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Boletín Oficial de Canarias núm. 18
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Jueves 26 de enero de 2017
III. Otras Resoluciones
Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Aguas
372 Secretaría General Técnica.- Resolución de 29 de diciembre de 2016, por la que
se dispone la publicación del Convenio para el fomento de la producción y la
comercialización de papa local de calidad en la isla de Gran Canaria.
Suscrito el día 19 diciembre de 2016, el Convenio para el fomento de la producción y la
comercialización de papa local de calidad en la isla de Gran Canaria.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 29.2 de la Ley 12/2014, de 26 de
diciembre, de transparencia y acceso a la información pública, y en el artículo 13 del Decreto
74/2014, de 26 de junio, por el que se regula la actividad convencional del sector público
de la Comunidad Autónoma de Canarias, en su redacción dada por el Decreto 89/2015, de
22 de mayo,
R E S U E L V O:
Único.- Publicar en el Boletín Oficial de Canarias el Convenio que figura como anexo a
esta Resolución.
Santa Cruz de Tenerife, a 29 de diciembre de 2016.- La Secretaria General Técnica, Pilar
Herrera Rodríguez.
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boc-a-2017-018-372
Boletín Oficial de Canarias núm. 18
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ANEXO
CONVENIO PARA EL FOMENTO DE LA PRODUCCIÓN Y LA COMERCIALIZACIÓN DE
PAPA LOCAL DE CALIDAD EN LA ISLA DE GRAN CANARIA.
En Las Palmas de Gran Canaria, a 19 de diciembre de 2016.
REUNIDOS
De una parte, D. Ángel F. Medina Padrón, en calidad de Presidente del Consejo de
Administración de CENCOSU, S.L. (en adelante SPAR Gran Canaria (Cencosu, S.L.).
De otra parte, D. Rafael Hernández Reyes, en calidad de Presidente de la Coordinadora
de Organizaciones de Agricultores y Ganaderos de Canarias (en adelante COAG-Canarias).
De otra parte, una relación de agricultores productores de papa, cuyos datos se adjuntan
en un anexo como parte de este Convenio.
De otra parte, Sr. D. Narvay Quintero Castañeda, en calidad de Consejero de Agricultura,
Ganadería, Pesca y Aguas del Gobierno de Canarias, nombrado en virtud del Decreto
105/2015, de 9 de julio (BOC nº 133, de 10.7.15).
De otra parte, D. Miguel Hidalgo Sánchez, en calidad de Consejero del Sector Primario y
Soberanía Alimentaria del Cabildo Insular de Gran Canaria, nombrado en virtud del Decreto
36/2015, de 22 de junio (BOP nº 89, de 13.7.15).
Y de otra, D. José Manuel Quesada Frigolet, en calidad de Secretario General de la Unión
de Consumidores de Las Palmas (en adelante UCONPA).
Todos se reconocen recíprocamente la capacidad suficiente para la celebración y firma
del presente Convenio y a tal efecto,
MANIFIESTAN
Que la empresa SPAR Gran Canaria (Cencosu, S.L.), en el marco de su apuesta estratégica
por la adquisición de productos frescos de calidad de la isla de Gran Canaria, desea fomentar
la producción de papa local, incluyendo aquella obtenida con métodos de producción más
compatibles con el medio ambiente, así como la consecución de marcos de relación firmes
con los agricultores en el ámbito de la comercialización.
Que es interés de los agricultores firmantes del acuerdo y de la organización agraria
COAG-Canarias, el establecer acuerdos de colaboración con SPAR Gran Canaria (Cencosu,
S.L.), que promuevan el cultivo de producciones de calidad en la isla de Gran Canaria,
que faciliten su comercialización dentro de una orientación temporal que otorgue mayor
seguridad y estabilidad a los ingresos de los productores, y que contribuyan a la promoción
de un producto que tiene una calidad avalada.
https://sede.gobcan.es/cpji/boc
boc-a-2017-018-372
Boletín Oficial de Canarias núm. 18
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Jueves 26 de enero de 2017
Que es deseo del Gobierno de Canarias, del Cabildo Insular de Gran Canaria y de UCONPA
el apoyar iniciativas como la recogida en este convenio que promueve un incremento del
porcentaje de producción local de calidad en las entidades de distribución, resultando ello en
beneficio de los agricultores y de los consumidores del Archipiélago.
CONVIENEN
Suscribir el presente Convenio de Colaboración que se regirá con arreglo a las siguientes
ESTIPULACIONES
Primera.- Objeto del Convenio.
