Actas 2016 Web - Por Muskiz, Bai

ACTA Nº 1
AYUNTAMIENTO DE MUSKIZ
En Muskiz, a once de enero de dos mil dieciséis, siendo las diez horas de la
mañana, se reunió la Junta de Gobierno Local, bajo la presidencia del señor Alcalde,
don Borja Liaño Abarrategi, y con asistencia de los señores Tenientes de Alcalde, don
Eduardo Briones Lerchundi, don Rufino Manterola Lejarza, don Unai Landaburu Izar de
La Fuente y don Gonzalo Riancho Ocejo, para celebrar sesión ordinaria, en primera
convocatoria, y con asistencia de la señora Secretaria General, doña Itxaso Apraiz
Yáñez y el señor Interventor don Mario Lanbarri Martín.
LECTURA Y APROBACIÓN, SI PROCEDE, DEL ACTA DE LA SESIÓN CELEBRADA
EL DÍA VEINTIUNO DE DICIEMBRE DE 2015.
Declarado abierto el acto por el señor Presidente, de su orden se dio lectura al acta de
la sesión celebrada el día veintiuno de diciembre de dos mil quince, que fue aprobada
por unanimidad.
LECTURA Y APROBACIÓN, SI PROCEDE, DEL ACTA DE LA SESIÓN CELEBRADA
EL DÍA VEINTIOCHO DE DICIEMBRE DE 2015.
Seguidamente se dio lectura al acta de la sesión celebrada el día veintiocho de
diciembre de dos mil quince, que fue aprobada por unanimidad.
PETICIÓN DE
LICENCIA DE
GLORIETAKO ENPARANTZA, 8.
ACTIVIDAD DE ACADEMIA DE BAILE EN
Dada cuenta del estado en que se encuentra el expediente tramitado en este
Ayuntamiento para la instalación de la actividad de academia de baile, en local sito en C/
Glorietako Enparantza, 8, y visto el informe favorable emitido por el Aparejador Municipal,
de fecha 4 de enero de 2016,
La Junta de Gobierno Local por unanimidad de los presentes, acuerda, conceder la
licencia de instalación solicitada, con sujeción a las medidas correctoras impuestas por
el Departamento de Medio Ambiente, de todo lo cual se le adjunta fotocopia, y una vez
instaladas, se deberá solicitar la preceptiva licencia de apertura o puesta en marcha de
la actividad, que vendrá acompañada por certificado de dirección de obra, redactado y
firmado por técnico competente y visado por su colegio oficial, en el que se haga
constar que las instalaciones se ajustan al proyecto presentado y que han sido
instauradas las medidas correctoras.
APROBACIÓN, SI PROCEDE, DE FACTURAS Y GASTOS.
No se presentan facturas ni gastos para su aprobación.
Fuera del orden del día, y previa declaración de la urgencia, se adoptó el siguiente
acuerdo:
PETICIÓN DE PETRÓLEOS DEL NORTE, S.A. (PETRONOR) DE LICENCIA DE
OBRAS PARA EL PROYECTO DE "NUEVOS COMPRESORES EN LA UNIDAD DE
FCC PARA LA MEJORA DE EFICIENCIA ENERGÉTICA".
Dada cuenta de la petición de licencia de obras para el proyecto de “Nuevos
compresores en la unidad de FCC para la mejora de eficiencia energética” realizada por
Raquel Ruiz Juárez en nombre y representación de Petróleos del Norte, S.A. en fecha
dos de octubre de 2015 y registro de entrada número 3344,
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Visto el informe favorable realizado por el Arquitecto municipal de fecha cinco de
octubre de 2015,
Visto que con fecha ocho de octubre y registro de salida 1213 se requirió a la mercantil
la subsanación de su solicitud de licencia de obras, con la debida presentación del título
concesional de ocupación del dominio público marítimo terrestre,
Visto que con fecha nueve de octubre de 2015, por la mercantil se aportó al
Ayuntamiento título concesional de ocupación de dominio público marítimo terrestre en
cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 210.2 c) de la Ley 2/2006, de Suelo y
Urbanismo del País Vasco,
Visto que la base imponible del ICIO, (a falta de completarse con las mediciones y
precios unitarios por partidas de los diferentes capítulos que lo componen a fin de
establecer la base de liquidación definitiva del ICIO), la constituyen:
- Equipos: 7,017.881€
- Repuestos: 2,207.250 €
- Materiales: 1,711.530 €
- Construcción: 1,914.719€
-Seguridad y Salud: 49.850€
-Varios: 934.000€
Total Presupuesto: 13, 835.230 €
En consecuencia, la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los presentes y con la
abstención de don Rufino Manterola por incurrir en causa de abstención regulada en el
artículo 28 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de régimen jurídico y procedimiento
administrativo común, acuerda:
Primero: Conceder la licencia de obra para el proyecto de “Nuevos compresores en la
unidad de FCC para la mejora de eficiencia energética” con abono de los derechos
municipales sobre un presupuesto de 13, 835.230 €, en lo que a la competencia
municipal se refiere, y entendiendo cumplida la exigencia del artículo 210.2 c) de La Ley
2/2006, de Suelo y Urbanismo del País Vasco, con la aportación por Petronor del título
concesional para la ocupación del dominio público marítimo terrestre, y sin prejuzgar
éste, por tratarse de una competencia exclusiva de Costas.
Segundo: Deberán cumplirse las condiciones generales que se adjuntan así como las
condiciones impuestas en su caso por los distintos organismos con competencias
sectoriales y las siguientes condiciones particulares:
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- Serán de obligado cumplimiento las medidas correctoras impuestas en la Resolución
de 6 de mayo de 2008 y por la Resolución de 15 de abril de 2012, por las que se
concedió la Autorización Ambiental Integrada de la instalación de Petronor.
- Se cumplirán , así mismo, todas las condiciones señaladas por el Viceconsejero de
Medio Ambiente en su informe de 2 de septiembre de 2015, relativo a la solicitud de
Petronor de "modificación para sustitución de dos compresores de la unidad de FCC y el
cambio de brazos de carga en el atraque 3 de la terminal marítima".
- El presupuesto presentado deberá completarse con las mediciones y precios unitarios
por partidas de los diferentes capítulos que lo componen a fin de establecer la base de
liquidación definitiva del ICIO.
Tercero: Notificar la presente a Petróleos del Norte, S.A.
Cuarto: Notificar la presente a la Viceconsejería de Medio Ambiente del Gobierno Vasco
para su conocimiento y efectos oportunos.
Quinto: Notificar la presente a la Demarcación de Costas del País Vasco y a la Dirección
de Sostenibilidad de la Costa y el Mar.
Sexto: Dar traslado del expediente al Departamento de Tesorería a efectos de que se
realice la oportuna liquidación de los derechos municipales en concepto de liquidación
inicial.
Séptimo: Devuélvase, una vez cumplimentado, el expediente completo al departamento
de Urbanismo
Una copia de la presente licencia deberá fijarse en un lugar visible de la obra, a efectos
de que por los servicios municipales se lleve a cabo la inspección urbanística
correspondiente de manera efectiva. Todo ello sin perjuicio de que por el titular de la
obra y a requerimiento de las autoridades municipales se deba mostrar el original de la
misma.
Y no habiendo más asuntos que tratar, el señor Presidente dio por terminada la
sesión, a las diez horas y treinta minutos, extendiéndose la presente acta, de que yo, la
Secretaria, certifico.
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ACTA Nº 2
AYUNTAMIENTO DE MUSKIZ
En Muskiz, a dieciocho de enero de dos mil dieciséis, siendo las diez horas de la
mañana, se reunió la Junta de Gobierno Local, bajo la presidencia del señor Alcalde,
don Borja Liaño Abarrategi, y con asistencia de los señores Tenientes de Alcalde, don
Eduardo Briones Lerchundi, don Rufino Manterola Lejarza, don Unai Landaburu Izar de
La Fuente y don Gonzalo Riancho Ocejo, para celebrar sesión ordinaria, en primera
convocatoria, y con asistencia de la señora Secretaria General, doña Itxaso Apraiz
Yáñez y el señor Interventor don Mario Lanbarri Martín.
LECTURA Y APROBACIÓN, SI PROCEDE, DEL ACTA DE LA SESIÓN CELEBRADA
EL DÍA ONCE DE ENERO DE 2016.
Declarado abierto el acto por el señor Presidente, de su orden se dio lectura al acta de
la sesión celebrada el día once de enero de dos mil dieciséis, que fue aprobada por
unanimidad.
APROBACIÓN, SI PROCEDE, DE LA 1ª CERTIFICACIÓN DE LAS OBRAS DE
REGENERACIÓN DE CAUCE EN LA CABAÑA.Dada cuenta de la 1ª certificación correspondiente a las obras de reurbanización de
regeneración de cauce en La Cabaña, presentada por BOSLAN Ingeniería y Consultoría,
por importe de 7.960,20 euros € (IVA incluido), y
Visto el informe favorable emitido por el Aparejador Municipal, de fecha 5 de enero de
2016
La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Prestarle total aprobación.
Segundo: Notifíquese el presente acuerdo al interesado, con expresión de los recursos a
que hubiera lugar.
PETICIÓN DE ACEPTACIÓN Y RENUNCIA A LA AUTORIZACIÓN DE
OCUPACIÓN DE LA VÍA PÚBLICA CON MESAS Y SILLAS JUNTO AL CAFÉ
LANGOIZ.Vista la instancia presentada por la que solicita la renuncia a la autorización que tiene
concedida para la ocupación de la vía pública con mesas y sillas junto al Café Langoiz que
regenta en la calle Errota Zahar nº22, y visto el informe técnico emitido, la Junta de
Gobierno Local, por unanimidad acuerda:
Primero: Aceptar la renuncia con efectos de 31 de diciembre de 2015.
Segundo: Dar traslado al Departamento de Tesorería Municipal a los efectos de
regularizar la situación recaudatoria.
PETICIÓN DE ACEPTACIÓN DE
GARAJE EN EL POLIDEPORTIVO.-
RENUNCIA
DE ALQUILER DE PLAZA DE
Dada cuenta de la instancia presentada solicitando la aceptación de la renuncia
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al alquiler de la plaza de aparcamiento nº18 del garaje del Polideportivo Municipal, con
fecha 1 de enero de 2016, la Junta de Gobierno (con la abstención del señor
Landaburu por incurrir en causa de abstención prevista en el artículo 28 de la Ley
30/92, de 26 de noviembre) acuerda aceptar la renuncia en los términos solicitados.
PETICIÓN DE UTE PLAZA KOBARON (GABIKA-SIECSA) DE AMPLIACIÓN DE
PLAZO DE EJECUCIÓN DE OBRAS DE REURBANIZACIÓN DE LA PLAZA DE
KOBARON.Dada cuenta de la petición presentada por la UTE GABIKA-SIECSA, solicitando la
ampliación del plazo de los trabajos en la reurbanización de la plaza de Kobaron,
Y visto el informe técnico emitido por el Aparejador Municipal de fecha 8 de enero de
2016,
La Junta de Gobierno Local, por unanimidad, acuerda:
Primero: Aceptar la solicitud de ampliación de plazo solicitada y fijar como nuevo plazo
de finalización de los trabajos la fecha de 29 de enero de 2016.
APROBACIÓN, SI PROCEDE, DE FACTURAS Y GASTOS.
Se acuerda aprobar la relación de facturas 2016/000001, que consta de 2 páginas
formadas por 2 facturas y por importe total de 15.233,38 €.
Y no habiendo más asuntos que tratar, el señor Presidente dio por terminada la
sesión, a las diez horas y treinta minutos, extendiéndose la presente acta, de que yo, la
Secretaria, certifico.
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ACTA Nº 3
AYUNTAMIENTO DE MUSKIZ
En Muskiz, a veinticinco de enero de dos mil seis, siendo las diez horas de la
mañana, se reunió la Junta de Gobierno Local, bajo la presidencia del señor Alcalde,
don Borja Liaño Abarrategi, y con asistencia de los señores Tenientes de Alcalde, don
Rufino Manterola Lejarza, don Unai Landaburu Izar de La Fuente y don Gonzalo
Riancho Ocejo, para celebrar sesión ordinaria, en primera convocatoria, y con asistencia
de la señora Secretaria General, doña Itxaso Apraiz Yáñez y el señor Interventor don
Mario Lanbarri Martín.
LECTURA Y APROBACIÓN, SI PROCEDE, DEL ACTA DE LA SESIÓN ANTERIOR.
Declarado abierto el acto por el señor Presidente, de su orden se dio lectura al acta de
la sesión celebrada el día dieciocho de enero de dos mil dieciséis, que fue aprobada por
unanimidad.
INICIO DEL EXPEDIENTE DE CONTRATACIÓN DEL SUMINISTRO E
INSTALACIÓN DE ELEMENTOS ENERGÉTICAMENTE EFICIENTES PARA
SUSTITUIR LOS EXISTENTES EN LA RED DE ALUMBRADO PÚBLICO.
Dada cuenta del expediente tramitado para la contratación del suministro e instalación
de elementos energéticamente eficientes para sustituir los existentes en la red de
alumbrado público,
La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Aprobar los pliegos de cláusulas administrativas particulares y de
prescripciones técnicas elaborados para el suministro e instalación de elementos
energéticamente eficientes para sustituir los existentes en la red de alumbrado público.
Segundo: Acordar como forma de adjudicación la del contrato de suministro ordinario
mediante procedimiento abierto, señalando como presupuesto-tipo de licitación la
cantidad de 232.295,60 € (IVA excluido).
Tercero: Acordar la apertura del procedimiento del suministro e instalación con el
cumplimiento de todos sus trámites.
PETICIÓN DE PETRONOR, DE USO DEL MEATZARI ARETOA.
Dada cuenta de la solicitud presentada por Petronor, con domicilio en San Martín nº5,
Palacio Muñatones para la utilización de MEATZARI ARETOA el día 28 de enero de
2016 desde las 07:30 a las 13:00 horas, para realizar la actividad “Presentación de
planes estratégicos de Repsol y Petronor 2016/2020", y visto el informe emitido por el
Director de Cultura, de fecha 15 de enero de 2016,
La Junta de Gobierno Local por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Autorizar a Petronor, el uso del Meatzari Aretoa para " Presentación de
planes estratégicos de Repsol y Petronor 2016/2020", previo pago de la
correspondiente tasa de 511,00 € con anterioridad a la celebración del evento.
Segundo: Autorizar la instalación de varias carpas en la plaza Meatzari para el mismo
evento, a condición de que se fijen mediante contrapesos y no requieran taladrar el
suelo de la plaza.
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Tercero: Dese traslado al departamento de tesorería, para su conocimiento y efectos
oportunos.
Cuarto: Notifíquese al interesado con expresión de los recursos a que hubiera lugar.
PETICIÓN DE LICENCIA TENENCIA DE ANIMALES POTENCIALMENTE
PELIGROSOS.
Dada cuenta del escrito presentado solicitando licencia municipal para la tenencia de un
perro de raza calificada como potencialmente peligrosa y su anotación en el registro
municipal de animales potencialmente peligrosos, aportando la documentación
prevista en el R.D. 287/2002, de 22 de marzo, visto el informe emitido por el Jefe de
la Policía Local, de fecha 14 de enero de 2016,
La Junta de Gobierno Local por unanimidad de los presentes acuerda:
Primero: Conceder la licencia solicitada con un plazo de vigencia máximo de 5 años, con
la obligación del titular de comunicar en el plazo de quince días cualquier variación de
los datos en los que se ha basado la concesión correspondiéndole la referencia
48071/16/0068.
Segundo: Proceder a la inscripción del animal en el registro municipal de animales
potencialmente peligrosos con el nombre de “COCO”, raza AMERICAN STANFORD, nº
de chip 981-0981-0627-7036 y la referencia 48071/EC/16/0068.
Tercero: Notificar la presente al interesado con expresión de los recursos que hubiera
lugar.
PETICIÓN DE LICENCIA TENENCIA DE ANIMALES POTENCIALMENTE
PELIGROSOS.
Dada cuenta del escrito presentado solicitando licencia municipal para la tenencia de un
perro de raza calificada como potencialmente peligrosa, aportando la documentación
prevista en el R.D. 287/2002, de 22 de marzo, visto el informe emitido por el Jefe
de la Policía Local, de fecha 14 de enero de 2016,
La Junta de Gobierno Local por unanimidad de los presentes acuerda:
Primero: Conceder la licencia solicitada con un plazo de vigencia máximo de 5 años, con
la obligación del titular de comunicar en el plazo de quince días cualquier variación de
los datos en los que se ha basado la concesión correspondiéndole la referencia
48071/16/0065.
Segundo: Notificar la presente a la interesada con expresión de los recursos que
hubiera lugar.
PETICIÓN DE LICENCIA TENENCIA DE ANIMALES POTENCIALMENTE
PELIGROSOS.
Dada cuenta del escrito presentado solicitando licencia municipal para la tenencia de un
perro de raza calificada como potencialmente peligrosa y su anotación en el registro
municipal de animales potencialmente peligrosos, aportando la documentación
prevista en el R.D. 287/2002, de 22 de marzo, visto el informe emitido por el Jefe de
la Policía Local, de fecha 14 de enero de 2016,
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La Junta de Gobierno Local por unanimidad de los presentes acuerda:
Primero: Conceder la licencia solicitada con un plazo de vigencia máximo de 5 años, con
la obligación del titular de comunicar en el plazo de quince días cualquier variación de
los datos en los que se ha basado la concesión correspondiéndole la referencia
48071/15/0062.
Segundo: Proceder a la inscripción del animal en el registro municipal de animales
potencialmente peligrosos con el nombre de “ANTXON”, raza STANFORD SHIRE
INGLÉS, nº de chip 941-0000-1701-5558 y la referencia 48071/EC/15/0066.
Tercero: Notificar la presente al interesado con expresión de los recursos que hubiera
lugar.
PETICIÓN DE LICENCIA DE PUESTO EN EL MERCADILLO MUNICIPAL.
Dada cuenta de la instancia presentada solicitando licencia para la instalación de un
puesto en el Mercadillo Municipal, y visto el informe desfavorable emitido por el
Jefe de la Policía Local, de fecha 15 de enero de 2016, en el que se expone que:
“(…) Se propone:
La denegación de la licencia, debido a que se pretende reestructurar el mercadillo
disminuyendo el elevado número de puestos existentes en el recinto, cincuenta y cuatro
actualmente (54), eliminando aquellos que tienen metros lineales, de 2 a 3 metros.
Su solicitud será archivada y registrada para que si en un futuro se producen
modificaciones o posibilidad de conceder nuevas altas, sea tenida en cuenta en orden
de registro de entrada.”
La Junta de Gobierno Local por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Denegar la solicitud mencionada, por los motivos expuestos en el informe del
Jefe de Policía Local antes citado.
Segundo: Comunicar al solicitante que su solicitud será archivada a los efectos descritos
en el informe anteriormente referenciado.
Tercero: Notifíquese al interesado con expresión de los recursos a que hubiera lugar.
PETICIÓN DELICENCIA DE PUESTO EN EL MERCADILLO MUNICIPAL.
Dada cuenta de la instancia presentada solicitando licencia para la instalación de un
puesto en el Mercadillo Municipal, y visto el informe desfavorable emitido por el Jefe de
la Policía Local, de fecha 14 de enero de 2016, en el que se expone que:
“(…) Se propone:
La denegación de la licencia, debido a que se pretende reestructurar el mercadillo
disminuyendo el elevado número de puestos existentes en el recinto, cincuenta y cuatro
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actualmente (54), eliminando aquellos que tienen metros lineales, de 2 a 3 metros.
Su solicitud será archivada y registrada para que si en un futuro se producen
modificaciones o posibilidad de conceder nuevas altas, sea tenida en cuenta en orden
de registro de entrada.”
La Junta de Gobierno Local por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Denegar la solicitud mencionada, por los motivos expuestos en el informe del
Jefe de Policía Local antes citado.
Segundo: Comunicar al solicitante que su solicitud será archivada a los efectos descritos
en el informe anteriormente referenciado.
Tercero: Notifíquese al interesado con expresión de los recursos a que hubiera lugar.
PETICIÓN ALQUILER PLAZA GARAJE EN EL POLIDEPORTIVO MUNICIPAL.
Dada cuenta de la instancia presentada solicitando el arrendamiento de una parcela de
garaje en polideportivo municipal,
Considerando que en la actualidad existen plazas libres, y
Visto que el peticionario es el siguiente interesado de la lista de espera,
La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Conceder la plaza de garaje del polideportivo municipal solicitada, en régimen
de arrendamiento, correspondiéndole la número 18.
Segundo: Adjuntar la Ordenanza para estancias en el garaje del Polideportivo.
Tercero: Dar traslado del presente acuerdo al Departamento de Intervención.
Cuarto: Notifíquese al interesado con expresión de los recursos a que hubiera lugar.
PETICIÓN ALQUILER PLAZA GARAJE EN EL POLIDEPORTIVO MUNICIPAL.
Dada cuenta de la instancia presentada solicitando el arrendamiento de una parcela
de garaje en polideportivo municipal,
Considerando que en la actualidad existen plazas libres, y
Visto que la peticionaria es la siguiente interesada de la lista de espera,
La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Conceder la plaza de garaje del polideportivo municipal solicitada, en régimen
de arrendamiento, correspondiéndole la número 32.
Segundo: Adjuntar la Ordenanza para estancias en el garaje del Polideportivo.
Tercero: Dar traslado del presente acuerdo al Departamento de Intervención.
Cuarto: Notifíquese al interesado con expresión de los recursos a que hubiera lugar.
PETICIÓN DE
VILLANUEVA.
AUTORIZACIÓN
TRASPASO
TERRENO
COMUNAL
EN
Dada cuenta de la instancia presentada mediante la que solicita autorización para
traspaso a su favor del aprovechamiento del terreno comunal correspondiente a la
parcela 170 del polígono 9, sita en Villanueva “El Pontón”,
La Junta de Gobierno Local por unanimidad de los presentes, acuerda:
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Primero: Autorizar el traspaso del aprovechamiento del terreno comunal sito en
Villanueva “El Pontón” correspondiente a la parcela 170 del polígono 9.
Segundo: Dese traslado al departamento de Intervención- Tesorería a los efectos
oportunos.
Tercero: Notifíquese al interesado con expresión de los recursos a que hubiera lugar.
APROBACIÓN, SI PROCEDE, DE LA CERTIFICACIÓN Nº2 DEL SUMINISTRO E
INSTALACIÓN DE MOBILIARIO EN EL PASEO DE ITSASLUR.
Dada cuenta de la 2ª Certificación presentada por Boslan Ingeniería y Consultoría,
correspondiente al “suministro e instalación de mobiliario urbano en el paseo Itsaslur”
ejecutado por Ambytecno S.A., por un importe de 12.499,83 € IVA incluido.
La Junta de Gobierno Local por unanimidad de los presentes acuerda:
Primero: Prestarle total aprobación a la 2ª Certificación presentada por Boslan
Ingeniería y Consultoría, correspondiente al “suministro e instalación de mobiliario
urbano en el paseo Itxaslur”, ejecutado por Ambytecno S.A. por importe de 12.499.83 €
IVA incluido.
Segundo: Notificar el presente acuerdo al interesado, con expresión de los recursos que
hubiere lugar.
APROBACIÓN, SI PROCEDE, DE LA CERTIFICACIÓN Nº2 DE LAS OBRAS DE
REPARACIÓN DEL CAUCE EN LA CABAÑA.
Dada cuenta de la 2ª Certificación de las obras de “reparación de cauce en la Cabaña”
ejecutada por Consaudi Obra Civil S.L., por un importe de 18.848,63€ IVA incluido.
La Junta de Gobierno Local por unanimidad de los presentes acuerda:
Primero: Prestarle total aprobación a la 2ª Certificación de las obras de “reparación de
cauce en La Cabaña” ejecutadas por Consaudi Obra Civil S.L., por un importe de
18.848,63€ IVA incluido.
Segundo: Notificar el presente acuerdo al interesado, con expresión de los recursos que
hubiere lugar.
REQUERIMIENTO DE EJECUCIÓN DE SENTENCIA DICTADA EN EL RECURSO
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Nº438/05, A LA PROPIEDAD DE LAS
OBRAS REALIZADAS EN LAS LLANAS Nº22, EN APLICACIÓN DEL ACUERDO
DE LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL DE 23 DE FEBRERO DE 2005.
Dada cuenta de los escritos de fecha veintiuno de mayo y nueve de octubre de 2015
mediante los que se solicita la ejecución subsidiaria de la demolición de la construcción
sita en el número 22 de las Llanas,
Dada cuenta de que por la Junta de Gobierno Local se acordó el 14 de febrero de 2003,
lo siguiente:
“Primero: Ordenar la paralización inmediata de la obra realizada en la
vivienda de las Llanas nº 22 sin ajustar a la licencia concedida para la reforma
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del inmueble, ya que la obra realizada supone su sustitución por una
construcción nueva.
Segundo: Conceder un plazo de dos meses contados a partir de la recepción de
este acuerdo para que pueda presentar solicitud de legalización de las
obras. Transcurrido dicho plazo sin que el interesado cumpla lo requerido, o
en el caso de que las obras no se puedan legalizar, se acordará la restauración
del orden urbanístico.
Tercero: Señalar plazo de 15 días al objeto de que el interesado pueda formular
alegaciones y aportar la documentación que estime pertinente, así como, a
conocer en todo momento el estado de tramitación del procedimiento.”
Dada cuenta de que la Junta de Gobierno Local acordó en su sesión celebrada el 3 de
mayo de 2005, lo siguiente:
“1º.- Desestimar las alegaciones presentadas mediante escrito presentado en
fecha 4 de marzo de 2005.
2º.- Ratificar la orden de paralización de la obra acordada por la Junta de
Gobierno Local en sesión de fecha 23 de febrero de 2005.
3º.- Dejar sin efecto la licencia municipal de obras otorgada para la reforma de la
vivienda sita en la Llana nº 22, por incumplimiento de las condiciones exigidas en
la misma, referentes al mantenimiento del edificio y a la prohibición de proceder a
la sustitución del inmueble.
4º.- Ordenar la demolición de las obras realizadas, al incumplir las condiciones de
la licencia otorgada, en el plazo de un mes contado a partir de la notificación de
este acuerdo, apercibiéndole que en este caso de desatender esta orden se
procederá subsidiariamente y a su costa.”
Interpuesto recurso de reposición contra los citados acuerdos, la Junta de
Gobierno Local los resolvió en su sesión de 18 de julio de 2005, con el contenido
que se transcribe:
“Primero: Desestimar el recurso de reposición interpuesto contra el Acuerdo
adoptado por la junta de Gobierno Local con fecha 3 de mayo de 2005,
confirmando en su integridad dicha resolución por ser conforme y ajustada a
derecho, al quedar meridianamente claro que se autorizaba la rehabilitación del
edificio existente pero en ningún caso su sustitución, requiriendo compromiso
expreso de la propiedad y del director facultativo de las obras en este sentido, y la
garantía de la adopción de medidas constructivas y estructurales para evitar la
democión del edificio.
Segundo: Acceder a la suspensión cautelar de la ejecutividad de dicho acuerdo en
lo que afecta a la orden de demolición dictada, condicionada en su efectividad a la
presentación de aval bancario por importe de 11.235 euros, en los términos
anunciados por el recurrente.”
Visto que contra estas resoluciones, por la propiedad de las Llanas 22 se
interpuso recurso contencioso-administrativo que se sustanció ante el Juzgado de
lo Contencioso- Administrativo núm. 3 de los de Bilbao como Procedimiento
Ordinario 438/05, en el que con fecha 6 de marzo de 2007 se dictó la sentencia
66/09, cuyo fallo es del siguiente tenor literal:
“Que debo DESESTIMAR Y DESESTIMO el recurso contencioso-administrativo
interpuesto por el Procurador en representación contra la Resolución de la Junta
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de Gobierno Local del AYUNTAMIENTO DE MUSKIZ de 18 de julio de 2005 por la
que se desestima el Recurso de Reposición interpuesto contra el Acuerdo de 3 de
mayo de 2005 por el que se ratifica la orden de paralización de la obra
realizada en la vivienda sita en el barrio de las Llanas nº 22 acordada por la Junta
de Gobierno Local en sesión de fecha 23 de febrero de 2005, se deja sin efecto la
licencia municipal de obras otorgada para la reforma de vivienda, por
incumplimiento de las condiciones referentes al mantenimiento del edificio y a la
prohibición de proceder a la sustitución del inmueble, y se ordena la demolición de
las obras realizadas, al incumplir las condiciones de la licencia otorgada en el plazo
de un mes contado a partir de la notificación del Acuerdo bajo apercibimiento de
ejecución subsidiaria con cargo al recurrente, por ser el acto recurrido conforme
con el Ordenamiento Jurídico; sin realizar especial pronunciamiento en cuanto a
las costas procesales.”
Visto que contra dicha sentencia se interpuso recurso de apelación ante la Sala de
lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco
que se siguió como recurso de apelación 1193/09 en el que con fecha 21 de
septiembre de 2011 se dictó la sentencia 597/2011 que en su fallo confirma la
sentencia dictada en primera instancia.
Vistos los escritos de la representación letrada, quien fue parte codemandada
en el citado procedimiento, mediante los que se solicita el cumplimiento de las
resoluciones de la Junta de Gobierno Local de 14 de febrero y 3 de mayo de 2005,
Dada cuenta del informe jurídico obrante en el expediente de fecha doce de enero y
registro de entrada número 34 del que se desprende lo siguiente:
“Primera.- Sobre la ejecución de la Sentencia
La firmeza de la sentencia dictada en el recurso contencioso-administrativo núm.
438/05, dota de total eficacia al contenido del acuerdo de la Junta de Gobierno Local de
fecha 23 de febrero de 2005, en el que entre otros particulares se ordenaba la
demolición de las obras realizadas en el núm. 22 del barrio “Las Llanas”, que incumplían
las condiciones de la licencia otorgada.
Además para el cumplimiento de la orden se establecía el plazo de un mes
desde la notificación con el apercibimiento de ejecución subsidiaria ante el eventual
incumplimiento de lo ordenado.
En este sentido el apartado 2 del artículo 103 de la Ley Jurisdiccional establece:
“2.- Las partes están obligadas a cumplir las sentencias en la forma y
términos que en estas se consignen”.
Por su parte el apartado 1 del artículo 105 prescribe:
“1. No podrá suspenderse el cumplimiento ni declararse la
inejecución total o parcial del fallo”.
Igualmente el apartado 1 del artículo 109 de la repetida Ley de la Jurisdicción
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reconoce a las partes procesales y las demás personas afectadas por el fallo la
posibilidad de promover incidentes, hasta la total ejecución de la sentencia.
En consecuencia, procede atender la pretensión de la petición a la sazón Letrada,
en el recurso contencioso-administrativo 438/05 del Jdo. de lo Cont.-Admvo. núm. 3
de Bilbao en orden a dar cumplimiento a la orden de demolición y con apercibimiento
de su ejecución subsidiaria que se contempla en el acuerdo de la Junta de Gobierno
Local de 23 de febrero de 2005.
Segunda.- El procedimiento para la ejecución subsidiaria del acuerdo de la
Junta de Gobierno Local de 23 de febrero de 2005
La entrada en vigor de la Ley 2/2006 de 30 de junio del Suelo y Urbanismo
estableció en el apartado 6 del artículo 224 un régimen específico sobre las ejecuciones
forzosas de las órdenes de restauración de la legalidad urbanística del siguiente tenor:
“6.- La falta de ejecución de las órdenes de reposición de la realidad
física alterada para la restauración de la integridad de la ordenación
territorial y urbanística dará lugar a la imposición de hasta diez sucesivas
multas coercitivas por plazos de un mes, así como al traslado de
testimonio al Ministerio Fiscal en el supuesto de existir indicios de que los
hechos fueran constitutivos de delito de desobediencia. El importe de cada
una de dichas multas podrás ascender a la mayor de las siguientes
cantidades: al 10% del coste estimado de las obras y los trabajos de
reposición a ejecutar, o 600 euros. En todo caso, transcurrido el plazo
para el cumplimiento voluntario derivado de la última multa coercitiva
impuesta, la administración actuante estará obligada a ejecutar
subsidiariamente la reposición de la realidad física alterada, con cargo al
infractor.”
Del precepto trascrito se desprende que la orden de ejecución subsidiaria solo
cabe dispuesto de la incoación de la imposición “de hasta diez multas coercitivas por
plazos de un mes”, cuyo importe será el mayor de las siguientes cantidades “el 10 por
cien del coste estimado de las obras y los trabajos de reposición a ejecutar, o 600
euros”.
Por lo tanto con carácter previo a ordenar la ejecución subsidiaria el procedimiento a
seguir será el siguiente:
1º Comprobación por los servicios municipales de que el propietario de la
construcción sita en el núm. 22 del barrio de las Llanas no ha cumplido la orden de
demolición contenida en el acuerdo de la Junta de Gobierno Local de 23 de febrero de
2005.
2º. Si no se hubiese dado cumplimiento a dicha orden, procede otorgar al
propietario del referido inmueble un plazo en los términos del artículo 84 de la Ley
Procesal Administrativa para que formalice las alegaciones que a su derecho convengan
sobre la eventual imposición de multas coercitivas a las que se refiere el apartado 6 del
artículo 224 de la Ley 2/2206 de 30 de junio de Suelo y Urbanismo con carácter previo
a la ejecución forzosa de la orden demolitoria contenida en el acuerdo de la Junta de
16
Gobierno Local de 23 de febrero de 2005.
3º Previa comprobación del no cumplimiento de la orden de demolición se irán
imponiendo hasta diez multas coercitivas por plazos de un mes por la cuantía que se
recoge en el apartado 6 del artículo 224 de la Ley del Suelo y Urbanismo ya citado.
4º Transcurrido el plazo para el cumplimiento voluntario derivado de la última
multa coercitiva se podrá llevar a cabo la ejecución subsidiaria, si bien con carácter
previo deberá solicitarse del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo la autorización
de entrada a la que se refiere el apartado 5 del artículo 8 de la Ley de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa.”
Una vez comprobado por los servicios de inspección municipales de que el
propietario de la construcción sita en el núm. 22 del barrio de las Llanas no ha cumplido
la orden de demolición contenida en el acuerdo de la Junta de Gobierno Local de 23 de
febrero de 2005,
La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Otorgar al propietario del referido inmueble un plazo de QUINCE DÍAS
HÁBILES para que formalice las alegaciones que a su derecho convengan sobre la
eventual imposición de multas coercitivas a las que se refiere el apartado 6 del artículo
224 de la Ley 2/2206 de 30 de junio de Suelo y Urbanismo con carácter previo a la
ejecución forzosa de la orden demolitoria contenida en el acuerdo de la Junta de
Gobierno Local de 23 de febrero de 2005.
Segundo: Previa comprobación del no cumplimiento de la orden de demolición se irán
imponiendo hasta diez multas coercitivas por plazos de un mes por la cuantía que se
recoge en el apartado 6 del artículo 224 de la Ley del Suelo y Urbanismo ya citado.
Transcurrido el plazo para el cumplimiento voluntario derivado de la última multa
coercitiva se podrá llevar a cabo la ejecución subsidiaria.
Tercero: Notificar la presente a los interesados.
REQUERIMIENTO
DE
DOCUMENTACIÓN
EN
EL
EXPEDIENTE
DE
ADJUDICACIÓN DEL SERVICIO DE CONTRATACIÓN DE ASESORÍA JURÍDICA.
Habiéndose tramitado la licitación para la adjudicación del servicio de
asesoramiento legal para el ayuntamiento de Muskiz, mediante procedimiento
negociado, según lo dispuesto para este tipo de procedimiento en el Real Decreto
Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la
Ley de Contratos del Sector Público, y
Visto que la oferta económicamente más ventajosa ha sido la presentada por la
empresa Sanz & Saiz Abogados S.L. y
Visto el artículo 151.2 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por
el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, en
virtud del cual se establece que el órgano de contratación requerirá al licitador que
haya presentado la oferta económicamente más ventajosa para que, dentro del
17
plazo de diez días hábiles, a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera
recibido el requerimiento, presente la documentación justificativa de hallarse al
corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad
Social o autorice al órgano de contratación para obtener de forma directa la
acreditación de ello, de disponer efectivamente de los medios que se hubiese
comprometido a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato conforme al artículo
64.2, y de haber constituido la garantía definitiva que sea procedente,
La Junta de Gobierno Local, por unanimidad adoptó el siguiente acuerdo:
Primero: Requerir a la empresa Sanz & Saiz Abogados S.L., a que dentro del plazo
de diez días hábiles, a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el
requerimiento, presente la documentación justificativa de hallarse al corriente en el
cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social o autorice al
órgano de contratación para obtener de forma directa la acreditación de ello, de
disponer efectivamente de los medios que se hubiese comprometido a dedicar o
adscribir a la ejecución del contrato conforme al artículo 64.2, y de haber constituido la
garantía definitiva que sea procedente,.
De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se
entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose en ese caso a recabar la
misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado
clasificadas las ofertas.
Segundo: Dese traslado al Departamento de Tesorería, a fin de que informe sobre el
cumplimiento de lo dispuesto en el apartado anterior.
Tercero: Dese traslado al Departamento de Contratación, a fin de que informe sobre el
cumplimiento del apartado primero.
APROBACIÓN, SI PROCEDE, DE FACTURAS Y GASTOS.
No se presentan facturas ni gastos para su aprobación.
Y no habiendo más asuntos que tratar, el señor Presidente dio por terminada la
sesión, a las once horas y treinta minutos, extendiéndose la presente acta, de que yo,
la Secretaria, certifico.
18
ACTA Nº 4
AYUNTAMIENTO DE MUSKIZ
En Muskiz, a uno de febrero de dos mil dieciséis, siendo las diez horas de la
mañana, se reunió la Junta de Gobierno Local, bajo la presidencia del señor Alcalde,
don Borja Liaño Abarrategi, y con asistencia de los señores Tenientes de Alcalde, don
Eduardo Briones Lerchundi, don Unai Landaburu Izar de La Fuente y don Gonzalo
Riancho Ocejo, para celebrar sesión ordinaria, en primera convocatoria, y con asistencia
de la señora Secretaria General, doña Itxaso Apraiz Yáñez y el señor Interventor don
Mario Lanbarri Martín.
LECTURA Y APROBACIÓN, SI PROCEDE, DEL ACTA DE LA SESIÓN ANTERIOR.
Declarado abierto el acto por el señor Presidente, de su orden se dio lectura al acta de
la sesión anterior celebrada el día veinticinco de enero, que fue aprobada por
unanimidad.
PETICIÓN
PATRICIA
VERDES
CEARRA,
DEVOLUCIÓN
DE
AVAL
CORRESPONDIENTE AL SERVICIO DE ASESORÍA JURÍDICA PARA EL ÁREA DE
ACCIÓN SOCIAL.
Dada cuenta del escrito presentado por doña Patricia Verdes Cearra, con entrada en el
Registro General de este Ayuntamiento número 73 de fecha 14 de enero de 2016,
solicitando la devolución de la garantía definitiva, constituida por importe de 993,00€
como garantía por la prestación del servicio de asesoría jurídica para el área de Acción
Social, y visto el informe favorable emitido por la Coordinadora de Servicios Sociales, de
fecha 25 de enero de 2016,
La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Proceder a la devolución de la garantía definitiva solicitada.
Segundo: Dese traslado al Departamento de Intervención / Tesorería a los efectos
oportunos.
Tercero: Notifíquese al interesado, con expresión de los recursos a que hubiera lugar.
PETICIÓN SENDOKI ALQUILERES S.L., LICENCIA DE ACTIVIDAD PARA
ALQUILER DE MAQUINARIA DE OBRA.
Dada cuenta del estado en que se encuentra el expediente tramitado en este
Ayuntamiento, a instancia de Julio Del Ferrero en representación de Sendoki Alquileres,
S.L., para la instalación de la actividad de alquiler de maquinaria de obra, en las naves
18, 19, 20, 21 en la parcela 6 del polígono de San Martín, y visto el informe favorable
emitido por el Aparejador Municipal, de fecha 25 de enero de 2016,
La Junta de Gobierno Local por unanimidad de los presentes, acuerda, conceder la
licencia de instalación solicitada, con sujeción a las medidas correctoras impuestas por
el Departamento de Medio Ambiente y Política Territorial del Gobierno Vasco con fecha
de 19 de enero de 2016. Se informa al peticionario que una vez estén ejecutadas dichas
medidas correctoras deberá solicitar a este Ayuntamiento la realización de una
inspección, por parte del técnico municipal, que verifique la correcta implantación de
dichas medidas correctoras impuestas y demás normativa de obligado cumplimiento
para la concesión de la licencia de apertura o puesta en marcha.
PETICIÓN ORTZADAR S.L., APROBACIÓN DE LA PRÓRROGA DEL CONTRATO
DE GESTIÓN DEL SERVICIO DE PREVENCIÓN DE DROGODEPENDENCIAS Y
OTRAS ADICCIONES.
1
Dada cuenta de la próxima finalización del plazo de vigencia del contrato suscrito entre
este Ayuntamiento de Muskiz y la empresa Ortzadar, S.L., para la gestión del servicio
de prevención de drogodependencias y otra adicciones y, vista la cláusula 8.3 del pliego
de condiciones regulador del servicio, así como el informe favorable emitido por la
Coordinadora de servicios sociales municipales, de fecha 21 de enero de 2016.
La Junta de Gobierno Local por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Prorrogar el citado contrato por el plazo de un año, con efectos a 1 de abril de
2016.
Segundo: Dese traslado el responsable de prevención de riesgos laborales, así como al
departamento de intervención para su conocimiento y efectos oportunos.
Tercero: Notifíquese al interesado con expresión de los recursos a que hubiera lugar.
INICIO DE EXPEDIENTE DE ADJUDICACIÓN DE APROVECHAMIENTOS
FORESTALES.
Dada cuenta del escrito remitido por el Servicio de Montes de Bizkaia mediante el que
se propone que se proceda a la adjudicación de los aprovechamientos forestales que en
él se señalan,
Visto el pliego de cláusulas-administrativas particulares elaborado al efecto por el que
se establece como procedimiento de adjudicación el negociado sin publicidad y
tramitación ordinaria,
La Junta de Gobierno Local por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Aprobar los pliegos de cláusulas administrativas particulares, así como los
pliegos de condiciones técnicas remitidos por el Servicio de Montes de la Diputación
Foral de Bizkaia para la adjudicación de los aprovechamientos forestales y con los
presupuestos-tipo de licitación siguientes:
1.- Peña Chica nº 112, paraje Los Ríos. 18.000,00 € (IVA excluido).
2.- Las Pozas nº 115, paraje El Somo. 1.916,00 € (IVA excluido).
3.- Bilotxi nº 116, paraje Los Ríos. 3.366,00 € (IVA excluido).
4.- Bilotxi nº 116, paraje Los Ríos. 2.502,00 € (IVA excluido).
5.- Mello y Bilotxi. 6.600,00 € (IVA excluido).
6.- Las Pozas nº 115, paraje Rabociego o Riociego. 2.250,00 € (IVA excluido).
7.- Las Pozas nº 115, paraje Riociego. 2.805,00 € (IVA excluido).
8.- Las Pozas nº 115, paraje Riociego. 750,00 € (IVA excluido).
9.- Bilotxi nº 116, paraje Edillo. 540,00 € (IVA excluido).
10.- Bilotxi nº 116, paraje La Casería. 3.200,00 € (IVA excluido).
11.- Bilotxi nº 116, paraje Los Vahos. 4.480,00 € (IVA excluido).
12.- Bilotxi nº 116, paraje El Campo. 544,00 € (IVA excluido).
13.- Picos de Kobaron nº 114, paraje La Kabila. 3.672,00 € (IVA excluido).
14.- Las Pozas nº 115, paraje La Sequilla. 2.603,00 € (IVA excluido).
15.- Bilotxi nº 116, paraje Nesilla. 5.616,00 € (IVA excluido).
16.- Bilotxi nº 116, paraje El Pobal. 3.348,00 € (IVA excluido)
2
Segundo: Aprobar como forma de adjudicación la de procedimiento negociado sin
publicidad.
Tercero: Aprobar la apertura del procedimiento de adjudicación con el cumplimiento de
todos sus trámites.
APROBACIÓN, SI PROCEDE, DE FACTURAS Y GASTOS.
Se acuerda aprobar la relación de facturas 2016/000002, que consta de 12 páginas
formadas por 58 facturas y por importe total de 222.318,20 €.
Gastos:
Ados informática. Bolsa de horas
21.734,75 €
Fuera del orden del día y previa declaración de urgencia, se adoptaron los siguientes
acuerdos:
ADJUDICACIÓN DEL SERVICIO DE CONTRATACIÓN DE ASESORÍA JURÍDICA.
Habiéndose tramitado procedimiento negociado, y siendo la forma de adjudicación la de
concurso, según lo dispuesto para este tipo de procedimientos en el Real Decreto
Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la
Ley de Contratos del Sector Público, y
Vistas las ofertas presentadas para la adjudicación del servicio de asesoría jurídica,
Visto que se requirió a la empresa Sanz & Saiz Abogados, S.L. para la presentación de
la documentación justificativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus
obligaciones tributarias y con la Seguridad Social o autorizase al órgano de contratación
para obtener de forma directa la acreditación de ello, de disponer efectivamente de los
medios que se hubiese comprometido a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato
conforme al artículo 151.2 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector
Público, y de haber constituido la garantía definitiva que sea procedente, así como la
acreditación de la documentación referida en el artículo 146.4, y
Visto que por la empresa se ha presentado la documentación requerida en plazo,
La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Adjudicar, definitivamente, el servicio de asesoría jurídica, a la empresa Sanz
& Saiz Abogados, S.L., por un importe de 13.100,00€, IVA EXCLUIDO, por el plazo de
un año.
Segundo: Dese traslado al Responsable de Prevención de Riesgos Laborales, así como
al Departamento de Contabilidad, a los efectos oportunos.
Tercero: Notifíquese el presente acuerdo al adjudicatario y al resto de licitadores.
Cuarto: Publíquese en el Perfil del Contratante.
Quinto: Emplazar a la empresa Sanz & Saiz Abogados, S.L. para la formalización del
contrato en un plazo no superior a los quince días hábiles siguientes a aquel en que se
reciba la notificación del presente acuerdo.
Sexto: Devuélvase el expediente completo al departamento de origen.
Y no habiendo más asuntos que tratar, el señor Presidente dio por terminada la
sesión, a las once horas y treinta minutos, extendiéndose la presente acta, de que yo,
la Secretaria, certifico.
3
ACTA Nº 5
AYUNTAMIENTO DE MUSKIZ
En Muskiz, a ocho de febrero de dos mil dieciséis, siendo las diez horas de la
mañana, se reunió la Junta de Gobierno Local, bajo la presidencia del señor Alcalde,
don Borja Liaño Abarrategi, y con asistencia de los señores Tenientes de Alcalde, don
Eduardo Briones Lerchundi, don Rufino Manterola Lejarza y don Gonzalo Riancho Ocejo,
para celebrar sesión ordinaria, en primera convocatoria, y con asistencia de la señora
Secretaria General, doña Itxaso Apraiz Yáñez y el señor Interventor don Mario Lanbarri
Martín.
LECTURA Y APROBACIÓN, SI PROCEDE, DEL ACTA DE LA SESIÓN ANTERIOR.
Declarado abierto el acto por el señor Presidente, de su orden se dio lectura al acta de
la sesión anterior celebrada el día uno de febrero, que fue aprobada por unanimidad.
RECLAMACIÓN PATRIMONIAL.
En relación con la instancia presentada, mediante la que solicita indemnización por los
daños surgidos en el vehículo de su propiedad, concretamente en su rueda delantera
izquierda, como consecuencia de una alcantarilla defectuosamente colocada, en la parte
trasera del barrio de Memerea, Y
Visto el informe favorable emitido por el Técnico de Administración Especial, de fecha 8
de enero de 2016,
La Junta de Gobierno Local por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Estimar la reclamación formulada y reconocer la responsabilidad patrimonial de
este Ayuntamiento de Muskiz, en los daños ocasionados en la rueda delantera izquierda
del vehículo de su propiedad, como consecuencia de una alcantarilla mal colocada.
Segundo: Fijar la cuantía de la indemnización en 92,20 euros, y proceder a su abono, al
no superar la cuantía de 300 euros establecida como franquicia en el contrato de
seguro que este Ayuntamiento tiene formalizado.
Tercero: Dar traslado de este acuerdo al Departamento de Tesorería a los efectos
oportunos.
Cuarto: Notifíquese al interesado con expresión de los recursos a que hubiera lugar.
RECLAMACIÓN PATRIMONIAL EN REPRESENTACIÓN.
Dada cuenta del expediente tramitado a instancia de Allianz Compañía de Seguros y
Reaseguros, S.A., sobre reclamación de responsabilidad patrimonial de este
Ayuntamiento de Muskiz por los daños sufridos en vehículo asegurado con la citada
compañía, valorado en 452,08 euros, y
Visto el informe favorable emitido por el Técnico de Administración Especial, de fecha
21 de enero de 2016,
La Junta de Gobierno Local por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Reconocer la responsabilidad patrimonial de este Ayuntamiento de Muskiz por
los daños causados en el vehículo y fijar la indemnización a abonar a Allianz
Compañía de Seguros y Reaseguros, S.A., en la cantidad de 452,08 euros, de los que
al Ayuntamiento le corresponde abonar el importe de 300 euros que está establecido
como franquicia.
Segundo: Dese traslado al área de tesorería a los efectos oportunos.
1
Tercero: Notificar este acuerdo a la reclamante y a Egiasa Alkora, con expresión de los
recursos a que hubiera lugar.
RECLAMACIÓN PATRIMONIAL.
Dada cuenta del expediente tramitado para el reconocimiento de la responsabilidad
patrimonial del Ayuntamiento de Muskiz en los daños producidos al vehículo de su
propiedad, por valor de 466,75 euros, como consecuencia de la caída de varias ramas
de un árbol que se encuentra junto a una zona de aparcamiento municipal, y
Visto el informe emitido por el Técnico de Administración Especial, de fecha 20 de
enero de 2016,
La Junta de Gobierno Local por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Reconocer la responsabilidad patrimonial de este Ayuntamiento de Muskiz y
fijar la indemnización en 466,75 euros, correspondiendo al ayuntamiento abonar la
cantidad total de 300 euros establecida como franquicia.
Segundo: Dese traslado al Área de Tesorería a los efectos oportunos.
Tercero: Notifíquese este acuerdo al reclamante, así como a la compañía aseguradora,
con expresión de los recursos a que hubiera lugar.
PETICIÓN DE AUTORIZACIÓN DE TRASPASO DE TERRENO COMUNAL.
Dada cuenta del escrito presentado mediante el que solicita autorización para proceder
al traspaso del aprovechamiento del terreno comunal sito en Carrascal, correspondiente
a la parcela 119 subparcelas a), b) c), d) y g), del polígono 10, que manifiesta su
aceptación firmando el escrito, y
Visto el informe favorable emitido por el Técnico de Administración Especial, de fecha
27 de enero de 2016,
La Junta de Gobierno Local por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Autorizar el traspaso del aprovechamiento del terreno comunal sito en
Carrascal, correspondiente a la parcela 119 subparcelas a), b), c), d) y g), del polígono
10.
Segundo: Dese traslado al departamento de Intervención - Tesorería a los efectos
oportunos.
Tercero: Notificar este acuerdo a los solicitantes con expresión de los recursos a que
hubiera lugar.
PETICIÓN DE BAJA DE VADO PERMANENTE.
Dada cuenta de la instancia presentada, con entrada en el registro general municipal
número 63 de 13 de enero de 2016, mediante la que solicita la baja definitiva de un
vado permanente con número 19 de licencia en Giba Fregenal, y
Visto el informe favorable emitido por el Técnico de Administración Especial, de fecha
20 de enero de 2016, en el que se expone que:
"(…) de conformidad con lo establecido en la ordenanza reguladora, procede aceptar la
renuncia, surtiendo efecto el último día del mes de su presentación, es decir, el 31 de
enero de 2016."
La Junta de Gobierno Local por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Aceptar la renuncia definitiva al vado permanente con licencia número 19 sito
en Giba Fregenal. Debiendo retirar las placas y devolverlas al Ayuntamiento
2
entregándolas en el pabellón municipal.
Segundo: Dese traslado a la brigada Municipal de Obras a fin de que verifiquen la
retirada y entrega de las placas.
Tercero: Dese traslado al departamento de tesorería a los efectos de regularizar la
situación recaudatoria
Cuarto: Notifíquese al interesado con expresión de los recursos a que hubiera lugar.
PETICIÓN DE AUTORIZACIÓN
MERCADILLO MUNICIPAL.
DE
INSTALACIÓN
DE
PUESTO
EN
EL
Dada cuenta de la instancia presentada, solicitando licencia para la instalación de un
puesto en el Mercadillo Municipal, y visto el informe desfavorable emitido por el Jefe
de la Policía Local, de fecha 26 de enero de 2016, en el que se expone que:
“(…) Se informa:
La denegación de la licencia, debido a que se pretende reestructurar el mercadillo
disminuyendo el elevado número de puestos existentes en el recinto, cincuenta y cuatro
actualmente (54), eliminando aquellos que tienen pocos metros lineales, de 2 a 3
metros.
Su solicitud será archivada y registrada para que si en un futuro se producen
modificaciones o posibilidad de conceder nuevas altas, sea tenida en cuenta en orden
de registro de entrada."
La Junta de Gobierno Local por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Denegar la solicitud mencionada, por los motivos expuestos en el informe del
Jefe de Policía Local antes citado.
Segundo: Comunicar a la solicitante que su solicitud será archivada a los efectos
descritos en el informe anteriormente referenciado.
Tercero: Notifíquese a la persona interesada con expresión de los recursos a que
hubiera lugar.
PETICIÓN DE BIZKAIRAKO DONE JAKUE BIDEAREN BORONDATEZKO
ZAINTZAILE ELKARTEA DE AUTORIZACIÓN DE GESTIÓN DEL ALBERGUE
MUNICIPAL.
Dada cuenta de la instancia presentada por Bizkairako Done Jakue Bidearen
Borondatezko Zaintzaile Elkartea - Agrupación Hospitaleros Voluntarios Camino
Santiago para Bizkaia, con entrada en el registro general municipal número 123 de 20
de enero de 2016, mediante la que solicita autorización para la gestión del albergue
municipal durante la campaña 2016, entre el 1 de mayo y el 30 de septiembre, y
Visto el informe favorable emitido por el Director de Cultura de fecha 1 de febrero de
2016,
La Junta de Gobierno Local por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Conceder a Bizkairako Done Jakue Bidearen Borondatezko Zaintzaile Elkartea Agrupación Hospitaleros Voluntarios Camino Santiago para Bizkaia autorización para la
gestión del albergue municipal entre el uno de mayo y el 30 de septiembre de 2016.
Segundo: Notifíquese al interesado con expresión de los recursos a que hubiera lugar.
APROBACIÓN, SI PROCEDE, DE CONVOCATORIA PARA LA SOLICITUD DE
SUBVENCIONES A ENTIDADES Y PERSONAS SIN ÁNIMO DE LUCRO PARA LA
3
ORGANIZACIÓN DE FIESTAS EN LOS BARRIOS DE MUSKIZ EN EL AÑO 2016.
Dada cuenta de la convocatoria y las bases reguladoras de las subvenciones a
entidades y personas sin ánimo de lucro para la organización de fiestas en los barrios
de Muskiz en el año 2016,
La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Aprobar la convocatoria y las bases reguladoras de las subvenciones a
entidades y personas sin ánimo de lucro para la organización de fiestas en los barrios
de Muskiz en el año 2016
Segundo: Ordenar su publicación en los tablones de anuncios, página Web municipal y
Boletín Oficial de Bizkaia.
APROBACIÓN, SI PROCEDE, DE CONVOCATORIA PARA LA SOLICITUD DE
SUBVENCIONES A ENTIDADES Y PERSONAS SIN ÁNIMO DE LUCRO PARA LA
REALIZACIÓN DE PROGRAMAS Y ACTIVIDADES CULTURALES Y/O JUVENILES
EN EL AÑO 2016.
Dada cuenta de la convocatoria y las bases reguladoras de las subvenciones a
entidades y personas sin ánimo de lucro para la realización de programas y actividades
culturales y/o juveniles en el año 2016,
La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Aprobar la convocatoria y las bases reguladoras de las subvenciones a
entidades y personas sin ánimo de lucro para la realización de programas y actividades
culturales y/o juveniles en el año 2016
Segundo: Ordenar su publicación en los tablones de anuncios, página Web municipal y
Boletín Oficial de Bizkaia.
APROBACIÓN, SI PROCEDE, DE CONVOCATORIA PARA LA SOLICITUD DE
SUBVENCIONES A ENTIDADES Y PERSONAS SIN ÁNIMO DE LUCRO PARA LA
REALIZACIÓN DE PROGRAMAS DEPORTIVAS EN EL AÑO 2016.
Dada cuenta de la convocatoria y las bases reguladoras de las subvenciones a
entidades y personas sin ánimo de lucro para la realización de programas y actividades
deportivas en el año 2016,
La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Aprobar la convocatoria y las bases reguladoras de las subvenciones a
entidades y personas sin ánimo de lucro para la realización de programas y actividades
deportivas en el año 2016
Segundo: Ordenar su publicación en los tablones de anuncios, página Web municipal y
Boletín Oficial de Bizkaia.
APROBACIÓN, SI PROCEDE, DE FACTURAS Y GASTOS.
Se acuerda aprobar la relación de facturas 2015/000003, que consta de 6 páginas
formadas por 7 facturas y por importe total de 11.912,87 €.
Fuera del orden del día y previa declaración de urgencia, se adoptaron los siguientes
acuerdos:
RECLAMACIÓN PATRIMONIAL.
Dada cuenta del expediente tramitado, para el reconocimiento de la responsabilidad
patrimonial del Ayuntamiento de Muskiz, en los daños ocasionados como consecuencia
de una caída que sufrió en el camino de Borja debido a que una banda de goma
4
antivelocidad estaba en estado defectuoso,
Vista la propuesta remitida por la compañía de seguros que este Ayuntamiento tiene
contratada,
Visto que el reclamante acepta la propuesta antes mencionada, y
Visto el informe favorable emitido por el Técnico de Administración Especial, de fecha
26 de enero de 2016
La Junta de Gobierno Local por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Reconocer la responsabilidad patrimonial de este Ayuntamiento de Muskiz, y
fijar la indemnización a abonaren 18.000 euros, de los que al Ayuntamiento le
corresponde abonar el importe de la franquicia establecida en 300 euros.
Segundo: Dese traslado al departamento de tesorería a los efectos oportunos.
Tercero: Notifíquese el presente acuerdo al reclamante, así como a la compañía de
seguros, con expresión de los recursos a que hubiera lugar.
Y no habiendo más asuntos que tratar, el señor Presidente dio por terminada la
sesión, a las once horas y treinta minutos, extendiéndose la presente acta, de que yo,
la Secretaria, certifico.
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ACTA Nº 6
AYUNTAMIENTO DE MUSKIZ
En Muskiz, a quince de febrero de dos mil dieciséis, siendo las diez horas de la
mañana, se reunió la Junta de Gobierno Local, bajo la presidencia del señor Alcalde,
don Borja Liaño Abarrategi, y con asistencia de los señores Tenientes de Alcalde, don
Eduardo Briones Lerchundi, don Rufino Manterola Lejarza, don Unai Landaburu Izar de
La Fuente y don Gonzalo Riancho Ocejo, para celebrar sesión ordinaria, en primera
convocatoria, y con asistencia de la señora Secretaria General, doña Itxaso Apraiz
Yáñez y el señor Interventor don Mario Lanbarri Martín.
LECTURA Y APROBACIÓN, SI PROCEDE, DEL ACTA DE LA SESIÓN ANTERIOR.
Declarado abierto el acto por el señor Presidente, de su orden se dio lectura al acta de
la sesión anterior celebrada el día ocho de febrero, que fue aprobada por unanimidad.
RECLAMACIÓN PATRIMONIAL .
Dada cuenta del expediente tramitado para el reconocimiento de la responsabilidad
patrimonial del Ayuntamiento de Muskiz en los daños producidos al vehículo de su
propiedad, Renault Megane, matrícula 9943-HRK, por valor de 395,38 euros, como
consecuencia de la deficiente colocación de una alcantarilla, que presentaba una arista
viva, sobresaliendo del bordillo de la acera, y
Considerando los informes evacuados al respecto por la policía local y el aparejador
municipal,
Visto el informe favorable emitido por el Técnico de Administración Especial, de fecha 9
de febrero de 2016,
La Junta de Gobierno Local por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Reconocer la responsabilidad patrimonial de este Ayuntamiento de Muskiz y
fijar la indemnización en 395,38 euros, de los que al Ayuntamiento le corresponde
asumir la cantidad de 300 euros que está establecida como franquicia en el contrato de
seguro que tiene formalizado.
Segundo: Dar traslado al Departamento de Tesorería a los efectos oportunos.
Tercero: Notificar este acuerdo al reclamante, así como a la aseguradora, con expresión
de los recursos a que hubiera lugar.
PETICIÓN DE LA ASOCIACIÓN CONTRA EL MALTRATO ANIMAL DE
AUTORIZACIÓN DE INSTALACIÓN DE PUESTO PARA MERCADILLO
SOLIDARIO.
Dada cuenta de la instancia presentada por doña Lukene Mesanza González en
representación de la Asociación Contra el Maltrato Animal (ACMA), con entrada en el
registro general municipal número 207 de fecha 29 de enero de 2016, mediante la que
solicita autorización para la realización de un mercadillo solidario el 28 de febrero de
2016 entre las 10:00 y las 18:00 horas, en lugar a determinar del municipio, a fin de
recaudar fondos para la alimentación y el cuidado veterinario de los animales de la
Asociación, y
Visto el informe favorable emitido por la policía local de fecha 5 de febrero de 2015,
proponiendo que se realice en la plaza Meatzari,
La Junta de Gobierno Local por unanimidad de los presentes, acuerda:
1
Primero: Autorizar a la Asociación Contra el Maltrato Animal (ACMA) la celebración de
un mercadillo solidario el próximo 28 de febrero de 2016 entre las 10:00 y las 18:00
horas. Instalando el mismo en la plaza Meatzari, tal como indica el informe de la policía
local antes mencionado.
Segundo: Previo a la instalación del mercadillo, se deberá presentar un seguro de
Responsabilidad Civil en vigor.
Tercero: Notifíquese al interesado con expresión de los recursos a que hubiera lugar.
PETICIÓN DE SANZ Y SAIZ ABOGADOS, S.L. DE DEVOLUCIÓN DE GARANTÍA
DEFINITIVA POR LA PRESTACIÓN DEL CONTRATO DE ASESORÍA LEGAL.
Dada cuenta del escrito presentado por Adolfo Saiz Coca en representación de Sanz y
Saiz Abogados, S.L., con entrada en el Registro General de este Ayuntamiento número
196 de fecha 28 de enero de 2016, solicitando la devolución de la garantía definitiva,
constituida por importe de 1.420,00 € como garantía por la prestación del servicio de
asesoría jurídica, y visto el informe favorable emitido por la Secretaria General, de fecha
8 de febrero de 2016,
La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Proceder a la devolución de la garantía definitiva solicitada.
Segundo: Dese traslado al Departamento de Intervención / Tesorería a los efectos
oportunos.
Tercero: Notifíquese al interesado, con expresión de los recursos a que hubiera lugar.
APROBACIÓN, SI PROCEDE, DE LA CERTIFICACIÓN Nº5 DE LAS OBRAS DE
REURBANIZACIÓN DE LA PLAZA DE KOBARON.
Dada cuenta de la certificación nº 5 correspondiente a las obras de reurbanización de la
plaza de Kobaron, presentada por UTE Kobaron (Siecsa Construcción y Servicios, S.A. y
Excavaciones Gabika, S.L., Unión Temporal de Empresas), por importe de 115.277,28
€ (IVA incluido), y
Visto el informe favorable emitido por el Aparejador Municipal, de fecha 8 de febrero de
2016
La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Prestarle total aprobación.
Segundo: Notifíquese el presente acuerdo al interesado, con expresión de los recursos a
que hubiera lugar.
PETICIÓN DE GABIKA, S.L. DE DEVOLUCIÓN DE GARANTÍA DEFINITIVA POR
LAS OBRAS DEL PROYECTO DE REPOSICIÓN DE LA RED DE
ABASTECIMIENTO EN AUTONOMÍA KALEA.
Dada cuenta del
escrito presentado por Teresa de La Hera Rodríguez, en
representación de Excavaciones Gabika, S.L., con entrada en el Registro General de
este Ayuntamiento número 3580 de fecha 27 de octubre de 2015, solicitando la
devolución de la garantía definitiva, constituida por importe de 500,60€ para garantizar
la correcta ejecución de las obras del proyecto de reposición de la red de
abastecimiento de Autonomía kalea, y visto el informe favorable emitido por el
Aparejador Municipal, de fecha 10 de febrero de 2016,
La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los presentes, acuerda:
2
Primero: Proceder a la devolución de la garantía definitiva solicitada.
Segundo: Dese traslado al Departamento de Intervención / Tesorería a los efectos
oportunos.
Tercero: Notifíquese al interesado, con expresión de los recursos a que hubiera lugar.
PETICIÓN DE PROYECTOS Y OBRAS PABISA, S.A. DE DEVOLUCIÓN DE
GARANTÍA DEFINITIVA POR LAS OBRAS DE REURBANIZACIÓN DE LA PLAZA
MEATZARI.
Dada cuenta del
escrito presentado por D. Roberto Fernández Vivanco en
representación de Proyectos y Obras Pabisa, S.A., con entrada en el Registro General
de este Ayuntamiento número 3047 de fecha 27 de agosto de 2015, solicitando la
devolución de la garantía definitiva, constituida
por importe de 3.659,22€ para
garantizar la correcta ejecución de las obras de reurbanización de la plaza Meatzari, y
visto el informe favorable emitido por el Aparejador Municipal, de fecha 10 de febrero
de 2016,
La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Proceder a la devolución de la garantía definitiva solicitada.
Segundo: Dese traslado al Departamento de Intervención / Tesorería a los efectos
oportunos.
Tercero: Notifíquese al interesado, con expresión de los recursos a que hubiera lugar.
APROBACIÓN, SI PROCEDE, DE FACTURAS Y GASTOS.
Se acuerda aprobar la relación de facturas 2015/000004, que consta de 14 páginas
formadas por 37 facturas y por importe total de 160.905,36 €.
Y no habiendo más asuntos que tratar, el señor Presidente dio por terminada la
sesión, a las once horas y treinta minutos, extendiéndose la presente acta, de que yo,
la Secretaria, certifico.
3
ACTA Nº 7
AYUNTAMIENTO DE MUSKIZ
En Muskiz, a veintidós de febrero de dos mil dieciséis, siendo las diez horas de la
mañana, se reunió la Junta de Gobierno Local, bajo la presidencia del señor Alcalde,
don Borja Liaño Abarrategi, y con asistencia de los señores Tenientes de Alcalde, don
Eduardo Briones Lerchundi, don Rufino Manterola Lejarza, don Unai Landaburu Izar de
La Fuente y don Gonzalo Riancho Ocejo, para celebrar sesión ordinaria, en primera
convocatoria, y con asistencia de la señora Secretaria General, doña Itxaso Apraiz
Yáñez y el señor Interventor don Mario Lanbarri Martín.
LECTURA Y APROBACIÓN, SI PROCEDE, DEL ACTA DE LA SESIÓN ANTERIOR.
Declarado abierto el acto por el señor Presidente, de su orden se dio lectura al acta de
la sesión anterior celebrada el día quince de febrero, que fue aprobada por unanimidad.
PETICIÓN DE INSTALACIÓN DE 2 MESAS Y SUS RESPECTIVAS SILLAS
JUNTO AL BAR ANAIAK.
Dada cuenta de la instancia presentada mediante la que solicita autorización municipal
para la colocación de 2 mesas y sus respectivas sillas junto a la entrada de su
establecimiento hostelero Bar Anaiak, sito en calle Cendeja nº 12, y
Visto el informe favorable emitido por el Técnico de Administración Especial, de fecha
17 de febrero de 2016,
La Junta de Gobierno Local por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Conceder autorización para la ocupación de la vía pública con 2 mesas y sus
respectivas sillas, junto a la entrada del Bar Anaiak, sito en la calle Cendeja nº12,
debiendo en todo caso no impedir el paso de las personas, a cuyo objeto deberá dejar
libre un mínimo de 1,5 metros de paso.
Segundo: Dese traslado al área de Tesorería, para la aplicación de la correspondiente
tasa por ocupación de la vía pública.
Tercero: Notifíquese al interesado con expresión de los recursos a que hubiera lugar.
PETICIÓN DE AUTORIZACIÓN DE INSTALACIÓN DE 4 MESAS Y SUS
RESPECTIVAS SILLAS JUNTO LA CAFETERÍA LANGOIZ.
Dada cuenta de la instancia presentada mediante la que solicita autorización municipal
para la colocación de 4 mesas y sus respectivas sillas junto a la entrada de su
establecimiento hostelero Cafetería Langoiz, sito en Errota Zahar nº 22, y
Visto el informe emitido por el Técnico de Administración Especial, de fecha 17 de
febrero de 2016,
La Junta de Gobierno Local por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Conceder autorización para la colocación de 3 mesas y sus respectivas sillas
frente a la Cafetería Langoiz, sita en Errota Zahar nº 22, lonja, debiendo colocar los
elementos de forma que no impidan el paso de las personas, a cuyo efecto, se dejará
libre un mínimo de 1,5 metros de paso, con abono de la tasa correspondiente.
Segundo: Dese traslado al área municipal de Recaudación
Tercero: Notificar este acuerdo a la solicitante con el señalamiento de los recursos a
que hubiera lugar.
1
APROBACIÓN, SI PROCEDE, DE LA 1ª CERTIFICACIÓN - LIQUIDACIÓN DE
LAS OBRAS DE MEJORA DE CAMINO A KOBARON.
Dada cuenta de la certificación nº 1 - liquidación correspondiente a las obras mejora de
camino a Koabron, presentada por Consaudi Obra Civil, S.L., por importe de 24.260,50
€ (IVA incluido), y
Visto el informe favorable emitido por el Aparejador Municipal, de fecha 18 de febrero
de 2016
La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Prestarle total aprobación.
Segundo: Notifíquese el presente acuerdo al interesado, con expresión de los recursos a
que hubiera lugar.
APROBACIÓN, SI PROCEDE, DE LA 2ª CERTIFICACIÓN DE LAS OBRAS DE
SANEAMIENTO DEL BARRIO VILLANUEVA. FASE 2.
Dada cuenta de la certificación nº 2 correspondiente a las obras de saneamiento den el
barrio de Villanueva, 2ª fase, presentada por Asfaltados y Construcciones Morga, S.L.,
por importe de 21.565,31 € (IVA incluido), y
Visto el informe favorable emitido por el Aparejador Municipal, de fecha 18 de febrero
de 2016
La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Prestarle total aprobación.
Segundo: Notifíquese el presente acuerdo al interesado, con expresión de los recursos a
que hubiera lugar.
APROBACIÓN, SI PROCEDE, DE LA 3ª CERTIFICACIÓN DEL SUMINISTRO E
INSTALACIÓN DE MOBILIARIO EN EL PASEO DE ITXASLUR.
Dada cuenta de la certificación nº 3 correspondiente a las obras al suministro e
instalación de mobiliario urbano en el paseo Itxaslur, presentada por Ambytecno, S.A.,
por importe de 14.157,01 € (IVA incluido), y
Visto el informe favorable emitido por el Aparejador Municipal, de fecha 18 de febrero
de 2016
La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Prestarle total aprobación.
Segundo: Notifíquese el presente acuerdo al interesado, con expresión de los recursos a
que hubiera lugar.
PETICIÓN DE TENENCIA DE ANIMAL POTENCIALMENTE PELIGROSO.
Dada cuenta del escrito presentado solicitando licencia municipal para la tenencia de un
perro de raza calificada como potencialmente peligrosa y su anotación en el registro
municipal de animales potencialmente peligrosos, aportando la documentación
prevista en el R.D. 287/2002, de 22 de marzo, visto el informe favorable emitido por
el Jefe de la Policía Local, de fecha 15 de febrero de 2016,
La Junta de Gobierno Local por unanimidad de los presentes, acuerda:
2
Primero: Conceder la licencia solicitada con un plazo de vigencia máximo de cinco años,
con la obligación del titular de comunicar en el plazo de quince días cualquier variación
de los datos en los que se ha basado la concesión correspondiéndole la referencia
48071/16/0067.
Segundo: Proceder a la inscripción del animal en el registro municipal de animales
potencialmente peligrosos con el nombre de "RAY", raza AMERICAN STANFORDSHIRE,
nº de chip 941-0000-1892-3796 y la referencia 48071/EC/16/0069.
Tercero: Notificar la presente al interesado con expresión de los recursos a que hubiera
lugar.
PETICIÓN DE CAMBIO DE TITULARIDAD DE CLÍNICA DENTAL EN ANTONIO
TRUEBA 1 LONJA.
Dada cuenta de la instancia presentada con entrada en el registro general municipal
número 2212 de 30 de septiembre de 2014, solicitando autorización para el cambio de
la titularidad de la licencia de actividad de clínica dental sita en la calle Antonio Trueba
nº 1 LJ, a favor de Sociedad Odontológica Hamar, S.L. y
Visto el informe favorable emitido por el Aparejador Municipal de fecha 18 de febrero
de 2016, y
La Junta de Gobierno Local por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Autorizar el cambio de titularidad de la actividad de clínica dental en la lonja
sita en C/ Antonio Trueba nº 1.LJ a favor de Sociedad Odontológica Hamar, S.L..
Segundo: Dese traslado al Departamento de Intervención para su conocimiento y
efectos oportunos.
Tercero: Notifíquese al interesado con expresión de los recursos a que hubiera lugar.
PETICIÓN DE CAMBIO DE TITULARIDAD DE BAR SITO EN CENDEJA, 33.
Dada cuenta de la instancia presentada con entrada en el registro general municipal
número 2636 de 14 de noviembre de 2014, solicitando autorización para el cambio a
su favor de la titularidad de la licencia de actividad del bar PSOE, sito en La Cendeja,
33, y visto el informe favorable emitido por el Aparejador Municipal de fecha 18 de
febrero de 2016,
La Junta de Gobierno Local por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Autorizar el cambio de titularidad de la actividad de Bar PSOE en la lonja sita
en La Cendeja, 33.
Segundo: Dese traslado al Departamento de Intervención para su conocimiento y
efectos oportunos.
Tercero: Notifíquese al interesado con expresión de los recursos a que hubiera lugar.
PETICIÓN DE CAMBIO DE TITULARIDAD DE PESCADERÍA EN LA CENDEJA, 8
BAJO.
Dada cuenta de la instancia presentada con entrada en el registro general municipal
número 1047 de 6 de marzo de 2015, solicitando autorización para el cambio de la
titularidad de la licencia de actividad de pescadería en La Cendeja nº 8 bajo, y visto el
informe favorable emitido por el Aparejador Municipal de fecha 18 de febrero de 2016,
3
La Junta de Gobierno Local por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Autorizar el cambio de titularidad de la actividad de pescadería en La Cendeja
nº 8 bajo.
Segundo: Dese traslado al Departamento de Intervención para su conocimiento y
efectos oportunos.
Tercero: Notifíquese al interesado con expresión de los recursos a que hubiera lugar.
APROBACIÓN, SI PROCEDE, DE INICIO DE EXPEDIENTE DE CONTRATACIÓN
DEL SUMINISTRO E INSTALACIÓN DE PIEZAS PARA LA REPARACIÓN DE
ESCALERAS MECÁNICAS DE TRAVESÍA ANTONIO TRUEBA.
Dada cuenta de la necesidad de contratar el suministro e instalación de piezas para la
repararon de las escaleras mecánicas de travesía Antonio Trueba puesta de manifiesto
por el Departamento de Urbanismo, y
Visto el pliego de cláusulas-administrativas particulares elaborado al efecto por el que
se establece como procedimiento de adjudicación el negociado sin publicidad y
tramitación ordinaria, por tipo de licitación máxima de 41.771,00 euros (IVA excluido),
La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Aprobar el inicio de expediente para la adjudicación del contrato de suministro
e instalación de piezas para la repararon de las escaleras mecánicas de travesía Antonio
Trueba, mediante procedimiento negociado sin publicidad por tipo de licitación máximo
de 41.771,00 (IVA excluido).
Segundo: Publicar el anuncio de licitación en el perfil del contratante del Ayuntamiento
de Muskiz.
Tercero: Devuélvase el expediente completo al departamento de origen.
APROBACIÓN, SI PROCEDE, DE FACTURAS Y GASTOS.
Se acuerda aprobar la relación de facturas 2015/000005, que consta de 15 páginas
formadas por 53 facturas y por importe total de 113.016,70 €.
Gastos:
Leixuri Llaguno Pérez. Gratificación por prácticas servicio euskera
Enkartur. Cuota anual
500,00 €
6.356,13 €
Fuera del orden del día y previa declaración de urgencia, se adoptaron los siguientes
acuerdos:
DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO PARA EL SUMINISTRO E
INSTALACIÓN DE ELEMENTOS ENERGÉTICAMENTE EFICIENTES PARA
SUSTITUIR LOS EXISTENTES EN LA RED DE ALUMBRADO PÚBLICO.Dada cuenta del recurso especial en materia de contratación interpuesto por HILED
SOLUCIONES LUMINARIAS DE ALTO RENDIMIENTO, S.A., en fecha veintidos de febrero
y registro de entrada número 335, contra el Pliego de prescripciones técnicas que rigen
la licitación del contrato para el suministro e instalación de elementos energéticamente
eficientes para sustituir los existentes en la red de alumbrado público,
A la vista del informe técnico de fecha veintidós de febrero de 2016, elaborado por el
Coordinador de Medio Ambiente, Emergencias y Seguridad Laboral, que pone de
manifiesto que tal y como alega el recurrente, existen en el pliego de prescripciones
4
técnicas determinadas especificaciones técnicas que pueden ser susceptibles de ser
consideradas discriminatorias o de limitar la libre concurrencia y,
A la vista del informe jurídico emitido por la Secretaría de fecha veintitrés de febrero
del siguiente tenor literal:
“En sesión celebrada en fecha veinticinco de enero de 2016 la Junta de Gobierno Local
del Ayuntamiento de Muskiz, adoptó entre otros, el acuerdo de aprobación de inicio de
expediente de contratación del suministro e instalación de elementos energéticamente
eficientes para sustituir los existentes en la red de alumbrado público, por el que se
aprobaron los pliegos que rigen la licitación, tanto el Pliego de Cláusulas Administrativas
Particulares, como el Pliego de Prescripciones Técnicas.
En fecha 28 de enero de 2016 se procedió al envío del anuncio de licitación al Diario
Oficial de la Unión Europea y la publicación del mismo en el Boletín Oficial del Estado se
realizó con fecha trece de febrero de 2016,
El plazo de presentación de proposiciones finaliza el próximo día 8 de marzo de 2016.
En fechas diecinueve y veintidós de febrero respectivamente se interpusieron anuncio y
recurso especial en materia de contratación por la empresa HILED SOLUCIONES
LUMINARIAS DE ALTO RENDIMIENTO, S.A., contra el pliego de prescripciones técnicas
que rige la licitación relativa al suministro e instalación de elementos energéticamente
eficientes para sustituir los existentes en la red de alumbrado público por considerar
que se incluyen requisitos discriminatorios.
NORMATIVA APLICABLE:
- El Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares así como el Pliego de Prescripciones
Técnicas aprobadas en sesión de la Junta de Gobierno Local de fecha 13 de octubre de
2014.
- El Real Decreto Legislativo 3/2011, de 4 de noviembre, por el que se aprueba el Texto
Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (TRLCSP).
- El Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento
General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas (RGLCAP).
FUNDAMENTOS DE DERECHO:
El recurso interpuesto por HILED, en aplicación del artículo 40 TRLCSP, invoca el
incumplimiento por parte del Ayuntamiento de Muskiz de los principios que rigen la
contratación pública, en la consideración de que el pliego de prescripciones técnicas
incurre en criterios discriminatorios y por tanto no es conforme a Derecho.
A la vista del recurso, el informe técnico de fecha veintidós de febrero de 2016,
elaborado por el Coordinador de Medio Ambiente, Emergencias y Seguridad Laboral,
pone de manifiesto que tal y como alega el recurrente, existen en el pliego de
prescripciones técnicas determinadas especificaciones técnicas que pueden ser
susceptibles de ser consideradas discriminatorias.
Teniendo en consideración lo concluido por el técnico competente, en la determinación
de los requisitos técnicos que rigen la licitación se ha incurrido en varias infracciones no
subsanables por haber establecido requisitos que pudieran constituir discriminaciones
con respecto de unos licitadores frente a otros y que por tanto pudieran obstaculizar la
concurrencia.
Por todo ello, y visto que dichas infracciones determinan la imposibilidad de continuar
con el procedimiento de licitación en los términos inicialmente aprobados, debe
5
procederse al desistimiento del procedimiento de adjudicación, sin perjuicio del inicio
inmediato de un nuevo procedimiento de licitación, si así lo estima el órgano de
contratación de conformidad con lo dispuesto en el artículo 155.4 TRLCSP.
En base a todo lo anterior, se propone a la Junta de Gobierno Local la adopción del
siguiente acuerdo:
Primero.- Desistir del procedimiento de adjudicación del contrato de suministro e
instalación de elementos energéticamente eficientes para sustituir los existentes en la
red de alumbrado público de Muskiz, aprobado en sesión de la Junta de Gobierno Local
de 25 de enero de 2016, publicado en el DOUE y en el BOE en fecha trece de febrero
de 2016 .
Segundo.- Aprobar, si procede, el inicio del nuevo expediente de contratación para la
adjudicación del contrato de suministro e instalación de elementos energéticamente
eficientes para sustituir los existentes en la red de alumbrado público, mediante
procedimiento abierto por tipo de licitación máximo de 232.295,60 € (IVA excluido) y
plazo de ejecución de 3 meses, una vez subsanadas las deficiencias que limitaban la
libre concurrencia.
Tercero.- Publicar el anuncio de licitación en el DOUE, en el BOB y en el Perfil del
Contratante del Ayuntamiento de Muskiz.
Cuarto.- Dar traslado del presente acuerdo al Órgano Administrativo de Recursos
Contractuales.
Quinto.- Devuélvase el expediente completo al departamento de origen.”
La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de sus miembros, acuerda:
Primero.- Desistir del procedimiento de adjudicación del contrato de suministro e
instalación de elementos energéticamente eficientes para sustituir los existentes en la
red de alumbrado público de Muskiz, aprobado en sesión de la Junta de Gobierno Local
de 25 de enero de 2016, publicado en el DOUE y en el BOE en fecha trece de febrero
de 2016 .
Segundo.- Dar traslado del presente acuerdo al Órgano Administrativo de Recursos
Contractuales.
Tercero: Notificar la presente a HILED SOLUCIONES LUMINARIAS DE ALTO
RENDIMIENTO, S.A.
Cuarto: Informar del acuerdo de desistimiento en el perfil del contratante de la página
web municipal.
Quinto.- Devuélvase el expediente completo al departamento de origen.
Y no habiendo más asuntos que tratar, el señor Presidente dio por terminada la
sesión, a las once horas y cuarenta y cinco minutos, extendiéndose la presente acta,
de que yo, la Secretaria, certifico.
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ACTA Nº 8
AYUNTAMIENTO DE MUSKIZ
En Muskiz, a veintinueve de febrero de dos mil dieciséis, siendo las diez horas de
la mañana, se reunió la Junta de Gobierno Local, bajo la presidencia del señor Alcalde,
don Borja Liaño Abarrategi, y con asistencia de los señores Tenientes de Alcalde, don
Eduardo Briones Lerchundi, don Rufino Manterola Lejarza, don Unai Landaburu Izar de
La Fuente y don Gonzalo Riancho Ocejo, para celebrar sesión ordinaria, en primera
convocatoria, y con asistencia de la señora Secretaria General, doña Itxaso Apraiz
Yáñez y el señor Interventor don Mario Lanbarri Martín.
LECTURA Y APROBACIÓN, SI PROCEDE, DEL ACTA DE LA SESIÓN ANTERIOR.
Declarado abierto el acto por el señor Presidente, de su orden se dio lectura al acta de
la sesión anterior celebrada el día veintidós de febrero de 2016, que fue aprobada por
unanimidad.
APROBACIÓN, SI PROCEDE, DE CERTIFICACIÓN Nº 6 DE LAS OBRAS DE
REURBANIZACIÓN DE LA PLAZA KOBARON Y SU ENTORNO..
Dada cuenta de la certificación nº 6 correspondiente a las obras de reurbanización de la
plaza Kobaron y su entorno, presentada por UTE Kobaron (Siecsa Construcción y
Servicios S.A. y Excavaciones Gabika S.L, Unión Temporal de Empresas), por importe
de 89.856,02 € (IVA incluido),
La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Prestarle total aprobación.
Segundo: Notifíquese el presente acuerdo al interesado, con expresión de los recursos a
que hubiera lugar.
APROBACIÓN, SI PROCEDE, DE INICIO DE EXPEDIENTE DE CONTRATACIÓN
DEL SERVICIO DE RECOGIDA Y CUSTODIA DE ANIMALES.
Dada cuenta de la necesidad de contratar el servicio integral de recogida y custodia de
animales domésticos en el municipio de Muskiz puesta de manifiesto por el
Departamento de Seguridad Ciudadana,
Visto el pliego de cláusulas-administrativas particulares elaborado al efecto por el que
se establece como procedimiento de adjudicación el procedimiento negociado sin
publicidad y tramitación ordinaria, por tipo de licitación máxima de 8.867,69 euros (IVA
excluido) y duración del contrato de un año, improrrogable
La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Aprobar el inicio de expediente para la adjudicación del contrato de servicio
integral de recogida y custodia de animales domésticos en el municipio de Muskiz,
mediante procedimiento negociado sin publicidad por tipo de licitación máximo de
8.867,69 (IVA excluido) y plazo de ejecución de un año improrrogable.
Segundo: Invitar, al menos, a tres empresas capacitadas para la realización del objeto
del contrato, siempre que ello sea posible.
Tercero: Devuélvase el expediente completo al departamento de origen.
INICIO DE EXPEDIENTE DE ADJUDICACIÓN DE AUTORIZACIONES DE
INSTALACIÓN DE PUESTOS DE VENTA DE HELADOS EN LA PLAYA DE LA
ARENA PARA LOS AÑOS 2016, 2017, 2018 Y 2019.
1
Visto el pliego de condiciones económico administrativas para regir la licitación para la
adjudicación de autorizaciones de instalación de puestos de venta de helados en la
playa de La Arena para los años 2016, 2017, 2018 y 2019,
La Junta de Gobierno Local por unanimidad de sus miembros, acuerda:
Primero: Aprobar el inicio del expediente de adjudicación de licencias para la instalación
de dos puestos de helados en Pobeña y otro en la playa de La Arena, desde el día 18
de marzo hasta el 12 de octubre de los años 2016, 2017, 2018 y 2019.
Segundo: Acordar como forma de adjudicación la subasta, señalando como tipo de
licitación:
- Pobeña, entrada camino a la Ermita: 2.700,00 €/año
- Pobeña, entrada a puente de la playa de La Arena: 4.000,00 €/año
- La Arena, junto a las casetas de la playa: 15.000,00 €/año
Tercero: Aprobar los pliegos de condiciones técnicas y económico-administrativas que
han de regir la licitación, publicándose anuncios en los tablones municipales,
estableciéndose como plazo de presentación de ofertas hasta el día 10 de marzo de
2016, hasta las 14 horas.
Cuarto: Acordar la apertura del procedimiento de adjudicación con el cumplimiento de
todos sus trámites, hasta la adjudicación definitiva.
PETICIÓN DE LICENCIA DE LA ACTIVIDAD DE TETERÍA, EN ERROTA ZAHAR
Nº20.
Dada cuenta de la comunicación previa de inicio de actividad presentada, en fecha 9 de
septiembre de 2015, para la actividad de tetería, en el local situado en C/ Errota Zahar,
20 bajo,
Visto el informe favorable emitido por el Aparejador Municipal, de fecha 25 de enero de
2016, en el que se expone que la actividad se encuentra en funcionamiento y no se
observan deficiencias,
Considerando que se han observado todos los trámites establecidos, y de conformidad
con lo establecido en los arts. 62 bis y 64 de la Ley 3/1998, de 27 de febrero, General
de Protección del Medio Ambiente del País Vasco, la Ley 7/2012, que modifica la Ley
3/1998 para su adaptación a la directiva 2006/123/CE y art. 71 bis 4ª de la Ley
30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y
del Procedimiento Administrativo Común, y
Vista la propuesta de resolución elevada por el Aparejador Municipal, de fecha 19 de
febrero de 2016,
La Junta de Gobierno Local por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Declarar que la comunicación previa presentada para la actividad de tetería,
en el local situado en C/ Errota Zahar, 20 bajo, de este término municipal, es correcta
según las comprobaciones posteriores realizadas.
Segundo: Notifíquese al interesado con expresión de los recursos a que hubiera lugar.
PETICIÓN DE LICENCIA DE LA ACTIVIDAD DE CONSULTA VETERINARIA EN
GLORIETAKO ENPARANTZA Nº 2.
2
Dada cuenta de la comunicación previa de inicio de actividad presentada, en fecha 14
de abril de 2015, para la actividad de centro veterinario, en el local situado en
Glorietako Enparantza nº2,
Visto el informe favorable emitido por el Aparejador Municipal, de fecha 22 de junio de
2015, en el que se expone que la actividad se encuentra en funcionamiento y no se
observan deficiencias,
Considerando que se han observado todos los trámites establecidos, y de conformidad
con lo establecido en los arts. 62 bis y 64 de la Ley 3/1998, de 27 de febrero, General
de Protección del Medio Ambiente del País Vasco, la Ley 7/2012, que modifica la Ley
3/1998 para su adaptación a la directiva 2006/123/CE y art. 71 bis 4ª de la Ley
30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y
del Procedimiento Administrativo Común, y
Vista la propuesta de resolución elevada por el Aparejador Municipal, de fecha 19 de
febrero de 2016,
La Junta de Gobierno Local por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Declarar que la comunicación previa presentada para la actividad de centro
veterinario, en el local situado Glorietako Enparantza nº2, de este término municipal, es
correcta según las comprobaciones posteriores realizadas.
Segundo: Notifíquese al interesado con expresión de los recursos a que hubiera lugar.
APROBACIÓN, SI PROCEDE, DE FACTURAS Y GASTOS.
Se acuerda aprobar la relación de facturas 2015/000006, que consta de 14 páginas
formadas por 45 facturas y por importe total de 230.467,14 €.
Gastos:
Behargintza. Aportación 2016
33.678,60 €
Behargintza. Aportación CPFPB Meatzaldea 2016
36.564,62 €
DFB. Retirada de abejas colegio Cantarrana
63,11 €
Bilbao Metrópoli 30. Cuota social 2016
480,81 €
Innova Elevator Group. Servicio mantenimiento ascensor colegio Cantarrana 1.379,40 €
Deia. Comunicación e información en Deia
5.000,00 €
Tele7. Comunicación e información en Tele7 Radio7
5.000 €
Y no habiendo más asuntos que tratar, el señor Presidente dio por terminada la
sesión, a las once horas y treinta minutos, extendiéndose la presente acta, de que yo,
la Secretaria, certifico.
3
ACTA Nº 9
AYUNTAMIENTO DE MUSKIZ
En Muskiz, a siete de marzo de dos mil dieciséis, siendo las diez horas de la
mañana, se reunió la Junta de Gobierno Local, bajo la presidencia del señor Alcalde,
don Borja Liaño Abarrategi, y con asistencia de los señores Tenientes de Alcalde, don
Eduardo Briones Lerchundi, don Rufino Manterola Lejarza, y don Unai Landaburu Izar
de La Fuente, para celebrar sesión ordinaria, en primera convocatoria, y con asistencia
de la señora Secretaria General, doña Itxaso Apraiz Yáñez y el señor Interventor don
Mario Lanbarri Martín.
LECTURA Y APROBACIÓN, SI PROCEDE, DEL ACTA DE LA SESIÓN ANTERIOR.
Declarado abierto el acto por el señor Presidente, de su orden se dio lectura al acta de
la sesión anterior celebrada el día veintinueve de febrero, que fue aprobada por
unanimidad.
RECURSO DE REPOSICIÓN PRESENTADO POR PETRÓLEOS DEL NORTE, S.A.
(PETRONOR) CONTRA LA LIQUIDACIÓN PROVISIONAL DEL IMPUESTO
SOBRE CONSTRUCCIONES, INSTALACIONES Y OBRAS, POR EL PROYECTO
"REMODELACIÓN SALA DE CONTROL 1".
Habiéndose interpuesto recurso de reposición por doña Raquel Ruiz Juárez, en nombre
y representación de Petróleos del Norte, S.A. (PETRONOR) con domicilio en el Edificio
Muñatones, San Martín, nº 5, en Muskiz, mediante escrito con entrada en el registro
general municipal número 2896 en fecha 3 de agosto de 2015, contra la liquidación
provisional del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras, por el Proyecto
“Remodelación Sala de Control 1”, y
Visto el informe emitido por el Técnico de Administración Especial, de fecha 2 de marzo
de 2016, del siguiente tenor literal:
"Dada cuenta del recurso de reposición interpuesto por doña Raquel Ruiz Juárez, en
nombre y representación de Petróleos del Norte, S.A. (PETRONOR) con domicilio en el
Edificio Muñatones, San Martín, nº 5, en Muskiz, contra la liquidación provisional del
Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras, por el Proyecto “Remodelación
Sala de Control 1”, aduciendo la incorrecta determinación de la base imponible del
impuesto, en base a lo establecido en la Ordenanza Fiscal Reguladora del ICIO del
Ayuntamiento en la que se dispone que “la base imponible del impuesto está
constituida por el coste real y efectivo de la construcción, instalación u obra y se
entiende por tal, a estos efectos, el coste de ejecución material de aquellas. No forman
parte de la base imponible, el impuesto sobre el valor añadido y demás impuestos
análogos propios de regímenes especiales, las tasas, precios públicos y demás
prestaciones patrimoniales de carácter público local relacionadas, en su caso, con la
construcción, instalación u obra, ni tampoco los honorarios de profesionales, el
beneficio empresarial del contratista, ni cualquier otro concepto que no integre,
estrictamente, el coste de ejecución material”.
Resultando que Petronor no coincide con el Ayuntamiento sobre la base imponible del
impuesto, al incluir los conceptos de trabajos previos, mobiliario, seguridad y salud,
control de calidad y gestión de residuos.
Considerando que, en base a la ordenanza fiscal reguladora del impuesto sobre
Construcciones Instalaciones y Obras, que recoge en su Título VIII-Gestión, artículos 12
y 14, que cuando se conceda la licencia preceptiva se presentará una liquidación
provisional y una vez finalizada la construcción, instalación u obra efectivamente
1
realizada, se girará la correspondiente liquidación definitiva, informo que procede que
por la Junta de Gobierno Local, se adopte acuerdo con el siguiente contenido:
Primero: Estimar el recurso de reposición interpuesto por doña Raquel Ruiz Juárez, en
nombre y representación de Petróleos del Norte, S.A. (PETRONOR), en tanto en cuanto
que la liquidación girada es provisional sobre una base imponible de 1.507.462,74 euros
y sin perjuicio del análisis que para la determinación de la liquidación definitiva se
realice una vez acabada la obra, prevista en el Proyecto “Remodelación Sala de Control
1”
Segundo: Requerir a Petróleos del Norte, S. A. (PETRONOR), cuando la obra esté
efectivamente realizada, la presentación de certificación final de obra, adjuntando
desglose de partidas de los diferentes capítulos, visada y firmada por técnico redactor,
a los efectos de girar la correspondiente liquidación definitiva.
(…)."
La Junta de Gobierno Local por unanimidad de los presentes con la ausencia del
Concejal don Rufino Manterola Lejarza, por incurrir en causa de abstención regulada en
el artículo 28 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de régimen jurídico y procedimiento
administrativo común, acuerda:
Primero: Estimar el recurso de reposición interpuesto por doña Raquel Ruiz Juárez, en
nombre y representación de Petróleos del Norte, S.A. (PETRONOR), en tanto en cuanto
que la liquidación girada es provisional sobre una base imponible de 1.507.462,74 euros
y sin perjuicio del análisis que para la determinación de la liquidación definitiva se
realice una vez acabada la obra, prevista en el Proyecto “Remodelación Sala de Control
1”
Segundo: Requerir a Petróleos del Norte, S. A. (PETRONOR), cuando la obra esté
efectivamente realizada, la presentación de certificación final de obra, adjuntando
desglose de partidas de los diferentes capítulos, visada y firmada por técnico redactor,
a los efectos de girar la correspondiente liquidación definitiva.
Tercero: Dar traslado al área municipal de Tesorería.
Cuarto: Notificar este acuerdo a Petróleos del Norte, S.A. (PETRONOR), con expresión
de los recursos a que hubiera lugar.
RECURSO DE REPOSICIÓN PRESENTADO POR PETRÓLEOS DEL NORTE, S.A.
(PETRONOR) CONTRA LIQUIDACIÓN PROVISIONAL DEL IMPUESTO SOBRE
CONSTRUCCIONES, INSTALACIONES Y OBRAS, POR EL PROYECTO "NUEVOS
COMPRESORES EN LA UNIDAD DE FCC PARA MEJORA DE LA EFICIENCIA
ENERGÉTICA".
Habiéndose interpuesto recurso de reposición por doña Raquel Ruiz Juárez, en nombre
y representación de Petróleos del Norte, S.A. (PETRONOR) con domicilio en el Edificio
Muñatones, San Martín, nº 5, en Muskiz, mediante escrito con entrada en el registro
general municipal número 314 en fecha 17 de febrero de 2016, contra la liquidación
provisional del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras, por el Proyecto
“Nuevos compresores en la Unidad de FCC para mejora de la eficiencia energética”, y
Visto el informe el informe emitido por el Técnico de Administración Especial de fecha 2
de marzo, del siguiente tenor literal:
"Dada cuenta del recurso de reposición interpuesto por doña Raquel Ruiz Juárez, en
nombre y representación de Petróleos del Norte, S.A. (PETRONOR) con domicilio en el
Edificio Muñatones, San Martín, nº 5, en Muskiz, contra la liquidación provisional del
2
Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras, por el Proyecto “Nuevos
compresores en la Unidad de FCC para mejora de la eficiencia energética”, aduciendo la
incorrecta determinación de la base imponible del impuesto, en base a lo establecido en
la Ordenanza Fiscal Reguladora del ICIO del Ayuntamiento en la que se dispone que “la
base imponible del impuesto está constituida por el coste real y efectivo de la
construcción, instalación u obra y se entiende por tal, a estos efectos, el coste de
ejecución material de aquellas. No forman parte de la base imponible, el impuesto
sobre el valor añadido y demás impuestos análogos propios de regímenes especiales,
las tasas, precios públicos y demás prestaciones patrimoniales de carácter público local
relacionadas, en su caso, con la construcción, instalación u obra, ni tampoco los
honorarios de profesionales, el beneficio empresarial del contratista, ni cualquier otro
concepto que no integre, estrictamente, el coste de ejecución material”.
Resultando que Petronor no coincide con el Ayuntamiento sobre la base imponible del
impuesto, al incluir los conceptos de repuestos y varios.
Considerando que, en base a la ordenanza fiscal reguladora del impuesto sobre
Construcciones Instalaciones y Obras, que recoge en su Título VIII-Gestión, artículos 12
y 14, que cuando se conceda la licencia preceptiva se presentará una liquidación
provisional y una vez finalizada la construcción, instalación u obra efectivamente
realizada, se girará la correspondiente liquidación definitiva, informo que procede que
por la Junta de Gobierno Local, se adopte acuerdo don el siguiente contenido:
Primero: Estimar el recurso de reposición interpuesto por doña Raquel Ruiz Juárez, en
nombre y representación de Petróleos del Norte, S.A. (PETRONOR), en tanto en cuanto
que la liquidación girada es provisional sobre una base imponible de 10.641.130 euros y
sin perjuicio del análisis que para la determinación de la liquidación definitiva se realice
una vez acabada la obra, prevista en el Proyecto “Nuevos compresores en la Unidad de
FCC para mejora de la eficiencia energética”.
