2011 Año del Turismo - Portal Consejería Jurídica y de Servicios

Órgano de Difusión del Gobierno de la Ciudad de México
DÉCIMA NOVENA ÉPOCA
30 DE DICIEMBRE DE 2016
No. 233
Í N D I C E
ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda
♦ Resolución definitiva para el cambio de uso del suelo, con fundamento en el artículo 42 de la Ley de Desarrollo
Urbano del Distrito Federal con numero de folio 17340-321SUPE16 para el predio ubicado en Sur 105 No. 352,
Colonia Héroes de Churubusco, Delegación Iztapalapa
3
♦ Resolución definitiva para el cambio de uso del suelo, con fundamento en el Artículo 42 de la Ley de Desarrollo
Urbano del Distrito Federal con numero de folio 87883-321JUGL15 para el predio ubicado en Cristóbal Colón
No. 48, Pueblo Chimalcóyotl, Delegación Tlalpan
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♦ Resolución definitiva para el cambio de uso del suelo, con fundamento en el artículo 42 de la Ley de Desarrollo
Urbano Del Distrito Federal con numero de folio 55894-321MOAG14 para el predio ubicado en Chichenitzá No.
118, Colonia Letrán Valle, Delegación Benito Juárez
12
♦ Aviso por el que se prorroga el “Acuerdo por el que se suspende temporalmente la recepción y gestión de
solicitudes que se presentan ante la Ventanilla Única de la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda, relativas a
cualquier Acto Administrativo que implique la aplicación de la Norma de Ordenación Número 26.- Norma para
Incentivar la Producción de Vivienda Sustentable, de Interés Social y Popular”, publicado el 19 de agosto de 2013
en la Gaceta Oficial del Distrito Federal
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Delegación Iztapalapa
♦ Aviso por el cual se dan a conocer los Lineamientos Operativos de la Acción Institucional “Poder Ciudadano”, para
el Ejercicio Fiscal 2017
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Continúa en la Pág. 2
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30 de Diciembre de 2016
Índice
Viene de la Pág. 1
♦ Aviso por el cual se dan a conocer los Lineamientos Operativos de la Acción Institucional “Poder Vincularse”, para
el Ejercicio Fiscal 2017
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Instituto del Deporte
♦ Aviso por el cual se da a conocer el enlace electrónico donde puede ser consultado el Programa Institucional del
Instituto del Deporte de la Ciudad de México
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CONVOCATORIAS DE LICITACIÓN Y FALLOS
♦ Sistema de Transporte Colectivo.- Licitación Pública Nacional Número SDGMLP-N1-2017.- Convocatoria N°
01.- Renovación de la estación Balbuena de la Línea 1 del Sistema de Transporte Colectivo. (Segunda Etapa)
26
♦ Sistema de Transporte Colectivo.- Licitación Pública Nacional Número SDGMLP-N2-2017.- Convocatoria N°
02.- Renovación de la estación Cuauhtémoc de la Línea 1 del Sistema de Transporte Colectivo. (Segunda Etapa)
28
♦ Sistema de Transporte Colectivo.- Licitación Pública Nacional Número SDGMLP-N3-2017.- Convocatoria N°
03.- Renovación de la estación Salto del Agua de la Línea 1 del Sistema de Transporte Colectivo. (Segunda Etapa)
30
♦ Sistema de Transporte Colectivo.- Licitación Pública Nacional Número SDGMLP-N4-2017.- Convocatoria N°
04.- Renovación de la estación Sevilla de la Línea 1 del Sistema de Transporte Colectivo. (Segunda Etapa)
32
♦ Sistema de Transporte Colectivo.- Licitación Pública Nacional Número SDGMLP-N5-2017.- Convocatoria N°
05.- Renovación de la estación Merced de la Línea 1 del Sistema de Transporte Colectivo. (Segunda Etapa)
34
♦ Sistema de Aguas de la Ciudad De México.- Fallos de las Licitaciones Públicas Nacionales Números SACMEX-
LP-005-16, SACMEX-LP-006-16, SACMEX-LP-007-16, SACMEX-LP-008-16, SACMEX-LP-009-16,
SACMEX-LP-012-16, SACMEX-LP-013-16, SACMEX-LP-016-16, SACMEX-LP-019-16, SACMEX-LP-02016, SACMEX-LO-022-16, SACMEX-LO-023-16, SACMEX-LO-025-16, SACMEX-LO-031-16, SACMEX-LO032-16, SACMEX-LO-037-16, SACMEX-LO-043-16, SACMEX-LO-048-16, SACMEX-LP-050-16, SACMEXLP-055-2016, SACMEX-LP-056-2016, SACMEX-LP-057-2016, SACMEX-LP-058-2016, SACMEX-LP-0602016, SACMEX-LP-061-2016 y SACMEX-LP-062-2016.
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SECCIÓN DE AVISOS
♦ Texoro Textil, S.A. de C.V.
40
♦ Impulsol, S.A. de C.V.
41
♦ Desigrand, S.A. de C.V.
42
♦ Azul Tex, S.A. de C.V.
43
♦ Taffeta Textil, S.A. de C.V.
44
♦ AVISO
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ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO
SECRETARÍA DE DESARROLLO URBANO Y VIVIENDA
Folio: 17340-321SUPE16
Ubicación: Sur 105 No. 352, Colonia
Héroes de Churubusco, Delegación
Iztapalapa.
En la Ciudad de México, a los dieciséis días del mes de diciembre de 2016.
EL ARQ. FELIPE DE JESÚS GUTIÉRREZ GUTIÉRREZ, Secretario de Desarrollo Urbano y Vivienda del Gobierno
del Distrito Federal, con fundamento en los artículos 15 fracción II; 16 fracción IV; 24 fracciones I, IV y X de la Ley
Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; 7 fracciones XIV y XVIII y 42 de la Ley de Desarrollo Urbano
del Distrito Federal, emite la siguiente:
RESOLUCIÓN DEFINITIVA PARA EL CAMBIO DE USO DEL SUELO, CON FUNDAMENTO EN EL
ARTÍCULO 42 DE LA LEY DE DESARROLLO URBANO DEL DISTRITO FEDERAL.
ANTECEDENTES
1.- Con fecha 18 de marzo de 2016, el ciudadano Pedro Juárez Sosa, solicitó a la Secretaría de Desarrollo Urbano y
Vivienda, el Cambio de Uso del Suelo con fundamento en el Artículo 42 de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito
Federal, para el predio ubicado en la calle Sur 105 No. 352, Colonia Héroes de Churubusco, Delegación Iztapalapa,
solicitud que quedó registrada con el número de Folio 17340-321SUPE16; con una superficie de terreno de 171.70 m2, para
el uso del suelo de 4 Locales Comerciales todos en Planta baja, con los siguientes usos: Venta de Comida en 27.45 m²;
Plomería en 19.215 m²; Telefonía Celular en 24.705 m² y Spinning en 25.62 m², dando una superficie total a ocupar
de 96.99 m² de construcción.
2.- Dentro de los documentos que presentó el interesado, se encuentran los siguientes:
a) Escritura número 16,095 de fecha 8 de noviembre de 1985, otorgada ante la fe del Licenciado Roberto Mendoza
Nava, Notario Público número 2 del Distrito Federal, con la que Pedro Juárez Sosa, acredita la propiedad predio,
señalando una superficie de terreno de 171.70 m2. Dicha escritura está debidamente inscrita en el Registro Público
de la Propiedad y de Comercio del Distrito Federal en el Folio Real número 249639, el 19 de febrero de 1986.
b) Constancia de Alineamiento y/o Número Oficial con Folio número 1613, de fecha 6 de julio de 2015, emitida por
la Delegación Iztapalapa.
c) Certificado Único de Zonificación de Uso del Suelo con Folio número 25530-151COEF15 de fecha 22 de abril
de 2015, el cual determina que al predio en referencia le aplica la zonificación H 3/40/B (Habitacional, 3 niveles
máximo de construcción, 40% mínimo de área libre y Densidad “B” (Baja), una vivienda por cada 100.00 m2 de la
superficie total del terreno).
d) Identificación oficial del propietario, mediante Credencial para Votar vigente, expedida por el entonces Instituto
Federal Electoral, No. 2488006223119.
e) Memoria Descriptiva y Anteproyecto a Nivel Esquemático del proyecto solicitado, así como reporte fotográfico
del predio y del área de estudio.
3.- Que con fecha 5 de diciembre de 2016, la Dirección General de Desarrollo Urbano, con la intervención de la Dirección
de Instrumentos para el Desarrollo Urbano, emitieron el Dictamen por el cual se determinó Procedente cambiar el uso del
suelo del Programa Delegacional de Desarrollo Urbano para la Delegación Iztapalapa, para el predio señalado, sujeto al
cumplimiento de las condiciones establecidas en el artículo segundo de dicho Dictamen, así como al cumplimiento de las
demás obligaciones y requisitos previstos en las disposiciones que en materia de desarrollo urbano, resulten aplicables.
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CONSIDERANDO
I.- Que de conformidad, y con fundamento en lo dispuesto por los artículos 15 fracción II, 16 fracción IV, 24 fracciones I,
IV y X de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; 30, 31, 32, 33, 35, 37, 55 y 77 de la Ley de
Procedimiento Administrativo del Distrito Federal; 7 fracciones XIV, XVIII y XXXVII y 42 de la Ley de Desarrollo
Urbano del Distrito Federal; y 14 y 16 fracción VI del Reglamento de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal, el
Titular de la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda del Gobierno del Distrito Federal, es competente para resolver las
solicitudes de autorización de Cambios de Uso del Suelo.
II.- Que con fecha 5 de diciembre de 2016, la Dirección General de Desarrollo Urbano, asistida por la Dirección de
Instrumentos para el Desarrollo Urbano, emitieron el Dictamen por el cual se dictaminó Procedente cambiar el uso del suelo
del Programa Delegacional de Desarrollo Urbano para la Delegación Iztapalapa, para permitir el uso de 4 Locales
Comerciales todos en Planta baja, Servicios / Servicios técnicos, profesionales, financieros, de transporte y
telecomunicaciones / Servicios de alimentos y bebidas a escala vecinal / Venta de Comida en 27.45 m²; y Servicios,
reparación y mantenimiento, a escala vecinal / Plomería en 19.215 m² y Telefonía Celular en 24.705 m² / Servicios
técnicos, profesionales y sociales / Servicios deportivos, culturales, recreativos, y religiosos en general / Spinning en 25.62
m², dando una superficie total a ocupar de 96.99 m² de construcción, con acceso directo a la vía pública, además de
los usos permitidos por la zonificación vigente H 3/40/B (Habitacional, 3 niveles máximo de construcción, 40% mínimo de
área libre y Densidad “B” (Baja), una vivienda por cada 100.00 m2 de la superficie total del terreno), para el predio en
referencia.
III.- Que la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda, como Dependencia de la Administración Pública del Distrito
Federal, debe atender los principios estratégicos de simplificación, agilidad, economía, información, precisión, legalidad,
transparencia e imparcialidad en los procedimientos y actos administrativos en general, de conformidad con lo dispuesto por
el artículo 12 fracciones IV y VI del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal.
IV.- Que el procedimiento previsto en los artículos 42 de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal; y 14 y 16
fracción VI de su Reglamento, es viable, particularmente si se considera que no se contravienen disposiciones de orden
público e interés general, y que en su procedimiento, intervienen un menor número de autoridades, circunstancias que lo
hacen compatible con los principios estratégicos de simplificación, agilidad y economía, previstos en el artículo 12 fracción
VI del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal.
V.- Que en el Certificado Único de Zonificación de Uso del Suelo descrito en los Antecedentes de la presente Resolución
Definitiva, se indica que el predio se ubica en la colonia Sector Popular, sin embargo, de acuerdo con la Constancia de
Alineamiento y/o Número Oficial descrito en los Antecedentes de la Resolución Definitiva el predio en comento se
localiza en la Colonia Héroes de Churubusco, dato que será tomado como válido para efectos de la presente
Resolución Definitiva.
VI.- Que con fundamento en el Artículo 45 de la Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal, mediante el
oficio número SEDUVI/DGDU/DIDU/SIU/0034/2016 de fecha 12 de mayo de 2016, la Subdirección de Instrumentos para
el Desarrollo Urbano, emitió un oficio de Prevención, para que el solicitante subsanara las deficiencias que presentaba su
solicitud, siendo notificada el 24 de mayo de 2016, presentando el desahogo correspondiente el 27 de mayo de 2016, con lo
cual se procedió dar continuidad al trámite.
VII.- Que de conformidad con lo previsto por el artículo 42, fracciones I, II, inciso a) y III de la Ley de Desarrollo Urbano
del Distrito Federal, la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda, a través de la Dirección de Instrumentos para el
Desarrollo Urbano dependiente de la Dirección General de Desarrollo Urbano, revisó y analizó la solicitud y la
documentación presentada por el solicitante.
VIII.- Que en mérito a lo expuesto, y de conformidad con lo previsto por el artículo 42 de la Ley de Desarrollo Urbano del
Distrito Federal; y 14 y 16 fracción VI de su Reglamento, fueron revisadas y analizadas las constancias y documentos que
integran el expediente en que se actúa, para permitir en el predio en referencia, el uso del suelo para 4 Locales
Comerciales todos en Planta baja, con los siguientes usos: Venta de Comida en 27.45 m²; Plomería en 19.215 m²;
Telefonía Celular en 24.705 m² y Spinning en 25.62 m², dando una superficie total a ocupar de 96.99 m² de
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construcción, entendiéndose por uso, los fines particulares a que podrá dedicarse determinada zona o predio de la ciudad,
mismo que se encuentra contemplado en la Tabla de Usos del Suelo del Programa Delegacional de Desarrollo Urbano para
la Delegación Iztapalapa, siendo congruente con los objetivos del Programa General de Desarrollo Urbano del Distrito
Federal, enfocados a impulsar la actividad económica del suelo urbano, coadyuvando al desarrollo económico en grupos de
actividad comercial y de servicios, impulsando proyectos que generen y consoliden empleos, así como incrementando la
inversión sostenida, generadora de bienestar, mejorando los servicios, optimizándolos, ahorrando tiempo de recorrido de
quienes habitan y trabajan en ella, a fin de mejorar la calidad de vida de la población, además de ser congruente con los
objetivos contenidos en el citado Programa Delegacional de Desarrollo Urbano para la Delegación Iztapalapa, que plantean
la consolidación de la diversidad de usos del suelo, manteniendo y mejorando los niveles de actividad en los sectores
comercial y de servicios, los cuales permitan el arraigo de sus habitantes, además de integrarse al contexto urbano de la
zona, se considera Procedente autorizar el Cambio de Uso del Suelo solicitado, por lo que es de resolverse y se:
RESUELVE
PRIMERO.- Se autoriza y se permite el Cambio de Uso del Suelo del Programa Delegacional de Desarrollo Urbano
para la Delegación Iztapalapa, para permitir el uso de 4 Locales Comerciales todos en Planta baja, Servicios / Servicios
técnicos, profesionales, financieros, de transporte y telecomunicaciones / Servicios de alimentos y bebidas a escala vecinal /
Venta de Comida en 27.45 m²; y Servicios, reparación y mantenimiento, a escala vecinal / Plomería en 19.215 m² y
Telefonía Celular en 24.705 m² / Servicios técnicos, profesionales y sociales / Servicios deportivos, culturales, recreativos,
y religiosos en general / Spinning en 25.62 m², dando una superficie total a ocupar de 96.99 m² de construcción, con
acceso directo a la vía pública, además de los usos permitidos por la zonificación vigente H 3/40/B (Habitacional, 3
niveles máximo de construcción, 40% mínimo de área libre y Densidad “B” (Baja), una vivienda por cada 100.00 m2 de la
superficie total del terreno), para el predio ubicado en la calle Sur 105 No. 352, Colonia Héroes de Churubusco,
Delegación Iztapalapa, solicitado por el ciudadano Pedro Juárez Sosa, quien se acredita como propietario del predio en
referencia, mediante la solicitud registrada con el número de Folio 17340-321SUPE16, en una superficie de terreno de
171.70 m2.
SEGUNDO.- El Cambio de Uso del Suelo del Programa Delegacional de Desarrollo Urbano para la Delegación
Iztacalco, deberá cumplir con las siguientes condiciones:
a) Apegarse a los lineamientos en materia de Protección Civil para la función de la actividad a desarrollar de acuerdo a la
Ley del Sistema de Protección Civil del Distrito Federal.
b) No obstruir la vía pública con utensilios propios del giro.
c) No provocar congestionamiento vial.
d) No arrojar al drenaje sustancias o desechos tóxicos, ni utilizar materiales peligrosos.
e) No emitir humos ni ruidos perceptibles por los vecinos.
f) Atender las disposiciones obligatorias en materia de anuncios de la Ley de Publicidad Exterior del Distrito Federal
vigente y lo dispuesto por el Reglamento de Construcciones para el Distrito Federal y su Norma Técnica Complementaria
para el Proyecto Arquitectónico.
g) El proyecto deberá contemplar y cumplir con los requisitos de habitabilidad y funcionamiento que requiera el uso
solicitado.
h) Dar cumplimiento a las disposiciones de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal y su Reglamento, la Ley de
Establecimientos Mercantiles del Distrito Federal, además de las disposiciones aplicables en materia de desarrollo urbano
para el Distrito Federal, así como de las demás Leyes y Reglamentos en la materia.
TRANSITORIOS
PRIMERO.- Publíquese la presente Resolución Definitiva en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México.
SEGUNDO.- La presente Resolución Definitiva surtirá sus efectos, a partir del día siguiente a su inscripción en el Registro
de Planes y Programas de Desarrollo Urbano.
TERCERO.- Si transcurridos los noventa (90) días naturales, contados a partir del día siguiente de la publicación de la
presente Resolución Definitiva en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, el interesado no ha realizado los trámites y
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pago por concepto de derechos de inscripción en el Registro de Planes y Programas de Desarrollo Urbano, de la Secretaría
de Desarrollo Urbano y Vivienda establecidos en el artículo 242, párrafo tercero del Código Fiscal del Distrito Federal, la
presente Resolución quedará sin efectos.
Asimismo, remitirá un ejemplar al Registro Público de la Propiedad y de Comercio del Distrito Federal, de conformidad con
el artículo 11 de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal, informando que el particular, solicitará su debida
inscripción a ese Registro, previo pago de derechos.
Una vez publicada en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México la presente Resolución Definitiva, la Dirección General de
Desarrollo Urbano solicitará su inscripción al Registro de Planes y Programas de Desarrollo Urbano, a fin de que a petición
del interesado y previo pago de los derechos correspondientes, se expida el Certificado Único de Zonificación de Uso del
Suelo en el que se refleje el uso del suelo que le fue autorizado, de conformidad con el artículo 9 de la Ley de Desarrollo
Urbano del Distrito Federal. Una vez cumplidos los numerales que anteceden, archívese el expediente como asunto
totalmente concluido.
CUARTO.- La presente Resolución Definitiva, no exime del cumplimiento de las demás disposiciones legales y
reglamentarias aplicables en la materia, por lo que el incumplimiento de las mismas, dará lugar a las sanciones que las
autoridades competentes impongan.
QUINTO.- Notifíquese personalmente al propietario y/o promovente y/o representante legal, mediante copia certificada de
la presente Resolución Definitiva, que se entregará a través del Área de Atención Ciudadana de la Secretaría de Desarrollo
Urbano y Vivienda.
