boletín

Año XII - N° 2712
BOLETÍN
DEL INSTITUTO
BUENOS AIRES, Miércoles 18 de Enero de 2017
DISPOSICIONES CONJUNTAS
N° 0020-SGPS-SGTM-17
Reemplaza Anexo I - DICO N° 0005/SGPS-SGTM/17... pág.1
DISPOSICIONES
N° 0017-SDE-17
Autoriza llamado a LP - Transporte terrestre.................. pág.1
Disposición Conjunta N° 0020
BUENOS AIRES, 17 ENE. 2017
VISTO el Expediente N° 0200-2016-0007172-6, la Ley 19.032
y sus modificaciones, el Decreto de Necesidad y Urgencia
02/2004, la Resolución 337/DE/2005 y sus modificatorias, la
Disposición Conjunta 107/GPSyC-GPM/2014, la Disposición
2903/GPM/2015, la Resolución 1303/DE/2016, la Disposición
Conjunta 0005/SGPS-SGTM/2017; y
CONSIDERANDO:
Que el Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados
y Pensionados se inspira en el principio de solidaridad y el
criterio de razonabilidad en el uso de los recursos económicos,
humanos y sociales.
Que por tal motivo, se dictó la Resolución 337/DE/2005 por la
cual se aprobó la implementación del sistema de provisión de
medicamentos por vía de excepción, razones sociales y Ley
24.901, delegando la reglamentación de los procedimientos para
la implementación de dicho sistema mediante el dictado de las
Disposiciones correspondientes.
Que por Disposición Conjunta 107/GPSyC-GPM/2014 se
aprobaron los Criterios de Inclusión, Normas de Procedimiento, y
Formulario de “Declaración Jurada” para el acceso al subsidio de
cobertura total de medicamentos por razones sociales, conforme
Anexos I, II y III respectivamente.
Que mediante la Disposición 2903/GPM/2015 se aprobaron
las “Normas para proporcionar la cobertura del 100% en
medicamentos” conforme el mecanismo de provisión de
medicamentos establecido en el Anexo I de la misma.
Que por Disposición Conjunta 0005/SGPS-SGTM/2017 se
modificó el Anexo I de la Disposición Conjunta 107/GPSyCGPM/2014, estableciéndose en el Anexo I de aquélla Disposición,
los nuevos parámetros para acceder a la cobertura al 100% de
medicamentos por razones sociales.
Que asimismo, por Disposición Conjunta 0005/SGPS SGTM/2017 se modificó el punto intitulado “Mecanismo para la
Provisión de Medicamentos” obrante en la página 16 del Anexo
I de la Disposición 2903/GPM/2015, conforme lo dispuesto en
el artículo 1° de aquélla Disposición.
Que a fin de facilitar la interpretación de los parámetros
requeridos para el acceso a la cober tura al 100% de
medicamentos por razones sociales, resulta necesario aclarar
los términos contenidos en el Anexo I de la Disposición Conjunta
0005/SGPS-SGTM/2017.
Que la Secretaría General Técnico Jurídica ha tomado la
intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades
conferidas por la Resolución 337/DE/2005 y la Resolución 2/
DE/2015 y sus modificaciones.
Por ello,
LA SECRETARÍA GENERAL DE PROMOCIÓN SOCIAL
Y LA SECRETARÍA GENERAL TÉCNICO MÉDICA
DISPONEN:
ARTÍCULO 1°.- Reemplazar el Anexo I de la Disposición
Conjunta 0005/SGPS-SGTM/2017, por el Anexo I de la presente.
ARTÍCULO 2°.- Ratificar en todo lo demás la Disposición
Conjunta 0005/SGPS-SGTM/2017.
ARTÍCULO 3°.- Regístrese. Comuníquese. Cumplido archívese.
DISPOSICIÓN CONJUNTA N° 0020/SGPS-SGTM/2017
Martina Sol RUIZ SUHR - Secretaria General de Promoción
Social
Med. Rafael J. ZAMORA - Secretario General Técnico Médico
ANEXO I – DISPOSICIÓN CONJUNTA N° 0020-17
Para acceder a los medicamentos al 100 % de cobertura por
razones sociales, los afiliados al Instituto deberán:
a) Tener Ingreso menor o igual a 1,5 haberes previsionales
mínimos.
b) No estar afiliados a una empresa de medicina Pre Paga,
conforme la definición del Art. 2 de la Ley N° 26.682.
c) No encontrarse incurso en alguno de los siguientes supuestos:
(i) Ser propietarios de más de un inmueble,
(ii) Poseer un vehículo de menos de 10 años de antigüedad (a
menos que posean un certificado de discapacidad)
(iii) Poseer aeronaves o embarcaciones de lujo.
• En caso de resultar excluidos del beneficio en virtud de lo
dispuesto en alguno de los acápites a, b, o c precedentes, los
afiliados que tengan un costo en su bolsillo para la adquisición
de los medicamentos prescriptos en sus tratamientos, que sea
igual o mayor al 5% de sus ingresos, podrán solicitar la cobertura
al 100% de medicamentos por razones sociales, a través de
un mecanismo de vía de excepción en el que se requerirá y
evaluará:
1) Revalidación médica.
