Resumen Ejecutivo de Reforma Fiscal (2).pub - MGI México

“RESUMEN EJECUTIVO DE
REFORMA FISCAL 2014 “
Introducción:
Contenido:
El pasado mes de Septiembre de 2013 el Ejecutivo
Federal dio a conocer el paquete de reforma fiscal
para 2014. Nació así la “Reforma Hacendaria” del
•
Ley de Ingresos de
la Federación.
•
Eliminación del
I.D.E. y el I.E.T.U.
•
Ley del I.V.A.
•
Nueva Ley del
I.S.R.
•
Principales cambios al Código Fiscal de la Federación.
•
Ley Aduanera.
gobierno de Enrique Peña Nieto, su primer paquete
fiscal presentado al país. Después de semanas de
discusiones, cabildeos y negociaciones entre las autoridades fiscales, los partidos políticos y grupos
empresariales finalmente en tiempo se aprobaron
las modificaciones finales con el paquete fiscal para
2014.
Durante las semanas previas a la votación final que
fue el 28 de Octubre de 2014 se comentó mucho en
los medios de comunicación y en las redes sociales
temas como el de I.V.A. a colegiaturas, rentas de
casas e intereses sobre créditos hipotecarios, que
finalmente no fueron aprobadas en el Congreso por
los diputados y senadores; sin embargo se han presentado una serie de reformas fiscales muy importantes que debemos analizar por su posible impacto
Con la Reforma Hacendaria se decreta una
NuevaLeydelImpuesto
SobrelaRentaconcambiosimportantesaconsiderar.
Resumen Ejecutivo de Reforma Fiscal 2014
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PRINCIPALES CAMBIOS:
Algunos de los puntos clave de la Reforma Fiscal 2014 que tienen mayor repercusión y que deben tomarse en cuenta son:
Con la Nueva Ley
del I.S.R. se presentan cambios significativos al eliminarse
exenciones, reducirse deducciones y
cambios de fondo a
los diferentes regímenes fiscales
•
Eliminación del I.D.E. y el I.E.T.U.
•
Tasa del 16% en Impuesto al Valor Agregado en la Región Fronteriza.
•
Desaparece el Régimen de Pequeños Contribuyentes, quienes pagarán el
I.V.A.
•
-------
Nace el Régimen de Incorporación Fiscal para personas físicas con actividad empresarial e ingresos menores a 2 millones de pesos.
•
Se limita la deducción de previsión social para los patrones en un 47%.
•
Desparece el Régimen Simplificado y se crean capítulos especiales para
agricultores, ganaderos y pescadores, así como transportistas con básicamente los mismos beneficios actuales.
“ll reforma aumenta una
obligación más al contribuyente al establecer como requisito para la deducción de nomina el
emitir un CFDI lo cual
robustece y encarece a la
administración de los
contribuyentes”
Francisco Gámez, socio
MGI Los Mochis.
•
Los Dividendos tendrán una pago de I.S.R. definitivo del 10% a partir de
2014.
•
Baja el tope de inversión en automóviles de $ 175,000 a $ 130,000.
•
No habrá opción de deducción inmediata por inversiones en activos fijos.
•
Los ingresos por ganancias en bolsa pagarán una tasa del I.S.R. del 10%.
Resumen Ejecutivo de Reforma Fiscal 2014
A la fecha esta en negociaciones para 2014 un
•
contribuyentes
con
ingresos
superiores
a
$100,000,000.00.
ma del Dictamen Fiscal
por parte del InsƟtuto
Mexicano de Contadores
El Dictamen Fiscal queda optativo, a partir del siguiente año,
para
posible cambio al esque-
3
•
Deducción de vales de despensa solo por monederos electrónicos. autorizados por el S.A.T.
Públicos y el S.A.T.
•
Desaparece en forma gradual el Régimen de Consolidación
Fiscal para grupos empresariales.
•
Los contribuyentes con ingresos mayores a $ 250,000 deberán utilizar Comprobantes Fiscales Digitales por Internet.
•
Reducción de 45 a 30 días para plazo en Recurso de Revocación. Nace el Buzón Tributario como un esquema de tramites
del contribuyente y comunicación ante la autoridad quien podrá notificar en forma electrónica requerimientos, multas y
hasta tendrá facultades para auditorías electrónicas.
•
Los contribuyentes deberán subir mensualmente al portal del
S.A.T. la información que integra su contabilidad.
•
Las personas físicas y morales que tengan cuentas bancarias
deberán estar inscritos en el R.F.C., si no cumplen con esa
obligación serán dados de alta por el S.A.T. con el domicilio
fiscal señalado a la hora de la apertura de la cuenta bancaria.
•
Se autorizan importantes cambios en Ley Aduanera con aplicación en las empresas que tienen operaciones de comercio
exterior.
•
Se aprobó gravar con el I.E.P.S. a los alimentos no básicos
con alta densidad calórica y a las bebidas saborizadas.
