Año XII - N° 2735 BOLETÍN DEL INSTITUTO BUENOS AIRES, Lunes 20 de Febrero de 2017 RESOLUCIONES N° 0195 Aprueba incremento – Valores Elem. Óptica................... pág.1 N° 0196 Transfiere CAPs a UGL XXXVI – Río Cuarto.....................pág.2 DISPOSICIONES CONJUNTA N° 0058-GA-UPCPS-17 Renueva contratación – LP N° 95/13 – Vigilancia..........pág.3 N° 0059-GA-GPM-17 Autoriza llamado a TS – Sillas de ruedas..........................pág.4 DISPOSICIONES N° 0042-SDE-17 Autoriza llamado a LP – Guarda de Documentación..pág.5 N° 0043-SDE-17 Renueva contratos – LP N° 53/14 – Insumos...................pág.6 N° 0044-SDE-17 Designa para CE – LP N° 07/17 .............................................pág.8 Resolución N° 0195 BUENOS AIRES, 17 FEB. 2017 VISTO las Resoluciones N° 1102/DE/07, N° 607/DE/11, N° 812/ DE/11, 032/DE/13, N° 0386/DE/14 y 227/DE/15, el Expediente N° 0200-2016-0009596-1, y CONSIDERANDO: Que mediante Resolución N° 1102/07/DE se aprobó el Menú Prestacional para la Provisión de Elementos de Óptica con determinadas especificaciones técnicas. Que las Resoluciones N° 607/DE/14, N° 812/DE/11, 032/ DE/13, 386/DE/14, modificaron el Menú Prestacional para la Provisión de Elementos de Óptica y ajustaron los valores para los mencionados elementos. Que la última modificación de los aranceles surge de la Resolución N° 227/15/DE con fecha 13 de abril de 2015. Que en atención a los planteos realizados por varios proveedores respecto del constante incremento de los precios que han sufrido los insumos ópticos, la Gerencia de Prestaciones Médicas solicitó la intervención del Departamento de Estudios Económicos de la Gerencia Económico Financiera, para que evalúe la actualización de los valores del Menú Prestacional. Que dicho Departamento se expidió favorablemente mediante la Providencia N° 103/2016-5104A. Que en base a ello, y a los fines de mantener una prestación de calidad para los afiliados, la Gerencia de Prestaciones Médicas entiende que resulta necesario ajustar los valores que se abonan actualmente para la Provisión de Elementos de Óptica. Que asimismo, resulta pertinente reconocer un adicional diferencial por zona patagónica, incluyendo las provincias de Neuquén, Chubut, Río Negro, Santa Cruz, Tierra del Fuego y La Pampa, para las prestaciones de provisión de elementos de óptica, en virtud de las particularidades locales que implican diferencias de costos que históricamente ha reconocido este Instituto. Que la Gerencia de Asuntos Legales ha tomado la intervención de su competencia, en virtud de la Resolución N° 02/15/DE, sin realizar objeciones. Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los artículos 2° y 3° del Decreto N° 02/04 y el artículo 1° del Decreto PEN N° 86/15, EL DIRECTOR EJECUTIVO DEL ÓRGANO EJECUTIVO DE GOBIERNO DEL INSTITUTO NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS RESUELVE: ARTÍCULO 1°.- Aprobar a partir del 1° de Julio de 2016, un incremento en los valores para la Provisión de Elementos de Óptica, de conformidad con lo detallado en el Anexo I de la presente, aclarando que los mismos revisten el carácter de “precios finales” y que, en consecuencia, ya tienen incluidos todos los impuestos incluso el IVA. ARTÍCULO 2°.- Reconocer un valor diferencial por zona patagónica del 20% adicional sobre el valor a abonar por el Instituto para las Provisiones de Elementos de Óptica, a aplicarse en las provincias de Neuquén, Chubut, Río Negro, Santa Cruz, Tierra del Fuego y la Pampa. ARTÍCULO 3°.- Regístrese, comuníquese y publíquese en el Boletín del Instituto. Cumplido, archívese. RESOLUCIÓN N° 0195 Dr. Carlos J. REGAZZONI – Director Ejecutivo ANEXO I - RESOLUCIÓN N° 0195-17 ELEMENTOS VALORES ($) ANTEOJOS a. Un par de anteojos con armazón acetado y/o metálico con cristales según las Dioptrías (minerales u orgánicos) a.1. Cristales de Esférico del 0,00 al +/- 4,00D con cilindro de 0,25 a +/- 2,00 293,00 índice índice página 1 1 página Año XII - N° 2735 BOLETÍN DEL INSTITUTO BUENOS AIRES, Lunes 20 de Febrero de 2017 b. Un par de anteojos con armazón acetado y/o metálico con cristales según las Dioptrías (minerales u orgánicos) b.1. Cristales de Esférico del 4,25 al +/- 6,00D con cilindro de 2,25 a +/- 4,00 458,00 c. Un par de anteojos con armazón acetado y/o metálico cristales según las Dioptrías (minerales u orgánicos) c.1. Cristales de Esférico de +/- 6,25D más de cilíndrico de +/- 4,25 a +/- 6,00 590,00 d. Un par de anteojos con armazón acetado o metal Bifocales Kriptock blancos orgánicos o minerales 655,00 e. Un par de anteojos con armazón acetado o metal Bifocales Flap Top, Bío-Vis o similar blancos orgánicos. 