Segundo: Requerir a Petróleos del Norte, S. A. (PETRONOR), cuando la obra esté
efectivamente realizada, la presentación de certificación final de obra, adjuntando
desglose de partidas de los diferentes capítulos, visada y firmada por técnico redactor,
a los efectos de girar la correspondiente liquidación definitiva. (…)"
La Junta de Gobierno Local por unanimidad de los presentes con la ausencia del
Concejal don Rufino Manterola Lejarza, por incurrir en causa de abstención regulada en
el artículo 28 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de régimen jurídico y procedimiento
administrativo común, acuerda:
Primero: Estimar el recurso de reposición interpuesto por doña Raquel Ruiz Juárez, en
nombre y representación de Petróleos del Norte, S.A. (PETRONOR), en tanto en cuanto
que la liquidación girada es provisional sobre una base imponible de 10.641.130 euros y
sin perjuicio del análisis que para la determinación de la liquidación definitiva se realice
una vez acabada la obra, prevista en el Proyecto “Nuevos compresores en la Unidad de
FCC para mejora de la eficiencia energética”.
Segundo: Requerir a Petróleos del Norte, S. A. (PETRONOR), cuando la obra esté
efectivamente realizada, la presentación de certificación final de obra, adjuntando
desglose de partidas de los diferentes capítulos, visada y firmada por técnico redactor,
a los efectos de girar la correspondiente liquidación definitiva.
Tercero: Dar traslado al área municipal de Tesorería.
Cuarto: Notificar este acuerdo a Petróleos del Norte, S.A. (PETRONOR), con expresión
de los recursos a que hubiera lugar.
3
RECURSO DE REPOSICIÓN PRESENTADO POR PETRÓLEOS DEL NORTE,
S.A.(PETRONOR) CONTRA LA LIQUIDACIÓN PROVISIONAL DEL IMPUESTO
SOBRE CONSTRUCCIONES, INSTALACIONES Y OBRAS, POR EL PROYECTO
"SISTEMA DE MITIGACIÓN NUBE SH2 EN UNIDAD SR3".
Habiéndose interpuesto recurso de reposición por doña Raquel Ruiz Juárez, en nombre
y representación de Petróleos del Norte, S.A. (PETRONOR) con domicilio en el Edificio
Muñatones, San Martín, nº 5, en Muskiz, mediante escrito con entrada en el registro
general municipal número 2639 en fecha 16 de julio de 2015, contra la liquidación
provisional del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras, por el Proyecto
“Sistema de Mitigación nube SH2 en Unidad SR3”, y
Visto el informe emitido por el Técnico de Administración Especial, de fecha 2 de marzo
de 2016, del siguiente tenor literal:
"Dada cuenta del recurso de reposición interpuesto por doña Raquel Ruiz Juárez, en
nombre y representación de Petróleos del Norte, S.A. (PETRONOR) con domicilio en el
Edificio Muñatones, San Martín, nº 5, en Muskiz, contra la liquidación provisional del
Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras, por el Proyecto “Sistema de
Mitigación nube SH2 en Unidad SR3”, aduciendo la incorrecta determinación de la base
imponible del impuesto, en base a lo establecido en la Ordenanza Fiscal Reguladora del
ICIO del Ayuntamiento en la que se dispone que “la base imponible del impuesto está
constituida por el coste real y efectivo de la construcción, instalación u obra y se
entiende por tal, a estos efectos, el coste de ejecución material de aquellas. No forman
parte de la base imponible, el impuesto sobre el valor añadido y demás impuestos
análogos propios de regímenes especiales, las tasas, precios públicos y demás
prestaciones patrimoniales de carácter público local relacionadas, en su caso, con la
construcción, instalación u obra, ni tampoco los honorarios de profesionales, el
beneficio empresarial del contratista, ni cualquier otro concepto que no integre,
estrictamente, el coste de ejecución material”.
Resultando que Petronor coincide con el Ayuntamiento sobre la base imponible del
impuesto, salvo en lo que atañe al concepto de Seguridad y Salud que estima que está
excluido en su totalidad, cuando lo que está excluido son los gastos referentes a los
estudios relativos a seguridad y salud e higiene en el trabajo, pero no los trabajos de
implementación de estas medidas, si los hubiera.
Considerando que, en base a la ordenanza fiscal reguladora del impuesto sobre
Construcciones Instalaciones y Obras, que recoge en su Título VIII-Gestión, artículos 12
y 14, que cuando se conceda la licencia preceptiva se presentará una liquidación
provisional y una vez finalizada la construcción, instalación u obra efectivamente
realizada, se girará la correspondiente liquidación definitiva, informo que procede que
por la Junta de Gobierno Local, se adopte acuerdo con el siguiente contenido:
Primero: Estimar el recurso de reposición interpuesto por doña Raquel Ruiz Juárez, en
nombre y representación de Petróleos del Norte, S.A. (PETRONOR), en tanto en cuanto
que la liquidación girada es provisional sobre una base imponible de 293.950 euros y
sin perjuicio del análisis que para la determinación de la liquidación definitiva se realice
una vez acabada la obra
Segundo: Requerir a Petróleos del Norte, S. A. (PETRONOR), que cuando la obra esté
efectivamente realizada, la presentación de certificación final de obra, adjuntando
desglose de partidas de los diferentes capítulos, visada y firmada por técnico redactor,
a los efectos de girar la correspondiente liquidación definitiva. (…)"
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La Junta de Gobierno Local por unanimidad de los presentes con la ausencia del
Concejal don Rufino Manterola Lejarza, por incurrir en causa de abstención regulada en
el artículo 28 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de régimen jurídico y procedimiento
administrativo común, acuerda:
Primero: Estimar el recurso de reposición interpuesto por doña Raquel Ruiz Juárez, en
nombre y representación de Petróleos del Norte, S.A. (PETRONOR), en tanto en cuanto
que la liquidación girada es provisional sobre una base imponible de 293.950 euros y
sin perjuicio del análisis que para la determinación de la liquidación definitiva se realice
una vez acabada la obra
Segundo: Requerir a Petróleos del Norte, S. A. (PETRONOR), que cuando la obra esté
efectivamente realizada, la presentación de certificación final de obra, adjuntando
desglose de partidas de los diferentes capítulos, visada y firmada por técnico redactor,
a los efectos de girar la correspondiente liquidación definitiva.
Tercero: Dar traslado al área municipal de Tesorería.
Cuarto: Notificar este acuerdo a Petróleos del Norte, S.A. (PETRONOR), con expresión
de los recursos a que hubiera lugar.
APROBACIÓN, SI PROCEDE, DE LA 4ª CERTIFICACIÓN DEL SUMINISTRO E
INSTALACIÓN DE SISTEMA CTV VÍA WIRELESS PARA LA APLICACIÓN AL
TRÁFICO E VEHÍCULOS, CONTROL PERIMETRAL DE EDIFICIOS MUNICIPALES
Y PANTALLAS LED DE INFORMACIÓN CIUDADANA.
Dada cuenta de la certificación nº 4 correspondiente al suministro e instalación de
sistema CCTV vía wireless para aplicación al tráfico de vehículos, control perimetral de
edificios municipales y pantallas led de información ciudadana presentada por Bitek
Sistemas Integrales de Telecomunicaciones, por importe de 18.749,24 € (IVA incluido),
La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Prestarle total aprobación.
Segundo: Notifíquese el presente acuerdo al interesado, con expresión de los recursos a
que hubiera lugar.
APROBACIÓN, SI PROCEDE, DE LA 1ª CERTIFICACIÓN DEL SUMINISTRO E
INSTALACIÓN DE ELEMENTOS ENERGÉTICAMENTE EFICIENTES PARA
SUSTITUIR LOS EXISTENTES EN EL ALUMBRADO DEL COLEGIO
CANTARRANA, POLIDEPORTIVO Y FRONTONES.
Dada cuenta de la certificación nº 1 correspondiente al suministro de elementos
energéticamente eficientes para sustituir los existentes en Colegio P. Cantarrana,
Polideportivo, Frontón Donibane y Frontón Berria, presentada por SICE, por importe de
103.244,50 € (IVA incluido),
La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Prestarle total aprobación.
Segundo: Notifíquese el presente acuerdo al interesado, con expresión de los recursos a
que hubiera lugar.
PETICIÓN DE BASOINSA, S.L. DE DEVOLUCIÓN DE GARANTÍA DEFINITIVA
POR EL SERVICIO DE CONTROL Y SEGUIMIENTO DE LAS ACTUACIONES
MEDIOAMBIENTALES. AÑO 2012.
5
Dada cuenta del escrito presentado por BASOINSA, S.L., solicitando la devolución de la
garantía definitiva, constituida por importe de 2.095,00 € como garantía por el servicio
de control y seguimiento de las actuaciones medioambientales en 2012, y visto el
informe favorable emitido por Aparejador Municipal, de fecha 26 de febrero de 2016,
La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Proceder a la devolución de la garantía definitiva solicitada.
Segundo: Dese traslado al Departamento de Intervención / Tesorería a los efectos
oportunos.
Tercero: Notifíquese al interesado, con expresión de los recursos a que hubiera lugar.
PETICIÓN DE BASOINSA, S.L. DE DEVOLUCIÓN DE GARANTÍA DEFINITIVA
POR EL SERVICIO DE CONTROL Y SEGUIMIENTO DE LAS ACTUACIONES
MEDIOAMBIENTALES. AÑO 2013.
Dada cuenta del escrito presentado por BASOINSA, S.L., solicitando la devolución de la
garantía definitiva, constituida por importe de 2.095,00 € como garantía por el servicio
de control y seguimiento de las actuaciones medioambientales en 2013, y visto el
informe favorable emitido por Aparejador Municipal, de fecha 26 de febrero de 2016,
La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Proceder a la devolución de la garantía definitiva solicitada.
Segundo: Dese traslado al Departamento de Intervención / Tesorería a los efectos
oportunos.
Tercero: Notifíquese al interesado, con expresión de los recursos a que hubiera lugar.
PETICIÓN DE UTE GABIKA - SIECSA DE DEVOLUCIÓN DE GARANTÍA
DEFINITIVA POR AMPLIACIÓN DE LAS OBRAS DE REPOSICIÓN DE LA RED
DE ABASTECIMIENTO DE AUTONOMÍA.
El presente asunto se retira del orden del día
PETICIÓN DE ARGIBIDE DE DEVOLUCIÓN DE GARANTÍA DEFINITIVA POR EL
SERVICIO DE GESTIÓN DEL POLIDEPORTIVO DE MUSKIZ.
Dada cuenta del escrito presentado por ARGIBIDE, solicitando la devolución de la
garantía definitiva, constituida por importe de 65.238,51 € como garantía por la
gestión deportiva, limpieza, mantenimiento y cafetería del polideportivo, campos de
futbol, malecón y malecón Berria y frontones Donibane y Donibane Berria de Muskiz, y
visto el informe favorable emitido por el Director de Cultura, de fecha 24 de febrero de
2016,
La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Proceder a la devolución de la garantía definitiva solicitada.
Segundo: Dese traslado al Departamento de Intervención / Tesorería a los efectos
oportunos.
Tercero: Notifíquese al interesado, con expresión de los recursos a que hubiera lugar.
ADJUDICACIÓN, SI PROCEDE, DE LAS OBRAS
DESPRENDIMIENTOS EN LOS M.U.P. Nº 112 Y 113.
DE
REPARACIÓN
DE
En base a lo dispuesto en los artículos 111 y 138.3 del Texto Refundido de la Ley de
Contratos del Sector Público regulado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de
6
noviembre, referente a los contratos menores, y visto el informe emitido por el
Aparejador Municipal de fecha 25 de febrero de 2016,
La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Adjudicar el contrato de obras de reparación de desprendimientos en los
M.U.P. nº 112 y 113 a la empresa Bitram, S.L. por un precio de 8.255,98 €. IVA
EXCLUIDO.
Segundo: La duración del presente contrato no podrá exceder de un año sin que pueda
ser objeto de prórroga alguna o de revisión de precios.
Tercero Dese traslado al Responsable de Prevención de Riesgos Laborales, así como al
Departamento de Contabilidad, a los efectos oportunos.
Cuarto: Notifíquese el presente acuerdo al adjudicatario con indicación de que con
carácter previo al comienzo de los trabajos, deberá cumplimentarse la comunicación de
apertura del centro de trabajo debiendo exponerse en la obra en lugar visible y
manteniéndose permanentemente actualizada en el caso de que se produzcan cambios
no identificados inicialmente.
ADJUDICACIÓN, SI PROCEDE, DEL CONTRATO DE SERVICIO DE
MANTENIMIENTO Y REPARACIÓN DE LAS ÁREAS DE JUEGOS INFANTILES.
En base a lo dispuesto en los artículos 111 y 138.3 del Texto Refundido de la Ley de
Contratos del Sector Público regulado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de
noviembre, referente a los contratos menores, y visto el informe emitido por el
Aparejador Municipal de fecha 25 de febrero de 2016,
La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Adjudicar el contrato de servicio de mantenimiento y reparación de las áreas
de juegos infantiles a la empresa Lappset España VR, S.L. por un precio de 12.350,00 €
IVA EXCLUIDO.
Segundo: La duración del presente contrato no podrá exceder de un año sin que pueda
ser objeto de prórroga alguna o de revisión de precios.
Tercero Dese traslado al Responsable de Prevención de Riesgos Laborales, así como al
Departamento de Contabilidad, a los efectos oportunos.
Cuarto: Notificar la presente al adjudicatario.
ADJUDICACIÓN, SI PROCEDE, DEL SERVICIO DE RECOGIDA SELECTIVA Y
TRANSPORTE DE PILAS.
En base a lo dispuesto en los artículos 111 y 138.3 del Texto Refundido de la Ley de
Contratos del Sector Público regulado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de
noviembre, referente a los contratos menores, y visto el informe emitido por el
Coordinador de Medio Ambiente, Emergencias y Salud Laboral de fecha 29 de febrero
de 2016,
La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Adjudicar el contrato de servicio de recogida selectiva y transporte de pilas a
la empresa FCC, S.A. por un precio mensual de 223,14 € IVA EXCLUIDO.
Segundo: La duración del presente contrato será del 8 de marzo al 31 de diciembre de
2016 sin que pueda ser objeto de prórroga alguna o de revisión de precios.
7
Tercero Dese traslado al Responsable de Prevención de Riesgos Laborales, así como al
Departamento de Contabilidad, a los efectos oportunos.
Cuarto: Notificar la presente al adjudicatario.
APROBACIÓN, SI PROCEDE, DE PRÓRROGA DEL CONVENIO DE
COLABORACIÓN ENTRE EL AYUNTAMIENTO DE MUSKIZ Y LA FUNDACIÓN
ECOPILAS PARA LA RECEPCIÓN DE PILAS Y ACUMULADORES RECOGIDOS EN
EL MUNICIPIO DE MUSKIZ.
La Junta de Gobierno Local por unanimidad de los presentes, acuerda dejar el presente
asunto sobre la mesa.
APROBACIÓN, SI PROCEDE, DE FINANCIACIÓN DEL PROGRAMA "MEJORA SU
VIDA" Y VIAJE DE HERMANAMIENTO A LOS CAMPAMENTOS DE REFUGIADOS
SAHARAUIS EN ARGELIA.
Dada cuenta de la memoria explicativa del contenido de las actividades a desarrollar en
el viaje que la asociación Alkamar tiene previsto realizar a los campamentos de
refugiados saharauis en Argelia durante el mes de marzo de 2016, con un presupuesto
total de 34.980,00 €
Visto el convenio suscrito por el Ayuntamiento de Muskiz con la Asociación Muskiz proSahara "Alkamar", regulador de las condiciones de colaboración para la realización de
proyectos de cooperación y/o colaboración con el pueblo saharaui, aprobado por la
Junta de Gobierno Local de fecha 14 de marzo de 2008, y
Vista la propuesta de resolución elevada por la Coordinadora de Servicios Sociales de
fecha 3 de marzo de 2016,
La Junta de Gobierno Local por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Aprobar la financiación del programa mejora su vida y viaje de hermanamiento
a realizar a los campamentos de refugiados saharauis en Argelia en el mes de marzo de
2016 por la Asociación Alkamar, por importe de 34.980,00 €.
Segundo: Dese traslado al departamento de intervención para su conocimiento y
efectos oportunos.
Tercero: Notifíquese al interesado con expresión de los recursos a que hubiera lugar.
PETICIÓN DE LA SOCIEDAD CANINA DE BIZKAIA DE AUTORIZACIÓN DE
CELEBRACIÓN DE LA 52 EXPOSICIÓN CANINA LOS DÍAS 2 Y 3 DE
SEPTIEMBRE DE 2016.
Dada cuenta de la instancia presentada por don Josu Mirena Baskaran Soto en
representación de la Sociedad Canina de Bizkaia con entrada en el registro general
municipal número 343 en fecha 22 de febrero de 2016, en petición de autorización para
la celebración de la "52 exposición canina" los días 2 y 3 de septiembre de 2016, en la
plaza y los frontones de San Juan, y
Visto el informe favorable emitido por el director de cultura de fecha 25 de febrero de
2016,
La Junta de Gobierno Local por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Autorizar a la Sociedad Canina de Bizkaia la celebración de la "52 exposición
canina" los días 2 y 3 de septiembre en la plaza y los frontones de San Juan, para lo
que deberán presentar, previo a la celebración del evento, el preceptivo seguro de
responsabilidad civil.
8
Segundo: Poner a disposición de la organización los dos frontones y la bolera con sus
megafonías, 150 vallas peatonales, trofeos, 20 mesas y 40 sillas.
Tercero: Dese traslado a la policía municipal y a la brigada municipal, para su
conocimiento y efectos.
Cuarto: Notifíquese al interesado con expresión de los recursos a que hubiera lugar.
PETICIÓN DE MELLO TRAIL TALDEA DE AUTORIZACIÓN DE CELEBRACIÓN DE
ACTO DEPORTIVO SOLIDARIO LOS DÍAS 8, 9 Y 10 DE ABRIL.
Dada cuenta de la instancia presentada por don Iñaki Alonso Martínez, en
representación de Mello Trail Taldea, con entrada en el registro general municipal 331
en fecha 19 de febrero de 2016, mediante la que solicita autorización para la
celebración de un acto deportivo solidario, consistente en 48 horas ininterrumpidas de
ascenso a Mello, en apoyo a la Asociación Bizkaia de espina bífida e hidrocefalia, los
próximos 8, 9 y 10 de abril con salida en la plaza Meatzari, instalando, al efecto carpas
en la plaza, y solicitan también el uso de los vestuarios del polideportivo, y
Visto el informe favorable emitido por el director de cultura de fecha 1 de marzo de
2016,
La Junta de Gobierno Local por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Autorizar a Mello Trail Taldea la celebración del acto deportivo solidario
consistente en 48 horas ininterrumpidas de ascenso a Mello, en apoyo a la Asociación
Bizkaia de espina bífida e hidrocefalia, los próximos 8, 9 y 10 de abril con salida en la
plaza Meatzari. Debiendo presentar, previo a la celebración de la actividad, el
preceptivo seguro de responsabilidad civil.
Segundo: Autorizar a Mello Trail Taldea la instalación de carpas y el uso de vestuarios
del polideportivo para la celebración del evento.
Tercero: Notifíquese al interesado con expresión de los recursos a que hubiera lugar.
PETICIÓN DE SOMORROSTRO CENTRO DE FORMACIÓN DE AUTORIZACIÓN
DE CELEBRACIÓN DE MARCHA CICLOTURISTA EL 15 DE MARZO DE 2016.
Dada cuenta de la instancia presentada por el Centro de Formación Somorrostro, con
entrada en el registro general municipal número 313 en fecha 17 de febrero de 2016,
mediante la que solicitan autorización para la celebración de una "Marcha Cicloturista
Sostenible", desde el Centro de Formación Somorrostro hasta la playa de La Arena el
próximo 15 de marzo entre las 10:00 y las 12:15 horas, para lo cual solicitan, además,
la presencia de la policía local, y
Visto el informe favorable emitido por el Jefe de la policía local,
La Junta de Gobierno Local por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Autorizar al Centro de Formación Somorrostro la celebración de la "Marcha
Cicloturista Sostenible" desde el Centro de Formación Somorrostro hasta la playa de La
Arena el próximo 15 de marzo entre las 10:00 y las 12:15 horas, debiendo presentar,
antes de la realización de la actividad, el preceptivo seguro de responsabilidad civil.
Segundo: Autorizar la presencia de la policía local durante el trayecto a fin de garantizar
la seguridad.
Tercero: Notifíquese al interesado con expresión de los recursos a que hubiera lugar.
PETICIÓN DE AUTORIZACIÓN DE TENENCIA DE ANIMAL POTENCIALMENTE
PELIGROSO.
9
Dada cuenta del escrito, solicitando licencia municipal para la tenencia de un perro de
raza calificada como potencialmente peligrosa, aportando la documentación prevista en
el R.D. 287/2002, de 22 de marzo, visto el informe favorable emitido por el Jefe de la
Policía Local, de fecha 25 de febrero de 2016,
La Junta de Gobierno Local por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Conceder la licencia solicitada con un plazo de vigencia máximo de cinco años,
con la obligación del titular de comunicar en el plazo de quince días cualquier variación
de los datos en los que se ha basado la concesión correspondiéndole la referencia
48071/16/0068.
Segundo: Notificar la presente al interesado con expresión de los recursos a que
hubiera lugar.
PETICIÓN DE AUTORIZACIÓN DE TENENCIA DE ANIMAL POTENCIALMENTE
PELIGROSO.
Dada cuenta del escrito presentado, solicitando licencia municipal para la tenencia de
un perro de raza calificada como potencialmente peligrosa, aportando la documentación
prevista en el R.D. 287/2002, de 22 de marzo, visto el informe favorable emitido por el
Jefe de la Policía Local, de fecha 22 de febrero de 2016,
La Junta de Gobierno Local por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Conceder la licencia solicitada con un plazo de vigencia máximo de cinco años,
con la obligación del titular de comunicar en el plazo de quince días cualquier variación
de los datos en los que se ha basado la concesión correspondiéndole la referencia
48071/15/0063.
Segundo: Notificar la presente al interesado con expresión de los recursos a que
hubiera lugar.
PETICIÓN DE AUTORIZACIÓN DE TENENCIA DE ANIMAL POTENCIALMENTE
PELIGROSO.
Dada cuenta del escrito presentado, solicitando licencia municipal para la tenencia de
un perro de raza calificada como potencialmente peligrosa y su anotación en el
registro municipal de animales potencialmente peligrosos, aportando la
documentación prevista en el R.D. 287/2002, de 22 de marzo, visto el informe
favorable emitido por el Jefe de la Policía Local, de fecha 22 de febrero de 2016,
La Junta de Gobierno Local por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Conceder la licencia solicitada con un plazo de vigencia máximo de cinco años,
con la obligación del titular de comunicar en el plazo de quince días cualquier variación
de los datos en los que se ha basado la concesión correspondiéndole la referencia
48071/15/0064.
Segundo: Proceder a la inscripción del animal en el registro municipal de animales
potencialmente peligrosos con el nombre de "ROCO", raza STAFFORDSHIRE BULL, nº
de chip 938-000-000-752-907 y la referencia 48071/EC/15/0067.
Tercero: Notificar la presente al interesado con expresión de los recursos a que hubiera
lugar.
10
PETICIÓN DE AUTORIZACIÓN
MERCADILLO MUNICIPAL.
DE
INSTALACIÓN
DE
PUESTO
EN
EL
Dada cuenta de la instancia presentada, solicitando licencia para la instalación de un
puesto en el Mercadillo Municipal, y visto el informe desfavorable emitido por el Jefe de
la Policía Local, de fecha 23 de febrero de 2016, en el que se expone que:
“(…) Se informa:
La denegación de la licencia, debido a que se pretende reestructurar el mercadillo
disminuyendo el elevado número de puestos existentes en el recinto, cincuenta y cuatro
actualmente (54), eliminando aquellos que tienen pocos metros lineales, de 2 a 3
metros.
Su solicitud será archivada y registrada para que si en un futuro se producen
modificaciones o posibilidad de conceder nuevas altas, sea tenida en cuenta en orden
de registro de entrada."
La Junta de Gobierno Local por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Denegar la solicitud mencionada, por los motivos expuestos en el informe del
Jefe de Policía Local antes citado.
Segundo: Comunicar a la solicitante que su solicitud será archivada a los efectos
descritos en el informe anteriormente referenciado.
Tercero: Notifíquese a la persona interesada con expresión de los recursos a que
hubiera lugar.
APROBACIÓN, SI PROCEDE, DE INICIO DE EXPEDIENTE DE CONTRATACIÓN
DEL SUMINISTRO DE ELEMENTOS ENERGÉTICAMENTE EFICIENTES PARA
SUSTITUIR LOS EXISTENTES EN LA RED DE ALUMBRADO PÚBLICO.
Dada cuenta del expediente tramitado para la contratación del suministro e instalación
de elementos energéticamente eficientes para sustituir los existentes en la red de
alumbrado público,
La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Aprobar los pliegos de cláusulas administrativas particulares y de
prescripciones técnicas elaborados para el suministro
e instalación de elementos
energéticamente eficientes para sustituir los existentes en la red de alumbrado público.
Segundo: Acordar como forma de adjudicación la del contrato de suministro ordinario
mediante procedimiento abierto, señalando como presupuesto-tipo de licitación la
cantidad de 232.295,60 € (IVA excluido).
Tercero: Acordar la apertura del procedimiento del suministro e instalación con el
cumplimiento de todos sus trámites.
Cuarto: Ordenar la publicación del anuncio de licitación en el perfil del contratante del
Ayuntamiento de Muskiz, en el BOE y en el DOUE.
APROBACIÓN, SI PROCEDE, DE FACTURAS Y GASTOS.
Se acuerda aprobar la relación de facturas 2015/000007, que consta de 14 páginas
formadas por 64 facturas y por importe total de 350.750,84 €.
Gastos:
Eudel. Cuota socio 2016
1.502,53 €
11
Taller 2A publicidad. Inserciones de cultura en diarios
8.276,40 €
Fuera del orden del día y previa declaración de urgencia, se adoptaron los siguientes
acuerdos:
REQUERIMIENTO DE DOCUMENTACIÓN A THYSSENKRUPP ELEVADORES
S.L.U. EN EXPEDIENTE DE CONTRATACIÓN
DEL SUMINISTRO E
INSTALACIÓN DE PIEZAS PARA LA REPARACIÓN DE LAS ESCALERAS
MECÁNICAS DE TRAVESÍA ANTONIO TRUEBA.
Habiéndose tramitado la licitación para la adjudicación del suministro e instalación de
piezas para la reparación de escaleras mecánicas de travesía Antonio Trueba, mediante
procedimiento negociado, según lo dispuesto para este tipo de procedimiento en el Real
Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto
Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, y
Visto que por la empresa ThyssenKrupp Elevadores S.L.U., se ha presentado la oferta
económicamente más ventajosa que asciende a un importe total IVA EXCLUIDO de
40.000,00 €,
Visto el artículo 151.2 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el
que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, en virtud
del cual se establece que el órgano de contratación requerirá al licitador que haya
presentado la oferta económicamente más ventajosa para que dentro del plazo de diez
días hábiles, a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el
requerimiento, presente la documentación justificativa de hallarse al corriente en el
cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social o autorice al
órgano de contratación para obtener de forma directa la acreditación de ello, de
disponer efectivamente de los medios que se hubiese comprometido a dedicar o
adscribir a la ejecución del contrato conforme al artículo 64.2 del Texto Refundido de la
Ley de Contratos del Sector Público, y de haber constituido la garantía definitiva que
sea procedente, y
Visto el artículo 146.4 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el
que se establece que el licitador a cuyo favor recaiga la propuesta de adjudicación,
deberá acreditar ante el órgano de contratación, previamente a la adjudicación del
contrato, la posesión y validez de los documentos exigidos en el pliego de contratación,
sobre los que realizó declaración responsable y en concreto, los siguientes:
a) Los que acrediten la personalidad jurídica del empresario y, en su caso, su
representación.
b) Los que acrediten la clasificación de la empresa, en su caso, o justifiquen los
requisitos de su solvencia económica, financiera y técnica o profesional, presentando
los certificados acreditativos correspondientes previstos en la carátula del pliego de
contratación.
c) Una declaración responsable de no estar incurso en prohibición de contratar.
d) Para las empresas extranjeras, en los casos en que el contrato vaya a ejecutarse en
España, la declaración de someterse a la jurisdicción de los juzgados y tribunales
españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o
indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional
extranjero que pudiera corresponder al licitante.
La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los presentes, acuerda:
12
Primero: Requerir a ThyssenKrupp Elevadores, S.L.U. a que dentro del plazo de diez
días hábiles, a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el
requerimiento, presente la documentación justificativa de hallarse al corriente en el
cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social o autorice al
órgano de contratación para obtener de forma directa la acreditación de ello, de
disponer efectivamente de los medios que se hubiese comprometido a dedicar o
adscribir a la ejecución del contrato conforme al artículo 64.2 del Texto Refundido de la
Ley de Contratos del Sector Público, y de haber constituido la garantía definitiva que
sea procedente, así como la acreditación de la documentación referida en el
anteriormente citado artículo 146 apartado cuarto del Real Decreto Legislativo 3/2011,
de 14 de noviembre exigida en el pliego de contratación que rige la licitación y sobre la
que el licitador cuya oferta ha resultado la más ventajosa realizó declaración
responsable.
De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se
entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose en ese caso a recabar la
misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado
clasificadas las ofertas.
Segundo: Dese traslado al Departamento de Tesorería, a fin de que informe sobre el
cumplimiento de lo dispuesto en el apartado anterior.
Tercero: Dese traslado al Departamento de Contratación, a fin de que informe sobre el
cumplimiento de lo dispuesto en el apartado primero y en concreto, de la presentación
por el adjudicatario de la documentación prevista en el artículo 146.4 del Real Decreto
Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre.
Y no habiendo más asuntos que tratar, el señor Presidente dio por terminada la
sesión, a las once horas y treinta minutos, extendiéndose la presente acta, de que yo,
la Secretaria, certifico.
13
ACTA Nº 10
AYUNTAMIENTO DE MUSKIZ
En Muskiz, a catorce de marzo de dos mil dieciséis, siendo las diez horas de la
mañana, se reunió la Junta de Gobierno Local, bajo la presidencia del señor Alcalde,
don Borja Liaño Abarrategi, y con asistencia de los señores Tenientes de Alcalde, don
Eduardo Briones Lerchundi, don Rufino Manterola Lejarza, don Unai Landaburu Izar de
La Fuente y don Gonzalo Riancho Ocejo, para celebrar sesión ordinaria, en primera
convocatoria, y con asistencia de la señora Secretaria General, doña Itxaso Apraiz
Yáñez y el señor Interventor don Mario Lanbarri Martín.
LECTURA Y APROBACIÓN, SI PROCEDE, DEL ACTA DE LA SESIÓN ANTERIOR.
Declarado abierto el acto por el señor Presidente, de su orden se dio lectura al acta de
la sesión anterior celebrada el día siete de marzo, que fue aprobada por unanimidad.
APROBACIÓN, SI PROCEDE, DE CERTIFICACIÓN - LIQUIDACIÓN DE
TRABAJOS DE DESBROCE, SELECCIÓN Y PLANTACIÓN EN CARRASCAL M.U.P.
LAS POZAS.
Dada cuenta de la certificación liquidación correspondiente a los trabajos de desbroce,
selección y plantación en Carrascal M.U.P. 115 Las Pozas, presentada por Explotaciones
Forestales Trucíos S.L.L., por importe de 3.399,42 € (IVA incluido),
La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Prestarle total aprobación.
Segundo: Notifíquese el presente acuerdo al interesado, con expresión de los recursos a
que hubiera lugar.
APROBACIÓN, SI PROCEDE, DE LA 1ª CERTIFICACIÓN DE LAS OBRAS DE
REHABILITACIÓN DE CAMINO EN EL HAYA JUNTO A LA CARRETERA BI-3795.
Dada cuenta de la certificación nº1 correspondiente a las obras de rehabilitación de
camino en El Haya junto a la carretera BI-3795, presentada por Excavaciones Bitram
S.L, por importe de 22.903,55 € (IVA incluido),
La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Prestarle total aprobación.
Segundo: Notifíquese el presente acuerdo al interesado, con expresión de los recursos a
que hubiera lugar.
RECLAMACIÓN PATRIMONIAL
Dada cuenta de la instancia presentada, mediante la que solicita el abono de la
indemnización por los daños sufridos en vehículo, en concreto en una rueda, como
consecuencia de la existencia de un bache cubierto de agua, en la carretera BI-3794, y
visto el informe favorable emitido por el Técnico de Administración Especial, de fecha
8 de marzo de
2016,
La Junta de Gobierno Local por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Reconocer la responsabilidad patrimonial de este Ayuntamiento de Muskiz, y
estimar la reclamación presentada.
1
Segundo: Fijar la cuantía de la indemnización de los daños en 162,01 € y proceder a su
abono, al no superara la cuantía establecida como franquicia en el contrato de seguro
que este Ayuntamiento tiene formalizado.
Tercero: Dar traslado de este acuerdo al área de Tesorería a los efectos oportunos.
Cuarto: Notifíquese a la interesada con expresión de los recursos a que hubiera lugar.
APROBACIÓN, SI PROCEDE, DE CONVOCATORIA DE AYUDAS PARA LA
COMPRA
DE
LIBROS Y
MATERIAL
ESCOLAR
PARA ALUMNOS
EMPADRONADOS EN MUSKIZ EN 2016.
Dada cuenta de la convocatoria y las bases reguladoras de las subvenciones para la
compra de libros y material escolar, para alumnos de primaria y secundaria obligatoria
empadronados en Muskiz en 2016
La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Aprobar la convocatoria y las bases reguladoras de las subvenciones para la
compra de libros y material escolar, para alumnos de primaria y secundaria obligatoria
empadronados en Muskiz en 2016.
Segundo: Ordenar su publicación en los tablones de anuncios, página Web municipal y
Boletín Oficial de Bizkaia.
APROBACIÓN, SI PROCEDE, DE CONVOCATORIA PARA LA SOLICITUD DE
ACCESO Y CONCESIÓN DE SUBVENCIONES A ASOCIACIONES DE MADRES Y
PADRES DE ALUMNOS DE CENTROS DOCENTES DE MUSKIZ (EDUCACIÓN
INFANTIL, PRIMARIA Y SECUNDARIA) PARA LA REALIZACIÓN DE
PROYECTOS Y ACTIVIDADES CULTURALES Y DEPORTIVAS CON EL
ALUMNADO EN 2016.
Dada cuenta de la convocatoria y las bases reguladoras para la solicitud de acceso y
concesión de subvenciones a Asociaciones de Madres y Padres de Alumnos de Centros
Docentes de Muskiz (Educación Infantil, Primaria y Secundaria) para la realización de
proyectos y actividades culturales y deportivas con el alumnado en 2016,
La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Aprobar la convocatoria y las bases reguladoras para la solicitud de acceso y
concesión de subvenciones a Asociaciones de Madres y Padres de Alumnos de Centros
Docentes de Muskiz (Educación Infantil, Primaria y Secundaria) para la realización de
proyectos y actividades culturales y deportivas con el alumnado en 2016.
Segundo: Ordenar su publicación en los tablones de anuncios, página Web municipal y
Boletín Oficial de Bizkaia.
APROBACIÓN, SI PROCEDE, DE CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES A
PERSONAS JURÍDICAS Y ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO PARA LA
REALIZACIÓN DE PROGRAMAS Y ACTIVIDADES DENTRO DEL MARCO DE LOS
SERVICIOS SOCIALES.
Dada cuenta de la convocatoria y las bases reguladoras de las subvenciones a
entidades y personas sin ánimo de lucro para la realización de programas y actividades
dentro del marco de los servicios sociales en el año 2016,
La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los presentes, acuerda:
2
Primero: Aprobar la convocatoria y las bases reguladoras de las subvenciones a
entidades y personas sin ánimo de lucro para la realización de programas y actividades
dentro del marco de los servicios sociales en el año 2016
Segundo: Ordenar su publicación en los tablones de anuncios, página Web municipal y
Boletín Oficial de Bizkaia.
REQUERIMIENTO DE DOCUMENTACIÓN A CLÍNICA VETERINARIA MUSKIZ,
EN EXPEDIENTE DE CONTRATACIÓN DEL SERVICIO INTEGRAL DE RECOGIDA
Y CUSTODIA DE ANIMALES DOMÉSTICOS EN EL MUNICIPIO DE MUSKIZ.
Habiéndose tramitado la licitación para la adjudicación del servicio integral de recogida
y custodia de animales domésticos en Muskiz, mediante procedimiento negociado,
según lo dispuesto para este tipo de procedimiento en el Real Decreto Legislativo
3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de
Contratos del Sector Público, y
Visto que por la empresa Clínica Veterinaria Muskiz, se ha presentado la oferta
económicamente más ventajosa que asciende a un importe total IVA EXCLUIDO de
784,08 €, mensuales, hasta un total de 9.408,96 €,
Visto el artículo 151.2 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el
que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, en virtud
del cual se establece que el órgano de contratación requerirá al licitador que haya
presentado la oferta económicamente más ventajosa para que dentro del plazo de diez
días hábiles, a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el
requerimiento, presente la documentación justificativa de hallarse al corriente en el
cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social o autorice al
órgano de contratación para obtener de forma directa la acreditación de ello, de
disponer efectivamente de los medios que se hubiese comprometido a dedicar o
adscribir a la ejecución del contrato conforme al artículo 64.2 del Texto Refundido de la
Ley de Contratos del Sector Público, y de haber constituido la garantía definitiva que
sea procedente, y
Visto el artículo 146.4 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el
que se establece que el licitador a cuyo favor recaiga la propuesta de adjudicación,
deberá acreditar ante el órgano de contratación, previamente a la adjudicación del
contrato, la posesión y validez de los documentos exigidos en el pliego de contratación,
sobre los que realizó declaración responsable y en concreto, los siguientes:
a) Los que acrediten la personalidad jurídica del empresario y, en su caso, su
representación.
b) Los que acrediten la clasificación de la empresa, en su caso, o justifiquen los
requisitos de su solvencia económica, financiera y técnica o profesional, presentando
los certificados acreditativos correspondientes previstos en la carátula del pliego de
contratación.
c) Una declaración responsable de no estar incurso en prohibición de contratar.
d) Para las empresas extranjeras, en los casos en que el contrato vaya a ejecutarse en
España, la declaración de someterse a la jurisdicción de los juzgados y tribunales
españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o
indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional
extranjero que pudiera corresponder al licitante.
La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los presentes, acuerda:
3
Primero: Requerir a Clínica Veterinaria Muskiz a que dentro del plazo de diez días
hábiles, a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento,
presente la documentación justificativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de
sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social o autorice al órgano de
contratación para obtener de forma directa la acreditación de ello, de disponer
efectivamente de los medios que se hubiese comprometido a dedicar o adscribir a la
ejecución del contrato conforme al artículo 64.2 del Texto Refundido de la Ley de
Contratos del Sector Público, y de haber constituido la garantía definitiva que sea
procedente, así como la acreditación de la documentación referida en el anteriormente
citado artículo 146 apartado cuarto del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de
noviembre exigida en el pliego de contratación que rige la licitación y sobre la que el
licitador cuya oferta ha resultado la más ventajosa realizó declaración responsable.
De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se
entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose en ese caso a recabar la
misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado
clasificadas las ofertas.
Segundo: Dese traslado al Departamento de Tesorería, a fin de que informe sobre el
cumplimiento de lo dispuesto en el apartado anterior.
Tercero: Dese traslado al Departamento de Contratación, a fin de que informe sobre el
cumplimiento de lo dispuesto en el apartado primero y en concreto, de la presentación
por el adjudicatario de la documentación prevista en el artículo 146.4 del Real Decreto
Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre.
PETICIÓN DE AUTORIZACIÓN DE TENENCIA DE ANIMAL POTENCIALMENTE
PELIGROSO.
Dada cuenta del escrito presentado, solicitando licencia municipal para la tenencia de
un perro de raza calificada como potencialmente peligrosa, aportando la documentación
prevista en el R.D. 287/2002, de 22 de marzo, visto el informe favorable emitido por el
Jefe de la Policía Local, de fecha 07 de marzo de 2016,
La Junta de Gobierno Local por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Conceder la licencia solicitada con un plazo de vigencia máximo de cinco años,
con la obligación del titular de comunicar en el plazo de quince días cualquier variación
de los datos en los que se ha basado la concesión correspondiéndole la referencia
48071/16/0069.
Segundo: Notificar la presente al interesado con expresión de los recursos a que
hubiera lugar.
RENOVACIÓN DE PUESTOS EN EL MERCADILLO MUNICIPAL.
Dada cuenta de la documentación presentada por los concesionarios de puestos de
venta en el mercadillo municipal, requerida en cumplimiento de lo establecido en la
ordenanza municipal reguladora, y
Visto el informe emitido por el Jefe de la Policía Local, de fecha uno de marzo de 2016,
La Junta de Gobierno Local por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Renovar 28 concesiones
Segundo: Declarar caducadas el resto de
documentación requerida en plazo.
concesiones por no presentar la
Tercero: Dese traslado al Departamento de Intervención/Recaudación.
4
Cuarto: Notifíquese a los interesados con expresión de los recursos a que hubiera lugar.
ADJUDICACIÓN, SI PROCEDE, DEL SERVICIO DE RECOGIDA DE PODA Y
RESTOS VEGETALES PUERTA A PUERTA.
En base a lo dispuesto en los artículos 111 y 138.3 del Texto Refundido de la Ley de
Contratos del Sector Público regulado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de
noviembre, referente a los contratos menores, y visto el informe emitido por el
Coordinador de Medio Ambiente, Emergencias y Salud Laboral de fecha 8 de marzo de
2016,
La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Adjudicar el contrato de servicio de recogida de poda y restos vegetales
puerta a puerta a la empresa Gallarreta elkarrekin lanean por un precio por recogida de
363,00 € IVA EXCLUIDO, hasta un máximo de 24 recogidas, por importe total de
8.712,00 € IVA EXCLUIDO.
Segundo: La duración del presente contrato no podrá exceder de un año sin que pueda
ser objeto de prórroga alguna o de revisión de precios.
Tercero Dese traslado al Responsable de Prevención de Riesgos Laborales, así como al
Departamento de Contabilidad, a los efectos oportunos.
Cuarto: Notificar la presente al adjudicatario.
APROBACIÓN, SI PROCEDE, DE FACTURAS Y GASTOS.
Se acuerda aprobar la relación de facturas 2015/000008, que consta de 15 páginas
formadas por 52 facturas y por importe total de 279.257,90 €.
Gastos:
Forlan. Financiación programas de empleo y formación
Gratificación por prácticas en Secretaría
20.000,00 €
500,00 €
Fuera del orden del día y previa declaración de urgencia, se adoptaron los siguientes
acuerdos:
ADJUDICACIÓN, SI PROCEDE, DEL SERVICIO DE
ALTERNATIVAS PLANTEADAS EN PGOU DE MUSKIZ.
REVISIÓN
DE
LAS
En base a lo dispuesto en los artículos 111 y 138.3 del Texto Refundido de la Ley de
Contratos del Sector Público regulado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de
noviembre, referente a los contratos menores, y visto el informe emitido por el
Arquitecto Municipal de fecha 14 de marzo de 2016,
La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Adjudicar el contrato de servicio de revisión de las alternativas planteadas en
PGOU de Muskiz a la empresa Leber Planificación e Ingeniería, S.A. por un precio de
17.850,00 € IVA EXCLUIDO.
Segundo: La duración del presente contrato no podrá exceder de un año sin que pueda
ser objeto de prórroga alguna o de revisión de precios.
Tercero Dese traslado al Responsable de Prevención de Riesgos Laborales, así como al
Departamento de Contabilidad, a los efectos oportunos.
Cuarto: Notificar la presente al adjudicatario.
5
ADJUDICACIÓN, SI PROCEDE, DE PUESTOS DE HELADOS TEMPORADAS 2016,
2017, 2018 y 2019.
Dada cuenta del expediente tramitado en este Ayuntamiento de Muskiz, para la
adjudicación de autorizaciones para la instalación de kioscos de venta de helados en la
vía pública para la temporada de verano de los años 2016, 2017, 2018 y 2019,
Visto que mediante acuerdo de la Junta de Gobierno Local adoptado en sesión
celebrada el 29 de febrero de 2016, se aprobó el pliego de condiciones técnicas y
económico-administrativas que debían regir la licitación,
Vistas las ofertas presentadas, y
Vista la propuesta de resolución emitida por el Técnico de Administración Especial de
fecha 10 de marzo de 2016,
La Junta de Gobierno Local por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Adjudicar las autorizaciones para la instalación de puestos de venta de helados
para los años 2016, 2017, 2018 y 2019, condicionado al cumplimiento de la
autorización emitida por la Demarcación de Costas, según el siguiente detalle:
Situación del puesto
Importe
Pobeña, entrada Camino a la Ermita
2.701,00 €/año
Pobeña, entrada a puente playa La Arena
6.101,00 €/año
La Arena, junto a las casetas de la playa
18.510,00 €/año
Segundo: Dese traslado al responsable de prevención, así como al departamento de
contabilidad y tesorería, a los efectos oportunos.
Tercero: Notifíquese al interesado con expresión de los recursos a que hubiera lugar.
Y no habiendo más asuntos que tratar, el señor Presidente dio por terminada la
sesión, a las once horas y treinta minutos, extendiéndose la presente acta, de que yo,
la Secretaria, certifico.
6
ACTA Nº 11
AYUNTAMIENTO DE MUSKIZ
En Muskiz, a veintiuno de marzo de dos mil dieciséis, siendo las diez horas de la
mañana, se reunió la Junta de Gobierno Local, bajo la presidencia del señor Alcalde,
don Borja Liaño Abarrategi, y con asistencia de los señores Tenientes de Alcalde, don
Eduardo Briones Lerchundi, don Rufino Manterola Lejarza y don Gonzalo Riancho Ocejo,
para celebrar sesión ordinaria, en primera convocatoria, y con asistencia de la señora
Secretaria General, doña Itxaso Apraiz Yáñez y el señor Interventor don Mario Lanbarri
Martín.
LECTURA Y APROBACIÓN, SI PROCEDE, DEL ACTA DE LA SESIÓN ANTERIOR.
Declarado abierto el acto por el señor Presidente, de su orden se dio lectura al acta de
la sesión anterior celebrada el día 14 de marzo, que fue aprobada por unanimidad.
APROBACIÓN, SI PROCEDE, DE CERTIFICACIÓN Nº1 - LIQUIDACIÓN DE LAS
OBRAS DE ACONDICIONAMIENTO DE ENTRADA EN LA CUADRA.
Dada cuenta de la certificación nº1-liquidación correspondiente a las obras de
acondicionamiento de entrada en La Cuadra, presentada por Consaudi Obra Civil, S.L.,
por importe de 35.897,00 € (IVA incluido),
La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Prestarle total aprobación.
Segundo: Notifíquese el presente acuerdo al interesado, con expresión de los recursos a
que hubiera lugar.
PETICIÓN DE FUNDACIÓN INSTITUTO DE HIDRÁULICA AMBIENTAL DE
CANTABRIA DE DEVOLUCIÓN GARANTÍA DEFINITIVA POR ESTUDIO DE
INUNDABILIDAD EN EL MUNICIPIO DE MUSKIZ.
Dada cuenta del escrito presentado por la Fundación Instituto de Hidráulica Ambiental
de Cantabria, solicitando la devolución de la garantía definitiva, constituida por importe
de 1.210,00 € como garantía por la redacción del “estudio de inundabilidad en el
municipio de Muskiz, ría de Muskiz, ríos Barbadun y Cotorrio”, y visto el informe
favorable emitido por el Arquitecto Municipal de fecha 11 de marzo de 2016,
La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Proceder a la devolución de la garantía definitiva solicitada.
Segundo: Dese traslado al Departamento de Intervención / Tesorería a los efectos
oportunos.
Tercero: Notifíquese al interesado, con expresión de los recursos a que hubiera lugar.
APROBACIÓN, SI PROCEDE, DE REQUERIMIENTO A ASOCIACIONES SIN
ÁNIMO DE LUCRO DE REINTEGRO PARCIAL DE LAS SUBVENCIONES
DEPORTIVAS CONCEDIDAS, POR NO JUSTIFICACIÓN DE GASTOS.
Dada cuenta del estado en que se encuentra el expediente tramitado en relación a las
subvenciones a entidades y personas sin ánimo de lucro para la realización de
programas y actividades deportivas correspondientes al año 2015,
Vistas las justificaciones de las mismas exigidas en la ordenanza reguladora, y
Visto el informe del director de cultura de fecha 19 de febrero de 2016, en el que se
relacionan las entidades que no justifican adecuadamente la totalidad de los
1
presupuestos que inicialmente habían propuesto, proponiendo se requiera a las mismas
el reintegro parcial de la subvención recibida,
La Junta de Gobierno Local por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Requerir a las asociaciones abajo indicadas el reintegro de los importes
relacionados, correspondientes a las subvenciones del ejercicio 2015 a entidades y
personas sin ánimo de lucro para la realización de programas y actividades deportivas,
por no presentar facturas o justificantes de gasto válidos por el total del presupuesto
indicado en sus solicitudes:
ASOCIACIÓN
Importe a reintegrar
CLUB TAEKWONDO MUSKIZ
268,94 €
CLUB CAZA PESCA ARRAINTXORI
1.584,90 €
Segundo: Dese traslado al departamento de recaudación para su conocimiento y
efectos oportunos.
Tercero: Notifíquese a los interesados con expresión de los recursos a que hubiera
lugar.
APROBACIÓN, SI PROCEDE, DE REQUERIMIENTO A ASOCIACIONES SIN
ÁNIMO DE LUCRO DE REINTEGRO PARCIAL DE LAS SUBVENCIONES
CULTURALES CONCEDIDAS, POR NO JUSTIFICACIÓN DE GASTOS.
Dada cuenta del estado en que se encuentra el expediente tramitado en relación a las
subvenciones a entidades y personas sin ánimo de lucro para la realización de
programas y actividades culturales y/o juveniles correspondientes al año 2015,
Vistas las justificaciones de las mismas exigidas en la ordenanza reguladora, y
Visto el informe del director de cultura de fecha 25 de febrero de 2016, en el que se
relacionan las entidades que no justifican adecuadamente la totalidad de los
presupuestos que inicialmente habían propuesto, proponiendo se requiera a las mismas
el reintegro parcial de la subvención recibida,
La Junta de Gobierno Local por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Requerir a las asociaciones abajo indicadas el reintegro de los importes
relacionados, correspondientes a las subvenciones del ejercicio 2015 a entidades y
personas sin ánimo de lucro para la realización de programas y actividades culturales
y/o juveniles, por no presentar facturas o justificantes de gasto válidos por el total del
presupuesto indicado en sus solicitudes:
ASOCIACIÓN
Importe a reintegrar
ASOC. CORO JUV. CARPE DIEM
261,48 €
Segundo: Dese traslado al departamento de recaudación para su conocimiento y
efectos oportunos.
Tercero: Notifíquese a los interesados con expresión de los recursos a que hubiera
lugar.
PETICIÓN DE
MENDIZ MENDI TALDEA DE
AUTORIZACIÓN DE
ORGANIZACIÓN DE REUNIÓN DE ESCUELAS DE BTT EL DÍA 16 DE ABRIL DE
2016 EN LA ZONA DE LA IKASTOLA Y LA GLORIETA.
Dada cuenta de la instancia presentada por Mendiz Mendi Taldea, mediante el que
solicitan autorización para la organización de una reunión de escuelas de BTT, en la
2
zona de la Ikastola y Glorieta el próximo 16 de abril de 2016, solicitando además otros
usos de recursos, y
Visto el informe emitido por el director de cultura de fecha 9 de marzo de 2016, en el
que se propone:
"Autorizar a Mendiz Mendi Taldea a organizar una reunión de escuelas de BTT el día 16
de abril de 2016 en la zona de Ikastola y Glorieta, incluido montaje de rampas y
plataforma, siega de la zona, megafonía, tomas de agua y corriente, un contenedor y
vallas."
La Junta de Gobierno Local por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Autorizar la celebración de la reunión de escuelas de BTT el próximo 16 de
abril de 2016, en los términos del informe del Director de Cultura antes citados.
Segundo: Notificar a Mendiz Mendi que deberán presentar, previo a la celebración de la
actividad, un seguro de Responsabilidad Civil.
Tercero: Dese traslado a la Brigada Municipal y a la Policía Local
Cuarto: Notifíquese al interesado con expresión de los recursos a que hubiera lugar.
PETICIÓN DE MUSKIZKO GAZTE ASANBLADA DE
CELEBRACIÓN DEL GAZTE EGUNA EL 9 DE ABRIL.
AUTORIZACIÓN DE
Dada cuenta de la instancia presentada por Muskizko Gazte Asanblada, mediante la
que solicitan autorización para la celebración del Gazte Eguna el próximo 9 de abril de
2016, solicitando además otros usos de recursos, y
Visto el informe emitido por el director de cultura de fecha 10 de marzo de 2016, en el
que se propone:
"Autorizar a Muskizko Gazte Asanblada la celebración del Gazte Eguna el 9 de abril,
incluidos los materiales solicitados"
La Junta de Gobierno Local por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Autorizar a Muskizko Gazte Asanblada la celebración del Gazte Eguna el
próximo 9 de abril de 2016.
Segundo: Comunicar al interesado el permiso oportuno para usar el frontón deberá
solicitarlo a la empresa Bisport, concesionaria del servicio de gestión de instalaciones
deportivas de Muskiz.
Tercero: Previo a la celebración del evento, deberán presentar un seguro de
Responsabilidad Civil así como contactar con el técnico municipal de prevención y
cumplir las instrucciones que le transmita para la aplicación de las medidas de
seguridad correspondientes.
Cuarto: Dese traslado al responsable de prevención, a la Brigada de Obras y a la Policía
Local.
Quinto: Notifíquese al interesado con expresión de los recursos a que hubiera lugar.
PETICIÓN DE INNEVENTO
“CARRERA DE LA FAMILIA”.
DE
AUTORIZACIÓN
DE
CELEBRACIÓN
DE
Dada cuenta de la instancia presentada por INNEVENTO, en petición de
autorización de celebración de “Carrera de la familia” a beneficio de los equipos del
Club Balonmano Muskiz, a las 11 horas el próximo 19 de junio de 2016 en Pobeña,
para lo que, además, solicitan el uso de otros recursos y la presencia de Protección
10
Civil, y
Visto el informe favorable emitido por del Director de Cultura, de fecha 11 de marzo de
2016,
La Junta de Gobierno Local por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Autorizar a INNEVENTO, la celebración de “Carrera de la familia” a las 11
horas el próximo 19 de junio de 2016 en Pobeña.
Segundo: Poner a disposición de la organización contenedores de basura, vallas y toma
de corriente.
Tercero: Previo a la celebración del evento, deberán presentar un seguro de
Responsabilidad Civil así como contactar con el técnico municipal de prevención y
cumplir las instrucciones que le transmita para la aplicación de las medidas de
seguridad correspondientes..
Cuarto: Comunicar al solicitante que, para contar con la colaboración de Protección Civil
deberá solicitarla a la Agrupación Local de Muskiz.
Quinto: Dese traslado al responsable de prevención y a la Brigada de Obras y a la
Policía Local.
Sexto: Notifíquese al interesado con expresión de los recursos a que hubiera lugar.
PETICIÓN DE AUTORIZACIÓN DE TRASPASO DE TERRENO COMUNAL EN LA
ARENILLA.
Dada cuenta del escrito presentado mediante el que solicita autorización para proceder
al traspaso del aprovechamiento del terreno comunal sito en La Arenilla,
correspondiente a la subparcela p) de la parcela 16 y la subparcela a) de la parcela 17
bis del polígono 8,
Visto el informe favorable emitido por el Técnico de Administración Especial de fecha 15
de marzo de 2016,
La Junta de Gobierno Local por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Autorizar el traspaso del aprovechamiento del terreno comunal sito en La
Arenilla, correspondiente a la subparcela p) de la parcela 16 y la subparcela a) de la
parcela 17 bis del polígono 8, al estar empadronados en el municipio con la antigüedad
suficiente.
Segundo: Dese traslado al Departamento de Intervención-Tesorería, a los efectos
oportunos.
Tercero: Notifíquese al interesado con expresión de los recursos a que hubiera lugar.
PETICIÓN DE PRIMERA OCUPACIÓN DE VIVIENDA UNIFAMILIAR EN GIBA
FREGENAL, 27.
Dada cuenta de la instancia presentada, solicitando licencia de primera ocupación para
la vivienda unifamiliar rehabilitada en Giba Fregenal, 27, en virtud de licencia municipal
concedida el 12 de mayo de 2014, y adjuntando certificado final de obra, y
Visto el informe técnico favorable emitido por el Arquitecto Municipal, de fecha 11 de
marzo de 2016, en el que se expone que:
"A la vista del expediente se comprueba que las obras ejecutadas se ajustan al proyecto
autorizado (…). Se han realizado pequeños ajustes en la distribución interior que no
alteran los parámetros urbanísticos y técnicos del Proyecto aprobado. (…)
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Informar favorablemente la concesión de licencia de primera ocupación a la obra de
rehabilitación-reforma de vivienda unifamiliar en Giba Fregenal, 27"
La puesta en servicio de todas y cada una de las instalaciones del edificio, contarán con
la autorización previa de los organismos competentes en su caso."
La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Conceder la licencia solicitada de primera ocupación en cuanto a la
competencia municipal y sin perjuicio de la que pueda corresponder a otros
organismos, con abono de los derechos municipales sobre un presupuesto de
105.662,89 €, considerando la liquidación provisional por este concepto efectuada como
abono a cuenta de la definitiva.
Segundo: La puesta en servicio de todas y cada una de las instalaciones del edificio,
contarán con la autorización previa de los organismos competentes en su caso.
Tercero: Dese traslado del presente al Departamento de Tesorería.
Cuarto: Devuélvase el expediente completo al Departamento de Urbanismo.
Quinto: Notifíquese al interesado.
CONTESTACIÓN A LAS ALEGACIONES PRESENTADAS AL ACUERDO DE JUNTA
DE GOBIERNO LOCAL DE 25 DE ENERO DE 2016 DE REQUERIMIENTO DE
EJECUCIÓN DE SENTENCIA DICTADA EN EL RECURSO CONTENCIOSOADMINISTRATIVO Nº 438/05.
Dada cuenta del escrito de alegaciones de fecha diecinueve de febrero de 2016, al
acuerdo de Junta de Gobierno Local de fecha veinticinco de enero de 2016 mediante el
que solicitan la no imposición de las multas coercitivas del apartado segundo del citado
acuerdo,
Y visto el informe emitido por la Secretaria municipal de fecha quince de marzo de
2016, cuyo tenor literal es el siguiente:
“ANTECEDENTES:
Sentencia 66/09 de 6 de marzo de 2007 del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo
núm. 3 de los de Bilbao.
Sentencia 597/2011 de 21 de septiembre de 2011 de la Sala de lo Contencioso
Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco que se siguió como
recurso de apelación 1193/09 que en su fallo confirma la sentencia dictada en primera
instancia.
Acuerdo de Junta de Gobierno Local de veinticinco de enero de 2016, que acuerda
otorgar al propietario del referido inmueble sito en Las Llanas 22, un plazo de QUINCE
DÍAS HÁBILES para que formalice las alegaciones que a su derecho convengan sobre la
eventual imposición de multas coercitivas a las que se refiere el apartado 6 del artículo
224 de la Ley 2/2206 de 30 de junio de Suelo y Urbanismo con carácter previo a la
ejecución forzosa de la orden demolitoria contenida en el acuerdo de la Junta de
Gobierno Local de 23 de febrero de 2005.
Escrito de alegaciones presentado por doña Concepción Díaz Ortega de fecha
diecinueve de febrero de 2016 y registro de entrada número 328 al acuerdo de Junta
de Gobierno Local de 25 de enero de 2016 de requerimiento de ejecución de sentencia
dictada en el recurso contencioso administrativo nº 438/05.
NORMATIVA APLICABLE:
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Ley 2/2006, de treinta de junio, de Suelo y Urbanismo del País Vasco.
FUNDAMENTOS DE DERECHO:
La alegación se basa principalmente en que la resolución administrativa que resuelve su
ejecución, es el acuerdo de JGL de 23 de febrero de 2005 siendo la entrada en vigor de
la Ley 2/2006, de Suelo y Urbanismo posterior, por lo que se estaría otorgando carácter
retroactivo a las multas coercitivas que se pretenden imponer, resultando que se
vulnera el principio de la irretroactividad de las disposiciones sancionadoras de la CE.
A este respecto ha de distinguirse entre el concepto de sanción y multa coercitiva. La
jurisprudencia tiene reconocido, respecto de las multas coercitivas, que no constituyen
una medida propiamente sancionadora; sino que, por su naturaleza, es una medida de
ejecución forzosa, estando reguladas expresamente en la Ley 30/92, de 26 de
noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, como una de las medidas de ejecución forzosa que puede
utilizar la Administración, respetando siempre el principio de proporcionalidad.
Disponiendo, el art. 99, que podrán imponerse cuando así lo autoricen las leyes y en la
forma y cuantía que éstas determinen; señala también el precepto que serán reiteradas
por lapsos de tiempo que sean suficientes para cumplir lo ordenado y que son
independientes de las sanciones que puedan imponerse con tal carácter y compatible
con ellas.
Por su parte, la Ley autonómica que habilita para su imposición en éste caso, es la Ley
2/2006, de treinta de junio, de Suelo y Urbanismo del País Vasco, en su Artículo 227,
que viene a disponer lo siguiente:
1.- Con independencia de las multas impuestas como sanción, en los supuestos de
obstaculización, desobediencia o incumplimiento de las órdenes de la administración se
podrán imponer, con periodicidad mensual, hasta diez multas coercitivas. El importe de
cada una podrá ser el mayor de las siguientes cantidades: la décima parte del valor de
lo ordenado, o 600 euros.
2.- El importe de las multas coercitivas se ingresará en el patrimonio público de suelo
de la administración actuante.
Para el caso por tanto, de los supuestos de desobediencia o incumplimiento de las
órdenes de ejecución, establece la ley la posibilidad de imponerlas con carácter
potestativo, con carácter previo a la ejecución subsidiaria. Por lo tanto, en el caso que
nos ocupa, al tratarse de imposición de multas por incumplimiento de la orden de
ejecución dictada, podrá la Junta de Gobierno Local optar por su imposición, o por el
contrario, estimar las alegaciones y no imponer multas coercitivas, con carácter previo a
ejecutar subsidiariamente la orden de demolición, si llegado el plazo concedido para
ello, no se hubiera ejecutado por la propiedad. En cualquier caso, se impongan o no
con carácter previo las referidas multas coercitivas, de no ejecutarse la orden de
demolición por la propiedad en el plazo concedido, deberá procederse vía ejecución
subsidiaria.”
La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Estimar las alegaciones presentadas, no imponiendo las multas coercitivas
previstas en el apartado segundo del acuerdo de Junta de Gobierno Local de fecha
veinticinco de enero de 2016, con carácter previo a la ejecución forzosa de la orden
demolitoria contenida en el acuerdo de la Junta de Gobierno Local de 23 de febrero de
2005.
Segundo: Ordenar a la propiedad de las obras realizadas en las Llanas 22, la ejecución
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del acuerdo de Junta de Gobierno Local de veintitrés de febrero de 2005, confirmado
por sentencia firme nº 597/2011, de fecha 21 de septiembre de 2011 de la Sala de lo
Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, consistente
en la demolición de las obras realizadas , al incumplir las condiciones de la licencia
otorgada, en el plazo de un mes contado a partir de la notificación de este acuerdo,
apercibiéndole de que, en caso de desatender esta orden, se procederá
subsidiariamente y a su costa.
Tercero: Notificar la presente a los interesados.
ADJUDICACIÓN, SI PROCEDE, DEL CONTRATO DE SUMINISTRO E
INSTALACIÓN DE PIEZAS PARA LA REPARACIÓN DE LAS ESCALERAS
MECÁNICAS DE TRAVESÍA ANTONIO TRUEBA.
Habiéndose tramitado procedimiento negociado, y siendo la forma de adjudicación la de
concurso, según lo dispuesto para este tipo de procedimientos en el Real Decreto
Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la
Ley de Contratos del Sector Público, y
Vistas las ofertas presentadas para la adjudicación del contrato de suministro e
instalación de piezas para la reparación de las escaleras mecánicas de Travesía Antonio
Trueba,
Visto que se requirió a la empresa ThyssenKrupp Elevadores, S.L.U. la acreditación de
la documentación objeto de la declaración responsable en base a lo previsto en el
artículo 146.4 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se
aprueba el texto Refundido de la Ley de Contratos del sector Público, así como la
presentación justificativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones
tributarias y con la Seguridad Social o autorizase al órgano de contratación para
obtener de forma directa la acreditación de ello, de disponer efectivamente de los
medios que se hubiese comprometido a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato
conforme al artículo 151.2 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector
Público, y de haber constituido la garantía definitiva que sea procedente, y
Visto que por la empresa se ha presentado la documentación requerida en plazo,
La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Adjudicar, definitivamente, el contrato de suministro e instalación de piezas
para la reparación de las escaleras mecánicas de Travesía Antonio Trueba, a
ThyssenKrupp Elevadores, S.L.U., por un importe de 40.000,00 €, IVA EXCLUIDO.
Segundo: Dese traslado al Responsable de Prevención de Riesgos Laborales, así como
al Departamento de Contabilidad, a los efectos oportunos.
Tercero: Notifíquese el presente acuerdo al adjudicatario y al resto de licitadores.
Cuarto: Publíquese en el Perfil del Contratante.
Quinto: Emplazar a la empresa ThyssenKrupp Elevadores, S.L.U. para la formalización
del contrato en un plazo no superior a los quince días hábiles siguientes a aquel en que
se reciba la notificación del presente acuerdo.
Sexto: Devuélvase el expediente completo al departamento de origen.
APROBACIÓN, SI PROCEDE, DE INICIO DE EXPEDIENTE DE CONTRATACIÓN
DEL SERVICIO DE LIMPIEZA DE LOS ASEOS DE LA PLAYA DE LA ARENA EN EL
TÉRMINO MUNICIPAL DE MUSKIZ.
Dada cuenta de la necesidad de contratar el servicio de limpieza de los aseos de la
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playa de La Arena puesta de manifiesto por el Departamento de Urbanismo, y
Visto el pliego de cláusulas-administrativas particulares elaborado al efecto por el que
se establece como procedimiento de adjudicación el negociado sin publicidad y
tramitación ordinaria, por tipo de licitación máxima de 38.000,00 euros (IVA excluido),
La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Aprobar el inicio de expediente para la adjudicación del contrato de servicio de
limpieza de los aseos de la playa de La Arena, mediante procedimiento negociado sin
publicidad por tipo de licitación máximo de 38.000,00 (IVA excluido).
Segundo: Publicar el anuncio de licitación en el perfil del contratante del Ayuntamiento
de Muskiz.
Tercero: Devuélvase el expediente completo al departamento de origen.
APROBACIÓN, SI PROCEDE, DE FACTURAS Y GASTOS.
Se acuerda aprobar la relación de facturas 2015/000009, que consta de 19 páginas
formadas por 89 facturas y por importe total de 192.103,77 €.
Gastos:
Jzgdo. 1ª Instancia Barakaldo. Pago honorarios perito tasación Santiago Dueñas
Fernández
1.581,77 €
Talleres Gallarreta. Mejora de huertos escolares
9.406,54 €
Fuera del orden del día y previa declaración de urgencia, se adoptaron los siguientes
acuerdos:
PETICIÓN DE DE AUTORIZACIÓN DE INSTALACIÓN DE ATRACCIONES DE
FERIA, CAMAS ELÁSTICAS Y TOROS EN KOBARON DURANTE LA SEMANA
SANTA.
Dada cuenta de la insntancia presentada en solicitud de autorización instalación de
atracciones de feria en Kobaron del 21 de marzo hasta el 3 de abril, concretamente
unas camas elásticas y un toritoinfantil, y
Visto el informe emitido por el Director de Cultura de fecha 11 de marzo de 2016, en el
que se expone que:
"Debido a las recientes obras públicas ejecutadas en Kobaron, (…) deberá señalizarle la
ubicación exacta de las atracciones, ya que no puede mantenerse la de años anteriores.
Según indica la ordenanza municipal que regula las tasas por instalación de barracas
Caballitos, camas elásticas, carrusel o similar
214,53€
Toros, aparatos voladores, olla o similar
268,17 €
(…) Se reducirán en un 50% cuando se trate de ferias o festejos de carácter no
general.”
La Junta de Gobierno Local por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Conceder autorización para la instalación de camas elásticas y torito infantil en
Kobaron, en lugar a determinar, del 21 de marzo al 3 de abril
Segundo: Requerir el previo pago de la tasa correspondiente, fijada en 241,35€,
quedando esta autorización condicionada a la presentación del justificante de ingreso
del importe reseñado en las oficinas de la casa de la Cultura, antes de instalar las
atracciones.
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Tercero: El interesado deberá contactar con el responsable de la Brigada de Obras, a
fin de que este le señale la ubicación concreta para la instalación de las atracciones.
Cuarto: Dese traslado al responsable de la Brigada de Obras.
Quinto: Notificar la presente a los interesados.
ADJUDICACIÓN DEL SERVICIO INTEGRAL DE RECOGIDA Y CUSTODIA DE
ANIMALES DOMÉSTICOS EN EL MUNICIPIO DE MUSKIZ.
Habiéndose tramitado procedimiento negociado, y siendo la forma de adjudicación la de
concurso, según lo dispuesto para este tipo de procedimientos en el Real Decreto
Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la
Ley de Contratos del Sector Público, y
Vistas las ofertas presentadas para la adjudicación del servicio integral de recogida y
custodia de animales domésticos en el municipio de Muskiz,
Visto que se requirió a la empresa Clínica Veterinaria Muskiz la acreditación de la
documentación objeto de la declaración responsable en base a lo previsto en el artículo
146.4 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba
el texto Refundido de la Ley de Contratos del sector Público, así como la presentación
justificativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y
con la Seguridad Social o autorizase al órgano de contratación para obtener de forma
directa la acreditación de ello, de disponer efectivamente de los medios que se hubiese
comprometido a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato conforme al artículo
151.2 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, y de haber
constituido la garantía definitiva que sea procedente, y
Visto que por la empresa se ha presentado la documentación requerida en plazo,
La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Adjudicar, definitivamente, el servicio integral de recogida y custodia de
animales domésticos en el municipio de Muskiz, a Clínica Veterinaria Muskiz, por un
importe de 784,08 €, IVA EXCLUIDO mensuales, hasta un total de 9.408,96 €
Segundo: Dese traslado al Responsable de Prevención de Riesgos Laborales, así como
al Departamento de Contabilidad, a los efectos oportunos.
Tercero: Notifíquese el presente acuerdo al adjudicatario y al resto de licitadores.
Cuarto: Publíquese en el Perfil del Contratante.
Quinto: Emplazar a la empresa Clínica Veterinaria Muskiz para la formalización del
contrato en un plazo no superior a los quince días hábiles siguientes a aquel en que se
reciba la notificación del presente acuerdo.
Sexto: Devuélvase el expediente completo al departamento de origen.
Y no habiendo más asuntos que tratar, el señor Presidente dio por terminada la
sesión, a las once horas y treinta minutos, extendiéndose la presente acta, de que yo,
la Secretaria, certifico.
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ACTA Nº 10
AYUNTAMIENTO DE MUSKIZ
En Muskiz, a catorce de marzo de dos mil dieciséis, siendo las diez horas de la
mañana, se reunió la Junta de Gobierno Local, bajo la presidencia del señor Alcalde,
don Borja Liaño Abarrategi, y con asistencia de los señores Tenientes de Alcalde, don
Eduardo Briones Lerchundi, don Rufino Manterola Lejarza, don Unai Landaburu Izar de
La Fuente y don Gonzalo Riancho Ocejo, para celebrar sesión ordinaria, en primera
convocatoria, y con asistencia de la señora Secretaria General, doña Itxaso Apraiz
Yáñez y el señor Interventor don Mario Lanbarri Martín.
LECTURA Y APROBACIÓN, SI PROCEDE, DEL ACTA DE LA SESIÓN ANTERIOR.
Declarado abierto el acto por el señor Presidente, de su orden se dio lectura al acta de
la sesión anterior celebrada el día siete de marzo, que fue aprobada por unanimidad.
APROBACIÓN, SI PROCEDE, DE CERTIFICACIÓN - LIQUIDACIÓN DE
TRABAJOS DE DESBROCE, SELECCIÓN Y PLANTACIÓN EN CARRASCAL M.U.P.
LAS POZAS.
Dada cuenta de la certificación liquidación correspondiente a los trabajos de desbroce,
selección y plantación en Carrascal M.U.P. 115 Las Pozas, presentada por Explotaciones
Forestales Trucíos S.L.L., por importe de 3.399,42 € (IVA incluido),
La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Prestarle total aprobación.
Segundo: Notifíquese el presente acuerdo al interesado, con expresión de los recursos a
que hubiera lugar.
APROBACIÓN, SI PROCEDE, DE LA 1ª CERTIFICACIÓN DE LAS OBRAS DE
REHABILITACIÓN DE CAMINO EN EL HAYA JUNTO A LA CARRETERA BI-3795.
Dada cuenta de la certificación nº1 correspondiente a las obras de rehabilitación de
camino en El Haya junto a la carretera BI-3795, presentada por Excavaciones Bitram
S.L, por importe de 22.903,55 € (IVA incluido),
La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Prestarle total aprobación.
Segundo: Notifíquese el presente acuerdo al interesado, con expresión de los recursos a
que hubiera lugar.
RECLAMACIÓN PATRIMONIAL
Dada cuenta de la instancia presentada, mediante la que solicita el abono de la
indemnización por los daños sufridos en vehículo, en concreto en una rueda, como
consecuencia de la existencia de un bache cubierto de agua, en la carretera BI-3794, y
visto el informe favorable emitido por el Técnico de Administración Especial, de fecha
8 de marzo de
2016,
La Junta de Gobierno Local por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Reconocer la responsabilidad patrimonial de este Ayuntamiento de Muskiz, y
estimar la reclamación presentada.
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Segundo: Fijar la cuantía de la indemnización de los daños en 162,01 € y proceder a su
abono, al no superara la cuantía establecida como franquicia en el contrato de seguro
que este Ayuntamiento tiene formalizado.
Tercero: Dar traslado de este acuerdo al área de Tesorería a los efectos oportunos.
Cuarto: Notifíquese a la interesada con expresión de los recursos a que hubiera lugar.
APROBACIÓN, SI PROCEDE, DE CONVOCATORIA DE AYUDAS PARA LA
COMPRA
DE
LIBROS Y
MATERIAL
ESCOLAR
PARA ALUMNOS
EMPADRONADOS EN MUSKIZ EN 2016.
Dada cuenta de la convocatoria y las bases reguladoras de las subvenciones para la
compra de libros y material escolar, para alumnos de primaria y secundaria obligatoria
empadronados en Muskiz en 2016
La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Aprobar la convocatoria y las bases reguladoras de las subvenciones para la
compra de libros y material escolar, para alumnos de primaria y secundaria obligatoria
empadronados en Muskiz en 2016.
Segundo: Ordenar su publicación en los tablones de anuncios, página Web municipal y
Boletín Oficial de Bizkaia.
APROBACIÓN, SI PROCEDE, DE CONVOCATORIA PARA LA SOLICITUD DE
ACCESO Y CONCESIÓN DE SUBVENCIONES A ASOCIACIONES DE MADRES Y
PADRES DE ALUMNOS DE CENTROS DOCENTES DE MUSKIZ (EDUCACIÓN
INFANTIL, PRIMARIA Y SECUNDARIA) PARA LA REALIZACIÓN DE
PROYECTOS Y ACTIVIDADES CULTURALES Y DEPORTIVAS CON EL
ALUMNADO EN 2016.
Dada cuenta de la convocatoria y las bases reguladoras para la solicitud de acceso y
concesión de subvenciones a Asociaciones de Madres y Padres de Alumnos de Centros
Docentes de Muskiz (Educación Infantil, Primaria y Secundaria) para la realización de
proyectos y actividades culturales y deportivas con el alumnado en 2016,
La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Aprobar la convocatoria y las bases reguladoras para la solicitud de acceso y
concesión de subvenciones a Asociaciones de Madres y Padres de Alumnos de Centros
Docentes de Muskiz (Educación Infantil, Primaria y Secundaria) para la realización de
proyectos y actividades culturales y deportivas con el alumnado en 2016.
Segundo: Ordenar su publicación en los tablones de anuncios, página Web municipal y
Boletín Oficial de Bizkaia.
APROBACIÓN, SI PROCEDE, DE CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES A
PERSONAS JURÍDICAS Y ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO PARA LA
REALIZACIÓN DE PROGRAMAS Y ACTIVIDADES DENTRO DEL MARCO DE LOS
SERVICIOS SOCIALES.
Dada cuenta de la convocatoria y las bases reguladoras de las subvenciones a
entidades y personas sin ánimo de lucro para la realización de programas y actividades
dentro del marco de los servicios sociales en el año 2016,
La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los presentes, acuerda:
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Primero: Aprobar la convocatoria y las bases reguladoras de las subvenciones a
entidades y personas sin ánimo de lucro para la realización de programas y actividades
dentro del marco de los servicios sociales en el año 2016
Segundo: Ordenar su publicación en los tablones de anuncios, página Web municipal y
Boletín Oficial de Bizkaia.
REQUERIMIENTO DE DOCUMENTACIÓN A CLÍNICA VETERINARIA MUSKIZ,
EN EXPEDIENTE DE CONTRATACIÓN DEL SERVICIO INTEGRAL DE RECOGIDA
Y CUSTODIA DE ANIMALES DOMÉSTICOS EN EL MUNICIPIO DE MUSKIZ.
Habiéndose tramitado la licitación para la adjudicación del servicio integral de recogida
y custodia de animales domésticos en Muskiz, mediante procedimiento negociado,
según lo dispuesto para este tipo de procedimiento en el Real Decreto Legislativo
3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de
Contratos del Sector Público, y
Visto que por la empresa Clínica Veterinaria Muskiz, se ha presentado la oferta
económicamente más ventajosa que asciende a un importe total IVA EXCLUIDO de
784,08 €, mensuales, hasta un total de 9.408,96 €,
Visto el artículo 151.2 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el
que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, en virtud
del cual se establece que el órgano de contratación requerirá al licitador que haya
presentado la oferta económicamente más ventajosa para que dentro del plazo de diez
días hábiles, a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el
requerimiento, presente la documentación justificativa de hallarse al corriente en el
cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social o autorice al
órgano de contratación para obtener de forma directa la acreditación de ello, de
disponer efectivamente de los medios que se hubiese comprometido a dedicar o
adscribir a la ejecución del contrato conforme al artículo 64.2 del Texto Refundido de la
Ley de Contratos del Sector Público, y de haber constituido la garantía definitiva que
sea procedente, y
Visto el artículo 146.4 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el
que se establece que el licitador a cuyo favor recaiga la propuesta de adjudicación,
deberá acreditar ante el órgano de contratación, previamente a la adjudicación del
contrato, la posesión y validez de los documentos exigidos en el pliego de contratación,
sobre los que realizó declaración responsable y en concreto, los siguientes:
a) Los que acrediten la personalidad jurídica del empresario y, en su caso, su
representación.
b) Los que acrediten la clasificación de la empresa, en su caso, o justifiquen los
requisitos de su solvencia económica, financiera y técnica o profesional, presentando
los certificados acreditativos correspondientes previstos en la carátula del pliego de
contratación.
c) Una declaración responsable de no estar incurso en prohibición de contratar.
d) Para las empresas extranjeras, en los casos en que el contrato vaya a ejecutarse en
España, la declaración de someterse a la jurisdicción de los juzgados y tribunales
españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o
indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional
extranjero que pudiera corresponder al licitante.
La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los presentes, acuerda:
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Primero: Requerir a Clínica Veterinaria Muskiz a que dentro del plazo de diez días
hábiles, a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento,
presente la documentación justificativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de
sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social o autorice al órgano de
contratación para obtener de forma directa la acreditación de ello, de disponer
efectivamente de los medios que se hubiese comprometido a dedicar o adscribir a la
ejecución del contrato conforme al artículo 64.2 del Texto Refundido de la Ley de
Contratos del Sector Público, y de haber constituido la garantía definitiva que sea
procedente, así como la acreditación de la documentación referida en el anteriormente
citado artículo 146 apartado cuarto del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de
noviembre exigida en el pliego de contratación que rige la licitación y sobre la que el
licitador cuya oferta ha resultado la más ventajosa realizó declaración responsable.
De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se
entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose en ese caso a recabar la
misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado
clasificadas las ofertas.
Segundo: Dese traslado al Departamento de Tesorería, a fin de que informe sobre el
cumplimiento de lo dispuesto en el apartado anterior.
Tercero: Dese traslado al Departamento de Contratación, a fin de que informe sobre el
cumplimiento de lo dispuesto en el apartado primero y en concreto, de la presentación
por el adjudicatario de la documentación prevista en el artículo 146.4 del Real Decreto
Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre.
PETICIÓN DE AUTORIZACIÓN DE TENENCIA DE ANIMAL POTENCIALMENTE
PELIGROSO.
Dada cuenta del escrito presentado, solicitando licencia municipal para la tenencia de
un perro de raza calificada como potencialmente peligrosa, aportando la documentación
prevista en el R.D. 287/2002, de 22 de marzo, visto el informe favorable emitido por el
Jefe de la Policía Local, de fecha 07 de marzo de 2016,
La Junta de Gobierno Local por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Conceder la licencia solicitada con un plazo de vigencia máximo de cinco años,
con la obligación del titular de comunicar en el plazo de quince días cualquier variación
de los datos en los que se ha basado la concesión correspondiéndole la referencia
48071/16/0069.
Segundo: Notificar la presente al interesado con expresión de los recursos a que
hubiera lugar.
RENOVACIÓN DE PUESTOS EN EL MERCADILLO MUNICIPAL.
Dada cuenta de la documentación presentada por los concesionarios de puestos de
venta en el mercadillo municipal, requerida en cumplimiento de lo establecido en la
ordenanza municipal reguladora, y
Visto el informe emitido por el Jefe de la Policía Local, de fecha uno de marzo de 2016,
La Junta de Gobierno Local por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Renovar 28 concesiones
Segundo: Declarar caducadas el resto de
documentación requerida en plazo.
concesiones por no presentar la
Tercero: Dese traslado al Departamento de Intervención/Recaudación.
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Cuarto: Notifíquese a los interesados con expresión de los recursos a que hubiera lugar.
ADJUDICACIÓN, SI PROCEDE, DEL SERVICIO DE RECOGIDA DE PODA Y
RESTOS VEGETALES PUERTA A PUERTA.
En base a lo dispuesto en los artículos 111 y 138.3 del Texto Refundido de la Ley de
Contratos del Sector Público regulado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de
noviembre, referente a los contratos menores, y visto el informe emitido por el
Coordinador de Medio Ambiente, Emergencias y Salud Laboral de fecha 8 de marzo de
2016,
La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Adjudicar el contrato de servicio de recogida de poda y restos vegetales
puerta a puerta a la empresa Gallarreta elkarrekin lanean por un precio por recogida de
363,00 € IVA EXCLUIDO, hasta un máximo de 24 recogidas, por importe total de
8.712,00 € IVA EXCLUIDO.
Segundo: La duración del presente contrato no podrá exceder de un año sin que pueda
ser objeto de prórroga alguna o de revisión de precios.
Tercero Dese traslado al Responsable de Prevención de Riesgos Laborales, así como al
Departamento de Contabilidad, a los efectos oportunos.
Cuarto: Notificar la presente al adjudicatario.
APROBACIÓN, SI PROCEDE, DE FACTURAS Y GASTOS.
Se acuerda aprobar la relación de facturas 2015/000008, que consta de 15 páginas
formadas por 52 facturas y por importe total de 279.257,90 €.
Gastos:
Forlan. Financiación programas de empleo y formación
Gratificación por prácticas en Secretaría
20.000,00 €
500,00 €
Fuera del orden del día y previa declaración de urgencia, se adoptaron los siguientes
acuerdos:
ADJUDICACIÓN, SI PROCEDE, DEL SERVICIO DE
ALTERNATIVAS PLANTEADAS EN PGOU DE MUSKIZ.
REVISIÓN
DE
LAS
En base a lo dispuesto en los artículos 111 y 138.3 del Texto Refundido de la Ley de
Contratos del Sector Público regulado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de
noviembre, referente a los contratos menores, y visto el informe emitido por el
Arquitecto Municipal de fecha 14 de marzo de 2016,
La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Adjudicar el contrato de servicio de revisión de las alternativas planteadas en
PGOU de Muskiz a la empresa Leber Planificación e Ingeniería, S.A. por un precio de
17.850,00 € IVA EXCLUIDO.
Segundo: La duración del presente contrato no podrá exceder de un año sin que pueda
ser objeto de prórroga alguna o de revisión de precios.
Tercero Dese traslado al Responsable de Prevención de Riesgos Laborales, así como al
Departamento de Contabilidad, a los efectos oportunos.
Cuarto: Notificar la presente al adjudicatario.
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ADJUDICACIÓN, SI PROCEDE, DE PUESTOS DE HELADOS TEMPORADAS 2016,
2017, 2018 y 2019.
Dada cuenta del expediente tramitado en este Ayuntamiento de Muskiz, para la
adjudicación de autorizaciones para la instalación de kioscos de venta de helados en la
vía pública para la temporada de verano de los años 2016, 2017, 2018 y 2019,
Visto que mediante acuerdo de la Junta de Gobierno Local adoptado en sesión
celebrada el 29 de febrero de 2016, se aprobó el pliego de condiciones técnicas y
económico-administrativas que debían regir la licitación,
Vistas las ofertas presentadas, y
Vista la propuesta de resolución emitida por el Técnico de Administración Especial de
fecha 10 de marzo de 2016,
La Junta de Gobierno Local por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Adjudicar las autorizaciones para la instalación de puestos de venta de helados
para los años 2016, 2017, 2018 y 2019, condicionado al cumplimiento de la
autorización emitida por la Demarcación de Costas, según el siguiente detalle:
Situación del puesto
Importe
Pobeña, entrada Camino a la Ermita
2.701,00 €/año
Pobeña, entrada a puente playa La Arena
6.101,00 €/año
La Arena, junto a las casetas de la playa
18.510,00 €/año
Segundo: Dese traslado al responsable de prevención, así como al departamento de
contabilidad y tesorería, a los efectos oportunos.
Tercero: Notifíquese al interesado con expresión de los recursos a que hubiera lugar.
Y no habiendo más asuntos que tratar, el señor Presidente dio por terminada la
sesión, a las once horas y treinta minutos, extendiéndose la presente acta, de que yo,
la Secretaria, certifico.
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ACTA Nº 11
AYUNTAMIENTO DE MUSKIZ
En Muskiz, a veintiuno de marzo de dos mil dieciséis, siendo las diez horas de la
mañana, se reunió la Junta de Gobierno Local, bajo la presidencia del señor Alcalde,
don Borja Liaño Abarrategi, y con asistencia de los señores Tenientes de Alcalde, don
Eduardo Briones Lerchundi, don Rufino Manterola Lejarza y don Gonzalo Riancho Ocejo,
para celebrar sesión ordinaria, en primera convocatoria, y con asistencia de la señora
Secretaria General, doña Itxaso Apraiz Yáñez y el señor Interventor don Mario Lanbarri
Martín.
LECTURA Y APROBACIÓN, SI PROCEDE, DEL ACTA DE LA SESIÓN ANTERIOR.
Declarado abierto el acto por el señor Presidente, de su orden se dio lectura al acta de
la sesión anterior celebrada el día 14 de marzo, que fue aprobada por unanimidad.
APROBACIÓN, SI PROCEDE, DE CERTIFICACIÓN Nº1 - LIQUIDACIÓN DE LAS
OBRAS DE ACONDICIONAMIENTO DE ENTRADA EN LA CUADRA.
Dada cuenta de la certificación nº1-liquidación correspondiente a las obras de
acondicionamiento de entrada en La Cuadra, presentada por Consaudi Obra Civil, S.L.,
por importe de 35.897,00 € (IVA incluido),
La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Prestarle total aprobación.
Segundo: Notifíquese el presente acuerdo al interesado, con expresión de los recursos a
que hubiera lugar.
PETICIÓN DE FUNDACIÓN INSTITUTO DE HIDRÁULICA AMBIENTAL DE
CANTABRIA DE DEVOLUCIÓN GARANTÍA DEFINITIVA POR ESTUDIO DE
INUNDABILIDAD EN EL MUNICIPIO DE MUSKIZ.
Dada cuenta del escrito presentado por la Fundación Instituto de Hidráulica Ambiental
de Cantabria, solicitando la devolución de la garantía definitiva, constituida por importe
de 1.210,00 € como garantía por la redacción del “estudio de inundabilidad en el
municipio de Muskiz, ría de Muskiz, ríos Barbadun y Cotorrio”, y visto el informe
favorable emitido por el Arquitecto Municipal de fecha 11 de marzo de 2016,
La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Proceder a la devolución de la garantía definitiva solicitada.
Segundo: Dese traslado al Departamento de Intervención / Tesorería a los efectos
oportunos.
Tercero: Notifíquese al interesado, con expresión de los recursos a que hubiera lugar.
APROBACIÓN, SI PROCEDE, DE REQUERIMIENTO A ASOCIACIONES SIN
ÁNIMO DE LUCRO DE REINTEGRO PARCIAL DE LAS SUBVENCIONES
DEPORTIVAS CONCEDIDAS, POR NO JUSTIFICACIÓN DE GASTOS.
Dada cuenta del estado en que se encuentra el expediente tramitado en relación a las
subvenciones a entidades y personas sin ánimo de lucro para la realización de
programas y actividades deportivas correspondientes al año 2015,
Vistas las justificaciones de las mismas exigidas en la ordenanza reguladora, y
Visto el informe del director de cultura de fecha 19 de febrero de 2016, en el que se
relacionan las entidades que no justifican adecuadamente la totalidad de los
1
presupuestos que inicialmente habían propuesto, proponiendo se requiera a las mismas
el reintegro parcial de la subvención recibida,
La Junta de Gobierno Local por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Requerir a las asociaciones abajo indicadas el reintegro de los importes
relacionados, correspondientes a las subvenciones del ejercicio 2015 a entidades y
personas sin ánimo de lucro para la realización de programas y actividades deportivas,
por no presentar facturas o justificantes de gasto válidos por el total del presupuesto
indicado en sus solicitudes:
ASOCIACIÓN
Importe a reintegrar
CLUB TAEKWONDO MUSKIZ
268,94 €
CLUB CAZA PESCA ARRAINTXORI
1.584,90 €
Segundo: Dese traslado al departamento de recaudación para su conocimiento y
efectos oportunos.
Tercero: Notifíquese a los interesados con expresión de los recursos a que hubiera
lugar.
APROBACIÓN, SI PROCEDE, DE REQUERIMIENTO A ASOCIACIONES SIN
ÁNIMO DE LUCRO DE REINTEGRO PARCIAL DE LAS SUBVENCIONES
CULTURALES CONCEDIDAS, POR NO JUSTIFICACIÓN DE GASTOS.
Dada cuenta del estado en que se encuentra el expediente tramitado en relación a las
subvenciones a entidades y personas sin ánimo de lucro para la realización de
programas y actividades culturales y/o juveniles correspondientes al año 2015,
Vistas las justificaciones de las mismas exigidas en la ordenanza reguladora, y
Visto el informe del director de cultura de fecha 25 de febrero de 2016, en el que se
relacionan las entidades que no justifican adecuadamente la totalidad de los
presupuestos que inicialmente habían propuesto, proponiendo se requiera a las mismas
el reintegro parcial de la subvención recibida,
La Junta de Gobierno Local por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Requerir a las asociaciones abajo indicadas el reintegro de los importes
relacionados, correspondientes a las subvenciones del ejercicio 2015 a entidades y
personas sin ánimo de lucro para la realización de programas y actividades culturales
y/o juveniles, por no presentar facturas o justificantes de gasto válidos por el total del
presupuesto indicado en sus solicitudes:
ASOCIACIÓN
Importe a reintegrar
ASOC. CORO JUV. CARPE DIEM
261,48 €
Segundo: Dese traslado al departamento de recaudación para su conocimiento y
efectos oportunos.
Tercero: Notifíquese a los interesados con expresión de los recursos a que hubiera
lugar.
PETICIÓN DE
MENDIZ MENDI TALDEA DE
AUTORIZACIÓN DE
ORGANIZACIÓN DE REUNIÓN DE ESCUELAS DE BTT EL DÍA 16 DE ABRIL DE
2016 EN LA ZONA DE LA IKASTOLA Y LA GLORIETA.
Dada cuenta de la instancia presentada por Mendiz Mendi Taldea, mediante el que
solicitan autorización para la organización de una reunión de escuelas de BTT, en la
2
zona de la Ikastola y Glorieta el próximo 16 de abril de 2016, solicitando además otros
usos de recursos, y
Visto el informe emitido por el director de cultura de fecha 9 de marzo de 2016, en el
que se propone:
"Autorizar a Mendiz Mendi Taldea a organizar una reunión de escuelas de BTT el día 16
de abril de 2016 en la zona de Ikastola y Glorieta, incluido montaje de rampas y
plataforma, siega de la zona, megafonía, tomas de agua y corriente, un contenedor y
vallas."
La Junta de Gobierno Local por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Autorizar la celebración de la reunión de escuelas de BTT el próximo 16 de
abril de 2016, en los términos del informe del Director de Cultura antes citados.
Segundo: Notificar a Mendiz Mendi que deberán presentar, previo a la celebración de la
actividad, un seguro de Responsabilidad Civil.
Tercero: Dese traslado a la Brigada Municipal y a la Policía Local
Cuarto: Notifíquese al interesado con expresión de los recursos a que hubiera lugar.
PETICIÓN DE MUSKIZKO GAZTE ASANBLADA DE
CELEBRACIÓN DEL GAZTE EGUNA EL 9 DE ABRIL.
AUTORIZACIÓN DE
Dada cuenta de la instancia presentada por Muskizko Gazte Asanblada, mediante la
que solicitan autorización para la celebración del Gazte Eguna el próximo 9 de abril de
2016, solicitando además otros usos de recursos, y
Visto el informe emitido por el director de cultura de fecha 10 de marzo de 2016, en el
que se propone:
"Autorizar a Muskizko Gazte Asanblada la celebración del Gazte Eguna el 9 de abril,
incluidos los materiales solicitados"
La Junta de Gobierno Local por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Autorizar a Muskizko Gazte Asanblada la celebración del Gazte Eguna el
próximo 9 de abril de 2016.
Segundo: Comunicar al interesado el permiso oportuno para usar el frontón deberá
solicitarlo a la empresa Bisport, concesionaria del servicio de gestión de instalaciones
deportivas de Muskiz.
Tercero: Previo a la celebración del evento, deberán presentar un seguro de
Responsabilidad Civil así como contactar con el técnico municipal de prevención y
cumplir las instrucciones que le transmita para la aplicación de las medidas de
seguridad correspondientes.
Cuarto: Dese traslado al responsable de prevención, a la Brigada de Obras y a la Policía
Local.
Quinto: Notifíquese al interesado con expresión de los recursos a que hubiera lugar.
PETICIÓN DE INNEVENTO
“CARRERA DE LA FAMILIA”.
DE
AUTORIZACIÓN
DE
CELEBRACIÓN
DE
Dada cuenta de la instancia presentada por INNEVENTO, en petición de
autorización de celebración de “Carrera de la familia” a beneficio de los equipos del
Club Balonmano Muskiz, a las 11 horas el próximo 19 de junio de 2016 en Pobeña,
para lo que, además, solicitan el uso de otros recursos y la presencia de Protección
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Civil, y
Visto el informe favorable emitido por del Director de Cultura, de fecha 11 de marzo de
2016,
La Junta de Gobierno Local por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Autorizar a INNEVENTO, la celebración de “Carrera de la familia” a las 11
horas el próximo 19 de junio de 2016 en Pobeña.
Segundo: Poner a disposición de la organización contenedores de basura, vallas y toma
de corriente.
Tercero: Previo a la celebración del evento, deberán presentar un seguro de
Responsabilidad Civil así como contactar con el técnico municipal de prevención y
cumplir las instrucciones que le transmita para la aplicación de las medidas de
seguridad correspondientes..
Cuarto: Comunicar al solicitante que, para contar con la colaboración de Protección Civil
deberá solicitarla a la Agrupación Local de Muskiz.
Quinto: Dese traslado al responsable de prevención y a la Brigada de Obras y a la
Policía Local.
Sexto: Notifíquese al interesado con expresión de los recursos a que hubiera lugar.
PETICIÓN DE AUTORIZACIÓN DE TRASPASO DE TERRENO COMUNAL EN LA
ARENILLA.
Dada cuenta del escrito presentado mediante el que solicita autorización para proceder
al traspaso del aprovechamiento del terreno comunal sito en La Arenilla,
correspondiente a la subparcela p) de la parcela 16 y la subparcela a) de la parcela 17
bis del polígono 8,
Visto el informe favorable emitido por el Técnico de Administración Especial de fecha 15
de marzo de 2016,
La Junta de Gobierno Local por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Autorizar el traspaso del aprovechamiento del terreno comunal sito en La
Arenilla, correspondiente a la subparcela p) de la parcela 16 y la subparcela a) de la
parcela 17 bis del polígono 8, al estar empadronados en el municipio con la antigüedad
suficiente.
Segundo: Dese traslado al Departamento de Intervención-Tesorería, a los efectos
oportunos.
Tercero: Notifíquese al interesado con expresión de los recursos a que hubiera lugar.
PETICIÓN DE PRIMERA OCUPACIÓN DE VIVIENDA UNIFAMILIAR EN GIBA
FREGENAL, 27.
Dada cuenta de la instancia presentada, solicitando licencia de primera ocupación para
la vivienda unifamiliar rehabilitada en Giba Fregenal, 27, en virtud de licencia municipal
concedida el 12 de mayo de 2014, y adjuntando certificado final de obra, y
Visto el informe técnico favorable emitido por el Arquitecto Municipal, de fecha 11 de
marzo de 2016, en el que se expone que:
"A la vista del expediente se comprueba que las obras ejecutadas se ajustan al proyecto
autorizado (…). Se han realizado pequeños ajustes en la distribución interior que no
alteran los parámetros urbanísticos y técnicos del Proyecto aprobado. (…)
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Informar favorablemente la concesión de licencia de primera ocupación a la obra de
rehabilitación-reforma de vivienda unifamiliar en Giba Fregenal, 27"
La puesta en servicio de todas y cada una de las instalaciones del edificio, contarán con
la autorización previa de los organismos competentes en su caso."
La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Conceder la licencia solicitada de primera ocupación en cuanto a la
competencia municipal y sin perjuicio de la que pueda corresponder a otros
organismos, con abono de los derechos municipales sobre un presupuesto de
105.662,89 €, considerando la liquidación provisional por este concepto efectuada como
abono a cuenta de la definitiva.
Segundo: La puesta en servicio de todas y cada una de las instalaciones del edificio,
contarán con la autorización previa de los organismos competentes en su caso.
Tercero: Dese traslado del presente al Departamento de Tesorería.
Cuarto: Devuélvase el expediente completo al Departamento de Urbanismo.
Quinto: Notifíquese al interesado.
CONTESTACIÓN A LAS ALEGACIONES PRESENTADAS AL ACUERDO DE JUNTA
DE GOBIERNO LOCAL DE 25 DE ENERO DE 2016 DE REQUERIMIENTO DE
EJECUCIÓN DE SENTENCIA DICTADA EN EL RECURSO CONTENCIOSOADMINISTRATIVO Nº 438/05.
Dada cuenta del escrito de alegaciones de fecha diecinueve de febrero de 2016, al
acuerdo de Junta de Gobierno Local de fecha veinticinco de enero de 2016 mediante el
que solicitan la no imposición de las multas coercitivas del apartado segundo del citado
acuerdo,
Y visto el informe emitido por la Secretaria municipal de fecha quince de marzo de
2016, cuyo tenor literal es el siguiente:
“ANTECEDENTES:
Sentencia 66/09 de 6 de marzo de 2007 del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo
núm. 3 de los de Bilbao.
