N° 5034 - 27/12/2016 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires ANEXO DEL BOLETÍN OFICIAL N° 5034 ANEXO - RESOLUCIÓN N° 85/SSDHPC/16 FIN DEL ANEXO N° 1 N° 5034 - 27/12/2016 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 2 ANEXO - RESOLUCIÓN N° 25/SSDCCYC/16 CUIT 27-37932496-2 20-14951680-9 APELLIDO Y NOMBRE LADAGA, Maria Belen HERZ, Adrian Guillermo DESDE 01/03/2016 01/03/2016 HASTA 31/12/2016 31/12/2016 MENSUAL 1 cta de $8690 y 9 ctas de $7000 1 cta de $15903 y 9 ctas de $29000 TOTAL $ 71.690 $ 276.903 TOTAL $ 348.593 ORG. DEP. FUNCION SSDCCYC DGAYCC ADMNISTRATIVO SSDCCYC DGGDC PROFESIONAL FIN DEL ANEXO OBSERVACION BACHILLER ING. INDUSTRIAL Nº EXPEDIENTE 9573912-MGEYA-SSDCCYC/16 9575791-MGEYA-SSDCCYC/16 N° 5034 - 27/12/2016 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 3 ANEXO - RESOLUCIÓN N° 29/SSDCCYC/16 CUIT 27-26837144-9 27-14162247-7 APELLIDO Y NOMBRE WUTZKE, Lorena Ines FERRARI, Juana Liliana DESDE 01/03/2016 01/03/2016 HASTA MENSUAL 31/12/2016 1 cta:$27.000 y 9 ctas:$9.000 31/12/2016 1 cta:$ 21.300 y 9 ctas:$7.100 TOTAL TOTAL ORG. DEP. $ 108.000 SSDCCYC DGDYPC $ 85.200 SSDCCYC DGAYCC $ 193.200 FIN DEL ANEXO FUNCION OBSERVACION Nº EXPEDIENTE PROFESIONAL ABOGADA 4881509-MGEYA-SSDCCYC/16 ADMINISTRATIVO PRIMARIO 3855866-MGEYA-SSDCCYC/16 N° 5034 - 27/12/2016 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 4 ANEXO - RESOLUCIÓN N° 30/SSDCCYC/16 CUIT 27-33010631-5 20-24822172-1 27-34037918-2 27-33957948-8 APELLIDO Y NOMBRE GRAMAJO, Maria Belen ROJAS, Alfredo German VILLAR, Maria Ailen IRIGO, Debora DESDE 01/03/2016 01/04/2016 01/03/2016 01/03/2016 HASTA 31/12/2016 31/12/2016 31/12/2016 31/12/2016 MENSUAL 1 cta:$ 19.724 y 9 ctas:$13.000 $ 28.000 $ 9.000 $ 14.000 TOTAL $ 136.724 $ 252.000 $ 90.000 $ 140.000 TOTAL: $ 618.724 ORG. SSDCCYC SSDCCYC SSDCCYC SSDCCYC DEP. DGGDC DGGDC DGAYCC DGAYCC FIN DEL ANEXO FUNCION ADMINISTRATIVO ADMINISTRATIVO ADMINISTRATIVO ADMINISTRATIVO OBSERVACION POLIMODAL PERITO MERCANTIL BACHILLER BACHILLER Nº EXPEDIENTE 9655685-MGEYA-SSDCCYC/16 9654266-MGEYA-SSDCCYC/16 9572874-MGEYA-SSDCCYC/16 10268368-MGEYA-SSDCCYC/16 N° 5034 - 27/12/2016 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 5 ANEXO - RESOLUCIÓN N° 34/SSDCCYC/16 APELLIDO Y NOMBRE RAMOS, Angela ROSA, Tamara Aylen SACCOMANNO, Liliana Irma SALEVICH, Victoria SANTO, Christian Javier VACA, Alejandro Uriel VALLEJO, Silvia VALDEZ, Matias Nicolas YUDICE, Maria Cristina LOIACONO, Agustina CAROSELLA, Agustin CAROSELLA VITALE, Daniela R. GALESIO, Ana Maria OSMAN, Paula Elizabeth MILANO, Santiago PASTORUTI, Federico Lionel GREGORINI PEREIRA, Mariana SANAGUA, Maria Belen BORDIEU, Milagros FERNANDES, Laura Emilse FERNANDEZ, Cecilia LHEZ, Lucila LONGINOTTI CORONEL, Rodrigo CUIT 27-10036519-2 27-38893963-5 27-11593471-1 23-38787694-4 20-29637063-1 20-25271534-8 27-14408250-3 20-34999076-9 27-06714395-2 27-36754566-1 20-38918386-6 27-33689460-9 27-34983985-2 27-35335545-2 20-31917478-9 20-31234696-7 23-37032465-4 27-37869324-7 27-35728222-0 27-35371435-5 27-12661861-7 27-35360622-6 20-37660969-4 Monto Actual $ 7,100 Incremento 1 cta: $3.450 y 9 ctas: $1.150 Total 1 cta: $10.550 y 9 ctas: $8.250 Periodo 01/03/2016 al 31/12/2016 $ 7,100 $ 7,100 1 cta: $19.500 y 9 ctas: $6.500 $ 7,100 $ 7,100 $ 7,300 $ 6,600 $ 7,100 $ 15,000 $ 9,200 $ 10,900 $ 8,600 $ 8,600 $ 15,000 $ 8,500 $ 7,500 $ 8,500 $ 7,300 $ 7,300 $ 8,500 $ 7,300 $ 7,300 1 cta: $3.450 y 9 ctas: $1.150 1 cta: $10.550 y 9 ctas: $8.250 01/03/2016 al 31/12/2016 1 cta: $3.450 y 9 ctas: $1.150 1 cta: $10.550 y 9 ctas: $8.250 01/03/2016 al 31/12/2016 1 cta: $3.300 y 9 ctas: $1.100 1 cta: $22.800 y 9 ctas: $7.600 01/03/2016 al 31/12/2016 1 cta: $3.450 y 9 ctas: $1.150 1 cta: $10.550 y 9 ctas: $8.250 01/03/2016 al 31/12/2016 1 cta: $3.450 y 9 ctas: $1.150 1 cta: $10.550 y 9 ctas: $8.250 01/03/2016 al 31/12/2016 1 cta:$ 2.850 y 9 ctas: $950 1 cta: $3.000 y 9 ctas: $1.000 1 cta:$ 10.150 y 9 ctas:$ 8.250 1 cta: $9.600 y 9 ctas: $ 7.600 01/03/2016 al 31/12/2016 01/03/2016 al 31/12/2016 1 cta: $3.450 y 9 ctas: $1.150 1 cta: $10.550 y 9 ctas: $8.250 01/03/2016 al 31/12/2016 1 cta:$ 9.000 y 9 ctas: 3.000 1 cta: $2.070 y 9 ctas: $690 1 cta:$ 8.280 y 9 ctas: $2.760 1 cta: $5.289 Y 9 ctas: $1.763 1 cta:$ 3.870 y 9 ctas:$ 1.290 1 cta:$ 8.163 y 9 ctas: $2.721 1 cta:$1.500 y 9 ctas: $500 1 cta:$ 6.000 y 9 ctas:$2.000 1 cta:$ 3.000 y 9 ctas:$1.000 1 cta:$ 3300 y 9 ctas:$1.100 1 cta:$ 5.100 y 9 ctas:$ 1.700 1 cta: $3.750 y 9 ctas:$ 1.250 1 cta:$ 5.100 y 9 ctas:$1.700 1 cta: $3.300 y 9 ctas: $1.100 1 cta:$ 24.000 y 9 ctas: $18.000 1 cta: $11.270 y 9 ctas: $9.890 1 cta: $19.180 y 9 ctas: $13.660 1 cta: $13.889 y 9 ctas: $10.363 1 cta:$12.470 y 9 ctas: $9.890 1 cta:$ 23.163 y 9 ctas:$17.721 1 cta: $10.000 y 9 ctas:$9.000 1 cta:$13.500 y 9 ctas:$9.500 1 cta:$ 11.500 y 9 ctas:$ 9.500 1 cta:$10.600 y 9 ctas:$ 8.400 1 cta:$12.400 y 9 ctas:$9.000 1 cta:$ 12.250 y 9 ctas:$9.750 1 cta:$12.400 y 9 ctas:$9.000 1 cta:$10.600 y 9 ctas:$ 8.400 01/03/2016 al 31/12/2016 FIN DEL ANEXO 01/03/2016 al 31/12/2016 01/03/2016 al 31/12/2016 01/03/2016 al 31/12/2016 01/03/2016 al 31/12/2016 01/03/2016 al 31/12/2016 01/03/2016 al 31/12/2016 01/03/2016 al 31/12/2016 01/03/2016 al 31/12/2016 01/03/2016 al 31/12/2016 01/03/2016 al 31/12/2016 01/03/2016 al 31/12/2016 01/03/2016 al 31/12/2016 01/03/2016 al 31/12/2016 EXP. AMPLIATORIA 10370097-MGEYA-SSDCCYC/16 10370318-MGEYA-SSDCCYC/16 10370364-MGEYA-SSDCCYC/16 10370409-MGEYA-SSDCCYC/16 10370460-MGEYA-SSDCCYC/16 10370617-MGEYA-SSDCCYC/16 10370781-MGEYA-SSDCCYC/16 10370709-MGEYA-SSDCCYC/16 10370868-MGEYA-SSDCCYC/16 10371137-MGEYA-SSDCCYC/16 10270236-MGEYA-SSDCCYC/16 10270614-MGEYA-SSDCCYC/16 10270723-MGEYA-SSDCCYC/16 10270844-MGEYA-SSDCCYC/16 10270893-MGEYA-SSDCCYC/16 10273010-MGEYA-SSDCCYC/16 10273083-MGEYA-SSDCCYC/16 10273147-MGEYA-SSDCCYC/16 10327865-MGEYA-SSDCCYC/16 10328204-MGEYA-SSDCCYC/16 10328470-MGEYA-SSDCCYC/16 10328739-MGEYA-SSDCCYC/16 10328990-MGEYA-SSDCCYC/16 EXP. CONTRATACIÓN 3858736-MGEYA-SSDCCYC/16 3858888-MGEYA-SSDCCYC/16 3859210-MGEYA-SSDCCYC/16 3859413-MGEYA-SSDCCYC/16 3859777-MGEYA-SSDCCYC/16 3859875-MGEYA-SSDCCYC/16 3860089-MGEYA-SSDCCYC/16 3859993-MGEYA-SSDCCYC/16 3860199-MGEYA-SSDCCYC/16 3799556-MGEYA-SSDCCYC/16 3798152-MGEYA-SSDCCYC/16 3798540-MGEYA-SSDCCYC/16 3799036-MGEYA-SSDCCYC/16 3799397-MGEYA-SSDCCYC/16 2947204-MGEYA-SSDCCYC/16 3800309-MGEYA-SSDCCYC/16 3800662-MGEYA-SSDCCYC/16 3800773-MGEYA-SSDCCYC/16 3852262-MGEYA-SSDCCYC/16 3852505-MGEYA-SSDCCYC/16 3852701-MGEYA-SSDCCYC/16 3852885-MGEYA-SSDCCYC/16 3853082-MGEYA-SSDCCYC/16 N° 5034 - 27/12/2016 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 6 ANEXO - RESOLUCIÓN N° 35/SSDCCYC/16 APELLIDO Y NOMBRE GALARZA, Amira Lujan FRANCO, Oscar FONTANA, Maria Angela FERNANDEZ, Liliana Graciela DE BRASI, Ana Carolina CASOLI, Barbara Edith CARRANZA, Alejandro Ezequiel CARDOSO, Rocio Mercedes Maria DESIMONE, Facundo Martin CUIT 27-37952523-2 20-05539868-3 27-16825046-6 27-14014459-8 23-23700197-4 27-28033123-1 20-37142838-1 27-37992798-5 20-31762999-1 Monto Actual $ 7,100 $ 7,100 $ 7,600 $ 7,100 $ 10,500 $ 7,100 $ 7,600 $ 7,100 $ 8,450 Incremento 1 cta:$3.450 