This page was exported from - El Illapelino Export date: Mon Feb 6 12:43:00 2017 / +0000 GMT Una escuela de Illapel se quedaría sin Subvención Escolar Preferencial por incumplimiento en ejecución de recursos La Escuela Básica Las Lilas de Tunga Norte de la comuna de Illapel no podrán renovar los convenios por la Subvención Escolar Preferencial (SEP) que entrega el Ministerio de Educación, según un informe emitido por la Superintendencia de Educación en ejercicio de sus facultades, y debido a incumplimientos en la ejecución de los recursos que entrega la SEP. El decreto emitido el 28 de diciembre de 2016 explica que la decisión tomada por el Ministerio de Educación tiene relación con el incumplimiento de los sostenedores de sus obligaciones respecto del convenio de Igualdad de Oportunidades y Excelencia Educativa que pactan con el Ministerio de Educación para acceder a los recursos de la Ley SEP. Las principales faltas, según el decreto, tienen relación con sostenedores que: no solicitaron renovación de los plazos para rendir cuentas de utilización de fondos SEP; sostenedores que no rindieron adecuadamente los recursos utilizados; y por último aquellos sostenedores que no gastaron a lo menos el 70% de los recursos a la fecha plazo, como lo exige la Ley 20.248 Son cerca de un centenar de establecimientos educacionales públicos municipales y particulares subvencionados de la región, de las comunas de La Higuera, Andacollo, Coquimbo, La Serena, Ovalle, Río Hurtado, Punitaqui, Monte Patria, Combarbalá, Canela, Los Vilos, Illapel y Salamanca, por lo cual desde la Secretaría Regional Ministerial de Educación se notificó a los sostenedores afectados por la medida, y se les indicó las instancias de apelación existentes, que ya fueron presentadas al nivel central del Ministerio de Educación. Qué es la Subvención Escolar Preferencial La Subvención Escolar Preferencial, creada el 2008, consiste en un aporte monetario para los establecimientos educacionales que reciben alumnos vulnerables. Para hacerla efectiva, el establecimiento debe firmar un convenio, donde se compromete por un lado a eximir del pago de matrícula y copago a los estudiantes prioritarios y, por otro lado, elaborar un Plan de Mejoramiento Educativo para el establecimiento y destinar íntegramente los recursos recibidos por esta vía a las acciones contenidas en dicho plan. Legislación Vigente De acuerdo a la legislación vigente, la renovación de convenios SEP está sujeta a las siguientes condiciones que se verifican cada cuatro años: - Contar con rendiciones anuales aprobadas de los recursos ante la Superintendencia de Educación (en este caso se exige contar con rendiciones para los años 2012, 2013, 2014 y 2015). - Al mismo tiempo, se debe demostrar que el total de gastos realizados durante estos cuatro años supera el 70% de los ingresos recibidos por esta subvención (el remanente debiese estar respaldado como saldo en las cuentas corrientes del sostenedor). Los establecimientos y sostenedores que no podrán renovar el convenio SEP, han sido notificados, y han recibido orientaciones permanentemente, por parte de la Superintendencia de Educación, para que cumplan con sus obligaciones. Output as PDF file has been powered by [ Universal Post Manager ] plugin from www.ProfProjects.com | Page 1/1 |
© Copyright 2024