ÁREA DE BIENESTAR SOCIAL Y EMPLEO DIRECCIÓN GENERAL

ÁREA DE BIENESTAR SOCIAL Y EMPLEO
DIRECCIÓN GENERAL DE ACCIÓN SOCIAL
SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN DE LOS
SERVICIOS SOCIALES
Nº Expediente: 2/17
FACTUM 2017/000
PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS DEL SERVICIO DE VIGILANCIA Y
SEGURIDAD PARA LOS CENTROS DE LAS ZONAS DE TRABAJO SOCIAL DE LA
DIRECCION GENERAL DE ACCION SOCIAL .
1.- OBJETO.El presente contrato tiene como objeto la prestación del servicio de vigilancia y
seguridad para los Centros de las Zonas de Trabajo Social de la Dirección General de Acción
Social, Área de Bienestar Social y Empleo.
La insuficiencia de recursos humanos propios de los que dispone este Ayuntamiento
para afrontar las necesidades de vigilancia y seguridad, motiva la circunstancia de que haya de
acudirse a la contratación externa de servicios de tal naturaleza.
2. REGULACIÓN JURÍDICA.La prestación de los servicios de vigilancia y seguridad estarán sujetos en todo
momento a la legislación y reglamentación vigente en esta materia o en cualquiera otra que
pudiera afectar al servicio objeto de contratación, en concreto y entre otras, la prestación del
servicio se regirá por lo establecido en;
-El presente Pliego de Prescripciones Técnicas.
-La Ley 23/1992, de 30 de julio, de Seguridad Privada.
-El Real Decreto 2364/1994, de 9 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de
Seguridad Privada,
Y por el Convenio Colectivo Estatal de las Empresas de Seguridad.
La empresa que resulte adjudicataria habrá de cumplir con los requisitos normativos que
les sean de aplicación a la fecha del contrato y durante la vigencia del mismo. Asimismo, deberá
comunicar el contrato conforme a lo establecido en la Ley 23/1992, de 30 de julio, de Seguridad
Privada y en su Reglamento.
3.- CARACTERÍSTICAS DEL SERVICIO.La prestación del servicio se realizará de forma sucesiva a requerimiento de la
Administración, a medida que vayan surgiendo las necesidades, y sin perjuicio de que exista
una regularidad de horarios y días de la semana ya preestablecidos desde la fecha de puesta en
marcha del contrato.
Los Centro de Servicios Sociales en los que actualmente se prestan los servicios son los
siguientes: COIS, HOGAR VIRGEN DE LOS REYES, POLIGONO SUR, CERRO-SU
EMINENCIA, TORREBLANCA Y MODULARES VACIE. El servicio de vigilancia y de
seguridad privada se desarrollará en días laborables diurno, y en horarios que se especifiquen,
así como la protección de los bienes y de las personas que se hallen en el interior de los mismos
mediante vigilantes de seguridad sin armas.
El adjudicatario se obliga a la prestación del servicio según los requerimientos que
formule la Dirección General de Acción Social durante la duración del contrato.
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4.- UNIFORMIDAD Y EQUIPAMIENTO.Las funciones que se citan en el correspondiente apartado serán desempeñadas por los
auxiliares integrados en la empresa adjudicataria, convenientemente equipados, vistiendo el
uniforme reglamentario y portando la correspondiente acreditación. A estos efectos la empresa
adjudicataria deberá proveer de tarjeta acreditativa e identificativa como personal de vigilancia a
todos los vigilantes que presten el servicio objeto del contrato y que deberán portar durante el
mismo.
La empresa propuesta como adjudicataria deberá presentar con carácter previo a la
firma del contrato la relación de prendas que conforman el uniforme, color y características de
los mismos y distintivos que la identifican, así como relación del equipamiento propio.
5.- FUNCIONES.•
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Ejercer la vigilancia y protección de bienes muebles e inmuebles, así como la
protección de las personas que pudieran encontrarse en los mismos.
Para la realización práctica de la Vigilancia y Seguridad, se prestarán funciones
de información al ciudadano de carácter muy general, que permitan discriminar
en el acceso a aquellas personas necesitadas de la atención de los servicios de la
Zona de Trabajo Social, de aquellas a las que se las pueda remitir a otras
oficinas o procedimientos (por aquellos servicios que no se presten), y todo ello
de acuerdo con las instrucciones que se den desde la Dirección General de
Acción Social.
