código de conducta y ética - Eduardo Ramos Almanza

BUFETE
Eduardo Ramos Almanza.
CÓDIGO DE
CONDUCTA Y ÉTICA
2016
ÍNDICE
I. MENSAJE DEL DIRECTOR GENERAL
II. INTRODUCCIÓN
III. POLÍTICAS DE CONDUCTA
IV. VALORES
V. CUMPLIMIENTO
CONDUCTA
DEL
CÓDIGO
DE
ÉTICA
Y
VI. PRINCIPIOS DEPARTAMENTALES
VII.
USO Y
CONFIDENCIAL
MANEJO
DE
LA
INFORMACIÓN
VIII. PROTECCIÓN DE ACTIVOS
IX. RESPONSABILIDAD EN EL MANEJO DE LOS BIENES
Y REGISTROS DE BUFETE EDUARDO RAMOS
ALMANZA
X. CONFLICTO DE INTERESES Y OPORTUNIDADES
XI. COMPETENCIA LEAL
XII. CUMPLIMIENTO DE LA LEY
XIII. ANTI-SOBORNO
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XIV. PREVENIR EL LAVADO DE DINERO
XV. REGALOS Y OTRAS CORTESÍAS
XVI. CARTA DE ADHESIÓN
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I. MENSAJE DEL DIRECTOR GENERAL
La prestación de servicios profesionales debe encontrarse
sustentada en los más elementales valores y principios
éticos.
No basta la conducta deontológica del abogado en lo
particular para el correcto desempeño de la profesión,
además es necesario que esta conducta se encuentre
permeada en todos y cada uno de los elementos que
componen la firma, toda vez que tan importante será el
servicio profesional como el servicio personal que cada uno
deberá de realizar con el cliente.
Nuestra firma se caracteriza por el servicio personal y
directo, basado en los valores de confianza, respeto,
honestidad, empatía, especialidad y asistencia jurídica.
El abogado es un profesionista al servicio de la comunidad y
cumple ese servicio como bien lo define el Código de Ética
de la Barra Mexicana de Abogados, Asociación Civil, al
poner sus conocimientos y habilidades en los que fue
formado y pretender la realización de la justicia., la
protección de los derechos humanos y las libertades
fundamentales.
Se debe actuar en todo momento con conocimiento y pericia
técnica, procurando la formación y actualización
permanente.
Se deben de prohibir y desterrar todo tipo de conductas que
conlleven al patrocinio de asuntos contrarios a los valores
éticos de la firma y en perjuicio de nuestros clientes.
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Si el cliente plantea un asunto en el cual no estamos de
acuerdo ni en la forma, ni en el fondo y no comulgamos con
sus ideas, entonces será nuestra obligación siempre dentro
del marco del respeto y la secrecía, negarnos a la atención de
dicho asunto.
II. INTRODUCCIÓN
Los valores éticos, el liderazgo y la responsabilidad, son
asuntos fundamentales e importantes para la misión que
nos hemos propuesto realizar en el desempeño de nuestras
actividades y funciones, dentro del marco ético y legal de
Bufete Eduardo Ramos Almanza.
Actuar con
integridad y profesionalismo, sirve para incrementar el valor
de la firma frente a nuestros clientes, personal, proveedores
y directivos, manteniendo los más altos niveles de
comportamiento éticos en el desempeño de quienes la
integramos.
Los principios más importantes de nuestro código de
conducta y ética, se basan en la intención de precisar y saber
actuar de cierta manera para contribuir a la realización de
varias acciones positivas y al bienestar de todas las
situaciones dentro de la firma; Así como establecer el marco
de conducta y los parámetros esperados de aquellos que
forman parte de Bufete Eduardo Ramos Almanza, o
que interactúan con la misma.
Saber actuar con imparcialidad, con honestidad,
protegiendo y promoviendo el bien común, respecto a la
toma de decisiones diarias dentro de todos los aspectos de
Bufete Eduardo Ramos Almanza. Determinando así el
lugar que la ética y los valores tienen en los servicios
prestados y dentro de la firma; de lo contrario, se podría
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concluir que nuestros principios establecidos, no son
importantes para nosotros.
La ética y valores tienen que ver en todo lo que hacemos
dentro del nuestra área de trabajo; por lo que nos hemos
propuesto
promover
directores
profesionalmente
competentes, con un elevado sentido de la responsabilidad
moral y social que exige su posición de poder y altamente
especializados en las diferentes ramas de Derecho. Ser unos
líderes en los servicios jurídicos integrales de acuerdo a
nuestro código de ética, para que influyan positivamente en
las decisiones diarias en el trabajo. Estas decisiones residen
más bien, en aquellas circunstancias específicas de las cuales
surgen los problemas, las que serán de gran importancia
para la valoración ética de variadas alternativas, tomando
así en consideración las que prevalecerán para resolver esos
problemas, según sea el caso específico. Proporcionando
las mejores soluciones que se puedan encontrar a las
interrogantes que la vida profesional y de servicios jurídicos
presenta.