Sentencia 597/2011 de 21 de septiembre de 2011 de la Sala de lo Contencioso
Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco que se siguió como
recurso de apelación 1193/09 que en su fallo confirma la sentencia dictada en primera
instancia.
Acuerdo de Junta de Gobierno Local de veinticinco de enero de 2016, que acuerda
otorgar al propietario del referido inmueble sito en Las Llanas 22, un plazo de QUINCE
DÍAS HÁBILES para que formalice las alegaciones que a su derecho convengan sobre la
eventual imposición de multas coercitivas a las que se refiere el apartado 6 del artículo
224 de la Ley 2/2206 de 30 de junio de Suelo y Urbanismo con carácter previo a la
ejecución forzosa de la orden demolitoria contenida en el acuerdo de la Junta de
Gobierno Local de 23 de febrero de 2005.
Escrito de alegaciones presentado por doña Concepción Díaz Ortega de fecha
diecinueve de febrero de 2016 y registro de entrada número 328 al acuerdo de Junta
de Gobierno Local de 25 de enero de 2016 de requerimiento de ejecución de sentencia
dictada en el recurso contencioso administrativo nº 438/05.
NORMATIVA APLICABLE:
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Ley 2/2006, de treinta de junio, de Suelo y Urbanismo del País Vasco.
FUNDAMENTOS DE DERECHO:
La alegación se basa principalmente en que la resolución administrativa que resuelve su
ejecución, es el acuerdo de JGL de 23 de febrero de 2005 siendo la entrada en vigor de
la Ley 2/2006, de Suelo y Urbanismo posterior, por lo que se estaría otorgando carácter
retroactivo a las multas coercitivas que se pretenden imponer, resultando que se
vulnera el principio de la irretroactividad de las disposiciones sancionadoras de la CE.
A este respecto ha de distinguirse entre el concepto de sanción y multa coercitiva. La
jurisprudencia tiene reconocido, respecto de las multas coercitivas, que no constituyen
una medida propiamente sancionadora; sino que, por su naturaleza, es una medida de
ejecución forzosa, estando reguladas expresamente en la Ley 30/92, de 26 de
noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, como una de las medidas de ejecución forzosa que puede
utilizar la Administración, respetando siempre el principio de proporcionalidad.
Disponiendo, el art. 99, que podrán imponerse cuando así lo autoricen las leyes y en la
forma y cuantía que éstas determinen; señala también el precepto que serán reiteradas
por lapsos de tiempo que sean suficientes para cumplir lo ordenado y que son
independientes de las sanciones que puedan imponerse con tal carácter y compatible
con ellas.
Por su parte, la Ley autonómica que habilita para su imposición en éste caso, es la Ley
2/2006, de treinta de junio, de Suelo y Urbanismo del País Vasco, en su Artículo 227,
que viene a disponer lo siguiente:
1.- Con independencia de las multas impuestas como sanción, en los supuestos de
obstaculización, desobediencia o incumplimiento de las órdenes de la administración se
podrán imponer, con periodicidad mensual, hasta diez multas coercitivas. El importe de
cada una podrá ser el mayor de las siguientes cantidades: la décima parte del valor de
lo ordenado, o 600 euros.
2.- El importe de las multas coercitivas se ingresará en el patrimonio público de suelo
de la administración actuante.
Para el caso por tanto, de los supuestos de desobediencia o incumplimiento de las
órdenes de ejecución, establece la ley la posibilidad de imponerlas con carácter
potestativo, con carácter previo a la ejecución subsidiaria. Por lo tanto, en el caso que
nos ocupa, al tratarse de imposición de multas por incumplimiento de la orden de
ejecución dictada, podrá la Junta de Gobierno Local optar por su imposición, o por el
contrario, estimar las alegaciones y no imponer multas coercitivas, con carácter previo a
ejecutar subsidiariamente la orden de demolición, si llegado el plazo concedido para
ello, no se hubiera ejecutado por la propiedad. En cualquier caso, se impongan o no
con carácter previo las referidas multas coercitivas, de no ejecutarse la orden de
demolición por la propiedad en el plazo concedido, deberá procederse vía ejecución
subsidiaria.”
La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Estimar las alegaciones presentadas, no imponiendo las multas coercitivas
previstas en el apartado segundo del acuerdo de Junta de Gobierno Local de fecha
veinticinco de enero de 2016, con carácter previo a la ejecución forzosa de la orden
demolitoria contenida en el acuerdo de la Junta de Gobierno Local de 23 de febrero de
2005.
Segundo: Ordenar a la propiedad de las obras realizadas en las Llanas 22, la ejecución
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del acuerdo de Junta de Gobierno Local de veintitrés de febrero de 2005, confirmado
por sentencia firme nº 597/2011, de fecha 21 de septiembre de 2011 de la Sala de lo
Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, consistente
en la demolición de las obras realizadas , al incumplir las condiciones de la licencia
otorgada, en el plazo de un mes contado a partir de la notificación de este acuerdo,
apercibiéndole de que, en caso de desatender esta orden, se procederá
subsidiariamente y a su costa.
Tercero: Notificar la presente a los interesados.
ADJUDICACIÓN, SI PROCEDE, DEL CONTRATO DE SUMINISTRO E
INSTALACIÓN DE PIEZAS PARA LA REPARACIÓN DE LAS ESCALERAS
MECÁNICAS DE TRAVESÍA ANTONIO TRUEBA.
Habiéndose tramitado procedimiento negociado, y siendo la forma de adjudicación la de
concurso, según lo dispuesto para este tipo de procedimientos en el Real Decreto
Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la
Ley de Contratos del Sector Público, y
Vistas las ofertas presentadas para la adjudicación del contrato de suministro e
instalación de piezas para la reparación de las escaleras mecánicas de Travesía Antonio
Trueba,
Visto que se requirió a la empresa ThyssenKrupp Elevadores, S.L.U. la acreditación de
la documentación objeto de la declaración responsable en base a lo previsto en el
artículo 146.4 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se
aprueba el texto Refundido de la Ley de Contratos del sector Público, así como la
presentación justificativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones
tributarias y con la Seguridad Social o autorizase al órgano de contratación para
obtener de forma directa la acreditación de ello, de disponer efectivamente de los
medios que se hubiese comprometido a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato
conforme al artículo 151.2 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector
Público, y de haber constituido la garantía definitiva que sea procedente, y
Visto que por la empresa se ha presentado la documentación requerida en plazo,
La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Adjudicar, definitivamente, el contrato de suministro e instalación de piezas
para la reparación de las escaleras mecánicas de Travesía Antonio Trueba, a
ThyssenKrupp Elevadores, S.L.U., por un importe de 40.000,00 €, IVA EXCLUIDO.
Segundo: Dese traslado al Responsable de Prevención de Riesgos Laborales, así como
al Departamento de Contabilidad, a los efectos oportunos.
Tercero: Notifíquese el presente acuerdo al adjudicatario y al resto de licitadores.
Cuarto: Publíquese en el Perfil del Contratante.
Quinto: Emplazar a la empresa ThyssenKrupp Elevadores, S.L.U. para la formalización
del contrato en un plazo no superior a los quince días hábiles siguientes a aquel en que
se reciba la notificación del presente acuerdo.
Sexto: Devuélvase el expediente completo al departamento de origen.
APROBACIÓN, SI PROCEDE, DE INICIO DE EXPEDIENTE DE CONTRATACIÓN
DEL SERVICIO DE LIMPIEZA DE LOS ASEOS DE LA PLAYA DE LA ARENA EN EL
TÉRMINO MUNICIPAL DE MUSKIZ.
Dada cuenta de la necesidad de contratar el servicio de limpieza de los aseos de la
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playa de La Arena puesta de manifiesto por el Departamento de Urbanismo, y
Visto el pliego de cláusulas-administrativas particulares elaborado al efecto por el que
se establece como procedimiento de adjudicación el negociado sin publicidad y
tramitación ordinaria, por tipo de licitación máxima de 38.000,00 euros (IVA excluido),
La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Aprobar el inicio de expediente para la adjudicación del contrato de servicio de
limpieza de los aseos de la playa de La Arena, mediante procedimiento negociado sin
publicidad por tipo de licitación máximo de 38.000,00 (IVA excluido).
Segundo: Publicar el anuncio de licitación en el perfil del contratante del Ayuntamiento
de Muskiz.
Tercero: Devuélvase el expediente completo al departamento de origen.
APROBACIÓN, SI PROCEDE, DE FACTURAS Y GASTOS.
Se acuerda aprobar la relación de facturas 2015/000009, que consta de 19 páginas
formadas por 89 facturas y por importe total de 192.103,77 €.
Gastos:
Jzgdo. 1ª Instancia Barakaldo. Pago honorarios perito tasación Santiago Dueñas
Fernández
1.581,77 €
Talleres Gallarreta. Mejora de huertos escolares
9.406,54 €
Fuera del orden del día y previa declaración de urgencia, se adoptaron los siguientes
acuerdos:
PETICIÓN DE DE AUTORIZACIÓN DE INSTALACIÓN DE ATRACCIONES DE
FERIA, CAMAS ELÁSTICAS Y TOROS EN KOBARON DURANTE LA SEMANA
SANTA.
Dada cuenta de la insntancia presentada en solicitud de autorización instalación de
atracciones de feria en Kobaron del 21 de marzo hasta el 3 de abril, concretamente
unas camas elásticas y un toritoinfantil, y
Visto el informe emitido por el Director de Cultura de fecha 11 de marzo de 2016, en el
que se expone que:
"Debido a las recientes obras públicas ejecutadas en Kobaron, (…) deberá señalizarle la
ubicación exacta de las atracciones, ya que no puede mantenerse la de años anteriores.
Según indica la ordenanza municipal que regula las tasas por instalación de barracas
Caballitos, camas elásticas, carrusel o similar
214,53€
Toros, aparatos voladores, olla o similar
268,17 €
(…) Se reducirán en un 50% cuando se trate de ferias o festejos de carácter no
general.”
La Junta de Gobierno Local por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Conceder autorización para la instalación de camas elásticas y torito infantil en
Kobaron, en lugar a determinar, del 21 de marzo al 3 de abril
Segundo: Requerir el previo pago de la tasa correspondiente, fijada en 241,35€,
quedando esta autorización condicionada a la presentación del justificante de ingreso
del importe reseñado en las oficinas de la casa de la Cultura, antes de instalar las
atracciones.
15
Tercero: El interesado deberá contactar con el responsable de la Brigada de Obras, a
fin de que este le señale la ubicación concreta para la instalación de las atracciones.
Cuarto: Dese traslado al responsable de la Brigada de Obras.
Quinto: Notificar la presente a los interesados.
ADJUDICACIÓN DEL SERVICIO INTEGRAL DE RECOGIDA Y CUSTODIA DE
ANIMALES DOMÉSTICOS EN EL MUNICIPIO DE MUSKIZ.
Habiéndose tramitado procedimiento negociado, y siendo la forma de adjudicación la de
concurso, según lo dispuesto para este tipo de procedimientos en el Real Decreto
Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la
Ley de Contratos del Sector Público, y
Vistas las ofertas presentadas para la adjudicación del servicio integral de recogida y
custodia de animales domésticos en el municipio de Muskiz,
Visto que se requirió a la empresa Clínica Veterinaria Muskiz la acreditación de la
documentación objeto de la declaración responsable en base a lo previsto en el artículo
146.4 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba
el texto Refundido de la Ley de Contratos del sector Público, así como la presentación
justificativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y
con la Seguridad Social o autorizase al órgano de contratación para obtener de forma
directa la acreditación de ello, de disponer efectivamente de los medios que se hubiese
comprometido a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato conforme al artículo
151.2 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, y de haber
constituido la garantía definitiva que sea procedente, y
Visto que por la empresa se ha presentado la documentación requerida en plazo,
La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Adjudicar, definitivamente, el servicio integral de recogida y custodia de
animales domésticos en el municipio de Muskiz, a Clínica Veterinaria Muskiz, por un
importe de 784,08 €, IVA EXCLUIDO mensuales, hasta un total de 9.408,96 €
Segundo: Dese traslado al Responsable de Prevención de Riesgos Laborales, así como
al Departamento de Contabilidad, a los efectos oportunos.
Tercero: Notifíquese el presente acuerdo al adjudicatario y al resto de licitadores.
Cuarto: Publíquese en el Perfil del Contratante.
Quinto: Emplazar a la empresa Clínica Veterinaria Muskiz para la formalización del
contrato en un plazo no superior a los quince días hábiles siguientes a aquel en que se
reciba la notificación del presente acuerdo.
Sexto: Devuélvase el expediente completo al departamento de origen.
Y no habiendo más asuntos que tratar, el señor Presidente dio por terminada la
sesión, a las once horas y treinta minutos, extendiéndose la presente acta, de que yo,
la Secretaria, certifico.
16
ACTA Nº 12
AYUNTAMIENTO DE MUSKIZ
En Muskiz, a cuatro de abril de dos mil dieciséis, siendo las diez horas de la
mañana, se reunió la Junta de Gobierno Local, bajo la presidencia del señor Alcalde,
don Borja Liaño Abarrategi, y con asistencia de los señores Tenientes de Alcalde, don
Eduardo Briones Lerchundi, don Rufino Manterola Lejarza, don Unai Landaburu Izar de
La Fuente y don Gonzalo Riancho Ocejo, para celebrar sesión ordinaria, en primera
convocatoria, y con asistencia de la señora Secretaria General, doña Itxaso Apraiz
Yáñez y el señor Interventor don Mario Lanbarri Martín.
LECTURA Y APROBACIÓN, SI PROCEDE, DEL ACTA DE LA SESIÓN ANTERIOR.
Declarado abierto el acto por el señor Presidente, de su orden se dio lectura al acta de
la sesión anterior celebrada el día veintiuno de abril, que fue aprobada por unanimidad.
PETICIÓN DE CONCESIÓN PUESTO EN EL MERCADILLO MUNICIPAL.
Dada cuenta de la instancia presentada, solicitando licencia para la instalación de un
puesto en el Mercadillo Municipal, y visto el informe desfavorable emitido por el Jefe de
la Policía Local, de fecha 16 de marzo de 2016, en el que se expone que:
“(…) Se informa:
La denegación de la licencia, debido a que se pretende reestructurar el mercadillo
disminuyendo el elevado número de puestos existentes en el recinto, cincuenta y cuatro
actualmente (54), eliminando aquellos que tienen pocos metros lineales, de 2 a 3
metros.
Su solicitud será archivada y registrada para que si en un futuro se producen
modificaciones o posibilidad de conceder nuevas altas, sea tenida en cuenta en orden
de registro de entrada."
La Junta de Gobierno Local por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Denegar la solicitud mencionada, por los motivos expuestos en el informe del
Jefe de Policía Local antes citado.
Segundo: Comunicar a la solicitante que su solicitud será archivada a los efectos
descritos en el informe anteriormente referenciado.
Tercero: Notifíquese a la persona interesada con expresión de los recursos a que
hubiera lugar.
PETICIÓN DE DEVOLUCIÓN FIANZAS EN RELACIÓN A LA PRESTACIÓN DEL
SERVICIO DE KIOSCO PARA VENTA DE HELADOS Y EXPLOTACIÓN DE BAR
CON TERRAZA.
Dada cuenta del escrito presentado, con entrada en el Registro General de este
Ayuntamiento número 357 de fecha 17 de marzo de 2016, solicitando la devolución de
las garantías definitivas, constituidas por importe total de
2.152,02 € como garantía depósito por la instalación de:
- Fecha de constitución de garantía 8 de marzo de 2012: Instalación puestos de helados
en paseo de acceso a playa y explanada en La Arena (dos puestos 601,02 €).
- Fecha de constitución de garantía 13 de marzo de 2014: Instalación de puesto de
helados en la playa La Arena (400,00 €)
1
- Fecha de constitución de garantía 21 de mayo de 2014: Instalación y explotación bar
con terraza en playa de La Arena (351,00 €)
- Fecha de constitución de garantía 21 de mayo de 2014: Fianza caja general de
depósitos Demarcación de Costas del País Vasco (400,00 €)
- Fecha de constitución de garantía 10 de marzo de 2016: Instalación puesto de
helados en la playa de La Arena junto a casetas de la playa (400,00 €), y
Visto el informe favorable emitido por el Técnico Asesor en Medio Ambiente,
La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Proceder a la devolución de las garantías definitivas solicitadas.
Segundo: Dese traslado al Departamento de Intervención / Tesorería a los efectos
oportunos.
Tercero: Notifíquese al interesado, con expresión de los recursos a que hubiera lugar.
APROBACIÓN DE CRITERIOS MUNICIPALES PARA LA MINORACIÓN DE AES
2016.
Dada cuenta de los criterios municipales de ayudas de emergencia social (AES) del
ejercicio 2016, elaborado por los Servicios Sociales Municipales,
Vista la normativa en materia de ayudas de emergencia social.
Considerando que la consignación presupuestaria municipal a tal fin para el ejercicio
2016 asciende a 150.000 €/, y
Vista la propuesta de resolución emitida por la Coordinadora de Servicios Sociales
Municipales, de fecha 31 de marzo de 2016 en la que se expresa que:
"Visto que el artículo 11.2 del Decreto 4/2011 de 18 de enero de las ayudas de
emergencia social indica que la cuantía aplicable en cada caso particular, deberá ser
aminorada por el Ayuntamiento competente teniendo en cuenta las disponibilidades
presupuestarias existentes, en cuyo caso deberá aminorarse la cuantía máxima
concesible para cada concepto según la orden anual a la que hace referencia el artículo
9 de este Decreto, en el porcentaje negativo que considere suficiente el Ayuntamiento
para dar cobertura por igual a la demanda de todas las personas solicitantes; y la
Orden de 24 de febrero de 2016, del Consejero de Empleo y Políticas Sociales publicada
en BOB el 11 de marzo de 2016 sobre la competencia municipal en aminoraciones, y
Visto que la valoración técnica puede suponer el establecimiento de otros criterios de
minoración diferentes a la porcentual por concepto como limitar el patrimonio para
acceder a las AES (Decreto 4/2011 artículo 10.1.C) y la Ley 18/2008 (artículo 46f.) y
vista la imposibilidad de atender todas la solicitudes, compete al Ayuntamiento
aminorar el patrimonio que permite hacer un mejor reparto."
La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Aprobar los criterios municipales de ayudas de emergencia social para el
ejercicio 2016 propuestos por el Departamento de Acción Social
Segundo: Ordenar su publicación en el Boletín Oficial de Bizkaia y en el portal de
transparencia de la página Web municipal.
PETICIÓN DEL DEPARTAMENTO DE INTERIOR DEL GOBIERNO VASCO, DE
UTILIZACIÓN DEL ARETO MEATZARI EL DÍA 16 DE ABRIL.
2
Dada cuenta de la instancia presentada por la Viceconsejería de Seguridad. Policía, del
Departamento de Interior del Gobierno Vasco, con entrada en el registro general
municipal número 601 de fecha 23 de marzo de 2016, mediante la que solicita
autorización para la utilización del Meatzari Aretoa el próximo día 16 de abril de 2016,
entre las 10:00 y las 12:00 horas, a fin de celebrar una jornada de trabajo de mandos
de la escala ejecutiva de la Ertzantza, y
Visto el informe emitido por el Departamento de Cultura, en el que se expone que:
"Meatzari Aretoa podrá ser utilizada por terceros, para actividades internas de la
entidad o persona solicitantes (asambleas, congresos…) o dirigidas al público en
general (música, teatro, espectáculos…).
Por norma general, este uso conllevará el pago de una tasa, especificada en la
ORDENANZA FISCAL MUNICIPAL REGULADORA DE LA TASA POR LA PRESTACIÓN DE
SERVICIOS DE USO DE SALAS PARA ACTIVIDADES CULTURALES EN MUSKIZ.
Excepcionalmente, se podrá ceder Meatzari Aretoa para su uso gratuito, en los
siguientes casos:
1) Cuando se trate de una actividad cultural abierta al público, organizada
gratuitamente por una asociación de Muskiz. Tanto el solicitante como el acto
programado no podrán hacer más de un uso gratuito al año. No se cederá Meatzari
Aretoa si la actividad que se va a desarrollar, según criterio del Ayuntamiento de
Muskiz, puede realizarse en condiciones óptimas en otra instalación municipal.
2) Cuando el solicitante sea la Administración Pública o una entidad participada por el
Ayuntamiento de Muskiz y éste decida que el uso para el que se ha solicitado es de
interés. (…)"
La Junta de Gobierno Local por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Conceder a la Viceconsejería de Seguridad. Policía, del Departamento de
Interior del Gobierno Vasco, autorización para el uso del Meatzari Aretoa el 16 de abril
de 2016, entre las 10:00 y las 12:00 horas en régimen de cesión gratuita en base a lo
expuesto en el informe técnico antes referenciado.
Segundo: Notifíquese al interesado con expresión de los recursos a que hubiera lugar.
APROBACIÓN, SI PROCEDE, DE FACTURAS Y GASTOS.
Se acuerda aprobar la relación de facturas 2015/000010, que consta de 15 páginas
formadas por 33 facturas y por importe total de 325.359,51 €.
Y no habiendo más asuntos que tratar, el señor Presidente dio por terminada la
sesión, a las once horas y treinta minutos, extendiéndose la presente acta, de que yo,
la Secretaria, certifico.
3
ACTA Nº 13
AYUNTAMIENTO DE MUSKIZ
En Muskiz, a once de abril de dos mil dieciséis, siendo las diez horas de la
mañana, se reunió la Junta de Gobierno Local, bajo la presidencia del señor Primer
Teniente de Alcalde, don Eduardo Briones Lerchundi, y con asistencia de los señores
Tenientes de Alcalde, don Rufino Manterola Lejarza, don Unai Landaburu Izar de La
Fuente y don Gonzalo Riancho Ocejo, para celebrar sesión ordinaria, en primera
convocatoria, y con asistencia de la señora Secretaria General, doña Itxaso Apraiz
Yáñez y el señor Interventor don Mario Lanbarri Martín.
LECTURA Y APROBACIÓN, SI PROCEDE, DEL ACTA DE LA SESIÓN ANTERIOR.
Declarado abierto el acto por el señor Presidente, de su orden se dio lectura al acta de
la sesión anterior celebrada el día cuatro de abril, que fue aprobada por unanimidad.
PETICIÓN DE INSTALACIÓN DE PUESTO EN EL MERCADILLO MUNICIPAL.
Dada cuenta de la instancia presentada, solicitando licencia para la instalación de un
puesto en el Mercadillo Municipal, y visto el informe desfavorable emitido por el Jefe de
la Policía Local, de fecha 4 de abril de 2016, en el que se expone que:
“(…) Se informa:
La denegación de la licencia, debido a que se pretende reestructurar el mercadillo
disminuyendo el elevado número de puestos existentes en el recinto, cincuenta y cuatro
actualmente (54), eliminando aquellos que tienen pocos metros lineales, de 2 a 3
metros.
Su solicitud será archivada y registrada para que si en un futuro se producen
modificaciones o posibilidad de conceder nuevas altas, sea tenida en cuenta en orden
de registro de entrada."
La Junta de Gobierno Local por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Denegar la solicitud mencionada, por los motivos expuestos en el informe del
Jefe de Policía Local antes citado.
Segundo: Comunicar a la solicitante que su solicitud será archivada a los efectos
descritos en el informe anteriormente referenciado.
Tercero: Notifíquese a la persona interesada con expresión de los recursos a que
hubiera lugar.
ADJUDICACIÓN, SI PROCEDE, DE OBRAS DE SUJECIÓN DE PLACAS DE
POLICARBONATO EN MUSKIZKO IKASTOLA.
En base a lo dispuesto en los artículos 111 y 138.3 del Texto Refundido de la Ley de
Contratos del Sector Público regulado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de
noviembre, referente a los contratos menores,
La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Adjudicar el contrato de obras de sujeción de placas de policarbonato en
Muskizko Ikastola a la empresa Excavaciones Bitram, S.L. por un precio de 4.600,00 €
IVA EXCLUIDO
Segundo: La duración del presente contrato no podrá exceder de un año sin que pueda
ser objeto de prórroga alguna o de revisión de precios.
1
Tercero Dese traslado al Responsable de Prevención de Riesgos Laborales, así como al
Departamento de Contabilidad, a los efectos oportunos.
Cuarto: Notifíquese el presente acuerdo al adjudicatario con indicación de que con
carácter previo al comienzo de los trabajos, deberá cumplimentarse la comunicación de
apertura del centro de trabajo debiendo exponerse en la obra en lugar visible y
manteniéndose permanentemente actualizada en el caso de que se produzcan cambios
no identificados inicialmente.
PETICIÓN DE LA AMPA DE MUSKIZKO IKASTOLA DE AUTORIZACIÓN DE USO
DE MATERIAL MUNICIPAL PARA CELEBRACIÓN DE LA FIESTA JAIGIRO EN EL
CENTRO ESCOLAR EL 11 DE JUNIO DE 2016.
Dada cuenta de la instancia presentada por doña Itziar Ibáñez Biain, en representación
de la AMPA Muskizko Ikastolako Guraso Elkartea, en petición de autorización de uso de
material municipal, concretamente megafonía, papeleras, mesas y sillas para 300
personas y 10 vallas, a fin de llevar a cabo la celebración de la fiesta Jaigiro en el
centro escolar el próximo 11 de junio de 2016, y visto el informe favorable emitido por
el Director de Cultura de fecha 6 de abril de 2016, en el que se expone que:
La Junta de Gobierno Local por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Autorizar uso de material municipal a la AMPA Muskizko Ikastolako Guraso
Elkartea, en concreto la megafonía, papeleras y vallas solicitadas, para la celebración de
la fiesta Jaigiro el próximo 11 de junio de 2016, así como el uso de sillas y mesas para
unos 60 comensales.
Segundo: Dese traslado a la Brigada Municipal para su conocimiento y efectos
oportunos.
Tercero: Notifíquese al interesado con expresión de los recursos a que hubiera lugar.
APROBACIÓN, SI PROCEDE, DEL PADRÓN FISCAL CORRESPONDIENTE AL
IMPUESTO MUNICIPAL SOBRE VEHÍCULOS DE TRACCIÓN MECÁNICA, PARA
EL EJERCICIO 2016.
Dada cuenta del padrón fiscal correspondiente al Impuesto sobre Vehículos de Tracción
Mecánica, para el ejercicio 2016 elaborado por el Servicio Municipal de Recaudación,
formado por 5.021 vehículos y por importe total de 486.230,29 €,
La Junta de Gobierno Local por unanimidad de los presentes, acuerda::
Primero: Aprobar el padrón fiscal correspondiente al Impuesto sobre Vehículos de
Tracción Mecánica correspondiente al ejercicio 2016, formado por 5.021 vehículos y por
importe total de 486.230,29 €.
Segundo: Establecer el periodo de cobranza entre los días 20 de abril y 20 de junio de
2.016, ambos incluidos.
Tercero: Ordenar la publicación del presente acuerdo en los tablones de edictos
municipales y en la página Web municipal.
PETICIÓN DE EXCAVACIONES BITRAM, S.L. DE DEVOLUCIÓN DE GARANTÍA
DEFINITIVA POR LAS OBRAS DE REHABILITACIÓN DE CAMINO EN JANEO.
Dada cuenta del escrito presentado por Excavaciones Bitram, S.L., con entrada en el
Registro General de este Ayuntamiento número 252 de fecha 05 de febrero de 2016,
solicitando la devolución de la garantía definitiva, constituida por importe de 2.345,00€
para garantizar la correcta ejecución de las obras de rehabilitación de camino a Janeo,
2
y visto el informe favorable emitido por el Aparejador Municipal, de fecha 5 de abril de
2016,
La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Proceder a la devolución de la garantía definitiva solicitada.
Segundo: Dese traslado al Departamento de Intervención / Tesorería a los efectos
oportunos.
Tercero: Notifíquese al interesado, con expresión de los recursos a que hubiera lugar.
PETICIÓN DE CONSTRUCCIONES LA RIGADA, S.L. DE DEVOLUCIÓN DE
GARANTÍA DEFINITIVA POR LAS OBRAS DE URBANIZACIÓN DEL BARRIO DE
POBEÑA.
Dada cuenta del escrito presentado por Construcciones La Rigada, S.L., con entrada en
el Registro General de este Ayuntamiento número 2767 de fecha 29 de julio de 2015,
solicitando la devolución de la garantía definitiva, constituida por importe de 1.687,48€
para garantizar la correcta ejecución de las obras de urbanización en el barrio de
Pobeña, y visto el informe favorable emitido por el Aparejador Municipal, de fecha 5 de
abril de 2016,
La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Proceder a la devolución de la garantía definitiva solicitada.
Segundo: Dese traslado al Departamento de Intervención / Tesorería a los efectos
oportunos.
Tercero: Notifíquese al interesado, con expresión de los recursos a que hubiera lugar.
PETICIÓN DE FERNÁNDEZ BARCIA FORESTAL, S.L. DE DEVOLUCIÓN DE
GARANTÍA DEFINITIVA POR APROVECHAMIENTOS FORESTALES EN 2010.
Dada cuenta del escrito presentado por Fernández Barcia Forestal, S.L., con entrada en
el Registro General de este Ayuntamiento número 518 de fecha 11 de marzo de 2016,
solicitando la devolución de la garantía definitiva, constituida por importe total de
775,65 € como garantía depósito por los aprovechamientos forestales en 2010, y visto
el informe favorable emitido por el Agente Forestal de la Diputación Foral de Bizkaia, de
fecha 6 de abril de 2016,
La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Proceder a la devolución de la garantía definitiva solicitada.
Segundo: Dese traslado al Departamento de Intervención / Tesorería a los efectos
oportunos.
Tercero: Notifíquese al interesado, con expresión de los recursos a que hubiera lugar.
PETICIÓN DE FERNÁNDEZ BARCIA FORESTAL, S.L. DE DEVOLUCIÓN DE
GARANTÍA DEFINITIVA POR APROVECHAMIENTOS FORESTALES EN LAS
POZAS Y LOS RÍOS EN 2014.
Dada cuenta del escrito presentado por Fernández Barcia Forestal, con entrada en el
Registro General de este Ayuntamiento número 518 de fecha 11 de marzo de 2016,
solicitando la devolución de la garantía definitiva, constituida por importe de 1.082,67€
como garantía depósito por los aprovechamientos forestales en 2014 en Las Pozas y
Los Ríos, y visto el informe favorable emitido por el Agente Forestal de la Diputación
Foral de Bizkaia, de fecha 6 de abril de 2016,
3
La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Proceder a la devolución de la garantía definitiva solicitada.
Segundo: Dese traslado al Departamento de Intervención / Tesorería a los efectos
oportunos.
Tercero: Notifíquese al interesado, con expresión de los recursos a que hubiera lugar.
PETICIÓN DE ÁLVAREZ FORESTAL, S.A., DE DEVOLUCIÓN DE GARANTÍA
DEFINITIVA POR APROVECHAMIENTOS FORESTALES EN M.U.P. 114, 115 Y
116 EN 2014 Y 2015.
Dada cuenta del escrito presentado por Álvarez Forestal, S.L., con entrada en el
Registro General de este Ayuntamiento número 3996 de fecha 22 de diciembre de
2015, solicitando la devolución de la garantía definitiva, constituida por importe total
de 13.201,10 € como garantía depósito por los aprovechamientos forestales en M.U.P.
114, 115 y 116 en 2.014 y 2.015, y visto el informe favorable emitido por el Agente
Forestal de la Diputación Foral de Bizkaia, de fecha 6 de abril de 2016,
La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Proceder a la devolución de la garantía definitiva solicitada.
Segundo: Dese traslado al Departamento de Intervención / Tesorería a los efectos
oportunos.
Tercero: Notifíquese al interesado, con expresión de los recursos a que hubiera lugar.
PETICIÓN DE PETRÓLEOS DEL NORTE, S.A. (PETRONOR) DE DEVOLUCIÓN DE
AVAL POR RECURSO DE REPOSICIÓN A LA LIQUIDACIÓN PROVISIONAL DEL
IMPUESTO DE CONSTRUCCIONES, INSTALACIONES Y OBRAS DEL PROYECTO
DE MODIFICACIÓN DE LÍNEAS ENTERRADAS EN CARGADERO.
Durante el debate y votación del presente acuerdo se ausenta el Concejal don Rufino
Manterola Lejarza, por incurrir en causa de abstención regulada en el artículo 28 de la
Ley 30/92, de 26 de noviembre, de régimen jurídico y procedimiento administrativo
común.
Dada cuenta del escrito presentado por doña Raquel Ruiz Juárez, en representación de
Petróleos del Norte, S.A., (PETRONOR), con entrada en el Registro General de este
Ayuntamiento número 588 de fecha 21 de marzo de 2016, solicitando la devolución del
aval, constituido por importe de 11.304,35€ como garantía depósito por recurso de
reposición a la liquidación provisional del Impuesto de Construcciones, Instalaciones y
Obras del proyecto de modificación de líneas enterradas en cargadero de refinería, y
visto el informe favorable emitido por el Interventor Municipal, de fecha 7 de abril de
2016,
La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Proceder a la devolución solicitada del aval.
Segundo: Dese traslado al Departamento de Intervención / Tesorería a los efectos
oportunos.
Tercero: Notifíquese al interesado, con expresión de los recursos a que hubiera lugar.
PETICIÓN DE PETRÓLEOS DEL NORTE, S.A. (PETRONOR) DE DEVOLUCIÓN DE
AVAL POR RECURSO DE REPOSICIÓN A LA LIQUIDACIÓN PROVISIONAL DEL
IMPUESTO DE CONSTRUCCIONES, INSTALACIONES Y OBRAS DEL PROYECTO
DE SISTEMA DE RECEPCIÓN, ALMACENAMIENTO Y FORMULACIÓN DE FAME.
4
Durante el debate y votación del presente acuerdo se ausenta el Concejal don Rufino
Manterola Lejarza, por incurrir en causa de abstención regulada en el artículo 28 de la
Ley 30/92, de 26 de noviembre, de régimen jurídico y procedimiento administrativo
común.
Dada cuenta del escrito presentado por doña Raquel Ruiz Juárez, en representación de
Petróleos del Norte, S.A., (PETRONOR), con entrada en el Registro General de este
Ayuntamiento número 589 de fecha 21 de marzo de 2016, solicitando la devolución del
aval, constituido por importe de 10.750,00 € como garantía depósito por recurso de
reposición a la liquidación provisional del Impuesto de Construcciones, Instalaciones y
Obras del proyecto de sistema de recepción, almacenamiento y formulación de FAME, y
visto el informe favorable emitido por el Interventor Municipal, de fecha 7 de abril de
2016,
La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Proceder a la devolución solicitada del aval.
Segundo: Dese traslado al Departamento de Intervención / Tesorería a los efectos
oportunos.
Tercero: Notifíquese al interesado, con expresión de los recursos a que hubiera lugar.
PETICIÓN DE AMBYTECNO, S.A. DE AMPLIACIÓN DEL PLAZO DE EJECUCIÓN
DEL SUMINISTRO E INSTALACIÓN DE MOBILIARIO EN EL PASEO ITXASLUR.
Dada cuenta de la petición realizada por Ambytecno, S.A. de ampliación del plazo de
ejecución del suministro e instalación de mobiliario urbano en el paseo Itxaslur
alegando circunstancias ajenas a la voluntad de la empresa como importantes robos del
material y,
Visto el informe favorable emitido por el Aparejador municipal, de fecha 5 de abril de
2016, en el que se expone que:
"Analizadas las circunstancias alegadas por la empresa adjudicataria para la solicitación
de la ampliación del plazo. Y sobre todo en atención especial a garantizar en todo caso
la seguridad y salud en el trabajo, dado lo expuesto del lugar de trabajo, y entendiendo
que el cumplimiento del plazo queda en todo caso condicionado a los días en los que se
puedan desarrollar los trabajos con las garantías mínimas necesarias.
Así mismo aún no alegados, también se ha valorado que se han dado días de alertas
por fuertes vientos y avisos costeros que han impedido realizar los trabajos durante los
mismos.
Por todo ello, el técnico que suscribe entiende que procede estimar la solicitud y la
concesión de la ampliación del plazo de ejecución hasta al menos el 30 de abril de
2016. Entendiéndose que en el caso de darse nuevos días de alerta por fuertes vientos,
que desaconsejen realizar los trabajos durante los mismos, dicho plazo debería ser
revisado."
La Junta de Gobierno Local por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Conceder la ampliación de plazo solicitada, según el informe técnico antes
referenciado, hasta el 30 de abril de 2016.
Segundo: Dese traslado el responsable de prevención de riesgos laborales, así como al
departamento de intervención para su conocimiento y efectos oportunos.
Tercero: Notifíquese al interesado con expresión de los recursos a que hubiera lugar.
5
REQUERIMIENTO DE DOCUMENTACIÓN EN EXPEDIENTE DE ADJUDICACIÓN
DE APROVECHAMIENTOS FORESTALES EN MONTES DE UTILIDAD PÚBLICA
EN MUSKIZ.
Habiéndose tramitado la licitación para la adjudicación de aprovechamientos forestales
de montes de utilidad pública en Muskiz, mediante procedimiento negociado, según lo
dispuesto para este tipo de procedimiento en el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14
de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del
Sector Público, y
Visto que por las empresas Puente Garay (lote nº1) y Central Forestal (lote nº5), se
han presentado las ofertas económicamente más ventajosas,
Visto el artículo 151.2 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el
que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, en virtud
del cual se establece que el órgano de contratación requerirá al licitador que haya
presentado la oferta económicamente más ventajosa para que dentro del plazo de diez
días hábiles, a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el
requerimiento, presente la documentación justificativa de hallarse al corriente en el
cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social o autorice al
órgano de contratación para obtener de forma directa la acreditación de ello, de
disponer efectivamente de los medios que se hubiese comprometido a dedicar o
adscribir a la ejecución del contrato conforme al artículo 64.2 del Texto Refundido de la
Ley de Contratos del Sector Público, y de haber constituido la garantía definitiva que
sea procedente, y
Visto el artículo 146.4 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el
que se establece que el licitador a cuyo favor recaiga la propuesta de adjudicación,
deberá acreditar ante el órgano de contratación, previamente a la adjudicación del
contrato, la posesión y validez de los documentos exigidos en el pliego de contratación,
sobre los que realizó declaración responsable y en concreto, los siguientes:
a) Los que acrediten la personalidad jurídica del empresario y, en su caso, su
representación.
b) Los que acrediten la clasificación de la empresa, en su caso, o justifiquen los
requisitos de su solvencia económica, financiera y técnica o profesional, presentando
los certificados acreditativos correspondientes previstos en la carátula del pliego de
contratación.
c) Una declaración responsable de no estar incurso en prohibición de contratar.
d) Para las empresas extranjeras, en los casos en que el contrato vaya a ejecutarse en
España, la declaración de someterse a la jurisdicción de los juzgados y tribunales
españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o
indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional
extranjero que pudiera corresponder al licitante.
La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Requerir a las empresas Puente Garay y Central Forestal a que dentro del
plazo de diez días hábiles, a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido
el requerimiento, presente la documentación justificativa de hallarse al corriente en el
cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social o autorice al
órgano de contratación para obtener de forma directa la acreditación de ello, de
disponer efectivamente de los medios que se hubiese comprometido a dedicar o
adscribir a la ejecución del contrato conforme al artículo 64.2 del Texto Refundido de la
6
Ley de Contratos del Sector Público, y de haber constituido la garantía definitiva que
sea procedente, así como la acreditación de la documentación referida en el
anteriormente citado artículo 146 apartado cuarto del Real Decreto Legislativo 3/2011,
de 14 de noviembre exigida en el pliego de contratación que rige la licitación y sobre la
que el licitador cuya oferta ha resultado la más ventajosa realizó declaración
responsable.
De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se
entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose en ese caso a recabar la
misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado
clasificadas las ofertas.
Segundo: Dese traslado al Departamento de Tesorería, a fin de que informe sobre el
cumplimiento de lo dispuesto en el apartado anterior.
Tercero: Dese traslado al Departamento de Departamento de Terrenos Comunales y
Medio Rural, a fin de que informe sobre el cumplimiento de lo dispuesto en el apartado
primero y en concreto, de la presentación por el adjudicatario de la documentación
prevista en el artículo 146.4 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre.
APROBACIÓN, SI PROCEDE, DE FACTURAS Y GASTOS.
Se acuerda aprobar la relación de facturas 2015/000011, que consta de 12 páginas
formadas por 23 facturas y por importe total de 111.863,83 €.
Gastos:
Demarcación de Costas del País Vasco. Servicios de temporada playas 2016 5.227,76 €
Comunidad de propietarios Sobalbadún, 24. Cuota comunidad piso Sobalbadún, 2016
360,00 €
CH Hagui, S.A. Pavimentado de plazoleta Ikastola
9.999,11
Y no habiendo más asuntos que tratar, el señor Presidente dio por terminada la
sesión, a las once horas y treinta minutos, extendiéndose la presente acta, de que yo,
la Secretaria, certifico.
7
ACTA Nº 14
AYUNTAMIENTO DE MUSKIZ
En Muskiz, a dieciocho de abril de dos mil dieciséis, siendo las diez horas de la
mañana, se reunió la Junta de Gobierno Local, bajo la presidencia del señor Alcalde,
don Borja Liaño Abarrategi, y con asistencia de los señores Tenientes de Alcalde, don
Eduardo Briones Lerchundi, don Rufino Manterola Lejarza, don Unai Landaburu Izar de
La Fuente y don Gonzalo Riancho Ocejo, para celebrar sesión ordinaria, en primera
convocatoria, y con asistencia de la señora Secretaria General, doña Itxaso Apraiz
Yáñez y el señor Interventor don Mario Lanbarri Martín.
LECTURA Y APROBACIÓN, SI PROCEDE, DEL ACTA DE LA SESIÓN ANTERIOR.
Declarado abierto el acto por el señor Presidente, de su orden se dio lectura al acta de
la sesión anterior celebrada el día once de abril, que fue aprobada por unanimidad.
PETICIÓN DE PRÓRROGA DE LA AUTORIZACIÓN DE INSTALACIÓN DE
ATRACCIÓN DE FERIA EN KOBARON.
Dada cuenta de la instancia presentada, con entrada en el registro general número 730
de fecha 12 de abril de 2016, mediante la que solicita prórroga de la autorización para
instalación de una atracción de feria en Kobaron hasta el próximo 2 de mayo de 2016,
Considerando que al estar la instalación previamente autorizada, el titular ha
presentado los preceptivos permisos, seguros, inspecciones técnicas etc., y
Visto el informe emitido por el Director de Cultura de fecha 13 de abril de 2016,
La Junta de Gobierno Local por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Conceder la autorización para instalación de atracción de feria en Kobaron
hasta el próximo 2 de mayo de 2016, en los términos establecidos en la autorización
inicial.
Segundo: Notifíquese al interesado con expresión de los recursos a que hubiera lugar.
APROBACIÓN, SI PROCEDE, DE LA 4ª CERTIFICACIÓN DEL SUMINISTRO E
INSTALACIÓN DE MOBILIARIO URBANO EN EL PASEO DE ITXASLUR.
Dada cuenta de la certificación nº4 correspondiente al suministro e instalación de
mobiliario urbano en el paseo de Itxaslur, presentada por Ambytecno, S.A., por importe
de 7.187,41€ (IVA incluido), y
Visto el informe favorable emitido por el Aparejador Municipal, de fecha 12 de abril de
2016
La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Prestarle total aprobación.
Segundo: Notifíquese el presente acuerdo al interesado, con expresión de los recursos a
que hubiera lugar.
APROBACIÓN, SI PROCEDE, DE LA 3ª CERTIFICACIÓN DE LAS OBRAS DE
REPARACIÓN DE CAUCE EN LA CABAÑA.
Dada cuenta de la certificación nº3 correspondiente a las obras de reparación de cauce
en La Cabaña, presentada por Consaudi Obra Civil, S.L., por importe de 11.544,41€
(IVA incluido), y
1
Visto el informe favorable emitido por el Aparejador Municipal, de fecha 13 de abril de
2016
La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Prestarle total aprobación.
Segundo: Notifíquese el presente acuerdo al interesado, con expresión de los recursos a
que hubiera lugar.
PETICIÓN DE AUTORIZACIÓN DE TRASPASO DE APROVECHAMIENTO DE
TERRENOS COMUNALES EN EL POLÍGONO 10.
Dada cuenta de la instancia presentada, con entrada en el registro general municipal
número 595 de 22 de marzo de 2016, solicitando el traspaso del aprovechamiento de
los terrenos comunales correspondientes a las subparcelas a), b), c), d), y e) de la
parcela 48, la subparcela b) de la parcela 58, las subparcelas a) y b) de la parcela 49, la
subparcela c) de la parcela 50, la subparcela b) de la parcela 64 y la parcela 65,
todas en el polígono 10,
De conformidad con lo establecido en la ordenanza reguladora del aprovechamiento de
los terrenos comunales, y
Visto el informe favorable emitido por el Técnico de Administración Especial en fecha 11
de abril de 2016,
La Junta de Gobierno Local por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Autorizar el traspaso de las subparcelas a), b), c), d), y e) de la parcela 48, la
subparcela b) de la parcela 58, las subparcelas a) y b) de la parcela 49, la subparcela c)
de la parcela 50, la subparcela b) de la parcela 64 y la parcela 65, todas en el polígono
10.
Segundo: Dar traslado al Departamento de Intervención - Tesorería, a los efectos
oportunos.
Tercero: Notifíquese al interesado con expresión de los recursos a que hubiera lugar.
ADJUDICACIÓN, SI PROCEDE, DE SUBVENCIONES A ENTIDADES Y
PERSONAS SIN ÁNIMO DE LUCRO PARA LA REALIZACIÓN DE PROGRAMAS Y
ACTIVIDADES CULTURALES Y/O JUVENILES EN EL AÑO 2016.
Dada cuenta de las peticiones presentadas en el plazo establecido para la concesión de
subvenciones a entidades y personas sin ánimo de lucro para la realización de
programas y actividades culturales y/o juveniles en el año 2016, visto el informe
emitido por el Director de Cultura, de 8 de abril de 2016,
La Junta de Gobierno Local por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Conceder las siguientes subvenciones:
JARRAITZEN DUGU TXISTU TALDEA
3.000,00 €
TURRUNTERO
1.350,00 €
ASOC. CORO JUVENIL CARPE DIEM
2.905,66 €
2
ASOC. MUJERES MUSKIZ
3.000,00 €
CORAL OIHARTZUNA
3.800,00 €
GOIZALE ESKAUT TALDEA
3.500,00 €
ASOC. VECINOS LA SEBE
2.250,00 €
TRUEBA KULTUR ELKARTEA
4.000,00 €
SOKORROKO AMA - KABALGATA
2.500,00 €
Segundo: Dese traslado al departamento de tesorería a los efectos oportunos.
Tercero: Notifíquese a los interesados con expresión de los recursos a que hubiera
lugar.
ADJUDICACIÓN, SI PROCEDE, DE SUBVENCIONES A ENTIDADES Y
PERSONAS SIN ÁNIMO DE LUCRO PARA LA ORGANIZACIÓN DE FIESTAS EN
LOS BARRIOS DE MUSKIZ EN EL AÑO 2016.
Dada cuenta de las peticiones presentadas en el plazo establecido para la concesión de
subvenciones a entidades y personas sin ánimo de lucro para la realización de
programas y actividades deportivas en el año 2016, visto el informe emitido por el
Director de Cultura, de 15 de abril de 2016,
La Junta de Gobierno Local por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Conceder las siguientes subvenciones:
Asoc. Cultural La Rabuda
2.253,52 €
Asoc. Recreativa Jaiaz-Jai (La Rigada)
5.563,38 €
Sokorroko Ama (Pobeña)
4.929,58 €
Asociación Cultural La Glorieta
2.394,37 €
Magdalena Kultur Elkartea
2.394,37 €
Ardo Zuria Elkartea (San Julián)
2.062,50 €
Segundo: Dese traslado al departamento de Tesorería a los efectos oportunos.
Tercero: Notifíquese a los interesados con expresión de los recursos a que hubiera
lugar.
APROBACIÓN, SI PROCEDE, DE FACTURAS Y GASTOS.
Se acuerda aprobar la relación de facturas 2015/000012, que consta de 17 páginas
formadas por 65 facturas y por importe total de 205.640,36 €.
Gastos:
Itziar Bilbao Camarena. Gratificación por prácticas
1.000,00 €
Fuera del orden del día y previa declaración de urgencia, se adoptaron los siguientes
acuerdos:
REQUERIMIENTO DE DOCUMENTACIÓN A COMERCIAL DE LIMPIEZA VILLAR
S.A. EN EXPEDIENTE DE CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE LIMPIEZA DE
LOS ASEOS DE LA PLAYA DE LA ARENA EN EL TÉRMINO MUNICIPAL DE
MUSKIZ.
Habiéndose tramitado la licitación para la adjudicación del contrato de servicio de
limpieza de los aseos de la playa de La Arena en el término municipal de Muskiz,
3
mediante procedimiento negociado, según lo dispuesto para este tipo de procedimiento
en el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el
Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, y
Visto que por la empresa Comercial de limpieza Villar, S.A., se ha presentado la oferta
económicamente más ventajosa que asciende a un importe total IVA EXCLUIDO de
37.933,88€,
Visto el artículo 151.2 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el
que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, en virtud
del cual se establece que el órgano de contratación requerirá al licitador que haya
presentado la oferta económicamente más ventajosa para que dentro del plazo de diez
días hábiles, a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el
requerimiento, presente la documentación justificativa de hallarse al corriente en el
cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social o autorice al
órgano de contratación para obtener de forma directa la acreditación de ello, de
disponer efectivamente de los medios que se hubiese comprometido a dedicar o
adscribir a la ejecución del contrato conforme al artículo 64.2 del Texto Refundido de la
Ley de Contratos del Sector Público, y de haber constituido la garantía definitiva que
sea procedente, y
Visto el artículo 146.4 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el
que se establece que el licitador a cuyo favor recaiga la propuesta de adjudicación,
deberá acreditar ante el órgano de contratación, previamente a la adjudicación del
contrato, la posesión y validez de los documentos exigidos en el pliego de contratación,
sobre los que realizó declaración responsable y en concreto, los siguientes:
a) Los que acrediten la personalidad jurídica del empresario y, en su caso, su
representación.
b) Los que acrediten la clasificación de la empresa, en su caso, o justifiquen los
requisitos de su solvencia económica, financiera y técnica o profesional, presentando
los certificados acreditativos correspondientes previstos en la carátula del pliego de
contratación.
c) Una declaración responsable de no estar incurso en prohibición de contratar.
d) Para las empresas extranjeras, en los casos en que el contrato vaya a ejecutarse en
España, la declaración de someterse a la jurisdicción de los juzgados y tribunales
españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o
indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional
extranjero que pudiera corresponder al licitante.
La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Requerir a Comercial de Limpieza Villar, S.A. a que dentro del plazo de diez
días hábiles, a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el
requerimiento, presente la documentación justificativa de hallarse al corriente en el
cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social o autorice al
órgano de contratación para obtener de forma directa la acreditación de ello, de
disponer efectivamente de los medios que se hubiese comprometido a dedicar o
adscribir a la ejecución del contrato conforme al artículo 64.2 del Texto Refundido de la
Ley de Contratos del Sector Público, y de haber constituido la garantía definitiva que
sea procedente, así como la acreditación de la documentación referida en el
anteriormente citado artículo 146 apartado cuarto del Real Decreto Legislativo 3/2011,
de 14 de noviembre exigida en el pliego de contratación que rige la licitación y sobre la
4
que el licitador cuya oferta ha resultado la más ventajosa realizó declaración
responsable.
De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se
entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose en ese caso a recabar la
misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado
clasificadas las ofertas.
Segundo: Dese traslado al Departamento de Tesorería, a fin de que informe sobre el
cumplimiento de lo dispuesto en el apartado anterior.
Tercero: Dese traslado al Departamento de Contratación, a fin de que informe sobre el
cumplimiento de lo dispuesto en el apartado primero y en concreto, de la presentación
por el adjudicatario de la documentación prevista en el artículo 146.4 del Real Decreto
Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre.
Y no habiendo más asuntos que tratar, el señor Presidente dio por terminada la
sesión, a las once horas y treinta minutos, extendiéndose la presente acta, de que yo,
la Secretaria, certifico.
5
ACTA Nº 15
AYUNTAMIENTO DE MUSKIZ
En Muskiz, a veinticinco de abril de dos mil dieciséis, siendo las diez horas de la
mañana, se reunió la Junta de Gobierno Local, bajo la presidencia del señor Primer
Teniente de Alcalde, don Eduardo Briones Lerchundi, y con asistencia de los señores
Tenientes de Alcalde, don Rufino Manterola Lejarza, don Unai Landaburu Izar de La
Fuente y don Gonzalo Riancho Ocejo, para celebrar sesión ordinaria, en primera
convocatoria, y con asistencia de la señora Secretaria General, doña Itxaso Apraiz
Yáñez y el señor Interventor don Mario Lanbarri Martín.
LECTURA Y APROBACIÓN, SI PROCEDE, DEL ACTA DE LA SESIÓN ANTERIOR.
Declarado abierto el acto por el señor Presidente, de su orden se dio lectura al acta de
la sesión anterior celebrada el día dieciocho de abril, que fue aprobada por unanimidad.
APROBACIÓN, SI PROCEDE, DE LA CERTIFICACIÓN Nº3 DE LAS OBRAS DE
SANEAMIENTO DE LOS BARRIOS DE LA RABUDA Y LA CAMPA.
Dada cuenta de la certificación nº 3 correspondiente a las obras de saneamiento de los
barrios de La Rabuda y La Campa, presentada por Asfaltados y Construcciones Morga,
S.L., por importe de 47.720,13 € (IVA incluido), y
Visto el informe favorable emitido por el Aparejador Municipal, de fecha 20 de abril de
2016
La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Prestarle total aprobación.
Segundo: Notifíquese el presente acuerdo al interesado, con expresión de los recursos a
que hubiera lugar.
APROBACIÓN, SI PROCEDE, DE LA CERTIFICACIÓN Nº5 DEL SUMINISTRO E
INSTALACIÓN DE MOBILIARIO URBANO EN EL PASEO ITXASLUR.
Dada cuenta de la certificación nº 5 correspondiente al suministro e instalación de
mobiliario urbano en el paseo Itxaslur, presentada por Ambytecno, S.A., por importe de
12.487,21 € (IVA incluido), y
Visto el informe favorable emitido por el Aparejador Municipal, de fecha 20 de abril de
2016
La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Prestarle total aprobación.
Segundo: Notifíquese el presente acuerdo al interesado, con expresión de los recursos a
que hubiera lugar.
PETICIÓN DE NATURGÁS ENERGÍA DE DEVOLUCIÓN DE GARANTÍA
DEFINITIVA POR LAS OBRAS DE CANALIZACIÓN DE GAS EN ERROTA ZAHAR
2 - 18.
Dada cuenta del escrito presentado por Naturgás Energía Distribución, S.A.U., con
entrada en el Registro General de este Ayuntamiento número 717 de fecha 8 de abril
de 2016, solicitando la devolución de la garantía definitiva, constituida por importe de
299,53€ para garantizar la correcta ejecución de las obras de canalización de red de
gas natural en Errota Zahar, y visto el informe favorable emitido por el Aparejador
municipal, de fecha 18 de abril de 2016,
1
La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Proceder a la devolución de la garantía definitiva solicitada.
Segundo: Dese traslado al Departamento de Intervención / Tesorería a los efectos
oportunos.
Tercero: Notifíquese al interesado, con expresión de los recursos a que hubiera lugar.
PETICIÓN DE AUTORIZACIÓN DE TRASPASO DEL APROVECHAMIENTO DE
TERRENO COMUNAL EN EL REBOLLAR.
Dada cuenta de la instancia presentada, con entrada en el registro general
municipal número 725 de fecha 11 de abril de 2016, mediante la que solicita
autorización para del aprovechamiento del terreno comunal correspondiente a la
parcela 501 del polígono 3 sito en El Rebollar, y
Visto el informe favorable emitido por el Técnico de Administración Especial de fecha 18
de abril de 2016,
La Junta de Gobierno Local por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Autorizar el traspaso del aprovechamiento del
correspondiente a la parcela 501 del polígono 3 sito en El Rebollar.
terreno
comunal
Segundo: Dese traslado del presente acuerdo al área de Tesorería a los efectos
oportunos.
Tercero: Notifíquese al interesado con expresión de los recursos a que hubiera lugar.
PETICIÓN DE RENUNCIA AL APROVECHAMIENTO DE TERRENOS COMUNALES
EN EL POLÍGONO 2.
Dada cuenta del escrito presentado, con entrada en el registro general municipal
número 710 de fecha 7 de abril de 2016, mediante el que solicita aceptación de la
renuncia del aprovechamiento de los terrenos comunales en La Rigada y El Haya,
correspondiente a las subparcelas a) y c) de la parcela 448 y la subparcelas h) e i) de la
parcela 446 del polígono 2, y
Visto el informe favorable emitido por el Técnico de Administración Especial de fecha 18
de abril de 2016,
La Junta de Gobierno Local por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Aceptar, conforme a su petición, la renuncia presentada al aprovechamiento
de los terrenos comunales en La Rigada y El Haya.
Segundo: Dese traslado al departamento de tesorería, a los efectos de cursar la baja en
el padrón de terrenos comunales.
Tercero: Notifíquese a la interesada con expresión de los recursos a que hubiera lugar.
PETICIÓN DE AUTORIZACIÓN DE TRASPASO A SU FAVOR
DEL
APROVECHAMIENTO DE TERRENOS COMUNALES EN LA ARENILLA Y LA
CASERÍA.
Dada cuenta del escrito presentado, con entrada en el registro general municipal
número 716 de fecha 8 de abril de 2016, mediante el que solicita autorización para el
traspaso del aprovechamiento de los terrenos comunales correspondientes a las
subparcelas d), e) y e') de la parcela 16, las subparcelas o), p), q), ñ) y p'') de la
parcela 196 y las subparcelas f') y g) de la parcela 197 sitas en La Arenilla y La
Casería.
2
Visto el informe favorable emitido por el Técnico de Administración Especial de fecha 18
de abril de 2016,
La Junta de Gobierno Local por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Autorizar el traspaso del aprovechamiento de los terrenos comunales
correspondientes a las subparcelas d), e) y e') de la parcela 16, las subparcelas o), p),
q), ñ) y p'') de la parcela 196 y las subparcelas f') y g) de la parcela 197 sitas en La
Arenilla y La Casería.
Segundo: Dar traslado al área de Tesorería a los efectos oportunos.
Tercero: Notifíquese a la interesada con expresión de los recursos a que hubiera lugar.
PETICIÓN DE AUTORIZACIÓN DE TRASPASO A SU FAVOR
APROVECHAMIENTO DE TERRENOS COMUNALES EN EL REBOLLAR.
DEL
Dada cuenta de la instancia presentada, con entrada en el registro general municipal
número 702 de fecha 7 de abril de 2016, mediante la que solicita autorización para el
traspaso del aprovechamiento del terreno comunal correspondiente a las subparcelas
b) y c) de la parcela 84 del polígono 1 sito en El Rebollar, y
Visto el informe favorable emitido por el Técnico de Administración Especial, de fecha
18 de abril de 2016,
La Junta de Gobierno Local por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Autorizar el aprovechamiento del terreno comunal correspondiente a las
subparcelas b) y c) de la parcela 84 del polígono 1 sito en El Rebollar.
Segundo: Dese traslado del presente acuerdo al departamento de Tesorería a los
efectos oportunos.
Tercero: Notifíquese a la interesada con expresión de los recursos a que hubiera lugar.
PETICIÓN DE AUTORIZACIÓN DE TRASPASO A SU FAVOR
APROVECHAMIENTO DE TERRENOS COMUNALES EN CAMPOMAR.
DEL
Dada cuenta de la instancia presentada, con entrada en el registro general municipal
número 723 de fecha 11 de abril de 2016, mediante la que solicita autorización para el
traspaso a su favor del aprovechamiento de los terrenos comunales correspondientes
a la subparcela (parte) de la parcela 8 del polígono 1 sito en Campomar, y
Visto el informe favorable emitido por el Técnico de Administración Especial, de fecha
18 de abril de 2016,
La Junta de Gobierno Local por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Autorizar el aprovechamiento de los terrenos comunales correspondientes a la
subparcela (parte) de la parcela 8 del polígono 1 sito en Campomar.
Segundo: Dese traslado del presente acuerdo al departamento de Tesorería a los
efectos oportunos.
Tercero: Notifíquese al interesado con expresión de los recursos a que hubiera lugar.
ADJUDICACIÓN, SI PROCEDE, DE SUBVENCIONES A ENTIDADES Y
PERSONAS SIN ÁNIMO DE LUCRO PARA LA REALIZACIÓN DE PROGRAMAS
DEPORTIVOS EN EL AÑO 2016.
Dada cuenta de las peticiones presentadas en el plazo establecido para la concesión de
subvenciones a entidades y personas sin ánimo de lucro para la realización de
programas y actividades deportivas en el año 2016, visto el informe emitido por el
3
Director de Cultura, de 15 de abril de 2016,
La Junta de Gobierno Local por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Conceder las siguientes subvenciones:
PROGRAMA ANUAL DE ACTIVIDADES
Juventud Dep. Somorrostro
9.942,71 €
Club Balonmano Muskiz
9.970,72 €
Mendiz Mendi Mountain Bike Taldea
6.161,68 €
Muskiz Areto Futbola
3.893,06 €
U.D. Muñatones
4.005,09 €
Barbadun Pelotazale Elkartea
3.108,85 €
Karate Full Contact Muskiz
2.828,77 €
Otsoak Tenis Elkartea
1.484,40 €
Club Taekwondo Muskiz
1.400,38 €
Club Pasabolo Muskiz
1.204,33 €
ACTIVIDADES PUNTUALES
Moto Club Iván López (Carrera)
1.800,00 €
Club Deportivo El Cerro (Mello Saria)
6.000,00 €
Club caza pesca Arraintxori
7.000,00 €
Mello mendi taldea (jornadas)
1.500,00 €
Club hípico Cuadra Janeo
JD Somorrostro (Cto. Internac. Infantil)
700,00 €
1.000,00 €
Segundo: Dese traslado al departamento de Tesorería a los efectos oportunos.
Tercero: Notifíquese a los interesados con expresión de los recursos a que hubiera
lugar.
APROBACIÓN, SI PROCEDE, DE FACTURAS Y GASTOS.
Se acuerda aprobar la relación de facturas 2015/000013, que consta de 14 páginas
formadas por 34 facturas y por importe total de 181.462,82 €.
Fuera del orden del día y previa declaración de urgencia, se adoptaron los siguientes
acuerdos:
ADJUDICACIÓN DEL SERVICIO DE LIMPIEZA DE LOS ASEOS DE LA PLAYA DE
LA ARENA.
Habiéndose tramitado procedimiento negociado, y siendo la forma de adjudicación la de
concurso, según lo dispuesto para este tipo de procedimientos en el Real Decreto
Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la
Ley de Contratos del Sector Público, y
Vistas las ofertas presentadas para la adjudicación del servicio de limpieza de los aseos
de la playa de La Arena,
Visto que se requirió a la empresa Comercial de Limpieza Villar, S.A. la acreditación de
la documentación objeto de la declaración responsable en base a lo previsto en el
artículo 146.4 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se
4
aprueba el texto Refundido de la Ley de Contratos del sector Público, así como la
presentación justificativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones
tributarias y con la Seguridad Social o autorizase al órgano de contratación para
obtener de forma directa la acreditación de ello, de disponer efectivamente de los
medios que se hubiese comprometido a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato
conforme al artículo 151.2 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector
Público, y de haber constituido la garantía definitiva que sea procedente, y
Visto que por la empresa se ha presentado la documentación requerida en plazo,
La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Adjudicar, definitivamente, el servicio de limpieza de los aseos de la playa de
La Arena, a Comercial de Limpieza Villar, S.A., por un importe de 37.933,88 €, IVA
EXCLUIDO.
Segundo: Dese traslado al Responsable de Prevención de Riesgos Laborales, así como
al Departamento de Contabilidad, a los efectos oportunos.
Tercero: Notifíquese el presente acuerdo al adjudicatario y al resto de licitadores.
Cuarto: Publíquese en el Perfil del Contratante.
Quinto: Emplazar a la empresa Comercial de Limpieza Villar, S.A. para la formalización
del contrato en un plazo no superior a los quince días hábiles siguientes a aquel en que
se reciba la notificación del presente acuerdo.
Sexto: Devuélvase el expediente completo al departamento de origen.
Y no habiendo más asuntos que tratar, el señor Presidente dio por terminada la
sesión, a las once horas y treinta minutos, extendiéndose la presente acta, de que yo,
la Secretaria, certifico.
5
ACTA Nº 16
AYUNTAMIENTO DE MUSKIZ
En Muskiz, a dos de mayo de dos mil dieciséis, siendo las diez horas de la
mañana, se reunió la Junta de Gobierno Local, bajo la presidencia del señor Alcalde,
don Borja Liaño Abarrategi, y con asistencia de los señores Tenientes de Alcalde, don
Unai Landaburu Izar de La Fuente y don Gonzalo Riancho Ocejo, para celebrar sesión
ordinaria, en primera convocatoria, y con asistencia de la señora Secretaria General,
doña Itxaso Apraiz Yáñez y el señor Interventor don Mario Lanbarri Martín.
LECTURA Y APROBACIÓN, SI PROCEDE, DEL ACTA DE LA SESIÓN ANTERIOR.
Declarado abierto el acto por el señor Presidente, de su orden se dio lectura al acta de
la sesión anterior celebrada el día 25 de abril, que fue aprobada por unanimidad.
APROBACIÓN, SI PROCEDE, DE INICIO DE EXPEDIENTE DE CONTRATACIÓN
DEL SERVICIO DE MANTENIMIENTO DE NUEVAS ZONAS VERDES Y CAMINOS.
Dada cuenta de la necesidad de contratar el servicio de mantenimiento de nuevas
zonas verdes y caminos, y
Visto el pliego de cláusulas-administrativas particulares elaborado al efecto por el que
se establece como procedimiento de adjudicación el negociado sin publicidad y
tramitación ordinaria, por tipo de licitación máxima de 49.500 euros (IVA excluido),
La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Aprobar el inicio de expediente para la adjudicación del contrato de servicio de
mantenimiento de nuevas zonas verdes y caminos, mediante procedimiento negociado
sin publicidad por tipo de licitación máximo de 49.500 (IVA excluido).
Segundo: Publicar el anuncio de licitación en el perfil del contratante del Ayuntamiento
de Muskiz.
Tercero: Devuélvase el expediente completo al departamento de origen.
PETICIÓN DE LICENCIA DE OBRA DE REFORMA DE VIVIENDA EN ANTONIO
TRUEBA, 7.
Dada cuenta del expediente tramitado, en solicitud de licencia municipal de obra de
reforma de vivienda en Antonio Trueba, 7, adjuntando proyecto visado, visto el informe
técnico favorable emitido por el Arquitecto Municipal, de fecha 18 de abril de 2016,
La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Conceder la licencia solicitada, con abono de los derechos municipales sobre
un presupuesto de 60.701,47€, debiendo cumplir las condiciones generales que se
adjuntan. El plazo para el comienzo de las obras es de 6 meses y el de ejecución de 24
meses una vez comenzadas las obras. Se cumplirá en todo momento con las medidas
de seguridad y salud en el trabajo, implantando las medidas necesarias para impedir
daños a terceros, de acuerdo con el RD 486/1997. Se cumplirá en todo momento el D
112/2012 Gestión de residuos de construcción y demolición. Se establece como fianza
de gestión de residuos el importe de 1.374,78 euros (120% PEM G.R.).
Deberán cumplirse, además, las siguientes condiciones particulares:
- No se permitirá ningún elemento que cambie la estética, color o forma de la
carpintería existente, debiendo mantenerse un tratamiento unitario de la fachada.
1
- La implantación del andamiaje, grúas, así como cualquier otro elemento estructural
auxiliar, requerirá de certificado de seguridad redactado por técnico competente, que se
presentará en el Ayuntamiento antes del inicio de las obras.
Segundo: Dar traslado al Departamento de Tesorería.
Tercero: Devuélvase, una vez cumplimentado, el expediente completo al departamento
de Urbanismo
Una copia de la presente licencia deberá fijarse en un lugar visible de la obra, a efectos
de que por los servicios municipales se lleve a cabo la inspección urbanística
correspondiente de manera efectiva. Todo ello sin perjuicio de que por el titular de la
obra y a requerimiento de las autoridades municipales se deba mostrar el original de la
misma.
Cuarto: Notificar la presente al interesado.
PETICIÓN DE CAMBIO DE TITULARIDAD DE FARMACIA EN CENDEJA, 41.
Dada cuenta de la instancia presentada, solicitando autorización para el cambio de la
titularidad de la licencia de actividad de farmacia, y visto el informe favorable emitido
por el Aparejador Municipal de fecha 20 de abril de 2016,
La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de sus miembros, acuerda autorizar el
cambio solicitado, dando cuenta al Departamento de Tesorería.
PETICIÓN DE SENDOKI ALQUILERES, S.L. DE LICENCIA DE PUESTA EN
MARCHA DE ACTIVIDAD PARA ALQUILER DE MAQUINARIA DE OBRA EN EL
POLÍGONO DE SAN MARTÍN.
Dada cuenta del estado en que se encuentra el expediente tramitado en este
Ayuntamiento, a instancia de don Julio del Ferrero en representación de Sendoki
Alquileres, S.L., para la instalación de la actividad de alquiler de maquinaria de obra,,
en las naves 18, 19, 20 y 21 en la parcela 6 del polígono de San Martín, en el que se
han realizado las condiciones establecidas y cumplido e instalado las medidas
correctoras, tal y como se especifica en el informe favorable emitido por el Aparejador
Municipal, de fecha 18 de abril de 2016,
La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los presentes, acuerda,
Primero: Conceder la licencia de apertura y funcionamiento, autorizando el ejercicio de
dicha actividad, debiendo abonar los derechos municipales.
Segundo: Dar traslado al Departamento de Recaudación para los efectos oportunos.
Tercero: Notifíquese el presente acuerdo al interesado, con expresión de los recursos a
que hubiera lugar.
ADJUDICACIÓN, SI PROCEDE, DEL SUMINISTRO DE 4.000 BOMBILLAS LED
PARA CAMPAÑAS DE CONCIENCIACIÓN DE AHORRO ENERGÉTICO Y
REDUCCIÓN DE LAS EMISIONES.
En base a lo dispuesto en los artículos 111 y 138.3 del Texto Refundido de la Ley de
Contratos del Sector Público regulado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de
noviembre, referente a los contratos menores, y visto el informe emitido por el
Aparejador Municipal de fecha 27 de abril de 2016,
La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los presentes, acuerda:
2
Primero: Adjudicar el contrato de suministro de 4.000 bombillas led para campañas de
concienciación de ahorro energético y reducción de las emisiones a la empresa GIROA
SAU por un precio de 15.700,00 € IVA EXCLUIDO.
Segundo: La duración del presente contrato no podrá exceder de un año sin que pueda
ser objeto de prórroga alguna o de revisión de precios.
Tercero Dese traslado al Responsable de Prevención de Riesgos Laborales, así como al
Departamento de Contabilidad, a los efectos oportunos.
Cuarto: Notificar la presente al adjudicatario.
PETICIÓN DEL CLUB DE CAZA Y PESCA ARRAINTXORI DE AUTORIZACIÓN DE
USO DE TERRENOS COMUNALES PARA ADIESTRAMIENTO DE PERROS.
Dada cuenta de la solicitud presentada por el Club de Caza y Pesca Arraintxori de
Muskiz, en petición de autorización para el uso de un terreno sito en MUP nº 112 "Peña
Chica" y MUP nº 113 "Los Picos", perteneciente al Ayuntamiento de Muskiz, para
destinarlo al adiestramiento de perros de caza,
Considerando que existe en el expediente autorización emitida por el Servicio de
montes, y
Visto el informe favorable emitido por el Técnico de Administración Especial, de fecha
25 de abril de 2016,
La Junta de Gobierno Local por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Autorizar al Club de Caza y Pesca Arraintxori de Muskiz el uso de una
superficie de 17,5869 ha., según se describe en plano adjunto, de las cuales 5,6156 se
encuentran en el MUP 112 "Peña Chica" y 11,9713 en MUP 113 "Los Picos", como
campo de adiestramiento de perros de caza.
Segundo: La utilización de la superficie autorizada deberá ajustarse al pliego de
condiciones remitido por el Servicio de Montes del Departamento Foral de Sostenibilidad
y Medio Natural y, en todo caso, deberá ser compatible con el uso actual, forestal y
ganadero, no afectando a las superficies de pastizal que son aprovechadas por la
Asociación de Ganaderos. Las actuaciones sobre el terreno se limitarán a limpieza y
desbroce de matorral.
Tercero: El periodo durante el que se autoriza la actividad de la zona de adiestramiento
será desde el 1 de febrero al 11 de octubre de cada año. La vigencia de la presente
autorización será de 5 años, que podrán ser prorrogables por un periodo igual.
PETICIÓN DE DE LICENCIA DE OBRA DE REFORMA DE CASERÍO EN
KOBARON, 32.
Dada cuenta del expediente tramitado, en solicitud de licencia municipal de obra de
reconstrucción y reforma de caserío en Kobaron, 34, adjuntando proyecto básico, y
Visto el informe técnico desfavorable emitido por el Arquitecto Municipal, de fecha 26
de abril de 2016, en el que se expone que:
"El planeamiento vigente en el término municipal de Muskiz lo constituyen las Normas
Subsidiarias de Planeamiento Municipal, aprobadas definitivamente mediante Orden
Foral de fecha 28 de junio de 1.990 y publicadas en el Boletín Oficial de Bizkaia de
fecha 9 de febrero de 1.993.
3
Calificación del Suelo: La calificación del suelo queda reflejada en el plano 09 de las
Normas. El caserío se ubica dentro de la delimitación de Suelo No Urbanizable, Zona de
Protección.
Usos y Parámetros Urbanísticos: La normativa pormenorizada de aplicación en esta
categoría de Suelo No Urbanizable, viene recogida en todos sus extremos por el art.
173, permitiéndose únicamente construcciones y obras vinculadas a la ejecución,
entretenimiento y servicio de las obras públicas; en la zona de Protección Especial no se
permitirá además ningún tipo de edificación.
Régimen de uso de los edificios existentes: El 12 de mayo de 2008, el Departamento de
Relaciones Municipales y Urbanismo, aprobó definitivamente la Modificación Puntual de
las NN.SS relativa al art. 173 (publicada en BOB 125 de 1 de julio y BOB 142 de 24 de
julio de 2008) y que establece el Régimen de Usos de las edificaciones existentes de la
siguiente forma: "Las edificaciones existentes en el momento de la aprobación de las
NN.SS., podrán seguir albergando los usos y actividades desarrolladas con anterioridad"
Sin perjuicio del apartado anterior, el municipio de Muskiz queda englobado dentro del
ámbito del Plan Territorial Parcial Bilbao Metropolitano, PTP, aprobado definitivamente
por el Departamento de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio del Gobierno
Vasco, Decreto 179/2006 de 26 de septiembre, BOPV de 7 de noviembre de 2006. El
PTP califica este suelo como Suelo No Urbanizable de Protección del Medio Rural,
Categoría Agroganadera y Campiña y Categoría Forestal.
El art. 25 "Concepto y definición" del PTP, relativo a la protección del medio rural,
establece que "La ordenación y el régimen de intervención recogidos en el PTP tiene
carácter básico y deberá ser respetado por los planeamientos municipales, quienes
podrán desarrollar de forma pormenorizada los mismos".
Las actuaciones sobre edificios existentes contenidos en la Zona de Protección Forestal
y Agroganadera de las Normas Subsidiarias quedan reguladas en todos sus extremos
por el art. 67 (Modificación Puntual, aprobada definitivamente en mayo de 1.995),
permitiéndose en los edificios existentes, independientemente de la parcela sobre la
que estén ubicados, las obras de reforma y consolidación con la siguiente limitación:
"Queda prohibida la posibilidad de duplicar el número de viviendas existentes en cada
edificación…"
Se aporta escrito de liquidación por tasa de extinción de incendios de fecha 7 e abril de
2015 (Exp. 201501199), que supuestamente afectó al caserío. En este sentido, el art.
30 de la Ley 2/2006, establece en su apartado segundo que "podrá autorizarse la
reconstrucción de los caseríos y edificaciones residenciales en suelo no urbanizable que
hubieran resultado inservibles por caso fortuito o fuerza mayor debidamente acreditada
(…) La reconstrucción habrá de instarse por el solicitante a la administración municipal
dentro del año siguiente a la causa que provocó que quedara inservible…" Por su parte
el apartado tercero dice que "la obra de reconstrucción en todo caso deberá respetar,
como máxima, la composición volumétrica del inmueble original".
De acuerdo a la documentación del Proyecto Básico presentado, el caserío a reformar
consta de dos viviendas: Vivienda A de 267,16 m2 en planta baja y bajo cubierta,
inscrita con el número 3.356 en el Registro de la Propiedad de Balmaseda; y vivienda B
de 181,97 m2 en planta baja y bajo cubierta, inscrita con el número 3.357 en el
Registro de la Propiedad de Balmaseda. No se aporta documentación gráfica en planta
que permita conocer la distribución original de las viviendas.
La obra plantea la reforma integral del edificio manteniendo los muros de fachada y
renovando la totalidad de la estructura, incluida la cubierta cuya cumbrera y alero se
4
incrementan respectivamente en 0,57 y 0,40 m. Este incremento queda justificado por
la necesidad de conseguir unas alturas interiores mínimas habitables. No existe
incremento de superficie construida (449,13 m2 construidos en el estado inicial y
reformado). Se mantienen las alineaciones de fachadas y ocupación en planta del
caserío.
La distribución interior se realiza en dos viviendas independientes, tipo duplex,
simétricas con eje en la pared medianera. Cada una de ellas consta de garaje, cocina,
estar, comedor, baño y dormitorio en planta baja y dos dormitorios y baño en planta
primera. La superficie construida es de 224 m2 en cada una de las viviendas.
Procede señalar que la superficie construida de la vivienda y sus anexos en Catastro es
de 290,18 m2 y en escrituras de 208,00 m2. Sin embargo en el proyecto se recoge una
superficie de 338,28 m2 construidos, descontando las terrazas, sin justificación del
incremento.
Vista la tipología bifamiliar del caserío que se proyecta, se requirió a la propiedad la
presentación de las escrituras que justificaran la preexistencia de dos viviendas
independientes. Examinadas las escrituras, se comprueba que la finca con número
registral 3.356 tiene la descripción de Vivienda Unifamiliar y la finca número 3.357 de
Tejavana-Cuadra. Es decir, no es cierto que en el caserío existan dos viviendas
independientes ya que en realidad se trata de una vivienda con un cobertizo anexo.
De acuerdo al art. 30.5 de la Ley 2/2006 "En ningún caso se podrá considerar como
rehabilitación de caseríos la reforma o rehabilitación para uso residencial de
edificaciones situadas en suelo no urbanizable que no hubieran sido legalmente
destinadas a usos residenciales con anterioridad. Dichas obras se considerarán como
nueva edificación destinada a vivienda y quedarán sometidas al régimen jurídico que
para las mismas se establece en esta ley"
Resultado del informe urbanístico: Desfavorable
Cualquier obra de rehabilitación y reforma que se plantee quedará condicionada a:
- Preservar el carácter unifamiliar del caserío.
- Justificar que no existe incremento de superficie construida."
La Junta de Gobierno Local por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Denegar la autorización para la obra de reconstrucción y reforma de caserío
en Kobaron, 34, por los motivos expuestos en el informe técnico antes transcrito.
Segundo: Notifíquese al interesado con expresión de los recursos a que hubiera lugar.
APROBACIÓN, SI PROCEDE, DE LA CERTIFICACIÓN - LIQUIDACIÓN DE LAS
OBRAS DE REHABILITACIÓN DE CAMINO EN EL HAYA JUNTO A LA N-634.
Dada cuenta de la certificación - liquidación correspondiente a las obras de
rehabilitación de camino en El Haya junto a la N- 634, presentada por Excavaciones y
Desmontes Garmendia, S.L., por importe de 31.973,19 € (IVA incluido), y
Visto el informe favorable emitido por el Aparejador Municipal, de fecha 28 de abril de
2016
La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Prestarle total aprobación.
5
Segundo: Notifíquese el presente acuerdo al interesado, con expresión de los recursos a
que hubiera lugar.
APROBACIÓN, SI PROCEDE, DE LA CERTIFICACIÓN Nº 2 - LIQUIDACIÓN DE
LAS OBRAS DE REHABILITACIÓN DE CAMINO EN EL HAYA JUNTO A LA BI3795.
Dada cuenta de la certificación nº 2 - liquidación correspondiente a las obras de
rehabilitación de camino en El Haya junto a la BI-3795, presentada por Excavaciones
Bitram, S.L., por importe de 2.786,27 € (IVA incluido), y
Visto el informe favorable emitido por el Aparejador Municipal, de fecha 28 de abril de
2016
La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Prestarle total aprobación.
Segundo: Notifíquese el presente acuerdo al interesado, con expresión de los recursos a
que hubiera lugar.
APROBACIÓN, SI PROCEDE, DE LA CERTIFICACIÓN Nº 1 - LIQUIDACIÓN, DE
LAS OBRAS DE REHABILITACIÓN DE CAMINO EN LA SEQUILLA.
Dada cuenta de la certificación nº 1 - liquidación correspondiente a las obras de
rehabilitación de camino en La Sequilla, presentada por Construcciones La Rigada, S.L.,
por importe de 33.803,95 € (IVA incluido), y
Visto el informe favorable emitido por el Aparejador Municipal, de fecha 28 de abril de
2016
La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Prestarle total aprobación.
Segundo: Notifíquese el presente acuerdo al interesado, con expresión de los recursos a
que hubiera lugar.
APROBACIÓN, SI PROCEDE, DE LA CERTIFICACIÓN Nº 3 - LIQUIDACIÓN DE
LAS OBRAS DE REHABILITACIÓN DEL CAMINO A BILOTXI.
Dada cuenta de la certificación nº 3 - liquidación correspondiente a las obras de
rehabilitación del camino a Bilotxi, presentada por Estructuras de Hormigón JM, S.L.,
por importe de 3.934,17 € (IVA incluido), y
Visto el informe favorable emitido por el Aparejador Municipal, de fecha 28 de abril de
2016
La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Prestarle total aprobación.
Segundo: Notifíquese el presente acuerdo al interesado, con expresión de los recursos a
que hubiera lugar.
RESOLUCIÓN DE CONTRATO DE SERVICIOS DE RECOGIDA Y CUSTODIA DE
ANIMALES DOMÉSTICOS DEL AYUNTAMIENTO DE MUSKIZ.
Dada cuenta del escrito de fecha veintiuno de abril y registro de entrada número 822
por el que se presenta la renuncia al contrato de servicio integral de recogida y
custodia de animales domésticos alegando motivos de ámbito personal,
6
Visto el informe de Secretaría de veintisiete de abril, cuya literalidad es la siguiente:
“ANTECEDENTES:
-Acuerdo de Junta de Gobierno Local de veintiuno de marzo de adjudicación del servicio
integral de recogida y custodia de animales domésticos
-Contrato suscrito entre las partes con fecha treinta y uno de marzo, entrando en vigor
al día siguiente.
-Escrito de fecha veintiuno de abril y registro de entrada número 822 por el que se
presenta su renuncia al contrato de servicio integral de recogida y custodia de animales
domésticos
NORMATIVA APLICABLE:
Real Decreto Legislativo 3/2011, de catorce de noviembre, por el que se aprueba el
Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público y su reglamento de
desarrollo.
FUNDAMENTOS DE DERECHO:
Dada cuenta del escrito de fecha veintiuno de abril y registro de entrada número 822
por el que se presenta la renuncia al contrato de servicio integral de recogida y
custodia de animales domésticos alegando motivos de ámbito personal,
Visto que el citado contrato fue suscrito entre las partes con fecha treinta y uno de
marzo, entrando en vigor al día siguiente y con una duración de un año,
Visto que los contratos, una vez formalizados deben cumplirse a tenor de sus cláusulas,
Visto lo dispuesto en el artículo 212. 2 del TRLCSP, en virtud del cual, El contratista está
obligado a cumplir el contrato dentro del plazo total fijado para la realización del
mismo, así como de los plazos parciales señalados para su ejecución sucesiva.
Visto el criterio jurisprudencial de que el abandono o la renuncia unilateral a la
ejecución del contrato por parte del contratista constituyen un incumplimiento culpable,
tal y como afirma entre otras, la STSJ de Andalucía de 25 de septiembre de 2007 :
«Ese desistimiento, a la vista del principio de riesgo y ventura del art. 98 del RDL
2/2000 y del mandato tajante del art. 110.1 ya transcrito, debe ser calificado como
culpable a los efectos previstos en el núm. 4 del art. 113 del mismo texto legal, pues
medió una renuncia de la contratista que no estaba autorizada o permitida por las
cláusulas de la contratación y que implica una contravención al art. 110.1; conducta
que es voluntaria».
Visto el art. 225 TRLCSP, que establece que cuando el contrato se resuelva por
incumplimiento culpable del contratista, éste deberá indemnizar a la Administración los
daños y perjuicios ocasionados y que, la indemnización se hará efectiva, en primer
término, sobre la garantía que, en su caso, se hubiese constituido,
Visto el artículo 109 del RGLC que regula el procedimiento para la resolución de los
contratos :
1. La resolución del contrato se acordará por el órgano de contratación, de oficio o a
instancia del contratista, previa autorización, en el caso previsto en el último párrafo del
artículo 12.2 de la Ley, del Consejo de Ministros, y cumplimiento de los requisitos
siguientes:
7
a) Audiencia del contratista por plazo de diez días naturales, en el caso de propuesta de
oficio.
b) Audiencia, en el mismo plazo anterior, del avalista o asegurador si se propone la
incautación de la garantía.
c) Informe del Servicio Jurídico, salvo en los casos previstos en los artículos 41 y 96 de
la Ley.
d) Dictamen del Consejo de Estado u órgano consultivo equivalente de la Comunidad
Autónoma respectiva, cuando se formule oposición por parte del contratista.
Visto lo dispuesto en la cláusula quinta del contrato formalizado entre las partes, en
virtud de la cual, queda acreditado que el contratista constituyó la garantía definitiva
para responder del cumplimiento de sus obligaciones contractuales, por importe de
470,45€ depositados en metálico,
Se propone, a la Junta de Gobierno Local, la adopción del siguiente acuerdo:
Primero: Resolver el contrato de servicio integral de recogida y custodia de animales
domésticos, suscrito con Clínica Veterinaria Muskiz, por renuncia expresa del contratista
a continuar prestando el servicio, proponiéndose la incautación de la garantía definitiva,
por incumplimiento culpable del contratista.
Segundo: Conceder a Clínica Veterinaria Muskiz, plazo de diez días, a fin de que, en su
caso, pueda realizar las alegaciones que estime oportunas.”
La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Resolver el contrato de servicio integral de recogida y custodia de animales
domésticos, suscrito con Clínica Veterinaria Muskiz, por renuncia expresa del contratista
a continuar prestando el servicio, proponiéndose la incautación de la garantía definitiva,
por incumplimiento culpable del contratista.
Segundo: Conceder a Clínica Veterinaria Muskiz, plazo de diez días, a fin de que, en su
caso, pueda realizar las alegaciones que estime oportunas.
APROBACIÓN, SI PROCEDE, DE FACTURAS Y GASTOS.
Se acuerda aprobar la relación de facturas 2015/000014, que consta de 9 páginas
formadas por 19 facturas y por importe total de 76.437,55 €.
Gastos:
Forlan. Subvención 2.016
340.000,00 €
Euskaltegi municipal. Subvención 2.016
150.000,00 €
Y no habiendo más asuntos que tratar, el señor Presidente dio por terminada la
sesión, a las once horas y treinta minutos, extendiéndose la presente acta, de que yo,
la Secretaria, certifico.
8
ACTA Nº 17
AYUNTAMIENTO DE MUSKIZ
En Muskiz, a nueve de mayo de dos mil dieciséis, siendo las diez horas de la
mañana, se reunió la Junta de Gobierno Local, bajo la presidencia del señor Alcalde,
don Borja Liaño Abarrategi, y con asistencia de los señores Tenientes de Alcalde, don
Eduardo Briones Lerchundi, don Rufino Manterola Lejarza, don Unai Landaburu Izar de
La Fuente y don Gonzalo Riancho Ocejo, para celebrar sesión ordinaria, en primera
convocatoria, y con asistencia de la señora Secretaria General, doña Itxaso Apraiz
Yáñez y el señor Interventor don Mario Lanbarri Martín.
LECTURA Y APROBACIÓN, SI PROCEDE, DEL ACTA DE LA SESIÓN ANTERIOR.
Declarado abierto el acto por el señor Presidente, de su orden se dio lectura al acta de
la sesión anterior celebrada el día 2 de mayo, que fue aprobada por unanimidad.
PETICIÓN DE PETRÓLEOS DEL NORTE, S.A. (PETRONOR) DE LICENCIA DE
OBRAS DE RECRECIDO DE MURO SUR DEL POZO DE AGUA CLARA DE MAZE
DE CK6.
Dada cuenta de la petición realizada por doña Raquel Ruiz Juárez, en representación de
Petróleos del Norte, S.A. (PETRONOR) con fecha de veintidós de marzo de 2016 y
registro de entrada número 594, en solicitud de licencia municipal de obra de recrecido
del muro sur del pozo de agua clara del Maze CK6, adjuntando proyecto visado, visto el
informe técnico favorable emitido por el Arquitecto Municipal, de fecha 20 de abril de
2016, con el siguiente contenido:
"PETICIONARIO:
Dª. Raquel Ruiz Juárez en representación de Petróleos del Norte, S.A (PETRONOR)
OBJETO:
Recrecido del muro del pozo de agua clara de CK6., dentro de las instalaciones de
Petronor.
DOCUMENTACIÓN PRESENTADA:
Proyecto de Ejecución 14403204.1/A2229, visado y firmado por el ingeniero industrial
D. Eneko Iturriaga de la empresa LKS INGENIERIA, S. Coop, comprendiendo la
siguiente documentación: Memoria, Pliego de Condiciones, Planos. Resumen del
Presupuesto por Capítulos, Estudio de Seguridad y Salud y Estudio de Gestión de
Residuos
ZONIFICACIÓN SEGÚN PLANEAMIENTO VIGENTE:
Suelo Urbano Industrial. Dentro del deslinde y de la zona de servidumbre de protección
del Dominio Publico Marítimo Terrestre.
INFORME
1.- Se pretende recrecer el muro sur del pozo que de agua clara que lo separa del mace
y que llega a inundarse con agua que arrastra carbón de los cubetos de mace
2.- Con relación a este proyecto, en el escrito de la Directora de Administración
Ambiental de 4 de abril de 201, con entrada el 18/04/2016 y numero 782, se recoge lo
siguiente:
Que la instalación de referencia cuenta con autorización ambiental integrada, emitida
en el marco de la Ley 16/2002, de 1 de junio, de prevención y control integrados de la
contaminación.
1
Que la modificación planteada consiste en:
instalación de un precalentamiento de aire de combustión del horno G$-H1, con el fin
de mejorar la eficiencia energética del horno y reducir las emisiones de CO2 a la
atmosfera.
Que, a la vista de los criterios recogidos en el art. 8 de la Ley 5/2013, de 11 de junio,
por la que se modifican la Ley 16/2002, de 1 de julio, de prevención y control integrado
de la contaminación y la Ley 22/2001, de 28 de julio, de residuos y suelos
contaminados, dicha modificación no se considera una modificación sustancial de la
instalación, a efectos de lo dispuesto en la citada norma.
Que la instalación se encuentra en el ámbito de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de
evolución ambiental.
Que, a la vista de los criterios recogidos en la citada norma, no se considera que las
modificaciones previstas puedan tener efectos negativos significativos sobre el medio
ambiente, por lo que no debe incluirse en dicho supuesto.
Que en virtud de lo establecido en el art. 58, apartado primero, de la Ley General
3/1998 de protección del Medio Ambiente del País Vasco, las medidas correctoras a
imponer a la modificación proyectada serán las establecidas en las resoluciones de
Autorización Ambiental Integrada emitidas por este Órgano para las instalación de
referencia.
3.- De acuerdo a lo anterior la actividad y obra a realizar quedan incluidos en el ámbito
de la Resolución de 6 de mayo de 2008 por la que se concede la Autorización Ambiental
Integrada para la actividad de refino de petróleo y por la Resolución de 15 de abril de
2012 por la que se hace efectiva la Autorización Ambiental Integrada de la instalación
de Petronor.
PROPUESTA DEL INFORME
Se informa favorablemente la concesión de Licencia Municipal de Obra “Recrecido del
Muro del Pozo de Agua Clara del Mace CK6”, de las instalaciones de la Refinería de
Petróleos del Norte S.A, sometido al siguiente condicionado:
CONDICIONES PARTICULARES:
1.- Se cumplirán las determinaciones del escrito de la Directora de Administración
Ambiental de 4 de abril de 2016.
2.- Se cumplirán las medidas correctoras impuestas en la Resolución, de 6 de mayo, de
2008 y por la Resolución, de 15 de abril, de 2012 por las que se concedió la
Autorización Ambiental Integrada de la instalación de Petronor.
3.- La concesión de la licencia para ejecución del proyecto por parte de Petróleos del
Norte, S.A, contara con las autorizaciones pertinentes de otras Administraciones
Publicas competentes en la materia.
4.- Será obligatorio caracterizar aquellos materiales (tierras, escombros, etc.) a fin de
verificar si hubieran podido resultar afectados como consecuencia de acciones
contaminantes y determinar, en función de los resultados de dicha caracterización, la
vía de gestión más adecuada para los mismos, remitiendo los resultados obtenidos al
órgano ambiental para su valoración, con carácter previo a su gestión.
5.- No podrán comenzarse las obras hasta la presentación del correspondiente
Presupuesto de Ejecución, visado, dividido en capítulos, con partidas, mediciones y
precios unitarios.”
2
Visto el informe emitido por el Técnico de Administración Especial, de fecha 5 de mayo
de 2016, del siguiente tenor literal:
"(…), en cuanto a la liquidación provisional, se gire sobre una base imponible de
6.293,55 euros (Suministro de materiales y Construcción y Montaje), sin perjuicio del
análisis que para la determinación de la liquidación definitiva se realice una vez
acabados los trabajos.
A estos efectos, se deberá requerir a PETRONOR la presentación, una vez acabada la
obra, de certificación final de obra, adjuntando desglose de partidas de los diferentes
capítulos, visada y firmada por técnico redactor.", y
Visto que con junto con la solicitud de licencia, se aportó por la mercantil título
concesional de ocupación de dominio público marítimo terrestre en cumplimiento de lo
dispuesto en el artículo 210.2 c) de la Ley 2/2006, de Suelo y Urbanismo del País
Vasco,
La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los presentes y con la abstención de
don Rufino Manterola por incurrir en causa de abstención regulada en el artículo 28 de
la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de régimen jurídico y procedimiento administrativo
común, acuerda:
Primero: Conceder la licencia de obra de recrecido del muro sur del pozo de agua clara
de maza de CK6 con abono de los derechos municipales sobre un presupuesto de
6.293,55 €, a cuenta de la liquidación definitiva, y sin perjuicio del resultado del
análisis de la certificación final de obra. La licencia se concede en lo que a la
competencia municipal se refiere, y entendiendo cumplida la exigencia del artículo
210.2 c) de La Ley 2/2006, de Suelo y Urbanismo del País Vasco, con la aportación por
Petronor del título concesional para la ocupación del dominio público marítimo terrestre,
y sin prejuzgar éste, por tratarse de una competencia exclusiva de Costas.
Segundo: El plazo para el comienzo de las obras es de 6 meses y el de ejecución de 24
meses, si bien con carácter previo a su inicio deberá presentarse presupuesto de
ejecución, visado, dividido en capítulos, con partidas, mediciones y precios unitarios. Se
cumplirá en todo momento con las medidas de seguridad y salud en el trabajo,
implantando las medidas necesarias para impedir daños a terceros, de acuerdo con el
RD 486/1997. Se cumplirá en todo momento el D 112/2012 Gestión de residuos de
construcción y demolición. Se establece como fianza de gestión de residuos el importe
de 154,13 euros (120% PEM G.R.).
Tercero: Deberán cumplirse las condiciones generales que se adjuntan así como las
condiciones impuestas en su caso por los distintos organismos con competencias
sectoriales y las siguientes condiciones particulares:
- Se cumplirán las determinaciones del escrito de la Directora de Administración
Ambiental de 4 de abril de 2016.
- Se cumplirán las medidas correctoras impuestas en la Resolución de 6 de mayo de
2008 y por la Resolución de 15 de abril de 2012 por las que se concedió la Autorización
Ambiental Integrada de la instalación de Petronor.
- La concesión de la licencia para ejecución del proyecto por parte de Petróleos del
norte, S.A. (PETRONOR), contará con las autorizaciones pertinentes de otras
Administraciones Públicas competentes en la materia.
- Será obligatorio caracterizar aquellos materiales (tierras, escombros, etc.) a fin de
verificar si hubieran podido resultar afectados como consecuencia de acciones
3
contaminantes y determinar, en función de los resultados de dicha caracterización, la
vía de gestión más adecuada para los mismos, remitiendo los resultados obtenidos al
órgano ambiental para su valoración, con carácter previo a su gestión.
- El presupuesto presentado deberá completarse,con carácter previo al inicio de las
obras, con las mediciones y precios unitarios por partidas de los diferentes capítulos
que lo componen a fin de establecer la base de liquidación definitiva del ICIO.
Cuarto: Notificar la presente a Petróleos del Norte, S.A.
Quinto: Notificar la presente a la Viceconsejería de Medio Ambiente del Gobierno Vasco
para su conocimiento y efectos oportunos.
Sexto: Dar traslado del expediente al Departamento de Tesorería a efectos de que se
realice la oportuna liquidación de los derechos municipales en concepto de liquidación
inicial.
Séptimo: Devuélvase, una vez cumplimentado, el expediente completo al departamento
de Urbanismo
Una copia de la presente licencia deberá fijarse en un lugar visible de la obra, a efectos
de que por los servicios municipales se lleve a cabo la inspección urbanística
correspondiente de manera efectiva. Todo ello sin perjuicio de que por el titular de la
obra y a requerimiento de las autoridades municipales se deba mostrar el original de la
misma.
PETICIÓN DE PETRÓLEOS DEL NORTE, S.A. (PETRONOR) DE LICENCIA DE
OBRAS DE SISTEMA DE PRECALENTAMIENTO DEL AIRE DE COMBUSTIÓN
DEL HORNO G4-H-1 EN UNIDAD DE HIDROSULFURACIÓN DE DESTILADOS
MEDIOS (G4).
Dada cuenta de la petición realizada por doña Raquel Ruiz Juárez, en representación de
Petróleos del Norte, S.A. (PETRONOR), con fecha de dieciocho de marzo de 2016 y
registro de entrada número 574, en solicitud de licencia municipal de obra de Sistema
de precalentamiento del aire de combustión del horno G4-H-1 en unidad de
hidrosulfuración de destilados medios (G4), adjuntando proyecto sin visar, visto el
informe técnico favorable emitido por el Arquitecto Municipal, de fecha 20 de abril de
2016, con el siguiente contenido:
"PETICIONARIO:
Dª. Raquel Ruiz Juárez en representación de Petróleos del Norte, S.A (PETRONOR)
OBJETO:
Mejora del rendimiento térmico del horno G4-H1 ubicado dentro de las instalaciones de
Petronor.
DOCUMENTACION PRESENTADA:
Proyecto de Ejecución A2293. sin visado ni firmado, redactado por el ingeniero
industrial D. Juan Carlos Román Serrano de la empresa AITESA.SL, comprendiendo la
siguiente documentación: Memoria, Pliego de Condiciones, Planos. Resumen del
Presupuesto por Capítulos, Estudio Basco de Seguridad y Salud y Estudio de Gestión de
Residuos
ZONIFICACION SEGUN PLANEAMIENTO VIGENTE:
Suelo Urbano Industrial. Dentro del deslinde y de la zona de servidumbre de protección
del Dominio Publico Marítimo Terrestre.
