Monday, December 26, 2016 The San Juan No Irregularities Found in 2012 Hiring of Rosselló at UPR 50¢ Star DAILY P5 Pastor, Am I a Christian? P13 Fajardo Hotel Project Back on Track NOTICIAS en ESPANOL P3 P16 787.743.3346 • Fax 787.743.5100 • thesanjuandailystar.com 2 Monday, December 26, 2016 The San Juan Daily Star GOOD MORNING 3 December 26, 2016 The San Juan Daily Star, the only paper with News Service in English in Puerto Rico, publishes 7 days a week, with a Monday, Tuesday, Wednesday and Thursday edition, along with a Weekend Edition to cover Friday, Saturday and Sunday. Construction Begins Anew on Fajardo Hotel Project BY MARIA MIRANDA SIERRA [email protected] G INDEX Local Mainland Business International Viewpoint Travel 3 7 9 11 13 15 Noticias en Español Legal Notices Sports Games Horoscope Cartoons 16 17 27 29 30 31 ov. Alejandro García Padilla announced last week the renewal of construction of the Four Seasons Hotel -- Cayo Largo -- in the municipality of Fajardo. The resort, which is expected to open its doors at end of 2018, will have 140 rooms and will create 400 jobs during its construction phase and an additional 400 jobs once the hotel starts operating. “As some of you may recall, some years have passed since the initial announcement that a new hotel would be built here,” García Padilla said. “However, legal problems, financial issues and lack of permits delayed the construction, up to the point that the original infrastructure had to be demolished. All that was left in the past: today Cayo Largo is reborn.” The new hotel will be built through a $230 million investment. The administration of García Padilla is supporting the initiative through tax credits from the island Treasury Department and the Hotel Development Corp. (HDC), ascribed under the Puerto Rico Tourism Co. “Thanks to our efforts, today we can say that the island’s tourism is more solid than ever,” García Padilla said. “In fact, during this four-year term we have created thousands of jobs in the hotel and food industry, some 1,000 rooms have been added to our hotel offer, we broke the record in the cruise ship sector, and 11 airlines began to fly to San Juan or re-established their routes, among other achievements.” In addition, local tourism has grown to 7.1 percent of the gross national product (GNP). “The restart of the Four Seasons-Cayo Largo project fills me with great enthusiasm, just as the legacy of leaving a strengthened tourism [sector] to Puerto Rico also fills me with great enthusiasm,” García Padilla said. The announcement comes as Puerto Rico seeks to boost its tourism sector amid a decade-long economic crisis that has spooked many investors. 4 The San Juan Daily Star Monday, December 26, 2016 Representative-Elect Wants to End State Monopoly on Disability Insurance By JOHN McPHAUL [email protected] F élix Lasalle Toro, New Progressive Party representative-elect, announced late last week that in January he will introduce a bill to allow all public employees to freely select the company that provides them with their disability insurance. “Enough of the monopoly on government disability insurance; it is time to open it up to free selection, so that our public servants can choose the insurer that suits them. This administration [under Law 3-2013] eliminated disability pensions and instead established compulsory disability insurance for all employees,” he said on Fri- day. “There is much suspicion that the administration decided to use a single company to offer that benefit. This has resulted in the employees, especially the police, not receiving the most competitive insurance policy possible.” The initiative of the legislatorelect would open the market for disability insurance, as was the case with compulsory insurance for automobiles, by amending the law to ensure that disability insurance policy is open to competition and makes for better coverage. Lasalle Toro said the reality is that today public employees are not receiving the most competitive insurance policy possible. “The situation is very worry- Félix Lasalle Toro ing, especially with the police,” he said. “If today a policeman suffers an accident and becomes incapacitated, the basic policy barely covers 40 percent of his salary up to a maximum of $2,000 a month and for a maximum of five years.” As an example, he said that if a police officer suffers an accident that disables him or her at age 40 and has a monthly salary of $3,000, the officer would only receive compensation of $1,200 a month for five years. “So that at age of 45 the officer would stop receiving compensation, so it will become a burden for the government,” Lasalle Toro said. “And as you stop contributing to your retirement, your pension will be minimal.” Two New Cases of Babies Father Confesses to Killing Born with Zika Defects Son, Says He ‘Needed to Pay’ A H By JOHN McPHAUL [email protected] nancy.” The official said the report presents 222 new confirmed cases of Zika for a total of 35,870. Among the new cases reported, 16 involve pregnant women for a total of 2,880, and 12 hospitalizations for a total of 314. The primary symptoms associated with Zika are rashes, fever, pain in the joints and conjunctivitis without secretion. Upon identifying the presence of any of these symptoms, a doctor should be consulted for testing. ealth Secretary Ana Ríus Armendáriz reported late last week that a total of seven babies have now been born with congenital defects attributable to the Zika virus. “This week we report two live births with confirmed changes consistent with congenital Zika, which represents a total of seven live births with congenital Zika changes since the epidemic began in December of 2015,” Ríus said in a written statement. “On both cases reported today we will only give the information stated here out of respect for the families.” “We all have to protect ourselves, use repellant, use light-colored clothing that limits the exposure of skin and invest in metallic screens for doors and windows to keep the house free of mosquitos,” she added. “If you don’t practice abstinence, it is recommended that you use condoms during preg- Ana Ríus man from Puerto Rico has confessed to killing his 2-year-old son and leaving the boy’s body in a remote area in Florida’s Panhandle, authorities said. The child’s disappearance might have gone unsolved if 27-year-old Gene Anthony Quiñones-Rivera had not walked into the police station last week and told officers that he killed Gediaelamir Rivera in June 2015, said Parker Police Chief Dennes Hutto. “I’m glad he did come forward,” Hutto told reporters Thursday. “If he hadn’t, no one would have ever have known what happened to this infant.” The (Panama City, Fla.) News Herald reports that investigators have found the partial remains of a child in a remote part of Bay County described by Quiñones-Rivera. Quiñones-Rivera, a native of Guánica, was charged with seconddegree murder. Court records show he was held on a $150,000 bond. In an interview at the jail, Qui- ñones-Rivera told the newspaper he had been smoking marijuana and was angry when he stuffed a sock into his son’s mouth to stop him from crying. He said he had previously gagged his son in the same manner and taped his arms to his sides. “My son was crying, and I was angry with him for that,” he said. “That’s the only reason I was angry with my son.” Hours later, he found that the boy had stopped breathing. He tried to revive the child with CPR and cold bath water, but Gediaelamir didn’t respond. Quiñones-Rivera said he put the boy’s body in a trash bag and left it in a wooded area without notifying authorities. He said he came forward to confess after a religious conversion. “Right now I don’t have fear, but I know I needed to pay for that. I can’t lie no more. I need to be free,” Quiñones-Rivera said. The San Juan Daily Star Monday, December 26, 2016 5 Probe Finds No Irregularities in Rosselló Hiring at UPR BY MARIA MIRANDA SIERRA [email protected] U niversity of Puerto Rico Medical Science Campus Chancellor Noel Aymat Santana revealed last week that the final report commissioned by the UPR Governing Board to investigate the hiring process for a professorship awarded to now-Governor-elect Ricardo Rosselló Nevares concluded that there were no irregularities in the process. Rosselló had been hired as a professor and leading figure in stem cell academic project carried out at the Medical Science Campus in 2012. The three-page report has not been made public, but it was sent to UPR President Celeste Freytes González and to UPR Governing Board President Carlos Pérez. According to news reports, attorney Noel Aymat Santana Comptroller Uncovers Excess Payment to Justice Dept. Contractor By JOHN McPHAUL [email protected] T he Comptroller of Puerto Rico conducted an audit of the fiscal operations of the Justice Department’s Confiscations Board and found an excess payment of more than $20,000 to a contractor. The report, issued last week, reveals deficiencies with the disbursement made to the company contracted to provide a storage lot, the custody of confiscated units and for services offered in a bidding process. The evaluation of sample bills issued from 2013 to 2015 demonstrates payments to the contractor in excess of $21,430. In addition, the auditors identified a discrepancy in the status of 18 units for a total of $39,440. The units were active in the Lot Registry even though the itemized system registry showed that they had already been bid on or recycled. The situation impedes the Confiscation Board from maintaining current and reliable registries on the confiscated units. The audit detected that the board took up to 216 days to report a confiscation when the law allows only 30 days. The situation has caused challenges to the confiscations and adverse judgements against the board in the courts, which as of December 2015 had a balance of judgments pending of $4.4 million. The audit also found that a regulation does not exist for the transaction process for the confiscated units, and the rules for regulating the board’s operations have not been updated. The report covers the period between January 1, 2011 and Dec. 31, 2015. Maritza Miranda, who was in charge of evaluating the hiring process, based her investigation on procedural documents and conducted her investigation in six or seven hours. “The final report -- which was requested by the president of the UPR governing board -- was already turned in and it established that there were no illegalities in the process of awarding the post Dr. Ricardo Rosselló obtained,” Aymat Santana said. “That was the final result, so as that is the result, the issue is over and the Medical Sciences Campus can return its communication to the people to other issues that are truly the ones that we are interested in communicating, which are those on the topics of science and health.” The evaluation carried out by the Medical Sciences Campus, initiated in response to a request made by Pérez, after Popular Democratic Party (PDP) Secretary General Javier Echevarría sent him a letter on Oct. 3 asking for corrective and disciplinary action to be taken in accordance with the UPR’s laws and regulations. Aymat Santana said the external investigator, Miranda, has been working with the Medical Science Campus since 1997, and will be paid between $600 and $700 for this particular probe. “What the investigator did was an analysis of all the documents from the personnel records and the records of the administrative board,” Aymat Santana said. “So as far I am aware, the investigator focused on documented evidence.” Similarly, Aymat Santana said he doesn’t know if during her investigation Miranda spoke with former UPR President Miguel Muñoz or with former Medical Science Campus Chancellor [and designated Health Secretary] Rafael Rodríguez, who hired Rosselló at the time. Meanwhile, Rosselló said he was surprised that the result of the probe had already been divulged. He noted that that issue was a “political game” and that with the results of the probe now out in the open, it has been ruled out that his appointment was part of some sort of agenda. “There is nothing that I haven’t been saying with clarity in the past three years, and I have presented the people of Puerto Rico the documentation that shows that my peers were the ones who chose that I be part of the University of Puerto Rico,” Rosselló said. Rosselló’s appointment at the UPR was awarded in August 2012 with the purpose of carrying out an investigation to create the Stem Cells Bank at the university. Since his departure, the scientific project has remained pending. 6 The San Juan Daily Star Monday, December 26, 2016 Carolina Schoolchildren Learn About Positive Social Values at Workshops BY MARIA MIRANDA SIERRA [email protected] L ike a seed of hope that is born in hearts, the Alliance for a Drug-Free Puerto Rico has sown values in the children at María Teresa Serrano Elementary School in Carolina. The “Sembrando Valores” Project, composed of five workshops that promote the importance of love, peace, respect, forgiveness, honesty and sharing paid off among the second grade students who participated in the educational effort. In the initiative, sponsored by Aerostar Airport Holdings LLC, which manages Luis Muñoz Marín International Airport, students participated in the musical “Sembrando Valores” as part of the project’s grand finale. The presentation reinforced each of the skills learned during the semester. The event was held in the Governor’s Room at Luis Muñoz Marín International Airport in Carolina with the participation of a group of more than 50 students. “During the workshops the students interacted, the meaning of values was reviewed, the words of the day were looked for in the magic box and they were taught how to put the lessons learned into practice,” Roxanna De Soto, executive director of the Alliance for a Drug-Free Puerto Rico said in a written statement. In addition, a story related to the subject was narrated, concluding with the children singing a song related to the project. De Soto added that a fundamental value for healthy coexistence the project was presented in each of the workshops. To achieve this, the Alliance used in its first workshop two main characters, Caballero Corazón, who represented the value of love, and Titi Meli Cariñosa, who represented peace. In the second workshop, Don Diccionario represented honesty. In the third workshop, Srta. Nota Musical (Miss Musical Note) was introduced, represent- ing respect, in the fourth it was Mr. Pincel who represented forgiveness and, and in the final workshop, Aurora Computadora, who spoke about the importance of sharing, was introduced. Aerostar CEO Agustín Arellano said the program thrives on bringing and reaffirming a positive message of respect among children. “We are very pleased with the impact of the message among students, so our commitment is to continue with this effort to sow the seeds of values and carry the message to other schools in the area,” Arellano said. The enthusiasm and energy of the participants filled the Governor’s Room at the airport, while the characters sang and danced, reinforcing the values learned. The teachers and the librarian from María Teresa Serrano Elementary School in the Villa Fontana sector of Carolina were pleased with the project and with the strategies used,” De Soto said. “This initiative reaffirms the commitment of Aerostar and the Alliance for a Drug-Free Puerto Rico to cultivate the seed of values in the children of our country,” De Soto said. Beatriz Rosselló: A New Generation First Lady Special to The STAR A s the year comes to an end, people all over the world reminisce about events, losses, successes and moments to cherish. They also begin to jot down the traditional New Year Resolutions. Puerto Rico is no different. It has been quite the year for this tiny Caribbean island. From frightening economic situations and an unstable government scenario to the Zika virus outbreak. There were positive highlights too, including Monica Puig’s Olympic gold medal and a historic second Miss World win. It was also an election year, with the unexpected election of Donald Trump as president in the mainland U.S. and a predictable triumph locally with the New Progressive Party’s Ricardo Rosselló elected as the 12th governor of Puerto Rico under the Constitution of the Commonwealth of Puerto Rico. Incoming first lady Beatriz Rosselló, the youngest to live in La Fortaleza, talks about an unforgettable 2016. “It has been an educational and interesting year,” she is quick to point out. “Truthfully we have been visiting island communities for some years now, so 2016 was more intense but not really different. We just had more media exposure and the huge commitment of making it happen … winning and bringing a new way of government to our people.” Rosselló, who for a few more days will live in Caparra with her family and two adopted dogs, is an accessible young woman who carries herself with warmth, simple ways and kindness. She always wears a big smile, becomes teary-eyed when faced with unfair situations or cases involving abused kids and the elderly and, more than anything, is determined to do the right thing by bringing sensitivity back to the Governor’s Mansion. The STAR has witnessed her giving personality when visiting with cancerstricken children in local hospitals, and has also watched her in daily tasks or Christmas shopping, which she still does herself. A coffee drinker, Beatriz loves black coffee and is frequently seen entering local panaderías early in the morning. She also likes freshly squeezed lemonade and natural orange juice. The incoming first lady is not one to enjoy entourages or VIP treatment; she is relaxed about her new position and feels more at ease mingling with the people and standing in line like everyone else -- unaware of the constant surprise and admiration she provokes in people who keep staring and asking her for selfies. It is a new digital era, after all, and she loves posing for pictures with families and talking to them. She also takes her time to listen to concerns and often asks for their opinion on her initiatives. “If I am going to help the people I have to be one of them, feel their needs and be near them,” she said. “That cannot change.” The San Juan Daily Star Monday, December 26, 2016 7 Mainland Trump Seeks Path for Mexico Barrier. But Will It Be a ‘Big, Beautiful Wall’? By AMY CHOZICK and MANNY FERNANDEZ P resident-elect Donald J. Trump’s transition team has asked federal border protection officials for guidance on where a new wall separating the United States from Mexico — a signature promise of Mr. Trump’s campaign — can be erected, according to a Democratic congressman from Texas who opposes the idea. But the officials exploring possible paths for such a barrier also appear to be considering fencing and other options short of the “big, beautiful wall” that Mr. Trump regularly vowed to erect, at Mexico’s expense, along a border of more than 1,900 miles. The discussions with federal border officials, along with separate talks with city officials in Laredo, Tex., one of the busiest crossings, come as aides to Mr. Trump maintain that construction of a border wall will be a top priority of his administration. In an interview, Representative Henry Cuellar, whose district includes a 200-mile stretch of border and reaches 150 miles north, to San Antonio, said that the chief patrol agents from two border sectors in the state had contacted him last week. They said they were doing so at the request of the incoming administration, Mr. Cuellar said, and solicited his ideas for where such a wall, or a fence, should be built. “I’m one of the few congressmen who doesn’t have a fence in his area,” Mr. Cuellar said. “They asked us to put some locations down, so we talked about areas they’d proposed and some infrastructure, whether it’s a wall or fencing.” The chief patrol agents, whom an aide to Mr. Cuellar identified as Mario Martinez of the Laredo sector and Manuel Padilla Jr. of the Rio Grande Valley sector, declined to comment, as did a spokesman for Customs and Border Protection, Carlos Diaz. According to Mr. Cuellar, the agents said they had argued against the transition team’s request, and shared his view that it would be impossible to wall or fence off Laredo, a city of 255,000 and the busiest inland port on the American side of the border. They said the transition team had insisted. “The Trump headquarters came back and said no,” Mr. Cuellar said he was told. “The Trump people wanted to see suggestions as to where a fence or wall could be put.” A spokesman for the transition, Jason Miller, declined to comment. Mr. Cuellar was not the only Texas elected official approached by border officials about where to place a new barrier. The mayor of Laredo, Pete Saenz, said in an interview that officials from the Border Patrol’s Laredo sector had approached the city manager last week with plans for removing vegetation and installing additional fencing, lighting, roads, surveillance equipment and other Trucks on the World Trade International Bridge between Laredo, Tex., and Nuevo Laredo in Mexico. security measures along portions of the border. The plan did not mention a wall, said Mr. Saenz, a Democrat, which he said was “frankly, a big relief.” But he said it included details about fencing that would be placed for short distances along key parts of the city on the border, including a water plant. Though it could gratify Mr. Trump’s political supporters, erecting a new barrier would carry great significance in Laredo, which is across the Rio Grande from Nuevo Laredo, in Tamaulipas, Mexico. It has developed close ties with its sister city and grown into a trade hub. Walling off Laredo, Mr. Cuellar said, would damage the flow of commerce, among other things. “It’s a 14thcentury solution to a 21st-century problem,” he said. But both he and Mr. Saenz sounded less than adamantly opposed to additional border fences. Some fencing already stands in vast portions of the 1,254-mile border between Texas and Mexico, Mr. Saenz noted. “I would have no problem with it if it’s strategically placed and it’s well designed,” Mr. Saenz said. “In other words, if it doesn’t look too prisonlike. I think if we had a road, possibly a fence, and then lighting, I think that would help. I don’t think the folks here would be too, too upset. “But the nature of a huge wall, concrete and that sort of thing, is upsetting,” he continued. “We have a very close relationship with Mexico, especially the commerce that comes to our city, and a huge wall would obviously be offensive to Mexico and to the people that do business with Mexico here.” Mr. Saenz recalled that the Border Patrol years ago installed steel fencing along the perimeter of a community college on the border, which he said had deterred illegal border crossers from coming onto campus. “To be honest with you, I think we were happy with it,” he said. “I think it took care of the problem.” In the weeks since he won the presidency, Mr. Trump has dropped his vow to pursue criminal charges against Hillary Clinton, while boasting that it had been an effective campaign tactic, and he has softened his posture on whether to deport the more than 700,000 people in the country illegally who entered the United States as children. But no promise by Mr. Trump came to symbolize his campaign more than his call for a wall with Mexico to stop the flow of undocumented immigrants, and his top aides, including Reince Priebus, who is to serve as his chief of staff, say it remains a priority — though they have offered no further information on how a wall would be financed. At the same time, border migration is shifting: Mexicans, whom Mr. Trump demonized during his campaign, are leaving the United States in greater numbers than they are arriving, according to the Pew Research Center. But Central Americans fleeing violence in their home countries are pouring across the border, often welcoming arrest by the Border Patrol as a first step toward seeking asylum. “We have the lowest northbound apprehensions in modern history,” despite spending a record $19.5 billion on border enforcement, said Representative Beto O’Rourke, a Democrat from El Paso. “Additional walls or fences, physical or virtual, are not a good use of taxpayer resources,” he said. “And they also pose the risk of taking our eyes off threats where they are known to exist or likely to be, and that happens not to be at the border with Mexico.” Delta Policy Change After Black Doctor’s Help Refused D elta Air Lines says it will no longer require that medical professions show identification after a black doctor alleged an attendant on a flight from Detroit to Houston rebuffed her offer to help an ill passenger. The Detroit Free Press reports last Delta announced in a statement this week that its flight attendants no longer have to verify medical credentials when someone offers medical help. Tamika Cross said in October Facebook postings that the attendant doubted she was actually a physician. The accounts by the Houston-based OB-GYN based went viral and highlighted slights felt by many black women because of their race and gender. The Atlanta-based airline explained in last week’s statement that it found no legal or regulatory rules that require airlines to view medical professional credentials. Mainland 8 The San Juan Daily Star Monday, December 26, 2016 Hillary Clinton Wins Popular Vote By Nearly 2.9 Million H illary Clinton received nearly 2.9 million more votes than President-elect Donald Trump, giving her the largest popular vote margin of any losing presidential candidate. Certified results in all 50 states and the District of Columbia show Clinton winning nearly 65,844,610 million votes — 48 percent — to Trump’s 62,979,636 million votes — 46 percent — according to an analysis by The Associated Press. Clinton is the fifth presidential candidate in American history to win the popular vote and lose the Electoral College. Democrat Al Gore, the only other presidential candidate this century to come up short in the Electoral College but claim a popular vote victory, received 540,000 more votes than President George W. Bush. The vote total discrepancy between Democratic nominee Clinton and Trump has fueled arguments by some Democrats that the election process is undemocratic and an intense lobbying push to convince electors to cast their votes against Trump. The effort failed: The Republican president-elect won all but two of the Electoral College votes he claimed on Election Day when elec- tors met in state capitals last Monday. With all states voting, Trump finished with 304 votes and Clinton had 227. To be elected president, the winner must get at least half plus one — or 270 electoral votes. Most states give all their electoral votes to whichever candidate wins that state’s popular vote. Maine and Nebraska award them by congressional district. A joint session of Congress is scheduled for Jan. 6 to certify the results of the Electoral College vote, with Vice President Joe Biden presiding as president of the Senate. Once the result is certified, the winner will be sworn in on Jan. 20. AP’s popular vote count does not include finalized results for thirdparty candidates and write-in votes. Retiring Congressman: Trump Presidency Like ‘a Bad Dream’ U .S. Rep. Charles Rangel thought he would be wrapping up his 46-year career in Congress on a note of triumph, leaving office at the same time as a history-making fellow Democrat, President Barack Obama, with the country in the hands of longtime friend Hillary Clinton. Instead, the gravelly voiced New Yorker said he is exiting to “a nightmare,” the ascendancy of Donald Trump. “I keep waking up thinking that it’s a dream, bad dream,” he told The Associated Press in an interview in the days before his retirement. But Rangel is also perversely hopeful that a Trump presidency will be so jarring, it will unite Democrats and Republicans in Congress at last, at least on some issues. “It could be that Donald Trump is so erratic and so unpredictable that he could break this partisanship because of his many unacceptable posi- tions that he’s taken,” Rangel said. If it happens, Rangel will be watching from home — something he hasn’t done in decades. Rangel was initially elected in 1970, defeating a legend in New York City politics, Adam Clayton Powell, to become Harlem’s face in Washington. He was a founding member of the Congressional Black Caucus. In 2007, he became chairman of the influential House Ways and Means Committee, the first black person to hold that position. Rangel’s influence in Congress took a severe hit in 2010, when he stepped down from his chairmanship over ethics concerns. His colleagues ultimately censured him for 11 ethics violations, including failing to pay taxes on a vacation villa and filing misleading financial disclosure forms. Rangel acknowledged making mistakes, but said the censure push was political. “I had misjudged how impor- tant it was for Republicans to take me down,” he said. Still, he won re-election that year, and twice more after that, although his last elections were nowhere near the blowouts of earlier campaigns. He didn’t run this year and his seat, representing New York’s 13th Congressional District, is being taken by state Sen. Adriano Espaillat, who will be the first Dominican-American in the House of Representatives. Rangel said he’s been fortunate, and never felt like his time in Congress was just a job. But he said with Republicans in charge of the Senate, the House and the White House, now isn’t the worst time to be calling it quits. “I would not be happy in the Congress,” he said. Democratic Rep. John Conyers of Michigan, the longest-serving member of Congress, said Rangel was a popular member of that body, who “worked with everybody and he also had a very stimulating and warm personality.” Conyers praised Rangel, saying he was progressive politically and consistent in his desire to create jobs for people. Rangel said he plans on spending time with his wife, Alma, and their children and grandchildren, as well as giving public speeches. But he doesn’t plan on completely stepping back from involvement in the public sphere. “There’s so much work for me that I never thought about doing out here,” he said. “I can still have some small influence even in Washington. I’m not out of it.” As for how Congress might deal with Trump, he predicted the institution he’s long been a part of would react “just like a damn family.” “We can fight like hell until an outsider comes in and tells us what the hell we should be doing. He is a complete outsider without any track record of understanding of what the Congress can do when we work together.” The San Juan Daily Star Monday, December 26, 2016 9 Hedge Fund Math: Heads We Win, Tails You Lose Thanks to William A. Ackman’s early successes, his longtime investors have fared much better than the more recent ones By JAMES B. STEWART W hen do 1.5 and 16 add up to 72? That’s the riddle confronting investors in Pershing Square Holdings Ltd., the closed-end fund run by the prominent activist investor Bill Ackman. In a letter to investors this month, Mr. Ackman disclosed that through the end of November, the fund had declined 13.5 percent this year after accounting for fees. (Pershing Square Holdings shouldn’t be confused with Pershing Square L.P., Mr. Ackman’s hedge fund, although the two vehicles have the same investment strategy.) That’s obviously a big disappointment, considering the Standard & Poor’s 500-stock index was up 7.6 percent over the same period. But that’s not what some big investors were complaining about to me this week. In the same letter, Mr. Ackman reported that during the nearly four years since it began, Pershing Square Holdings had gained a total of 20.5 percent. That would be considered mediocre at best, considering the S.&P. 500 gained over 67 percent during the same period. And that’s a 20.5 percent gain before deducting fees. Pershing Square Holdings charges investors a 1.5 percent management fee and takes 16 percent of any gains. After those fees were deducted, investors gained just 5.7 percent. That means Pershing Square kept approximately 72 percent of the fund’s gains for itself, leaving investors with the measly remains. A spokesman for Mr. Ackman declined to comment. But the reality is that many hedge funds, not just Mr. Ackman’s, reap far higher percentages of their gains than that stated in their fee structure. That’s because when they experience substantial losses — as Pershing Square did last year and is on track to do this year (its year-to-date loss through Tuesday was 12.4 percent) — they don’t have to give anything back. And for many hedge funds the results are even worse. Most hedge funds charge the proverbial two-and-20 — 2 percent of assets under management and 20 percent of any gains above a certain threshold. By these measures, Pershing Square Holdings’ lower fee structure is a relative bargain. How could Pershing Square have kept 72 percent of the gains, given that its fee structure calls for a performance fee of just 16 percent? The answer can be found in relatively simple math. As a simple example, consider an investment of $1 million in a fund that generates a 10 percent return in years one and two and then loses 5 percent in years three and four. The investor would end up with about $1.09 million, a total gain of $90,000, or 9 percent, over the four years before fees. But now consider the return after deducting a 20 percent performance fee. In years one and two, the fund manager earns $20,000 and $20,400 for a total of $40,400. The fund’s manager earns nothing in years three and four. After deducting the fees, the investor would end up after the four years with just $1.05 million, a total return of 5 percent. But the $40,400 earned by the fund is nearly 45 percent of the investor’s total gains before fees — not 20 percent. (And that’s not even figuring in a 1.5 or 2 percent management fee.) If the losses are big enough, the hedge fund manager can capture 100 percent of the gross return, or investors can lose money even as fund managers line their pockets. Investors seem to be finally catching on to the fact that most hedge fund managers share generously in the good times, but are exposed to none of the losses in bad. Because of concerns over high fees and disappointing results, some endowments and pension funds, including those in Illinois, New Jersey and Rhode Island, have cut back substantially on their hedge fund allocations this year, following the lead of Calpers, the largest pension fund in the United States, which said in 2014 that it would exit hedge funds entirely. Through the third quarter of this year, investors had withdrawn about $51.5 billion from hedge funds, according to Hedge Fund Research. “I’ve been saying for some time that the two-and-20 model is dead,” said Christopher J. Ailman, chief investment officer for the California State Teachers Retirement System, which manages assets of close to $200 billion. “Take the Pershing Square example,” he said. “Investors are only capturing 28 percent of the gains, which is totally out of whack. If it were my money, I’d say it should be the other way around — the investors should be keeping 70 percent, or even more, like 75 to 80 percent. That’s what I’d consider fair.” Mr. Ailman said that he and the chief investment officers for several large pension funds were seeking an alternative fee structure that would preserve a per- formance incentive for managers but more equitably share the risk. “A few very big states are really thinking through this,” he said. One approach under consideration, he said, is to use a rolling multiyear period for measuring performance fees. In year one, for example, an investor would pay only a portion of the performance fee if there was a gain. If there were losses in subsequent years, the investor would claw back the withheld compensation. That would solve the Pershing Square Holdings problem. “Quite a few large investors are thinking along these lines,” Mr. Ailman told me. “Of course the devil is in the details.” Such an approach is anathema to most hedge funds, which rely on annual performance fees to compensate their highly paid — some would say overpaid — staffs. Even so, hedge funds are competing more fiercely over fees. In a nod to investor concerns, earlier this year Mr. Ackman offered investors an option to pay no performance fees on gains of less than 5 percent, but a steeper 30 percent on gains above that level. “Management fees pretty much used to be 2 percent,” Mr. Ailman said. “Now we’re seeing them as low as 70 basis points.” And performance fees, known as carried interest, have dropped in some cases from 20 percent “to the low teens and even as low as 10 percent. And these are large, well-known funds.” Hedge fund defenders have said it isn’t fair to pick just four years of performance, like the Pershing Square Holdings example, saying it is too short a track record. Thanks to Mr. Ackman’s early successes, his longtime investors have fared much better than the more recent ones, and cumulative fees are closer to the percentages in the stated fee structures. In his letter to investors, Mr. Ackman pointed to much better results for his older hedge fund, Pershing Square L.P. Since it started in 2004, it has produced annualized compounded returns after fees of 14.9 percent, more than double the S.