésica cardiaca
60
$ 26.000,00
$ 1.560.000,00
18
Tubos Valvulares
35
$ 39.736,10
$ 1.390.763,50
El monto total de la presente renovación con la firma ST JUDE MEDICAL ARGENTINA S.A asciende a la
suma de PESOS DIEZ MILLONES OCHOCIENTOS DOCE MIL DOSCIENTOS TREINTA Y TRES.-
$ 10.812.233,00
LATECBA S.A.
Renglón
Descripción
Cantidad
Precio Unitario
11
Prótesis vascular de
poliéster
105
$ 8.137,55
El monto total de la presente renovación con la firma LATECBA S.A asciende a la suma de PESOS
OCHOCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y DOS CON 75/100.
Precio Total hasta
$ 854.442,75
$ 854.442,75
EL MONTO TOTAL DE LA PRESENTE RENOVACION ASCIENDE A LA SUMA DE HASTA PESOS ONCE MILLONES
SEISCIENTOS SESENTA Y SEIS MIL SEISCIENTOS SETENTA Y CINCO CON 75/100.- ($ 11.666.675,75).
ANEXO II - DISPOSICION N° 0043-17
MODELO ACTA ACUERDO
Entre el Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados, representado en este acto por .................. en su
carácter de Gerente de Administración y .............. en su carácter de Gerente de Prestaciones Médicas, con domicilio en.............. ,
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por una parte, y por la otra.................. , representada por .............. (DNI.........), en su carácter
de con domicilio en ................ Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con relación al contrato suscripto en el marco de la Licitación
Pública N° 53/14 en virtud de la adjudicación dispuesta por Resolución N° 32/15-DE, dictada en el Expediente N° 0200-20130009351-5 acuerdan lo siguiente:
CLÁUSULA PRIMERA: Las partes acuerdan renovar el contrato citado en el exordio de acuerdo a lo dispuesto por Disposición
N°.......... , desde la fecha de su vencimiento por el término de tres (3) meses o hasta la notificación de un nuevo adjudicatario, lo que
ocurra primero, conforme los valores expresados en el Anexo I de la citada Resolución, y demás condiciones originalmente pactadas.
CLÁUSULA SEGUNDA: Las partes ratifican el contrato individualizado en el exordio, en todo aquello que no haya sido modificado
por la presente acta.
En prueba de conformidad, se firman tres (3) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires, a los ........días del mes de...... de ......... Disposición N° 0044
BUENOS AIRES, 17 FEB. 2017
V I STO e l E x p e di ente N ° 0 2 0 0 -2 016 - 0 0 0 9 3 9 6 -7, las
Resoluciones N° 135/I/03, 1039/DE/10 y 0002/DE/15 y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante el artículo 60 de la Resolución N° 135/I/03,
se estableció que la integración de la Comisión Evaluadora
deberá ser definida por la máxima autoridad del Instituto para
cada contratación.
Que, a través de la Resolución N° 1039/DE/10, el Director
Ejecutivo del Instituto delegó en la COORDINACIÓN
EJECUTIVA la competencia reglamentaria relativa a la
designación, integración y demás aspectos operativos de
las Comisiones Evaluadoras.
Que por el artículo 3° de la Resolución N° 0002/DE/15
se asignó a la SUBDIRECCIÓN EJECUTIVA los objetivos
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BOLETÍN
DEL INSTITUTO
BUENOS AIRES, Lunes 20 de Febrero de 2017
y responsabilidades que hacían a la competencia de la
COORDINACIÓN EJECUTIVA, suprimiéndose ésta última.
Que por el expediente citado en el VISTO se encuentra en
trámite la Licitación Pública N° 07/17, cuyo objeto consiste en
la contratación para la ejecución de las obras de ampliación,
refacción y remodelación del inmueble ubicado en la calle
Sarmiento 373 Rosario, Provincia de Santa Fe.
Que, en razón de lo expuesto, resulta necesario designar a
los integrantes de la Comisión Evaluadora que intervendrá
en el mencionado proceso de contratación.
Por ello, y en virtud de las facultades conferidas por los
artículos 2° y 3° del Decreto N° 2/04 y el artículo 2° del
Decreto N° 86/15, ambos del Poder Ejecutivo Nacional, y por
la Resolución N° 0002/DE/15,
EL SUBDIRECTOR EJECUTIVO DEL ÓRGANO
EJECUTIVO DE GOBIERNO DEL INSTITUTO
NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES
PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS
DISPONE:
A RTÍ CU LO 1°.- D e s i g nar par a i nte g r ar l a C o m i s i ó n
Evaluadora correspondiente a la Licitación Pública N° 07/17 a
los agentes: GINES Flavio (Documento Nacional de Identidad
N° 16.844.643), MONALDI, Leslie Malen (DNI. N° 34.721.883)
y CUESTA, Erika (Legajo N° 64.919).
ARTÍCULO 2°.- Regístrese, comuníquese y publíquese en el
Boletín del Instituto. Cumplido, archívese.
DISPOSICIÓN N° 0044/SDE/2017
Dr. Gonzalo RIOBÓ - Subdirector Ejecutivo
Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados
Dr. Carlos Javier REGAZZONI - Director Ejecutivo
Dr. Gonzalo Luis RIOBÓ - Subdirector Ejecutivo
ISO 9001:2008
Management System
www.tuv.com ID 9105061801
Boletin del Instituto: Resoluciones N° 0439/DE/04, 0039/DE/16 y 1045/DE/16
Edición: División Gestión Electrónica de Normativa
Departamento Despacho. Unidad Secretaría Administrativa
[email protected] / [email protected]
[email protected]
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