4
INFORME
1.- Se pretende mejorar el rendimiento térmico del horno G4-H1, parea ello, se plantea
recuperar el calor contenido en los humos de salida de este horno, mediante un
precalentador de aire de tubos de fundición, calentando de esta forma el aire de
combustión a quemadores.
2.- Con relación a este proyecto, en el escrito de la Directora de Administración
Ambiental de 4 de abril de 201, con entrada el 18/04/2016 y numero 782, se recoge lo
siguiente:
Que la instalación de referencia cuenta con autorización ambiental integrada, emitida
en el marco de la Ley 16/2002, de 1 de junio, de prevención y control integrados de la
contaminación.
Que la modificación planteada consiste en:
instalación de un precalentamiento de aire de combustión del horno G$-H1, con el fin
de mejorar la eficiencia energética del horno y reducir las emisiones de CO2 a la
atmosfera.
Que, a la vista de los criterios recogidos en el art. 8 de la Ley 5/2013, de 11 de junio,
por la que se modifican la Ley 16/2002, de 1 de julio, de prevención y control integrado
de la contaminación y la Ley 22/2001, de 28 de julio, de residuos y suelos
contaminados, dicha modificación no se considera una modificación sustancial de la
instalación, a efectos de lo dispuesto en la citada norma.
Que la instalación se encuentra en el ámbito de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de
evolución ambiental.
Que, a la vista de los criterios recogidos en la citada norma, no se considera que las
modificaciones previstas puedan tener efectos negativos significativos sobre el medio
ambiente, por lo que no debe incluirse en dicho supuesto.
Que en virtud de lo establecido en el art. 58, apartado primero, de la Ley General
3/1998 de protección del Medio Ambiente del País Vasco, las medidas correctoras a
imponer a la modificación proyectada serán las establecidas en las resoluciones de
Autorización Ambiental Integrada emitidas por este Órgano para las instalación de
referencia.
3.- De acuerdo a lo anterior la actividad y obra a realizar quedan incluidos en el ámbito
de la Resolución de 6 de mayo de 2008 por la que se concede la Autorización Ambiental
Integrada para la actividad de refino de petróleo y por la Resolución de 15 de abril de
2012 por la que se hace efectiva la Autorización Ambiental Integrada de la instalación
de Petronor.
4.- Que el Servicio de prevención y Control Integrado de la Contaminación del Dep. de
Medio Ambiente no ha establecido la necesidad de iniciar o no, el procedimiento de la
Declaración de Calidad del Suelo.
PROPUESTA DEL INFORME
Se informa favorablemente la concesión de Licencia Municipal de Obra para el “Sistema
de precalentamiento del aire de combustión del horno G4-H1, Unidad de
hirdrosulfuración de destilados medios (G4)”, de las instalaciones de la Refinería de
Petróleos del Norte S.A, sometido al siguiente condicionado:
CONDICIONES PARTICULARES:
1.- El proyecto deberá visarse y firmarse por el técnico redactor.
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2.- Se cumplirán las determinaciones del escrito de la Directora de Administración
Ambiental de 4 de abril de 20156.
3.- Se cumplirán las medidas correctoras impuestas en la Resolución, de 6 de mayo, de
2008 y por la Resolución, de 15 de abril, de 2012 por las que se concedió la
Autorización Ambiental Integrada de la instalación de Petronor.
4.- La concesión de la licencia para ejecución del proyecto por parte de Petróleos del
Norte, S.A, contara con las autorizaciones pertinentes de otras Administraciones
Publicas competentes en la materia.
5.- En las obras de movimiento y excavación de tierras será obligatorio caracterizar
aquellos materiales (tierras, escombros, etc.) objeto de excavación a fin de verificar si
hubieran podido resultar afectados como consecuencia de acciones contaminantes y
determinar, en función de los resultados de dicha caracterización, la vía de gestión más
adecuada para los mismos, remitiendo los resultados obtenidos al órgano ambiental
para su valoración, con carácter previo a su gestión.
4.- No podrán comenzarse las obras hasta la presentación del correspondiente
Presupuesto de Ejecución, visado, dividido en capítulos, con partidas, mediciones y
precios unitarios",
Visto el informe emitido por el Técnico de Administración Especial, de fecha 5 de mayo
de 2016, del siguiente tenor literal:
"(…), en cuanto a la liquidación provisional, se gire sobre una base imponible de
698.900,00 euros (Suministro de materiales y equipos y Construcción y Montaje), sin
perjuicio del análisis que para la determinación de la liquidación definitiva se realice una
vez acabados los trabajos.
A estos efectos, se deberá requerir a PETRONOR la presentación, una vez acabada la
obra, de certificación final de obra, adjuntando desglose de partidas de los diferentes
capítulos, visada y firmada por técnico redactor.", y
Visto que con junto con la solicitud de licencia, se aportó por la mercantil título
concesional de ocupación de dominio público marítimo terrestre en cumplimiento de lo
dispuesto en el artículo 210.2 c) de la Ley 2/2006, de Suelo y Urbanismo del País
Vasco,
La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los presentes y con la abstención de
don Rufino Manterola por incurrir en causa de abstención regulada en el artículo 28 de
la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de régimen jurídico y procedimiento administrativo
común, acuerda:
Primero: Conceder la licencia de obra de sistema de precalentamiento del aire de
combustión del horno G4-H-1 en unidad de hidrosulfuración de destilados medios (G4)
con abono de los derechos municipales sobre un presupuesto de 698.900,00 €, a
cuenta de la liquidación definitiva, y sin perjuicio del resultado del análisis de la
certificación final de obra. La licencia se concede en lo que a la competencia municipal
se refiere, y entendiendo cumplida la exigencia del artículo 210.2 c) de La Ley 2/2006,
de Suelo y Urbanismo del País Vasco, con la aportación por Petronor del título
concesional para la ocupación del dominio público marítimo terrestre, y sin prejuzgar
éste, por tratarse de una competencia exclusiva de Costas.
Segundo: El plazo para el comienzo de las obras es de 6 meses y el de ejecución de 24
meses, si bien con carácter previo a su inicio deberá presentarse presupuesto de
ejecución, visado, dividido en capítulos, con partidas, mediciones y precios unitarios. Se
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cumplirá en todo momento con las medidas de seguridad y salud en el trabajo,
implantando las medidas necesarias para impedir daños a terceros, de acuerdo con el
RD 486/1997. Se cumplirá en todo momento el D 112/2012 Gestión de residuos de
construcción y demolición. Se establece como fianza de gestión de residuos el importe
de 321,83 euros (120% PEM G.R.).
Tercero: Deberán cumplirse las condiciones generales que se adjuntan así como las
condiciones impuestas en su caso por los distintos organismos con competencias
sectoriales y las siguientes condiciones particulares:
- Se cumplirán las determinaciones del escrito de la Directora de Administración
Ambiental de 4 de abril de 2016.
- Se cumplirán las medidas correctoras impuestas en la Resolución de 6 de mayo de
2008 y por la Resolución de 15 de abril de 2012 por las que se concedió la Autorización
Ambiental Integrada de la instalación de Petronor.
- La concesión de la licencia para ejecución del proyecto por parte de Petróleos del
norte, S.A. (PETRONOR), contará con las autorizaciones pertinentes de otras
Administraciones Públicas competentes en la materia.
- En las obras de movimiento y excavación de tierras será obligatorio caracterizar
aquellos materiales (tierras, escombros, etc.) objeto de excavación a fin de verificar si
hubieran podido resultar afectados como consecuencia de acciones contaminantes y
determinar, en función de los resultados de dicha caracterización, la vía de gestión más
adecuada para los mismos, remitiendo los resultados obtenidos al órgano ambiental
para su valoración, con carácter previo a su gestión.
- El presupuesto presentado deberá completarse, con carácter previo al inicio de las
obras, con las mediciones y precios unitarios por partidas de los diferentes capítulos
que lo componen a fin de establecer la base de liquidación definitiva del ICIO.
Cuarto: Notificar la presente a Petróleos del Norte, S.A.
Quinto: Notificar la presente a la Viceconsejería de Medio Ambiente del Gobierno Vasco
para su conocimiento y efectos oportunos.
Sexto: Dar traslado del expediente al Departamento de Tesorería a efectos de que se
realice la oportuna liquidación de los derechos municipales en concepto de liquidación
inicial.
Séptimo: Devuélvase, una vez cumplimentado, el expediente completo al departamento
de Urbanismo
Una copia de la presente licencia deberá fijarse en un lugar visible de la obra, a efectos
de que por los servicios municipales se lleve a cabo la inspección urbanística
correspondiente de manera efectiva. Todo ello sin perjuicio de que por el titular de la
obra y a requerimiento de las autoridades municipales se deba mostrar el original de la
misma.
PETICIÓN DE PETRÓLEOS DEL NORTE, S.A. (PETRONOR) DE LICENCIA DE
OBRAS DE DEMOLICIÓN DE OBRA CIVIL Y REDES ENTERRADAS DEL
EDIFICIO DE SERVICIOS EN NF3.
Dada cuenta de la petición realizada por doña Raquel Ruiz Juárez, en representación de
Petróleos del Norte, S.A. (PETRONOR), con fecha de once de marzo de 2016 y registro
de entrada número 515 en solicitud de licencia municipal de obras de demolición de
obra civil y redes enterradas del edificio de servicios en NF3, adjuntando proyecto
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visado, visto el informe técnico favorable emitido por el Arquitecto Municipal, de fecha
20 de abril de 2016, con el siguiente contenido:
"PETICIONARIO:
Dª. Raquel Ruiz Juárez en representación de Petróleos del Norte, S.A (PETRONOR)
OBJETO:
Demolición de edificio de servicios en NF3, ubicado dentro de las instalaciones de
Petronor.
DOCUMENTACIÓN PRESENTADA:
Proyecto de Ejecución P-1709-OC-001, visado y firmado por el ingeniero industrial D.
Carlos Roa Carrasco de la empresa Estudios de Ingeniería Aplicada XXI, S.A,
comprendiendo la siguiente documentación: Memoria, Pliego de Condiciones, Planos.
Resumen del Presupuesto por Capítulos, Planificación, Estudio de Seguridad y Salud y
Estudio de Gestión de Residuos
ZONIFICACIÓN SEGÚN PLANEAMIENTO VIGENTE:
Suelo Urbano Industrial. Dentro del deslinde y de la zona de servidumbre de protección
del Dominio Publico Marítimo Terrestre.
INFORME
1.- Se pretende demoler el edifico de servicios en NF3, acometiendo los siguientes
trabajos:
Demolición del edificio y sus cimentaciones
Desmantelamiento de redes enterradas
Resituacion de tuberías de servicio adosadas al edificio
Relleno de la excavación
Desconexión eléctrica de equipos.
2.- Con relación a este proyecto, en el escrito de la Directora de Administración
Ambiental de 4 de abril de 201, con entrada el 18/04/2016 y numero 782, se recoge lo
siguiente:
Que la instalación de referencia cuenta con autorización ambiental integrada, emitida
en el marco de la Ley 16/2002, de 1 de junio, de prevención y control integrados de la
contaminación.
Que la modificación planteada consiste en:
instalación de un precalentamiento de aire de combustión del horno G$-H1, con el fin
de mejorar la eficiencia energética del horno y reducir las emisiones de CO2 a la
atmosfera.
Que, a la vista de los criterios recogidos en el art. 8 de la Ley 5/2013, de 11 de junio,
por la que se modifican la Ley 16/2002, de 1 de julio, de prevención y control integrado
de la contaminación y la Ley 22/2001, de 28 de julio, de residuos y suelos
contaminados, dicha modificación no se considera una modificación sustancial de la
instalación, a efectos de lo dispuesto en la citada norma.
Que la instalación se encuentra en el ámbito de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de
evolución ambiental.
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Que, a la vista de los criterios recogidos en la citada norma, no se considera que las
modificaciones previstas puedan tener efectos negativos significativos sobre el medio
ambiente, por lo que no debe incluirse en dicho supuesto.
Que en virtud de lo establecido en el art. 58, apartado primero, de la Ley General
3/1998 de protección del Medio Ambiente del País Vasco, las medidas correctoras a
imponer a la modificación proyectada serán las establecidas en las resoluciones de
Autorización Ambiental Integrada emitidas por este Órgano para las instalación de
referencia.
3.- De acuerdo a lo anterior la actividad y obra a realizar quedan incluidos en el ámbito
de la Resolución de 6 de mayo de 2008 por la que se concede la Autorización Ambiental
Integrada para la actividad de refino de petróleo y por la Resolución de 15 de abril de
2012 por la que se hace efectiva la Autorización Ambiental Integrada de la instalación
de Petronor.
4.- Que el Servicio de prevención y Control Integrado de la Contaminación del Dep. de
Medio Ambiente no ha establecido la necesidad de iniciar o no, el procedimiento de la
Declaración de Calidad del Suelo.
PROPUESTA DEL INFORME
Se informa favorablemente la concesión de Licencia Municipal de Obra para la
“Demolición de Obra Civil y Redes Enterradas del Edifico de Servicios en NF3”, de las
instalaciones de la Refinería de Petróleos del Norte S.A, sometido al siguiente
condicionado:
CONDICIONES PARTICULARES:
1.- Se cumplirán las determinaciones del escrito de la Directora de Administración
Ambiental de 4 de abril de 20156.
2.- Se cumplirán las medidas correctoras impuestas en la Resolución, de 6 de mayo, de
2008 y por la Resolución, de 15 de abril, de 2012 por las que se concedió la
Autorización Ambiental Integrada de la instalación de Petronor.
3.- La concesión de la licencia para ejecución del proyecto por parte de Petróleos del
Norte, S.A, contara con las autorizaciones pertinentes de otras Administraciones
Publicas competentes en la materia.
4.- Será obligatorio caracterizar aquellos materiales (tierras, escombros, etc.) a fin de
verificar si hubieran podido resultar afectados como consecuencia de acciones
contaminantes y determinar, en función de los resultados de dicha caracterización, la
vía de gestión más adecuada para los mismos, remitiendo los resultados obtenidos al
órgano ambiental para su valoración, con carácter previo a su gestión.
5.- No podrán comenzarse las obras hasta la presentación del correspondiente
Presupuesto de Ejecución, visado, dividido en capítulos, con partidas, mediciones y
precios unitarios.",
Visto el informe emitido por el Técnico de Administración Especial, de fecha 5 de mayo
de 2016, del siguiente tenor literal:
"(…), en cuanto a la liquidación provisional, se gire sobre una base imponible de
22.396,56 euros (Materiales y Construcción), sin perjuicio del análisis que para la
determinación de la liquidación definitiva se realice una vez acabados los trabajos.
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A estos efectos, se deberá requerir a PETRONOR la presentación, una vez acabada la
obra, de certificación final de obra, adjuntando desglose de partidas de los diferentes
capítulos, visada y firmada por técnico redactor.", y
Visto que con junto con la solicitud de licencia, se aportó por la mercantil título
concesional de ocupación de dominio público marítimo terrestre en cumplimiento de lo
dispuesto en el artículo 210.2 c) de la Ley 2/2006, de Suelo y Urbanismo del País
Vasco,
La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los presentes y con la abstención de
don Rufino Manterola por incurrir en causa de abstención regulada en el artículo 28 de
la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de régimen jurídico y procedimiento administrativo
común, acuerda:
Primero: Conceder la licencia de obras de demolición de obra civil y redes enterradas
del edificio de servicios en NF3 con abono de los derechos municipales sobre un
presupuesto de 22.396,56 €, a cuenta de la liquidación definitiva, y sin perjuicio del
resultado del análisis de la certificación final de obra. La licencia se concede en lo que a
la competencia municipal se refiere, y entendiendo cumplida la exigencia del artículo
210.2 c) de La Ley 2/2006, de Suelo y Urbanismo del País Vasco, con la aportación por
Petronor del título concesional para la ocupación del dominio público marítimo terrestre,
y sin prejuzgar éste, por tratarse de una competencia exclusiva de Costas.
Segundo: El plazo para el comienzo de las obras es de 6 meses y el de ejecución de 24
meses, si bien con carácter previo a su inicio deberá presentarse presupuesto de
ejecución, visado, dividido en capítulos, con partidas, mediciones y precios unitarios .
Se cumplirá en todo momento con las medidas de seguridad y salud en el trabajo,
implantando las medidas necesarias para impedir daños a terceros, de acuerdo con el
RD 486/1997. Se cumplirá en todo momento el D 112/2012 Gestión de residuos de
construcción y demolición. Se establece como fianza de gestión de residuos el importe
de 8.030,00 euros (120% PEM G.R.).
Tercero: Deberán cumplirse las condiciones generales que se adjuntan así como las
condiciones impuestas en su caso por los distintos organismos con competencias
sectoriales y las siguientes condiciones particulares:
- Se cumplirán las determinaciones del escrito de la Directora de Administración
Ambiental de 4 de abril de 2016.
- Se cumplirán las medidas correctoras impuestas en la Resolución de 6 de mayo de
2008 y por la Resolución de 15 de abril de 2012 por las que se concedió la Autorización
Ambiental Integrada de la instalación de Petronor.
- La concesión de la licencia para ejecución del proyecto por parte de Petróleos del
norte, S.A. (PETRONOR), contará con las autorizaciones pertinentes de otras
Administraciones Públicas competentes en la materia.
- Será obligatorio caracterizar aquellos materiales (tierras, escombros, etc.) a fin de
verificar si hubieran podido resultar afectados como consecuencia de acciones
contaminantes y determinar, en función de los resultados de dicha caracterización, la
vía de gestión más adecuada para los mismos, remitiendo los resultados obtenidos al
órgano ambiental para su valoración, con carácter previo a su gestión.
- El presupuesto presentado deberá completarse, con carácter previo al inicio de las
obras, con las mediciones y precios unitarios por partidas de los diferentes capítulos
que lo componen a fin de establecer la base de liquidación definitiva del ICIO.
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Cuarto: Notificar la presente a Petróleos del Norte, S.A.
Quinto: Notificar la presente a la Viceconsejería de Medio Ambiente del Gobierno Vasco
para su conocimiento y efectos oportunos.
Sexto: Dar traslado del expediente al Departamento de Tesorería a efectos de que se
realice la oportuna liquidación de los derechos municipales en concepto de liquidación
inicial.
Séptimo: Devuélvase, una vez cumplimentado, el expediente completo al departamento
de Urbanismo
Una copia de la presente licencia deberá fijarse en un lugar visible de la obra, a efectos
de que por los servicios municipales se lleve a cabo la inspección urbanística
correspondiente de manera efectiva. Todo ello sin perjuicio de que por el titular de la
obra y a requerimiento de las autoridades municipales se deba mostrar el original de la
misma.
APROBACIÓN, SI PROCEDE, DE SOLICITUD A LA DIPUTACIÓN FORAL DE
BIZKAIA DE SUBVENCIÓN PARA PROGRAMA MUNICIPAL ZAINDUZ 2016.
Dada cuenta del Decreto Foral de la Diputación Foral de Bizkaia 210/2015, de 22 de
diciembre, por el que se aprueban las bases reguladoras y la convocatoria pública de
subvenciones para el desarrollo del programa de atención a la dependencia en el medio
familiar mediante actuaciones de promoción de la autonomía personal, voluntariado y
de apoyo psicosocial a las personas cuidadoras de personas dependientes, en el
Territorio Histórico de Bizkaia, programa foral Zainduz, para el año 2016,
Considerando que este Ayuntamiento tiene formalizado con la empresa Aurrerantz un
contrato con fecha 28 de diciembre de 2012 para la realización del servicio Zainduz
durante los ejercicios 2013 y 2014, 2015 y 2016 por un importe de 13.485,00 € y
Visto el informe – propuesta emitido por la Coordinadora de Servicios Sociales, de fecha
2 de mayo de 2016,
La Junta de Gobierno Local acuerda:
Primero: Solicitar a la Diputación Foral de Bizkaia subvención por importe de 13.485,00
€ para la realización del programa Zainduz durante el ejercicio 2016.
Segundo: Notificar el presente al Departamento Foral de Acción Social de la Diputación
Foral de Bizkaia, adjuntando la documentación requerida en el Decreto Foral 210/2015
por el que se aprueban las bases reguladoras y la convocatoria pública de subvenciones
para el desarrollo del programa de atención a la dependencia en el medio familiar
mediante actuaciones de promoción de la autonomía personal, voluntariado y de apoyo
psicosocial a las personas cuidadoras de personas dependientes, en el Territorio
Histórico de Bizkaia, programa foral Zainduz, para el año 2016.
REQUERIMIENTO DE DOCUMENTACIÓN A MICROLED LA MANCHA, S.L. EN
EXPEDIENTE DE CONTRATACIÓN DEL SUMINISTRO E INSTALACIÓN DE
ELEMENTOS ENERGÉTICAMENTE EFICIENTES PARA SUSTITUIR LOS
EXISTENTES EN LA RED DE ALUMBRADO PÚBLICO.
Habiéndose tramitado la licitación para la adjudicación del suministro e instalación de
elementos energéticamente eficientes para sustituir los existentes en la red del
alumbrado público, mediante procedimiento abierto, según lo dispuesto para este tipo
de procedimiento en el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que
se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, y
11
Visto que por la empresa Microled La Mancha, S.L., se ha presentado la oferta
económicamente más ventajosa que asciende a un importe total IVA EXCLUIDO de
149.847,39 €, y estando, no obstante, incursa en baja temeraria, se le requirió en base
a lo dispuesto en el artículo 152.3 del TRLCSP a fin de que justificase la oferta, y visto
que según informe del Coordinador de Seguridad y Medio Ambiente de fecha 3 de
mayo de 2016 por el que se considera justificada la baja, y
Visto el artículo 151.2 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el
que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, en virtud
del cual se establece que el órgano de contratación requerirá al licitador que haya
presentado la oferta económicamente más ventajosa para que dentro del plazo de diez
días hábiles, a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el
requerimiento, presente la documentación justificativa de hallarse al corriente en el
cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social o autorice al
órgano de contratación para obtener de forma directa la acreditación de ello, de
disponer efectivamente de los medios que se hubiese comprometido a dedicar o
adscribir a la ejecución del contrato conforme al artículo 64.2 del Texto Refundido de la
Ley de Contratos del Sector Público, y de haber constituido la garantía definitiva que
sea procedente, y
Visto el artículo 146.4 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el
que se establece que el licitador a cuyo favor recaiga la propuesta de adjudicación,
deberá acreditar ante el órgano de contratación, previamente a la adjudicación del
contrato, la posesión y validez de los documentos exigidos en el pliego de contratación,
sobre los que realizó declaración responsable y en concreto, los siguientes:
a) Los que acrediten la personalidad jurídica del empresario y, en su caso, su
representación.
b) Los que acrediten la clasificación de la empresa, en su caso, o justifiquen los
requisitos de su solvencia económica, financiera y técnica o profesional, presentando
los certificados acreditativos correspondientes previstos en la carátula del pliego de
contratación.
c) Una declaración responsable de no estar incurso en prohibición de contratar.
d) Para las empresas extranjeras, en los casos en que el contrato vaya a ejecutarse en
España, la declaración de someterse a la jurisdicción de los juzgados y tribunales
españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o
indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional
extranjero que pudiera corresponder al licitante.
La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Requerir a Microled La Mancha, S.L. a que dentro del plazo de diez días
hábiles, a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento,
presente la documentación justificativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de
sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social o autorice al órgano de
contratación para obtener de forma directa la acreditación de ello, de disponer
efectivamente de los medios que se hubiese comprometido a dedicar o adscribir a la
ejecución del contrato conforme al artículo 64.2 del Texto Refundido de la Ley de
Contratos del Sector Público, y de haber constituido la garantía definitiva que sea
procedente, así como la acreditación de la documentación referida en el anteriormente
citado artículo 146 apartado cuarto del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de
noviembre exigida en el pliego de contratación que rige la licitación y sobre la que el
licitador cuya oferta ha resultado la más ventajosa realizó declaración responsable.
12
De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se
entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose en ese caso a recabar la
misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado
clasificadas las ofertas.
Segundo: Dese traslado al Departamento de Tesorería, a fin de que informe sobre el
cumplimiento de lo dispuesto en el apartado anterior.
Tercero: Dese traslado al Departamento de Contratación, a fin de que informe sobre el
cumplimiento de lo dispuesto en el apartado primero y en concreto, de la presentación
por el adjudicatario de la documentación prevista en el artículo 146.4 del Real Decreto
Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre.
ADJUDICACIÓN, SI PROCEDE, DE LAS OBRAS DE ARREGLO DE CUBIERTA DE
CASETA EN EL FRONTÓN MUNICIPAL.
En base a lo dispuesto en los artículos 111 y 138.3 del Texto Refundido de la Ley de
Contratos del Sector Público regulado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de
noviembre, referente a los contratos menores, y visto el informe emitido por el Director
de Cultura de fecha 3 de mayo de 2016,
La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Adjudicar el contrato de obras de arreglo de cubierta de caseta en el frontón
municipal a la empresa Excavaciones Garmendia, S.L. por un precio de 9.111,83 € IVA
EXCLUIDO.
Segundo: La duración del presente contrato no podrá exceder de un año sin que pueda
ser objeto de prórroga alguna o de revisión de precios.
Tercero Dese traslado al Responsable de Prevención de Riesgos Laborales, así como al
Departamento de Contabilidad, a los efectos oportunos.
Cuarto: Notifíquese el presente acuerdo al adjudicatario con indicación de que con
carácter previo al comienzo de los trabajos, deberá cumplimentarse la comunicación de
apertura del centro de trabajo debiendo exponerse en la obra en lugar visible y
manteniéndose permanentemente actualizada en el caso de que se produzcan cambios
no identificados inicialmente.
PETICIÓN DE RENUNCIA
ENPARANTZA BAJO 4-A.
A
VADO
PERMANENTE
EN
GLORIETAKO
Dada cuenta de la instancia presentada, mediante la que se solicita la baja de un vado
permanente en Glorietako Enparantza bajo 4-A, y
Visto el informe favorable emitido por el Técnico de Administración Especial, de fecha 3
de mayo de 2016,
La Junta de Gobierno Local por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Aceptar la renuncia a la concesión del vado permanente que tiene concedido
para la entrada a la lonja situada en Glorietako Enparantza, bajo 4-A debiendo retirar
las pacas y devolverlas al Ayuntamiento, entregándolas en el pabellón municipal.
Segundo: De conformidad con lo establecido en la Ordenanza reguladora, la baja
tendrá efectos con fecha 30 de abril, a cuyo efecto se dará traslado del acuerdo al área
de tesorería.
13
Tercero: Dese traslado a la brigada de obras a fin de que verifiquen la retirada y
entrega de las placas.
Cuarto: Notifíquese al interesado con expresión de los recursos a que hubiera lugar.
DESIGNACIÓN DE LUGARES PÚBLICOS Y LOCALES OFICIALES PARA ACTOS
ELECTORALES DE CAMPAÑA ELECTORAL DE LAS ELECCIONES GENERALES DE
JUNIO DE 2016.
En virtud de o dispuesto en el artículo 57.1 de la LOREG, que establece que este
Ayuntamiento debe reservar locales oficiales y lugares públicos de uso gratuito para la
celebración de los actos de la campaña electoral de las Elecciones a Cortes Generales
del próximo día 26 de junio de 2016,
La Junta de Gobierno Local por unanimidad de los presentes, acuerda designar como
lugares públicos para la celebración de actos electorales el parque de El Crucero, la
plaza de San Juan, la plaza Meatzari, la zona peatonal entre Errota Zahar y Artekale y el
mercadillo municipal y como locales oficiales a los mismos fines, el Colegio P.
Cantarrana, fuera del horario escolar y el Frontón Municipal de San Juan.
DESIGNACIÓN DE EMPLAZAMIENTOS PARA COLOCACIÓN DE CARTELES EN
LA CAMPAÑA ELECTORAL DE LAS ELECCIONES GENERALES DE JUNIO DE
2016.
En virtud de o dispuesto en el artículo 57.1 de la LOREG, que establece que este
Ayuntamiento debe reservar lugares especiales para la colocación gratuita de carteles
en la campaña electoral de las Elecciones a Cortes Generales del próximo día 26 de
junio de 2016,
La Junta de Gobierno Local por unanimidad de los presentes, acuerda reservar para la
colocación gratuita de carteles, paneles fijos sitos en los barrios de Autonomía,
Santelices, Pobeña, Cobarón, La Rigada, San Julián, El Crucero, La Magdalena,
Sobalbadún, Fuente Vieja, Artekale, Las Acacias y Las Duchas
PETICIÓN DE IBERDROLA DISTRIBUCIÓN ELÉCTRICA DE PRÓRROGA DE
LICENCIA DE OBRAS PARA NUEVA LÍNEA AÉREA - SUBTERRÁNEA A 30KV EN
D/ C DENOMINADA "ABANTO-MUSKIZ 1 Y 2" DE ENLACE ENTRE LA S.T. DEL
D.T. Nº901138630 "SAN MARTÍN III". DESGUACE DE LAS ACTUALES LÍNEAS
A 30KV EN D/C DENOMINADAS "ABANTO-PETRONOR 3 Y 4" (ENTRE EL
APOYO Nº 5 Y LA S.T.R. PETRONOR).
Dada cuenta de la instancia presentada por don Ángel Puente Acre, en representación
de Iberdrola Distribución Eléctrica, con entrada en el registro general municipal número
823 de 21 de abril de 2016, mediante la que solicita prorroga de licencia concedida de
obras para nueva línea aérea – subterránea a 30Kv en D/ C denominada “AbantoMuskiz 1 y 2” de enlace entre la S.T. del C.T. nº901138630 “San Martín III”. Desguace
de las actuales líneas a 30Kv en D/C denominadas “Abanto-Petronor 3 y 4” (entre el
apoyo nº 5 y la S.T.R. Petronor), y
Visto el informe favorable emitido por el Aparejador municipal de fecha 29 de marzo del
2016, en el que se expone que:
"(…) Analizada la solicitud presentada de ampliación del plazo impuesto en la licencia
de la obra de referencia (…)
Teniendo en cuenta la complejidad y alcance de la implementación en el proyecto de
algunas de las medidas correctoras impuestas en la licencia y no contempladas en el
proyecto original para la correcta ejecución de los trabajos solicitados. (…)
14
Informar favorablemente la solicitud de ampliación de plazo solicitada y fijar como
nuevo plazo de inicio de los trabajos en 9 meses desde el otorgamiento de la licencia en
vez de los tres iniciales de la licencia de obras."
La Junta de Gobierno Local por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Ampliar hasta nueve meses el plazo inicial otorgado de tres meses para el
inicio de las obras a realizar por Iberdrola Distribución Eléctrica para nueva línea aérea
– subterránea a 30Kv en D/ C denominada “Abanto-Muskiz 1 y 2” de enlace entre la
S.T. del C.T. nº901138630 “San Martín III”. Desguace de las actuales líneas a 30Kv en
D/C denominadas “Abanto-Petronor 3 y 4” (entre el apoyo nº 5 y la S.T.R. Petronor).
Segundo: Notifíquese al interesado con expresión de los recursos a que hubiera lugar.
PETICIÓN DE DE TRASPASO A SU FAVOR DEL APROVECHAMIENTO DE
TERRENO COMUNAL EN MUSQUES.
Dada cuenta de la instancia presentada, mediante la que solicita autorización para
el traspaso a su favor del aprovechamiento del terreno comunal correspondiente a las
subparcelas a) y b) de la parcela 103 del polígono 4 sito en Musques, y
Visto el informe favorable emitido por el Técnico de Administración Especial, de fecha 3
de mayo de 2016,
La Junta de Gobierno Local por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Autorizar el traspaso del aprovechamiento del terreno comunal
correspondiente a las subparcelas a) y b) de la parcela 103 del polígono 4 sito en
Musques,
Segundo: Dese traslado al área de Tesorería a los efectos oportunos.
Tercero: Notifíquese a la interesada con expresión de los recursos a que hubiera lugar.
PETICIÓN DE COOPERATIVA OBRERA DE MUSQUES DE LICENCIA DE OBRAS
DE REPARACIÓN DE CUBIERTA DE EDIFICIO EN EL CRUCERO, 1.
Dada cuenta del expediente tramitado a instancia de don Gonzalo Riancho Ocejo, en
representación de la Cooperativa Obrera de Musques, en solicitud de licencia municipal
de obra de sustitución de cubierta en el edificio sito en C/ El Crucero, 1, adjuntando
proyecto visado, visto el informe técnico favorable emitido por el Arquitecto Municipal,
de fecha 2 de mayo de 2016,
la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los presentes y con la abstención de don
Gonzalo Riancho Ocejo por incurrir en causa de abstención regulada en el artículo 28 de
la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de régimen jurídico y procedimiento administrativo
común, acuerda:
Primero: Conceder la licencia solicitada, con abono de los derechos municipales sobre
un presupuesto de 97.980,00€, debiendo cumplir las condiciones generales que se
adjuntan. El plazo para el comienzo de las obras es de 3 meses y el de ejecución de 12
meses una vez comenzadas las obras. Se cumplirá en todo momento con las medidas
de seguridad y salud en el trabajo, implantando las medidas necesarias para impedir
daños a terceros, de acuerdo con el RD 486/1997. Se cumplirá en todo momento el D
112/2012 Gestión de residuos de construcción y demolición. Se establece como fianza
de gestión de residuos el importe de 792,57 euros (120% PEM G.R.).
15
Deberán cumplirse, además, las siguientes condiciones particulares:
Segundo: Dar traslado al Departamento de Tesorería.
Tercero: Devuélvase, una vez cumplimentado, el expediente completo al departamento
de Urbanismo
Una copia de la presente licencia deberá fijarse en un lugar visible de la obra, a efectos
de que por los servicios municipales se lleve a cabo la inspección urbanística
correspondiente de manera efectiva. Todo ello sin perjuicio de que por el titular de la
obra y a requerimiento de las autoridades municipales se deba mostrar el original de la
misma.
Cuarto: Notificar la presente al interesado.
PETICIÓN DE AUTORIZACIÓN
MERCADILLO MUNICIPAL.
DE
INSTALACIÓN DE PUESTO EN EL
Dada cuenta de la instancia presentada, solicitando licencia para la instalación de un
puesto en el Mercadillo Municipal, y visto el informe desfavorable emitido por el Jefe de
la Policía Local, de fecha 25 de abril de 2016, en el que se expone que:
“(…) Se informa:
La denegación de la licencia, debido a que se pretende reestructurar el mercadillo
disminuyendo el elevado número de puestos existentes en el recinto, cincuenta y cuatro
actualmente (54), eliminando aquellos que tienen pocos metros lineales, de 2 a 3
metros.
Su solicitud será archivada y registrada para que si en un futuro se producen
modificaciones o posibilidad de conceder nuevas altas, sea tenida en cuenta en orden
de registro de entrada."
La Junta de Gobierno Local por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Denegar la solicitud mencionada, por los motivos expuestos en el informe del
Jefe de Policía Local antes citado.
Segundo: Comunicar a la solicitante que su solicitud será archivada a los efectos
descritos en el informe anteriormente referenciado.
Tercero: Notifíquese a la persona interesada con expresión de los recursos a que
hubiera lugar.
PETICIÓN DE AUTORIZACIÓN
MERCADILLO MUNICIPAL.
DE
INSTALACIÓN DE PUESTO EN EL
Dada cuenta de la instancia presentada, solicitando licencia para la instalación de un
puesto en el Mercadillo Municipal, y visto el informe desfavorable emitido por el Jefe de
la Policía Local, de fecha 27 de abril de 2016, en el que se expone que:
“(…) Se informa:
La denegación de la licencia, debido a que se pretende reestructurar el mercadillo
disminuyendo el elevado número de puestos existentes en el recinto, cincuenta y cuatro
actualmente (54), eliminando aquellos que tienen pocos metros lineales, de 2 a 3
metros.
16
Su solicitud será archivada y registrada para que si en un futuro se producen
modificaciones o posibilidad de conceder nuevas altas, sea tenida en cuenta en orden
de registro de entrada."
La Junta de Gobierno Local por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Denegar la solicitud mencionada, por los motivos expuestos en el informe del
Jefe de Policía Local antes citado.
Segundo: Comunicar a la solicitante que su solicitud será archivada a los efectos
descritos en el informe anteriormente referenciado.
Tercero: Notifíquese a la persona interesada con expresión de los recursos a que
hubiera lugar.
APROBACIÓN, SI PROCEDE, DE FACTURAS Y GASTOS.
Se acuerda aprobar la relación de facturas 2016/000015, que consta de 14 páginas
formadas por 41 facturas y por importe total de 199.978,65 €.
Gastos:
Alaiki. Colonias urbanas de verano
26.235,33 €
Y no habiendo más asuntos que tratar, el señor Presidente dio por terminada la
sesión, a las once horas y treinta minutos, extendiéndose la presente acta, de que yo,
la Secretaria, certifico.
17
ACTA Nº 18
AYUNTAMIENTO DE MUSKIZ
En Muskiz, a dieciséis de mayo de dos mil dieciséis, siendo las diez horas de la
mañana, se reunió la Junta de Gobierno Local, bajo la presidencia del señor Teniente
de Alcalde, don Eduardo Briones Lerchundi, y con asistencia de los señores Tenientes
de Alcalde, don Rufino Manterola Lejarza, don Unai Landaburu Izar de La Fuente y don
Gonzalo Riancho Ocejo, para celebrar sesión ordinaria, en primera convocatoria, y con
asistencia de la señora Secretaria General, doña Itxaso Apraiz Yáñez y el señor
Interventor don Mario Lanbarri Martín.
LECTURA Y APROBACIÓN, SI PROCEDE, DEL ACTA DE LA SESIÓN ANTERIOR.
Declarado abierto el acto por el señor Presidente, de su orden se dio lectura al acta de
la sesión anterior celebrada el día nueve de mayo, que fue aprobada por unanimidad.
PETICIÓN DE INSTALACIÓN DE PUESTO EN EL MERCADILLO MUNICIPAL.
Dada cuenta de la instancia presentada, solicitando licencia para la instalación de un
puesto en el Mercadillo Municipal, y visto el informe desfavorable emitido por el Jefe de
la Policía Local, de fecha 11 de mayo de 2016, en el que se expone que:
“(…) Se informa:
La denegación de la licencia, debido a que se pretende reestructurar el mercadillo
disminuyendo el elevado número de puestos existentes en el recinto, cincuenta y cuatro
actualmente (54), eliminando aquellos que tienen pocos metros lineales, de 2 a 3
metros.
Su solicitud será archivada y registrada para que si en un futuro se producen
modificaciones o posibilidad de conceder nuevas altas, sea tenida en cuenta en orden
de registro de entrada."
La Junta de Gobierno Local por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Denegar la solicitud mencionada, por los motivos expuestos en el informe del
Jefe de Policía Local antes citado.
Segundo: Comunicar a la solicitante que su solicitud será archivada a los efectos
descritos en el informe anteriormente referenciado.
Tercero: Notifíquese a la persona interesada con expresión de los recursos a que
hubiera lugar.
RECLAMACIÓN PATRIMONIAL.
Visto el expediente seguido con entrada en el Registro General Municipal número 2942
de 7 de agosto de 2015, con el fin de determinar la responsabilidad patrimonial de este
Ayuntamiento de Muskiz,
Resultando que mediante escrito presentado en fecha 7 de agosto de 2015 se solicitó
de este Ayuntamiento que se procediera a reconocer el derecho a ser indemnizados con
67.103,86 € por los daños y perjuicios sufridos como consecuencia del accidente
acaecido el día 24 de agosto de 2014 por su madre quien resultó fallecida, por existir un
paso abierto para acceso a los acantilados de Kobaron.
1
Resultando que dado el tiempo transcurrido desde el acaecimiento de los hechos se
dispuso incorporar al expediente el atestado levantado por la Ertzantza, en el que
además de informe de los agentes comparecientes, contenían declaración de testigos.
Resultando que, con fecha 25 de agosto de 2015, de conformidad con lo establecido en
el artículo 11 del Reglamento de los Procedimientos de las Administraciones Públicas se
pone de manifiesto el expediente a los reclamantes, dándoles copia del mismo, y se les
concede trámite para formular alegaciones, sin que se haya formulado ninguna, y
Vista la propuesta de resolución desfavorable elevada por el Técnico de Administración
Especial, con el siguiente contenido:
"Considerando que el artículo 1 de la Ley 22/1988, de 28 de julio, de Costas, dispone
que su objeto es la determinación, protección, utilización y policía del dominio público
marítimo-terrestre y especialmente la ribera del mar, establecido en su artículo 2, que
la actuación administrativa sobre el dominio público marítimo terrestre perseguirá los
siguientes fines: B) garantizar el uso público del mar, de su ribera y del resto del
dominio público marítimo terrestre.
Considerando que la citada Ley, en su artículo 4, señala que pertenecen al dominio
público marítimo terrestre estatal “los acantilados sensiblemente verticales, que están
en contacto con el mar o con espacios de dominio público marítimo – terrestre, hasta
su coronación”. En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 11 de la Ley, la
Administración del Estado aprobó el deslinde del dominio público marítimo terrestre en
la zona de Itsaslur, incluyendo en el mismo la zona en la que ocurrieron los hechos en
que se fundamenta la reclamación.
Considerando que el artículo 31 de la Ley establece que “la utilización del dominio
público marítimo – terrestre, y en todo caso, del mar y su ribera será libre, pública y
gratuita para los usos comunes y acordes con la naturaleza de aquel, tales como
pasear, estar, bañarse, navegar, embarcar y desembarcar, varar, pescar, coger plantas
y mariscos y otros actos semejantes”. En cumplimiento de estas disposiciones, al objeto
de garantizar el uso público del dominio público, y como señalan los dicentes, existe un
paso abierto en la valla que permite el acceso a un camino que discurre por la costa y
al que accedió doña Asunción Revuelta.
Considerando que del atestado de la Ertzaintza se constata que el accidente se produce
cuando la finada estaba descendiendo por un camino que da acceso a una cala de
piedra y tropieza, cayendo al vacío probablemente por utilización de calzado no
adecuado, ya que la finada iba en chanclas.
Considerando que, en cualquier caso, los hechos se produjeron en terreno de dominio
público marítimo terrestre, sobre el que el Ayuntamiento no es competente.
Considerando que conforme a lo dispuesto en el artículo 3.1 K) de la Ley 9/2004, de 24
de noviembre de la Comisión Jurídica Asesora de Euskadi, en preceptiva la intervención
de esta Comisión, que ha emitido dictamen del siguiente contenido:
“APLICACIÓN DEL RÉGIMEN DE RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL
Análisis del procedimiento:
1. Para el examen del expediente instruido ha de estarse a lo que establecen el título X
de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones
públicas y del procedimiento administrativo común (en adelante, LRJPAC), y el Real
Decreto 429/1993, de 26 de marzo, que aprueba el Reglamento de los procedimientos
2
en materia de responsabilidad patrimonial de las administraciones públicas (en
adelante, el Reglamento).
2. La reclamación ha sido presentada por persona legitimada, en este caso, los hijos de
la persona fallecida y dentro del plazo de un año previsto en el artículo 142.5 de la
LRJPAC y en el párrafo segundo del artículo 4.2 del Reglamento.
3. Se ha incorporado al procedimiento la documentación probatoria pertinente,
especialmente las diligencias practicadas por la Ertzaintza, y se ha elaborado el informe
municipal en relación con la reclamación, en los términos previstos por el artículo 10 del
Reglamento.
4. Se ha cumplimentado también debidamente el trámite de audiencia, concediendo a
la parte reclamante la posibilidad de acceder a todo lo actuado y de formular las
alegaciones que tuviere por convenientes. Figura, finalmente, la propuesta de
resolución, que es de sentido desestimatorio.
5. En orden al plazo de tramitación del expediente, el expediente se somete a esta
Comisión superado el plazo legal de seis meses establecido en el artículo 13.3 del
Reglamento para resolver y notificar la resolución.
6. Ello no obstante, como también señala esta Comisión en sus dictámenes, procede
continuar con el procedimiento, ya que tal circunstancia no exime a la Administración
del deber de dictar una resolución expresa (artículo 42.1 LRJPAC) y, tratándose de un
silencio desestimatorio (artículo 142.7 LRJPAC), no existe vinculación alguna al sentido
del mismo (artículo 43.3.b LRJPAC).
Análisis del fondo:
7. El régimen de responsabilidad patrimonial de las administraciones públicas tiene su
fundamento específico en el artículo 106.2 de la Constitución (CE) que establece que
los particulares, en los términos establecidos por la ley, tendrán derecho a ser
indemnizados por toda lesión que sufran en sus bienes y derechos, salvo los casos de
fuerza mayor, siempre que la lesión sea consecuencia del funcionamiento de los
servicios públicos.
8. Dicho régimen se encuentra hoy contemplado en los artículos 139 y siguientes de la
LRJPAC y resulta también de aplicación a las entidades locales, de acuerdo con el art.
54 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases de régimen local (LBRL).
9. Son requisitos exigidos para apreciar la existencia de responsabilidad patrimonial: la
efectividad del daño o perjuicio evaluable económicamente e individualizado, en
relación a una persona o grupo de personas; que el daño o lesión sufrido sea
consecuencia del funcionamiento normal o anormal -es indiferente la calificación- de los
servicios públicos en una relación directa e inmediata de causa a efecto, sin
intervención de elementos extraños que puedan alterar el curso causal; la inexistencia
de fuerza mayor; y, finalmente, que el reclamante no tenga el deber jurídico de
soportar el daño.
10. En el presente caso los hechos se produjeron en los acantilados de Itsaslur,
ubicados, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 3.1.a) de la Ley 22/1988, de
28 de julio, de costas (LC), en zona marítimo terrestre. No obstante, la reclamación se
dirige al ayuntamiento porque los reclamantes consideran que la responsabilidad
corresponde a la Administración titular de la barandilla que bordea el camino de
Cobarón. Consideran así que, al presentar la citada barandilla un paso abierto, se invita
a traspasarla para acceder a un camino y a unos acantilados que resultan, tal y como
los hechos han probado, peligrosos para cualquier persona que los transite.
3
11. Desde ese punto de vista la reclamación está bien orientada, pese a que el
fallecimiento se produjo en una zona de competencia estatal, puesto que las facultades
estatales sobre la zona marítimo-terrestre no excluyen las competencias municipales
que en materia de seguridad en lugares públicos dentro del término municipal ostenta
la Administración local.
12. Ahora bien, lo que esta Comisión no comparte con los reclamantes es la conexión
del fallecimiento de doña ARR con algún servicio local. Es cierto que existe una
barandilla, de titularidad municipal, que en un determinado punto presenta un espacio
libre al paso, pero de ello no puede extraerse ninguna responsabilidad del
ayuntamiento.
13. La peligrosidad de un determinado espacio público, especialmente si, como es el
caso, se trata de un espacio natural, no supone necesariamente una obligación de las
administraciones públicas competentes de prohibir el acceso a esa zona. No hay más
que observar entornos como la montaña o el mar en los que el riesgo para la integridad
física existe y, desgraciadamente, se materializa de forma más o menos esporádica,
pero ello no impide que la gente acceda a esos entornos. Es más, como señala el
informe municipal, el artículo 31 de la LC establece la libre utilización del dominio
público marítimo-terrestre, y en todo caso, del mar y de su ribera para los usos
comunes y acordes con la naturaleza de aquel, tales como pasear, estar, bañarse,
navegar, embarcar y desembarcar, varar, pescar, coger plantas y mariscos y otros actos
semejantes.
14. Todo parece indicar que, en el presente caso, la fallecida traspasó la barandilla con
la intención de acceder a una cala de piedras, a la que se llega atravesando un camino
cortado en el monte y de difícil acceso.
15. Aunque se pretenda poner el foco en la apertura en la barandilla, lo cierto es que
esa barandilla constituye más un referente de seguridad y no tanto un obstáculo para
acceder desde cualquier otro punto a los acantilados. Tampoco existe ninguna
señalización municipal que invite a los transeúntes a acudir a la citada cala, lo cual sí
podría considerarse como un funcionamiento anormal, en la medida en que el
ayuntamiento fuera quien promoviera a las personas a colocarse en una situación clara
de riesgo.
16. Lo que finalmente se aprecia es una actuación imprudente de la accidentada que
procedió a deambular por un camino peligroso y en condiciones inapropiadas, pues ha
quedado acreditado que llevaba un calzado inadecuado (chanclas) para transitar por
una zona de peligro natural evidente.
17. Por ello, y aunque no se aprecia una conexión con los servicios municipales, se ha
de recordar que, incluso cuando el funcionamiento de estos fuera defectuoso, el
carácter objetivo de la responsabilidad patrimonial no supone que la Administración
haya de responder de todas la lesiones que se produzcan en el ámbito del servicio
público, quedando exonerada cuando la intervención de tercero o del propio
perjudicado reviste la suficiente intensidad para resultar determinante del resultado
lesivo. En este caso, incluso admitiendo, a efectos dialécticos, una posible relación del
accidente con el servicio público, esa quiebra resultaría palpable al constatar la
imprudencia en la actuación de la fallecida.
18. Sólo resta recordar que el sistema de responsabilidad patrimonial de las
administraciones públicas no es un sistema de seguro a todo riesgo. Tal y como ha
señalado la jurisprudencia del Tribunal Supremo, la prestación por la Administración de
un determinado servicio, y la titularidad por parte de aquélla de la infraestructura
4
material para su prestación no implica que el vigente sistema de responsabilidad
patrimonial objetiva de las Administraciones Públicas convierta a éstas en aseguradoras
universales de todos los riesgos con el fin de prevenir cualquier eventualidad
desfavorable o dañosa para los administrados que pueda producirse con independencia
del actuar administrativo. De lo contrario, se transformaría aquél en un sistema
providencialista no contemplado en nuestro ordenamiento jurídico (STS 13/9/2002 y
5/6/1998, entre otras).
CONCLUSIÓN
En atención a cuanto antecede, esta Comisión considera que no existe responsabilidad
patrimonial del Ayuntamiento de Muskiz en relación con la reclamación formulada por
don CNR y don ANR.”
Vistos los antecedentes incoados y consecuentemente con lo dispuesto en el artículo
139 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico y Procedimiento
Administrativo Común, que dispone que los particulares tendrán derecho a ser
indemnizados por las Administraciones Públicas correspondientes, de toda lesión que
sufra en sus bienes y derechos, salvo en los casos de fuerza mayor, siempre que la
lesión sea consecuencia del funcionamiento normal o anormal de los servicios públicos,
de lo que se desprende que la relación de causalidad es requisito imprescindible para
reconocer la responsabilidad de la Administración Pública, y en el presente caso, se ha
acreditado que la caída se debió a que doña Asunción Revuelta Ruiz accedió
voluntariamente a los acantilados de Itsaslur donde tropezó cayéndose y falleciendo
como consecuencia del golpe. Además los hechos tuvieron lugar en zona de dominio
público marítimo – terrestre en la que no tiene competencia el Ayuntamiento, emito la
siguiente
PROPUESTA DE RESOLUCIÓN:
Desestimar la reclamación sobre responsabilidad patrimonial presentada por los daños y
perjuicios sufridos como consecuencia del accidente sucedido el día 24 de agosto de
2014 por su madre, al no existir relación de causalidad entre los daños y el
funcionamiento normal o anormal de los servicios públicos, y menos aún del
Ayuntamiento de Muskiz, al acaecer los hechos en zona de dominio público marítimo –
terrestre, sobre los que no tiene competencia."
La Junta de Gobierno Local por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Desestimar la reclamación sobre responsabilidad patrimonial presentada por
los daños y perjuicios sufridos como consecuencia del accidente sucedido el día 24 de
agosto de 2014 por su madre, al no existir relación de causalidad entre los daños y el
funcionamiento normal o anormal de los servicios públicos, y menos aún del
Ayuntamiento de Muskiz, al acaecer los hechos en zona de dominio público marítimo –
terrestre, sobre los que no tiene competencia.
Segundo: Notifíquese a los/as interesados/as con expresión de los recursos a que
hubiera lugar.
ADJUDICACIÓN, SI PROCEDE, DEL ACONDICIONAMIENTO DE LA SALA DE
ESTIMULACIÓN MULTISENSORIAL DEL CENTRO DE PERSONAS MAYORES.
En base a lo dispuesto en los artículos 111 y 138.3 del Texto Refundido de la Ley de
Contratos del Sector Público regulado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de
5
noviembre, referente a los contratos menores, y visto el informe emitido por la
Coordinadora de Acción Social de fecha 9 de mayo de 2016,
La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Adjudicar el contrato de acondicionamiento básico y de material para la sala
de estimulación multisensorial en el centro municipal de mayores de Muskiz a la
empresa Urgatzi, S.L. por un precio de 8.000,00 € IVA EXCLUIDO.
Segundo: La duración del presente contrato no podrá exceder de un año sin que pueda
ser objeto de prórroga alguna o de revisión de precios.
Tercero Dese traslado al Responsable de Prevención de Riesgos Laborales, así como al
Departamento de Contabilidad, a los efectos oportunos.
Cuarto: Notifíquese el presente acuerdo al adjudicatario con indicación de que con
carácter previo al comienzo de los trabajos, deberá cumplimentarse la comunicación de
apertura del centro de trabajo debiendo exponerse en la obra en lugar visible y
manteniéndose permanentemente actualizada en el caso de que se produzcan cambios
no identificados inicialmente.
APROBACIÓN, SI PROCEDE, DE FACTURAS Y GASTOS.
Se acuerda aprobar la relación de facturas 2016/000016, que consta de 11 páginas
formadas por 23 facturas y por importe total de 135.910,27 €.
Gastos:
Euskal Fondoa. Financiación del proyecto "autoconstrucción de 20 viviendas. Fase V.
Somoto (Nicaragua)
4.443,38 €
Euskal Fondoa. Cuota Social 2016
2.247,47 €
Fuera del orden del día y previa declaración de urgencia, se adoptaron los siguientes
acuerdos:
PETICIÓN DE GURE ESKU DAGO DE AUTORIZACIÓN DE CELEBRACIÓN DE
EVENTO EN PLAZA DE LA IKURRIÑA Y PLAZA MEATZARI.
Dada cuenta de la instancia presentada por don Fernando Montenegro con entrada en
el Registro General Municipal número 1012 de fecha 9 de mayo de 2016, en
representación de Gure Esku Dago Muskiz, en petición de autorización para la
celebración de un evento en las plazas de la Ikurriña y Meatzari el próximo 5 de junio
de 2016, y
Visto el informe emitido por el Director de Cultura de fecha 12 de mayo de 2016, en el
que se expone que:
"(…) A las 11:30h se ofrecerá un aurresku de honor en la plaza de la Ikurriña. A las
12:30h exhibición de forja en directo en la plaza Meatzari y seguidamente comida
popular (si hiciera mal tiempo, solicitan la Casa de Cultura)
(..)
No tenemos constancia de ningún evento en esas plazas el día solicitado. Para la
comida popular, no hay problema para usar la Casa de Cultura que los domingos no
tiene actividad.
No solicitan materiales municipales (…)"
La Junta de Gobierno Local por unanimidad de los presentes, acuerda:
6
Primero: Conceder a Gure Esku Dago autorización para la celebración del evento
solicitado el próximo 5 de junio de 2016 en las plazas de la Ikurriña y Meatzari y, en su
caso, en la Casa de Cultura, en los términos señalados en el informe del Director de
Cultura antes referenciado.
Segundo: Dese traslado a la policía local
Tercero: Notifíquese al interesado con expresión de los recursos a que hubiera lugar.
Y no habiendo más asuntos que tratar, el señor Presidente dio por terminada la
sesión, a las once horas y treinta minutos, extendiéndose la presente acta, de que yo,
la Secretaria, certifico.
7
ACTA Nº 19
AYUNTAMIENTO DE MUSKIZ
En Muskiz, a veintitrés de mayo de dos mil dieciséis, siendo las diez horas de la
mañana, se reunió la Junta de Gobierno Local, bajo la presidencia del señor Alcalde,
don Borja Liaño Abarrategi, y con asistencia de los señores Tenientes de Alcalde, don
Eduardo Briones Lerchundi, don Rufino Manterola Lejarza, don Unai Landaburu Izar de
La Fuente y don Gonzalo Riancho Ocejo, para celebrar sesión ordinaria, en primera
convocatoria, y con asistencia de la señora Secretaria General, doña Itxaso Apraiz
Yáñez y el señor Interventor don Mario Lanbarri Martín.
LECTURA Y APROBACIÓN, SI PROCEDE, DEL ACTA DE LA SESIÓN ANTERIOR.
Declarado abierto el acto por el señor Presidente, de su orden se dio lectura al acta de
la sesión anterior celebrada el día dieciséis de mayo, que fue aprobada por unanimidad.
PETICIÓN DE LA ASOCIACIÓN ANIMALISTA BERE AHOTSA DE
AUTORIZACIÓN DE INSTALACIÓN DE UN PUESTO PARA MERCADILLO
SOLIDARIO EL 26 DE JUNIO DE 2016.
Dada cuenta de la instancia presentada por la Asociación Animalista Bere Ahotsa, con
entrada en el registro general municipal número 1076 de fecha 16 de mayo de 2016,
mediante la que solicitan autorización para la instalación de un stand en la vía pública a
fin de llevar a cabo un mercadillo solidario el día 26 de junio de 2016, y
Visto el informe emitido por el jefe de la policía local, de fecha 18 de mayo de 2.016.
La Junta de Gobierno Local por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Denegar a la Asociación Animalista Bere Ahotsa la autorización para
instalación en la vía pública de un stand el día 26 de junio de 2016 al celebrarse en la
citada fecha tanto las fiestas patronales como las elecciones generales al parlamento y
el senado, a fin de no interferir en el normal desarrollo de ambas.
Segundo: Comunicar a los solicitantes que la citada actividad se podrá celebrar en
cualquier otra fecha, para lo cual deberán presentar nueva solicitud.
Tercero: Notifíquese al interesado con expresión de los recursos a que hubiera lugar.
PETICIÓN DE LA COMISIÓN DE VECINOS DE POBEÑA DE AUTORIZACIÓN DE
CELEBRACIÓN DE EXPOSICIÓN DE VEHÍCULOS CLÁSICOS EN POBEÑA EL 26
DE JUNIO DE 2016.
Dada cuenta de la instancia presentada por la Comisión de Vecinos de Pobeña, con
entrada en el registro general municipal número 1078 de fecha 16 de mayo de 2016,
mediante la que solicitan autorización para la celebración de una exposición de
vehículos clásicos en Pobeña el día 26 de junio de 2016, tal y como viene celebrándose
anualmente, y
Visto el informe emitido por el jefe de la policía local, de fecha 18 de mayo de 2016.
La Junta de Gobierno Local por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Autorizar a la Comisión de Vecinos de Pobeña la celebración de una exposición
de vehículos clásicos el 26 de junio de 2016 en el barrio de Pobeña, En lo que a la
competencia municipal se refiere. No obstante, los solicitantes deberán solicitar la
correspondiente autorización a la Demarcación de Costas del País Vasco.
Segundo: El solicitante deberá presentar seguro de Responsabilidad Civil para el
evento, con anterioridad a la celebración del mismo.
1
Tercero: El solicitante deberá contactar, con la suficiente antelación, con el técnico
municipal de prevención, cumpliendo las instrucciones que este le transmita en materia
de seguridad, así como con la brigada de obras y la policía local a fin de organizar el
préstamos de materiales municipales y la regulación del tráfico respectivamente.
Cuarto: Dese traslado de este acuerdo a los Responsables de Prevención, Brigada de
Obras y Policía Municipal.
Quinto: Notifíquese al interesado con expresión de los recursos a que hubiera lugar.
PETICIÓN DE LICENCIA DE TENENCIA DE ANIMAL POTENCIALMENTE
PELIGROSO.
Dada cuenta del escrito presentado, solicitando licencia municipal para la tenencia de
un perro de raza calificada como potencialmente peligrosa y su anotación en el
registro municipal de animales potencialmente peligrosos, aportando la
documentación prevista en el R.D. 287/2002, de 22 de marzo, visto el informe
favorable emitido por el Jefe de la Policía
Local, de fecha 18 de mayo de 2016,
La Junta de Gobierno Local por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Conceder la licencia solicitada con un plazo de vigencia máximo de cinco años,
con la obligación del titular de comunicar en el plazo de quince días cualquier variación
de los datos en los que se ha basado la concesión correspondiéndole la referencia
48071/16/0071.
Segundo: Proceder a la inscripción del animal en el registro municipal de animales
potencialmente peligrosos con el nombre de "DANA", raza AMERICAN BULLY, nº de
chip 941-0000-1892-4479 y la referencia 48071/EC/16/0070.
Tercero: Notificar la presente al interesado con expresión de los recursos a que hubiera
lugar.
PETICIÓN DE RENOVACIÓN DE LICENCIA DE TENENCIA DE ANIMAL
POTENCIALMENTE PELIGROSO.
Dada cuenta del escrito presentado, solicitando renovación de la licencia municipal para
la tenencia de un perro de raza calificada como potencialmente peligrosa y su anotación
en el registro municipal de animales potencialmente peligrosos, aportando la
documentación prevista en el R.D. 287/2002, de 22 de marzo, visto el informe
favorable emitido por el Jefe de la Policía Local, de fecha 18 de mayo de 2016,
La Junta de Gobierno Local por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Conceder renovación de la licencia solicitada con un plazo de vigencia máximo
de cinco años, con la obligación del titular de comunicar en el plazo de quince días
cualquier variación de los datos en los que se ha basado la concesión correspondiéndole
la referencia 48071/16/0070.
Tercero: Notificar la presente al interesado con expresión de los recursos a que hubiera
lugar.
PETICIÓN DE LA ASOCIACIÓN DE ESCLEROSIS MÚLTIPLE EUSKADI DE
AUTORIZACIÓN DE CELEBRACIÓN DE LA 19ª EDICIÓN DE LA CAMPAÑA
MÓJATE - BUSTI ZAITEZ POR LA ESCLEROSIS MÚLTIPLE.
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Dada cuenta de la instancia presentada por la Fundación Esclerosis Múltiple Eugenia
Epalza Fundazioa, en petición de autorización para la celebración de la 19ª Campaña
Mójate - Busti zaitez por la Esclerosis Múltiple,
Visto que para la realización de la Campaña Mójate - Busti zaitez por la Esclerosis
Múltiple, resulta necesario para los solicitantes la instalación de un stand informativo y
de venta de material de la campaña en el paseo de la playa de La Arena, y
Visto el informe emitido por el Técnico Asesor de Medio Ambiente, de fecha 17 de mayo
de 2016, en el que se expone que:
"(…) Se propone a la junta de Gobierno autorice tal evento, con el cumplimiento de los
requisitos remitidos de Calidad y Ambientales según Sistema Integrado de Gestión de
Calidad y Medio Ambiente Normas ISO-9001-14001."
La Junta de Gobierno Local por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Autorizar la realización de la 19ª edición de la Campaña Mójate - busti zaitez
por la Esclerosis Múltiple, el próximo 10 de julio de 2013, así como la instalación de
stand informativo y de venta de material de la Campaña en el paseo de la playa de La
Arena. En lo que a la competencia municipal corresponde. Dejando una vez finalizada la
actividad la zona en perfectas condiciones.
Segundo: Notifíquese la presente resolución a los solicitantes junto con la política de
calidad y medio ambiente y los Calidad y Ambientales según Sistema Integrado de
Gestión de Calidad y Medio Ambiente Normas ISO-9001-14001, para su conocimiento y
remisión a este Ayuntamiento una vez cumplimentados.
Tercero: Dese traslado del presente acuerdo a la Demarcación de Costas del País Vasco
a los efectos oportunos.
RECURSO DE REPOSICIÓN PRESENTADO POR DOÑA RAQUEL RUIZ JUÁREZ,
EN REPRESENTACIÓN DE PETRÓLEOS DEL NORTE, S.A. (PETRONOR) CONTRA
ACUERDO DE LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL DE FECHA 16 DE NOVIEMBRE
DE 2015 POR EL QUE SE APRUEBA LA LIQUIDACIÓN DEFINITIVA DEL ICIO
POR EL "PROYECTO DE ADECUACIÓN DE TERRENOS EN PLANTA DAR Y
ACTUALIZACIÓN DE EQUIPAMIENTO"..
Dada cuenta del escrito presentado por doña Raquel Ruiz Juárez, en nombre y
representación de Petróleos del Norte, S. A. (PETRONOR), mediante el que interpone
recurso de reposición contra el acuerdo adoptado por la Junta de Gobierno Local, en
sesión de fecha 16 de noviembre de 2015, por el que se aprueba la liquidación
definitiva del Impuesto de Instalaciones, Construcciones y Obras por el “Proyecto de
adecuación de terrenos en planta DAR y actualización de equipamiento”, aduciendo la
incorrecta determinación de la base imponible del impuesto, en base a lo establecido en
el artículo 102.1 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se
aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, el artículo 3
de la Norma Foral 10/1989, de 30 de junio, del Impuesto sobre Construcciones,
Instalaciones y Obras, y el artículo 8 de la Ordenanza Fiscal Reguladora del ICIO del
Ayuntamiento que disponen, en idénticos términos, que “la base imponible del
impuesto está constituida por el coste real y efectivo de la construcción, instalación y
obras y se entiende por tal, a estos efectos, el coste de ejecución material de aquella.
No forman parte de la base imponible el Impuesto sobre el Valor Añadido y demás
impuestos análogos propios de regímenes especiales, las tasas, precios públicos y
demás prestaciones patrimoniales de carácter público local relacionadas, en su caso,
con la construcción, instalación u obra, ni tampoco los honorarios profesionales, el
3
beneficio empresarial del contratista ni cualquier otro concepto que no integre,
estrictamente, el coste de ejecución material”, y
Visto el informe emitido por el Técnico de Administración Especial, de fecha 12 de mayo
de 2016, del que se desprende que:
"(…) como establece la jurisprudencia, los gastos de seguridad que se han incluido no
constituyen la implementación de medidas de seguridad y no forman parte del coste
real y efectivo de la misma, al no ser expresión de la riqueza que emerge con la
construcción en cuestión"
La Junta de Gobierno Local por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Estimar el recurso de reposición interpuesto por doña Raquel Ruiz Juárez, en
nombre y representación de Petróleos del Norte, S.A. (PETRONOR) contra el acuerdo
adoptado por la Junta de Gobierno Local en sesión de fecha 16 de noviembre de 2015,
por el que se aprobaba la liquidación definitiva del Impuesto de Instalaciones,
Construcciones y Obras por el “Proyecto de adecuación de terrenos en planta DAR y
actualización de equipamiento”.
Segundo: Anular la liquidación girada por importe de 162.350,54 euros y girar una
nueva por importe de 160.146,55 euros.
Tercero: Dar traslado de este acuerdo al área de Tesorería a los efectos antedichos.
Cuarto: Notificar este acuerdo a Petróleos del Norte, S.A. (PETRONOR) con expresión
de los recursos oportunos.
ADJUDICACIÓN, SI PROCEDE, DE APROVECHAMIENTOS FORESTALES EN
MONTES DE UTILIDAD PÚBLICA EN MUSKIZ.
Dada cuenta del estado en el que se encuentra el expediente tramitado para la
licitación para la adjudicación de aprovechamientos forestales mediante procedimiento
negociado sin publicidad,
Visto que las ofertas económicamente más ventajosas fueron las presentadas por las
empresas Puente Garay y Central Forestal, siendo requeridas para la presentación de la
documentación correspondiente,
Visto que por las empresas se ha presentado la documentación requerida en plazo, y
Vista la propuesta de resolución de fecha 13 de mayo de 2016 elevada por el Técnico
de Administración Especial,
La Junta de Gobierno Local por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Adjudicar el aprovechamiento forestal (eucalipto) correspondiente al lote nº 1,
sito en el Paraje Los Ríos, MUP 112 Peña Chica, propiedad del Ayuntamiento de Muskiz,
por un importe de 20.270,00 € (IVA excluido) a la empresa Puente Garay.
Adjudicar el aprovechamiento forestal (pino marítimo y abeto douglas) correspondiente
al lote nº 5, rodales 111A 0104, 106, 108 y 221, MUP 11 y MUP 116 Mello y Bilotxi,
propiedad del Ayuntamiento de Muskiz, por un importe de 6.700,00 € (IVA excluido), a
la empresa Central Forestal.
Segundo: Dese traslado al Responsable de Prevención de Riesgos Laborales, así como
al Departamento de Contabilidad y Tesorería a los efectos oportunos.
Tercero: Notifíquese el presente acuerdo a los adjudicatarios y al resto de licitadores y
publíquese en el perfil del contratante.
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Cuarto: Devuélvase el expediente completo al Departamento de origen.
APROBACIÓN, SI PROCEDE, DE LA 4ª CERTIFICACIÓN - LIQUIDACIÓN DE
LAS OBRAS DE REPARACIÓN DE CAUCE EN LA CABAÑA.
Dada cuenta de la 4ª certificación - liquidación correspondiente a las obras reparación
de cauce en La Cabaña, presentada por Consaudi Obra Civil, S.L., por importe de
4.694,99€ (IVA incluido), y
Visto el informe favorable emitido por el Aparejador Municipal, de fecha 19 de mayo de
2016,
La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Prestarle total aprobación.
Segundo: Notifíquese el presente acuerdo al interesado, con expresión de los recursos a
que hubiera lugar.
ADJUDICACIÓN, SI PROCEDE, DE LAS OBRAS DE INSTALACIÓN DE TUBERÍA
DE SANEAMIENTO EN BARRIO VILLANUEVA.
En base a lo dispuesto en los artículos 111 y 138.3 del Texto Refundido de la Ley de
Contratos del Sector Público regulado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de
noviembre, referente a los contratos menores, y visto el informe emitido por el
Aparejador Municipal de fecha 19 de mayo de 2016,
La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Adjudicar el contrato de obras de colocación de tubo en el barrio Villanueva a
la empresa Excavaciones Bitram, S.L. por un precio de 8.059,87 € IVA EXCLUIDO.
Segundo: La duración del presente contrato no podrá exceder de un año sin que pueda
ser objeto de prórroga alguna o de revisión de precios.
Tercero Dese traslado al Responsable de Prevención de Riesgos Laborales, así como al
Departamento de Contabilidad, a los efectos oportunos.
Cuarto: Notifíquese el presente acuerdo al adjudicatario con indicación de que con
carácter previo al comienzo de los trabajos, deberá cumplimentarse la comunicación de
apertura del centro de trabajo debiendo exponerse en la obra en lugar visible y
manteniéndose permanentemente actualizada en el caso de que se produzcan cambios
no identificados inicialmente.
ADJUDICACIÓN, SI PROCEDE, DEL SUMINISTRO E INSTALACIÓN DE
BARANDILLAS EN AVENIDA ANTONIO TRUEBA Y POLÍGONO SAN JUAN.
En base a lo dispuesto en los artículos 111 y 138.3 del Texto Refundido de la Ley de
Contratos del Sector Público regulado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de
noviembre, referente a los contratos menores, y visto el informe emitido por el
Aparejador Municipal de fecha 19 de mayo de 2016,
La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Adjudicar el contrato de suministro e instalación de barandillas en Avenida
Antonio Trueba y Polígono San Juan a la empresa Montajes y Suministro Atienza XXI,
S.L. por un precio de 9.810,00 € IVA EXCLUIDO.
Segundo: La duración del presente contrato no podrá exceder de un año sin que pueda
ser objeto de prórroga alguna o de revisión de precios.
5
Tercero Dese traslado al Responsable de Prevención de Riesgos Laborales, así como al
Departamento de Contabilidad, a los efectos oportunos.
Cuarto: Notifíquese el presente acuerdo al adjudicatario con indicación de que con
carácter previo al comienzo de los trabajos, deberá cumplimentarse la comunicación de
apertura del centro de trabajo debiendo exponerse en la obra en lugar visible y
manteniéndose permanentemente actualizada en el caso de que se produzcan cambios
no identificados inicialmente.
ADJUDICACIÓN, SI PROCEDE, DE LAS OBRAS DE REHABILITACIÓN DE
CAMINO EN LA CAMPA N º12.
En base a lo dispuesto en los artículos 111 y 138.3 del Texto Refundido de la Ley de
Contratos del Sector Público regulado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de
noviembre, referente a los contratos menores, y visto el informe emitido por el
Aparejador Municipal de fecha 19 de mayo de 2016,
La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Adjudicar el contrato de obras de obras de rehabilitación de camino en la
campa a la empresa Excavaciones y Desmontes Garmendia, S.L., por un precio de
21.000,00 € IVA EXCLUIDO.
Segundo: La duración del presente contrato no podrá exceder de un año sin que pueda
ser objeto de prórroga alguna o de revisión de precios.
Tercero Dese traslado al Responsable de Prevención de Riesgos Laborales, así como al
Departamento de Contabilidad, a los efectos oportunos.
Cuarto: Notifíquese el presente acuerdo al adjudicatario con indicación de que con
carácter previo al comienzo de los trabajos, deberá cumplimentarse la comunicación de
apertura del centro de trabajo debiendo exponerse en la obra en lugar visible y
manteniéndose permanentemente actualizada en el caso de que se produzcan cambios
no identificados inicialmente.
ADJUDICACIÓN, SI PROCEDE, DE LAS OBRAS DE CANALIZACIÓN DE AGUAS
EN LAURETA.
En base a lo dispuesto en los artículos 111 y 138.3 del Texto Refundido de la Ley de
Contratos del Sector Público regulado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de
noviembre, referente a los contratos menores, y visto el informe emitido por el
Aparejador Municipal de fecha 19 de mayo de 2016,
La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Adjudicar el contrato de obras de obras de canalización de aguas en Laureta a
la empresa Excavaciones Bitram, S.L., por un precio de 7.318,50 € IVA EXCLUIDO.
Segundo: La duración del presente contrato no podrá exceder de un año sin que pueda
ser objeto de prórroga alguna o de revisión de precios.
Tercero Dese traslado al Responsable de Prevención de Riesgos Laborales, así como al
Departamento de Contabilidad, a los efectos oportunos.
Cuarto: Notifíquese el presente acuerdo al adjudicatario con indicación de que con
carácter previo al comienzo de los trabajos, deberá cumplimentarse la comunicación de
apertura del centro de trabajo debiendo exponerse en la obra en lugar visible y
manteniéndose permanentemente actualizada en el caso de que se produzcan cambios
no identificados inicialmente.
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ADJUDICACIÓN, SI PROCEDE, DE LAS OBRAS DE RECUPERACIÓN DE
LAVADERO EN EL HAYA.
En base a lo dispuesto en los artículos 111 y 138.3 del Texto Refundido de la Ley de
Contratos del Sector Público regulado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de
noviembre, referente a los contratos menores, y visto el informe emitido por el
Aparejador Municipal de fecha 19 de mayo de 2016,
La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Adjudicar el contrato de obras de obras de recuperación de lavadero en El
Haya a la empresa Construcciones La Rigada, S.L., por un precio de 10.969,02 € IVA
EXCLUIDO.
Segundo: La duración del presente contrato no podrá exceder de un año sin que pueda
ser objeto de prórroga alguna o de revisión de precios.
Tercero Dese traslado al Responsable de Prevención de Riesgos Laborales, así como al
Departamento de Contabilidad, a los efectos oportunos.
Cuarto: Notifíquese el presente acuerdo al adjudicatario con indicación de que con
carácter previo al comienzo de los trabajos, deberá cumplimentarse la comunicación de
apertura del centro de trabajo debiendo exponerse en la obra en lugar visible y
manteniéndose permanentemente actualizada en el caso de que se produzcan cambios
no identificados inicialmente.
ADJUDICACIÓN, SI PROCEDE, DE LAS OBRAS DE RECUPERACIÓN DE
LAVADERO EN VILLANUEVA.
En base a lo dispuesto en los artículos 111 y 138.3 del Texto Refundido de la Ley de
Contratos del Sector Público regulado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de
noviembre, referente a los contratos menores, y visto el informe emitido por el
Aparejador Municipal de fecha 19 de mayo de 2016,
La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Adjudicar el contrato de obras de obras de recuperación de lavadero en
Villanueva la empresa Obras Santelices, S.L., por un precio de 5.679,72 € IVA
EXCLUIDO.
Segundo: La duración del presente contrato no podrá exceder de un año sin que pueda
ser objeto de prórroga alguna o de revisión de precios.
Tercero Dese traslado al Responsable de Prevención de Riesgos Laborales, así como al
Departamento de Contabilidad, a los efectos oportunos.
Cuarto: Notifíquese el presente acuerdo al adjudicatario con indicación de que con
carácter previo al comienzo de los trabajos, deberá cumplimentarse la comunicación de
apertura del centro de trabajo debiendo exponerse en la obra en lugar visible y
manteniéndose permanentemente actualizada en el caso de que se produzcan cambios
no identificados inicialmente.
APROBACIÓN, SI PROCEDE, DE INICIO DE EXPEDIENTE DE CONTRATACIÓN
DE LAS OBRAS DE REHABILITACIÓN DEL CAMINO AL ARENAO.
Dada cuenta de la necesidad de contratar las obras de rehabilitación de camino al
Arenao puesta de manifiesto por el Departamento de Urbanismo, y
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Visto el pliego de cláusulas-administrativas particulares elaborado al efecto por el que
se establece como procedimiento de adjudicación el negociado sin publicidad y
tramitación ordinaria, por tipo de licitación máxima de 64,652,11 euros (IVA excluido),
La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Aprobar el inicio de expediente para la adjudicación del contrato de obras de
rehabilitación de camino al Arenao, mediante procedimiento negociado sin publicidad
por tipo de licitación máximo de 64.652,11 (IVA excluido).
Segundo: Publicar el anuncio de licitación en el perfil del contratante del Ayuntamiento
de Muskiz.
Tercero: Devuélvase el expediente completo al departamento de origen.
APROBACIÓN, SI PROCEDE, DE INICIO DE EXPEDIENTE DE CONTRATACIÓN
DE LAS OBRAS DE REHABILITACIÓN DEL CAMINO A LA CASERÍA.
Dada cuenta de la necesidad de contratar las obras de rehabilitación de camino a La
Casería puesta de manifiesto por el Departamento de Urbanismo, y
Visto el pliego de cláusulas-administrativas particulares elaborado al efecto por el que
se establece como procedimiento de adjudicación el negociado sin publicidad y
tramitación ordinaria, por tipo de licitación máxima de 76.597,42 euros (IVA excluido),
La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Aprobar el inicio de expediente para la adjudicación del contrato de obras de
rehabilitación de camino a La Casería, mediante procedimiento negociado sin publicidad
por tipo de licitación máximo de 76.597,42 € (IVA excluido).
Segundo: Publicar el anuncio de licitación en el perfil del contratante del Ayuntamiento
de Muskiz.
Tercero: Devuélvase el expediente completo al departamento de origen.
APROBACIÓN, SI PROCEDE, DE INICIO DE EXPEDIENTE DE CONTRATACIÓN
DE LAS OBRAS DE RENOVACIÓN DEL SISTEMA DE CÉSPED ARTIFICIAL DE
LOS CAMPOS DE FÚTBOL 11 Y FÚTBOL 7.
Dada cuenta de la necesidad de contratar las obras de renovación del sistema de
césped artificial de los campos de fútbol 11 y fútbol 7 puesta de manifiesto por el
Departamento de Urbanismo, y
Visto el pliego de cláusulas-administrativas particulares elaborado al efecto por el que
se establece como procedimiento de adjudicación el negociado sin publicidad y
tramitación ordinaria, por tipo de licitación máxima de 199.000,00 euros (IVA excluido),
La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Aprobar el inicio de expediente para la adjudicación del contrato de obras de
renovación del sistema de césped artificial de los campos de fútbol 11 y fútbol 7,
mediante procedimiento negociado sin publicidad por tipo de licitación máximo de
199.000,00 (IVA excluido).
Segundo: Publicar el anuncio de licitación en el perfil del contratante del Ayuntamiento
de Muskiz.
Tercero: Devuélvase el expediente completo al departamento de origen.
APROBACIÓN, SI PROCEDE, DE FACTURAS Y GASTOS.
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Se acuerda aprobar la relación de facturas 2016/000017, que consta de 22 páginas
formadas por 70 facturas y por importe total de 259.893,69 €.
Fuera del orden del día y previa declaración de urgencia, se adoptaron los siguientes
acuerdos:
APROBACIÓN, SI PROCEDE, DE INICIO EXPEDIENTE CONTRATACIÓN DEL
SERVICIO INTEGRAL DE RECOGIDA Y CUSTODIA DE ANIMALES
DOMÉSTICOS DEL MUNICIPIO DE MUSKIZ.
Dada cuenta de la necesidad de contratar el servicio integral de recogida y custodia de
animales domésticos del municipio de Muskiz, y
Visto el pliego de cláusulas-administrativas particulares elaborado al efecto por el que
se establece como procedimiento de adjudicación el negociado sin publicidad y
tramitación ordinaria, por tipo de licitación máxima de 8.677,69 euros (IVA excluido),
La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Aprobar el inicio de expediente para la adjudicación del contrato de servicio
integral de recogida y custodia de animales domésticos del municipio de Muskiz,
mediante procedimiento negociado sin publicidad por tipo de licitación máximo de
8.677,69 (IVA excluido).
Segundo: Publicar el anuncio de licitación en el perfil del contratante del Ayuntamiento
de Muskiz.
Tercero: Devuélvase el expediente completo al departamento de origen.
Y no habiendo más asuntos que tratar, el señor Presidente dio por terminada la
sesión, a las once horas y treinta minutos, extendiéndose la presente acta, de que yo,
la Secretaria, certifico.
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ACTA Nº 20
AYUNTAMIENTO DE MUSKIZ
En Muskiz, a treinta de mayo de dos mil dieciséis, siendo las diez horas de la
mañana, se reunió la Junta de Gobierno Local, bajo la presidencia del señor Alcalde,
don Borja Liaño Abarrategi, y con asistencia de los señores Tenientes de Alcalde, don
Eduardo Briones Lerchundi, don Rufino Manterola Lejarza, don Unai Landaburu Izar de
La Fuente y don Gonzalo Riancho Ocejo, para celebrar sesión ordinaria, en primera
convocatoria, y con asistencia de la señora Secretaria General, doña Itxaso Apraiz
Yáñez y el señor Interventor don Mario Lanbarri Martín.
LECTURA Y APROBACIÓN, SI PROCEDE, DEL ACTA DE LA SESIÓN ANTERIOR.
Declarado abierto el acto por el señor Presidente, de su orden se dio lectura al acta de
la sesión anterior celebrada el día 23 de mayo, que fue aprobada por unanimidad.
PETICIÓN DE TRASPASO DE TERRENO COMUNAL EN EL ENCINAR.
Dada cuenta del escrito presentado, mediante el que solicita autorización para proceder
al traspaso del aprovechamiento del terreno comunal sito en El Encinar,
correspondiente a la parcela 479 subparcela a) del polígono 2, y
Visto el informe favorable emitido por el Técnico de Administración Especial, en el que
se expone que:
"Informo que procede adoptar acuerdo por la Junta de Gobierno Local con el siguiente
contenido:
(…) Autorizar el traspaso del aprovechamiento del terreno comunal sito en El Encinar,
correspondiente a la parcela 479 subparcela a) del polígono 2.
La Junta de Gobierno Local por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Autorizar el traspaso del aprovechamiento del terreno comunal sito en El
Encinar, correspondiente a la parcela 479 subparcela a) del polígono 2.
Segundo: Dese traslado al departamento de Intervención - Tesorería a los efectos
oportunos.
Tercero: Notifíquese a los/as interesados/as con expresión de los recursos a que
hubiera lugar.
DESIGNACIÓN DE FIESTA LOCAL 2017.
Dada cuenta del escrito remitido por el Departamento de Empleo y Políticas Sociales del
Gobierno Vasco y en virtud de lo dispuesto en el artículo 2.2 del Decreto 71/2016, de
10 de mayo, por el que se aprueba el calendario oficial de fiestas laborales de la
Comunidad Autónoma de Euskadi para el año 2017,
La Junta de Gobierno Local por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Proponer, el día 24 de junio de 2017, San Juan, como fiesta local del municipio
de Muskiz.
1
Segundo: Notificar la presente a la Delegación Territorial de Bizkaia del Gobierno Vasco.
APROBACIÓN, SI PROCEDE, DE LA 6ª CERTIFICACIÓN DEL SUMINISTRO E
INSTALACIÓN DE MOBILIARIO URBANO EN EL PASEO ITXASLUR.
Dada cuenta de la certificación nº 6 correspondiente al suministro e instalación de
mobiliario urbano en el paseo Itxaslur, presentada por Ambytecno, S.A., por importe de
8.349,01 € (IVA incluido), y
Visto el informe favorable emitido por el Aparejador Municipal, de fecha 26 de mayo de
2016
La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Prestarle total aprobación.
Segundo: Notifíquese el presente acuerdo al interesado, con expresión de los recursos a
que hubiera lugar.
APROBACIÓN, SI PROCEDE, DE LA 7ª CERTIFICACIÓN - LIQUIDACIÓN DE
LAS OBRAS DE REURBANIZACIÓN DE LA PLAZA DE KOBARON.
Dada cuenta de la certificación nº 7 - liquidación correspondiente a las obras de
reurbanización de la plaza de Kobaron, presentada por UTE KOBARON (Siecsa
Construcción y Servicios, S.A. y Excavaciones Gabika, S.L. Unión Temporal de
Empresas), por importe de 48.876,05 € (IVA incluido), y
Visto el informe favorable emitido por el Aparejador Municipal, de fecha 26 de mayo de
2016
La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Prestarle total aprobación.
Segundo: Notifíquese el presente acuerdo al interesado, con expresión de los recursos a
que hubiera lugar.
REQUERIMIENTO DE DOCUMENTACIÓN A URBASER, S.A. EN EXPEDIENTE DE
ADJUDICACIÓN DEL SERVICIO DE MANTENIMIENTO DE NUEVAS ZONAS
VERDES Y CAMINOS.
Habiéndose tramitado la licitación para la adjudicación del servicio de mantenimiento de
nuevas zonas verdes y caminos, mediante procedimiento negociado sin publicidad ,
según lo dispuesto para este tipo de procedimiento en el Real Decreto Legislativo
3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de
Contratos del Sector Público, y
Visto que por la empresa URBASER, S.A., se ha presentado la oferta económicamente
más ventajosa que asciende a un importe total IVA EXCLUIDO de 46.611,57 €,
Visto el artículo 151.2 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el
que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, en virtud
del cual se establece que el órgano de contratación requerirá al licitador que haya
presentado la oferta económicamente más ventajosa para que dentro del plazo de diez
días hábiles, a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el
requerimiento, presente la documentación justificativa de hallarse al corriente en el
cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social o autorice al
órgano de contratación para obtener de forma directa la acreditación de ello, de
disponer efectivamente de los medios que se hubiese comprometido a dedicar o
adscribir a la ejecución del contrato conforme al artículo 64.2 del Texto Refundido de la
2
Ley de Contratos del Sector Público, y de haber constituido la garantía definitiva que
sea procedente, y
Visto el artículo 146.4 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el
que se establece que el licitador a cuyo favor recaiga la propuesta de adjudicación,
deberá acreditar ante el órgano de contratación, previamente a la adjudicación del
contrato, la posesión y validez de los documentos exigidos en el pliego de contratación,
sobre los que realizó declaración responsable y en concreto, los siguientes:
a) Los que acrediten la personalidad jurídica del empresario y, en su caso, su
representación.
b) Los que acrediten la clasificación de la empresa, en su caso, o justifiquen los
requisitos de su solvencia económica, financiera y técnica o profesional, presentando
los certificados acreditativos correspondientes previstos en la carátula del pliego de
contratación.
c) Una declaración responsable de no estar incurso en prohibición de contratar.
d) Para las empresas extranjeras, en los casos en que el contrato vaya a ejecutarse en
España, la declaración de someterse a la jurisdicción de los juzgados y tribunales
españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o
indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional
extranjero que pudiera corresponder al licitante.
La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Requerir a URBASER, S.A. a que dentro del plazo de diez días hábiles, a contar
desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento, presente la
documentación justificativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus
obligaciones tributarias y con la Seguridad Social o autorice al órgano de contratación
para obtener de forma directa la acreditación de ello, de disponer efectivamente de los
medios que se hubiese comprometido a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato
conforme al artículo 64.2 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público,
y de haber constituido la garantía definitiva que sea procedente, así como la
acreditación de la documentación referida en el anteriormente citado artículo 146
apartado cuarto del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre exigida en el
pliego de contratación que rige la licitación y sobre la que el licitador cuya oferta ha
resultado la más ventajosa realizó declaración responsable.
De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se
entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose en ese caso a recabar la
misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado
clasificadas las ofertas.
Segundo: Dese traslado al Departamento de Tesorería, a fin de que informe sobre el
cumplimiento de lo dispuesto en el apartado anterior.
Tercero: Dese traslado al Departamento de Contratación, a fin de que informe sobre el
cumplimiento de lo dispuesto en el apartado primero y en concreto, de la presentación
por el adjudicatario de la documentación prevista en el artículo 146.4 del Real Decreto
Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre.
APROBACIÓN, SI PROCEDE, DE FACTURAS Y GASTOS.
Se acuerda aprobar la relación de facturas 2016/000018, que consta de 11 páginas
formadas por 43 facturas y por importe total de 120.214,98 €.
Gastos:
3
Gabinete Técnico Euken Alonso. Trabajos de levantamiento planimétrico, registro
tridimensional del cargadero en El Castillo (Kobaron)
7.744,00
Fuera del orden del día y previa declaración de urgencia, se adoptaron los siguientes
acuerdos:
PETICIÓN DE LICENCIA DE OBRA PARA AMPLIACIÓN DE NAVE GANADERA.
Dada cuenta del expediente tramitado, en solicitud de licencia municipal de obra de
ampliación de nave ganadera en la parcela 127 del polígono 7, al sitio de Llanito,
adjuntando proyecto visado, visto el informe técnico favorable emitido por el
Arquitecto Municipal, de fecha 22 de mayo de 2016, en el que se expone que:
" (…) DOCUMENTACIÓN PRESENTADA:
Proyecto de ejecución redactado por ingeniero agrónomo, visado por el Colegio Oficial
de Ingenieros de Aragón, Navarra y País Vasco.
EMPLAZAMIENTO:
Parcela 127. Polígono 7, al sitio de Llanito
ZONIFICACIÓN SEGÚN PLANEAMIENTO VIGENTE:
NN.SS: Suelo NO Urbanizable de Interés Forestal.
Plan Territorial Parcial Bilbao Metropolitano: Suelo No Urbanizable de Protección
Agroganadera y Campiña.
(…).
1.- En enero del 2015 la propiedad dio entrada en el Ayuntamiento a un Proyecto
Básico de Ampliación de nave ganadera, en la parcela 127. Polígono 7, el cual fue
informado por esta oficina el 21 de enero en los siguientes términos:
El edificio se sitúa dentro de la delimitación de Suelo No Urbanizable, Zona de
Protección Agroganadera y Campiña.
Las actuaciones sobre edificios existentes contenidos en esta delimitación de SNU
quedan reguladas en todos sus extremos por los art. 170, art. 59 y art. 67 (Modificación
Puntual aprobada definitivamente en mayo de 1.995) permitiéndose en los edificios con
usos compatibles a los establecidos en las NN.SS obras de reforma, consolidación y
ampliaciones que no superen el 25% de su superficie construida.
El promotor desarrolla una actividad ganadera, consistente en la producción de leche de
ovino a partir de un rebaño de 55 cabezas y en la producción de huevos mediante
1.200 gallinas. De acuerdo a la documentación aportada se trata básicamente de
construir una nave ganadera de 20x10 m adosada a las instalaciones existentes.
El total ocupado en la actualidad por las instalaciones ganaderas es de una superficie
de 445,98 m2. Con las obras proyectadas la superficie se incrementa en 200,00 m2 y
permitirá aumentar el número de gallinas hasta las 2.500 unidades.
Se justifican y cumplen las condiciones de ordenación y parámetros urbanísticos de
aplicación que se resumen a continuación:
Art. 170
Sup. Parcela
Edificabilidad
proyectada
Normas
>10.00 m2
<0,05 m2/m2
4
Existente
Proyecto
24.091,00 m2
Ampliación
Ocupación
proyectada
Distancias a.
Edificación Residencial
Linderos, curso de agua, etc
Art. 59
Forma
Cumbrera
Pendiente cubierta
Altura cumbrera
Distancia a suelo urbano
o urbanizable
445,98 m2
200,00 m2
Total: 645,98 m2
0,0268 m2/m2
Existente
Ampliación
<5,00 %
445,98m2
200,00 m2
Total: 645,98 m2
2,76%
50m
25m
>50m
>25 m
Normas
Rectancular/cuadrada
Dos aguas
25%30%
Máximo 5,00 m
Proyecto
Rectangular
Dos aguas
25%
4,49m
Mínimo 250m
>250m
PROPUESTA DE INFORME URBANÍSTICO: Favorable
La concesión de la licencia municipal de obra quedará condicionada a:
La previa concesión de Licencia de Actividad a la ampliación de la explotación, o en su
caso, la acreditación de que la explotación y su ampliación se ajustan a los planes y
normas del Dep. de Agricultura de la D.F.B.
La presentación del capítulo y presupuesto de gestión de residuos de la obra.
Las obras no podrán comenzarse hasta
correspondiente Proyecto de Ejecución, visado.
la presentación
y
aprobación del
2.- Examinada la documentación aportada, se comprueba que el Proyecto de Ejecución
se ajusta a los parámetros urbanísticos definidos en el Proyecto Básico.
CONCLUSIÓN DEL INFORME URBANÍSTICO:
Informar FAVORABLEMENTE el Proyecto de Ejecución de Ampliación de nave ganadera,
en la Parcela 127. Polígono 7.
PRESUPUESTO DE EJECUCIÓN MATERIAL (PEM Proyecto Ejecución): 44.521,59 euros.
FIANZA GESTIÓN RESIDUOS / Art. 5 Decreto 112/2012. (120% PEM.GR): 481,53
euros.
PLAZO DE EJECUCIÓN: 6 meses para el comienzo. 24 meses para su finalización."
La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Conceder la licencia solicitada, con abono de los derechos municipales sobre
un presupuesto de 44.521,59€, debiendo cumplir las condiciones generales que se
adjuntan. El plazo para el comienzo de las obras es de 6 meses y el de ejecución de 24
meses una vez comenzadas las obras. Se cumplirá en todo momento con las medidas
de seguridad y salud en el trabajo, implantando las medidas necesarias para impedir
daños a terceros, de acuerdo con el RD 486/1997. Se cumplirá en todo momento el D
112/2012 Gestión de residuos de construcción y demolición. Se establece como fianza
de gestión de residuos el importe de 481,53 euros (120% PEM G.R.).
Segundo: Dar traslado al Departamento de Tesorería.
Tercero: Devuélvase, una vez cumplimentado, el expediente completo al departamento
de Urbanismo
5
Una copia de la presente licencia deberá fijarse en un lugar visible de la obra, a efectos
de que por los servicios municipales se lleve a cabo la inspección urbanística
correspondiente de manera efectiva. Todo ello sin perjuicio de que por el titular de la
obra y a requerimiento de las autoridades municipales se deba mostrar el original de la
misma.
Cuarto: Notificar la presente al interesado.
Y no habiendo más asuntos que tratar, el señor Presidente dio por terminada la
sesión, a las once horas y treinta minutos, extendiéndose la presente acta, de que yo,
la Secretaria, certifico.
6
ACTA Nº 21
AYUNTAMIENTO DE MUSKIZ
En Muskiz, a trece de junio de dos mil dieciséis, siendo las diez horas de la
mañana, se reunió la Junta de Gobierno Local, bajo la presidencia del señor Alcalde,
don Borja Liaño Abarrategi, y con asistencia de los señores Tenientes de Alcalde, don
Eduardo Briones Lerchundi, don Rufino Manterola Lejarza, y don Unai Landaburu Izar
de La Fuente, para celebrar sesión ordinaria, en primera convocatoria, y con asistencia
de la señora Secretaria General, doña Itxaso Apraiz Yáñez y el señor Interventor don
Mario Lanbarri Martín.
LECTURA Y APROBACIÓN, SI PROCEDE, DEL ACTA DE LA SESIÓN ANTERIOR.
Declarado abierto el acto por el señor Presidente, de su orden se dio lectura al acta de
la sesión anterior celebrada el día 30 de mayo, que fue aprobada por unanimidad.
PETICIÓN DE AUTORIZACIÓN DE TRASPASO
COLOCACIÓN DE MESAS Y SILLAS DEL BAR GATIKA.
DE
LICENCIA
PARA
Dada cuenta de la instancia presentada, mediante la que solicita se autorice el
traspaso de la licencia para la colocación de mesas y sillas que tiene concedido para
el establecimiento Bar Gatika, a favor del nuevo titular, que presenta su conformidad
firmando la instancia, y
Visto el informe favorable emitido por el Técnico de Administración Especial, de fecha 6
de junio de 2016,
La Junta de Gobierno Local por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Autorizar el traspaso de la licencia que tiene concedida la colocación de
mesas y sillas junto al Bar Gatika, a favor del nuevo titular del mismo, en las mismas
condiciones en las que fue concedida.
Segundo: Dese traslado al área de tesorería a los efectos oportunos.
Tercero: Notifíquese a los/as interesados/as con expresión de los recursos a que
hubiera lugar.
PETICIÓN DE LA ASOCIACIÓN ESPAÑOLA CONTRA EL CÁNCER, DE
AUTORIZACIÓN DE CELEBRACIÓN DE LA CAMPAÑA DE PREVENCIÓN DEL
CÁNCER DE PIEL 2016.
Dada cuenta de la instancia presentada por don José Ramón Bustillo Sáenz, en nombre
y representación de la Asociación Española Contra el Cáncer (AECC), mediante la que
solicita autorización para la instalación de una furgoneta informativa cuyas medidas son
de 6 x 2,20 metros sin abrir, más dos metros de voladizo abierta en la playa de La
Arena, el próximo 25 de junio de 2016 entre las 11:00 y las 14:00 horas, a fin de llevar
a cabo la Campaña de Prevención del Cáncer de Piel 2015,
Visto el informe favorable de fecha 6 de junio de 2016 emitido por el Técnico Asesor de
Medio Ambiente, en el que se expone que:
"Con fecha 30 de mayo de 2016 y número de registro de entrada 1227, se reciba
escrito por parte de Asociación Española Contra el Cáncer, en el que se solicita
autorización para la realización de una campaña de concienciación a la población de la
importancia de exponerse al sol de una forma adecuada, evitando riesgos. Para ello se
solicita la colocación de una furgoneta informativa cuyas medidas son de 6x2,20m más
2m de voladizo en el aparcamiento de la playa (plano adjunto) el día 25 de junio de
1
2016 en el horario de 11 a 14 horas. Por ello y respetándose los requisitos de calidad y
ambientales que se les facilite en base al Sistema Integrado de Calidad y Ambiental
UNE-EN-ISO 14001 y 9001, se PROPONE a la Junta de Gobierno autorizar tal evento."
La Junta de Gobierno Local por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Autorizar a la Asociación Española Contra El Cáncer (AECC) la instalación de
una furgoneta informativa cuyas medidas son de 6 x 2,20 metros sin abrir, más dos
metros de voladizo abierta en la playa de La Arena, el próximo 25 de junio de 2016,
para la celebración la Campaña de Prevención del Cáncer de Piel 2015, en lo que a la
competencia municipal se refiere, debiendo cumplir los requisitos de calidad y
ambientales que se adjuntan, en base al Sistema Integrado de Calidad y Ambiental
UNE-EN-ISO 14001 y 9001
Segundo: Dese traslado a la Policía Local a los efectos oportunos
Tercero: Notifíquese al interesado con expresión de los recursos a que hubiera lugar.
APROBACIÓN, SI PROCEDE, DE ADQUISICIÓN ONEROSA DE FINCA SITA EN
LA MAGDALENA.
Dada cuenta del expediente tramitado para la adquisición onerosa de finca sita en La
Magdalena nº 10, con el objeto de ampliación y desarrollo de las instalaciones
educativas en el C.P. Cantarrana y,
Vista la valoración pericial realizada que fija el valor de la adquisición en 443.000 euros,
cumpliéndose el requisito formal previo exigido en el artículo 11 del Reglamento de
Bienes de las Entidades Locales.