y 9 ctas:$ 1.150 1 cta:$3.450 y 9 ctas:$ 1.150 1 cta:$1950 y 9 ctas: $650 1 cta:$3.450 y 9 ctas:$ 1.150 1 cta: $4.725 y 9 ctas:$1.575 Total 1 cta:$ 10.550 y 9 ctas: $8.250 1 cta:$ 10.550 y 9 ctas: $8.250 Periodo 01/03/2016 al 31/12/2016 01/03/2016 al 31/12/2016 1 cta:$ 9.550 y 9 ctas: $8.250 01/03/2016 al 31/12/2016 1 cta:$ 10.550 y 9 ctas: $8.250 01/03/2016 al 31/12/2016 1 cta:$15.225 y 9 ctas:$ 12.075 01/03/2016 al 31/12/2016 1 cta:$3.450 y 9 ctas:$ 1.150 1 cta:$ 10.550 y 9 ctas: $8.250 01/03/2016 al 31/12/2016 1 cta:$1950 y 9 ctas: $650 1 cta:$ 9.550 y 9 ctas: $8.250 01/03/2016 al 31/12/2016 1 cta:$3.450 y 9 ctas:$ 1.150 1 cta:$ 10.550 y 9 ctas: $8.250 01/03/2016 al 31/12/2016 $ 14,000 01/03/2016 al 31/12/2016 $ 5,550 FIN DEL ANEXO EXP. AMPLIATORIA 10369072-MGEYA-SSDCCYC/16 10368375-MGEYA-SSDCCYC/16 10368285-MGEYA-SSDCCYC/16 10367800-MGEYA-SSDCCYC/16 10367734-MGEYA-SSDCCYC/16 10367661- -MGEYA-SSDCCYC/16 10367509-MGEYA-SSDCCYC/16 10367424-MGEYA-SSDCCYC/16 10371021-MGEYA-SSDCCYC/16 EXP. CONTRATACIÓN 3856716-MGEYA-SSDCCYC/16 3856568-MGEYA-SSDCCYC/16 3856379-MGEYA-SSDCCYC/16 3801919-MGEYA-SSDCCYC/16 3801607-MGEYA-SSDCCYC/16 3801345-MGEYA-SSDCCYC/16 3966464-MGEYA-SSDCCYC/16 3801064-MGEYA-SSDCCYC/16 3852395-MGEYA-SSDCCYC/16 N° 5034 - 27/12/2016 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 7 ANEXO - RESOLUCIÓN N° 36/SSDCCYC/16 APELLIDO Y NOMBRE VOLINO, Mariano MENGELLE, Claudia Matilde ESTIGARRIBIA VILLORDO, Maria Laura CUIT Monto Actual Incremento Total Periodo EXP. AMPLIATORIA EXP. CONTRATACIÓN 20-27902205-0 27-14000748-5 27-19017438-2 $ 18,000 $ 7,400 $ 7,500 $ 2,000 1 cta:$2.550 y 9 ctas: $850 1 cta: $7.500 y 9 ctas:$ 2.500 $ 20,000 1 cta:$ 9.950 y 9 ctas: $8.250 1 cta:$ 15.000 y 9 ctas:$ 10.000 01/03/2016 al 31/12/2016 10334456-MGEYA-SSDCCYC/16 10369893-MGEYA-SSDCCYC/16 10272600-MGEYA-SSDCCYC/16 3858336-MGEYA-SSDCCYC/16 7444678-MGEYA-SSDCCYC/16 7190232-MGEYA-SSDCCYC/16 01/03/2016 al 31/12/2016 01/03/2016 al 31/12/2016 FIN DEL ANEXO N° 5034 - 27/12/2016 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 8 ANEXO - RESOLUCIÓN N° 125/SECPECG/16 PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES Artículo 1°.- OBJETO. La presente contratación tiene por objeto la contratación de un espacio ubicado en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para ser destinado a la realización de eventos que sean generados por la Secretaría de Planeamiento, Evaluación y Coordinación de Gestión (SECPECG) dependiente de la Jefatura de Gabinete de Ministros, en un todo de acuerdo con las especificaciones vertidas en el presente Pliego y en el Pliego de Especificaciones Técnicas. Artículo 2º.- PROCEDIMIENTO DE LA CONTRATACIÓN. El presente llamado, se convoca mediante el procedimiento de Contratación Menor en los términos del Régimen de Contrataciones vigente para la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 38° de la Ley N° 2.095 (texto consolidado según Ley N° 5.666), su Decreto Reglamentario N° 95/2014, y las normas contendidas en el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales aprobado por Disposición N° 396/DGCYC/14, en el presente Pliego de Bases y Condiciones Particulares y en el Pliego de Especificaciones Técnicas. Artículo 3°.- PLAZO DE DURACIÓN CONTRACTUAL. OPCIÓN A PRÓRROGA. El plazo de duración del contrato será de DOCE (12) meses con opción a prórroga de conformidad con la normativa vigente. Artículo 4°.-DOCUMENTACIÓN CONTRACTUAL- ORDEN DE PRELACIÓN. Rigen la presente contratación los siguientes documentos que se complementan recíprocamente. Todos los documentos que integran esta contratación serán considerados como recíprocamente explicativos. En caso de existir discrepancias entre los referidos documentos, regirá el siguiente orden de prelación: a) Leyes, Decretos, Resoluciones y Disposiciones que sean de aplicación a la contratación. b) El Pliego Único de Bases y Condiciones Generales. 1 N° 5034 - 27/12/2016 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 9 c) El Pliego de Bases y Condiciones Particulares y las Circulares con o sin consulta que se dicten antes de la fecha de apertura de las ofertas, si las hubiera d) El Pliego de Especificaciones Técnicas, sus anexos y las Circulares con o sin consulta que se dicten antes de la fecha de apertura de las ofertas, si las hubiera. e) La oferta. f) El acto administrativo de adjudicación. g) La orden de compra. Todo cuanto no esté previsto en la documentación contractual será resuelto de acuerdo con la normativa aplicable y las disposiciones del Derecho Público, dentro del espíritu y finalidad del objeto de la Contratación. Artículo 5º.- CONSTITUCIÓN DE DOMICILIOS. Se considera domicilio electrónico constituido, el correo electrónico declarado por el proveedor en oportunidad de inscribirse en el Registro Informatizado Único y Permanente de Proveedores (RIUPP), en el que se tendrán por válidas todas las notificaciones electrónicas que sean cursadas por el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Se considerará como domicilio legal constituido el domicilio declarado por el proveedor como sede de sus negocios en el RIUPP. Todas las notificaciones que hayan de efectuarse se entienden realizadas a partir del día hábil siguiente al de su publicación y mediante BAC, conforme los términos establecidos en el artículo 6° del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales, en conjunción con lo dispuesto en los artículos 6° y 7° del Anexo I del Decreto N° 1.145/09. Todo cambio de domicilio deberá ser comunicado fehacientemente al Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y surtirá efecto una vez transcurridos DIEZ (10) días de su notificación. El Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires constituye domicilio en la calle Uspallata N° 3160, piso 2°de esta Ciudad. Todas la notificaciones entre las partes serán válidas si se efectúan en los domicilios constituidos aquí referidos, excepto para el GCABA respecto de las notificaciones judiciales que, para tener validez, deberán estar dirigidas al domicilio de la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires, Departamento Oficios Judiciales y Cédulas, sito 2 N° 5034 - 27/12/2016 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 10 en calle Uruguay N° 458 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, o en el domicilio que en el futuro lo reemplace, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 20° de la Ley N° 1.218. Artículo 6°.- APERTURA. PRESENTACIÓN DE LA OFERTA. La presentación de la oferta deberá abarcar los aspectos técnicos y económicos. La apertura de la misma se efectuará en el día y horario que se fije en la publicación efectuada en el BAC, en la invitación a cotizar cursada oportunamente y en la publicación efectuada en el sitio de internet del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Asimismo la presentación de la oferta deberá efectuarse, en un todo de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 104° de la Ley N° 2.095 y el artículo 102° del Decreto Reglamentario Nº 95/2014. Artículo 7°.