CÚMPLASE
ASÍ LO PROVEYÓ Y FIRMA
EL SECRETARIO DE DESARROLLO URBANO Y VIVIENDA
(Firma)
ARQ. FELIPE DE JESÚS GUTIÉRREZ G.
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Folio: 87883-321JUGL15
Ubicación: Cristóbal Colón No. 48, Pueblo
Chimalcóyotl, Delegación Tlalpan.
En la Ciudad de México, al dieciséis días del mes de diciembre de 2016.
EL ARQ. FELIPE DE JESÚS GUTIÉRREZ GUTIÉRREZ, Secretario de Desarrollo Urbano y Vivienda del Gobierno
del Distrito Federal, con fundamento en los artículos 15 fracción II; 16 fracción IV; 24 fracciones I, IV y X de la Ley
Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; 7 fracciones XIV y XVIII y 42 de la Ley de Desarrollo Urbano
del Distrito Federal, emite la siguiente:
RESOLUCIÓN DEFINITIVA PARA EL CAMBIO DE USO DEL SUELO, CON FUNDAMENTO EN EL
ARTÍCULO 42 DE LA LEY DE DESARROLLO URBANO DEL DISTRITO FEDERAL.
ANTECEDENTES
1.- Con fecha 7 de diciembre de 2015, la ciudadana Gloria Salas Juárez, solicitó a la Secretaría de Desarrollo Urbano y
Vivienda, el Cambio de Uso del Suelo con fundamento en el Artículo 42 de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito
Federal, para el predio ubicado en Cristóbal Colón No. 48, Pueblo Chimalcóyotl, Delegación Tlalpan, solicitud que
quedó registrada con el número de Folio 87883-321JUGL15; para el uso del suelo de Consultorios Médicos en 2 niveles,
con una superficie total ocupada por el uso de 243.00 m² de construcción.
2.- Dentro de los documentos que presentaron la interesada, se encuentran los siguientes:
a) Escritura número 56, 247 Libro 1, 289 de fecha 9 de julio de 2009, otorgada ante la fe del Licenciado Alfredo Miguel
Morán Moguel, Titular de la Notaría número 47 del Distrito Federal, con la que la ciudadana Gloria Juárez Salas,
acredita la propiedad del predio señalado con una superficie de terreno de 204.00 m2. Dicha escritura está debidamente
inscrita en el Registro Público de la Propiedad y de Comercio del Distrito Federal en el Folio Real número
1093851, el 13 de diciembre de 2010.
b) Constancia de Alineamiento y/o Número Oficial con Folio número 949/2015 de fecha 17 de abril de 2015, emitida
por la Delegación Tlalpan.
c) Certificado Único de Zonificación de Uso del Suelo con Folio número 21931-151MAHU15 de fecha 4 de junio de
2015, el cual determina que al predio en referencia le aplica la zonificación H 3/40/MB (Habitacional, 3 niveles
máximo de construcción, 40% de área libre y Densidad “MB” (Muy Baja), una vivienda cada 200.00 m2 de la
superficie total del terreno).
d) Identificación Oficial de la Propietaria, mediante la Credencial para Votar vigente, expedida por el entonces Instituto
Federal Electoral, No. 0471004023472.
e) Memoria Descriptiva y Anteproyecto a Nivel Esquemático del proyecto solicitado, así como reporte fotográfico del
predio y del área de estudio.
3.- Que con fecha 14 de diciembre de 2016, la Dirección General de Desarrollo Urbano, con la intervención de la Dirección
de Instrumentos para el Desarrollo Urbano, emitieron el Dictamen por el cual se determinó Procedente cambiar el uso del
suelo del Programa Delegacional de Desarrollo Urbano para la Delegación Tlalpan del Distrito Federal, para el predio
señalado, sujeto al cumplimiento de las condiciones establecidas en el artículo segundo de dicho Dictamen, así como al
cumplimiento de las demás obligaciones y requisitos previstos en las disposiciones que en materia de desarrollo urbano,
resulten aplicables.
CONSIDERANDO
I.- Que de conformidad, y con fundamento en lo dispuesto por los artículos 15 fracción II, 16 fracción IV, 24 fracciones I,
IV y X de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; 30, 31, 32, 33, 35, 37, 55 y 77 de la Ley de
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Procedimiento Administrativo del Distrito Federal; 7 fracciones XIV, XVIII y XXXVII y 42 de la Ley de Desarrollo
Urbano del Distrito Federal; y 14 del Reglamento de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal, el Titular de la
Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda del Gobierno del Distrito Federal, es competente para resolver las solicitudes de
autorización de Cambios de Uso del Suelo.
II.- Que con fecha 14 de diciembre de 2016, la Dirección General de Desarrollo Urbano, asistida por la Dirección de
Instrumentos para el Desarrollo Urbano, emitieron el Dictamen por el cual se dictaminó Procedente cambiar el uso del suelo
del Programa Delegacional de Desarrollo Urbano para la Delegación Tlalpan del Distrito Federal, para permitir el uso de
Servicios / Servicios técnicos, profesionales y sociales /Servicios básicos en oficinas, despachos y consultorios a escala
vecinal / Consultorios Médicos en 2 niveles, una superficie ocupada por el uso de 243.00 m² de construcción, con
acceso directo a la vía pública, además de los usos permitidos por la zonificación vigente H 3/40/MB (Habitacional, 3
niveles máximos de construcción, 40% mínimo de área libre y Densidad “MB” (Muy Baja), una vivienda por cada 200.00
m2 de la superficie total del terreno), para el predio en referencia.
III.- Que la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda, como Dependencia de la Administración Pública del Distrito
Federal, debe atender los principios estratégicos de simplificación, agilidad, economía, información, precisión, legalidad,
transparencia e imparcialidad en los procedimientos y actos administrativos en general, de conformidad con lo dispuesto por
el artículo 12 fracciones IV y VI del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal.
IV.- Que el procedimiento previsto en los artículos 42 de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal; 14 y15 de su
Reglamento, es viable, particularmente si se considera que no se contravienen disposiciones de orden público e interés
general, y que en su procedimiento, intervienen un menor número de autoridades, circunstancias que lo hacen compatible
con los principios estratégicos de simplificación, agilidad y economía, previstos en el artículo 12 fracción VI del Estatuto de
Gobierno del Distrito Federal.
V.- Que de conformidad con lo previsto por el artículo 42, fracciones I, II, inciso a) y III de la Ley de Desarrollo Urbano del
Distrito Federal, la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda, a través de la Dirección de Instrumentos para el Desarrollo
Urbano dependiente de la Dirección General de Desarrollo Urbano, revisó y analizó la solicitud y la documentación
presentada por el solicitante.
VI.- Que con fundamento en el Artículo 45 de la Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal, mediante el
oficio número SEDUVI/DGDU/DIDU/3361/2016 de fecha 22 de julio de 2016, la Dirección de Instrumentos Urbanos
adscrita a la Dirección General de Desarrollo Urbano, emitió un oficio de Prevención, para que el solicitante subsanara las
deficiencias que presentaba su solicitud, siendo notificada el 10 de agosto de 2016, presentando el desahogo
correspondiente el 17 de agosto de 2016, con lo cual se procedió dar continuidad al trámite.
VII.- Que la Dirección General de Desarrollo Urbano, mediante oficio número SEDUVI/CGDAU/DGDU/1689/11 de fecha
14 de diciembre de 2011, solicitó a la Dirección General de Asuntos Jurídicos, su opinión jurídica “…a efecto de determinar
cuál es la definición que prevalece para los casos de Artículo 42, es decir, si los Cambios de Uso del Suelo sólo pueden
autorizarse en Planta Baja, como lo señala el Reglamento de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal, o si pueden
autorizarse en niveles distintos a la Planta Baja…”, derivado de que la “..Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal,
publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 15 de julio de 2010, en su Artículo 42, no indica que los cambios de
Uso del Suelo, puedan ser únicamente en planta baja…”, a diferencia de lo establecido en el Reglamento de la Ley de
Desarrollo Urbano del Distrito Federal, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 29 de enero de 2004, que en su
Artículo 14 segundo párrafo, indica que: “…Se entenderá por uso de bajo impacto urbano aquellos establecimientos que
se ubiquen en planta baja con accesos directos a la vía pública y cuyos procesos de comercialización se desarrollen al
menudeo; que no invadan la vía pública; no ocasionen congestionamientos viales; no arrojen al drenaje sustancias o
desechos tóxicos; no utilicen materiales peligrosos y no emitan humos ni residuos perceptibles por los vecinos del lugar.”
VIII.- Que en respuesta a la solicitud señalada en el punto anterior, la Dirección General de Asuntos Jurídicos de la
Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda, con el oficio número DGAJ/1226/2012 de fecha 27 de abril de 2012, indicó
que el Reglamento de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito
Federal el 29 de enero de 2004, seguirá vigente en lo que no contradiga a la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito
Federal, publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 15 de julio de 2010, señalando lo siguiente:
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“1. Si bien es cierto, el Reglamento de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal, publicado en la Gaceta Oficial
del Distrito Federal el 29 de enero de 2004, en su artículo 14 segundo párrafo dispone lo que literalmente se cita:
“(…) Se entenderá por uso de bajo impacto urbano aquellos establecimientos que se ubiquen en planta baja
con accesos directos a la vía pública y cuyos procesos de comercialización se desarrollen al menudeo; que no
invadan la vía pública; no ocasionen congestionamientos viales; no arrojen al drenaje sustancias o desechos tóxicos;
no utilicen materiales peligrosos y no emitan humos ni residuos perceptibles por los vecinos del lugar.(…)”
2. Así como también, el Artículo 42 de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal, publicada en la Gaceta Oficial
del Distrito Federal el 15 de julio de 2010, en la que el legislador analizó respecto a la necesidad de que el territorio del
Distrito Federal ha venido sufriendo en las últimas décadas procesos de urbanización acelerados, con un crecimiento
periférico expansivo y desarticulado que afecta al entorno ambiental, presiona sobre la dotación de servicios y pone en
riesgo la sustentabilidad de la Ciudad, por lo que era necesario revisar y modificar las leyes que norman el desarrollo urbano
y la planeación territorial, con el fin de mejorar los instrumentos de regulación, fomento y coordinación, para encontrar
mecanismos efectivos de gestión urbana y ambiental, que garanticen una mejor calidad de vida a la población y el desarrollo
sustentable de nuestra ciudad, por lo que incorpora en su texto lo siguiente:
“(…) Se entenderá por uso de bajo impacto urbano, los establecimientos mercantiles y de servicio, que no
obstruyan la vía pública, no provoquen congestionamientos viales, no arrojen al drenaje sustancias o desechos
tóxicos, no utilicen materiales peligrosos, no emitan humos ni ruidos perceptibles por los vecinos, cuenten con
acceso directo a la vía pública y los procesos de comercialización que se desarrollen sean al menudeo. (…)”
3. De lo anteriormente señalado, se desprende que la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal, a diferencia de su
Reglamento, no hace distinción para que los Cambios de Uso del Suelo se puedan autorizar únicamente en planta baja,
situación que obedeció a ese proceso de actualización de la normativa en materia de desarrollo urbano, y para lo cual es
importante destacar que en nuestro sistema jurídico, la Ley tiene mayor jerarquía que el Reglamento, y este último se
encuentra supeditado a guardar congruencia con la Ley que le dio origen o que reconozca su vigencia (como en el caso que
nos ocupa); es decir la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal.
Lo que trae como consecuencia, que la interpretación y aplicación de ambos ordenamientos, deba ser en forma armónica y
coherente. Por tal motivo, aplicaría al caso que nos ocupa el Artículo Transitorio Tercero de la Ley de Desarrollo Urbano del
Distrito Federal, publicada en la Gaceta Oficial el 15 de julio de 2010, que a la letra dice:
TRANSITORIOS
TERCERO. Las disposiciones reglamentarias de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal publicada el 29
de enero de 1996, continuarán en vigor, en lo que no contradigan a las disposiciones de esta Ley, hasta en tanto no se
expidan otras nuevas.
De lo anteriormente señalado, el Reglamento de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal, publicado en la Gaceta
Oficial del Distrito Federal el 29 de enero de 2004, seguirá vigente en lo que no contradiga a la Ley de Desarrollo Urbano
del Distrito Federal, publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 15 de julio de 2010, hasta en tanto se expida otro
que lo abrogue.”
IX.- Que en mérito a lo expuesto, y de conformidad con lo previsto por el artículo 42 de la Ley de Desarrollo Urbano del
Distrito Federal; 14 de su Reglamento, fueron revisadas y analizadas las constancias y documentos que integran el
expediente en que se actúa, para permitir en el predio en referencia, el uso del suelo para Consultorios Médicos en 2
niveles, con una superficie total ocupada por el uso de 243.00 m² de construcción, entendiéndose por uso, los fines
particulares a que podrá dedicarse determinada zona o predio de la ciudad, mismo que se encuentra contemplado en la Tabla
de Usos del Suelo del Programa Delegacional de Desarrollo Urbano para la Delegación Tlalpan del Distrito Federal, siendo
congruente con los objetivos del Programa General de Desarrollo Urbano del Distrito Federal, enfocados a impulsar la
actividad económica del suelo urbano, coadyuvando al desarrollo económico en grupos de actividad comercial y de
servicios, impulsando proyectos que generen y consoliden empleos, así como incrementando la inversión sostenida,
generadora de bienestar, mejorando los servicios, optimizándolos, ahorrando tiempo de recorrido de quienes habitan y
trabajan en ella, a fin de mejorar la calidad de vida de la población, además de ser congruente con los objetivos contenidos
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en el citado Programa Delegacional de Desarrollo Urbano para la Delegación Tlalpan del Distrito Federal, que plantean la
consolidación de la diversidad de usos del suelo, manteniendo y mejorando los niveles de actividad en los sectores
comercial y de servicios, los cuales permitan el arraigo de sus habitantes, además de integrarse al contexto urbano de la
zona, se considera Procedente autorizar el Cambio de Uso del Suelo solicitado, por lo que es de resolverse y se:
RESUELVE
Primero.- Se autoriza y se permite el Cambio de Uso del Suelo del Programa Delegacional de Desarrollo Urbano para la
Delegación Tlalpan del Distrito Federal, para permitir el uso de Servicios / Servicios técnicos, profesionales y sociales
/Servicios básicos en oficinas, despachos y consultorios a escala vecinal / Consultorios Médicos en 2 niveles, una
superficie ocupada por el uso de 243.00 m² de construcción, con acceso directo a la vía pública, además de los usos
permitidos por la zonificación vigente H 3/40/MB (Habitacional, 3 niveles máximos de construcción, 40% mínimo de área
libre y Densidad “MB” (Muy Baja), una vivienda por cada 200.00 m2 de la superficie total del terreno), para el predio
ubicado en la calle Cristóbal Colón No. 48, Pueblo Chimalcóyotl, Delegación Tlalpan, solicitado por la ciudadana
Gloria Salas Juárez, en su carácter de propietaria del predio en referencia, mediante la solicitud registrada con el número
de Folio 87883-321JUGL15, en una superficie de terreno de 204.00 m2.
Segundo.- El Cambio de Uso del Suelo del Programa Delegacional de Desarrollo Urbano para la Delegación Tlalpan del
Distrito Federal, deberá cumplir con las siguientes condiciones:
a) Cumplir con la demanda de cajones de estacionamiento, de acuerdo a lo señalado en el Reglamento de
Construcciones para el Distrito Federal vigente, y su Norma Técnica Complementaria para el Proyecto
Arquitectónico vigente.
b) Apegarse a los lineamientos en materia de Protección Civil para la función de la actividad a desarrollar de acuerdo a
la Ley del Sistema de Protección Civil del Distrito Federal.
c) No obstruir la vía pública con utensilios propios del giro.
d) No provocar congestionamiento vial.
e) No arrojar al drenaje sustancias o desechos tóxicos, ni utilizar materiales peligrosos.
f) No emitir humos ni ruidos perceptibles por los vecinos.
g) Atender las disposiciones obligatorias en materia de anuncios de la Ley de Publicidad Exterior del Distrito Federal
vigente y lo dispuesto por el Reglamento de Construcciones para el Distrito Federal y su Norma Técnica
Complementaria para el Proyecto Arquitectónico.
h) El proyecto deberá contemplar y cumplir con los requisitos de habitabilidad y funcionamiento que requiera el uso
solicitado.
i) Dar cumplimiento a las disposiciones de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal y su Reglamento, la Ley de
Establecimientos Mercantiles del Distrito Federal, además de las disposiciones aplicables en materia de desarrollo
urbano para el Distrito Federal, así como de las demás Leyes y Reglamentos en la materia.
TRANSITORIOS
Primero.- Publíquese la presente Resolución Definitiva en la Gaceta Oficial del Distrito Federal.
Segundo.- La presente Resolución Definitiva surtirá sus efectos, a partir del día siguiente a su inscripción en el Registro de
Planes y Programas de Desarrollo Urbano.
Tercero.- Si transcurridos los noventa (90) días naturales, contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente
Resolución Definitiva en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, las interesadas no ha realizado los trámites y pago por
concepto de derechos de inscripción en el Registro de Planes y Programas de Desarrollo Urbano, de la Secretaría de
Desarrollo Urbano y Vivienda establecidos en el artículo 242, párrafo tercero del Código Fiscal del Distrito Federal, la
presente Resolución quedará sin efectos.
Asimismo, remitirá un ejemplar al Registro Público de la Propiedad y de Comercio del Distrito Federal, de conformidad con
el artículo 11 de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal, informando que las particulares, solicitarán su debida
inscripción a ese Registro, previo pago de derechos.
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Una vez publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal la presente Resolución Definitiva, la Dirección General de
Desarrollo Urbano solicitará su inscripción al Registro de Planes y Programas de Desarrollo Urbano, a fin de que a petición
de las interesadas y previo pago de los derechos correspondientes, se expida el Certificado Único de Zonificación de Uso
del Suelo en el que se refleje el uso del suelo que le fue autorizado, de conformidad con el artículo 9 de la Ley de Desarrollo
Urbano del Distrito Federal. Una vez cumplidos los numerales que anteceden, archívese el expediente como asunto
totalmente concluido.
Cuarto.- La presente Resolución Definitiva, no exime del cumplimiento de las demás disposiciones legales y
reglamentarias aplicables en la materia, por lo que el incumplimiento de las mismas, dará lugar a las sanciones que las
autoridades competentes impongan.
Quinto.- Notifíquese personalmente al propietario y/o promovente y/o representante legal, mediante copia certificada de la
presente Resolución Definitiva, que se entregará a través del Área de Atención Ciudadana de la Secretaría de Desarrollo
Urbano y Vivienda.
CÚMPLASE
ASÍ LO PROVEYÓ Y FIRMA
EL SECRETARIO DE DESARROLLO URBANO Y VIVIENDA
(Firma)
ARQ. FELIPE DE JESÚS GUTIÉRREZ G.
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Folio: 55894-321MOAG14
Ubicación: Chichenitzá No. 118, Colonia
Letrán Valle, Delegación Benito Juárez.
En la Ciudad de México, a los dieciséis días del mes de diciembre de 2016.
EL ARQ. FELIPE DE JESÚS GUTIÉRREZ GUTIÉRREZ, Secretario de Desarrollo Urbano y Vivienda del Gobierno
del Distrito Federal, con fundamento en los artículos 15 fracción II; 16 fracción IV; 24 fracciones I, IV y X de la Ley
Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; 7 fracciones XIV y XVIII y 42 de la Ley de Desarrollo Urbano
del Distrito Federal, emite la siguiente:
RESOLUCIÓN DEFINITIVA PARA EL CAMBIO DE USO DEL SUELO, CON FUNDAMENTO EN EL
ARTÍCULO 42 DE LA LEY DE DESARROLLO URBANO DEL DISTRITO FEDERAL.