Evitar la comisión de delitos o infracciones en relación con el objeto de su
protección.
Poner inmediatamente a disposición de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del
Estado a presuntos delincuentes, en relación con el objeto de su protección, así
como los instrumentos, efectos y pruebas de los delitos.
Gestionar los sistemas de alarmas instalados para riesgos de intrusión e
incendio, actuando según el protocolo preestablecido.
Intervenir ante el conato de incendios o cualquier otra clase de siniestro o
accidente, adoptando las medidas preventivas necesarias para evitar que éstos se
produzcan.
Colaborar con los servicios de apoyo exterior (bomberos, protección civil,
servicios sanitarios, etc.) en relación con los planes de emergencia y evacuación
de los edificios públicos donde realicen sus funciones.
Cualquier otra que la persona designada (Director/a del Centro) estime
conveniente y que tenga que ver con el objeto de la contratación.
Para la ejecución del citado contrato, la empresa adjudicataria ejerce respecto a sus
trabajadores los poderes de dirección y disciplinario, así como facilita los medios materiales y
organizativos necesarios para el desarrollo de sus funciones, contempladas en el Pliego de
Prescripciones Técnicas, sin que se incluyan actividades reservadas en todo caso para el
personal fijo de la Corporación.
En el ejercicio de las mismas, los trabajadores reciben las órdenes y directrices, así
como el control en el desarrollo de su trabajo por parte del personal correspondiente de la
empresa adjudicataria y nunca por parte del personal propio del Ayuntamiento de Sevilla.
6.- PRINCIPIOS GENERALES DE ACTUACIÓN.El auxiliar se atendrá en sus actuaciones a los principios de integridad y trato correcto a
las personas, actuando con congruencia y proporcionalidad en la utilización de sus facultades.
En el desarrollo de sus funciones deberá observar expresamente:
-
Diligencia a la hora de cumplir las normas establecidas.
Puntualidad a la hora de incorporarse y abandonar el servicio.
Prohibición absoluta de revelar cualquier información relativa al Centro de trabajo u
otras dependencias donde desarrollen sus funciones.
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No podrán ausentarse del puesto de trabajo salvo causa justificada, notificando
previamente y con la suficiente antelación esta circunstancia a los responsables para
proceder a su sustitución.
7.- ELECCIÓN, PERMUTA Y CESE DE LOS VIGILANTES.La empresa adjudicataria designará entre su personal los vigilantes que serán adscritos
al servicio objeto del contrato a que se refiere el presente Pliego de Prescripciones Técnicas.
Los vigilantes deberán aportar su título, nombramiento y declaración jurada de reunir
los requisitos que determina el Reglamento de Seguridad Privada.
La adjudicataria aportará con carácter previo a la ejecución del contrato, el curriculum
vitae del numero de vigilantes que considere necesario para llevar a cabo el servicio a realizar,
junto a la documentación que certifique el nivel académico, la formación adquirida por cada uno
y la correspondiente habilitación administrativa así como declaración jurada de los vigilantes
que se destinen a la prestación del servicio de reunir los requisitos que establece el Reglamento
de Seguridad Privada. En caso de sustitución, y siempre que ello sea posible, la adjudicataria
deberá aportar con carácter previo a la sustitución, la habilitación profesional y la declaración
jurada del suplente.
La empresa adjudicataria deberá garantizar en todo momento que los vigilantes
seleccionados poseen el adecuado nivel de formación y capacitación para desarrollar el servicio
en óptimas condiciones físicas, psíquicas y de entrenamiento.
La empresa adjudicataria, asumirá cualquier incidencia que pueda producirse en el
desempeño del servicio en relación con licencias, bajas, vacaciones, etc., de los vigilantes
adscritos a las Oficinas.
La Dirección General de Acción Social podrá exigir a la empresa adjudicataria,
mediante propuesta razonada, la sustitución del vigilante que incumpla sus funciones o incurra
en infracciones graves o muy graves tipificadas en la normativa vigente.