Otro principio básico dentro de nuestro código de ética es
saber identificar bien las normas de comportamiento que
puedan ser aceptadas por todos los miembros de Bufete
Eduardo Ramos Almanza, realizar seminarios sobre
deontología. Para así ayudar a orientar y decidir como se
debe actuar para lograr dichos principios.
Así, estos valores éticos y principios, son indispensables no
sólo para cumplir cabalmente con lo establecido por la
firma, sino también fomentar una cultura institucional que
impulse actitudes y comportamientos dirigidos a una
colaboración más productiva y eficaz, aplicables a todas las
personas que colaboramos dentro de la misma,
independientemente del nivel jerárquico, actividad o área en
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que se desempeñen. Promover un ambiente apropiado para
un desarrollo integral.
III. POLÍTICAS DE CONDUCTA
Es importante promover una cultura ética, estableciendo y
difundiendo los principios, criterios de acciones y valores
entre todos los que forman Bufete Eduardo Ramos
Almanza y ante la comunidad.
IV. VALORES
Nuestra firma de encuentra cimentada en valores que
consideramos necesarios e indispensables para el desarrollo
de nuestra actividad y que deben ser claros y perceptibles
para todos nuestros clientes, estos valores éticos deben ser
respetados en su integridad para desempeñar correctamente
el quehacer diario y cumplir con las funciones de la firma
hacia nuestros clientes.
El éxito de Bufete Eduardo Ramos Almanza, será
actuar con rectitud y profesionalismo, ser responsables y
estar conscientes del impacto de nuestras acciones y
decisiones, buscando soluciones innovadoras ante cualquier
situación.
Crear una normatividad para la toma de decisiones y así
cumplir con nuestros compromisos, garantizando la
excelencia de nuestros servicios de forma ética y lícita.
 Confianza. Toda relación entre abogado y cliente se
encuentra basada entre otros valores, en la confianza;
tratamos de establecerla desde la primera entrevista
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con nuestro cliente y en la atención del servicio que se
requiere, a su vez consideramos que esta confianza debe
se prevalecer con todos los miembros de la firma.
 Honestidad. Necesariamente
la honestidad es
indispensable para el ejercicio de la práctica
profesional, honestidad que debemos mantener con
nuestros clientes, hacia las autoridades con las que
interactuamos en representación de nuestros clientes y
la interacción en todos los procesos de información que
se necesitan llevar a cabo desde el interior de la firma y
hacia las personas que se acercan a ella.
 Empatía.
Nuestros abogados se colocan en la
situación que vive cada cliente que acude por servicios,
sin importar la actividad, la empresa, el sector o la
condición, el abogado debe comprender en forma
absoluta el sentir de las personas que sufren un
determinado problema legal, o de la empresa que
requiere de un proceso de auditoría en cualquier
ámbito.; Únicamente logrando la empatía con el cliente,
estaremos preparados para afrontar el problema a
consulta y podremos conseguir resultados óptimos.
 Asistencia Jurídica Artesanal. La comprendemos
como el cuidado y excelencia en todos los trámites que
realizamos, consecuencia del estudio del caso concreto
con la rapidez mental que se requiere en el Derecho; así
como la atención personalizada con el cliente de
acuerdo a sus necesidades específicas con humanismo,
esta mezcla se ha vuelto el sello de nuestra firma gracias
al Doctor en Derecho y fundador Eduardo Ramos
Almanza, quien con el trabajo y dinámica de abogados
más jóvenes ha desarrollado lo que constituye nuestro
sello distintivo.
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 Especialidad. La estructura de la firma nos ha
permitido poder especializarnos en cada una de las
ramas del Derecho, ampliando el abanico de coberturas
jurídicas a nuestros clientes, sin que quede un hueco
legal en el que no podamos asesorar.
Estamos preparados para prestar servicios de asesoría
jurídica integral, cubriendo las necesidades de nuestros
clientes, ante cualquier contingente legal, somos
especialistas en la planeación estratégica jurídica, tanto
en plano Consultivo como en el procesal.
V. CUMPLIMIENTO
CONDUCTA
DEL
CÓDIGO
DE
ÉTICA
Y
Es responsabilidad de todos los que colaboran en Bufete
Eduardo Ramos Almanza, cumplir cabalmente con el
presente código de ética.
Conducir sus acciones positivamente, para que esto nos
sirva de guía al momento de plantear los principios éticos.
Hacer un compromiso íntegro y honesto, para lograr que sea
una firma de alto rendimiento, producción y excelencia.