El portal de la red de firmas
de MGI en México es:
http://www.mgimexico.com
Resumen Ejecutivo de Reforma Fiscal 2014
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Los socios de las firmas asociadas a MGI en México hemos
elaborado este documento con el RESUMEN EJECUTIVO
DE LA REFORMA FISCAL 2014 para información de nuestros clientes y colaboradores. Este documento incluye los puntos principales de la Reforma Hacendaria 2014, los que consideramos de mayor impacto para los sectores económicos, en
circulares posteriores presentaremos por separado a mayor
detalle comentarios de las reformas a las diversas leyes fiscales.
Esperamos que el contenido de este resumen ejecutivo le
aclare a usted como interesado en el tema fiscal el panorama
general de las reformas fiscales aprobadas para el próximo
año. Quedamos a sus órdenes para mayor información en
cualquiera de las oficinas de la red de firmas asociadas a MGI
en México.
“El nuevo entorno fiscal hace necesario tener una mayor y mejor comunicación entre las empresas y sus asesores fiscales”
José Carlos Cardoso. Socio de MGI Bargalló Cardoso, y Asociados, S.C.
Resumen Ejecutivo de Reforma Fiscal 2014
LEY DE INGRESOS DE LA FEDERACIÓN
La Ley de Ingresos de la Federación contempla el presupuesto de ingresos que tendrá el Estado Mexicano durante un ejercicio fiscal. Algunas cifras en millones de pesos a tomar en cuenta en el renglón de impuestos son:
◊
Total de Impuestos $ 1,855,858.00 con un incremento del 10.28% respecto del
ejercicio 2013.
◊
I.V.A. Disminución del 2.13%, I.S.R. incremento del 23.01%
Cabe señalar que permanece la posibilidad de condonación de multas fiscales
del 50% al 60% dependiendo de los plazos y etapa de la autocorrección.
Estímulos Fiscales. La Ley de Ingresos contempla algunos estímulos fiscales dentro de los cuales permanecen vigentes:
a) Los que realicen actividades empresariales, excepto minería, podrán acreditar contra el ISR del ejercicio o retenciones del mismo impuesto efectuadas a terceros y en
algunos casos obtener la devolución del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios pagado en la adquisición de diésel para su consumo final, siempre que lo utilicen
exclusivamente como combustible en maquinaria en general, excepto vehículos distintos de los marinos.
Asimismo, se cancelan los créditos fiscales derivados de devoluciones obtenidas del
S.A.T. por los contribuyentes de los sectores agropecuario y silvícola por el uso de diésel para su consumo final durante los meses de enero a junio de 2013.
b) A quienes adquieran diésel para uso automotriz y lo utilicen en vehículos que se
destinen exclusivamente al transporte público y privado de personas o de carga, se les
permite acreditar el IEPS pagado contra el I.S.R. a su cargo o el retenido a terceros,
bajo ciertas condiciones y limitantes.
c) Los transportistas de carga o pasaje que utilicen la Red Nacional de Autopistas de
Cuota, pueden acreditar hasta el 50% del gasto por concepto de uso de la infraestructura carretera, contra el I.S.R. a su cargo.
Se incorpora un estímulo fiscal aplicable a los adquirentes de combustibles fósiles, que
se utilicen en sus procesos productivos de elaboración de otros bienes y que no se hayan sometido a un proceso de combustión y de igual manera, se establece un estímulo fiscal aplicable a los titulares de concesiones y asignaciones mineras cuyos ingresos
brutos totales anuales por la venta o enajenación de minerales y sustancias a que se
refiere la Ley Minera, sean menores a 50 millones de pesos.
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Resumen Ejecutivo de Reforma Fiscal 2014
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ELIMINACIÓN DEL I.D.E. Y EL I.E.T.U.
Una noticia que ha sido bien recibida por los contribuyentes es la eliminación de los impuestos de control
que tiene actualmente el fisco. El Impuesto a los Depósitos en Efectivo y el Impuesto Empresarial a Tasa
Única. Cabe señalar que de aprobarse la reforma si
bien es cierto los bancos ya no retendrán el 3% del
I.D.E. a los cuentahabientes por sus depósitos en
efectivo si continuarán con la obligación de presentar
un reporte a las autoridades fiscales. Con la eliminación del I.E.T.U. se presenta una disminución en la
carga administrativa de los contribuyentes y con el
I.D.E. un beneficio financiero en la no retención de este
impuesto por los depósitos en efectivo.
———————
REFORMAS A LEY DEL I.V.A.
El Ejecutivo Federal presentó al Legislativo la propuesta de reformas a la Ley del Impuesto al Valor Agregado
(IVA) señalando entre otros los argumentos de
la
reducida recaudación de este impuesto, comparado
con niveles internacionales y que al ampliar la recaudación del IVA se obtendría un efecto redistributivo del
ingreso al ofrecer mayores y mejores servicios públicos
a los grupos más vulnerables.