&P. 500’s 7.6 percent. Still, he acknowledged, “while this is a good result, it is below our long-term goals and not much solace” for “investors who joined us in recent years.” 10 Monday, December 26, 2016 Stocks The San Juan Daily Star Wall St. Rises, Dow Racks Up Seventh Straight Weekly Gain W all Street ended the week on a positive note on Friday as investors doubled down on a rally fueled by optimism that President-elect Donald Trump’s policies will boost economic growth. The Dow Jones Industrial Average, which briefly came within striking distance of the historic 20,000 level earlier this week, recorded its seventh straight weekly gain. Following a rally since the Nov. 8 U.S. election, the Dow is up about 14 percent for the year and the S&P 500 is 11 percent higher on bets that the economy will benefit from Trump’s plans for deregulation and infrastructure spending. Additional gains will depend on how quickly and successfully Trump can deliver on his promises and whether he meets resistance from a U.S. Congress reluctant to widen the budget deficit, many investors believe. “It’s going to get tough to get over that 20,000 mark. We can do it, but it’s going to take a catalyst to move investors,” said Jeff Kravetz, a Phoenix-based regional investment director of the Private Client Reserve at U.S. Bank. U.S. markets are shut for the Christmas holiday on Monday. After spending much of the day with a marginal loss, the Dow ended Friday 0.07 percent higher on the day, at 19,933.81 points. The S&P 500 gained 0.13 percent to 2,263.79. The Nasdaq Composite added 0.28 percent to 5,462.69. For the week, the Dow rose 0.5 percent, the S&P 500 added 0.2 percent, and the Nasdaq climbed 0.5 percent. The health index rose 0.78 percent on Friday, boosted by a 2.6 percent gain in Allergan. The S&P 500 consumer discretionary index slipped 0.24 percent, weighed by a 0.75 percent dip in Amazon.com. Economic data showed new single-family home sales rose to their highest level in four months in November, increasing 5.2 percent to 592,000 last month. Fred’s rose 4.2 percent after Alden Global Capital reported a stake of 24.8 percent in the discount store operator. Weight Watchers International jumped 8.75 percent, surging for a second day after television celebrity and major shareholder Oprah Winfrey said in a new ad for the company that she lost 40 pounds. Cintas fell 3.1 percent after the uniforms supplier cut the lower end of its revenue forecast. Synergy Pharmaceuticals jumped 21.7 percent after the drug developer said data showed its experimental treatment for irritable bowel syndrome treatment met the main goal of a late-stage clinical trial. Advancing issues outnumbered declining ones on the NYSE by a 1.48-to-1 ratio; on Nasdaq, a 2.20-to-1 ratio favored advancers. The S&P 500 posted nine new 52-week highs and one new low; the Nasdaq Composite recorded 83 new highs and 34 new lows. With many investors away for the end-of-year holidays, volume was extremely low. About 4.0 billion shares changed hands in U.S. exchanges, compared with 7.4 billion daily average over the last 20 sessions. MOST ASSERTIVE STOCKS PUERTO RICO STOCKS COMMODITIES CURRENCY LOCAL PERSONAL LOAN RATES LOCAL MORTGAGE RATES Bank FHA 30-YR POINTS CONV 30-YR POINTS BPPR Scotia CooPACA Money House First Mort Oriental 3.00% 3.50% 3.50% 3.75% 3.50% 3.50% 0.00 0.00 2.00 2.00 0.00 0.00 3.50% 4.00% 3.75% 3.75% 5.50% 3.75% 000 0.00 2.00 2.00 0.00 5.50 Bank PERS. CREDIT CARD AUTO BPPR --.-- 17.95 4.95 Scotia 4.99 14.99 4.99 CooPACA 6.95 9.95 2.95 Reliable --.-- --.-- 4.40 First Mort 7.99 --.-- --.-- Oriental 4.99 11.95 4.99 The San Juan Daily Star Monday, December 26, 2016 11 Aleppo Confronts Vast Destruction Left by 4 Years of War A fter more than four years of brutal street fighting and punishing aerial bombardments, the staggering extent of destruction in Aleppo begins to emerge: Tens of thousands of homes and apartments are uninhabitable, most factories have been looted or destroyed and some ancient landmarks have been reduced to rubble. Reconstruction would likely take years and cost tens of billions of dollars, experts say. Some of Aleppo’s centuries-old cultural heritage may have been lost for good. And healing the wounds in a city once split between a wealthier, pro-government west and a poorer, pro-rebel east could take even greater effort. Damage assessments emerged as the Syrian government announced last Thursday that it had assumed full control of the city — a significant victory in a nearly sixyear battle with an armed opposition trying to unseat President Bashar Assad. In recent months, rebels rapidly lost ground in the city as Assad and military allies Russia and Iran stepped up attacks. Located at the crossroads of ancient trade routes, Aleppo was Syria’s biggest city before the war, with more than 3 million residents and a world-famous cuisine. It served as the country’s industrial hub, home to factories producing textiles, plastics and pharmaceuticals. Its ancient center, recognized as a World Heritage site, drew large numbers of tourists. Today, Aleppo “resembles those cities that were stricken during World War II,” said Maamoun Abdul-Karim, head of the government’s museums and archaeology department. The scale of devastation has already evoked comparisons with cities like Grozny and Dresden. But the destruction isn’t spread evenly. Areas once held by the opposition suffered severe damage after being bombarded for months by Syrian and Russian warplanes. Some eastern neighborhoods look like they have been hit by an earthquake. In parts of the government-held west, life seemed almost normal. Children attended schools, adults went to work and restaurants and coffee shops were packed. Crude weapons used by the rebels, including mortars and homemade “hell cannons,” caused some damage and casualties in government-held areas closer to the front lines. U.N. satellite images identified more than 33,500 damaged residential buildings in the city, with the most recent photos taken in mid-September, according to a map published this week. A majority of the buildings would have been multi-unit apartment blocks common in Aleppo, said Olivier Vandamme, an official at the U.N. agency that provided the map. The map indicated that the most intense damage occurred in rebel-held areas. The analysis only considered residential areas and excluded industrial zones. After the images were taken, the Syrian government and its allies intensified bombardments in the final phase of the Aleppo offensive. A Syrian urban consultant said Aleppo had a prewar stock of about 550,000 housing units, with a total value of about $50 billion. The fighting in the city may have caused close to $25 billion in loss of housing, said the consultant, who is involved in data collection and requested anonymity because of what he said was a highly politicized debate over the scope of destruction. About 70 percent to 80 percent of the destruction was in the east, with the rest in Kurdish and pro-government areas, he said. The consultant estimated that over 60 percent of the homes and apartments in Aleppo are still inhabitable, including those with partial damage. Reconstruction would cost between $35 billion and $40 billion, he said. Some 250,000 people could potentially return to the devastated east — once home to 1.5 million — and find shelter there by bricking up holes in walls and replacing shattered windows with plastic sheets, he said. Aleppo’s industrial base was largely wiped out, including by looting, the consultant said. Before the war, close to 5,000 small and mid-sized enterprises had industrial licenses in Aleppo, he said. Exiled business partners Bassam Hajjar and George Saghir, who own a factory for plastic bottles and bottle caps in an industrial zone in northwestern Aleppo, described widespread damage to factories. “Most of the businesses in the area are destroyed,” said Hajjar. The pair’s factory is close to Castello Road, once the main link between the countryside and rebel-held areas in the city. Hajjar said rebels looted his factory, grabbing raw materials, generators and parts of large machinery. The business partners said it’s too risky to resume operations now. Most of the time, there’s no electricity and water in the city, they said. The war in Syria continues, as do economic sanctions against the Assad government. Abdul-Karim, the Syrian government official, decli- ned comment on the damage estimates. However, he said more than half of Aleppo’s fiercely contested ancient center suffered varying degrees of damage. The densely populated area, recognized in 1986 as a UNESCO World Heritage site, contains a 13th century Citadel, a 12th century Great Mosque and ancient markets. More than 150 buildings in the old city were damaged, Abdul-Karim said. This includes more than half the area of the old markets and parts of the facade of the Great Mosque, whose minaret was destroyed in 2012. “We need a lot of time and billions of dollars to reconstruct the city,” he said, adding that “it will be useless to talk about reconstruction without security and stability.” Repairs at the Great Mosque would be a priority, and Syria will seek UNESCO’s help, he said. A video posted online last week by the Syrian military showed government officials inspecting the damage at the mosque. Small piles of rubble were visible in the courtyard, along with damage to an outer wall. Mohammed al-Obeid, a senior religious official in the city, said on the video that restorations would begin soon, and that every stone in damaged sections of the mosque has been numbered. The city’s emotional wounds might be harder to heal. “You had one half of the city trying to go on with life as normal, going out, eating, drinking,” said Amr al-Azm, a Syria expert at Shawnee State University in Ohio, referring to the western neighborhoods. “A few meters away (in the east), you had the most appalling conditions, really inhumane conditions.” This rupture “is going to be much harder to heal and will take much longer,” he said. 12 Monday, December 26, 2016 The San Juan Daily Star In Realist Foreign Policy, Obama Found Limits P resident Barack Obama’s foreign policy legacy may be defined as much by what he didn’t do as by what he did. Over eight years, Obama ushered in a new era of diplomacy, re-establishing the United States as the driving force behind fighting climate change and reducing the threat of nuclear weapons. He restored unity between the U.S. and its allies after the divisive tenure of President George W. Bush and avoided adding another large-scale U.S. military commitment overseas. But Obama also ran headlong into his limitations as the world’s chief diplomat. His cautious and pragmatic approach to world affairs ultimately couldn’t deliver on the founding promise of his presidency: ending wars. He will leave office in January having failed to end the conflicts he inherited in Iraq and Afghanistan, settling instead for greatly reducing U.S. involvement in each. And he will pass on the woes of a raging civil war in Syria that he has been helpless to stop. Historians will grapple with whether Obama’s forward-looking diplomatic achievements, like the Iran nuclear deal and rapprochement with Cuba, will outweigh his failings. Their calculus will depend heavily on how far Donald Trump goes to unwind these efforts. If the president-elect makes good on promises to unravel Obama’s climate change, trade and nuclear agreements, he will leave Obama’s legacy defined not by his ambition but by his restraint, for better or worse. “The United States is stronger now than it was eight years ago,” said David Milne, historian of U.S. foreign policy at Britain’s University of East Anglia. He described Obama as a “retrenchment president” akin to Dwight Eisenhower. Obama is a president who will be “perhaps best remembered for the paths not taken,” he said. In his first speech as president, Obama told America’s foes he would “extend a hand if you are willing to unclench your fist.” He largely made good on that offer. Obama’s outreach yielded historic diplomatic breakthroughs, but not without levels of compromise that brought howls of protest from his Republican critics. The U.S. rapidly removed years of painstakingly constructed oil, trade, and economic sanctions on Iran in return for stringent new constraints on its nuclear program. But the threat of Iranian atomic weapons isn’t gone for good. Many of the restrictions on Iran start expiring next decade, which will permit Tehran to edge toward weapons ca- pacity again. In Cuba, restoring diplomatic relations with the tiny island led to greater economic ties and a new U.S. embassy. The developments haven’t yet been accompanied by democratic reforms or human rights improvements from the communist government. Trump has spoken vaguely about demanding more from Havana, without promising a reversal. The U.S. has embraced a new relationship with Myanmar, with Obama visiting the country twice, despite the military maintaining significant political influence in the country and ongoing abuses against minority Muslims. If anything, abuses have intensified since Obama lifted the last U.S. sanctions on Myanmar. And last year’s global climate change pact commits the world to reducing the greenhouse gas emissions blamed for rising temperatures and sea levels, worsening droughts and heat waves. China can keep expanding its emissions until 2030. As Obama’s approach cleared new diplomatic paths, it sometimes led to dead ends. The Obama administration was caught off guard when the Arab Spring erupted in 2011. Its response veered sharply from promising cooperation with imperfect allies to championing protesters seeking new leaders. After a military coup in Egypt and a Shiite rebellion in Yemen, the U.S. returned to many of the same regional powers and entrenched national elites it had abandoned. When Russia annexed Ukraine’s Cri- mean peninsula in 2014, then supported an insurgency in eastern Ukraine, Obama responded with sanctions. They’ve had little effect on Moscow’s strategic thinking and Russia hasn’t retreated. After Washington accused Beijing of a territorial grab in the South China Sea, all Obama could do was object. But nowhere has Obama’s foreign policy proved more ineffective and his resistance to military intervention more contentious than with Syria’s civil war. President Bashar Assad’s government and his Russian and Iranian sponsors have made a mockery of Obama’s declarations that Assad’s “days are numbered,” while Obama has endlessly recycled a series of failed diplomatic tactics. Even his proliferation record was undermined in Syria. Obama declared the use of chemical weapons in the conflict a “red line” and Assad used them anyhow. Obama then backed down from his threat to respond with force, opting instead for a Russian-supported plan to remove much of Assad’s declared chemical stockpiles. Since then, the U.S. says Syria’s military has used other chemical agents instead. And the war only escalated. Russia’s military intervention on Assad’s behalf led to a brief Obama effort to isolate Moscow. He quickly reversed course, turning to Moscow to stop the war diplomatically. That didn’t work, either, as a string of cease-fires collapsed. Obama has argued that the only other option was unacceptable. “Unless we were all-in and willing to take over Syria, we were going to have pro- blems,” he told reporters at his year-end press conference. “And everything else was tempting because we wanted to do something and it sounded like the right thing to do. But it was going to be impossible to do this on the cheap.” The death toll has reached as many as a half-million people. Obama’s critics have called him feckless and weak. They’ve lampooned his talk about hitting “singles and doubles” in foreign policy, rather than swinging for the fences. The president and his aides called his approach: “Don’t do stupid stuff,” often using a more profane term. Both analyses reflect Obama’s essential caution and pragmatism about one nation’s ability to shape global events, prevent violence and expand freedom and stability. This realism, as Obama termed it, was behind many of his earliest foreign policy decisions: resetting ties with Russia, leading to a new nuclear arms control treaty; offering a new beginning with Arab monarchs and despots threatened by the younger Bush’s freedom agenda; “pivoting” from the unstable Middle East to rapidly growing Asia; emphasizing multilateral coalitions, as evidenced by the NATO-led bombing campaign against Libyan dictator Moammar Gadhafi. The White House long believed this Obama doctrine would be propelled, in part, by the power of his personal story. The son of a father from Kenya and mother from Kansas, who spent part of his childhood in Indonesia, Obama at times presented himself as a model for a new, more connected world and a generation less inclined to see U.S. military intervention as the solution to most problems. “He thought that his personal charms, whatever they are, could do away with the adversarial relations that the United States had with Russia, China, Iran and so on,” said Michael Mandelbaum, foreign policy director at John Hopkins University, School of Advanced International Studies. “Presidents always overrate their own personal efficacy.” Obama continues to argue his critics overrate the effectiveness of U.S. military intervention. As he described his restraint in Syria, he posed the questions that have dogged him for years — ones that will now fall to his successor. “Ultimately what I’ve had to do is to think about, what can we sustain, what is realistic?” The San Juan Daily Star Monday, December 26, 2016 13 New York Times Editorials Pastor, Am I a Christian? By Nicholas Kristof W hat does it mean to be a Christian in the 21st century? Can one be a Christian and yet doubt the virgin birth or the Resurrection? I put these questions to the Rev. Timothy Keller, an evangelical Christian pastor and best-selling author who is among the most prominent evangelical thinkers today. Our conversation has been edited for space and clarity. KRISTOF Tim, I deeply admire Jesus and his message, but am also skeptical of themes that have been integral to Christianity — the virgin birth, the Resurrection, the miracles and so on. Since this is the Christmas season, let’s start with the virgin birth. Is that an essential belief, or can I mix and match? KELLER If something is truly integral to a body of thought, you can’t remove it without destabilizing the whole thing. A religion can’t be whatever we desire it to be. If I’m a member of the board of Greenpeace and I come out and say climate change is a hoax, they will ask me to resign. I could call them narrow-minded, but they would rightly say that there have to be some boundaries for dissent or you couldn’t have a cohesive, integrated organization. And they’d be right. It’s the same with any religious faith. But the earliest accounts of Jesus’ life, like the Gospel of Mark and Paul’s letter to the Galatians, don’t even mention the virgin birth. And the reference in Luke to the virgin birth was written in a different kind of Greek and was probably added later. So isn’t there room for skepticism? If it were simply a legend that could be dismissed, it would damage the fabric of the Christian message. Luc Ferry, looking at the Gospel of John’s account of Jesus’ birth into the world, said this taught that the power behind the whole universe was not just an impersonal cosmic principle but a real person who could be known and loved. That scandalized Greek and Roman philosophers but was revolutionary in the history of human thought. It led to a new emphasis on the importance of the individual person and on love as the supreme virtue, because Jesus was not just a great human being, but the pre-existing Creator God, miraculously come to earth as a human being. And the Resurrection? Must it really be taken literally? Jesus’ teaching was not the main point of his mission. He came to save people through his death for sin and his resurrection. So his important ethical teaching only makes sense when you don’t separate it from these historic doctrines. If the Resurrection is a genuine reality, it explains why Jesus can say that the poor and the meek will “inherit the earth” (Matthew 5:5). St. Paul said without a real resurrection, Christianity is useless (1 Corinthians 15:19). But let me push back. As you know better than I, the Scriptures themselves indicate that the Resurrection wasn’t so clear cut. Mary Magdalene didn’t initially recognize the risen Jesus, nor did some disciples, and the gospels are fuzzy about Jesus’ literal presence — especially Mark, the first gospel to be written. So if you take these passages as meaning that Jesus literally rose from the dead, why the fuzziness? I wouldn’t characterize the New Testament descriptions of the risen Jesus as fuzzy. They are very concrete in their details. Yes, Mary doesn’t recognize Jesus at first, but then she does. The two disciples on the road to Emmaus (Luke 24) also don’t recognize Jesus at first. Their experience was analogous to meeting someone you last saw as a child 20 years ago. Many historians have argued that this has the ring of eyewitness authenticity. If you were making up a story about the Resurrection, would you have imagined that Jesus was altered enough to not be identified immediately but not so much that he couldn’t be recognized after a few moments? As for Mark’s gospel, yes, it ends very abruptly without getting to the Resurrection, but most scholars believe that the last part of the book or scroll was lost to us. Skeptics should consider another surprising aspect of these accounts. Mary Magdalene is named as the first eyewitness of the risen Christ, and other women are mentioned as the earliest eyewitnesses in the other gospels, too. This was a time in which the testimony of women was not admissible evidence in courts because of their low social status. The early pagan critics of Christianity latched on to this and dismissed the Resurrection as the word of “hysterical females.” If the gospel writers were inventing these narratives, they would never have put women in them. So they didn’t invent them. The Christian Church is pretty much inexplicable if we don’t believe in a physical resurrection. N.T. Wright has argued in “The Resurrection of the Son of God” that it is difficult to come up with any historically plausible alternate explanation for the birth of the Christian movement. It is hard to account for thousands of Jews virtually overnight worshiping a human being as divine when everything about their religion and culture conditioned them to believe that was not only impossible, but deeply heretical. The best explanation for the change was that many hundreds of them had actually seen Jesus with their own eyes. So where does that leave people like me? Am I a Christian? A Jesus follower? A secular Christian? Can I be a Christian while doubting the Resurrection? I wouldn’t draw any conclusion about an individual without talking to him or her at length. But, in general, if you don’t accept the Resurrection or other foundational beliefs as defined by the Apostles’ Creed, I’d say you are on the outside of the boundary. Tim, people sometimes say that the answer is faith. But, as a journalist, I’ve found skepticism useful. If I hear something that sounds superstitious, I want eyewitnesses and evidence. That’s the attitude we take toward Islam and Hinduism and Taoism, so why suspend skepticism in our own faith tradition? I agree. We should require evidence and good reasoning, and we should not write off other religions as ‘superstitious’ and then fail to question our more familiar Jewish or Christian faith tradition. But I don’t want to contrast faith with skepticism so sharply that they are seen to be opposites. They aren’t. I think we all base our lives on both reason and faith. For example, my faith is to some degree based on reasoning that the existence of God makes the most sense of what we see in nature, history and experience. Thomas Nagel recently wrote that the thoroughly materialistic view of nature can’t account for human consciousness, cognition and moral values. That’s part of the reasoning behind my faith. So my faith is based on logic and argument. In the end, however, no one can demonstrably prove the primary things human beings base their lives on, whether we are talking about the existence of God or the importance of human rights and equality. Nietzsche argued that the humanistic values of most secular people, such as the importance of the individual, human rights and responsibility for the poor, have no place in a completely materialistic universe. He even accused people holding humanistic values as being “covert Christians” because it required a leap of faith to hold to them. We must all live by faith. I’ll grudgingly concede your point: My belief in human rights and morality may be more about faith than logic. But is it really analogous to believe in things that seem consistent with science and modernity, like human rights, and those that seem inconsistent, like a virgin birth or resurrection? I don’t see why faith should be seen as inconsistent with science. There is nothing illogical about miracles if a Creator God exists. If a God exists who is big enough to create the universe in all its complexity and vastness, why should a mere miracle be such a mental stretch? To prove that miracles could not happen, you would have to know beyond a doubt that God does not exist. But that is not something anyone can prove. Science must always assume that an effect has a repeatable, natural cause. That is its methodology. Imagine, then, for the sake of argument that a miracle actually occurred. Science would have no way to confirm a nonrepeatable, supernatural cause. Alvin Plantinga argued that to say that there must be a scientific cause Continues on page 14 14 The San Juan Daily Star Monday, December 26, 2016 New York Times Editorials From page 13 for any apparently miraculous phenomenon is like insisting that your lost keys must be under the streetlight because that’s the only place you can see. Can I ask: Do you ever have doubts? Do most people of faith struggle at times over these kinds of questions? Yes and yes. In the Bible, the Book of Jude (Chapter 1, verse 22) tells Christians to “be merciful to those who doubt.” We should not encourage people to simply stifle all doubts. Doubts force us to think things out and re-examine our reasons, and that can, in the end, lead to stronger faith. I’d also encourage doubters of religious teachings to doubt the faith assumptions that often drive their skepticism. While Christians should be open to questioning their faith assumptions, I would hope that secular skeptics would also question their own. Neither statement — “There is no supernatural reality beyond this world” and “There is a transcendent reality beyond this material world” — can be proven empirically, nor is either self-evident to most people. So they both entail faith. Secular people should be as open to questions and doubts about their positions as religious people. What I admire most about Christianity is the amazing good work it inspires people to do around the world. But I’m troubled by the evangelical notion that people go to heaven only if they have a direct relationship with Jesus. Doesn’t that imply that billions of people — Buddhists, Jews, Muslims, Hindus — are consigned to hell because they grew up in non-Christian families around the world? That Gandhi is in hell? The Bible makes categorical statements that you can’t be saved except through faith in Jesus (John 14:6; Acts 4:11-12). I’m very sympathetic to your concerns, however, because this seems so exclusive and unfair. There are many views of this issue, so my thoughts on this cannot be considered the Christian response. But here they are: You imply that really good people (e.g., Gandhi) should also be saved, not just Christians. The problem is that Christians do not believe anyone can be saved by being good. If you don’t come to God through faith in what Christ has done, you would be approaching on the basis of your own goodness. This would, ironically, actually be more exclusive and unfair, since so often those that we tend to think of as “bad” — the abusers, the haters, the feckless and selfish — have themselves often had abusive and brutal back- grounds. Christians believe that it is those who admit their weakness and need for a savior who get salvation. If access to God is through the grace of Jesus, then anyone can receive eternal life instantly. This is why “born again” Christianity will always give hope and spread among the “wretched of the earth.” I can imagine someone saying, “Well, why can’t God just accept everyone — universal salvation?” Then you create a different problem with fairness. It means God wouldn’t really care about injustice and evil. There is still the question of fairness regarding people who have grown up away from any real exposure to Christianity. The Bible is clear about two things — that salvation must be through grace and faith in Christ, and that God is always fair and just in all his dealings. What it doesn’t directly tell us is exactly how both of those things can be true together. I don’t think it is insurmountable. Just because I can’t see a way doesn’t prove there cannot be any such way. If we have a God big enough to deserve being called God, then we have a God big enough to reconcile both justice and love. Tim, thanks for a great conversation. And, whatever my doubts, this I believe in: Merry Christmas! Letters Words Matter I know I’m likely to be pegged (incorrectly) as some kind of right-winger or Ugly American, or both based on this letter, so let me preface this entreaty with some context. I’m very concerned about pollution, global warming, and the fate of our communities and planet. I found a recent article very convincing. It presented evidence that we could continue extracting fossil fuels from existing mines and wells without reaching the “tipping point” (the point at which it would be impossible to reverse climate change). We must slow the pace, however, and for whatever other fossil fuels are in the ground, they must be left there. I’m equally concerned about the immediate danger to our communities from the mishandling of potentially dangerous substances and believe local and federal government should insure that we are put in danger. I also believe in forming opinions on the basis of evidence. After reading and hearing from both sides on the use of a Peñuelas dump for coal ash from the cogeneration plant, I decided to try to find out how “toxic” the ash was and how dangerous it was to the water supply and to the population in other ways. It’s easy to find on the internet, from unbiased sources, that although such ash is technically “toxic,” because some heavy metals in the coal are not consumed in the burning process, in general their concentration is very low, and if the ash is properly handled (as the owners of the plant assure us and the EPA verifies), the deposits do not represent a hazard. They may even be used beneficially in the creation of cinder blocks, and the toxic substances do not represent a danger to humans directly or indirectly when the ash is used in this way. For this reason I object to the characterization of the ash as “toxic” in articles by this and the Spanishlanguage newspapers. Toxicity is relative, and it is unjustifiably inflammatory to refer to this ash as “toxic.” Studies have shown that most common multi-vitamins, if taken in even a little over the recommended dosage for an extended time, are truly toxic. Most people, however, would consider it unfair to characterize vitamin pills, taken as directed, to be called “toxic.” This last presidential campaign showed how “media illiterate” we’ve become, believing even outrageous untruths (on both sides). I think it’s time that the media take a more aggressive role in presenting only accurate information and taking the lead in correcting erroneous “information” that circulates fast and wide in our digital world, and that we, as consumers of news, be skeptical of claims by people with something to gain and take a moment to check out the reality of those claims. William Leffingwell, Cayey PO BOX 6537 Caguas PR 00726 Or e-mail us at: [email protected] Telephones: (787) 743-3346 • (787) 743-6537 (787) 743-5606 • Fax (787) 743-5100 Dr. Ricardo Angulo Publisher Manuel Sierra Sharon Ramírez General Manager Legal Notices Graphics Manager María de L. Márquez Aaron Christiana Business Director R. Mariani Editor Circulation Director Maria Miranda Lisette Martínez Local News Editor Advertising Agency Director Ismael Reyes Ray Ruiz Sports Editor/Assistant Editor Legal Notice Director Allan Gil Internal Auditor María Rivera Graphic Artist Manager The San Juan Daily Star Monday, December 26, 2016 How Travelers Should Tip During the Holidays (and How Much) The Nashville Marriott at Vanderbilt University. The holiday season, in general, warrants extra tips for hospitality workers. By SHIVANI VORA E ven frequent travelers scratch their heads when it comes to how much they should tip hotel employees, tour guides and others who provide services when they are on the road. The holiday season, however, adds another element of confusion to a practice that is already perplexing enough: Are you supposed to give an extra tip in the spirit of the season to the concierge at your hotel who helps with dinner reservations or the Uber driver taking you to the airport? What about the travel agent you use to book your vacations? Here, travel industry experts share their advice on who and how much to tip over the holidays: The season, generally, warrants extra tipping. Reneta McCarthy, a senior lecturer at the School of Hotel Administration at Cornell University, who has lectured on tipping in the hospitality industry, says that from Dec. 15 through Jan. 1, tipping at least 25 percent above the usual tip amount to anyone who serves you when you’re traveling is a much appreciated gesture. People to consider include the van driver of the free airport shuttle who takes you to your hotel and helps you with your bags, the Uber or Lyft driver who gets you to the airport through heavy traffic and hotel employees such as bellhops, housekeeping staff and servers. “Remember that these people are working hard through a very hectic season, and it’s nice for you to show them that you recognize this,” Ms. McCarthy said. Frequent hotel guests should tip double. If you’re a regular at a certain hotel and staying at that property over the holidays, it’s a good idea to tip twice what you normally would, according to Josh Alexander, a travel specialist at Protravel International, based in New York, who has written tipping guidelines for his clients. “Regular hotel guests often receive exceptional service, and the holidays are a time to reward that service,” he said. Baseline tip amounts at a luxury hotel, he said, are $5 a day for housekeeping, $3 to $5 per bag for bellhops and $2 to $3 for employees who call you a taxi or hold the door open for you. Concierge tips vary from $5 to $50, depending on how elaborate your request is. For hotel employees that you have gotten to know especially well through your stays and who are proactive when assisting you, such as the concierge member who remembers that you enjoy meals at trendy restaurants and emails you in advance of your stay with a list of the newest ones in town, Mr. Alexander recommended not only doubling the amount you tip but also giving a nonmonetary gift, like a bottle of wine, a box of chocolates or a scarf. “When you have a friendly relationship with someone, it’s thoughtful and more personal to give something beyond money,” he said. Tip more on the actual holiday. On Christmas, the first day of Hanukkah and on New Year’s Day, Mr. Alexander says, all hospitality employees deserve extra tips because they are helping you enjoy your holiday instead of sharing the day with their loved ones. Rather than sugges- 15 ting a specific amount, he said it was best to tip from your heart. “Sometimes you’re truly moved by someone, like the smiling breakfast server at