- EL REGISTRO INFORMATIZADO ÚNICO Y PERMANENTE DE PROVEEDORES DEL SECTOR PÚBLICO DE LA CIUDAD (RIUPP). Para que las ofertas sean consideradas válidas, los oferentes deberán estar inscriptos en el RIUPP o presentar constancia de inicio de trámite. Todo ello de conformidad con lo previsto en el artículo 5° del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales aprobado por medio de la Disposición N° 396/DGCYC/14. Artículo 8°.- PLAZO DE MANTENIMIENTO DE LA OFERTA. Los oferentes deberán mantener y garantizar los términos de su oferta por el término de VEINTE (20) días hábiles contados a partir de la fecha del acto de apertura de la misma. Si el oferente no manifestara en forma fehaciente su voluntad de no renovar la garantía de mantenimiento de oferta con una antelación mínima de DIEZ (10) días anteriores al vencimiento del plazo, aquella se considerará prorrogada automáticamente por un lapso igual al inicial (artículo 102° inc. 5) del Decreto Reglamentario N° 95/2014). Artículo 9°.- DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR CON LA OFERTA. Las ofertas serán presentadas en BAC a través de los formularios electrónicos 3 N° 5034 - 27/12/2016 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 11 disponibles. Se deberá cumplir con todos los requerimientos exigidos en el presente Pliego de Bases y Condiciones, y se deberán adjuntar los documentos solicitados en soporte electrónico. Los documentos que por sus características deban ser presentados, o que por sus características, el oferente no pueda subirlo electrónicamente, deberán presentarse en soporte papel y serán individualizados en la oferta y entregados en la en la sede de la Gerencia Operativa de Compras, Obras y Mantenimiento de la Dirección General Técnica Administrativa y Legal de la Jefatura de Gabinete de Ministros, hasta la fecha y hora establecida para la apertura de ofertas (artículo 17° del Decreto Nº 1145/09). Para la presentación de la propuesta, el oferente deberá tener en cuenta, además de las condiciones requeridas, lo establecido en el artículo 104° de la Ley N° 2.095 (texto consolidado según Ley N° 5.666), el artículo 102° del Decreto Reglamentario Nº 95/2014 y artículo 12° del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales aprobado por medio de la Disposición N° 396/DGCYC/14. La oferta deberá comprender los aspectos técnicos y económicos. Documentación que debe integrar la oferta: 1) Acreditación de Personería: documentación que acredite la capacidad de la persona que suscribe la oferta para obligar a la firma oferente: En el caso de Personas Jurídicas, la representación será ejercida por el Representante Legal de la misma o un Apoderado. • Si es Representante Legal, deberá acompañarse copia certificada por notario del instrumento en el cual surja su designación como tal (Estatuto Social, Contrato Social o el que corresponda de acuerdo con el tipo societario y Acta de Asamblea y/o Directorio de la cual surja la actual distribución de cargos directivos o autoridades de la sociedad). • Si es Apoderado, deberá acompañarse el poder en original o copia certificada por notario. 2) Declaración Jurada de aptitud para contratar (Anexo I del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales). 4 N° 5034 - 27/12/2016 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 12 3) Declaración jurada que no se encuentra incurso en ninguna de las inhabilitaciones para contratar. 4) Declaración Jurada de que para cualquier situación judicial que se suscite, el oferente acepta la competencia de los Tribunales en lo Contencioso, Administrativo y Tributario de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, renunciando a cualquier otro fuero o jurisdicción. Artículo 10°.- EXCEPCIÓN DE PRESENTAR GARANTÍAS (artículo 103° de la Ley N° 2.095 texto consolidado según Ley N° 5.666). De conformidad con lo previsto en los incisos a) y b) del citado artículo, para el presente procedimiento de selección, los oferentes quedan exceptuados de presentar: Garantía de mantenimiento de la oferta. Garantía de Cumplimiento de Contrato Las restantes garantías previstas en el artículo 17° del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales deberán constituirse en los casos que corresponda. Artículo 11°.- COTIZACIÓN. Los oferentes deberán expresar el monto total de su oferta en letras y números. La moneda de cotización de la oferta y de pago será en pesos, moneda de curso legal en la República Argentina. A los efectos emergentes del Impuesto al Valor Agregado (IVA), este Gobierno reviste la condición de Exento, en consecuencia, en las propuestas económicas que el interesado presente junto a las ofertas no se deberá discriminar el importe correspondiente a la incidencia de este impuesto, debiendo incluirse el mismo en el precio cotizado. El número de CUIT correspondiente al Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires es el 34-99903208-9. Artículo 12°.- ADJUDICACIÓN. La adjudicación será efectuada mediante el correspondiente acto administrativo, de 5 N° 5034 - 27/12/2016 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 13 conformidad con lo dispuesto en el artículo 13° de la Ley N° 2095 texto consolidado según Ley N° 5.666. El acto administrativo de adjudicación, será notificado a través de BAC al adjudicatario y al resto de los oferentes dentro de los SIETE (7) días de emitido. El mismo será publicado en el portal www.buenosairescompras.gob.ar y se publicará en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires por el plazo de UN (1) día (artículo 23° del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales). Artículo 13°.- PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO (artículo 112º Decreto Reglamentario N° 95/2014). El contrato se perfecciona con la notificación mediante BAC de la orden de compra al adjudicatario, dentro del plazo de mantenimiento de la oferta. El adjudicatario podrá rechazar la orden de compra dentro de los TRES (3) días de su notificación, únicamente en el caso en que se encuentre vencido el mantenimiento de su oferta. De darse éste supuesto la autoridad competente puede adjudicar el contrato al oferente que siga en el orden de mérito. Artículo 14°. PLAZO DE EJECUCIÓN. El contratista deberá comenzar con la ejecución del contrato dentro de los CINCO (5) días hábiles computados desde la notificación de la Orden de Compra, venciendo a los DOCE (12) meses del inicio del plazo de ejecución. Artículo 15º.- PLAZO Y FORMA DE PAGO. El pago se efectuará en DOCE (12) cuotas mensuales y consecutivas, dentro del plazo de TREINTA (30) días de la fecha de presentación de la respectiva factura y parte de recepción definitiva, de conformidad con lo establecido en los artículos 28°, 29° y 30° del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales aprobado por medio de la Disposición N° 396/DGCYC/14. 6 N° 5034 - 27/12/2016 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 14 Los pagos por el espacio no tendrán relación con la cantidad de eventos realizados mensualmente, ni con la duración de los mismos. Artículo 16°.