Medios de Defensa contra el aumento al Impuesto

10 de enero, 2017
EY TAX Flash
Medios de Defensa
contra el aumento
al Impuesto Sobre
Nómina en Sinaloa
- Nómina aplicando tasas del 2.4% al 3.0%, en lugar del 1.5% utilizado en 2016. Los días 13 y 28 de diciembre de 2016, se publicaron en el Periódico Oficial “El Estado
de Sinaloa” los decretos 12 y 62 a través de los cuales se reformó la Ley de Hacienda
del Estado de Sinaloa para establecer una tarifa progresiva que efectivamente aumenta
la tasa del Impuesto Sobre Nómina (“ISN”).
Hasta el 2016, los contribuyentes del ISN en Sinaloa calculaban y pagaban el impuesto
aplicando una tasa del 1.5% sobre las erogaciones realizadas por concepto de
remuneración al trabajo personal subordinado; sin embargo, con la reforma referida en
el párrafo anterior, a partir de 2017 los contribuyentes pagarán el impuesto mediante la
aplicación de la tarifa progresiva que se muestra a continuación:
Límite inferior
Límite superior
Por ciento a
aplicar sobre la
base gravable
$ 0.01
$ 500,000.00
2.4%
$ 500,000.00
$ 700,000.00
2.5%
$ 700,000.01
$ 900,000.00
2.8%
$ 900,000.01
En adelante
3.0%
Empresas de industrias diversas tienen requerimientos de trabajo
subordinado distintos, y la erogación de una cantidad mayor
por concepto de salarios no necesariamente refleja una mayor
capacidad de contribuir al gasto público.
Por ello y por otras consideraciones igualmente relevantes, la
mecánica de cálculo del ISN pudiere resultar violatoria de la
proporcionalidad y equidad que todo tributo debe guardar acorde
a lo tutelado por la Constitución Federal.
En razón de la reforma referida, los contribuyentes del ISN
pudieren interponer un amparo indirecto con la finalidad de que
se declare la inconstitucionalidad de la reforma al artículo 18 de
la Ley de Hacienda del Estado de Sinaloa, y en caso de obtener
una resolución favorable, pudieren dejar de aplicar la tarifa
mencionada anteriormente al momento de calcular el ISN.
Los contribuyentes que deseen ampararse en contra de la norma
aquí referida, cuentan con 30 días hábiles a partir de su entrada
en vigor, o bien, con 15 días hábiles a partir de la fecha en que
realicen o deban realizar el primer pago del ISN en 2017.
Para mayor información sobre este comunicado, por favor
contactar a los siguientes profesionales:
Enrique Ramírez
[email protected]
Manuel González
[email protected]
Carlos Villarreal
[email protected]
Antonio Gómez del Campo
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Ricardo Aramburo
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Luis Ávila
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Nora Morales
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Ricardo Villalobos
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Juan Pablo Lemmen-Meyer
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Valeria Lapray
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