your hotel who tries hard to please you,” he said, “and you want to give him an extra $5 or $10 because it’s Christmas.” Don’t tip your travel agent. If there is a travel adviser you rely on to plan your business or work trips, please don’t tip him or her, said Misty Belles, the director of global public relations for Virtuoso, a luxury travel network with more than 11,000 advisers. “An adviser’s job is to create memorable trips for you and they get compensated for their service, so they don’t expect more money on top of that,” she said. She added that it was not uncommon for agents in the Virtuoso network to receive gifts from longtime clients, such as wine, food baskets or tickets to a sporting event or show. Guides don’t need extra tips. The standard tip amount for a private, Englishspeaking guide who takes you on a full-day tour is from $25 to $50; for group tours that are one to four hours long, that amount is $10 to $15. Come the holidays, Ms. Belles said, there is no need to exceed these numbers. “Maybe you want to lean toward the upper end of these ranges during the holiday season or give more money if you’ve had an exceptional tour, but guides don’t rely on tips for their income the way other service providers do,” she said. NOTICIAS ESPANOL 26 de Diciembre de 2016 en Provistas por Internews Ser vice Alegría para los niños víctimas de maltrato C on el objetivo de aportar a mejorar la calidad de vida de menores víctimas de maltrato, la Cooperativa de Seguros Múltiples de Puerto Rico (CSM) junto a otras cooperativas le otorgaron recientemente un donativo institucional al Hogar Infantil Santa Teresita del Niño Jesús en el pueblo de Arecibo, para ayudarlos en los servicios que brindan de albergue y protección. El Hogar Infantil Santa Teresita del Niño Jesús fundado desde el 1999 brinda a los niños víctimas de maltrato servicios básicos de hogar, nutrición, educación, tutorías, recreación y dirección espiritual. Es una institución sin fines de lucro creada como una respuesta de la comunidad por la alta incidencia en el área de Durante la entrega del donativo los niños maltrato infantil.w del hogar disfrutaron de música y regalos. DRD celebró 30 aniversario del Parque de las cavernas del río Camuy E l Departamento de Recreación y Deportes (DRD) celebró el trigésimo aniversario del Parque de las cavernas del río Camuy, a la cual asistió un grupo de empleados de esa agencia del Programa de Parques Nacionales (PPN), invitados especiales y amigos. El secretario del DRD, Ramón Orta Rodríguez, aprovechó la oportunidad para presentar el documental “30 años de historia”, que recrea el proceso de desarrollo del parque a través del tiempo desde su descubrimiento. La producción podrá adquirirse en las Oficinas de Administración del Parque o en la Oficina de Reservaciones, ubicada en la Oficina Central del DRD en Santurce, a un costo de 15 dólares. Igualmente se anunció el nuevo portal cibernético del Programa de Parques Nacionales, el cual ofrece información sobre las opciones recreativas que administra el DRD, disponibles para la ciudadanía, tales como balnearios, parques temáticos y urbanos, centros vacacionales, entre otros. Se puede acceder a través de http://www.drdpuertorico.com/parquesnacionales. Sobre 40 por ciento de los menores de seis años viven en pobreza extrema en la isla E cos, sociales y políticos del país”, puntualizó Arroyo Quijano. l Consejo Multisectorial para la Niñez en Edad Temprana de Puerto Mientras, Gloria de Llovio, directora ejecutiva del consejo multisectorial, Rico (CMNET), adscrito al Departamento de la Familia, y el Instituto comentó que “en este esfuerzo se integró el Instituto de Estadísticas y el del Desarrollo de la Juventud (IDJ), informaron recientemente que en la Centro de Investigación y Evaluación Sociomédica (CIES) de la Universidad isla se registran 380 mil niños hasta ocho años, con el 40 por ciento de de Puerto Rico, Recinto de Ciencias Médicas como socios científicos, con los menores de seis años viviendo en pobreza extrema. el apoyo de la Junta de Planificación y el Instituto del Desarrollo de la JuLos datos están incluidos en el primer centro virtual de estadísticas, ventud como socio implementador. El Comité para un Sistema de Datos que abarcan 70 indicadores sobre el estado y las condiciones en las que del Consejo evaluó más de 195 indicadores identificados como cruciales viven los menores en edad temprana en Puerto Rico. en otros observatorios a nivel internacional, y de estos, se realizó una selecEl primer Observatorio, subvencionado por el Departamento de la ción inicial de 70 indicadores que constituyen la Primera Generación del Familia, reside en el portal juventudpr.org del IDJ. Observatorio la cual le presentamos hoy”. Según explicó la secretaria del Departamento de la Familia (DF), IdaEl Observatorio agrupa los 70 indicadores en cinco áreas de atención: lia Colón Rondón, el observatorio es uno de los objetivos principales economía, educación, familia, nacimiento seguro y salud, y seguridad. del Plan Estratégico del Consejo Multisectorial del Gobernador para la Entre los resultados más sobresalientes destacan que los niños menores Niñez en Edad Temprana. “Aquí están todos los datos e información relGloria de Llovio, directora de cinco años bajo el nivel de pobreza suman el 61.7%, las madres solteras evante al estado de situación de los menores en las edades de cero a con menores de cinco años bajo el nivel de pobreza son el 71.5% y el porocho años, accesible a los proveedores de servicios e investigaciones de ejecutiva del consejo. centaje de los menores de seis años viviendo en pobreza extrema es del manera que sirva como un instrumento confiable para que se puedan desarrollar proyectos, políticas públicas, programas e investigaciones. De igual manera, di- 40.8%. Asimismo, los menores entre tres y cuatro años no matriculados en la escuela son el 41.7%, rectamente donde está la necesidad y propiciar alternativas para mejorar las condiciones de vida de los sectores en desventaja social y económica, al igual que al resto de los niños del los niños menores de seis años que viven con los abuelos son el 43.2%, los bebés prematuros el 11.8%, los nacimientos por cesáreas el 47.2% y los niños menores de seis años sin plan país”, destacó la titular de Familia. La jefa de estadísticas del Instituto de Desarrollo de la Juventud (IDJ), Caridad Arroyo Qui- médico alcanzan los l7,189. En cuanto a los menores reportados como víctimas de maltrato, entre cero y dos años jano, destacó que, de acuerdo a los datos recopilados en el Observatorio, en Puerto Rico hay 380,619 niñas y niños entre las edades de cero a ocho años, lo que representa el 10% de la se reportan 1,382 casos, entre tres y cinco años se registran 1,490 y entre seis y ocho suman 1,467. población del país. “Hacemos una invitación a los nuevos funcionarios y servidores públicos, así como a los “El periodo de niñez temprana, es uno crucial. Las experiencias que viven los niñas y niños durante esta etapa establecen su bienestar, desarrollo, aprendizaje y productividad para el profesionales que trabajan con la población en edad temprana, para que utilicen este Obserresto de sus vidas. Su impacto perdura y tiene un efecto no solo en sus vidas, sino también en vatorio como herramienta para analizar las condiciones en las que se desarrolla nuestra niñez el desarrollo futuro de sus familias y nuestra sociedad. Por ser una etapa tan importante para de manera que puedan presentar soluciones y generar políticas públicas pertinentes que el desarrollo del ser humano, es que este dato estadístico es clave para los enfoques económi- promuevan su bienestar y desarrollo integral”, destacó la directora ejecutiva del consejo. Monday, December 26, 2016 17 Official Registry of Legal Notices LEGAL NOTICE IN THE UNITED STATES DISTRICT COURT FOR THE DISTRICT OF PUERTO RICO LIME RESIDENTIAL, LTD. Plaintiff Vs. OMAR NEGRON CABRERA, HIS WIFE GLICER MUNIZ FERRER AND THE SOCIAL PARTNERSHIP BETWEEN THEM Defendants Civil No.: 14-01465. DRD. Re: COLLECTION OF MONEY FORECLOSURE. NOTICE OF SALE. TO: OMAR NEGRON CABRERA, HIS WIFE GLICER MUNIZ FERRER AND THE SOCIAL PARTNERSHIP BETWEEN THEM DEFENDANT, ANY OTHER PARTY WITH INTEREST OVER THE PROPERTY MENTIONED BELOW, AND THE GENERAL PUBLIC. WHEREAS: Judgment was entered in favor of plaintiff to recover from defendants the sum of $110,067.21 of principal, accrued interest of 6.375% from December 1st, 2010 - {247 Mes Anterior (intereses)} until the date of the sale or until payment in full, accrued late charges, and any disbursements made by plaintiff on behalf of defendant in accordance with the mortgage deed, plus costs, and $11,840.00 in attorney fees. The records of the case and of these proceedings may be examined by interested parties at the Office of the Clerk of the United States District Court, Room 150 Federal Office Building, 150 Chardón Avenue, Hato Rey, Puerto Rico. WHEREAS: Pursuant to the terms of the aforementioned Judgment, Order of Execution, and Writ of Execution thereof, the undersigned Special Master was ordered to sell at public auction for U.S. currency in cash or certified check without appraisement or right of redemption to the highest bidder and at the office of the Clerk of the United States District Court, Room 150 Federal Office Building, 150 Chardón Avenue, Hato Rey, Puerto Rico, to cover the sums adjudged to be paid to the plaintiff, the following property: PROPIEDAD HORIZONTAL: Apartamento número 3-404. Apartamento residencial de un nivel, de forma sustancialmente rectangular, localizado en el cuarto piso del edificio “3”, identificado con el número 3-404 en el Condominio Vistas del Pinar, situado en el barrio Mucarabones del municipio de Toa Alta, Puerto Rico, con un área aproximada de 1215.41 pies cuadrados, equivalentes a 112.90 metros cuadrados. En lindes: por el NORTE, en una distancia aproximada de 7.39 metros, con paredes exteriores que dan hacia el área verde y constituyen la fachada delantera del edificio; por el SUR, en una distancia aproximada de 7.39 metros, con paredes exteriores que dan hacia el área verde y son la fachada posterior del edificio; por el ESTE, en una distancia aproximada 18.67 metros con pared que lo separa del apartamento 3-403, pasillo donde se localiza la puerta de entrada y que conduce a la vía pública y paredes exteriores que dan al área verde; y por el OESTE, en una distancia aproximada de 17.14 metros, con pared que lo separa del edificio 2, paredes exteriores que dan hacia el área verde y que son la fachada derecha del edificio entrando. Consiste de sala-comedor, cocina, balcón, pasillo, tres dormitorios, dos baños, área para lavandería y closets. La puerta de entrada está localizada en su colindancia Este, por donde tiene acceso a la vía pública. Le corresponde un porcentaje en los elementos comunes generales de 0.0109%. Tiene asignado el estacionamiento número 3-404 para dos automóviles. Recorded at page 215 of volume 512 of Toa Alta, Property Number 25,825, Property Registry of Puerto Rico at Bayamón, Third Section. Plaintiff’s mortgage was constituted by deed number 8300-0105, executed on July 29, 2005, before Notary Public Ruth Medelyn Rodríguez Rivera in San Juan, Puerto Rico and recorded at page page 215, volume 512 of Toa Alta, Registry of Bayamón, Section 3rd Property Number 25,825. WHEREAS: This property is subject to the following liens described in the Spanish language: PRIOR LIENS: R&G Premier Bank of PR: A cuyo favor aparece un pagaré por la suma de $132,000.00, intereses al 6 3/8% anual y a vencer el 1 de abril del año 2035, según consta de la escritura #24, otorgada en Bayamón, el 30 de marzo de 2005, ante la Notario Amanda Cristina Soto Ortega, inscrito al folio 215 del tomo 512 de Toa Alta, finca #25,825, inscripción 2da. Al asiento 2016104182-BY03, del 19 de octubre de 2016, en el Tribunal de Primera Instancia, Centro Judicial de Bayamón, Sala Superior, caso civil #DCD2016-0046, sobre cancelación de pagaré extraviado, Mandamiento certificado de 29 de septiembre de 2016, por $132,000.00, según inscripción 2da. relacionada. Pendiente de calificación y despacho. Inscrito en virtud de la Ley 216 del 27 de diciembre de 2010. JUNIOR LIENS: NONE. Potential bidders are advised to verify the extent of preferential liens with the holders thereof. It shall be understood that each bidder accepts as sufficient the title and that prior and preferential liens to the one being foreclosed upon, including but not limited to any property tax, liens, (express, tacit, implied or legal) shall continue in effect it being understood further that the successful bidder accepts them and is subrogated in the responsibility for the same and that the bid price shall not be applied toward their cancellation. THEREFORE, the FIRST PUBLIC SALE shall be held on the 3RD DAY OF FEBRUARY 2017, AT 8:30 AM. The minimum bid that will be accepted is the sum of $118,400.00. In the event said first auction does not produce a bidder and the property is not adjudicated, a SECOND PUBLIC AUCTION shall be held on the 10TH DAY OF FEBRUARY 2016, AT 8:30 AM, and the minimum bid that will be accepted is the sum $78,933.33, which is two-thirds of the amount of the minimum bid for the first public sale. If a second auction does not result in the adjudication and sale of the property, a THIRD PUBLIC AUCTION will be held on the 17TH DAY OF FEBRUARY 2017, AT 8:30 AM, and the minimum bid that will be accepted is the sum of $59,200.00, which is one-half of the minimum bid in the first public sale. Should there be no award or adjudication at the third public sale, the property may be awarded to the creditor for the entire amount of its debt if it is equal to or less than the amount of the minimum bid of the third public sale, crediting this amount to the amount owed if it is greater. Art. 104 of the Real Estate Registry of the Commonwealth of Puerto Rico Act (Ley del Registro de la Propiedad Inmobiliaria del Estado Libre Asociado de Puerto Rico), PR Law 210 of December 8, 2015. The Special Master shall not accept in payment of the property to be sold anything but United States currency or certified checks, except in case the property is sold and adjudicated to the plaintiff, in which case the amount of the bid made by said plaintiff shall be credited and deducted from its credit; said plaintiff being bound to pay in cash or certified check only any excess of its bid over the secured indebtedness that remains unsatisfied. WHEREAS: For the information of the defendant and any person or persons who have any interest recorded after the lien that is being executed, and to inform all bidders and the general public, this notice will be published FOUR (4) consecutive weeks, with an interval of at least seven days between each publications in a newspaper of general circulation in the Commonwealth of Puerto Rico and will also be fixed at three (3) public places in the municipality in which the sale will be held, such as the Town Hall, the Court House and the Collectorship (Colecturía). WHEREAS: Said sale to be made by the Special Master subject to confirmation by the United States District Court for the District of Puerto Rico and the deed of conveyance and possession to the property will be executed and delivered only after such confirmation. Upon confirmation of the sale, an order shall be issued cancelling all junior liens. For further particulars, reference is made to the judgment entered by the Court in this case, which can be examined in the Office of Clerk of the United States District Court, District of Puerto Rico. In San Juan, Puerto Rico, this 6th day of December, 2016. PEDRO A. VÉLEZ-BAERGA, ESQ., SPECIAL MASTER, PO Box 1087 Saint Just, PR 009178, [email protected], 787-672-8269. LEGAL NOTICE IN THE UNITED STATES DISTRICT COURT FOR THE DISTRICT OF PUERTO RICO ACM PENFIELD CR, LLC Plaintiff vs. CHARLES ANDREW JOLLEY TALLEYM, VANESSA MARIA RAMOS GUTIERREZ A/K/A VABESSA RAMOS JOLLEY A/K/A VANESSA JOLLEY AND THE CONJUGAL PARTNERSHIP CONSTITUTED THEREIN Defendants Civil No.: 13-1729. (SEC). Re: COLLECTION OF MONIES, FORECLOSURE OF MORTGAGE. NOTICE OF SALE. TO: CHARLES ANDREW JOLLEY TALLEY, VANESSA MARIA RAMOS GUTIERREZ A/K/A VANESSA RAMOS JOLLEY A/K/A VANESSA JOLLEY AND THE CONJUGAL PARTNERSHIP. UNITED STATES OF AMERICA, PRESIDENT OF THE UNITED STATES, COMMONWEALTH OF PUERTO RICO, SS. Judgment in favor of plaintiff for the sum of $491,890.01, in principal; interest in the amount $50,821.80; $3,863.76 in ac- crued late charges; escrow deficiency of $2,406.531; property preservation in the amount of $13,824.92; and $57,500.00in attorney’s fees; Pursuant to the judgment, the undersigned Special Master was ordered to sell at public auction for United States currency in cash or certified check without appraisement or right of redemption to the highest bidder and at the office of the Clerk of the United States District Court for the District of Puerto Rico, Federico Degetau Federal Building, Chardón Street, Hato Rey, San Juan, Puerto Rico or any other place designated by said Clerk, to cover the sums adjudged to be paid to the plaintiff, the following property: URBAN: Apartment number 410. Horizontal Property: Apartment number 410 of the Alameda Building, which forms part of The Marbella II Condominium Regime, located in The Marbella Club at Palmas del Mar, Candelero Abajo Ward, Humacao, Puerto Rico. Irregular shaped one story, 2 bedroom unit, with a total construction: area of 1,775 square feet, equivalent to 164.96 square meters. The main entrance is located on the side of the apartment leading to common areas of the condominium surrounding the interior open court yard of the Alameda Building. This apartment occupies part of the first floor of The Alameda Building. Its boundaries are by the SOUTHEAST, with the common wall that separates it from apartment 411 and interior common areas of the condominium; by the NORTWEST, with exterior common areas of the condominium; by the SOUTWEST, with interior and exterior common areas of the condominium, and by NORTHEAST, with the exterior common areas of the condominium. This unit contains a vestibule with closet and laundry closet, a contains a vestibule with closet and laundry closet, a living/dining room (great room) with balcony, a kitchen, a bathroom, a hall, a master bedroom with a bathroom and walk in closet, a bedroom with hall, kitchenette area, bathroom, three closets and 2 balconies, and a covered terrace. This unit has the exclusive use and enjoyment of the following limited common elements of The Marbella Club II Condominium: storage cage and parking space identified with number 410 located in the basement floor of Alameda Building, with a total area of 12 square feet, equivalent to 1.12 square meters and 139.04 square feet, equivalent to 12.92 square meters, respectively; hallway area located in front of the entrance of unit, with a total area of 60.20 square feet, equivalent to 5.60 square meters; and a terrace located adjacent to the unit, with a total area of 520.34 square feet, equivalent to 48.36 square meters. The residential unit has a1.654% in the general common elements of The Marbella Club II and 3.775% in the limited common elements. Pendiente de inscripción en los Libros del Registro de la Propiedad, Sección de Humacao, al asiento 840 del diario 862 de Humacao. Se separa de la finca número 13,750, inscrita al folio 29 del tomo 329 de Humacao. THEREFORE, the FIRST PUBLIC SALE shall be held on the 13 DAY OF JANUARY, 2017, AT 10:45AM and the minimum bid that will be accepted is the sum of $575,000.00. Upon confirmation of the sale, an order shall be issued canceling all junior liens. For further particulars, reference is made to the judgment entered by the Court in this case, which can be examined in the Office of the Clerk of the United States District Court. AND TO THE KNOWLEDGE OF INTERESTED PARTIES and the general public and specially regarding the junior lien described hereinafter: (i) SENTENCE: in the First Instance Court of Humacao, Civil Case number HACT2013-01534, by Palmas del Mar Homeowners Association vs Charles A. Jolley Talley, Vanessa Ramos Jolley and the conjugal partnership, for reason of Collection of Money, for the amount of $1,607.15, and others amounts, recorded on May 19, 2014, at book number 9, page 11. The lien execution object in this case, is what has been described in the exhibition which will be canceled in due, the property subject to execution will be free of liens and encumbrances. In San Juan, Puerto Rico, On 8 day of December, 2016. AGUEDO DE LA TORRE, SPECIAL MASTER. LEGAL NOTICE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA SUPERIOR DE CAGUAS TRM LLC Demandante Vs. FERNANDO RAMON CARDONA RODRIGUEZ T/C/C FERNANDO CARDONA RODRIGUEZ; KARENE SOCORRO CARDONA DUEÑO; TANIA DEL CARMEN CARDONA DUEÑO E IRMA ENID CARDONA DUEÑO; ESTADOS UNIDOS DE AMERICA Demandados Civil Núm.: ECD2010-1664. (402). Sobre: COBRO DE DINERO Y EJECUCIÓN DE HIPO- TECA POR LA VÍA ORDINARIA. EDICTO ANUNCIANDO PRIMERA, SEGUNDA Y TERCERA SUBASTA. El Alguacil que suscribe, funcionario del Tribunal de Caguas, Puerto Rico, por la presente anuncia y hace saber al público en general que en cumplimiento con la Sentencia dictada en este caso con fecha 2 de julio de 2012, y según Orden y Mandamiento del 15 de agosto de 2016 librado por este honorable Tribunal, procederé a vender en pública subasta al mejor postor, y por dinero en efectivo o cheque certificado a nombre del Alguacil del Tribunal con todo título derecho y/o interés de la parte demandada sobre la propiedad que se describe a continuación: URBANA: Solar número 18 manzana 2H, radicado en la Urbanización Residencial Bairoa Park, Extensión Segunda, sita en el barrio Bairoa de Caguas, Puerto Rico, con una cabida de 303.60 metros cuadrados. En lindes por el NORTE, en 13.800 metros, con los solares número 4 y 5; por el SUR, en 13.800 metros, con la calle número 7; por el ESTE, en 22.00 metros, con el solar número 7 y por el OESTE, en 22.00 metros, con el solar número 19. Enclava edificación. FINCA NÚMERO: 34,510, inscrita al folio 220 del tomo 1004 de Caguas, sección I de Caguas. Dirección Fisica: URB. BAIROA PARK 2H-18 CALLE ENRIQUE MORENO CAGUAS, PR 00725. Se anuncia por medio de este edicto que la PRIMERA SUBASTA habrá de celebrarse el día 10 DE ENERO DE 2017, A LAS 9:00 DE LA MAÑANA, en mi oficina sita en el edificio que ocupa el Tribunal Superior de Puerto Rico, Sala Superior de Caguas. Siendo ésta la primera subasta que se celebrará en este caso, será el precio mínimo aceptable como oferta en la Primera Subasta, eso es el tipo mínimo pactado en la Escritura de Hipoteca para la propiedad, la suma de $100,000.00. De no haber remanente o adjudicación en esta primera subasta por dicha suma mínima, se celebrará una SEGUNDA SUBASTA el día 17 DE ENERO DE 2017, A LAS 1:00 DE LA TARDE, en el mismo lugar antes señalado en la cual el precio mínimo serán dos terceras (2/3) partes del tipo mínimo pactado en la escritura de hipoteca, la suma de $66,666.67. De no haber remanente o adjudicación en esta segunda subasta por el tipo mínimo indicado en el párrafo anterior, se celebrará una TERCERA SUBASTA en el mismo lugar antes señalado el día 24 DE ENERO DE 2017, A LAS 1:00 DE LA TARDE, en la cual el tipo mínimo aceptable como oferta será la mitad (1/2) del precio mínimo pactado en la escritura de hipoteca, la suma de $50,000.00. Si se declare desierta la tercera subasta se adjudicará la finca a favor del acreedor por la totalidad de la cantidad adeudada si ésta es igual o menor que el monto del tipo mínimo de la tercera subasta, si el tribunal lo estima conveniente. Se abonará dicho monto a la cantidad adeudada si ésta es mayor. Con el importe de esta venta se habrá de satisfacer el balance de la sentencia dictada en este caso el cual consiste en el pago de $92,513.22 de principal, más intereses convenidos al 6.0000% anual más recargos hasta su pago, más el pago de lo pactado en la sentencia para costas, gastos y honorarios de abogados. Se dispone que una vez celebrada la subasta y vendido el inmueble relacionado, el alguacil pondrá en posesión judicial a los nuevos dueños dentro del término de veinte (20) días a partir de la celebración de la Subasta. Si transcurren los referidos veinte (20) días, el tribunal podrá ordenar, sin necesidad de ulterior procedimiento, que se lleve a efecto el desalojo o lanzamiento del ocupante u ocupantes de la finca o de todos los que por orden o tolerancia del demandado/deudor la ocupen. El Alguacil de este Tribunal efectuará el lanzamiento de los ocupantes de ser necesario. Por la presente también se notifica e informa a Estados Unidos de America por éstos contar con un embargo a su favor por la suma $10,741.27, presentado en el Libro de Embargos Federales número 4 de la página 183, asiento 4, del día 14 de abril de 2008, con el número de notificación 428396308. Además, se notifica e informa al Estado Libre Asociado de Puerto Rico, por éstos contar con un embargo a su favor por la suma de $3,740.80, según certificación del 5 de septiembre de 2012, presentado y anotado al folio 3 del tomo 7 de Libro II, Ley 12. También, se notifica e informa a la Cooperativa de Ahorro y Crédito Caguas Coop., por éstos contar con dos Extractos de Sentencias a su favor. El primero por la suma de $21,456.30, presentado al asiento 1558 del diario 1176 el día 30 de septiembre de 2013 y el segundo por la suma $21,456.30 presentada el día 30 de septiembre de 2015 al folio 6, orden 14, libro 5 de Sentencia. Además, se notifica e informa a Fulano de Tal y Sutano de Tal, personas desconocidas que puedan tener derechos en la propiedad o título objeto de este edicto. La Venta en Pública Subasta de la referida propiedad se verificará libre de toda carga y gravamen posterior que afecte la mencionada finca, a cuyo efecto se notifica y se hace saber la FOR MORE INFORMATION PLEASE CALL (787) 743-3346 • email: [email protected] Legal Notice 18 uso público B en una distancia de 35.09 metros; al SUR, con solar número 4 a segregarse de esta propiedad en una distancia de 25.31 metros; al ESTE, con solar número 4 a segregarse de esta propiedad en una distancia de 23.40 metros y al OESTE, con solar número 2 segregado de la misma propiedad, en una distancia de 19.52 metros. FINCA NÚMERO: 14,796, inscrita al folio 140 del tomo 412 de Manatí, Registro de Manatí. Dirección Física: LOT 3, SR 6684 KM 3.3 INT. LA MONA SEC. BOQUILLAS WD MANATÍ, P.R. 00674. Se anuncia por medio de este edicto que la PRIMERA SUBASTA habrá de celebrarse el día 10 DE ENERO DE 2017, A LAS 2:00 DE LA TARDE, en mi oficina sita en el edificio que ocupa el Tribunal Superior de Puerto Rico, Sala Superior de Arecibo. Siendo ésta la primera subasta que se celebrará en este caso, será el precio mínimo aceptable como oferta en la Primera Subasta, eso es el tipo mínimo pactado en la Escritura de Hipoteca para la propiedad, la suma de $184,986.00. De no haber remanente o adjudicación en esta primera subasta por dicha suma mínima, se celebrará una SEGUNDA SUBASTA el día 17 DE ENERO DE 2017, A LAS 2:00 DE LA TARDE, en el mismo lugar antes señalado en la cual el precio mínimo serán dos terceras (2/3) partes del tipo mínimo pactado en la escritura de hipoteca, la suma de $123,324.00. De no haber remanente o adjudiLEGAL NOTICE cación en esta segunda subasta ESTADO LIBRE ASOCIADO DE por el tipo mínimo indicado en PUERTO RICO TRIBUNAL DE el párrafo anterior, se celebrará PRIMERA INSTANCIA SALA una TERCERA SUBASTA en el SUPERIOR DE ARECIBO mismo lugar antes señalado el BANCO POPULAR DE día 24 DE ENERO DE 2017, A PUERTO RICO LAS 2:00 DE LA TARDE, en la Demandante Vs. cual el tipo mínimo aceptable IVIS MARITZA MOYENO como oferta será la mitad (1/2) del precio mínimo pactado en la GONZÁLEZ escritura de hipoteca, la suma Demandada de $92,493.00. Si se declare Civil Núm.: CCD2015-0198. desierta la tercera subasta se Sobre: COBRO DE DINERO Y adjudicará la finca a favor del EJECUCIÓN DE HIPOTECA acreedor por la totalidad de la POR LA VÍA ORDINARIA. EDICcantidad adeudada si ésta es TO ANUNCIANDO PRIMERA, igual o menor que el monto del SEGUNDA Y TERCERA SUtipo mínimo de la tercera subasBASTA. El Alguacil que suscribe, ta, si el tribunal lo estima convefuncionario del Tribunal de Areciniente. Se abonará dicho monto bo, Puerto Rico, por la presente a la cantidad adeudada si ésta anuncia y hace saber al público es mayor. Con el importe de esta en general que en cumplimiento venta se habrá de satisfacer el con la Sentencia dictada en este balance de la sentencia dictada caso con 4 de mayo de 2016 y en este caso el cual consiste en según Orden y Mandamiento del el pago de $171,279.23 de prin13 de junio de 2016 librado por cipal, más intereses convenidos este honorable Tribunal, proceal 5.0000% anual más recargos deré a vender en pública subashasta su pago, más el pago de ta al mejor postor, y por dinero lo pactado en la sentencia para en efectivo, cheque certificado o costas, gastos y honorarios de giro postal a nombre del Alguaabogados. Se dispone que una cil del Tribunal con todo título vez celebrada la subasta y venderecho y/o interés de la parte dido el inmueble relacionado, demandada sobre la propiedad el alguacil pondrá en posesión que se describe a continuación: judicial a los nuevos dueños RUSTICA: Radicada en el Barrio dentro del término de sesenta Boquillas del término municipal (60) días a partir de la fecha de de Manatí, con un área superfila confirmación de la venta o cial de 609.16 metros cuadrados adjudicación. Si transcurren los e identificados con el número 3 referidos sesenta (60) días, el en el plano de inscripción, en lintribunal podrá ordenar, sin necedes por el NORTE, con faja de sidad de ulterior procedimiento, fecha, hora y sitio de la Primera, Segunda y Tercera Subasta, si eso fuera necesario, a los efectos de cualquier persona o personas con algún interés puedan comparecer a la celebración de dicha Subasta. Los autos y todos los documentos correspondientes al procedimiento del caso de epígrafe están disponibles en la Secretaría de este Tribunal durante horas laborables y para la concurrencia de los licitadores expido el presente Edicto que se publicará en un periódico de circulación diaria en toda la Isla de Puerto Rico por espacio dos (2) semanas y por lo menos una vez por semana y se fijará, además, en el Tribunal de Primera Instancia, Alcaldía y la Colecturía de Rentas Internas del Municipio donde se celebrará la Subasta y en la Colecturía más cercana del lugar de la residencia de la parte demandada. Que se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titularidad y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere, al crédito del ejecutante continuaran subsistentes. Se entenderá, que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos sin destinarse a su extinción el precio del remate. EN TESTIMONIO DE LO CUAL, expido el presente que firmo y sello, hoy día 24 de octubre de 2016. JOSÉ M. RIVERA ORTIZ, ALGUACIL / PLACA #265, SALA SUPERIOR DE CAGUAS. The San Juan Daily Star Monday, December 26, 2016 que se lleve a efecto el desalojo o lanzamiento del ocupante u ocupantes de la finca o de todos los que por orden o tolerancia del demandado/deudor la ocupen. El Alguacil de este Tribunal efectuará el lanzamiento de los ocupantes de ser necesario. Por la presente también se notifica e informa a Fulano de Tal y Sutano de Tal, personas desconocidas que puedan tener derechos en la propiedad o título objeto de este edicto. La Venta en Pública Subasta de la referida propiedad se verificará libre de toda carga y gravamen posterior que afecte la mencionada finca, a cuyo efecto se notifica y se hace saber la fecha, hora y sitio de la Primera, Segunda y Tercera Subasta, si eso fuera necesario, a los efectos de cualquier persona o personas con algún interés puedan comparecer a la celebración de dicha Subasta. Los autos y todos los documentos correspondientes al procedimiento del caso de epígrafe están disponibles en la Secretaría de este Tribunal durante horas laborables y para la concurrencia de los licitadores expido el presente Edicto que se publicará en un periódico de circulación diaria en toda la Isla de Puerto Rico por espacio dos (2) semanas y por lo menos una vez por semana y se fijará, además, en el Tribunal de Primera Instancia, Alcaldía y la Colecturía de Rentas Internas del Municipio donde se celebrará la Subasta y en la Colecturía más cercana del lugar de la residencia de la parte demandada. Que se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titularidad y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere, al crédito del ejecutante continuaran subsistentes. Se entenderá, que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos sin destinarse a su extinción el precio del remate. EN TESTIMONIO DE LO CUAL, expido el presente que firmo y sello, hoy día 18 de julio de 2016. WILFREDO OLMO SALAZAR, ALGUACIL REGIONAL INTERINO. ISMAEL SERRANO CARDONA, ALGUACIL #795, SALA SUPERIOR DE ARECIBO. LEGAL NOTICE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA SUPERIOR DE FAJARDO ORIENTAL BANK & TRUST Y BANCO POPULAR DE PUERTO RICO COMO AGENTE DE SERVICIO Demandante Vs. HIRAM MALARET GONZALEZ Demandado Civil Núm.: NSCI2011-571. (301). Sobre: COBRO DE DINERO Y EJECUCIÓN DE HIPOTECA POR LA VÍA ORDINARIA. EDICTO ANUNCIANDO PRIMERA, SEGUNDA Y TERCERA SUBASTA. El Alguacil que sus- cribe, funcionario del Tribunal de Fajardo, de Puerto Rico, por la presente anuncia y hace saber al público en general que en cumplimiento con la Sentencia dictada en este caso con fecha 25 de septiembre de 2013, y según Orden y Mandamiento del 24 de febrero de 2015 librado por este honorable Tribunal, procederé a vender en pública subasta al mejor postor, y por dinero en efectivo o cheque certificado a nombre del Alguacil del Tribunal con todo título derecho y/o interés de la parte demandada sobre la propiedad que se describe a continuación: URBANA: Solar número 35 de la urbanización Hacienda Margarita, localizado en los barrios Pitahaya y Juan Martín del municipio de Luquillo, Puerto Rico, con una cabida superficial de 4,344.05 metros cuadrados. En lindes por el NORTE, en una distancia de 25.611 metros, con el solar 33; por el SUR, en dos alineaciones distintas en una distancia de 11.497 metros y un arco de longitud de 27.142 metros, con la calle número 2 West (calle carretera Oeste) de dicha urbanización; por el ESTE, en una distancia de 138.418 metros con solar #36 y por el OESTE, en una distancia de 132.282 metros con el solar número 34, todos estos solares pertenecientes al referido desarrollo urbano. Contiene una casa de concreto diseñada para una familia. FINCA NÚMERO: 11,284, inscrita al folio 134 del tomo 211 de Luquillo, Registro de Fajardo. Dirección Física: Urb. Hacienda Margarita 3-5 Luquillo, PR 00673. Se anuncia por medio de este edicto que la PRIMERA SUBASTA habrá de celebrarse el día 11 DE ENERO DE 2017, A LAS 9:45 DE LA MAÑANA, en mi oficina sita en el edificio que ocupa el Tribunal Superior de Puerto Rico, Sala Superior de Fajardo. Siendo ésta la primera subasta que se celebrará en este caso, será el precio mínimo aceptable como oferta en la Primera Subasta, eso es el tipo mínimo pactado en la Escritura de Hipoteca para la propiedad, la suma de $270,700.00. De no haber remanente o adjudicación en esta primera subasta por dicha suma mínima, se celebrará una SEGUNDA SUBASTA el día 18 DE ENERO DE 2017, A LAS 9:45 DE LA MAÑANA, en el mismo lugar antes señalado en la cual el precio mínimo serán dos terceras (2/3) partes del tipo mínimo pactado en la Escritura de Hipoteca para la propiedad, la suma de $180,466.67. De no haber remanente o adjudicación en esta segunda subasta por el tipo mínimo indicado en el párrafo anterior, se celebrará una TERCERA SUBASTA en el mismo lugar antes señalado el día 25 DE ENERO DE 2017, A LAS 9:45 DE LA MAÑANA, en la cual el tipo mínimo aceptable como oferta será la mitad (1/2) del precio mínimo pactado en la Escritura de Hipoteca para la propiedad, la suma de $135,350.00. Si se declare desierta la tercera su- basta se adjudicará la finca a favor del acreedor por la totalidad de la cantidad adeudada si ésta es igual o menor que el monto del tipo mínimo de la tercera subasta, si el tribunal lo estima conveniente. Se abonará dicho monto a la cantidad adeudada si ésta es mayor. Con el importe de esta venta se habrá de satisfacer el balance de la sentencia dictada en este caso el cual consiste en el pago de $269,867.92 de principal, más intereses convenidos al 5.8750% anual más recargos hasta su pago, más el pago de lo pactado en la sentencia para costas, gastos y honorarios de abogados. Se dispone que una vez celebrada la subasta y vendido el inmueble relacionado, el alguacil pondrá en posesión judicial a los nuevos dueños dentro del término de veinte (20) días a partir de la celebración de la Subasta. Si transcurren los referidos veinte (20) días, el tribunal podrá ordenar, sin