ANTECEDENTES
1.- Con fecha 6 de agosto de 2014, el ciudadano Agustín Montes de Oca Acosta, solicitó a la Secretaría de Desarrollo
Urbano y Vivienda, el Cambio de Uso del Suelo con fundamento en el Artículo 42 de la Ley de Desarrollo Urbano del
Distrito Federal, para el predio ubicado en la calle Chichenitzá No. 118, Colonia Letrán Valle, Delegación Benito
Juárez, solicitud que quedó registrada con el número de Folio 55894-321MOAG14; para el uso del suelo de Oficinas en 2
niveles, con una superficie ocupada por el uso de 247.70 m2 de construcción.
2.- Dentro de los documentos que presentó el interesado, se encuentran los siguientes:
a) Escritura número 51,197 de fecha 19 de agosto de 2011, otorgada ante la fe del Licenciado Mauricio Martínez Rivera,
Titular de la Notaría número 96 del Distrito Federal, con la que Agustín Montes de Oca Acosta, acredita la propiedad
del predio en referencia, con una superficie de terreno de 228.580 m2. Dicha escritura está debidamente inscrita en el
Registro Público de la Propiedad y de Comercio del Distrito Federal en el Folio Real número 9211430, el 24 de
marzo de 2012.
b) Constancia de Alineamiento y/o Número Oficial con Folio número 0734 de fecha 25 de abril de 2014, emitida por la
Delegación Benito Juárez.
c) Certificado Único de Zonificación de Uso del Suelo con Folio número 17226-151MOAG14 de fecha 27 de marzo de
2014, el cual determina que al predio en referencia le aplica la zonificación HC 4/20/Z (Habitacional con Comercio en
Planta Baja, 4 niveles máximo de construcción, 20% mínimo de área libre y Densidad “Z” número de viviendas
resultado de dividir la superficie máxima de construcción entre la superficie por cada vivienda), que le concede la
Norma de Ordenación sobre Vialidad Chichen Itzá-Bulgaria Tramo T–F’ de Av. División del Norte a: Calzada de
Tlalpan.
d) Identificación oficial del propietario, mediante Credencial para Votar vigente, expedida por el entonces Instituto
Federal Electoral, No. 1774003451796.
e) Memoria Descriptiva del proyecto solicitado, así como reporte fotográfico del predio y del área de estudio.
3.- Que con fecha 8 de noviembre de 2016, la Dirección General de Desarrollo Urbano, con la intervención de la Dirección
de Instrumentos para el Desarrollo Urbano, emitieron el Dictamen por el cual se determinó Procedente cambiar el uso del
suelo del Programa Delegacional de Desarrollo Urbano para la Delegación del Distrito Federal Benito Juárez, para el predio
señalado, sujeto al cumplimiento de las condiciones establecidas en el artículo segundo de dicho Dictamen, así como al
cumplimiento de las demás obligaciones y requisitos previstos en las disposiciones que en materia de desarrollo urbano,
resulten aplicables.
CONSIDERANDO
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I.- Que de conformidad, y con fundamento en lo dispuesto por los artículos 15 fracción II, 16 fracción IV, 24 fracciones I,
IV y X de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; 30, 31, 32, 33, 35, 37, 55 y 77 de la Ley de
Procedimiento Administrativo del Distrito Federal; 7 fracciones XIV, XVIII y XXXVII y 42 de la Ley de Desarrollo
Urbano del Distrito Federal; y 14 y 16 fracción VI del Reglamento de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal, el
Titular de la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda del Gobierno del Distrito Federal, es competente para resolver las
solicitudes de autorización de Cambios de Uso del Suelo.
II.- Que con fecha 8 de noviembre de 2016, la Dirección General de Desarrollo Urbano, asistida por la Dirección de
Instrumentos para el Desarrollo Urbano, emitieron el Dictamen por el cual se dictaminó Procedente cambiar el uso del suelo
del Programa Delegacional de Desarrollo Urbano para la Delegación del Distrito Federal Benito Juárez, para para permitir
el uso de Servicios / Servicios técnicos profesionales y sociales / Servicios básicos en oficinas y despachos / Oficinas en 2
niveles, en una superficie ocupada por el uso de 247.70 m2 de construcción, con acceso directo a la vía pública,
además de los usos permitidos por la zonificación vigente HC 4/20/Z (Habitacional con Comercio en Planta Baja, 4 niveles
máximo de construcción, 20% mínimo de área libre y Densidad “Z” número de viviendas resultado de dividir la superficie
máxima de construcción entre la superficie por cada vivienda), que le concede la Norma de Ordenación sobre Vialidad
Chichen Itzá -Bulgaria Tramo T–F’ de Av. División del Norte a: Calzada de Tlalpan), para el predio en referencia.
III.- Que la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda, como Dependencia de la Administración Pública del Distrito
Federal, debe atender los principios estratégicos de simplificación, agilidad, economía, información, precisión, legalidad,
transparencia e imparcialidad en los procedimientos y actos administrativos en general, de conformidad con lo dispuesto por
el artículo 12 fracciones IV y VI del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal.
IV.- Que el procedimiento previsto en los artículos 42 de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal; y 14 y 16
fracción VI de su Reglamento, es viable, particularmente si se considera que no se contravienen disposiciones de orden
público e interés general, y que en su procedimiento, intervienen un menor número de autoridades, circunstancias que lo
hacen compatible con los principios estratégicos de simplificación, agilidad y economía, previstos en el artículo 12 fracción
VI del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal.
V.- Que con fundamento en el Artículo 45 de la Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal, mediante el
oficio número SEDUVI/CGDAU/DGDU/DIDU/0911/2014 de fecha 17 de septiembre de 2014, la Dirección de
Instrumentos para el Desarrollo Urbano, emitió un oficio de Prevención, para que el solicitante subsanara las deficiencias
que presentaba su solicitud, siendo notificado el 13 de enero de 2015, presentando el desahogo correspondiente el 13 de
enero de 2015, con lo cual se procedió dar continuidad al trámite.
VI.- Que la Dirección General de Desarrollo Urbano, mediante oficio número SEDUVI/CGDAU/DGDU/1689/11 de fecha
14 de diciembre de 2011, solicitó a la Dirección General de Asuntos Jurídicos, su opinión jurídica “…a efecto de determinar
cuál es la definición que prevalece para los casos de Artículo 42, es decir, si los Cambios de Uso del Suelo sólo pueden
autorizarse en Planta Baja, como lo señala el Reglamento de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal, o si pueden
autorizarse en niveles distintos a la Planta Baja…”, derivado de que la “..Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal,
publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el , en su Artículo 42, no indica que los cambios de Uso del Suelo,
puedan ser únicamente en planta baja…”, a diferencia de lo establecido en el Reglamento de la Ley de Desarrollo
Urbano del Distrito Federal, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 29 de enero de 2004, que en su Artículo
14 segundo párrafo, indica que: “…Se entenderá por uso de bajo impacto urbano aquellos establecimientos que se
ubiquen en planta baja con accesos directos a la vía pública y cuyos procesos de comercialización se desarrollen al
menudeo; que no invadan la vía pública; no ocasionen congestionamientos viales; no arrojen al drenaje sustancias o
desechos tóxicos; no utilicen materiales peligrosos y no emitan humos ni residuos perceptibles por los vecinos del lugar.”
VII.- Que en respuesta a la solicitud señalada en el punto anterior, la Dirección General de Asuntos Jurídicos de la
Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda, con el oficio número DGAJ/1226/2012 de fecha 27 de abril de 2012, indicó
que el Reglamento de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito
Federal el 29 de enero de 2004, seguirá vigente en lo que no contradiga a la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito
Federal, publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 15 de julio de 2010, señalando lo siguiente:
“1. Si bien es cierto, el Reglamento de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal, publicado en la Gaceta Oficial
del Distrito Federal el 29 de enero de 2004, en su artículo 14 segundo párrafo dispone lo que literalmente se cita:
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“(…) Se entenderá por uso de bajo impacto urbano aquellos establecimientos que se ubiquen en planta baja
con accesos directos a la vía pública y cuyos procesos de comercialización se desarrollen al menudeo; que no
invadan la vía pública; no ocasionen congestionamientos viales; no arrojen al drenaje sustancias o desechos tóxicos;
no utilicen materiales peligrosos y no emitan humos ni residuos perceptibles por los vecinos del lugar.(…)”
2. Así como también, el Artículo 42 de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal, publicada en la Gaceta Oficial
del Distrito Federal el 15 de julio de 2010, en la que el legislador analizó respecto a la necesidad de que el territorio del
Distrito Federal ha venido sufriendo en las últimas décadas procesos de urbanización acelerados, con un crecimiento
periférico expansivo y desarticulado que afecta al entorno ambiental, presiona sobre la dotación de servicios y pone en
riesgo la sustentabilidad de la Ciudad, por lo que era necesario revisar y modificar las leyes que norman el desarrollo urbano
y la planeación territorial, con el fin de mejorar los instrumentos de regulación, fomento y coordinación, para encontrar
mecanismos efectivos de gestión urbana y ambiental, que garanticen una mejor calidad de vida a la población y el desarrollo
sustentable de nuestra ciudad, por lo que incorpora en su texto lo siguiente:
“(…) Se entenderá por uso de bajo impacto urbano, los establecimientos mercantiles y de servicio, que no
obstruyan la vía pública, no provoquen congestionamientos viales, no arrojen al drenaje sustancias o desechos
tóxicos, no utilicen materiales peligrosos, no emitan humos ni ruidos perceptibles por los vecinos, cuenten con
acceso directo a la vía pública y los procesos de comercialización que se desarrollen sean al menudeo.(…)”
3. De lo anteriormente señalado, se desprende que la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal, a diferencia de su
Reglamento, no hace distinción para que los Cambios de Uso del Suelo se puedan autorizar únicamente en planta baja,
situación que obedeció a ese proceso de actualización de la normativa en materia de desarrollo urbano, y para lo cual es
importante destacar que en nuestro sistema jurídico, la Ley tiene mayor jerarquía que el Reglamento, y este último se
encuentra supeditado a guardar congruencia con la Ley que le dio origen o que reconozca su vigencia (como en el caso que
nos ocupa); es decir la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal.
Lo que trae como consecuencia, que la interpretación y aplicación de ambos ordenamientos, deba ser en forma armónica y
coherente. Por tal motivo, aplicaría al caso que nos ocupa el Artículo Transitorio Tercero de la Ley de Desarrollo Urbano del
Distrito Federal, publicada en la Gaceta Oficial el 15 de julio de 2010, que a la letra dice:
TRANSITORIOS
TERCERO. Las disposiciones reglamentarias de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal publicada el 29
de enero de 1996, continuarán en vigor, en lo que no contradigan a las disposiciones de esta Ley, hasta en tanto no se
expidan otras nuevas.
De lo anteriormente señalado, el Reglamento de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal, publicado en la Gaceta
Oficial del Distrito Federal el 29 de enero de 2004, seguirá vigente en lo que no contradiga a la Ley de Desarrollo Urbano
del Distrito Federal, publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 15 de julio de 2010, hasta en tanto se expida otro
que lo abrogue.”
VIII.- Que de conformidad con lo previsto por el artículo 42, fracciones I, II, inciso a) y III de la Ley de Desarrollo Urbano
del Distrito Federal, la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda, a través de la Dirección de Instrumentos para el
Desarrollo Urbano dependiente de la Dirección General de Desarrollo Urbano, revisó y analizó la solicitud y la
documentación presentada por el solicitante.
IX.- Que en mérito a lo expuesto, y de conformidad con lo previsto por el Artículo 42 de la Ley de Desarrollo Urbano del
Distrito Federal; y 14 y 16 fracción VI de su Reglamento, fueron revisadas y analizadas las constancias y documentos que
integran el expediente en que se actúa, para permitir el uso del suelo para Oficinas en 2 niveles, con una superficie
ocupada por el uso de 247.70 m2 de construcción, entendiéndose por uso, los fines particulares a que podrá dedicarse
determinada zona o predio de la ciudad, mismo que se encuentra contemplado en la Tabla de Usos del Suelo del Programa
Delegacional de Desarrollo Urbano para la Delegación del Distrito Federal en Benito Juárez, siendo congruente con los
objetivos del Programa General de Desarrollo Urbano del Distrito Federal, enfocados a impulsar la actividad económica del
suelo urbano, coadyuvando al desarrollo económico en grupos de actividad comercial y de servicios, impulsando proyectos
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que generen y consoliden empleos, así como incrementando la inversión sostenida, generadora de bienestar, mejorando los
servicios, optimizándolos, ahorrando tiempo de recorrido de quienes habitan y trabajan en ella, a fin de mejorar la calidad
de vida de la población, además de ser congruente con los objetivos contenidos en el citado Programa Delegacional de
Desarrollo Urbano para la Delegación del Distrito Federal en Benito Juárez, que plantean la consolidación de la diversidad
de usos del suelo, manteniendo y mejorando los niveles de actividad en los sectores comercial y de servicios, los cuales
permitan el arraigo de sus habitantes, además de integrarse al contexto urbano de la zona, se considera Procedente
autorizar el Cambio de Uso del Suelo solicitado, por lo que es de resolverse y se:
RESUELVE
PRIMERO.- Se autoriza y se permite el Cambio de Uso del Suelo del Programa Delegacional de Desarrollo Urbano para
la Delegación del Distrito Federal Benito Juárez, para permitir el uso de Servicios / Servicios técnicos profesionales y
sociales / Servicios básicos en oficinas y despachos / Oficinas en 2 niveles, en una superficie ocupada por el uso de
247.70 m2 de construcción, con acceso directo a la vía pública, además de los usos permitidos por la zonificación vigente
HC 4/20/Z (Habitacional con Comercio en Planta Baja, 4 niveles máximo de construcción, 20% mínimo de área libre y
Densidad “Z” número de viviendas resultado de dividir la superficie máxima de construcción entre la superficie por cada
vivienda), que le concede la Norma de Ordenación sobre Vialidad Chichen Itzá -Bulgaria Tramo T–F’ de Av. División
del Norte a: Calzada de Tlalpan, para el predio ubicado en la calle Chichenitzá No. 118, Colonia Letrán Valle,
Delegación Benito Juárez, solicitado por el ciudadano Agustín Montes de Oca Acosta, quien se acredita como propietario
del predio en referencia, mediante la solicitud registrada con el número de Folio 55894-321MOAG14, en una superficie de
terreno de 228.580 m2.
SEGUNDO.- El Cambio de Uso del Suelo del Programa Delegacional de Desarrollo Urbano para la Delegación del
Distrito Federal en Benito Juárez, deberá cumplir con las siguientes condiciones:
a) Cumplir con la demanda de cajones de estacionamiento, de acuerdo a lo señalado en el Reglamento de
Construcciones para el Distrito Federal vigente, y su Norma Técnica Complementaria para el Proyecto
Arquitectónico vigente.
b) Apegarse a los lineamientos en materia de Protección Civil para la función de la actividad a desarrollar de acuerdo a
la Ley del Sistema de Protección Civil del Distrito Federal.
c) No obstruir la vía pública con utensilios propios del giro.
d) No provocar congestionamiento vial.
e) No arrojar al drenaje sustancias o desechos tóxicos, ni utilizar materiales peligrosos.
f) No emitir humos ni ruidos perceptibles por los vecinos.
g) Atender las disposiciones obligatorias en materia de anuncios de la Ley de Publicidad Exterior del Distrito Federal
vigente y lo dispuesto por el Reglamento de Construcciones para el Distrito Federal y su Norma Técnica
Complementaria para el Proyecto Arquitectónico.
h) El proyecto deberá contemplar y cumplir con los requisitos de habitabilidad y funcionamiento que requiera el uso
solicitado.
i)Dar cumplimiento a las disposiciones de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal y su Reglamento, la Ley de
Establecimientos Mercantiles del Distrito Federal, además de las disposiciones aplicables en materia de desarrollo
urbano para el Distrito Federal, así como de las demás Leyes y Reglamentos en la materia.
TRANSITORIOS
PRIMERO.- Publíquese la presente Resolución Definitiva en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México.
SEGUNDO.- La presente Resolución Definitiva surtirá sus efectos, a partir del día siguiente a su inscripción en el Registro
de Planes y Programas de Desarrollo Urbano.
TERCERO.- Si transcurridos los noventa (90) días naturales, contados a partir del día siguiente de la publicación de la
presente Resolución Definitiva en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, el interesado no ha realizado los trámites y
pago por concepto de derechos de inscripción en el Registro de Planes y Programas de Desarrollo Urbano, de la Secretaría
de Desarrollo Urbano y Vivienda establecidos en el artículo 242, párrafo tercero del Código Fiscal del Distrito Federal, la
presente Resolución quedará sin efectos.
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Asimismo, remitirá un ejemplar al Registro Público de la Propiedad y de Comercio del Distrito Federal, de conformidad con
el artículo 11 de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal, informando que el particular, solicitará su debida
inscripción a ese Registro, previo pago de derechos.
Una vez publicada en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México la presente Resolución Definitiva, la Dirección General de
Desarrollo Urbano solicitará su inscripción al Registro de Planes y Programas de Desarrollo Urbano, a fin de que a petición
del interesado y previo pago de los derechos correspondientes, se expida el Certificado Único de Zonificación de Uso del
Suelo en el que se refleje el uso del suelo que le fue autorizado, de conformidad con el artículo 9 de la Ley de Desarrollo
Urbano del Distrito Federal. Una vez cumplidos los numerales que anteceden, archívese el expediente como asunto
totalmente concluido.
CUARTO.- La presente Resolución Definitiva, no exime del cumplimiento de las demás disposiciones legales y
reglamentarias aplicables en la materia, por lo que el incumplimiento de las mismas, dará lugar a las sanciones que las
autoridades competentes impongan.
QUINTO.- Notifíquese personalmente al propietario y/o promovente y/o representante legal, mediante copia certificada de
la presente Resolución Definitiva, que se entregará a través del Área de Atención Ciudadana de la Secretaría de Desarrollo
Urbano y Vivienda.
CÚMPLASE
ASÍ LO PROVEYÓ Y FIRMA
EL SECRETARIO DE DESARROLLO URBANO Y VIVIENDA
(Firma)
ARQ. FELIPE DE JESÚS GUTIÉRREZ G.
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SECRETARÍA DE DESARROLLO URBANO Y VIVIENDA
AVISO POR EL QUE SE PRORROGA EL “ACUERDO POR EL QUE SE SUSPENDE TEMPORALMENTE LA
RECEPCIÓN Y GESTIÓN DE SOLICITUDES QUE SE PRESENTAN ANTE LA VENTANILLA ÚNICA DE LA
SECRETARÍA DE DESARROLLO URBANO Y VIVIENDA, RELATIVAS A CUALQUIER ACTO
ADMINISTRATIVO QUE IMPLIQUE LA APLICACIÓN DE LA NORMA DE ORDENACIÓN NÚMERO 26.NORMA PARA INCENTIVAR LA PRODUCCIÓN DE VIVIENDA SUSTENTABLE, DE INTERÉS SOCIAL Y
POPULAR”, PUBLICADO EL 19 DE AGOSTO DE 2013 EN LA GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL.