El objeto de este Convenio es el de establecer un acuerdo entre productores de papas de
Gran Canaria y la empresa SPAR Gran Canaria (Cencosu, S.L.) para fomentar, por un lado,
la producción y la comercialización en los establecimientos de venta de SPAR Gran Canaria
(Cencosu, S.L.) de papa local de calidad, y, por otro, el facilitar a los agricultores de la isla
el acceso a papa de semilla adecuada para su uso en sistemas de producción respetuosos
con el medio ambiente. En el marco de este acuerdo, COAG-Canarias, la Consejería de
Agricultura, Ganadería, Pesca y Aguas del Gobierno de Canarias, la Consejería del Sector
Primario y Soberanía Alimentaria del Cabildo Insular de Gran Canaria y UCONPA se
reconocen como impulsores del acuerdo.
Segunda.- Las obligaciones de cada una de las partes del Convenio son:
En el caso de SPAR Gran Canaria (Cencosu, S.L.) se compromete a:
- Proveer al conjunto de los agricultores firmantes del acuerdo (cuya relación se detalla
en un anexo) la cantidad global de 100.000 kg de semilla de papa de las variedades Cara,
Picasso, Rudolf, Spunta, Galáctica y Rose Garden, siendo el precio a pagar por las mismas
el que se acuerde entre las partes y retrasándose el abono por parte del agricultor al momento
en el que SPAR Gran Canaria (Cencosu, S.L.) realice la liquidación por las papas ya
cosechadas y comercializadas. La cantidad a entregar a cada productor será determinada de
manera consensuada por las partes atendiendo a las peticiones realizadas por los productores
adheridos a este Convenio, teniéndose en cuenta igualmente como criterio la intención de
abarcar la mayor parte de los municipios productores de la isla.
- Las cajas tendrán una capacidad de 15 kg, y recogerán en un lugar visible los logos
distintivos de los firmantes de este convenio, lo cual posibilitará identificar las producciones
del acuerdo.
- Identificar a través de cartelería y/u otros medios de difusión y promoción los lineales
de los establecimientos de venta en los que se localicen estas producciones.
En el caso de los agricultores firmantes, cada uno de ellos se compromete a:
- Cultivar las papas de semillas recibidas en el marco de este acuerdo respetando el
código de buenas prácticas y las normas de calidad en su caso.
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boc-a-2017-018-372
Boletín Oficial de Canarias núm. 18
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Jueves 26 de enero de 2017
- Facilitar la realización de las acciones de seguimiento y control de los técnicos de
COAG-Canarias asignados a tal fin, así como las que se determine realizar por parte de los
firmantes del Convenio a partir de la solicitud de cualquiera de ellos. Para posibilitar esta
labor, los agricultores participantes comunicarán al resto de firmantes los datos identificativos
de las parcelas en las que se plantarán las papas de semilla (considerándose estas parcelas
adscritas al Convenio).
- Comercializar las papas obtenidas a partir de las semillas recibidas únicamente,
y de manera exclusiva, en los establecimientos de SPAR Gran Canaria (Cencosu, S.L.),
atendiendo a las condiciones y a los formatos acordados en el marco de este Convenio.
- Notificar al resto de los firmantes del acuerdo cualquier incidencia que se produzca en
los cultivos que pueda tener incidencia en el cumplimiento de lo fines del mismo y/o en los
compromisos adquiridos por las partes.
En el caso de COAG-Canarias, se compromete a:
- Poner a disposición del Convenio un técnico agrícola perteneciente a sus servicios
técnicos, con la función de realizar las acciones de seguimiento y control de los cultivos que
se estimen necesarias en las parcelas adscritas al Convenio, así como otras tareas de carácter
técnico que se consideren.
- Difundir el Convenio entre asociados y agricultores en general, para que un mayor
número se sume al mismo, y entre la población de Gran Canaria. Ello incluye la función
de organizar, conjuntamente con SPAR Gran Canaria (Cencosu, S.L.) y a petición de este,
visitas de consumidores y clientes a las parcelas adscritas al Convenio.
En el caso de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Aguas del Gobierno de
Canarias, la Consejería del Sector Primario y Soberanía Alimentaría del Cabildo Insular de
Gran Canaria y UCONPA, se comprometen a:
- Constituirse en impulsores del Convenio firmado, y a colaborar en aquellas cuestiones
que, dentro de sus competencias, consideren que pueden contribuir a reforzar el acuerdo
alcanzado, entendiendo que el mismo resulta positivo para los agricultores y los consumidores
de la isla de Gran Canaria.
Tercera.- Otras cuestiones relativas al Convenio.
- Modo y condiciones para la entrega de la semilla de papa y de la producción
comercializada.
- La semilla de papa será entregada por parte de SPAR Gran Canaria (Cencosu, S.L.), a los
agricultores adheridos al Convenio en las dependencias de la empresa en MercaLasPalmas.