2) Informe social (Disposición 7339/GPSyC/14) y la escala de
vulnerabilidad Socio-sanitaria (Disposición 3605/GPSyC/14)
Disposición N° 0017
BUENOS AIRES, 17 ENE 2017
VISTO el Expediente N° 0200-2016-0011367-4 y,
CONSIDERANDO:
Que por el actuado citado en el Visto tramita la contratación
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BOLETÍN
DEL INSTITUTO
BUENOS AIRES, Miércoles 18 de Enero de 2017
de un Servicio de transporte terrestre de larga distancia a las
localidades de Embalse (provincia de Córdoba), Chapadmalal
(provincia de Buenos Aires) y San Pedro de Colalao (provincia
de Tucumán), con servicio de comida en parador y excursiones
en destino y de un Servicio de traslados de viajes de corta
distancia en conurbano y/o CABA (hasta 80 km máximo), con
vianda incluida, todos ida y vuelta, para el traslado de afiliados
del Instituto durante el transcurso del año 2017.
Que a tal efecto, la Gerencia de Promoción Social y Comunitaria
determinó las respectivas especificaciones técnicas y cláusulas
particulares y asimismo, estimó el costo actual de erogación.
Que sobre la base de lo requerido, la Subgerencia de Compras y
Contrataciones procedió a la elaboración del Pliego de Bases y
Condiciones Particulares y Especificaciones Técnicas y Anexos
que regirá el presente llamado.
Que de acuerdo a lo dispuesto en los artículos 19° inciso
a), 25° inciso a) y b), 26° y 27° del Régimen General de
Contratación de Bienes, Servicios y Prestadores de Servicios
Médico Asistenciales y Sociales del I.N.S.S.J.P., aprobado
por Resolución N° 135/03-I del 8 de Agosto de 2003 y sus
modificaciones, corresponde realizar un llamado a Licitación
Pública, bajo la modalidad de Contratación Consolidada y Orden
de Compra Abierta.
Que la convocatoria a presentar ofertas deberá efectuarse
mediante la publicación de avisos en el Boletín Oficial por el
término de DOS (2) días hábiles y en UN (1) diario de mayor
circulación por el término de DOS (2) días hábiles, con un mínimo
de CINCO (5) días hábiles de antelación a la fecha fijada para
la apertura de ofertas, computados a partir del día siguiente de
la última publicación, conforme lo establecido en los artículos
38° y 39° del Régimen de Contratación vigente.
Que la convocatoria deberá efectuarse, asimismo, mediante
el envío de las invitaciones a los proveedores del rubro que se
encuentren inscriptos en el Registro Informático Único Nacional
de Proveedores y Prestadores del Instituto, con un mínimo de
cinco (5) días hábiles de antelación a la fecha fijada para la
apertura de ofertas y, mediante la publicación del Pliego de
Bases y Condiciones Particulares y Especificaciones Técnicas
y Anexos en la página de Internet del Instituto, en forma
simultánea, desde que se cursen las invitaciones hasta el día
de la apertura.
Que la Subgerencia de Compras y Contrataciones procedió a
realizar la respectiva imputación presupuestaria para afrontar
la presente erogación, de conformidad con lo exigido por la
normativa del Instituto.
Que esta Subdirección Ejecutiva y la Dirección Ejecutiva del
Órgano Ejecutivo han tomado conocimiento de la Disposición
de Recursos, de acuerdo a lo dispuesto por el Anexo II de la
Resolución N° 844/DE/16.
Que han tomado intervención las Gerencia de Promoción Social
y Comunitaria, de Administración y Económico Financiera en lo
que resulta materia de sus respectivas competencias.
Que la Secretaría General Técnica Jurídica y la Gerencia de
Asuntos Legales han tomado intervención en el marco de sus
competencias, no encontrando objeciones jurídicas que formular
para la suscripción de la presente.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los artículos 2°
y 3° del Decreto N° 02/04 y el artículo 2° del Decreto N° 86/15,
ambos del Poder Ejecutivo Nacional y a la luz de lo normado por
las Resoluciones N° 0844/DE/16 y N° 1321/DE/16,
EL SUBDIRECTOR EJECUTIVO DEL ÓRGANO
EJECUTIVO DE GOBIERNO DEL INSTITUTO
NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES
PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS
DISPONE:
ARTÍCULO 1°.- Autorizar a efectuar un llamado a Licitación
Pública, para la contratación de un Servicio de transporte
terrestre de larga distancia a las localidades de Embalse
(provincia de Córdoba), Chapadmalal (provincia de Buenos
Aires) y San Pedro de Colalao (provincia de Tucumán), con
servicio de comida en parador y excursiones en destino y de un
Servicio de traslados de viajes de corta distancia en conurbano
y/o CABA (hasta 80 km máximo), con vianda incluida, todos
ida y vuelta, para el traslado de afiliados del Instituto durante el
transcurso del año 2017, encuadrando la misma en los términos
de los artículos 19° inciso a), 25° inciso a) y b), 26° y 27° del
“Régimen General de Contratación de Bienes, Servicios y
Prestadores de Servicios Médico Asistenciales y Sociales” del
Instituto, aprobado por Resolución N° 135/03-I del 8 de agosto
de 2003.