686,00 LENTES DE CONTACTO Un Par de Lentes de Contacto Blandas Esféricas (el par) 1.255,00 Un Par de Lentes de Contacto Blandas Tóricas (el par) 2.585,00 Un Par de Lentes de Contacto Gas Permeables (el par) 2.038,00 Un Par de Lentes de Contacto Flexibles (el par) 1.176,00 Un Par de Lentes de Contacto Iris Print (el par) 2.191,00 Un par de lentes de contacto terapéuticas (el par) 706,00 SISTEMA DE VISIÓN SUBNORMAL Consulta de evaluación visión subnormal 266,00 Un sistema de visión subnormal Microscópico 2.291,00 Un sistema de visión subnormal Prismático 2.599,00 Un sistema Aplanático Clear Image 8.052,00 Una Lupa de mano o de apoyo sin luz 306,00 Una Lupa de mano o de apoyo con luz 613,00 Un circuito cerrado de televisión 15.281,00 Un Magnificador Electrónico 18.331,00 MÓVIL ÓPTICO Valor móvil óptico por Km. 4,00 IMPORTANTE: Aquellos afiliados que necesiten otro tipo de Elemento Óptico que se encuentre fuera del presente Anexo, la adquisición del mismo deberá ser tramitado y autorizado a través del Subsistema de Vía de Excepción del Sistema Interactivo de Información (SII). Resolución N° 0196 BUENOS AIRES, 17 FEB. 2017 VISTO la Resolución N° 824/DE/15, la Resolución N° 03/DE/16, el Expediente N° 0250-2016-0020395-1, y CONSIDERANDO: Que por el artículo 4° de la Resolución N° 824/DE/16 se crearon, entre otros, los Centros de Atención Personalizada La Carlota, General Cabrera y Ucacha, dependientes de la Unidad de Gestión Local III - Córdoba. Que a fin de mejorar la atención de los afiliados asignados a los Centros de Atención mencionados anteriormente, y que por su cercanía y vías de comunicación requieren ser atendidos en la ciudad de Río Cuarto, la Unidad de Gestión Local III - Córdoba propició la transferencia de los mismos, conjuntamente con los recursos humanos y físicos, al ámbito de cobertura geográfica de la Unidad de Gestión Local XXXVI- Río Cuarto. Que dicha transferencia tiene como objetivo central otorgar a los afiliados y su grupo familiar primario, las prestaciones sanitarias, integrales, integradas y equitativas tendientes a la promoción, prevención, proyección, recuperación y rehabilitación de la salud sobre la base de la distribución geográfica y cercanía a los centros de mayor complejidad. Que la Secretaría General Técnico Operativa, la Gerencia de Asuntos Legales y la Secretaría General Técnico Jurídica han tomado la debida intervención en el marco de sus competencias. Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los Artículos 2° y 3° del Decreto PEN N° 02/04 y el Artículo 1° del Decreto PEN N° 86/15, EL DIRECTOR EJECUTIVO DEL ÓRGANO EJECUTIVO DE GOBIERNO DEL INSTITUTO NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS RESUELVE: ARTÍCULO 1°.- Transferir los Centros de Atención Personalizada índice índice página 2 2 página Año XII - N° 2735 BOLETÍN DEL INSTITUTO BUENOS AIRES, Lunes 20 de Febrero de 2017 La Carlota, General Cabrera y Ucacha, dependientes de la Unidad de Gestión Local III - Córdoba, conjuntamente con los recursos humanos y físicos, al ámbito de cobertura geográfica de la Unidad de Gestión Local XXXVI - Río Cuarto, según lo detallado en el Anexo I que pasa a formar parte de la presente. ARTÍCULO 2°.- Instruir a la Secretaría General de Planificación y Modernización para que realice los cambios que correspondan en el Padrón de afiliados del Instituto. ARTÍCULO 3°.- Regístrese, comuníquese y publíquese en el Boletín del Instituto. Cumplido, archívese. RESOLUCIÓN N° 0196 Dr. Carlos J. REGAZZONI – Director Ejecutivo ANEXO I - RESOLUCIÓN N° 0196-17 CANTIDAD DE AFILIADOS POR CAP CÓDIGO DE LA UNIDAD DE GESTIÓN LOCAL CÓDIGO DE LA UNIDAD DE GESTIÓN LOCAL (AGENCIA) DESCRIPCIÓN DE LA UNIDAD DE GESTIÓN LOCAL (AGENCIA) TOTAL CON VETERANOS DE GUERRA TOTAL SIN VETERANOS DE GUERRA TOTAL VETERANOS DE GUERRA 03 030433 AGENCIA GRAL. CABRERA 5.277 5.228 49 03 030419 03 030455 AGENCIA LA CARLOTA 3.415 3.368 47 AGENCIA UCACHA 1.833 1.818 15 Disposición Conjunta N° 0058 BUENOS AIRES, 17 FEB. 2017, VISTO el Expediente N° 0200-2013-0012847-5, y CONSIDERANDO: Que por el actuado citado en el Visto tramitó la contratación de los servicios de vigilancia y protección patrimonial de la sede de Nivel Central, sita en Av. Corrientes 635/655/675, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por el término de doce (12) meses, con opción a renovación por hasta igual período. Que mediante Disposición N° 103/14/CE se adjudicó la Licitación Pública N° 95/13 a la firma LIDERES CONSULTORES DE SEGURIDAD S.R.L., por la suma de presos tres millones setecientos cincuenta y dos mil doscientos cincuenta y ocho con 40/100 ($3.752.258,40), emitiéndose en su favor las Órdenes de Compra N° 4500077272/14, por el período comprendido entre el 1° de Agosto y el 31 de Diciembre de 2014 y N° 4500091908/15, por el período comprendido entre el 1° de Enero y el 31 de Julio de 2015. Que por Disposición Conjunta N° 374/15/GAyUPCPSI se procedió a renovar la presente contratación por un plazo de cinco (5) meses a la firma LIDERES CONSULTORES DE SEGURIDAD S.R.L., por la suma de pesos dos millones seiscientos cuarenta y cinco mil quinientos