Es importante conocer los argumentos para opinar hasta
donde se alcanza el propósito de la autoridad, pero sobre todo lo que la economía del país necesita. Particularmente el IVA e un gravamen con mayor impacto en la
sociedad, a la vez que tiene un efecto redistributivo mayor que las demás contribuciones. Los principales puntos
en materia de I.V.A. son:
“Es necesario recordar que no obstante se elimine la
obligación de retener el I.DE., por los
bancos, estos aún
deberán presentar
la información de
los depósitos en
efectivoalϐisco”
RafaelCastellanos,SociodeMGIenVeracruz
———————
Resumen Ejecutivo de Reforma Fiscal 2014
♦
7
Eliminación de tasa reducida en región fronteriza.- Queda eliminada la tasa del 11% que actualmente aplica en la denominada
región fronteriza, para aplicar la tasa general del 16%.
♦
Eliminación de tasa 0%.- Se elimina la tasa de 0% a los siguientes productos: Chicles, Alimentos para mascotas en el hogar y mascotas pasando a tasa general del 16%.
♦
Transporte Público en carreteras al 16% - Desaparece la exención al servicio de transporte público foráneo de pasajeros, manteniendo la exención sólo al servicio de transporte público terrestre de
personas, prestado exclusivamente en áreas urbanas, suburbanas o
zonas metropolitanas.
♦
Actividades de Comercio Exterior.- Con el argumento de pérdida de control, dificultad en la administración y fiscalización, así como
la detección de prácticas de abusos por parte de los contribuyentes,
se propone eliminar la exención del IVA a la introducción temporal de
mercancías. También se propone eliminar la exención a las enajenaciones de bienes efectuadas entre residentes en el extranjero o por
un residente en el extranjero, a personas morales que cuenten con
un programa IMMEX, a empresas que cuenten con un programa de
comercio exterior o a empresas de la industria automotriz terminal o
manufacturera de vehículos de autotransporte o de autopartes para
su introducción a depósito fiscal. Para las devoluciones de IVA por
importaciones temporales las empresas deberán contar con fianza o
garantía.
∗
Régimen de Pequeños Contribuyentes.- Para adecuarse a la
desaparición del Régimen de REPECOS en la Ley del I.S.R., se eliminan
las reglas optativas de este régimen en la Ley del IVA.
“Elefectodelatasa
generaldel16%en
laregiónfronteriza
es menor al planteado ya que hay
artículos y servicios con el mismo
precio como es la
gasolina y combustibles,automóviles,
etc.”
Cesáreo Miranda—
Socio de MGI en La
Paz
Resumen Ejecutivo de Reforma Fiscal 2014
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NUEVA LEY DEL IMPUESTO SOBRE
LA RENTA.
Con la abrogación de la Ley del ISR vigente por una
nueva Ley, los principales cambios se presentan en el
resumen siguiente:
a) Eliminación de estímulos fiscales
•
El régimen de diferimiento de las ganancias por la
aportación de inmuebles a sociedades de inversión
de bienes raíces (SIBRAS), para accionistas de estas
“Seestableceuntopeen
la deducción
para los
contribuyentes de los
pagos por concepto
de
ingresos exentos que
hacen a sus trabajadores. Este cambio tiene
vicios de ilegalidad que
pueden ser motivo de
amparo”
sociedades, los cuales acumularan la ganancia no
acumulada a más tardar el 31 de diciembre de 2016
o antes, si se dan los supuestos señalados en la Ley
abrogada.
•
La deducción inmediata de bienes de activo fijo
acorde a los porcentajes y mecanismos señalados en
este estímulo.
•
El estímulo para el fomento al primer empleo. Se
mantiene este beneficio hasta por 36 meses a quienes hicieron uso de este estímulo.
Juan Carlos Valencia,
SociodeMGIenGuadalajara
Resumen Ejecutivo de Reforma Fiscal 2014
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b) Eliminación de regímenes fiscales
•
El régimen de consolidación fiscal. Se establecen procedimientos opcionales de des consolidación. Se sustituye por un régimen opcional para grupos de sociedades, con control accionario
del 80%, para diferir el ISR hasta por 3 años, acorde a un factor
determinado sobre la base de las utilidades y perdidas del grupo.
Dicha opción requiere autorización y será por todas las sociedades por las cuales se posea dicha tenencia accionaria.
•
“Es necesario que los socios
o propietarios de compañías
se acerquen con su asesor
fiscal para ver temas personales de Planeación Fiscal
Patrimonial y en algunas
actividades puntos importantes que tienen que ver con la
Ley Anti Lavado de Dinero”
Roger Cabañas—Socio de
MGI en Mérida
Se sustituye el régimen simplificado por 2 regímenes: el de
coordinados y el de actividades agropecuarias, ganaderas, silvícolas y pesqueras. En esencia se mantiene similar a como operaban anteriormente, con la salvedad en el último régimen mencionado de que la tasa reducida de 21% se aplica hasta ingresos
por un monto de 423 veces el salario mínimo (9, 476,421 pesos),
o 4,230 salarios mínimos elevados al año (94,767,651) en caso
de ser personas físicas sus integrantes. Por el excedente se paga
tasa normal dependiendo si se es persona física o moral.