- OBLIGACIÓN DEL ADJUDICATARIO EN CUANTO AL PERSONAL AFECTADO. El personal afectado por el Adjudicatario al cumplimiento de las obligaciones contractuales no tendrá relación laboral ni vínculo alguno con el Gobierno de la Ciudad de Autónoma de Buenos Aires. En este sentido, la adjudicataria se obliga a mantener indemne al Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos de todo reclamo y acción judicial que resulte en consecuencia. Estarán a exclusivo cargo de la adjudicataria los salarios, seguros, y cargas sociales y previsionales y cualquier otra erogación sin excepción, vinculados con la ejecución contractual, quedando expresamente exonerado el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por tales conceptos, y sin que se configure solidaridad alguna entre ambos. Queda debidamente asentado que el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires no asumirá responsabilidad alguna y estará desligado de todo conflicto o litigio que eventualmente se generare por cuestiones de índole laboral entre la adjudicataria y el personal que éste ocupare a los fines de cumplir con sus obligaciones contractuales y que, en consecuencia, pudiera implicar la intervención del gremio que los nuclea y/o de aquellos organismos estatales vinculados con el contralor de transgresiones a normas establecidas para el orden laboral, o del cumplimiento de convenios colectivos de trabajo en vigencia. Igual criterio se hace extensivo a las obligaciones previsionales e impositivas que recaigan sobre la adjudicataria. Artículo 17°.- PENALIDADES Y SANCIONES. Rigen para el presente procedimiento de selección, todas las penalidades y sanciones previstas en el Titulo SEXTO. Capítulos XII y XIII de la Ley N° 2095 (texto consolidado 7 N° 5034 - 27/12/2016 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 15 ANEXO - RESOLUCIÓN N° 125/SECPECG/16 (continuación) según Ley N° 5.666) y lo previsto por el Decreto Reglamentario Nº 95/2014, debiéndose aplicar las mismas según lo establecido en los capítulos mencionados. Artículo 18°.- JURISDICCIÓN. Para atender las cuestiones que se susciten en torno a las Compras y Contrataciones efectuadas por el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, las partes quedan sometidas única y expresamente a la jurisdicción de los Tribunales Contenciosos, Administrativos y Tributarios de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, renunciando a cualquier otro fuero o jurisdicción. 8 N° 5034 - 27/12/2016 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 16 ANEXO - RESOLUCIÓN N° 125/SECPECG/16 (continuación) G O B I E R N O DE LA C I U D A D DE B U E N O S A I R E S 2016-Año del Bicentenario de la Declaración de Independencia de la República Argentina Informe Número: Buenos Aires, Referencia: S/ Contratación de espacio para eventos PLIEGO DE ESPECIFICACIONES TÉCNICAS Art. 1º.-Objeto de la contratación La presente contratación tiene por objeto la contratación de un espacio ubicado en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para ser destinado a la realización de eventos que sean generados por la Secretaría de Planeamiento, Evaluación y Coordinación de Gestión. Las propuestas deberán contar con los requisitos establecidos en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y en el presente Pliego Art. 2º.- Ubicación: El espacio deberá estar ubicado dentro de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires con vías de acceso rápidas. Art. 3º.- Superficie: Deberá contar con una superficie mínima de 100 metros cuadrados cubiertos y contar con acceso para personas con capacidades especiales. Art. 4º.- Mobiliario El adjudicatario, deberá contemplar dentro de sus costos la provisión del mobiliario, el cual como mínimo deberá contar con: · Comedor formal, · Mesón comunitario, · sillas para recibir como mínimo 50 invitados, · juego de living completo. Art. 5º.- Estado de conservación: El espacio podrá ser a estrenar, reciclado o restaurado siempre y cuando garantice el perfecto funcionamiento de los servicios básicos existentes (Agua, gas, electricidad), cumpliendo además con la totalidad de las reglamentaciones vigentes. N° 5034 - 27/12/2016 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 17 ANEXO - RESOLUCIÓN N° 125/SECPECG/16 (continuación) Deberá encontrarse en un adecuado estado de mantenimiento que permita su ocupación inmediata una vez notificada la orden de compra. Art. 6º. Servicios conexos: El espacio debe contar con: · Aire acondicionado frio/calor individual o central, · Control de acceso, · Cámaras de seguridad, · Red de datos y wi-fi, · Pantalla y proyector. · Equipo de sonido adecuado para la realización de eventos de hasta 100 personas. · Servicio de valet parking. Asimismo, debe contar con el personal adecuado durante todo el horario establecido en el artículo 8º del presente, a los fines de poner en funcionamiento y operar el equipamiento antedicho. Art. 7º.- Servicio de catering: El Espacio debe poner a disposición de los eventos a realizar un servicio de catering y cafetería, cuyo costo no está incluido en la presente contratación y será abonado individualmente en cada Evento que se realice en caso de que se haga uso del mismo. Art. 8º.- Disponibilidad horaria: El espacio deberá estar disponible exclusivamente para la Secretaria los SIETE (7) días de la semana en el horario comprendido entre las 7:00 y las 23:00 hs. La única excepción contemplada serán los días 1 de enero, 1 de mayo y 25 de diciembre. El GCBA podrá informar de la realización de los Eventos con 2 horas de anticipación a la realización del Evento. Art. 9º.- Causal de rescisión. Será considerada causa suficiente para la recisión del contrato el incumplimiento acreditado de lo dispuesto en el artículo 8º del presente Pliego. Asimismo, también será causal de rescisión el mal estado de mantenimiento del inmueble donde se realizan los eventos. Art. 10º.- Visita de los inmuebles. El GCBA se reserva el derecho de previamente a la adjudicación realizar una visita a los espacios ofertados, a fin de constatar el correcto estado de pintura, vidrios, elevadores si los tuviera, sistema de iluminación, sanitarios, etc. FIN DEL ANEXO N° 5034 - 27/12/2016 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 18 ANEXO - RESOLUCIÓN N° 205/ASINF/16 " 2016- Año del Bicentenario de la Declaración de Independencia de la República Argentina" Anexo I APELLIDO y NOMBRE DNI CUIL N° SITUACIÓN DE REVISTA ACUÑA MAXWELL STEPHANIE 35957447 27-35957447-4 PT BATISTA CRISTIAN MONTINI ULISES TOSCANO LORENA LOPEZ LARA VALASTRO GISELA BRUNETTI CARLA BARTOLOMEO MARÍA L FERNANDEZ OSVALDO GARONE JOSE REY DANIEL ROJAS CLAUDIO VILLANUEVA LUCRECIA AGUILAR GASTÓN 20-34978930-3 20-31470613-8 27-23668487-9 27-38559875-6 27-25769555-2 27-31937325-5 27-22470351-7 20-13624697-7 20-12370055-5 20-29568331-8 20-20199507-9 27-16937731-1 20-20006941-3 SALZANO FERNANDO LIUZZO ANABELLA SANDOVAL ESTEBAN CHIODI MARÍA DANIELA 34978930 31470613 23668487 38559875 25769555 31937325 22470351 13624697 12370055 29568331 20199507 16937731 20006941 35359405 29575835 35202976 27713622 OSSWALD CAMILA FERNANDEZ ELIANA RIVERA MARIANO ALEN FREIRE MANUEL 39645622 34691004 26841174 32438084 20-35359405-3 27-29575835-5 23-35202976-9 