Visto el informe emitido por el Técnico de Administración Especial sobre el
procedimiento a seguir y la competencia de la Junta de Gobierno Local para adoptar el
acuerdo de adquisición, al amparo de lo dispuesto en la Disposición Adicional 2ª del
Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto
Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, y Decreto de Alcaldía de fecha 17
de junio de 2011.
Visto el informe emitido por el arquitecto municipal, en virtud del cual se acredita que la
parcela a adquirir se ubica dentro de la delimitación del Sistema General Docente y se
considera razonable la valoración que consta en el expediente.
Visto el escrito presentado por los titulares de la parcela, mediante el que aceptan el
precio de la compraventa y proponen condiciones adicionales, y
Vista la propuesta de resolución elevada por el Técnico de Administración Especial de
fecha 1 de junio de 2016,
La Junta de Gobierno Local por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Adquirir mediante compraventa la finca sita en La Magdalena, 10, de una
superficie de 578 m2, con la vivienda que en ella se encuentra.
Segundo: El precio de la compraventa asciende a la cantidad de 443.000 euros,
cantidad que se abonará en el momento del otorgamiento de la escritura pública de
compraventa.
Tercero: Se establece un plazo máximo de 6 meses para poner a disposición del
Ayuntamiento el citado inmueble, al objeto de que los vendedores puedan trasladarse a
2
otro domicilio, sin perjuicio de que estos puedan adelantar la entrega del inmueble con
anterioridad.
Cuarto: Autorizar el gasto y disponer el pago de 443.000 euros, a favor de los
vendedores, a fin de abonar el precio de compra de la citada parcela.
Quinto: La finca se adquiere en su estado actual, libre de todo tipo de arrendamientos,
cargas y ocupantes y al corriente del pago de todo tipo de gastos e impuestos.
Sexto: Todos los gastos e impuestos que se originen, deriven o devenguen por la
formalización del presente acuerdo se abonarán por las partes como legalmente
corresponda.
Séptimo: Facultar al Sr. Alcalde para suscribir cuantos documentos públicos o privados
fuera necesario para la eficacia y ejecución del presente acuerdo.
Octavo: Dese traslado al departamento de Intervención/Tesorería a los efectos
oportunos.
PETICIÓN DE AUTORIZACIÓN DE TRASPASO DE APROVECHAMIENTO DE
TERRENOS COMUNALES EN EL POLÍGONO 10.
Dada cuenta del escrito presentado, mediante el que solicita autorización para proceder
al traspaso a favor de su sobrino del aprovechamiento del terreno comunal sito en
Carrascal, correspondiente a las parcelas 119 subparcela k) y 113 subparcelas a) y b)
del polígono
10, y
Visto el informe favorable emitido por el Técnico de Administración Especial de fecha 25
de mayo de 2016,
La Junta de Gobierno Local por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Autorizar el traspaso del aprovechamiento del terreno comunal sito en
Carrascal, correspondiente a las parcelas 119 subparcela k) y 113 subparcelas a) y b)
del polígono 10, a favor de su sobrino, al estar empadronado en el municipio, con la
antigüedad suficiente.
Segundo: Dese traslado al departamento municipal de Intervención/Tesorería a los
efectos oportunos.
Tercero: Notifíquese a los/as interesados/as con expresión de los recursos a que
hubiera lugar.
PETICIÓN DE AUTORIZACIÓN DE TRASPASO DE APROVECHAMIENTO DE
TERRENOS COMUNALES EN EL POLÍGONO 6.
Dada cuenta del escrito presentado, mediante el que solicita autorización para proceder
al traspaso a su favor, del aprovechamiento del terreno comunal sito en Los Vahos,
correspondiente a las subparcelas g), h), i), j), k), m), n), ñ) y q) de la parcela 175 del
polígono 6, y
3
Visto el informe favorable emitido por el Técnico de Administración Especial, de fecha 7
de junio de 2016,
La Junta de Gobierno Local por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Autorizar el traspaso del aprovechamiento del terreno comunal sito en Los
Vahos, correspondiente a las subparcelas g), h), i), j), k), m), n), ñ) y q) de la parcela
175 del polígono 6, al estar empadronados en el municipio, con la antigüedad
suficiente.
Segundo: Dese traslado al departamento municipal de Intervención/Tesorería a los
efectos oportunos.
Tercero: Notifíquese a los/as interesados/as con expresión de los recursos a que
hubiera lugar.
ADJUDICACIÓN, SI PROCEDE, DE OBRAS DE EJECUCIÓN DE MURETE EN
TALUD TRASERA DE AUTONOMÍA.
En base a lo dispuesto en los artículos 111 y 138.3 del Texto Refundido de la Ley de
Contratos del Sector Público regulado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de
noviembre, referente a los contratos menores, y visto el informe emitido por el
Aparejador Municipal de fecha 3 de junio de 2016,
La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Adjudicar el contrato de obras de ejecución de murete en talud trasera de
Autonomía a la empresa Taller Gallarreta por un precio de 5.868,00 € IVA EXCLUIDO.
Segundo: La duración del presente contrato no podrá exceder de un año sin que pueda
ser objeto de prórroga alguna o de revisión de precios.
Tercero Dese traslado al Responsable de Prevención de Riesgos Laborales, así como al
Departamento de Contabilidad, a los efectos oportunos.
Cuarto: Notifíquese el presente acuerdo al adjudicatario con indicación de que con
carácter previo al comienzo de los trabajos, deberá cumplimentarse la comunicación de
apertura del centro de trabajo debiendo exponerse en la obra en lugar visible y
manteniéndose permanentemente actualizada en el caso de que se produzcan cambios
no identificados inicialmente.
APROBACIÓN, SI PROCEDE, DE LA 3ª CERTIFICACIÓN - LIQUIDACIÓN DE
LAS OBRAS DE SANEAMIENTO DEL BARRIO VILLANUEVA, 2ª FASE.
Dada cuenta de la certificación nº 3 - liquidación correspondiente a las obras
saneamiento del barrio Villanueva, 2ª fase, presentada por Asfaltados y Construcciones
Morga, S.L., por importe de 5.671,22 € (IVA incluido), y
Visto el informe favorable emitido por el Aparejador Municipal, de fecha 3 de junio de
2016
La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Prestarle total aprobación.
Segundo: Notifíquese el presente acuerdo al interesado, con expresión de los recursos a
que hubiera lugar.
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ADJUDICACIÓN, SI PROCEDE, DEL SERVICIO DE REDACCIÓN DEL PROYECTO
BÁSICO DE LAS INSTALACIONES DEL POLIDEPORTIVO.
En base a lo dispuesto en los artículos 111 y 138.3 del Texto Refundido de la Ley de
Contratos del Sector Público regulado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de
noviembre, referente a los contratos menores, y visto el informe emitido por el
Aparejador Municipal de fecha 3 de junio de 2016,
La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Adjudicar el contrato de servicio de redacción del proyecto básico de las
instalaciones del polideportivo a la empresa González Cavia y Cabrera Arquitectura,
Urbanismo y Paisaje, S.L.P. por un precio de 17.425,00 € IVA EXCLUIDO.
Segundo: La duración del presente contrato no podrá exceder de un año sin que pueda
ser objeto de prórroga alguna o de revisión de precios.
Tercero Dese traslado al Responsable de Prevención de Riesgos Laborales, así como al
Departamento de Contabilidad, a los efectos oportunos.
Cuarto: Notificar la presente al adjudicatario.
PETICIÓN DE ERAUNTSI SURF TALDEA, DE AUTORIZACIÓN DE IMPARTICIÓN
DE CURSOS DE SURF EN LA PLAYA DE LA ARENA.
Dada cuenta de la instancia presentada por la asociación Erauntsi Surf Taldea con
número de entrada en el Registro General Municipal 1243 de fecha 2 de junio de 2016,
mediante la que solicita autorización para la impartición de cursos de surf en la playa de
La Arena, T.M. Muskiz durante los meses de junio, julio, agosto y septiembre de 2016,
y
Visto el informe favorable de fecha 7 de junio de 2016 emitido por el Técnico Asesor de
Medio Ambiente, en el que se expone que:
"Visto el escrito recibido en este Ayuntamiento el 2 de junio de 2016 con Nº Registro de
entrada 1243, por el que la asociación Erauntsi Surf Taldea solicita permiso para la
impartición de cursos de surf en la playa de La Arena T.M. Muskiz durante los meses de
junio, julio, agosto y septiembre del presente año, se PROPONE a la Junta de Gobierno
Local autorice tal actividad, con el cumplimiento de los requisitos remitidos de Calidad y
Ambientales según Sistema Integrado de Gestión de Calidad y Medio Ambiente normas
ISO-9001-14001."
La Junta de Gobierno Local por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Autorizar a la asociación Erauntsi Surf Taldea la impartición de cursos de surf
en la playa de La Arena, T.M. Muskiz durante los meses de junio, julio, agosto y
septiembre de 2016, en lo que a la competencia municipal se refiere, debiendo cumplir
los requisitos que se adjuntan de Calidad y Ambientales según Sistema Integrado de
Gestión de Calidad y Medio Ambiente normas ISO-9001-14001.
Segundo: Dese traslado a la Policía Local a los efectos oportunos
Tercero: Notifíquese al interesado con expresión de los recursos a que hubiera lugar.
PETICIÓN DE LA ASOCIACIÓN ANIMALISTA BERE AHOTSA DE
AUTORIZACIÓN DE INSTALACIÓN DE STAND EN LA VÍA PÚBLICA EL 25 DE
JUNIO DE 2016.
Dada cuenta de la instancia presentada por la Asociación Animalista Bere Ahotsa, con
entrada en el registro general municipal número 1270 de fecha 3 de junio de 2016,
5
mediante la que solicitan autorización para la instalación de un stand en la vía pública a
fin de llevar a cabo un mercadillo solidario el día 25 de junio de 2016, y
Visto el informe emitido por el jefe de la policía local, de fecha 6 de junio de 2.016.
La Junta de Gobierno Local por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Denegar a la Asociación Animalista Bere Ahotsa la autorización para
instalación en la vía pública de un stand el día 25 de junio de 2016 al celebrarse en la
citada fecha las fiestas patronales a fin de no interferir en el normal desarrollo de las
mismas.
Segundo: Comunicar a los solicitantes que la citada actividad se podrá celebrar en
cualquier otra fecha no incluida dentro de las fiestas patronales, para lo cual deberán
presentar nueva solicitud.
Tercero: Notifíquese al interesado con expresión de los recursos a que hubiera lugar.
PETICIÓN DE AUTORIZACIÓN DE CORTE DE CARRETERA EN LA ZONA DE
LA IKASTOLA.
Dada cuenta de la instancia presentada en representación de Muskizko Gazte
Asanblada, con entrada en el registro general municipal número 1291 de fecha 7 de
junio de 2016, mediante la que solicitan autorización para realizar un corte de
carretera desde la zona de la Ikastola hasta la rotonda del boulevard y desde ahí
hasta el parking de la Ertzantza el 21 de junio de 2016, a fin de celebrar una "bajada
animada", y
Visto el informe desfavorable emitido por el jefe de la policía local, de fecha 8 de junio
de 2.016, en el que se expone que:
"(…) No se autorice, dado que además de que dicho evento no se contempla en el
programa de fiestas, el citado corte produciría una fuerte ralentización en el tráfico
rodado. Así mismo, para el acceso al parking de la Ertzantza deberían ocupar la
carretera nacional N-634, vía en la cual el Ayuntamiento de Muskiz no tiene
competencia."
La Junta de Gobierno Local por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Denegar el corte de carretera solicitado, por los motivos expuestos en el
informe del Jefe de la Policía Local antes citado.
Segundo: Notifíquese al interesado con expresión de los recursos a que hubiera lugar.
APROBACIÓN, SI PROCEDE, DE INICIO DE EXPEDIENTE DE CONTRATACIÓN
DE LAS OBRAS DE CANALIZACIÓN DE AGUA EN LA CAMPA.
Dada cuenta de la necesidad de contratar las obras de canalización de agua en La
Campa puesta de manifiesto por el Departamento de Urbanismo, y
Visto el pliego de cláusulas-administrativas particulares elaborado al efecto por el que
se establece como procedimiento de adjudicación el negociado sin publicidad y
tramitación ordinaria, por tipo de licitación máxima de 101.843,12 euros (IVA excluido),
La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Aprobar el inicio de expediente para la adjudicación del contrato de obras de
canalización de agua en La Campa, mediante procedimiento negociado sin publicidad
por tipo de licitación máximo de 101.843,12 (IVA excluido).
6
Segundo: Publicar el anuncio de licitación en el perfil del contratante del Ayuntamiento
de Muskiz.
Tercero: Devuélvase el expediente completo al departamento de origen.
REQUERIMIENTO DE DOCUMENTACIÓN A CONSTRUCCIONES LA RIGADA,
S.L., EN EXPEDIENTE DE ADJUDICACIÓN DE LAS OBRAS DE
REHABILITACIÓN DEL CAMINO AL ARENAO.
Habiéndose tramitado la licitación para la adjudicación del contrato de obras de
rehabilitación del Camino al Arenao, mediante procedimiento negociado sin publicidad,
según lo dispuesto para este tipo de procedimiento en el Real Decreto Legislativo
3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de
Contratos del Sector Público, y
Visto que por la empresa Construcciones La Rigada, se ha presentado la oferta
económicamente más ventajosa que asciende a un importe total IVA EXCLUIDO de
50.881,21 €,
Visto el artículo 151.2 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el
que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, en virtud
del cual se establece que el órgano de contratación requerirá al licitador que haya
presentado la oferta económicamente más ventajosa para que dentro del plazo de diez
días hábiles, a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el
requerimiento, presente la documentación justificativa de hallarse al corriente en el
cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social o autorice al
órgano de contratación para obtener de forma directa la acreditación de ello, de
disponer efectivamente de los medios que se hubiese comprometido a dedicar o
adscribir a la ejecución del contrato conforme al artículo 64.2 del Texto Refundido de la
Ley de Contratos del Sector Público, y de haber constituido la garantía definitiva que
sea procedente, y
Visto el artículo 146.4 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el
que se establece que el licitador a cuyo favor recaiga la propuesta de adjudicación,
deberá acreditar ante el órgano de contratación, previamente a la adjudicación del
contrato, la posesión y validez de los documentos exigidos en el pliego de contratación,
sobre los que realizó declaración responsable y en concreto, los siguientes:
a) Los que acrediten la personalidad jurídica del empresario y, en su caso, su
representación.
b) Los que acrediten la clasificación de la empresa, en su caso, o justifiquen los
requisitos de su solvencia económica, financiera y técnica o profesional, presentando
los certificados acreditativos correspondientes previstos en la carátula del pliego de
contratación.
c) Una declaración responsable de no estar incurso en prohibición de contratar.
d) Para las empresas extranjeras, en los casos en que el contrato vaya a ejecutarse en
España, la declaración de someterse a la jurisdicción de los juzgados y tribunales
españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o
indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional
extranjero que pudiera corresponder al licitante.
La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Requerir a Construcciones La Rigada, S.L. a que dentro del plazo de diez días
hábiles, a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento,
7
presente la documentación justificativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de
sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social o autorice al órgano de
contratación para obtener de forma directa la acreditación de ello, de disponer
efectivamente de los medios que se hubiese comprometido a dedicar o adscribir a la
ejecución del contrato conforme al artículo 64.2 del Texto Refundido de la Ley de
Contratos del Sector Público, y de haber constituido la garantía definitiva que sea
procedente, así como la acreditación de la documentación referida en el anteriormente
citado artículo 146 apartado cuarto del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de
noviembre exigida en el pliego de contratación que rige la licitación y sobre la que el
licitador cuya oferta ha resultado la más ventajosa realizó declaración responsable.
De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se
entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose en ese caso a recabar la
misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado
clasificadas las ofertas.
Segundo: Dese traslado al Departamento de Tesorería, a fin de que informe sobre el
cumplimiento de lo dispuesto en el apartado anterior.
Tercero: Dese traslado al Departamento de Contratación, a fin de que informe sobre el
cumplimiento de lo dispuesto en el apartado primero y en concreto, de la presentación
por el adjudicatario de la documentación prevista en el artículo 146.4 del Real Decreto
Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre.
REQUERIMIENTO DE DOCUMENTACIÓN A CONSAUDI OBRA CIVIL, S.L., EN
EXPEDIENTE DE CONTRATACIÓN DE LAS OBRAS DE REHABILITACIÓN DEL
CAMINO DE LA CASERÍA.
Habiéndose tramitado la licitación para la adjudicación del contrato de obras de
rehabilitación del Camino de La Casería, mediante procedimiento negociado sin
publicidad, según lo dispuesto para este tipo de procedimiento en el Real Decreto
Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la
Ley de Contratos del Sector Público, y
Visto que por la empresa Consaudi Obra Civil, S.L., se ha presentado la oferta
económicamente más ventajosa que asciende a un importe total IVA EXCLUIDO de
62.380,00 €,
Visto el artículo 151.2 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el
que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, en virtud
del cual se establece que el órgano de contratación requerirá al licitador que haya
presentado la oferta económicamente más ventajosa para que dentro del plazo de diez
días hábiles, a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el
requerimiento, presente la documentación justificativa de hallarse al corriente en el
cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social o autorice al
órgano de contratación para obtener de forma directa la acreditación de ello, de
disponer efectivamente de los medios que se hubiese comprometido a dedicar o
adscribir a la ejecución del contrato conforme al artículo 64.2 del Texto Refundido de la
Ley de Contratos del Sector Público, y de haber constituido la garantía definitiva que
sea procedente, y
Visto el artículo 146.4 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el
que se establece que el licitador a cuyo favor recaiga la propuesta de adjudicación,
deberá acreditar ante el órgano de contratación, previamente a la adjudicación del
contrato, la posesión y validez de los documentos exigidos en el pliego de contratación,
sobre los que realizó declaración responsable y en concreto, los siguientes:
8
a) Los que acrediten la personalidad jurídica del empresario y, en su caso, su
representación.
b) Los que acrediten la clasificación de la empresa, en su caso, o justifiquen los
requisitos de su solvencia económica, financiera y técnica o profesional, presentando
los certificados acreditativos correspondientes previstos en la carátula del pliego de
contratación.
c) Una declaración responsable de no estar incurso en prohibición de contratar.
d) Para las empresas extranjeras, en los casos en que el contrato vaya a ejecutarse en
España, la declaración de someterse a la jurisdicción de los juzgados y tribunales
españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o
indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional
extranjero que pudiera corresponder al licitante.
La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Requerir a Consaudi Obra Civil, S.L. a que dentro del plazo de diez días
hábiles, a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento,
presente la documentación justificativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de
sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social o autorice al órgano de
contratación para obtener de forma directa la acreditación de ello, de disponer
efectivamente de los medios que se hubiese comprometido a dedicar o adscribir a la
ejecución del contrato conforme al artículo 64.2 del Texto Refundido de la Ley de
Contratos del Sector Público, y de haber constituido la garantía definitiva que sea
procedente, así como la acreditación de la documentación referida en el anteriormente
citado artículo 146 apartado cuarto del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de
noviembre exigida en el pliego de contratación que rige la licitación y sobre la que el
licitador cuya oferta ha resultado la más ventajosa realizó declaración responsable.
De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se
entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose en ese caso a recabar la
misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado
clasificadas las ofertas.
Segundo: Dese traslado al Departamento de Tesorería, a fin de que informe sobre el
cumplimiento de lo dispuesto en el apartado anterior.
Tercero: Dese traslado al Departamento de Contratación, a fin de que informe sobre el
cumplimiento de lo dispuesto en el apartado primero y en concreto, de la presentación
por el adjudicatario de la documentación prevista en el artículo 146.4 del Real Decreto
Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre.
APROBACIÓN, SI PROCEDE, DE FACTURAS Y GASTOS.
Se acuerda aprobar la relación de facturas 2016/000019, que consta de 20 páginas
formadas por 71 facturas y por importe total de 376.351,90 €.
Gastos:
Pirotecnia Astondoa. Fuegos artificiales (fiestas de San Juan)
7.865,00 €
Gazteok Kulturlanak. Concierto Los Mojinos Escozios + Grupo Honat (fiestas de San
Juan)
24.700,00 €
Kalean Cultura y Ocio. Verbena Kresala (fiestas de San Juan)
Kalean Cultura y Ocio. Parque juvenil (fiestas de San Juan)
9
3.630,00 €
2.310,00 €
Kalean Cultura y Ocio. Verbena esmeralda (fiestas de San Juan)
9.922,00 €
Kalean Cultura y Ocio. Herri Kirola (fiestas de San Juan)
2.867,70 €
Kalean Cultura y Ocio. Suministro de escenario (fiestas de San Juan)
3.218,60 €
Bitxiak. Antorchas (fiestas de San Juan)
7.080,92 €
Fuera del orden del día y previa declaración de urgencia, se adoptaron los siguientes
acuerdos:
PETICIÓN DE AUTORIZACIÓN DE CELEBRACIÓN DE CONCIERTO FRENTE AL
BAR MANNEKEN PIS EL 25 DE JUNIO DE 2016.
Dada cuenta de la instancia presentada, en representación del Bar Manneken Pis, con
entrada en el Registro General Municipal número 1239 de fecha 1 de junio de 2016,
en petición de autorización para la celebración de un concierto de dos grupos
locales el próximo 25 de junio de 2016, frente al citado bar, en la zona denominada
"zona antigua báscula", entre las 19:00 y las 23:00 horas,
Visto el informe favorable emitido por la Policía Local de fecha 9 de junio de 2016, y
Visto el informe favorable emitido por el Director de Cultura, de fecha 7 de junio de
2016, en el que se expone que:
"La actividad se enmarca en las fechas y zona de las fiestas de San Juan.
Es un formato muy pequeño, en una zona de ensanchamiento de la acera.
La actividad terminaría a las 23h de un sábado.
(…) Propongo (…) Autorizar en representación de Bar Manneken Pis, para realizar un
concierto el 25 de junio de 19 a 23 h frente a su establecimiento (zona antigua
báscula), requiriéndole el cumplimiento de los siguientes requisitos:
El grupo musical y el público no deberán invadir la calzada, pudiendo ocupar las aceras
en el entorno del bar.
El solicitante deberá sujetarse estrictamente a los horarios solicitados, especialmente en
lo que se refiere a la hora de finalización de la música."
La Junta de Gobierno Local por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Autorizar la celebración de un concierto frente al Bar Manneken Pis, en la
denominada "zona antigua báscula" el próximo 25 de junio de 2016 entre las 19:00
y las 23:00 horas. Debiendo cumplir los requisitos señalados en el informe del Director
de Cultura antes citado.
Segundo: Dese traslado a la Policía Local para su conocimiento y efectos oportunos.
Tercero: Notifíquese al interesado con expresión de los recursos a que hubiera lugar.
Y no habiendo más asuntos que tratar, el señor Presidente dio por terminada la
sesión, a las once horas y treinta minutos, extendiéndose la presente acta, de que yo,
la Secretaria, certifico.
10
ACTA Nº 22
AYUNTAMIENTO DE MUSKIZ
En Muskiz, a veinte de junio de dos mil dieciséis, siendo las diez horas de la
mañana, se reunió la Junta de Gobierno Local, bajo la presidencia del señor Alcalde,
don Borja Liaño Abarrategi, y con asistencia de los señores Tenientes de Alcalde, don
Rufino Manterola Lejarza y don Unai Landaburu Izar de La Fuente, para celebrar sesión
ordinaria, en primera convocatoria, y con asistencia de la señora Secretaria General,
doña Itxaso Apraiz Yáñez y el señor Interventor don Mario Lanbarri Martín.
LECTURA Y APROBACIÓN, SI PROCEDE, DEL ACTA DE LA SESIÓN ANTERIOR.
Declarado abierto el acto por el señor Presidente, de su orden se dio lectura al acta de
la sesión anterior celebrada el día trece de junio, que fue aprobada por unanimidad.
PETICIÓN DE LA ASOCIACIÓN ANIMALISTA A.C.M.A. DE AUTORIZACIÓN DE
INSTALACIÓN DE PUESTO EN POBEÑA EL 10 DE JULIO PARA RECAUDACIÓN
DE FONDOS.
Dada cuenta del escrito presentado por doña Lukene Mesanza González en nombre y
representación de la Asociación Animalista A.C.M.A., con número de entrada en el
registro general municipal 1314 de fecha 8 de junio de 2016, mediante el que solicita
para la instalación de un puesto de 3 m2, aproximadamente, en Pobeña el próximo día
10 de julio de 2016, a fin de recaudar fondos para el cuidado veterinario y alimentación
de animales a su cuidado, y
Visto el informe favorable emitido por el Jefe de la Policía Local de fecha 9 de junio de
2016,
La Junta de Gobierno Local por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Autorizar a la Asociación Animalista A.C.M.A. la instalación de un puesto de
3m2 en Pobeña el próximo día 10 de julio de 2016, a fin de recaudar fondos para el
cuidado veterinario y alimentación de los animales a su cargo, en lo que a la
competencia municipal se refiere.
Segundo: Los solicitantes deberán ponerse en contacto con la Policía Local, con
antelación suficiente a fin de determinar el lugar concreto donde se instalará el
mencionado puesto.
Tercero: Notifíquese a los/as interesados/as con expresión de los recursos a que
hubiera lugar.
PETICIÓN DE PSE-EE (PSOE) DE AUTORIZACIÓN DE INSTALACIÓN DE CARPA
EN LA ZONA DEL MERCADILLO EL 14 DE JUNIO.
La Junta de Gobierno Local por unanimidad de los presentes, acuerda retirar el
presente asunto del orden del día al no ser de su competencia.
APROBACIÓN, SI PROCEDE, DE INICIO DE EXPEDIENTE DE CONTRATACIÓN
DEL SERVICIO DE DIRECCIÓN E INSPECCIÓN DE OBRA Y COORDINACIÓN
EN MATERIA DE SEGURIDAD Y SALUD DE LA EJECUCIÓN DE LAS OBRAS DE
URBANIZACIÓN DEL CAMINO NATURAL SAN JUAN - EL POBAL.
Dada cuenta de la necesidad de contratar el servicio de dirección e inspección de obra y
coordinación en materia de seguridad y salud de las obras de urbanización del camino
natural San Juan - El Pobal puesta de manifiesto por el Departamento de Urbanismo, y
1
Visto el pliego de cláusulas-administrativas particulares elaborado al efecto por el que
se establece como procedimiento de adjudicación el negociado sin publicidad y
tramitación ordinaria, por tipo de licitación máxima de 37.190,08 euros (IVA excluido),
La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Aprobar el inicio de expediente para la adjudicación del contrato de servicio de
dirección e inspección de obra y coordinación en materia de seguridad y salud de las
obras de urbanización del camino natural San Juan - El Pobal, mediante procedimiento
negociado sin publicidad por tipo de licitación máximo de 37.190,08 (IVA excluido).
Segundo: Publicar el anuncio de licitación en el perfil del contratante del Ayuntamiento
de Muskiz.
Tercero: Devuélvase el expediente completo al departamento de origen.
ADJUDICACIÓN, SI PROCEDE, DEL SERVICIO DE MANTENIMIENTO DE
NUEVAS ZONAS VERDES Y CAMINOS.
Habiéndose tramitado procedimiento negociado sin publicidad, y siendo la forma de
adjudicación la de concurso, según lo dispuesto para este tipo de procedimientos en el
Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto
Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, y
Vistas las ofertas presentadas para la adjudicación del servicio de mantenimiento de
nuevas zonas verdes y caminos,
Visto que se requirió a la empresa URBASER, S.A. la acreditación de la documentación
objeto de la declaración responsable en base a lo previsto en el artículo 146.4 del Real
Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto
Refundido de la Ley de Contratos del sector Público, así como la presentación
justificativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y
con la Seguridad Social o autorizase al órgano de contratación para obtener de forma
directa la acreditación de ello, de disponer efectivamente de los medios que se hubiese
comprometido a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato conforme al artículo
151.2 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, y de haber
constituido la garantía definitiva que sea procedente, y
Visto que por la empresa se ha presentado la documentación requerida en plazo,
La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Adjudicar, definitivamente, el servicio de mantenimiento de zonas verdes y
caminos, a URBASER, S.A., por un importe de 46.611,57 €, IVA EXCLUIDO.
Segundo: Dese traslado al Responsable de Prevención de Riesgos Laborales, así como
al Departamento de Contabilidad, a los efectos oportunos.
Tercero: Notifíquese el presente acuerdo al adjudicatario y al resto de licitadores.
Cuarto: Publíquese en el Perfil del Contratante.
Quinto: Emplazar a la empresa URBASER, S.A. para la formalización del contrato en un
plazo no superior a los quince días hábiles siguientes a aquel en que se reciba la
notificación del presente acuerdo.
Sexto: Devuélvase el expediente completo al departamento de origen.
PETICIÓN DE ACEPTACIÓN DE RENUNCIA A VADO PERMANENTE EN FUENTE
VIEJA, 27.
2
Vista la instancia presentada, mediante la que solicita la baja de un vado permanente
que tiene concedido en Avda. Fuente Vieja, 27, y
Visto el informe favorable emitido por el Técnico de Administración Especial, de fecha
16 de junio de 2016,
La Junta de Gobierno Local por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Aceptar la renuncia presentada a la concesión del vado permanente que tiene
concedido para la entrada a la lonja situada en Avda. Fuente Vieja, 27 debiendo retirar
las placas y devolverlas al Ayuntamiento, entregándolas en el pabellón municipal.
Segundo: De conformidad con lo establecido en la Ordenanza reguladora, la baja
tendrá efectos con fecha 30 de junio, a cuyo efecto se dará traslado del acuerdo al área
de tesorería.
Tercero: Dese traslado a la brigada de obras a fin de que verifiquen la retirada y
entrega de las placas.
Cuarto: Notifíquese al interesado con expresión de los recursos a que hubiera lugar.
APROBACIÓN, SI PROCEDE, DE FACTURAS Y GASTOS.
Se acuerda aprobar la relación de facturas 2016/000020, que consta de 19 páginas
formadas por 98 facturas y por importe total de 174.514,60 €.
Gastos:
Carpintería & Herrería Draga, S.L. Suministro e instalación de maderas de bancos
7.756,46 €
Gorosti Neurketak. Asistencia Técnica Amojonamiento Castro - Muskiz
8.228,00 €
Y no habiendo más asuntos que tratar, el señor Presidente dio por terminada la
sesión, a las once horas y treinta minutos, extendiéndose la presente acta, de que yo,
la Secretaria, certifico.
3
ACTA Nº 23
AYUNTAMIENTO DE MUSKIZ
En Muskiz, a veintisiete de junio de dos mil dieciséis, siendo las diez horas de la
mañana, se reunió la Junta de Gobierno Local, bajo la presidencia del señor Alcalde,
don Borja Liaño Abarrategi, y con asistencia de los señores Tenientes de Alcalde, don
Eduardo Briones Lerchundi, don Rufino Manterola Lejarza, don Unai Landaburu Izar de
La Fuente y don Gonzalo Riancho Ocejo, para celebrar sesión ordinaria, en primera
convocatoria, y con asistencia del Señor Secretario Accidental don José Félix Markaida
Uriarte.
LECTURA Y APROBACIÓN, SI PROCEDE, DEL ACTA DE LA SESIÓN ANTERIOR.
Declarado abierto el acto por el señor Presidente, de su orden se dio lectura al acta de
la sesión anterior celebrada el día 20 de junio, que fue aprobada por unanimidad.
PETICIONES DE AUTORIZACIÓN DE INSTALACIÓN DE ATRACCIONES DE
FERIA EN LAS FIESTAS DE LA GLORIETA.
Dada cuenta de las solicitudes de instalación de atracciones de feria en las Fiestas de
La Glorieta (el Polígono) los días 8, 10 y 11 de julio, y visto el informe favorable emitido
por el Director de Cultura de fecha 22 de junio de 2016, por el que se propone:
"Autorizar la instalación de las siguientes atracciones de feria, previo abono de la tasa
indicada:
Luciano Fernando Trinchete
Autos de choque
107,27 €
Luciano Fernando Trinchete
Camas elásticas
107,27 €
Antonio Isidro Valiente Tendeira
Baby Cadenas
107,27 €
Manuel Dos Santos Valiente
Churrería
37,55 €
Félix Dos Anjos Rodrigues
Caseta de tiro
26,82 €
Javier de los Santos Mecho
Caseta de patos
26,82"
La Junta de Gobierno Local por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Conceder las siguientes autorizaciones, debiendo procederse al abono por los
beneficiarios de las tasas correspondientes:
Solicitante
atracción
tasa
Luciano Fernando Trinchete
Autos de choque
107,27 €
Luciano Fernando Trinchete
Camas elásticas
107,27 €
Antonio Isidro Valiente Tendeira
Baby Cadenas
107,27 €
Manuel Dos Santos Valiente
Churrería
37,55 €
Félix Dos Anjos Rodrigues
Caseta de tiro
26,82 €
Javier de los Santos Mecho
Caseta de patos
26,82
Segundo: Los interesados deberán presentar en las oficinas de la Casa de Cultura,
previo al comienzo de la instalación de las atracciones copia del DNI, Seguro de
Responsabilidad Civil en vigor, recibo actualizado de autónomos, copia del certificado
anual de verificación y prueba de la atracción y justificante del ingreso bancario de las
tasas arriba indicadas.
Tercero: Dese traslado de la presente a la Policía Municipal.
1
Cuarto: Dese traslado de la presente al Departamento de Recaudación.
Quinto: Notifíquese a los/as interesados/as con expresión de los recursos a que hubiera
lugar.
APROBACIÓN, SI PROCEDE, DE FACTURAS Y GASTOS.
Se acuerda aprobar la relación de facturas 2016/000021, que consta de 15 páginas
formadas por 38 facturas y por importe total de 49.045,40 €.
Gastos:
ThyssenKrupp Elevadores. Mantenimiento escaleras mecánicas 2016
11.253,00 €
Fuera del orden del día y previa declaración de urgencia, se adoptaron los siguientes
acuerdos:
RECURSO DE REPOSICIÓN PRESENTADO POR ITALGREEN IBÉRICA CONTRA
EL ACUERDO DE LA MESA DE CONTRATACIÓN DE EXCLUSIÓN DE SU OFERTA
EN EL PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN DE LOS TRABAJOS DE
RENOVACIÓN DE CÉSPED ARTIFICIAL DEL POLIDEPORTIVO Y CAMPO DE
MALECÓN.
Dada cuenta del recurso de reposición presentado por Italgreen Ibérica, con entrada en
el registro general municipal número 1413 de fecha 23 de junio de 2016, contra el
acuerdo de la Mesa de Contratación de exclusión de su oferta en el procedimiento de
adjudicación de los trabajos de renovación de césped artificial del polideportivo y campo
de Malecón, y
Visto el informe emitido por la Secretaria General, de fecha veintitrés de junio de 2016,
con el siguiente contenido:
"ANTECEDENTES:
-Aprobación, por la Junta de Gobierno Local, de los PCAP y PPT del concurso convocado
para la adjudicación de los trabajos de renovación de césped artificial del polideportivo
y campo del Malecón.
-Acuerdo de la Mesa de contratación, de exclusión a ITALGRREN IBÉRICA por entender
incumplidas las prescripciones técnicas exigidas en el pliego.
-Negociación por la Mesa de Contratación con el resto de licitadores.
-Recurso presentado por ITALGREEN IBÉRICA de disconformidad con su exclusión.
-Informe del director de Cultura y Deportes proponiendo su estimación.
NORMATIVA APLICABLE:
-Ley 30/92, de 26 de noviembre de régimen jurídico y procedimiento administrativo
común.
-Real Decreto Legislativo 3/2011 por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de
Contratos del Sector Público.
FUNDAMENTOS DE DERECHO:
Tras el recurso presentado por ITALGREEN IBÉRICA contra el acuerdo de la Mesa de
Contratación por el que se acuerda su exclusión de la licitación al entender la Mesa que
su oferta incumple el pliego de prescripciones técnicas por no incluir un sistema de
relleno de caucho SBR,
2
Y visto el informe realizado por el Técnico de Cultura y Deportes del siguiente literal:
“Italgreen Ibérica propone un relleno mediante fibra y turba de coco, cuando el sistema
requerido en los pliegos es caucho SBR. (…) esta oferta tiene que quedar eliminada, al
variar sustancialmente las condiciones requeridas en el pliego de condiciones técnicas”.
Italgreen manifiesta en su recurso que ha habido un mal entendido, ya que ellos
proponen el relleno de coco exclusivamente como mejora, “lo cual no significa que
descarten participar a la licitación con relleno SBR.”
Tras la relectura detallada de la oferta, entiendo que si bien puede dar lugar a un
malentendido el hecho de que dedican varias páginas a explicar las bondades de la
fibra y turba de coco, es cierto que de manera mucho más concisa en la explicación de
los trabajos también mencionan el uso de relleno con caucho SBR.
En conclusión, según mi criterio debería aceptarse el recurso de Italgreen Ibérica y
retomar, desde la fase que la Secretaria Municipal considere adecuada, el proceso de
adjudicación incluyendo a la oferta del recurrente.”
Considerando que la oferta de ITALGREEN IBÉRICA cumplía por tanto con el pliego de
PPT al incluirse el relleno de caucho SBR, procede, anular el acto de la Mesa de
Contratación de exclusión de la licitación y admitir por ende, a ITALGRREN a participar
en la licitación, retrotrayendo las actuaciones al momento de la valoración y apertura de
los sobres que contienen los criterios sujetos a fórmula, debiendo procederse a una
nueva negociación con todos los candidatos."
La Junta de Gobierno Local por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Estimar el recurso de reposición presentado por ITALGREEN IBÉRICA contra
el acuerdo de exclusión de su oferta de la licitación de los trabajos de renovación de
césped artificial del polideportivo y campo del Malecón, por los motivos expuestos en el
informe técnico anteriormente referenciado.
Segundo: Retrotraer las actuaciones, al momento de la apertura de la valoración y los
sobres dos y tres, volviendo a realizar, en su caso, el acto de negociación con todos los
licitadores.
Tercero: Notificar la presente a lodos los licitadores, así como la convocatoria para la
negociación.
Cuarto: Publicar el presente acuerdo, junto con la nueva convocatoria para la licitación
en el perfil del contratante.
PETICIÓN DE RECONOCIMIENTO DE ANTIGÜEDAD.
Dada cuenta de la instancia presentada, funcionario interino municipal, mediante la
que solicita el reconocimiento de los servicios prestados en la Administración Pública a
efectos de antigüedad, adjuntando certificados acreditativos de los ayuntamientos de
Urretxu, Gernika, Llodio y Eibar, así como del Gobierno Vasco, por un periodo total de
6 años y 28 días, y
Visto el informe favorable emitido por el Técnico de Administración Especial, de fecha
23 de junio de 2016,
La Junta de Gobierno Local por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Reconocer la antigüedad por periodo de 6 años y 28 días.
Segundo: Dese traslado al área de Intervención para su inclusión en la nómina.
3
Tercero: Notifíquese al interesado con expresión de los recursos a que hubiera lugar.
PETICIÓN DE ACEPTACIÓN DE RENUNCIA
INSTALACIÓN DE KIOSCO DE VENTA DE HELADOS.
A
AUTORIZACIÓN
DE
Dada cuenta del escrito presentado mediante el que solicita la aceptación de la renuncia
a la autorización otorgada mediante acuerdo de la Junta de Gobierno Local, adoptado
en sesión de fecha 14 de marzo de 2016 para la instalación de un kiosco de venta de
helados para las temporadas de verano de 2016 a 2019, anulando la liquidación girada
para el cobro del precio de adjudicación del año
2016, y
Vista la Propuesta de Resolución elevada por el Técnico de Administración Especial, de
fecha 23 de junio de 2016, del siguiente tenor:
"ANTECEDENTES:
Con fecha 27 de octubre de 2015 se recibe en este Ayuntamiento de Muskiz,
comunicación de la Demarcación de Costas del País Vasco, ofreciendo la posibilidad de
solicitar antes del 29 de febrero de 2016 autorizaciones para explotar servicios de
temporada en la playa de La Arena.
Con fecha 26 de noviembre de 2016 se presenta en Demarcación de Costas solicitud de
autorización para la explotación de los siguientes servicios:
- Tres puestos de venta de helados: dos en Pobeña y otro en la playa de La Arena.
- Puestos de venta ambulante
- Módulo de información turística.
- Barracas y actuaciones en la feria de Pobeña.
- Zona deportiva voley – playa.
- Módulo de bar con terraza.
En fecha 17 de diciembre de 2016 se presenta escrito en Demarcación de Costas
solicitando la renuncia a que se conceda autorización para la explotación de bar con
terraza, en base al anunciado inicio de las obras previstas en el proyecto de
“ordenación del frente litoral de la playa de La Arena”.
Mediante escrito recibido el 18 de enero de 2016 Demarcación de Costas comunica a
este Ayuntamiento que está previsto comenzar, a corto plazo, los trabajos del proyecto
de “ordenación del frente litoral de la playa de La Arena” y que los citados trabajos
impedirán la instalación en el lugar en que se han representado en la documentación
aportada, de los elementos solicitados siguientes:
- El puesto de helados de la playa
- La oficina de turismo
- Los puestos de venta ambulante
En cumplimiento de lo requerido, este Ayuntamiento presenta propuesta alternativa
para la ubicación de la oficina de información turística y del puesto de helados de la
playa, y renuncia a la autorización para la ubicación de puestos de venta ambulante.
Por su parte, el Ayuntamiento de Zierbana, habiendo solicitado autorización para la
instalación de un puesto de helados en la explanada central de la playa de La Arena,
renuncia a ésta por la previsión de comienzo, a corto plazo, de los trabajos de
“ordenación del frente litoral de la playa de La Arena”.
4
Con fecha 29 de febrero de 2016 se inicia, por el Ayuntamiento de Muskiz, expediente
para la adjudicación de autorizaciones de instalaciones de puestos de venta de helados
para el periodo 2016 - 2019, presentándose una oferta económica por el puesto de La
playa de La Arena de 18.510 €, fundamentada, según manifiesta el ofertante, a la vista
de que, como se ha señalado, no se había autorizado ningún otro puesto de helados en
las proximidades, dado que, como se ha expuesto, el Ayuntamiento de Zierbena había
renunciado a la instalación del puesto en la explanada central de acceso a la playa, el
de Muskiz al bar con terraza y se le había denegado la autorización de un puesto en la
entrada del paseo de acceso a la playa. La citada oferta resultó adjudicataria de la
subasta.
Posteriormente, en fecha 27 de abril de 2016, se dicta resolución por Demarcación de
Costas del País Vasco por la que modifica la autorización otorgada al Ayuntamiento de
Zierbena para la instalación de los servicios de temporada de playa, autorizando la
instalación del puesto de helados en la plataforma central de la playa de La Arena, que
se había denegado inicialmente.
Así mismo, en fecha 25 de abril de 2016, se dicta otra resolución por Demarcación de
Costas por la cual se autoriza directamente la ocupación de hasta 20 m2, como
máximo, de terrenos de dominio público marítimo-terrestre , con destino a un puesto de
venta de helados, en la ubicación que inicialmente había solicitado el Ayuntamiento de
Muskiz, y que se le había denegado, y ello sin conceder trámite de audiencia previo.
Consecuentemente, es evidente que las resoluciones dictadas posteriormente a la
adjudicación del puesto de helados han cambiado radicalmente los supuestos de
hecho existentes a la hora de formular la oferta de adjudicación, por lo que procede:
Primero: Aceptar la renuncia presentada a la autorización para la explotación del puesto
de helados de la playa de La Arena, que le fue adjudicado mediante acuerdo de la
Junta de Gobierno Local, adoptado en sesión de fecha 14 de marzo de 2016, anulando
la liquidación girada para el cobro del precio de adjudicación.
Segundo: Adjudicar, en virtud de lo dispuesto en el artículo 151.2 del Texto Refundido
de la Ley de Contratos del Sector Público, la autorización para la instalación de kiosco
de venta de helados para las temporadas 2016 – 2019 como licitador que presentó
la segunda mejor oferta en el procedimiento de licitación, en el precio de 15.251,00 €
anuales, ya que ha presentado formalmente su voluntad de aceptar la adjudicación.
Tercero: La adjudicación estará sometida a las condiciones generales establecidas en la
Resolución de la Demarcación de Costas de fecha 16 de marzo de 2016 de la que se
adjunta fotocopia. (…)"
La Junta de Gobierno Local por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Aceptar la renuncia presentada a la autorización para la explotación del puesto
de helados de la playa de La Arena, que le fue adjudicado mediante acuerdo de la
Junta de Gobierno Local, adoptado en sesión de fecha 14 de marzo de 2016, anulando
la liquidación girada para el cobro del precio de adjudicación.
Segundo: Adjudicar, en virtud de lo dispuesto en el artículo 151.2 del Texto Refundido
de la Ley de Contratos del Sector Público, la autorización para la instalación de kiosco
de venta de helados para las temporadas 2016 – 2019 como licitador que presentó
la segunda mejor oferta en el procedimiento de licitación, en el precio de 15.251,00 €
anuales, ya que ha presentado formalmente su voluntad de aceptar la adjudicación.
Tercero: La adjudicación estará sometida a las condiciones generales establecidas en la
Resolución de la Demarcación de Costas de fecha 16 de marzo de 2016 de la que se
5
adjunta fotocopia.
Cuarto. Dar traslado al responsable de prevención, así como al Departamento de
contabilidad y tesorería, a los efectos antedichos.
Quinto: Notifíquese este acuerdo a los interesados con expresión de los recursos a los
que hubiera lugar."
Y no habiendo más asuntos que tratar, el señor Presidente dio por terminada la
sesión, a las once horas y treinta minutos, extendiéndose la presente acta, de que yo,
el Secretario Accidental, certifico.
6
ACTA Nº 24
AYUNTAMIENTO DE MUSKIZ
En Muskiz, a cinco de julio de dos mil dieciséis, siendo las diez horas de la
mañana, se reunió la Junta de Gobierno Local, bajo la presidencia del señor Alcalde,
don Borja Liaño Abarrategi, y con asistencia de los señores Tenientes de Alcalde, don
Eduardo Briones Lerchundi, don Rufino Manterola Lejarza, don Unai Landaburu Izar de
La Fuente y don Gonzalo Riancho Ocejo, para celebrar sesión extraordinaria, en primera
convocatoria, y con asistencia del Señor Secretario Accidental don José Félix Markaida
Uriarte.
LECTURA Y APROBACIÓN, SI PROCEDE, DEL ACTA DE LA SESIÓN ANTERIOR.
Declarado abierto el acto por el señor Presidente, de su orden se dio lectura al acta de
la sesión anterior celebrada el día 27 de JUNIO, que fue aprobada por unanimidad.
PETICIÓN DE PETRÓLEOS DEL NORTE, S.A. (PETRONOR) DE LICENCIA DE
OBRAS DE EXPLANACIÓN DE TERRENOS EN EL ÁREA NORTE DE LA
REFINERÍA.
Dada cuenta de la petición realizada por doña Raquel Ruiz Juárez, en representación de
Petróleos del Norte, S.A. (PETRONOR) con fecha de veinticinco de abril de 2016 y
registro de entrada número 855, en solicitud de licencia municipal de obra de
explanación de terrenos en el área norte de la refinería, adjuntando proyecto de
ejecución visado, visto el informe técnico favorable emitido por el Arquitecto Municipal,
de fecha 29 de junio de 2016, con el siguiente contenido:
"PETICIONARIO:
Dª. Raquel Ruiz Juárez en representación de Petróleos del Norte, S.A (PETRONOR)
OBJETO:
Explanación de terrenos en el área norte de la refinería, en el área conocida como “La
Lengua”.
DOCUMENTACIÓN PRESENTADA:
Proyecto de Ejecución 1, visado por el Colegio de Ingenieros de Caminos Canales y
Puertos de Cataluña con el número 36563 el 14 de abril de 2016, y firmado por el
ingeniero de Caminos C. y P. D. Sebastián Ribot Florit y el ingeniero Civil D. Julio
Alcobendas García de la empresa AYESA, comprendiendo la siguiente documentación:
Memoria, Pliego de Condiciones, Planos, Presupuesto, Estudio de Seguridad y Salud y
Estudio de Gestión de Residuos.
ZONIFICACIÓN SEGÚN PLANEAMIENTO VIGENTE:
Suelo Urbano Industrial. Dentro del deslinde y de la zona de servidumbre de protección
del Dominio Publico Marítimo Terrestre.
INFORME
1.- Se pretende la explanación de una zona del sector norte de la refinería conocida
como “La Lengua” al objeto de acondicionarla para las futuras labores de inspección y
mantenimiento del viaducto de la A-8.
2.- Con relación a este proyecto, en el escrito de la Directora de Administración
Ambiental 20 de junio de 2016 (entrada número 1423 de fecha 23/06/2016) se recoge
lo siguiente
1
Que la instalación de referencia cuenta con autorización ambiental integrada, emitida
en el marco de la Ley 16/2002, de 1 de junio, de prevención y control integrados de la
contaminación.
Que la modificación planteada consiste en:
Explanación de una sección de la parcela sita en el área norte de la refinería, en el área
conocida como “la lengua”, para habilitar los terrenos para posibles usos futuros.
Que, a la vista de los criterios recogidos en el art. 8 de la Ley 5/2013, de 11 de junio,
por la que se modifican la Ley 16/2002, de 1 de julio, de prevención y control integrado
de la contaminación y la Ley 22/2001, de 28 de julio, de residuos y suelos
contaminados, dicha modificación no se considera una modificación sustancial de la
instalación, a efectos de lo dispuesto en la citada norma.
Que la instalación se encuentra en el ámbito de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de
evolución ambiental.
Que, a la vista de los criterios recogidos en la citada norma, no se considera que las
modificaciones previstas puedan tener efectos negativos significativos sobre el medio
ambiente, por lo que no debe incluirse en dicho supuesto.
Que en virtud de lo establecido en el art. 59, apartado primero, de la Ley General
3/1998 de protección del Medio Ambiente del País Vasco, las medidas correctoras a
imponer a la modificación proyectada serán las establecidas en la Autorización
Ambiental Integrada para las instalación de referencia.
Que, así mismo la ejecución del proyecto por parte de Petróleos del Norte, S.A. deberá
contar con las Licencias y Autorizaciones pertinentes emitidas por el Ayuntamiento de
Muskiz u otras Administraciones Públicas competentes en la materia.
Que, dado que la modificación planteada conlleva la generación de residuos de
construcción y demolición, se atenderá a lo dispuesto en el Decreto 112/2012 de 26 de
junio, por el que se regula la producción y gestión de residuos de la construcción y
demolición.
3.- De acuerdo a lo anterior la actividad y obra a realizar quedan incluidos en el ámbito
de la Resolución de 6 de mayo de 2008 por la que se concede la Autorización Ambiental
Integrada para la actividad de refino de petróleo y por la Resolución de 15 de abril de
2012 por la que se hace efectiva la Autorización Ambiental Integrada de la instalación
de Petronor.
4.- Que por la Dirección de Administración Ambiental no se informa sobre el contenido
de la Ley 4/2015 de 25 de junio para la prevención y corrección de la contaminación del
suelo y en concreto lo especificado en el art. 25.1.c y 25.5, sobre si la licencia municipal
de obras debería ir precedida por una autorización expresa de la Viceconsejería de
Medio Ambiente.
PROPUESTA DEL INFORME
Se informa favorablemente la concesión de Licencia Municipal de Obra “Explanación de
terrenos en el área norte de la refinería”, de las instalaciones de Petróleos del Norte
S.A, sometido al siguiente condicionado:
CONDICIONES PARTICULARES:
1.- Se cumplirán las determinaciones del escrito de la Directora de Administración
Ambiental de 20 de junio de 2016.
2
2.- Se cumplirán las medidas correctoras impuestas en la Resolución, de 6 de mayo, de
2008 y por la Resolución, de 15 de abril, de 2012 por las que se concedió la
Autorización Ambiental Integrada de la instalación de Petronor.
3.- La concesión de la licencia para ejecución del proyecto por parte de Petróleos del
Norte, S.A, contara con las autorizaciones pertinentes de otras Administraciones
Publicas competentes en la materia.
4.- Será obligatorio caracterizar aquellos materiales (tierras, escombros, etc.) a fin de
verificar si hubieran podido resultar afectados como consecuencia de acciones
contaminantes y determinar, en función de los resultados de dicha caracterización, la
vía de gestión más adecuada para los mismos, remitiendo los resultados obtenidos al
órgano ambiental para su valoración, con carácter previo a su gestión. Todo ello sin
perjuicio de la necesidad de presentar un plan de excavación selectiva con el contenido
del Art. 13 de la Ley 4/2015 y ser aprobado por el órgano ambiental con carácter previo
a su ejecución.
5.- Acabada la obra se presentará informe firmado por la dirección facultativa y la
documentación necesaria que acredite la correcta gestión de los residuos y tierras de la
excavación, de acuerdo al art. 6 de Decreto 112/2012 de 26 de junio, por el que se
regula la producción y gestión de residuos de la construcción y demolición”
Visto que con junto con la solicitud de licencia, se aportó por la mercantil copia de título
concesional de ocupación de dominio público marítimo terrestre en cumplimiento de lo
dispuesto en el artículo 210.2 c) de la Ley 2/2006, de Suelo y Urbanismo del País
Vasco,
La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los presentes y con la abstención de
don Rufino Manterola por incurrir en causa de abstención regulada en el artículo 28 de
la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de régimen jurídico y procedimiento administrativo
común, acuerda:
Primero: Conceder la licencia de obra para la explanación de terrenos en el área norte
de la refinería, con abono de los derechos municipales sobre un presupuesto de
24.656,03 €, a cuenta de la liquidación definitiva, y sin perjuicio del resultado del
análisis de la certificación final de obra. La licencia se concede en lo que a la
competencia municipal se refiere, y entendiendo cumplida la exigencia del artículo
210.2 c) de La Ley 2/2006, de Suelo y Urbanismo del País Vasco, con la aportación por
Petronor del título concesional para la ocupación del dominio público marítimo terrestre,
y sin prejuzgar éste, por tratarse de una competencia exclusiva de Costas.
Segundo: El plazo para el comienzo de las obras es de 6 meses y el de ejecución de 24
meses. Se cumplirá en todo momento con las medidas de seguridad y salud en el
trabajo, implantando las medidas necesarias para impedir daños a terceros, de acuerdo
con el RD 486/1997. Se cumplirá en todo momento el D 112/2012 Gestión de residuos
de construcción y demolición. Se establece como fianza de gestión de residuos el
importe de 273.593,19 euros (120% PEM G.R.), que deberá constituirse previamente al
inicio de las obras.
Tercero: Deberán cumplirse las condiciones generales que se adjuntan así como las
condiciones impuestas en su caso por los distintos organismos con competencias
sectoriales y las siguientes condiciones particulares:
- Se cumplirán las determinaciones del escrito de la Directora de Administración
Ambiental de 20 de junio de 2016.
3
- Se cumplirán las medidas correctoras impuestas en la Resolución de 6 de mayo de
2008 y por la Resolución de 15 de abril de 2012 por las que se concedió la Autorización
Ambiental Integrada de la instalación de Petronor.
- La concesión de la licencia para ejecución del proyecto por parte de Petróleos del
norte, S.A. (PETRONOR), contará con las autorizaciones pertinentes de otras
Administraciones Públicas competentes en la materia.
- Será obligatorio caracterizar aquellos materiales (tierras, escombros, etc.) a fin de
verificar si hubieran podido resultar afectados como consecuencia de acciones
contaminantes y determinar, en función de los resultados de dicha caracterización, la
vía de gestión más adecuada para los mismos, remitiendo los resultados obtenidos al
órgano ambiental para su valoración, con carácter previo a su gestión.
- Acabada la obra se presentará informe firmado por la dirección facultativa y la
documentación necesaria que acredite la correcta gestión de los residuos y tierras de la
excavación, de acuerdo al art. 6 del Decreto 112/2012 de 26 de junio, por el que se
regula la producción y gestión de residuos de la construcción y demolición.
Cuarto: Notificar la presente a Petróleos del Norte, S.A.
Quinto: Notificar la presente a la Viceconsejería de Medio Ambiente del Gobierno Vasco
para su conocimiento y efectos oportunos.
Sexto: Dar traslado del expediente al Departamento de Tesorería a efectos de que se
realice la oportuna liquidación de los derechos municipales en concepto de liquidación
inicial.
Séptimo: Devuélvase, una vez cumplimentado, el expediente completo al departamento
de Urbanismo
Una copia de la presente licencia deberá fijarse en un lugar visible de la obra, a efectos
de que por los servicios municipales se lleve a cabo la inspección urbanística
correspondiente de manera efectiva. Todo ello sin perjuicio de que por el titular de la
obra y a requerimiento de las autoridades municipales se deba mostrar el original de la
misma.
REQUERIMIENTO DE DOCUMENTACIÓN EN EXPEDIENTE DE ADJUDICACIÓN
DE LAS OBRAS DE RENOVACIÓN DEL SISTEMA DE CÉSPED ARTIFICIAL DE
LOS CAMPOS DE FÚTBOL 11 Y FÚTBOL 7.
Habiéndose tramitado la licitación para la adjudicación de las obras de renovación del
sistema de césped artificial de los campos de fútbol 11 y fútbol 7, mediante
procedimiento negociado sin publicidad, según lo dispuesto para este tipo de
procedimiento en el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se
aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, y
Visto que por la empresa Mondo Ibérica, S.A., se ha presentado la oferta
económicamente más ventajosa que asciende a un importe total IVA EXCLUIDO de
149.800,00 €,
Visto el artículo 151.2 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el
que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, en virtud
del cual se establece que el órgano de contratación requerirá al licitador que haya
presentado la oferta económicamente más ventajosa para que dentro del plazo de diez
días hábiles, a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el
requerimiento, presente la documentación justificativa de hallarse al corriente en el
cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social o autorice al
4
órgano de contratación para obtener de forma directa la acreditación de ello, de
disponer efectivamente de los medios que se hubiese comprometido a dedicar o
adscribir a la ejecución del contrato conforme al artículo 64.2 del Texto Refundido de la
Ley de Contratos del Sector Público, y de haber constituido la garantía definitiva que
sea procedente, y
Visto el artículo 146.4 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el
que se establece que el licitador a cuyo favor recaiga la propuesta de adjudicación,
deberá acreditar ante el órgano de contratación, previamente a la adjudicación del
contrato, la posesión y validez de los documentos exigidos en el pliego de contratación,
sobre los que realizó declaración responsable y en concreto, los siguientes:
a) Los que acrediten la personalidad jurídica del empresario y, en su caso, su
representación.
b) Los que acrediten la clasificación de la empresa, en su caso, o justifiquen los
requisitos de su solvencia económica, financiera y técnica o profesional, presentando
los certificados acreditativos correspondientes previstos en la carátula del pliego de
contratación.
c) Una declaración responsable de no estar incurso en prohibición de contratar.
d) Para las empresas extranjeras, en los casos en que el contrato vaya a ejecutarse en
España, la declaración de someterse a la jurisdicción de los juzgados y tribunales
españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o
indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional
extranjero que pudiera corresponder al licitante.
La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Requerir a Mondo Ibérica, S.A. a que dentro del plazo de diez días hábiles, a
contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento, presente la
documentación justificativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus
obligaciones tributarias y con la Seguridad Social o autorice al órgano de contratación
para obtener de forma directa la acreditación de ello, de disponer efectivamente de los
medios que se hubiese comprometido a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato
conforme al artículo 64.2 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público,
y de haber constituido la garantía definitiva que sea procedente, así como la
acreditación de la documentación referida en el anteriormente citado artículo 146
apartado cuarto del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre exigida en el
pliego de contratación que rige la licitación y sobre la que el licitador cuya oferta ha
resultado la más ventajosa realizó declaración responsable.
De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se
entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose en ese caso a recabar la
misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado
clasificadas las ofertas.
Segundo: Dese traslado al Departamento de Tesorería, a fin de que informe sobre el
cumplimiento de lo dispuesto en el apartado anterior.
Tercero: Dese traslado al Departamento de Contratación, a fin de que informe sobre el
cumplimiento de lo dispuesto en el apartado primero y en concreto, de la presentación
por el adjudicatario de la documentación prevista en el artículo 146.4 del Real Decreto
Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre.
5
APROBACIÓN, SI PROCEDE, DE LA 1ª CERTIFICACIÓN DE LAS OBRAS DE
REPARACIÓN DE DIVERSOS DESPRENDIMIENTOS EN LOS M.U.P. 112 Y 113.
Dada cuenta de la certificación nº 1 correspondiente a las obras reparación de
desprendimientos en los M.U.P. nº 112 y 113, presentada por Excavaciones Bitram,
S.L., por importe de 9.989,74 € (IVA incluido), y
Visto el informe favorable emitido por el Aparejador Municipal, de fecha 30 de junio de
2016
La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Prestarle total aprobación.
Segundo: Notifíquese al Servicio de Montes del Departamento de Sostenibilidad y Medio
Natural de la Diputación Foral de Bizkaia, para su conocimiento y efectos oportunos.
Tercero: Notifíquese el presente acuerdo al interesado, con expresión de los recursos a
que hubiera lugar.
PETICIÓN DE LICENCIA DE ACTIVIDAD DE ACADEMIA DE DANZA EN EL
CRUCERO, 20.
Dada cuenta del estado en que se encuentra el expediente tramitado en este
Ayuntamiento, para la instalación de la actividad de academia de danza, en El
Crucero nº 20, en el que se ha realizado el trámite de información pública por espacio
de quince días, sin que durante el período hábil se haya presentado reclamaciones
de ninguna clase y habiendo informado, en sentido favorable, el Departamento de
Salud del Gobierno Vasco, y
Visto el informe emitido por el Aparejador Municipal, de fecha 15 de junio de 2016,
La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Informar favorablemente el expediente de actividad de academia de danza en
El Crucero nº 20
Segundo: Remítase el expediente al Departamento de Medio Ambiente de la Diputación
Foral de Bizkaia, para su calificación.
Tercero: Notifíquese al interesado con expresión de los recursos a que hubiera lugar.
RECLAMACIÓN PATRIMONIAL.
Dada cuenta del expediente tramitado para el reconocimiento de la responsabilidad
patrimonial del Ayuntamiento de Muskiz en los daños producidos al vehículo Opel
Astra, matrícula 3844 GPF, por valor de 1.086,59 €, como consecuencia de la caída
de varias ramas de un árbol que se encuentra junto a una zona de aparcamiento
municipal, y
Visto el informe favorable emitido por el Técnico de Administración Especial de fecha 27
de junio de 2016,
La Junta de Gobierno Local por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Reconocer la responsabilidad patrimonial de este Ayuntamiento de Muskiz y
fijar la indemnización en 1.086,59 €, de los que al Ayuntamiento le corresponde abonar
la cantidad de 300 € establecida como franquicia.
Segundo: Dar traslado al área de tesorería a los efectos oportunos.
6
Tercero: Notificar este acuerdo a la reclamante así como a la compañía aseguradora,
con expresión de los recursos a que hubiera lugar.
APROBACIÓN, SI PROCEDE, DE PRÓRROGA DEL CONTRATO DE SERVICIO DE
TRADUCCIÓN DE DOCUMENTOS ADMINISTRATIVOS EN EUSKERA Y
CASTELLANO.
Dada cuenta de la finalización el día 15 de agosto de 2016 del plazo de vigencia del
contrato suscrito entre este Ayuntamiento de Muskiz y la empresa Euskalgintza
Bulegoa, S.L., para la gestión del servicio de traducción de documentos administrativos
en euskera y castellano y, vista la cláusula 4ª del pliego de condiciones regulador del
servicio, así como el informe favorable emitido por la Unidad Administrativa de
Contratación, de fecha 29 de junio de 2016.
La Junta de Gobierno Local por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Prorrogar el citado contrato por el plazo de un año, con efectos a 16 de agosto
de 2016.
Segundo: Dese traslado el responsable de prevención de riesgos laborales, así como al
departamento de intervención para su conocimiento y efectos oportunos.
Tercero: Notifíquese al interesado con expresión de los recursos a que hubiera lugar.
PETICIÓN DE NJY DE AUTORIZACIÓN DE IMPARTICIÓN DE CURSOS DE SURF
EN LA PLAYA DE LA ARENA T.M. MUSKIZ.
Dada cuenta del escrito remitido por la Demarcación de Costas del País Vasco, con
entrada en el registro general municipal número 1169 de fecha 25 de mayo de 2016,
mediante la que solicitan de este Ayuntamiento de Muskiz, de conformidad con lo
dispuesto en la redacción que del art. 152,6 del Reglamento General para desarrollo y
ejecución de la Ley de Costas realiza el Real Decreto 876/2014, de 10 de octubre, la
emisión del correspondiente informe a la solicitud de la empresa NJY de autorización de
impartición de cursos de surf en la playa de La Arena en el T. M. de Muskiz durante los
meses de julio y agosto, y
Visto el informe desfavorable emitido por el Técnico Asesor en Medio Ambiente de
fecha 5 de julio de 2016, con el siguiente contenido:
"Visto el escrito recibido en este Ayuntamiento el 7 de junio de 2016 con Nº de Registro
de entrada 1288, por el que la empresa NYJ solicita permiso para la impartición de
cursos de surf en la playa de La Arena T.M. Muskiz durante los meses de julio y agosto
del presente año, y dado que existe actualmente una sobresaturación de usuarios de
actividades similares por la presencia ya de dos escuelas de surf, se PROPONE a la
Junta de Gobierno Local informe NO FAVORABLEMENTE a la solicitud de impartición de
las citadas clases. Por todo ello, se considera que con las dos escuelas que actualmente
gozan de la autorización pertinente, el número de usuarios que practican surf o
actividades similares suponen ya de por sí mismo un número elevado."
La Junta de Gobierno Local por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Emitir informe desfavorable a la solicitud de autorización de impartición de
cursos de surf en la playa de La Arena, T.M. Muskiz presentada por NJY, por los
motivos expuestos en el informe del Técnico Asesor en Medio Ambiente antes
referenciado.
Segundo: Remítase la presente a la Demarcación de Costas del País Vasco.
7
ADJUDICACIÓN, SI PROCEDE, DE APROVECHAMIENTOS FORESTALES
CORRESPONDIENTES A LOS LOTES MUP 115 LAS POZAS, PARAJE EL SOMO;
MUP 116 BILOTXI, PARAJE LOS RÍOS; Y MUP 116 BILOTXI, PARAJE LOS
RÍOS.
Dada cuenta de la instancia presentada por D. Alfonso Puente Pérez, en representación
de Puente Garay, S.A., mediante la que traslada el interés de la empresa en efectuar
los aprovechamientos forestales correspondientes a los lotes: MUP 115 Las Pozas,
paraje El Somo, en consorcio con Don Ramón Aguirre Aguirre; MUP 116 Biloxi, paraje
Los Ríos, en consorcio con Don David Belmonte Sainz; y MUP 116 Bilotxi, paraje Los
ríos, en consorcio con Don Santiago Espiña Llano, propiedad del Ayuntamiento de
Muskiz, que han quedado desiertos en anteriores licitaciones, en las mismas
condiciones recogidas en los pliegos de condiciones respectivos,
Visto el informe favorable a la adjudicación emitido por el Jefe de Servicio de Montes
del Departamento de Agricultura de la Diputación Foral de Bizkaia, y
Vista la propuesta de resolución favorable elevada por el Técnico de Administración
Especial, de fecha 30 de junio de 2016,
La Junta de Gobierno Local por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Adjudicar los aprovechamientos forestales mencionados en la forma que se
detalla a continuación:
CONSORCIANTE
MUP
ADJUDICATARIO
PRECIO
Ramón Aguirre
115
Puente Garay
1.916,00 €+IVA
David Belmonte
116
Puente Garay
3.366,00 €+IVA
Santiago Espiña
116
Puente Garay
2.502,00 €+IVA
Segundo: Notificar el acuerdo a Puente Garay, a los consorciantes y al Servicio de
Montes de la Diputación Foral de Bizkaia
APROBACIÓN, SI PROCEDE, DE FACTURAS Y GASTOS.
Se acuerda aprobar la relación de facturas 2016/000022, que consta de 14 páginas
formadas por 42 facturas y por importe total de 175.569,28 €.
Fuera del orden del día y previa declaración de urgencia, se adoptaron los siguientes
acuerdos:
PETICIÓN DE CAMBIO DE VEHÍCULO AUTO-TAXI.
Dada cuenta del escrito, con entrada en el registro general municipal número 1474 de
fecha 30 de junio de 2016, solicitando autorización para sustituir el vehículo de autotaxi modelo Citroen Grand Picasso matrícula 6755GGD, por otro nuevo modelo Citroen
Grand Picasso, con matrícula 3169JRC, nº de bastidor VF73ABHZTGJ724230, y
considerando que con dicho cambio se mejorará el servicio al ser el nuevo vehículo más
moderno,
La Junta de Gobierno Local por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Acceder a lo solicitado, dando de baja a todos los efectos el vehículo matrícula
6755GGD.
Segundo: Notifíquese al interesado con expresión de los recursos a que hubiera lugar.
8
ADJUDICACIÓN DE LAS OBRAS DE REHABILITACIÓN DEL CAMINO DE LA
CASERÍA.
Habiéndose tramitado procedimiento negociado sin publicidad, y siendo la forma de
adjudicación la de concurso, según lo dispuesto para este tipo de procedimientos en el
Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto
Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, y
Vistas las ofertas presentadas para la adjudicación del contrato de obras de
rehabilitación del camino de La Casería,
Visto que se requirió a la empresa Consaudi Obra Civil, S.L. la acreditación de la
documentación objeto de la declaración responsable en base a lo previsto en el artículo
146.4 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba
el texto Refundido de la Ley de Contratos del sector Público, así como la presentación
justificativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y
con la Seguridad Social o autorizase al órgano de contratación para obtener de forma
directa la acreditación de ello, de disponer efectivamente de los medios que se hubiese
comprometido a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato conforme al artículo
151.2 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, y de haber
constituido la garantía definitiva que sea procedente, y
Visto que por la empresa se ha presentado la documentación requerida en plazo,
La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Adjudicar, definitivamente, el contrato de obras de rehabilitación del camino
de La Casería, a Consaudi Obra Civil, S.L., por un importe de 62.380,00 €, IVA
EXCLUIDO.
Segundo: Dese traslado al Responsable de Prevención de Riesgos Laborales, así como
al Departamento de Contabilidad, a los efectos oportunos.
Tercero: Notifíquese el presente acuerdo al adjudicatario y al resto de licitadores.
Cuarto: Publíquese en el Perfil del Contratante.
Quinto: Emplazar a la empresa Consaudi Obra Civil, S.L. para la formalización del
contrato en un plazo no superior a los quince días hábiles siguientes a aquel en que se
reciba la notificación del presente acuerdo.
Sexto: Devuélvase el expediente completo al departamento de origen.
APROBACIÓN DE LA 1ª CERTIFICACIÓN - LIQUIDACIÓN DE LAS OBRAS DE
INSTALACIÓN DE TUBERÍA DE SANEAMIENTO EN BARRIO VILLANUEVA.
Dada cuenta de la certificación nº 1 - liquidación correspondiente a las obras de
instalación de tubería de saneamiento en el barrio Villanueva, presentada por
Excavaciones Bitram, S.L., por importe de 9.989,74 € (IVA incluido), y
Visto el informe favorable emitido por el Aparejador Municipal, de fecha 30 de junio de
2016
La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Prestarle total aprobación.
Segundo: Notifíquese el presente acuerdo al interesado, con expresión de los recursos a
que hubiera lugar.
9
APROBACIÓN, SI PROCEDE, DE PRÓRROGA DEL CONVENIO BIDELAGUNA
(ANTES PROA).
Dada cuenta del convenio regulador de la subvención concedida por el Ayuntamiento
de Muskiz al Instituto de Educación Secundaria Muskiz - Bigarren Hezkuntzako
Institutua (IES Muskiz BHI) para la realización del programa de acompañamiento
escolar Bidelaguna (antes Proa) aprobado por acuerdo de la Junta de Gobierno Local
adoptado en sesión celebrada el 7 de julio de 2014,
Visto que existe consignación presupuestaria para el desarrollo del programa durante el
curso escolar 2016-2017, y
Visto el informe favorable emitido por la Coordinadora de Servicios Sociales
Municipales, de fecha 30 de junio de 2016,
La Junta de Gobierno Local por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Prorrogar el convenio aprobado por la Junta de Gobierno Local el 7 de julio de
2014, regulador de la subvención concedida por el Ayuntamiento de Muskiz al Instituto
de Educación Secundaria Muskiz - Bigarren Hezkuntzako Institutua (IES Muskiz BHI)
para la realización del programa de acompañamiento escolar Bidelaguna (antes Proa).
Segundo: Aprobar la financiación del programa Bidelaguna (antes Proa) al IES Muskiz
BIH por importe de 3.960,00 €, en el marco del convenio entre el Ayuntamiento de
Muskiz e IES Muskiz BHI de 7 de julio de 2014.
Tercero: Dese traslado al departamento de Intervención para su conocimiento y efectos
oportunos.
Cuarto: Notifíquese al interesado con expresión de los recursos a que hubiera lugar.
Y no habiendo más asuntos que tratar, el señor Presidente dio por terminada la
sesión, a las once horas y treinta minutos, extendiéndose la presente acta, de que yo,
el Secretario Accidental, certifico.
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ACTA Nº 25
AYUNTAMIENTO DE MUSKIZ
En Muskiz, a once de julio de dos mil dieciséis, siendo las diez horas de la
mañana, se reunió la Junta de Gobierno Local, bajo la presidencia del señor Teniente
de Alcalde, don Eduardo Briones Lerchundi, y con asistencia de los señores Tenientes
de Alcalde, don Rufino Manterola Lejarza, don Unai Landaburu Izar de La Fuente y don
Gonzalo Riancho Ocejo, para celebrar sesión ordinaria, en primera convocatoria, y con
asistencia del Señor Secretario Accidental don José Félix Markaida Uriarte.
LECTURA Y APROBACIÓN, SI PROCEDE, DEL ACTA DE LA SESIÓN ANTERIOR.
Declarado abierto el acto por el señor Presidente, de su orden se dio lectura al acta de
la sesión anterior celebrada el día 5 de julio, que fue aprobada por unanimidad.
PETICIÓN DE ALEGRÍA ACTIVITY EN REPRESENTACIÓN DE LA FUNDACIÓN
REPSOL DE AUTORIZACIÓN DE INSTALACIÓN DE CAMIÓN INFORMATIVO EN
EL PARKING DEL MALECÓN EL 30 DE NOVIEMBRE DE 2016.
Dada cuenta de la instancia remitida por Alegría Activity, S.L., en representación de la
fundación REPSOL, en petición de autorización para la instalación de un aula móvil, a
fin de llevar a cabo una campaña de sensibilización educativa dirigida principalmente a
estudiantes de educación secundaria Obligatoria (ESO) y Bachillerato, así como al
público en general, denominada "El Mundo de la Energía ¿Sabías que…?",
Visto que solicitan la instalación de la misma en el parking situado junto al campo de
fútbol de El Malecón el próximo 30 de noviembre de 2016 entre las 08:00 y las 20:00
horas, y
Visto el informe favorable emitido por el Jefe de la Policía Local de fecha 5 de julio de
2016,
La Junta de Gobierno Local por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Conceder a Alegría Activity, S.L. autorización para la instalación de un aula
móvil en el Parking de Campo de Fútbol de El Malecón el próximo 30 de noviembre de
2016 entre las 08:00 y las 20:00 horas, a fin de llevar a cabo la campaña de
sensibilización educativa denominada "El Mundo de la Energía ¿Sabías que…?",
debiendo ponerse en contacto con la Policía Local con la antelación suficiente, a fin de
concretar la ubicación exacta del camión.
Segundo: Dese traslado a la policía local.
Tercero: Notifíquese al interesado con expresión de los recursos a que hubiera lugar.
PETICIÓN DE ALEGRÍA ACTIVITY EN REPRESENTACIÓN DE LA FUNDACIÓN
GAS NATURAL DE AUTORIZACIÓN DE DESARROLLO DE LA ACTIVIDAD
INFORMATIVA "ENERGYTRUCK".
Dada cuenta de la instancia remitida por Alegría Activity, S.L., en representación de la
fundación Gas Natural Fenosa, en petición de autorización el desarrollo de la actividad
"Energytruck" del museo del gas, a fin de llevar a cabo una campaña educativa de
sensibilización dirigida a todos los centros escolares, para sensibilizar sobre qué es la
energía, como consumirla de manera responsable y saber si en el futuro las diferentes
fuentes de energía serán sostenibles,
Visto que solicitan la instalación de la misma en una zona céntrica del municipio los días
13 y 14 de septiembre de 2016, y
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Visto el informe favorable emitido por el Jefe de la Policía Local de fecha 22 de junio de
2016,
La Junta de Gobierno Local por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Conceder a Alegría Activity, S.L. autorización para la celebración de la
actividad "Energytruck" los días 13 y 14 de septiembre de 2016, debiendo ponerse en
contacto con la Policía Local con la antelación suficiente, a fin de concretar la ubicación
exacta del camión.
Segundo: Dese traslado a la policía local.
Tercero: Notifíquese al interesado con expresión de los recursos a que hubiera lugar.
APROBACIÓN, SI PROCEDE, DE LA 1ª CERTIFICACIÓN - LIQUIDACIÓN DEL
SUMINISTRO E INSTALACIÓN DE MARQUESINA EN SANTELICES.
Dada cuenta de la certificación nº1 - liquidación correspondiente a las obras suministro
e instalación de marquesina en Santelices, presentada por Construcciones Hagui, S.A.,
por importe de 6.962,07 € (IVA incluido), y
Visto el informe favorable emitido por el Aparejador Municipal, de fecha 22 de junio de
2016
La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Prestarle total aprobación.
Segundo: Notifíquese el presente acuerdo al interesado, con expresión de los recursos a
que hubiera lugar.
PETICIÓN DE DEVOLUCIÓN DE GARANTÍA DEFINITIVA POR EL SERVICIO DE
RECOGIDA DE ANIMALES EN EL TÉRMINO MUNICIPAL DE MUSKIZ 20152016.
Dada cuenta del escrito presentado, solicitando la devolución de la garantía definitiva,
constituida por importe de 432,00€ como garantía por la prestación del servicio de
recogida de animales en el término municipal de Muskiz 2015-2016, y visto el informe
favorable emitido por el Jefe de la Policía Local, de fecha 30 de mayo de 2016,
La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Proceder a la devolución de la garantía definitiva solicitada.
Segundo: Dese traslado al Departamento de Intervención / Tesorería a los efectos
oportunos.
Tercero: Notifíquese al interesado, con expresión de los recursos a que hubiera lugar.
ADJUDICACIÓN, SI PROCEDE, DEL CONTRATO DE OBRAS DE RENOVACIÓN
DEL SISTEMA DE CÉSPED ARTIFICIAL DE LOS CAMPOS DE FÚTBOL 11 Y
FÚTBOL 7.
La Junta de Gobierno Local por unanimidad de los presentes, acuerda dejar el presente
asunto sobre la mesa.
ADJUDICACIÓN, SI PROCEDE, DEL SUMINISTRO E INSTALACIÓN DE
ELEMENTOS ENERGÉTICAMENTE EFICIENTES PARA SUSTITUIR LOS
EXISTENTES EN LA RED DE ALUMBRADO PÚBLICO.
Habiéndose tramitado procedimiento abierto, y siendo la forma de adjudicación la de
concurso, según lo dispuesto para este tipo de procedimientos en el Real Decreto
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Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la
Ley de Contratos del Sector Público, y
Vistas las ofertas presentadas para la adjudicación del contrato de suministro e
instalación de elementos energéticamente eficientes para sustituir los existentes en la
red de alumbrado público,
Visto que se requirió a la empresa Microled La Mancha, S.L. la acreditación de la
documentación objeto de la declaración responsable en base a lo previsto en el artículo
146.4 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba
el texto Refundido de la Ley de Contratos del sector Público, así como la presentación
justificativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y
con la Seguridad Social o autorizase al órgano de contratación para obtener de forma
directa la acreditación de ello, de disponer efectivamente de los medios que se hubiese
comprometido a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato conforme al artículo
151.2 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, y de haber
constituido la garantía definitiva que sea procedente, y
Visto que por la empresa se ha presentado la documentación requerida en plazo,
La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Adjudicar, definitivamente, el contrato de suministro e instalación de
elementos energéticamente eficientes para sustituir los existentes en la red de
alumbrado público, a Microled La Mancha, S.L., por un importe de 149.847,39€, IVA
EXCLUIDO.
Segundo: Dese traslado al Responsable de Prevención de Riesgos Laborales, así como
al Departamento de Contabilidad, a los efectos oportunos.
Tercero: Notifíquese el presente acuerdo al adjudicatario y al resto de licitadores.
Cuarto: Publíquese en el Perfil del Contratante.
Quinto: Emplazar a la empresa Microled La Mancha, S.L. para la formalización del
contrato en un plazo no superior a los quince días hábiles siguientes a aquel en que se
reciba la notificación del presente acuerdo.
Sexto: Devuélvase el expediente completo al departamento de origen.
APROBACIÓN, SI PROCEDE, DE LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES A
PERSONAS JURÍDICAS Y ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO PARA LA
REALIZACIÓN DE PROGRAMAS Y ACTIVIDADES DENTRO DEL MARCO DE LOS
SERVICIOS SOCIALES EN EL AÑO 2016.
Dada cuenta de las peticiones presentadas en el plazo establecido para la concesión de
subvenciones a personas jurídicas y entidades sin ánimo de lucro para la realización de
programas y actividades dentro del marco de los servicios sociales en el año 2016, y
Visto el informe emitido por la Coordinadora del Área de acción Social, de fecha 6 de
julio de 2016,
La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de sus miembros, acuerda:
Primero: conceder las subvenciones siguientes:
Asociación
Importe
Asociación de mujeres de Muskiz
750,00 €
Asociación Tercera Edad Jubilados y Pensionistas de Muskiz
Alez-Ale Grupo Solidaridad Norte-Sur
1.050,00 €
987,00 €
3
Fundación Esclerosis Múltiple Eugenia Epalza
567,00 €
AECC Asociación Española Contra el Cáncer
577,50 €
Banco de alimentos de Bizkaia
567,00 €
AVIFES Asociación Vizcaína de Familiares y Personas con Enfermedad Mental
630,00 €
FEDER – Delegación País Vasco
609,00 €
ADIZMI asociación de familiares de la zona minera a favor de las personas con
discapacidad
840,00 €
Asociación Clara Campoamor
630,00 €
Asociación de familias, amigos/as de niños/as sordas de Bizkaia. ULERTUZ
525,00 €
Segundo: Denegar la subvención solicitada al no llegar a la puntuación mínima exigida
a las siguientes entidades:
Fundación Síndrome de Down y otras Discapacidades Intelecutales.
ABIPASE Asociación de Bizkaia de Madres y Padres Separados.
Tercero: Dese traslado al Departamento de Intervención para su conocimiento y efectos
oportunos.
Cuarto: Notifíquese a lo interesados con expresión de los recursos a que hubiera lugar.
PETICIÓN DE ACEPTACIÓN DE RENUNCIA A APROVECHAMIENTOS
TERRENOS COMUNALES EN EL SOMO Y RABOCIEGO.
DE
Dada cuenta de la instancia presentada, mediante la que renuncia al aprovechamiento
de los terrenos comunales sitos en el paraje El Somo, de una superficie de 20 áreas,
correspondiente a la parcela 236 del polígono 9, y Rabociego, de una superficie de 5
áreas, correspondiente a la subparcela c), parcela 64 del polígono 10,
Considerando lo establecido en la ordenanza reguladora del aprovechamiento de
terrenos comunales, y
Visto el informe favorable emitido por el Técnico de Administración Especial, de fecha 1
de julio de 2016,
La Junta de Gobierno Local por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Aceptar la renuncia presentada, a la concesión del aprovechamiento de los
terrenos comunales sitos en El Somo y Rabociego, correspondientes a las parcelas 236
del polígono 9 y a la parcela 64, subparcela c) del polígono 10 respectivamente,
causando baja en el padrón correspondiente.
Segundo: Dese cuenta del presente acuerdo al departamento de Intervención Tesorería a efectos de regularizar el recibo.
Tercero: Notifíquese a la interesada con expresión de los recursos a que hubiera lugar.
ADHESIÓN, SI PROCEDE, AL CONVENIO DE INTEROPERABILIDAD CON LA
DIPUTACIÓN FORAL DE BIZKAIA.
Dada cuenta de la propuesta de convenio remitida por el departamento Administración
Pública y Relaciones Institucionales de la Diputación Foral de Bizkaia, para el
intercambio de información (convenio de interoperabilidad) entre la Diputación Foral de
Bizkaia y las entidades locales del territorio, que establecerá los términos y condiciones
4
generales para dicho intercambio de información, al tiempo que permitirá la
interconexión entre las diferentes entidades locales en el ámbito del Territorio Histórico
de Bizkaia entre sí; convenio que, además, posibilitará la intermediación de datos entre
la Administración Estatal, la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de
Euskadi, en virtud del convenio de interoperabilidad que ya han suscrito las tres
Diputaciones Forales con el Gobierno Vasco y éste, a su vez, con la Administración
General del Estado,
La Junta de Gobierno Local por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Adherir al Ayuntamiento de Muskiz al convenio intercambio de información
(convenio de interoperabilidad) entre la Diputación Foral de Bizkaia y las entidades
locales.
Segundo: Facultar al Sr. Alcalde para la firma del mismo.
PETICIÓN DE AUTORIZACIÓN DE OCUPACIÓN DE LA VÍA PÚBLICA CON UNA
MESA Y CUATRO SILLAS JUNTO AL "BAR KEBAD".
Dada cuenta de la instancia presentada, mediante la que solicita autorización municipal
para la colocación de una mesa y sus cuatro sillas, junto a la entrada del local “Bar
Kebad”, sito en la calle La Estación nº2, y
Visto el informe emitido por el Técnico de Administración Especial, de fecha 5 de julio
de 2016,
La Junta de Gobierno Local por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Conceder autorización para la ocupación de la vía pública con 1 mesa y cuatro
sillas, junto a la entrada de su establecimiento hostelero “Bar Kebad”, sito en la calle
La Estación nº2, debiendo, en todo caso, no impedir el paso de las personas, a cuyo
objeto deberá dejar libre un mínimo de 1,5 metros de paso.
Segundo: Dar traslado al área de tesorería, para la aplicación de la correspondiente
tasa por ocupación de la vía pública.
Tercero: Notifíquese al interesado con expresión de los recursos a que hubiera lugar.
PETICIÓN DE AUTORIZACIÓN DE OCUPACIÓN DE LA VÍA PÚBLICA CON DOS
MESAS Y SUS CORRESPONDIENTES SILLAS JUNTO AL "BAR EL TEMPLO".
Dada cuenta de la instancia presentada, mediante la que
solicita
autorización
municipal para la colocación de 2 mesas y sus correspondientes sillas, junto
a la entrada del local “Bar El Templo”, sito en la calle La Cendeja nº10, y
Visto el informe emitido por el Técnico de Administración Especial, de fecha 5 de julio
de 2016,
La Junta de Gobierno Local por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Conceder autorización para la ocupación de la vía pública con 2 mesas y sus
correspondientes sillas, junto a la entrada de su establecimiento hostelero “Bar El
Templo”, sito en la Cendeja nº10, debiendo, en todo caso, no impedir el paso de las
personas, a cuyo objeto deberá dejar libre un mínimo de 1,5 metros de paso.
Segundo: Dese traslado al área de tesorería, para la aplicación de la correspondiente
tasa por ocupación de la vía pública.
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Tercero: Notifíquese al interesado con expresión de los recursos a que hubiera lugar.
APROBACIÓN, SI PROCEDE, DE FACTURAS Y GASTOS.
Se acuerda aprobar la relación de facturas 2016/000023, que consta de 14 páginas
formadas por 48 facturas y por importe total de 200.172,28 €.
Gastos:
Comunidad de Propietarios Pobeña, 11. Gastos 2015 vivienda municipal
775,25 €
Lappset España. Instalación de juegos infantiles.27.320,59 €
Fuera del orden del día y previa declaración de urgencia, se adoptaron los siguientes
acuerdos:
REQUERIMIENTO DE DOCUMENTACIÓN EN EXPEDIENTE DE CONTRATACIÓN
DE LAS OBRAS DE CANALIZACIÓN DE AGUA EN LA CAMPA.
Habiéndose tramitado la licitación para la adjudicación de las obras de canalización de
agua en La Campa, mediante procedimiento negociado sin publicidad, según lo
dispuesto para este tipo de procedimiento en el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14
de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del
Sector Público, y
Visto que por la empresa Excavaciones Bitram, S.L., se ha presentado la oferta
económicamente más ventajosa que asciende a un importe total IVA EXCLUIDO de
93.000,00 €,
Visto el artículo 151.2 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el
que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, en virtud
del cual se establece que el órgano de contratación requerirá al licitador que haya
presentado la oferta económicamente más ventajosa para que dentro del plazo de diez
días hábiles, a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el
requerimiento, presente la documentación justificativa de hallarse al corriente en el
cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social o autorice al
órgano de contratación para obtener de forma directa la acreditación de ello, de
disponer efectivamente de los medios que se hubiese comprometido a dedicar o
adscribir a la ejecución del contrato conforme al artículo 64.2 del Texto Refundido de la
Ley de Contratos del Sector Público, y de haber constituido la garantía definitiva que
sea procedente, y
Visto el artículo 146.4 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el
que se establece que el licitador a cuyo favor recaiga la propuesta de adjudicación,
deberá acreditar ante el órgano de contratación, previamente a la adjudicación del
contrato, la posesión y validez de los documentos exigidos en el pliego de contratación,
sobre los que realizó declaración responsable y en concreto, los siguientes:
a) Los que acrediten la personalidad jurídica del empresario y, en su caso, su
representación.
b) Los que acrediten la clasificación de la empresa, en su caso, o justifiquen los
requisitos de su solvencia económica, financiera y técnica o profesional, presentando
los certificados acreditativos correspondientes previstos en la carátula del pliego de
contratación.
c) Una declaración responsable de no estar incurso en prohibición de contratar.
d) Para las empresas extranjeras, en los casos en que el contrato vaya a ejecutarse en
España, la declaración de someterse a la jurisdicción de los juzgados y tribunales
6
españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o
indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional
extranjero que pudiera corresponder al licitante.
La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Requerir a Excavaciones Bitram, S.L. a que dentro del plazo de diez días
hábiles, a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento,
presente la documentación justificativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de
sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social o autorice al órgano de
contratación para obtener de forma directa la acreditación de ello, de disponer
efectivamente de los medios que se hubiese comprometido a dedicar o adscribir a la
ejecución del contrato conforme al artículo 64.2 del Texto Refundido de la Ley de
Contratos del Sector Público, y de haber constituido la garantía definitiva que sea
procedente, así como la acreditación de la documentación referida en el anteriormente
citado artículo 146 apartado cuarto del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de
noviembre exigida en el pliego de contratación que rige la licitación y sobre la que el
licitador cuya oferta ha resultado la más ventajosa realizó declaración responsable.
De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se
entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose en ese caso a recabar la
misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado
clasificadas las ofertas.
Segundo: Dese traslado al Departamento de Tesorería, a fin de que informe sobre el
cumplimiento de lo dispuesto en el apartado anterior.
Tercero: Dese traslado al Departamento de Contratación, a fin de que informe sobre el
cumplimiento de lo dispuesto en el apartado primero y en concreto, de la presentación
por el adjudicatario de la documentación prevista en el artículo 146.4 del Real Decreto
Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre.
PETICIÓN DE RESERVA DE PLAZAS DE APARCAMIENTO PARA DIVERSOS
USOS DURANTE LAS FIESTAS DE MEMEREA 2016.
Dada cuenta de la instancia presentada, con entrada en el registro general municipal
número 1395, mediante la que solicita la reserva de dos plazas de aparcamiento para
su uso en diferentes actividades durante las fiestas de Memerea 2016 los días 22. 23 y
24 de julio de 2016, y
Visto el informe favorable emitido por el jefe de la Policía Local, de fecha 29 de junio de
2016, en el que se expone que:
"No hay inconveniente por parte de la Policía Local para el uso de las dos parcelas de
aparcamiento, siempre que el uso sea el destinado a la realización de actividades
dentro de las fiestas."
La Junta de Gobierno Local por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Autorizar la reserva de dos plazas de aparcamiento durante los días 22, 23 y
24 de julio de 2016 para uso exclusivo en actividades enmarcadas dentro de las fiestas
de Memerea 2016.
Segundo: Notifíquese a la interesada con expresión de los recursos a que hubiera lugar.
Y no habiendo más asuntos que tratar, el señor Presidente dio por terminada la
sesión, a las once horas y treinta minutos, extendiéndose la presente acta, de que yo,
el Secretario Accidental, certifico.
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ACTA Nº 26
AYUNTAMIENTO DE MUSKIZ
En Muskiz, a dieciocho de julio de dos mil dieciséis, siendo las diez horas de la
mañana, se reunió la Junta de Gobierno Local, bajo la presidencia del señor Alcalde,
don Borja Liaño Abarrategi, y con asistencia de los señores Tenientes de Alcalde, don
Eduardo Briones Lerchundi, don Rufino Manterola Lejarza y don Gonzalo Riancho Ocejo,
para celebrar sesión ordinaria, en primera convocatoria, y con asistencia de la señora
Secretaria General, doña Itxaso Apraiz Yáñez y el señor Interventor don Mario Lanbarri
Martín.
LECTURA Y APROBACIÓN, SI PROCEDE, DEL ACTA DE LA SESIÓN ANTERIOR.
Declarado abierto el acto por el señor Presidente, de su orden se dio lectura al acta de
la sesión anterior celebrada el día once de julio, que fue aprobada por unanimidad.
PETICIÓN DE TENENCIA DE ANIMAL POTENCIALMENTE PELIGROSO.
Dada cuenta del escrito presentado, solicitando licencia municipal para la tenencia
de un perro de raza calificada como potencialmente peligrosa
aportando la
documentación prevista en el R.D. 287/2002, de 22 de marzo, visto el informe
favorable emitido por el Jefe de la Policía Local, de fecha 5 de julio de 2016,
La Junta de Gobierno Local por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Conceder la licencia solicitada con un plazo de vigencia máximo de cinco años,
con la obligación del titular de comunicar en el plazo de quince días cualquier variación
de los datos en los que se ha basado la concesión correspondiéndole la referencia
48071/16/0073.
Segundo: Notificar la presente al interesado con expresión de los recursos a que
hubiera lugar.
ADJUDICACIÓN, SI PROCEDE, DEL CONTRATO DE OBRAS DE RENOVACIÓN
DEL SISTEMA DE CÉSPED ARTIFICIAL DE LOS CAMPOS DE FÚTBOL 11 Y
FÚTBOL 7.
Habiéndose tramitado procedimiento negociado sin publicidad, y siendo la forma de
adjudicación la de concurso, según lo dispuesto para este tipo de procedimientos en el
Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto
Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, y
Vistas las ofertas presentadas para la adjudicación del contrato de obras de renovación
del sistema de césped artificial de los campos de fútbol 11 y fútbol 7,
Visto que se requirió a la empresa Mondo Ibérica, S.A. la acreditación de la
documentación objeto de la declaración responsable en base a lo previsto en el artículo
146.4 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba
el texto Refundido de la Ley de Contratos del sector Público, así como la presentación
justificativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y
con la Seguridad Social o autorizase al órgano de contratación para obtener de forma
directa la acreditación de ello, de disponer efectivamente de los medios que se hubiese
comprometido a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato conforme al artículo
151.2 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, y de haber
constituido la garantía definitiva que sea procedente, y
1
Visto que por la empresa se ha presentado la documentación requerida en plazo,
La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Adjudicar, definitivamente, el contrato de obras de renovación del sistema de
césped artificial de los campos de fútbol 11 y fútbol 7, a Mondo Ibérica, S.A., por un
importe de 149.800,00 €, IVA EXCLUIDO.
Segundo: Dese traslado al Responsable de Prevención de Riesgos Laborales, así como
al Departamento de Contabilidad, a los efectos oportunos.
Tercero: Notifíquese el presente acuerdo al adjudicatario y al resto de licitadores.
Cuarto: Publíquese en el Perfil del Contratante.
Quinto: Emplazar a la empresa Mondo ibérica, S.A. para la formalización del contrato en
un plazo no superior a los quince días hábiles siguientes a aquel en que se reciba la
notificación del presente acuerdo.
Sexto: Devuélvase el expediente completo al departamento de origen.
APROBACIÓN, SI PROCEDE, DEL INICIO DE EXPEDIENTE DE ADJUDICACIÓN
DEL CONTRATO DE MEJORA DE LA RED DE ALUMBRADO PÚBLICO DE
MUSKIZ.
Dada cuenta de la necesidad de contratar las obras de mejora de la red de alumbrado
público de Muskiz puesta de manifiesto por el Departamento de Urbanismo, y
Visto el pliego de cláusulas-administrativas particulares elaborado al efecto por el que
se establece como procedimiento de adjudicación el negociado sin publicidad y
tramitación ordinaria, por tipo de licitación máxima de 58.065,03 euros (IVA excluido),
La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Aprobar el inicio de expediente para la adjudicación del contrato de obras de
mejora de la red de alumbrado público de Muskiz, mediante procedimiento negociado
sin publicidad por tipo de licitación máximo de 58.065,03 (IVA excluido).
Segundo: Publicar el anuncio de licitación en el perfil del contratante del Ayuntamiento
de Muskiz.
Tercero: Devuélvase el expediente completo al departamento de origen.
APROBACIÓN, SI PROCEDE, DE INICIO DE EXPEDIENTE DE ADJUDICACIÓN
DEL CONTRATO DE INSTALACIÓN DE ALUMBRADO EN CARRASCAL.
Dada cuenta de la necesidad de contratar las obras de instalación de alumbrado en
Carrascal puesta de manifiesto por el Departamento de Urbanismo, y
Visto el pliego de cláusulas-administrativas particulares elaborado al efecto por el que
se establece como procedimiento de adjudicación el negociado sin publicidad y
tramitación ordinaria, por tipo de licitación máxima de 22.276,86 euros (IVA excluido),
La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Aprobar el inicio de expediente para la adjudicación del contrato de obras de
instalación de alumbrado en Carrascal, mediante procedimiento negociado sin
publicidad por tipo de licitación máximo de 22.276,86 (IVA excluido).
Segundo: Publicar el anuncio de licitación en el perfil del contratante del Ayuntamiento
de Muskiz.
Tercero: Devuélvase el expediente completo al departamento de origen.
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APROBACIÓN, SI PROCEDE, DE INICIO DE EXPEDIENTE DE ADJUDICACIÓN
DEL CONTRATO DE SUMINISTRO E INSTALACIÓN DE ILUMINACIÓN EN LOS
PASOS DE PEATONES.
Dada cuenta de la necesidad de contratar el suministro e instalación de iluminación de
paso de peatones puesta de manifiesto por el Departamento de Urbanismo, y
Visto el pliego de cláusulas-administrativas particulares elaborado al efecto por el que
se establece como procedimiento de adjudicación el negociado sin publicidad y
tramitación ordinaria, por tipo de licitación máxima de 30.897,74 euros (IVA excluido),
La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Aprobar el inicio de expediente para la adjudicación del contrato de suministro
e instalación de iluminación de paso de peatones, mediante procedimiento negociado
sin publicidad por tipo de licitación máximo de 30.897,74 (IVA excluido).
Segundo: Publicar el anuncio de licitación en el perfil del contratante del Ayuntamiento
de Muskiz.
Tercero: Devuélvase el expediente completo al departamento de origen.
REQUERIMIENTO A LA PROPIEDAD DE LAS PARCELAS 55 Y 57 DEL GRUPO
LAURETA DE ACONDICIONAMIENTO DE TERRENOS.
Siendo competencia genérica del Ayuntamiento, de conformidad con lo establecido en
los Artículos 25.2.d) de la Ley de Bases de Régimen Local, 19 de la Ley 6/98 de 13 de
abril, sobre Régimen del Suelo y Valoraciones, arts. 199 y 203 de la Ley 2/2006 de
Suelo y Urbanismo y 10.1 del Reglamento de Disciplina Urbanística, la vigilancia de
terrenos, construcciones, instalaciones y edificios, para que se mantengan en las
debidas condiciones de seguridad, salubridad, ornato público y decoro, y visto el
informe emitido por el Aparejador Municipal de fecha 10 de junio de 2016, en el que se
expone que:
"(…) Teniendo en cuenta que el terreno tiene carácter urbano.