veinte con 00/100 ($2.645.520,00) emitiéndose la Orden de Compra N° 4500114683/15, por el período comprendido entre el 1° de Agosto y el 31 de Diciembre de 2015. Que asimismo, por Disposición N° 053/16/SE se procedió a renovar por un plazo de seis (6) meses, y ampliar en un 10,32% aproximadamente la contratación a la mencionada firma, emitiéndose en su favor la Orden de Compra N° 4500142892/16, por el período comprendido entre el 1° de Enero y el 30 de Junio de 2016. Que, posteriormente, mediante Disposiciones N° 114/16/SE y N° 160/16/SE se procedió a renovar nuevamente la misma por el término de seis (6) meses a la firma LIDERES CONSULTORES DE SEGURIDAD S.R.L., por la suma de pesos cuatro millones ochocientos treinta y dos mil seiscientos diecinueve con 60/100 ($4.832.619,60), emitiéndose en su favor la Orden de Compra N° 4500155057/16, por el período comprendido entre el 1° de Julio y el 31 de Diciembre de 2016. Que no obstante lo expuesto y dado que el vencimiento de la presente contratación operó el 31 de Diciembre de 2016 y, a los efectos de no discontinuar el Servicio de Seguridad del edificio sito en Av. Corrientes 635/655/675 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la Unidad de Planificación y Coordinación de Políticas de Seguridad del Instituto solicitó gestionar una renovación hasta el 31 de Marzo de 2017, o hasta tanto se adjudique la nueva licitación, lo que ocurra primero. Que habiéndose realizado la correspondiente consulta, la firma LIDERES CONSULTORES DE SEGURIDAD S.R.L. manifiesta que acepta la renovación, solicitando un aumento del 16,06% en el valor del servicio. Que se dio intervención al Departamento Estudios Económicos dependiente de la Gerencia Económico Financiera, quien informa que el incremento para la renovación por el término de tres (3) meses de la presente contratación no debería superar el 3,93% aproximadamente. Que consultada la firma LIDERES CONSULTORES DE SEGURIDAD S.R.L. manifiesta que acepta la renovación dentro de valores que resultan aceptables para el Instituto. Que en virtud de lo expuesto, resulta procedente renovar desde la fecha de su vencimiento y por el término de tres (3) meses o hasta tanto se adjudique la nueva Licitación, lo que ocurra primero, la contratación efectuada por Licitación Pública N° 95/13 a favor de la firma LIDERES CONSULTORES DE SEGURIDAD S.R.L. Que la renovación propiciada se encuentra contemplada en los alcances del artículo 82°, inciso c) del Anexo I de la Resolución N° 135/03/I, que fuera modificado por el artículo 1° de la Resolución índice índice página 3 3 página Año XII - N° 2735 BOLETÍN DEL INSTITUTO BUENOS AIRES, Lunes 20 de Febrero de 2017 N° 140/15/DE. Que la Subgerencia de Compras y Contrataciones en cumplimiento de lo dispuesto en la Resolución N° 821/15/DE procedió a efectuar la reserva de la correspondiente Partida Presupuestaria. Que de acuerdo a lo dispuesto en la Resolución N° 140/15/DE se emitió la correspondiente Comunicación de Disposición de Recursos a la Subdirección Ejecutiva, prevista en el Anexo II de la Resolución N° 844/DE/16. Que resulta procedente autorizar a la Subgerencia de Compras y Contrataciones a emitir y suscribir la correspondiente Orden de Compra, facultándola a disponer su liberación al solo efecto de su inclusión al Sistema de Gestión Económico Financiero. Que las Gerencias de Administración, y Económico Financiera han tomado la intervención de su competencia. Por ello, y en uso de las facultades conferidas por las Resoluciones N° 004/15/DE, N° 844/16/DE y N° 2152/16/DE, EL GERENTE DE ADMINISTRACIÓN Y EL TITULAR DE LA UNIDAD DE PLANIFICACIÓN Y COORDINACIÓN DE POLÍTICAS DE SEGURIDAD DEL INSTITUTO NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS DISPONEN: ARTÍCULO 1°.- Renovar, en los términos del artículo 82°, inciso c) del Anexo de la Resolución N° 135/03/I (modificado por el artículo 1° de la Resolución N° 140/15/DE), a partir de la fecha de su vencimiento y por el término de tres (3) meses, o hasta tanto se adjudique la nueva licitación, lo que ocurra primero, la contratación efectuada por Licitación Pública N° 95/13, a la firma LIDERES CONSULTORES DE SEGURIDAD S.R.L., por los servicios de vigilancia y protección patrimonial de la sede de Nivel Central, sita en Av. Corrientes 635/655/675, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, conforme al Anexo que se agrega y pasa a formar parte de la presente. ARTÍCULO 2°.- Establecer que el monto total de renovación a la firma LIDERES CONSULTORES DE SEGURIDAD S.R.L. asciende a la suma de HASTA PESOS DOS MILLONES QUINIENTOS ONCE MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y OCHO ($2.511.288,00). ARTÍCULO 3°.- Autorizar a la Gerencia de Administración a emitir y suscribir la correspondiente Orden de Compra, facultándola a disponer su liberación al sólo sólo efecto de su inclusión en el Sistema de Gestión Económico Financiero, conforme la renovación dispuesta en el Artículo 1° de la presente. ARTÍCULO 4°.