•
Se establece la obligación de Las S.C. o AC. con actividad de escuela, de ser donatarias autorizadas para permanecer como personas morales no contribuyentes. En caso contrario se consideran personas morales del título II de la LISR.
•
El de asociaciones deportivas, que dejan de ser personas morales no contribuyentes, y que a partir de 2014 empezaran a tributar en el régimen general de las personas morales.
Resumen Ejecutivo de Reforma Fiscal 2014
•
Se eliminan los regímenes intermedio de actividades empresariales y el de pequeños contribuyentes de personas físicas. Nace un nuevo régimen llamado de incorporación, con ingresos de $ 2, 000,000 anuales y periodo máximo de tributación de 10
años, para tributar al final de este período en el régimen de actividades empresariales de
personas físicas. Quienes reúnan los requisitos señalados al inicio de vigencia de la nueva Ley, podrán permanecer en este régimen. Asimismo este régimen tendrá un crédito
fiscal por el impuesto causado del 100% hasta llegar al 0% en el último año. Los pagos
provisionales del primer año serán acorde al coeficiente de utilidad establecido en Código
Fiscal de la Federación, respecto a la actividad desarrollada y deberán cumplir con las
obligaciones fiscales de recabar y expedir comprobantes fiscales.
•
El de enajenaciones a plazo que acumulaban al cobro bajo ciertos requisitos. Si se
optó por esta opción se mantiene esta, hasta la conclusión de dicho tratamiento por las
operaciones realizadas. Se señalan en disposiciones transitorias que la enajenación de la
cartera o el cobro anticipado o cancelación de la operación generaran efectos de acumulación de ingresos.
Resumen Ejecutivo de Reforma Fiscal 2014
c) Aspectos generales en I.S.R.
•
Tasa del 30% para personas morales.
•
Se establece un impuesto como pago definitivo del 10% al retiro de utilidades realizado a favor de personas físicas o residentes en el extranjero, salvo que provengan de CUFIN al 31 de Diciembre de 2013.
•
Se homologa la base
del Impuesto sobre la
renta y de la participació n de los trabajadores en la utilidades
considerando jurisprudencia de la corte.
Se elimina la exención a las ganancias obtenidas por enajenación de acciones a través de bolsa de valores. Se establece
una tasa del 10% sobre dicha ganancia.
•
Se homologa la base del Impuesto sobre la renta y de la participación de los trabajadores en la utilidades, acorde a sentencias
anteriores de tribunales.
•
En personas físicas se incrementa la tarifa de ISR aplicable en
un monto máximo del 35%, dependiendo del nivel de ingreso
acumulable anual.
•
Se reduce la exención de casa habitación de 1,500,000 UDIS
a 700,000 UDIS. (3.5 millones de pesos).
Resumen Ejecutivo de Reforma Fiscal 2014
“TOPE en deducciones
personales al 10% del
ingreso acumulable del
contribuyente o 4 salarios mínimos del D.F.
elevadosalaño”
d) Cambios en las deducciones contempladas en
Ley.
•
Se limitan las deducciones personales al 10% del ingreso
acumulable del contribuyente o 4 salarios mínimos del D.F.
elevados al año y se establece obligatorio su erogación a
través del sistema financiero.
•
Se elimina la deducción de los pagos mediante vales de
despensa, excepto que sea a través de monederos autorizados por el Servicio de Administración Tributaria (SAT).
•
Se limita la deducción de pagos a trabajadores que estén
exentos para ISR como aguinaldos, horas extras, primas
“Bajaladeducciónpor
consumoenrestaurantesdel12.5%aun
8.5%”
dominical y vacacional et., hasta el 47% de los pagos realizados.
•
Se restringe hasta $ 130,000 ($175,000 antes) la deducción
de inversiones en automóviles, así como la renta diaria por
dichos activos a $ 200 ($250 antes).
•
Baja la deducción por consumo en restaurantes del 12.5%
a un 8.5%
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PRINCIPALES CAMBIOS AL CÓDIGO FISCAL DE
LA FEDERACIÓN
•
Dictamen Fiscal. Después de 50 años de estar como opción
en algunos casos y como obligación en otros, el fisco proponer
la eliminación del Dictamen Fiscal para los contribuyentes,
quedando aprobada la reforma como dictamen opcional solo
para contribuyentes con ingresos mayores a $ 100,000,000.00
Una medida que ha causado gran controversia debido a que
en la contaduría pública organizada se considera que el Dictamen Fiscal es un elemento importante de apoyo a la fiscalización para el Servicio de Administración Tributaria mediante los
servicios profesionales independientes de profesionistas certificados en la materia. Actualmente el Instituto Mexicano de
Contadores Públicos busca re negociar este tema con el S.A.T.