En lo que respecta a la papa de consumo obtenida por los productores a partir de la semilla de
papa entregada por SPAR Gran Canaria (Cencosu, S.L.), será entregada por los productores
en las dependencias de la empresa en MercaLasPalmas, notificándose el inicio de las entregas
10 días antes de la primera entrega.
https://sede.gobcan.es/cpji/boc
boc-a-2017-018-372
Boletín Oficial de Canarias núm. 18
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Jueves 26 de enero de 2017
- Procedimiento de facturación y pago.
El procedimiento de facturación y pago será el acordado por parte de SPAR Gran Canaria
(Cencosu, S.L.) y COAG-Canarias. En cualquier caso, el mismo se adecuará a la normativa
vigente, que establece el pago al agricultor en un periodo máximo de 30 días a partir de la
entrega de la papa de consumo a SPAR Cencosu Gran Canaria. El precio a percibir por los
agricultores por la papa de consumo entregada a SPAR Gran Canaria (Cencosu, S.L.) no
será inferior al coste de producción. En lo que respecta a la cuantía a abonar por el productor
a SPAR Gran Canaria (Cencosu, S.L.) por proveerle de la semilla, su coste será detraído a
cada agricultor en el momento del pago por la papa de consumo entregada.
Cuarta.- Vigencia del Convenio.
El presente Convenio entrará en vigor desde el momento de su firma y permanecerá
vigente durante seis (6) meses, salvo que concurra en alguna de las causas de extinción que
se establecen en la estipulación siguiente, pudiendo ser prorrogado por acuerdo explícito de
las partes por períodos anuales.
Quinta.- Extinción del Convenio.
Las partes firmantes del Convenio podrán instar a la extinción del mismo, por las
siguientes causas:
1. Por mutuo acuerdo entre las partes.
2.Por incumplimiento de una de las partes de las estipulaciones contenidas en el
Convenio, a instancia de alguna/s de las otras partes.
Sexta.- Jurisdicción.
En caso de controversia en el cumplimiento o interpretación del presente Convenio,
que las partes no pudieran resolver de mutuo acuerdo, las partes acuerdan someterse a la
administración jurídica competente en virtud de la legislación aplicable a este Convenio.
Por lo demás, la entidad “CENCOSU” y las Sociedades Agrarias de Transformación,
Sociedades Cooperativas y OPFH firmantes de este acuerdo acuerdan regular más
ampliamente el contenido de las relaciones privadas que resultan de lo pactado en este
Convenio en el anexo que firman separadamente y que se incorpora al mismo.
Para la debida constancia de todo lo convenido y en prueba de conformidad, se firma el
presente Convenio, por quintuplicado ejemplar, en el lugar y fecha al principio indicados.
Ángel F. Medina Padrón, en calidad de Presidente del Consejo de Administración de
CENCOSU, S.L., Rafael Hernández Reyes, en calidad de Presidente de la Coordinadora de
Organizaciones de Agricultores y Ganaderos de Canarias, Narvay Quintero Castañeda, en
calidad de Consejero de Agricultura, Ganadería, Pesca y Aguas del Gobierno de Canarias,
Miguel Hidalgo Sánchez, en calidad de Consejero del Sector Primario y Soberanía
Alimentaria del Cabildo Insular de Gran Canaria, José Manuel Quesada Frigolet, en calidad
de Secretario General de la Unión de Consumidores de Las Palmas y, una relación de
agricultores productores de papa, cuyos datos se adjuntan en un anexo como parte de este
Convenio.
https://sede.gobcan.es/cpji/boc
boc-a-2017-018-372
Boletín Oficial de Canarias núm. 18
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Jueves 26 de enero de 2017
ANEXO I
RELACIÓN DE AGRICULTORES PRODUCTORES DE PAPA ADSCRITOS AL CONVENIO
NOMBRE
CIF/NIF
ENTIDAD
MUNICIPIO
RAFAEL HERNÁNDEZ
42816971-X
SAT
LAS PALMAS
FIRMA
AGROCANARIAS
COACEN
F-35732115
COACEN
TELDE
FINCA EL VIZO
G-7606003
SAT
ARUCAS
AGROCANARIAS
JOSÉ A. GARCÍA DÍAZ
78508489-J
COACEN
SAN MATEO
JAVIER SÁNCHEZ PÉREZ 52838572-M
VALSEQUILLO
HORTÍFRUTAS
B-35144815
FIRGAS
MARIO BENÍTEZ
ORTEGA
54074545-G
VALSEQUILLO
PEDRO SANTIAGO E
42695603-J
MOYA
J-35786136
MOYA
CANARIAS, S.L.U.
HIJOS, S.L.
HIJOS DE TITO, S.C.P.
PEDRO PABLO MEJÍAS 43267396-A
SANTA LUCÍA
RAMÍREZ
GONZALO GARCÍA
43657315-A
FONTANALES
MONTESDEOCA
https://sede.gobcan.es/cpji/boc
boc-a-2017-018-372