- Regístrese, comuníquese y publíquese en el Boletín del Instituto. Cumplido, archívese. DISPOSICIÓN CONJUNTA N° 0058/GA-UPCPS/2017 Enrique M. NOLTING – Gerente de Administración Eduardo CASAÑAS PITTÉ – Titular de Unidad de Planificación y Coordinación de Políticas de Seguridad del Instituto ANEXO - DISPOSICIÓN CONJUNTA N° 0058-17 LIDERES CONSULTORES DE SEGURIDAD S.R.L. DESCRIPCIÓN CANTIDAD DE CANTIDAD DE HORAS HASTA MESES HASTA Contratación de los servicios de vigilancia y protección patrimonial de la sede de Nivel Central, sita en Av. Corrientes 635/655/675, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por el término de tres (3) meses o hasta tanto se adjudique la nueva licitación, lo que ocurra primero. 16.098 3 PRECIO MENSUAL PRECIO TOTAL HASTA $ 156,00 $ 2.511.288,00 EL MONTO TOTAL DE LA PRESENTE RENOVACIÓN ASCIENDE A LA SUMA DE HASTA PESOS DOS MILLONES QUINIENTOS ONCE MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y OCHO ($2.511.288,00). Disposición Conjunta N° 0059 BUENOS AIRES, 17 FEB. 2017 VISTO el Expediente N° 0200-2017-0001947-0, y CONSIDERANDO: Que por el expediente citado en el visto tramita la adquisición de sillas de ruedas especiales a medida nuevas, sin uso, para atender la demanda de los afiliados del Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados (en adelante, el “Instituto”). Que la Subgerencia de Prestaciones y Provisiones Especiales de la Gerencia de Prestaciones Médicas remitió en forma individual distintos requerimientos de sillas de ruedas especiales a medida y determinó la cantidad de elementos a adquirir, sus especificaciones técnicas y el costo estimado. Que, no obstante, se entendió procedente agrupar dichos requerimientos en un único llamado a Trámite Simplificado a fin de optimizar los recursos. Que asimismo cabe destacar que los insumas requeridos no se encuentran incluidos en ninguna Licitación Pública en trámite, y que la pronta adquisición de los mismos resultan necesarios a fin de no menoscabar la salud de los afiliados del Instituto. Que, en consecuencia, la Subgerencia de Compras y Contrataciones ha elaborado el Pliego de Bases y Condiciones índice índice página 4 4 página Año XII - N° 2735 BOLETÍN DEL INSTITUTO BUENOS AIRES, Lunes 20 de Febrero de 2017 Particulares, Especificaciones Técnicas y Anexos que regirá el llamado para la contratación que se propicia. Que de conformidad con lo establecido por los artículos 19° inciso d) punto 10), 25° inciso a) y 26° del Régimen General de Contratación de Bienes, Servicios y Prestadores de Servicios Médico Asistenciales y Sociales del Instituto, aprobado por Resolución N° 135/I/03, corresponde realizar un llamado a Trámite Simplificado, con la modalidad de Contratación Consolidada y bajo la clase de Etapa Única. Que corresponde su difusión en la página de internet del Instituto con al menos tres (3) días de antelación a la fecha fijada para la apertura. Que, asimismo, se deberá invitar a los proveedores del rubro que se encuentren inscriptos en el Registro Informático Único Nacional de Proveedores y Prestadores de este Instituto, a presentar ofertas en el presente Trámite Simplificado. Se deberá dejar constancia en el expediente del envío de dichas invitaciones. Que la Subgerencia de Compras y Contrataciones procedió a solicitar la reserva de la correspondiente Partida Presupuestaria de conformidad a lo dispuesto en el Anexo III de la Resolución N° 821/DE/15. Que de acuerdo a lo establecido por Resolución N° 844/DE/16 se procedió a emitir las correspondientes Comunicaciones de Disposición de Recursos. Que la Asesoría Legal de la Gerencia de Administración ha tomado la intervención de su competencia. Por ello, y en uso de las facultades conferidas por la Resoluciones N° 004/DE/15, N° 002/DE/16 y N° 0844/DE/16, EL GERENTE DE ADMINISTRACIÓN Y EL GERENTE DE PRESTACIONES MÉDICAS DEL INSTITUTO NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS DISPONEN: ARTÍCULO 1°.- Autorizar a efectuar un llamado a Trámite Simplificado encuadrando la contratación en los términos de los artículos 19° inciso d) punto 10), 25° inciso a) y 26° del Régimen General de Contratación de Bienes, Servicios y Prestadores de Servicios Médico Asistenciales y Sociales del Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados, aprobado por Resolución N° 135/I/03, para la adquisición de sillas de ruedas especiales a medida, nuevas, sin uso, para atender la demanda de los afiliados del Instituto en todo el país. ARTÍCULO 2°.- Aprobar el Pliego de Bases y Condiciones Particulares, Especificaciones Técnicas y Anexos, que se agrega y pasa a formar parte de la presente. ARTÍCULO 3°.- Difundir el presente llamado en la Página de Internet del Instituto www.pami.org.ar. ARTÍCULO 4°.