FELIPE DE JESÚS GUTIÉRREZ GUTIÉRREZ, Secretario de Desarrollo Urbano y Vivienda, con fundamento en lo
dispuesto por los artículos 2º, 15 fracción II, 16 fracción IV, 24 fracciones I, VI, X y XX de la Ley Orgánica de la
Administración Pública del Distrito Federal; 4 fracción III, y 7 fracción I de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito
Federal, y
CONSIDERANDO
Que el 19 de agosto de 2013 se publicó en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el “Acuerdo por el que se suspende
temporalmente la recepción y gestión de solicitudes que se presentan ante la Ventanilla Única de la Secretaría de Desarrollo
Urbano y Vivienda, relativas a cualquier acto administrativo que implique la aplicación de la Norma de Ordenación Número
26.- Norma para Incentivar la Producción de Vivienda Sustentable, de Interés Social y Popular”, con el fin de realizar un
estudio técnico integral sobre su contenido, objetivo, alcances, así como su adaptación a la movilidad de la población y a las
necesidades de desarrollo de las diferentes zonas de la Ciudad de México; cuyo punto segundo fue modificado por Acuerdo
publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 13 de febrero de 2014;
Que con fecha 10 de julio de 2014 se publicó en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el correspondiente “Aviso por el que
se prorroga el Acuerdo por el que se suspende temporalmente la recepción y gestión de solicitudes que se presentan ante la
Ventanilla Única de la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda, relativas a cualquier acto administrativo que implique la
aplicación de la Norma de Ordenación número 26.- Norma para Incentivar la Producción de Vivienda Sustentable, de
Interés Social y Popular” con vigencia del 14 de julio al 14 de diciembre de 2014;
Que el mencionado acuerdo publicado el 10 de julio de 2014 se ha venido prorrogando, siendo su última prórroga la
publicada en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el 30 de septiembre de 2016, con vigencia del 1° de octubre al 31 de
diciembre de 2016;
Que los avances del estudio técnico integral permiten establecer la posibilidad de encontrar nuevas alternativas para la
producción de vivienda de interés social y popular, a través de mecanismos normativos que establezcan estímulos y
lineamientos de procedimiento y control, cuyos alcances se están definiendo;
Que en atención a lo anterior y a que la vigencia del aviso de prórroga de suspensión, publicado el 30 de septiembre de 2016
en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, concluye el próximo 31 de diciembre de 2016, resulta necesario continuar con
la suspensión temporal de recepción y gestión de solicitudes relativas a cualquier acto administrativo que implique la
aplicación de la Norma de Ordenación Número 26, a fin de contar con el tiempo suficiente para concluir el estudio técnico
y, con base en la información que se obtenga, determinar la conveniencia de su permanencia, modificación o, en su caso,
abrogación; por lo que he tenido a bien emitir el siguiente
AVISO POR EL QUE SE PRORROGA EL “ACUERDO POR EL QUE SE SUSPENDE TEMPORALMENTE LA
RECEPCIÓN Y GESTIÓN DE SOLICITUDES QUE SE PRESENTAN ANTE LA VENTANILLA ÚNICA DE LA
SECRETARÍA DE DESARROLLO URBANO Y VIVIENDA, RELATIVAS A CUALQUIER ACTO
ADMINISTRATIVO QUE IMPLIQUE LA APLICACIÓN DE LA NORMA DE ORDENACIÓN NÚMERO
“26.- NORMA PARA INCENTIVAR LA PRODUCCIÓN DE VIVIENDA SUSTENTABLE, DE INTERÉS SOCIAL
Y POPULAR”, PUBLICADO EL 19 DE AGOSTO DE 2013 EN LA GACETA OFICIAL DEL DISTRITO
FEDERAL.
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PRIMERO.- Se prorroga el “Acuerdo por el que se suspende temporalmente la recepción y gestión de solicitudes que se
presentan ante la Ventanilla Única de la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda, relativas a cualquier acto
administrativo que implique la aplicación de la Norma de Ordenación Número 26.- Norma para Incentivar la Producción de
Vivienda Sustentable, de Interés Social y Popular” del 1º de enero al 31 de marzo de 2017.
SEGUNDO.- Se ratifica que la presente suspensión temporal no aplica para los proyectos de promoción y/o programas que
tengan como finalidad la construcción de vivienda de interés social y popular y que sean desarrollados por el Instituto de
Vivienda del Distrito Federal u otros Organismos Públicos.
TRANSITORIO
ÚNICO.- Publíquese el presente Aviso en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, para los efectos legales a que haya
lugar.
En la Ciudad de México, a los veintiséis días del mes de diciembre del año dos mil dieciséis.
EL SECRETARIO DE DESARROLLO URBANO Y VIVIENDA
(Firma)
ARQ. FELIPE DE JESÚS GUTIÉRREZ GUTIÉRREZ
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GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO
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DELEGACIÓN IZTAPALAPA
DIONE ANGUIANO FLORES, Jefa Delegacional en Iztapalapa, con fundamento en el artículo 117 del Estatuto de
Gobierno del Distrito Federal; 39 fracción XLV de la Ley Orgánica de Administración Pública del Distrito Federal; 97
último párrafo y 101 de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal, así como el 116 del Reglamento de la
Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal, se emite el siguiente:
AVISO POR EL CUAL SE DAN A CONOCER LOS LINEAMIENTOS OPERATIVOS DE LA ACCIÓN
INSTITUCIONAL “PODER CIUDADANO”, PARA EL EJERCICIO FISCAL 2017.
Por lo anterior, la Delegación Iztapalapa tiene a bien emitir y establecer los Lineamientos de Operación para otorgar apoyos
económicos a los monitores delegacionales.
I. ENTIDAD RESPONSABLE DE LAS ACCIONES INSTITUCIONALES
Delegación Iztapalapa.
Direcciones Generales:
Dirección General de Desarrollo Delegacional
Dirección General de Desarrollo Social
Dirección General Jurídica y de Gobierno
Dirección General de Obras y Desarrollo Urbano
Dirección General de Servicios Urbanos
Dirección de Promoción y Atención Ciudadana
Coordinación de Participación Ciudadana
Jefatura de Unidad Departamental de Participación Ciudadana
II. OBJETIVO GENERAL
Constituir un grupo de monitores delegacionales, con el fin de promover y fortalecer la equidad, la inclusión social e
impulsar la integración de la comunidad más activa, que haga posible e intervenga con mayor grado de corresponsabilidad
en el seguimiento de todos los programas delegacionales.
III. OBJETIVOS ESPECÍFICOS
Entregar hasta a 1003 ciudadanas o ciudadanos 12 apoyos económicos con base en la suficiencia presupuestal, sin ningún
compromiso contractual y/o laboral para la Delegación Iztapalapa y/o autoridades del Gobierno del Distrito Federal, de
$6,000.00 (seis mil pesos 00/100m.n), como apoyo para su transportación y alimentación en el desempeño de sus
actividades.
Cada Dirección General tendrá el manejo operativo de los monitores asignados y la obligación de reportar, los informes
mensuales de sus monitores a la Coordinación de Participación Ciudadana.
Impulsar la participación de toda la población que habita la demarcación y fomentar el derecho de inclusión en los
programas y acciones delegacionales.
Fortalecer los mecanismos de participación ciudadana.
Colaboraren el desarrollo de las estrategias necesarias, para dar pleno cumplimiento a las metas programadas, como parte
del compromiso adquirido con las y los ciudadanos.
Coadyuvar en todo tipo de actividades tendientes a la regeneración de barrios, zonas o lugares deteriorados, para un
correspondiente mejor uso del espacio por parte de la población.
Colaborar en el cumplimiento de las Políticas Sociales Delegacionales en materia de Asistencia y Equidad Social.
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GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO
30 de Diciembre de 2016
Colaborar en la ejecución de programas y Acciones de Gobierno Delegacional, que permitan mejorar el nivel de vida y las
condiciones de bienestar social, de conformidad con la normatividad vigente en materia de Desarrollo Social.
Apoyar en la consecución de los programas de Desarrollo Delegacional para optimizar los procesos Administrativos y así
lograr una mayor calidad que otorga la delegación en cuanto a servicios y trámites.
IV. POBLACIÓN OBJETIVO
Preferentemente mujeres mayores de 18 años.
V. METAS FÍSICAS
Para el ejercicio fiscal 2017, se beneficiarán hasta 1003 ciudadanas/ciudadanos con 12 estímulos económicos de $ 6000.00
(seis mil pesos 00/100 m.n.); con cargo a la partida 4419 “otras ayudas sociales a personas”, siempre de conformidad con la
disponibilidad presupuestal que se tenga.
VI. PROGRACIÓN PRESUPUESTAL
Para el ejercicio fiscal 2017, se programó una erogación de $72,216,000.00 (Setenta y dos millones doscientos dieciséis mil
pesos 00/100 m.n.)
VII. PERFIL, REQUISITOS Y PROCEDIMIENTOS DE ACCESO:
Ser mayor de 18 de edad
Residir, preferentemente, en la Delegación Iztapalapa
Presentar la siguiente documentación:
Identificación oficial con fotografía (original y copia para su cotejo)
Clave Única de Registro de Población (CURP original y copia para su cotejo)
Comprobante de domicilio reciente (2017): recibo de agua, luz, teléfono, constancia de domicilio, constancia de residencia,
contrato o recibo de arrendamiento.
Formato de registro.
A partir de la fecha de la publicación de los presentes lineamientos operativos de esta actividad institucional, las y los
interesados tendrán 3 días hábiles para acudir a la Dirección Territorial correspondiente a su domicilio o a la Coordinación
de Participación Ciudadana.
Las y los ciudadanos interesados, una vez aceptados, y como una forma de corresponsabilidad social, cultural y humano
(orientado a promover la Equidad de Género y Respeto a los Derechos Humanos).
Los datos personales recabados serán protegidos, incorporados y tratados de conformidad con lo dispuesto por la Ley
Federal de Transparencia y Acceso a la información Pública Gubernamental y demás disposiciones aplicables. Dichos datos
se recaban con fundamento en los artículos 24, 25 y 40 de la ley citada, y se requieren para llevar a cabo los procedimientos
de acceso y corrección de datos personales, así como de acceso a información gubernamental, por lo que únicamente serán
utilizados para ello y para fines estadísticos.
VIII. PROCEDIMIENTO DE INSTRUMENTACIÓN
Difusión
La ejecución, aplicación, interpretación, modificación de los presentes lineamientos, estarán a cargo de la Coordinación de
Participación Ciudadana, las y los interesados deberán acudir a las oficinas de la Coordinación de Participación Ciudadana
ubicadas en Aldama No. 63, Barrio San Lucas, C.P. 09000.
IX. PROCEDIMIENTO DE QUEJA O INCONFORMIDAD CIUDADANA
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Los y las ciudadanas que consideren que han sido vulnerados sus derechos en el acceso o ejecución de la presente actividad
institucional, podrán interponer queja ante la Dirección General de Desarrollo Delegacional o en la sede Delegacional,quien
emitirá una resolución, de conformidad con lo que establece el artículo 44 y de 120 de la Ley de Procedimiento
Administrativo de Distrito Federal, en caso de inconformidad con la resolución emitida, podrán interponer su queja ante la
contraloría Interna de la Delegación, o bien ante la Contraloría General de Gobierno del Distrito Federal o en su caso, a
través del Servicio Público de Localización Telefónica (LOCATEL) tel. 56-58-11-11.
X. MECANISMOS DE EXIGIBILIDAD
De conformidad con el artículo 14 fracción XX de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito
Federal se tendrán a la vista del público y en la página electrónica de la delegación www.iztapalapa.gob.mx los requisitos,
derechos, obligaciones y procedimientos para que las y los participantes puedan acceder a la misma, así como en el portal
de la oficina de información pública delegacional.
XI. MECANISMOS DE EVALUACIÓN Y SUS INDICADORES
Evaluación Interna
Comprenderá los aspectos siguientes:
Evaluación de operación
Las unidades responsables de la operación, organización y gestión, que en este caso serán todas las Direcciones Generales
de la Delegación, revisan los recursos y procesos vinculados a la aplicación de las acciones, para valorar su eficiencia y
eficacia, tanto en el área de seguimiento, control y evaluación de los recursos. Los indicadores cuantitativos de las acciones
serán el número de personas beneficiadas, la cantidad de estímulos proporcionados y el porcentaje de cobertura, de acuerdo
a las personas beneficiadas.
Evaluación de resultados
La unidad responsable verificará y medirá el grado de cumplimiento de los objetivos (generales y específicos), así como el
cumplimiento de la normatividad de los convenios o acuerdos que pudieran derivarse de éste.
Evaluación de impacto
Medirá el conjunto de efectos, esperados y no previstos, directos e indirectos, provocados en la población por las acciones
implementadas, y de promover la resolución correspondiente ante autoridades competentes.
XII. FORMAS DE PARTICIPACIÓN SOCIAL
A través de la Coordinación de Participación Ciudadana, todas las acciones y programas se vinculan proporcionando la
información necesaria a las y los beneficiarios, mediante encuestas, entrevistas reuniones; todos los habitantes de la
delegación Iztapalapa podrán participar dentro de los lineamientos específicos, con sugerencias, comentarios y propuestas
para el mejor desempeño del programa, por medio escrito, electrónico o verbal en la Sede Delegacional y/o Portal de
Internet Oficial.
“Esta acción institucional es de carácter público, no es patrocinado ni promovido por partido político alguno y sus recursos
provienen de los impuestos que pagan todos los contribuyentes. Está prohibido el uso de este programa con fines políticos
electorales, de lucro y otros distintos a los establecidos. Quien haga uso indebido de los recursos de este programa en el
Distrito federal, será sancionado de acuerdo con la ley aplicable y ante la autoridad competente”.
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TRANSITORIOS
PRIMERO. Publíquese en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México.
SEGUNDO. Las y los ciudadanos que hayan venido desempeñando sus funciones desde el mes de enero de 2017, recibirán el
apoyo correspondiente según sea el caso.
Dado en la Ciudad de México a los 22 días del mes de Diciembre de 2016
DIONE ANGUIANO FLORES
(Firma)
LA JEFA DELEGACIONAL EN IZTAPALAPA
DELEGACIÓN IZTAPALAPA
DIONE ANGUIANO FLORES, Jefa Delegacional en Iztapalapa, con fundamento en el artículo 117 del Estatuto de Gobierno del
Distrito Federal; 39 fracción XLV de la Ley Orgánica de Administración Pública del Distrito Federal; 97 último párrafo y 101 de
la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal, así como el 116 del Reglamento de la Ley de Presupuesto y Gasto
Eficiente del Distrito Federal, se emite el siguiente:
AVISO POR EL CUAL SE DAN A CONOCER LOS LINEAMIENTOS OPERATIVOS DE LA ACCIÓN
INSTITUCIONAL “PODER VINCULARSE”, PARA EL EJERCICIO FISCAL 2017.
Por lo anterior, la Delegación Iztapalapa tiene a bien emitir y establecer los siguientes Lineamientos de Operación para otorgar
apoyos económicos a los difusores ciudadanos.
I.ENTIDAD RESPONSABLE DE LAS ACCIONES INSTITUCIONALES
Delegación Iztapalapa
Dirección General de Desarrollo Delegacional
Dirección de Promoción y Atención Ciudadana
Coordinación de Participación Ciudadana
Jefe de Unidad Departamental de Planeación Participativa y Normatividad.
Direcciones Territoriales
II. OBJETIVO GENERAL
Constituir un grupo de difusores sociales para incentivar la participación vecinal en el fortalecimiento de los derechos
fundamentales: civiles, sociales, políticos y ambientales de los habitantes de Iztapalapa; con la finalidad de contribuir a mejorar la
calidad de vida y garantizar a las futuras generaciones una sociedad de derechos, con un gobierno de servicios de calidad,
corresponsable e integrador, construyendo acciones en común, para formular soluciones compartidas y un ejercicio firme de la
participación ciudadana.
III. OBJETIVO ESPECÍFICOS
Entregar hasta a 1003 ciudadanas o ciudadanos 12 apoyos económicos con base en la suficiencia presupuestal, sin ningún
compromiso contractual y/o laboral para la Delegación Iztapalapa y/o autoridades de Gobierno del Distrito Federal, de $3,000.00
(tres mil pesos 00/100 m.n.), como apoyo para su transportación y alimentación en el desempeño de sus actividades.
Promover la organización y la participación ciudadana en la construcción de la sociedad de derechos. Los difusores sociales
deberán contribuir a fomentar la participación de los ciudadanos y de sus organizaciones siendo la participación ciudadana clave
en la tarea de gobernar, en tanto que representa el motor para incentivar actuaciones comprometidas para conformar
democráticamente la política pública.
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GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO
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Tonificar la difusión de actividades institucionales de gobierno para la cohesión ciudadana, facilitando la participación social
corresponsable de los habitantes de la demarcación.
IV.POBLACIÓN OBJETIVO
Preferentemente mujeres mayores de 18 años
V. METAS FÍSICAS
Para el ejercicio fiscal 2017, se beneficiarán hasta 1003 ciudadanas/ciudadanos con 12 estímulos económicos de $3000.00 (tres
mil pesos 00/100 m.n.) con cargo a la partida 4419 “otras ayudas sociales a personas”, siempre de conformidad con la
disponibilidad presupuestal que se tenga.
VI. PROGRAMACIÓN PRESUPUESTAL
Para el ejercicio fiscal 2017, se programó una erogación de $36,108,000.00 (Treinta y seis millones ciento ocho mil pesos 00/100
m.n)
VII. PERFIL, REQUISITOS Y PROCEDIMIENTOS DE ACCESO:
Ser mayor de 18 años de edad
Residir, preferentemente, en la Delegación Iztapalapa
Presentar la siguiente documentación:
Identificación oficial con fotografía (original y copia para su cotejo)
Clave Única de Registro de Población (CURP original y copia para su cotejo)
Comprobante de domicilio reciente (2017): recibo de agua, luz, teléfono, constancia de domicilio, constancia de residencia,
contrato o recibo de arrendamiento.
Formato de registro
A partir de la fecha de la publicación de los presentes lineamientos operativos de esta actividad institucional, las y los interesados
tendrán 3 días hábiles para acudir a la Dirección Territorial correspondiente a su domicilio o a la Coordinación de Participación
Ciudadana.
Las y los ciudadanos interesados, una vez aceptados, y con una forma de corresponsabilidad social responsable deberán tomar un
curso de Cultura Ciudadana y promover Acciones de Desarrollo Social, Cultural y Humano (orientado a promover la Equidad de
Género y Respeto a los derechos humanos).
Los datos personales recabados serán protegidos, incorporados y tratados de conformidad con lo dispuesto por la Ley Federal de
Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental y demás disposiciones aplicables. Dichos datos se recaban con
fundamento en los artículos 24, 25 y 40 de la Ley citada, y se requieren para llevar a cabo los procedimientos de acceso y
corrección de datos personales, así como de acceso a información gubernamental, por lo que únicamente serán utilizados para ello
y para fines estadísticos.
VIII. PROCEDIMIENTO DE INSTRUMENTACIÓN
Difusión
La ejecución, aplicación, interpretación, modificación de los presentes lineamientos, estarán a cargo de la Coordinación de
Participación Ciudadana, las y los interesados deberán acudir a las oficinas de la Coordinación de Participación Ciudadana
ubicadas en Aldama No. 63, Barrio San Lucas, C.P. 09000.
