MI~IS1'ERIO DEL TRABAJO (3Oole' 2016 Por el cual se establece el. auxirro de transporte El PAES1DENTE DE LA REPOaUCA DE COLOMBIA En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales. en especiel de ras , conferidas en las Leyes 15 de 1959 y 4- de 1992. DECRETA ArtfcuIo 1.- FiJ8r" partir del primero (1°) de enero de dos mil diecisiete (2017~ el auxilio 'de ttánspOrte' á~/que·;ti"'n -derecho Jos servidores pílbficos y los ~ tlabajadores pártlculares que devenguen hasta dos (2) veces et salario Mfnlmo Legal Mensual, Vagante, en ra suma de OChenta Y tres mD ciento cuarenta pesOS , ($83..140..00), que se pagará por los empfeadores en todos los fugares del pars, donde se pAtSte el servicfo pOblico de transporte• .Articulo 2.- El presente decreto rige a partir del primero (1°) de enero del afto dos mif diecisiete (2017) Yderoga el Decreto 2553 de 2015. PUeÚQUESE y CÚMPLASE Dado en Bogotá, O.C•• a Jos I 30 ole 2016 ú~ 7'/ a Ministro de Hacfenda y Crédito PIlblfé:o, ilMfN""~ ~J.A.~ MAURICIOcARDENASSANTAMARfA • . • •,1 ¡"'~ DECRETO ,.', , ..... ¡ NÚMERo"" e 2210 DE 2016 30 La Ministra del Trabajo, HOJA No 2 le 2016 !YJ t . EN~ El Ministro de Transporte, LÓ Z OBREGÓN
© Copyright 2024