Teniendo en cuenta el artículo 199,1 de la Ley 2/2006, de 30 de junio, de Suelo y
Urbanismo.
Teniendo en cuenta lo establecido en el Real Decreto 630/2013 de 2 de agosto, por el
que se regula el Catálogo español de especies exóticas invasoras, mediante el cual
queda prohibido la tenencia de determinadas especies de flora invasora. Y
determinando la responsabilidad del propietario o gestor de los terrenos en los que se
ubican en su control y presencia. En la parcela de referencia se ha detectado la
presencia de Cortaderia Selloana (plumero de la pampa).
Teniendo en cuenta así mismo que el Real Decreto de especies invasoras establece la
prohibición de la posesión de ejemplares de estas especies, debido a que es imposible
garantizar su no propagación fuera de los lugares donde se encuentran debiendo, por
lo tanto, ser eliminados,
(…)
Se propone solicitar a los propietarios de las parcelas 53 y 55 que erradiquen las
especies invasoras ubicadas en su propiedad y mantener su parcela en un adecuado
estado de conservación, salubridad y ornato público."
La Junta de Gobierno Local por unanimidad de los presentes, acuerda:
3
Primero: Requerir a la PROPIEDAD para que realice los trabajos de acondicionamiento
precisos para mantener las parcelas 53 y 55 del Grupo Laureta en las condiciones de
salubridad, higiene y ornato necesarias, para lo que deberá proceder a erradicar las
especies invasoras ubicadas en su propiedad y mantener su parcela en un adecuado
estado de conservación, salubridad y ornato público
No obstante, visto el Art. 168 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y
Régimen Jurídico de las Entidades Locales, en relación con el Art. 84 de la Ley 30/1992
de 26 de Noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común, procede, antes de adoptar resolución alguna,
conceder un plazo de DIEZ DÍAS al propietario, para que pueda manifestar lo que
estime pertinente en defensa de sus derechos, en relación con la eventual resolución a
adoptar por esta Corporación ordenando adopte las medidas indicadas.
PETICIÓN DE CONSERVAS Y AHUMADOS ÁNGEL, S.L. DE LICENCIA DE OBRAS
DE DEMOLICIÓN DE PABELLÓN.
Dada cuenta del expediente tramitado a instancia de don Jorge Lertxundi Balenciaga,
en representación de Conservas y ahumados Ángel, S.L., en solicitud de licencia
municipal de obra demolición de las instalaciones correspondientes al pabellón de
Conservas y Ahumados afectadas por incendio, adjuntando proyecto visado, visto el
informe técnico favorable emitido por el Aparejador Municipal, de fecha 11 de julio de
2016,
La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Conceder la licencia solicitada, con abono de los derechos municipales sobre
un presupuesto de 48.614,31 €, debiendo cumplir las condiciones generales que se
adjuntan. El plazo para el comienzo de las obras es de 2 meses y el de ejecución de 3
meses una vez comenzadas las obras. Se cumplirá en todo momento con las medidas
de seguridad y salud en el trabajo, implantando las medidas necesarias para impedir
daños a terceros, de acuerdo con el RD 486/1997. Se cumplirá en todo momento el D
112/2012 Gestión de residuos de construcción y demolición. Se establece como fianza
de gestión de residuos el importe de 17.724,00 euros (120% PEM G.R.).
Deberán cumplirse, además, las siguientes condiciones particulares:
- El derribo no afectará a la estructura principal de la edificación, la cual es compartida
con los pabellones adyacentes al siniestrado.
- Se presentará ante los servicios de urbanismo de este ayuntamiento un certificado
realizado por técnico competente en el que se estudie la posible afección del fuego y las
altas temperaturas sobre las capacidades mecánicas y portantes de la estructura
principal del pabellón. Dicho informe incluirá, en su caso, los resultados de los ensayos
y/o pruebas a los que se haya podido someter a dicha estructura.
- Si se determina que la estructura principal ha sufrido mermas en sus capacidades
mecánicas, se notificará inmediatamente dichos resultados a los servicios de urbanismo
del Ayuntamiento de Muskiz y se presentará a la mayor brevedad posible un proyecto
que contemple la sustitución o refuerzo de las mismas. Entendiéndose que la
reparación o sustitución estructural, en su caso, será conjunta en todos los pabellones
afectados.
- En el caso de ser necesario el derribo de cualquier elemento que pudiera ser
compartido con los pabellones anexos o pudiera afectar a los mismos, será necesario
presentar ante los servicios de urbanismo de este ayuntamiento la autorización expresa
4
y firmada de los propietarios o representantes legales de dichos pabellones anexos,
antes de acometer dichos trabajos.
- El derribo se realizará sin producir ningún tipo de molestias, como polvos, ruidos etc.,
al vecindario.
- Se cuidará no afectar a los sumideros, arquetas y a la red de saneamiento del
polígono industrial ni de la red general municipal.
- Se cuidará una correcta y urgente manipulación y gestión de los materiales
perecederos que pudieran aún permanecer en las instalaciones.
- Queda prohibido el depósito de cualquier clase de escombros en zona pública no
pudiéndose considerar finalizada la obra hasta que se haya procedido al total
desescombro y limpieza del terreno.
- Acabada la demolición se presentará el informe final de la gestión de residuos y
materiales de construcción y demolición, con el contenido y alcance que se señala en el
art. 6 del Anexo III del Decreto 112/2012 de 26 de junio.
Segundo: Dar traslado al Departamento de Tesorería.
Tercero: Devuélvase, una vez cumplimentado, el expediente completo al departamento
de Urbanismo
Una copia de la presente licencia deberá fijarse en un lugar visible de la obra, a efectos
de que por los servicios municipales se lleve a cabo la inspección urbanística
correspondiente de manera efectiva. Todo ello sin perjuicio de que por el titular de la
obra y a requerimiento de las autoridades municipales se deba mostrar el original de la
misma.
Cuarto: Notificar la presente al interesado.
PETICIÓN DE CONCESIÓN DE TERRENO COMUNAL EN MONTE ATRÁS.
Dada cuenta de la instancia presentada, , mediante la que solicita autorización
para el traspaso a su favor del aprovechamiento del terreno comunal correspondiente a
la subparcela c) de la parcela 481 del polígono 2 en MUP nº114 sito en Monte Atrás,
cuya concesión consta a nombre de XXXXXXX, que ha vendido al solicitante la vivienda
que se encuentra en el citado terreno,
Visto el dictamen de la Comisión mixta previsto en la ordenanza reguladora, y
Visto el informe favorable emitido por el Técnico de Administración Especial de fecha 13
de julio de 2016,
La Junta de Gobierno Local por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Autorizar el traspaso del aprovechamiento del terreno comunal sito en Monte
Atrás, correspondiente a la subparcela c) de la parcela 481 del polígono 2, cuya
concesión consta a nombre de XXXXXXXX, al estar empadronado en el municipio con
antigüedad superior a seis meses.
Segundo: Dese traslado al Departamento de Intervención - Tesorería a los efectos
oportunos.
Tercero: Notifíquese al interesado con expresión de los recursos a que hubiera lugar.
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PETICIONES SOBRE CONCESIÓN DE APROVECHAMIENTO DE TERRENO
COMUNAL EN CARRASCAL.
Dada cuenta de las instancias presentadas para la concesión del aprovechamiento de
los terrenos comunales correspondientes a las subparcelas a) y b) de la parcela 124,
parcela 125 y subparcelas e) y d) de la parcela 126 del polígono 10 en MUP nº 115,
sito en Carrascal,
Visto el informe desfavorable emitido por el Servicio Foral de Montes, de fecha 2 de
junio de 2016, del que se desprende que:
"(…) no convienen nuevas concesiones/consorcios de superficies con uso forestal ni
resultarían interesantes para el Ayuntamiento como propietario, siendo conveniente la
recuperación de dichas superficies para el Ayuntamiento y pasando a gestionarse de
forma directa por parte del Servicio de Montes a favor del Ayuntamiento (,,,)"
Visto el dictamen de la Comisión mixta prevista en la Ordenanza Reguladora, y
Visto el informe emitido por el Técnico de Administración Especial, de fecha 13 de julio
de 2016 que ratifica el informe del Servicio Foral de Montes
La Junta de Gobierno Local por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Desestimar las peticiones presentadas, para destinar el terreno a zona de
servicio y uso público junto al barrio de Carrascal y la parte ocupada por frondosas y
eucalipto como zona de uso forestal libre de concesión y a favor del Ayuntamiento.
Segundo: Notifíquese a los/as interesados/as con expresión de los recursos a que
hubiera lugar.
PETICIONES SOBRE CONCESIÓN DE APROVECHAMIENTO DE TERRENO
COMUNAL EN LA LLOSA DE LOS VALLES.
Dada cuenta de las instancias presentadas para la adjudicación de la concesión para el
aprovechamiento del terreno comunal correspondiente a la parcela 91 del polígono 8
sito en La Llosa de Los Valles,
Visto el informe emitido por la Comisión Mixta previsto en la Ordenanza Reguladora, y
Visto el informe emitido por el Técnico de Administración Especial, de fecha 13 de julio
de 2016,
La Junta de Gobierno Local por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Adjudicar la concesión para el aprovechamiento del terreno comunal
correspondiente a la parcela 91 del Polígono 8 sito en La Llosa de los Valles por su
condición de colindante, al estar empadronado en el municipio con residencia
efectiva y una antigüedad superior a seis meses. El terreno deberá ponerse a
disposición del Ayuntamiento en caso de ser necesario para la habilitación de
instalaciones de uso o servicio público, sin derecho a indemnización.
Segundo: Dese traslado al Departamento de Intervención - Tesorería a los efectos
oportunos
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Tercero: Notifíquese a los/as interesados/as con expresión de los recursos a que
hubiera lugar.
PETICIÓN DE CONCESIÓN DE TERRENO COMUNAL EN CAMPA DE EL
ARENAO.
Dada cuenta del escrito presentado por el que solicita la
concesión
del
aprovechamiento del terreno comunal correspondiente a las subparcelas b), c),
d), e), y k), de la parcela 131 del polígono 10, sito en la Campa del Arenao, en MUP nº
115,
Visto el informe emitido por el Servicio de Montes,
Visto el dictamen de la Comisión Mixta previsto en la Ordenanza Reguladora, y
Visto el informe favorable emitido por el Técnico de Administración Especial, de fecha
13 de julio de 2016,
La Junta de Gobierno Local por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Adjudicar la concesión para el aprovechamiento de los terrenos comunales
correspondientes únicamente a las subparcelas c), d), e) y k) de la parcela 131 del
Polígono 10, quedando el resto de las solicitadas libres de aprovechamiento para su
destino forestal, al ser la única solicitud presentada y estar empadronado en el
municipio con residencia efectiva y antigüedad superior a seis meses.
Segundo: Dese traslado al Departamento de Intervención - Tesorería a los efectos
oportunos.
Tercero: Notifíquese al interesado con expresión de los recursos a que hubiera lugar.
PETICIÓN DE CONCESIÓN DE TERRENO COMUNAL EN EL CAMPO.
Dada cuenta de la instancia presentada mediante la que solicita la concesión del
aprovechamiento del terreno comunal correspondiente a la subparcela a') de la parcela
174 del Polígono 6 sito en El Campo,
visto el dictamen emitido por la Comisión Mixta previsto en la Ordenanza Reguladora, y
Visto el informe favorable emitido por el Técnico de Administración Especial, de fecha
13 de julio de 2016,
La Junta de Gobierno Local por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Adjudicar la concesión para el aprovechamiento del terreno comunal
correspondiente a la subparcela a') de la parcela 174 del Polígono 6 sito en El Campo,
al ser la única solicitud presentada y estar empadronada en el municipio con residencia
efectiva y con antigüedad superior a seis meses.
Segundo: Dese traslado al Departamento de Intervención - Tesorería a los efectos
oportunos.
Tercero: Notifíquese a la interesada con expresión de los recursos a que hubiera lugar.
APROBACIÓN, SI PROCEDE, DE FACTURAS Y GASTOS.
No se presentan facturas ni gastos para su aprobación.
Y no habiendo más asuntos que tratar, el señor Presidente dio por terminada la
sesión, a las once horas y treinta minutos, extendiéndose la presente acta, de que yo,
la Secretaria, certifico.
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ACTA Nº 27
AYUNTAMIENTO DE MUSKIZ
En Muskiz, a veintiséis de julio de dos mil dieciséis, siendo las nueve horas de la
mañana, se reunió la Junta de Gobierno Local, bajo la presidencia del señor Alcalde en
funciones, don Rufino Manterola Lejarza, y con asistencia de los señores Tenientes de
Alcalde, don Eduardo Briones Lerchundi y don Gonzalo Riancho Ocejo, para celebrar
sesión extraordinaria, en primera convocatoria, y con asistencia de la señora Secretaria
General, doña Itxaso Apraiz Yáñez.
LECTURA Y APROBACIÓN, SI PROCEDE, DEL ACTA DE LA SESIÓN ANTERIOR.
Declarado abierto el acto por el señor Presidente, de su orden se dio lectura al acta de
la sesión anterior celebrada el día dieciocho de julio, que fue aprobada por unanimidad.
APROBACIÓN, SI PROCEDE, DE LA 1ª CERTIFICACIÓN -LIQUIDACIÓN DE LAS
OBRAS DE REHABILITACIÓN DEL CAMINO DE LA CASERÍA.Dada cuenta de la 1ª certificación liquidación correspondiente a las obras de
rehabilitación del camino de La Casería, presentada por Consaudi Obra Civil S.L., por
importe de 21.143,64 € (IVA incluido),
La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Prestarle total aprobación.
Segundo: Notifíquese el presente acuerdo al interesado, con expresión de los recursos a
que hubiera lugar.
PETICIÓN DE PRÓRROGA DE LA LICENCIA MUNICIPAL DE OBRAS DE
REPARACIÓN DE CUBIERTA EN EL CRUCERO Nº1.El Sr. Riancho se abstiene por incurrir en causa de abstención prevista en el artículo 28
de la Ley 30/92, de 26 de noviembre.
Dada cuenta de la instancia, con registro de entrada nº1559 de 18 de julio de 2016,
presentada por la Cooperativa Obrera de Consumo de Musques, con domicilio en El
Crucero nº1, mediante la que solicita la prórroga de la licencia de obra de rehabilitación
de cubierta del edificio de El Crucero nº1,
Visto que, mediante acuerdo de la Junta de Gobierno Local adoptado en sesión
celebrada el 9 de mayo de 2016, se concedió licencia de obra para la rehabilitación de la
cubierta en El Crucero nº1,
Visto el informe favorable emitido por el Arquitecto Asesor Municipal de fecha 20 de
julio de 2016,
Vista la legislación y preceptos aplicables, y
Visto que la petición de plazo se realiza con anterioridad a la finalización del mismo,
La Junta de Gobierno Local por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Conceder la ampliación de plazo concedido para las obras de rehabilitación de
cubierta en El Crucero nº1, en 3 meses para su comienzo.
1
PETICIÓN DE LICENCIA DE OBRAS DE REFORMA DE CASERÍO EN KOBARON
32.Dada cuenta de la instancia presentada solicitando licencia de obras para la
reforma de caserío en Kobaron nº32, adjuntando el proyecto básico correspondiente,
y visto el informe del Arquitecto Municipal, de fecha 18 de julio de 2016, del siguiente
contenido:
“Examinada la nueva documentación aportada se comprueba que el Proyecto Básico
reformado se ajusta a las condiciones del informe anterior y a los parámetros urbanísticos de
aplicación, los cuales se recogen a continuación:
•
Las especificaciones del proyecto así como los parámetros urbanísticos de aplicación
se resumen a continuación:
Normas
Proyecto
Sup. Parcela
Edificabilidad máxima
La existente
La existente: 386,42 m2
La existente
Se reduce: 357,94 m2
Separación a linderos
Ocupación máxima
Altura máx.
Existentes
La existente: 264,67 m2
Las existentes
Alero: 5,47 m - 7,07 m
Cumbrera: 7,55 m – 9,15 m
Existentes
Se reduce a 230,93 m2
Las existentes Alero: 5,47 m
- 7,07 m Cumbrera: 7,55 m
– 9,15 m
•
No existe incremento de superficie construida (*). Tras las obras de reforma la superficie
construida del caserío se reduce en 28,48 m2, al eliminarse el anexo de aperos
adosado a la fachada noroeste. (*.- La superficie catastral de la vivienda y sus anexos
no coincide con las escrituras. Tampoco con la construcción realmente existente, que se
considera legalizada en su estado y superficie actual por ser anterior a las vigentes
normas, tal y como aparece en la cartografía básica de la D.F.B correspondiente al
vuelo de julio de 1990)
•
El volumen construido del edificio existente es de 1.040 m3. Tras la reforma se reduce a
un total de 1,017 m3.
•
Se mantienen los muros perimetrales de mampostería, las alineaciones de las fachadas
y la ocupación en planta.
•
La cota de cumbrera y alero se incrementan respectivamente en 0,57 y 0,40 m, sin que
suponga aumento de edificabilidad o volumen construido. Este incremento queda
justificado por la necesidad de conseguir unas alturas interiores mínimas habitables.
PROPUESTA DEL INFORME. Favorable. No se podrán comenzar las obras hasta la
presentación y aprobación del correspondiente Proyecto de Ejecución visado.
CONDICIONES URBANISTICAS Y TECNICAS PARTICULARES:
1.- Se recuerda que la obra nunca tendrá el carácter de sustitución del edificio existente, siendo
únicamente admisibles las obras que respeten dicho principio, quedando expresamente
prohibida la demolición del inmueble. Previamente al comienzo de las obras, se presentara
compromiso expreso de la propiedad y técnico autor del proyecto de no demoler el edificio y de
adoptar durante la ejecución de la obra todas las medidas necesarias para garantizar dicho
precepto.
2.- No se permitirá ningún elemento que degrade el conjunto del edificio, por lo que el
tratamiento exterior, fachadas y cubierta, presentará continuidad de materiales y acabados. Se
2
utilizarán técnicas y materiales de construcción tradicionales. En la cubierta será obligatorio el
empleo de teja cerámica.
PRESUPUESTO DE EJECUCION MATERIAL (PEM Proyecto Básico): 217.186,00 €
FIANZA GESTION RESIDUOS / Art.5 Decreto 112/2012. (120% PEM): 4.221,90 euros
PLAZO DE EJECUCION:
6 meses para el comienzo.
24 meses para su finalización.
(Desde aprobación del Proyecto de Ejecución)
CONDICIONES GENERALES DE LA LICENCIA DE OBRAS
1.- La licencia se concede en cuanto sea competencia municipal salvo derecho de propiedad,
sin perjuicio de terceros y del patrimonio municipal.
2.- La licencia se entiende concedida previo pago de las tasas correspondientes.
3.- La licencia no prejuzga las autorizaciones de otros organismos de la Administración Pública
en su competencia y se observaran las condiciones que fijen los mismos.
4.- No se podrá afectar bienes, obras o servicios municipales y será responsable de cualquier
daño que se ocasione en la vía pública con motivo de la obra, debiendo en todo caso, previa a
la finalización de las mismas, restablecerlo a su estado primitivo.
5.- Se cumplirán y respetarán las Normas Subsidiarias de Planeamiento, las Ordenanzas
Municipales y demás Normativa Urbanística de aplicación.
6.- Las obras se realizarán sin producir ningún tipo de molestias, como polvos, ruidos etc., al
vecindario
7.- No podrán realizarse obras distintas a las autorizadas.
8.- Si fuera precisa la implantación de andamiajes, elementos estructurales auxiliares y grúas,
el interesado deberá de aportar Certificado de Seguridad redactado por técnico competente.
9.- Si fuera preciso la implantación en vía pública de contenedor para vertido de materiales, el
interesado deberá de solicitar la licencia correspondiente. Queda prohibido el depósito de
cualquier clase de escombros en zona pública.
10.- Las obras se efectuarán en las debidas condiciones de seguridad y salud en el trabajo,
implantando las medidas necesarias para impedir daños a terceros, de acuerdo con el RD
486/1997. Se cumplirá así mismo el D 112/2012 de Gestión de Residuos de construcción y
demolición.
11.- Acabadas las obras se presentará la documentación final de obra firmada por la dirección
facultativa y visada, (certificado, presupuesto de liquidación y planos fin de obra y fotografías)
así como un informe acreditativo de la correcta gestión de residuos elaborado según lo
dispuesto en el Art 6 del D.112/2012.
12.- El incumplimiento de las presentes condiciones podrá dar lugar a la anulación de la
licencia o al inicio de expediente sancionador.”
La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Conceder la licencia solicitada, con abono de los derechos municipales sobre
un presupuesto de 217.186,00€, debiendo cumplir las condiciones generales que se
adjuntan. El plazo para el comienzo de las obras es de 6 meses y el de ejecución de 24
meses una vez comenzadas las obras. Se cumplirá en todo momento con las medidas
de seguridad y salud en el trabajo, implantando las medidas necesarias para impedir
daños a terceros, de acuerdo con el RD 486/1997. Se cumplirá en todo momento el D
112/2012 Gestión de residuos de construcción y demolición. Se establece como fianza
de gestión de residuos el importe de 4.221,90 euros (120% PEM G.R.).
Deberán cumplirse, además, las siguientes condiciones particulares:
- No podrán comenzarse las obras hasta la presentación de la documentación del
proyecto de ejecución visado.
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- La obra nunca tendrá el carácter de sustitución del edificio existente, siendo
únicamente admisibles las obras que respeten dicho principio, quedando expresamente
prohibida la demolición del inmueble. Previamente al comienzo de las obras, se
presentará compromiso expreso de la proppiedad y técnico autor del proyecto de no
demoler el edificio y de adoptar durante la ejecución de la obra todas las medidas
necesarias para garatizar dicho precepto.
- Quedan totalmente prohibidas las obras que supongan aumento de volumen o
superficie construida.
- No se permitirá ningún elemento que degrade el conjunto del edificio, por lo que el
tratamiento exterior y fachadas presentará continuidad de materiales y acabados. Se
utilizarán técnicas y materiales de construcción tradicionales. En la cubierta será
obligatorio el empleo de teja cerámica.
Segundo: Dar traslado al Departamento de Tesorería.
Tercero: Devuélvase, una vez cumplimentado, el expediente completo al departamento
de Urbanismo.
Una copia de la presente licencia deberá fijarse en un lugar visible de la obra, a efectos
de que por los servicios municipales se lleve a cabo la inspección urbanística
correspondiente de manera efectiva. Todo ello sin perjuicio de que por el titular de la
obra y a requerimiento de las autoridades municipales se deba mostrar el original de la
misma.
Cuarto: Notificar la presente a la parte interesada.
APROBACIÓN, SI PROCEDE, DE FACTURAS Y GASTOS.
Se acuerda aprobar la relación de facturas 2016/000024, que consta de 20 páginas
formadas por 77 facturas y por importe total de 229.636,93 €.
Gastos:
FCC S.A.(recogida papel cartón)
6.673,00 €
Excavaciones Bitram S.L. (mantenimiento edificios colegio Cantarrana)
17.424,00 €
Ceprenor (señalización viaria Centro Somorrostro)
17.879,87 €
Ceprenor (señalización viaria La Rigada)
484,00 €
Ceprenor (señalización viaria Antonio Trueba)
504,80 €
Y no habiendo más asuntos que tratar, el señor Presidente dio por terminada la
sesión, a las diez horas, extendiéndose la presente acta, de que yo, la Secretaria,
certifico.
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ACTA Nº 28
AYUNTAMIENTO DE MUSKIZ
En Muskiz, a cinco de septiembre de dos mil dieciséis, siendo las diez horas de la
mañana, se reunió la Junta de Gobierno Local, bajo la presidencia del señor Alcalde,
don Borja Liaño Abarrategi, y con asistencia de los señores Tenientes de Alcalde, don
Eduardo Briones Lerchundi, don Rufino Manterola Lejarza, don Unai Landaburu Izar de
La Fuente y don Gonzalo Riancho Ocejo, para celebrar sesión ordinaria, en primera
convocatoria, y con asistencia de la señora Secretaria General, doña Itxaso Apraiz
Yáñez.
LECTURA Y APROBACIÓN, SI PROCEDE, DEL ACTA DE LA SESIÓN ANTERIOR.
Declarado abierto el acto por el señor Presidente, de su orden se dio lectura al acta de
la sesión anterior celebrada el día 26 de julio, que fue aprobada por unanimidad.
PETICIÓN DE ALEGRÍA ACTIVITY EN REPRESENTACIÓN DE LA FUNDACIÓN
GAS NATURAL DE AMPLIACIÓN DE PLAZO DE AUTORIZACIÓN DE
DESARROLLO DE LA ACTIVIDAD INFORMATIVA "ENERGYTRUCK".
Dada cuenta de la instancia presentada por don Juan Jesús Alegría Alonso, en
representación de Alegría Activity, S.L., en petición de ampliación de la autorización
concedida por la Junta de Gobierno Local en fecha 11 de julio de 2016 para llevar a
cabo la actividad "Energytruck",
Considerando que la mencionada autorización se concedió para los días 13 y 14 de
septiembre,
Visto que el solicitante solicita se amplíe la autorización añadiendo al plazo el día 15 de
septiembre, y
Visto el informe favorable emitido por el Jefe de la Policía Local de fecha 1 de
septiembre de 2016,
La Junta de Gobierno Local por unanimidad de los presentes, acuerda conceder a
Alegría Activity, S.L., ampliación del plazo concedido por acuerdo de la Junta de
Gobierno Local adoptado en sesión de fecha 11 de julio de 2016 para la celebración de
la actividad "Energytruck" en las mismas condiciones que la autorización inicial.
PETICIONES DE AUTORIZACIÓN DE INSTALACIÓN DE ATRACCIONES DE
FERIA DURANTE LAS FIESTAS DE EL SOCORRO EN SEPTIEMBRE DE 2016.
Dada cuenta de las solicitudes de instalación de atracciones de feria en las Fiestas de
Pobeña durante las fiestas del Socorro los días 8, 9 y 10 de septiembre, y visto el
informe emitido por el Director de Cultura de fecha 30 de agosto de 2016, cuyo tenor
literal es el siguiente:
"Adjunto solicitudes de instalación de atracciones de feria en las Fiestas de Pobeña
durante las fiestas del Socorro los días 8, 9 y 10 de septiembre.
Las siguientes solicitudes aportan la documentación necesaria (*), y pueden autorizarse
a condición de abonar previamente las siguientes Tasas:
Valiente Tendeira, Antonio Isidro
Baby Cadenas
107,26€
Valiente Tendeira, Antonio Isidro
Txiki Park
107,26€
Rioja Rojo, Oscar
Churrería
37,54€
Dos Santos Dos Santos, Luz Divina
Camas elásticas
1
107,27€
Gaspar Rodríguez, Norberto
Pesca patos
26,81€
(*) Norberto Gaspar, solicitante a última hora, no ha presentado la documentación
completa, por lo que su permiso quedará condicionado a la presentación de la
documentación necesaria en las oficinas del Área de Cultura con anterioridad a su
instalación.
Atendiendo a los criterios de no incrementar el nº de atracciones de años anteriores y
ni el espacio utilizado, y de priorizar por antigüedad a quienes solicitan, propongo se
denieguen:
Jesús de los Santos
Olla infantil"
La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Conceder las siguientes autorizaciones, condicionado a la presentación de la
documentación necesaria en las oficinas del Área de Cultura, con anterioridad a la
instalación de la atracción, debiendo procederse al abono por los beneficiarios de las
tasas correspondientes:
Valiente Tendeira, Antonio Isidro
Baby Cadenas
107,26€
Valiente Tendeira, Antonio Isidro
Txiki Park
107,26€
Rioja Rojo, Oscar
Churrería
37,54€
Dos Santos Dos Santos, Luz Divina
Camas elásticas
107,27€
Gaspar Rodríguez, Norberto
Pesca patos
26,81€
Segundo: Denegar las siguientes solicitudes de autorización, por los motivos expuestos
en el informe técnico anteriormente referenciado:
Jesús de los Santos
Olla infantil
Tercero: Notificar la presente a la Policía Municipal.
Cuarto: Notificar la presente al Departamento de Recaudación.
Quinto: Notificar la presente a los interesados.
PETICIÓN DE AFADE DE DEVOLUCIÓN DE FIANZA POR INSTALACIÓN DE
ATRACCIONES DE FERIA DURANTE LAS FIESTAS DE SAN JUAN EN JUNIO DE
2016.
Dada cuenta del escrito presentado por la Asociación de Feriantes Autónomos de
Euskadi AFADE, solicitando la devolución de la garantía definitiva, constituida por
importe de 1.800,00€ como garantía depósito por la instalación de atracciones de feria
durante las fiestas de San Juan en junio de 2016, y visto el informe favorable emitido
por el Director de Cultura, de fecha 29 de agosto de 2016,
La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Proceder a la devolución de la garantía definitiva solicitada.
Segundo: Dese traslado al Departamento de Intervención / Tesorería a los efectos
oportunos.
Tercero: Notifíquese al interesado, con expresión de los recursos a que hubiera lugar.
PETICIÓN DE ACEPTACIÓN DE
TERRENO COMUNAL EN JANEO.
RENUNCIA A APROVECHAMIENTO DE
2
Dada cuenta de la instancia presentada mediante la que solicita aceptación a la
renuncia al aprovechamiento del terreno comunal correspondiente a la subparcela b) de
la parcela 622 del polígono 3, sita en Janeo,
Considerando lo establecido en la ordenanza reguladora de los terrenos comunales, y
Visto el informe favorable emitido por el Técnico de Administración Especial, de fecha
20 de julio de 2016,
La Junta de Gobierno Local por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Aceptar la renuncia al aprovechamiento del terreno comunal correspondiente a
la subparcela b) de la parcela 622 del polígono 3, sita en Janeo, presentada por don
José Luís Urbaneta Abraguín.
Segundo: Dese traslado del presente acuerdo al departamento de recaudación a los
efectos oportunos.
Tercero: Notifíquese al interesado con expresión de los recursos a que hubiera lugar.
APROBACIÓN, SI PROCEDE, DE PRÓRROGA DE CONTRATO DE SERVICIO DE
TRANSPORTE Y TRASLADOS A PERSONAS CON MOVILIDAD REDUCIDA.
Dada cuenta de la finalización el día 31 de diciembre de 2016 del plazo de vigencia del
contrato suscrito entre este Ayuntamiento de Muskiz y la empresa Centro de Ayuda
Especializada, para la gestión del servicio de transporte y traslados a personas con
movilidad reducida y, vista la cláusula 8.3 del pliego de condiciones regulador del
servicio, así como el informe favorable emitido por la Coordinadora de servicios sociales
municipales, de fecha 4 de agosto de 2016.
La Junta de Gobierno Local por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Prorrogar el citado contrato por el plazo de un año, con efectos a 1 de enero
de 2017.
Segundo: Dese traslado el responsable de prevención de riesgos laborales, así como al
departamento de intervención para su conocimiento y efectos oportunos.
Tercero: Notifíquese al interesado con expresión de los recursos a que hubiera lugar.
APROBACIÓN, SI PROCEDE, DE PRÓRROGA DE CONTRATO DE SERVICIO DE
INTERVENCIÓN SOCIO EDUCATIVA CON INFANCIA Y JUVENTUD Y
PERSONAS EN RIESGO DE EXCLUSIÓN SOCIAL Y ASISTENCIA TÉCNICA E
INTERVENCIÓN NECESARIA EN EL ÁREA DE IGUALDAD - INTERVENCIÓN
CON MUJERES EN RIESGO O SITUACIÓN DE EXCLUSIÓN SOCIAL Y
DERECHOS HUMANOS.
Dada cuenta de la finalización el día 31 de diciembre de 2016 del plazo de vigencia del
contrato suscrito entre este Ayuntamiento de Muskiz y la empresa Ortzadar, S.L., para
la gestión del servicio de intervención socio educativa con infancia juventud y personas
en riesgo de exclusión social y asistencia técnica e intervención necesaria en el área de
igualdad-intervención con mujeres en riesgo o situación de exclusión social y derechos
humanos y, vista la cláusula 8.3 del pliego de condiciones regulador del servicio, así
como el informe favorable emitido por la Coordinadora de servicios sociales
municipales, de fecha 1 de agosto de 2016.
La Junta de Gobierno Local por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Prorrogar el citado contrato por el plazo de un año, con efectos a 1 de enero
de 2017.
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Segundo: Dese traslado el responsable de prevención de riesgos laborales, así como al
departamento de intervención para su conocimiento y efectos oportunos.
Tercero: Notifíquese al interesado con expresión de los recursos a que hubiera lugar.
PETICIÓN DE CIRQUE DE PARÍS DE AUTORIZACIÓN DE INSTALACIÓN DE
CARPA DE CIRCO EN LAS ACACIAS LOS DÍAS 6 Y 7 DE SEPTIEMBRE.
Dada cuenta de la instancia presentada por don Antonio Mordón, en representación del
Cirque de París, en solicitud de autorización de instalación de una carpa de circo de
15x15 metros en Las Acacias entre los días 6 y 7 de septiembre de 2016, y
Visto el informe favorable emitido por el Director de Cultura de fecha 31 de mayo de
2016, del siguiente tenor literal:
"Adjunto la solicitud cursada por Cirque de Paris, para instalar una carpa de circo en
Muskiz los días 6 y 7 de setiembre de 2016. Ya solicitaron y recibieron el oportuno
permiso en junio, pero finalmente no pudieron acudir en esa fecha.
Consideraciones:
En Muskiz no disponemos de ordenanza reguladora para la instalación de circos, pero
en colaboración con los servicios de urbanismo hemos elaborado unos requisitos para
exigir a los que soliciten instalarse en Muskiz. Cumpliendo con estos requisitos y no
afectando las fechas a otras actividades que ya tengamos previstas, es una actividad
interesante y de interés para el público infantil y familiar.
El lugar solicitado para la instalación es el barrio Las Acacias.
No tiene animales.
Propongo, para su aprobación en JLG:
1º.- Aprobar la solicitud del Cirque de Paris, para instalar un circo en Muskiz el 6 y 7 de
setiembre de 2016, previa presentación de la siguiente documentación:
Informe técnico de la carpa o estructura, emitido por técnico titulado competente.
Informe técnico de la instalación eléctrica.
Certificado del IAE. (Para ciudadanos Españoles)
Contratos de trabajo del personal.
Certificado de mantenimiento de los extintores previstos en la instalación.
Póliza del seguro de responsabilidad civil, que cubra cualquier riesgo derivado del
ejercicio de su actividad comercial, y último recibo pagado en vigor.
Depósito de fianza de 1.000€ para el compromiso de cuidado del espacio utilizado."
La Junta de Gobierno Local por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Autorizar a Cirque de París la instalación de una carpa de circo de 15x15
metros en las acacias los días 6 y 7 de septiembre de 2016, debiendo aportar la
documentación, así como constituir la fianza que se indican en el informe técnico antes
aludido.
Segundo: Dese traslado a la Policía Local y al departamento de intervención a los
efectos oportunos.
Tercero: Notifíquese al interesado con expresión de los recursos a que hubiera lugar.
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PETICIÓN DE MENDIZ MENDI TALDEA DE AUTORIZACIÓN DE CELEBRACIÓN
DE PRUEBA DE CICLOCROSS EL 30 DE OCTUBRE EN LA PLAZA DE SAN JUAN.
Dada cuenta de la instancia presentada por Mendiz Mendi Taldea, mediante el que
solicitan autorización para la celebración del IX Trofeo Ayuntamiento de Muskiz, de
ciclocross valedero para el Ranking UCI, Ranking Nacional, Ranking de la Federación
Vasca y la Challenge Bizkaina de Ciclocross con categoría nacional 1.33.1, en la plaza
de San Juan, entre las 09:00 y las 16:00 horas del próximo 30 de octubre de 2016,
solicitando además otros usos de recursos y espacios municipales, así como la
presencia de la Policía Local, y
Visto el informe emitido por el Director de Cultura de 29 de agosto de 2016, en el que
se propone:
"Autorizar a Mendiz Mendi Taldea la organización de una prueba de ciclocross el día 30
de octubre en la Plaza de San Juan, incluidos los materiales indicados en el documento
de solicitud. (…)"
La Junta de Gobierno Local por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Autorizar la celebración del IX Trofeo Ayuntamiento de Muskiz, de ciclocross
valedero para el Ranking UCI, Ranking Nacional, Ranking de la Federación Vasca y la
Challenge Bizkaina de Ciclocross con categoría nacional 1.33.1, en la plaza de San Juan,
entre las 09:00 y las 16:00 horas del próximo 30 de octubre de 2016.
Segundo: Autorizar el resto de usos de recursos y espacios municipales en los términos
solicitados, reservando para su uso los frontones de San Juan, para lo que deberán
ponerse en contacto con los departamentos municipales responsables de su gestión con
la antelación suficiente, a fin de concretar horarios y disponibilidades. Así mismo
deberán presentar, previo a la celebración de la actividad, un seguro de
Responsabilidad Civil, y contactar con el técnico municipal de prevención, cumpliendo
las instrucciones que este les transmita para la aplicación de las medidas de seguridad
correspondientes.
Tercero: Dese traslado a la brigada municipal de obras, al responsable de prevención y
a la Policía Local.
Cuarto: Notifíquese a los interesados.
PETICIÓN DEL CLUB DEPORTIVO VIDARAID ADVENTURE DE AUTORIZACIÓN
DE FINAL DE ETAPA 6 E INICIO DE ETAPA 7 DE LA BASQUE EXPEDITION
RACE.
Dada cuenta de la instancia presentada por don Urtzi Iglesias, en representación del
Club Deportivo Vidaraid Adventure, con entrada en el registro general municipal
número 1735 de 23 de agosto de 2016, mediante la que solicita autorización para la
celebración del fin de la 6ª etapa e inicio de la 7ª de la carrera deportiva denominada
Basque Expedition Race los días 15 y 16 de octubre de 2016 en el barrio de Pobeña, y
Visto el informe emitido por el Director de Cultura de fecha 30 de agosto de 2016, en el
que se expone que:
"Adjunto la solicitud cursada por Urtzi Iglesias, con DNI 160709229R, en representación
de Club deportivo Vidaraid Adventure, para finalizar en Pobeña la etapa 6 y comenzar
la etapa 7 de una carrera de aventura que combina kayak, bici de montaña, trekking,
barranquismo, etc., denominada BASQUE EXPEDITION RACE, los días 15 y 16 de
octubre de 2016, con una estimación de 80-100 participantes, que irán llegando
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durante 20 horas, en bicicleta y harán un recorrido de Stand Up Paddle por el
Barbadun. También solicitan el uso de los lavabos del albergue.
Consideraciones:
No solicitan materiales ni infraestructuras, tan solo el permiso para realizar la prueba.
También han solicitado diversos permisos municipales necesarios (Costas, DFB,
Ertzaintza, otros Ayuntamientos…).
Solicitan los lavabos del albergue, pero en octubre ya está cerrado. No obstante, en
Pobeña disponen de lavabos públicos.
Ocuparían un espacio en la zona verde del campo de fútbol frente al albergue.
No habrá grupos numerosos de deportistas, ya que estiman que vayan llegando a lo
largo de 20 horas."
La Junta de Gobierno Local por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: 1º.- Autorizar al Club Deportivo Vidaraid Adventure, el paso por Muskiz
(barrio de Pobeña) de la etapa 6 y comienzo de la etapa 7 de la carrera BASQUE
EXPEDITION RACE, los días 15 y 16 de octubre de 2016, incluida la ocupación de un
pequeño espacio en el campo de fútbol frente al albergue, en lo que a la competencia
municipal se refiere, debiendo contar con el resto de permisos necesarios para la
celebración del evento, así como con la autorización de la Demarcación de Costas del
País Vasco que deberán solicitar ante esta.
Segundo: Denegar el uso de los lavabos del Albergue, al estar cerrado en las fechas
solicitadas, indicándole que en la zona dispone de lavabos públicos.
Tercero: Dese traslado a la Policía Local.
Cuarto: Notifíquese a los/as interesados/as con expresión de los recursos a que hubiera
lugar.
PETICIÓN DE LICENCIA DE PRIMERA OCUPACIÓN DE VIVIENDA
CONSTRUIDA EN GRUPO LAURETA 22 (ACTUALMENTE GRUPO LAURETA, 60).
Dada cuenta de la instancia presentada, solicitando licencia de primera ocupación para
la vivienda construida en Urbanización Laureta, 22 (actualmente nº 60), en virtud de
licencia municipal concedida el 28 de junio de 2004, y adjuntando certificado final de
obra, visto el informe técnico favorable emitido por el Arquitecto Municipal, de fecha 31
de agosto de 2016,
La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Conceder la licencia solicitada de primera ocupación en cuanto a la
competencia municipal y sin perjuicio de la que pueda corresponder a otros
organismos, con abono de los derechos municipales sobre un presupuesto de
237.863,22€, considerando la liquidación provisional por este concepto efectuada como
abono a cuenta de la definitiva.
Segundo: A efectos de identificación postal, a la vivienda le corresponde el número 60
de Grupo Laureta.
Tercero: Dese traslado del presente al Departamento de Tesorería.
Cuarto: Devuélvase el expediente completo al Departamento de Urbanismo.
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Quinto: Notifíquese al interesado.
PETICIÓN DE DEVOLUCIÓN DE FIANZA CONSTITUIDA EN EXPEDIENTE DE
CONSTRUCCIÓN DE VIVIENDA EN GRUPO LAURETA 22 (ACTUALMENTE
GRUPO LAURETA, 60).
Dada cuenta del escrito presentado, solicitando la devolución de la fianza constituida
por importe de 3.428,02€ como garantía depósito de la construcción de vivienda en
Grupo Laureta 22 (actualmente nº 60), y visto el informe favorable emitido por el
Arquitecto Municipal, de fecha 31 de agosto de 2016,
La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de sus miembros, acuerda proceder a la
devolución de la fianza solicitada.
REQUERIMIENTO DE DOCUMENTACIÓN A CARLOS CORRAL MADARIAGA EN
EXPEDIENTE DE ADJUDICACIÓN DEL SERVICIO DE DIRECCIÓN E
INSPECCIÓN DE OBRA Y COORDINACIÓN EN MATERIA DE SEGURIDAD Y
SALUD DE LA EJECUCIÓN DE LAS OBRAS DE URBANIZACIÓN DEL CAMINO
NATURAL SAN JUAN - EL POBAL.
Habiéndose tramitado la licitación para la adjudicación del servicio de dirección e
inspección de obra y coordinación en materia de seguridad y salud de la ejecución de
las obras de urbanización del camino natural San Juan - El Pobal en el término
municipal de Muskiz, mediante procedimiento negociado sin publicidad, según lo
dispuesto para este tipo de procedimiento en el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14
de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del
Sector Público, y
Visto que por don Carlos Corral Madariaga, se ha presentado la oferta económicamente
más ventajosa que asciende a un importe total IVA EXCLUIDO de 36.700,00 €,
Visto el artículo 151.2 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el
que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, en virtud
del cual se establece que el órgano de contratación requerirá al licitador que haya
presentado la oferta económicamente más ventajosa para que dentro del plazo de diez
días hábiles, a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el
requerimiento, presente la documentación justificativa de hallarse al corriente en el
cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social o autorice al
órgano de contratación para obtener de forma directa la acreditación de ello, de
disponer efectivamente de los medios que se hubiese comprometido a dedicar o
adscribir a la ejecución del contrato conforme al artículo 64.2 del Texto Refundido de la
Ley de Contratos del Sector Público, y de haber constituido la garantía definitiva que
sea procedente, y
Visto el artículo 146.4 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el
que se establece que el licitador a cuyo favor recaiga la propuesta de adjudicación,
deberá acreditar ante el órgano de contratación, previamente a la adjudicación del
contrato, la posesión y validez de los documentos exigidos en el pliego de contratación,
sobre los que realizó declaración responsable y en concreto, los siguientes:
a) Los que acrediten la personalidad jurídica del empresario y, en su caso, su
representación.
b) Los que acrediten la clasificación de la empresa, en su caso, o justifiquen los
requisitos de su solvencia económica, financiera y técnica o profesional, presentando
los certificados acreditativos correspondientes previstos en la carátula del pliego de
contratación.
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c) Una declaración responsable de no estar incurso en prohibición de contratar.
d) Para las empresas extranjeras, en los casos en que el contrato vaya a ejecutarse en
España, la declaración de someterse a la jurisdicción de los juzgados y tribunales
españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o
indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional
extranjero que pudiera corresponder al licitante.
La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Requerir a don Carlos Corral Madariaga a que dentro del plazo de diez días
hábiles, a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento,
presente la documentación justificativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de
sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social o autorice al órgano de
contratación para obtener de forma directa la acreditación de ello, de disponer
efectivamente de los medios que se hubiese comprometido a dedicar o adscribir a la
ejecución del contrato conforme al artículo 64.2 del Texto Refundido de la Ley de
Contratos del Sector Público, y de haber constituido la garantía definitiva que sea
procedente, así como la acreditación de la documentación referida en el anteriormente
citado artículo 146 apartado cuarto del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de
noviembre exigida en el pliego de contratación que rige la licitación y sobre la que el
licitador cuya oferta ha resultado la más ventajosa realizó declaración responsable.
De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se
entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose en ese caso a recabar la
misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado
clasificadas las ofertas.
Segundo: Dese traslado al Departamento de Tesorería, a fin de que informe sobre el
cumplimiento de lo dispuesto en el apartado anterior.
Tercero: Dese traslado al Departamento de Contratación, a fin de que informe sobre el
cumplimiento de lo dispuesto en el apartado primero y en concreto, de la presentación
por el adjudicatario de la documentación prevista en el artículo 146.4 del Real Decreto
Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre.
REQUERIMIENTO DE DOCUMENTACIÓN A INSTALACIONES ELÉCTRICAS
MUSKIZ, S.L., EN EXPEDIENTE DE ADJUDICACIÓN DE LAS OBRAS DE
INSTALACIÓN DE ALUMBRADO PÚBLICO EN CARRASCAL.
Habiéndose tramitado la licitación para la adjudicación de las obras de instalación de
alumbrado público en Carrascal, mediante procedimiento negociado sin publicidad,
según lo dispuesto para este tipo de procedimiento en el Real Decreto Legislativo
3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de
Contratos del Sector Público, y
Visto que por la empresa Instalaciones Eléctricas Muskiz, S.L., se ha presentado la
oferta económicamente más ventajosa que asciende a un importe total IVA EXCLUIDO
de 22.071,71€,
Visto el artículo 151.2 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el
que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, en virtud
del cual se establece que el órgano de contratación requerirá al licitador que haya
presentado la oferta económicamente más ventajosa para que dentro del plazo de diez
días hábiles, a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el
requerimiento, presente la documentación justificativa de hallarse al corriente en el
cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social o autorice al
8
órgano de contratación para obtener de forma directa la acreditación de ello, de
disponer efectivamente de los medios que se hubiese comprometido a dedicar o
adscribir a la ejecución del contrato conforme al artículo 64.2 del Texto Refundido de la
Ley de Contratos del Sector Público, y de haber constituido la garantía definitiva que
sea procedente, y
Visto el artículo 146.4 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el
que se establece que el licitador a cuyo favor recaiga la propuesta de adjudicación,
deberá acreditar ante el órgano de contratación, previamente a la adjudicación del
contrato, la posesión y validez de los documentos exigidos en el pliego de contratación,
sobre los que realizó declaración responsable y en concreto, los siguientes:
a) Los que acrediten la personalidad jurídica del empresario y, en su caso, su
representación.
b) Los que acrediten la clasificación de la empresa, en su caso, o justifiquen los
requisitos de su solvencia económica, financiera y técnica o profesional, presentando
los certificados acreditativos correspondientes previstos en la carátula del pliego de
contratación.
c) Una declaración responsable de no estar incurso en prohibición de contratar.
d) Para las empresas extranjeras, en los casos en que el contrato vaya a ejecutarse en
España, la declaración de someterse a la jurisdicción de los juzgados y tribunales
españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o
indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional
extranjero que pudiera corresponder al licitante.
La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Requerir a Instalaciones Eléctricas Muskiz, S.L. a que dentro del plazo de diez
días hábiles, a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el
requerimiento, presente la documentación justificativa de hallarse al corriente en el
cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social o autorice al
órgano de contratación para obtener de forma directa la acreditación de ello, de
disponer efectivamente de los medios que se hubiese comprometido a dedicar o
adscribir a la ejecución del contrato conforme al artículo 64.2 del Texto Refundido de la
Ley de Contratos del Sector Público, y de haber constituido la garantía definitiva que
sea procedente, así como la acreditación de la documentación referida en el
anteriormente citado artículo 146 apartado cuarto del Real Decreto Legislativo 3/2011,
de 14 de noviembre exigida en el pliego de contratación que rige la licitación y sobre la
que el licitador cuya oferta ha resultado la más ventajosa realizó declaración
responsable.
De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se
entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose en ese caso a recabar la
misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado
clasificadas las ofertas.
Segundo: Dese traslado al Departamento de Tesorería, a fin de que informe sobre el
cumplimiento de lo dispuesto en el apartado anterior.
Tercero: Dese traslado al Departamento de Contratación, a fin de que informe sobre el
cumplimiento de lo dispuesto en el apartado primero y en concreto, de la presentación
por el adjudicatario de la documentación prevista en el artículo 146.4 del Real Decreto
Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre.
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REQUERIMIENTO DE DOCUMENTACIÓN A INSTALACIONES ELÉCTRICAS
MUSKIZ, S.L., EN EXPEDIENTE DE ADJUDICACIÓN DE LAS OBRAS DE MEJORA
DE LA RED DE ALUMBRADO PÚBLICO DE MUSKIZ.
Habiéndose tramitado la licitación para la adjudicación las obras de mejora de la red de
alumbrado público de Muskiz, mediante procedimiento negociado sin publicidad, según
lo dispuesto para este tipo de procedimiento en el Real Decreto Legislativo 3/2011, de
14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del
Sector Público, y
Visto que por la empresa Instalaciones Eléctricas Muskiz, S.L., se ha presentado la
oferta económicamente más ventajosa que asciende a un importe total IVA EXCLUIDO
de 56.740,00€,
Visto el artículo 151.2 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el
que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, en virtud
del cual se establece que el órgano de contratación requerirá al licitador que haya
presentado la oferta económicamente más ventajosa para que dentro del plazo de diez
días hábiles, a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el
requerimiento, presente la documentación justificativa de hallarse al corriente en el
cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social o autorice al
órgano de contratación para obtener de forma directa la acreditación de ello, de
disponer efectivamente de los medios que se hubiese comprometido a dedicar o
adscribir a la ejecución del contrato conforme al artículo 64.2 del Texto Refundido de la
Ley de Contratos del Sector Público, y de haber constituido la garantía definitiva que
sea procedente, y
Visto el artículo 146.4 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el
que se establece que el licitador a cuyo favor recaiga la propuesta de adjudicación,
deberá acreditar ante el órgano de contratación, previamente a la adjudicación del
contrato, la posesión y validez de los documentos exigidos en el pliego de contratación,
sobre los que realizó declaración responsable y en concreto, los siguientes:
a) Los que acrediten la personalidad jurídica del empresario y, en su caso, su
representación.
b) Los que acrediten la clasificación de la empresa, en su caso, o justifiquen los
requisitos de su solvencia económica, financiera y técnica o profesional, presentando
los certificados acreditativos correspondientes previstos en la carátula del pliego de
contratación.
c) Una declaración responsable de no estar incurso en prohibición de contratar.
d) Para las empresas extranjeras, en los casos en que el contrato vaya a ejecutarse en
España, la declaración de someterse a la jurisdicción de los juzgados y tribunales
españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o
indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional
extranjero que pudiera corresponder al licitante.
La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Requerir a Instalaciones Eléctricas Muskiz, S.L. a que dentro del plazo de diez
días hábiles, a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el
requerimiento, presente la documentación justificativa de hallarse al corriente en el
cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social o autorice al
órgano de contratación para obtener de forma directa la acreditación de ello, de
disponer efectivamente de los medios que se hubiese comprometido a dedicar o
10
adscribir a la ejecución del contrato conforme al artículo 64.2 del Texto Refundido de la
Ley de Contratos del Sector Público, y de haber constituido la garantía definitiva que
sea procedente, así como la acreditación de la documentación referida en el
anteriormente citado artículo 146 apartado cuarto del Real Decreto Legislativo 3/2011,
de 14 de noviembre exigida en el pliego de contratación que rige la licitación y sobre la
que el licitador cuya oferta ha resultado la más ventajosa realizó declaración
responsable.
De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se
entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose en ese caso a recabar la
misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado
clasificadas las ofertas.
Segundo: Dese traslado al Departamento de Tesorería, a fin de que informe sobre el
cumplimiento de lo dispuesto en el apartado anterior.
Tercero: Dese traslado al Departamento de Contratación, a fin de que informe sobre el
cumplimiento de lo dispuesto en el apartado primero y en concreto, de la presentación
por el adjudicatario de la documentación prevista en el artículo 146.4 del Real Decreto
Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre.
REQUERIMIENTO DE DOCUMENTACIÓN A CONSAUDI OBRA CIVIL, S.L., EN
EXPEDIENTE DE ADJUDICACIÓN DEL SUMINISTRO E INSTALACIÓN DE
ILUMINACIÓN EN LOS PASOS DE PEATONES.
Habiéndose tramitado la licitación para la adjudicación del suministro e instalación de
iluminación en los pasos de peatones, mediante procedimiento negociado sin
publicidad, según lo dispuesto para este tipo de procedimiento en el Real Decreto
Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la
Ley de Contratos del Sector Público, y
Visto que por la empresa Consaudi Obra Civil, S.L., se ha presentado la oferta
económicamente más ventajosa que asciende a un importe total IVA EXCLUIDO de
29.995,00€,
Visto el artículo 151.2 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el
que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, en virtud
del cual se establece que el órgano de contratación requerirá al licitador que haya
presentado la oferta económicamente más ventajosa para que dentro del plazo de diez
días hábiles, a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el
requerimiento, presente la documentación justificativa de hallarse al corriente en el
cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social o autorice al
órgano de contratación para obtener de forma directa la acreditación de ello, de
disponer efectivamente de los medios que se hubiese comprometido a dedicar o
adscribir a la ejecución del contrato conforme al artículo 64.2 del Texto Refundido de la
Ley de Contratos del Sector Público, y de haber constituido la garantía definitiva que
sea procedente, y
Visto el artículo 146.4 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el
que se establece que el licitador a cuyo favor recaiga la propuesta de adjudicación,
deberá acreditar ante el órgano de contratación, previamente a la adjudicación del
contrato, la posesión y validez de los documentos exigidos en el pliego de contratación,
sobre los que realizó declaración responsable y en concreto, los siguientes:
a) Los que acrediten la personalidad jurídica del empresario y, en su caso, su
representación.
11
b) Los que acrediten la clasificación de la empresa, en su caso, o justifiquen los
requisitos de su solvencia económica, financiera y técnica o profesional, presentando
los certificados acreditativos correspondientes previstos en la carátula del pliego de
contratación.
c) Una declaración responsable de no estar incurso en prohibición de contratar.
d) Para las empresas extranjeras, en los casos en que el contrato vaya a ejecutarse en
España, la declaración de someterse a la jurisdicción de los juzgados y tribunales
españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o
indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional
extranjero que pudiera corresponder al licitante.
La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Requerir a Consaudi Obra Civil, S.L. a que dentro del plazo de diez días
hábiles, a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento,
presente la documentación justificativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de
sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social o autorice al órgano de
contratación para obtener de forma directa la acreditación de ello, de disponer
efectivamente de los medios que se hubiese comprometido a dedicar o adscribir a la
ejecución del contrato conforme al artículo 64.2 del Texto Refundido de la Ley de
Contratos del Sector Público, y de haber constituido la garantía definitiva que sea
procedente, así como la acreditación de la documentación referida en el anteriormente
citado artículo 146 apartado cuarto del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de
noviembre exigida en el pliego de contratación que rige la licitación y sobre la que el
licitador cuya oferta ha resultado la más ventajosa realizó declaración responsable.
De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se
entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose en ese caso a recabar la
misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado
clasificadas las ofertas.
Segundo: Dese traslado al Departamento de Tesorería, a fin de que informe sobre el
cumplimiento de lo dispuesto en el apartado anterior.
Tercero: Dese traslado al Departamento de Contratación, a fin de que informe sobre el
cumplimiento de lo dispuesto en el apartado primero y en concreto, de la presentación
por el adjudicatario de la documentación prevista en el artículo 146.4 del Real Decreto
Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre.
APROBACIÓN, SI PROCEDE, DE LA CERTIFICACIÓN - LIQUIDACIÓN DE LAS
OBRAS DE RECUPERACIÓN DEL LAVADERO DEL BARRIO DE VILLANUEVA.
Dada cuenta de la certificación - liquidación correspondiente a las obras de
recuperación del lavadero del barrio de Villanueva, presentada por Obras Santelices,
S.L., por importe de 6.917,80€ (IVA incluido), y
Visto el informe favorable emitido por el Aparejador Municipal, de fecha 24 de agosto
de 2016
La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Prestarle total aprobación.
Segundo: Notifíquese el presente acuerdo al interesado, con expresión de los recursos a
que hubiera lugar.
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APROBACIÓN, SI PROCEDE, DE LA CERTIFICACIÓN Nº1 DE LAS OBRAS DE
REHABILITACIÓN DEL CAMINO A LA CAMPA Nº12.
Dada cuenta de la certificación nº1 correspondiente a las obras de rehabilitación del
camino a La Campa nº12, presentada por Excavaciones y Desmontes Garmendia, por
importe de 25.093,09 € (IVA incluido), y
Visto el informe favorable emitido por el Aparejador Municipal, de fecha 24 de agosto
de 2016
La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Prestarle total aprobación.
Segundo: Notifíquese el presente acuerdo al interesado, con expresión de los recursos a
que hubiera lugar.
APROBACIÓN, SI PROCEDE, DE LA CERTIFICACIÓN Nº2 DE LAS OBRAS DE
REHABILITACIÓN DEL CAMINO DE LA CASERÍA.
Dada cuenta de la certificación nº2 correspondiente a las obras de rehabilitación del
camino de La Casería, presentada por Consaudi Obra Civil, S.L., por importe de
53.295,10 € (IVA incluido), y
Visto el informe favorable emitido por el Aparejador Municipal, de fecha 1 de
septiembre de 2016
La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Prestarle total aprobación.
Segundo: Notifíquese el presente acuerdo al interesado, con expresión de los recursos a
que hubiera lugar.
APROBACIÓN, SE PROCEDE, DE LA CERTIFICACIÓN - LIQUIDACIÓN DE LAS
OBRAS DE RECUPERACIÓN DEL LAVADERO DEL BARRIO EL HAYA.
Dada cuenta de la certificación - liquidación
correspondiente a las obras de
recuperación del lavadero del barrio El Haya, presentada por Construcciones La Rigada,
S.L., por importe de 13.272,51€ (IVA incluido), y
Visto el informe favorable emitido por el Aparejador Municipal, de fecha 24 de agosto
de 2016
La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Prestarle total aprobación.
Segundo: Notifíquese el presente acuerdo al interesado, con expresión de los recursos a
que hubiera lugar.
ADJUDICACIÓN, SI PROCEDE, DE LAS OBRAS DE ADECUACIÓN DE ANTIGUOS
BAÑOS DE POBEÑA.
En base a lo dispuesto en los artículos 111 y 138.3 del Texto Refundido de la Ley de
Contratos del Sector Público regulado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de
noviembre, referente a los contratos menores, y visto el informe emitido por el
Aparejador Municipal de fecha 26 agosto de 2016,
La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Adjudicar el contrato de obras de adecuación de antiguos baños de Pobeña a
la empresa Construcciones Hagui, S.A. por un precio de 30.709,64 € IVA EXCLUIDO.
13
Segundo: La duración del presente contrato no podrá exceder de un año sin que pueda
ser objeto de prórroga alguna o de revisión de precios.
Tercero Dese traslado al Responsable de Prevención de Riesgos Laborales, así como al
Departamento de Contabilidad, a los efectos oportunos.
Cuarto: Notifíquese el presente acuerdo al adjudicatario con indicación de que con
carácter previo al comienzo de los trabajos, deberá cumplimentarse la comunicación de
apertura del centro de trabajo debiendo exponerse en la obra en lugar visible y
manteniéndose permanentemente actualizada en el caso de que se produzcan cambios
no identificados inicialmente.
ADJUDICACIÓN, SI PROCEDE, DE LAS OBRAS DE REHABILITACIÓN DEL
CAMINO AL ARENAO.
Habiéndose tramitado procedimiento negociado sin publicidad, y siendo la forma de
adjudicación la de concurso, según lo dispuesto para este tipo de procedimientos en el
Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto
Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, y
Vistas las ofertas presentadas para la adjudicación del contrato de obras de
rehabilitación del camino al Arenao,
Visto que se requirió a la empresa Construcciones La Rigada, S.L. la acreditación de la
documentación objeto de la declaración responsable en base a lo previsto en el artículo
146.4 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba
el texto Refundido de la Ley de Contratos del sector Público, así como la presentación
justificativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y
con la Seguridad Social o autorizase al órgano de contratación para obtener de forma
directa la acreditación de ello, de disponer efectivamente de los medios que se hubiese
comprometido a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato conforme al artículo
151.2 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, y de haber
constituido la garantía definitiva que sea procedente, y
Visto que por la empresa se ha presentado la documentación requerida en plazo,
La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Adjudicar, definitivamente, el contrato de obras de rehabilitación del camino al
Arenao, a Construcciones La Rigada, S.L., por un importe de 50.881,21 €, IVA
EXCLUIDO.
Segundo: Dese traslado al Responsable de Prevención de Riesgos Laborales, así como
al Departamento de Contabilidad, a los efectos oportunos.
Tercero: Notifíquese el presente acuerdo al adjudicatario y al resto de licitadores.
Cuarto: Publíquese en el Perfil del Contratante.
Quinto: Emplazar a la empresa Construcciones La Rigada, S.L. para la formalización del
contrato en un plazo no superior a los quince días hábiles siguientes a aquel en que se
reciba la notificación del presente acuerdo.
Sexto: Devuélvase el expediente completo al departamento de origen.
ADJUDICACIÓN, SI PROCEDE, DE LAS OBRAS DE CANALIZACIÓN DE AGUAS
EN EL BARRIO DE LA CAMPA.
Habiéndose tramitado procedimiento negociado sin publicidad, y siendo la forma de
adjudicación la de concurso, según lo dispuesto para este tipo de procedimientos en el
14
Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto
Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, y
Vistas las ofertas presentadas para la adjudicación del contrato de obras de canalización
de aguas en el barrio de La Campa,
Visto que se requirió a la empresa Excavaciones Bitram, S.L. la acreditación de la
documentación objeto de la declaración responsable en base a lo previsto en el artículo
146.4 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba
el texto Refundido de la Ley de Contratos del sector Público, así como la presentación
justificativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y
con la Seguridad Social o autorizase al órgano de contratación para obtener de forma
directa la acreditación de ello, de disponer efectivamente de los medios que se hubiese
comprometido a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato conforme al artículo
151.2 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, y de haber
constituido la garantía definitiva que sea procedente, y
Visto que por la empresa se ha presentado la documentación requerida en plazo,
La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Adjudicar, definitivamente, el contrato de obras de canalización de aguas en el
barrio de La Campa, a Excavaciones Bitram, S.L., por un importe de 93.000,00 €, IVA
EXCLUIDO.
Segundo: Dese traslado al Responsable de Prevención de Riesgos Laborales, así como
al Departamento de Contabilidad, a los efectos oportunos.
Tercero: Notifíquese el presente acuerdo al adjudicatario y al resto de licitadores.
Cuarto: Publíquese en el Perfil del Contratante.
Quinto: Emplazar a la empresa Excavaciones Bitram, S.L. para la formalización del
contrato en un plazo no superior a los quince días hábiles siguientes a aquel en que se
reciba la notificación del presente acuerdo.
Sexto: Devuélvase el expediente completo al departamento de origen.
APROBACIÓN, SI PROCEDE, DE FACTURAS Y GASTOS.
No se presentan facturas para su aprobación.
Gastos:
Gorka García Laza. Dirección Proyecto urbanización camino barrio al Hoyo
15.125,00 €
Etxekit, S.L.Alquiler y montaje de 250 vallas, escenario y carpa para ganado
6.558,20 €
Murbidecor. Paneles electorales
12.492,04 €
Deurbe. Proyecto de construcción de aula de música en Casa de Cultura y dirección de
obra
21.417,00 €
Idom. Asistencia técnica para el desarrollo de un módulo de gestión e inventariado de
caminos de monte público y zona rural
21.683,20 €
Fuera del orden del día y previa declaración de urgencia, se adoptaron los siguientes
acuerdos:
APROBACIÓN, SI PROCEDE, DE LA CERTIFICACIÓN Nº2 DE LAS OBRAS DE
REHABILITACIÓN DEL CAMINO A LA CAMPA Nº12.
15
Dada cuenta de la certificación nº1 correspondiente a las obras de rehabilitación del
camino a La Campa nº12, presentada por Excavaciones y Desmontes Garmendia, por
importe de 2.760,97 € (IVA incluido), y
Visto el informe favorable emitido por el Aparejador Municipal, de fecha 24 de agosto
de 2016
La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Prestarle total aprobación.
Segundo: Notifíquese el presente acuerdo al interesado, con expresión de los recursos a
que hubiera lugar.
Y no habiendo más asuntos que tratar, el señor Presidente dio por terminada la
sesión, a las once horas y treinta minutos, extendiéndose la presente acta, de que yo,
la Secretaria, certifico.
16
ACTA Nº 29
AYUNTAMIENTO DE MUSKIZ
En Muskiz, a doce de septiembre de dos mil dieciséis, siendo las diez horas de la
mañana, se reunió la Junta de Gobierno Local, bajo la presidencia del señor Alcalde,
don Borja Liaño Abarrategi, y con asistencia de los señores Tenientes de Alcalde, don
Eduardo Briones Lerchundi, don Rufino Manterola Lejarza, don Unai Landaburu Izar de
La Fuente y don Gonzalo Riancho Ocejo, para celebrar sesión ordinaria, en primera
convocatoria, y con asistencia de la señora Secretaria General, doña Itxaso Apraiz
Yáñez y el señor Interventor don Mario Lanbarri Martín.
INICIO DE EXPEDIENTE DE CONTRATACIÓN DEL PROGRAMA ZAINDUZ.
Dada cuenta de la necesidad de contratar el servicio de diseño, ejecución y evaluación
del programa-servicio Zainduz en el municipio de Muskiz puesta de manifiesto por el
Departamento de Acción Social, y
Visto el pliego de cláusulas-administrativas particulares elaborado al efecto por el que
se establece como procedimiento de adjudicación el abierto y tramitación ordinaria, por
tipo de licitación máxima de 29.000,00 euros (IVA excluido),
La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Aprobar el inicio de expediente para la adjudicación del contrato de servicio de
diseño, ejecución y evaluación del programa-servicio Zainduz en el municipio de Muskiz,
mediante procedimiento abierto por tipo de licitación máximo de 29.000,00 (IVA
excluido).
Segundo: Publicar el anuncio de licitación en el perfil del contratante del Ayuntamiento
de Muskiz y en el BOB.
Tercero: Devuélvase el expediente completo al departamento de origen.
APROBACIÓN, SI PROCEDE, DE FACTURAS Y GASTOS.
Se acuerda aprobar la relación de facturas 2016/000026, que consta de 28 páginas
formadas por 143 facturas y por importe total de 659.853,98 €.
Gastos:
Excavaciones Bitram. Cambio de acera en calle La Magdalena
9.389,44 €
Construcciones La Rigada, S.L. Construcción de muro de hormigón armado en
Santelices
6.878,85 €
Excavaciones Bitram. Mejora de pavimento en La Magdalena
Bizkaiko Bertsozale Elkartea. Proyecto "Gu ere bertsotan"
8.697,00 €
17.500,00
Fuera del orden del día y previa declaración de urgencia, se adoptaron los siguientes
acuerdos:
ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO DE OBRAS DE ADECUACIÓN DEL ANTIGUO
MATADERO.
En base a lo dispuesto en los artículos 111 y 138.3 del Texto Refundido de la Ley de
Contratos del Sector Público regulado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de
noviembre, referente a los contratos menores, y visto el informe emitido por el
Aparejador Municipal de fecha 2 de septiembre de 2016,
La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los presentes, acuerda:
1
Primero: Adjudicar el contrato de obras de adecuación del antiguo matadero a la
empresa Obras Santelices, S.L. por un precio de 47.169,45 € IVA EXCLUIDO.
Segundo: La duración del presente contrato no podrá exceder de un año sin que pueda
ser objeto de prórroga alguna o de revisión de precios.
Tercero: Dese traslado al Responsable de Prevención de Riesgos Laborales, así como al
Departamento de Contabilidad, a los efectos oportunos.
Cuarto: Notifíquese el presente acuerdo al adjudicatario con indicación de que con
carácter previo al comienzo de los trabajos, deberá cumplimentarse la comunicación de
apertura del centro de trabajo debiendo exponerse en la obra en lugar visible y
manteniéndose permanentemente actualizada en el caso de que se produzcan cambios
no identificados inicialmente.
APROBACIÓN DE INICIO DE EXPEDIENTE DE CONTRATACIÓN DE LAS OBRAS
DE REHABILITACIÓN DEL CAMINO A MORENILLO.
Dada cuenta de la necesidad de contratar las obras de rehabilitación del camino a
Morenillo puesta de manifiesto por el Departamento de Urbanismo, y
Visto el pliego de cláusulas-administrativas particulares elaborado al efecto por el que
se establece como procedimiento de adjudicación el negociado y tramitación ordinaria,
por tipo de licitación máxima de 97.342,64 euros (IVA excluido),
La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Aprobar el inicio de expediente para la adjudicación del contrato de obras de
rehabilitación del camino a Morenillo, mediante procedimiento negociado por tipo de
licitación máximo de 97.342,64 (IVA excluido).
Segundo: Publicar el anuncio de licitación en el perfil del contratante del Ayuntamiento
de Muskiz.
Tercero: Devuélvase el expediente completo al departamento de origen.
PETICIÓN DE ANULACIÓN DE LICENCIA DE OBRAS DE CONSTRUCCIÓN DE
VIVIENDA BIFAMILIAR EN MUSKIZGANE PARCELA Nº4.
Dada cuenta de la instancia presentada, con entrada en el registro general municipal
número 1596 de 21 de julio de 2016, mediante la que solicita la anulación de la
licencia de obras de construcción de vivienda bifamiliar en la parcela número 4 del
Sector Residencial Muskizgane otorgada mediante acuerdo adoptado por la Junta de
Gobierno Local en sesión celebrada el 21 de septiembre de
2015, y
Visto el informe favorable emitido por el Arquitecto Municipal de fecha 27 de julio de
2016, en e que se expone que:
"A la vista de la solicitud y no habiéndose ejecutado las obras objeto de la licencia
otorgada por la Junta de Gobierno Local de 21 de septiembre de 2015, por esta oficina
técnica, no existe inconveniente urbanístico a la anulación de la licencia con devolución
del ICIO, lo que determinará la conclusión del expediente.
Si en el futuro se decide dar comienzo a la obra, la propiedad solicitará previamente al
Ayuntamiento la concesión de nueva licencia de obra."
La Junta de Gobierno Local por unanimidad de los presentes, acuerda:
2
Primero: Anular la licencia de obras de construcción de vivienda bifamiliar en la parcela
número 4 del Sector Residencial Muskizgane otorgada mediante acuerdo adoptado por
la Junta de Gobierno Local en sesión celebrada el 21 de septiembre de 2015.
Segundo: Anular la liquidación del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y
Obras girada por motivo de la licencia anulada en el párrafo anterior.
Tercero: Dese traslado al departamento de Tesorería a los efectos oportunos.
Cuarto: Notifíquese al interesado con expresión de los recursos a que hubiera lugar.
Y no habiendo más asuntos que tratar, el señor Presidente dio por terminada la
sesión, a las once horas y treinta minutos, extendiéndose la presente acta, de que yo,
la Secretaria, certifico.
3
ACTA Nº 30
AYUNTAMIENTO DE MUSKIZ
En Muskiz, a diecinueve de septiembre de dos mil dieciséis, siendo las diez horas
de la mañana, se reunió la Junta de Gobierno Local, bajo la presidencia del señor
Alcalde, don Borja Liaño Abarrategi, y con asistencia de los señores Tenientes de
Alcalde, don Eduardo Briones Lerchundi, don Unai Landaburu Izar de La Fuente y don
Gonzalo Riancho Ocejo, para celebrar sesión ordinaria, en primera convocatoria, y con
asistencia de la señora Secretaria General, doña Itxaso Apraiz Yáñez y el señor
Interventor don Mario Lanbarri Martín.
LECTURA Y APROBACIÓN, SI PROCEDE, DEL ACTA DE LA SESIÓN ANTERIOR
CELEBRADA EL DÍA 5 DE SEPTIEMBRE DE 2016.
Declarado abierto el acto por el señor Presidente, de su orden se dio lectura al acta de
la sesión celebrada el día 5 de septiembre, que fue aprobada por unanimidad.
LECTURA Y APROBACIÓN, SI PROCEDE, DEL ACTA DE LA SESIÓN ANTERIOR
CELEBRADA EL DÍA 12 DE SEPTIEMBRE DE 2016.
Seguidamente se dio lectura al acta de la sesión anterior celebrada el día 5 de
septiembre, que fue aprobada por unanimidad.
APROBACIÓN, SI PROCEDE, DE LA 1ª CERTIFICACIÓN - LIQUIDACIÓN DE
LAS OBRAS DE REPARACIONES EN EL INSTITUTO DE ENSEÑANZA
SECUNDARIA.
Dada cuenta de la certificación - liquidación correspondiente a las obras de
reparaciones en el Instituto de Enseñanza Secundaria, presentada por Excavaciones
Bitram, S.L., por importe de 5.995,55 € (IVA incluido), y
Visto el informe favorable emitido por el Aparejador Municipal, de fecha 15 de
septiembre de 2016
La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Prestarle total aprobación.
Segundo: Notifíquese el presente acuerdo al interesado, con expresión de los recursos a
que hubiera lugar.
APROBACIÓN, SI PROCEDE, DE LA 1ª CERTIFICACIÓN - LIQUIDACIÓN DE
LAS OBRAS DE REPARACIONES EN MUSKIZKO IKASTOLA.
Dada cuenta de la certificación - liquidación correspondiente a las obras de
reparaciones en Muskizko Ikastola, presentada por Excavaciones Bitram, S.L., por
importe de 6.457,77 € (IVA incluido), y
Visto el informe favorable emitido por el Aparejador Municipal, de fecha 15 de
septiembre de 2016
La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Prestarle total aprobación.
Segundo: Notifíquese el presente acuerdo al interesado, con expresión de los recursos a
que hubiera lugar.
APROBACIÓN, SI PROCEDE, DE LA 1ª CERTIFICACIÓN - LIQUIDACIÓN DE
LAS OBRAS DE REPARACIONES EN COLEGIO PÚBLICO P. CANTARRANA.
1
Dada cuenta de la certificación - liquidación correspondiente a las obras de
reparaciones en el colegio público P. Cantarrana, presentada por Excavaciones Bitram,
S.L., por importe de 17.424,00 € (IVA incluido), y
Visto el informe favorable emitido por el Aparejador Municipal, de fecha 15 de
septiembre de 2016
La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Prestarle total aprobación.
Segundo: Notifíquese el presente acuerdo al interesado, con expresión de los recursos a
que hubiera lugar.
APROBACIÓN, SI PROCEDE, DE FACTURAS Y GASTOS.
Se acuerda aprobar la relación de facturas 2016/000027, que consta de 17 páginas
formadas por 76 facturas y por importe total de 525.634,75 €.
Y no habiendo más asuntos que tratar, el señor Presidente dio por terminada la
sesión, a las once horas y treinta minutos, extendiéndose la presente acta, de que yo,
la Secretaria, certifico.
2
ACTA Nº 31
AYUNTAMIENTO DE MUSKIZ
En Muskiz, a veintiséis de septiembre de dos mil dieciséis, siendo las diez horas
de la mañana, se reunió la Junta de Gobierno Local, bajo la presidencia del señor
Alcalde, don Borja Liaño Abarrategi, y con asistencia de los señores Tenientes de
Alcalde, don Eduardo Briones Lerchundi, don Rufino Manterola Lejarza, don Unai
Landaburu Izar de La Fuente y don Gonzalo Riancho Ocejo, para celebrar sesión
ordinaria, en primera convocatoria, y con asistencia de la señora Secretaria General,
doña Itxaso Apraiz Yáñez y el señor Interventor don Mario Lanbarri Martín.
LECTURA Y APROBACIÓN, SI PROCEDE, DEL ACTA DE LA SESIÓN ANTERIOR.
Declarado abierto el acto por el señor Presidente, de su orden se dio lectura al acta de
la sesión anterior celebrada el día diecinueve de septiembre, que fue aprobada por
unanimidad.
APROBACIÓN, SI PROCEDE, DE PRÓRROGA DEL CONTRATO DEL SERVICIO
DE GESTIÓN DE MULTAS DE TRÁFICO.
Dada cuenta de la finalización el día 30 de septiembre del plazo de vigencia del contrato
suscrito entre este Ayuntamiento de Muskiz y la empresa Servicios de Colaboración
Integral, S.L., para la gestión del servicio de gestión de multas del Ayuntamiento de
Muskiz y, vista la cláusula 2º del contrato, así como el informe favorable emitido por el
Jefe Accidental de la Policía Local, de fecha 19 de septiembre de 2016.
La Junta de Gobierno Local por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Prorrogar el citado contrato por el plazo de un año, con efectos a 1 de octubre
de 2016.
Segundo: Dese traslado el responsable de prevención de riesgos laborales, así como al
departamento de intervención para su conocimiento y efectos oportunos.
Tercero: Notifíquese al interesado con expresión de los recursos a que hubiera lugar.
PETICIÓN DE BYP EVENTOS DEPORTIVOS DE AUTORIZACIÓN DE
CELEBRACIÓN DEL VIII CAMPUS DE FÚTBOL PETRONOR DEL 3 AL 14 DE
JULIO DE 2017.
Dada cuenta de la instancia presentada por don Alberto Biota, en representación de
ByP eventos deportivos en petición de autorización de celebración del VII Campus de
fútbol Petronor para niños/as, de 5 a 12 años del 3 al 14 de julio de 2017, para lo que
solicita el uso de los campos de fútbol de El Malecón y del Meatzari Aretoa de 9:45 a
18:30, y
Visto el informe favorable emitido por el Director de Cultura, de fecha 15 de septiembre
de 2016,
La Junta de Gobierno Local por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Autorizar la celebración del VIII Campus de fútbol Petronor del 3 al 14 de
julio de 2017 de 9:45 a 18:30 horas, y el uso de los campos de fútbol de El Malecón en
las citadas fechas, excepto fines de semana, debiendo presentar un seguro de
Responsabilidad Civil previo a la celebración de la actividad, así como contactar con el
responsable municipal de prevención, cumpliendo las instrucciones que este transmita
en relación a las medidas de seguridad correspondientes. Así mismo se deberán
mantener en adecuado estado de limpieza los vestuarios y demás instalaciones que
utilice.
1
Segundo: Conceder a ByP eventos deportivos autorización para el uso gratuito del
Meatzari Aretoa del 3 al 14 de julio excepto fines de semana, de las 15:00 a las 17:00,
cumpliendo la condición de permitir la asistencia a las actividades que en él se
desarrollen, a todos los menores que lo deseen aún no estando inscritos en el Campus.
Tercero: Dese traslado al responsable de prevención.
Cuarto: Notifíquese al interesado con expresión de los recursos a que hubiera lugar.
PETICIÓN DE LICENCIA DE TENENCIA DE ANIMAL POTENCIALMENTE
PELIGROSO.
Dada cuenta del escrito presentado, solicitando licencia municipal para la tenencia de un
perro de raza calificada como potencialmente peligrosa y su anotación en el registro
municipal de animales potencialmente peligrosos, aportando la documentación prevista
en el R.D. 287/2002, de 22 de marzo, visto el informe favorable emitido por el Jefe de
la Policía Local, de fecha 20 de septiembre de 2016,
La Junta de Gobierno Local por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Conceder la licencia solicitada con un plazo de vigencia máximo de cinco años,
con la obligación del titular de comunicar en el plazo de quince días cualquier variación
de los datos en los que se ha basado la concesión correspondiéndole la referencia
48071/16/0075.
Segundo: Proceder a la inscripción del animal en el registro municipal de animales
potencialmente peligrosos con el nombre de "KIRA", raza AMERICAN STAFFORDSHIRE,
nº de chip 981020009461953 y la referencia 48071/EC/16/0073.
Tercero: Notificar la presente al interesado con expresión de los recursos a que hubiera
lugar.
PETICIÓN DE CLUB VIDARAID ADVENTURE TEAM DE AUTORIZACIÓN DE
CELEBRACIÓN DE UNA ETAPA DE LA "BASQUE EXPEDITION RACE".
Dada cuenta del escrito remitido por la Demarcación de Costas del País Vasco, con
entrada en el registro general municipal de fecha 24 de agosto de 2016 y número 1745,
mediante el que solicitan informe municipal relativo a la instancia presentada por don
Urtzi Iglesias Mota, en representación del Club Vidaraid Adventure Team, de petición de
autorización de la prueba náutico-deportiva "Basque Expedition Race".
Visto que, en lo que se refiere a la competencia municipal se trata de la realización de
una de las etapas de la prueba remontando el cauce del río Barbadún, en modalidad
Paddel surf, desde su desembocadura en la playa de La Arena hasta San Julián de
Muskiz, y
Visto el informe emitido por el Técnico Asesor en Medio Ambiente, de fecha 20 de
septiembre de 2016, en el que se expone que:
"Se propone:
Autorizar dicha actividad manteniéndose las condiciones de limpieza y gestión de
residuos de la zona por la que transcurre la prueba, dado que se trata de un espacio
natural considerado ZEC (Zona de Especial Conservación) y que forma parte de la Red
Natura 2000. De igual manera deberá presentarse en este departamento los permisos
solicitados por la organización, así como las autorizaciones otorgadas por las restantes
administraciones competentes en el citado asunto."
La Junta de Gobierno Local por unanimidad de los presentes, acuerda:
2
Primero: Remitir a la Demarcación de Costas del País Vasco informe favorable a la
solicitud de autorización de celebración de la prueba náutico-deportiva "Basque
Expedition Race", en lo que a la competencia municipal se refiere.
Segundo: Notifíquese el presente acuerdo al Club Vidaraid Adventure Team,
comunicándoles que deberán cumplir los requisitos y presentar la documentación
mencionada en el informe técnico antes citado, en la forma que en el mismo se
expresa.
PETICIÓN DE AGINTZARI, S.COOP., DE DEVOLUCIÓN DE GARANTÍA
DEFINITIVA POR LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE ORIENTACIÓN Y
ATENCIÓN PSICOLÓGICA EN EL MUNICIPIO DE MUSKIZ.
Dada cuenta del escrito presentado por Agintzari, S. Coop., con entrada en el Registro
General de este Ayuntamiento número 1886 de fecha 16 de septiembre de 2016,
solicitando la devolución de la garantía definitiva, constituida por importe de 3.000,00€
como garantía depósito por la prestación del servicio de orientación y atención
psicológica en el municipio de Muskiz, y visto el informe favorable emitido por la
Coordinadora de Servicios Sociales, de fecha 19 de septiembre de 2016,
La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Proceder a la devolución de la garantía definitiva solicitada.
Segundo: Dese traslado al Departamento de Intervención / Tesorería a los efectos
oportunos.
Tercero: Notifíquese al interesado, con expresión de los recursos a que hubiera lugar.
PETICIÓN DE IBERDROLA DISTRIBUCIÓN ELÉCTRICA DE PRÓRROGA DE
LICENCIA DE OBRAS PARA NUEVA LÍNEA AÉREA – SUBTERRÁNEA A 30KV EN
D/C DENOMINADA “ABANTO-MUSKIZ 1 Y 2” DE ENLACE ENTRE LA S.T. DEL
C.T. Nº901138630 “SAN MARTÍN III”. DESGUACE DE LAS ACTUALES LÍNEAS
A 30KV EN D/C DENOMINADAS “ABANTO-PETRONOR 3 Y 4” (ENTRE EL
APOYO Nº5 Y LA S.T.R. PETRONOR). TÉRMINOS MUNICIPALES DE MUSKIZ,
ZIERBANA Y ABANTO-ZIERBANA.
Dada cuenta de la instancia presentada por Iberdrola Distribución Eléctrica, con entrada
en el registro general municipal número 1890 de fecha 19 de septiembre de 2016 en
petición de prórroga de la licencia de obras que tienen concedida para nueva línea
aérea – subterránea a 30KV en D/C denominada “Abanto-Muskiz 1 y 2” de enlace entre
la S.T. del C.T. nº901138630 “San Martín III”. Desguace de las actuales líneas a 30KV
en D/C denominadas “Abanto-Petronor 3 y 4” (entre el apoyo nº5 y la S.T.R. Petronor).
Términos municipales de Muskiz, Zierbana y Abanto-Zierbana, y
Visto el informe favorable emitido por el Aparejador Municipal, de fecha 19 de
septiembre de 2016, en el que se expone que:
"(..) analizada la solicitud presentada de prórroga en la licencia de la obra de
referencia, respecto a la iniciación de los trabajos.
Habida cuenta de la complejidad y alcance de la implementación en el proyecto de
algunas de las medidas correctoras impuestas en la licencia y no contempladas en el
proyecto original, así como las propias complejidades surgidas en el proceso de
adjudicación de los trabajos.
(…)
3
Informar favorablemente la solicitud de la nueva prórroga en la ampliación del plazo
solicitada y fijar como nuevo plazo de inicio de los trabajos en 12 meses desde el
otorgamiento de la licencia."
La Junta de Gobierno Local por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Ampliar hasta doce meses el plazo inicial otorgado de tres meses para el inicio
de las obras a realizar por Iberdrola Distribución Eléctrica para nueva línea aérea –
subterránea a 30KV en D/C denominada “Abanto-Muskiz 1 y 2” de enlace entre la S.T.
del C.T. nº901138630 “San Martín III”. Desguace de las actuales líneas a 30KV en D/C
denominadas “Abanto-Petronor 3 y 4” (entre el apoyo nº5 y la S.T.R. Petronor).
Términos municipales de Muskiz, Zierbana y Abanto-Zierbana.
Segundo: Notifíquese al interesado con expresión de los recursos a que hubiera lugar.
PETICIÓN DE PETRÓLEOS DEL NORTE, S.A. (PETRONOR) DE LICENCIA DE
OBRAS DE ADECUACIÓN DE CASETAS DE OPERADORES Y SERVICIO DE LA
REFINERÍA.
Dada cuenta del expediente tramitado a instancia de doña Raquel Ruiz Juárez en
nombre y representación de Petróleos del Norte, S.A. (Petronor), en solicitud de licencia
municipal de obra de adecuación de casetas de operadores, casetas de permisos de
trabajo y fumadores, adjuntando proyecto visado,
Visto el informe técnico favorable emitido por el Arquitecto Municipal, de fecha 19 de
septiembre de 2016, y
Visto el informe emitido por el Técnico de Administración Especial, de fecha, 22 de
septiembre de 2016, en el que se expone que:
"(…) procede, en cuanto a la liquidación provisional, que se gire sobre una base
imponible de 1.045.961,23 €, (demoliciones y nuevas casetas), sin perjuicio del análisis
que para la determinación de la liquidación definitiva se realice una vez acabados los
trabajos.
A estos efectos, se deberá requerir a PETRONOR la presentación, una vez acabada la
obra, la certificación final, adjuntando desglose de partidas de los diferentes capítulos,
visada y firmada por la dirección facultativa."
La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Conceder la licencia solicitada, con abono de los derechos municipales sobre
un presupuesto de 1.045.961,23€, debiendo cumplir las condiciones generales que se
adjuntan. El plazo para el comienzo de las obras es de 6 meses y el de ejecución de 24
meses una vez comenzadas las obras. Se cumplirá en todo momento con las medidas
de seguridad y salud en el trabajo, implantando las medidas necesarias para impedir
daños a terceros, de acuerdo con el RD 486/1997. Se cumplirá en todo momento el D
112/2012 Gestión de residuos de construcción y demolición. Se establece como fianza
de gestión de residuos el importe de 2.114,31 euros (120% PEM G.R.).
Deberán cumplirse, además, las siguientes condiciones particulares:
- Se cumplirán las medidas correctoras impuestas en la Resolución de 6 de mayo de
2008 y por la Resolución de 15 de abril de 2012 por las que se concedió la Autorización
Ambiental Integrada de la instalación de Petronor
- La concesión de la licencia para ejecución del proyecto por parte de Petróleos del
Norte, S.A., contará con todas las autorizaciones pertinentes de otras Administraciones
Públicas competentes en la materia.
4
- En lo referente a la generación de residuos de construcción y demolición, se atenderá
a lo dispuesto en el decreto 112/2012 de 26 de junio, por el que se regula la
producción y gestión de residuos de la construcción y demolición.
- Será obligatorio caracterizar aquellos materiales (tierras, escombros, etc.) a fin de
verificar si hubieran podido resultar afectados como consecuencia de acciones
contaminantes y determinar, en función de los resultados de dicha caracterización, la
vía de gestión más adecuada para los mismos, remitiendo los resultados obtenidos al
órgano ambiental para su valoración, con carácter previo a su gestión.
- Acabada la obra se presentará informe firmado por la dirección facultativa y la
documentación necesaria que acredite la correcta gestión de los residuos y tierras de la
excavación, de acuerdo al art. 6 del Decreto 112/2012 de 26 de junio, por el que se
regula la producción y gestión de residuos de la construcción y demolición.
- Una vez acabada la obra, se deberá presentar certificación final, adjuntando desglose
de partidas de los diferentes capítulos, visada y firmada por la dirección facultativa.
Segundo: Dar traslado al Departamento de Tesorería.
Tercero: Devuélvase, una vez cumplimentado, el expediente completo al departamento
de Urbanismo
Una copia de la presente licencia deberá fijarse en un lugar visible de la obra, a efectos
de que por los servicios municipales se lleve a cabo la inspección urbanística
correspondiente de manera efectiva. Todo ello sin perjuicio de que por el titular de la
obra y a requerimiento de las autoridades municipales se deba mostrar el original de la
misma.
Cuarto: Notificar la presente al interesado.
PETICIÓN DE PETRÓLEOS DEL NORTE, S.A. (PETRONOR) DE LICENCIA DE
OBRAS DE REVALORIZACIÓN DE NAFTAS DE LA REFINERÍA.
Dada cuenta del expediente tramitado a instancia de doña Raquel Ruiz Juárez en
nombre y representación de Petróleos del Norte, S.A. (Petronor), en solicitud de licencia
municipal de obra de revalorización de Naftas de la refinería,
Visto el informe técnico favorable emitido por el Arquitecto Municipal, de fecha 19 de
septiembre de 2016, y
Visto el informe emitido por el Técnico de Administración Especial, de fecha, 22 de
septiembre de 2016, en el que se expone que:
"(…) procede, en cuanto a la liquidación provisional, que se gire sobre una base
imponible de 1.040.459 €, (equipos, materiales y construcción), sin perjuicio del análisis
que para la determinación de la liquidación definitiva se realice una vez acabados los
trabajos.
A estos efecto, se deberá requerir a PETRONOR la presentación, una vez acabada la
obra, la certificación final, adjuntando desglose de partidas de los diferentes capítulos,
visada y firmada por la dirección facultativa."
La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Conceder la licencia solicitada, con abono de los derechos municipales sobre
un presupuesto de 1.040.459,00 €, debiendo cumplir las condiciones generales que se
adjuntan. El plazo para el comienzo de las obras es de 6 meses y el de ejecución de 24
meses una vez comenzadas las obras. Se cumplirá en todo momento con las medidas
de seguridad y salud en el trabajo, implantando las medidas necesarias para impedir
5
daños a terceros, de acuerdo con el RD 486/1997. Se cumplirá en todo momento el D
112/2012 Gestión de residuos de construcción y demolición. Se establece como fianza
de gestión de residuos el importe de 47.562,43 euros (120% PEM G.R.).
Deberán cumplirse, además, las siguientes condiciones particulares:
- Se cumplirán las determinaciones del escrito de la Directora de administración
Ambiental de 6 de septiembre de 2016.
- Se cumplirán las medidas correctoras impuestas en la Resolución de 6 de mayo de
2008 y por la Resolución de 15 de abril de 2012 por las que se concedió la Autorización
Ambiental Integrada de la instalación de Petronor
- La concesión de la licencia para ejecución del proyecto por parte de Petróleos del
Norte, S.A., contará con todas las autorizaciones pertinentes de otras Administraciones
Públicas competentes en la materia.
- Será obligatorio caracterizar aquellos materiales (tierras, escombros, etc.) a fin de
verificar si hubieran podido resultar afectados como consecuencia de acciones
contaminantes y determinar, en función de los resultados de dicha caracterización, la
vía de gestión más adecuada para los mismos, remitiendo los resultados obtenidos al
órgano ambiental para su valoración, con carácter previo a su gestión. Todo ello sin
prejuicio de la necesidad de presentar un plan de excavación selectiva con el contenido
del art. 13 de la Ley 4/2015 aprobado por el órgano ambiental con carácter previo a su
ejecución.
- Acabada la obra se presentará certificado y liquidación final de obra, visados y
firmados por la dirección facultativa, adjuntando desglose de partidas de los diferentes
capítulos. Igualmente se aportará informe y la documentación necesaria que acredite la
correcta gestión de los residuos y tierras de la excavación, de acuerdo al art. 6 del
Decreto 112/2012 de 26 de junio, por el que se regula la producción y gestión de
residuos de la construcción y demolición.
Segundo: Dar traslado al Departamento de Tesorería.
Tercero: Devuélvase, una vez cumplimentado, el expediente completo al departamento
de Urbanismo
Una copia de la presente licencia deberá fijarse en un lugar visible de la obra, a efectos
de que por los servicios municipales se lleve a cabo la inspección urbanística
correspondiente de manera efectiva. Todo ello sin perjuicio de que por el titular de la
obra y a requerimiento de las autoridades municipales se deba mostrar el original de la
misma.
Cuarto: Notificar la presente al interesado.
APROBACIÓN, SI PROCEDE, DE FACTURAS Y GASTOS.
Se acuerda aprobar la relación de facturas 2016/000028, que consta de 13 páginas
formadas por 48 facturas y por importe total de 108.888,85 €.
Gastos:
Martínez Domezani David. Proyecto y dirección de obras de demolición de vivienda en
Memerea, 10
4.598,00 €
Caser Seguros. Seguros de vida funcionarios y laborales
16.221,17 €
Fuera del orden del día y previa declaración de urgencia, se adoptaron los siguientes
acuerdos:
6
APROBACIÓN DEL PLAN DE SEGURIDAD Y SALUD DE LAS OBRAS DE
REPOSICIÓN DE LA RED DE ABASTECIMIENTO EN EL BARRIO LA CAMPA.
Visto el informe emitido por doña Mª Pilar Flores Fernández, en el que consta que la
redacción del Plan de Seguridad y Salud, y el desarrollo de este Estudio, presentado por
Excavaciones Bitram, S.L., para las obras de reposición de la red de abastecimiento en
el barrio La Campa, cumple con la legislación y normativa aplicables al efecto,
La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Aprobar el Plan de Seguridad y Salud en el Trabajo presentado por Bitram,
S.L., en relación con la obra de reposición de la red de abastecimiento en el barrio La
Campa.
Segundo: Notificar la presente al contratista, con indicación de que, el presente
acuerdo, junto con el informe favorable redactado por doña María Pilar Flores
Fernández, deberá estar en la obra, en poder del Contratista o quien le represente, a
disposición permanente del Coordinador, de la Dirección Facultativa, del personal y
servicios de prevención, de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social y de los
órganos técnicos de la Comunidad Autónoma.
Tercero: Notificar la presente a doña María pilar Flores Fernández
Y no habiendo más asuntos que tratar, el señor Presidente dio por terminada la
sesión, a las once horas y treinta minutos, extendiéndose la presente acta, de que yo,
la Secretaria, certifico.
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ACTA Nº 32
AYUNTAMIENTO DE MUSKIZ
En Muskiz, a tres de octubre de dos mil dieciséis, siendo las diez horas de la
mañana, se reunió la Junta de Gobierno Local, bajo la presidencia del señor Alcalde,
don Borja Liaño Abarrategi, y con asistencia de los señores Tenientes de Alcalde, don
Eduardo Briones Lerchundi, don Rufino Manterola Lejarza, don Unai Landaburu Izar de
La Fuente y don Gonzalo Riancho Ocejo, para celebrar sesión ordinaria, en primera
convocatoria, y con asistencia de la señora Secretaria General, doña Itxaso Apraiz
Yáñez y el señor Interventor don Mario Lanbarri Martín.
LECTURA Y APROBACIÓN, SI PROCEDE, DEL ACTA DE LA SESIÓN ANTERIOR.
Declarado abierto el acto por el señor Presidente, de su orden se dio lectura al acta de
la sesión anterior celebrada el día 26 de septiembre, que fue aprobada por unanimidad.
APROBACIÓN, SI PROCEDE, DE INICIO DE EXPEDIENTE DE CONTRATACIÓN
DEL SERVICIO DE SEGUROS DEL AYUNTAMIENTO DE MUSKIZ.
Dada cuenta de la necesidad de contratar el servicio de seguros del Ayuntamiento de
Muskiz puesta de manifiesto por el Técnico de Administración Especial, y
Visto el pliego de cláusulas-administrativas particulares elaborado al efecto por el que
se establece como procedimiento de adjudicación el negociado sin publicidad y
tramitación ordinaria, por tipo de licitación máxima de 50.000,00 euros (IVA excluido),
La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Aprobar el inicio de expediente para la adjudicación del contrato de servicio de
seguros del Ayuntamiento de Muskiz, mediante procedimiento negociado sin publicidad
por tipo de licitación máximo de 50.000,00 (IVA excluido).
Segundo: Publicar el anuncio de licitación en el perfil del contratante del Ayuntamiento
de Muskiz.
Tercero: Devuélvase el expediente completo al departamento de origen.
PETICIÓN DE AUTORIZACIÓN DE TRASPASO DE APROVECHAMIENTO DE
TERRENO COMUNAL SITO EN LA MINA LA TRAMPA.
Vista la instancia presentada, mediante la que solicita autorización para proceder a
traspaso del aprovechamiento del terreno comunal sito en la Mina la Trampa,
correspondiente a la parcela 196, subparcelas k) y m), del polígono 7, con una
superficie de 2 y 1 área respectivamente, al haber adquirido estos mediante compra la
vivienda que se encuentra ubicada en la parcela 196 subparcela l) del polígono 7, y
Visto el informe emitido por el Técnico de Administración Especial de fecha 28 de
septiembre de 2016,
La Junta de Gobierno Local por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Autorizar el traspaso del aprovechamiento del terreno comunal sito en La Mina
Trampa, correspondiente a la parcela 196 subparcelas k) y m) del polígono 7.
1
Segundo: Dese traslado al departamento de Intervención-Tesorería a los efectos
oportunos.
Tercero: Notifíquese a los/as interesados/as con expresión de los recursos a que
hubiera lugar.
PETICIÓN DE DEVOLUCIÓN DE GARANTÍA DEFINITIVA POR INSTALACIÓN DE
PUESTO DE HELADOS EN LA PLAYA DE LA ARENA.
Dada cuenta del escrito presentado solicitando la devolución de la garantía definitiva,
constituida por importe de 400,00 € como garantía depósito en la licitación convocada
para la adjudicación de un puesto de venta de helados en La Arena, y
Visto el informe favorable emitido por el Técnico de Administración Especial, de fecha
26 de septiembre de 2016, en el que expone que:
"(…) 1º.- Que resultó adjudicatario de la citada licitación por acuerdo de la Junta de
Gobierno Local adoptado en sesión de fecha 14 de marzo de
2016.
2º.- Que con fecha 22 de junio de 2016 presentó escrito solicitando la aceptación de la
renuncia a la adjudicación como consecuencia de haber sobrevenido circunstancias
imprevistas e imprevisibles a la hora de formular la oferta económica, y la devolución
de la fianza provisional constituida.