ARTÍCULO 2°.- Aprobar el Pliego de Bases y Condiciones
Particulares y Especificaciones Técnicas y Anexos que se
agrega y pasa a formar parte de la presente.
ARTÍCULO 3°.- Aprobar el modelo de Aviso que en UNA (1) foja
se agrega y pasa a formar parte de la presente como Anexo,
para su publicación por el término de DOS (2) días hábiles en
el Boletín Oficial y en un (1) diario de mayor circulación por el
término de DOS (2) días hábiles, con un mínimo de CINCO (5)
días hábiles de antelación a la fecha fijada para la apertura
de ofertas, computados a partir del día siguiente de la última
publicación conforme lo establecido por los artículos 38° y 39°
del Régimen de Contratación vigente.
ARTÍCULO 4°.- Invítese con un mínimo de CINCO (5) días hábiles
de antelación a la fecha fijada para la apertura de las ofertas,
a los proveedores que se encuentren inscriptos en el Registro
Informático Único Nacional de Proveedores y Prestadores del
Instituto, a presentar ofertas en la presente Licitación Pública,
dejando constancia en las actuaciones.
ARTÍCULO 5°.- Difúndase desde el día en que se cursen las
invitaciones y hasta el día de la apertura de las ofertas, en la
página de Internet del Instituto.
ARTÍCULO 6°.- Delegar las suscripciones de Circulares con o
sin consulta y modificatorias del Pliego de Bases y Condiciones
Particulares y Especificaciones Técnicas y Anexos, en la
Gerencia de Administración.
ARTÍCULO 7°.- Regístrese, comuníquese y publíquese en el
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BUENOS AIRES, Miércoles 18 de Enero de 2017
Boletín del Instituto. Cumplido, archívese.
DISPOSICIÓN N° 0017/SDE/2017
Dr. Gonzalo RIOBÓ – Subdirector Ejecutivo
MODELO DE AVISO - ANEXO DISPOSICIÓN N° 0017-17
ORGANISMO CONTRATANTE
INSTITUTO NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES PARA
JUBILADOS Y PENSIONADOS
LLAMASE A LICITACIÓN PÚBLICA N° / 17 PA R A L A
CONTRATACIÓN DE UN SERVICIO DE TRANSPORTE
TERRESTRE DE LARGA DISTANCIA A LAS LOCALIDADES
DE EMBALSE (PROVINCIA DE CÓRDOBA), CHAPADMALAL
(PROVINCIA DE BUENOS AIRES) Y SAN PEDRO DE
COLALAO (PROVINCIA DE TUCUMÁN), CON SERVICIO DE
COMIDA EN PARADOR Y EXCURSIONES EN DESTINO Y
DE UN SERVICIO DE TRASLADOS DE VIAJES DE CORTA
DISTANCIA EN CONURBANO Y/O CABA (HASTA 80 KM
MÁXIMO), CON VIANDA INCLUIDA, TODOS IDA Y VUELTA,
PAR A EL TR ASLADO DE AFILIADOS DEL INSTITUTO
DURANTE EL TRANSCURSO DEL AÑO 2017.
EXPEDIENTE N° 0200-2016-0011367-4
PLIEGOS E INFORMACIÓN EN:
PAGINA DE INTERNET: www.pami.org.ar
VALOR DEL PLIEGO: SIN COSTO
CONSULTAS AL PLIEGO
Por nota dirigida a la Subgerencia de Compras y Contrataciones
Av. Corrientes 655 - 6to piso - CABA o por
Correo Electrónico: [email protected]
Hasta tres (3) días hábiles previo a la apertura de las ofertas
PRESENTACIÓN DE OFERTAS EN:
Subgerencia de Compras y Contrataciones
Corrientes 655 - Planta baja
Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Hasta la hora fijada para la apertura de las ofertas
LUGAR DE APERTURA
Subgerencia de Compras y Contrataciones
Corrientes 655 - Planta baja
Ciudad Autónoma de Buenos Aires
APERTURA:
de de 2017
HORA:
Hrs.
Consulte los anexos aquí o envíe el Formulario de Solicitud de
Documentación por correo a: [email protected]
Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados
Dr. Carlos Javier REGAZZONI - Director Ejecutivo
Dr. Gonzalo Luis RIOBÓ - Subdirector Ejecutivo
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Boletin del Instituto: Resoluciones N° 0439/DE/04, 0039/DE/16 y 1045/DE/16
Edición: División Gestión Electrónica de Normativa
Departamento Despacho. Unidad Secretaría Administrativa
[email protected] / [email protected]
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