“Con la reforma al artículo 27 del C.F.F. todas las personas ϐísicasomoralesquetenganunacuentabanca- • Domicilio Fiscal .La autoridad fiscal podrá considerar como
domicilio fiscal, para aquellas personas físicas que no hayan
riadebenestarinscrimanifestado algún domicilio anteriormente o no se encuentren
tos en el SAT de lo
localizados en el mismo, el que se haya manifestado en las
contrario serán regisentidades financieras y sociedades cooperativas de ahorro y
trados con el domicipréstamo que le presten servicios, en donde se localice al conlioseñaladoenelbanco”
tribuyente.
CPC Noel Aguilar—
SociodeMGIenD.F.
Resumen Ejecutivo de Reforma Fiscal 2014
Cambios en materia de Comprobantes Fiscales
•
Como se anuncio mediante el portal del S.A.T. desde mediados del año para el
ejercicio 2014 los contribuyentes con ingresos mayores a $ 250,000 en año deberán migrar al esquema de facturación electrónica
•
Actualmente existen 3 tipos de emisión de comprobantes fiscales:
A) Comprobante Fiscal Digital
B) Comprobantes Impresos con Código de Barras Bidimensional
C) Comprobante Digital por Internet (CFDI)
Para el ejercicio 2014 solamente estarán vigente la opción de CFDI. Mediante la 4a.
Resolución Miscelánea se comunico por parte del SAT que los contribuyentes con
facturas impresas vigentes no podrán utilizarlas en 2014
Cabe señalar que no serán deducibles las facturas pagadas en 2014 emitidas en
CBB y que las nóminas también deberán tener de respaldo un CFDI.
Los pagos de sueldos y salarios mayores a $2,000 deberán efectuarse con cheque o
transferencia bancaria (ya no más en efectivo).
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Certificados digitales de firma electrónica avanzada
•
y sello digital.
Los certificados de firma electrónica
Avanzada y sellos digitales quedarán sin efectos cuando las
autoridades fiscales:
a) Detecten que no se presentaron tres o más declaraciones
consecutivas o seis no consecutivas en un mismo ejercicio
fiscal.
b) Durante el Procedimiento Administrativo de Ejecución no
localicen al contribuyente o éste desaparezca.
c) Los comprobantes fiscales emitidos amparan operaciones
inexistentes, simuladas o ilícitas.
d) Que exista una o más infracciones relacionadas con el Registro Federal de Contribuyentes, contabilidad o pago de
contribuciones.
“Buzón
Tributario. Con
estesistemaydemanera
electrónica, se podrán
notiϐicar
resoluciones,
actos
administrativos,
presentación de avisos,
promociones,etc.”
Buzón Tributario. Se asignara a los contribuyentes Perso-
•
nas Físicas y Morales inscritas al RFC, un buzón tributario,
que consistirá en un sistema de comunicación electrónico
entre el contribuyente y la autoridad, a través del cual:
a) La autoridad realizará notificaciones de cualquier acto o resolución administrativa que emita.
b)
Los contribuyentes presentarán promociones, solicitudes,
avisos, o darán cumplimiento a los requerimientos de la autoridad, así como realizar consultas sobre su situación fiscal.
c) Este buzón deberán abrirlo dentro de los tres días siguientes cuando reciban un aviso electrónico del SAT.
Esta disposición entrará en vigor a partir del 30 de junio del
2014 para las personas morales y para las personas físicas el
día 1º de Enero del 2015.
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•
Responsabilidad solidaria. Los socios o accionistas que hayan
tenido el control efectivo de la sociedad, responderán por la parte del interés fiscal que no alcance a ser pagada por la sociedad,
Lossociosoaccionistasquehayantenido
elcontrolefectivode
la sociedad, responderán por la parte
del interés ϔiscal que
no alcance a ser paa)
gadaporlasociedad
hasta por el porcentaje que represente la participación que tenía
en el capital social durante el periodo o la fecha en que se generó el crédito fiscal. Dicho porcentaje se multiplicará por el crédito
fiscal que no ha sido pagado por la sociedad. Lo anterior, siempre y cuando en forma exclusiva la sociedad:
No esté inscrita en el RFC
b) Cambie su domicilio sin presentar aviso
c) No lleve contabilidad
d) Desocupe su local sin presentar aviso de cambio.
También serán responsables solidarios los albaceas o representantes
de sucesiones, por las contribuciones que se causen y que no sean
pagadas durante el periodo de su encargo.
Resumen Ejecutivo de Reforma Fiscal 2014
•
Aviso de Cambio de Domicilio.