27-27713622-3 27-39645869-7 27-34691004-1 20-26841174-8 20-32438084-2 ARANDA ARIEL CAFA DIEGO MARSON EUGENIA PETRONI MARIANO 25095438 30181444 32402623 35110662 20-25095438-8 20-30181444-6 27-32402623-7 20-35110662-0 DIRECCION UNIDAD ORGANIZATIVA ATN U.R 400 PT PP PP PT PP PT PT PP PP PP PP PP PT PT PT PT PT 21840060 21840000 21840400 21840060 21840400 21840060 21840060 21840400 21840400 21840400 21840400 21840010 21840200 21840200 21840200 21840200 21840500 SA-06 AB-05 AA01 SA-01 AA-01 00H 00H 00H 00H 00H PT PT PT PP DGSERV DGSERV DGSERV DGIASINF 21840500 21840500 21840500 21840300 00H 00H 00H TA 01 PP PT PP PT DGIASINF DGIASINF DGIASINF DGIASINF 21840000 00H 00H DGTAL DGTAL DGTAL DGTAL DGTAL DGTAL DGTAL DGTAL DGTAL DGTAL DGTAL DGTAL DGTAL DGISIS DGISIS DGISIS DGISIS DGSERV 21840300 21840300 21840300 21840300 FIN DEL ANEXO TA-01 AA01 00H AA01 00H 00H AA 01 00 H AA 01 00 H 400 1000 300 500 1000 300 1000 500 400 500 500 700 500 1200 800 1100 600 400 1000 1000 1000 1000 1000 600 1000 RESOLUCIÓN RESOL-2016-136-SSSYP RESOL-2016-136-SSSYP RESOL-2016-136-SSSYP RESOL-2016-136-SSSYP RESOL-2016-129-SSSYP RESOL-2016-129-SSSYP RESOL-2016-43-ASINF RESOL-2016-21-ASINF RESOL-2016-121-ASINF RESOL-2016-121-ASINF RESOL-2016-121-ASINF RESOL-2016-157-ASINF RESOL-2016-157-ASINF RESOL-2016-180-ASINF RESOL-2016-180-ASINF RESOL-2016-180-ASINF RESOL-2016-180-ASINF RESOL-2016-179-ASINF RESOL-2016-179-ASINF RESOL-2016-166-ASINF RESOL-2016-166-ASINF RESOL-2016-59-ASINF RESOL-2016-59-ASINF RESOL-2016-59-ASINF RESOL-2016-111-ASINF RESOL-2016-59-ASINF N° 5034 - 27/12/2016 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 19 ANEXO - RESOLUCIÓN N° 206/ASINF/16 MODIFICACIONES Y COMPENSACIONES PRESUPUESTARIAS Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires SIGAF Modificación Presupuestaria Ejercicio: 2016 Requerimiento Nº: 8907 Actuación Origen: EXPED. ELECTRÓNICO Área/OGESE Nº: 15897115 Tipo Actuación: EXPED. ELECTRÓNICO Nº: 15897115 Norma Aprobatoria: Nº: MGEYA 2016 MGEYA 2016 Fecha: 16/12/2016 Fecha: 16/12/2016 Fecha: Jurisdicción: 21-JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Subjurisdicción: 0 Entidad: 270-AGENCIA SISTEMAS DE INFORMACION UE 683-DIR.GRAL.DE INTEGRACIÓN DE SISTEMAS 683-DIR.GRAL.DE INTEGRACIÓN DE SISTEMAS Programa 94-DES Y CALIDAD DE APL 0 94-DES Y CALIDAD DE APL 0 Subprograma 0 Proyecto CREDITO 0 Actividad 1-CONDUCCIÓN 0 1-CONDUCCIÓN 0 Obra Partida FueFin FinFun 2110 11 13 3140 11 13 Diferencia: Pág. 1 de 1 FIN DEL ANEXO Importe -1.129,00 1.129,00 0,00 N° 5034 - 27/12/2016 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 20 ANEXO - RESOLUCIÓN N° 207/ASINF/16 MODIFICACIONES Y COMPENSACIONES PRESUPUESTARIAS Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires SIGAF Modificación Presupuestaria Ejercicio: 2016 Requerimiento Nº: 5665 Actuación Origen: EXPED. ELECTRÓNICO Área/OGESE Nº: 19325831 Tipo Actuación: EXPED. ELECTRÓNICO MGEYA Nº: 19325831 Norma Aprobatoria: 2016 MGEYA Nº: Fecha: 17/08/2016 2016 Fecha: 17/08/2016 Fecha: Jurisdicción: 21-JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Subjurisdicción: 0 Entidad: 270-AGENCIA SISTEMAS DE INFORMACION UE Programa Subprograma Proyecto CREDITO 685-DIRECCION GENERAL 97-Estand de Aplic y DE SERVICIOS Tecno 0 1-DIR. GRAL DE SERVICIOS 0 685-DIRECCION GENERAL 97-Estand de Aplic y DE SERVICIOS Tecno 0 1-DIR. GRAL DE SERVICIOS 0 683-DIR.GRAL.DE INTEGRACIÓN DE SISTEMAS 683-DIR.GRAL.DE INTEGRACIÓN DE SISTEMAS 94-DES Y CALIDAD DE APL 0 1-DESARROLLOS INTEGRAD 0 94-DES Y CALIDAD DE APL 0 1-DESARROLLOS INTEGRAD 0 Actividad Obra 51-IMPLEMENTACION MODELOS DE ENTREGA SERVICIOS 51-IMPLEMENTACION MODELOS DE ENTREGA SERVICIOS 51-DESARROLLO DE SISTEMAS 51-DESARROLLO DE SISTEMAS DE DE DE DE Partida FueFin FinFun Importe 3520 22 13 4810 22 13 -1.200.000,00 -300.000,00 3520 22 13 300.000,00 4810 22 13 1.200.000,00 Diferencia: ANEXO II Rol Definiciones Titulares Director General Responsable de las definiciones estratégicas del BA-CSIRT. Gerente Operativo Pág. 1 de Responsable de la coordinación diaria de la operativa del BACSIRT Suplentes Gustavo Linares 1 Claudio Avin Gustavo Linares SOC Responsable de recibir los reportes de eventos e incidentes de seguridad y de realizar la asignación primaria Ulises Montini Alberto Pardo Gestión de incidentes Responsable de gestionar los incidentes de seguridad que se reportan Alberto Pardo Ulises Montini Gestión documental Responsable de mantener ordenada, actualizada y disponible la doumentación Pablo Romanos Rodrigo López Gestión infraestructura Responsable de gestionar toda la infraestructura del BA-CSIRT Natalia Gorrini Diego Ricchetti Difusión Responsable de la difusión de información desde el BA-CSIRT hacia su Comunidad Objetivo Rodrigo López Natalia Gorrini Responsable Legal Responsable de la asesoría legal del BA-CSIRT Brenda Santagada Marcos Magnanini Aspectos administrativos Responsable de las gestiones administrativas Stephanie Acuña Maxwell FIN DEL ANEXO 0,00 N° 5034 - 27/12/2016 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires ANEXO - RESOLUCIÓN N° 878/MJYSGC/16 FIN DEL ANEXO N° 21 N° 5034 - 27/12/2016 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 22 ANEXO - RESOLUCIÓN N° 276/SSADS/16 Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires 2016- Año de l B i ce nte nari o de l a De cl araci ón de Inde pe nde nci a de l a R e públ i ca Arge nti na PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES CONTRATACIÓN DIRECTA PARA LA ADQUISICION DE UNA PLATAFORMA DE GEO-POSICIONAMIENTO, GESTIÓN INTEGRAL DE VEHÍCULOS Y EFECTIVOS, Y LA AMPLIACION Y ADECUACIÓN DEL SISTEMA DE CONTINGENCIA 911 PARA EL MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES Art. 1.- PROCEDIMIENTO DE LA CONTRATACIÓN El presente llamado a Contratación Directa se convoca en los términos del Régimen de Compras y Contrataciones vigente para Buenos Aires Compras, en un todo de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 28 inciso 6 de la Ley N° 2.095, (texto consolidado según Ley N° 5.666), los Decretos Nros. 1.145/09, 95/14, 114/16 y 411/16, las Resoluciones Nros. 596/MHGC/11 y N° 1.160/MHGC/11, el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales, aprobado por Disposición N° 396/DGCYC/14, y las presentes Cláusulas Particulares y de Especificaciones Técnicas. Art. 2.- OBJETO DE LA CONTRATACIÓN El Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (GCABA) llama a Contratación Directa para el “Adquisición de una plataforma de geo-posicionamiento, gestión integral de vehículos y efectivos, y la ampliación y adecuación del Sistema de Contingencia 911.”, de acuerdo al Artículos 28 inciso 6 de la Ley 2.095 (texto consolidado según Ley Nº 5.666), a las características estipuladas en el Pliego de Especificaciones Técnicas (PET), a las condiciones de tiempo, forma y lugar de entrega previstas en el presente Pliego de Bases y Condiciones Particulares (PCP) y en el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales. Art. 3.- PLAZO DE CONTRATACION El plazo de la contratación es por veinticuatro (24) meses corridos e ininterrumpidos a contar desde la fecha de comienzo de ejecución del contrato objeto de la presente. El citado comienzo de ejecución deberá producirse dentro de los diez (10) días de perfeccionada la correspondiente Orden de Compra. Art. 4.