- Invitar a los proveedores del rubro que se encuentren inscriptos en la base de datos del Registro de Proveedores de este lnstituto a presentar ofertas en el presente Trámite Simplificado, dejando constancia en las actuaciones. ARTÍCULO 5°.- Regístrese, comuníquese y publíquese en el Boletín del Instituto. Cumplido, archívese. DISPOSICIÓN CONJUNTA N° 0059/GA-GPM/2017 Dr. Hernán Carlos CHAVIN – Gerente de Prestaciones Médicas Enrique M. NOLTING - Gerente de Administración Consulte los anexos aquí o envíe el Formulario de Solicitud de Documentación por correo a: [email protected] Disposición N° 0042 BUENOS AIRES, 17 FEB. 2017 VISTO el Expediente N° 0200-2016-0008601-4 y, CONSIDERANDO: Que mediante el expediente citado en el visto tramita la contratación de espacio y servicio para la guarda de la documentación del Instituto, contando con todas las medidas de seguridad y equipamiento tecnológico especifico; consultas vía electrónica/web de personal autorizado, retiro y entrega de la documentación, tanto programada como no programada, periódica y express, por el término de doce (12) meses, con opción a renovación por hasta igual período. Que en tal sentido la Subgerencia de Recursos Físicos determinó las respectivas especificaciones técnicas y cláusulas Particulares y estableció el costo estimado de la presente erogación. Que sobre la base de lo requerido, la Subgerencia de Compras y Contrataciones procedió a la elaboración del Pliego de Bases y Condiciones Particulares y Especificaciones Técnicas y Anexos que regirá el presente llamado. Que de acuerdo a lo dispuesto en los artículos 19° inciso a), 25° inciso a) y 26° del Régimen General de Contratación de Bienes, Servicios y Prestadores de Servicios Médico Asistenciales y Sociales del I.N.S.S.J.P., aprobado por Resolución N° 135/03-I del 8 de Agosto de 2003 y sus modificaciones, corresponde realizar un llamado a Licitación Pública, bajo la modalidad de Contratación Consolidada. Que la convocatoria a presentar ofertas deberá efectuarse mediante la publicación de avisos en el Boletín Oficial y en un (1) diario de mayor circulación por el término de dos (2) días hábiles con un mínimo de CINCO (5) días hábiles de antelación a la fecha fijada para la apertura, computados a partir del día siguiente de la última publicación, conforme a los Artículos 38° y 39° del Régimen de Contratación vigente. Que la convocatoria deberá efectuarse, asimismo, mediante el envío de las invitaciones a los proveedores del rubro que se encuentren inscriptos en el Registro Informático Único Nacional de Proveedores y Prestadores del Instituto, con un mínimo de CINCO (5) días hábiles de antelación a la fecha fijada para la apertura y mediante la publicación del Pliego de Bases y Condiciones Particulares y Especificaciones Técnicas y Anexos en la página de Internet del Instituto, en forma simultánea, desde que se cursen las invitaciones hasta el día de la apertura. Que la Subgerencia de Compras y Contrataciones procedió a la realización de la respectiva imputación presupuestaria para índice índice página 5 5 página Año XII - N° 2735 BOLETÍN DEL INSTITUTO BUENOS AIRES, Lunes 20 de Febrero de 2017 afrontar la presente erogación, de conformidad con lo exigido por la normativa del Instituto. Que la Subdirección Ejecutiva y la Dirección Ejecutiva de este Instituto han tomado conocimiento de la disposición de recursos de acuerdo a la normativa vigente. Que la Gerencia Económico Financiera ha tomado la intervención de su competencia. Que la Secretaria General Técnico Jurídica ha tomado intervención en el marco de su competencia, no encontrando objeciones jurídicas que formular para la suscripción de la presente. Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los Artículos 2° y 3° del Decreto N° 02/04 y el Artículo 2° del Decreto N° 86/15, ambos del Poder Ejecutivo Nacional, y a la luz de lo normado por las Resoluciones N° 0844/DE/16 y N° 1321/DE/16, EL SUBDIRECTOR EJECUTIVO DEL ÓRGANO EJECUTIVO DE GOBIERNO DEL INSTITUTO NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS DISPONE: ARTÍCULO 1°.- Autorizar a efectuar un llamado a Licitación Pública encuadrando la contratación en los términos del artículo 19° inciso a), 25° inciso a) y 26° del “Régimen General de Contratación de Bienes, Servicios y Prestadores de Servicios Médico Asistenciales y Sociales” del Instituto, aprobado por Resolución N° 135/03-I del 8 de agosto de 2003 y sus modificaciones, para la contratación de espacio y servicio para la guarda de la documentación del Instituto, contando con todas las medidas de seguridad y equipamiento tecnológico especifico; consultas vía electrónica/web de personal autorizado, retiro y entrega de la documentación, tanto programada como no programada, periódica y express, por el término de doce (12) meses, con opción a renovación por hasta igual período. ARTÍCULO 2°.