IX. PROCEDIMIENTO DE QUEJA O INCONFORMIDAD CIUDADANA
Los y las ciudadanas que consideren que han sido vulnerados sus derechos en el acceso o ejecución de la presente actividad
institucional, podrán interponer queja ante la Dirección General de Desarrollo Delegacional o en la Sede Delegacional, quien
emitirá una resolución, de conformidad con lo que establece el artículo 44 y de 120 de la Ley de Procedimiento Administrativo de
Distrito Federal, en caso de inconformidad con la resolución emitida, podrán interponer su queja ante la Contraloría Interna de la
Delegación, o bien ante la Contraloría General de Gobierno del Distrito Federal o en su caso, a través del Servicio Público de
Localización Telefónica (LOCATEL) tel. 56-58-11-11.
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GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO
30 de Diciembre de 2016
X. MECANISMOS DE EXIGIBILIDAD
De conformidad con el artículo 14 fracción XX de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal
se tendrán a la vista del Público y en la página electrónica de la delegación www.iztapalapa.gob.mx los requisitos, derechos,
obligaciones y procedimientos para que las y los participantes puedan acceder a la misma, así como en el Portal de la Oficina de
Información Pública Delegacional.
XI. MECANISMOS DE EVALUACIÓN Y SUS INDICADORES
Evaluación Interna
Comprenderá los aspectos siguientes:
Evaluación de operación
Lasunidades responsables de la operación, organización y gestión revisan los recursos y procesos vinculados a la aplicación de las
acciones, para valorar su eficacia y eficacia, tanto en el área de seguimiento, control y evaluación de los recursos. Los indicadores
cuantitativos de las acciones serán el número de personas beneficiadas, la cantidad de estímulos proporcionados y el porcentaje de
cobertura, de acuerdo a las personas beneficiadas.
Evaluación de resultados
La Unidad responsable verificará y medirá el grado de cumplimiento de los objetivos (generales y específicos), así como el
cumplimiento de la normatividad de los convenios o acuerdos que pudieran derivarse de éste.
Evaluación de impacto
Medirá el conjunto de efectos, esperados y no previstos, directos e indirectos, provocados en la población por las acciones
implementadas, y de promover la resolución correspondiente ante autoridades competentes.
XII. FORMAS DE PARTICIPACIÓN SOCIAL
A través de la Coordinación de Participación Ciudadana, todas las acciones y programas se vinculan proporcionando la
información necesaria a las y los beneficiarios, mediante encuestas, entrevistas reuniones; todos los habitantes de la delegación
Iztapalapa podrán participar dentro de los lineamientos específicos, con sugerencias, comentarios y propuestas para el mejor
desempeño del programa, por medio escrito, electrónico o verbal en la Sede Delegacional y/o portal de internet oficial.
“Esta acción institucional es de carácter público, no es patrocinado ni promovido por partido político alguno y sus recursos
provienen de los impuestos que pagan todos los contribuyentes. Éstá prohibido el uso de este programa con fines políticos
electorales, de lucro y otros distintos a los establecidos. Quien haga uso indebido de los recursos de este programa en el Distrito
federal, será sancionado de acuerdo con la Ley aplicable y ante la autoridad competente”.
TRANSITORIOS
PRIMERO. Publíquese en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México.
SEGUNDO. Las y los ciudadanos que hayan venido desempeñando sus funciones desde el mes de enero de 2017, recibirán el
apoyo correspondiente según sea el caso.
Dado en la Ciudad de México a los 22 días del mes de Diciembre de 2016
DIONE ANGUIANO FLORES
(Firma)
LA JEFA DELEGACIONAL EN IZTAPALAPA
30 de Diciembre de 2016
GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO
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INSTITUTO DEL DEPORTE
MTRO. HORACIO DE LA VEGA FLORES, DIRECTOR GENERAL DEL INSTITUTO DEL DEPORTE DEL
DISTRITO FEDERAL, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 87 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal;
6, 54 y 71 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; 3 fracciones IV, V y VII de la Ley General
de Cultura Física y Deporte; 7, 23, 29 fracciones IX y X, y 56 de la Ley de Educación Física y Deporte del Distrito Federal,
11 de la Ley del Procedimiento Administrativo del Distrito Federal y 2 y 15 fracción VIII del Reglamento Interior del
Instituto del Deporte del Distrito Federal, y:
CONSIDERANDO
Que mediante Acuerdo número COPLADE/SE/IV/04/2016, de la Cuarta Sesión Extraordinaria del Comité de Planeación
del Desarrollo de la Ciudad de México, celebrada el 15 de diciembre del año 2016, quedó aprobado el Programa
Institucional del Instituto del Deporte de la Ciudad de México, por lo que he tenido a bien emitir el siguiente:
AVISO POR EL CUAL SE DA A CONOCER EL ENLACE ELECTRÓNICO DONDE PUEDE SER
CONSULTADO EL PROGRAMA INSTITUCIONAL DEL INSTITUTO DEL DEPORTE DE LA CIUDAD DE
MÉXICO
ÚNICO.- Para la consulta del Programa Institucional del Instituto del Deporte de la Ciudad de México, deberá remitirse al
siguiente vínculo: http://indeporte.mx/programa_institucional/
TRANSITORIO
ÚNICO.- Publíquese en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México.
Ciudad de México, a 22 de diciembre de 2016
(Firma)
__________________________________
Mtro. Horacio de la Vega Flores
Director General del Instituto del Deporte del Distrito Federal
INDEPORTE
CONVOCATORIAS DE LICITACIÓN Y FALLOS
ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO
SISTEMA DE TRANSPORTE COLECTIVO
LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL
Convocatoria N° 01
El Ing. Jorge J. Jiménez Alcaraz, Subdirector General de Mantenimiento del Sistema de Transporte Colectivo, en observancia a la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos en su artículo 134 y con fundamento en los artículos 24 y 28 de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal, 29 Fracción XX del
Estatuto Orgánico del Sistema de Transporte Colectivo, así como al Manual de Organización Institucional del S.T.C., se convoca a los interesados para participar
en la modalidad de Licitación Pública Nacional, con Recursos del Fideicomiso Maestro del Sistema de Transporte Colectivo (Metro), para la contratación de
conformidad con lo siguiente:
N° de licitación
Costo de las bases
Fecha límite para
adquirir bases
SDGMLP-N1-2017
$1,900.00
04 enero 17
Clave FSC
(CCAOP)
00000
Visita al lugar de la
obra o los trabajos
10 enero 17
10:00 horas
Descripción general de la obra
Renovación de la estación Balbuena de la Línea 1 del Sistema
de Transporte Colectivo. (Segunda Etapa)
Junta de aclaraciones
16 enero 17
10:00 horas
Fecha de inicio
06 febrero 17
Presentación y
apertura de
proposiciones
20 enero 17
10:00 horas
Fecha de
terminación
04 agosto 17
Fallo
25 enero 17
10:00 horas
Capital Contable
Requerido
$26’700,000.00
* Ubicación de la obra: estación Balbuena de la Línea 1 del Sistema de Transporte Colectivo.
* La pre autorización presupuestal para la realización de los trabajos se otorgó mediante oficios SFCDMX/SE/5528/2016 y SGAF/DF/GP/2826/2016 de fecha 26
de diciembre de 2016.
* Las bases de la licitación se encuentran disponibles para venta, en la Subdirección de Concursos y Estimaciones de la Gerencia de Obras y Mantenimiento, sita
en Av. Balderas N° 58, segundo piso, Colonia Centro, Código Postal 06010, Delegación Cuauhtémoc, de la Ciudad de México, únicamente del 30 de diciembre
de 2016 al 04 de enero de 2017 de 9:00 a 18:00 horas.
* La forma de pago es, mediante cheque certificado o de caja a nombre del Sistema de Transporte Colectivo o en efectivo, de 9:00 a 13:30 horas en la caja de la
Coordinación de Ingresos, ubicada en la Planta Baja del Edificio Administrativo de la calle de Delicias N° 67, Colonia Centro, Delegación Cuauhtémoc, Código
Postal 06070, de la Ciudad de México, o mediante depósito bancario en la cuenta No. 0706000526 y la clabe bancaria para pago vía transferencia bancaria No.
CLABE: 072180007060005268 del Banco Mercantil del Norte, Sucursal Victoria, a nombre del Sistema de Transporte Colectivo.
* El lugar de reunión para la visita de obra será en la oficina de la Subdirección de Obra Civil, sita en Av. Balderas N° 58, quinto piso, Colonia Centro, Código
Postal 06010, Delegación Cuauhtémoc, de la Ciudad de México.
* La junta de aclaraciones, presentación y apertura de proposiciones y fallo, se llevarán a cabo en la sala de juntas ubicada en el segundo piso de Av. Balderas N°
58, Colonia Centro, Código Postal 06010, Delegación Cuauhtémoc, de la Ciudad de México, los días y horas indicados en el cuadro de referencia. Será
obligatoria la asistencia de personal calificado en la materia objeto de esta licitación a la (s) junta (s) de aclaraciones por parte de la empresa. Se acreditará tal
calidad con cédula profesional, certificado técnico o carta de pasante (original y copia).
* Anticipo: Para estos trabajos NO SE OTORGARÁ ANTICIPO.
* Subcontratación: Para la realización de los trabajos no habrá subcontratación, el concursante ganador será el único responsable de la ejecución de los trabajos
ante el Sistema de Transporte Colectivo.
* La experiencia técnica que deberán acreditar los interesados consiste en cumplir con los requisitos siguientes: 1.- Haber tenido a su cargo la ejecución de obra de
gran magnitud de área aproximada de 100,000 m2 con acabados de primer nivel. 2.-Que su personal técnico haya participado en obras de gran magnitud de área
aproximada de 100,000 m2 con acabados de primer nivel, equipado con Sistemas Especiales como: Sistemas Inteligentes.
* Para acreditar lo solicitado en el punto anterior presentará lo indicado en los incisos a), b) y c) siguientes: a) Copia de contratos de obra pública que tenga
celebrados con la Administración Pública o con particulares, y relación que integre montos, fechas de inicio y término, así como su estado de avance de
ejecución, en su caso, a la fecha de la licitación pública. b) Currículum vitae de los trabajos realizados por la organización del licitante, destacando la
experiencia en trabajos similares a los del objeto de la licitación del cual anexará copia de esos contratos. c) Currícula vitarum del personal directivo,
profesional, administrativo y técnico que participará en los trabajos, destacando la experiencia en trabajos similares a los del objeto de ésta licitación.
* Por lo que respecta a la Capacidad Financiera, los interesados deberán presentar copia del Estado de Posición Financiera al cierre del ejercicio inmediato
anterior, firmado por contador público anexando copia fotostática de la cédula profesional y copia de la declaración fiscal del ejercicio inmediato anterior.
Para empresas de nueva creación deberán presentar copia del Estado de Posición Financiera al cierre del mes inmediato anterior a la fecha de la presentación de
las propuestas, firmado por contador público anexando copia fotostática de la cédula profesional.
* Los requisitos generales que deberán ser cubiertos para adquirir las bases son: Los interesados deberán presentar original y copia del recibo que acredite el pago
de las mismas y así considerar a la empresa para cualquier aclaración al respecto. Invariablemente, una copia de la constancia del registro de concursante vigente
y actualizado ante la Secretaría de Obras y Servicios deberá ser integrada dentro de la propuesta técnica.
Para dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 51 de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal que dispone que las Dependencias,
Órganos Desconcentrados, Delegaciones y Entidades, en ningún caso contratarán Obra Pública, Adquisiciones, Arrendamientos o Servicios ni otorgarán las
figuras a las que se refiere la Ley de Régimen Patrimonial y del Servicio Público, con personas físicas o morales que no se encuentren al corriente en el
cumplimiento de sus obligaciones fiscales tanto las de carácter local como las derivadas de los ingresos federales coordinados con base en el Convenio de
Colaboración Administrativa en Materia Fiscal Celebrado con el Gobierno Federal, los interesados deberán presentar en la visita de obra copia del trámite de
expedición de la constancia de adeudos de la Administración Tributaria Delegacional que corresponda (Alta Empresarial), emitida por la Subadministración de
registro y servicios al Contribuyente de la Subtesorería de Administración Tributaria de la Tesorería del Distrito Federal, o en su caso, por el Sistema de Aguas
de la Ciudad de México.
* Los criterios generales para la adjudicación del contrato serán: cumplir lo dispuesto en los artículos 40 y 41, de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal.
* Garantías: a) de seriedad de su propuesta, del 6 al 16%, del importe total de la misma (ver bases); b) de cumplimiento del contrato, 10 % de su importe; c) por
vicios ocultos, 10 % del monto total ejercido; d) de anticipo, 100 % del monto del mismo. Todos incluyendo el IVA, excepto en el primer caso. Las garantías
mencionadas en los puntos a, b, c, y d, se constituirán mediante fianza, la de seriedad de la propuesta (a) también podrá ser mediante cheque cruzado.
* Las proposiciones deberán presentarse en unidades de moneda nacional e idioma español.
Ciudad de México, a 27 de diciembre de 2016.
(Firma)
Ing. Jorge J. Jiménez Alcaraz
Subdirector General de Mantenimiento
ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO
SISTEMA DE TRANSPORTE COLECTIVO
LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL
Convocatoria N° 02
El Ing. Jorge J. Jiménez Alcaraz, Subdirector General de Mantenimiento del Sistema de Transporte Colectivo, en observancia a la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos en su artículo 134 y con fundamento en los artículos 24 y 28 de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal, 29 Fracción XX del
Estatuto Orgánico del Sistema de Transporte Colectivo, así como al Manual de Organización Institucional del S.T.C., se convoca a los interesados para participar
en la modalidad de Licitación Pública Nacional, con Recursos del Fideicomiso Maestro del Sistema de Transporte Colectivo (Metro), para la contratación de
conformidad con lo siguiente:
N° de licitación
Costo de las bases
Fecha límite para
adquirir bases
SDGMLP-N2-2017
$1,900.00
04 enero 17
Clave FSC
(CCAOP)
00000
Visita al lugar de la
obra o los trabajos
10 enero 17
10:00 horas
Descripción general de la obra
Renovación de la estación Cuauhtémoc de la Línea 1 del
Sistema de Transporte Colectivo. (Segunda Etapa)
Junta de aclaraciones
16 enero 17
11:00 horas
Fecha de inicio
06 febrero 17
Presentación y
apertura de
proposiciones
20 enero 17
11:30 horas
Fecha de
terminación
04 agosto 17
Fallo
25 enero 17
10:30 horas
Capital Contable
Requerido
$26’700,000.00
* Ubicación de la obra: estación Cuauhtémoc de la Línea 1 del Sistema de Transporte Colectivo.
* La pre autorización presupuestal para la realización de los trabajos se otorgó mediante oficios SFCDMX/SE/5528/2016 y SGAF/DF/GP/2826/2016 de fecha 26
de diciembre de 2016.
* Las bases de la licitación se encuentran disponibles para venta, en la Subdirección de Concursos y Estimaciones de la Gerencia de Obras y Mantenimiento, sita
en Av. Balderas N° 58, segundo piso, Colonia Centro, Código Postal 06010, Delegación Cuauhtémoc, de la Ciudad de México, únicamente del 30 de diciembre
de 2016 al 04 de enero de 2017 de 9:00 a 18:00 horas.
* La forma de pago es, mediante cheque certificado o de caja a nombre del Sistema de Transporte Colectivo o en efectivo, de 9:00 a 13:30 horas en la caja de la
Coordinación de Ingresos, ubicada en la Planta Baja del Edificio Administrativo de la calle de Delicias N° 67, Colonia Centro, Delegación Cuauhtémoc, Código
Postal 06070, de la Ciudad de México, o mediante depósito bancario en la cuenta No. 0706000526 y la clabe bancaria para pago vía transferencia bancaria No.
CLABE: 072180007060005268 del Banco Mercantil del Norte, Sucursal Victoria, a nombre del Sistema de Transporte Colectivo.
* El lugar de reunión para la visita de obra será en la oficina de la Subdirección de Obra Civil, sita en Av. Balderas N° 58, quinto piso, Colonia Centro, Código
Postal 06010, Delegación Cuauhtémoc, de la Ciudad de México.
* La junta de aclaraciones, presentación y apertura de proposiciones y fallo, se llevarán a cabo en la sala de juntas ubicada en el segundo piso de Av. Balderas N°
58, Colonia Centro, Código Postal 06010, Delegación Cuauhtémoc, de la Ciudad de México, los días y horas indicados en el cuadro de referencia. Será
obligatoria la asistencia de personal calificado en la materia objeto de esta licitación a la (s) junta (s) de aclaraciones por parte de la empresa. Se acreditará tal
calidad con cédula profesional, certificado técnico o carta de pasante (original y copia).
* Anticipo: Para estos trabajos NO SE OTORGARÁ ANTICIPO.
* Subcontratación: Para la realización de los trabajos no habrá subcontratación, el concursante ganador será el único responsable de la ejecución de los trabajos
ante el Sistema de Transporte Colectivo.
* La experiencia técnica que deberán acreditar los interesados consiste en cumplir con los requisitos siguientes: 1.- Haber tenido a su cargo la ejecución de obra de
gran magnitud de área aproximada de 100,000 m2 con acabados de primer nivel. 2.-Que su personal técnico haya participado en obras de gran magnitud de área
aproximada de 100,000 m2 con acabados de primer nivel, equipado con Sistemas Especiales como: Sistemas Inteligentes.
* Para acreditar lo solicitado en el punto anterior presentará lo indicado en los incisos a), b) y c) siguientes: a) Copia de contratos de obra pública que tenga
celebrados con la Administración Pública o con particulares, y relación que integre montos, fechas de inicio y término, así como su estado de avance de
ejecución, en su caso, a la fecha de la licitación pública. b) Currículum vitae de los trabajos realizados por la organización del licitante, destacando la
experiencia en trabajos similares a los del objeto de la licitación del cual anexará copia de esos contratos. c) Currícula vitarum del personal directivo,
profesional, administrativo y técnico que participará en los trabajos, destacando la experiencia en trabajos similares a los del objeto de ésta licitación.
* Por lo que respecta a la Capacidad Financiera, los interesados deberán presentar copia del Estado de Posición Financiera al cierre del ejercicio inmediato
anterior, firmado por contador público anexando copia fotostática de la cédula profesional y copia de la declaración fiscal del ejercicio inmediato anterior.
Para empresas de nueva creación deberán presentar copia del Estado de Posición Financiera al cierre del mes inmediato anterior a la fecha de la presentación de
las propuestas, firmado por contador público anexando copia fotostática de la cédula profesional.
* Los requisitos generales que deberán ser cubiertos para adquirir las bases son: Los interesados deberán presentar original y copia del recibo que acredite el pago
de las mismas y así considerar a la empresa para cualquier aclaración al respecto. Invariablemente, una copia de la constancia del registro de concursante vigente
y actualizado ante la Secretaría de Obras y Servicios deberá ser integrada dentro de la propuesta técnica.
Para dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 51 de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal que dispone que las Dependencias,
Órganos Desconcentrados, Delegaciones y Entidades, en ningún caso contratarán Obra Pública, Adquisiciones, Arrendamientos o Servicios ni otorgarán las
figuras a las que se refiere la Ley de Régimen Patrimonial y del Servicio Público, con personas físicas o morales que no se encuentren al corriente en el
cumplimiento de sus obligaciones fiscales tanto las de carácter local como las derivadas de los ingresos federales coordinados con base en el Convenio de
Colaboración Administrativa en Materia Fiscal Celebrado con el Gobierno Federal, los interesados deberán presentar en la visita de obra copia del trámite de
expedición de la constancia de adeudos de la Administración Tributaria Delegacional que corresponda (Alta Empresarial), emitida por la Subadministración de
registro y servicios al Contribuyente de la Subtesorería de Administración Tributaria de la Tesorería del Distrito Federal, o en su caso, por el Sistema de Aguas
de la Ciudad de México.