necesidad de ulterior procedimiento, que se lleve a efecto el desalojo o lanzamiento del ocupante u ocupantes de la finca o de todos los que por orden o tolerancia del demandado/deudor la ocupen. El Alguacil de este Tribunal efectuará el lanzamiento de los ocupantes de ser necesario. Por la presente también se notifica e informa a Fulano de Tal y Sutano de Tal, personas desconocidas que puedan tener derechos en la propiedad o título objeto de este edicto. La Venta en Pública Subasta de la referida propiedad se verificará libre de toda carga y gravamen posterior que afecte la mencionada finca, a cuyo efecto se notifica y se hace saber la fecha, hora y sitio de la Primera, Segunda y Tercera Subasta, si eso fuera necesario, a los efectos de cualquier persona o personas con algún interés puedan comparecer a la celebración de dicha Subasta. Los autos y todos los documentos correspondientes al procedimiento del caso de epígrafe están disponibles en la Secretaría de este Tribunal durante horas laborables y para la concurrencia de los licitadores expido el presente Edicto que se publicará en un periódico de circulación diaria en toda la Isla de Puerto Rico por espacio dos (2) semanas y por lo menos una vez por semana y se fijará, además, en el Tribunal de Primera Instancia, Alcaldía y la Colecturía de Rentas Internas del Municipio donde se celebrará la Subasta y en la Colecturía más cercana del lugar de la residencia de la parte demandada. Que se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titularidad y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere, al crédito del ejecutante continuaran subsistentes. Se entenderá, que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos sin destinarse a su extinción el precio del remate. EN TESTIMONIO DE LO CUAL, expido el presente que firmo y sello, hoy día 06 de septiembre de 2016. SANDRALIZ MARTÍNEZ TORRES, ALGUACIL AUXILIAR #737, SALA SUPERIOR DE FAJARDO. LEGAL NOTICE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA SUPERIOR DE COAMO ORIENTAL BANK Y BANCO POPULAR DE PUERTO RICO COMO AGENTE DE SERVICIO Demandante Vs. JOSE ANTONIO TORRES LOPEZ, SU ESPOSA MARTA ENEIDA PASSALACQUA MATOS T/C/C MARTA ENEIDA PASALACQUA MATOS Y LA SOCIEDAD LEGAL DE BIENES GANANCIALES COMPUESTA POR AMBOS; ESTADOS UNIDOS DE AMERICA Demandados Civil Núm.: B2CI2016-00236. Sobre: COBRO DE DINERO Y EJECUCIÓN DE HIPOTECA POR LA VÍA ORDINARIA. EDICTO ANUNCIANDO PRIMERA, SEGUNDA Y TERCERA SUBASTA. El Alguacil que suscribe, funcionario del Tribunal de Coamo, de Puerto Rico, por la presente anuncia y hace saber al público en general que en cumplimiento con la Sentencia dictada en este caso con fecha 16 de junio de 2016, y según Orden y Mandamiento del 7 de septiembre de 2016 librado por este honorable Tribunal, procederé a vender en pública subasta al mejor postor, y por dinero en efectivo o cheque certificado a nombre del Alguacil del Tribunal con todo título derecho y/o interés de la parte demandada sobre la propiedad que se describe a continuación: URBANA: Solar F-13 de la urbanización Mansiones de Coamo, Puerto Rico, con una cabida de 407.22 metros cuadrados, equivalentes a 0.1036 cuerdas. Colindando por el NORTE, con el lote #F-14, en una distancia de 14.21 metros; por el SUR, con la calle #2, en una distancia de 11.00 metros y un arco de 4.71 metros; por el ESTE, con el lote #F-12, en una distancia de 25.00 metros; y por el OESTE, con la calle #2, en una distancia de 7.90 metros con un arco de 16.27 metros. Enclava una estructura para fines residenciales. FINCA NÚMERO: 14,831, inscrita al folio móvil del tomo 269 de Coamo, Registro de Barranquitas. DIRECCIÓN FÍSICA: MANSIONES DE COAMO F-13 COAMO, PR 00769. Se anuncia por medio de este edicto que la PRIMERA SUBASTA habrá de celebrarse el día 11 DE ENERO DE 2017, A LAS 10:30 DE LA MAÑANA, en mi oficina sita en el edificio que ocupa el Tribunal Superior de Puerto Rico, Sala Superior de Coamo. Siendo ésta la primera subasta que se celebrará en este caso, será el precio mínimo aceptable como oferta en la Primera Subasta, eso es el tipo mínimo pactado en la Escritura de Hipoteca para la propiedad, la suma de $152,800.00. De no haber remanente o adjudicación en esta primera subasta por dicha suma mínima, se celebrará una SEGUNDA SUBASTA el día 18 DE ENERO DE 2017, A LAS 10:30 DE LA MAÑANA, en el mismo lugar antes señalado en la cual el precio mínimo serán dos terceras (2/3) partes del tipo mínimo pactado en la Escritura de Hipoteca para la propiedad, la suma de $101,866.67. De no haber remanente o adjudicación en esta segunda subasta por el tipo mínimo indicado en el párrafo anterior, se celebrará una TERCERA SUBASTA en el mismo lugar antes señalado el día 25 DE ENERO DE 2017, A LAS 10:30 DE LA MAÑANA, en la cual el tipo mínimo aceptable como oferta será la mitad (1/2) del precio mínimo pactado en la Escritura de Hipoteca para la propiedad, la suma de $76,400.00. Si se declare desierta la tercera subasta se adjudicará la finca a favor del acreedor por la totalidad de la cantidad adeudada si ésta es igual o menor que el monto del tipo mínimo de la tercera subasta, si el tribunal lo estima conveniente. Se abonará dicho monto a la cantidad adeudada si ésta es mayor. Con el importe de esta venta se habrá de satisfacer el balance de la sentencia dictada en este caso el cual consiste en el pago de $119,314.87 de principal, más intereses convenidos al 8.2500% anual más recargos hasta su pago, más el pago de lo pactado en la sentencia para costas, gastos y honorarios de abogados. Se dispone que una vez celebrada la subasta y vendido el inmueble relacionado, el alguacil pondrá en posesión judicial a los nuevos dueños dentro del término de veinte (20) días a partir de la celebración de la Subasta. Si transcurren los referidos veinte (20) días, el tribunal podrá ordenar, sin necesidad de ulterior procedimiento, que se lleve a efecto el desalojo o lanzamiento del ocupante u ocupantes de la finca o de todos los que por orden o tolerancia del demandado/deudor la ocupen. El Alguacil de este Tribunal efectuará el lanzamiento de los ocupantes de ser necesario. Por la presente también se notifica e informa a Baxter Credit Union, por éstos contar con una hipoteca en garantía de un pagaré por la suma de $54,000.00, con intereses al 8% anual y a vencer el 23 de enero de 2022, inscrito al folio 100 del tomo 287 de Coamo, finca #14,831, inscripción 2da. También, se notifica e informa a los Estados Unidos de América por éstos contar con un embargo federal por la suma de $14,326.19, en el Libro de Embargos Federales número 3, en la página 17, asiento 4, con el número de notificación 669309425, con fecha 18 de mayo de 1993. Por la presente también se notifica e informa a Fulano de Tal y Sutano de Tal, personas desconocidas que puedan tener derechos en la propiedad o título objeto de este edicto. La Venta en Pública Subasta de la referida propiedad se verificará libre de toda carga y gravamen posterior que afecte la mencionada finca, a cuyo efecto se notifica y se hace saber la fecha, hora y sitio de la Primera, Segunda y Tercera Subasta, si eso fuera necesario, a los efectos de cualquier persona o personas con algún interés puedan comparecer a la celebración de dicha Subasta. Los autos y todos los documentos correspondientes al procedimiento del caso de epígrafe están disponibles en la Secretaría de este Tribunal durante horas laborables y para la concurrencia de los licitadores expido el presente Edicto que se publicará en un periódico de circulación diaria en toda la Isla de Puerto Rico por espacio dos (2) semanas y por lo menos una vez por semana y se fijará, además, en el Tribunal de Primera Instancia, Alcaldía y la Colecturía de Rentas Internas del Municipio donde se celebrará la Subasta y en la Colecturía más cercana del lugar de la residencia de la parte demandada. Que se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titularidad y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere, al crédito del ejecutante continuaran subsistentes. Se entenderá, que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos sin destinarse a su extinción el precio del remate. EN TESTIMONIO DE LO CUAL, expido el presente que firmo y sello, hoy día 19 de octubre de 2016. OMAR ROSA FUENTES, ALGUACIL, SALA SUPERIOR DE COAMO. LEGAL NOTICE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA SUPERIOR DE BAYAMÓN BANCO POPULAR DE PUERTO RICO Demandante Vs. ALEXANDER RIVERA ROBLES, SU ESPOSA BERNICE CAMACHO ALEJANDRO Y LA SOCIEDAD LEGAL DE BIENES GANANCIALES COMPUESTA POR AMBOS Demandados Civil Núm.: DCD2015-0582. (601). Sobre: COBRO DE DINERO Y EJECUCIÓN DE HIPOTECA POR LA VÍA ORDINARIA. EDICTO ANUNCIANDO PRIMERA, SEGUNDA Y TERCERA SUBASTA. El Alguacil que suscribe, funcionario del Tribunal de Bayamón, de Puerto Rico, por la presente anuncia y hace saber al público en general que en cumplimiento con la Sentencia dictada en este caso con fecha The San Juan Daily Star 14 de marzo de 2014, y según Orden y Mandamiento del 22 de agosto de 2016 librado por este honorable Tribunal, procederé a vender en pública subasta al mejor postor, y por dinero en efectivo o cheque certificado a nombre del Alguacil del Tribunal con todo título derecho y/o interés de la parte demandada sobre la propiedad que se describe a continuación: URBANA: Solar #99 de la urbanización Paisajes de Dorado, situado en el barrio Higuillar del municipio de Dorado, con una cabida de 364.948 metros cuadrados y de éstos existe un área utilizable de 346.748 metros cuadrados y un área de talud y/o pendiente de 18.200 metros. En linderos: NORTE, en 14.00 metros, con una servidumbre a favor de la Junta Reglamentadora de Telecomunicaciones de 1.52 metros y con la calle Sauce de la urbanización; por el SUR, en 14.00 metros lineales, con el solar 122; por el ESTE, con el solar 100, en 26.034 metros lineales; por el OESTE, con el solar 98, en 26.085 metros lineales. Enclava en este solar una casa de hormigón para fines residenciales de una planta, conteniendo sala, comedor, family room, cocina, área de lavandería, tres cuartos dormitorios, dos baños y una marquesina abierta para dos automóviles. FINCA NÚMERO: 13,149, inscrita al folio 102 del tomo 258 de Dorado, sección V de Bayamón. DIRECCIÓN FÍSICA: PAISAJES DE DORADO 99 SAUCE ST. DORADO, PR 00646. Se anuncia por medio de este edicto que la primera subasta habrá de celebrarse el día 12 DE ENERO DE 2017, A LAS 2:00 DE LA TARDE, en mi oficina sita en el edificio que ocupa el Tribunal Superior de Puerto Rico, Sala Superior de Bayamón. Siendo ésta la primera subasta que se celebrará en este caso, será el precio mínimo aceptable como oferta en la Primera Subasta, eso es el tipo mínimo pactado en la Escritura de Hipoteca para la propiedad, la suma de $220,001.00. De no haber remanente o adjudicación en esta primera subasta por dicha suma mínima, se celebrará una SEGUNDA SUBASTA el día 19 DE ENERO DE 2017, A LAS 2:00 DE LA TARDE, en el mismo lugar antes señalado en la cual el precio mínimo serán dos terceras (2/3) partes del tipo mínimo pactado en la Escritura de Hipoteca para la propiedad, la suma de $146,667.33. De no haber remanente o adjudicación en esta segunda subasta por el tipo mínimo indicado en el párrafo anterior, se celebrará una TERCERA SUBASTA en el mismo lugar antes señalado el día 26 DE ENERO DE 2017, A LAS 2:00 DE LA TARDE, en la cual el tipo mínimo aceptable como oferta será la mitad (1/2) del precio mínimo pactado en la Escritura de Hipoteca para la propiedad, la suma de $110,000.50. Si se declare desierta la tercera subasta se adjudicará la finca a favor del acreedor por la totalidad de la cantidad adeudada si ésta es igual o menor que el monto del tipo mínimo de la tercera subasta, si el tribunal lo estima conveniente. Se abonará dicho monto a la cantidad adeudada si ésta es mayor. Con el importe de esta venta se habrá de satisfacer el balance de la sentencia dictada en este caso el cual consiste en el pago de $195,747.94 de principal, más intereses convenidos al 5.5000% anual más recargos hasta su pago, más el pago de lo pactado en la sentencia para costas, gastos y honorarios de abogados. Se dispone que una vez celebrada la subasta y vendido el inmueble relacionado, el alguacil pondrá en posesión judicial a los nuevos dueños dentro del término de veinte (20) días a partir de la celebración de la Subasta. Si transcurren los referidos veinte (20) días, el tribunal podrá ordenar, sin necesidad de ulterior procedimiento, que se lleve a efecto el desalojo o lanzamiento del ocupante u ocupantes de la finca o de todos los que por orden o tolerancia del demandado/deudor la ocupen. El Alguacil de este Tribunal efectuará el lanzamiento de los ocupantes de ser necesario. Por la presente también se notifica e informa a Fulano de Tal y Sutano de Tal, personas desconocidas que puedan tener derechos en la propiedad o título objeto de este edicto. La Venta en Pública Subasta de la referida propiedad se verificará libre de toda carga y gravamen posterior que afecte la mencionada finca, a cuyo efecto se notifica y se hace saber la fecha, hora y sitio de la Primera, Segunda y Tercera Subasta, si eso fuera necesario, a los efectos de cualquier persona o personas con algún interés puedan comparecer a la celebración de dicha Subasta. Los autos y todos los documentos correspondientes al procedimiento del caso de epígrafe están disponibles en la Secretaría de este Tribunal durante horas laborables y para la concurrencia de los licitadores expido el presente Edicto que se publicará en un periódico de circulación diaria en toda la Isla de Puerto Rico por espacio dos (2) semanas y por lo menos una vez por semana y se fijará, además, en el Tribunal de Primera Instancia, Alcaldía y la Colecturía de Rentas Internas del Municipio donde se celebrará la Subasta y en la Colecturía más cercana del lugar de la residencia de la parte demandada. Que se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titularidad y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere, al crédito del ejecutante continuaran subsistentes. Se entenderá, que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos sin destinarse a su extinción el precio del remate. EN TESTIMONIO DE LO CUAL, expido el presente que firmo y sello, hoy día 29 de septiembre de 2016. EDGARDO E. VARGAS SAN- Monday, December 26, 2016 TANA, ALGUACIL, SALA SUPE- de Hipoteca para la propiedad, RIOR DE BAYAMÓN. la suma de $203,400.00. De no haber remanente o adjudicación en esta primera subasta por diLEGAL NOTICE cha suma mínima, se celebrará ESTADO LIBRE ASOCIADO DE una SEGUNDA SUBASTA el día PUERTO RICO TRIBUNAL DE 19 DE ENERO DE 2017, A LAS PRIMERA INSTANCIA SALA 2:45 DE LA TARDE, en el mismo SUPERIOR DE CAGUAS lugar antes señalado en la cual ORIENTAL BANK Y el precio mínimo serán dos terBANCO POPULAR DE ceras (2/3) partes del tipo míniPUERTO RICO COMO mo pactado en la escritura de hiAGENTE DE SERVICIO poteca, la suma de $135,600.00. De no haber remanente o adjudiDemandante Vs. cación en esta segunda subasta AMIN ALCIDES por el tipo mínimo indicado en GONZALEZ DURAN T/C/C el párrafo anterior, se celebrará AMIN A. GONZALEZ una TERCERA SUBASTA en el mismo lugar antes señalado el DURAN T/C/C AMIN día 26 DE ENERO DE 2017, A GONZALEZ DURAN, LAS 2:45 DE LA TARDE, en la SU ESPOSA DENISSE cual el tipo mínimo aceptable DIAZ GODINEAUX Y LA como oferta será la mitad (1/2) SOCIEDAD LEGAL DE del precio mínimo pactado en la BIENES GANANCIALES escritura de hipoteca, la suma de $101,700.00. Si se declare COMPUESTA POR desierta la tercera subasta se AMBOS adjudicará la finca a favor del Demandado acreedor por la totalidad de la Civil Núm.: ECD2015-1375. cantidad adeudada si ésta es Sobre: COBRO DE DINERO igual o menor que el monto del Y EJECUCIÓN DE HIPOTE- tipo mínimo de la tercera subasCA POR LA VÍA ORDINARIA. ta, si el tribunal lo estima conveEDICTO ANUNCIANDO PRI- niente. Se abonará dicho monto MERA, SEGUNDA Y TERCERA a la cantidad adeudada si ésta SUBASTA. El Alguacil que sus- es mayor. Con el importe de esta cribe, funcionario del Tribunal venta se habrá de satisfacer el de Caguas, Puerto Rico, por la balance de la sentencia dictada presente anuncia y hace saber al en este caso el cual consiste en público en general que en cum- el pago de $233,097.04 de prinplimiento con la Sentencia dic- cipal, más intereses convenidos tada en este caso con fecha 29 al 4.5000% anual más recargos de abril de 2016 y según Orden hasta su pago, más el pago de y Mandamiento del 17 de agosto lo pactado en la sentencia para de 2016 librado por este hono- costas, gastos y honorarios de rable Tribunal, procederé a ven- abogados. Estos balances son der en pública subasta al mejor los adeudados por concepto postor, y por dinero en efectivo, del préstamo modificado por la cheque certificado o giro postal suma de $237,400.00, suscrito a nombre del Alguacil del Tribu- el día 29 de noviembre de 2013. nal con todo título derecho y/o A su vez, con el importe de esta interés de la parte demandada venta se habrá de satisfacer el sobre la propiedad que se des- balance de la sentencia dictada cribe a continuación: URBANA: en este caso el cual consiste en Parcela de terreno identificada el pago de $20,930.47 de princomo solar #5 del bloque E de la cipal, más intereses convenidos Urbanización Arbolada radicada al 4.5000% anual más recargos en el barrio Bairoa del término hasta su pago, más el pago de municipal de Caguas, Puerto lo pactado en la sentencia para Rico, con una cabida superficial costas, gastos y honorarios de de 310.500 metros cuadrados. abogadosmás la suma para cosEn lindes por el NORTE, en tas, gastos y honorarios de abo13.50 metros con los solares gados, hasta el saldo total de la #22 y #23; por el SUR, en 13.50 obligación más otros cargos conmetros con la calle #3; por el forme al contrato de préstamo ESTE, en 23.00 metros con suscrito entre las partes. Estos el solar #4 y por el OESTE, en balances son los adeudados por 23.00 metros con el solar #6. concepto del préstamo modificaEnclava edificación. FINCA NÚ- do por la suma de $20,910.47 MERO: 41,240, inscrita al folio suscrito el día 29 de noviembre 54 del tomo 1182 de Caguas, de 2013. Se dispone que una sección I de Caguas. Dirección vez celebrada la subasta y venFísica: URB. ARBOLADA 5-E dido el inmueble relacionado, CALLE ROBLES CAGUAS, PR el alguacil pondrá en posesión 00727. Se anuncia por medio judicial a los nuevos dueños de este edicto que la PRIMERA dentro del término de veinte (20) SUBASTA habrá de celebrarse días a partir de la celebración el día 12 DE ENERO DE 2017, de la Subasta. Si transcurren A LAS 10:45 DE LA MAÑANA, los referidos veinte (20) días, el en mi oficina sita en el edificio tribunal podrá ordenar, sin neceque ocupa el Tribunal Superior sidad de ulterior procedimiento, de Puerto Rico, Sala Superior de que se lleve a efecto el desalojo Caguas. Siendo ésta la primera o lanzamiento del ocupante u subasta que se celebrará en ocupantes de la finca o de todos este caso, será el precio míni- los que por orden o tolerancia mo aceptable como oferta en la del demandado/deudor la ocuPrimera Subasta, eso es el tipo pen. El Alguacil de este Tribunal mínimo pactado en la Escritura efectuará el lanzamiento de los ocupantes de ser necesario. Por la presente también se notifica e informa a Newcon Caribbean Inc., Electromecanical Sate & Services Inc., por éstos contar con un embargo a su favor por la suma de $20,511.86, según Mandamiento expedido el 4 de octubre de 2013, anotado el 29 de octubre de 2013, al folio 119 del tomo 1742 de Caguas, finca #41,240, anotación C. También se notifica e informa a Popular Auto por éstos contar con una Sentencia a su favor por la suma de $18,162.70 sobre Cobro de Dinero por incumplimiento de contrato de arrendamiento financiero, anotado al folio 98, orden 2, sentencia #3. También, se notifica e informa a Fulano de Tal y Sutano de Tal, personas desconocidas que puedan tener derechos en la propiedad o título objeto de este edicto. La Venta en Pública Subasta de la referida propiedad se verificará libre de toda carga y gravamen posterior que afecte la mencionada finca, a cuyo efecto se notifica y se hace saber la fecha, hora y sitio de la Primera, Segunda y Tercera Subasta, si eso fuera necesario, a los efectos de cualquier persona o personas con algún interés puedan comparecer a la celebración de dicha Subasta. Los autos y todos los documentos correspondientes al procedimiento del caso de epígrafe están disponibles en la Secretaría de este Tribunal durante horas laborables y para la concurrencia de los licitadores expido el presente Edicto que se publicará en un periódico de circulación diaria en toda la Isla de Puerto Rico por espacio dos (2) semanas y por lo menos una vez por semana y se fijará, además, en el Tribunal de Primera Instancia, Alcaldía y la Colecturía de Rentas Internas del Municipio donde se celebrará la Subasta y en la Colecturía más cercana del lugar de la residencia de la parte demandada. Que se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titularidad y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere, al crédito del ejecutante continuaran subsistentes. Se entenderá, que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos sin destinarse a su extinción el precio del remate. EN TESTIMONIO DE LO CUAL, expido el presente que firmo y sello, hoy día 18 de octubre de 2016. JOSÉ M. RIVERA ORTIZ, ALGUACIL / PLACA #265, SALA SUPERIOR DE CAGUAS. T/C/C LUZ ENEIDA SANTOS RIVERA Y LA SOCIEDAD LEGAL DE BIENES GANANCIALES COMPUESTA POR AMBOS Demandados Civil Núm.: B3CI2013-00761. Sobre: COBRO DE DINERO Y EJECUCIÓN DE HIPOTECA POR LA VÍA ORDINARIA. EDICTO ANUNCIANDO PRIMERA, SEGUNDA Y TERCERA SUBASTA. El Alguacil que suscribe, funcionario del Tribunal de Comerío, Puerto Rico, por la presente anuncia y hace saber al público en general que en cumplimiento con la Sentencia dictada en este caso con fecha 24 de marzo de 2014, y según Orden y Mandamiento del 28 de mayo de 2014 librado por este honorable Tribunal, procederé a vender en pública subasta al mejor postor, y por dinero en efectivo o cheque certificado a nombre del Alguacil del Tribunal con todo título derecho y/o interés de la parte demandada sobre la propiedad que se describe a continuación: RUSTICA: Predio de terreno en el barrio Naranjo, Sector El Verde, Comerío Puerto Rico, que se identifica en el plano de inscripción como el solar #7 con una cabida superficial de 1965.20 metros cuadrados, en lindes por el NORTE, con terrenos de Luis Vázquez; por el SUR, con el área dedicado a uso público 2; por el ESTE, con solar #8; y por el OESTE, con solar #6. FINCA NÚMERO: 9,284, inscrita al folio 217 del tomo 145 de Comerío, Registro de Barranquitas. Dirección Física: Barrio Naranjo Sector El Verde Km 4 Hm 1 Carr. 791 (Solar 7) Comerío, PR 00782. Se anuncia por medio de este edicto que la PRIMERA SUBASTA habrá de celebrarse el día 13 DE ENERO DE 2017, A LAS 9:00 DE LA MAÑANA, en mi oficina sita en el edificio que ocupa el Tribunal Superior de Puerto Rico, Sala Superior de Comerío. Siendo ésta la primera subasta que se celebrará en este caso, será el precio mínimo aceptable como oferta en la Primera Subasta, eso es el tipo mínimo pactado en la Escritura de Hipoteca para la propiedad, la suma de $105,000.00. De no haber remanente o adjudicación en esta primera subasta por dicha suma mínima, se celebrará una SEGUNDA SUBASTA el día 20 DE ENERO DE 2017, A LAS 9:00 DE LA MAÑANA, en el mismo lugar antes señalado en la cual el precio mínimo serán dos LEGAL NOTICE terceras (2/3) partes del tipo míESTADO LIBRE ASOCIADO DE nimo pactado en la Escritura de PUERTO RICO TRIBUNAL DE Hipoteca para la propiedad, la PRIMERA INSTANCIA SALA suma de $70,000.00. De no haber remanente o adjudicación en SUPERIOR DE COMERÍO BANCO POPULAR DE esta segunda subasta por el tipo mínimo indicado en el párrafo PUERTO RICO anterior, se celebrará una TERDemandante Vs. CERA SUBASTA en el mismo luCARLOS ALBERTO gar antes señalado el día 27 DE HENRIQUEZ BAEZ, SU ENERO DE 2017, A LAS 9;00 DE ESPOSA LUZ ENEYDA LA MAÑANA, en la cual el tipo mínimo aceptable como oferta SANTOS RIVERA 19 Legal Notice será la mitad (1/2) del precio mínimo pactado en la Escritura de Hipoteca para la propiedad, la suma de $52,500.00. Si se declare desierta la tercera subasta se adjudicará la finca a favor del acreedor por la totalidad de la cantidad adeudada si ésta es igual o menor que el monto del tipo mínimo de la tercera subasta, si el tribunal lo estima conveniente. Se abonará dicho monto a la cantidad adeudada si ésta es mayor. Con el importe de esta venta se habrá de satisfacer el balance de la sentencia dictada en este caso el cual consiste en el pago de $91,614.79 de principal, más intereses convenidos al 7.0000% anual más recargos hasta su pago, más el pago de lo pactado en la sentencia para costas, gastos y honorarios de abogados. Se dispone que una vez celebrada la subasta y vendido el inmueble relacionado, el alguacil pondrá en posesión judicial a los nuevos dueños dentro del término de veinte (20) días a partir de la celebración de la Subasta. Si transcurren los referidos veinte (20) días, el tribunal podrá ordenar, sin necesidad de ulterior procedimiento, que se lleve a efecto el desalojo o lanzamiento del ocupante u ocupantes de la finca o de todos los que por orden o tolerancia del demandado/deudor la ocupen. El Alguacil de este Tribunal efectuará el lanzamiento de los ocupantes de ser necesario. Por la presente también se notifica e informa a Fulano de Tal y Sutano de Tal, personas desconocidas que puedan tener derechos en la propiedad o título objeto de este edicto. La Venta en Pública Subasta de la referida propiedad se verificará libre de toda carga y gravamen posterior que afecte la mencionada finca, a cuyo efecto se notifica y se hace saber la fecha, hora y sitio de la Primera, Segunda y Tercera Subasta, si eso fuera necesario, a los efectos de cualquier persona o personas con algún interés puedan comparecer a la celebración de dicha Subasta. Los autos y todos los documentos correspondientes al procedimiento del caso de epígrafe están disponibles en la Secretaría de este Tribunal durante horas laborables y para la concurrencia de los licitadores expido el presente Edicto que se publicará en un periódico de circulación diaria en toda la Isla de Puerto Rico por espacio dos (2) semanas y por lo menos una vez por semana y se fijará, además, en el Tribunal de Primera Instancia, Alcaldía y la Colecturía de Rentas Internas del Municipio donde se celebrará la Subasta y en la Colecturía más cercana del lugar de la residencia de la parte demandada. Que se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titularidad y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere, al crédito del ejecutante continuaran subsistentes. Se entenderá, que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos sin destinarse a su extinción el precio del remate. EN TESTIMONIO DE LO CUAL, expido el presente que firmo y sello, hoy día 8 de septiembre de 2016. JOSÉ JULIÁN ORTÍZ, ALGUACIL, SALA SUPERIOR DE COMERÍO. LEGAL NOTICE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA SUPERIOR DE HUMACAO SCOTIABANK DE PUERTO RICO Demandante vs. SUCESION DE JOSE ORLANDO SANTA ROSADO, COMPUESTA POR SUS PADRES FRANCISCO SANTA RAMIREZ Y CARMEN ROSADO DAVILA; FULANO DE TAL Y ZUTANO DE TAL, COMO HEREDEROS DESCONOCIDOS CON POSIBLE INTERÉS; DEPARTAMENTO DE HACIENDA, POR CONDUCTO DE LA DIVISIÓN DE CAUDALES RELICTOS; CENTRO DE RECAUDACION DE INGRESOS MUNICIPALES (“CRIM”); CYNTHIA ESTHER DIAZ RIVERA Demandados Civil Núm.: HSCI201600057. (206). Sobre: COBRO DE DINERO (EJECUCIÓN DE HIPOTECA POR LA VÍA ORDINARIA). EDICTO DE SUBASTA. AL: PÚBLICO EN GENERAL. A: A LA PARTE DEMANDADA. Yo, MARIA DEL PILAR RIVERA RIVERA, Alguacil Regional, Alguacil de este Tribunal, a la parte demandada y a los acreedores y personas con interés sobre la propiedad que más adelante se describe, y al público en general, HAGO SABER: Que el día 21 DE FEBRERO DE 2017, A LAS 11:00 DE LA MAÑANA en mi oficina, sita en el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Humacao, Humacao, Puerto Rico, venderé en Pública Subasta la propiedad inmueble que más adelante se describe y cuya venta en pública subasta se ordenó por la vía ordinaria al mejor postor quien hará el pago en dinero en efectivo, giro postal o cheque certificado a nombre del o la Alguacil del Tribunal de Primera Instancia. Los autos y todos los documentos correspondientes al procedimiento incoado, estarán de manifiesto en la Secretaría del Tribunal de Humacao durante horas laborables. Que en caso de no producir remate ni adjudicación en la primera subasta a celebrarse, se celebrará una SEGUNDA SUBASTA para la venta de la Legal Notice susodicha propiedad, el día 28 DE FEBRERO DE 2017, A LAS 11:00 DE LA MAÑANA y en caso de no producir remate ni adjudicación, se celebrará una TERCERA SUBASTA el día 7 DE MARZO DE 2017, A LAS 11:00 DE LA MAÑANA en mi oficina sita en el lugar antes indicado. La propiedad a venderse en pública subasta se describe como sigue: RÚSTICA: Solar número uno (1) radicado en el Barrio Candelero Arriba del término Municipal de Humacao, Puerto Rico, con una cabida superficial de TRESCIENTOS DIECISIETE PUNTO CERO DOS CERO SEIS (317.0206) METROS CUADRADOS, equivalentes a PUNTO CERO OCHO CERO SIETE (.0807) CUERDA. En lindes por el NORTE, con la Calle dedicada a Uso Público, en distancia de veinte punto dos mil trescientos veinticuatro (20.2324) metros; por el SUR, con Sucesión Cintrón, en veintitrés punto ocho mil ciento cuarenta y siete (23.8147) metros; por el ESTE, con ensanche de Carretera número tres (3) en distancia de catorce punto nueve mil setecientos nueve (14.9709) metros; y por el OESTE, con lote número dos (2), en distancia de catorce punto cuatro mil seiscientos sesenta y siete (14.4667) metros. La escritura de hipoteca se encuentra inscrita al folio 166 vuelto del tomo 578 de Humacao, finca número 26,120, inscripción tercera. La Subasta se llevará a efecto para satisfacer a la parte demandante la suma de $109,114.32 de principal, intereses al 3.50% anual, desde día 1ro. de julio de 2015, hasta su completo pago, más la cantidad de $11,375.00 estipulada para costas, gastos y honorarios de abogado y recargos acumulados, todas cuyas sumas están líquidas y exigibles. Que la cantidad mínima de licitación en la primera subasta para el inmueble será de $113,750.00 y de ser necesaria una segunda subasta, la cantidad mínima será equivalente a 2/3 partes de aquella, o sea, la suma de $75,833.33 y de ser necesaria una tercera subasta, la cantidad mínima será la mitad del precio pactado, es decir, la suma de $56,875.00. La propiedad se adjudicará al mejor postor, quien deberá satisfacer el importe de su oferta en moneda legal y corriente de los Estados Unidos de América en el momento de la adjudicación y que todo licitador acepta como bastante la titularidad y que las cargas y gravámenes preferentes, si los hubiese, continuarán subsistentes, entendiéndose que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio del remate. La propiedad a ser ejecutada se adquirirá libre de cargas y gravámenes posteriores. EN TESTIMONIO DE LO CUAL, expido el presente Edicto para conocimiento y comparecencia de los licitadores, bajo mi firma y sello del Tribunal, en Humacao, Puerto Rico, a 29 20 de septiembre de 2016. MARIA DEL PILAR RIVERA RIVERA, ALGUACIL REGIONAL, ALGUACIL DEL TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, SALA SUPERIOR DE HUMACAO. SONIA GUASP LOZA, ALGUACIL AUXILIAR #653. LEGAL NOTICE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA SUPERIOR DE HUMACAO SCOTIABANK DE PUERTO RICO Demandante Vs. SUCESION DE CARLOS ENRIQUE GARCIA ANGLADA, TAMBIÉN CONOCIDO COMO CARLOS GARCIA ANGLADA, COMPUESTA POR SUS HIJOS CARLOS ANDRES GARCIA MATIENZO Y MARIELLA CRISTINA GARCIA MATIENZO; SARIBEL MATIENZO ECHEVARRIA, TAMBIÉN CONOCIDA COMO SARIBEL M. MATIENZO ECHEVARRIA, SARIBEL MATIENZO Y SARIBEL MARGARITA MATIENZO POR SÍ Y EN CUANTO A LA CUOTA VIUDAL USUFRUCTUARIA; DEPARTAMENTO DE HACIENDA POR CONDUCTO DE LA DIVISIÓN DE CAUDALES RELICTOS; CENTRO DE RECAUDACION DE INGRESOS MUNICIPALES (“CRIM”) Demandados Civil Núm.: HSCI201500074. (207). Sobre: COBRO DE DINERO (EJECUCIÓN DE HIPOTECA POR LA VÍA ORDINARIA). EDICTO DE SUBASTA. AL: PÚBLICO EN GENERAL. A: A LA PARTE DEMANDADA; ASOCIACION DE PROPIETARIOS DE LA URBANIZACION LOS SAUCES, POR TENER SENTENCIA ANOTADA A SU FAVOR POR LA SUMA DE $3,040.28. Yo, MARIA DEL PILAR RIVERA RIVERA, Alguacil Regional, Alguacil de este Tribunal, a la parte demandada y a los acreedores y personas con interés sobre la propiedad que más adelante se describe, y al público en general, HAGO SABER: Que el día 21 DE FEBRERO DE 2017, A LAS 11:30 DE LA MAÑANA en mi oficina, sita en el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Humacao, Humacao, Puerto Rico, venderé en Pública Subasta la propiedad inmueble The San Juan Daily Star Monday, December 26, 2016 que más adelante se describe y cuya venta en pública subasta se ordenó por la vía ordinaria al mejor postor quien hará el pago en dinero en efectivo, giro postal o cheque certificado a nombre del o la Alguacil del Tribunal de Primera Instancia. Los autos y todos los documentos correspondientes al procedimiento incoado, estarán de manifiesto en la Secretaría del Tribunal de Humacao durante horas laborables. Que en caso de no producir remate ni adjudicación en la primera subasta a celebrarse, se celebrará una SEGUNDA SUBASTA para la venta de la susodicha propiedad, el día 28 DE FEBRERO DE 2017, A LAS 11:30 DE LA MAÑANA y en caso de no producir remate ni adjudicación, se celebrará una TERCERA SUBASTA el día 7 DE MARZO DE 2017, A LAS 11:30 DE LA MAÑANA en mi oficina sita en el lugar antes indicado. La propiedad a venderse en pública subasta se describe como sigue: URBAN: HORIZONTAL PROPERTY: Apartment number Four Hundred Eleven (411) of irregular shape located on the first floor of Building number Four dash B (4-B), MARALAGO CONDOMINIUM, located at Palmas del Mar in Candelero Ward in the Municipality of Humacao, Puerto Rico. This apartment has an approximate area of TWO THOUSAND ONE HUNDRED TWENTY SEVEN POINT NINE HUNDRED SEVENTY NINE (2,127.979) SQUARE FEET, equivalent to ONE HUNDRED NINETY SEVEN POINT SEVEN SIX SEVEN SIX (197.7676) SQUARE METERS. Its boudaries are as follows: by the NORTH, in a distance of eight feet three inches (80’ 3”), with common elements; by the SOUTH, in a distance of eighty feet three inches (80’ 3”), with the corridor and with apartment number Four Hundred Twelve (412); by the EAST, in a distance of thirty six feet six and a half inches (33’ 6 ½”), with the back yard of said apartment; and by the WEST, in a distance of thirty three feet nine inches (33’ 9”), with common elements. Main entrance: The main entrance is located on the Southern side of the apartment leading directly to the exterior of the building. This apartment consists of a living/dining room, a breakfast nook, a terrace, a kitchen, a den, a bathroom, a linen closet, a laundry closet, a guest room with a walk-in-closet, a bathroom, a balcony, and its own entrance to the apartment, located at the same boundary as the main entrance, and the master bedroom with a master bathroom with a whirlpool, a walk-in-closet and a balcony. Back Yard: This apartment has the right of the exclusive use of a back yard with an approximate area of three hundred eleven point five hundred eighty three (311.583) square feet, equivalent to twenty eight point nine five seven five (28.9575) square meters as a limited common element. Common elements: This apartment has as part and appurtenant one point five six cero five percent (1.5605%) of the common elements of the condominium. Parking spaces: It also has as part and appurtenant to it as a common limited element two parking spaces, in the parking area identified with the unit designation followed by the letters “A” and “B”. Closet: And one closet identified with the unit designation followed by the number five (5). La escritura de hipoteca se encuentra inscrita al folio 6 vuelto del tomo 621 de Humacao, finca número 26,618, inscripción tercera. La Subasta se llevará a efecto para satisfacer a la parte demandante la suma de $494,426.21 de principal, intereses al 5 3/4% anual, desde día 1ro. de junio de 2014, hasta su total y completo pago, más la cantidad de $53,399.00 estipulada para costas, gastos y honorarios de abogado y recargos acumulados, todas cuyas sumas están líquidas y exigibles. Que la cantidad mínima de licitación en la primera subasta para el inmueble será de $573,990.00 y de ser necesaria una segunda subasta, la cantidad mínima será equivalente a 2/3 partes de aquella, o sea, la suma de $382,660.00 y de ser necesaria una tercera subasta, la cantidad mínima será la mitad del precio pactado, es decir, la suma de $286,995.00. La propiedad se adjudicará al mejor postor, quien deberá satisfacer el importe de su oferta en moneda legal y