COMUNICADO N° 01-2017-ULP-JGA La UNIVERSIDAD PRIVADA LÍDER PERUANA comunica a los estudiantes y al público en general lo siguiente: Que, frente a la desafortunada publicación emitida por la Superintendencia Nacional de Educación Universitaria –SUNEDU, el día domingo 22 de enero de 2017 y repetida por varios medios de comunicación, involucrándonos con universidades que “NO TENDRÍAN” autorización para brindar servicios educativos de algunas Carreras Universitarias. La Universidad cumple con: 1.- LLAMAR A LA SERENIDAD al estudiantado, de la Universidad Privada Líder Peruana y al público en general, guardando la calma frente a esta comunicación, tendenciosa y sin sustento. Afirmando que la Universidad tiene toda la documentación y cuenta con las autorizaciones respectivas para su funcionamiento tanto de la Universidad y de sus Carreras Profesionales. Estando en constante comunicación legal con la SUNEDU. 2.- REAFIRMAR QUE LAS CARRERAS DE INGENIERÍA CIVIL E INGENIERÍA AMBIENTAL, ESTAN AUTORIZADAS. El extinto Consejo Nacional para la Autorización de Funcionamiento de Universidades –CONAFU, ha autorizado a la Universidad Privada Líder Peruana el funcionamiento de las Carreras de Ingeniería Civil e Ingeniería Ambiental, bajo las siguientes Resoluciones: a) Mediante Resolución N° 364-2014-CONAFU, se admitió a trámite la solicitud de Autorización de Funcionamiento de las Carreras de Ingeniería Civil e Ingeniería Ambiental. b) Con la Resolución N° 547-2014-CONAFU, aprueba: ARTÍCULO PRIMERO.- APROBAR el informe Final de la Comisión Calificadora que evaluó las Carreras de: 1) Ingeniería Civil y 2) Ingeniería Ambiental… Este informe final de la Comisión Calificadora concluye; “ SE DÉ POR APROBADO EL PROYECTO DE LAS CARRERAS PROFESIONALES DE INGENIERÍA CIVIL E INGENIERÍA AMBIENTAL DE LA UNIVERSIDAD PRIVADA LÍDER PERUANA, EN REEMPLAZO DE LAS CARRERAS PROFESIONALES DE DERECHO Y CIENCIAS POLÍTICAS Y DE ENFERMERÍA…” ARTÍCULO SEGUNDO.- ESTABLECER que la implementación de las Carreras Profesionales de: 1) Ingeniería Civil y 2) Ingeniería Ambiental, se sujetaran a las normas correspondientes para su posterior autorización de funcionamiento. En cumplimiento de la misma, la Universidad, está ejecutando la implementación aprobada de las Carreras Profesionales de: 1) Ingeniería Civil y 2) Ingeniería Ambiental, conforme al PDI aprobado y que a la actualidad comprende hasta el segundo año de funcionamiento, según la programación de implementación aprobada. La Autorización a la que se hace mención, es referida a la AUTORIZACION DEFINITIVA, ahora denominada LICENCIAMIENTO. El nuevo organismo SUNEDU deberá emitimos el LICENCIAMIENTO DEFINITIVO, derecho adquirido y ganado por nuestra Universidad. 3.- LA UNIVERSIDAD ASEGURA QUE LOS ESTUDIANTES NO SERAN PERJUDICADOS DE NINGUNA FORMA. LA UNIVERSIDAD JR. QUILLABAMBA N° 110 SANTA ANA. LA CONVENCIÓN. CUSCO www.ulp.edu.pe / www.ulidercusco.edu.pe TELF. 084- 281326
© Copyright 2024