- PRÓRROGA DEL CONTRATO N° 5034 - 27/12/2016 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 23 El GCABA se reserva el derecho de prorrogar el contrato en los términos de Artículo 119 apartado III) de la Ley Nº 2.095 (texto consolidado según Ley N° 5.666), y reglamentada por Decreto Reglamentario Nº 95/14, modificado por los Decretos Nros. 114/16 y 411/16. Art. 5.- CONDICIONES DE CALIDAD a) Con respecto a la CALIDAD de este sistema, deberá contar con la Certificación Internacional de Calidad ISO 9001. Las normas “ISO 9001Administración de Sistema de Calidad” establecen a nivel internacional los requisitos de un sistema de gestión de calidad a ser empleado por una organización, en donde se cuenta con la capacidad de proveer productos y/o servicios que cumplan con las necesidades de los clientes y con los requisitos regulatorios aplicables, a ser demostrados. Fiscalizado por la Organización Internacional de Normalización. b) Los productos y/o servicios a proveer deberán ser originales, nuevos y sin uso, modelo de serie sin modificaciones ni alteraciones y cumplir con las especificaciones técnicas y control de calidad establecidas por el fabricante. c) Deberán encontrarse en producción en la fábrica de origen, no aceptándose modelos almacenados, ni discontinuados por la fábrica. Art. 6.- CÓMPUTO DE PLAZOS Los plazos deben computarse en días hábiles, salvo disposición expresa en contrario de conformidad con lo dispuesto en el artículo 82º de la Ley 2.095 (texto consolidado según Ley Nº 5.666) y su Decreto Reglamentario Nº 95/14, modificado por los Decretos Nros. 114/16 y 411/16, y supletoriamente, en lo que sea aplicable, por lo normado en la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, aprobada por Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1.510/1997, ratificado por Resolución Nº 41/LCABA/98. El cómputo de los plazos en las compras y contrataciones electrónicas se efectuará conforme lo estipulado en los artículos 5º “Cómputo de Plazos” y 7º “Notificaciones Electrónicas” del Anexo I del Decreto N° 1.145/09. Art. 7.- DOMICILIOS Y NOTIFICACIONES Se considera domicilio electrónico constituido, el correo electrónico declarado por el proveedor en oportunidad de inscribirse en el Registro Informatizado Único y Permanente de Proveedores (RIUPP), en el que se tendrán por válidas todas las notificaciones electrónicas que sean cursadas por el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Se considerará como domicilio legal constituido el domicilio N° 5034 - 27/12/2016 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 24 Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires 2016- Año de l B i ce nte nari o de l a De cl araci ón de Inde pe nde nci a de l a R e públ i ca Arge nti na declarado por el proveedor como sede de sus negocios en el RIUPP. Todas las notificaciones que hayan de efectuarse se entienden realizadas a partir del día hábil siguiente al de su publicación y mediante BAC, conforme los términos establecidos en el artículo 6° del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales, en conjunción con lo dispuesto en los artículos 6° y 7° del Anexo I del Decreto N° 1.145/09. Todo cambio de domicilio deberá ser comunicado fehacientemente al Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y surtirá efecto una vez transcurridos DIEZ (10) días de su notificación. La Dirección General Suministros de Seguridad constituye domicilio en la Av. Regimiento de Patricios N° 1142, 1° piso, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Todas la notificaciones entre las partes serán válidas si se efectúan en los domicilios constituidos aquí referidos, excepto para el GCABA respecto de las notificaciones judiciales que, para tener validez, deberán estar dirigidas al domicilio de la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires, Departamento Oficios Judiciales y Cédulas, sito en calle Uruguay N° 458 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, o en el domicilio que en el futuro lo reemplace, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 20° de la Ley N° 1.218 (texto consolidado según Ley N° 5.454). Art. 8.- JURISDICCIÓN Para atender las cuestiones que se susciten en torno a las Compras y Contrataciones efectuadas por el GCABA, las partes quedan sometidas única y expresamente a la jurisdicción de los Tribunales Contenciosos, Administrativos y Tributarios de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de conformidad con lo establecido en el Artículo 7 del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales. Art. 9.- OBTENCION DEL PLIEGO Los Pliegos de Bases y Condiciones del llamado a Contratación Directa se encuentran disponibles en forma gratuita en el portal www.buenosairescompras.gob.ar (BAC). Art.10.-INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO I NFORMATIZADO ÚNI CO Y PERMANENTE DE PROVEEDORES DEL SEC TOR PÚ BLICO D E L A CI UDAD (RIUPP). Para que las ofertas sean consideradas válidas, los oferentes deberán estar inscriptos en el RIUPP o presentar constancia de inicio de trámite. Todo ello de conformidad con N° 5034 - 27/12/2016 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 25 lo previsto en el artículo 5° del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales aprobado por medio de la Disposición N° 396/DGCYC/14. Es condición para la pre adjudicación que el proveedor se encuentre inscripto en el RIUPP y en BAC. Art. 11.- CONSULTAS De acuerdo a lo previsto en el artículo 9° del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales aprobado por la Disposición N° 396/DGCYC/14 y artículo 15° del Decreto N° 1.145/09, los oferentes que se hayan acreditado y cumplido con el procedimiento de registración, autenticación y autorización como usuario externo de BAC, podrán formular consultas y/o pedidos de aclaraciones acerca de los Pliegos de Bases y Condiciones a través de dicho sistema. GARANTÍAS Art. 12.- CONSTITUCIÓN DE GARANTÍAS Se deberán constituir las garantías correspondientes, de conformidad con lo prescripto en el Artículo 17 del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales. La constitución de las garantías podrá realizarse en cualquiera de las formas previstas en el Artículo 17.2 del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales, Artículo 102 y concordantes de la Ley Nº 2.095 (texto consolidado según Ley N° 5.666), y su Decreto Reglamentario Nº 95/14, modificado por los Decretos Nros. 114/16 y 411/16. No se aceptarán pagarés, letras de cambio, facturas, ni ningún otro título que no esté expresamente indicado como depósito de garantía. Art. 13.- DEVOLUCIÓN DE GARANTÍAS La devolución de las garantías se realizará conforme lo establece el Artículo 17.3 del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales. Art.14.