VI. PRINCIPIOS DEPARTAMENTALES
Tanto los directivos y colaboradores de Bufete Eduardo
Ramos Almanza, deberán ejecutar y concretar de manera
profesional y con apego a la ley, todas sus actividades
laborales correspondientes; aportando sus conocimientos y
experiencias adquiridas.
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Mostrando siempre una actitud profesional, apegada a los
principios estipulados por Bufete Eduardo Ramos
Almanza a la que representamos.
Concretar correctamente el compromiso contraído y actuar
en una forma innovadora, para así superar las expectativas
deseadas; promoviendo siempre la excelencia y así obtener
el resultado deseado, todo dentro de un ambiente de trabajo
sano y productivo en cada departamento y sobre todo que se
refleje en un beneficio directo para nuestro cliente.
VII. USO Y MANEJO DE LA INFORMACIÓN
Cualquier información que no sea considerada para Bufete
Eduardo Ramos Almanza o para nuestros clientes de
tipo público, ya sea escrita, en cualquier formato electrónico
o cualquier otro medio, será estrictamente confidencial.
Se considera confidencial, cualquier procedimiento,
estrategia de carácter legal, de servicios, de compra, método,
proceso de producción, planes estratégicos, información de
planeación, información contable y financiera, estadísticas,
sistemas de organización, fusiones, adquisiciones,
proyectos, cambios organizacionales, costos, mercadeo de
productos así como el sistema (software), tarjetas
inteligentes, logotipos, imágenes, avisos comerciales
sonoros, gráficos etcétera, concepto de negocio, base de
datos de clientes, políticas de funcionamiento, asistencia
técnica, tecnología, personal y manejo de personal,
manuales de organización y procedimientos, información
industrial que Bufete Eduardo Ramos Almanza o
nuestros clientes nos hayan proporcionado y signifique
obtener o mantener una ventaja competitiva, estratégica,
procesal o corporativa e incluso económica frente a terceros
en la realización de nuestros servicios, incluyendo todo
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intercambio de información secreta acerca de los procesos y
con cualquier investigación, desarrollo, contabilidad,
ingeniería, mercadotecnia, arrendamientos, servicios
financieros, sistemas y técnicas de negocios o cualquier otro
documento vital para la estrategia, los cuales serán
clasificados como información privilegiada por Bufete
Eduardo Ramos Almanza. y se deberá mantener segura
dentro de la más estricta confidencialidad, conforme a las
políticas establecidas.
Todos los que colaboran en Bufete Eduardo Ramos
Almanza y tengan acceso a esa información, tendrán la
obligación de salvaguardar y evitar que se divulgue,
protegiendo todos los registros confidenciales de clientes,
proveedores, empleados y de la firma. Se deberá aplicar de
manera responsable las leyes de privacidad y
confidencialidad, respecto a los datos personales y todo tipo
de información que se utilice para la elaboración de nuestras
funciones laborales dentro de la misma.
VIII. PROTECCIÓN DE ACTIVOS
Los que colaboramos en Bufete Eduardo Ramos
Almanza
seremos responsables del buen uso, la
salvaguarda y custodia de todos aquellos bienes tangibles e
intangibles propiedad de la firma, los cuales son elementos
fundamentales considerados como activos, que se nos
proporcionan para desempeñar nuestras actividades
laborales.
No podrán ser utilizados con algún otro propósito diverso al
que están destinados, deberán ser únicamente usados y
difundidos responsablemente por el personal autorizado y
capacitado para tal efecto.
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IX. RESPONSABILIDAD EN EL MANEJO DE LOS BIENES
Y REGISTROS DE LA FIRMA
Conforme a toda la reglamentación y procedimientos
legalmente establecidos, Bufete Eduardo Ramos
Almanza. se compromete a proporcionar, según sea el
caso, aquella información de índole pública, la cual será
correcta, exacta y plena, dentro de todas las políticas y
lineamientos establecidos internamente, asegurándonos de
cumplir así con todos los requerimientos o requisitos
solicitados.
Solamente las personas autorizadas por Bufete Eduardo
Ramos Almanza, serán los responsables de dar o hacer el
mejor uso para el manejo de esos bienes, conforme al
control interno existente y así también dar a conocer o
informar los registros según sea el caso, junto con la facultad
y autorización expresa previamente otorgada.
X. CONFLICTO DE INTERESES Y OPORTUNIDADES
Todos los que trabajan en Bufete Eduardo Ramos
Almanza, tienen la obligación de actuar honestamente;
guardar a la firma, un sentido de lealtad, sin participar en
cualquier actividad directa o indirectamente que compita o
interfiera con Bufete Eduardo Ramos Almanza o sus
clientes, estar obligados a eludir cualquier situación que
pueda causar un conflicto de índole personal y laboral.