El aviso de cambio de
domicilio se realizará dentro de los diez días siguientes a
aquel en que ocurra dicho cambio. En caso de no ser localizado el contribuyente en el nuevo domicilio, no tendrá efec“La
obligación de presentar mensualmente
la contabilidad en el
portal del SAT no señala aun plazos ni formas
de cumplimiento, es un
punto al igual que muchos de la reforma que
esnecesarioverlasReglasdeMisceláneapara
entender su aplicación
enlasempresas”
Cesar Miranda—Socio
deMGIenLosCabos
tos legales.
•
Contabilidad Electrónica. Se amplía la conceptualización
de la integración de la contabilidad para efectos fiscales. Así
mismo, se propone que los registros o asientos que integran la contabilidad se llevarán en medios electrónicos conforme al reglamento del Código y las disposiciones de carácter general que emita el SAT. Además la documentación
comprobatoria de dichos registros o asientos deberá estar
disponible en el domicilio fiscal del contribuyente.
Los contribuyentes deberán proporcionar a las autoridades
fiscales la documentación comprobatoria de préstamos otorgados o recibidos. Por otro lado, de forma mensual los contribuyentes ingresarán su información contable a través de
la página de internet del SAT de conformidad con las reglas
generales que se emitan para tal efecto.
Resumen Ejecutivo de Reforma Fiscal 2014
•
Facturación Electrónica. Se aclara que sólo se aceptarán los
CFDI´S como medio de acreditación de las operaciones, así mismo se establece que el comprobante deducible será exclusivamente el archivo electrónico del comprobante fiscal digital, ya
que la representación impresa del citado comprobante únicamente presume la existencia del mismo.
•
Declaración informativa sobre situación fiscal. Para los
contribuyentes del título II, que en el último ejercicio fiscal inmediato anterior hayan declarado ingresos iguales o superiores a
$644,599,005.00; los que tengan colocadas acciones entre el
gran público inversionista y en bolsa de valores; las sociedades
“Comprobante
deducible será exclusivamente el archivo electrónico del comprobante
ϐiscal digital, ya que la
representación impre- •
sa del citado comprobante únicamente presume la existencia del
mismo”
mercantiles que pertenezcan al régimen opcional para grupos de
sociedades (Integradora e Integradas), entre otras, deberán presentar la declaración informativa sobre su situación fiscal a más
tardar el 30 de junio del año inmediato posterior al del cierre del
ejercicio que se informa.
Obligaciones de información para entidades financieras y
sociedades cooperativas de ahorro y préstamo. Se propone que las entidades financieras y las cooperativas de ahorro y
préstamo verifiquen con el SAT que sus cuentahabiente se encuentren inscritos al RFC, y obtener de ellos: fecha, lugar de nacimiento, nacionalidad, residencia, CURP e identificación fiscal, en
caso de residentes en el extranjero.
Resumen Ejecutivo de Reforma Fiscal 2014
“las autoridades ϐiscales
tendrán la facultad de
inscribir a una persona
mediante la CURP, para
facilitar la inscripción a
dichoregistro”
•
Generación del RFC mediante la CURP. Las autoridades
fiscales podrán generar la clave RFC con base en la información de la CURP, para facilitar la inscripción a dicho registro.
•
Medidas de apremio Se establece un orden estricto para
la aplicación de las medidas de apremio, y es el siguiente:
I.- Solicitar el auxilio de la Fuerza Pública
II.- Imponer la multa que corresponda en los términos del
Código Fiscal.
III.- Practicar el aseguramiento precautorio de los bienes o
de la negociación del contribuyente o responsable solidario.
IV.- Solicitar a la autoridad competente se proceda por
desobediencia o resistencia a un mandato legítimo de autoridad.
•
Aseguramiento precautorio. Se propone regular el aseguramiento precautorio, en la siguiente forma:
a) Se aplicará aseguramiento precautorio hasta por el monto
de la determinación provisional de adeudos fiscales presuntos que la autoridad realice.
Resumen Ejecutivo de Reforma Fiscal 2014
b)Levantará acta circunstanciada de hechos en la que precise las
razones por las cuales se realiza dicho aseguramiento.
c) El aseguramiento precautorio se sujetará al orden siguiente:
∗- Bienes
Inmuebles.
∗- Cuentas
por Cobrar, acciones, bonos, cupones vencidos, valo-
res mobiliarios y en general crédito de inmediato y fácil cobro a
cargo de entidades o dependencias de la federación, municipios,
etc.
∗- Derechos
∗- Obras
artísticas, científicas, etc.
∗- Dinero
y Metales Preciosos.
∗- Depósitos
∗- Los
de autor.
bancarios, componentes, de ahorro o inversión.
bienes muebles no comprendidos en las fracciones anterio-
Las revisiones electróres.
nicas se basarán en el
∗- La negociación del contribuyente.
análisis de la información y documentación
que obre en poder de
• Auditorías electrónicas. Se establece revisiones de gabinete
laautoridad
por medio del buzón tributario. Las revisiones electrónicas se basarán en el análisis de la información y documentación que obre
en poder de la autoridad, sobre uno o más rubros o conceptos
específicos de una o varias contribuciones.