- Aprobar el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y Especificaciones Técnicas y Anexos que se agrega y pasa a formar parte de la presente. ARTÍCULO 3°.- Aprobar el modelo de Aviso que en UNA (1) foja se agrega y pasa a formar parte de la presente como Anexo, para su publicación en el Boletín Oficial y en un (1) diario de mayor circulación, por el término de DOS (2) días hábiles, con un mínimo de CINCO (5) días hábiles de antelación a la fecha fijada para la apertura, computados a partir del día siguiente a su publicación, conforme lo establecido por los Artículos 38° y 39° del Régimen de Contratación vigente. ARTÍCULO 4°.- Invitar con un mínimo de CINCO (5) días hábiles de antelación a la fecha fijada para la Apertura de las ofertas, a los proveedores que se encuentren inscriptos en el Registro Informático Único Nacional de Proveedores y Prestadores de este Instituto, a presentar ofertas en la presente Licitación Pública, dejando constancia en las actuaciones. ARTÍCULO 5°.- Difundir desde el día en que se cursen las invitaciones y hasta el día de la apertura de las ofertas en la página de Internet del Instituto. ARTÍCULO 6°.- Delegar las suscripciones de Circulares con o sin consulta y modificaciones del Pliego de Bases y Condiciones Particulares y Especificaciones Técnicas y Anexos en la Gerencia de Administración. ARTÍCULO 7°.- Regístrese, comuníquese y publíquese en el Boletín del Instituto. Cumplido, archívese. DISPOSICIÓN N° 0042/SDE/17 Dr. Gonzalo RIOBÓ – Subdirector Ejecutivo MODELO DE AVISO- ANEXO DISPOSICIÓN N° 0042-17 ORGANISMO CONTRATANTE INSTITUTO NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS LLAMASE A LICITACIÓN PÚBLICA N° /17 PARA LA CONTRATACIÓN DE ESPACIO Y SERVICIO PARA LA GUARDA DE LA DOCUMENTACIÓN DEL INSTITUTO, CONTANDO CON TODAS LAS MEDIDAS DE SEGURIDAD Y EQUIPAMIENTO TECNOLÓGICO ESPECÍFICO; CONSULTAS VIA ELECTRÓNICA/WEB DE PERSONAL AUTORIZADO, RETIRO Y ENTREGA DE LA DOCUMENTACIÓN, TANTO PROGRAMADA COMO NO PROGRAMADA, PERIÓDICA Y EXPRESS, POR EL TÉRMINO DE DOCE (12) MESES CON OPCIÓN A RENOVACIÓN POR HASTA IGUAL PERÍODO. EXPEDIENTE N° 0200-2016-0008601-4 PLIEGOS E INFORMACIÓN EN: PAGINA DE INTERNET: www.pami.org.ar VALOR DEL PLIEGO: SIN COSTO CONSULTAS AL PLIEGO Por nota dirigida a la Subgerencia de Compras y Contrataciones Av. Corrientes 655 - 6to piso - CABA Correo Electrónico: [email protected] Hasta tres (3) días hábiles previo a la apertura de las ofertas PRESENTACIÓN DE OFERTAS EN: Subgerencia de Compras y Contrataciones Corrientes 655 - Planta baja Ciudad Autónoma de Buenos Aires Hasta la hora fijada para la apertura de las ofertas LUGAR DE APERTURA Subgerencia de Compras y Contrataciones Corrientes 655 - Planta baja Ciudad Autónoma de Buenos Aires APERTURA: de de 2017 HORA: Hrs. Consulte los anexos aquí o envíe el Formulario de Solicitud de Documentación por correo a: [email protected] Disposición N° 0043 BUENOS AIRES, 17 FEB. 2017 VISTO el Expediente N° 0200-2013-0009351-5 y Resolución N° 32/DE/15, y CONSIDERANDO Que por el expediente citado se tramita la provisión de insumos para cirugía cardiovascular, para atender la demanda de los índice índice página 6 6 página Año XII - N° 2735 BOLETÍN DEL INSTITUTO BUENOS AIRES, Lunes 20 de Febrero de 2017 afiliados del INSTITUTO en todo el país. Que por Disposición N° 113/CE/14 de la Coordinación Ejecutiva se autorizó la realización de un llamado registrado como Licitación Pública N° 53/14 en los términos establecidos por los artículos 19° inciso a); 25° incisos a) y c); 26° y 28° del Régimen General de Contratación de Bienes, Servicios y Prestadores de Servicios Médico Asistenciales y Sociales del Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados, aprobado por Resolución N° 135/03-I del 8 de Agosto de 2003 y sus modificatorias. Que por Resolución 32/DE/15 se adjudicó parcialmente la Licitación Pública precitada a las firmas ST JUDE MEDICAL ARGENTINA S.A., LATECBA S.A. y FOC MEDICAL S.A. por la suma de PESOS DOCE MILLONES NOVECIENTOS CUARENTA Y SEIS MIL SEISCIENTOS SETENTA Y CINCO ($12.946.675,00). Que por Resoluciones N° 822/DE/15, N° 240/DE/16, N° 1564/ DE/16 y Disposición Conjunta N° 216/GA-GPM/16 se aprobó la renovación de los contratos con las firmas adjudicatarias. Que por expediente N° 0200-2016-0011374-7 se encuentra tramitando la Licitación Pública N° 83/16, la cual tuvo fecha de apertura el día 06/12/2016. Que atento el vencimiento de los contratos y toda vez que la Licitación Pública mencionada en el considerando anterior no se encuentra adjudicada, la Gerencia de Prestaciones Médicas solicitó arbitrar los medios necesarios a fin de renovar los mismos. Que a tal fin la Subgerencia de Compras y Contrataciones solicitó su conformidad a las firmas adjudicatarias a los efectos de proceder a la renovación de los contratos desde la fecha de su vencimiento por el término de tres (3) meses