corriente de los Estados Unidos de América en el momento de la adjudicación y que todo licitador acepta como bastante la titularidad y que las cargas y gravámenes preferentes, si los hubiese, continuarán subsistentes, entendiéndose que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio del remate. La propiedad hipotecada a ser vendida en pública subasta se encuentra afecta al siguiente gravamen posterior: Sentencia, dictada el 25 de abril de 2013 por el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Humacao, en el caso Civil número HACI201300322, seguido por la Asociación de Propietarios de la Urbanización Los Sauces versus Carlos García, Fulana de Tal y la Sociedad de Gananciales compuesta por ambos, por la suma de $3,040.28, más otras sumas, presentado el día 30 de julio de 2014 anotada al folio 15 del Libro de Sentencias, número 9, Registro de la Propiedad de Humacao. La propiedad a ser ejecutada se adquirirá libre de cargas y gravámenes posteriores. EN TESTIMONIO DE LO CUAL, expido el presente Edicto para conocimiento y comparecencia de los licitadores, bajo mi firma y sello del Tribunal, en Humacao, Puerto Rico, a 29 de septiembre de 2016. MARIA DEL PILAR RIVERA RIVERA, ALGUACIL REGIONAL, ALGUACIL DEL TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, SALA SUPERIOR DE HUMACAO. JENNISA GARCÍA MORALES, ALGUACIL AUXILIARY PLACE #796. LEGAL NOTICE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA SUPERIOR DE RÍO GRANDE ROOSEVELT CAYMAN ASSET COMPANY Parte Demandante Vs. NELSON RIOS KOCK Y SU ESPOSA ROSEMARY PARDO HERNANDEZ T/C/C ROSE MARIE PARDO HERNANDEZ Y LA SOCIEDAD LEGAL DE BIENES GANANCIALES COMPUESTA POR AMBOS Parte Demandada Civil Núm.: FCCI2012-00189. Salon Núm.: 4. Sobre Acción Civil De: COBRO DE DINERO Y EJECUCIÓN DE HIPOTECA POR LA VÍA ORDINARIA. AVISO DE SUBASTA. A: NELSON RIOS KOCK Y SU ESPOSA ROSEMARY PARDO HERNANDEZ T/C/C ROSE MARIE PARDO HERNANDEZ Y LA SOCIEDAD LEGAL DE BIENES GANANCIALES COMPUESTA POR AMBOS; CONSEJO DE TITULARES DEL CONDOMINIO AQUATIKA; Y AL PUBLICO EN GENERAL: El que suscribe, Alguacil del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior, Centro Judicial de Carolina, Carolina, Puerto Rico, hago saber a la parte demandada, al PUBLICO EN GENERAL; y a todos los nombres de los acreedores que tengan inscritos o anotados sus derechos sobre los bienes hipotecados con posterioridad a la inscripción del crédito del ejecutante, o de los acreedores de cargas o derechos reales que los hubiesen pospuesto a la hipoteca ejecutada y las personas interesadas en, o con derecho a exigir el cumplimiento de instrumentos negociables garantizados hipotecariamente con posterioridad al crédito ejecutado, siempre que surjan de la certificación registral, para que puedan concurrir a la subasta si les convenga o satisfacer antes del remate el importe del crédito, de sus intereses, costas y honorarios de abogados asegurados, quedando entonces subrogados en los derechos del acreedor ejecutante: CONSEJO DE TITULARES DEL CONDOMINIO AQUATIKA DEL CONDOMINIO AQUITIKA: A cuyo favor aparece inscrita una Anotación de Sentencia Caso #FCCI2012-00245, sobre Cobro de Dinero (Regla 60), seguido por Consejo de Titulares del Condominio Aquatika versus Nelson Ríos Kock, su esposa Rose Marie Pardo Hernández y la sociedad legal de bienes gananciales, Orden de fecha 18 de junio de 2014, en el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Loíza, por la suma de $2,992.14, más intereses y otros cargos, etc. Anotado al folio 123 del tomo 236 (ágora) de Loíza, finca #10,775, anotación B. Que en cumplimiento del Mandamiento de Ejecución de Sentencia expedido el día 13 de junio de 2016, por la Secretaria del Tribunal, procederé a vender y venderé en pública subasta y al mejor postor la propiedad que se describe a continuación: URBANA: Apartamento #2002. Propiedad horizontal: Apartamento residencial de esquina de forma irregular, localizado en el segundo piso del edificio A-10 del Condominio Aquatika, situado en la carretera número 187, kilómetro 6, hectómetro 1, en el Barrio Medianía Alta de Loíza, Puerto Rico, con un área de 1,168.00 pies cuadrados. Colinda por el NORTE, con área común exterior; por el SUR, con área común y el apartamento #1902; por el ESTE, con área de estacionamiento exterior del condominio y por el OESTE, con área común recreativa exterior del condominio. Tiene puerta de entrada al lado Sur que conduce a área común de descanso de escaleras del condominio y puerta de cristal doble de salida en el lado Oeste que abre al balcón del apartamento. Consta dicho apartamento de un área para una sala, un comedor, una cocina, un pasillo principal en el cual están localizados un laundry closet, un baño, dos dormitorios con respectivos guardarropas, un dormitorio principal con su guardarropa “walk-in-closet” y su baño y un balcón. A este apartamento le corresponden y se le adjudican como elemento común limitado dos estacionamientos identificados numéricamente 2002. A este apartamento le corresponde una participación de 0.0037768% en los elementos comunes generales del condominio. Presentada al asiento 618 del diario 236, pendiente de inscripción, es una segregación de la finca número 10,237, inscrita al folio 133 del tomo 230 de Loíza, Registro de la Propiedad de Carolina, Sección Tercera. La antes mencionada finca consta inscrita al folio 133 del tomo 230 (ágora) de Loíza, Registro de la Propiedad de Carolina, Sección Tercera, finca número 10,775. El producto de la subasta se destinará a satisfacer al demandante hasta donde alcance, la SENTENCIA dictada a su favor, el día 30 de abril de 2013, en el presente caso civil, a saber la suma de $168,025.28 y $42,006.00 de principal, más intereses al 7-1/8% anual desde el día 1ro. de septiembre de 2011, más la suma de $17,600.00 y $4,400.00, por concepto de honorarios de abogado y costas autorizadas por el Tribunal, más las cantidades que se adeudan mensualmente a partir del día 1ro. de octubre de 2011, por concepto de seguro hipotecario, cargos por demora, más cualesquiera otros adelantos que se hagan en virtud de la escritura de hipoteca. La adjudicación se hará al mejor postor, quien deberá consignar el importe de su oferta en el acto mismo de la adjudicación, en efectivo (moneda del curso legal de los Estados Unidos de América), giro postal o cheque certificado a nombre del alguacil del Tribunal. LA PRIMERA subasta se llevará a efecto el día 3 DE FEBRERO DE 2017 A LAS 12:00 DE LA TARDE, en la oficina del referido Alguacil, localizada en el Centro Judicial de Carolina, Carolina, Puerto Rico. Que el precio mínimo fijado para la PRIMERA SUBASTA es la suma de $176,000.00 y $44,000.00 para un total de $220,000.00. Que de ser necesaria la celebración de una SEGUNDA SUBASTA, la misma se llevará a efecto el día 10 DE FEBRERO DE 2017 A LAS 12:00 DE LA TARDE, en la oficina antes mencionada del Alguacil que suscribe. El precio mínimo para la SEGUNDA SUBASTA será la suma de $117,333.33 y $29,333.33 para un total de $146,666.66, equivalentes a dos terceras (2/3) partes del tipo mínimo estipulado para la PRIMERA subasta. Que de ser necesaria la celebración de una TERCERA SUBASTA, la misma se llevará a efecto el día 17 DE FEBRERO DE 2017 A LAS 12:00 DE LA TARDE, en la oficina antes mencionada del Alguacil que suscribe. El precio mínimo para la TERCERA SUBASTA será la suma de $88,000.00 y $22,000.00 para un total de $110,000.00, equivalentes a la mitad (1/2) del tipo mínimo estipulado para la PRIMERA subasta. Si se declarase desierta la tercera subasta, se adjudicará la finca a favor del acreedor por la totalidad de la cantidad adeudada si ésta es igual o menor que el monto del tipo de la tercera subasta, si el Tribunal lo estima conveniente; se abonará dicho monto a la cantidad adeudada si esta es mayor, todo ello a tenor con lo dispone el Articulo 104 de la Ley Núm. 210 del 8 de diciembre de 2015 conocida como “Ley del Registro de la Propiedad Inmueble del Estado Libre Asociado de Puerto Rico”. La propiedad a ser ejecutada se adquiere libre de toda carga y gravamen que afecte la mencionada finca según el Artículo 102, inciso 6. Una vez confirmada la venta judicial por el Honorable Tribunal, se procederá a otorgar la correspondiente escritura de venta judicial y se pondrá al comprador en posesión física del inmueble de conformidad con las disposiciones de Ley. Para conocimiento de la parte demandada y de toda aquella persona o personas que tengan interés inscrito con posterioridad a la inscripción del gravamen que se está ejecutando, y para conocimiento de todos los licitadores y el público en general, el presente Edicto se publicará por espacio de dos (2) se- manas consecutivas, con un intervalo de por lo menos siete días entre ambas publicaciones, en un diario de circulación general en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico y se fijará además en tres (3) lugares públicos del Municipio en que ha de celebrarse dicha venta, tales como la Alcaldía, el Tribunal y la Colecturía. Los acreedores que tengan inscritos o anotados sus derechos sobre los bienes hipotecados con posterioridad a la inscripción del crédito del ejecutante, o los acreedores de cargas o derechos reales que los hubiesen pospuesto a la hipoteca ejecutada y las personas interesadas en, o con derecho a exigir el cumplimiento de instrumentos negociables garantizados hipotecariamente con posterioridad al crédito ejecutado pueden concurrir a la subasta si les convienen o satisfacer antes del remate el importe del crédito, de sus intereses, costas y honorarios de abogados asegurados, quedando entonces subrogados en los derechos del acreedor ejecutante. Se les informa, por último, que: a. Que los autos y todos los documentos correspondientes al procedimiento incoado estarán de manifiesto en la secretaría del tribunal durante las horas laborables. b. Que se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titularidad y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere, al crédito del ejecutante continuarán subsistentes. Se entenderá, que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio del remate. EXPIDO, el presente EDICTO, en Carolina, Puerto Rico, hoy día 1 de diciembre de 2016. MANUEL VILLAFAÑE BLANCO, ALGUACIL, DIVISIÓN DE SUBASTAS, TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, SALA SUPERIOR DE CAROLINA. LEGAL NOTICE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE CAROLINA SALA SUPERIOR ROOSEVELT CAYMAN ASSET COMPANY Parte Demandante Vs. DOMINICK SANTIAGO Y SU ESPOSA BLANCA TORRES SANTIAGO Y LA SOCIEDAD LEGAL DE GANANCIALES CONSTITUIDA POR ESTOS Parte Demandada Civil Núm.: FCD2010-0154. Salon Núm.: 408. Sobre Acción Civil De: EJECUCIÓN DE HIPOTECA POR LA VÍA ORDINARIA IN REM. AVISO DE SUBASTA. A: DOMINICK SANTIAGO Y SU ESPOSA BLANCA TORRES SANTIAGO Y LA SOCIEDAD LEGAL The San Juan Daily Star DE GANANCIALES CONSTITUIDA POR ESTOS; Y AL PUBLICO EN GENERAL: El que suscribe, Alguacil del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior, Centro Judicial de Carolina, Carolina, Puerto Rico, hago saber, a la parte demandada como titular registral de la propiedad y al PUBLICO EN GENERAL: Que en cumplimiento del Mandamiento de Ejecución de Sentencia expedido el día 25 de mayo de 2016, por la Secretaria del Tribunal, procederé a vender y venderé en pública subasta y al mejor postor la propiedad que ubica y se describe a continuación: URBANA: Horizontal Property: Apartment #470. Individualized one bedroom apartment of reinforced concrete, concrete blocks for residential use; situated in the municipality of Carolina, Puerto Rico, identified with #470, located on the North part of the four floor of the building known as ESJ Towers Condominium. This apartment has an area of approximately 732.00 square feet, and is bounded by the NORTH, by the interior wall of the building that separated it from apartment #472; by the WEST, by the interior wall which separates it from the common hallway; on the SOUTH; by the interior wall which separates it from apartment #468; by the EAST, exterior wall of the building. The entrance to this apartment communicates with a common use hallway and common use stairway, elevators and grounds that give access to State Road #187. This apartment consists of an entrance foyer; kitchen, combination, living-dinning area with one closet, balcony, small corridor with a closet, bathrooms, with a walk-in-closet. This apartment has an appurtenant to it .234627% of common elements of the property. This apartment has a part and appurtenant to it parking space for one automobile located in a parking space is duly identified with the number of this apartment. Inscrita al folio 128 del tomo 601 de Carolina, finca número 31,751, Registro de la Propiedad de Carolina, Sección Primera. El producto de la subasta se destinará a satisfacer al demandante hasta donde alcance, la suma de $302,568.17 rebajada mediante plan de pagos en la corte de quiebra a la suma de $297,461.41 de principal, más intereses al 6.50% anual desde el día 1ro. de noviembre de 2011, más la suma de $31,500.00, por concepto de honorarios de abogado y costas autorizadas por el Tribunal, más las cantidades que se adeudan mensualmente desde la fecha antes mencionada, por concepto de seguro hipotecario, cargos por demora, más cualesquiera otros adelantos que se hagan en virtud de la escritura de hipoteca, todo ello, según surge de la SENTENCIA dictada en este caso el 7 de octubre de 2010. La adjudicación se hará al mejor postor, quien deberá consignar el importe de su oferta en el acto mismo de la adjudicación, en efectivo (moneda del curso legal de los Estados Unidos de América), giro postal o cheque certificado a nombre del alguacil del Tribunal. LA PRIMERA SUBASTA se llevará a efecto el día 3 DE FEBRERO DE 2017 A LAS 11:00 DE LA MAÑANA, en la oficina del referido Alguacil, localizada en el Centro Judicial de Carolina, Carolina, Puerto Rico. Que el precio mínimo fijado para la PRIMERA SUBASTA es de $315,000.00. Que de ser necesaria la celebración de una SEGUNDA SUBASTA la misma se llevará a efecto el día 10 DE FEBRERO DE 2017 A LAS 11:00 DE LA MAÑANA, en la oficina antes mencionada del Alguacil que suscribe. El precio mínimo para la SEGUNDA SUBASTA será de $210,000.00, equivalentes a dos terceras (2/3) partes del tipo mínimo estipulado para la PRIMERA subasta. Que de ser necesaria la celebración de una TERCERA SUBASTA la misma se llevará a efecto el día 17 DE FEBRERO DE 2017 A LAS 11:00 DE LA MAÑANA, en la oficina antes mencionada del Alguacil que suscribe. El precio mínimo para la TERCERA SUBASTA será de $157,500.00, equivalentes a la mitad (1/2) del tipo mínimo estipulado para la PRIMERA subasta. Si se declarase desierta la tercera subasta, se adjudicará la finca a favor del acreedor por la totalidad de la cantidad adeudada si ésta es igual o menor que el monto del tipo de la tercera subasta, si el Tribunal lo estima conveniente; se abonará dicho monto a la cantidad adeudada si esta es mayor, todo ello a tenor con lo dispone el Articulo 104 de la Ley Núm. 210 del 8 de diciembre de 2015 conocida como “Ley del Registro de la Propiedad Inmueble del Estado Libre Asociado de Puerto Rico”. La propiedad a ser ejecutada se adquiere libre de toda carga y gravamen que afecte la mencionada finca según el Artículo 102, inciso 6. Una vez confirmada la venta judicial por el Honorable Tribunal, se procederá a otorgar la correspondiente escritura de venta judicial y se pondrá al comprador en posesión física del inmueble de conformidad con las disposiciones de Ley. Para conocimiento de la parte demandada como titular registral de la propiedad y de toda aquella persona o personas que tengan interés inscrito con posterioridad a la inscripción del gravamen que se está ejecutando, y para conocimiento de todos los licitadores y el público en general, el presente Edicto se publicará por espacio de dos (2) semanas consecutivas, con un intervalo de por lo menos siete días entre ambas publicaciones, en un diario de circulación general en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico y se fijará además en tres (3) lugares públicos del Municipio en que ha de celebrarse dicha venta, tales como Monday, December 26, 2016 la Alcaldía, el Tribunal y la Colecturía. Se les informa, por último, que: a. Que los autos y todos los documentos correspondientes al procedimiento incoado estarán de manifiesto en la secretaría del tribunal durante las horas laborables. b. Que se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titularidad y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere, al crédito del ejecutante continuarán subsistentes. Se entenderá, que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio del remate. EXPIDO, el presente EDICTO, en Carolina, Puerto Rico, hoy día 1 de diciembre de 2016. MANUEL VILLAFAÑE BLANCO, ALGUACIL, DIVISIÓN DE SUBASTAS, TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, SALA SUPERIOR DE CAROLINA. LEGAL NOTICE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA SUPERIOR DE SAN JUAN FIRSTBANK PUERTO RICO Demandante V. NESTOR MILLAN ALVAREZ Demandados Civil Núm.: KCD2016-1041. (506). Sobre: COBRO DE DINERO Y EJECUCIÓN DE HIPOTECA POR LA VÍA ORDINARIA. AVISO DE VENTA EN PÚBLICA SUBASTA. Yo, DIANA I. NAVARRO CRUZ, Alguacil Supervisor de la División de Subastas del Centro Judicial de SAN JUAN, a los demandados y al público en general les notifico que, cumpliendo con un Mandamiento que se ha librado en el presente caso por el Secretario del Tribunal de epígrafe con fecha 23 de noviembre de 2016 y para satisfacer la Sentencia por la cantidad de $223,546.53 de principal, dictada en el caso de autos el 14 de septiembre de 2016, y notificada el 19 de septiembre de 2016, procederé a vender en pública subasta, al mejor postor en pago de contado y en moneda del curso legal de los Estados Unidos de América, mediante efectivo, giro o cheque certificado a nombre del Alguacil de este Tribunal todo derecho, título e interés que hayan tenido tengan o puedan tener los deudores demandados en cuanto a la propiedad localizada en: en el Municipio de San Juan, Puerto Rico, el bien inmueble se describe a continuación: Unit 4, Yale Apartments, Urb. Santa Ana, San Juan, PR. URBANA: PROPIEDAD HORIZONTAL: Apartamento residencial número cuatro (4) tiene forma irregular, constituido por tres niveles, localizado en la primera, segunda y tercera planta del edificio YALE APARTMENTS, que esta situado en la Urbanización Santa Ana del término municipal de San Juan, Puerto Rico. Este apartamento consta de tres niveles, dos habitaciones con sus respectivos closets, una sala-comedor, cocina, cuatro baños, laundry, tres baños esta equipado con bañera, lavamanos y servicio sanitario el otro con lavamanos y servicio sanitario. El primer nivel de este apartamento consta de de cocina, sala, comedor medio baño, laundry, patio y estacionamiento y escalera al segundo y tercer nivel, siendo los linderos del primer nivel tiene este apartamento son, por el NORTE, con el apartamento número tres en una distancia de once punto doce metros (11.12m); por el SUR, con Industrial Zone en una distancia de once punto treinta y seis metros (11.36m), por el ESTE, con YALE A guión Quince (A-15), en una distancia de cuatro punto noventa y un metros (4.91m); por el OESTE, con elemento común, en una distancia de cinco punto treinta metros (5.30m). El Segundo Nivel de este apartamento consta de dos cuartos con sus respectivos closets, dos baños completos, pasillo y escalera al tercer nivel. Los linderos del segundo nivel de este apartamento son: por el NORTE, con el apartamento número seis, en una distancia de once punto treinta y seis metros (11.36m); por el SUR, con elemento exterior, en una distancia de once punto treinta y seis metros (11.36m); por el ESTE, con elementos exteriores en una distancia de cinco punto cuarenta y tres metros (5.43m); por el OESTE, con elementos exteriores, en una distancia de cinco punto treinta metros (5.30m). El tercer nivel de este apartamento consta de un estudio, un baño, closet y una habitación los linderos del tercer nivel de este apartamento son: por el NORTE, con azotea, en una distancia de once punto treinta y seis metros (11.36m) por el SUR, con elemento exterior, en una distancia de once punto treinta y seis metros (11.36m); por el ESTE, con elementos exteriores en una distancia de cinco punto cuarenta y tres metros (5.43m) por el OESTE con elementos exteriores, en una distancia de cinco punto treinta metros (5.30m). Todos los niveles están conectados por una escalera localizada en el interior del apartamento. El area del primer nivel del apartamento es de CIENTO SEIS PUNTO CUARENTA Y DOS METROS CUADRADOS (106.42mc). El area del Segundo Nivel de apartamento es de CINCUENTA PUNTO DIECISEIS METROS CUADRADOS (50.16mc). El area del tercer nivel del apartamento es de CINCUENTA Y CINCO PUNTO SESENTA Y CUATRO METROS CUADRADOS (55.64mc). El area total del apartamento es de DOSCIENTOS PUNTO VEINTIDOS METROS CUADRADOS (212.22mc). La puerta de entrada a este apartamento esta situada en su lindero OESTE y por ella se sale al area interior de circulación del proyecto. Este apartamento tiene una participación de VEINTISEIS PUNTO CERO TREINTA Y NUEVE POR CIENTO (26.039%), en los elementos comunes generales del proyecto. Se hace constar que el area total del apartamento es de DOSCIENTOS DOCE PUNTO VEINTIDOS METROS CUADRADOS (212.22mc) y no como se expresara anteriormente. Consta inscrita al folio 94 del tomo 1475 de Rio Piedras Norte, finca 40253, al Registro de la Propiedad de San Juan, Sección II. Con el importe de dicha venta se habrá de satisfacer a la parte demandante las cantidades adeudadas, según la Sentencia dictada en el caso de epígrafe, por el Tribunal de Primera Instancia, Sala de SAN JUAN, cuyas cantidades son las siguientes: $223,546.53 de principal, 5.50% de intereses, los cuales continúan acumulándose hasta el saldo total de la deuda; $279.92 de gastos por mora, los cuales continúan acumulándose hasta el saldo total de la deuda; mas costas, gastos y honorarios de abogado. El tipo mínimo para la subasta será la suma de tasación pactada, la cual es $245,600.00 para la propiedad descrita. Si no produjere remate o adjudicación la primera subasta, se procederá a una segunda subasta y servirá de tipo mínimo la cantidad de $163,733.33. Si tampoco hubiere remate ni adjudicación en esta segunda subasta, se procederá a una tercera subasta, en ésta el tipo mínimo será la cantidad de $122,800.00. Para el lote descrito, la PRIMERA SUBASTA se llevará a cabo el 09 DE FEBRERO DE 2017 A LAS 9:00 DE LA MAÑANA. De no comparecer postor alguno se llevará a efecto una SEGUNDA SUBASTA el 16 DE FEBRERO DE 2017 A LAS 9:00 DE LA MAÑANA. De no comparecer postor alguno se llevará a cabo una TERCERA SUBASTA el 27 DE FEBRERO DE 2017 A LAS 9:00 DE LA MAÑANA. La subasta o subastas antes indicadas se llevarán a efecto en mi oficina, localizada en el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de SAN JUAN. Se advierte a los licitadores que la adjudicación se hará al mejor postor, quien deberá consignar el importe de su oferta en el mismo acto de la adjudicación en moneda de curso legal de los Estados Unidos de Norteamérica y para conocimiento de la parte demandada y de toda(s) aquella(s) persona(s) que tengan interés inscrito con posterioridad a la inscripción del gravamen que se está ejecutando, y para conocimiento de los licitadores y el público en general y para su publicación en un periódico de circulación general, una vez por semana durante el término de dos (2) semanas consecutivas con un intervalo de por lo menos siete (7) días entre ambas publicaciones, y para su fijación en tres (3) lugares públicos del municipio en que ha de celebrarse la venta, tales como, la Alcaldía, el Tribunal y la Colecturía y se le notificará además a la parte demandada vía correo certificado con acuse de recibo a la última dirección conocida. La propiedad a ser ejecutada se adquirirá libre de cargas y gravámenes posteriores, previa orden judicial dirigida al Registrador de la Propiedad de la sección correspondiente para la cancelación de aquellos posteriores. Se les advierte a todos los interesados que todos los documentos relacionados con la presente acción de ejecución de hipoteca, así como la de la subasta, estarán disponibles para ser examinados, durante horas laborables, en la Secretaría del Tribunal. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titularidad y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere, al crédito del ejecutante, continuarán subsistentes; entendiéndose que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio del remate. Y para conocimiento de los demandados, de los acreedores posteriores, de los licitadores, partes interesadas y público en general, expido el presente Aviso para su publicación en los lugares públicos correspondientes. Librado en SAN JUAN, Puerto Rico, a 08 de diciembre de 2016. DIANA I. NAVARRO CRUZ, ALGUACIL. LEGAL NOTICE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE SAN JUAN SALA SUPERIOR CITIMORTGAGE INC. Demandante V. MARÍA CELIA DÍAZ DÍAZ Demandada Civil Núm.: KCD08-3398. (902). Sobre: COBRO DE DINERO Y EJECUCIÓN DE HIPOTECA POR LA VÍA ORDINARIA. EDICTO DE SUBASTA. El Alguacil que suscribe por la presente CERTIFICA, ANUNCIA y hace CONSTAR: Que en cumplimiento de un Mandamiento de Ejecución de Sentencia que le ha sido dirigido al Alguacil que suscribe por la Secretaría del Tribunal de Primera Instancia, Centro Judicial de San Juan, Sala Superior, en el caso de epígrafe procederá a vender en pública subasta al mejor postor quién pagará de contado y en moneda de curso legal de los Estados Unidos de América, giro postal o por cheque de gerente a nombre del Alguacil del Tribunal de Primera Instancia el día 2 DE FEBRERO DE 2017, A LAS 10:30 DE LA MAÑANA, en su oficina sita en el local que ocupa en el edificio del Tribunal de Primera Instancia, Centro Judicial de San Juan, Sala Superior, todo derecho, título e interés que tenga la parte demandada de epígrafe en el inmueble de su propiedad que ubica en Cond. Costa Azul, Calle Taft 3-A, San Juan, PR 00911 y 21 Legal Notice que se describe a continuación: URBANA: Propiedad Horizontal: Apartamento Número 3-A del Edificio gobernado por el Régimen de Propiedad Horizontal conocido con el nombre de Condominio Costa Azul, localizado en el Número 2 de la Calle Taft de Santurce, Puerto Rico, el cual tiene una cabida de 1,254.41 pies cuadrados, equivalentes a 116.58 metros cuadrados. Está situado en la cuarta planta del mencionado edificio en su frente con la calle Taft y consta de sala, comedor, dos balcones, cocina, tres baños y tres dormitorios. Tiene acceso a la calle a través de su puerta principal que da hacia el vestíbulo que conecta con la escalera y al ascensor principal. Colinda por el Norte, en 3.66 metros con el patio lateral que lo separa de Ocean Walk; por el Noreste, en 10.98 metros, con el patio lateral que lo separa de la Calle Taft; por el Sureste, en 10.98 metros, con el patio lateral que lo separa de la calle Taft; por el Sur en 4.34 metros con el patio lateral que lo separa de la propiedad de Providencia Urrutia viuda de Del Valle y en 1.83 metros con el apartemento 3-B del mismo edificio y en 13.62 con las área comunes que separa el apartamento 3-A del apartamento 3-B de este edificio. En los elementos comunes generales le corresponde un 3.6010%. La propiedad antes relacionada consta inscrita en el folio 35 del tomo 455 de Santurce Norte, finca número 17,031, en el Registro de la Propiedad de San Juan, Sección Primera. El tipo mínimo para la primera subasta del inmueble antes relacionado, será el dispuesto en la Escritura de Hipoteca, es decir la suma de $325,000.00. Si no hubiere remate ni adjudicación en la primera subasta del inmueble mencionado, se celebrará una SEGUNDA SUBASTA en las oficinas del Alguacil que suscribe el día 9 DE FEBRERO DE 2017, A LAS 10:30 DE LA MAÑANA. En la segunda subasta que se celebre servirá de tipo mínimo las dos terceras partes (2/3) del precio pactado en la primera subasta, o sea la suma de $216,666.67. Si tampoco hubiere remate ni adjudicación en la segunda subasta se celebrará una TERCERA SUBASTA en las oficinas del Alguacil que suscribe el día 16 DE FEBRERO DE 2017, A LAS 10:30 DE LA MAÑANA. Para la tercera subasta servirá de tipo mínimo la mitad (1/2) del precio pactado para el caso de ejecución, o sea, la suma de $162,500.00. La hipoteca a ejecutarse en el caso de epígrafe fue constituida mediante la escritura número 208, otorgada el día 16 de marzo de 2005, ante el Notario Mario A. Quiles Rosado y consta inscrita en el folio 92 del tomo 1120 de Santurce Norte, finca número 17,031, en el Registro de la Propiedad de San Juan, Sección Primera, inscripción décimocuarta. Dicha subasta se llevará a cabo para con su producto satisfacer al Demandante total o par- cialmente según sea el caso el importe de la Sentencia que ha obtenido ascendente a la suma de $313,544.61 por concepto de principal, más intereses al tipo pactado de 6.875% anual desde el día 1 de abril de 2008. Dichos intereses continúan acumulándose hasta el pago total de la obligación. Se pagarán también los cargos por demora equivalentes a 5.000% de la suma de aquellos pagos con atrasos en exceso de 15 días calendarios de la fecha vencimiento, la suma de $32,500.00 para costas, gastos y honorarios de abogado, la suma de $32,500.00 para cubrir los intereses en adición a los garantizados por ley y la suma de $32,500.00 para cubrir cualquier otro adelanto que se haga en virtud de la escritura de hipoteca, más intereses según provisto por la regla 44.3 de las de Procedimiento Civil. Que los autos y todos los documentos correspondientes al Procedimiento incoado estarán de manifiesto en la Secretaría del Tribunal de Primera Instancia, Centro Judicial de San Juan, Sala Superior durante las horas laborables. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titularidad del inmueble y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere, al crédito del ejecutante continuarán subsistentes. Se entenderá que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio de remate. La propiedad no está sujeta a gravámenes anteriores ni preferentes según las constancias del Registro de la Propiedad. Surge de un estudio de título que, sobre la finca descrita anteriormente, pesan los gravámenes posteriores a la hipoteca que se ejecuta mediante este procedimiento que se relacionan más adelante. A los acreedores que tengan inscritos o anotados sus derechos sobre los bienes hipotecados con posterioridad a la inscripción del crédito del ejecutante o acreedores de cargos o derechos reales que los hubiesen pospuesto a la hipoteca del actor y a los dueños, poseedores, tenedores de, o interesados en títulos transmisibles por endoso, o al portador, garantizados hipotecariamente con posterioridad al crédito del actor por la presente se notifica, que se celebrarán las subastas en las fechas, horas y sitios señalados para que puedan concurrir a la subasta si les conviniere o se les invita a satisfacer antes del remate el importe del crédito, de sus intereses, otros cargos y las costas y honorarios de abogado asegurados quedando subrogados en los derechos del acreedor ejecutante. A. HIPOTECA: Constituída por María Celia Díaz Díaz (soltera), en garantía de un pagaré a favor de CITIBANK, N. A., o a su orden, por la suma de $50,000.00, sus intereses al prime rate y vencedero a la presentación, según escritura número 223, otorgada en San Legal Notice Juan, el 13 de mayo de 2005, ante el notario Arsenio Comas Rodón. Inscrita al folio 92 del tomo 1120 (agora) de Santurce Norte. Inscripción décima quinta. B. AVISO DE DEMANDA: Pleito seguido por Banco Popular de Puerto Rico vs. María Celia Díaz Díaz, ante el Tribunal de Primera Instancia, Sala de San Juan, en el caso civil KCD 2009-2096 (505), sobre cobro de dinero y ejecución de hipoteca, en la que se reclama el pago de hipoteca con un balance de $52,234.59 y otras cantidades, según Demanda de fecha 26 de octubre de 2009. Anotada a folio 92 del tomo 1120 (ágora) de Santurce Norte. Anotación A. Y para conocimiento de licitadores del público en general se publicará este Edicto de acuerdo con la ley por espacio de dos semanas en tres sitios públicos del municipio en que ha de celebrarse la venta, tales como la alcaldía, el Tribunal y la colecturía. Este Edicto será publicado mediante edictos dos veces en un diario de circulación general en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico, por espacio de dos semanas consecutivas. La propiedad a ser ejecutada se adquirirá libre de cargas y gravámenes posteriores sujeto a las disposiciones de la ley vigente, según aplique. Expido el presente Edicto de subasta bajo mi firma en San Juan, Puerto Rico, hoy día 5 de DICIEMBRE de 2016. DIANA I. NAVARRO CRUZ, ALGUACIL, TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, SALA SUPERIOR DE SAN JUAN. LEGAL NOTICE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE SAN JUAN SALA SUPERIOR BANCO SANTANDER DE PUERTO RICO Demandante V. RAISA ALEXANDRA BUENO ARAUJO Demandada Civil Núm.: KCD2016-0197. (807). Sobre: COBRO DE DINERO Y EJECUCIÓN DE HIPOTECA POR LA VÍA ORDINARIA. EDICTO DE SUBASTA. El Alguacil que suscribe por la presente CERTIFICA, ANUNCIA y hace CONSTAR: Que en cumplimiento de un Mandamiento de Ejecución de Sentencia que le ha sido dirigido al Alguacil que suscribe por la Secretaría del TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE SAN JUAN SALA SUPERIOR, en el caso de epígrafe procederá a vender en pública subasta al mejor postor quién pagará de contado y en moneda de curso legal de los Estados Unidos de América, giro postal o por cheque de gerente a nombre del Alguacil del Tribunal de Primera Instancia el día 1º DE FEBRERO DE 2017, A LAS 9:30 DE LA MAÑANA, en su oficina sita en el local que ocupa en el edificio del TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO 22 JUDICIAL DE SAN JUAN SALA SUPERIOR, todo derecho, título e interés que tenga la parte demandada de epígrafe en el inmueble de su propiedad que ubica en Linda Vista, Apartamento 2, San Juan, PR 00920 y que se describe a continuación: URBANA: PROPIEDAD HORIZONTAL: Apartamento Residencial de forma irregular localizado en la Primera Planta del edificio Apartamentos Linda Vista, del sitio de Seboruco Seccion Norte del Barrio Santurce, San Juan, Puerto Rico. Apartamento número 2, Area neta del apartamento: 800 pies cuadrados, equivalentes a 74.35 metros cuadrados, aproximadamente. En lindes por el NORTE con pared medianera que lo separa de la escalera (A) de acceso al segundo piso a traves de una distancia de 25 pies lineales equivalentes a 7.62 metros; por el OESTE, colinda paralelamente con la calle Rafael Alers (Calle Linda Vista) a traves de una distancia de 32 pies lineales, equivalentes a 9.76 metros; por el SUR, colinda con pared medianera que lo separa del apartamento número 3 a traves de una distancia de 25 pies lineales, equivalentes a 7.62 metros; por el ESTE, colinda con patio posterior y paralelamente con pared irregular divisora de colindancias a una distancia de 8.5 pies lineales equivalentes a 2.60 metros lineales. El apartamento consta de un nivel y esta dividido en los siguientes elementos; sala, comedor, un baño, dos cuartos dormitorios con sus closets, cocina que a su vez contiene un calentador y gabinetes de cocina. Este apartamento no tiene estacionamiento asignado dentro de proyecto. Este apartamento goza de uso exclusivo de un patio posterior que es elemento común limitado el cual esta delimitado en la forma y manera que describe la escritura y el Anejo A. Le corresponde a este apartamento en los elementos comunes generales el 12.5% . Le corresponda a este apartamento en los gastos de operaciones y mantenimiento general del condominio el 12.5%. La propiedad antes relacionada consta inscrita en el Folio 101 del Tomo 1136 de Santurce Norte, finca número 44,072, en el Registro de la Propiedad de San Juan, Sección Primera. El tipo mínimo para la primera subasta del inmueble antes relacionado, será el dispuesto en la Escritura de Hipoteca, es decir la suma de $60,000.00. Si no hubiere remate ni adjudicación en la primera subasta del inmueble mencionado, se celebrará una SEGUNDA SUBASTA en las oficinas del Alguacil que suscribe el día 8 DE FEBRERO DE 2017, A LAS 9:30 DE LA MAÑANA. En la segunda subasta que se celebre servirá de tipo mínimo las dos terceras partes (2/3) del precio pactado en la primera subasta, o sea la suma de $40,000.00. Si tampoco hubiere remate ni adjudica- The San Juan Daily Star Monday, December 26, 2016 ción en la segunda subasta se celebrará una TERCERA SUBASTA en las oficinas del Alguacil que suscribe el día 15 DE FEBRERO DE 2017, A LAS 9:30 DE LA MAÑANA. Para la tercera subasta servirá de tipo mínimo la mitad (1/2) del precio pactado para el caso de ejecución, o sea, la suma de $30,000.00. La hipoteca a ejecutarse en el caso de epígrafe fue constituida mediante la escritura número 412, otorgada el día 2 de agosto de 2002, ante el Notario Orlin P. Globle y consta inscrita en el Folio 161 del Tomo 1136 de Santurce Norte, finca número 44,072, en el Registro de la Propiedad de San Juan, Sección Primera, inscripción segunda. Dicha subasta se llevará a cabo para con su producto satisfacer al Demandante total o parcialmente según sea el caso el importe de la Sentencia que ha obtenido ascendente a la suma de $46,860.27 por concepto de principal, más intereses al tipo pactado de 6.500% anual desde el día 1 de julio de 2015. Dichos intereses continúan acumulándose hasta el pago total de la obligación. Se pagarán también los cargos por demora equivalentes a 5.000% de la suma de aquellos pagos con atrasos en exceso de 15 días calendarios de la fecha vencimiento, la suma de $6,000.00 para costas, gastos y honorarios de abogado, la suma de $6,000.00 para cubrir los intereses en adición a los garantizados por ley y la suma de $6,000.00 para cubrir cualquier otro adelanto que se haga en virtud de la escritura de hipoteca, más intereses según provisto por la regla 44.3 de las de Procedimiento Civil. Que los autos y todos los documentos correspondientes al Procedimiento incoado estarán de manifiesto en la SECRETARIA DEL TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE SAN JUAN SALA SUPERIOR durante las horas laborables. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titularidad del inmueble y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere, al crédito del ejecutante continuarán subsistentes. Se entenderá que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio de remate. La propiedad no está sujeta a gravámenes anteriores ni preferentes según las constancias del Registro de la Propiedad. Surge de un estudio de título que, sobre la finca descrita anteriormente, pesan los gravámenes posteriores a la hipoteca que se ejecuta mediante este procedimiento que se relacionan más adelante. A los acreedores que tengan inscritos o anotados sus derechos sobre los bienes hipotecados con posterioridad a la inscripción del crédito del ejecutante o acreedores de cargos o derechos reales que los hubiesen pospuesto a la hipoteca del actor y a los dueños, poseedo- res, tenedores de, o interesados en títulos transmisibles por endoso, o al portador, garantizados hipotecariamente con posterioridad al crédito del actor por la presente se notifica, que se celebrarán las subastas en las fechas, horas y sitios señalados para que puedan concurrir a la subasta si les conviniere o se les invita a satisfacer antes del remate el importe del crédito, de sus intereses, otros cargos y las costas y honorarios de abogado asegurados quedando subrogados en los derechos del acreedor ejecutante. A: HIPOTECA en garantía de un pagaré a favor del Municipio de San Juan o a su orden por la suma principal de $20,000.00 sin intereses y vencedero en un periodo de diez años, según escritura número 38, otorgada ante el Notario Luis A. Noriega Morales el 2 de agosto de 2002. Inscrita al folio 161 del tomo 1136 de Santurce Norte, inscripción terceras. B: DEMANDA pleito seguido por Banco Santander de Puerto Rico vs. Raisa Alexandra Bueno Aruye, ante el Tribunal de Primera Instancia, Sala de San Juan, en el caso civil número KCD20160197, sobre cobro de dinero y ejecución de hipoteca, en la que se reclama el pago de hipoteca, con un balance de $46,860.27, según demanda de fecha 1 de febrero de 2016. Anotada al tomo Karibe de Santurce Norte. Anotación A. Y para conocimiento de licitadores del público en general se publicará este Edicto de acuerdo con la ley por espacio de dos semanas en tres sitios públicos del municipio en que ha de celebrarse la venta, tales como la alcaldía, el Tribunal y la colecturía. Este Edicto será publicado mediante edictos dos veces en un diario de circulación general en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico, por espacio de dos semanas consecutivas. La propiedad a ser ejecutada se adquirirá libre de cargas y gravámenes posteriores sujeto a las disposiciones de la ley vigente, según aplique. Expido el presente Edicto de subasta bajo mi firma en San Juan, Puerto Rico, hoy día 5 de diciembre de 2016. FDO. DIANA I. NAVARRO CRUZ, ALGUACIL, TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, SALA SUPERIOR DE SAN JUAN. LEGAL NOTICE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE SAN JUAN SALA SUPERIOR FIRSTBANK PUERTO RICO Demandante V. ELNIER JOSÉ RAMOS DÍAZ, NILA LISA LÓPEZ RIVERA Y LA SOCIEDAD LEGAL DE BIENES GANANCIALES COMPUESTA POR AMBOS Demandados Civil Núm.: KCD20160471. (503). Sobre: COBRO DE DINERO Y EJECUCIÓN DE HIPOTECA POR LA VÍA ORDINARIA. EDICTO DE SUBASTA. El Alguacil que suscribe por la presente CERTIFICA, ANUNCIA y hace CONSTAR: Que en cumplimiento de un Mandamiento de Ejecución de Sentencia que le ha sido dirigido al Alguacil que suscribe por la Secretaría del TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE SAN JUAN SALA SUPERIOR, en el caso de epígrafe procederá a vender en pública subasta al mejor postor quién pagará de contado y en moneda de curso legal de los Estados Unidos de América, giro postal o por cheque de gerente a nombre del Alguacil del Tribunal de Primera Instancia el día 1º DE FEBRERO DE 2017, A LAS 11:00 DE LA MAÑANA, en su oficina sita en el local que ocupa en el edificio del TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE SAN JUAN SALA SUPERIOR, todo derecho, título e interés que tenga la parte demandada de epígrafe en el inmueble de su propiedad que ubica en Ciudad Señorial Dev. 86 Soberano St. San Juan, PR 00924 y que se describe a continuación: RUSTICA: Solar número 5 del bloque A sito en el Proyecto de vivienda conocido como Ciudad Señorial, en el Barrio Cupey del término municipal de Río Piedras, Puerto Rico, con una cabida de 199.786 metros cuadrados. En lindes por el Note, con solar número 4 del bloque A; por el Sur, con solar número 6 del bloque A; por el Este, con los solares 25, 26 y 27, todos del bloque A; y por el Oeste, con la calle Soberano. Contiene una casa tipo Gardens Villa que cuenta con las siguientes facilidades, sala, comedor, cocina, baño, tres habitaciones con closet, balcón, marquesina y área de laundry. La propiedad antes relacionada consta inscrita en el Folio 261 del Tomo 590 de Río Piedras Sur, finca número 18,628, en el Registro de la Propiedad de San Juan, Sección Cuarta. El tipo mínimo para la primera subasta del inmueble antes relacionado, será el dispuesto en la Escritura de Hipoteca, es decir la suma de $121,387.00. Si no hubiere remate ni adjudicación en la primera subasta del inmueble mencionado, se celebrará una SEGUNDA SUBASTA en las oficinas del Alguacil que suscribe el día 8 DE FEBRERO DE 2017, A LAS 11:00 DE LA MAÑANA. En la segunda subasta que se celebre servirá de tipo mínimo las dos terceras partes (2/3) del precio pactado en la primera subasta, o sea la suma de $80,924.67. Si tampoco hubiere remate ni adjudicación en la segunda subasta se celebrará una TERCERA SUBASTA en las oficinas del Alguacil que suscribe el día 15 DE FEBRERO DE 2017, A LAS 11:00 DE LA MAÑANA. Para la tercera subasta servirá de tipo mínimo la mitad (1/2) del precio pactado para el caso de ejecución, o sea, la suma de $60,693.50. La hipoteca a ejecutarse en el caso de epígrafe fue constituida mediante la escritura número 711, otorgada el día 19 de noviembre de 2012, ante el Notario Jorge García Soto y consta inscrita en el Tomo móvil 652 de Río Piedras Sur, finca número 18,628, en el Registro de la Propiedad de San Juan, Sección Cuarta, inscripción sexta. Dicha subasta se llevará a cabo para con su producto satisfacer al Demandante total o parcialmente según sea el caso el importe de la Sentencia que ha obtenido ascendente a la suma de $115,614.73 por concepto de principal, más intereses al tipo pactado de 3.500% anual desde el día 1 de mayo de 2015. Dichos intereses continúan acumulándose hasta el pago total de la obligación. Se pagarán también los cargos por demora equivalentes a 4.000% de la suma de aquellos pagos con atrasos en exceso de 15 días calendarios de la fecha vencimiento, la suma de $12,138.70 para costas, gastos y honorarios de abogado, la suma de $12,138.70para cubrir los intereses en adición a los garantizados por ley y la suma de $12,138.70 para cubrir cualquier otro adelanto que se haga en virtud de la escritura de hipoteca, más intereses según provisto por la Regla 44.3 de las de Procedimiento Civil. Que los autos y todos los documentos correspondientes al Procedimiento incoado estarán de manifiesto en la SECRETARIA DEL TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE SAN JUAN SALA SUPERIOR durante las horas laborables. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titularidad del inmueble y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere, al crédito del ejecutante continuarán subsistentes. Se entenderá que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio de remate. La propiedad no está sujeta a gravámenes anteriores y/o preferentes según surge de las constancias del Registro de la Propiedad en un estudio de título efectuado a la finca antes descrita. Por la presente se notifica a los acreedores que tengan inscritos o anotados sus derechos sobre los bienes hipotecados con posterioridad a la inscripción del crédito del ejecutante o acreedores de cargos o derechos reales que los hubiesen pospuesto a la hipoteca del actor y a los dueños, poseedores, tenedores de o interesados en títulos transmisibles por endoso o al portador garantizados hipotecariamente con posterioridad al crédito del actor que se celebrarán las subastas en las fechas, horas y sitios señalados para que puedan concurrir a la subasta si les conviniere o se les invita a satisfacer antes del remate el importe del crédito, de sus intereses, otros cargos y las costas y honorarios de abogado asegurados quedando subrogados en los derechos del acreedor ejecutante. Y para conocimiento de licitadores del público en general se publicará este Edicto de acuerdo con la ley por espacio de dos semanas en tres sitios públicos del municipio en que ha de celebrarse la venta, tales como la alcaldía, el Tribunal y la colecturía. Este Edicto será publicado mediante edictos dos veces en un diario de circulación general en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico, por espacio de dos semanas consecutivas. La propiedad a ser ejecutada se adquirirá libre de cargas y gravámenes posteriores sujeto a las disposiciones de la ley vigente, según aplique. Expido el presente Edicto de subasta bajo mi firma, en San Juan, Puerto Rico, hoy día 5 de diciembre de 2016. DIANA I. NAVARRO CRUZ, ALGUACIL AUXILIAR, TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, SALA SUPERIOR DE SAN JUAN. LEGAL NOTICE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE SAN JUAN SALA SUPERIOR FEDERAL NATIONAL MORTGAGE ASSOCIATION T/C/C FANNIE MAE Demandante V. ARMANDO RAMOS PÉREZ Y GILBERTO COLLAZO ACOSTA (TITULAR REGISTRAL) Demandados Civil Núm.: KCD2016-0466. (906). Sobre: COBRO DE DINERO Y EJECUCIÓN DE HIPOTECA POR LA VÍA ORDINARIA. EDICTO DE SUBASTA. El Alguacil que suscribe por la presente CERTIFICA, ANUNCIA y hace CONSTAR: Que en cumplimiento de un Mandamiento de Ejecución de Sentencia que le ha sido dirigido al Alguacil que suscribe por la Secretaría del TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE SAN JUAN SALA SUPERIOR, en el caso de epígrafe procederá a vender en pública subasta al mejor postor quién pagará de contado y en moneda de curso legal de los Estados Unidos de América, giro postal o por cheque de gerente a nombre del Alguacil del Tribunal de Primera Instancia el día 1º DE FEBRERO DE 2017, A LAS 11:30 DE LA MAÑANA, en su oficina sita en el local que ocupa en el edificio del TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE SAN JUAN SALA SUPERIOR, todo derecho, título e interés que tenga la parte demandada de epígrafe en el inmueble de su propiedad que ubica en 211 Ismael Rivera St A-13, San Juan, PR 00909 y que se describe a continuación: PROPIEDAD HORIZONTAL: Residential apartment #13 of a regular rectangular two level shape located in the Southern corner of the intersection of Calma Street with Corona Street in the Ward of Santurce Norte, San Juan, Puerto Rico, with a total private area in both levels of 888.00 square feet, equivalent to 82.49 meters, being its lineal measurements in its widest dimension 12.00 feet, equivalent to 3.66 meters, being its lineal measurements in its longest dimension 37.00 feet, equivalent to 11.28 meters, which includes: on the first level: living room, kitchen and dining room, one half bathroom, one interior stair which connects the first level with the second level, the second level consisting of two bedrooms, one bathroom and a terrace, bounding on the North, with apartment #14; on the South, with apartment #12; on the East, with the backyard of the building and on the West, with the principal corridor of the building. This apartment which is located in the third floor of the building has one entrance door with access from and exit to the principal corridor which is in the West side of the Second Floor of the building which connects of communicates the apartment with the stair through which it has access to the parking area and to the public thoroughfare. Le corresponde una participacion en los elementos comunes del Condominio equivalente a 6.2744%. TRACTO REGISTRAL: Se separa de la finca #24,956 inscrita al folio 251 del tomo 672 de Santurce Norte. La propiedad antes relacionada consta inscrita en el Folio 30 del Tomo 698 de Santurce Norte, finca número 25600, en el Registro de la Propiedad de San Juan, Sección Primera. El tipo mínimo para la primera subasta del inmueble antes relacionado, será el dispuesto en la Escritura de Hipoteca, es decir la suma de $72,000.00. Si no hubiere remate ni adjudicación en la primera subasta del inmueble mencionado, se celebrará una SEGUNDA SUBASTA en las oficinas del Alguacil que suscribe el día 8 DE FEBRERO DE 2017, A LAS 11:30 DE LA MAÑANA. En la segunda subasta que se celebre servirá de tipo mínimo las dos terceras partes (2/3) del precio pactado en la primera subasta, o sea la suma de $48,000.00. Si tampoco hubiere remate ni adjudicación en la segunda subasta se celebrará una TERCERA SUBASTA en las oficinas del Alguacil que suscribe el día 15 DE FEBRERO DE 2017, A LAS 11:30 DE LA MAÑANA. Para la tercera subasta servirá de tipo mínimo la mitad (1/2) del precio pactado para el caso de ejecución, o sea, la suma de $36,000.00. La hipoteca a ejecutarse en el caso de epígrafe fue constituida mediante la escritura número 91, otorgada el día 23 de mayo de 2008, ante el Notario William López Méndez y consta inscrita en el Folio 99 del Tomo 1117 de Santurce Norte, finca número 25600, en el Registro de la Propiedad de San Juan, Sección Primera, inscripción undéci- The San Juan Daily Star ma. Dicha subasta se llevará a cabo para con su producto satisfacer al Demandante total o parcialmente según sea el caso el importe de la Sentencia que ha obtenido ascendente a la suma de $39,590.08 por concepto de principal, más intereses al tipo pactado de 5.375% anual desde el día 1 de septiembre de 2015. Dichos intereses continúan acumulándose hasta el pago total de la obligación. Se pagarán también los cargos por demora equivalentes a 5.000% de la suma de aquellos pagos con atrasos en exceso de 15 días calendarios de la fecha vencimiento, la suma de $7,200.00 para costas, gastos y honorarios de abogado, la suma de $7,200.00 para cubrir los intereses en adición a los garantizados por ley y la suma de $7,200.00 para cubrir cualquier otro adelanto que se haga en virtud de la escritura de hipoteca, más intereses según provisto por la regla 44.3 de las de Procedimiento Civil. Que los autos y todos los documentos correspondientes al Procedimiento incoado estarán de manifiesto en la SECRETARIA DEL TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE SAN JUAN SALA SUPERIOR durante las horas laborables. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titularidad del inmueble y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere, al crédito del ejecutante continuarán subsistentes. Se entenderá que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio de remate. La propiedad no está sujeta a gravámenes anteriores ni preferentes según las constancias del Registro de la Propiedad. Surge de un estudio de título que, sobre la finca descrita anteriormente, pesan los gravámenes posteriores a la hipoteca que se ejecuta mediante este procedimiento que se relacionan más adelante. A los acreedores que tengan inscritos o anotados sus derechos sobre los bienes hipotecados con posterioridad a la inscripción del crédito del ejecutante o acreedores de cargos o derechos reales que los hubiesen pospuesto a la hipoteca del actor y a los dueños, poseedores, tenedores de, o interesados en títulos transmisibles por endoso, o al portador, garantizados hipotecariamente con posterioridad al crédito del actor por la presente se notifica, que se celebrarán las subastas en las fechas, horas y sitios señalados para que puedan concurrir a la subasta si les conviniere o se les invita a satisfacer antes del remate el importe del crédito, de sus intereses, otros cargos y las costas y honorarios de abogado asegurados quedando subrogados en los derechos del acreedor ejecutante. A: Al asiento 14113 del diario 2016 (Sistema Karibe), con fecha 14 de marzo del 2016, aparece presentado y pendiente de inscripción, Aviso de Deman- Monday, December 26, 2016 da del 7 de marzo del 2016, en el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de San Juan, en el Caso Civil No. KCD2016-0466 (906), sobre cobro de dinero y ejecución de hipoteca, seguido por el Banco Popular de Puerto Rico, versus Titulares, se solicita el pago de la deuda garantizada con hipoteca de la inscripción 11ª., la cual asciende a la suma principal de $45,371.03 más costas, gastos e intereses. Y para conocimiento de licitadores del público en general se publicará este Edicto de acuerdo con la ley por espacio de dos semanas en tres sitios públicos del municipio en que ha de celebrarse la venta, tales como la alcaldía, el Tribunal y la colecturía. Este Edicto será publicado mediante edictos dos veces en un diario de circulación general en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico, por espacio de dos semanas consecutivas. La propiedad a ser ejecutada se adquirirá libre de cargas y gravámenes posteriores sujeto a las disposiciones de la ley vigente, según aplique. Expido el presente Edicto de subasta bajo mi firma en San Juan, Puerto Rico, hoy día 5 de diciembre de 2016. FDO. DIANA I. NAVARRO CRUZ, ALGUACIL, TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, SALA SUPERIOR DE SAN JUAN. LEGAL NOTICE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE SAN JUAN SALA SUPERIOR BANCO POPULAR DE PUERTO RICO Demandante V. HÉCTOR M. GONZÁLEZ RODRÍGUEZ T/C/C HÉCTOR MANUEL GONZÁLEZ RODRÍGUEZ, LOURDES BELE MONTALVO CALDERÓN T/C/C LOURDES BELEN MONTALVO CALDERÓN Y LA SOCIEDAD LEGAL DE BIENES GANANCIALES COMPUESTA POR AMBOS Demandados Civil Núm.: KCD2015-2296. (503). Sobre: COBRO DE DINERO Y EJECUCIÓN DE HIPOTECA POR LA VÍA ORDINARIA. EDICTO DE SUBASTA. El Alguacil que suscribe por la presente CERTIFICA, ANUNCIA y hace CONSTAR: Que en cumplimiento de un Mandamiento de Ejecución de Sentencia que le ha sido dirigido al Alguacil que suscribe por la Secretaría del TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE SAN JUAN SALA SUPERIOR, en el caso de epígrafe procederá a vender en pública subasta al mejor postor quién pagará de contado y en moneda de curso legal de los Estados Unidos de América, giro postal o por cheque de gerente a nombre del Alguacil del Tribu- nal de Primera Instancia el día 1º DE FEBRERO DE 2017, A LAS 10:30 DE LA MAÑANA, en su oficina sita en el local que ocupa en el edificio del TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE SAN JUAN SALA SUPERIOR, todo derecho, título e interés que tenga la parte demandada de epígrafe en el inmueble de su propiedad que ubica en 65 Flores de Montehiedra San Juan, PR 00926 y que se describe a continuación: URBANA: Solar marcado con el #65 en la urbanización Las Flores de Montehiedra, radicada en el Barrio Caimito de Río Piedras, término municipal de San Juan, Puerto Rico, compuesto de 504.7696 metros cuadrados, equivalentes a 0.1284 cuerdas. En lindes por el Norte, con lotes #59 y #60, en una distancia de 21.671 metros; por el Sur, con la calle Miramelinda, en una distancia de 18.570 metros; por el Este, con el lote 64, en una distancia de 24.938 metros; y por el Oeste, con el lote 66, en una distancia de 25.149 metros. Enclava una estructura para fines residenciales, diseñada para vivienda de una familia. La propiedad antes relacionada consta inscrita en el Folio 181 del Tomo 744 de Río Piedras Sur, finca número 21,087, en el Registro de la Propiedad de San Juan, Sección Cuarta. El tipo mínimo para la primera subasta del inmueble antes relacionado, será el dispuesto en la Escritura de Hipoteca, es decir la suma de $335,000.00. Si no hubiere remate ni adjudicación en la primera subasta del inmueble mencionado, se celebrará una SEGUNDA SUBASTA en las oficinas del Alguacil que suscribe el día 8 DE FEBRERO DE 2017, A LAS 10:30 DE LA MAÑANA. En la segunda subasta que se celebre servirá de tipo mínimo las dos terceras partes (2/3) del precio pactado en la primera subasta, o sea la suma de $223,333.33. Si tampoco hubiere remate ni adjudicación en la segunda subasta se celebrará una TERCERA SUBASTA en las oficinas del Alguacil que suscribe el día 15 DE FEBRERO DE 2017, A LAS 10:30 DE LA MAÑANA. Para la tercera subasta servirá de tipo mínimo la mitad (1/2) del precio pactado para el caso de ejecución, o sea, la suma de $167,500.00. La hipoteca a ejecutarse en el caso de epígrafe fue constituida mediante la escritura número 211, otorgada el día 30 de abril de 2001, ante el Notario Osvaldo Berríos Colón y consta inscrita en el Folio 181 del Tomo 744 de Río Piedras Sur, finca número 21,087, en el Registro de la Propiedad de San Juan, Sección Cuarta, inscripción segunda. Dicha subasta se llevará a cabo para con su producto satisfacer al Demandante total o parcialmente según sea el caso el importe de la Sentencia que ha obtenido ascendente a la suma de $258,222.30 por concepto de principal, más intereses al tipo pactado de 6.875% anual desde el día 1 de noviembre de 2014. Dichos intereses continúan acumulándose hasta el pago total de la obligación. Se pagarán también los cargos por demora equivalentes a 5.000% de la suma de aquellos pagos con atrasos en exceso de 15 días calendarios de la fecha vencimiento, la suma de $33,500.00 para costas, gastos y honorarios de abogado, la suma de $33,500.00 para cubrir los intereses en adición a los garantizados por ley y la suma de $33,500.00 para cubrir cualquier otro adelanto que se haga en virtud de la escritura de hipoteca, más intereses según provisto por la regla 44.3 de las de Procedimiento Civil. Que los autos y todos los documentos correspondientes al Procedimiento incoado estarán de manifiesto en la SECRETARIA DEL TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE SAN JUAN SALA SUPERIOR durante las horas laborables. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titularidad del inmueble y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere, al crédito del ejecutante continuarán subsistentes. Se entenderá que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio de remate. La propiedad no está sujeta a gravámenes anteriores ni preferentes según las constancias del Registro de la Propiedad. Surge de un estudio de título que, sobre la finca descrita anteriormente, pesan los gravámenes posteriores a la hipoteca que se ejecuta mediante este procedimiento que se relacionan más adelante. A los acreedores que tengan inscritos o anotados sus derechos sobre los bienes hipotecados con posterioridad a la inscripción del crédito del ejecutante o acreedores de cargos o derechos reales que los hubiesen pospuesto a la hipoteca del actor y a los dueños, poseedores, tenedores de, o interesados en títulos transmisibles por endoso, o al portador, garantizados hipotecariamente con posterioridad al crédito del actor por la presente se notifica, que se celebrarán las subastas en las fechas, horas y sitios señalados para que puedan concurrir a la subasta si les conviniere o se les invita a satisfacer antes del remate el importe del crédito, de sus intereses, otros cargos y las costas y honorarios de abogado asegurados quedando subrogados en los derechos del acreedor ejecutante. A. EMBARGO FEDERAL: Anotado contra Héctor González, seguro social XXX-XX-2016, por la suma de $10,768.35, según notificación número 205604216, presentada el 28 de abril de 2016, al Tomo Federal Karibe. Nota: No podemos precisar si el embargado y el titular son la misma persona. B. PRESENTACION: Presentada el 4 de noviembre de 2015, al asiento 1557 del diario 487, Demanda de fecha 23 de octubre de 2015, ante el Tribunal de Primera Instancia, Centro Judicial de San Juan, Sala Superior, en el caso civil número KCD 20152296 (503), seguido por Banco Popular de Puerto Rico vs. Héctor M. González Rodríguez, también conocido como Héctor Manuel González Rodríguez, Lourdes Belén Montalvo, también conocida como Lourdes Bele (así consta) Montalvo Calderón y la Sociedad de Bienes Gananciales, sobre cobro de dinero y ejecución de hipoteca, en la que se reclama el pago de hipoteca, con un balance de $258,222.30 y otras cantidades, o la venta en pública subasta de la propiedad. Pendiente de anotación. Y para conocimiento de licitadores del público en general se publicará este Edicto de acuerdo con la ley por espacio de dos semanas en tres sitios públicos del municipio en que ha de celebrarse la venta, tales como la alcaldía, el Tribunal y la colecturía. Este Edicto será publicado mediante edictos dos veces en un diario de circulación general en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico, por espacio de dos semanas consecutivas. La propiedad a ser ejecutada se adquirirá libre de cargas y gravámenes posteriores sujeto a las disposiciones de la ley vigente, según aplique. Expido el presente Edicto de subasta bajo mi firma en San Juan, Puerto Rico, hoy día 5 de diciembre de 2016. FDO. PEDRO HIEYE GONZALEZ, ALGUACIL, TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, SALA SUPERIOR DE SAN JUAN. LEGAL NOTICE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE SAN JUAN SALA SUPERIOR BANCO POPULAR DE PUERTO RICO Demandante V. GABRIEL ALBERTO GÓMEZ SOTO Y JOEMARIE ORTIZ ALVARADO Demandados Civil Núm.: KCD2016-0304. (503). Sobre: COBRO DE DINERO Y EJECUCIÓN DE HIPOTECA POR LA VÍA ORDINARIA. EDICTO DE SUBASTA. El Alguacil que suscribe por la presente CERTIFICA, ANUNCIA y hace CONSTAR: Que en cumplimiento de un Mandamiento de Ejecución de Sentencia que le ha sido dirigido al Alguacil que suscribe por la Secretaría del TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE SAN JUAN SALA SUPERIOR, en el caso de epígrafe procederá a vender en pública subasta al mejor postor quién pagará de contado y en moneda de curso legal de los Estados Unidos de América, giro postal o por cheque de gerente a nombre del Alguacil del Tribunal de Primera Instancia el día 1º DE FEBRERO DE 2017, A LAS 10:00 DE LA MAÑANA, en su oficina sita en el local que ocupa en el edificio del TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE SAN JUAN SALA SUPERIOR, todo derecho, título e interés que tenga la parte demandada de epígrafe en el inmueble de su propiedad que ubica en Parques de Cupey 18 Calle Tagorre Apt. 1031 San Juan, PR 00926 y que se describe a continuación: URBANA: Propiedad Horizontal: Parques de Cupey situado en la carretera estatal #844 calle Tagore y calle Juan Ramón Jiménez en el Barrio Cupey del término municipal de San Juan, Puerto Rico, apartamento #1031. Esta localizado en el tercer piso del edificio #10. Consta de un área superficial de construcción de 879.30 pies cuadrados, equivalentes a 81.6900 metros cuadrados. Colinda por el NORTE, en una distancia de 18’ 10’, con el vestíbulo, escaleras y acceso a los demás apartamentos y en una distancia de 8’ 10, con apartamento 1032, por el SUR, en una distancia de 23’ 11’, con pared exterior que da a área comunal y edificio 14, por el ESTE, en una distancia total de 33’ 0’, con pared exterior que da al área comunal y al estacionamiento, por el OESTE, en una distancia de 36’ 8’, con pared exterior que da al área comunal y estacionamientos del proyecto. Esta propiedad está formada por sala, comedor, cocina, tres habitaciones, un baño, closets y área de lavandería. Le corresponde el estacionamiento identificado con el #98 y una participación de 0.5683% en los elementos comunes. La propiedad antes relacionada consta inscrita en el Folio 161 del Tomo 815 de Río Piedras Sur, finca número 22,644, en el Registro de la Propiedad de San Juan, Sección Cuarta. El tipo mínimo para la primera subasta del inmueble antes relacionado, será el dispuesto en la Escritura de Hipoteca, es decir la suma de $138,660.00. Si no hubiere remate ni adjudicación en la primera subasta del inmueble mencionado, se celebrará una SEGUNDA SUBASTA en las oficinas del Alguacil que suscribe el día 8 DE FEBRERO DE 2017, A LAS 10:00 DE LA MAÑANA. En la segunda subasta que se celebre servirá de tipo mínimo las dos terceras partes (2/3) del precio pactado en la primera subasta, o sea la suma de $92,440.00. Si tampoco hubiere remate ni adjudicación en la segunda subasta se celebrará una TERCERA SUBASTA en las oficinas del Alguacil que suscribe el día 15 DE FEBRERO DE 2017, A LAS 10:00 DE LA MAÑANA. Para la tercera subasta servirá de tipo mínimo la mitad (1/2) del precio pactado para el caso de ejecución, o sea, la suma de $69,330.00. La hipoteca a ejecutarse en el caso de epígrafe fue constituida mediante la escritura número 12, otorgada el día 28 de febrero de 2009, ante el No- 23 Legal Notice tario Patricia Rivera Macmurray y consta inscrita en el Folio 161 del Tomo 815 de Río Piedras Sur, finca número 22,644, en el Registro de la Propiedad de San Juan, Sección Cuarta, inscripción segunda. Dicha subasta se llevará a cabo para con su producto satisfacer al Demandante total o parcialmente según sea el caso el importe de la Sentencia que ha obtenido ascendente a la suma de $126,722.68 por concepto de principal, más intereses al tipo pactado de 6.500% anual desde el día 1 de agosto de 2015. Dichos intereses continúan acumulándose hasta el pago total de la obligación. Se pagarán también los cargos por demora equivalentes a 5.000% de la suma de aquellos pagos con atrasos en exceso de 15 días calendarios de la fecha vencimiento, la suma de $13,866.00 para costas, gastos y honorarios de abogado, la suma de $13,866.00 para cubrir los intereses en adición a los garantizados por ley y la suma de $13,866.00 para cubrir cualquier otro adelanto que se haga en virtud de la escritura de hipoteca, más intereses según provisto por la regla 44.3 de las de Procedimiento Civil. Que los autos y todos los documentos correspondientes al Procedimiento incoado estarán de manifiesto en la SECRETARIA DEL TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE SAN JUAN SALA SUPERIOR durante las horas laborables. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titularidad del inmueble y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere, al crédito del ejecutante continuarán subsistentes. Se entenderá que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio de remate. La propiedad no está sujeta a gravámenes anteriores ni preferentes según las constancias del Registro de la Propiedad. Surge de un estudio de título que, sobre la finca descrita anteriormente, pesan los gravámenes posteriores a la hipoteca que se ejecuta mediante este procedimiento que se relacionan más adelante. A los acreedores que tengan inscritos o anotados sus derechos sobre los bienes hipotecados con posterioridad a la inscripción del crédito del ejecutante o acreedores de cargos o derechos reales que los hubiesen pospuesto a la hipoteca del actor y a los dueños, poseedores, tenedores de, o interesados en títulos transmisibles por endoso, o al portador, garantizados hipotecariamente con posterioridad al crédito del actor por la presente se notifica, que se celebrarán las subastas en las fechas, horas y sitios señalados para que puedan concurrir a la subasta si les conviniere o se les invita a satisfacer antes del remate el importe del crédito, de sus intereses, otros cargos y las costas y honorarios de abogado asegurados quedando subrogados en los derechos del acreedor ejecutante. A: AVISO DE DEMANDA: Pleito seguido por Banco Popular de Puerto Rico vs. Gabriel Alberto Gómez Soto y Joemarie Ortiz Alavarado, (solteros), ante el Tribunal de Superior de Puerto Rico, Sala de San Juan, en el caso civil número KCD-2016-0304 (503), sobre cobro de dinero y ejecución de hipoteca, en la que se reclama el pago de hipoteca, con un balance de $126,722.68 y otras cantidades, según Demanda de fecha 16 de febrero de 2016. Anotada al tomo Karibe de Río Piedras Sur. Anotación A. Y para conocimiento de licitadores del público en general se publicará este Edicto de acuerdo con la ley por espacio de dos semanas en tres sitios públicos del municipio en que ha de celebrarse la venta, tales como la alcaldía, el Tribunal y la colecturía. Este Edicto será publicado mediante edictos dos veces en un diario de circulación general en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico, por espacio de dos semanas consecutivas. La propiedad a ser ejecutada se adquirirá libre de cargas y gravámenes posteriores sujeto a las disposiciones de la ley vigente, según aplique. Expido el presente Edicto de subasta bajo mi firma en San Juan, Puerto Rico, hoy día 6 de diciembre de 2016. FDO. DIANA I. NAVARRO CRUZ, ALGUACIL, TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, SALA SUPERIOR DE SAN JUAN. LEGAL NOTICE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA SUPERIOR DE BAYAMÓN BANCO POPULAR DE PUERTO RICO Demandante V. JUAN FÉLIX RODRÍGUEZ PAGÁN, SU ESPOSA, ANA MARÍA MIRANDA PAGÁN Y LA SOCIEDAD LEGAL DE BIENES GANANCIALES POR AMBOS COMPUESTA Demandado Civil Núm.: DCD2015-1850. (504). Sobre: COBRO DE DINERO Y EJECUCIÓN DE GARANTÍAS. ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, EL PRESIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS, ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO, SS. EDICTO DE SUBASTA. Yo, JORGE CAMPUSANO, Alguacil del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Bayamón, al público en general. CERTIFICO Y HAGO SABER: Que en cumplimiento de un Mandamiento de Ejecución de Sentencia fechado el 22 de agosto de 2016 que me ha sido dirigido por la Secretaría del Tribunal de Primera Instancia de Puerto Rico, Sala Superior de Bayamón en el caso arriba indicado, venderé en la fecha o fechas que más adelante se indican, en pública subasta al Legal Notice mejor postor, en moneda legal de los Estados Unidos de América, en mi oficina sita en el local que ocupa en el Centro Judicial de Bayamón, Puerto Rico, todo derecho, título e interés que tenga la parte demandada, en el inmueble que se describe a continuación, propiedad de los demandados Juan Félix Rodríguez Pagán, Ana María Miranda Pagán y la Sociedad Legal de Bienes Gananciales por Ambos Compuesta: (A) Finca 18,703, inscrita al folio 63 del tomo 414 de Bayamón Sur, Registro de la Propiedad de Puerto Rico, Sección I de Bayamón. “URBANA: Solar seis, Manzana “C”, Urbanización Villa Contessa, Barrio Pájaros y Cerro Gordo de Bayamón, Puerto Rico, compuesto de trescientos veinticinco metros cuadrados, en lindes por el NORTE, con la calle ochentisiete, en trece metros; SUR, con los solares cuatro y veintinueve, en trece metros; ESTE, con solar siete, en veinticinco metros; y OESTE, con solar cinco, en veinticinco metros. Contiene una casa de concreto reforzado para una familia.” Finca 18,703. Por su procedencia está afecta a: a. Servidumbre a favor de la Autoridad de Acueductos y Alcantarillados de Puerto Rico. b. Servidumbre a favor de la Autoridad de Fuentes Fluviales de Puerto Rico. c. Servidumbre a favor del Municipio de Bayamón. d. Condiciones restrictivas sobre edificación y uso. Por sí está afecta a: Hipoteca en garantía de un pagaré a favor de Preferred Mortgage Corporation, o a su orden, por la suma principal de $128,484.00, con intereses al 4.50% anual, vencedero el día 1 de diciembre de 2040, constituida mediante la escritura número 106, otorgada en San Juan, Puerto Rico, el día 3 de diciembre de 2010, ante la notario Katiria B. Faria Chacón, e inscrita al folio 11 del tomo 1,901 de Bayamón Sur, finca número 18,703, inscripción 13ra. El precio mínimo de este remate con relación a la Finca 18,703 antes descrita y la fecha de cada subasta serán la siguiente: PRIMERA SUBASTA: 11 DE ENERO DE 2017 A LAS 10:00 DE LA MAÑANA. PRECIO MÍNIMO: $128,484.00. HIPOTECA: Escritura número 106, otorgada en Bayamón, Puerto Rico, el día 3 de diciembre de 2010, ante la notario Katiria B. Faria Chacón. SEGUNDA SUBASTA: 18 DE ENERO DE 2017 A LAS 10:00 DE LA MAÑANA. PRECIO MÍNIMO: $85,656.00. TERCERA SUBASTA: 25 DE ENERO DE 2017 A LAS 10:00 DE LA MAÑANA. PRECIO MÍNIMO: $64,242.00. Los autos y todos los documentos correspondientes al procedimiento incoado estarán de manifiesto en la Secretaría del Tribunal durante las horas laborables. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titulación que se transmite y que las cargas y gravámenes anteriores y las preferentes, si las hubiere, al crédito del ejecutante, continuarán subsistentes, enten- 24 diéndose que el rematante las acepta y queda subrogado en la responsabilidad de las mismas, sin destinarse a su extinción el precio del remate. Conforme a la Sentencia dictada el día 16 de junio de 2016 y archivada en los autos el 28 de junio de 2016, la anterior venta se hará para satisfacer las sumas adeudadas por concepto del préstamo hipotecario garantizado por la hipoteca antes mencionada y las sumas que se mencionan a continuación: La suma principal de $119,401.45, más intereses a razón de cuatro punto cinco por ciento anual (4.50%), desde el 1 de febrero de 2015, que se acumulan diariamente hasta su total y completo pago, más la suma de $220.12 por cargos por mora, más la suma de $12,848.40 por concepto de costas, gastos y honorarios de abogado hipotecariamente asegurados. Se notifica por la presente a los acreedores que tengan inscritos o anotados sus derechos sobre el inmueble a ser subastado con posterioridad a la inscripción del gravamen del ejecutante descrito anteriormente, o acreedores de cargas o derechos reales que los hubieren pospuesto al gravamen del actor y a los dueños, poseedores, tenedores de o interesados en títulos transmisibles por endoso o al portador garantizado hipotecariamente con posterioridad al gravamen del actor para que puedan concurrir a la subasta si así lo interesan o satisfacer antes del remate el importe del crédito, de sus intereses, costas y honorarios de abogado, quedando subrogados en los derechos del acreedor ejecutante. Y, para conocimiento de licitadores, del público en general, y para su publicación de acuerdo con la ley en un periódico de circulación general de la isla de Puerto Rico y en tres sitios públicos del Municipio en que ha de celebrarse la venta, tales como la Alcaldía, el Tribunal y la Colecturía y vía correo certificado con acuse de recibo a la última dirección conocida de la parte demandada, expido el presente edicto bajo mi firma y el sello de este Tribunal en Bayamón, Puerto Rico, hoy día 14 de septiembre de 2016. JORGE CAMPUSANO, ALGUACIL, TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, SALA SUPERIOR DE BAYAMÓN. LEGAL NOTICE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA SUPERIOR DE RÍO GRANDE BANCO POPULAR DE PUERTO RICO Demandante V. INGRIS NATAL CENTENO Demandado Civil Núm.: N3CI2014-00729. Sobre: COBRO DE DINERO Y EJECUCIÓN DE HIPOTECA POR LA VÍA ORDINARIA. AVISO DE PÚBLICA SUBASTA. A: LOS CODEMANDADOS DE EPÍGRAFE Y AL The San Juan Daily Star Monday, December 26, 2016 PÚBLICO EN GENERAL: El Alguacil que suscribe por la presente anuncia y hace constar que en cumplimiento de una Sentencia dictada en el caso de epígrafe el 5 de agosto de 2016 y de un Mandamiento de Ejecución emitido el día 7 de diciembre de 2016, que le ha sido dirigido por la Secretaria del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Rio Grande, procederá a vender en subasta, por separado, y al mejor postor con dinero en efectivo, cheque de gerente o letra bancaria con similar garantía, todo título, derecho o interés de los demandados de epígrafe sobre el inmueble que adelante se describe. Se anuncia por la presente que la PRIMERA SUBASTA habrá de celebrarse el día 8 DE FEBRERO DEL AÑO 2017 A LAS 11:30 DE LA MAÑANA, en mi oficina localizada en el edificio que ocupa la Sala del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Rio Grande, sobre el inmueble que se describe a continuación: URBANA: Solar radicado en la Urbanización Río Grande Estates, situada en el barrio Zarzal del término municipal de Río Grande, Puerto Rico con el número, área y colindancias que se relacionan a continuación y contiene una casa de concreto reforzado diseñada para una familia: Número del solar: cinco (5) del bloque P, con un área de trecientos setenta punto treinta y un (370.31) metros cuadrados. En lindes por el NORTE, en trece punto setenta (13.70) metros con la calle dieciocho (18); por el SUR, en trece punto setenta (13.70) metros con el solar número doce (#12); por el ESTE, en veintisiete punto cero tres (27.03) metros, con el solar número seis (#6) y por el OESTE, en veintisiete punto cero tres (27.03) metros con el solar número cuatro (#4). FINCA: numero diecinueve mil novecientos veintitrés (#19923), inscrita al folio sesenta y cuatro (64) del tomo trecientos (300) de Río Grande (Sección III de Carolina). La dirección física de la propiedad es: Urb. Rio Grande Estates P-5 19 ST., Rio Grande PR 00745. El siguiente pagaré consta inscrito en la propiedad antes mencionada y es el que se pretende ejecutar: HIPOTECA: Por $115,200.00, con intereses al 4.50% anual, en garantía de un pagaré a favor de RBS Mortgage Corporation, vencedero el 1 de marzo de 2044. Según escritura #33, otorgada en San Juan, el 21 de febrero de 2014, ante Enel M. Pérez Monte, inscrita al folio 40 del tomo 491 de Río Grande, inscripción 8va. La referida hipoteca grava el bien inmueble antes descrito. Que según surge del estudio de título, la propiedad se encuentra afecta a los siguientes gravámenes posteriores: AVISO DE DEMANDA: Dictado en el Caso Civil N3CI-2014-00729, en el Tribunal de Primera Instancia, Centro Judicial de Río Grande, Sala Superior, seguido por Doral Bank (demandante) vs. Ingris Natal Centeno (demandada). Se solicita el pago de la deuda garantizada con la hipoteca de la inscripción 8va. reducida a $114,896.03, más intereses y otras sumas, o la venta de la finca en pública subasta. Anotado al folio 83 del tomo 552 de Río Grande, Anotación B, con fecha de 10 de noviembre de 2014. 1. La subasta se llevará a cabo para con su producto satisfacer al demandante, total o parcialmente según sea el caso, de la referida sentencia que fue dictada por las siguientes sumas: $114,896.03 por concepto de principal, más los intereses acumulados al 4.50% desde el 1ro de mayo de 2014, más las primas de seguro hipotecario y riesgo, recargos por demora y cualesquiera otras cantidades pactadas en la escritura de hipoteca, desde la fecha antes mencionada y hasta la fecha del total pago de las mismas, más la suma de $11,520.00 para gastos, costas y honorarios de abogado, según pactados. Y PARA CONOCIMIENTO DE LAS PARTES INTERESADAS y del público en general, se advierte que los autos de este caso y demás instancias están disponibles para ser inspeccionadas en la Secretaría del Tribunal de Primera Instancia Sala Superior de Rio Grande, durante las horas laborables. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titularidad del inmueble y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes al crédito del ejecutante, incluyendo el gravamen por las contribuciones sobre la propiedad inmueble adeudadas, si los hubiere, continuarán subsistentes, entendiéndose que el rematante los acepta y queda responsable de los mismos sin destinarse a su extinción el precio del remate. La propiedad a ser ejecutada se adquirirá Libre de Cargas y Gravámenes posteriores. Los tipos mínimos a utilizarse para la subasta son los siguientes: El inmueble antes descrito ha sido tasado en la suma de CIENTO QUINCE MIL DOSCIENTOS DÓLARES ($115,200.00) para que dicha suma sirva de tipo mínimo en la primera subasta a celebrarse. De no producirse remate ni adjudicación en la primera subasta del antedicho inmueble, se celebrará una SEGUNDA SUBASTA en el mismo lugar antes mencionado, el día 15 DE FEBRERO DEL AÑO 2017 A LAS 11:30 DE LA MAÑANA, sirviendo como tipo mínimo para dicha segunda subasta, una suma equivalente a las dos terceras (2/3) partes del tipo mínimo pactado para la primera subasta, o sea, la suma de SETENTA Y SEIS MIL OCHOCIENTOS DÓLARES ($76,800.00) para la finca antes descrita. De no producirse remate ni adjudicación en la segunda subasta del antedicho inmueble, se celebrará una TERCERA SUBASTA en el mismo lugar antes mencionado, el día 22 DE FEBRERO DEL AÑO 2017 A LAS 11:30 DE LA MAÑANA, sirviendo como tipo mínimo para dicha tercera subasta, una suma equivalente a la mitad (1/2) del tipo mínimo fijado para la primera subasta, o sea, la suma de CINCUENTA Y SIETE MIL SEISCIENTOS DOLARES ($57,600.00) para la finca antes descrita. En testimonio de lo cual, expido el presente aviso, el cual firmo y sello, hoy 15 de diciembre de 2016, en Río Grande, Puerto Rico. MARÍA DE LOURDES LÓPEZ MOREIRA, ALGUACIL. LEGAL NOTICE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA SUPERIOR DE GUAYAMA BANCO POPULAR DE PUERTO RICO Demandante V. SUCESION DE CRUCITA RODRIGUEZ MASSO COMPUESTA POR SUS HEREDEROS DESCONOCIDOS; TODAS PARTES DESCONOCIDAS RECLAMANDO POR, A TRAVES, BAJO O CONTRA LOS DEMANDADOS AQUI NOMBRADOS QUIENES NO SON CONOCIDOS, SI VIVOS O MUERTOS, IRRESPECTIVAMENTE SI DICHAS PARTES DESCONOCIDAS PUEDEN RECLAMAR UN INTERES COMO CONYUGE, HEREDERO, LEGATARIO, CESIONARIO U OTRO RECLAMANTE; POSEEDOR DESCONOCIDO A ; POSEEDOR DESCONOCIDO B ; ESTADOS UNIDOS DE AMERICA Demandandos Civil Núm.: GCD2014-0193. Sobre: EJECUCIÓN DE HIPOTECA POR LA VÍA ORDINARIA. AVISO DE PÚBLICA SUBASTA. A: LOS CODEMANDADOS DE EPIGRAFE Y AL PÚBLICO EN GENERAL: A. EL ALGUACIL DEL TRIBUNAL QUE SUSCRIBE ANUNCIA Y HACE CONSTAR: Que en cumplimiento del Mandamiento que me ha sido dirigido por la Secretaria del Tribunal de Primera Instancia de Puerto Rico, Sala de Guayama, en el caso del epígrafe, venderé en pública subasta y al mejor postor de contado y en moneda de curso legal y corriente de los Estados Unidos de América, todo derecho, título o interés que tenga la Parte Demandada en el bien inmueble que se describe a continuación: RUSTICA: Parcela marcada con el número doscientos tres en el Plano de Parcelación de la Comunidad Rural Jobos del Barrio Jobos del término municipal de Guayama, Puerto Rico, con una cabida superficial de cero cuerdas con mil trescientos diez y ocho diez milésimas de otra, equivalente a quinientos diez y siete punto ochenta y ocho metros cuadrados. En lindes por el NORTE, con la Parcela número doscientos dos de la misma Comunidad; por el SUR, con la Calle número cuatro de la Comunidad; por el ESTE, con la Parcela número doscientos cinco de la misma Comunidad; y por el OESTE, con la Calle número seis de la Comunidad. Consta inscrita al folio 237, Finca número 6,999 de Guayama, Registro de la Propiedad de Puerto Rico, Sección de Guayama. Dirección Física: Parcela 203 Comunidad Rural Jobos Bo. Jobos, Guayama, PR 0078472. B. Que los autos y todos los documentos correspondientes al procedimiento incoado están de manifiesto en la Secretaría del Tribunal durante las horas laborables bajo el epígrafe de este caso. C. Que se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titularidad y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si lo hubiese, al crédito ejecutante, continuarán subsistentes, entendiéndose que el remanente los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio del remate. La propiedad a ser ejecutada, se adquirirá libre de cargas y gravámenes posteriores. D. Que la Propiedad se encuentra afecta al siguiente gravamen anterior: NINGUNO. Posteriores: Hipoteca en garantía de un pagaré a favor de Secretario de la Vivienda y Desarrollo Urbano, o a su orden, por la suma principal de $70,000.00, con intereses al 7% anual, vencedero a la presentación, constituida mediante la escritura número 894, otorgada en Cayey, Puerto Rico, el día 5 de diciembre de 2007, ante el notario Raúl Rivera Burgos, e inscrita al folio 192 del tomo 500 de Guayama, finca número 6,999, inscripción 6ta., como Asiento Abreviado extendida las líneas el día 1 de diciembre de 2014, en virtud de la Ley número 216 del día 27 de diciembre de 2010. (Fue presentado el día 15 de enero de 2008 al Asiento 536 del Diario 634). Anotación de Demanda del día 29 de mayo de 2014, expedida en el Tribunal de Primera Instancia de Puerto Rico, Sala de Guayama, en el caso civil número GCD 2014-0193, seguido por Banco Popular de Puerto Rico, contra Sucesión Crucita Rodriguez Masso y Estados Unidos de América, donde se solicita el pago de la suma adeudada en la hipoteca de la inscripción 6ta., por la suma de $60,865.59 más otras sumas, anotado el día 1 de diciembre de 2014, al folio 192 del tomo 500 de Guayama, finca número 6,999, Anotación A. E. Dicha subasta se llevará a cabo para satisfacer a la parte demandante las siguientes su- mas dispuestas en la sentencia: $66,943.40. Además adeuda la cantidad de $7,000.00 por concepto de costas, gastos y honorarios de abogados. F. Se estableció como tipo mínimo la suma de $70,000.00. La PRIMERA SUBASTA se celebrará el día 10 DE ENERO DE 2017 A LAS 2:00 DE LA TARDE en la Oficina del Alguacil del Tribunal de Primera Instancia de Guayama. Por el tipo mínimo de $70,000.00. De declararse desierta dicha subasta se celebrará una SEGUNDA SUBASTA el día 17 DE ENERO DE 2017 A LAS 2:00 DE LA TARDE en el mismo lugar antes mencionado. El precio para la segunda subasta lo será 2/3 partes del precio mínimo de la primera, o sea, $46,666.67. De declararse desierta dicha segunda subasta, se celebrará una TERCERA SUBASTA el día 24 DE ENERO DE 2017 A LAS 2:00 DE LA TARDE en el mismo lugar antes mencionado. El precio para la tercera lo será ½ del precio mínimo de la primera, o sea, $35,000.00. Y PARA QUE ASI CONSTE, y para su publicación en un periódico de circulación general y por un término de veinte (20) días en los sitios públicos conforme a la ley, expido la presente bajo mi firma y sello de este tribunal, hoy 7 de diciembre de 2016 en Guayama, Puerto Rico. IVETTE C. CARDONA BONILLA, ALGUACIL #024, CENTRO JUDICIAL DE GUAYAMA. LEGAL NOTICE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA DE CAGUAS. LIME RESIDENTIAL LTD. Demandante V. RAÚL PÉREZ REYES, SU ESPOSA SELIT RODRÍGUEZ OJEDA Y LA SOCIEDAD LEGAL DE GANANCIALES COMPUESTA POR AMBOS; ESTADOS UNIDOS DE AMERICA Demandados CIVIL NÚM. ECD2010-1852 (702). SOBRE: COBRO DE DINERO Y EJECUCIÓN DE HIPOTECA POR LA VÍA ORDINARIA. AVISO DE VENTA EN PÚBLICA SUBASTA. Yo, Ivonne Benitez Lopez, Placa 958, Alguacil Supervisor de la División de Subastas del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Caguas, a los demandados y al público en general, les notifico que, cumpliendo con un Mandamiento que se ha librado en el presente caso por el Secretario del Tribunal, de epígrafe con fecha 7 de septiembre de 2016 y para satisfacer la Sentencia dictada el 28 de octubre de 2015, notificada a la parte demandada y archivada en autos el 17 de diciembre de 2015, posteriormente enmendada NUNC PRO TUNC el 12 de mayo de 2016, y notificada el 24 de mayo de 2016. La misma fue publicada mediante edicto, a tra- vés del Periódico The San Juan Daily Star, el 23 de diciembre de 2015, según lo dispone la Regla 65.3 de Procedimiento Civil de Puerto Rico, 32 L.P.R.A., Ap. V, R. 65.3; apareciendo que dicha sentencia tiene carácter de final, firme e inapelable por no haberse interpuesto contra ella recurso alguno, se ORDENA que el Secretario de este Tribunal libere mandamiento al Alguacil del mismo para que se ejecute la Sentencia dictada en este caso, vendiendo en pública subasta la propiedad que se describe a continuación: RÚSTICA: Predio de terreno identificado como remanente ubicado en el barrio Rio Abajo del término municipal de Cidra, Puerto Rico, con una cabida superficial de 7769.1913 metros cuadrados, equivalentes a 1.9766 cuerdas. En lindes por el NORTE, con el solar #2 y con solar segregado; por el SUR, con finca principal; por el ESTE, con solar segregado; y por el OESTE, con terrenos de José A. Vázquez. Es el remanente de la finca luego de una segregación. Se segrega de la finca #9,164 inscrita al folio 142 del tomo 230 de Cidra. Finca 12,884, inscrita al folio 163 del tomo 330 de Cidra, Sección II de Caguas. Que con el importe de dicha venta se habrá de satisfacer a la parte demandante las cantidades adeudadas, según la Sentencia dictada en el caso de epígrafe, por el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Caguas. El tipo mínimo para la subasta será la suma de tasación pactada, la cual es $200,000.00 para la propiedad descrita. Si no produjere remate o adjudicación la primera subasta, se procederá a una segunda subasta y servirá de tipo mínimo de 2/3 partes del valor de la tasación o sea $133,333.33. Si tampoco hubiere remate ni adjudicación en esta segunda subasta, se procederá a una tercera subasta, en ésta el tipo mínimo será de la 1/2 del valor de la tasación o sea $100,000.00. Para el lote descrito, la primera subasta se llevará a cabo el día 11 de enero de 2017, a las 9:45 de la mañana. De no comparecer postor alguno se llevará a efecto una segunda subasta el día 18 de enero de 2017, a las 1:45 de la tarde. De no comparecer postor alguno se llevará a cabo una tercera subasta el día 25 de enero de 2017, a las 1:45 de la tarde. La subasta o subastas antes indicadas se llevarán a efecto en mi oficina, localizada en el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Caguas. De Estudio de Título surgen los siguientes gravámenes posteriores los cuales podan ser extinguidos: HIPOTECA: A favor de Firstbank Puerto Rico, o a su orden, por la suma de $37,500.00, intereses al 6 3/4% anual, vencedero el 1 de diciembre de 2019, según consta de la Escritura #914, otorgada en San Juan el 29 de noviembre de 2004, ante Notario Oscar M. Gonzalez Rivera, inscrita al folio 182 del tomo 330 de Cidra, inscripción 6ta. The San Juan Daily Star EMBARGO: A favor de los Estados Unidos de América, por la suma de $7,120.58 contra Raul Perez, seguro social XXX-XX4624, notificación #391752007, anotado al folio 170, Asiento 2, tomo 3 del 25 de septiembre de 2007. EMBARGO: A favor de los Estados Unidos de América, por la suma de $7,478.39 contra Raul Perez y Selit Rodriguez, Seguro Social XXX-XX4624, Notificación #391500807, anotado al folio 170, Asiento 3, tomo 3 del 25 de septiembre de 2007. Se le advierte a los licitadores que la adjudicación se hará al mejor postor, quien deberá consignar el importe de su oferta en el mismo acto de la adjudicación en moneda de curso legal de los Estados Unidos de Norteamérica y para conocimiento de la parte demandada y de toda(s) aquella(s) persona(s) que tengan interés inscrito con posterioridad a la inscripción del gravamen que se está ejecutando, y para conocimiento de los licitadores y el público en general y para su publicación en un periódico de circulación general, una vez por semana durante el término de dos (2) semanas consecutivas con un intervalo de por lo menos siete (7) días entre ambas publicaciones, y para su fijación en tres (3) lugares públicos del municipio en que ha de celebrarse la venta, tales como, la Alcaldía, el Tribunal y la Colecturía y se le notificará además a la parte demandada vía correo certificado con acuse de recibo a la última dirección conocida. Se les advierte a todos los interesados que todos los documentos relacionados con la presente acción de ejecución de hipoteca, así como la de la subasta, estarán disponibles para ser examinados en la Secretaría del Tribunal. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titulación y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere al crédito de ejecutante, continuarán subsiguientes entendiéndose que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio del remate. Y para conocimiento de los demandados, de los acreedores posteriores, de los licitadores, partes interesadas y público en general, expido el presente Aviso para su publicación en los lugares públicos correspondientes. Librado en Caguas, Puerto Rico, a 13 de diciembre de 2016. 13 de diciembre de 2016. Ivonne Benitez Lopez, Placa 958, ALGUACIL. ***** Y COMO CÓNYUGE SUPÉRSTITE EN CUANTO A LA CUOTA VIUDAL USUFRUCTUARIA Y LA SUCESIÓN DE JEANETTE INGBERMAN COMPUESTA POR FULANO DE TAL Y SUTANO DE TAL COMO POSIBLES HEREDEROS DESCONOCIDOS Demandados Civil Núm.; KCD2016-0444. Salon Núm.: (803). Sobre: EJECUCIÓN DE HIPOTECA Y COBRO DE DINERO (VÍA ORDINARIA). EDICTO DE SUBASTA. ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, EL PRESIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS, ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO, SS. A: FRANCISCO COLÓN QUINTERO, POR SÍ Y COMO CÓNYUGE SUPÉRSTITE EN CUANTO A LA CUOTA VIUDAL USUFRUCTUARIA Y LA SUCESIÓN DE JEANETTE INGBERMAN COMPUESTA POR FULANO DE TAL Y SUTANO DE TAL COMO POSIBLES HEREDEROS DESCONOCIDOS; AL (A LA) SECRETARIO (A) DE HACIENDA DE PUERTO RICO Y AL PÚBLICO EN GENERAL: El Alguacil que suscribe, certifica y hace constar que en cumplimiento de Mandamiento de Ejecución de Sentencia que me ha sido dirigido por la Secretaría del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de San Juan, procederé a vender en pública subasta y al mejor postor, por separado, de contado y por moneda de curso legal de los Estados Unidos de América. Todo pago recibido por el (la) Alguacil por concepto de subastas será en efectivo, giro postal o cheque certificado a nombre del (de la) Alguacil del Tribunal de Primera Instancia. Todo derecho, título, participación e interés que le corresponda a la parte demandada o cualquiera de ellos en el inmueble hipotecado objeto de ejecución que se describe a continuación: URBANA: Propiedad Horizontal: Apartamento número cuatro (4). Apartamento del Condominio Crescent Beach ubicado en el número trescientos dos guión trescientos cuatro (302-304) de la Avenida Muñoz Rivera en Puerta de Tierra, San Juan, Puerto Rico y construiLEGAL NOTICE do de hormigón armado con ESTADO LIBRE ASOCIADO DE algunas paredes interiores de PUERTO RICO TRIBUNAL DE bloques, con un área superficial PRIMERA INSTANCIA SALA de mil dieciocho punto sesenta y dos pies cuadrados (1018.62 SUPERIOR DE SAN JUAN p.c.) equivalentes a noventa y FIRSTBANK cuatro punto setenta y tres mePUERTO RICO tros cuadrados (94.73 m.c.). En Parte Demandante Vs. lindes por el NORTE, en veintiún FRANCISCO COLÓN pies once pulgadas (21’11”) equivalentes a seis pies punto QUINTERO, POR SÍ Monday, December 26, 2016 sesenta y seis metros (6.66 m) con la pared exterior norte que colinda con la Avenida Muñoz Rivera; por el SUR, en veintidós pies cinco pulgadas (22’5”) equivalentes a seis punto setenta y tres metros (6.73 m) con el solar del señor José Caballero Tirado y el área comunal de la escalera Oeste; por el ESTE, en cincuenta y cuarto pies cinco y tres cuatro pulgadas (54’5 ¾”) equivalentes a dieciséis punto sesenta metros (16.60 m) con el apartamento número ocho (8); y por el OESTE, en cincuenta y un pies dos y media pulgadas (52’2 ½”) equivalentes a quince punto sesenta metros (15.60 m) con el área de ventilación Oeste y el área común de la escalera Oeste. Este apartamento se usará para propósitos residenciales exclusivamente y consiste de sala-comedor, cocina, tres cuartos con sus closets, dos baños, pasillo y balcón. La sala tiene acceso al área comunal de la escalera Oeste que da acceso a los apartamentos tres (3), cuatro (4), cinco (5) y seis (6) y la azotea del edificio. Le corresponde un porcentaje en los elementos comunes generales de nueve punto cincuenta y tres por ciento. Consta inscrito al folio 66 del tomo 39 de Puerta de Tierra, finca #902 del Registro de la Propiedad de Puerto Rico, Sección Primera de San Juan. La propiedad está localizada en la siguiente dirección: Condominio Crecent Beach, Apto. 4, 302-204, Ave. Muñoz Rivera (Puerta de Tierra), San Juan, Puerto Rico 00959. En relación a la finca a subastarse, se establece como tipo mínimo de licitación en la Primera Subasta la suma de $166,500.00, según acordado entre las partes en el precio pactado en la escritura de compraventa. La PRIMERA SUBASTA, se llevará a cabo el día 13 DE FEBRERO DE 2017, A LAS 11:00 DE LA MAÑANA, en mis oficinas sitas en el Tribunal de Primera Instancia, Sala de San Juan. Si la primera subasta del inmueble no produjere remate, ni adjudicación, se celebrará una SEGUNDA SUBASTA el día 21 DE FEBRERO DE 2017, A LAS 11:00 DE LA MAÑANA, en el mismo sitio y servirá de tipo mínimo las dos terceras partes del precio pactada para la primera subasta, o sea, la suma de $111,000.00. Si la segunda subasta no produjere remate, ni adjudicación, se celebrará una TERCERA SUBASTA el día 28 DE FEBRERO DE 2017, A LAS 11:00 DE LA MAÑANA, en el mismo lugar y regirá como tipo mínimo de la tercera subasta la mitad del precio pactado para la primera, o sea, la suma de $83,250.00. Dicha subasta se llevará a cabo, para con su producto satisfacer a la parte demandante el importe de la Sentencia dictada a su favor, a saber: Suma Principal: $155,815.51, más los intereses correspondientes a razón de 5.875% anual, desde el 1ro de junio de 2015 y los que se conti- núen acumulando hasta su total y completo pago, más una suma equivalente 5% de cualquier pago que esté en mora por más de quince (15) días desde la fecha de su vencimiento. Más una suma estipulada para costas, gastos y honorarios de abogado de $16,650.00, más cualquier otra suma que resulte por cualesquiera otros adelantos que se hayan hecho la demandante, en virtud de las disposiciones de la escritura de hipoteca y del Pagaré hipotecario. Para más información, a las personas interesadas se les notifica que los autos y todos los documentos correspondientes al procedimiento incoado, estarán de manifiesto en la Secretaría del Tribunal, durante las horas laborables. Este EDICTO DE SUBASTA, se publicará en los lugares públicos correspondientes y en un periódico de circulación general en la jurisdicción de Puerto Rico. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titularidad y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere, al crédito del ejecutante continuarán subsistentes. Se entenderá, que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio del remate. Se procederá a otorgar la correspondiente Escritura de Venta Judicial y el Alguacil pondrá en posesión judicial al nuevo dueño, si así se lo solicita dentro del término de veinte (20) días, de conformidad con las disposiciones de Ley. Si transcurren los referidos veinte (20) días, el tribunal podrá ordenar, sin necesidad de ulterior procedimiento, que se lleve a efecto el desalojo o lanzamiento del ocupante u ocupantes de la finca o de todos los que por orden o tolerancia del deudor la ocupen. Se informa que la propiedad objeto de ejecución se adquiere libre de cargas y gravámenes posteriores. Expedido en San Juan, Puerto Rico, a 09 de diciembre de 2016. DIANA I. NAVARRO CRUZ, ALGUACIL AUXILIAR. LEGAL NOTICE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA SUPERIOR DE SAN JUAN LIME RESIDENTIAL, LTD. Parte Demandante Vs. PICK “N” SAVE, INC.; REPRESENTADO POR: NOEL SOLER NIEVES, SU ESPOSA BETTY MERCEDES FLORES SANTIAGO Y LA SOCIEDAD LEGAL DE GANANCIALES COMPUESTA POR AMBOS Demandados Civil Núm.: KCD2013-1288. Salón Núm.: (908). Sobre: EJECUCIÓN DE HIPOTECA “IN REM”. EDICTO DE SUBASTA. ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, EL PRESIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS, ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO, SS. A: PICK “N” SAVE, INC.; REPRESENTADO POR: NOEL SOLER NIEVES, SU ESPOSA BETTY MERCEDES FLORES SANTIAGO Y LA SOCIEDAD LEGAL DE GANANCIALES COMPUESTA POR AMBOS; AL (A LA) SECRETARIO (A) DE HACIENDA DE PUERTO RICO Y AL PÚBLICO EN GENERAL: El Alguacil que suscribe, certifica y hace constar que en cumplimiento de Mandamiento de Ejecución de Sentencia que me ha sido dirigido por la Secretaría del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de San Juan, procederé a vender en pública subasta y al mejor postor, por separado, de contado y por moneda de curso legal de los Estados Unidos de América. Todo pago recibido por el (la) Alguacil por concepto de subastas será en efectivo, giro postal o cheque certificado a nombre del (de la) Alguacil del Tribunal de Primera Instancia. Todo derecho, título, participación e interés que le corresponda a la parte demandada o cualquiera de ellos en el inmueble hipotecado objeto de ejecución que se describe a continuación: URBANA: Apartamento número cinco guión B del edificio gobernado por el Régimen de la Propiedad Horizontal conocido por el nombre El Escorial sito en el número ciento once (111) de la Calle Marginal Avenida Roosevelt en la Urbanización Piñero de Hato Rey, Puerto Rico. Este apartamento está localizado en la esquina SUROESTE de la quinta planta del edificio y colinda por el NORTE en parte con el vestíbulo de la quinta planta del edificio, en parte con la escalera OESTE y el pozo del ascensor OESTE del edificio y en parte con el patio interior OESTE del edificio; por el SUR, con el patio del solar que ocupa el edificio principal en colindancias con la Avenida Roosevelt de la Urbanización Piñero; por el ESTE, en parte con el vestíbulo de la quinta planta del edificio y en parte con la pared maestra que lo separa del apartamento “A” de dicha planta del edificio; y por el OESTE, en parte con el patio interior OESTE del edificio principal en colindancias con los solares números quince (15) y treinta y dos (32) de la manzana D de la Urbanización Piñero. Este apartamento B tiene una cabida superficial de mil ciento noventa y uno punto sesenta y un pies cuadrados, equivalentes a ciento diez punto setenta y siete metros cuadrados. Consta de sala-comedor donde se tiene acceso por la parte SURESTE de la misma a un balcón rectangular con una cabida superficial de noventa y cuatro punto cincuenta y cinco pies cuadrados equivalentes a ocho punto setenta y nueve metros y donde tiene acceso también por su parte SUROESTE a un pasillo interior que contiene un closet de cuyo pasillo se tiene acceso a su vez a tres dormitorios y un baño. El dormitorio número uno, localizado en la sección NOROESTE del apartamento, contiene un closet y da acceso a un baño para para uso de este dormitorio. Los dos dormitorios localizados en la parte SUR del apartamento y denominado dormitorios dos y tres, contienen un closet cada uno. De la salacomedor antes mencionados se tiene acceso también por su parte NORTE, a una cocina que contiene un closet y de cuya cocina se tiene acceso, asimismo por su parte OESTE, a un balcón de servidumbre que tiene una cabida superficial de cincuenta y dos punto cincuenta (52.50) pies cuadrados, equivalentes a cuatro punto ochenta y ocho (4.88) metros cuadrados, de este balcón de servicio se tiene acceso hacia el NORTE, a través de una puerta de entrada secundaria del apartamento al vestíbulo de la quinta planta del edificio. La puerta de entrada principal del apartamento está localizada al extremo NORESTE de la sala que resulta ser a su vez el extremo SUROESTE del vestíbulo de uso comunal limitado de esa planta, de cuyo vestíbulo se tiene acceso por sus lados ESTE y OESTE a dos elevadores y a dos escaleras, que conectan las varias plantas del edificio con el vestíbulo principal, localizado en la planta terrera y de cuyo vestíbulo principal se tiene acceso a su vez a través de los patios SUR y NORTE de la propiedad de la Avenida Roosevelt y a la Calle número Dos, respectivamente de la Urbanización. Le corresponde una participación en los elementos comunes generales equivalentes a uno punto seis nueve ocho por ciento. Consta inscrita al folio 201 del tomo 733 de Río Piedras Norte, finca #21,177 del Registro de la Propiedad de Puerto Rico, Sección Segunda de San Juan. La propiedad está localizada en la siguiente dirección: Condominio El Escorial, Ave. Roosevelt, Apto. 5-B, San Juan, Puerto Rico 00968. En relación a la finca a subastarse, se establece como tipo mínimo de licitación en la Primera Subasta la suma de $122,400.00, según acordado entre las partes en el precio pactado en la escritura de compraventa. La PRIMERA SUBASTA, se llevará a cabo el día 13 DE FEBRERO DE 2017, A LAS 11:30 DE LA MAÑANA, en mis oficinas sitas en el Tribunal de Primera Instancia, Sala de San Juan. Si la primera subasta del inmueble no produjere remate, ni adjudicación, se celebrará 25 Legal Notice una SEGUNDA SUBASTA el día 21 DE FEBRERO DE 2017, A LAS 11:30 DE LA MAÑANA, en el mismo sitio y servirá de tipo mínimo las dos terceras partes del precio pactada para la primera subasta, o sea, la suma de $81,600.00. Si la segunda subasta no produjere remate, ni adjudicación, se celebrará una TERCERA SUBASTA el día 28 DE FEBRERO DE 2017, A LAS 11:30 DE LA MAÑANA, en el mismo lugar y regirá como tipo mínimo de la tercera subasta la mitad del precio pactado para la primera, o sea, la suma de $61,200.00. Dicha subasta se llevará a cabo, para con su producto satisfacer a la parte demandante el importe de la Sentencia dictada a su favor, a saber: Suma Principal: $95,508.51, más los intereses correspondientes a razón de 6.125% anual, desde el 1ro de noviembre de 2012 y los que se continúen acumulando hasta su total y completo pago, más una suma equivalente 5% de cualquier pago que esté en mora por más de quince (15) días desde la fecha de su vencimiento. Más una suma estipulada para costas, gastos y honorarios de abogado de $12,240.00, más cualquier otra suma que resulte por cualesquiera otros adelantos que se hayan hecho la demandante, en virtud de las disposiciones de la escritura de hipoteca y del Pagaré hipotecario. Para más información, a las personas interesadas se les notifica que los autos y todos los documentos correspondientes al procedimiento incoado, estarán de manifiesto en la Secretaría del Tribunal, durante las horas laborables. Este EDICTO DE SUBASTA, se publicará en los lugares públicos correspondientes y en un periódico de circulación general en la jurisdicción de Puerto Rico. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titularidad y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere, al crédito del ejecutante continuarán subsistentes. Se entenderá, que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio del remate. Se procederá a otorgar la correspondiente Escritura de Venta Judicial y el Alguacil pondrá en posesión judicial al nuevo dueño, si así se lo solicita dentro del término de veinte (20) días, de conformidad con las disposiciones de Ley. Si transcurren los referidos veinte (20) días, el tribunal podrá ordenar, sin necesidad de ulterior procedimiento, que se lleve a efecto el desalojo o lanzamiento del ocupante u ocupantes de la finca o de todos los que por orden o tolerancia del deudor la ocupen. Se informa que la propiedad objeto de ejecución se adquiere libre de cargas y gravámenes posteriores. Expedido en San Juan, Puerto Rico, a 09 de diciembre de 2016. DIANA I. NAVARRO CRUZ, ALGUACIL. LEGAL NOTICE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE CAROLINA SALA SUPERIOR. BANCO POPULAR DE PUERTO RICO Demandante v. Ildelisa Rosario Santos Demandada. CIVIL NÚM: FCD2015-0966 (406) SOBRE: EJECUCIÓN DE HIPOTECA POR LA VÍA ORDINARIA IN REM. EDICTO DE SUBASTA. El Alguacil que suscribe por la presente CERTIFICA, ANUNCIA y hace CONSTAR: Que en cumplimiento de un Mandamiento de Ejecución de Sentencia que le ha sido dirigido al Alguacil que suscribe por la Secretaría del TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE CAROLINA SALA SUPERIOR, en el caso de epígrafe procederá a vender en pública subasta al mejor postor quién pagará de contado y en moneda de curso legal de los Estados Unidos de América, giro postal o por cheque de gerente a nombre del Alguacil del Tribunal de Primera Instancia el día 16 de febrero de 2017, a las 1:45 de la tarde, en su oficina sita en el local que ocupa en el edificio del TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE CAROLINA SALA SUPERIOR, todo derecho, título e interés que tenga la parte demandada de epígrafe en el inmueble de su propiedad que ubica en The Residences at Parque Escorial Cond., 1331, Carolina, PR, 00987 y que se describe a continuación: PROPIEDAD HORIZONTAL: Apartment 1331 of Condominio The Residences at Parque Escorial, located in San Anton Ward, Carolina, located on the third, fourth and fifth floors of building 13 of the Condominium. The apartment has an area of 192.82 square meters. The third floor is bounded: on the North, by the wall that separates, it from apartment 1333, in a distance of 10.85 meters; on the South, by the wall that overlooks the front yard and the parking lot in a total distance of a 10.85 meters; on the East, by the wall that overlook the side yard in a distance of 6.24 meters and the wall that overlooks the side yard, in a distance of 6.24 meters and the wall that overlooks the terrace, in a distance of 1.19 meters; and on the West, where the entrance is located, by the wall, hallway, stairwell, and common elements that separate it from apartment 1330, in a distance of 6.39 meters and the wall that overlooks the terrace, in distance of 1.04 meters. The fourth floor is bounded on the North, by the wall that separates, it from apartment 1333, in a distance of 12.13 meters; on the South, by the wall that overlook the front yard and the parking lot, in a distance of 12.13 meters; on the Legal Notice East, by the wall that overlooks the side yard, in a distance 6.24 meters and the wall that overlooks the terrace, in a distance of 1.19 meters; on the West, by the wall that separates it from apartment 1330, in a distance of 6.24 meters and the wall that overlooks the terrace in a distance of 1.19 meters. The fifth floor is bounded on the East and West, by the open horizontal roof area which is a common element limited to this apartment; on the South, by the wall that overlooks the front yard and the parking lot; and on the North, by the wall that separed it from apartment 1333. The third floor of this apartment consist of living and dining areas, kitchen, laundry, bathroom, balcony and staircase leading to the fourth floor. The fourth floor consist of three bedrooms with a closet each, two bathroom, a hallway and the staircase leading to the third and fifth floor. The fifth floor consist of a rooted area measuring 7.43 meters by 3.53 meters and the landing area for the staircase leading from the fourth floor measuring 2.20 meters by 1.11 meters. The entrance to this apartment located on its Western boundary communicates with the hallway and stairwell of the building that lead to the sidewalk. This apartment has as part and appurtenant to it 0.6229% of the common elements and 13.08% of the limited common elements of building 13. It also has part as a common element limited to it two parking spaces in the parking area identified with the unit designation. The apartment has, as a common element limited to it that horizontal areas of the roof of the building built directly over the apartment excluding the area designated in the deep plan as the covered terrace, with forms part of the apartment. Tracto Registral: Se separa de la finca #53,453 inscrita al folio 295 del tomo 1245 de Carolina. La propiedad antes relacionada consta inscrita en el Folio 33 del Tomo 1349 de Carolina, finca número 55,271, en el Registro de la Propiedad de Carolina, Sección Segunda. El tipo mínimo para la primera subasta del inmueble antes relacionado, será el dispuesto en la Escritura de Hipoteca, es decir la suma de $200,000.00. Si no hubiere remate ni adjudicación en la primera subasta del inmueble mencionado, se celebrará una segunda subasta en las oficinas del Alguacil que suscribe el día 23 de febrero de 2017, a las 1:45 de la tarde. En la segunda subasta que se celebre servirá de tipo mínimo las dos terceras partes (2/3) del precio pactado en la primera subasta, o sea la suma de $133,333.33. Si tampoco hubiere remate ni adjudicación en la segunda subasta se celebrará una tercera subasta en las oficinas del Alguacil que suscribe el día 2 de marzo de 2017, a las 1:45 de la tarde. Para la tercera subasta servirá 26 de tipo mínimo la mitad (1/2) del precio pactado para el caso de ejecución, o sea, la suma de $100,000.00. La hipoteca a ejecutarse en el caso de epígrafe fue constituida mediante la escritura número 5, otorgada el día 23 de abril de 2004, ante el Notario José Angel Rey y consta inscrita en el Folio 33 del Tomo 1349 de Carolina, finca número 55,271, en el Registro de la Propiedad de Carolina, Sección Segunda, inscripción Segunda. Dicha subasta se llevará a cabo para con su producto satisfacer al Demandante total o parcialmente según sea el caso el importe de la Sentencia que ha obtenido ascendente a la suma de $161,473.68 por concepto de principal, más intereses al tipo pactado de 6.000% anual desde el día 1 de diciembre de 2014. Dichos intereses continúan acumulándose hasta el pago total de la obligación. Se pagarán también los cargos por demora equivalentes a 5.000% de la suma de aquellos pagos con atrasos en exceso de 15 días calendarios de la fecha vencimiento, la suma de $20,000.00 para costas, gastos y honorarios de abogado, la suma de $20,000.00 para cubrir los intereses en adición a los garantizados por ley y la suma de $20,000.00 para cubrir cualquier otro adelanto que se haga en virtud de la escritura de hipoteca, más intereses según provisto por la regla 44.3 de las de Procedimiento Civil. Que los autos y todos los documentos correspondientes al Procedimiento incoado estarán de manifiesto en la SECRETARIA DEL TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE CAROLINA SALA SUPERIOR durante las horas laborables. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titularidad del inmueble y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere, al crédito del ejecutante continuarán subsistentes. Se entenderá que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio de remate. La propiedad no está sujeta a gravámenes anteriores ni preferentes según las constancias del Registro de la Propiedad. Surge de un estudio de título que, sobre la finca descrita anteriormente, pesan los gravámenes posteriores a la hipoteca que se ejecuta mediante este procedimiento que se relacionan más adelante. A los acreedores que tengan inscritos o anotados sus derechos sobre los bienes hipotecados con posterioridad a la inscripción del crédito del ejecutante o acreedores de cargos o derechos reales que los hubiesen pospuesto a la hipoteca del actor y a los dueños, poseedores, tenedores de, o interesados en títulos transmisibles por endoso, o al portador, garantizados hipotecariamente con posterioridad al crédito del actor por la presente The San Juan Daily Star Monday, December 26, 2016 se notifica, que se celebrarán las subastas en las fechas, horas y sitios señalados para que puedan concurrir a la subasta si les conviniere o se les invita a satisfacer antes del remate el importe del crédito, de sus intereses, otros cargos y las costas y honorarios de abogado asegurados quedando subrogados en los derechos del acreedor ejecutante. A: HIPOTECA: Por la suma principal de $109,800.00 (sobre esta finca y otra que no pertenece a esta demarcación registral, respondiendo la otra por $73,200.00), en garantía de un pagaré a favor de LA COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO DE VEGA ALTA, o a su orden, con intereses al 9% anual y vencimiento en 5 años, constituida mediante escritura No. 33 otorgada en San Juan el 9 de abril de 2010, ante Rafael I. Lugo Morales, inscrita al folio 33 del tomo 1349 de Carolina, finca No. 55271, inscripción 3ra. B: AVISO DE DEMANDA: En el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Carolina, en el Caso Civil No. F CD2015-0966, sobre cobro de dinero y ejecución de hipoteca, seguido por el Banco Popular de Puerto Rico, versus Titular, se solicita el pago de la deuda garantizada con hipoteca de la inscripción 2da, la cual asciende a la suma principal de $161,473.68, más costas, gastos e intereses, todo según demanda de fecha 24 de agosto del 2015, anotado el 11 de septiembre del 2015, al folio 96 del tomo 1539 de Carolina, finca No. 55271, anotación “A”. Y para conocimiento de licitadores del público en general se publicará este Edicto de acuerdo con la ley por espacio de dos semanas en tres sitios públicos del municipio en que ha de celebrarse la venta, tales como la alcaldía, el Tribunal y la colecturía. Este Edicto será publicado mediante edictos dos veces en un diario de circulación general en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico, por espacio de dos semanas consecutivas. La propiedad a ser ejecutada se adquirirá libre de cargas y gravámenes posteriores sujeto a lo dispuesto en los Artículos 113 al 116 de la Ley 210 del 8 de diciembre de 2015, según aplique. Expido el presente Edicto de subasta bajo mi firma en Carolina, Puerto Rico, hoy día 15 de agosto de 2016. Fdo. Manuel Villafañe Blanco 830, Alguacil, Tribunal De Primera Instancia, Sala Superior De Carolina. NOTES, SERIES 20150PR1 Demandante Vs. LlANA SUNG RODRIGUEZ Demandada Civil Núm.: ECD2016-1053. (702). Sobre: COBRO DE DINERO Y EJECUCIÓN DE HIPOTECA. EMPLAZAMIENTO POR EDICTO. ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, EL PRESIDENTE DE LOS EE. UU., EL ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO, SS. A: LlANA SUNG RODRIGUEZ; Se Ie notifica que se ha presentado ante este Tribunal, un procedimiento de cobro de dinero y ejecución de hipoteca bajo el número mencionado en el epígrafe. Se alega en dicho procedimiento que la parte Demandada incurrió en el incumplimiento del Contrato de Hipoteca, al no poder pagar las mensualidades vencidas correspondientes a los meses desde noviembre de 2015 hasta el presente, más los cargos por demora correspondientes. Además adeuda a la parte demandante las costas, gastos y honorarios de abogado en que incurra el tenedor del pagaré en este litigio. De acuerdo can dicho Contrato de Garantía Hipotecaria la parte Demandante declaró vencida la totalidad de la deuda ascendente a la suma de OCHENTA Y CINCO MIL TREINTA Y CUATRO DÓLARES CON TREINTA Y UN CENTAVOS ($85,034.31), más intereses a razón del 6% anual, así como todos aquellos créditos y sumas que surjan de la faz de la obligación hipotecaria y de la hipoteca que la garantiza, incluyendo OCHO MIL QUINIENTOS DÓLARES ($8,500.00) pactado para costas, gastos y honorarios de abogado. La parte Demandante presentará para su inscripción en el Registro de la Propiedad correspondiente, un AVISO DE PLEITO (“Lis Pendens”) sobre la propiedad objeto de esta acción cuya propiedad es la siguiente: RÚSTICA: Parcela marcada con el número ciento cuarenta y uno en el Plano de Parcelación de la Comunidad Rural Esperanza del Barrio Turabo del término municipal de Caguas, Puerto Rico, con una cabida superficial de cero cuerdas con dos mil quinientos cuarenta y cinco diez milésimas de otra, equivalentes a mil punto diez y ocho metros cuadrados. En lindes por el NORTE, con la Parcela número ciento cuarenta de la misma Comunidad; por el SUR, con la Calle número siete de la Comunidad; por el ESTE, LEGAL NOTICE ESTADO LlBRE ASOCIADO DE con la Parcela número ciento PUERTO RICO TRIBUNAL DE cuarenta y tres de la misma CoPRIMERA INSTANCIA SALA DE munidad; y por el OESTE, con la Parcela número ciento treinta y CAGUAS nueve de la misma Comunidad. WILMINGTON SAVINGS Consta inscrita al folio 89 del FUND SOCIETY, FSB, tomo 753 de Caguas, finca número #24,507, del Registro de la D/B/A CHRISTIANA TRUST, AS INDENTURE Propiedad de Puerto Rico, Sección Primera de Caguas. POR TRUSTEE, FOR THE LO ANTERIORMENTE INDICACSMC 2015-PR1 TRUST, DO, se Ie emplaza y requiere MORTGAGE-BACKED que, dentro de los treinta (30) días siguientes a la publicación de este EDICTO, notifique su Contestación a la Demanda a: LCDO. ROBERTO C. LATIMER VALENTIN; LATIMER, BlAGGI, RACHID & GODREAU, P.O. Box 9022512, San Juan, P.R. 00902-2512, Tel. 787-724-0230; apercibiéndole que, de no contestar la Demanda, radicando el original en la Corte ante el Tribunal correspondiente, con copia a la parte Demandante, se Ie anotará la rebeldía y se dictará Sentencia, concediéndose el remedio solicitado en la Demanda, sin más citarle ni oírle. Expedido bajo mi firma y sello del Tribunal hoy, día 8 de diciembre de 2016. CARMEN ANA PEREIRA ORTIZ, SECRETARIA. LEGAL NOTICE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA DE CAROLINA EN RÍO GRANDE ROOSEVELT CAYMAN ASSET COMPANY II Demandante Vs. SUCESION DE DEMETRIO MOLINA JR. T/C/C DEMETRIO MOLINA OSORIO T/C/C DEMETRIO MOLINA OSOCIO Y SUCESIÓN DE JULIA FUENTES QUIÑONES, COMPUESTA POR FULANO, SUTANO Y MENGANO DE TAL COMO HEREDEROS DESCONOCIDOS Y VIMARIS MOLINA FUENTES; DEPARTAMENTO DE HACIENDA Y CENTRO DE RECAUDACIONES MUNICIPALES (CRIM) Demandados Civil Núm.: FCCI2015-00837. Sobre: EJECUCIÓN DE HIPOTECA POR LA VÍA ORDINARIA Y COBRO DE DINERO. EMPLAZAMIENTO POR EDICTO. ESTADO UNIDOS DE AMÉRICA, EL PRESIDENTE DE LOS EE.UU., EL ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO, SS. A: SUCESION DE DEMETRIO MOLINA JR. T/C/C DEMETRIO MOLINA OSORIO T/C/C DEMETRIO MOLINA OSOCIO COMPUESTA POR FULANO, SUTANO Y MENGANO DE TAL COMO HEREDEROS DESCONOCIDOS. A: SUCESIÓN DE JULIA FUENTES QUIÑONES COMPUESTA POR FULANO, SUTANO Y MENGANO DE TAL COMO HEREDEROS DESCONOCIDOS. A: VIMARIS MOLINA FUENTES COMO MIEMBRO DE LA SUCESION DE DEMETRIO MOLINA JR. T/C/C DEMETRIO MOLINA OSORIO T/C/C DEMETRIO MOLINA OSOCIO Y DE LA SUCESIÓN DE JULIA FUENTES QUIÑONES. POR MEDIO del presente edicto se le notifica de la radicación de una demanda enmendada sobre cobro de dinero y ejecución de hipoteca contra ustedes. La parte demandante ha solicitado que se dicte sentencia en su contra. POR EL PRESENTE EDICTO se le emplaza y requiere para que conteste la demanda enmendada radicando el original de su contestación ante este Tribunal de Primera Instancia, y notifique copia de dicha contestación a los abogados del demandante: IGOR J. DOMINGUEZ LAW OFFICES, P.S.C., Lcdo. Igor J. Domínguez San Martín, Abogado Núm. 15130, VIG Tower, Suite 1005, 1225 Ave. Ponce de León, San Juan, PR 00907; Tel. (787) 2500220; Fax (787) 250-0295. De no recibir su(s) contestación(es) a la demanda dentro del término de treinta (30) días siguientes a la fecha de publicación de este edicto, se le(s) anotará la rebeldía, y se dictará sentencia para conceder el remedio solicitado en la cuarta demanda enmendada, sin mas citarle(s) ni oírle(s). A su vez mediante el presente edicto se le apercibe a todos los herederos y/o posibles herederos de Molina-Osorio y Funtes-Quiñones que mediante el acto del emplazamiento por edicto éstos son interpelados de conformidad con el Art. 959 del Código Civil de Puerto Rico, 31 L.P.R.A. § 2787, para que en el término el cual este Honorable Tribunal establece en 30 días hagan su declaración con respecto a la herencia de MolinaOsorio y Funtes-Quiñones, de no hacer tal declaración en esos términos la herencia se tendrá por aceptada. EXPEDIDO bajo mi firma y el sello del Tribunal en Río Grande, Puerto Rico, hoy 08 de diciembre de 2016. Miriam Rosa Maldonado, Secretaria Regional. Maricruz Aponte Alicea, Secretaria Auxiliar. LEGAL NOTICE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA DE SAN LORENZO. FIRSTBANK PUERTO RICO Parte Demandante Vs. LUIS REINALDO DELGADO MEDERO, JEANETTE MOJICA RIVERA Y LA SOCIEDAD LEGAL DE BIENES GANANCIALES COMPUESTA POR AMBOS Parte Demandada CIVIL NUM. E2CI20140878. SOBRE: EJECUCIÓN DE HIPOTE- CA POR LA VIA ORDINARIA Y COBRO DE DINERO. ANUNCIO DE SUBASTA. El suscribiente, Alguacil del Tribunal de Primera Instancia de Puerto Rico, Sala de San Lorenzo, a los demandados de epígrafe y al público en general hace saber que los autos y documentos del caso de epígrafe estarán de manifiesto en la Secretaría del Tribunal durante horas laborables y que venderá en pública subasta al mejor postor, en moneda de curso legal de los Estados Unidos de América en efectivo, cheque certificado, o giro postal a nombre del Alguacil del Tribunal de Primera Instancia, en mi oficina en este Tribunal el derecho que tenga la parte demandada en el inmueble que se relaciona más adelante para pagar la SENTENCIA por $116,443.15, de balance principal, los intereses adeudados sobre dicho principal y computados al 5% anual desde el día primero de junio de 2014 hasta su total pago y completo pago; más el 5% computado sobre cada mensualidad de $655.62; cargos por demora a razón de $73.64 mensuales hasta su total pago, más la suma de $12,213.00 como cantidad estipulada para honorarios de abogado, pactada en la escritura de hipoteca; y cuales quiera otras sumas que por cualesquiera concepto legal se devenguen hasta el día de la subasta. La propiedad a venderse en pública subasta se describe como sigue: URBANA: Solar identificado con el número once (11) del Bloque “E” en el plano de inscripción Pradera de Ceiba Norte, localizada en la carretera número novecientos treinta y cinco (935) del Barrio Ceiba Norte de Juncos, Puerto Rico, con una cabida superficial de DOSCIENTOS OCHENTA Y DOS METROS CUADRADOS (282 m). En lindes por el NORTE, en una distancia de doce metros (12 m) con el solar “E” guión catorce (14) y el solar “E” guión quince (15); por el SUR, en doce metros (12 m) con la calle número cuatro (4) guión “A”; por el ESTE, en una distancia de veintitrés punto cincuenta metros (23.50 m) con el solar número “E” guión doce (12); y por el OESTE, en una distancia de veintitrés punto cincuenta metros (23.50 m) con el solar “E” guión diez (10). En el solar antes descrito se encuentra enclavada una residencia unifamiliar construida de hormigón armado. Esta estructura residencial se compone de tres dormitorios, dos baños, sala, comedor, cocina y marquesina techada. Es segregación de la finca número ocho mil novecientos cuarenta y seis (8,946) de mayor cabida, cuya segregación se encuentra presentada al Asiento mil trescientos setenta y dos (1,372) del Diario seiscientos cuarenta (640) de Juncos, Registro de la Propiedad de Caguas, Sección II. Dirección Física: E-11 Prad. de Ceiba Norte, Juncos, Puerto Rico 00777. La primera subasta se llevará a cabo el día 13 de enero de 2017 a las 10:00 de la mañana, y servirá de tipo mínimo para la misma la suma de $122,130.00 sin admitirse oferta inferior. En el caso de que el inmueble a ser subastado no fuera adjudicado en la primera subasta, se celebrará una segunda subasta el día 20 de enero de 2017 a la 1:30 de la tarde y el precio mínimo para esta segunda subasta será el de dos terceras partes del precio mínimo establecido para la primera subasta, o a sea la suma de $81,420.00. Si tampoco hubiera remate ni adjudicación en la segunda subasta, se celebrará una tercera subasta el día 27 de enero de 2017 a la 1:30 de la tarde y el tipo mínimo para esta tercera subasta será la mitad del precio establecido para la primera subasta, o sea, la suma de $61,065.00. El mejor postor deberá pagar el importe de su oferta en efecto, cheque certificado o giro postal a nombre del Alguacil del Tribunal. Si se declarase desierta la tercera subasta, se dará por terminado el procedimiento, pudiendo adjudicarse el inmueble al acreedor hipotecario dentro de los diez días siguientes a la fecha de la última subasta, si así lo estimase conveniente, por la totalidad de la cantidad adeudada conforme a la sentencia, si ésta fuera igual o menor que el monto del tipo de la tercera subasta y abonándose dicho monto a la cantidad adeudada si ésta fuera mayor. Se avisa a cualquier licitador que la propiedad queda sujeta al gravamen del Estado Libre Asociado y CRIM sobre la propiedad inmueble por contribuciones adeudadas y que el pago de dichas contribuciones es la responsabilidad del licitador. Que se entenderá por todo licitador acepte como suficiente la titulación y que los cargos y gravámenes anteriores y los preferentes al crédito del ejecutante continuarán subsistentes en entendiéndose que el rematador los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse su extinción al precio rematante. La propiedad a ser ejecutada se adquirirá libre de cargas y gravámenes posteriores. Y para conocimiento de licitadores, del público en general y para su publicación en un periódico de circulación general diaria en Puerto Rico y en los sitios públicos de acuerdo a las disposiciones de la Regla 51.7 de las de Procedimiento Civil, así como para la publicación en un periódico de circulación general diaria y en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico, por espacio de dos semanas con antelación a la fecha de la primera subasta y por lo menos una vez por semana. Los autos y todos los documentos correspondientes al procedimiento incoado estarán de manifesto en la Secretaría del Tribunal durante las horas laborables. (Art. 102 (1) de la Ley núm. 210-2015). Expedido el presente en San Lorenzo, Puerto Rico a 18 de noviembre de 2016. Julio Morales Ramos, Placa 332, Alguacil Del Tribunal. Monday, December 26, 2016 The San Juan Daily Star 27 Sports Astros’ George Springer Still Weighing Decision in World Baseball Classic By Jake Kaplan A stros outfielder George Springer has yet to commit to playing in the World Baseball Classic but said a decision on whether he will participate - and, if so, which country he will represent - is coming soon. “I know how important spring (training) is to our team and to myself, so I’m kind of weighing a lot of options,” he said over weekend before an appearance on the team’s weekly offseason radio show, Astroline, at Plucker’s Wing Bar (1400 She- pherd Drive). “We’ll see what happens over the next few weeks.” Springer, 27, is eligible to play for the United States or Puerto Rico, the birthplace of his mother, Laura. The New Britain, Conn. native didn’t offer any hints when asked which team he would play for if he participated, smiling and responding, “I guess you’ll have to find out.” Astros shortstop Carlos Correa not surprisingly has made “a heavy push” in recruiting him for Team Puerto Rico, according to Springer. The Astros’ first full-squad spring training workout at their new facility in West Palm Beach, Fla. is set for Feb. 18. The WBC begins March 6 and runs through March 22, the date of the championship game in Los Angeles at Dodger Stadium. “For me, it’s all about what’s important to our team and what’s going to be the best for myself and to prepare to help us win,” Springer said. “I know that this is a long year and I’ve got to be smart about it and go from there. “It’ll obviously be an honor to play for whoever it is, but at the same time my first commitment is the Houston Astros and the 25 guys who are going to be in that clubhouse.” George Karl: I Struggled Because My Players Didn’t Have Good Dads By Tom Ley L ongtime NBA head coach George Karl has written a book, titled Furious George, and in it he partakes in the time-honored and always-wack tradition of coaches talking smack about players they used to coach. (Or so we are told by the New York Post, which got its hands on a copy of the book.) The Post has plenty of eyebrow-raising quotes to enjoy, mostly about Carmelo Anthony, but the ones that stick out most involve Karl’s seeming obsession with his players lacking strong father figures: Karl wrote Anthony and Kenyon Martin not having fathers in their lives became a detriment to their personalities. “Kenyon and Carmelo carried two big burdens: all that money and no father to show them how to act like a man,” Karl wrote. Regarding J.R. Smith, Karl wrote that Smith’s father, Earl Sr., “urged his son to shoot the ball and keep shooting it from the very moment I put him in the game.’’ Aside from the, uh, problematic nature of an old white coach grousing about someone needing to put a stern, fatherly hand on the shoulders of his young, black players, Karl is doing nothing but telling on himself here. Carmelo Anthony and J.R. Smith were super talented players who sometimes had trouble committing to defense and taking smart shots? Hmmmm, if only an accomplished basketball thinker who’d seen it all had been making a lot of money to figure out how to reach them and help them fulfill their potential. If this was just about those two that might be one thing, but note that George Karl has never not clashed with the star players on his teams. Kendall Gill hates him, Ray Allen hates him, Andre Iguodala hates him, Carmelo Anthony hates him, J.R. Smith hates him, and DeMarcus Cousins definitely hates him. Crazy theory here: maybe George Karl’s inability to get along with his stars had nothing to do with those players’ fathers, and everything to do with George Karl. LeBron James Targets Shaquille O’Neal for Seventh Place on NBA All-Time Scoring List D oes the number 27,409 ring a bell among NBA fans? If it doesn’t for some, then they are definitely not NBA fans. In a report published by ESPN, the number 27,409 represents the points scored by Moses Malone, a Hall of Fame inductee, who stood at the eight spot among all-time scoring greats of the game. Unfortunately for Malone he was overtaken by LeBron James of Cleveland Cavaliers. The report adds that James reached the magic figure of 27,410 when he scored off an offensive rebound in the match between Cavaliers and Milwaukee Bucks at the Quicken Loans Arena Wednesday night. James’ final tally in the match was 34 points, taking his alltime total to 27,442. James was eloquent in his praise for Malone (passed at age 60 in September 2015) opting to remember him as “Uncle Moe.” He vividly recalls one of the more important messages from Malone which conveyed that if one gives dedication and hard work to the game it would give the same back. Further, in another report published by NBA, James’ next milestone is to pass 28,596 points accumulated by another Hall of Fame player, Shaquille O’Neal. November and December months of 2016 have been record breaking months for James. In early November James moved up to tenth place, in early December to ninth place and on December 21 to eighth place in the alltime scoring pecking order. James also recorded a spate of firsts in the NBA. He is the youngest player to score 27,000 points. He is also the first player to complete the triple of 7,000 assists, 7,000 rebounds and 27,000 points. The year 2016 has been extremely productive for James. The icing on the cake are facts that he has won his third NBA championship and he has been named the 2016 Sportsperson of the Year by Sports Illustrated. Sports 28 Monday, December 26, 2016 The San Juan Daily Star Detroit Lions Hold All the Stakes After Cowboys Clinch Home-Field Advantage By Nate Atkins T he Detroit Lions are used to playing the Dallas Cowboys late in the year with plenty on the line. They’re just used to the stakes going both ways. The Philadelphia Eagles pulled a 24-19 Thursday night upset to hand the New York Giants their fifth loss, making it so nobody but the 12-2 Cowboys has a shot at the NFC East title. With home-field advantage in the conference playoffs also wrapped up, the Cowboys will enter to tonight’s game against the 9-5 Lions with nothing to play for. Dallas coach Jason Garrett said on a teleconference after Thursday’s practice that his plan was to play all of his guys on Monday. That was before the Eagles pulled an upset that will likely have him questioning what the return on investment is at this point. Monday night in Dallas will mean plenty for the Lions, of course. A win would all but wrap up a playoff berth and could set them up for better seeding should they beat the Green Bay Packers in Week 17 to clinch the NFC North. Dallas can’t win anything significant the next few days, but it could lose plenty. The Cowboys continue to nurse a few injuries on defense, but all of their most important players are currently healthy. After watching injuries to Tony Romo dismantle last season’s playoff hopes into a 4-12 finish, they’re likely to be hypersensitive to any meaningless risks that could come to their new stars. Rookie quarterback Dak Prescott and rookie running back Ezekiel Elliott have never completed the rigors of a four-game preseason and 16-game regular season before a do-or-die postseason before. Rest could help avoid the rookie wall. “As the season goes on, it’s football. You’re not going to feel 100 percent, but I think I feel good,” Elliott said on a conference call. “I think I’ve done a good job developing a good routine and make sure I’m recovering right during the week and so I’m fresh on Sunday. ... It’s more mentally draining than anything.” Based on the tradition in this league and the pressure Dallas places on itself to produce Super Bowls, it’s highly likely the Cowboys take advantage of the time to rest over the next two weeks. How they balance that against the Lions, with another week and then a bye still to go before their next real game, is what many will be waiting to see. “I’ve been on both sides of that,” Lions coach Jim Caldwell said. “It doesn’t really change.” In Caldwell’s first season as an NFL head coach in 2009, his Indianapolis Colts won their first 14 games to secure the AFC’s top seed with two games to play. Caldwell played his starters against the New York Jets until they held a five-point lead in the third quarter. He then pulled them, earning widespread criticism for choosing not to pursue perfection. His team was outscored 49-7 the rest of the regular season, but it eventually reached the Super Bowl. What this year’s quandary amounts to is a big break for the Lions however Garrett decides to manage the fight against rust and injury. The NFL is often a battle of which team is more desperate, and there’s no question that’ll be the Lions tonight. And with running back Theo Riddick and cornerback Darius Slay in question to play, not to mention nicks among the defensive linemen who will counter Dallas’ overwhelming strength, the Lions will gladly take any extra advantages they can as they push for that rare divisional crown. Ezekiel Elliott Says Breaking Rookie Rushing Mark Would Be Special BY CHAREAN WILLIAMS F or the first time, Ezekiel Elliott acknowledged that breaking Eric Dickerson’s rookie rushing record would be “special.” The rookie running back needs 258 yards in the final two games to break Dickerson’s league mark set in 1983 for the Rams. “It would be special, just to know I had the best rookie season a running back has had in this league, especially a record that’s been however old it is. I don’t know,” the Dallas Cowboys running back said. “It’s definitely way older than me. It would be special. [But] I can think of something more special than that.” Elliott’s big game against the Bucs, when he set a new career high with 159 yards on 23 carries, got him within striking distance of Dickerson. Elliott’s 1,551 rushing yards lead the league, 327 more than Tennessee’s DeMarco Murray, who ranks second. That gives Elliott a 110.8 average this season. He needs to average 129 yards in the final two games. “You think about it, but it can’t be something you focus on,” Elliott said of Dickerson’s record. “You’ve got to be focused on winning ball games because that’s all that matters. Like I’ve said millions of times, you go out there, you win, great things will happen.” The Cowboys clinched the division title and homefield advantage throughout the NFC playoffs on Thursday when the Giants lost to the Eagles. It could leave Elliott on the bench for at least part of the final game. “It’s really not my decision, one,” Elliott said. “Two, I’m just here to do what they tell me to do. I think there’s a shot to get that, the rookie rushing record, but it’s not worth risking what we have the opportunity to do as a team, and I wouldn’t want to risk getting it for something we have the opportunity to go and play for a Su- per Bowl. It’s all going to be team-oriented. Whatever they think is best for our team, then that’s what’s going to happen.” The San Juan Daily Star Monday, December 26, 2016 29 Games Sudoku How to Play: Fill in the empty fields with the numbers from 1 through 9. Sudoku Rules: Every row must contain the numbers from 1 through 9 Every column must contain the numbers from 1 through 9 Every 3x3 square must contain the numbers from 1 through 9 Crossword Wordsearch E N O H S L O O C A S H E W I I Y P A B H P L U G S R L N T R I M A C Y A J A I E R N A E N P S R R M S T R S F A L P N L E O E E R S O O O T E P I E S P V S U G O U R E G I N S U D E T L T B N D G N L G T B R R U B H D D E D I S T R A C T A T W E S D A K I A L I T L R W G C I S G N I G N O L I A R S N C K G A M E N S B L U B E A K S T R O U S E R S E D A L E U J C L E R I C S P L U G N H Abuses Distract Lades Sicken Amens Every Lamest Slippery Bases Football Lanced Stags Birth Forded Liars Surge Blurs Gadget Longing Trousers Boorish Gelatin Pinning Wards Bulbs Glares Plugs Cashew Glutton Porch Clerics Grille Putting Cools Gulps Resounds Cranking Husks Samples Dined Innate Shone Answers on page 30 30 The San Juan Daily Star Monday, December 26, 2016 HOROSCOPE Aries (Mar 21-April 20) Today is excellent for you, Aries. You will find that things flow naturally in the very way you’ve visualized. You might even find that things actually go much better than you had envisioned! Go about your endeavors confidently. The whole world isn’t out to get you. In fact, people are probably too concerned with themselves to even bother with what you’re doing. Libra (Sep 24-Oct 23) Try not to see the negative in everything today, Libra. Concentrate on the positive. You will pick up subtle signals from others that can be very helpful as you gather data throughout the day. As you proceed through it, keep in mind that everything need not be a race to the finish line. Enjoy where you are now. There’s no reason to rush to the next activity if you’re having fun. Taurus (April 21-May 21) Gemini Today could be the day you’ve been waiting for, Gemini. Realize that you have the gentle, sincere nature necessary to sweet-talk your way through any situation. Indeed, if there is something that needs resolution, now would be a good time to smooth things over. People will be more receptive to your good nature and nurturing qualities. (May 22-June 21) Your thinking is clear today, Sagittarius, and you will find that generally things are running smoothly. Your perspective on everything is very much in line with where you need to be at this time. In other words, you’re doing everything exactly right. Be yourself and let other people adapt to your way of thinking. There’s no need to keep hiding the truth of who you really are. Cancer (June 22-July 23) Capricorn Be careful about the way your words come across to others, Taurus. You might not realize how much other people’s feelings are affected until it’s too late. Consider backing off for a while and taking a break from your normal performance. Practice your lines at home. You may be in a bit of a funk, but the good news is that you will snap out of it very soon. Scorpio (Oct 24-Nov 22) Try to curb your tongue today, Scorpio. There’s no reason to lash out. You will find that the more sensitive your approach, the farther you will get in your pursuit of your goals. Today might find you feeling moody, and your emotions could be running away with you. Get in touch with your feelings rather than push them away. They’re probably trying to tell you something important. Sagittarius (Nov 23-Dec 21) (Dec 22-Jan 20) Something is urging you to take action, Cancer. You may feel a restlessness in the air that makes you want to get up and go. The problem is the place you need to go may not be obvious at first. Tender emotions may get in the way of decisive action. Realize that your destination is inside your heart. We all go through moody periods. This could be one for you. Listen to what other people say to you today, Capricorn. There are valuable experiences waiting around the corner. The important thing to do now is recognize opportunities when they arise. The road to success isn’t always well marked. Take a chance on the road with no signs at all. You have the courage and pioneering spirit to pursue the adventurous route, so go for it. Leo Aquarius (Jan 21-Feb 19) (July 24-Aug 23) You will find that your emotions are much more under control today, Leo. You’re able to strike a happy balance and avoid extraordinary extremes that scare others away. In fact, quite the opposite is true. People will be attracted to you as you provide a life raft on turbulent waters. Your sensitivity is strong and you’re able to immediately fix on the status of any situation. Your emotions may be more in tune with the world around you today, Aquarius. You could even feel a bit psychic. Go with your hunches. You will find that rational thinking may not be the best way to handle situations right now. Be the sensitive one who feels things before taking action. Discuss the issues with others and combine your resources for a more powerful alliance. Virgo Aug 24-Sep 23) Pisces Things may seem a little cloudy today, Virgo, but this is no reason to be blue. It could be that you need to make adjustments before you can smoothly relate to others. Take this opportunity to attend to things that you normally wouldn’t think of. See things from the perspective of someone in another walk of life. Realize the fun of just staying home and falling asleep on the couch. (Feb 20-Mar 20) You might second-guess yourself today, Pisces. Voices in your head are louder than usual, and you could be the one putting the brakes on your own train. Your intuition is trying to break through. See what you can do to slow down the chatter that continues to dictate the narrative throughout the day. Do more feeling instead of thinking. Give your mind a rest. Answers to the Sudoku and Crossword on page 29 The San Juan Daily Star Monday, December 26, 2016 Speed Bump Frank & Ernest BC Scary Gary Wizard of Id For Better or for Worse Cartoons 31 comics Herman Ziggy 32 Monday, December 26, 2016 The San Juan Daily Star
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