Resumen Ejecutivo de Reforma Fiscal 2014
“la autoridad podrá autorizar el pago a plazos en forma diferida o en parcialidades de las contribuciones
omitidas, siempre y cuando
el 40% del monto adeudado a corregir represente
má s del 100% de la utilidad ϐiscal reportada en el
ú ltimo ejercicio en que haya tenido”
•
Revisión secuencial del dictamen. No seguirán las autoridades fiscales el orden de revisión del dictamen fiscal
cuando:
a) El dictamen no surta efectos fiscales.
b) El dictamen se presente de manera extemporánea.
c) La revisión se trate de contribuciones y aprovechamientos
de comercio exterior.
d) Sobre los efectos de la desincorporación.
e) Cuando la sociedad integradora deje de determinar su resultado fiscal integrado.
f) Cuando se presenten declaraciones complementarias posteriores a la emisión del dictamen.
g) Cuando la autoridad practique una revisión electrónica.
Disminuye de un año a 6 meses el plazo para efectuar la revisión del dictamen fiscal al Contador Público Autorizado.
•
Autocorrección. A petición del contribuyente que corrija
su situación fiscal durante el ejercicio de las facultades de
comprobación, la autoridad podrá autorizar el pago a plazos
en forma diferida o en parcialidades de las contribuciones
Resumen Ejecutivo de Reforma Fiscal 2014
•
Operaciones Presumiblemente Inexistentes. La autoridad
presumirá la inexistencia de operaciones amparadas con comprobantes cuando, los contribuyentes:
a) Emitan comprobantes sin contar con los activos, personal, infraestructura o capacidad material, directa o indirectamente, para
prestar los servicios o producir, comercializar o entregar los bieCuando los contribuyentes no estén de acuerdo,
con los hechos u omisiones asentados en la última acta parcial en una
revisión por parte de las
autoridades ϐiscales, podránsolicitarunacuerdo
conclusivo por escrito
antelaPRODECON.
nes.
b) Estén por la autoridad como No Localizados
La autoridad dará cierto plazo para desvirtuar los hechos después de la notificación. En caso de no desvirtuar se procederá a
la publicación en el Diario Oficial de la Federación y los contribuyentes que hayan realizado operaciones con dichas personas
contarán con un plazo de 30 días para corregir la situación, en
caso de no hacerlo, la autoridad considerará las operaciones amparadas en los comprobantes antes señalados como actos o contratos simulados para efecto de los delitos previstos en el Código.
Acuerdos conclusivos. Cuando los contribuyentes no estén de
acuerdo, con los hechos u omisiones asentados en la última acta
parcial en una revisión por parte de las autoridades fiscales, podrán solicitar un acuerdo conclusivo por escrito ante la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (PRODECON), explicando
los hechos u omisiones detectados, y en su caso, la opinión de
tales hechos. La procuraduría deberá evaluar y concluir el procedimiento, en caso de aceptar la revisión en cuestión. Los contribuyentes podrán tener derecho por única ocasión a la condonación del 100% de las multas. El acurdo lo tendrán que firmar el
contribuyente, la autoridad y la procuraduría .
Resumen Ejecutivo de Reforma Fiscal 2014
•
Responsabilidad por delitos fiscales. Se responsabiliza por delitos
fiscales a quienes tengan la calidad de garante derivada de una disposición jurídica, de un contrato o de los estatutos sociales, en los delitos de
omisión como resultado material por tener la obligación de evitar un resultado típico.
Derivado de un contrato o convenio que implique desarrollo de la actividad independiente, propongan, establezcan o lleven a cabo por sí o
interpósita personas, actos, operaciones o prácticas, de cuya ejecución
directamente derive la comisión de un delito fiscal.
•
Plazo para interponer el Recurso de Revocación. El
plazo
para
presentar el recurso de revocación es de 30 días y se presentará a través
del buzón tributario. Las pruebas adicionales deberán presentar en el
propio recurso o dentro de los 15 días posteriores a su presentación.
•
Plazo para la Garantía y Pago del interés fiscal.
El plazo para ga-
rantizar o pagar el interés fiscal como consecuencia del ejercicio de las
facultades de comprobación, es de 30 días.
•
Tratándose del recurso de revocación, los contribuyentes contarán
con un plazo de 10 días, contados a partir del día siguiente al surtimiento
de efectos de la notificación de la resolución para pagar o garantizar los
créditos fiscales correspondientes.
Resumen Ejecutivo de Reforma Fiscal 2014
LEY ADUANERA.