3º.- Que la Junta de Gobierno Local en sesión de fecha 27 de junio de 2016,
atendiendo a las razones expuestas, adoptó acuerdo aceptando la renuncia solicitada y
anulando la liquidación girada para el cobro del precio de adjudicación del año 2016.
4º.- Que retiró inmediatamente el puesto de venta de helados instalado, dejando el
dominio público ocupado en perfectas condiciones.
Procede que por la Junta de Gobierno Local se adopte acuerdo aprobando la devolución
de la fianza provisional constituida, por importe de 400 euros, en el proceso licitatorio
convocado para la adjudicación de un puesto de venta de helados en la playa de La
Arena."
La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Proceder a la devolución de la garantía definitiva solicitada.
Segundo: Dese traslado al Departamento de Intervención / Tesorería a los efectos
oportunos.
Tercero: Notifíquese al interesado, con expresión de los recursos a que hubiera lugar.
PETICIÓN DE CONSTRUCCIONES GARMENDIA, S.L. DE DEVOLUCIÓN DE
GARANTÍA DEFINITIVA POR LAS OBRAS DE MEJORA DE LAS SALAS DE
BOMBAS DE JANEO Y CAMINO A MELLO Y MEJORA DE RED DE
ABASTECIMIENTO EN EL VALLE Y MEMEREA.
Dada cuenta del escrito presentado por don Joseba Garmendia, en representación de
Excavaciones y Desmontes Garmendia, S.L., con entrada en el Registro General de este
Ayuntamiento número 772 de fecha 18 de abril de 2016, solicitando la devolución de la
garantía definitiva, constituida por importe de 2.536,46€ para garantizar la correcta
ejecución de las obras de mejora de las salas de bombas de Janeo y camino a Mello y
mejora de la red de abastecimiento en El Valle y Memerea, y visto el informe favorable
emitido por el Aparejador Municipal, de fecha 27 de septiembre de 2016,
2
La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Proceder a la devolución de la garantía definitiva solicitada.
Segundo: Dese traslado al Departamento de Intervención / Tesorería a los efectos
oportunos.
Tercero: Notifíquese al interesado, con expresión de los recursos a que hubiera lugar.
PETICIÓN DE PETRÓLEOS DEL NORTE, S.A. (PETRONOR) DE CONCESIÓN DE
LICENCIA DE OBRAS DE CONSTRUCCIÓN DE UN PASO DE CALLES BUTSEN
ENTRE LA SUBESTACIÓN Nº3 Y LA SUBESTACIÓN Nº 7 DE LA REFINERÍA.
Dada cuenta del expediente tramitado a instancia de doña Raquel Ruiz Juárez, en
representación de Petróleos del Norte, S.A. (PETRONOR), en solicitud de licencia
municipal de obra de construcción de un paso de calles BUTSEN entre la subestación nº
3 y la subestación nº 7 de la refinería, adjuntando proyecto visado, visto el informe
técnico favorable emitido por el Arquitecto Municipal, de fecha 20 de julio de 2016, y
Visto el informe emitido por el Técnico de Administración Especial, de fecha, 22 de
septiembre de 2016, en el que se expone que:
"(…) la base imponible sobre la que debe girarse la liquidación provisional del Impuesto
de Construcciones, Instalaciones y Obras es de 65.000,00 €, sin perjuicio de la que se
gire con carácter definitivo, una vez finalizados los trabajos.
A estos efectos, se deberá requerir a PETRONOR la presentación, una vez acabada la
obra, de la certificación final, adjuntando desglose de partidas de los diferentes
capítulos, visada y firmada por la dirección facultativa."
La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Conceder la licencia solicitada, con abono de los derechos municipales sobre
un presupuesto de 65.000,00€, debiendo cumplir las condiciones generales que se
adjuntan. El plazo para el comienzo de las obras es de 6 meses y el de ejecución de 24
meses una vez comenzadas las obras. Se cumplirá en todo momento con las medidas
de seguridad y salud en el trabajo, implantando las medidas necesarias para impedir
daños a terceros, de acuerdo con el RD 486/1997. Se cumplirá en todo momento el D
112/2012 Gestión de residuos de construcción y demolición. Se establece como fianza
de gestión de residuos el importe de 1.560,00 euros (120% PEM G.R.).
Deberán cumplirse, además, las siguientes condiciones particulares:
- Se cumplirán las determinaciones del escrito de la Directora de administración
Ambiental de 20 de junio de 2016.
- Se cumplirán las medidas correctoras impuestas en la Resolución de 6 de mayo de
2008 y por la Resolución de 15 de abril de 2012 por las que se concedió la Autorización
Ambiental Integrada de la instalación de Petronor
- La concesión de la licencia para ejecución del proyecto por parte de Petróleos del
Norte, S.A., contará con todas las autorizaciones pertinentes de otras Administraciones
Públicas competentes en la materia.
- Será obligatorio caracterizar aquellos materiales (tierras, escombros, etc.) a fin de
verificar si hubieran podido resultar afectados como consecuencia de acciones
contaminantes y determinar, en función de los resultados de dicha caracterización, la
vía de gestión más adecuada para los mismos, remitiendo los resultados obtenidos al
órgano ambiental para su valoración, con carácter previo a su gestión. Todo ello sin
prejuicio de la necesidad de presentar un plan de excavación selectiva con el contenido
3
del art. 13 de la Ley 4/2015 aprobado por el órgano ambiental con carácter previo a su
ejecución.
- No podrán comenzarse las obras hasta la presentación del correspondiente
presupuesto de ejecución visado, dividido en capítulos, con partidas, mediciones y
precios unitarios.
- Acabada la obra se presentará informe firmado por la dirección facultativa y la
documentación necesaria que acredite la correcta gestión de los residuos y tierras de la
excavación, de acuerdo al art. 6 del Decreto 112/2012 de 26 de junio, por el que se
regula la producción y gestión de residuos de la construcción y demolición.
Segundo: Dar traslado al Departamento de Tesorería.
Tercero: Devuélvase, una vez cumplimentado, el expediente completo al departamento
de Urbanismo
Una copia de la presente licencia deberá fijarse en un lugar visible de la obra, a efectos
de que por los servicios municipales se lleve a cabo la inspección urbanística
correspondiente de manera efectiva. Todo ello sin perjuicio de que por el titular de la
obra y a requerimiento de las autoridades municipales se deba mostrar el original de la
misma.
Cuarto: Notificar la presente al interesado.
APROBACIÓN, SI PROCEDE, DE FACTURAS Y GASTOS.
Se acuerda aprobar la relación de facturas 2016/000029, que consta de 19 páginas
formadas por 62 facturas y por importe total de 147.721,02 €.
Y no habiendo más asuntos que tratar, el señor Presidente dio por terminada la
sesión, a las once horas y treinta minutos, extendiéndose la presente acta, de que yo,
la Secretaria, certifico.
4
ACTA Nº 33
AYUNTAMIENTO DE MUSKIZ
En Muskiz, a diez de octubre de dos mil dieciséis, siendo las diez horas de la
mañana, se reunió la Junta de Gobierno Local, bajo la presidencia del señor Alcalde,
don Borja Liaño Abarrategi, y con asistencia de los señores Tenientes de Alcalde, don
Eduardo Briones Lerchundi, don Rufino Manterola Lejarza, don Unai Landaburu Izar de
La Fuente y don Gonzalo Riancho Ocejo, para celebrar sesión ordinaria, en primera
convocatoria, y con asistencia de la señora Secretaria General, doña Itxaso Apraiz
Yáñez y el señor Interventor don Mario Lanbarri Martín.
LECTURA Y APROBACIÓN, SI PROCEDE, DEL ACTA DE LA SESIÓN ANTERIOR.
Declarado abierto el acto por el señor Presidente, de su orden se dio lectura al acta de
la sesión anterior celebrada el día tres de octubre, que fue aprobada por unanimidad.
APROBACIÓN, SI PROCEDE, DE LA 3ª CERTIFICACIÓN - LIQUIDACIÓN DE
LAS OBRAS DE REHABILITACIÓN DEL CAMINO DE LA CASERÍA.
Dada cuenta de la 3ª certificación - liquidación correspondiente a las obras de
rehabilitación del camino de La Casería, presentada por Consaudi Obra Civil, S.L., por
importe de 8.448,50 € (IVA incluido), y
Visto el informe favorable emitido por el Aparejador Municipal, de fecha 5 de octubre de
2016
La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Prestarle total aprobación.
Segundo: Notifíquese el presente acuerdo al interesado, con expresión de los recursos a
que hubiera lugar.
ADJUDICACIÓN, SI PROCEDE, DE LAS OBRAS DE MEJORA DE LA RED DE
ALUMBRADO PÚBLICO DE MUSKIZ.
Habiéndose tramitado procedimiento negociado sin publicidad, y siendo la forma de
adjudicación la de concurso, según lo dispuesto para este tipo de procedimientos en el
Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto
Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, y
Vistas las ofertas presentadas para la adjudicación del contrato de obras de mejora de
la red de alumbrado público de Muskiz,
Visto que se requirió a la empresa Instalaciones Eléctricas Muskiz, S.L. la acreditación
de la documentación objeto de la declaración responsable en base a lo previsto en el
artículo 146.4 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se
aprueba el texto Refundido de la Ley de Contratos del sector Público, así como la
presentación justificativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones
tributarias y con la Seguridad Social o autorizase al órgano de contratación para
obtener de forma directa la acreditación de ello, de disponer efectivamente de los
medios que se hubiese comprometido a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato
conforme al artículo 151.2 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector
Público, y de haber constituido la garantía definitiva que sea procedente, y
Visto que por la empresa se ha presentado la documentación requerida en plazo,
La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los presentes, acuerda:
1
Primero: Adjudicar, definitivamente, el contrato de obras de mejora de la red de
alumbrado público de Muskiz, a Instalaciones Eléctricas Muskiz, S.L., por un importe de
56.740,00€, IVA EXCLUIDO.
Segundo: Dese traslado al Responsable de Prevención de Riesgos Laborales, así como
al Departamento de Contabilidad, a los efectos oportunos.
Tercero: Notifíquese el presente acuerdo al adjudicatario y al resto de licitadores.
Cuarto: Publíquese en el Perfil del Contratante.
Quinto: Emplazar a la empresa Instalaciones Eléctricas Muskiz, S.L. para la
formalización del contrato en un plazo no superior a los quince días hábiles siguientes a
aquel en que se reciba la notificación del presente acuerdo.
Sexto: Devuélvase el expediente completo al departamento de origen.
ADJUDICACIÓN, SI PROCEDE,
ALUMBRADO EN CARRASCAL.
DE
LAS
OBRAS
DE
INSTALACIÓN DE
Habiéndose tramitado procedimiento negociado sin publicidad, y siendo la forma de
adjudicación la de concurso, según lo dispuesto para este tipo de procedimientos en el
Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto
Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, y
Vistas las ofertas presentadas para la adjudicación del contrato de obras de instalación
de alumbrado público en Carrascal,
Visto que se requirió a la empresa Instalaciones Eléctricas Muskiz, S.L. la acreditación
de la documentación objeto de la declaración responsable en base a lo previsto en el
artículo 146.4 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se
aprueba el texto Refundido de la Ley de Contratos del sector Público, así como la
presentación justificativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones
tributarias y con la Seguridad Social o autorizase al órgano de contratación para
obtener de forma directa la acreditación de ello, de disponer efectivamente de los
medios que se hubiese comprometido a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato
conforme al artículo 151.2 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector
Público, y de haber constituido la garantía definitiva que sea procedente, y
Visto que por la empresa se ha presentado la documentación requerida en plazo,
La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Adjudicar, definitivamente, el contrato de obras de instalación de alumbrado
público en Carrascal, a Instalaciones Eléctricas Muskiz, S.L., por un importe de
22.071,17€, IVA EXCLUIDO.
Segundo: Dese traslado al Responsable de Prevención de Riesgos Laborales, así como
al Departamento de Contabilidad, a los efectos oportunos.
Tercero: Notifíquese el presente acuerdo al adjudicatario y al resto de licitadores.
Cuarto: Publíquese en el Perfil del Contratante.
Quinto: Emplazar a la empresa Instalaciones Eléctricas Muskiz, S.L. para la
formalización del contrato en un plazo no superior a los quince días hábiles siguientes a
aquel en que se reciba la notificación del presente acuerdo.
Sexto: Devuélvase el expediente completo al departamento de origen.
2
ADJUDICACIÓN, SI PROCEDE, DEL SUMINISTRO E
ILUMINACIÓN EN LOS PASOS DE PEATONES.
INSTALACIÓN DE
Habiéndose tramitado procedimiento negociado sin publicidad, y siendo la forma de
adjudicación la de concurso, según lo dispuesto para este tipo de procedimientos en el
Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto
Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, y
Vistas las ofertas presentadas para la adjudicación del contrato de suministro e
instalación de iluminación en los pasos de peatones,
Visto que se requirió a la empresa Consaudi Obra Civil, S.L. la acreditación de la
documentación objeto de la declaración responsable en base a lo previsto en el artículo
146.4 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba
el texto Refundido de la Ley de Contratos del sector Público, así como la presentación
justificativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y
con la Seguridad Social o autorizase al órgano de contratación para obtener de forma
directa la acreditación de ello, de disponer efectivamente de los medios que se hubiese
comprometido a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato conforme al artículo
151.2 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, y de haber
constituido la garantía definitiva que sea procedente, y
Visto que por la empresa se ha presentado la documentación requerida en plazo,
La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Adjudicar, definitivamente, el contrato de suministro e instalación de
iluminación en los pasos de peatones, a Consaudi Obra Civil, S.L., por un importe de
29.995,00 €, IVA EXCLUIDO.
Segundo: Dese traslado al Responsable de Prevención de Riesgos Laborales, así como
al Departamento de Contabilidad, a los efectos oportunos.
Tercero: Notifíquese el presente acuerdo al adjudicatario y al resto de licitadores.
Cuarto: Publíquese en el Perfil del Contratante.
Quinto: Emplazar a la empresa Consaudi Obra Civil, S.L. para la formalización del
contrato en un plazo no superior a los quince días hábiles siguientes a aquel en que se
reciba la notificación del presente acuerdo.
Sexto: Devuélvase el expediente completo al departamento de origen.
ADJUDICACIÓN, SI PROCEDE, DEL SERVICIO DE DIRECCIÓN E INSPECCIÓN
DE OBRA Y COORDINACIÓN EN MATERIA DE SEGURIDAD Y SALUD DE LA
EJECUCIÓN DE LAS OBRAS DE URBANIZACIÓN DEL CAMINO NATURAL SAN
JUAN EL POBAL.
Habiéndose tramitado procedimiento negociado sin publicidad, y siendo la forma de
adjudicación la de concurso, según lo dispuesto para este tipo de procedimientos en el
Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto
Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, y
Vistas las ofertas presentadas para la adjudicación del servicio de dirección e inspección
de obra y coordinación en materia de seguridad y salud de la ejecución de las obras de
urbanización del camino natural San Juan El Pobal,
Visto que se requirió a don Carlos Corral Madariaga la acreditación de la documentación
objeto de la declaración responsable en base a lo previsto en el artículo 146.4 del Real
Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto
3
Refundido de la Ley de Contratos del sector Público, así como la presentación
justificativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y
con la Seguridad Social o autorizase al órgano de contratación para obtener de forma
directa la acreditación de ello, de disponer efectivamente de los medios que se hubiese
comprometido a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato conforme al artículo
151.2 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, y de haber
constituido la garantía definitiva que sea procedente, y
Visto que por la empresa se ha presentado la documentación requerida en plazo,
La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Adjudicar, definitivamente, el servicio de dirección e inspección de obra y
coordinación en materia de seguridad y salud de la ejecución de las obras de
urbanización del camino natural San Juan El Pobal, a don Carlos Corral Madariaga, por
un importe de 36.700,00 €, IVA EXCLUIDO.
Segundo: Dese traslado al Responsable de Prevención de Riesgos Laborales, así como
al Departamento de Contabilidad, a los efectos oportunos.
Tercero: Notifíquese el presente acuerdo al adjudicatario y al resto de licitadores.
Cuarto: Publíquese en el Perfil del Contratante.
Quinto: Emplazar a don Carlos Corral Madariaga para la formalización del contrato en
un plazo no superior a los quince días hábiles siguientes a aquel en que se reciba la
notificación del presente acuerdo.
Sexto: Devuélvase el expediente completo al departamento de origen.
PETICIÓN DE MAGALHAES EIRAS, S.L. DE DEVOLUCIÓN DE FIANZA
PROVISIONAL POR APROVECHAMIENTO FORESTAL M.U.P. 111 MELLO, 112
PEÑA CHICA, 114 PICOS COVARÓN, 115 LAS POZAS Y 116 BILOTXI.
Dada cuenta del
escrito presentado por don Luis Paulo Magalhaes Eiras en
representación de Magalhaes Eiras, S.L., con entrada en el Registro General de este
Ayuntamiento número 1820 de fecha 8 de septiembre de 2016, solicitando la
devolución de la fianza, constituida por importe de 200,00€ como garantía depósito
para la participación en la licitación del aprovechamiento forestal en los montes de
utilidad pública nº 111 Mello, 112 Peña Chica, 114 Picos de Covarón, 115 Las Pozas y
116 Bilotxi,
La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Proceder a la devolución de la fianza solicitada.
Segundo: Dese traslado al Departamento de Intervención / Tesorería a los efectos
oportunos.
Tercero: Notifíquese al interesado, con expresión de los recursos a que hubiera lugar.
PETICIÓN DE UTE MUSKIZ KIROLA DE DEVOLUCIÓN DE GARANTÍA
DEFINITIVA POR SERVICIO DE GESTIÓN DEL POLIDEPORTIVO DE MUSKIZ.
Dada cuenta del escrito presentado por Nerea González Pérez, en representación de
UTE Muskiz Kirola, con entrada en el Registro General de este Ayuntamiento número
1870 de fecha 15 de septiembre de 2016, solicitando la devolución de la garantía
definitiva, constituida por importe de 184.000,00€ como garantía por la prestación del
servicio gestión del polideportivo de Muskiz, y visto el informe favorable emitido por el
Director de Cultura, de fecha 28 de septiembre de 2016
4
La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Proceder a la devolución de la garantía definitiva solicitada.
Segundo: Dese traslado al Departamento de Intervención / Tesorería a los efectos
oportunos.
Tercero: Notifíquese al interesado, con expresión de los recursos a que hubiera lugar.
APROBACIÓN, SI PROCEDE, DE INICIO DE EXPEDIENTE DE CONTRATACIÓN
DEL SERVICIO DE CONTROL Y SEGUIMIENTO DE LAS ACTUACIONES
MEDIOAMBIENTALES.
Dada cuenta de la necesidad de contratar el servicio de control y seguimiento de las
actuaciones medioambientales, y
Visto el pliego de cláusulas-administrativas particulares elaborado al efecto por el que
se establece como procedimiento de adjudicación el negociado sin publicidad y
tramitación ordinaria, por tipo de licitación máxima de 50.000,00 euros (IVA excluido),
La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Aprobar el inicio de expediente para la adjudicación del contrato de servicio de
control y seguimiento de las actuaciones medioambientales, mediante procedimiento
negociado sin publicidad por tipo de licitación máximo de 50.000,00 (IVA excluido).
Segundo: Publicar el anuncio de licitación en el perfil del contratante del Ayuntamiento
de Muskiz.
Tercero: Devuélvase el expediente completo al departamento de origen.
PETICIÓN DE CONCESIÓN DE LICENCIA DE OBRAS DE REHABILITACIÓN DE
VIVIENDA EN LAS LLANAS, 8.
Dada cuenta del expediente tramitado, en solicitud de licencia municipal de obra
reforma de vivienda en Las Llanas, 8, adjuntando proyecto visado, y
Visto el informe técnico favorable emitido por el Arquitecto Municipal, de fecha 3 de
octubre de 2016, en el que se expone que:
"(…) Examinada la documentación aportada, autorización del Departamento de Obras
Públicas y Transporte y Estudio de Gestión de Residuos, procede informar
FAVORABLEMENTE el proyecto de rehabilitación de vivienda en Las Llanas 8."
La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Conceder la licencia solicitada, con abono de los derechos municipales sobre
un presupuesto de 75.800,00€, debiendo cumplir las condiciones generales que se
adjuntan. El plazo para el comienzo de las obras es de 6 meses y el de ejecución de 24
meses una vez comenzadas las obras. Se cumplirá en todo momento con las medidas
de seguridad y salud en el trabajo, implantando las medidas necesarias para impedir
daños a terceros, de acuerdo con el RD 486/1997. Se cumplirá en todo momento el D
112/2012 Gestión de residuos de construcción y demolición. Se establece como fianza
de gestión de residuos el importe de 6.423,45 euros (120% PEM G.R.).
Deberán cumplirse, además, las siguientes condiciones particulares:
- No se podrán comenzar las obras hasta la presentación y aprobación del preceptivo
proyecto de ejecución.
5
- La obra nunca tendrá carácter de sustitución del edificio existente, siendo únicamente
admisibles las obras que respeten dicho principio, quedando expresamente prohibida la
demolición del inmueble.
- No se permitirá ningún elemento que degrade el conjunto del edificio, por lo que el
tratamiento exterior, fachadas y cubierta, presentará continuidad de materiales y
acabados. Se utilizarán técnicas y materiales de construcción tradicionales. Se utilizarán
técnicas y materiales de construcción tradicionales.
Segundo: Dar traslado al Departamento de Tesorería.
Tercero: Devuélvase, una vez cumplimentado, el expediente completo al departamento
de Urbanismo
Una copia de la presente licencia deberá fijarse en un lugar visible de la obra, a efectos
de que por los servicios municipales se lleve a cabo la inspección urbanística
correspondiente de manera efectiva. Todo ello sin perjuicio de que por el titular de la
obra y a requerimiento de las autoridades municipales se deba mostrar el original de la
misma.
Cuarto: Notificar la presente al interesado.
ADJUDICACIÓN, SI PROCEDE, DEL SUMINISTRO E INSTALACIÓN DE
SISTEMAS DE FIJACIÓN PARA LOS CONTENEDORES AMARILLOS.
En base a lo dispuesto en los artículos 111 y 138.3 del Texto Refundido de la Ley de
Contratos del Sector Público regulado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de
noviembre, referente a los contratos menores, y visto el informe emitido por el
Coordinador de Medio Ambiente, Emergencias y Salud Laboral de fecha 24 de mayo de
2016,
La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Adjudicar el contrato de suministro e instalación de sistemas de fijación para
los contenedores amarillos a la empresa Tecento Ideas Aplicadas, S.L. por un precio de
11.520,00 € IVA EXCLUIDO.
Segundo: La duración del presente contrato no podrá exceder de un año sin que pueda
ser objeto de prórroga alguna o de revisión de precios.
Tercero Dese traslado al Responsable de Prevención de Riesgos Laborales, así como al
Departamento de Contabilidad, a los efectos oportunos.
Cuarto: Notificar la presente al adjudicatario.
APROBACIÓN, SI PROCEDE, DE FACTURAS Y GASTOS.
Se acuerda aprobar la relación de facturas 2016/000030, que consta de 18 páginas
formadas por 48 facturas y por importe total de 226.240,63 €.
Gastos:
Draga, S.L. Carpintería & Herreria.Suministro 10 bancos y 12 papeleras
12.217,13 €
Y no habiendo más asuntos que tratar, el señor Presidente dio por terminada la
sesión, a las once horas y treinta minutos, extendiéndose la presente acta, de que yo,
la Secretaria, certifico.
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ACTA Nº 34
AYUNTAMIENTO DE MUSKIZ
En Muskiz, a diecisiete de octubre de dos mil dieciséis, siendo las diez horas de la
mañana, se reunió la Junta de Gobierno Local, bajo la presidencia del señor Primer
Teniente de Alcalde, don Eduardo Briones Lerchundi, y con asistencia de los señores
Tenientes de Alcalde, don Unai Landaburu Izar de La Fuente y don Gonzalo Riancho
Ocejo, para celebrar sesión ordinaria, en primera convocatoria, y con asistencia de la
señora Secretaria General, doña Itxaso Apraiz Yáñez y el señor Interventor don Mario
Lanbarri Martín.
LECTURA Y APROBACIÓN, SI PROCEDE, DEL ACTA DE LA SESIÓN ANTERIOR.
Declarado abierto el acto por el señor Presidente, de su orden se dio lectura al acta de
la sesión anterior celebrada el día diez de octubre de 2016, que fue aprobada por
unanimidad.
APROBACIÓN, SI PROCEDE, DEL PLAN DE GESTIÓN DE RESIDUOS DE LAS
OBRAS DE CANALIZACIÓN DE AGUA EN LA CAMPA.
Habiéndose tramitado la licitación para la adjudicación de las obras de canalización de
aguas en el barrio La Campa, mediante procedimiento negociado sin publicidad, según
lo dispuesto para este tipo de procedimiento en el Real Decreto Legislativo 3/2011, de
14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Contratos del
sector Público,
Visto que por el director de obra, don Hektor Orbe Abarrategi, se ha emitido informe
favorable a la aprobación del plan de Residuos de Construcción y Demolición de
acuerdo a la normativa vigente, y
Vista la propuesta de resolución elevada por el Aparejador Municipal, de fecha 13 de
octubre, mediante la que se propone la aprobación del plan de gestión de residuos de
las obras de canalización de aguas en el barrio La Campa,
La Junta de Gobierno Local por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Aprobar el plan de gestión de residuos de las obras de canalización de aguas
en el barrio La Campa.
Segundo: El poseedor de los residuos no puede introducir ninguna modificación en el
plan de gestión de residuos que no haya estado aprobado previamente de forma
expresa por la dirección facultativa.
Tercero: Notifíquese el presente acuerdo al adjudicatario.
Cuarto: Devuélvase el expediente completo al departamento de origen.
REQUERIMIENTO DE REINTEGRO PARCIAL DE SUBVENCIÓN A AMPAS POR
NO JUSTIFICACIÓN DE GASTOS. EJERCICIO 2015.
Dada cuenta del estado en que se encuentra el expediente tramitado en relación a las
subvenciones a AMPAS correspondientes al año 2015,
Vistas las justificaciones de las mismas exigidas en la ordenanza reguladora, y
Visto el informe del director de cultura de fecha 10 de octubre de 2016, en el que se
relacionan las entidades que no justifican la totalidad de los presupuestos que
inicialmente habían propuesto conforme a lo establecido en la Ordenanza Reguladora,
proponiendo se requiera a las mismas el reintegro parcial de la subvención recibida,
La Junta de Gobierno Local por unanimidad de los presentes, acuerda:
1
Primero: Requerir a las asociaciones abajo indicadas el reintegro de los importes
relacionados, correspondientes a las subvenciones del ejercicio 2015 a AMPAs, por no
presentar facturas o justificantes de gasto válidos por el total del presupuesto indicado
en sus solicitudes:
AMPA
Importe a reintegrar
Arkatzieta – IES Muskiz
255,95 €
Marcelo Gangoiti
688,90 €
Segundo: Dese traslado al departamento de recaudación para su conocimiento y
efectos oportunos.
Tercero: Notifíquese a los interesados con expresión de los recursos a que hubiera
lugar.
CONCESIÓN, SI PROCEDE, DE SUBVENCIONES A AMPAS DE CENTROS
ESCOLARES. 2016.
Dada cuenta de las peticiones presentadas en el plazo establecido para la concesión de
subvenciones para AMPAS 2016, y
Visto el informe emitido por el Director de Cultura, de 10 de octubre de 2016,
La Junta de Gobierno Local por unanimidad de los presentes, acuerda
Primero: Conceder las siguientes subvenciones:
AMPA Ikastola (Guraso Elkartea)
4.463,00€
AMPA P. Cantarrana (HAMABI)
3.010,00€
AMPA IES (Arkatzieta)
2.264,00€
AMPA Colegio San Juan (Marqués de Villarías)
3.865,00€
AMPA F.P. Somorrostro (Marcelo Gangoiti)
4.398,00€
Segundo: Dese traslado al departamento de contabilidad a los efectos oportunos.
Tercero: Notifíquese a los/as interesados/as con expresión de los recursos a que
hubiera lugar.
APROBACIÓN, SI PROCEDE, DE FACTURAS Y GASTOS.
Se acuerda aprobar la relación de facturas 2016/000031, que consta de 13 páginas
formadas por 52 facturas y por importe total de 255.814,95 €.
Y no habiendo más asuntos que tratar, el señor Presidente dio por terminada la
sesión, a las once horas y treinta minutos, extendiéndose la presente acta, de que yo,
la Secretaria, certifico.
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ACTA Nº 35
AYUNTAMIENTO DE MUSKIZ
En Muskiz, a veinticuatro de octubre de dos mil dieciséis, siendo las diez horas de
la mañana, se reunió la Junta de Gobierno Local, bajo la presidencia del señor Alcalde,
don Borja Liaño Abarrategi, y con asistencia de los señores Tenientes de Alcalde, don
Eduardo Briones Lerchundi, don Rufino Manterola Lejarza, don Unai Landaburu Izar de
La Fuente y don Gonzalo Riancho Ocejo, para celebrar sesión ordinaria, en primera
convocatoria, y con asistencia de la señora Secretaria General, doña Itxaso Apraiz
Yáñez y el señor Interventor don Mario Lanbarri Martín.
LECTURA Y APROBACIÓN, SI PROCEDE, DEL ACTA DE LA SESIÓN ANTERIOR.
Declarado abierto el acto por el señor Presidente, de su orden se dio lectura al acta de
la sesión anterior celebrada el día diecisiete de octubre, que fue aprobada por
unanimidad.
APROBACIÓN, SI PROCEDE, DE PRÓRROGA DEL SERVICIO DE
MANTENIMIENTO DEL EQUIPAMIENTO INFORMÁTICO Y DEL SISTEMA
INFORMÁTICO EN EL EDIFICIO CONSISTORIAL, CASA DE CULTURA,
MEATZARI Y POLIDEPORTIVO.
Dada cuenta de la finalización el día 30 de octubre de 2016 del plazo de vigencia del
contrato suscrito entre este Ayuntamiento de Muskiz y la empresa Laboradomo, S.L.,
para la gestión del servicio de mantenimiento del equipamiento informático y del
sistema informático en el edificio consistorial, Casa de Cultura, Meatzari y Polideportivo
Municipal y, visto el apartado D de la carátula del pliego de cláusulas administrativas
particulares, así como el informe favorable emitido por la Secretaria General, de fecha
20 de octubre de 2016.
La Junta de Gobierno Local por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Prorrogar el contrato de servicio de mantenimiento del equipamiento
informático y del sistema informático en el edificio consistorial, Casa de Cultura,
Meatzari y Polideportivo Municipal suscrito con la empresa Laboradomo, S.L., por el
plazo de un año, con efectos a 31 de octubre de 2016, por una cuantía de 14.000 € IVA
excluido, mantenimiento rutinario 27 €/hora, incidencias fuera de horario 29 €/hora.
Segundo: Dese traslado el responsable de prevención de riesgos laborales, así como al
departamento de intervención para su conocimiento y efectos oportunos.
Tercero: Notifíquese al interesado citándole para la formalización de la prórroga.
REQUERIMIENTO DE DOCUMENTACIÓN A EXCAVACIONES BITRAM, S.L. EN
EXPEDIENTE DE CONTRATACIÓN DE LAS OBRAS DE REHABILITACIÓN DEL
CAMINO A MORENILLO.
Habiéndose tramitado la licitación para la adjudicación de las obras de rehabilitación del
camino a Morenillo, mediante procedimiento negociado sin publicidad, según lo
dispuesto para este tipo de procedimiento en el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14
de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del
Sector Público, y
Visto que por la empresa Excavaciones Bitram, S.L., se ha presentado la oferta
económicamente más ventajosa que asciende a un importe total IVA EXCLUIDO de
75.000,00 €,
1
Visto el artículo 151.2 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el
que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, en virtud
del cual se establece que el órgano de contratación requerirá al licitador que haya
presentado la oferta económicamente más ventajosa para que dentro del plazo de diez
días hábiles, a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el
requerimiento, presente la documentación justificativa de hallarse al corriente en el
cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social o autorice al
órgano de contratación para obtener de forma directa la acreditación de ello, de
disponer efectivamente de los medios que se hubiese comprometido a dedicar o
adscribir a la ejecución del contrato conforme al artículo 64.2 del Texto Refundido de la
Ley de Contratos del Sector Público, y de haber constituido la garantía definitiva que
sea procedente, y
Visto el artículo 146.4 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el
que se establece que el licitador a cuyo favor recaiga la propuesta de adjudicación,
deberá acreditar ante el órgano de contratación, previamente a la adjudicación del
contrato, la posesión y validez de los documentos exigidos en el pliego de contratación,
sobre los que realizó declaración responsable y en concreto, los siguientes:
a) Los que acrediten la personalidad jurídica del empresario y, en su caso, su
representación.
b) Los que acrediten la clasificación de la empresa, en su caso, o justifiquen los
requisitos de su solvencia económica, financiera y técnica o profesional, presentando
los certificados acreditativos correspondientes previstos en la carátula del pliego de
contratación.
c) Una declaración responsable de no estar incurso en prohibición de contratar.
d) Para las empresas extranjeras, en los casos en que el contrato vaya a ejecutarse en
España, la declaración de someterse a la jurisdicción de los juzgados y tribunales
españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o
indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional
extranjero que pudiera corresponder al licitante.
La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Requerir a Excavaciones Bitram, S.L. a que dentro del plazo de diez días
hábiles, a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento,
presente la documentación justificativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de
sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social o autorice al órgano de
contratación para obtener de forma directa la acreditación de ello, de disponer
efectivamente de los medios que se hubiese comprometido a dedicar o adscribir a la
ejecución del contrato conforme al artículo 64.2 del Texto Refundido de la Ley de
Contratos del Sector Público, y de haber constituido la garantía definitiva que sea
procedente, así como la acreditación de la documentación referida en el anteriormente
citado artículo 146 apartado cuarto del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de
noviembre exigida en el pliego de contratación que rige la licitación y sobre la que el
licitador cuya oferta ha resultado la más ventajosa realizó declaración responsable.
De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se
entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose en ese caso a recabar la
misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado
clasificadas las ofertas.
2
Segundo: Dese traslado al Departamento de Tesorería, a fin de que informe sobre el
cumplimiento de lo dispuesto en el apartado anterior.
Tercero: Dese traslado al Departamento de Contratación, a fin de que informe sobre el
cumplimiento de lo dispuesto en el apartado primero y en concreto, de la presentación
por el adjudicatario de la documentación prevista en el artículo 146.4 del Real Decreto
Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre.
REQUERIMIENTO DE DOCUMENTACIÓN A EGIASA CORREDURÍA DE
SEGUROS, EN EXPEDIENTE DE CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE SEGUROS
DEL AYUNTAMIENTO DE MUSKIZ.
Habiéndose tramitado la licitación para la adjudicación del servicio de seguros del
Ayuntamiento de Muskiz, mediante procedimiento negociado sin publicidad, según lo
dispuesto para este tipo de procedimiento en el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14
de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del
Sector Público, y
Visto que por la empresa EGIASA Correduría de Seguros, se ha presentado la oferta
económicamente más ventajosa que asciende a un importe total IVA EXCLUIDO de
24.894,95 €, por año,
Visto el artículo 151.2 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el
que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, en virtud
del cual se establece que el órgano de contratación requerirá al licitador que haya
presentado la oferta económicamente más ventajosa para que dentro del plazo de diez
días hábiles, a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el
requerimiento, presente la documentación justificativa de hallarse al corriente en el
cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social o autorice al
órgano de contratación para obtener de forma directa la acreditación de ello, de
disponer efectivamente de los medios que se hubiese comprometido a dedicar o
adscribir a la ejecución del contrato conforme al artículo 64.2 del Texto Refundido de la
Ley de Contratos del Sector Público, y de haber constituido la garantía definitiva que
sea procedente,
La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Requerir a EGIASA Correduría de Seguros a que dentro del plazo de diez días
hábiles, a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento,
presente la documentación justificativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de
sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social o autorice al órgano de
contratación para obtener de forma directa la acreditación de ello, de disponer
efectivamente de los medios que se hubiese comprometido a dedicar o adscribir a la
ejecución del contrato conforme al artículo 64.2 del Texto Refundido de la Ley de
Contratos del Sector Público, y de haber constituido la garantía definitiva que sea
procedente.
De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se
entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose en ese caso a recabar la
misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado
clasificadas las ofertas.
Segundo: Dese traslado al Departamento de Tesorería, a fin de que informe sobre el
cumplimiento de lo dispuesto en el apartado anterior.
Tercero: Dese traslado al Departamento de Contratación, a fin de que informe sobre el
cumplimiento de lo dispuesto en el apartado primero.
3
ADJUDICACIÓN,
SI
PROCEDE,
DEL
CONTRATO
DE
OBRAS
ACONDICIONAMIENTO
E
INSTALACIÓN
DE
PEQUEÑO
ÁREA
ESPARCIMIENTO JUNTO AL BARRIO CARRASCAL.
DE
DE
La Junta de Gobierno Local acuerda, por unanimidad de los presentes, dejar el presente
asunto sobre la mesa
PETICIÓN DE EMTESPORT GESTIÓN INTEGRAL, DE DEVOLUCIÓN DE
GARANTÍA DEFINITIVA CONSTITUIDA POR LAS OBRAS DE ELEVACIÓN DEL
SUELO DE LA PISCINA MUNICIPAL.
Dada cuenta del escrito presentado por Emtesport Gestión Integral, con entrada en el
Registro General de este Ayuntamiento número 351 de fecha 23 de febrero de 2016,
solicitando la devolución de la garantía definitiva, constituida por importe de 1.899,09€
para garantizar la correcta ejecución de las obras de elevación del suelo de la piscina
municipal, y visto el informe favorable emitido por el Aparejador Municipal, de fecha 18
de octubre de 2016
La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Proceder a la devolución de la garantía definitiva solicitada.
Segundo: Dese traslado al Departamento de Intervención / Tesorería a los efectos
oportunos.
Tercero: Notifíquese al interesado, con expresión de los recursos a que hubiera lugar.
APROBACIÓN, SI PROCEDE, DE LA CONVOCATORIA Y LAS BASES
REGULADORAS DE AYUDAS ECONÓMICAS A LA REHABILITACIÓN DE
FACHADAS EN EDIFICIOS PRIVADOS DE VIVIENDA COLECTIVA E
INSTALACIÓN DE ASCENSORES EN INMUEBLES RESIDENCIALES DE MUSKIZ.
EJERCICIO 2016.
Dada cuenta de la convocatoria y las bases reguladoras de ayudas económicas a la
rehabilitación de fachadas en edificios privados de vivienda colectiva e instalación de
ascensores en inmuebles residenciales situados en el suelo urbano del municipio de
Muskiz. Ejercicio 2016, y
Vista la propuesta de resolución de fecha 20 de octubre de 2016 elevada por el
Aparejador Municipal,
La Junta de Gobierno Local por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Aprobar la convocatoria y las bases reguladoras de ayudas económicas a la
rehabilitación de fachadas en edificios privados de vivienda colectiva e instalación de
ascensores en inmuebles residenciales situados en suelo urbano del municipio de
Muskiz para el ejercicio 2016.
Segundo: Ordenar su publicación en los tablones de anuncios, página Web municipal y
Boletín Oficial de Bizkaia.
Tercero: Devuélvase el expediente completo al departamento de origen.
APROBACIÓN, SI PROCEDE, DE LAS BASES REGULADORAS Y LA
CONVOCATORIA PARA LA SOLICITUD DE SUBVENCIONES PARA EL
APRENDIZAJE DE EUSKERA DEL PERSONAL DEL AYUNTAMIENTO DE MUSKIZ.
La Junta de Gobierno Local por unanimidad de los presentes, acuerda aprobar las bases
reguladoras de la convocatoria para la solicitud de subvenciones para el aprendizaje de
euskera del personal del Ayuntamiento de Muskiz y convocar periodo de presentación
4
de solicitudes a este efecto, disponiendo la publicación de anuncios en los tablones
municipales y en la página Web municipal, y señalando como plazo de presentación de
solicitudes el de veinte días hábiles desde la publicación de la convocatoria en el BOB.
APROBACIÓN, SI PROCEDE, DE LAS BASES REGULADORAS Y
CONVOCATORIA PARA LA SOLICITUD DE SUBVENCIONES PARA
APRENDIZAJE DE EUSKERA A VECINOS Y VECINAS DE MUSKIZ.
LA
EL
La Junta de Gobierno Local por unanimidad de los presentes, acuerda aprobar las bases
reguladoras de la convocatoria para la solicitud de subvenciones para el aprendizaje de
euskera a vecinos y vecinas de Muskiz y convocar periodo de presentación de
solicitudes a este efecto, disponiendo la publicación de anuncios en los tablones
municipales y en la página Web municipal, y señalando como plazo de presentación de
solicitudes el de veinte días hábiles desde la publicación de la convocatoria en el BOB.
CONCESIÓN, SI PROCEDE, DE SUBVENCIONES PARA LA COMPRA DE
MATERIAL ESCOLAR.
Dada cuenta de las solicitudes presentadas en la convocatoria publicada por este
Ayuntamiento de Muskiz, para la concesión de becas escolares para alumnos de
primaria y secundaria para compra de material escolar, para el curso 2016, visto el
informe emitido por el Director de Cultura de fecha 19 de octubre de 2016, por el que
se conceden las siguientes becas:
181 becas, con un importe unitario de 110 € y un importe total de 19.910 €.
Se han denegado 7 peticiones por superar los ingresos y otra por tratarse de una
enseñanza no obligatoria.
La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Conceder las becas detalladas en el citado informe del Director de Cultura.
Segundo: Denegar la concesión de becas según lo dispuesto en el mencionado informe
y por los motivos que en el mismo se detallan.
RECLAMACIÓN PATRIMONIAL.
Dada cuenta del expediente tramitado a instancia de Zurich Insurance, PLC Sucursal en
España, para el reconocimiento de la responsabilidad patrimonial del Ayuntamiento de
Muskiz en los daños producidos a su asegurada, en su local de negocio, a consecuencia
de las filtraciones de agua provenientes del tejado del edificio, de titularidad municipal,
y
Visto el informe emitido por el Técnico de Administración Especial de fecha 20 de
octubre de 2016
La Junta de Gobierno Local por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Reconocer la responsabilidad patrimonial de este Ayuntamiento de Muskiz y
fijar la indemnización en 550 €, de los que al Ayuntamiento le corresponde abonar la
cantidad de 300 € establecida como franquicia en el contrato de seguro que tiene
suscrito.
Segundo: Notificar este acuerdo al reclamante, así como a la compañía aseguradora,
con expresión de los recursos a que hubiera lugar.
Tercero: Dar traslado al área de Tesorería a los efectos oportunos.
PETICIÓN DE LA ASOCIACIÓN DE VECINOS DE LA SEBE DE AUTORIZACIÓN
5
DE CELEBRACIÓN DE FIESTA EN EL PARQUE PEATONAL DE ERROTA ZAHAR
EL 31 DE OCTUBRE DE 2016.
Dada cuenta de la instancia presentada por la Asociación Vecinos de La Sebe, con
entrada en el registro general municipal número 2019 de fecha 14 de octubre de 2016,
en petición de autorización de celebración de una fiesta de Halloween el 31 de octubre
de 2016 en el parque peatonal de Errota Zahar, de 18:00 a 00:00 horas, solicitando,
además, la cesión de 15 vallas, y
Visto el informe emitido por el Director de Cultura de fecha 18 de octubre de 2016, en
el que se expone que:
"En esa fecha no tenemos otras solicitudes para actos en la zona y las vallas solicitadas
dependerán de si en esa fecha están siendo utilizadas."
La Junta de Gobierno Local por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Autorizar a la Asociación de Vecinos de La Sebe la celebración de una fiesta de
Halloween el 31 de octubre de 2016 en el parque peatonal de Errota Zahar, de 18:00 a
00:00 horas.
Segundo: Conceder el uso de 15 vallas para la celebración del evento, condicionado a
su disponibilidad.
Tercero: Dese traslado a la brigada municipal y a la Policía local, para su conocimiento y
efectos oportunos.
Cuarto: Notifíquese al interesado con expresión de los recursos a que hubiera lugar.
PETICIÓN DE AUTORIZACIÓN
MERCADILLO MUNICIPAL.
DE
INSTALACIÓN
DE PUESTO EN EL
Dada cuenta de la instancia presentada solicitando licencia para la instalación de un
puesto en el Mercadillo Municipal, y visto el informe desfavorable emitido por el Jefe de
la Policía Local, de fecha 17 de octubre de 2016, en el que se expone que:
“(…) Se informa:
La denegación de la licencia, debido a que se pretende reestructurar el mercadillo
disminuyendo el elevado número de puestos existentes en el recinto, cincuenta y cuatro
actualmente (54), eliminando aquellos que tienen pocos metros lineales, de 2 a 3
metros.
Su solicitud será archivada y registrada para que si en un futuro se producen
modificaciones o posibilidad de conceder nuevas altas, sea tenida en cuenta en orden
de registro de entrada."
La Junta de Gobierno Local por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Denegar la solicitud mencionada, por los motivos expuestos en el informe del
Jefe de Policía Local antes citado.
Segundo: Comunicar a la solicitante que su solicitud será archivada a los efectos
descritos en el informe anteriormente referenciado.
Tercero: Notifíquese a la persona interesada con expresión de los recursos a que
hubiera lugar.
APROBACIÓN, SI PROCEDE, DEL PLIEGO DE CLÁUSULAS QUE HABRÁ DE
REGIR EL CONCURSO TRAMITADO POR PROCEDIMIENTO ABIERTO PARA
ADJUDICAR LA EXPLOTACIÓN EN RÉGIMEN DE ALQUILER DEL LOCAL DE
HOSTELERÍA "EUSKALGUNE", PROPIEDAD DEL AYUNTAMIENTO DE MUSKIZ.
6
Dada cuenta de la necesidad de contratar el servicio de explotación en régimen de
alquiler del local de hostelería "Euskalgune", propiedad del Ayuntamiento de Muskiz, y
Visto el pliego de cláusulas-administrativas particulares elaborado al efecto por el que
se establece como procedimiento de adjudicación el abierto y tramitación ordinaria, por
tipo de licitación mínima de 500,00 € mensuales (IVA incluido), La Junta de Gobierno
Local, por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Aprobar el pliego de cláusulas que habrá de regir el concurso para la
contratación del servicio de explotación en régimen de alquiler del local de hostelería
"Euskalgune", propiedad del Ayuntamiento de Muskiz, mediante procedimiento abierto
por tipo de licitación mínima de 500,00 €/mensuales (IVA excluido).
Segundo: Publicar el anuncio de licitación en el perfil del contratante del Ayuntamiento
de Muskiz y en el BOB.
Tercero: Devuélvase el expediente completo al departamento de origen.
APROBACIÓN, SI PROCEDE, DE FACTURAS Y GASTOS.
Se acuerda aprobar la relación de facturas 2016/000032, que consta de 16 páginas
formadas por 48 facturas y por importe total de 69.340,73 €.
Y no habiendo más asuntos que tratar, el señor Presidente dio por terminada la
sesión, a las once horas y treinta minutos, extendiéndose la presente acta, de que yo,
la Secretaria, certifico.
7
ACTA Nº 36
AYUNTAMIENTO DE MUSKIZ
En Muskiz, a siete de noviembre de octubre de dos mil dieciséis, siendo las diez
horas de la mañana, se reunió la Junta de Gobierno Local, bajo la presidencia del señor
Alcalde, don Borja Liaño Abarrategi, y con asistencia de los señores Tenientes de
Alcalde, don Eduardo Briones Lerchundi, don Rufino Manterola Lejarza, don Unai
Landaburu Izar de La Fuente y don Gonzalo Riancho Ocejo, para celebrar sesión
ordinaria, en primera convocatoria, y con asistencia de la señora Secretaria General,
doña Itxaso Apraiz Yáñez y el señor Interventor don Mario Lanbarri Martín.
LECTURA Y APROBACIÓN, SI PROCEDE, DEL ACTA DE LA SESIÓN ANTERIOR.
Declarado abierto el acto por el señor Presidente, de su orden se dio lectura al acta de
la sesión anterior celebrada el día veinticuatro de octubre, que fue aprobada por
unanimidad.
APROBACIÓN, SI PROCEDE, DE LA QUINTA CERTIFICACIÓN DEL
SUMINISTRO E INSTALACIÓN DEL SISTEMA CTV VÍA WIRELESS PARA
APLICACIÓN AL TRÁFICO DE VEHÍCULOS, CONTROL PERIMETRAL DE
EDIFICIOS MUNICIPALES Y PANTALLAS LED DE INFORMACIÓN CIUDADANA.
Dada cuenta de la certificación nº 5 correspondiente al suministro e instalación del
sistema CTV vía Wireless para aplicación al tráfico de vehículos, control perimetral de
edificios municipales y pantallas led de información ciudadana, presentada por BITEK
Sistemas Integrales de Telecomunicaciones, S.L., por importe de 13.364,81 € (IVA
incluido), y
Visto el informe favorable emitido por el Aparejador Municipal, de fecha 3 de noviembre
de 2016
La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Prestarle total aprobación.
Segundo: Notifíquese el presente acuerdo al interesado, con expresión de los recursos a
que hubiera lugar.
APROBACIÓN, SI PROCEDE, DE LA 2ª CERTIFICACIÓN DE LAS OBRAS DE
REPARACIÓN DE DESPRENDIMIENTOS EN LOS M.U.P. Nº 112 Y 113.
Dada cuenta de la certificación nº 2 correspondiente a las obras de reparación de
desprendimientos en los M.U.P. nº 112 y 113, presentada por Excavaciones Bitram,
S.L., por importe de 730,50 € (IVA incluido), y
Visto el informe favorable emitido por el Aparejador Municipal, de fecha 2 de noviembre
de 2016
La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Prestarle total aprobación.
Segundo: Notifíquese el presente acuerdo al interesado, con expresión de los recursos a
que hubiera lugar.
PROYECTO DE ACTIVIDAD Y COMUNICACIÓN PREVIA DE LA ACTIVIDAD DE
SEDE SOCIAL DEL PARTIDO POLÍTICO EAJ-PNV.
Dada cuenta de la comunicación previa de inicio de actividad presentada, en fecha 21
de febrero de 2014, por don José Luis Arruzas San Agustín para la actividad de sede
1
social del partido político Partido Nacionalista Vasco PNV-EAJ, en el local situado en las
plantas 2ª y 3ª del edificio situado en la Plaza San Juan, 19,
Considerando que se han observado todos los trámites establecidos, y de conformidad
con lo establecido en los arts. 62 bis y 64 de la Ley 3/1998, de 27 de febrero, General
de Protección del Medio Ambiente del País Vasco, la Ley 7/2012, que modifica la Ley
3/1998 para su adaptación a la directiva 2006/123/CE y art. 71 bis 4ª de la Ley
30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y
del Procedimiento Administrativo Común, y
Vista la propuesta de resolución elevada por la Aparejadora Municipal, de fecha 15 de
abril de 2014,
La Junta de Gobierno Local por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Declarar que la comunicación previa presentada por don José Luis Arruzas San
Agustín para la actividad de sede social del partido político Partido Nacionalista Vasco
PNV-EAJ, en el local situado las plantas 2ª y 3ª del edificio situado en la Plaza San
Juan, 19, de este término municipal, es correcta según las comprobaciones posteriores
realizadas.
Segundo: Notifíquese al interesado con expresión de los recursos a que hubiera lugar.
ADJUDICACIÓN, SI PROCEDE, DEL CONTRATO DE SERVICIO DE REDACCIÓN
DEL PROYECTO DE SANEAMIENTO DEL BARRIO DE CARRASCAL.
En base a lo dispuesto en los artículos 111 y 138.3 del Texto Refundido de la Ley de
Contratos del Sector Público regulado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de
noviembre, referente a los contratos menores, y visto el informe emitido por el
Aparejador Municipal de fecha 3 de noviembre de 2016,
La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Adjudicar el contrato de servicio de redacción del proyecto de saneamiento del
barrio de Carrascal a la empresa Bilbao Bizkaia Ur Partzuergoa por un precio de
3.480,00 € IVA EXCLUIDO, correspondiente al 50% de los costes externos del trabajo.
Segundo: La duración del presente contrato no podrá exceder de un año sin que pueda
ser objeto de prórroga alguna o de revisión de precios.
Tercero: Dese traslado al Responsable de Prevención de Riesgos Laborales, así como al
Departamento de Contabilidad, a los efectos oportunos.
Cuarto: Notificar la presente al adjudicatario.
ADJUDICACIÓN, SI PROCEDE, DEL CONTRATO DE SERVICIO DE REDACCIÓN
DEL PROYECTO DE SANEAMIENTO DEL BARRIO DE MEMEREA.
En base a lo dispuesto en los artículos 111 y 138.3 del Texto Refundido de la Ley de
Contratos del Sector Público regulado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de
noviembre, referente a los contratos menores, y visto el informe emitido por el
Aparejador Municipal de fecha 3 de noviembre de 2016,
La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Adjudicar el contrato de servicio de redacción del proyecto de saneamiento del
barrio de Memerea a la empresa Bilbao Bizkaia Ur Partzuergoa por un precio de
2,875,25 € IVA EXCLUIDO, correspondiente al 50% de los costes externos del trabajo.
Segundo: La duración del presente contrato no podrá exceder de un año sin que pueda
ser objeto de prórroga alguna o de revisión de precios.
2
Tercero Dese traslado al Responsable de Prevención de Riesgos Laborales, así como al
Departamento de Contabilidad, a los efectos oportunos.
Cuarto: Notificar la presente al adjudicatario.
PETICIÓN DE AUTORIZACIÓN DE TENENCIA DE ANIMAL POTENCIALMENTE
PELIGROSO.
Dada cuenta del escrito presentado, solicitando licencia municipal para la tenencia de
un perro de raza calificada como potencialmente peligrosa y su anotación en el
registro municipal de animales potencialmente peligrosos, aportando la
documentación prevista en el R.D. 287/2002, de 22 de marzo, visto el informe
favorable emitido por el Jefe de la Policía Local, de fecha 21 de octubre de 2016,
La Junta de Gobierno Local por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Conceder la licencia solicitada con un plazo de vigencia máximo de cinco años,
con la obligación del titular de comunicar en el plazo de quince días cualquier variación
de los datos en los que se ha basado la concesión correspondiéndole la referencia
48071/16/0074.
Segundo: Proceder a la inscripción del animal en el registro municipal de animales
potencialmente peligrosos con el nombre de "RUMBA", raza STAFFORDSHIRE BULL
TERRIER, nº de chip 985-1130-0049-6038 y la referencia 48071/EC/16/72.
Tercero: Notificar la presente al interesado con expresión de los recursos a que hubiera
lugar.
PETICIÓN DE AUTORIZACIÓN
MERCADILLO MUNICIPAL.
DE
INSTALACIÓN
DE
PUESTO
EN
EL
Dada cuenta de la instancia presentada, solicitando licencia para la instalación de un
puesto en el Mercadillo Municipal, y visto el informe desfavorable emitido por el Jefe de
la Policía Local, de fecha 27 de octubre de 2016, en el que se expone que:
“(…) Se informa:
La denegación de la licencia, debido a que se pretende reestructurar el mercadillo
disminuyendo el elevado número de puestos existentes en el recinto, cincuenta y cuatro
actualmente (54), eliminando aquellos que tienen pocos metros lineales, de 2 a 3
metros.
Su solicitud será archivada y registrada para que si en un futuro se producen
modificaciones o posibilidad de conceder nuevas altas, sea tenida en cuenta en orden
de registro de entrada."
La Junta de Gobierno Local por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Denegar la solicitud mencionada, por los motivos expuestos en el informe del
Jefe de Policía Local antes citado.
Segundo: Comunicar a la solicitante que su solicitud será archivada a los efectos
descritos en el informe anteriormente referenciado.
Tercero: Notifíquese a la persona interesada con expresión de los recursos a que
hubiera lugar.
PETICIÓN DE AUTORIZACIÓN DE CAMBIO DE VEHÍCULO AUTO-TAXI.
3
Dada cuenta de la instancia presentada, con número de entrada en el registro
general municipal 2075 de fecha 21 de octubre de 2016, mediante la que solicita
autorización para sustituir su actual vehículo de auto-taxi matrícula 9829-GXZ marca
Skoda SuperB, por otro nuevo marca Skoda SuperB, matrícula 7353 JTH, nº de bastidor
19E3044903044BC585234FAE58DCBBA1 , y
Visto el informe emitido por el Técnico de Administración Especial
octubre de 2016, en el que se expone que:
de fecha 28 de
"(…) con dicho cambio se mejorará el servicio al ser el nuevo vehículo más moderno."
La Junta de Gobierno Local por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primera: Conceder autorización para sustituir su actual vehículo de auto-taxi matrícula
9829-GXZ marca Skoda SuperB, por otro nuevo marca
Skoda
SuperB,
matrícula
7353
JTH,
nº
de
bastidor
19E3044903044BC585234FAE58DCBBA1, dando de baja a todos los efectos el vehículo
matrícula 9829-GXZ.
Segundo: Dese traslado al departamento de tesorería a los efectos oportunos. Tercero:
Notifíquese al interesado con expresión de los recursos a que hubiera lugar.
PETICIÓN DE BYCAM, S.A. DE DEVOLUCIÓN DE GARANTÍA DEFINITIVA DE
LAS OBRAS DE AMPLIACIÓN Y REFORMA DEL POLIDEPORTIVO MUNICIPAL
DE MUSKIZ.
Dada cuenta del escrito presentado por Bycam, S.A., con entrada en el Registro
General de este Ayuntamiento número 965 de fecha 4 de mayo de 2016, solicitando la
devolución de la garantía definitiva, constituida por importe de 28.019,56 € para
garantizar la correcta ejecución de las obras de ampliación y reforma del polideportivo
municipal de Muskiz, y visto el informe favorable emitido por Aparejador Municipal, de
fecha 28 de septiembre de 2016
La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Proceder a la devolución de la garantía definitiva solicitada.
Segundo: Dese traslado al Departamento de Intervención / Tesorería a los efectos
oportunos.
Tercero: Notifíquese al interesado, con expresión de los recursos a que hubiera lugar.
PETICIÓN DE BYCAM, S.A. DE DEVOLUCIÓN DE GARANTÍA DEFINITIVA DE
LAS OBRAS COMPLEMENTARIAS AL PROYECTO DE AMPLIACIÓN Y REFORMA
DEL POLIDEPORTIVO MUNICIPAL DE MUSKIZ.
Dada cuenta del escrito presentado por Bycam, S.A., con entrada en el Registro
General de este Ayuntamiento número 965 de fecha 4 de mayo de 2016, solicitando la
devolución de la garantía definitiva, constituida
por importe de 2.158,00 € para
garantizar la correcta ejecución de las obras complementarias al proyecto de ampliación
y reforma del polideportivo municipal de Muskiz, y visto el informe favorable emitido
por Aparejador Municipal, de fecha 28 de septiembre de 2016
La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Proceder a la devolución de la garantía definitiva solicitada.
Segundo: Dese traslado al Departamento de Intervención / Tesorería a los efectos
oportunos.
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Tercero: Notifíquese al interesado, con expresión de los recursos a que hubiera lugar.
PETICIÓN DE BYCAM, S.A. DE DEVOLUCIÓN DE GARANTÍA DEFINITIVA DE
LAS OBRAS COMPLEMENTARIAS AL PROYECTO DE AMPLIACIÓN Y REFORMA
DEL
POLIDEPORTIVO
MUNICIPAL
DE
MUSKIZ:
TRABAJOS
DE
CLIMATIZACIÓN-VENTILACIÓN.
Dada cuenta del escrito presentado por Bycam, S.A., con entrada en el Registro
General de este Ayuntamiento número 965 de fecha 4 de mayo de 2016, solicitando la
devolución de la garantía definitiva, constituida por importe de 900,11€ para garantizar
la correcta ejecución de las obras complementarias al proyecto de ampliación y reforma
del polideportivo municipal de Muskiz: trabajos de climatización-ventilación, y visto el
informe favorable emitido por Aparejador Municipal, de fecha 28 de septiembre de 2016
La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Proceder a la devolución de la garantía definitiva solicitada.
Segundo: Dese traslado al Departamento de Intervención / Tesorería a los efectos
oportunos.
Tercero: Notifíquese al interesado, con expresión de los recursos a que hubiera lugar.
APROBACIÓN, SI PROCEDE, DEL PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES
PARA LA DEVOLUCIÓN DE LAS TASAS DE BASURA Y CEMENTERIOS,
EJERCICIO 2016.
Vista la ordenanza reguladora de beneficios fiscales publicada en el BOB número 249 de
31 de diciembre de 2013, por la que se establece la posibilidad de solicitar la devolución
de las tasas de basura y cementerio, y
Vista la propuesta de resolución elevada por la coordinadora de servicios sociales de
fecha 24 de octubre de 2016, mediante la que se propone el plazo de presentación de
solicitudes el comprendido entre el 7 de noviembre y el 30 de noviembre de 2016,
ambos incluidos,
La Junta de Gobierno Local por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Establecer plazo de presentación de solicitudes para la devolución de las tasas
de basura y cementerios en el periodo comprendido entre el 7 y el 30 de noviembre de
2016, ambos incluidos.
Segundo: Publicar en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Muskiz la ordenanza
reguladora de beneficios fiscales publicada en el BOB número 249 de 31 de diciembre
de 2013, así como el plazo para la presentación de solicitudes de devolución de las
tasas de basura y cementerios.
REQUERIMIENTO DE DOCUMENTACIÓN A GARBIALDI, EN EXPEDIENTE DE
CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE LIMPIEZA DE EDIFICIOS MUNICIPALES
DE MUSKIZ.
Habiéndose tramitado la licitación para la adjudicación del servicio de limpieza de
edificios municipales de Muskiz, mediante procedimiento abierto, según lo dispuesto
para este tipo de procedimiento en el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de
noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector
Público, y
Visto que por la empresa Garbialdi, S.A., se ha presentado la oferta económicamente
más ventajosa que asciende a un importe total IVA EXCLUIDO de 1.399.794,32 €,
5
Visto el artículo 151.2 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el
que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, en virtud
del cual se establece que el órgano de contratación requerirá al licitador que haya
presentado la oferta económicamente más ventajosa para que dentro del plazo de diez
días hábiles, a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el
requerimiento, presente la documentación justificativa de hallarse al corriente en el
cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social o autorice al
órgano de contratación para obtener de forma directa la acreditación de ello, de
disponer efectivamente de los medios que se hubiese comprometido a dedicar o
adscribir a la ejecución del contrato conforme al artículo 64.2 del Texto Refundido de la
Ley de Contratos del Sector Público, y de haber constituido la garantía definitiva que
sea procedente, y
Visto el artículo 146.4 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el
que se establece que el licitador a cuyo favor recaiga la propuesta de adjudicación,
deberá acreditar ante el órgano de contratación, previamente a la adjudicación del
contrato, la posesión y validez de los documentos exigidos en el pliego de contratación,
sobre los que realizó declaración responsable y en concreto, los siguientes:
a) Los que acrediten la personalidad jurídica del empresario y, en su caso, su
representación.
b) Los que acrediten la clasificación de la empresa, en su caso, o justifiquen los
requisitos de su solvencia económica, financiera y técnica o profesional, presentando
los certificados acreditativos correspondientes previstos en la carátula del pliego de
contratación.
c) Una declaración responsable de no estar incurso en prohibición de contratar.
d) Para las empresas extranjeras, en los casos en que el contrato vaya a ejecutarse en
España, la declaración de someterse a la jurisdicción de los juzgados y tribunales
españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o
indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional
extranjero que pudiera corresponder al licitante.
La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Requerir a Garbialdi, S.A. a que dentro del plazo de diez días hábiles, a contar
desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento, presente la
documentación justificativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus
obligaciones tributarias y con la Seguridad Social o autorice al órgano de contratación
para obtener de forma directa la acreditación de ello, de disponer efectivamente de los
medios que se hubiese comprometido a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato
conforme al artículo 64.2 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público,
y de haber constituido la garantía definitiva que sea procedente, así como la
acreditación de la documentación referida en el anteriormente citado artículo 146
apartado cuarto del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre exigida en el
pliego de contratación que rige la licitación y sobre la que el licitador cuya oferta ha
resultado la más ventajosa realizó declaración responsable.
De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se
entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose en ese caso a recabar la
misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado
clasificadas las ofertas.
6
Segundo: Dese traslado al Departamento de Tesorería, a fin de que informe sobre el
cumplimiento de lo dispuesto en el apartado anterior.
Tercero: Dese traslado al Departamento de Contratación, a fin de que informe sobre el
cumplimiento de lo dispuesto en el apartado primero y en concreto, de la presentación
por el adjudicatario de la documentación prevista en el artículo 146.4 del Real Decreto
Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre.
APROBACIÓN, SI PROCEDE, DE FACTURAS Y GASTOS.
Se acuerda aprobar la relación de facturas 2016/000033, que consta de 20 páginas
formadas por 51 facturas y por importe total de 172.241,75 €.
Gastos:
Mendiz Mendi Taldea. Subvención puntual deportiva IX Trofeo de Ciclocross 5.500,00 €
Fuera del orden del día y previa declaración de urgencia, se adoptaron los siguientes
acuerdos:
REQUERIMIENTO DE DOCUMENTACIÓN A UTE VTR-FCC-GMSM EN
EXPEDIENTE DE CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE LIMPIEZA URBANA,
RECOGIDA Y TRANSPORTE DE R.S.U. Y SERVICIOS COMPLEMENTARIOS EN
EL MUNICIPIO DE MUSKIZ.
Habiéndose tramitado la licitación para la adjudicación del servicio de limpieza urbana,
recogida y transporte de R.S.U. y servicios complementarios en el municipio de Muskiz,
mediante procedimiento abierto, según lo dispuesto para este tipo de procedimiento en
el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto
Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, y
Visto que por la empresa UTE VTR-FCC-GMSM, se ha presentado la oferta
económicamente más ventajosa que asciende a un importe total IVA EXCLUIDO de
2.559.904,36 €,
Visto el artículo 151.2 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el
que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, en virtud
del cual se establece que el órgano de contratación requerirá al licitador que haya
presentado la oferta económicamente más ventajosa para que dentro del plazo de diez
días hábiles, a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el
requerimiento, presente la documentación justificativa de hallarse al corriente en el
cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social o autorice al
órgano de contratación para obtener de forma directa la acreditación de ello, de
disponer efectivamente de los medios que se hubiese comprometido a dedicar o
adscribir a la ejecución del contrato conforme al artículo 64.2 del Texto Refundido de la
Ley de Contratos del Sector Público, y de haber constituido la garantía definitiva que
sea procedente, y
Visto el artículo 146.4 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el
que se establece que el licitador a cuyo favor recaiga la propuesta de adjudicación,
deberá acreditar ante el órgano de contratación, previamente a la adjudicación del
contrato, la posesión y validez de los documentos exigidos en el pliego de contratación,
sobre los que realizó declaración responsable y en concreto, los siguientes:
a) Los que acrediten la personalidad jurídica del empresario y, en su caso, su
representación.
b) Los que acrediten la clasificación de la empresa, en su caso, o justifiquen los
requisitos de su solvencia económica, financiera y técnica o profesional, presentando
7
los certificados acreditativos correspondientes previstos en la carátula del pliego de
contratación.
c) Una declaración responsable de no estar incurso en prohibición de contratar.
d) Para las empresas extranjeras, en los casos en que el contrato vaya a ejecutarse en
España, la declaración de someterse a la jurisdicción de los juzgados y tribunales
españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o
indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional
extranjero que pudiera corresponder al licitante.
La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Requerir a UTE VTR-FCC-GMSM a que dentro del plazo de diez días hábiles, a
contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento, presente la
documentación justificativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus
obligaciones tributarias y con la Seguridad Social o autorice al órgano de contratación
para obtener de forma directa la acreditación de ello, de disponer efectivamente de los
medios que se hubiese comprometido a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato
conforme al artículo 64.2 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público,
y de haber constituido la garantía definitiva que sea procedente, así como la
acreditación de la documentación referida en el anteriormente citado artículo 146
apartado cuarto del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre exigida en el
pliego de contratación que rige la licitación y sobre la que el licitador cuya oferta ha
resultado la más ventajosa realizó declaración responsable.
De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se
entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose en ese caso a recabar la
misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado
clasificadas las ofertas.
Segundo: Dese traslado al Departamento de Tesorería, a fin de que informe sobre el
cumplimiento de lo dispuesto en el apartado anterior.
Tercero: Dese traslado al Departamento de Contratación, a fin de que informe sobre el
cumplimiento de lo dispuesto en el apartado primero y en concreto, de la presentación
por el adjudicatario de la documentación prevista en el artículo 146.4 del Real Decreto
Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre.
ADJUDICACIÓN DEL SERVICIO DE SEGUROS DEL AYUNTAMIENTO DE
MUSKIZ.
Habiéndose tramitado procedimiento negociado sin publicidad, y siendo la forma de
adjudicación la de concurso, según lo dispuesto para este tipo de procedimientos en el
Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto
Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, y
Vistas las ofertas presentadas para la adjudicación del servicio de seguros del
Ayuntamiento de Muskiz,
Visto que por Egiasa Correduría de Seguros se ha procedido a la presentación en plazo
de la documentación requerida mediante acuerdo de Junta de Gobierno Local de fecha
24 de octubre de 2016, y
La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Adjudicar, definitivamente, el servicio de seguros del Ayuntamiento de Muskiz,
a Egiasa Correduría de Seguros, por un importe de 24.894,95 € anuales, IVA
EXCLUIDO, por el plazo de dos años
8
Segundo: Dese traslado al Responsable de Prevención de Riesgos Laborales, así como
al Departamento de Contabilidad, a los efectos oportunos.
Tercero: Notifíquese el presente acuerdo al adjudicatario y al resto de licitadores.
Cuarto: Publíquese en el Perfil del Contratante.
Quinto: Emplazar a la empresa Egiasa Correduría de Seguros para la formalización del
contrato en un plazo no superior a los quince días hábiles siguientes a aquel en que se
reciba la notificación del presente acuerdo.
ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO DE OBRAS DE DEMOLICIÓN DE VIVIENDA
UNIFAMILIAR EN CALLE LA MAGDALENA.
En base a lo dispuesto en los artículos 111 y 138.3 del Texto Refundido de la Ley de
Contratos del Sector Público regulado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de
noviembre, referente a los contratos menores, y visto el informe emitido por el
Aparejador Municipal de fecha 4 de noviembre de 2016,
La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Adjudicar el contrato de obras de demolición de vivienda unifamiliar en calle
La Magdalena a la empresa Consaudi Obra Civil, S.L. por un precio de 37.900,00 € IVA
EXCLUIDO.
Segundo: La duración del presente contrato no podrá exceder de un año sin que pueda
ser objeto de prórroga alguna o de revisión de precios.
Tercero: Dese traslado al Responsable de Prevención de Riesgos Laborales, así como al
Departamento de Contabilidad, a los efectos oportunos.
Cuarto: Notifíquese el presente acuerdo al adjudicatario con indicación de que con
carácter previo al comienzo de los trabajos, deberá cumplimentarse la comunicación de
apertura del centro de trabajo debiendo exponerse en la obra en lugar visible y
manteniéndose permanentemente actualizada en el caso de que se produzcan cambios
no identificados inicialmente.
Y no habiendo más asuntos que tratar, el señor Presidente dio por terminada la
sesión, a las once horas y treinta minutos, extendiéndose la presente acta, de que yo,
la Secretaria, certifico.
9
ACTA Nº 37
AYUNTAMIENTO DE MUSKIZ
En Muskiz, a catorce de noviembre de dos mil dieciséis, siendo las diez horas de
la mañana, se reunió la Junta de Gobierno Local, bajo la presidencia del señor Alcalde,
don Borja Liaño Abarrategi, y con asistencia de los señores Tenientes de Alcalde, don
Eduardo Briones Lerchundi, don Rufino Manterola Lejarza y don Unai Landaburu Izar de
La Fuente, para celebrar sesión ordinaria, en primera convocatoria, y con asistencia de
la señora Secretaria General, doña Itxaso Apraiz Yáñez y el señor Interventor don Mario
Lanbarri Martín.
LECTURA Y APROBACIÓN, SI PROCEDE, DEL ACTA DE LA SESIÓN ANTERIOR.
Declarado abierto el acto por el señor Presidente, de su orden se dio lectura al acta de
la sesión anterior celebrada el día siete de noviembre, que fue aprobada por
unanimidad.
APROBACIÓN, SI PROCEDE, DEL INICIO DE EXPEDIENTE DE CONTRATACIÓN
DEL SERVICIO DE REDACCIÓN, DISEÑO GRÁFICO E IMPRESIÓN DE LA
REVISTA MUNICIPAL.
Dada cuenta de la necesidad de contratar el servicio de redacción, diseño gráfico,
impresión de la revista municipal y actualización de las noticias en la página web
municipal puesta de manifiesto por el Departamento de Secretaría, y
Visto el pliego de cláusulas-administrativas particulares elaborado al efecto por el que
se establece como procedimiento de adjudicación el negociado sin publicidad y
tramitación ordinaria, por tipo de licitación máxima de 41.388,42 euros (IVA excluido),
y plazo de duración de dos años improrrogable.
La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Aprobar el inicio de expediente para la adjudicación del contrato de servicio de
redacción, diseño gráfico, impresión de la revista municipal y actualización de las
noticias en la página web municipal, mediante procedimiento negociado sin publicidad
por tipo de licitación máximo de 41.388,42 (IVA excluido) por plazo de dos años
improrrogable.
Segundo: Publicar el anuncio de licitación en el perfil del contratante del Ayuntamiento
de Muskiz.
Tercero: Devuélvase el expediente completo al departamento de origen.
ADJUDICACIÓN, SI PROCEDE, DE LAS OBRAS DE MEJORA DEL ALUMBRADO
PÚBLICO. FASE II.
En base a lo dispuesto en los artículos 111 y 138.3 del Texto Refundido de la Ley de
Contratos del Sector Público regulado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de
noviembre, referente a los contratos menores, y visto el informe emitido por el
Aparejador Municipal de fecha 9 de noviembre de 2016,
La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Adjudicar el contrato de obras de mejora del alumbrado público. Fase II a la
empresa Instalaciones Eléctricas Muskiz S. Coop. por un precio de 31.682,04 € IVA
EXCLUIDO.
Segundo: La duración del presente contrato no podrá exceder de un año sin que pueda
ser objeto de prórroga alguna o de revisión de precios.
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Tercero: Dese traslado al Responsable de Prevención de Riesgos Laborales, así como al
Departamento de Contabilidad, a los efectos oportunos.
Cuarto: Notifíquese el presente acuerdo al adjudicatario con indicación de que con
carácter previo al comienzo de los trabajos, deberá cumplimentarse la comunicación de
apertura del centro de trabajo debiendo exponerse en la obra en lugar visible y
manteniéndose permanentemente actualizada en el caso de que se produzcan cambios
no identificados inicialmente.
ADJUDICACIÓN, SI PROCEDE, DEL SERVICIO DE ELABORACIÓN DE PLAN DE
INTERPRETACIÓN DE LOS COTOS MINEROS PROTEGIDOS DE MUSKIZ.
En base a lo dispuesto en los artículos 111 y 138.3 del Texto Refundido de la Ley de
Contratos del Sector Público regulado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de
noviembre, referente a los contratos menores, y visto el informe emitido por el Director
de Cultura de fecha 8 de noviembre de 2016,
La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Adjudicar el contrato de servicio de elaboración de plan de interpretación de
los cotos mineros protegidos de Muskiz a la empresa Ondartez, S.L. por un precio de
17.900,00 € IVA EXCLUIDO.
Segundo: La duración del presente contrato no podrá exceder de un año sin que pueda
ser objeto de prórroga alguna o de revisión de precios.
Tercero: Dese traslado al Responsable de Prevención de Riesgos Laborales, así como al
Departamento de Contabilidad, a los efectos oportunos.
Cuarto: Notificar la presente al adjudicatario.
PETICIÓN DE ONDARTEZ, S.L. DE DEVOLUCIÓN DE GARANTÍA DEFINITIVA
POR PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE REDACCIÓN DEL PROYECTO DE PLAN
DE ACCIÓN DEL PAISAJE MINERO DE LA COSTA DE MUSKIZ.
Dada cuenta del escrito presentado por Ondartez, S.L., con entrada en el Registro
General de este Ayuntamiento número 2224 de fecha 8 de noviembre de 2016,
solicitando la devolución de la garantía definitiva, constituida por importe de 1.050,00€
como garantía depósito por el servicio de redacción del proyecto de plan de acción del
paisaje minero de la costa de Muskiz, y visto el informe favorable emitido por el
Aparejador Municipal, de fecha 8 de noviembre de 2016,
La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Proceder a la devolución de la garantía definitiva solicitada.
Segundo: Dese traslado al Departamento de Intervención / Tesorería a los efectos
oportunos.
Tercero: Notifíquese al interesado, con expresión de los recursos a que hubiera lugar.
PETICIÓN DE DE LICENCIA DE OBRAS DE REHABILITACIÓN DE VIVIENDA
SITA EN LA CAMPA Nº 10.
Dada cuenta del expediente tramitado, en solicitud de licencia municipal de obra de
rehabilitación de vivienda sita en La Campa nº 10, adjuntando proyecto visado, visto
el informe técnico favorable emitido por el Arquitecto Municipal, de fecha 7 de
noviembre de 2016,
La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los presentes, acuerda:
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Primero: Conceder la licencia solicitada, con abono de los derechos municipales sobre
un presupuesto de 30.050,00€, debiendo cumplir las condiciones generales que se
adjuntan. El plazo para el comienzo de las obras es de 6 meses y el de ejecución de 24
meses una vez comenzadas las obras. Se cumplirá en todo momento con las medidas
de seguridad y salud en el trabajo, implantando las medidas necesarias para impedir
daños a terceros, de acuerdo con el RD 486/1997. Se cumplirá en todo momento el D
112/2012 Gestión de residuos de construcción y demolición. Se establece como fianza
de gestión de residuos el importe de 110,22 euros (120% PEM G.R.).
Deberán cumplirse, además, las siguientes condiciones particulares:
- Se recuerda que la obra nunca tendrá el carácter de sustitución del edificio existente,
siendo únicamente admisibles las obras que respeten dicho principio, quedando
expresamente prohibida la demolición del inmueble.
- No se permitirá ningún elemento que degrade el conjunto del edificio. El tratamiento
exterior, fachadas y cubierta presentarán continuidad de materiales y acabados. Se
utilizarán técnicas y materiales de construcción tradicionales. En la cubierta será
obligatorio el uso de teja cerámica.
Segundo: Dar traslado al Departamento de Tesorería.
Tercero: Devuélvase, una vez cumplimentado, el expediente completo al departamento
de Urbanismo
Una copia de la presente licencia deberá fijarse en un lugar visible de la obra, a efectos
de que por los servicios municipales se lleve a cabo la inspección urbanística
correspondiente de manera efectiva. Todo ello sin perjuicio de que por el titular de la
obra y a requerimiento de las autoridades municipales se deba mostrar el original de la
misma.
Cuarto: Notificar la presente al interesado.
PETICIÓN DE LICENCIA DE OBRAS
VIVIENDA SITA EN CARRASCAL Nº5.
DE REFORMA DE CUBIERTA EN
Dada cuenta del expediente tramitado, en solicitud de licencia municipal de obra de
reforma de cubierta en vivienda sita en Carrascal nº 5, adjuntando proyecto visado,
visto el informe técnico favorable emitido por el Arquitecto Municipal, de fecha 7 de
noviembre de 2016,
La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Conceder la licencia solicitada, con abono de los derechos municipales sobre
un presupuesto de 10.060,00€, debiendo cumplir las condiciones generales que se
adjuntan. El plazo para el comienzo de las obras es de 6 meses y el de ejecución de 24
meses una vez comenzadas las obras. Se cumplirá en todo momento con las medidas
de seguridad y salud en el trabajo, implantando las medidas necesarias para impedir
daños a terceros, de acuerdo con el RD 486/1997. Se cumplirá en todo momento el D
112/2012 Gestión de residuos de construcción y demolición. Se establece como fianza
de gestión de residuos el importe de 130,00 euros (120% PEM G.R.).
Deberán cumplirse, además, las siguientes condiciones particulares:
- Se recuerda que la obra nunca tendrá el carácter de sustitución del edificio existente,
siendo únicamente admisibles las obras que respeten dicho principio, quedando
expresamente prohibida la demolición del inmueble.
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- No se permitirá ningún elemento que degrade el conjunto del edificio. El tratamiento
exterior, fachadas y cubierta presentarán continuidad de materiales y acabados. Se
utilizarán técnicas y materiales de construcción tradicionales. En la cubierta será
obligatorio el uso de teja cerámica.
Segundo: Dar traslado al Departamento de Tesorería.
Tercero: Devuélvase, una vez cumplimentado, el expediente completo al departamento
de Urbanismo
Una copia de la presente licencia deberá fijarse en un lugar visible de la obra, a efectos
de que por los servicios municipales se lleve a cabo la inspección urbanística
correspondiente de manera efectiva. Todo ello sin perjuicio de que por el titular de la
obra y a requerimiento de las autoridades municipales se deba mostrar el original de la
misma.
Cuarto: Notificar la presente al interesado.
RECLAMACIÓN PATRIMONIAL.
Dada cuenta del expediente tramitado, en nombre de Axa Seguros, para el
reconocimiento de la responsabilidad patrimonial del Ayuntamiento de Muskiz en los
daños ocasionados el día 22 de agosto de 2015, en el local comercial sito en Avda.
Antonio Trueba nº 7 y 9, por un atasco en el colector de recogida de agua, vista la
propuesta remitida por la compañía de seguros que este Ayuntamiento tiene
contratada, que es aceptada por el reclamante, y
Visto el informe favorable emitido por el Técnico de Administración Especial, de fecha 7
de noviembre de 2016,
La Junta de Gobierno Local por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Reconocer la responsabilidad patrimonial de este Ayuntamiento de Muskiz, y
fijar la indemnización a abonar a Axa Seguros en la cantidad de 15.116,27 euros, de los
que al Ayuntamiento le corresponde abonar el importe de la franquicia establecida en
300 euros.
Segundo: Dar traslado al departamento de tesorería a los efectos oportunos.
Tercero: Notificar este acuerdo al reclamante, así como a la compañía de seguros, con
expresión de los recursos a que hubiera lugar.
PETICIÓN DE AUTORIZACIÓN DE TENENCIA DE ANIMAL POTENCIALMENTE
PELIGROSO.
Dada cuenta del escrito presentado, solicitando licencia municipal para la tenencia de
un perro de raza calificada como potencialmente peligrosa, aportando la documentación
prevista en el R.D. 287/2002, de 22 de marzo, visto el informe favorable emitido por
el Jefe de la Policía Local, de fecha 4 de noviembre de 2016,
La Junta de Gobierno Local por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Conceder la licencia solicitada con un plazo de vigencia máximo de cinco años,
con la obligación del titular de comunicar en el plazo de quince días cualquier variación
de los datos en los que se ha basado la concesión correspondiéndole la referencia
48071/16/0077.
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Segundo: Notificar la presente al interesado con expresión de los recursos a que
hubiera lugar.
APROBACIÓN, SI PROCEDE, DE FACTURAS Y GASTOS.
Se acuerda aprobar la relación de facturas 2016/000034, que consta de 23 páginas
formadas por 72 facturas y por importe total de 521.118,08 €.
Gastos:
Alkamar. Programa mejora su vida. Diciembre 2016
16.868,00 €
María Victoria Muro Ahedo. Indemnización aprovechamiento forestal Red Eléctrica de
3.188,42 €
España S.A.U. MUP 115.
Fuera del orden del día y previa declaración de urgencia, se adoptaron los siguientes
acuerdos:
PETICIÓN DE LICENCIA DE OBRAS DE CONSTRUCCIÓN DE VIVIENDA
BIFAMILIAR EN PARCELA Nº 4 DE MUSKIZGANE.
Dada cuenta del expediente tramitado, en solicitud de licencia municipal de obra de
construcción de vivienda bifamiliar en parcela nº 4 del sector residencial Muskizgane,
adjuntando proyecto visado, visto el informe técnico favorable emitido por el
Arquitecto Municipal, de fecha 13 de noviembre,
La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Conceder la licencia solicitada, con abono de los derechos municipales sobre
un presupuesto de 255.804,69€, debiendo cumplir las condiciones generales que se
adjuntan. El plazo para el comienzo de las obras es de 6 meses y el de ejecución de 24
meses una vez comenzadas las obras. Se cumplirá en todo momento con las medidas
de seguridad y salud en el trabajo, implantando las medidas necesarias para impedir
daños a terceros, de acuerdo con el RD 486/1997. Se cumplirá en todo momento el D
112/2012 Gestión de residuos de construcción y demolición. Se establece como fianza
de gestión de residuos el importe de 1.620,00 euros (120% PEM G.R.).
Segundo: Dar traslado al Departamento de Tesorería.
Tercero: Devuélvase, una vez cumplimentado, el expediente completo al departamento
de Urbanismo
Una copia de la presente licencia deberá fijarse en un lugar visible de la obra, a efectos
de que por los servicios municipales se lleve a cabo la inspección urbanística
correspondiente de manera efectiva. Todo ello sin perjuicio de que por el titular de la
obra y a requerimiento de las autoridades municipales se deba mostrar el original de la
misma.
Cuarto: Notificar la presente al interesado.
PETICIÓN DE LICENCIA DE OBRA DE AMPLIACIÓN DE VIVIENDA EN LA
RABUDA, 15.
Dada cuenta del expediente tramitado, en solicitud de licencia municipal de obra de
ampliación de vivienda en La Rabuda, 15, adjuntando proyecto visado, visto el
informe técnico desfavorable emitido por el Arquitecto Municipal, de fecha 3 de octubre
de 2016, en el que se expone que:
"(…)
EMPLAZAMIENTO: La Rabuda, 15
5
ZONIFICACIÓN SEGÚN NN.SS.: Suelo No Urbanizable. Zona de Edificación Tolerada.
(…)
Las actuaciones sobre edificios existentes contenidos en esta delimitación de SNU Zona
de Edificación Tolerada, quedan reguladas en todos sus extremos por los Art. 172 y Art.
67 (Modificación Puntual aprobada definitivamente en mayo de 1.995) permitiéndose
en los edificios con usos compatibles a los establecidos en las Normas obras de reforma
y ampliaciones que no superen el 25% de su superficie construida y cumplan, entre
otras, la condición de respetar a colindantes una separación igual a la altura de la
edificación, con un mínimo de 4 ,00 metros.
Vista la documentación aportada se comprueba que la altura del edificio en la fachada
posterior es de 6,44 / 6,25 m 6 y de 5,20 / 5,14 m en su añadido central (plano A8). La
ampliación planteada se realiza a 4,00 m del lindero (plano A11), incumpliendo las
condiciones del art. 64 por el que se exige una distancia a colindantes igual o superior a
la altura de la edificación, en este caso 6,44 m desde fachada y 5,20 desde el cuerpo
central.
De acuerdo a lo anterior procede informar desfavorablemente al Proyecto de Ampliación
de Vivienda en La Rabuda 15."
La Junta de Gobierno Local por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Denegar la licencia de obra de ampliación de vivienda en La Rabuda, 15
solicitada mediante escrito con entrada en el registro general municipal número 1590 de
fecha veinte de julio de 2016, por los motivos expuestos en el informe del Arquitecto
Municipal antes expuesto.
Segundo: Notifíquese al interesado con expresión de los recursos a que hubiera lugar.
Y no habiendo más asuntos que tratar, el señor Presidente dio por terminada la
sesión, a las once horas y treinta minutos, extendiéndose la presente acta, de que yo,
la Secretaria, certifico.
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ACTA Nº 38
AYUNTAMIENTO DE MUSKIZ
En Muskiz, a veintiuno de noviembre de dos mil dieciséis, siendo las diez horas
de la mañana, se reunió la Junta de Gobierno Local, bajo la presidencia del señor
Alcalde, don Borja Liaño Abarrategi, y con asistencia de los señores Tenientes de
Alcalde, don Eduardo Briones Lerchundi, don Rufino Manterola Lejarza y don Gonzalo
Riancho Ocejo, para celebrar sesión ordinaria, en primera convocatoria, y con asistencia
de la señora Secretaria General, doña Itxaso Apraiz Yáñez y el señor Interventor don
Mario Lanbarri Martín.
LECTURA Y APROBACIÓN, SI PROCEDE, DEL ACTA DE LA SESIÓN ANTERIOR.
Declarado abierto el acto por el señor Presidente, de su orden se dio lectura al acta de
la sesión anterior celebrada el día catorce de noviembre, que fue aprobada por
unanimidad.
PETICIÓN DE HAGUI, S.A. DE DEVOLUCIÓN DE GARANTÍA DEFINITIVA POR
LAS OBRAS DE REFORMA DEL LOCAL PARA IMPLANTACIÓN DE LA
COMISARÍA DE LA POLICÍA LOCAL.
Dada cuenta del escrito presentado por Construcciones Hagui, S.A., con entrada en el
Registro General de este Ayuntamiento número 1334 de fecha 10 de junio de 2016,
solicitando la devolución de la garantía definitiva, constituida por importe de 5.590,00€
para garantizar la correcta ejecución de las obras de reforma de local para la
implantación de comisaría de policía en Muskiz, y visto el informe favorable emitido por
Aparejador Municipal, de fecha 16 de noviembre de 2016,
La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Proceder a la devolución de la garantía definitiva solicitada.
Segundo: Dese traslado al Departamento de Intervención / Tesorería a los efectos
oportunos.
Tercero: Notifíquese al interesado, con expresión de los recursos a que hubiera lugar.
PETICIÓN DE FCC, S.A. DE DEVOLUCIÓN DE GARANTÍA DEFINITIVA DEL
SERVICIO DE CONTROL Y SEGUIMIENTO DE LAS ACTUACIONES
MEDIOAMBIENTALES.
Dada cuenta del escrito presentado por Fomento de Construcciones y Contratas, S.A.,
con entrada en el Registro General de este Ayuntamiento número 200 de fecha 28 de
enero de 2016, solicitando la devolución de la garantía definitiva, constituida por
importe de 2.487,92€ como garantía por la prestación del servicio de control y
seguimiento de las actuaciones medioambientales, y visto el informe favorable emitido
por Aparejador Municipal, de fecha 10 de febrero de 2016,
La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Proceder a la devolución de la garantía definitiva solicitada.
Segundo: Dese traslado al Departamento de Intervención / Tesorería a los efectos
oportunos.
Tercero: Notifíquese al interesado, con expresión de los recursos a que hubiera lugar.
APROBACIÓN, SI PROCEDE, DE LA 1ª CERTIFICACIÓN DE LAS OBRAS DE
ADECUACIÓN DE LOS ANTIGUOS BAÑOS DE POBEÑA.
Dada cuenta de la 1ª certificación correspondiente a las obras de adecuación de los
antiguos baños de Pobeña, presentada por Construcciones Hagui, S.A., por importe de
19.025,14 € (IVA incluido), y
1
Visto el informe favorable emitido por el Aparejador Municipal, de fecha 16 de
noviembre de 2016,
La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Prestarle total aprobación.
Segundo: Notifíquese el presente acuerdo al interesado, con expresión de los recursos a
que hubiera lugar.
APROBACIÓN, SI PROCEDE, DE LA 1ª CERTIFICACIÓN DE LAS OBRAS DE
CANALIZACIÓN DE AGUA EN LA CAMPA.
Dada cuenta de la 1ª certificación correspondiente a las obras de canalización de agua
en La Campa, presentada por Excavaciones Bitram, S.L., por importe de 38.815,05 €
(IVA incluido), y
Visto el informe favorable emitido por el Aparejador Municipal, de fecha 16 de
noviembre de 2016,
La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Prestarle total aprobación.
Segundo: Notifíquese el presente acuerdo al interesado, con expresión de los recursos a
que hubiera lugar.
APROBACIÓN, SI PROCEDE, DE LA 1ª CERTIFICACIÓN DE LAS OBRAS DE
REHABILITACIÓN DEL CAMINO AL ARENAO.
Dada cuenta de la 1ª certificación correspondiente a las obras de rehabilitación del
Camino al Arenao, presentada por Construcciones La Rigada, S.L., por importe de
9.547,58 € (IVA incluido), y
Visto el informe favorable emitido por el Aparejador Municipal, de fecha 16 de
noviembre de 2016,
La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Prestarle total aprobación.
Segundo: Notifíquese el presente acuerdo al interesado, con expresión de los recursos a
que hubiera lugar.
APROBACIÓN, SI PROCEDE, DEL INICIO DE EXPEDIENTE DE CONTRATACIÓN
DEL SUMINISTRO E INSTALACIÓN DEL ALUMBRADO NAVIDEÑO.
Dada cuenta de la necesidad de contratar el suministro e instalación del alumbrado
navideño,
Visto el pliego de cláusulas-administrativas particulares elaborado al efecto por el que
se establece como procedimiento de adjudicación el negociado sin publicidad y
tramitación ordinaria, por tipo de licitación máxima de 33.057,85 euros (IVA excluido),
La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Aprobar el inicio de expediente para la adjudicación del contrato de suministro
e instalación del alumbrado navideño, mediante procedimiento negociado sin publicidad
por tipo de licitación máximo de 33.057,85 (IVA excluido).
Segundo: Publicar el anuncio de licitación en el perfil del contratante del Ayuntamiento
de Muskiz.
Tercero: Devuélvase el expediente completo al departamento de origen.
APROBACIÓN, SI PROCEDE, DE LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES A
CLUBES DEPORTIVOS SIN ÁNIMO DE LUCRO PARA LA PARTICIPACIÓN EN
LIGAS OFICIALES, EN CATEGORÍA ESTATAL, EN EL AÑO 2016.
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Dada cuenta de la convocatoria y las bases reguladoras de las subvenciones a clubes
deportivos sin ánimo de lucro para la participación en ligas oficiales, en categoría
estatal, en el año 2016,
La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Aprobar la convocatoria y las bases reguladoras de las subvenciones a clubes
deportivos sin ánimo de lucro para la participación en ligas oficiales, en categoría
estatal, en el año 2016.
Segundo: Ordenar su publicación en los tablones de anuncios, página Web municipal y
Boletín Oficial de Bizkaia.
APROBACIÓN, SI PROCEDE, DE FACTURAS Y GASTOS.
Se acuerda aprobar la relación de facturas 2016/000035, que consta de 16 páginas
formadas por 34 facturas y por importe total de 60.345,87 €.
Gastos:
Laboradomo. Material informático
7.244,90 €
Lappset. Suministro de juego infantil en El Crucero
17.784,00 €
Fuera del orden del día y previa declaración de urgencia, se adoptaron los siguientes
acuerdos:
RECURSO DE REPOSICIÓN PRESENTADO POR PETRONOR CONTRA
LIQUIDACIÓN PROVISIONAL DEL ICIO POR EL PROYECTO "ADECUACIÓN DE
CASETAS DE OPERADORES Y SERVICIO REFINERÍA".
Dada cuenta del recurso de reposición interpuesto por doña Raquel Ruiz Juárez, en
nombre y representación de Petróleos del Norte, S.A. (PETRONOR) con domicilio en el
Edificio Muñatones, San Martín, nº 5, en Muskiz, contra la liquidación provisional del
Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras, por el Proyecto “Adecuación de
casetas de operadores y servicio refinería”, aduciendo la incorrecta determinación de la
base imponible del impuesto, en base a lo establecido en la Ordenanza Fiscal
Reguladora del ICIO del Ayuntamiento en la que se dispone que “la base imponible del
impuesto está constituida por el coste real y efectivo de la construcción, instalación u
obra y se entiende por tal, a estos efectos, el coste de ejecución material de aquellas.
No forman parte de la base imponible, el impuesto sobre el valor añadido y demás
impuestos análogos propios de regímenes especiales, las tasas, precios públicos y
demás prestaciones patrimoniales de carácter público local relacionadas, en su caso,
con la construcción, instalación u obra, ni tampoco los honorarios de profesionales, el
beneficio empresarial del contratista, ni cualquier otro concepto que no integre,
estrictamente, el coste de ejecución material”.
Resultando que Petronor no coincide con el Ayuntamiento sobre la base imponible del
impuesto, al incluir los conceptos de transporte y grúa, mobiliario, vallado y
señalización, extinción y señalítica, aparatos sanitarios, sistema extractor de humos y
climatización.
Considerando que, en base a la ordenanza fiscal reguladora del impuesto sobre
Construcciones Instalaciones y Obras, que recoge en su Título VIII-Gestión, artículos 12
y 14, que cuando se conceda la licencia preceptiva se presentará una liquidación
provisional y una vez finalizada la construcción, instalación u obra efectivamente
realizada, se girará la correspondiente liquidación definitiva, y
Visto el informe emitido por el Técnico de Administración Especial de fecha 12 de
noviembre de 2016,
La Junta de Gobierno Local por unanimidad de los presentes, acuerda:
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Primero: Estimar el recurso de reposición interpuesto por doña Raquel Ruiz Juárez, en
nombre y representación de Petróleos del Norte, S.A. (PETRONOR), en tanto en cuanto
que la liquidación girada es provisional sobre una base imponible de 1.030.963,04 euros
y sin perjuicio del análisis que para la determinación de la liquidación definitiva se
realice una vez acabada la obra, prevista en el Proyecto “Adecuación de casetas de
operadores y servicio Refinería”.
Segundo: Requerir a Petróleos del Norte, S. A. (PETRONOR), cuando la obra esté
efectivamente realizada, la presentación de certificación final de obra, adjuntando
desglose de partidas de los diferentes capítulos, visada y firmada por técnico director, a
los efectos de girar la correspondiente liquidación definitiva.
Tercero: Dar traslado al área municipal de Tesorería.
Cuarto: Notificar este acuerdo a Petróleos del Norte, S.A. (PETRONOR), con expresión
de los recursos a que hubiera lugar.
ADJUDICACIÓN DE LAS OBRAS DE REHABILITACIÓN DEL CAMINO A
MORENILLO.
Habiéndose tramitado procedimiento negociado sin publicidad, y siendo la forma de
adjudicación la de concurso, según lo dispuesto para este tipo de procedimientos en el
Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto
Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público,
Vistas las ofertas presentadas para la adjudicación del contrato de obras de
rehabilitación del camino a Morenillo, y
Visto que por la empresa Excavaciones Bitram, S.L. se ha procedido a la presentación
en plazo de la documentación requerida mediante acuerdo de Junta de Gobierno Local
de fecha 24 de octubre de 2016,
La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Adjudicar, definitivamente, el contrato de obras de rehabilitación del camino a
Morenillo, a la empresa Excavaciones Bitram, S.L., por un importe de 75.000,00 €, IVA
EXCLUIDO, por el plazo de dos meses
Segundo: Dese traslado al Responsable de Prevención de Riesgos Laborales, así como
al Departamento de Contabilidad, a los efectos oportunos.
Tercero: Notifíquese el presente acuerdo al adjudicatario y al resto de licitadores.
Cuarto: Publíquese en el Perfil del Contratante.
Quinto: Emplazar a la empresa Excavaciones Bitram, S.L. para la formalización del
contrato, en un plazo no superior a los quince días hábiles siguientes a aquel en que se
reciba la notificación del presente acuerdo.
Y no habiendo más asuntos que tratar, el señor Presidente dio por terminada la
sesión, a las once horas y treinta minutos, extendiéndose la presente acta, de que yo,
la Secretaria, certifico.
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ACTA Nº 39
AYUNTAMIENTO DE MUSKIZ
En Muskiz, a veintiocho de noviembre de dos mil dieciséis, siendo las diez horas
de la mañana, se reunió la Junta de Gobierno Local, bajo la presidencia del señor
Alcalde, don Borja Liaño Abarrategi, y con asistencia de los señores Tenientes de
Alcalde, don Eduardo Briones Lerchundi, don Rufino Manterola Lejarza, don Unai
Landaburu Izar de La Fuente y don Gonzalo Riancho Ocejo, para celebrar sesión
ordinaria, en primera convocatoria, y con asistencia de la señora Secretaria General,
doña Itxaso Apraiz Yáñez y el señor Interventor don Mario Lanbarri Martín.
LECTURA Y APROBACIÓN, SI PROCEDE, DEL ACTA DE LA SESIÓN ANTERIOR.