- GARANTÍA DE MANTENIMIENTO DE OFERTA La garantía de mantenimiento de oferta será del cinco por ciento (5%) del valor total de la oferta. Al momento de presentar sus propuestas mediante BAC, los oferentes deberán indicar e individualizar la garantía de mantenimiento de la oferta completando el formulario electrónico correspondiente. La garantía constituida deberá ser entregada en la Dirección General Suministros de Seguridad dentro del plazo de veinticuatro (24) horas de formalizado el Acto de Apertura de ofertas, en la Av. Regimiento de Patricios N° 1142, 1° piso, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. N° 5034 - 27/12/2016 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 26 Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires 2016- Año de l B i ce nte nari o de l a De cl araci ón de Inde pe nde nci a de l a R e públ i ca Arge nti na Art. 15.- GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO La garantía de cumplimiento del contrato será del diez por ciento (10%) sobre el valor total de la adjudicación. El adjudicatario deberá integrar y entregar a la Dirección General Suministros de Seguridad la constancia respectiva de la garantía de cumplimiento de contrato dentro del plazo de cinco (5) días de notificada la Orden de Compra. Art. 16.-GARANTÍA DE IMPUGNACIÓN La garantía de impugnación al Pliego será del tres por ciento (3%) del monto estimado de la contratación, de conformidad con lo prescripto por el Artículo 17.1 inciso d) del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales. La Cuenta Corriente - Nº 26.678/7 "Impugnaciones Fondos de Garantía" - Banco Ciudad de Buenos Aires. DE LA OFERTA Art. 17.- MANTENIMIENTO DE LA OFERTA El oferente deberá mantener y garantizar los términos de su oferta por un período de treinta (30) días desde el Acto de Apertura, prorrogables automáticamente hasta la fecha de perfeccionamiento del contrato, salvo que el oferente manifieste fehacientemente su voluntad en contrario con un plazo no menor a diez (10) días hábiles anteriores al vencimiento del plazo, concordante con el Artículo 104 de la Ley Nº 2.095 (texto consolidado según Ley N° 5.666),cuya reglamentación se encuentra en el Artículo 102 Inciso 5 del Decreto Reglamentario Nº 95/14, modificado por los Decretos Nros. N° 114/16 y 411/16. Art. 18.- FORMA DE PRESENTACIÓN DE LA OFERTA La oferta deberá ser presentada en BAC a través de los formularios electrónicos disponibles al efecto, cumplimentando con todas las previsiones que expresamente requiera el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales, el Pliego de Bases y Condiciones Particulares, y las Especificaciones Técnicas, y que, junto con la documentación adicional, folletos o todo tipo de documentos que el oferente adjunte electrónicamente, integrarán la oferta. No se admitirá otra oferta que la presentada en BAC, rechazándose las remitidas por correo o cualquier otro procedimiento distinto al previsto. N° 5034 - 27/12/2016 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 27 De manera adicional se deberá presentar copia de la oferta, en formato papel, y se hará en un (1) sobre o paquete cerrado, identificado con el número de Contratación. El mismo debe presentarse, de manera previa a la fecha y horario previstos para la Apertura de Ofertas, en la Dirección General Suministros de Seguridad, ubicada en la Av. Regimiento de Patricios Nº 1142, 1°piso, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Todos los folios serán firmados, sellados y foliados por el Representante Legal del oferente. Toda documentación e información que se acompañe, y que sea requerida en este Pliego deberá ser redactada en idioma castellano, a excepción de folletos ilustrativos, que podrán presentarse en su idioma original. No se admitirán ofertas que no se ajusten a las condiciones establecidas en el Artículo 12 del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales. Serán desestimadas las ofertas que adjunten archivos en formatos editables. Art. 19.- FORMA DE COTIZAR El oferente debe formular oferta por la totalidad de lo solicitado en el Renglón. Deberá cotizar obligatoriamente el precio mensual, y el precio total por el periodo de contratación previsto en el Pliego. La Oferta deberá expresarse por el Renglón, en pesos ($) moneda de curso legal en la República Argentina. Se deberán considerar únicamente las especificaciones detalladas en el Pliego de Especificaciones Técnicas para el renglón. Se considera que el oferente, antes de presentar su oferta, ha tenido en cuenta todo lo necesario para la plena y cabal ejecución del contrato, estando incluido en los precios todos los costos relativos a los bienes. No serán admitidas ofertas que se aparten de los términos y condiciones de los pliegos, como así tampoco se admitirán ofertas alternativas, ni ofertas por parte del renglón. A los efectos del Impuesto al Valor Agregado (IVA), el GCABA reviste la calidad de exento, atento a lo cual no deberá discriminarse el importe correspondiente a la incidencia de este impuesto, debiendo incluirse el mismo en el precio cotizado. Art. 20.- FALSEAMIENTO DE DATOS El falseamiento de datos dará lugar a la inmediata exclusión del oferente, sin lugar a la devolución de la garantía que sobre ella se hubiere constituido. Si la falsedad fuere advertida con posterioridad a la contratación, será causal de rescisión por culpa del N° 5034 - 27/12/2016 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 28 Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires 2016- Año de l B i ce nte nari o de l a De cl araci ón de Inde pe nde nci a de l a R e públ i ca Arge nti na adjudicatario, con pérdida de la garantía de adjudicación del contrato, y sin perjuicio de las demás responsabilidades que pudieren corresponder. Art. 21.- CONTENIDO DE LA OFERTA La propuesta deberá contener: 1) Declaración Jurada de Aptitud para Contratar (Anexo I Pliego Único de Bases y Condiciones Generales), con indicación de la fecha de suscripción de dicho documento. 2) Declaración Jurada de no tener demanda, arbitraje u otro tipo de litigio pendiente o resuelto, que involucre o pueda tener impacto sobre más del cincuenta por ciento (50%) del activo total de la empresa. 3) Declaración Jurada de que el oferente no se encuentra incurso en ninguna de las causales de inhabilidad para contratar con la Administración Pública. 4) Declaración Jurada de que para cualquier situación judicial que se suscite, el oferente aceptará la competencia de los Juzgados en lo Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, renunciando a cualquier otra jurisdicción o competencia. 5) Garantía de mantenimiento de Oferta, de acuerdo a lo establecido en el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales. 6) Declaración Jurada donde el oferente declara conocer todos y cada uno de los aspectos y las condiciones establecidas en el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales, Pliego de Condiciones Particulares, Especificaciones Técnicas y Circulares Con y Sin Consulta. 