* Los criterios generales para la adjudicación del contrato serán: cumplir lo dispuesto en los artículos 40 y 41, de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal.
* Garantías: a) de seriedad de su propuesta, del 6 al 16%, del importe total de la misma (ver bases); b) de cumplimiento del contrato, 10 % de su importe; c) por
vicios ocultos, 10 % del monto total ejercido; d) de anticipo, 100 % del monto del mismo. Todos incluyendo el IVA, excepto en el primer caso. Las garantías
mencionadas en los puntos a, b, c, y d, se constituirán mediante fianza, la de seriedad de la propuesta (a) también podrá ser mediante cheque cruzado.
* Las proposiciones deberán presentarse en unidades de moneda nacional e idioma español.
Ciudad de México, a 27 de diciembre de 2016.
(Firma)
Ing. Jorge J. Jiménez Alcaraz
Subdirector General de Mantenimiento
ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO
SISTEMA DE TRANSPORTE COLECTIVO
LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL
Convocatoria N° 03
El Ing. Jorge J. Jiménez Alcaraz, Subdirector General de Mantenimiento del Sistema de Transporte Colectivo, en observancia a la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos en su artículo 134 y con fundamento en los artículos 24 y 28 de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal, 29 Fracción XX del
Estatuto Orgánico del Sistema de Transporte Colectivo, así como al Manual de Organización Institucional del S.T.C., se convoca a los interesados para participar
en la modalidad de Licitación Pública Nacional, con Recursos del Fideicomiso Maestro del Sistema de Transporte Colectivo (Metro), para la contratación de
conformidad con lo siguiente:
N° de licitación
Costo de las bases
Fecha límite para
adquirir bases
SDGMLP-N3-2017
$1,900.00
04 enero 17
Clave FSC
(CCAOP)
00000
Visita al lugar de la
obra o los trabajos
10 enero 17
10:00 horas
Descripción general de la obra
Renovación de la estación Salto del Agua de la Línea 1 del
Sistema de Transporte Colectivo. (Segunda Etapa)
Junta de aclaraciones
16 enero 17
12:00 horas
Fecha de inicio
06 febrero 17
Presentación y
apertura de
proposiciones
20 enero 17
13:00 horas
Fecha de
terminación
04 agosto 17
Fallo
25 enero 17
11:00 horas
Capital Contable
Requerido
$26’700,000.00
* Ubicación de la obra: estación Salto del Agua de la Línea 1 del Sistema de Transporte Colectivo.
* La pre autorización presupuestal para la realización de los trabajos se otorgó mediante oficios SFCDMX/SE/5528/2016 y SGAF/DF/GP/2826/2016 de fecha 26
de diciembre de 2016.
* Las bases de la licitación se encuentran disponibles para venta, en la Subdirección de Concursos y Estimaciones de la Gerencia de Obras y Mantenimiento, sita
en Av. Balderas N° 58, segundo piso, Colonia Centro, Código Postal 06010, Delegación Cuauhtémoc, de la Ciudad de México, únicamente del 30 de diciembre
de 2016 al 04 de enero de 2017 de 9:00 a 18:00 horas.
* La forma de pago es, mediante cheque certificado o de caja a nombre del Sistema de Transporte Colectivo o en efectivo, de 9:00 a 13:30 horas en la caja de la
Coordinación de Ingresos, ubicada en la Planta Baja del Edificio Administrativo de la calle de Delicias N° 67, Colonia Centro, Delegación Cuauhtémoc, Código
Postal 06070, de la Ciudad de México, o mediante depósito bancario en la cuenta No. 0706000526 y la clabe bancaria para pago vía transferencia bancaria No.
CLABE: 072180007060005268 del Banco Mercantil del Norte, Sucursal Victoria, a nombre del Sistema de Transporte Colectivo.
* El lugar de reunión para la visita de obra será en la oficina de la Subdirección de Obra Civil, sita en Av. Balderas N° 58, quinto piso, Colonia Centro, Código
Postal 06010, Delegación Cuauhtémoc, de la Ciudad de México.
* La junta de aclaraciones, presentación y apertura de proposiciones y fallo, se llevarán a cabo en la sala de juntas ubicada en el segundo piso de Av. Balderas N°
58, Colonia Centro, Código Postal 06010, Delegación Cuauhtémoc, de la Ciudad de México, los días y horas indicados en el cuadro de referencia. Será
obligatoria la asistencia de personal calificado en la materia objeto de esta licitación a la (s) junta (s) de aclaraciones por parte de la empresa. Se acreditará tal
calidad con cédula profesional, certificado técnico o carta de pasante (original y copia).
* Anticipo: Para estos trabajos NO SE OTORGARÁ ANTICIPO.
* Subcontratación: Para la realización de los trabajos no habrá subcontratación, el concursante ganador será el único responsable de la ejecución de los trabajos
ante el Sistema de Transporte Colectivo.
* La experiencia técnica que deberán acreditar los interesados consiste en cumplir con los requisitos siguientes: 1.- Haber tenido a su cargo la ejecución de obra de
gran magnitud de área aproximada de 100,000 m2 con acabados de primer nivel. 2.-Que su personal técnico haya participado en obras de gran magnitud de área
aproximada de 100,000 m2 con acabados de primer nivel, equipado con Sistemas Especiales como: Sistemas Inteligentes.
* Para acreditar lo solicitado en el punto anterior presentará lo indicado en los incisos a), b) y c) siguientes: a) Copia de contratos de obra pública que tenga
celebrados con la Administración Pública o con particulares, y relación que integre montos, fechas de inicio y término, así como su estado de avance de
ejecución, en su caso, a la fecha de la licitación pública. b) Currículum vitae de los trabajos realizados por la organización del licitante, destacando la
experiencia en trabajos similares a los del objeto de la licitación del cual anexará copia de esos contratos. c) Currícula vitarum del personal directivo,
profesional, administrativo y técnico que participará en los trabajos, destacando la experiencia en trabajos similares a los del objeto de ésta licitación.
* Por lo que respecta a la Capacidad Financiera, los interesados deberán presentar copia del Estado de Posición Financiera al cierre del ejercicio inmediato
anterior, firmado por contador público anexando copia fotostática de la cédula profesional y copia de la declaración fiscal del ejercicio inmediato anterior.
Para empresas de nueva creación deberán presentar copia del Estado de Posición Financiera al cierre del mes inmediato anterior a la fecha de la presentación de
las propuestas, firmado por contador público anexando copia fotostática de la cédula profesional.
* Los requisitos generales que deberán ser cubiertos para adquirir las bases son: Los interesados deberán presentar original y copia del recibo que acredite el pago
de las mismas y así considerar a la empresa para cualquier aclaración al respecto. Invariablemente, una copia de la constancia del registro de concursante vigente
y actualizado ante la Secretaría de Obras y Servicios deberá ser integrada dentro de la propuesta técnica.
Para dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 51 de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal que dispone que las Dependencias,
Órganos Desconcentrados, Delegaciones y Entidades, en ningún caso contratarán Obra Pública, Adquisiciones, Arrendamientos o Servicios ni otorgarán las
figuras a las que se refiere la Ley de Régimen Patrimonial y del Servicio Público, con personas físicas o morales que no se encuentren al corriente en el
cumplimiento de sus obligaciones fiscales tanto las de carácter local como las derivadas de los ingresos federales coordinados con base en el Convenio de
Colaboración Administrativa en Materia Fiscal Celebrado con el Gobierno Federal, los interesados deberán presentar en la visita de obra copia del trámite de
expedición de la constancia de adeudos de la Administración Tributaria Delegacional que corresponda (Alta Empresarial), emitida por la Subadministración de
registro y servicios al Contribuyente de la Subtesorería de Administración Tributaria de la Tesorería del Distrito Federal, o en su caso, por el Sistema de Aguas
de la Ciudad de México.
* Los criterios generales para la adjudicación del contrato serán: cumplir lo dispuesto en los artículos 40 y 41, de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal.
* Garantías: a) de seriedad de su propuesta, del 6 al 16%, del importe total de la misma (ver bases); b) de cumplimiento del contrato, 10 % de su importe; c) por
vicios ocultos, 10 % del monto total ejercido; d) de anticipo, 100 % del monto del mismo. Todos incluyendo el IVA, excepto en el primer caso. Las garantías
mencionadas en los puntos a, b, c, y d, se constituirán mediante fianza, la de seriedad de la propuesta (a) también podrá ser mediante cheque cruzado.
* Las proposiciones deberán presentarse en unidades de moneda nacional e idioma español.
Ciudad de México, a 27 de diciembre de 2016.
(Firma)
Ing. Jorge J. Jiménez Alcaraz
Subdirector General de Mantenimiento
ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO
SISTEMA DE TRANSPORTE COLECTIVO
LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL
Convocatoria N° 04
El Ing. Jorge J. Jiménez Alcaraz, Subdirector General de Mantenimiento del Sistema de Transporte Colectivo, en observancia a la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos en su artículo 134 y con fundamento en los artículos 24 y 28 de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal, 29 Fracción XX del
Estatuto Orgánico del Sistema de Transporte Colectivo, así como al Manual de Organización Institucional del S.T.C., se convoca a los interesados para participar
en la modalidad de Licitación Pública Nacional, con Recursos del Fideicomiso Maestro del Sistema de Transporte Colectivo (Metro), para la contratación de
conformidad con lo siguiente:
N° de licitación
Costo de las bases
Fecha límite para
adquirir bases
SDGMLP-N4-2017
$1,900.00
04 enero 17
Clave FSC
(CCAOP)
00000
Visita al lugar de la
obra o los trabajos
10 enero 17
10:00 horas
Descripción general de la obra
Renovación de la estación Sevilla de la Línea 1 del Sistema
de Transporte Colectivo. (Segunda Etapa)
Junta de aclaraciones
16 enero 17
13:00 horas
Fecha de inicio
06 febrero 17
Presentación y
apertura de
proposiciones
20 enero 17
14:30 horas
Fecha de
terminación
04 agosto 17
Fallo
25 enero 17
11:30 horas
Capital Contable
Requerido
$26’700,000.00
* Ubicación de la obra: estación Sevilla de la Línea 1 del Sistema de Transporte Colectivo.
* La pre autorización presupuestal para la realización de los trabajos se otorgó mediante oficios SFCDMX/SE/5528/2016 y SGAF/DF/GP/2826/2016 de fecha 26
de diciembre de 2016.
* Las bases de la licitación se encuentran disponibles para venta, en la Subdirección de Concursos y Estimaciones de la Gerencia de Obras y Mantenimiento, sita
en Av. Balderas N° 58, segundo piso, Colonia Centro, Código Postal 06010, Delegación Cuauhtémoc, de la Ciudad de México, únicamente del 30 de diciembre
de 2016 al 04 de enero de 2017 de 9:00 a 18:00 horas.
* La forma de pago es, mediante cheque certificado o de caja a nombre del Sistema de Transporte Colectivo o en efectivo, de 9:00 a 13:30 horas en la caja de la
Coordinación de Ingresos, ubicada en la Planta Baja del Edificio Administrativo de la calle de Delicias N° 67, Colonia Centro, Delegación Cuauhtémoc, Código
Postal 06070, de la Ciudad de México, o mediante depósito bancario en la cuenta No. 0706000526 y la clabe bancaria para pago vía transferencia bancaria No.
CLABE: 072180007060005268 del Banco Mercantil del Norte, Sucursal Victoria, a nombre del Sistema de Transporte Colectivo.
* El lugar de reunión para la visita de obra será en la oficina de la Subdirección de Obra Civil, sita en Av. Balderas N° 58, quinto piso, Colonia Centro, Código
Postal 06010, Delegación Cuauhtémoc, de la Ciudad de México.
* La junta de aclaraciones, presentación y apertura de proposiciones y fallo, se llevarán a cabo en la sala de juntas ubicada en el segundo piso de Av. Balderas N°
58, Colonia Centro, Código Postal 06010, Delegación Cuauhtémoc, de la Ciudad de México, los días y horas indicados en el cuadro de referencia. Será
obligatoria la asistencia de personal calificado en la materia objeto de esta licitación a la (s) junta (s) de aclaraciones por parte de la empresa. Se acreditará tal
calidad con cédula profesional, certificado técnico o carta de pasante (original y copia).
* Anticipo: Para estos trabajos NO SE OTORGARÁ ANTICIPO.
* Subcontratación: Para la realización de los trabajos no habrá subcontratación, el concursante ganador será el único responsable de la ejecución de los trabajos
ante el Sistema de Transporte Colectivo.
* La experiencia técnica que deberán acreditar los interesados consiste en cumplir con los requisitos siguientes: 1.- Haber tenido a su cargo la ejecución de obra de
gran magnitud de área aproximada de 100,000 m2 con acabados de primer nivel. 2.-Que su personal técnico haya participado en obras de gran magnitud de área
aproximada de 100,000 m2 con acabados de primer nivel, equipado con Sistemas Especiales como: Sistemas Inteligentes.
* Para acreditar lo solicitado en el punto anterior presentará lo indicado en los incisos a), b) y c) siguientes: a) Copia de contratos de obra pública que tenga
celebrados con la Administración Pública o con particulares, y relación que integre montos, fechas de inicio y término, así como su estado de avance de
ejecución, en su caso, a la fecha de la licitación pública. b) Currículum vitae de los trabajos realizados por la organización del licitante, destacando la
experiencia en trabajos similares a los del objeto de la licitación del cual anexará copia de esos contratos. c) Currícula vitarum del personal directivo,
profesional, administrativo y técnico que participará en los trabajos, destacando la experiencia en trabajos similares a los del objeto de ésta licitación.
* Por lo que respecta a la Capacidad Financiera, los interesados deberán presentar copia del Estado de Posición Financiera al cierre del ejercicio inmediato
anterior, firmado por contador público anexando copia fotostática de la cédula profesional y copia de la declaración fiscal del ejercicio inmediato anterior.
Para empresas de nueva creación deberán presentar copia del Estado de Posición Financiera al cierre del mes inmediato anterior a la fecha de la presentación de
las propuestas, firmado por contador público anexando copia fotostática de la cédula profesional.
* Los requisitos generales que deberán ser cubiertos para adquirir las bases son: Los interesados deberán presentar original y copia del recibo que acredite el pago
de las mismas y así considerar a la empresa para cualquier aclaración al respecto. Invariablemente, una copia de la constancia del registro de concursante vigente
y actualizado ante la Secretaría de Obras y Servicios deberá ser integrada dentro de la propuesta técnica.
Para dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 51 de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal que dispone que las Dependencias,
Órganos Desconcentrados, Delegaciones y Entidades, en ningún caso contratarán Obra Pública, Adquisiciones, Arrendamientos o Servicios ni otorgarán las
figuras a las que se refiere la Ley de Régimen Patrimonial y del Servicio Público, con personas físicas o morales que no se encuentren al corriente en el
cumplimiento de sus obligaciones fiscales tanto las de carácter local como las derivadas de los ingresos federales coordinados con base en el Convenio de
Colaboración Administrativa en Materia Fiscal Celebrado con el Gobierno Federal, los interesados deberán presentar en la visita de obra copia del trámite de
expedición de la constancia de adeudos de la Administración Tributaria Delegacional que corresponda (Alta Empresarial), emitida por la Subadministración de
registro y servicios al Contribuyente de la Subtesorería de Administración Tributaria de la Tesorería del Distrito Federal, o en su caso, por el Sistema de Aguas
de la Ciudad de México.
* Los criterios generales para la adjudicación del contrato serán: cumplir lo dispuesto en los artículos 40 y 41, de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal.
* Garantías: a) de seriedad de su propuesta, del 6 al 16%, del importe total de la misma (ver bases); b) de cumplimiento del contrato, 10 % de su importe; c) por
vicios ocultos, 10 % del monto total ejercido; d) de anticipo, 100 % del monto del mismo. Todos incluyendo el IVA, excepto en el primer caso. Las garantías
mencionadas en los puntos a, b, c, y d, se constituirán mediante fianza, la de seriedad de la propuesta (a) también podrá ser mediante cheque cruzado.
* Las proposiciones deberán presentarse en unidades de moneda nacional e idioma español.
Ciudad de México, a 27 de diciembre de 2016.
(Firma)
Ing. Jorge J. Jiménez Alcaraz
Subdirector General de Mantenimiento
ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO
SISTEMA DE TRANSPORTE COLECTIVO
LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL
Convocatoria N° 05
El Ing. Jorge J. Jiménez Alcaraz, Subdirector General de Mantenimiento del Sistema de Transporte Colectivo, en observancia a la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos en su artículo 134 y con fundamento en los artículos 24 y 28 de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal, 29 Fracción XX del
Estatuto Orgánico del Sistema de Transporte Colectivo, así como al Manual de Organización Institucional del S.T.C., se convoca a los interesados para participar
en la modalidad de Licitación Pública Nacional, con Recursos del Fideicomiso Maestro del Sistema de Transporte Colectivo (Metro), para la contratación de
conformidad con lo siguiente:
N° de licitación
Costo de las bases
Fecha límite para
adquirir bases
SDGMLP-N05 -2017
$1,900.00
04 enero 17
Clave FSC
(CCAOP)
00000
Visita al lugar de la
obra o los trabajos
10 enero 17
10:00 horas
Descripción general de la obra
Renovación de la estación Merced de la Línea 1 del Sistema
de Transporte Colectivo. (Segunda Etapa)
Junta de aclaraciones
16 enero 17
14:00 horas
Fecha de inicio
06 febrero 17
Presentación y
apertura de
proposiciones
20 enero 17
16:00 horas
Fecha de
terminación
04 agosto 17
Fallo
25 enero 17
12:00 horas
Capital Contable
Requerido
$26’700,000.00
* Ubicación de la obra: estación Merced de la Línea 1 del Sistema de Transporte Colectivo.
* La pre autorización presupuestal para la realización de los trabajos se otorgó mediante oficios SFCDMX/SE/5528/2016 y SGAF/DF/GP/2826/2016 de fecha 26
de diciembre de 2016.
* Las bases de la licitación se encuentran disponibles para venta, en la Subdirección de Concursos y Estimaciones de la Gerencia de Obras y Mantenimiento, sita
en Av. Balderas N° 58, segundo piso, Colonia Centro, Código Postal 06010, Delegación Cuauhtémoc, de la Ciudad de México, únicamente del 30 de diciembre
de 2016 al 04 de enero de 2017 de 9:00 a 18:00 horas.
* La forma de pago es, mediante cheque certificado o de caja a nombre del Sistema de Transporte Colectivo o en efectivo, de 9:00 a 13:30 horas en la caja de la
Coordinación de Ingresos, ubicada en la Planta Baja del Edificio Administrativo de la calle de Delicias N° 67, Colonia Centro, Delegación Cuauhtémoc, Código
Postal 06070, de la Ciudad de México, o mediante depósito bancario en la cuenta No. 0706000526 y la clabe bancaria para pago vía transferencia bancaria No.
CLABE: 072180007060005268 del Banco Mercantil del Norte, Sucursal Victoria, a nombre del Sistema de Transporte Colectivo.
* El lugar de reunión para la visita de obra será en la oficina de la Subdirección de Obra Civil, sita en Av. Balderas N° 58, quinto piso, Colonia Centro, Código
Postal 06010, Delegación Cuauhtémoc, de la Ciudad de México.