Declarado abierto el acto por el señor Presidente, de su orden se dio lectura al acta de
la sesión anterior celebrada el día veintiuno de noviembre, que fue aprobada por
unanimidad.
REQUERIMIENTO DE DOCUMENTACIÓN A AURRERANTZ S. COOP. DE
INICIATIVA SOCIAL, EN EXPEDIENTE DE CONTRATACIÓN DEL SERVICIO
PARA DISEÑO, EJECUCIÓN Y EVALUACIÓN DEL PROGRAMA - SERVICIO
ZAINDUZ EN EL MUNICIPIO DE MUSKIZ.
Habiéndose tramitado la licitación para la adjudicación del servicio para el diseño,
ejecución y evaluación del programa - servicio Zainduz en el municipio de Muskiz,
mediante procedimiento abierto, según lo dispuesto para este tipo de procedimiento en
el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto
Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, y
Visto que por la empresa Aurrerantz S. Coop. de iniciativa Social, se ha presentado la
oferta económicamente más ventajosa que asciende a un importe total IVA EXCLUIDO
de 14.126,00 €,
Visto el artículo 151.2 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el
que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, en virtud
del cual se establece que el órgano de contratación requerirá al licitador que haya
presentado la oferta económicamente más ventajosa para que dentro del plazo de diez
días hábiles, a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el
requerimiento, presente la documentación justificativa de hallarse al corriente en el
cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social o autorice al
órgano de contratación para obtener de forma directa la acreditación de ello, de
disponer efectivamente de los medios que se hubiese comprometido a dedicar o
adscribir a la ejecución del contrato conforme al artículo 64.2 del Texto Refundido de la
Ley de Contratos del Sector Público, y de haber constituido la garantía definitiva que
sea procedente,
La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Requerir a Aurrerantz S. Coop. de iniciativa social a que dentro del plazo de
diez días hábiles, a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el
requerimiento, presente la documentación justificativa de hallarse al corriente en el
cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social o autorice al
órgano de contratación para obtener de forma directa la acreditación de ello, de
disponer efectivamente de los medios que se hubiese comprometido a dedicar o
adscribir a la ejecución del contrato conforme al artículo 64.2 del Texto Refundido de la
Ley de Contratos del Sector Público, y de haber constituido la garantía definitiva que
sea procedente.
1
De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se
entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose en ese caso a recabar la
misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado
clasificadas las ofertas.
Segundo: Dese traslado al Departamento de Tesorería, a fin de que informe sobre el
cumplimiento de lo dispuesto en el apartado anterior.
Tercero: Dese traslado al Departamento de Contratación, a fin de que informe sobre el
cumplimiento de lo dispuesto en el apartado primero.
REQUERIMIENTO DE DOCUMENTACIÓN A FCC, S.A. EN EXPEDIENTE DE
CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE CONTROL Y SEGUIMIENTO DE LAS
ACTUACIONES MEDIOAMBIENTALES.
Habiéndose tramitado la licitación para la adjudicación del servicio de control y
seguimiento de las actuaciones medioambientales, mediante procedimiento negociado
sin publicidad, según lo dispuesto para este tipo de procedimiento en el Real Decreto
Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la
Ley de Contratos del Sector Público, y
Visto que por la empresa FCC, S.A., se ha presentado la oferta económicamente más
ventajosa que asciende a un importe total IVA EXCLUIDO de 49.758,32 €,
Visto el artículo 151.2 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el
que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, en virtud
del cual se establece que el órgano de contratación requerirá al licitador que haya
presentado la oferta económicamente más ventajosa para que dentro del plazo de diez
días hábiles, a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el
requerimiento, presente la documentación justificativa de hallarse al corriente en el
cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social o autorice al
órgano de contratación para obtener de forma directa la acreditación de ello, de
disponer efectivamente de los medios que se hubiese comprometido a dedicar o
adscribir a la ejecución del contrato conforme al artículo 64.2 del Texto Refundido de la
Ley de Contratos del Sector Público, y de haber constituido la garantía definitiva que
sea procedente, y
Visto el artículo 146.4 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el
que se establece que el licitador a cuyo favor recaiga la propuesta de adjudicación,
deberá acreditar ante el órgano de contratación, previamente a la adjudicación del
contrato, la posesión y validez de los documentos exigidos en el pliego de contratación,
sobre los que realizó declaración responsable y en concreto, los siguientes:
a) Los que acrediten la personalidad jurídica del empresario y, en su caso, su
representación.
b) Los que acrediten la clasificación de la empresa, en su caso, o justifiquen los
requisitos de su solvencia económica, financiera y técnica o profesional, presentando
los certificados acreditativos correspondientes previstos en la carátula del pliego de
contratación.
c) Una declaración responsable de no estar incurso en prohibición de contratar.
d) Para las empresas extranjeras, en los casos en que el contrato vaya a ejecutarse en
España, la declaración de someterse a la jurisdicción de los juzgados y tribunales
españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o
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indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional
extranjero que pudiera corresponder al licitante.
La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Requerir a FCC, S.A. a que dentro del plazo de diez días hábiles, a contar
desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento, presente la
documentación justificativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus
obligaciones tributarias y con la Seguridad Social o autorice al órgano de contratación
para obtener de forma directa la acreditación de ello, de disponer efectivamente de los
medios que se hubiese comprometido a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato
conforme al artículo 64.2 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público,
y de haber constituido la garantía definitiva que sea procedente, así como la
acreditación de la documentación referida en el anteriormente citado artículo 146
apartado cuarto del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre exigida en el
pliego de contratación que rige la licitación y sobre la que el licitador cuya oferta ha
resultado la más ventajosa realizó declaración responsable.
De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se
entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose en ese caso a recabar la
misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado
clasificadas las ofertas.
Segundo: Dese traslado al Departamento de Tesorería, a fin de que informe sobre el
cumplimiento de lo dispuesto en el apartado anterior.
Tercero: Dese traslado al Departamento de Contratación, a fin de que informe sobre el
cumplimiento de lo dispuesto en el apartado primero y en concreto, de la presentación
por el adjudicatario de la documentación prevista en el artículo 146.4 del Real Decreto
Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre.
PETICIÓN DE LA ASOCIACIÓN EL CERRO DE AUTORIZACIÓN DE
CELEBRACIÓN DE LA VI MARCHA - CARRERA MELLO SARIA EL 23 DE ABRIL
DE 2017.
Dada cuenta de la instancia presentada por la Asociación El Cerro, con entrada en el
registro general municipal nº 2208 de 7 de noviembre de 2016, mediante la que solicita
autorización para la realización de la VI Marcha-Carrera Mello Saria el próximo día 23 de
abril de 2017, y
Visto el informe favorable emitido por el Director de Cultura, de fecha 21 de noviembre
de 2016,
La Junta de Gobierno Local por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Autorizar a la Asociación El Cerro, la realización de la VI Marcha-Carrera Mello
Saria el próximo día 23 de abril de 2017, en lo que a la competencia municipal
respecta.
Segundo: Requerir al solicitante la presentación de un seguro de responsabilidad civil,
que deberá presentar previo a la celebración de la actividad, debiendo contactar con el
responsable municipal de prevención y cumplir las instrucciones que éste les transmita
en relación a las medidas de seguridad correspondientes.
Tercero: Dese traslado a la policía local y al responsable municipal de prevención, para
su conocimiento y efectos oportunos.
Tercero: Notifíquese al interesado con expresión de los recursos a que hubiera lugar.
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PETICIÓN DE PEGASUS MERCADOS TEMÁTICOS DE AUTORIZACIÓN DE
CELEBRACIÓN DE MERCADO MEDIEVAL LOS DÍAS 16, 17 Y 18 DE DICIEMBRE
DE 2016.
Dada cuenta de la instancia presentada por Pegasus mercados temáticos, mediante la
que solicita autorización para la realización de un mercado medieval los días 16, 17 y 18
de diciembre de 2016,
Visto el informe favorable emitido por el Director de Cultura, de fecha 18 de noviembre
de 2016, en el que se expone que:
"(…) Pese a que no es un evento novedoso, consideramos interesante la propuesta de
celebrarlo en un barrio, Artekale (El Polígono), saliendo de la plaza de San Juan,
habitual sede de este tipo de actos.
El solicitante es una empresa con amplia experiencia en organización de ferias
medievales en municipios (incluido Bilbao), y manifiesta disponer de todos los seguros,
garantías higiénicas y documentación necesarios.
Solicitan tomas de agua y corriente, vallas y contenedores, pero ninguna aportación
económica."
Y visto el informe favorable del Jefe de la Policía Local de fecha 22 de noviembre de
2016,
La Junta de Gobierno Local por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Autorizar a Pegasus mercados temáticos, la realización de un mercado
medieval los días 16, 17 y 18 de diciembre de 2016, en lo que a la competencia
municipal respecta.
Segundo: Requerir al solicitante la presentación de un seguro de responsabilidad civil,
que deberá presentar previo a la celebración de la actividad, debiendo contactar con el
responsable municipal de prevención y cumplir las instrucciones que éste les transmita
en relación a las medidas de seguridad correspondientes.
Tercero: Dese traslado a la policía local y al responsable municipal de prevención, para
su conocimiento y efectos oportunos.
Tercero: Notifíquese al interesado con expresión de los recursos a que hubiera lugar..
PETICIÓN DE ETXERAT ELKARTEA DE AUTORIZACIÓN DE CELEBRACIÓN DE
COMIDA SOLIDARIA EN EL FRONTÓN DONIBANE BERRIA.
Dada cuenta de la instancia presentada por don Roberto López Zorrilla en
representación de Etxerat Elkartea, con entrada en el registro general municipal nº
2342 de 21 de noviembre de 2016, mediante la que solicita autorización para disponer
del frontón Donibane Berria el próximo sábado 28 de enero de 2017, a fin de celebrar
una comida y acto de solidaridad con los presos/as de Meatzaldea,
Considerando que la actividad propuesta no es un evento deportivo y por tanto no es
una actividad afecta al uso propio del frontón, y
Considerando que la misma tampoco incide en la dinamización cultural o deportiva
municipal.La Junta de Gobierno Local por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Denegar a Etxerat Elkartea la disposición del frontón Donibane Berria el
próximo sábado 28 de enero de 2017 para la celebración de una comida al no ser la
actividad propuesta la propia afecta al uso propio deportivo, ni darse las circunstancias
de excepcionalidad que justifiquen la autorización.
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Segundo: Notifíquese al interesado con expresión de los recursos a que hubiera lugar.
PETICIÓN DE D. ENRIQUE GONZÁLEZ DE DEVOLUCIÓN DE GARANTÍAS
DEFINITIVAS POR ADJUDICACIÓN DEL SERVICIO DE INSTALACIÓN DE
PUESTOS DE HELADOS EN ENTRADA CAMINO A LA ERMITA Y ENTRADA A LA
PLAYA DE LA ARENA.
Dada cuenta del escrito presentado por don Enrique González Vázquez, con entrada en
el Registro General de este Ayuntamiento número 2014 de fecha 13 de octubre de
2016, solicitando la devolución de las garantías definitivas, constituida por importe
total de 800,00€ como garantía depósito por la adjudicación del servicio de instalación
de puestos de helados en entrada camino a la Ermita y entrada a la playa de La Arena,
y visto el informe favorable emitido por el Aparejador Municipal, de fecha 21 de
noviembre de 2016,
La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Proceder a la devolución de las garantías definitivas solicitada.
Segundo: Dese traslado al Departamento de Intervención / Tesorería a los efectos
oportunos.
Tercero: Notifíquese al interesado, con expresión de los recursos a que hubiera lugar.
PETICIÓN DE CONSTRUCCIONES LA RIGADA, S.L. DE DEVOLUCIÓN DE
GARANTÍA DEFINITIVA POR LAS OBRAS DE REPARACIÓN DEL CAMINO A VÍA
CHIQUITA.
Dada cuenta del
escrito presentado por Juan Félix Lamborena Trueba, en
representación de Construcciones La Rigada, S.L., con entrada en el Registro General
de este Ayuntamiento número 1871 de fecha 15 de septiembre de 2016, solicitando la
devolución de la garantía definitiva, constituida por importe de 2.541,00€ para
garantizar la correcta ejecución de las obras de las obras de reparación del camino a
Vía Chiquita, y visto el informe favorable emitido por el Aparejador Municipal, de fecha
21 de noviembre de 2016
La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Proceder a la devolución de las garantías definitivas solicitada.
Segundo: Dese traslado al Departamento de Intervención / Tesorería a los efectos
oportunos.
Tercero: Notifíquese al interesado, con expresión de los recursos a que hubiera lugar.
APROBACIÓN, SI PROCEDE, DE LA 1ª CERTIFICACIÓN DE LAS OBRAS DE
MEJORA DE LA ILUMINACIÓN DE LOS PASOS DE PEATONES.
Dada cuenta de la 1ª certificación correspondiente a las obras de mejora de la
iluminación de los pasos de peatones, presentada por Consaudi Obra Civil, S.L., por
importe de 30.397,74 € (IVA incluido), y
Visto el informe favorable emitido por el Coordinador de Seguridad y Medioambiente de
fecha 23 de noviembre de 2016,
La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Prestarle total aprobación.
Segundo: Notifíquese el presente acuerdo al interesado, con expresión de los recursos a
que hubiera lugar.
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APROBACIÓN, SI PROCEDE, DE INICIO DE EXPEDIENTE DE ADJUDICACIÓN
DE APROVECHAMIENTOS FORESTALES.
Dada cuenta del escrito remitido por el Servicio de Montes de Bizkaia mediante el que
propone que se procede a la adjudicación de los aprovechamientos forestales que se
señalan,
La Junta de Gobierno Local por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Aprobar los pliegos de cláusulas administrativas particulares así como los
pliegos de condiciones técnicas remitidos por el Servicio de Montes de la Diputación
Foral de Bizkaia para la adjudicación de los aprovechamientos forestales y con los
presupuestos-tipo de licitación siguientes:
1.- Peña Chica nº 112, paraje La Rabuda. 37.480 € (IVA excluido).
2.- Bilotxi nº 116, paraje Bilotxi. 3.002 € (IVA excluido).
3.- Bilotxi nº 116, paraje Bilotxi. 627 € (IVA excluido).
4.- Bilotxi nº 116, paraje Bilotxi. 1.596 € (IVA excluido).
5.- Bilotxi nº 116, paraje Bilotxi. 10.8602 € (IVA excluido).
6.- Bilotxi nº 116, paraje Bilotxi. 2.4322 € (IVA excluido).
7.- Las Pozas nº 115, Carrascal. 1.520 € (IVA excluido).
8.- Las Pozas nº 115, paraje Rabociego. 2.250 € (IVA excluido).
9.- Las Pozas nº 115, paraje Riociego. 2.992 € (IVA excluido).
10.- Las Pozas nº 115, paraje Riociego. 850 € (IVA excluido).
11.- Bilotxi nº 116, paraje Edillo. 540 € (IVA excluido).
12.- Bilotxi nº 116, paraje La Casería. 3.200 € (IVA excluido).
13.- Bilotxi nº 116, paraje Los Vahos. 5.040 € (IVA excluido).
14.- Bilotxi nº 116, paraje El Campo. 544 € (IVA excluido).
15.- Picos de Kobaron nº 114, paraje La Kabila. 3.672 € (IVA excluido).
16.- Las Pozas nº 115, paraje La Sequilla. 2.603 €
17.- Bilotxi nº 116, paraje Nesilla. 5.616 € (IVA excluido).
18.- Bilotxi nº 116, paraje El Pobal. 3.348 € (IVA excluido).
Segundo: Aprobar como forma de adjudicación la de procedimiento negociado sin
publicidad.
Tercero: Aprobar la apertura del procedimiento de adjudicación con el cumplimiento de
todos sus trámites
APROBACIÓN, SI PROCEDE, DE INICIO DE EXPEDIENTE DE CONTRATACIÓN
DE LOS SERVICIOS POSTALES.
Dada cuenta de la necesidad de contratar los servicios postales puesta de manifiesto
por el Departamento de Secretaría, y
Visto el pliego de cláusulas-administrativas particulares elaborado al efecto por el que
se establece como procedimiento de adjudicación el negociado sin publicidad y
tramitación ordinaria, por tipo de licitación máxima de 25.000 euros (IVA excluido),
La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los presentes, acuerda:
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Primero: Aprobar el inicio de expediente para la adjudicación del contrato de servicios
postales, mediante procedimiento negociado sin publicidad por tipo de licitación
máximo de 25.000 (IVA excluido).
Segundo: Publicar el anuncio de licitación en el perfil del contratante del Ayuntamiento
de Muskiz.
Tercero: Devuélvase el expediente completo al departamento de origen.
APROBACIÓN, SI PROCEDE, DE FACTURAS Y GASTOS.
Se acuerda aprobar la relación de facturas 2016/000036, que consta de 16 páginas
formadas por 48 facturas y por importe total de 249.038,30 €.
Gastos:
Ceprenor. Señalización pasos de peatones, pintado parking mercadillo y otras
señalizaciones viarias
Fuera del orden del día y previa declaración de urgencia, se adoptaron los siguientes
acuerdos:
21.765,54 €
REQUERIMIENTO DE DOCUMENTACIÓN A ENVISER SERVICIOS MEDIO
AMBIENTALES S.A.U. EN EXPEDIENTE DE CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE
MANTENIMIENTO DE LOS ESPACIOS LIBRES, PARQUES, ZONAS
AJARDINADAS, TALUDES, CAMINOS Y ARBOLADO (JARDINERÍA) DEL
MUNICIPIO DE MUSKIZ.
Habiéndose tramitado la licitación para la adjudicación del servicio de mantenimiento de
los espacios libres, parques, zonas ajardinadas, taludes, caminos y arbolado (jardinería)
del municipio de Muskiz, mediante procedimiento abierto, según lo dispuesto para este
tipo de procedimiento en el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el
que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, y
Visto que por la empresa Enviser Servicios Medio Ambientales S.A.U, se ha presentado
la oferta económicamente más ventajosa que asciende a un importe total IVA
EXCLUIDO de 1.401.611,88 €,
Visto el artículo 151.2 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el
que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, en virtud
del cual se establece que el órgano de contratación requerirá al licitador que haya
presentado la oferta económicamente más ventajosa para que dentro del plazo de diez
días hábiles, a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el
requerimiento, presente la documentación justificativa de hallarse al corriente en el
cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social o autorice al
órgano de contratación para obtener de forma directa la acreditación de ello, de
disponer efectivamente de los medios que se hubiese comprometido a dedicar o
adscribir a la ejecución del contrato conforme al artículo 64.2 del Texto Refundido de la
Ley de Contratos del Sector Público, y de haber constituido la garantía definitiva que
sea procedente, y
Visto el artículo 146.4 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el
que se establece que el licitador a cuyo favor recaiga la propuesta de adjudicación,
deberá acreditar ante el órgano de contratación, previamente a la adjudicación del
contrato, la posesión y validez de los documentos exigidos en el pliego de contratación,
sobre los que realizó declaración responsable y en concreto, los siguientes:
a) Los que acrediten la personalidad jurídica del empresario y, en su caso, su
representación.
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b) Los que acrediten la clasificación de la empresa, en su caso, o justifiquen los
requisitos de su solvencia económica, financiera y técnica o profesional, presentando
los certificados acreditativos correspondientes previstos en la carátula del pliego de
contratación.
c) Una declaración responsable de no estar incurso en prohibición de contratar.
d) Para las empresas extranjeras, en los casos en que el contrato vaya a ejecutarse en
España, la declaración de someterse a la jurisdicción de los juzgados y tribunales
españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o
indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional
extranjero que pudiera corresponder al licitante.
La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Requerir a Enviser Servicios Medio Ambientales S.A.U a que dentro del plazo
de diez días hábiles, a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el
requerimiento, presente la documentación justificativa de hallarse al corriente en el
cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social o autorice al
órgano de contratación para obtener de forma directa la acreditación de ello, de
disponer efectivamente de los medios que se hubiese comprometido a dedicar o
adscribir a la ejecución del contrato conforme al artículo 64.2 del Texto Refundido de la
Ley de Contratos del Sector Público, y de haber constituido la garantía definitiva que
sea procedente, así como la acreditación de la documentación referida en el
anteriormente citado artículo 146 apartado cuarto del Real Decreto Legislativo 3/2011,
de 14 de noviembre exigida en el pliego de contratación que rige la licitación y sobre la
que el licitador cuya oferta ha resultado la más ventajosa realizó declaración
responsable.
De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se
entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose en ese caso a recabar la
misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado
clasificadas las ofertas.
Segundo: Dese traslado al Departamento de Tesorería, a fin de que informe sobre el
cumplimiento de lo dispuesto en el apartado anterior.
Tercero: Dese traslado al Departamento de Contratación, a fin de que informe sobre el
cumplimiento de lo dispuesto en el apartado primero y en concreto, de la presentación
por el adjudicatario de la documentación prevista en el artículo 146.4 del Real Decreto
Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre.
ADJUDICACIÓN DE LAS OBRAS DE RENOVACIÓN INTEGRAL DE LOS BAÑOS
DE LA PLANTA BAJA DEL POLIDEPORTIVO.
En base a lo dispuesto en los artículos 111 y 138.3 del Texto Refundido de la Ley de
Contratos del Sector Público regulado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de
noviembre, referente a los contratos menores, y visto el informe emitido por el Director
de Cultura de fecha 24 de noviembre de 2016,
La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Adjudicar el contrato de obras de renovación integral de los baños de la planta
baja del polideportivo a la empresa Mendizábal, excavaciones, obras y servicios, S.L.
por un precio de 17.148,72 € IVA EXCLUIDO.
Segundo: La duración del presente contrato no podrá exceder de un año sin que pueda
ser objeto de prórroga alguna o de revisión de precios.
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Tercero: Dese traslado al Responsable de Prevención de Riesgos Laborales, así como al
Departamento de Contabilidad, a los efectos oportunos.
Cuarto: Notifíquese el presente acuerdo al adjudicatario con indicación de que con
carácter previo al comienzo de los trabajos, deberá cumplimentarse la comunicación de
apertura del centro de trabajo debiendo exponerse en la obra en lugar visible y
manteniéndose permanentemente actualizada en el caso de que se produzcan cambios
no identificados inicialmente.
ADJUDICACIÓN DE LAS OBRAS DE ADECUACIÓN DE CUADROS DE MANDO
(CM) DE LA FASE I LED.
En base a lo dispuesto en los artículos 111 y 138.3 del Texto Refundido de la Ley de
Contratos del Sector Público regulado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de
noviembre, referente a los contratos menores, y visto el informe emitido por el
Aparejador Municipal de fecha 23 de noviembre de 2016,
La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Adjudicar el contrato de obras de adecuación de cuadros de mando (CM) de la
fase I LED a la empresa Giroa Veolia por un precio de 49.687,78 € IVA EXCLUIDO.
Segundo: La duración del presente contrato no podrá exceder de un año sin que pueda
ser objeto de prórroga alguna o de revisión de precios.
Tercero: Dese traslado al Responsable de Prevención de Riesgos Laborales, así como al
Departamento de Contabilidad, a los efectos oportunos.
Cuarto: Notifíquese el presente acuerdo al adjudicatario con indicación de que con
carácter previo al comienzo de los trabajos, deberá cumplimentarse la comunicación de
apertura del centro de trabajo debiendo exponerse en la obra en lugar visible y
manteniéndose permanentemente actualizada en el caso de que se produzcan cambios
no identificados inicialmente.
Y no habiendo más asuntos que tratar, el señor Presidente dio por terminada la
sesión, a las once horas y treinta minutos, extendiéndose la presente acta, de que yo,
la Secretaria, certifico.
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ACTA Nº 40
AYUNTAMIENTO DE MUSKIZ
En Muskiz, a 30 de noviembre de dos mil catorce, siendo las doce horas de la
mañana, se reunió la Junta de Gobierno Local, bajo la presidencia del señor Alcalde,
don Borja Liaño Abarrategi, y con asistencia de los señores Tenientes de Alcalde don
Eduardo Briones Lerchundi y don Rufino Manterola Lejarza, para celebrar sesión
extraordinaria urgente, en primera convocatoria, y con asistencia de la señora
Secretaria General, doña Itxaso Apraiz Yáñez, y el señor Interventor Municipal don
Mario Lanbarri Martín.
Declarado abierto el acto por el señor Presidente, se procede a la ratificación de
la urgencia de la convocatoria, que fue aprobada por unanimidad de los presentes,
procediéndose a someter a aprobación los siguientes asuntos:
ADJUDICACIÓN, SI PROCEDE, DE OBRAS DE REVEGETACIÓN Y REPOSICIÓN
DE CIERRES EN LAS LADERAS DEL MONTE JANEO Y PICO RAMOS.
En base a lo dispuesto en los artículos 111 y 138.3 del Texto Refundido de la Ley de
Contratos del Sector Público regulado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de
noviembre, referente a los contratos menores, y visto el informe emitido por el
Coordinador de Medioambiente, emergencias y salud laboral, de fecha 1 de diciembre
de 2016,
La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Adjudicar el contrato de obras de revegetación y reposición de cierres en las
laderas del monte Janeo y Pico Ramos a la empresa Talaia Paisaje y Medio Ambiente,
S.L. por un precio de 11.614,,60 € IVA EXCLUIDO.
Segundo: La duración del presente contrato no podrá exceder de un año sin que pueda
ser objeto de prórroga alguna o de revisión de precios.
Tercero: Dese traslado al Responsable de Prevención de Riesgos Laborales, así como al
Departamento de Contabilidad, a los efectos oportunos.
Cuarto: Notifíquese el presente acuerdo al adjudicatario con indicación de que con
carácter previo al comienzo de los trabajos, deberá cumplimentarse la comunicación de
apertura del centro de trabajo debiendo exponerse en la obra en lugar visible y
manteniéndose permanentemente actualizada en el caso de que se produzcan cambios
no identificados inicialmente.
REQUERIMIENTO DE DOCUMENTACIÓN A INSTALACIONES ELÉCTRICAS
MUSKIZ, S. COOP. EN EXPEDIENTE DE CONTRATACIÓN DEL SUMINISTRO E
INSTALACIÓN DEL ALUMBRADO NAVIDEÑO.
Habiéndose tramitado la licitación para la adjudicación del suministro e instalación del
alumbrado navideño, mediante procedimiento negociado sin publicidad, según lo
dispuesto para este tipo de procedimiento en el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14
de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del
Sector Público, y
Visto que por la empresa Instalaciones Eléctricas Muskiz S. Coop., se ha presentado la
oferta económicamente más ventajosa que asciende a un importe total IVA EXCLUIDO
de 32.915,00 €,
Visto el artículo 151.2 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el
que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, en virtud
del cual se establece que el órgano de contratación requerirá al licitador que haya
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presentado la oferta económicamente más ventajosa para que dentro del plazo de diez
días hábiles, a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el
requerimiento, presente la documentación justificativa de hallarse al corriente en el
cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social o autorice al
órgano de contratación para obtener de forma directa la acreditación de ello, de
disponer efectivamente de los medios que se hubiese comprometido a dedicar o
adscribir a la ejecución del contrato conforme al artículo 64.2 del Texto Refundido de la
Ley de Contratos del Sector Público, y de haber constituido la garantía definitiva que
sea procedente, y
Visto el artículo 146.4 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el
que se establece que el licitador a cuyo favor recaiga la propuesta de adjudicación,
deberá acreditar ante el órgano de contratación, previamente a la adjudicación del
contrato, la posesión y validez de los documentos exigidos en el pliego de contratación,
sobre los que realizó declaración responsable y en concreto, los siguientes:
a) Los que acrediten la personalidad jurídica del empresario y, en su caso, su
representación.
b) Los que acrediten la clasificación de la empresa, en su caso, o justifiquen los
requisitos de su solvencia económica, financiera y técnica o profesional, presentando
los certificados acreditativos correspondientes previstos en la carátula del pliego de
contratación.
c) Una declaración responsable de no estar incurso en prohibición de contratar.
d) Para las empresas extranjeras, en los casos en que el contrato vaya a ejecutarse en
España, la declaración de someterse a la jurisdicción de los juzgados y tribunales
españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o
indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional
extranjero que pudiera corresponder al licitante.
La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Requerir a Instalaciones Eléctricas Muskiz, S.Coop. a que dentro del plazo de
diez días hábiles, a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el
requerimiento, presente la documentación justificativa de hallarse al corriente en el
cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social o autorice al
órgano de contratación para obtener de forma directa la acreditación de ello, de
disponer efectivamente de los medios que se hubiese comprometido a dedicar o
adscribir a la ejecución del contrato conforme al artículo 64.2 del Texto Refundido de la
Ley de Contratos del Sector Público, y de haber constituido la garantía definitiva que
sea procedente, así como la acreditación de la documentación referida en el
anteriormente citado artículo 146 apartado cuarto del Real Decreto Legislativo 3/2011,
de 14 de noviembre exigida en el pliego de contratación que rige la licitación y sobre la
que el licitador cuya oferta ha resultado la más ventajosa realizó declaración
responsable.
De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se
entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose en ese caso a recabar la
misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado
clasificadas las ofertas.
Segundo: Dese traslado al Departamento de Tesorería, a fin de que informe sobre el
cumplimiento de lo dispuesto en el apartado anterior.
Tercero: Dese traslado al Departamento de Contratación, a fin de que informe sobre el
cumplimiento de lo dispuesto en el apartado primero y en concreto, de la presentación
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por el adjudicatario de la documentación prevista en el artículo 146.4 del Real Decreto
Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre.
REQUERIMIENTO DE DOCUMENTACIÓN A KREA COMUNICACIÓN, S.L. EN
EXPEDIENTE DE ADJUDICACIÓN DEL SERVICIO DE REDACCIÓN, DISEÑO
GRÁFICO, IMPRESIÓN DE LA REVISTA MUNICIPAL Y ACTUALIZACIÓN DE
LAS NOTICIAS EN LA PÁGINA WEB MUNICIPAL.
Habiéndose tramitado la licitación para la adjudicación del servicio de redacción, diseño
gráfico, impresión de la revista municipal y actualización de las noticias en la página
Web, mediante procedimiento negociado sin publicidad, según lo dispuesto para este
tipo de procedimiento en el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el
que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, y
Visto que por la empresa Krea Comunicación, S.L., se ha presentado la oferta
económicamente más ventajosa que asciende a un importe total IVA EXCLUIDO de
40.860,00 €,
Visto el artículo 151.2 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el
que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, en virtud
del cual se establece que el órgano de contratación requerirá al licitador que haya
presentado la oferta económicamente más ventajosa para que dentro del plazo de diez
días hábiles, a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el
requerimiento, presente la documentación justificativa de hallarse al corriente en el
cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social o autorice al
órgano de contratación para obtener de forma directa la acreditación de ello, de
disponer efectivamente de los medios que se hubiese comprometido a dedicar o
adscribir a la ejecución del contrato conforme al artículo 64.2 del Texto Refundido de la
Ley de Contratos del Sector Público, y de haber constituido la garantía definitiva que
sea procedente, y
Visto el artículo 146.4 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el
que se establece que el licitador a cuyo favor recaiga la propuesta de adjudicación,
deberá acreditar ante el órgano de contratación, previamente a la adjudicación del
contrato, la posesión y validez de los documentos exigidos en el pliego de contratación,
sobre los que realizó declaración responsable y en concreto, los siguientes:
a) Los que acrediten la personalidad jurídica del empresario y, en su caso, su
representación.
b) Los que acrediten la clasificación de la empresa, en su caso, o justifiquen los
requisitos de su solvencia económica, financiera y técnica o profesional, presentando
los certificados acreditativos correspondientes previstos en la carátula del pliego de
contratación.
c) Una declaración responsable de no estar incurso en prohibición de contratar.
d) Para las empresas extranjeras, en los casos en que el contrato vaya a ejecutarse en
España, la declaración de someterse a la jurisdicción de los juzgados y tribunales
españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o
indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional
extranjero que pudiera corresponder al licitante.
La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Requerir a Krea Comunicación, S.L. a que dentro del plazo de diez días
hábiles, a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento,
presente la documentación justificativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de
3
sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social o autorice al órgano de
contratación para obtener de forma directa la acreditación de ello, de disponer
efectivamente de los medios que se hubiese comprometido a dedicar o adscribir a la
ejecución del contrato conforme al artículo 64.2 del Texto Refundido de la Ley de
Contratos del Sector Público, y de haber constituido la garantía definitiva que sea
procedente, así como la acreditación de la documentación referida en el anteriormente
citado artículo 146 apartado cuarto del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de
noviembre exigida en el pliego de contratación que rige la licitación y sobre la que el
licitador cuya oferta ha resultado la más ventajosa realizó declaración responsable.
De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se
entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose en ese caso a recabar la
misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado
clasificadas las ofertas.
Segundo: Dese traslado al Departamento de Tesorería, a fin de que informe sobre el
cumplimiento de lo dispuesto en el apartado anterior.
Tercero: Dese traslado al Departamento de Contratación, a fin de que informe sobre el
cumplimiento de lo dispuesto en el apartado primero y en concreto, de la presentación
por el adjudicatario de la documentación prevista en el artículo 146.4 del Real Decreto
Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre.
PETICIÓN DE DON ANTONIO MARÍA RODRÍGUEZ DE AUTORIZACIÓN DE
INSTALACIÓN DE CHURRERÍA EN EL PARKING DE EL CRUCERO DURANTE EL
MES DE DICIEMBRE DE 2016.
Dada cuenta de la instancia presentada por don Antonio María Rodríguez de Los
Ángeles, con entrada en el registro general municipal número 2337 de fecha 18 de
noviembre de 2016, mediante la que solicita autorización para la instalación de un
puesto de 04x03 para venta de churros, junto al kiosco del parking de El Crucero
durante el mes de diciembre de 2016, presentando la documentación preceptiva, y
Visto el informe emitido por el Jefe de la Policía Local de fecha 18 de noviembre de
2016,
La Junta de Gobierno Local por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Autorizar a don Antonio María Rodríguez de Los Ángeles la instalación de un
puesto de venta de churros de 04x03 en el parking de El Crucero, en lo que a la
competencia municipal se refiere, debiendo abonar la tasa correspondiente.
Segundo: El interesado deberá cumplir los requisitos higiénico-sanitarios o de otra
índole que establezcan las normas específicas relativas a los productos comercializados
e instalaciones.
Tercero: Previo a la instalación, deberá ponerse en contacto con la Policía Local a fin de
determinar el lugar exacto don de se colocará la misma.
Cuarto: Dese traslado al departamento de tesorería y a la Policía Local a los efectos
oportunos.
Quinto: Notifíquese al interesado con expresión de los recursos a que hubiera lugar.
Y no habiendo más asuntos que tratar, el señor Presidente dio por terminada la
sesión, a las doce horas y cuarenta minutos, extendiéndose la presente acta, de que
yo, la Secretaria General, certifico.
4
ACTA Nº 41
AYUNTAMIENTO DE MUSKIZ
En Muskiz, a cinco de diciembre de dos mil dieciséis, siendo las diez horas de la
mañana, se reunió la Junta de Gobierno Local, bajo la presidencia del señor Alcalde,
don Borja Liaño Abarrategi, y con asistencia de los señores Tenientes de Alcalde, don
Eduardo Briones Lerchundi, don Rufino Manterola Lejarza y don Unai Landaburu Izar de
La Fuente, para celebrar sesión ordinaria, en primera convocatoria, y con asistencia del
señor Secretario Accidental don José Félix Markaida Uriarte.
LECTURA Y APROBACIÓN, SI PROCEDE, DEL ACTA DE LA SESIÓN CELEBRADA
EL VEINTIOCHO DE NOVIEMBRE DE 2016.
Declarado abierto el acto por el señor Presidente, de su orden se dio lectura al acta de
la sesión celebrada el día veintiocho de noviembre, que fue aprobada por unanimidad.
LECTURA Y APROBACIÓN, SI PROCEDE, DEL ACTA DE LA SESIÓN
EXTRAORDINARIA URGENTE CELEBRADA EL TREINTA DE NOVIEMBRE DE
2016.
Seguidamente, se dio lectura al acta de la sesión extraordinaria urgente celebrada el
día treinta de noviembre, que fue aprobada por unanimidad.
APROBACIÓN, SI PROCEDE, DE INICIO DE EXPEDIENTE DE CONTRATACIÓN
DEL SUMINISTRO DE VEHÍCULO HÍBRIDO PARA LA POLICÍA LOCAL.
La Junta de Gobierno Local por unanimidad de los presentes, acuerda dejar el presente
asunto sobre la mesa
ADJUDICACIÓN, SI PROCEDE, DEL SUMINISTRO E INSTALACIÓN DEL
ALUMBRADO NAVIDEÑO.
Habiéndose tramitado procedimiento negociado sin publicidad, y siendo la forma de
adjudicación la de concurso, según lo dispuesto para este tipo de procedimientos en el
Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto
Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público,
Vistas las ofertas presentadas para la adjudicación del contrato de suministro e
instalación del alumbrado navideño, y
Visto que por
Instalaciones Eléctricas Muskiz, S. Coop. se ha procedido a la
presentación en plazo de la documentación requerida mediante acuerdo de Junta de
Gobierno Local de fecha 30 de noviembre de 2016,
La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Adjudicar, definitivamente, el contrato de suministro e instalación del
alumbrado navideño, a Instalaciones Eléctricas Muskiz, S. Coop., por un importe de
32.915,00€, IVA EXCLUIDO.
Segundo: Dese traslado al Responsable de Prevención de Riesgos Laborales, así como
al Departamento de Contabilidad, a los efectos oportunos.
Tercero: Notifíquese el presente acuerdo al adjudicatario y al resto de licitadores.
Cuarto: Publíquese en el Perfil del Contratante.
Quinto: Emplazar a la empresa Instalaciones Eléctricas Muskiz, S. Coop. para la
formalización del contrato, en un plazo no superior a los quince días hábiles siguientes
a aquel en que se reciba la notificación del presente acuerdo.
1
ADJUDICACIÓN, SI PROCEDE, DEL SERVICIO DE REDACCIÓN, DISEÑO
GRÁFICO, IMPRESIÓN DE LA REVISTA MUNICIPAL Y ACTUALIZACIÓN DE
LAS NOTICIAS EN LA PÁGINA WEB MUNICIPAL.
Habiéndose tramitado procedimiento negociado sin publicidad, y siendo la forma de
adjudicación la de concurso, según lo dispuesto para este tipo de procedimientos en el
Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto
Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público,
Vistas las ofertas presentadas para la adjudicación del contrato de servicio de
redacción, diseño gráfico, impresión de la revista municipal y actualización de las
noticias en la página Web municipal, y
Visto que por Krea Comunicación, S.L. se ha procedido a la presentación en plazo de la
documentación requerida mediante acuerdo de Junta de Gobierno Local de fecha 30 de
noviembre de 2016,
La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Adjudicar, definitivamente, el contrato de servicio de redacción, diseño gráfico,
impresión de la revista municipal y actualización de las noticias en la página Web
municipal, a Krea Comunicación, S.L., por un importe de 40.860,00 €, IVA EXCLUIDO.
Segundo: Dese traslado al Responsable de Prevención de Riesgos Laborales, así como
al Departamento de Contabilidad, a los efectos oportunos.
Tercero: Notifíquese el presente acuerdo al adjudicatario y al resto de licitadores.
Cuarto: Publíquese en el Perfil del Contratante.
Quinto: Emplazar a la empresa Krea Comunicación, S.L. para la formalización del
contrato, en un plazo no superior a los quince días hábiles siguientes a aquel en que se
reciba la notificación del presente acuerdo.
RECLAMACIÓN PATRIMONIAL DE HORMIGONES SOPUERTA, S.L..
Visto el expediente seguido a instancia de don Francisco José Portugués Otxoa, en
nombre y representación de la mercantil Hormigones Sopuerta, S.L., con el fin de
determinar la responsabilidad patrimonial de este Ayuntamiento de Muskiz,
Resultando que mediante escrito presentado en fecha 26 de enero de 2016 se solicitó
de este Ayuntamiento que se procediera a reconocer a Hormigones Sopuerta, S.L., el
derecho a ser indemnizada con 25.349,80 euros, por los daños y perjuicios sufridos
como consecuencia del accidente acaecido el día 22 de enero de 2015, por un camión
hormigonera de su propiedad al ceder la calzada por la que circulaba, al ser
subcontratado por la empresa Excavaciones y Desmontes Ederra (Raúl Fernández
Martínez) precisamente para su arreglo,
Resultando que el día de los hechos aún no se había procedido ni a la formalización del
contrato, ni realizado el preceptivo replanteo de obra, ni realizada la correspondiente
apertura del centro de trabajo, y en consecuencia no procedía el inicio de la ejecución
de la obra, ni especialmente el hormigonado,
Resultando que, en concreto, el día de los hechos, debido a las fuertes y persistentes
lluvias, del día anterior y de ese mismo día, el técnico municipal había restringido los
hormigonados al aire libre en todas las obras municipales,
Resultando que, mediante escrito presentado en el trámite de audiencia, Excavaciones
y Desmontes Ederra (Raúl Fernández Martínez) expone que el camión de Hormigones
2
Sopuerta, S.L. se accidentó por responsabilidad absoluta de su conductor, quien, a su
juicio, llevó a cabo su labor de forma, cuando menos, poco diligente para la conducción
de un vehículo de cuatro ejes,
Considerando que el artículo 20.1 del pliego de cláusulas administrativas particulares
que reguló la adjudicación de las “obras de mejora del camino de Vía Chiquita a
Kobaron” establece que el adjudicatario queda obligado a suscribir, dentro del plazo
establecido en el artículo 156 del TRLCSP el documento administrativo de formalización
del contrato,
Considerando que el artículo 21.1 del citado pliego establece que la Administración
procederá, en presencia del contratista, a efectuar la comprobación del replanteo
antedicho en el punto 2º que una vez realizado se dará por el director de la obra
autorización para iniciar los trabajos, empezándose a contar desde entonces el plazo de
ejecución. Es decir, se requiere previamente al inicio de las obras, la realización de la
comprobación del replanteo,
Considerando que el artículo 4 de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por uso o
aprovechamiento especial de caminos de titularidad o administración municipal de
Muskiz, vigente el día 22 de enero de 2015, prohíbe el uso de camiones de más de 26
toneladas de peso máximo bruto y de camiones de más de tres ejes, supuesto en el
que entra el camión siniestrado que es de cuatro ejes,
Considerando que conforme a lo dispuesto en el artículo 3.1 k) de la Ley 9/2004, de 24
de noviembre, de la Comisión Jurídica Asesora de Euskadi, es preceptiva la intervención
de esta Comisión, que ha emitido dictamen del siguiente contenido:
“(…)
29. En el presente caso, el accidente no se produjo porque la ejecución del contrato se
iniciase antes de su formalización o de la realización del replanteo. Tampoco las
medidas de seguridad cuya ausencia se denuncia tenían como objetivo evitar una
maniobra como la ocurrida con un elemento que no es ajeno a la obra, sino que
participaba en la misma.
30. El accidente se produjo como consecuencia del desprendimiento del pavimento de
hormigón, al acercarse el vehículo en exceso al borde del mismo con un peso – incluida
la carga de hormigón – que resultó excesivo. Es evidente que, si el contrato no se
hubiera iniciado, el siniestro no se hubiera producido, pero igualmente puede afirmarse
que el accidente no se hubiera evitado por haberse formalizado el contrato y el
replanteo, o por haberse asegurado el perímetro de la obra, como preveía el proyecto.
Incluso habiendo cumplido con los trámites propios de la contratación y adoptando las
medidas de cerramiento que preveía el proyecto, el camión hormigonera hubiera
accedido a la obra igualmente, dado que pretendía suministrar el hormigón necesario
para su ejecución.
31. Lo que resulta determinante, a juicio de esta Comisión, es la maniobra realizada y el
peso del vehículo; aspectos ambos que cuya responsabilidad debe atribuirse a la
empresa H.S.S.L.
(…)
CONCLUSIÓN
En atención a cuanto antecede, esta Comisión considera que no existe responsabilidad
patrimonial del Ayuntamiento de Muskiz en relación con la reclamación de
responsabilidad patrimonial presentada por los daños sufridos por la empresa SL.”
3
Vistos los antecedentes incoados y consecuentemente con lo dispuesto en el artículo
139 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico y Procedimiento
Administrativo Común, que dispone que los particulares tendrán derecho a ser
indemnizados por las Administraciones Públicas correspondientes, de toda lesión que
sufra en sus bienes y derechos, salvo en los casos de fuerza mayor, siempre que la
lesión sea consecuencia del funcionamiento normal o anormal de los servicios públicos,
de lo que se desprende que la relación de causalidad es requisito imprescindible para
reconocer la responsabilidad de la Administración Pública, y en el presente caso, se ha
acreditado que el accidente se debió a la negligencia de la empresa Hormigones
Sopuerta, y de su conductor, que accedió al camino sin haberse cumplido con los
requisitos para ello y con un camión no autorizado para ello y sin las autorizaciones
municipales, Y
Vista la propuesta de resolución desestimatoria elevada por el Técnico de
Administración Especial, en fecha 30 de noviembre de 2016,
La Junta de Gobierno Local por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Desestimar la reclamación sobre responsabilidad patrimonial presentada por
don Francisco José Portugués Otxoa, en nombre y representación de la mercantil
Hormigones Sopuerta, S.L. por los daños y perjuicios sufridos como consecuencia del
accidente sufrido el día 22 de enero de 2015 por un camión hormigonera de 4 ejes de
su propiedad, al no existir responsabilidad del Ayuntamiento de Muskiz, puesto que ni
se había formalizado el contrato, ni realizado el acta de replanteo, ni realizada la
preceptiva apertura de centro de trabajo y se había utilizado un camión de 4 ejes por
un camino de titularidad municipal en el que estaba prohibido su uso.
Segundo Notificar esta resolución al reclamante con señalamiento de los recursos a que
hubiera lugar.
PETICIÓN DE CONSTRUCCIONES LAUMORA, S.L. DE DEVOLUCIÓN DE
GARANTÍA DEFINITIVA DE LAS OBRAS DE REPARACIÓN DE HUMEDADES EN
EL IES MUSKIZ.
Dada cuenta del escrito presentado por Construcciones Laumora, S.L., con entrada en
el Registro General de este Ayuntamiento número 1865 de fecha 14 de septiembre de
2016, solicitando la devolución de la garantía definitiva, constituida por importe de
5.751,66€ para garantizar la correcta ejecución de las obras de reparación de
humedades en el Instituto de Educación Secundaria de Muskiz, y visto el informe
favorable emitido por el Aparejador Municipal, de fecha 29 de noviembre de 2016,
La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Proceder a la devolución de la garantía definitiva solicitada.
Segundo: Dese traslado al Departamento de Intervención / Tesorería a los efectos
oportunos.
Tercero: Notifíquese al interesado, con expresión de los recursos a que hubiera lugar.
PETICIÓN DE ACEPTACIÓN DE RENUNCIA A APROVECHAMIENTO DE
TERRENO COMUNAL EN LA CAMPA.
Dada cuenta de la instancia presentada, con entrada en el registro general municipal
número 2414 de fecha 29 de noviembre de 2016, mediante la que solicita la aceptación
de renuncia al aprovechamiento del terreno comunal correspondiente a la subparcela q)
de la parcela 250 del polígono 9, sita en el paraje La Campa de 50 áreas de superficie,
que tiene concedido, y
4
Visto el informe favorable emitido por el Técnico de Administración Especial de fecha 30
de noviembre de 2016, en el que se expone que:
"(…) no hay inconveniente en aceptar la renuncia, causando baja en el padrón (…)"
La Junta de Gobierno Local por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Aceptar la renuncia presentada, al aprovechamiento del terreno comunal que
tiene concedido, correspondiente a la subparcela q) de la parcela 250 del polígono 9,
sita en el paraje La Campa de 50 áreas de superficie, causando baja en el padrón de
aprovechamiento de terrenos comunales.
Segundo: Dese traslado al departamento de recaudación a los efectos oportunos.
Tercero: Notifíquese al interesado con expresión de los recursos a que hubiera lugar.
PETICIÓN DE ACEPTACIÓN DE RENUNCIA A VARIOS APROVECHAMIENTOS
COMUNALES.
Dada cuenta de la instancia presentada, con entrada en el registro general municipal
número 24155 de fecha 29 de noviembre de 2016, mediante la que solicita la
aceptación de renuncia al aprovechamiento de los terrenos comunales que tiene
concedido, correspondiente a la parcela 452, del polígono 2, paraje Kobaron; parcela
556, subparcela c) del polígono 2, paraje Morenillo; parcela 464 del polígono 2, paraje
Kobaron; y parcela 451 subparcelas a), f), y g) del polígono 2, paraje Kobaron,
Visto el informe favorable emitido por el Técnico de Administración Especial de fecha 30
de noviembre de 2016, en el que se expone que:
"(…) no hay inconveniente en aceptar la renuncia, causando baja en el padrón (…)"
La Junta de Gobierno Local por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Aceptar la renuncia presentada, al aprovechamiento de los terrenos comunales
que tiene concedido, correspondiente a la parcela 452, del polígono 2, paraje Kobaron;
parcela 556, subparcela c) del polígono 2, paraje Morenillo; parcela 464 del polígono 2,
paraje Kobaron; y parcela 451 subparcelas a), f), y g) del polígono 2, paraje Kobaron,
causando baja en el padrón de aprovechamiento de terrenos comunales.
Segundo: Dese traslado al departamento de recaudación a los efectos oportunos.
Tercero: Notifíquese al interesado con expresión de los recursos a que hubiera lugar.
APROBACIÓN, SI PROCEDE, DE FACTURAS Y GASTOS.
Se acuerda aprobar la relación de facturas 2016/000037, que consta de 16 páginas
formadas por 39 facturas y por importe total de 91.533,19 €.
Gastos:
Suministro lotes navideños
11.400,00 €
Giroa, S.A. Instalación sistema de climatización de pediatría del ambulatorio de Muskiz
12.578,49 €
Fuera del orden del día y previa declaración de urgencia, se adoptaron los siguientes
acuerdos:
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APROBACIÓN DE CONVENIO PARA LA COFINANCIACIÓN, EJECUCIÓN Y
JUSTIFICACIÓN DE LAS ACCIONES LOCALES DE PROMOCIÓN DEL EMPLEO
APROBADAS POR LANBIDE SERVICIO VASCO DE EMPLEO.
Dada cuenta del expediente tramitado aprobación del convenio para la cofinanciación,
ejecución y justificación de las acciones locales de promoción del empleo aprobadas por
Lanbide Servicio Vasco de Empleo (expte. Nº R/16-LPE-10-B) e inicio de expediente de
aprobación de gasto por importe de 105.345,36, y
Vista la propuesta de resolución favorable elevada por la Secretaria General, de fecha 2
de diciembre de 2016,
La Junta de Gobierno Local por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Aprobar el convenio para la cofinanciación, ejecución y justificación de las
acciones locales de promoción del empleo aprobadas por Lanbide Servicio Vasco de
Empleo (EXPTE. Nº R/16-LPE-10-B).
Segundo: Autorizar a FORLAN para la ejecución del citado convenio por importe de
105.345,36 euros en concepto de cofinanciación, ejecución y justificación de las
acciones locales de promoción del empleo aprobadas por Lanbide Servicio Vasco de
Empleo (EXPTE. Nº R/16-LPE-10-B).
Tercero: Facultar al Alcalde para la firma de cuantos documentos resulten del presente
acuerdo.
Cuarto: Dar traslado del presente acuerdo a FORLAN.
Quinto: Dar traslado del presente acuerdo a los Ayuntamientos integrantes del Plan de
Empleo Comarcal de Meatzaldea Zona Minera.
Y no habiendo más asuntos que tratar, el señor Presidente dio por terminada la
sesión, a las once horas, extendiéndose la presente acta, de que yo, el Secretario
Accidental, certifico.
6
ACTA Nº 42
AYUNTAMIENTO DE MUSKIZ
En Muskiz, a diecinueve de diciembre de dos mil dieciséis, siendo las diez horas
de la mañana, se reunió la Junta de Gobierno Local, bajo la presidencia del señor
Alcalde, don Borja Liaño Abarrategi, y con asistencia de los señores Tenientes de
Alcalde, don Eduardo Briones Lerchundi, don Rufino Manterola Lejarza, don Unai
Landaburu Izar de La Fuente y don Gonzalo Riancho Ocejo, para celebrar sesión
ordinaria, en primera convocatoria, y con asistencia de la señora Secretaria General,
doña Itxaso Apraiz Yáñez y el señor Interventor don Mario Lanbarri Martín.
LECTURA Y APROBACIÓN, SI PROCEDE, DEL ACTA DE LA SESIÓN ANTERIOR.
Declarado abierto el acto por el señor Presidente, de su orden se dio lectura al acta de
la sesión anterior celebrada el día cinco de diciembre, que fue aprobada por
unanimidad.
ADJUDICACIÓN, SI PROCEDE, DE SUBVENCIONES PARA EL APRENDIZAJE DE
EUSKERA.
Dada cuenta de las peticiones presentadas en el plazo establecido para la concesión de
subvenciones para el aprendizaje de euskera a vecinos y vecinas de Muskiz, y
Visto el informe emitido por el Técnico de euskera, de fecha 14 de diciembre de 2016
La Junta de Gobierno Local por unanimidad de los presentes, acuerda: Primero:
Conceder 33 subvenciones por un importe total de 5.906,36€ y denegar una petición.
Tercero: Dese traslado al departamento de contabilidad a los efectos oportunos.
Cuarto: Notifíquese a los/as interesados/as con expresión de los recursos a que hubiera
lugar.
APROBACIÓN, SI PROCEDE, DEL CALENDARIO LABORAL PARA 2017.
Dada cuenta de la propuesta de calendario laboral para el año 2017,
Visto el informe favorable emitido por el Técnico de Administración Especial, de fecha
29 de noviembre de 2016, en el que se expone que:
"Se propone un calendario general con 222 días laborables de trabajo tras descontar los
días señalados como festivos por el Gobierno, los días 24 y 31 de diciembre y tres de
los cuatro días señalados como fiestas no oficiales (puentes) en los que la plantilla se
distribuirá de forma que en todos se presten los servicios municipales, trabajando cada
funcionario, uno de ellos obligatoriamente, de forma idéntica a como se ha venido
realizando en los últimos años.
El horario de entrada y de salida será igualmente como este año 2016, con una
flexibilidad, en la entrada de media hora de retraso, y en la salida desde las 14:30
10
horas hasta las 15:30, no computándose el tiempo fuera de estos horarios en el
calendario general.
Los funcionarios con calendarios especiales (centro de día, casa de cultura, Ikastola,
etc.) ajustarán su calendario al mismo número de días y horas trabajadas, todo ello en
función de las necesidades del servicio. Por su parte, la policía local dispondrá del
calendario propuesto por el Jefe, en el que se contará con 3 grupos, de forma que de
mañana, tarde y fines de semana habrá un mínimo de 2 agentes por turno y un
máximo de 3, siempre que no se produzcan bajas."
La Junta de Gobierno Local por unanimidad de los presentes, acuerda aprobar el
calendario laboral para el año 2017, en los términos descritos en el informe del Técnico
de Administración Especial antes citado.
APROBACIÓN, SI PROCEDE, DE DEVOLUCIÓN DE TASAS DE BASURA Y
CEMENTERIOS, EJERCICIO 2016.
Dada cuenta de las instancias presentadas dentro del plazo concedido para la
presentación de solicitudes para la devolución de las tasas de basura y cementerios
correspondientes a 2016, a aquellos contribuyentes que reúnan los requisitos para ser
beneficiarios de la exención prevista en la ordenanza fiscal reguladora de beneficios
fiscales, y
Vista la propuesta elevada por la Coordinadora del Área de Acción Social, de fecha 5 de
diciembre de 2016,
La Junta de Gobierno Local por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Proceder a la devolución de tasas a 61 solicitantes con un importe total de
3.677,01€.:
Segundo: Dese traslado al departamento de tesorería a los efectos oportunos.
Tercero: Notifíquese a los/as interesados/as con expresión de los recursos a que
hubiera lugar.
APROBACIÓN, SI PROCEDE, DE LA 2ª CERTIFICACIÓN DE LAS OBRAS DE
CANALIZACIÓN DE AGUA EN LA CAMPA.
Dada cuenta de la 2ª certificación correspondiente a las obras de canalización de agua
en La Campa, presentada por Excavaciones Bitram, S.L., por importe de 73.702,89 €
(IVA incluido), y
Visto el informe favorable emitido por el Aparejador Municipal, de fecha 2 de diciembre
de 2016,
La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Prestarle total aprobación.
Segundo: Notifíquese el presente acuerdo al interesado, con expresión de los recursos a
que hubiera lugar.
ADJUDICACIÓN, SI PROCEDE, DEL SERVICIO PARA DISEÑO, EJECUCIÓN Y
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EVALUACIÓN DEL PROGRAMA - SERVICIO ZAINDUZ EN EL MUNICIPIO DE
MUSKIZ.
Habiéndose tramitado procedimiento abierto, y siendo la forma de adjudicación la de
concurso, según lo dispuesto para este tipo de procedimientos en el Real Decreto
Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la
Ley de Contratos del Sector Público,
Vistas las ofertas presentadas para la adjudicación del contrato de servicio para diseño,
ejecución y evaluación del programa - servicio Zainduz en el municipio de Muskiz, y
Visto que por
Aurrerantz, S. Coop. de Iniciativa Social se ha procedido a la
presentación en plazo de la documentación requerida mediante acuerdo de Junta de
Gobierno Local de fecha 28 de noviembre de 2016,
La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Adjudicar, definitivamente, el contrato de servicio para diseño, ejecución y
evaluación del programa - servicio Zainduz en el municipio de Muskiz, a Aurrerantz, S.
Coop. de Iniciativa Social, por un importe de 14.126,00 € anuales, IVA EXCLUIDO, por
el plazo de dos años
Segundo: Dese traslado al Responsable de Prevención de Riesgos Laborales, así como
al Departamento de Contabilidad, a los efectos oportunos.
Tercero: Notifíquese el presente acuerdo al adjudicatario y al resto de licitadores.
Cuarto: Publíquese en el Perfil del Contratante.
Quinto: Emplazar a la empresa Aurrerantz, S. Coop. de Iniciativa Social para la
formalización del contrato, en un plazo no superior a los quince días hábiles siguientes
a aquel en que se reciba la notificación del presente acuerdo.
REQUERIMIENTO DE DOCUMENTACIÓN A SOCIEDAD ESTATAL CORREOS Y
TELÉGRAFOS, S.A. EN EXPEDIENTE DE CONTRATACIÓN DE LOS SERVICIOS
POSTALES.
Habiéndose tramitado la licitación para la adjudicación de los servicios postales,
mediante procedimiento negociado sin publicidad, según lo dispuesto para este tipo de
procedimiento en el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se
aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, y
Visto que por la empresa Sociedad Estatal Correos y Telégrafos, S.A., se ha presentado
la oferta económicamente más ventajosa,
Visto el artículo 151.2 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el
que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, en virtud
del cual se establece que el órgano de contratación requerirá al licitador que haya
presentado la oferta económicamente más ventajosa para que dentro del plazo de diez
días hábiles, a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el
requerimiento, presente la documentación justificativa de hallarse al corriente en el
cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social o autorice al
12
órgano de contratación para obtener de forma directa la acreditación de ello, de
disponer efectivamente de los medios que se hubiese comprometido a dedicar o
adscribir a la ejecución del contrato conforme al artículo 64.2 del Texto Refundido de la
Ley de Contratos del Sector Público, y de haber constituido la garantía definitiva que
sea procedente, y
Visto el artículo 146.4 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el
que se establece que el licitador a cuyo favor recaiga la propuesta de adjudicación,
deberá acreditar ante el órgano de contratación, previamente a la adjudicación del
contrato, la posesión y validez de los documentos exigidos en el pliego de contratación,
sobre los que realizó declaración responsable y en concreto, los siguientes:
a) Los que acrediten la personalidad jurídica del empresario y, en su caso, su
representación.
b) Los que acrediten la clasificación de la empresa, en su caso, o justifiquen los
requisitos de su solvencia económica, financiera y técnica o profesional, presentando
los certificados acreditativos correspondientes previstos en la carátula del pliego de
contratación.
c) Una declaración responsable de no estar incurso en prohibición de contratar.
d) Para las empresas extranjeras, en los casos en que el contrato vaya a ejecutarse en
España, la declaración de someterse a la jurisdicción de los juzgados y tribunales
españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o
indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional
extranjero que pudiera corresponder al licitante.
La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Requerir a Sociedad Estatal de Correos y Telégrafos, S.A. a que dentro del
plazo de diez días hábiles, a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido
el requerimiento, presente la documentación justificativa de hallarse al corriente en el
cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social o autorice al
órgano de contratación para obtener de forma directa la acreditación de ello, de
disponer efectivamente de los medios que se hubiese comprometido a dedicar o
adscribir a la ejecución del contrato conforme al artículo 64.2 del Texto Refundido de la
Ley de Contratos del Sector Público, y de haber constituido la garantía definitiva que
sea procedente, así como la acreditación de la documentación referida en el
anteriormente citado artículo 146 apartado cuarto del Real Decreto Legislativo 3/2011,
de 14 de noviembre exigida en el pliego de contratación que rige la licitación y sobre la
que el licitador cuya oferta ha resultado la más ventajosa realizó declaración
responsable.
De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se
entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose en ese caso a recabar la
misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado
clasificadas las ofertas.
13
Segundo: Dese traslado al Departamento de Tesorería, a fin de que informe sobre el
cumplimiento de lo dispuesto en el apartado anterior.
Tercero: Dese traslado al Departamento de Contratación, a fin de que informe sobre el
cumplimiento de lo dispuesto en el apartado primero y en concreto, de la presentación
por el adjudicatario de la documentación prevista en el artículo 146.4 del Real Decreto
Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre.
ADJUDICACIÓN, SI PROCEDE, DEL CONTRATO DE SERVICIO DE
MANTENIMIENTO DE LOS ASCENSORES DEL AYUNTAMIENTO DE MUSKIZ.
En base a lo dispuesto en los artículos 111 y 138.3 del Texto Refundido de la Ley de
Contratos del Sector Público regulado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de
noviembre, referente a los contratos menores, y visto el informe emitido por el
Aparejador Municipal de fecha 14 de diciembre de 2016,
La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Adjudicar el contrato de mantenimiento de los ascensores del Ayuntamiento
de Muskiz a la empresa Innova Elevator Group por un precio de 11.340,00 € IVA
EXCLUIDO.
Segundo: La duración del presente contrato no podrá exceder de un año sin que pueda
ser objeto de prórroga alguna o de revisión de precios.
Tercero: Dese traslado al Responsable de Prevención de Riesgos Laborales, así como al
Departamento de Contabilidad, a los efectos oportunos.
Cuarto: Notificar la presente al adjudicatario.
RECLAMACIÓN PATRIMONIAL.
Dada cuenta de la reclamación presentada, mediante la que solicita indemnización por
daños sufridos debido al mal estado en que se encontraba una alcantarilla en la calle La
Magdalena, con la que tropezó, y
Visto el informe favorable emitido por el Técnico de Administración Especial, de fecha
14 de diciembre de 2016,
La Junta de Gobierno Local por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Estimar la reclamación formulada y reconocer la responsabilidad patrimonial de
este Ayuntamiento de Muskiz.
Segundo: Fijar la cuantía de la indemnización de los daños en 300,00 € y proceder a su
abono, al no superar la cuantía establecida como franquicia en el contrato de seguro
que este Ayuntamiento tiene formalizado, y que es aceptada por la reclamante.
Tercero: Dar traslado de este acuerdo al área de Tesorería a los efectos oportunos.
Cuarto: Notifíquese a la interesada con expresión de los recursos a que hubiera lugar.
APROBACIÓN, SI PROCEDE, DE FACTURAS Y GASTOS.
Se acuerda aprobar la relación de facturas 2016/000038, que consta de 32 páginas
formadas por 187 facturas y por importe total de
678.486,59 €.
14
Gastos:
G. L. Arregialde Elkartea. Emergencia en Haití
8.000,00 €
Médicus Mundi Bizkaia. Apoyo a la recuperación médica y psicosocial de mujeres
víctimas de violencia con énfasis en adolescencia y juventud en el departamento de
Quetzaltenango, Guatemala. Fase II
15.556,62 €
Fuera del orden del día y previa declaración de urgencia, se adoptaron los siguientes
acuerdos:
APARCAMIENTO PERMANENTE DE CARAVANA EN TRASERA DE EL CRUCERO
3.
Dada cuenta del expediente tramitado en relación con la instalación sin licencia
municipal de una caravana en la parcela trasera de la calle El Crucero, nº 3 y,
Visto el informe emitido por el Arquitecto municipal Municipal de fecha 19 de diciembre
de 2016, en referencia al emplazamiento permanente de una caravana en la parcela
trasera de El Crucero, 3, en el que se expone que:
"(…)
1.- Calificación de la parcela
La calificación del suelo queda reflejado en el plano 09 de las Normas "Calificación del
Suelo Urbano y S.A.U."; de acuerdo al cual los terrenos objeto de informe se
encuentran calificados como Suelo Residencial consolidado.
Los Usos y actuaciones previstas en esta categoría del suelo son los derivados de lo
expresado en el Art. 148 de las NN.SS., siendo el uso predominante el de Vivienda y
usos autorizados los de Comercio, Industria (categoría A), Recreativo y Hostelería.
2.- Uso de vivienda
El Art. 194 de las NN.SS. determina como vivienda, el edificio o parte de él destinado a
alojamiento o residencia familiar. Se establecen las categorías de vivienda uni-bifamiliar
y colectiva.
Todas las viviendas cumplirán con el programa mínimo (cocina, comedor, dormitorio y
baño completo. Instalaciones: electricidad, agua fría y caliente, saneamiento y
calefacción, todas ellas ajustadas a la legislación vigente), reunirán las condiciones
mínimas de habitabilidad y salubridad y cumplirán con el CTE en sus diferentes
apartados (Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo).
3.- Por edificio se entiende la "Construcción fija, hecha con materiales resistentes, para
habitación humana o para otros usos". (Diccionario de la Real Academia Española).
CONCLUSIONES:
1.- El aparcamiento permanente de autocaravanas es un uso no previsto en Suelo
Residencial consolidado de acuerdo al Art. 148 de las NN.SS..
2.- Urbanísticamente las autocaravanas no pueden considerarse ni asimilarse en ningún
caso a viviendas ya que estas se permiten exclusivamente en edificios (construcción
15
fija, hecha con materiales resistentes destinados a este uso) que cumplan con el
programa mínimo y las condiciones de habitabilidad y salubridad exigibles."
Visto lo dispuesto en el artículo 219 de la Ley 2/2006, de 30 de junio, de Suelo y
Urbanismo del País Vasco que dispone que:
“tendrán la consideración de clandestinas cuantas actuaciones objeto de licencia se
realicen o hayan realizado sin contar con los correspondientes títulos administrativos
legitimantes requeridos en la presente ley o al margen o en contravención de los
mismos.”
Visto lo dispuesto en el artículo 220.6. de la Ley 2/2006, de treinta de junio, de Suelo y
Urbanismo del País Vasco, en virtud del cual: “Cuando se declare no legalizable la
actuación o no se hubiera presentado en plazo solicitud de legalización, se ordenará en
el mismo acuerdo, con independencia de las sanciones que pudieran imponerse:
a) La demolición, a costa del interesado, de las obras de construcción, edificación o
instalación realizadas, con reposición del terreno a su estado original, cuando se trate
de obras nuevas.
b) El cese definitivo del uso o los usos, en su caso.
c) …”
En consecuencia de lo anterior, visto que la instalación en la citada ubicación de una
caravana no está prevista en las Normas Subsidiarias vigentes y visto lo dispuesto en la
normativa urbanística respecto de las instalaciones sin licencia municipal no
legalizables,
La Junta de Gobierno Local por unanimidad los presentes, acuerda:
Primero: Al tratarse la instalación de la caravana de un uso no legalizable, procede
ordenar al titular de la misma su retirada en el plazo de un mes, contado a partir de la
notificación de este acuerdo, apercibiéndole de que en caso de no verificarlo en el
citado plazo, se procederá a ejecutar el acuerdo subsidiariamente y a su costa, con la
imposición, en su caso, de las sanciones previstas en el artículo 226 de la Ley 2/2006
de Suelo y Urbanismo del País Vasco.
No obstante lo anterior, visto el Art. 168 del Reglamento de Organización,
Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, en relación con el Art. 82
de la Ley 39/2015 de uno de octubre de procedimiento administrativo común de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, procede, antes de
adoptar resolución alguna, conceder un plazo de QUINCE DÍAS HÁBILES al propietario
de la caravana, para que pueda manifestar lo que estime pertinente en defensa de sus
derechos, en relación con la eventual resolución a adoptar por esta Corporación
ordenando adopte las medidas indicadas.
Segundo: Notificar la presente al interesado.
APROBACIÓN DEL CONVENIO REGULADOR ENTRE EL AYUNTAMIENTO DE
MUSKIZ Y LA ASOCIACIÓN ANTZEKO ELKARTEA ELIKAGAIEN BANAKETA
PARA LA UTILIZACIÓN DE LOCAL MUNICIPAL Y COLABORACIÓN EN EL
16
REPARTO DE ALIMENTOS PROCEDENTES DEL BANCO DE ALIMENTOS DE
BIZKAIA EN MUSKIZ.
Dada cuenta del expediente tramitado para la aprobación del convenio regulador entre
el Ayuntamiento de Muskiz y la asociación Antzeko Elkartea Elikagaien Banaketa para la
utilización de local municipal y colaboración en el reparto de alimentos procedentes del
Banco de Alimentos de Bizkaia en Muskiz,
La Junta de Gobierno Local por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Aprobar el convenio regulador entre el Ayuntamiento de Muskiz y la asociación
Antzeko Elkartea Elikagaien Banaketa para la utilización de local municipal y
colaboración en el reparto de alimentos procedentes del Banco de Alimentos de Bizkaia
en Muskiz.
Segundo: Facultar al Alcalde para la firma de cuantos documentos resulten del presente
acuerdo.
PETICIÓN DE LA ASOCIACIÓN LA SEBE DE AUTORIZACIÓN DE CELEBRACIÓN
DEL ACTO "CAMPANADAS TXIKI" EL 23 DE DICIEMBRE EN ERROTA ZAHAR.
Dada cuenta de la instancia presentada por doña Olga Alday, en representación de la
Asociación La Sebe, con entrada en el registro general número 2479 de fecha 12 de
diciembre de 2016, mediante la que solicita autorización para la celebración de la fiesta
"campanadas txiki" en la calle peatonal Errota Zahar, el próximo 23 de diciembre de
2016, entre las 18:00 y las 23:00 horas,
Visto el informe favorable emitido por el director de cultura, de fecha 15 de diciembre
de 2016, y
Visto el informe favorable emitido por el jefe accidental de la Policía Local, de 15 de
diciembre de 2016, en el que se expone que:
"(…) Propongo se autorice la celebración de la fiesta. No pudiendo pasar del horario
establecido y teniendo en cuenta la presencia de menores en la misma, por lo que se
deberán extremar las medidas de seguridad"
La Junta de Gobierno Local por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Autorizar a la Asociación La Sebe la celebración de la fiesta "campanadas txiki"
en la calle peatonal Errota Zahar, el próximo 23 de diciembre de 2016 entre las 18:00
y las 23: horas, no pudiendo exceder de este horario.
Segundo: Dese traslado a la Policía Local para su conocimiento y efectos oportunos.
Tercero: Notifíquese a los/as interesados/as con expresión de los recursos a que
hubiera lugar.
Y no habiendo más asuntos que tratar, el señor Presidente dio por terminada la
sesión, a las once horas y treinta minutos, extendiéndose la presente acta, de que yo,
la Secretaria, certifico.
17
ACTA Nº 43
AYUNTAMIENTO DE MUSKIZ
En Muskiz, a ventiséis de diciembre de dos mil dieciséis, siendo las diez horas de
la mañana, se reunió la Junta de Gobierno Local, bajo la presidencia del señor Alcalde,
don Borja Liaño Abarrategi, y con asistencia de los señores Tenientes de Alcalde, don
Eduardo Briones Lerchundi, don Rufino Manterola Lejarza, don Unai Landaburu Izar de
La Fuente y don Gonzalo Riancho Ocejo, para celebrar sesión ordinaria, en primera
convocatoria, y con asistencia de la señora Secretaria General, doña Itxaso Apraiz
Yáñez y el señor Interventor don Mario Lanbarri Martín.
LECTURA Y APROBACIÓN, SI PROCEDE, DEL ACTA DE LA SESIÓN ANTERIOR.
Declarado abierto el acto por el señor Presidente, de su orden se dio lectura al acta de
la sesión anterior celebrada el día diecinueve de diciembre, que fue aprobada por
unanimidad.
APROBACIÓN, SI PROCEDE, DE CONCESIÓN DE SUBVENCIONES PARA LA
REHABILITACIÓN DE EDIFICIOS PRIVADOS DE VIVIENDA COLECTIVA O
INSTALACIÓN DE ASCENSORES EN INMUEBLES RESIDENCIALES SITUADOS
EN EL SUELO URBANO DEL MUNICIPIO DE MUSKIZ.
Dada cuenta de las peticiones presentadas en el plazo establecido para la concesión de
subvenciones para la rehabilitación de edificios privados de vivienda colectiva o
instalación de ascensores en inmuebles residenciales situados en el suelo urbano del
municipio de Muskiz, y
Visto el informe emitido por el Aparejador Municipal, de fecha 21 de diciembre de 2016
La Junta de Gobierno Local por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Conceder las siguientes subvenciones:
Comunidad
Subvención
Comunidad de Propietarios de Sobalbadún, 3
6.079,96 €
Comunidad de Propietarios de Sobalbadún, 4
6.079,97 €
Comunidad de Propietarios de Sobalbadún, 5
6.079,98 €
Comunidad de Propietarios de Sobalbadún, 20
1.806,00 €
Comunidad de Propietarios de Antonio Trueba, 7
2.951,74 €
Comunidad de Propietarios de El Crucero, 21 y 23
504,80 €
Comunidad de Propietarios de Las Acacias, 25
1.765,20 €
Comunidad de Propietarios de La Cendeja, 23
1.187,00 €
Comunidad de Propietarios de Autonomía, 9
5.356,80 €
Comunidad de Propietarios de El Crucero, 2
1.900,00 €
Segundo: Dese traslado al departamento de contabilidad a los efectos oportunos.
Tercero: Notifíquese a los/as interesados/as con expresión de los recursos a que
hubiera lugar.
ADJUDICACIÓN, SI PROCEDE, DE LAS OBRAS DE EJECUCIÓN DE RAMPA EN
EL GRUPO SOBALBADUN.
1
En base a lo dispuesto en los artículos 111 y 138.3 del Texto Refundido de la Ley de
Contratos del Sector Público regulado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de
noviembre, referente a los contratos menores, y visto el informe emitido por el
Aparejador Municipal de fecha 21 de diciembre de 2016,
La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Adjudicar el contrato de obras de ejecución de rampa en el grupo Sobalbadún
a la empresa Consaudi Obra Civil, S.L. por un precio de 21.500,00 € IVA EXCLUIDO.
Segundo: La duración del presente contrato no podrá exceder de un año sin que pueda
ser objeto de prórroga alguna o de revisión de precios.
Tercero: Dese traslado al Responsable de Prevención de Riesgos Laborales, así como al
Departamento de Contabilidad, a los efectos oportunos.
Cuarto: Notifíquese el presente acuerdo al adjudicatario con indicación de que con
carácter previo al comienzo de los trabajos, deberá cumplimentarse la comunicación de
apertura del centro de trabajo debiendo exponerse en la obra en lugar visible y
manteniéndose permanentemente actualizada en el caso de que se produzcan cambios
no identificados inicialmente.
ADJUDICACIÓN, SI PROCEDE, DE LAS OBRAS DE EJECUCIÓN DE ÁREA DE
AUTOCARAVANAS.
En base a lo dispuesto en los artículos 111 y 138.3 del Texto Refundido de la Ley de
Contratos del Sector Público regulado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de
noviembre, referente a los contratos menores, y visto el informe emitido por el
Aparejador Municipal de fecha 21 de diciembre de 2016,
La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Adjudicar el contrato de obras de ejecución de zona de área de autocaravanas
a la empresa Excavaciones Bitram, S.L. por un precio de 47.439,35 € IVA EXCLUIDO.
Segundo: La duración del presente contrato no podrá exceder de un año sin que pueda
ser objeto de prórroga alguna o de revisión de precios.
Tercero: Dese traslado al Responsable de Prevención de Riesgos Laborales, así como al
Departamento de Contabilidad, a los efectos oportunos.
Cuarto: Notifíquese el presente acuerdo al adjudicatario con indicación de que con
carácter previo al comienzo de los trabajos, deberá cumplimentarse la comunicación de
apertura del centro de trabajo debiendo exponerse en la obra en lugar visible y
manteniéndose permanentemente actualizada en el caso de que se produzcan cambios
no identificados inicialmente.
ADJUDICACIÓN, SI PROCEDE, DE OBRAS DE GUNITADO DE TALUD EN EL
BARRIO OYANCAS.
En base a lo dispuesto en los artículos 111 y 138.3 del Texto Refundido de la Ley de
Contratos del Sector Público regulado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de
noviembre, referente a los contratos menores, y visto el informe emitido por el
Aparejador Municipal de fecha 21 de diciembre de 2016,
La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Adjudicar el contrato de obras de gunitado de talud en el barrio Oyancas a la
empresa Consaudi Obra Civil, S.L. por un precio de 18.200,00 € IVA EXCLUIDO.
2
Segundo: La duración del presente contrato no podrá exceder de un año sin que pueda
ser objeto de prórroga alguna o de revisión de precios.
Tercero: Dese traslado al Responsable de Prevención de Riesgos Laborales, así como al
Departamento de Contabilidad, a los efectos oportunos.
Cuarto: Notifíquese el presente acuerdo al adjudicatario con indicación de que con
carácter previo al comienzo de los trabajos, deberá cumplimentarse la comunicación de
apertura del centro de trabajo debiendo exponerse en la obra en lugar visible y
manteniéndose permanentemente actualizada en el caso de que se produzcan cambios
no identificados inicialmente.
ADJUDICACIÓN, SI PROCEDE, DEL SUMINISTRO E INSTALACIÓN DE
BARANDILLA EN AUTONOMÍA, POBEÑA, ERROTA ZAHAR Y GIBA.
En base a lo dispuesto en los artículos 111 y 138.3 del Texto Refundido de la Ley de
Contratos del Sector Público regulado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de
noviembre, referente a los contratos menores, y visto el informe emitido por el
Aparejador Municipal de fecha 21 de diciembre de 2016,
La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Adjudicar el contrato de suministro e instalación de barandilla en Autonomía,
Pobeña, Errota Zahar y Giba a la empresa Forjas y Contratas XXI, S.L. por un precio de
10.920,00 € IVA EXCLUIDO.
Segundo: La duración del presente contrato no podrá exceder de un año sin que pueda
ser objeto de prórroga alguna o de revisión de precios.
Tercero: Dese traslado al Responsable de Prevención de Riesgos Laborales, así como al
Departamento de Contabilidad, a los efectos oportunos.
Cuarto: Notifíquese el presente acuerdo al adjudicatario con indicación de que con
carácter previo al comienzo de los trabajos, deberá cumplimentarse la comunicación de
apertura del centro de trabajo debiendo exponerse en la obra en lugar visible y
manteniéndose permanentemente actualizada en el caso de que se produzcan cambios
no identificados inicialmente.
ADJUDICACIÓN, SI PROCEDE, DEL SERVICIO DE CONTROL Y SEGUIMIENTO
DE LAS ACTUACIONES MEDIOAMBIENTALES.
Habiéndose tramitado procedimiento negociado sin publicidad, y siendo la forma de
adjudicación la de concurso, según lo dispuesto para este tipo de procedimientos en el
Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto
Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público,
Vistas las ofertas presentadas para la adjudicación del contrato de servicio de control y
seguimiento de las actuaciones medioambientales, y
Visto que por
FCC, S.A. se ha procedido a la presentación en plazo de la
documentación requerida mediante acuerdo de Junta de Gobierno Local de fecha 28 de
noviembre de 2016,
La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Adjudicar, definitivamente, el contrato de servicio de control y seguimiento de
las actuaciones medioambientales, a FCC, S.A., por un importe de 49.758,32€, IVA
EXCLUIDO, por el plazo de un año
3
Segundo: Dese traslado al Responsable de Prevención de Riesgos Laborales, así como
al Departamento de Contabilidad, a los efectos oportunos.
Tercero: Notifíquese el presente acuerdo al adjudicatario y al resto de licitadores.
Cuarto: Publíquese en el Perfil del Contratante.
Quinto: Emplazar a la empresa FCC, S.A. para la formalización del contrato, en un plazo
no superior a los quince días hábiles siguientes a aquel en que se reciba la notificación
del presente acuerdo.
APROBACIÓN, SI PROCEDE, DE LA 2ª CERTIFICACIÓN - LIQUIDACIÓN DE
LAS OBRAS DE ADECUACIÓN DE LOS ANTIGUOS BAÑOS DE POBEÑA.
Dada cuenta de la 2ª certificación - liquidación correspondiente a las obras de
adecuación de los antiguos baños de Pobeña, presentada por Construcciones Hagui,
S.A., por importe de 18.112,20 € (IVA incluido), y
Visto el informe favorable emitido por el Aparejador Municipal, de fecha 20 de
diciembre de 2016,
La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Prestarle total aprobación.
Segundo: Notifíquese el presente acuerdo al interesado, con expresión de los recursos a
que hubiera lugar.
APROBACIÓN, SI PROCEDE, DE LA 2ª CERTIFICACIÓN DE LAS OBRAS DE
REHABILITACIÓN DEL CAMINO AL ARENAO.
Dada cuenta de la 2ª certificación correspondiente a las obras de rehabilitación del
camino al Arenao, presentada por Construcciones La Rigada, S.L., por importe de
50.420,05 € (IVA incluido), y
Visto el informe favorable emitido por el Aparejador Municipal, de fecha 20 de
diciembre de 2016,
La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Prestarle total aprobación.
Segundo: Notifíquese el presente acuerdo al interesado, con expresión de los recursos a
que hubiera lugar.
APROBACIÓN, SI PROCEDE, DE LA 1ª CERTIFICACIÓN DE LAS OBRAS DE
DEMOLICIÓN DE VIVIENDA UNIFAMILIAR EN CALLE LA MAGDALENA.
Dada cuenta de la 1ª certificación correspondiente a las obras de demolición de
vivienda unifamiliar en calle La Magdalena, presentada por Consaudi Obra Civil, S.L.,
por importe de 16.216,41 € (IVA incluido), y
Visto el informe favorable emitido por el Aparejador Municipal, de fecha 20 de
diciembre de 2016,
La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Prestarle total aprobación.
Segundo: Notifíquese el presente acuerdo al interesado, con expresión de los recursos a
que hubiera lugar.
APROBACIÓN, SI PROCEDE, DE INICIO DE EXPEDIENTE DE CONTRATACIÓN
DE LAS OBRAS DE REHABILITACIÓN DEL CAMINO MONTE ATRÁS.
4
Dada cuenta de la necesidad de contratar las obras de rehabilitación del camino a
Monte Atrás puesta de manifiesto por el Departamento de Urbanismo, y
Visto el pliego de cláusulas-administrativas particulares elaborado al efecto por el que
se establece como procedimiento de adjudicación el negociado sin publicidad y
tramitación ordinaria, por tipo de licitación máxima de 51.396,70 euros (IVA excluido),
La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Aprobar el inicio de expediente para la adjudicación del contrato de obras de
rehabilitación del camino a Monte Atrás, mediante procedimiento negociado sin
publicidad por tipo de licitación máximo de 51.396,70 (IVA excluido).
Segundo: Publicar el anuncio de licitación en el perfil del contratante del Ayuntamiento
de Muskiz.
Tercero: Devuélvase el expediente completo al departamento de origen.
APROBACIÓN, SI PROCEDE, DE INICIO DE EXPEDIENTE DE CONTRATACIÓN
DE LAS OBRAS DE URBANIZACIÓN DEL CAMINO AL BARRIO EL HOYO.
Dada cuenta de la necesidad de contratar las obras de urbanización del camino al barrio
El Hoyo puesta de manifiesto por el Departamento de Urbanismo, y
Visto el pliego de cláusulas-administrativas particulares elaborado al efecto por el que
se establece como procedimiento de adjudicación el abierto y tramitación ordinaria, por
tipo de licitación máxima de 395.795,67 euros (IVA excluido),
La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Aprobar el inicio de expediente para la adjudicación del contrato de obras de
urbanización del camino al barrio El Hoyo, mediante procedimiento abierto por tipo de
licitación máximo de 395.795,67 (IVA excluido).
Segundo: Publicar el anuncio de licitación en el perfil del contratante del Ayuntamiento
de Muskiz y en el BOB.
Tercero: Devuélvase el expediente completo al departamento de origen.
APROBACIÓN, SI PROCEDE, DE INICIO DE EXPEDIENTE DE CONTRATACIÓN
DEL SERVICIO "GU ERE BERTSOTAN".
Dada cuenta de la necesidad de contratar el servicio de "Gu ere bertsotan" puesta de
manifiesto por el Departamento de Euskera, y
Visto el pliego de cláusulas-administrativas particulares elaborado al efecto por el que
se establece como procedimiento de adjudicación el negociado sin publicidad y
tramitación ordinaria, por tipo de licitación máxima de 15.000,00 euros (IVA
INCLUIDO),
La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Aprobar el inicio de expediente para la adjudicación del contrato de servicio de
"Gu ere bertsotan", mediante procedimiento negociado sin publicidad por tipo de
licitación máximo de 15.000,00 (IVA INCLUIDO).
Segundo: Publicar el anuncio de licitación en el perfil del contratante del Ayuntamiento
de Muskiz.
Tercero: Devuélvase el expediente completo al departamento de origen.
PETICIÓN DE KREA COMUNICACIÓN, S.L. DE DEVOLUCIÓN DE GARANTÍA
DEFINITIVA POR LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE REDACCIÓN, DISEÑO
5
GRÁFICO, IMPRESIÓN DE LA REVISTA MUNICIPAL Y ACTUALIZACIÓN DE
LAS NOTICIAS EN LA PÁGINA WEB MUNICIPAL.
Dada cuenta del
escrito presentado por Alexander Monasterio Lorente, en
representación de Krea Comunicación, S.L., con entrada en el Registro General de este
Ayuntamiento número 2482 de fecha 12 de diciembre de 2016, solicitando la
devolución de la garantía definitiva, constituida por importe de 1.932,00€ como
garantía depósito por la prestación del servicio de redacción, diseño gráfico, impresión
de la revista municipal y actualización de las noticias en la página Web municipal, y
visto el informe favorable emitido por la Secretaria General, de fecha 20 de diciembre
de 2016,
La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Proceder a la devolución de la garantía definitiva solicitada.
Segundo: Dese traslado al Departamento de Intervención / Tesorería a los efectos
oportunos.
Tercero: Notifíquese al interesado, con expresión de los recursos a que hubiera lugar.
PETICIÓN DE ACEPTACIÓN DE RENUNCIA A APROVECHAMIENTO DE
TERRENO COMUNAL EN CARRASCAL.
Dada cuenta de la instancia presentada, con entrada en el registro general municipal
número 2472 de fecha 12 de diciembre de 2016, mediante la que solicita la
aceptación de la renuncia al aprovechamiento del terreno comunal correspondiente a
la subparcela b) de la parcela 267 del polígono 9, sita en Carrascal, que tiene
concedido, y
Visto el informe favorable emitido por el Técnico de Administración Especial, de fecha
20 de diciembre de 2016,
La Junta de Gobierno Local por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Aceptar la renuncia presentada al aprovechamiento del terreno comunal
correspondiente a la subparcela b) de la parcela 267 del polígono 9, sita en Carrascal
que tiene concedido, causando baja en el padrón.
Segundo: Dese traslado al Departamento de Recaudación para su conocimiento y
efectos oportunos.
Tercero: Notifíquese a la interesada con expresión de los recursos a que hubiera lugar.
PETICIÓN DE AUTORIZACIÓN DE TRASPASO DE APROVECHAMIENTO DE
TERRENOS COMUNALES EN EL SOMO Y EL HAYA.
Dada cuenta de la instancia presentada, con entrada en el registro general municipal
número 2466 de fecha 15 de diciembre de 2016, mediante la que solicita autorización
para proceder al traspaso de los aprovechamientos de los terrenos comunales,
correspondientes a la parcela 250 subparcela d') del polígono 9, en el paraje de El
Somo y a la parcela 446, subparcelas (1) y (2), del polígono 2, en el paraje de El
Haya, respectivamente, y
Visto el informe favorable emitido por el Técnico de Administración Especial, de fecha
20 de diciembre de 2016,
6
La Junta de Gobierno Local por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Autorizar el traspaso del aprovechamiento del terreno comunal sito en El
somo, correspondiente a la parcela 250 subparcela d'), del polígono 9.
Segundo: Autorizar el traspaso del aprovechamiento del terreno comunal
correspondiente a la parcela 446, subparcelas (1) y (2) del polígono 2, sito en El Haya.
Tercero: Dese traslado al Departamento de Intervención - Tesorería a los efectos
oportunos.
Cuarto: Notifíquese a los/as interesados/as con expresión de los recursos a que hubiera
lugar.
INFORME SOBRE INSTALACIÓN CLANDESTINA DE CIERRE EN VÍA CHIQUITA.
Dada cuenta del informe emitido por el Aparejador Municipal, de fecha 14 de octubre
de 2016 en el que se expone que en el tramo de terreno correspondiente al nº 1 de Vía
Chiquita, se ha efectuado un cierre mediante vallado, sin la preceptiva licencia
municipal, en el que se expone que:
"(..) el técnico que suscribe no tiene constancia de que exista la preceptiva licencia
municipal previa para las obras referidas.
ANÁLISIS:
La Reglamentación principal para cierres de fincas en el municipio de Muskiz está
recogida en las Normas Subsidiarias del Ayuntamiento de Muskiz en vigor, en especial
en sus artículos 64 y 69.
Así mismo, en el artículo 110 de las citadas Normas Subsidiarias se citan las
circunstancias que posibilitan la adopción de emitir órdenes de ejecución.
Observado el lugar el día 14 de octubre de 2016 se constata que hay un cierre
ejecutado a una distancia inferior a 5 metros del eje del camino. El ámbito asfaltado de
la carretera es de 3 metros, y el cierre se ha ejecutado aproximadamente a únicamente
1,7 metros del eje de la calzada.
CONCLUSIONES.
Por todo lo anterior, se propone instar a la retirada del mencionado cierre, ejecutado
sin licencia y a una distancia insuficiente del eje de la calzada, en concordancia con la
normativa municipal y la Ley 2/2006, de 30 de junio, de Suelo y Urbanismo".
La Junta de Gobierno Local por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Requerir al titular de la vivienda situada en Vía Txikita, a que proceda a la
retirada del cierre instalado en el lateral del camino de titularidad municipal conocido
como "Vía Txikita" antes citado, en el plazo de UN MES contados a partir de la
notificación de este acuerdo, apercibiéndole de que en caso de desatender esta orden,
se procederá subsidiariamente y a su costa, con la imposición de las sanciones a que
hubiera lugar.
Segundo: Señalar plazo de quince días al objeto de que el interesado pueda formular
alegaciones y aportar la documentación que estime pertinente, así como a conocer, en
todo momento, el estado de la tramitación del procedimiento.
Tercero: Dese traslado a la Policía Local a los efectos oportunos, así como al
departamento de Urbanismo, a fin de que informen del cumplimiento de lo requerido en
el punto primero dentro del plazo establecido.
Cuarto: Notificar la presente resolución al titular con expresión de los recursos a que
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hubiera lugar.
CONCESIÓN, SI PROCEDE, DE SUBVENCIONES PARA EL APRENDIZAJE DE
EUSKERA DEL PERSONAL AL SERVICIO DEL AYUNTAMIENTO DE MUSKIZ.
Dada cuenta de las peticiones presentadas en el plazo establecido para la concesión de
subvenciones para el aprendizaje de euskera del personal al servicio del Ayuntamiento
de Muskiz, y
Visto el informe emitido por el Técnico de euskera, de fecha 12 de diciembre de 2016
La Junta de Gobierno Local por unanimidad de los presentes, acuerda: Conceder dos
siguientes subvenciones por un importe total de 991,00€ y denegar una petición.
Tercero: Dese traslado al departamento de contabilidad a los efectos oportunos.
Cuarto: Notifíquese a los/as interesados/as con expresión de los recursos a que hubiera
lugar.
SOLICITUD A DEMARCACIÓN DE COSTAS DEL PAÍS VASCO, DE LOS SERVICIO
DE TEMPORADA 2017.
Dada cuenta del escrito remitido por la Demarcación de Costas del País Vasco, con
entrada en el registro general municipal número 2237 de fecha 10 de noviembre de
2016, de información de las condiciones de explotación de servicios de temporada en
playas, y
Visto el informe emitido por el Técnico Asesor de Medio Ambiente, de fecha 15 de
diciembre de 2016,
La Junta de Gobierno Local por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Solicitar autorización para la explotación de los servicios de temporada en la
playa de La Arena t.m. Muskiz, descritos en el siguiente plan de explotación:
1. Relación nominal de los usos solicitados:
- Tres puestos de venta de helados: dos en Pobeña y otro en la playa de La Arena. Para
las temporadas 2017 a 2019 en las siguientes fechas: Del 17 de marzo de 2017 al 15
de octubre de 2017, del 16 de marzo de 2018 al 14 de octubre de 2018, y del 15 de
marzo de 2019 al 13 de octubre de 2019.
- Barracas y actuaciones en la feria de Pobeña los días 7, 8, 9 y 10 de septiembre y 7 y
8 de octubre.
2. Propuesta de delimitación de las zonas a ocupar. Se adjunta plano y ortofotos.
3. Dimensiones de las instalaciones y servicios. Se adjunta esquema de cada puesto.
- Dos puestos de venta de helados en Pobeña:
Nº 1 sito en la entrada camino a la ermita en Pobeña: 3,10 m alto x 2,20 m largo x
2,20 m ancho.
Nº 2 en la entrada a puente playa de La Arena en Pobeña: 2,5m alto x 2,8 m largo x
2,20 m ancho
- Puesto de venta de helados en la playa de La Arena:
Nº 3 sito en nueva explanada habilitada para ello según plano adjunto: 2,45 m alto x 5
m largo x 2 m ancho.
- Instalación de barracas en la celebración de la romería del Socorro, los días 7, 8, 9 y
10 de septiembre que serán ubicadas en la campa situada frente a la plaza del Bº de
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Pobeña siendo el máximo total de ocupación de 400 m2. Las atracciones de feria serán
las siguientes: carrusel, txiki park, churrería, camas elásticas, tiro pichón y mini rodeo.
- Instalación de barracas en la celebración de la romería del Socorrillo, los días 7 y 8 de
octubre que serán ubicadas en la campa situada frente a la plaza del Bº de Pobeña
siendo el máximo total de ocupación de 300 m2. Las atracciones de feria serán las
siguientes: tiro pichón, carrusel, churrería y camas elásticas.
Las dimensiones son las correspondientes a una estimación y al ejercicio anterior ya
que aún no se han adjudicado los servicios.
4. Estudio económico-financiero: se refiere a los precios de adjudicación de licencia
correspondiente al año 2016.
- Nº1: Puesto de venta de helados en la entrada camino a la ermita en Pobeña: 2.700
euros.
- Nº2: Puesto de venta de helados en la entrada a puente playa de La Arena en
Pobeña: 3.000 euros
- Nº3: Puesto de venta de helados en la entrada al paseo de acceso de la playa de La
Arena: 9.000 euros.
- Barracas en la romería del Socorro y del Socorrillo los días 7, 8, 9 y 10 de septiembre
y 7 y 8 de octubre. A las atracciones instaladas se les aplicarán las siguientes Tasas
Municipales: carrusel: 105,27 euros, txiki park: 105,27 euros, churrería: 36,84 euros,
camas elásticas: 105,27 euros, y tiro pichón: 26,32.
El contenido del plan de explotación anteriormente definido cumplirá con las
condiciones marcadas por Demarcación de Costas.
Segundo: Solicitar a Costas la remisión, en la medida de lo posible, de la especificación
de los requisitos/condiciones de cada servicio propuesto en la presente solicitud, a fin
de que pueda llevarse un correcto seguimiento de los mismos dentro del Sistema
Integrado de Gestión de La Playa de La Arena.
PETICIÓN DE LA ASOCIACIÓN ETXERAT ELKARTEA DE AUTORIZACIÓN DE
CELEBRACIÓN
DE
COMIDA
Y
ACTO
DE
SOLIDARIDAD
CON
PRESOS/Aprobación, si procede, DE MEATZALDEA EN EL COMEDOR DEL C.P.
CANTARRANA EL 28 DE ENERO DE 2017.
La Junta de Gobierno Local por unanimidad de los presentes, acuerda dejar el presente
asunto sobre la mesa
RECLAMACIÓN PATRIMONIAL
Dada cuenta de la instancia presentada, mediante la que solicita indemnización por los
gastos sufridos en sus gafas como consecuencia de una caída motivada por el
deficiente estado de unas baldosas de la acera de la calle Giba Fregenal, a la altura
del nº2, adjuntando factura, y
Visto el informe favorable emitido por el Técnico de Administración Especial de fecha 20
de diciembre de 2016,
La Junta de Gobierno Local por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Estimar la reclamación formulada y reconocer la responsabilidad patrimonial
de este Ayuntamiento de Muskiz.
Segundo: Fijar la cuantía de la indemnización en 36,75 euros, y proceder a su abono, al
no superar la cuantía establecida como franquicia en el contrato de seguro que este
Ayuntamiento tiene formalizado.
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Tercero: Dar traslado de este acuerdo al Departamento de Tesorería a los efectos
oportunos.
Cuarto: Notifíquese al interesado con expresión de los recursos a que hubiera lugar.
CONCESIÓN, SI PROCEDE, DE SUBVENCIONES A CLUBES DEPORTIVOS SIN
ÁNIMO DE LUCRO PARA LA PARTICIPACIÓN EN LIGAS OFICIALES, EN
CATEGORÍA ESTATAL, EN EL AÑO 2016.
Dada cuenta de las peticiones presentadas en el plazo establecido para la concesión de
subvenciones a clubes deportivos sin ánimo de lucro para la participación en ligas
oficiales, en categoría estatal, en el año 2016, y
Visto el informe emitido por el Director de Cultura, de 20 de diciembre de 2016,
La Junta de Gobierno Local por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Conceder las siguientes subvenciones:
Club Balonmano Muskiz
6.000,00 €
Segundo: Dese traslado al departamento de Tesorería a los efectos oportunos.
Tercero: Notifíquese a los interesados con expresión de los recursos a que hubiera
lugar.
APROBACIÓN, SI PROCEDE, DE FACTURAS Y GASTOS.
Se acuerda aprobar la relación de facturas 2016/000039, que consta de 26 páginas
formadas por 135 facturas y por importe total de 454.851,40 €.
Gastos:
Comunidad de Propietarios Pobeña, 11. Cuota comunidad 2016
600,00 €
Ana Martínez Ramos. Gratificación por prácticas
500,00 €
Ederlan. PIN Muskiz 2016
6.996,00 €
ADJUDICACIÓN DEL SERVICIO DE LIMPIEZA DE LOS BAÑOS PÚBLICOS DE
POBEÑA Y SAN JUAN.
En base a lo dispuesto en los artículos 111 y 138.3 del Texto Refundido de la Ley de
Contratos del Sector Público regulado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de
noviembre, referente a los contratos menores,
La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero: Adjudicar el contrato de servicio de limpieza de los baños públicos de Pobeña
y San Juan a la empresa Garbialdi por un precio de 1.392,00 € mensuales IVA
EXCLUIDO.
Segundo: El presente contrato quedará automáticamente resuelto a la aprobación del
contrato de servicio de limpieza de edificios municipales.
Tercero: Dese traslado al Responsable de Prevención de Riesgos Laborales, así como al
Departamento de Contabilidad, a los efectos oportunos.
Cuarto: Notificar la presente al adjudicatario.
Y no habiendo más asuntos que tratar, el señor Presidente dio por terminada la
sesión, a las once horas y treinta minutos, extendiéndose la presente acta, de que yo,
la Secretaria, certifico.
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