o hasta la notificación de un nuevo adjudicatario, lo que ocurra primero. Que por su parte las firmas ST JUDE MEDICAL ARGENTINA S.A. y LATECBA S.A. manifestaron su conformidad en un todo de acuerdo a lo requerido por el Instituto. Que la firma FOC MEDICAL S.A. manifestó la necesidad de un incremento sobre los valores unitarios a los efectos de proceder a la renovación. Que en tal sentido se dio intervención al Departamento de Estudios Económicos dependiente de la Gerencia Económico Financiera el cual manifestó los valores por los cuales el Instituto podría proceder a la renovación del contrato, cuya aplicación representa un incremento del nueve por ciento (9%) sobre los precios unitarios. Que en consecuencia se notificó a la precitada firma lo informado por la Gerencia Económico Financiera y la misma manifestó que no acepta la contrapropuesta de precios ofrecida por este Instituto. Que en virtud de lo expuesto resulta procedente renovar los contratos celebrados con las firmas ST JUDE MEDICAL ARGENTINA S.A. y LATECBA S.A. a partir de la fecha de su vencimiento por el término de tres (3) meses o hasta la notificación de un nuevo adjudicatario, lo que ocurra primero, para la provisión de insumos para cirugía cardiovascular para atender la demanda de los afiliados del Instituto en todo el país, conforme a los valores detallados en el Anexo I de la presente y en un todo de acuerdo a las demás condiciones establecidas en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y Especificaciones Técnicas y Anexos de la Licitación Pública N° 53/14. Que la renovación propiciada se encuentra contemplada en los alcances del artículo 82°, inciso c) del Anexo I de la Resolución N° 135/I/03, que fuera modificado por el artículo 1° de la Resolución N° 140/DE/15. Que el monto total de la presente renovación asciende a la suma de PESOS ONCE MILLONES SEISCIENTOS SESENTA Y SEIS MIL SEISCIENTOS SETENTA Y CINCO CON 75/100 ($11.666.675,75) Que la Subgerencia de Compras y Contrataciones procedió a solicitar la reserva de la correspondiente partida presupuestaria de conformidad a lo dispuesto en el Anexo III de la Resolución N° 821/DE/15. Que de acuerdo a lo establecido por Resolución N° 844/DE/16 y Artículo 3° de la Resolución N° 140/DE/15 se procedió a emitir las correspondientes Disposiciones de Recursos. Que la Gerencia de Administración y la Gerencia de Prestaciones Médicas han tomado la intervención de su competencia. Que la Secretaría General Técnico Jurídica emitió el dictamen que le compete sin objeciones legales. Por ello, en uso de las facultades conferidas por los Artículos 2° y 3° del Decreto N° 02/04 y el Artículo 2° del Decreto N° 86/15 ambos del Poder Ejecutivo Nacional, EL SUBDIRECTOR EJECUTIVO DEL ÓRGANO EJECUTIVO DE GOBIERNO DEL INSTITUTO NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS DISPONE: ARTÍCULO 1°.- Renovar, en los términos del artículo 82, inciso c) del Anexo I de la Resolución N° 135/I/03 (modificado por el artículo 1 de la Resolución N° 140/DE/15), los contratos celebrados en el marco de la Licitación Pública N° 53/14 con las firmas ST JUDE MEDICAL ARGENTINA S.A. y LATECBA S.A. para la provisión de insumas para cirugía cardiovascular para atender la demanda de los afiliados del Instituto en todo el país desde la fecha de su vencimiento, por el término de tres (3) meses o hasta la notificación de un nuevo adjudicatario, lo que ocurra primero, por la suma de PESOS ONCE MILLONES SEISCIENTOS SESENTA Y SEIS MIL SEISCIENTOS SETENTA Y CINCO CON 75/100 ($11.666.675,75), conforme a los valores detallados en el Anexo I que se agrega y forma parte de la presente. ARTÍCULO 2°.- Autorizar a la Gerencia de Administración a emitir y suscribir las correspondientes Ordenes de Compra a favor de las firmas mencionadas en el Artículo 1°, facultándola a disponer su liberación al sólo efecto de su inclusión en el Sistema de Gestión Económico Financiero. ARTÍCULO 3°.- Autorizar a las Gerencias de Administración índice índice página 7 7 página Año XII - N° 2735 BOLETÍN DEL INSTITUTO BUENOS AIRES, Lunes 20 de Febrero de 2017 y de Prestaciones Médicas a suscribir en forma conjunta las respectivas Actas Acuerdo con las firmas ST JUDE MEDICAL ARGENTINA S.A. y LATECBA S.A. cuyo modelo se adjunta como Anexo II y forma parte de la presente. ARTÍCULO 4°.- Regístrese, comuníquese, publíquese en el Boletín del Instituto. Cumplido, archívese. DISPOSICION N° 0043/SDE/17 Dr. Gonzalo RIOBÓ – Subdirector Ejecutivo ANEXO I - DISPOSICIÓN N° 0043-17 ST JUDE MEDICAL ARGENTINA S.A. Renglón Descripción Cantidad Precio Unitario Precio Total hasta 4 Válvula Biológica de pericardio bovino 175 $ 20.705,54 $ 3.623.469,50 5 Válvula Protésica cardiaca 163 $ 26.000,00 $ 4.238.000,00 6 Válvula Protésica cardiaca 60 $ 26.000,00 $ 1.560.000,00 18 Tubos Valvulares 35 $ 39.736,10 $ 1.390.763,50 El monto total de la presente renovación con la firma ST JUDE MEDICAL ARGENTINA S.A asciende a la suma de PESOS DIEZ MILLONES OCHOCIENTOS DOCE MIL DOSCIENTOS TREINTA Y TRES.