Evitar tener algún tipo de negociación vinculada a la
relación laboral que se tiene con la firma o sus clientes, ni
mucho menos recibir algún beneficio o ingreso de nuestros
proveedores, ni personal o empresa alguna no autorizada
para tal efecto. Evitar prácticas desleales con la firma.
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Al momento de encontrarnos o enterarnos ante una
situación de está índole, todos los que colaboramos para la
empresa, tenemos la obligación de informar o notificar al
superior responsable dicha circunstancia y así evitar un
conflicto de intereses dentro de la relación laboral, actuar
conforme a los principios establecidos anteriormente en
nuestro código de ética.
XI. COMPETENCIA LEAL
De acuerdo al presente código de ética y aún cuando los
servicios no son considerados como una actividad mercantil,
la competitividad debe basarse exclusivamente en el mérito
de nuestros productos y servicios, precio justo y una
atención conveniente y puntual; Preservando en todo
momento los valores de la firma y reflejando directamente
un beneficio a nuestros clientes, para así proporcionar una
mejor relación con todos nuestros proveedores y clientes,
manteniendo un acuerdo de trabajo formal e integro.
Se evitarán en todo momento las conductas ilícitas y que
incluso se puedan considerar como anticompetitivas, los
monopolios, las prácticas Monopólicas, las concentraciones
ilícitas, las barreras de libre concurrencia y se observará la
competencia económica leal, evitando toda restricción al
funcionamiento eficiente de los mercados.
Es obligación de todos y cada uno de los factores,
dependientes, proveedores y clientes de Bufete Eduardo
Ramos Almanza, Cumplir cabalmente todas las leyes
aplicables en la materia y en todo momento conducirnos
conforme a las más altas normas de ética.
Competir legalmente con otras firmas y nunca usar métodos
ilegales o no éticos para obtener alguna información que
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pudiera constituir un secreto o información confidencial de
nuestros clientes o de terceros; absteniéndonos a realizar
prácticas desleales.
XII. CUMPLIMIENTO DE LA LEY
Es necesario que todos los colaboradores en cualquier nivel
jerárquico, conozca y cumpla con el marco legal aplicable en
el desarrollo de sus labores. Siendo responsabilidad de cada
persona mantenernos informados y actualizados, de las
disposiciones que nos interese, conocer los cambios que
pueda haber respecto a dichas leyes.
Cumplir cabalmente con las leyes, reglamentos y normas
vigentes, así como hacer un compromiso íntegro y honesto
al apego a la legalidad, en el momento de establecer una
relación de negocios.
XIII. ANTI-SOBORNO
En la firma nos comprometemos a construir relaciones
fuertes y duraderas tanto como con nuestros clientes,
proveedores y autoridades, fundadas en la confianza y el
beneficio mutuo, apegados a las buenas prácticas de
negociaciones y servicios y por supuesto apoyamos la lucha
contra la corrupción.
Comprometidos a guiar y realizar todos nuestros servicios
de manera transparente e integra, cumpliendo así con todas
las leyes anti-corrupción, y así llevar todos nuestros
registros precisos, transparentes y completos.
Nunca
realizar ningún tipo de contribución ilegal con el fin de
obtener algún beneficio personal o para la firma.
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XIV. PREVENIR EL LAVADO DE DINERO
Para prevenir el lavado de dinero es necesario que Bufete
Eduardo Ramos Almanza, y todos los que colaboramos
en esta firma, cumplamos siempre con las leyes y
regulaciones aplicables relativas a la misma, minimizando el
riesgo y evitar involucrarnos en alguna transacción, arreglo
y operaciones que estén relacionados con algún origen
delictivo.
Evaluar siempre cada servicio a ofrecer realizado por la
firma, para así evitar fondos ilícitos. Estudiar y examinar
detenidamente todo tipo de relación para así asegurar su
integridad y origen.
XV. REGALOS Y OTRAS CORTESÍAS
El intercambio de regalos dentro de una relación laboral
puede causar conflicto de intereses, tanto en cuestiones
personales como en las laborales.
Es importante rechazar o dar, cualquier tipo de regalo o
invitación proveniente de los proveedores o persona con la
que se tenga alguna relación de trabajo, incluyendo clientes,
asegurarnos que desde el principio estén al tanto de las
directrices que marca la firma al respecto. Así mismo es
responsabilidad de los que colaboramos en la firma
informar inmediatamente a nuestro jefe, de cualquier
situación de este tipo.
Bufete Eduardo Ramos Almanza, sus empleados,
factores, dependientes, socios, aliados de negocios,
sucursales y filiales, se comprometen a seguir cabalmente
todas las disposiciones señaladas por la Ley Federal para la
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Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de
Procedencia Ilícita, así como a todo lo dispuesto por los
diferentes ordenamientos fiscales, civiles y penales del fuero
común y federales y que tengan aplicación para la
prevención de lavado de dinero y de financiamiento al
terrorismo.
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