* La junta de aclaraciones, presentación y apertura de proposiciones y fallo, se llevarán a cabo en la sala de juntas ubicada en el segundo piso de Av. Balderas N°
58, Colonia Centro, Código Postal 06010, Delegación Cuauhtémoc, de la Ciudad de México, los días y horas indicados en el cuadro de referencia. Será
obligatoria la asistencia de personal calificado en la materia objeto de esta licitación a la (s) junta (s) de aclaraciones por parte de la empresa. Se acreditará tal
calidad con cédula profesional, certificado técnico o carta de pasante (original y copia).
* Anticipo: Para estos trabajos NO SE OTORGARÁ ANTICIPO.
* Subcontratación: Para la realización de los trabajos no habrá subcontratación, el concursante ganador será el único responsable de la ejecución de los trabajos
ante el Sistema de Transporte Colectivo.
* La experiencia técnica que deberán acreditar los interesados consiste en cumplir con los requisitos siguientes: 1.- Haber tenido a su cargo la ejecución de obra de
gran magnitud de área aproximada de 100,000 m2 con acabados de primer nivel. 2.-Que su personal técnico haya participado en obras de gran magnitud de área
aproximada de 100,000 m2 con acabados de primer nivel, equipado con Sistemas Especiales como: Sistemas Inteligentes.
* Para acreditar lo solicitado en el punto anterior presentará lo indicado en los incisos a), b) y c) siguientes: a) Copia de contratos de obra pública que tenga
celebrados con la Administración Pública o con particulares, y relación que integre montos, fechas de inicio y término, así como su estado de avance de
ejecución, en su caso, a la fecha de la licitación pública. b) Currículum vitae de los trabajos realizados por la organización del licitante, destacando la
experiencia en trabajos similares a los del objeto de la licitación del cual anexará copia de esos contratos. c) Currícula vitarum del personal directivo,
profesional, administrativo y técnico que participará en los trabajos, destacando la experiencia en trabajos similares a los del objeto de ésta licitación.
* Por lo que respecta a la Capacidad Financiera, los interesados deberán presentar copia del Estado de Posición Financiera al cierre del ejercicio inmediato
anterior, firmado por contador público anexando copia fotostática de la cédula profesional y copia de la declaración fiscal del ejercicio inmediato anterior.
Para empresas de nueva creación deberán presentar copia del Estado de Posición Financiera al cierre del mes inmediato anterior a la fecha de la presentación de
las propuestas, firmado por contador público anexando copia fotostática de la cédula profesional.
* Los requisitos generales que deberán ser cubiertos para adquirir las bases son: Los interesados deberán presentar original y copia del recibo que acredite el pago
de las mismas y así considerar a la empresa para cualquier aclaración al respecto. Invariablemente, una copia de la constancia del registro de concursante vigente
y actualizado ante la Secretaría de Obras y Servicios deberá ser integrada dentro de la propuesta técnica.
Para dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 51 de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal que dispone que las Dependencias,
Órganos Desconcentrados, Delegaciones y Entidades, en ningún caso contratarán Obra Pública, Adquisiciones, Arrendamientos o Servicios ni otorgarán las
figuras a las que se refiere la Ley de Régimen Patrimonial y del Servicio Público, con personas físicas o morales que no se encuentren al corriente en el
cumplimiento de sus obligaciones fiscales tanto las de carácter local como las derivadas de los ingresos federales coordinados con base en el Convenio de
Colaboración Administrativa en Materia Fiscal Celebrado con el Gobierno Federal, los interesados deberán presentar en la visita de obra copia del trámite de
expedición de la constancia de adeudos de la Administración Tributaria Delegacional que corresponda (Alta Empresarial), emitida por la Subadministración de
registro y servicios al Contribuyente de la Subtesorería de Administración Tributaria de la Tesorería del Distrito Federal, o en su caso, por el Sistema de Aguas
de la Ciudad de México.
* Los criterios generales para la adjudicación del contrato serán: cumplir lo dispuesto en los artículos 40 y 41, de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal.
* Garantías: a) de seriedad de su propuesta, del 6 al 16%, del importe total de la misma (ver bases); b) de cumplimiento del contrato, 10 % de su importe; c) por
vicios ocultos, 10 % del monto total ejercido; d) de anticipo, 100 % del monto del mismo. Todos incluyendo el IVA, excepto en el primer caso. Las garantías
mencionadas en los puntos a, b, c, y d, se constituirán mediante fianza, la de seriedad de la propuesta (a) también podrá ser mediante cheque cruzado.
* Las proposiciones deberán presentarse en unidades de moneda nacional e idioma español.
Ciudad de México, a 27 de diciembre de 2016.
(Firma)
Ing. Jorge J. Jiménez Alcaraz
Subdirector General de Mantenimiento
36
GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO
30 de Diciembre de 2016
GOBIERNO DE LA CIUDAD DE MÉXICO
SECRETARÍA DEL MEDIO AMBIENTE
SISTEMA DE AGUAS DE LA CIUDAD DE MÉXICO
AVISO DE FALLOS
LA DIRECCIÓN DE LICITACIONES Y SEGUIMIENTO A OBRA PÚBLICA, EN CUMPLIMIENTO AL ARTÍCULO
27 DE LA LEY DE OBRAS PÚBLICAS Y SERVICIOS RELACIONADOS CON LAS MISMAS, DA A CONOCER LA
IDENTIDAD DEL PARTICIPANTE GANADOR DE LAS SIGUIENTES LICITACIONES PÚBLICAS NACIONALES:
SACMEX-LP-005-16 TRABAJOS DE BACHEO Y REENCARPETAMIENTO A LA INFRAESTRUCTURA
HIDRÁULICA E INSTALACIONES DE DRENAJE ZONA NORTE Y ESTADO DE MÉXICO, PERTENECIENTE AL
SISTEMA DE AGUAS DE LA CIUDAD DE MÉXICO, CON IMPORTE DE $ 6,851,007.13, ADJUDICADO A:
PROMOCIONES INTERNACIONALES DE INNOVACIONES TECNOLÓGICAS, S.A. DE C.V, R.F.C. PII050714NBA,
CON DOMICILIO: HACIENDA DE LA TEJA MANZANA 3 LOTE 8, COL. LOMAS DE LA HACIENDA, ATIZAPAN
DE ZARAGOZA C.P.52925, FECHA DE FALLO DÍA 2 DE MAYO DE 2016.
SACMEX-LP-006-16 TRABAJOS DE BACHEO Y REENCARPETAMIENTO A LA INFRAESTRUCTURA
HIDRÁULICA E INSTALACIONES DE DRENAJE ZONA SUR Y ESTADO DE MÉXICO, PERTENECIENTE AL
SISTEMA DE AGUAS DE LA CIUDAD DE MÉXICO, CON IMPORTE DE $ 6,101,039.72, ADJUDICADO A: CDCI,
S.A. DE C.V, R.F.C. CDC 990809121, CON DOMICILIO: AV. ANILLO PERIFÉRICO NO. 270, COL. LOS ANGELES
APANOAYA, IZTAPALAPA, CIUDAD DE MÉXICO C.P. 09710, FECHA DE FALLO DÍA 2 DE MAYO DE 2016.
SACMEX-LP-007-16 TRABAJOS DE BACHEO Y REENCARPETAMIENTO A LA INFRAESTRUCTURA
HIDRÁULICA E INSTALACIONES DE AGUA POTABLE ZONA NORTE Y ESTADO DE MÉXICO,
PERTENECIENTE AL SISTEMA DE AGUAS DE LA CIUDAD DE MÉXICO, CON IMPORTE DE $ 5,937,900.77,
ADJUDICADO A: SERVICIOS INTEGRALES DE INGENIERÍA Y ARQUITECTURA ROMA, S.A. DE C.V, R.F.C.
SII070502B24, CON DOMICILIO: CALLE CERRO DE SAN FRANCISCO NO. 16, COL. LOMAS DE VALLE
DORADO, TLALNEPANTLA DE BAZ, ESTADO DE MÉXICO, C.P. 54023, FECHA DE FALLO DÍA 2 DE MAYO DE
2016.
SACMEX-LP-008-16 TRABAJOS DE BACHEO Y REENCARPETAMIENTO A LA INFRAESTRUCTURA
HIDRÁULICA E INSTALACIONES DE AGUA POTABLE ZONA SUR Y ESTADO DE MÉXICO, PERTENECIENTES
AL SISTEMA DE AGUAS DE LA CIUDAD DE MÉXICO, CON IMPORTE DE $ 6,252,712.62, ADJUDICADO A:
GRUPO RESSCO REINGENIERÍA EN SERVICIOS, SUMINISTROS Y CONSTRUCCIONES, S.A. DE C.V, R.F.C.
GRR131125G87, CON DOMICILIO: AV. NORTE #169, COL. PANTILTLAN, DEL. IZTACALCO, C.P. 08100, FECHA
DE FALLO DÍA 2 DE MAYO DE 2016.
SACMEX-LP-009-16 CONSTRUCCIÓN DE LA PLANTA POTABILIZADORA LA LIBERTAD, CON IMPORTE DE $
36,239,915.18, ADJUDICADO A: INGENIERÍA EN PROCESOS DE TRATAMIENTOS DE AGUA, S.A. DE C.V,
R.F.C. ITA061117787, CON DOMICILIO: CEDROS NO. 30 COL. SANTA MARTHA ACATITLA NORTE, DEL.
IZTAPALAPA, CIUDAD DE MÉXICO, C.P. 09140, FECHA DE FALLO DÍA 29 DE ABRIL DE 2016.
SACMEX-LP-012-16 CONSTRUCCIÓN DEL CARCAMO DE BOMBEO CON UNA CAPACIDAD DE 500 LPS EN
LA UNIDAD MODELO, CON IMPORTE DE $ 15,929,545.34, ADJUDICADO A: FORZA ECOSISTEMAS, S.A. DE
C.V, R.F.C. FEC980109S60, CON DOMICILIO: AV. NUEVO LEÓN NO. 20 BIS, COL. BARRIO LA GALLERA,
DELEGACIÓN XOCHIMILCO, C.P. 16514, FECHA DE FALLO DÍA 27 DE MAYO DE 2016.
SACMEX-LP-013-16 TRABAJOS CONSISTENTES EN LA INSTALACIÓN DE MACROMEDIDORES MEDIDORES
EN LAS 16 DELEGACIÓNES Y EL ESTADO DE MÉXICO, DECLARADO DESIERTO, FECHA DE FALLO DÍA 16
DE MAYO DE 2016.
30 de Diciembre de 2016
GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO
37
SACMEX-LP-016-16 REHABILITACIÓN DEL CAMPAMENTO NATIVITAS, DE LA OFICINA DE LA U.D. DE
ATENCIÓN DE FUGAS DE AGUA PPOTABLE, ASI COMO OBRAS AUXILIARES Y COMPLEMENTARIAS,
UBICADA EN LA DELEGACIÓN XOCHIMILCO, PERTENECIENTES AL SISTEMA DE AGUAS DE LA CIUDAD
DE MÉXICO, CON IMPORTE DE $ 2,637,840.00, ADJUDICADO A: GRUPO INTERNACIONAL DE INGENIERÍA Y
CONSULTORES DE EMPRESAS EN CONSTRUCCIONES ELECTROMECÁNICAS. S.A. DE C.V, R.F.C. GII-870304660, CON DOMICILIO: SOR JUANA INÉS DE LA CRUZ NO. 32,FRACC. VIVEROS DE LA LOMA,
TLALNEPANTLA DE BAZ, ESTADO DE MÉXICO C.P. 54060, FECHA DE FALLO DÍA 8 DE JUNIO DE 2016.
SACMEX-LP-019-16 REHABILITACIÓN DE CAMPAMENTOS DE DESAZOLVE E HIDRONEUMÁTICOS.
UBICADOS EN VARIAS DELEGACIONES, CON IMPORTE DE $ 2,900,000.00, ADJUDICADO A: GRUPO
INTERNACIONAL DE INGENIERÍA Y CONSULTORES DE EMPRESAS EN CONSTRUCCIONES
ELECTROMECÁNICAS, S.A. DE C.V, R.F.C. GII-870304-660, CON DOMICILIO: SOR JUANA INÉS DE LA CRUZ
NO. 32,FRACC. VIVEROS DE LA LOMA, TLALNEPANTLA DE BAZ, ESTADO DE MÉXICO C.P. 54060, FECHA
DE FALLO DÍA 24 DE JUNIO DE 2016.
SACMEX-LP-020-16 REHABILITACIÓN DE PLANTAS DE BOMBEO, DRENAJE PROFUNDO Y PLANTAS DE
TRATAMIENTO. UBICADAS EN VARIAS DELEGACIONES, CON IMPORTE DE $ 3,074,000.00, ADJUDICADO A:
GRUPO INTERNACIONAL DE INGENIERÍA Y CONSULTORES DE EMPRESAS EN CONSTRUCCIONES
ELECTROMECÁNICAS, S.A. DE C.V, R.F.C. GII-870304-660, CON DOMICILIO: SOR JUANA INÉS DE LA CRUZ
NO. 32,FRACC. VIVEROS DE LA LOMA, TLALNEPANTLA DE BAZ, ESTADO DE MÉXICO C.P. 54060, FECHA
DE FALLO DÍA 24 DE JUNIO DE 2016.
SACMEX-LO-022-16 INCORPORACIÓN DE LA INFRAESTRUCTURA HIDRÁULICA DE AGUA EN BLOQUE AL
SISTEMA DE INFORMACIÓN GEOGRÁFICA, DECLARADO DESIERTO, FECHA DE FALLO DÍA 15 DE JUNIO
DE 2016.
SACMEX-LO-023-16 TRABAJOS CONSISTENTES EN LA INSTALACIÓN DE MACROMEDIDORES MEDIDORES
EN LAS 16 DELEGACIÓNES Y EL ESTADO DE MÉXICO, CON IMPORTE DE $ 28,368,109.06, ADJUDICADO A:
MECÁNICA HIDRÁULICA DE PRECISIÓN, S.A. DE C.V, R.F.C. MEF-001011-IU7, CON DOMICILIO: CARLOS
TEJEDA NO. 219, COL. GRANJAS VALLE DE GUADALUPE, ECATEPEC, ESTADO DE MÉXICO, C.P. 55270,
FECHA DE FALLO DÍA 11 DE JULIO DE 2016.
SACMEX-LO-025-16 REHABILITACIÓN Y SUSTITUCIÓN DE ATARJEAS EN VARIAS DELEGACIONES.
REHABILITACIÓN DE ATARJEA SOBRE LAS CALLES: CIPRES, PINO, Y PROLONGACIÓN CHOPO DESDE RÍO
CONSULADO HASTA AV. DE LAS TORRES Y SOBRE CALLE 4 DESDE CIPRES HASTA CALLE GERANIO,
COLONIA ARENAL, DELEGACIÓN AZCAPOTZALCO, CIUDAD DE MÉXICO, CON IMPORTE DE $
10,672,183.38, ADJUDICADO A: CONSTRUCTORA METAFOR, S.A. DE C.V, R.F.C. CME-021007-FVA, CON
DOMICILIO: COAHUILA NO. 223-204, COL. ROMA, DEL. CUAUHTÉMOC, C.P. 53160, FECHA DE FALLO DÍA 19
DE JULIO DE 2016.
SACMEX-LO-031-16 INCORPORACIÓN DE LA INFRAESTRUCTURA HIDRÁULICA DE AGUA EN BLOQUE AL
SISTEMA DE INFORMACIÓN GEOGRÁFICA, DECLARADO DESIERTO, FECHA DE FALLO DÍA 22 DE JULIO
DE 2016.
SACMEX-LO-032-16 IMPLANTACIÓN DE ESTACIONES DE MEDICIÓN DE CAUDAL PARA EL PAGO DE
DERECHOS POR DESCARGAS DE AGUAS RESIDUALES, CON IMPORTE DE $ 10,717,958.77, ADJUDICADO A:
INGENIERÍA COMPUTACIONAL PARA EL SER HUMANO, S.A. DE C.V, R.F.C. ICS-890315-MC1, CON
DOMICILIO: PASEO DEL CONQUISTADOR NO. 309, COL. MARAVILLAS, CUERNAVACA MORELOS, FECHA
DE FALLO DÍA 15 DE AGOSTO DE 2016.
SACMEX-LO-037-16 INCORPORACIÓN DE LA INFRAESTRUCTURA HIDRÁULICA DE AGUA EN BLOQUE AL
SISTEMA DE INFORMACIÓN GEOGRÁFICA, CON IMPORTE DE $ 5,458,747.91, ADJUDICADO A: RTB
CONSTRUCCIONES DE OBRA CIVIL, S.A. DE C.V, R.F.C. RCO111207JD7, CON DOMICILIO: AV. OTILIO
MONTAÑO 105 EDIF B. DEPTO 404, COL. ALTAVISTA, CUERNAVACA, MORELOS, C.P. 62010, FECHA DE
FALLO DÍA 19 DE SEPTIEMBRE DE 2016.
38
GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO
30 de Diciembre de 2016
SACMEX-LO-043-16 HABILITADO DE EQUIPOS DE MEDICIÓN DE GASTOS Y NIVELES EN LUMBRERAS DEL
DRENAJE PROFUNDO, PERTENECIENTES AL SISTEMA DE AGUAS DE LA CIUDAD DE MÉXICO, CON
IMPORTE DE $ 14,914,119.63, ADJUDICADO A: VIRTUAL WAVE CONTROL, S.A. DE C.V, R.F.C.
VWC02111FM9, CON DOMICILIO: ZACATECAS NO. 36-409, COL. ROMA NORTE, CUAUHTÉMOC C.P. 06700,
FECHA DE FALLO DÍA 10 DE OCTUBRE DE 2016.
SACMEX-LO-048-16 REHABILITACIÓN DEL TUNEL DE INTERCONEXIÓN DE LA CAPTACIÓN
MOYOBAMBA, DELEGACIÓN GUSTAVO A. MADERO, D.F, DECLARADO DESIERTO, FECHA DE FALLO DÍA
20 DE OCTUBRE DE 2016.
SACMEX-LP-050-16 REHABILITACIÓN DE LA PLANTA DE BOMBEO TLAYACAPA, UBICADA EN LA
DELEGACIÓN ÄLVARO OBREGÓN, PERTENECIENTE AL SISTEMA DE AGUAS DE LA CIUDAD DE MÉXICO,
CON IMPORTE DE $ 3,712,738.53, ADJUDICADO A: JOPE INGENIERÍA Y PROYECTOS, S.A. DE C.V, R.F.C.
JIP081121F56, CON DOMICILIO: CALLE 2 NO. 242, COL. PANTITLAN, FECHA DE FALLO DÍA 23 DE
NOVIEMBRE DE 2016.
SACMEX-LP-055-2016 REHABILITACIÓN DE CAMPAMENTOS Y ALMACENES: REHABILITACIÓN DE
CAMPAMENTOS DE DESAZOLVE, HIDRONEUMÁTICOS, ALMACENES, TRATAMIENTO Y CONSULTORIOS
PERTENECIENTES AL SISTEMA DE AGUAS DE LA CIUDAD DE MÉXICO, UBICADOS EN LAS
DELEGACIONES ZONA NORTE, CON IMPORTE DE $ 1,763,913.86, ADJUDICADO A: SERVICIOS INTEGRALES
DE INGENIERÍA Y ARQUITECTURA ROMA, S.A. DE C.V, R.F.C. SII070502B24, CON DOMICILIO: CALLE
CERRO DE SAN FRANCISCO NO. 16, COL. LOMAS DE VALLE DORADO, TLALNEPANTLA DE BAZ, ESTADO
DE MÉXICO, C.P. 54023, FECHA DE FALLO DÍA 1 DE DICIEMBRE DE 2016.