8.- FUNCIONAMIENTO, COORDINACION Y SEGUIMIENTO.El vigilante bajo ningún concepto abandonará los puestos designados para desarrollar
sus funciones sin una sustitución previa. La empresa adjudicataria procurará los medios para
establecer las vías de comunicación permanente entre los vigilantes y su central.
El responsable del servicio de la empresa procurará de sus vigilantes la redacción de un
parte diario de incidencias, firmado por el vigilante. Una copia del parte se entregará a la
Dirección General de Acción Social, durante la duración del contrato.
9.- PRESUPUESTO.El presupuesto del contrato asciende a 18.000,00 €, IVA excluido por importe de
3.780,00 €, lo que resulta un total de 21.780,00 € (veintiún mil setecientos ochenta euros).
El precio hora máximo laborable diurno de licitación, IVA excluido, es el siguiente:
12,50 €/h.
10.- CRITERIO DE ADJUDICACIÓN Y FACTURACIÓN.El contrato se adjudicará a la entidad que presente la oferta económicamente más
ventajosa, teniendo en cuenta que el único criterio a valorar es el precio.
Se valorará según un único porcentaje de baja a aplicar al precio/hora máximo,
correspondiendo 100 puntos al porcentaje de baja de mayor valor, valorándose el resto
proporcionalmente al porcentaje de baja con mayor puntuación.
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En todo caso, dado que el porcentaje de baja se aplicará al precio máximo/hora de
licitación, el importe total de adjudicación coincidirá con el presupuesto de licitación, revirtiendo
dicha baja en un mayor número de horas de Vigilancia y Seguridad.
En caso de discrepancia entre el porcentaje de baja a aplicar y la proposición económica,
prevalecerá el primero
Documentación a aportar: Proposición económica.
El pago se realizará contra facturas mensuales, conforme a los trabajos realizados en el
mes anterior, expedidas de acuerdo con la normativa vigente, donde se haga constar en cada una
de ellas el número de servicios efectuados en el periodo facturado, así como el tipo impositivo
del Impuesto del Valor Añadido (IVA), debiendo estar debidamente conformada por el
responsable del Servicio receptor de los servicios prestados.
En caso de realizarse facturación electrónica, deberán tenerse en cuenta los siguientes
códigos a la hora de su introducción en el Punto de entrada de facturas del Ministerio de
Economía y Hacienda:
OFICINA CONTABLE: LA0002175- INTERVENCION
ORGANO GESTOR: LO1410917- AYUNTAMIENTO DE SEVILLA
UNIDAD TRAMITADORA:
LA0002374
SERVICIO ADMINISTRACIÓN
SERVICIOS SOCIALES.
11.- PLAZO DE EJECUCIÓN.La duración del contrato se computará desde el día siguiente a la notificación de la
adjudicación del contrato hasta el agotamiento del presupuesto de licitación o, en caso de
producirse con anterioridad, hasta la adjudicación del procedimiento abierto que para la
prestación de este mismo servicio se encuentra en tramitación.
12.- SUBROGACION.En cumplimiento de lo dispuesto en el art. 120 del RDL 2/2001, de 14 de noviembre,
TRLCSP, (Información sobre las condiciones de subrogación en contratos de trabajo), el
personal y las condiciones de los contratos de los trabajadores que actualmente vienen prestando
los servicios contratados se detallan a continuación:
VIGILANTES
CONTRATO
ANTIGÜEDAD
PLUSES
ATC
INDEFINIDO VIGILANTE
01/01/2009
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VIGILANTE
04/09/2015
---
AMJ
INDEFINIDO VIGILANTE
10/04/1998
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LRA
INDEFINIDO VIGILANTE
01/11/1993
---
ACO
INDEFINIDO VIGILANTE
09/10/1996
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VIGILANTE
20/12/2016
---
INDEFINIDO VIGILANTE
29/10/2003
---
DMM
OBRA Y
SERVCIO
OBRA Y
SERVICIO
AOP
JAGV *
CAT.
• - JAGV - Actualmente se encuentra de Baja por IT desde el 07/10/2016
Sevilla a la fecha indicada en el pie de firma del presente documento
LA ADJUNTA DEL SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN
DE LOS SERVICIOS SOCIALES
Fdo. Ana Mª Martín Alés.
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