Correos aplica la normativa a rajatabla para exigir

Ceutaldia.com- Diario Digital
Correos aplica la normativa a rajatabla para exigir el DUA a paquetes valorados entre
22 y 150 euros
Autor Gonzalo Testa
jueves, 19 de enero de 2017
- Fuentes técnicas de la Ciudad Autónoma explican que el operador postal “se mantiene, erre que erre, en exigir
Despacho cuando la Agencia Tributaria en Ceuta no lo hace”
- Reconocen que la empresa tiene "amparo legal" para, al pie de la letra, sostener su política pese al acuerdo existente
entre Administraciones para minimizar costes y molestias a la ciudadanía
- Correos dice que "realizamos la tramitación Aduanera en Ceuta de acuerdo con lo señalado en la normativa vigente"
y que "no se ha producido ningún cambio" en ella
Correos sigue cobrando y facturando sus 14 euros por el DUA de Importación a los ceutíes por recibir paquetes de valor
superior a 22 euros pese a que la semana pasada tanto la Ciudad como la Delegación aseguraron que existe un acuerdo
para no hacerlo por debajo de 150 si tiene procedencia comunitaria. Quienes lo han sufrido han escuchado
explicaciones tan peregrinas como que la prensa "se inventa" tal información. Ante la paradoja de que una empresa de
capital público actúe al margen del criterio de la Administración General del Estado, Ceutaldia.com ha pedido una
explicación formal detallada de la situación a la Ciudad Autónoma, que se comprometió en el Pleno a intentar minimizar
costes y molestias a los ceutíes, y a los servicios centrales del operador postal.
“El Despacho de Importación", han contextualizado fuentes técnicas de la Asamblea, "es exigible a todas las
compras realizadas por empresarios o profesionales locales con independencia del importe y de la condición del que
realice el transporte de la mercancía pero respecto de los particulares no, tampoco el pago del IPSI, si el valor es inferior
a 22 euros”.
Todos de acuerdo: Correos dice: “Realizamos la tramitación Aduanera en Ceuta de acuerdo con lo señalado en
la normativa vigente, en concreto con la Resolución DUA de 2014 que en su Capítulo 2, punto 2.2, párrafo 5, establece
que deben despacharse mediante DUA ‘las importaciones en Ceuta de mercancías cualquiera que sea su
procedencia’ siempre que el valor de la misma sea superior a 22 euros”.
A partir de ahí aparecen las diferencias de criterio. Ciudad y Delegación coinciden en que “la Administración
Tributaria en Ceuta no exige Despacho a los envíos a particulares a través de Correos con procedencia de la Unión
Europea y valor inferior a 150 euros, sin perjuicio de que por cuestiones sanitarias o de otro orden la Aduana exija
documentación o reconocimiento físico de la mercancía”.
Correos, no: “No se ha producido ningún cambio normativo, por lo que sigue siendo de aplicación el principio
normativo general según el cual las importaciones en Ceuta están obligadas a formalizar trámite de importación DUA
y así lo hemos confirmado ante las autoridades tanto de la Agencia Estatal de Administración Tributaria de Ceuta como
del Gobierno local”.
Este último lamenta que Correos “se mantiene, erre que erre, en exigir Despacho cuando la Agencia Tributaria
no lo exige”. La empresa rebate que tiene “la obligación”, a la llegada de paquetes a Ceuta y para
poder dar curso a los envíos y entregarlos “cualquiera que sea su origen comunitario o no”, de
“presentar a Despacho la mercancía ante la aduana, formalizar el correspondiente DUA en cumplimiento de la
normativa vigente y practicar la liquidación del impuesto correspondiente (IPSI) ante la Consejería de Hacienda de la
Ciudad Autónoma de Ceuta para luego hacer el intento de entrega a los destinatarios”.
Entrega "previo pago"
“Esta entrega al destinatario”, completa su argumentario, “previo pago de los impuestos y la tarifa
de DUA, de acuerdo con la normativa vigente, representa la autorización de Despacho en favor de Correos”.
Además asegura que “respeta” el derecho de los destinatarios a ejercer su derecho de autodespacharse
en los supuestos previstos en la normativa: con carácter general destinatarios particulares y mercancía comunitaria.
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Generado: 23 January, 2017, 13:19
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La Ciudad Autónoma no tiene tan claro que Correos pueda o deba efectuar ese trámite aduanero y tributario “sin
preguntar al destinatario si lo desea, facturando directamente”. Aparte son conocidas las dificultades, cuando se
opta por ese camino, para recibir los envíos antes de “meses”.
¿Qué hacer? La Ciudad reconoce que Correos, al pie de la letra, “dispone de amparo legal para exigir a los
particulares destinatarios de envíos de valor superior a 22 euros el Despacho” y ante ello “la salida que les
queda a los interesados es acudir con la factura a Aduanas para que se la sellen, autorizándoles el levante de la
mercancía directamente, sin el Despacho de Correos, siempre que no supere el valor de 150 euros”.
No obstante, la Administración autonómica considera que “la autoridad competente” podría “dictar
algún tipo de orden interna", si cabe en la relación de Correos con la Administración General del Estado, para aclarar la
cuestión de una vez por todas y evitar paseos y cabreos.
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