- $ 10.812.233,00 LATECBA S.A. Renglón Descripción Cantidad Precio Unitario 11 Prótesis vascular de poliéster 105 $ 8.137,55 El monto total de la presente renovación con la firma LATECBA S.A asciende a la suma de PESOS OCHOCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y DOS CON 75/100. Precio Total hasta $ 854.442,75 $ 854.442,75 EL MONTO TOTAL DE LA PRESENTE RENOVACION ASCIENDE A LA SUMA DE HASTA PESOS ONCE MILLONES SEISCIENTOS SESENTA Y SEIS MIL SEISCIENTOS SETENTA Y CINCO CON 75/100.- ($ 11.666.675,75). ANEXO II - DISPOSICION N° 0043-17 MODELO ACTA ACUERDO Entre el Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados, representado en este acto por .................. en su carácter de Gerente de Administración y .............. en su carácter de Gerente de Prestaciones Médicas, con domicilio en.............. , Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por una parte, y por la otra.................. , representada por .............. (DNI.........), en su carácter de con domicilio en ................ Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con relación al contrato suscripto en el marco de la Licitación Pública N° 53/14 en virtud de la adjudicación dispuesta por Resolución N° 32/15-DE, dictada en el Expediente N° 0200-20130009351-5 acuerdan lo siguiente: CLÁUSULA PRIMERA: Las partes acuerdan renovar el contrato citado en el exordio de acuerdo a lo dispuesto por Disposición N°.......... , desde la fecha de su vencimiento por el término de tres (3) meses o hasta la notificación de un nuevo adjudicatario, lo que ocurra primero, conforme los valores expresados en el Anexo I de la citada Resolución, y demás condiciones originalmente pactadas. CLÁUSULA SEGUNDA: Las partes ratifican el contrato individualizado en el exordio, en todo aquello que no haya sido modificado por la presente acta. En prueba de conformidad, se firman tres (3) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los ........días del mes de...... de ......... Disposición N° 0044 BUENOS AIRES, 17 FEB. 2017 V I STO e l E x p e di ente N ° 0 2 0 0 -2 016 - 0 0 0 9 3 9 6 -7, las Resoluciones N° 135/I/03, 1039/DE/10 y 0002/DE/15 y, CONSIDERANDO: Que, mediante el artículo 60 de la Resolución N° 135/I/03, se estableció que la integración de la Comisión Evaluadora deberá ser definida por la máxima autoridad del Instituto para cada contratación. Que, a través de la Resolución N° 1039/DE/10, el Director Ejecutivo del Instituto delegó en la COORDINACIÓN EJECUTIVA la competencia reglamentaria relativa a la designación, integración y demás aspectos operativos de las Comisiones Evaluadoras. Que por el artículo 3° de la Resolución N° 0002/DE/15 se asignó a la SUBDIRECCIÓN EJECUTIVA los objetivos índice índice página 8 8 página Año XII - N° 2735 BOLETÍN DEL INSTITUTO BUENOS AIRES, Lunes 20 de Febrero de 2017 y responsabilidades que hacían a la competencia de la COORDINACIÓN EJECUTIVA, suprimiéndose ésta última. Que por el expediente citado en el VISTO se encuentra en trámite la Licitación Pública N° 07/17, cuyo objeto consiste en la contratación para la ejecución de las obras de ampliación, refacción y remodelación del inmueble ubicado en la calle Sarmiento 373 Rosario, Provincia de Santa Fe. Que, en razón de lo expuesto, resulta necesario designar a los integrantes de la Comisión Evaluadora que intervendrá en el mencionado proceso de contratación. Por ello, y en virtud de las facultades conferidas por los artículos 2° y 3° del Decreto N° 2/04 y el artículo 2° del Decreto N° 86/15, ambos del Poder Ejecutivo Nacional, y por la Resolución N° 0002/DE/15, EL SUBDIRECTOR EJECUTIVO DEL ÓRGANO EJECUTIVO DE GOBIERNO DEL INSTITUTO NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS DISPONE: A RTÍ CU LO 1°.- D e s i g nar par a i nte g r ar l a C o m i s i ó n Evaluadora correspondiente a la Licitación Pública N° 07/17 a los agentes: GINES Flavio (Documento Nacional de Identidad N° 16.844.643), MONALDI, Leslie Malen (DNI. N° 34.721.883) y CUESTA, Erika (Legajo N° 64.919). ARTÍCULO 2°.- Regístrese, comuníquese y publíquese en el Boletín del Instituto. Cumplido, archívese. DISPOSICIÓN N° 0044/SDE/2017 Dr. Gonzalo RIOBÓ - Subdirector Ejecutivo Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados Dr. Carlos Javier REGAZZONI - Director Ejecutivo Dr. Gonzalo Luis RIOBÓ - Subdirector Ejecutivo ISO 9001:2008 Management System www.tuv.com ID 9105061801 Boletin del Instituto: Resoluciones N° 0439/DE/04, 0039/DE/16 y 1045/DE/16 Edición: División Gestión Electrónica de Normativa Departamento Despacho. Unidad Secretaría Administrativa [email protected] / [email protected] [email protected] índice índice página 9 9 página
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