SACMEX-LP-056-2016 REHABILITACIÓN DE CAMPAMENTOS Y ALMACENES: REHABILITACIÓN DE
CAMPAMENTOS DE DESAZOLVE, HIDRONEUMÁTICOS, ALMACENES, TRATAMIENTO Y CONSULTORIOS
PERTENECIENTES AL SISTEMA DE AGUAS DE LA CIUDAD DE MÉXICO, UBICADOS EN LAS
DELEGACIONES ZONA SUR, CON IMPORTE DE $ 1,763,913.86, ADJUDICADO A: SERVICIOS INTEGRALES DE
INGENIERÍA Y ARQUITECTURA ROMA, S.A. DE C.V, R.F.C. SII070502B24, CON DOMICILIO: CERRO DE SAN
FRANCISCO NO. 16, COL. LOMAS DE VALLE DORADO, TLALNEPANTLA, EDO. DE MÉXICO, FECHA DE
FALLO DÍA 1 DE DICIEMBRE DE 2016.
SACMEX-LP-057-2016 REHABILITACIÓN DE CAMPAMENTOS Y ALMACENES: CAMPAMENTO DE
MAQUINARIA Y TRANSPORTES, ASÍ COMO OBRAS AUXILIARES Y COMPLEMENTARIAS, UBICADO EN LA
DELEGACIÓN IZTAPALAPA, PERTENECIENTE AL SISTEMA DE AGUAS DE LA CIUDAD DE MÉXICO, CON
IMPORTE DE $ 1,804,695.15, ADJUDICADO A: VRECH, S.A. DE C.V, R.F.C. VRE020927UU8, CON DOMICILIO:
AV. 555 NO. 109 BJS1,COL. SAN JUAN DE ARAGÓN SEGUNDA SECCIÓN, GUSTAVO A. MADERO C.P. 07969,
FECHA DE FALLO DÍA 1 DE DICIEMBRE DE 2016.
SACMEX-LP-058-2016 REHABILITACIÓN DE CAMPAMENTOS Y ALMACENES: CAMPAMENTO MALACATES
ORIENTE Y ALMACENES XOCHIMILCO, AGUAS DEL NORTE, TANQUE LERMA Y BOMBEO NORTE,
PERTENECIENTES AL SISTEMA DE AGUAS DE LA CIUDAD DE MÉXICO, CON IMPORTE DE $ 1,507,456.90,
ADJUDICADO A: ARKINGENIERÍA ALFA-OMEGA, S.A. DE C.V, R.F.C. AAL130506ND8, CON DOMICILIO:
AND. PERA MZ 7 LT 6, COL. XALPA, DEL. IZTAPALAPA, CIUDAD DE MÉXICO, C.P. 09640, FECHA DE FALLO
DÍA 9 DE DICIEMBRE DE 2016.
SACMEX-LP-060-2016 REHABILITACIÓN DEL REBOMBEO ÁNGULO, UBICADO EN LA DELEGACIÓN
MAGDALENA CONTRERAS, ASÍ COMO OBRAS AUXILIARES Y COMPLEMENTARIAS, PERTENECIENTE AL
SISTEMA DE AGUAS DE LA CIUDAD DE MÉXICO, CON IMPORTE DE $ 2,169,200.00, ADJUDICADO A: GRUPO
INTERNACIONAL DE INGENIERÍA Y CONSULTORES DE EMPRESAS EN CONSTRUCCIONES
ELECTROMECÁNICAS, S.A. DE C.V, R.F.C. GII-870304-660, CON DOMICILIO: SOR JUANA INÉS DE LA CRUZ
NO. 32,FRACC. VIVEROS DE LA LOMA, TLALNEPANTLA DE BAZ, ESTADO DE MÉXICO C.P. 54060, FECHA
DE FALLO DÍA 13 DE DICIEMBRE DE 2016.
30 de Diciembre de 2016
GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO
39
SACMEX-LP-061-2016 REHABILITACIÓN A LA PLANTA POTABILIZADORA "LA LAGUNA", ASÍ COMO
OBRAS AUXILIARES Y COMPLEMENTARIAS, UBICADA EN LA DELEGACIÓN MAGDALENA CONTRERAS,
PERTENECIENTE AL SISTEMA DE AGUAS DE LA CIUDAD DE MÉXICO, CON IMPORTE DE $ 2,628,586.95,
ADJUDICADO A: VRECH, S.A. DE C.V, R.F.C. VRE020927UU8, CON DOMICILIO: AV. 555 NO. 109 BJS1,COL.
SAN JUAN DE ARAGÓN SEGUNDA SECCIÓN, GUSTAVO A. MADERO C.P. 07969, FECHA DE FALLO DÍA 13
DE DICIEMBRE DE 2016.
SACMEX-LP-062-2016 REHABILITACIÓN DE LOS REBOMBEOS DE AGUA POTABLE PAJAROS 1 Y PAJAROS
2, ASÍ COMO OBRAS AUXILIARES Y COMPLEMENTARIAS, UBICADOS EN LA DELEGACIÓN MAGDALENA
CONTRERAS, PRETENECIENTE AL SISTEMA DE AGUAS DE LA CIUDAD DE MÉXICO, CON IMPORTE DE $
4,115,283.96, ADJUDICADO A: MSM SOLUCIONES, S.A. DE C.V. EN PARTICIPACIÓN CON VRECH, S.A. DE
C.V, R.F.C. MGS080930JJ2 Y VRE020927UU8, CON DOMICILIO: JOSÉ MARÍA MORELOS MZ. 127 LT. 6, COL.
GUADALUPE DEL MORAL, DEL. IZTAPALAPA, C.P. 09300 Y AV. 555 NO. 109 BJS1,COL. SAN JUAN DE
ARAGÓN SEGUNDA SECCIÓN, GUSTAVO A. MADERO C.P. 07969, FECHA DE FALLO DÍA 13 DE DICIEMBRE
DE 2016.
EL DOMICILIO DONDE SE PODRÁN CONSULTAR LAS CAUSAS DE DESCALIFICACIÓN, O EN SU CASO LAS
RAZONES POR LAS QUE EL RESTO DE LAS PROPUESTAS NO RESULTARON ADJUDICADAS ES AV. JOSÉ
MARÍA IZAZAGA No. 89, 4 PISO, COL. CENTRO, DELEGACIÓN CUAUHTÉMOC, C.P. 06080, MÉXICO, D.F. EN
LA SUBDIRECCIÓN DE LICITACIONES DE OBRA PÚBLICA.
DE CONFORMIDAD CON EL PUNTO SEGUNDO DEL ACUERDO POR EL QUE SE DELEGA EN EL DIRECTOR
EJECUTIVO DE PLANEACIÓN Y CONSTRUCCIÓN DEL ÓRGANO DESCONCENTRADO DEL SISTEMA DE
AGUAS DE LA CIUDAD DE MÉXICO, LA FACULTAD PARA CELEBRAR, OTORGAR Y SUSCRIBIR LOS
CONTRATOS, CONVENIOS EN MATERIA DE OBRA PUBLICA Y SERVICIOS RELACIONADOS CON ESTA Y
DEMÁS ACTOS JURÍDICOS, QUE DE ESTOS SE DERIVEN DENTRO DEL ÁMBITO DE SU COMPETENCIA,
NECESARIOS PARA EL EJERCICIO DE SUS FUNCIONES, PUBLICADO EN LA GACETA OFICIAL DEL
DISTRITO FEDERAL EL 31 DE AGOSTO DE 2007, ASÍ COMO LAS FUNCIONES CONFERIDAS EN EL MANUAL
ADMINISTRATIVO DEL SISTEMA DE AGUAS DE LA CIUDAD DE MÉXICO PUBLICADO CON FECHA 28 DE
JULIO DE 2006.
MÉXICO, D. F, A 28 DE DICIEMBRE DE 2016
ATENTAMENTE
SUFRAGIO EFECTIVO. NO REELECCIÓN
EL DIRECTOR EJECUTIVO DE PLANEACIÓN Y CONSTRUCCIÓN
(Firma)
ING. FERNANDO ALONZO ÁVILA LUNA
40
GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO
30 de Diciembre de 2016
SECCIÓN DE AVISOS
TEXORO TEXTIL, S.A. DE C.V.
BALANCE GENERAL AL 14 DE NOVIEMBRE DEL 2016.
LIQUIDACION
ACTIVO
Cuentas y Documentos por Cobrar Nacionales
Cuentas y Documentos por Cobrar Extranjeros
Inversiones en Acción
Suma Activo
0.00
0.00
0.00
0.00
PASIVO
Cuentas y Documentos por Pagar Nacionales
Cuentas y Documentos por Pagar
Del Extranjero
0.00
0.00
0.00
CAPITAL CONTABLE
Utilidad del Ejercicio
Suma Capital
0.00
0.00
Suma pasivo más capital
0.00
OBSERVACIONES: El presente balance ha sido aprobado en todos y cada uno de sus puntos por los socios de la
sociedad.
No existe haber social que se liquide a los socios debido a que las perdidas absorbieron en su totalidad este último.
La empresa no tiene valores de activo ni de pasivo.
La presente publicación se lleva a cabo con fundamento en la fracción II del artículo 247 de la Ley General de Sociedades
Mercantiles.
Ciudad de México a 14 de Noviembre del 2016
(Firma)
Melesio Guarneros Cruz
Liquidador
30 de Diciembre de 2016
GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO
41
IMPULSOL, S.A. DE C.V.
BALANCE GENERAL AL 28 DE NOVIEMBRE DEL 2016.
LIQUIDACION
ACTIVO
Cuentas y Documentos por Cobrar Nacionales
Cuentas y Documentos por Cobrar Extranjeros
Inversiones en Acción
Suma Activo
0.00
0.00
0.00
0.00
PASIVO
Cuentas y Documentos por Pagar Nacionales
Cuentas y Documentos por Pagar
Del Extranjero
0.00
0.00
0.00
CAPITAL CONTABLE
Utilidad del Ejercicio
Suma Capital
0.00
0.00
Suma pasivo más capital
0.00
OBSERVACIONES: El presente balance ha sido aprobado en todos y cada uno de sus puntos por los socios de la
sociedad.
No existe haber social que se liquide a los socios debido a que las perdidas absorbieron en su totalidad este último.
La empresa no tiene valores de activo ni de pasivo.
La presente publicación se lleva a cabo con fundamento en la fracción II del artículo 247 de la Ley General de Sociedades
Mercantiles.
Ciudad de México a 28 de Noviembre del 2016
(Firma)
Horacio Ibarra Hernández
Liquidador
42
GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO
30 de Diciembre de 2016
DESIGRAND, S.A. DE C.V.
BALANCE GENERAL AL 14 DE NOVIEMBRE DEL 2016.
LIQUIDACION
ACTIVO
Cuentas y Documentos por Cobrar Nacionales
Cuentas y Documentos por Cobrar Extranjeros
Inversiones en Acción
Suma Activo
0.00
0.00
0.00
0.00
PASIVO
Cuentas y Documentos por Pagar Nacionales
Cuentas y Documentos por Pagar
Del Extranjero
0.00
0.00
0.00
CAPITAL CONTABLE
Utilidad del Ejercicio
Suma Capital
0.00
0.00
Suma pasivo más capital
0.00
OBSERVACIONES: El presente balance ha sido aprobado en todos y cada uno de sus puntos por los socios de la
sociedad.
No existe haber social que se liquide a los socios debido a que las perdidas absorbieron en su totalidad este último.
La empresa no tiene valores de activo ni de pasivo.
La presente publicación se lleva a cabo con fundamento en la fracción II del artículo 247 de la Ley General de Sociedades
Mercantiles.
Ciudad de México a 14 de Noviembre del 2016
(Firma)
Álvaro Martínez Morales
Liquidador
30 de Diciembre de 2016
GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO
43
AZUL TEX, S.A. DE C.V.
BALANCE GENERAL AL 14 DE NOVIEMBRE DEL 2016.
LIQUIDACION
ACTIVO
Cuentas y Documentos por Cobrar Nacionales
Cuentas y Documentos por Cobrar Extranjeros
Inversiones en Acción
Suma Activo
0.00
0.00
0.00
0.00
PASIVO
Cuentas y Documentos por Pagar Nacionales
Cuentas y Documentos por Pagar
Del Extranjero
0.00
0.00
0.00
CAPITAL CONTABLE
Utilidad del Ejercicio
Suma Capital
0.00
0.00
Suma pasivo más capital
0.00
OBSERVACIONES: El presente balance ha sido aprobado en todos y cada uno de sus puntos por los socios de la
sociedad.
No existe haber social que se liquide a los socios debido a que las perdidas absorbieron en su totalidad este último.
La empresa no tiene valores de activo ni de pasivo.
La presente publicación se lleva a cabo con fundamento en la fracción II del artículo 247 de la Ley General de Sociedades
Mercantiles.
Ciudad de México a 14 de Noviembre del 2016
(Firma)
Alvaro Martínez Morales
Liquidador
44
GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO
30 de Diciembre de 2016
TAFFETA TEXTIL, S.A. DE C.V.
BALANCE GENERAL AL 14 DE NOVIEMBRE DEL 2016.
LIQUIDACION
ACTIVO
Cuentas y Documentos por Cobrar Nacionales
Cuentas y Documentos por Cobrar Extranjeros
Inversiones en Acción
Suma Activo
0.00
0.00
0.00
0.00
PASIVO
Cuentas y Documentos por Pagar Nacionales
Cuentas y Documentos por Pagar
Del Extranjero
0.00
0.00
0.00
CAPITAL CONTABLE
Utilidad del Ejercicio
Suma Capital
0.00
0.00
Suma pasivo más capital
0.00
OBSERVACIONES: El presente balance ha sido aprobado en todos y cada uno de sus puntos por los socios de la
sociedad.
No existe haber social que se liquide a los socios debido a que las perdidas absorbieron en su totalidad este último.
La empresa no tiene valores de activo ni de pasivo.
La presente publicación se lleva a cabo con fundamento en la fracción II del artículo 247 de la Ley General de Sociedades
Mercantiles.
Ciudad de México a 14 de Noviembre del 2016
(Firma)
José Montes Vigueras
Liquidador
30 de Diciembre de 2016
GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO
45
46
GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO
30 de Diciembre de 2016
AVISO
PRIMERO. Se da a conocer a la Administración Pública de la Ciudad de México; Tribunal Superior de Justicia y Asamblea Legislativa;
Órganos Autónomos en la Ciudad de México; Dependencias y Órganos Federales; así como al público en general, los requisitos que
habrán de contener los documentos para su publicación en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, siendo los siguientes:.
1. El documento a publicar deberá presentarse ante la Unidad Departamental de Publicaciones para su revisión, autorización y según el
caso, cotización con un mínimo de 4 días hábiles de anticipación a la fecha en que se requiera sea publicado, esto para el caso de
las publicaciones ordinarias, si se tratase de las inserciones urgentes a que hace referencia el Código Fiscal del Distrito Federal,
estas se sujetarán a la disposición de espacios que determine la citada Unidad Departamental, esto en el horario de 9:00 a 13:30
horas, acompañado de la solicitud de inserción dirigida al titular de la Dirección General Jurídica y de Estudios Legislativos.
El documento a publicar tendrá que presentarse en original legible y debidamente firmado, señalando el nombre y cargo de quien lo
suscribe, asimismo, deberá ser rubricado en todas las fojas que lo integren.
2. Tratándose de documentos que requieran publicación consecutiva, se anexarán tantos originales o copias certificadas como
publicaciones se requieran.
3. La información a publicar deberá ser grabada en disco compacto, siendo un archivo generado en procesador de texto Microsoft Word
en cualquiera de sus versiones, con las siguientes especificaciones:
I.
II.
III.
IV.
V.
VI.
VII.
VIII.
IX.
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Márgenes en página vertical: Superior 3, inferior 2, izquierdo 2 y derecho 2;
Márgenes en página horizontal: Superior 2, inferior 2, izquierdo 2 y derecho 3;
Tipo de letra Times New Roman, tamaño 10;
Dejar un renglón como espacio entre cada párrafo, teniendo interlineado sencillo;
No incluir ningún elemento en el encabezado o pie de página del documento;
Presentar los Estados Financieros o las Tablas Numéricas en tablas generadas en Word;
Rotular el disco con el título del documento;
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XI. La fecha de firma del documento a insertar deberá ser anterior a la fecha de publicación
Es importante destacar que la ortografía y contenido de los documentos publicados en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México son de
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4. La cancelación de publicaciones en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, deberá solicitarse por escrito, con 3 días hábiles de
anticipación a la fecha de publicación, para el caso de publicaciones ordinarias, si se trata de publicaciones urgentes, será con al menos un
día de antelación a la publicación, en el horario establecido en el segundo numeral de este aviso.
SEGUNDO. Se hace del conocimiento de la Administración Pública de la Ciudad de México; Tribunal Superior de Justicia y Asamblea
Legislativa; Órganos Autónomos en la Ciudad de México; Dependencias y Órganos Federales; así como al público en general, que a
partir de la primera emisión que se efectué a partir del 2 de febrero de 2016, de este Órgano de Difusión Oficial, la Época inserta en el
Índice será la Décima Novena.
TERCERO. Se hace del conocimiento de la Administración Pública de la Ciudad de México; Tribunal Superior de Justicia y Asamblea
Legislativa; Órganos Autónomos en la Ciudad de México; Dependencias y Órganos Federales; así como al público en general, que la
publicación de la Gaceta Oficial de la Ciudad de México se realizará de lunes a viernes, en días hábiles, pudiéndose habilitar, a juicio de
esta Dirección General Jurídica y de Estudios Legislativos, tantos números extraordinarios como se requieran, así como emitir
publicaciones en días inhábiles para satisfacer las necesidades del servicio.
AVISO IMPORTANTE
Las publicaciones que aparecen en la presente edición son tomadas de las fuentes (documentos originales), proporcionadas por los interesados,
por lo que la ortografía y contenido de los mismos son de estricta responsabilidad de los solicitantes.
30 de Diciembre de 2016
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GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO
30 de Diciembre de 2016
DIRECTORIO
Jefe de Gobierno de la Ciudad de México
MIGUEL ÁNGEL MANCERA ESPINOSA
Consejero Jurídico y de Servicios Legales
MANUEL GRANADOS COVARRUBIAS
Directora General Jurídica y de Estudios Legislativos
CLAUDIA LUENGAS ESCUDERO
Director de Legislación y Trámites Inmobiliarios
FLAVIO MARTÍNEZ ZAVALA
Subdirector de Estudios Legislativos y Publicaciones
EDGAR OSORIO PLAZA
Unidad Departamental de Publicaciones y Trámites Funerarios
INSERCIONES
Plana entera ...................................................................................... $ 1,753.70
Media plana..........................................................................................$ 943.30
Un cuarto de plana ...............................................................................$ 587.30
Para adquirir ejemplares, acudir a la Unidad de Publicaciones, sita en la Calle Candelaria de los Patos s/n, Col. 10 de Mayo,
C.P. 15290, Delegación Venustiano Carranza.
Consulta en Internet
www.consejeria.cdmx.gob.mx
GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO,
IMPRESA POR “CORPORACIÓN MEXICANA DE IMPRESIÓN”, S.A. DE C.V.,
CALLE GENERAL VICTORIANO ZEPEDA Núm. 22, COL. OBSERVATORIO C.P. 11860.
TELS. 55-16-85-86 y 55-16-81-80
(Costo por ejemplar $26.50)