Las modificaciones tienen como objetivo primordial impulsar la modernización de las aduanas del país mediante el uso de medios electrónicos o digitales, fomentando la inversión en infraestructura y la incorporación de mejores prácticas y procesos en materia aduanera, así
como fomentar la transparencia y simplificación de los trámites relacionados con el comercio exterior.
∗
Pre validación electrónica de datos Se posibilita a empresas
autorizadas la realización de actividades de pre validación.
∗
Despacho de mercancías Se elimina el requisito de que el despacho de mercancías de comercio exterior se realice únicamente a
través de un agente aduanal o apoderado aduanal, por lo ahora se
podrá promover por el importador o exportador, debiendo cumplir
con los siguientes requisitos: estar al corriente con sus obligaciones fiscales; ser de nacionalidad mexicana; acreditar la existencia
de una relación laboral con el importador o exportador; y acreditar
experiencia o conocimientos en materia de comercio exterior.
Se modifican los requisitos de autorización y operación de patentes de agentes aduanales, así como las causales de cancelación
y derechos de ejercer la patente, eliminándose las figuras del
agente aduanal sustituto y del apoderado aduanal .
∗
Sistema electrónico aduanero Se simplifican y automatizan los
trámites del comercio exterior, para la importación y exportación
de mercancías y el despacho y reconocimiento aduanero así como
para obtener las regulaciones y restricciones no arancelarias, empleando firmas electrónicas y sellos digitales.
Resumen Ejecutivo de Reforma Fiscal 2014
“Los importadores y exportadores tramitarán
los pedimentos a través
del sistema electrónico
aduanero, empleando la
ϐirmaelectrónicaavanzadaosellodigital.
∗
Las notificaciones de las autoridades se realizarán mediante
este sistema por lo que las auditorías fiscales en materia de
comercio exterior deberán efectuarse revisando documentos
electrónicos.
∗
Se incorpora la coordinación electrónica entre las distintas autoridades gubernamentales con las autoridades fiscales y
aduanas internacionales, vigilando el cumplimiento con tecnología no intrusiva.
∗
Tráfico de mercancías Los importadores y exportadores
tramitarán los pedimentos a través del sistema electrónico
aduanero, empleando la firma electrónica avanzado o el sello
digital, lo cual también ampara la legal estancia de mercancías.
∗
Se incorpora la opción para que las mercancías se introduzcan o extraigan del territorio nacional a través del tráfico ferroviario y se elimina el segundo reconocimiento aduanero.
∗
Recintos Fiscalizados y Recintos Fiscalizados Estratégicos Se podrán ingresar las mercancías en recinto fiscalizado a recinto fiscalizado estratégico; por lo que éstos últimos
podrán no tener colindancia con una aduana.
∗
Responsable solidario Se adiciona al representante legal
como responsable solidario del pago de los impuestos que se
causen con motivo de la introducción de mercancías al territorio nacional o de su extracción del mismo.
∗
Rectificación de pedimentos Se permitirá rectificar los datos de los pedimentos cuantas veces sean necesarias, salvo
aquellos supuestos en los que se requiera autorización por
parte del SAT.
Resumen Ejecutivo de Reforma Fiscal 2014
Recomendaciones Finales:
1. Capacitar al personal interno de la empresa responsable del cálculo
de impuestos
2. Adecuar mi sistema de facturación (todas las empresas deberán uƟlizar el esquema de CFDI).
3. Instruir al personal de comprar a no recibir facturas con CBB y a tener el respaldo digital al 100% de los CFDI de las deducciones.
4. Analizar la situación fiscal actual y los cambios aplicables.
5. Evaluar el impacto financiero de la Reforma Fiscal 2014 en cada empresa en el tema de obligaciones de forma y de mayor contribución.
6. La fiscalización del fisco es automáƟca y electrónica por lo que los
contribuyentes hoy mas que nunca deben estar atentos a cumplir en
Ɵempo y forma con sus obligaciones fiscales
7. Llevar a cabo un esquema de Planeación Financiera y Fiscal para el
ejercicio 2014 tanto en lo corporaƟvo (empresa) como en lo patrimonial (empresario)
MGI México cuenta con oficinas en:
Ciudad de México, Tijuana, Los Mochis, Veracruz, Culiacán, Mazatlán,
La Paz, Mérida, Cancún, Los Cabos, Guadalajara, Oaxaca, Irapuato y
Guasave.
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MGI is one of the world’s top alliances of independent audit, tax, accounƟng and consulƟng firms. With some 6,000 professional staff in
300 locaƟons around the world, MGI conƟnues to grow. MGI has presence in more than 87 countries
El contenido del presente boleơn fiscal es preparado por el área fiscal de nuestra Firma solamente para fines
informaƟvos; por lo tanto, no debe considerarse como una opinión de carácter fiscal emiƟda por especialistas
de nuestra Firma a sus clientes en forma parƟcular. En caso de alguna duda en la aplicación o efecto parƟcular
de los aspectos aquí planteados, estamos a sus órdenes en nuestro departamento de impuestos.