7) Acreditación de Personería: Personas Jurídicas: a) Contrato Social y Acta de designación del representante (v.g. Estatuto de Sociedad Anónima, Acta de Asamblea de designación de Directores y Actas de Directorio de distribución de cargos en la que se nombra Presidente o su equivalente según el tipo societario, sea S.A, S.R.L, y las demás previstas en la Ley de Sociedades Comerciales, como también Asociaciones Civiles, Fundaciones, etc.) con la correspondiente inscripción ante el Registro Público de Comercio. Si en el contrato social se han limitado las facultades del representante legal, estableciéndose que los actos objeto de la presente requieren ser autorizados por el Directorio, Asamblea u otro órgano según el tipo de persona jurídica de que se trate se acompañará también N° 5034 - 27/12/2016 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 29 el acta que expresamente lo autorice. En cualquier caso, las copias deberán ser certificadas por escribano público. 8) Acta en donde se deja constancia de la realización de una prueba de campo, con antelación a la presentación de la Oferta, indicando los resultados de los parámetros y funcionalidades solicitadas en el Pliego de Especificaciones Técnicas. 9) Acreditar la disponibilidad de los módulos configurables, códigos fuentes y su capacidad para su modificación, compilación y parametrización en caso de ser necesario. 10) Contemplar la incorporación de cuatrocientas (400) horas mensuales de desarrollo por el término de la duración del contrato para cumplimentar con requerimientos de la información adicional o la incorporación de nuevas funcionalidades que surjan de la operación. 11) Información verificable respecto a dónde se encuentra brindando servicio, en ámbitos nacionales. 12) Acreditar experiencia en soluciones operativas de sistemas AVL-GIS integradas a despachos policiales para servicios públicos. 13) Acreditar experiencia en soluciones operativas de sistemas AVL-GIS integradas a Sistemas de Radio con GPS. 14) Presentar un cronograma de entrenamiento y actividades, tendientes a la capacitación funcional y operativa de los diferentes módulos y plataformas. 15) Acreditar experiencia comprobable en aplicaciones de seguridad pública, no menor a mil quinientos (1.500) vehículos de servicios policiales con una frecuencia de reportes de una posición cada treinta (30) segundos en la República Argentina, por un periodo no inferior a cinco (5) años, a la fecha de la Apertura. 16) Certificación ISO 9001 vigente. 17) Manual correspondiente de instalación y utilización de cada una de las plataformas. 18) Constancia/s de visita/s (Anexo I): Los oferentes deberán visitar indefectiblemente las instalaciones establecidas en el renglón que cotizan, a fin de instruirse de todas las características que hacen a la prestación del servicio. Las visitas deberán ser coordinadas con la Dirección General Suministros de Seguridad vía mail a [email protected] y [email protected], quien extenderá un comprobante como constancia de haber cumplido con la presente exigencia, el cual deberá ser adjuntado a la oferta. La presentación de la oferta lleva implícito el total conocimiento de los lugares y de las condiciones ambientales en las que se desarrollarán las tareas que se le contraten. N° 5034 - 27/12/2016 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 30 Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires 2016- Año de l B i ce nte nari o de l a De cl araci ón de Inde pe nde nci a de l a R e públ i ca Arge nti na 19) El oferente deberá contar con una antigüedad en plaza no menor a 5 años 20) La cotización. Art. 22.- VICIOS EXCLUYENTES. CAUSALES DE RECHAZO DE LA OFERTA Se regirá por lo dispuesto en el artículo 106 de la Ley N° 2.095 (texto consolidado según Ley N° 5.666), sin perjuicio de ello y en forma complementaria al mismo, se establecen las siguientes causales de desestimación de ofertas: a) Que no se presente a través de los formularios previstos en el sistema BAC. b) Que no esté cumplimentada la garantía de mantenimiento de oferta en cualquiera de las formas establecidas en estos pliegos. c) Que al momento de la preadjudicación el proveedor no se encuentre inscripto en el RIUPP y en BAC. d) Que la oferta técnica no detalle los elementos mínimos que hagan posible una evaluación por parte de la Comisión Evaluadora de Ofertas, no entendiéndose como tal la mera remisión al Pliego Único de Bases y Condiciones Particulares y de Especificaciones Técnicas. e) Que la oferta presentada contenga condicionamientos. f) Que el original no estuviese firmado por el oferente o su representante legal. El GCABA se reserva el derecho de rechazar cualquier oferta que no se ajuste sustancialmente a las condiciones de la presente Contratación. Art. 23.- CONOCIMIENTO DE LAS CONDICIONES La sola presentación de la oferta implicará para el oferente la aceptación y el pleno conocimiento de toda la normativa que rige el procedimiento de selección, la evaluación de todas las circunstancias, la previsión de sus consecuencias y la aceptación en su totalidad de las bases y condiciones estipuladas, como así también de las circulares con y sin consulta que se hubieren emitido, sin que pueda alegar en adelante dudas o desconocimiento. El GCABA no asumirá ninguna responsabilidad por cualquier declaración, exposición, deducción, interpretación o conclusión dada verbalmente por sus funcionarios o agentes. PRESENTACIÓN DE OFERTA. APERTURA Art. 24.- PRESENTACIÓN DE LA OFERTA N° 5034 - 27/12/2016 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 31 La oferta deberá presentarse hasta la fecha y hora previstas en el respectivo llamado a Contratación Directa, a través de los formularios electrónicos disponibles en BAC. Art. 25.- ACTO DE APERTURA El Acto de Apertura de oferta se efectuará a través de BAC, liberándose la oferta en el día y hora establecidos en el correspondiente llamado, formulándose electrónicamente el acta pertinente para conocimiento del participante y funcionarios designados. Si el día señalado para la Apertura, fuera declarado inhábil para la Administración, el acto se cumplirá el primer día hábil siguiente, en el mismo lugar y hora previstos originalmente. El GCABA, se reserva la facultad de postergar el Acto de Apertura según su exclusivo derecho, notificando tal circunstancia en forma fehaciente al adquirente del Pliego, y publicando dicha postergación en los términos previstos por el Artículo 100 de la Ley N° 2.095 (texto consolidado según Ley N° 5.666) y su reglamentación. Art. 26.- VISTA DE LAS PRESENTACIONES. Se establece el plazo de TRES (3) días hábiles, a partir del día siguiente al del Acto de Apertura de ofertas, para ejercer el derecho de vista de las ofertas presentadas y admitidas en esta contratación. Concluido el plazo de vista establecido, las actuaciones pasarán para su pertinente evaluación, quedando precluida la instancia de la vista de ofertas. Art. 27.- RECHAZO El GCABA, se reserva el derecho de revocar el llamado a contratar o de rechazar la oferta presentada con anterioridad al perfeccionamiento del contrato, sin que dicha decisión otorgue derecho alguno al oferente para formular y/o efectuar reclamo alguno. Art. 28.- ADJUDICACIÓN La Autoridad Competente dictará el Acto Administrativo de adjudicación, el que una vez suscripto, será notificado fehacientemente a través de BAC al adjudicatario. La adjudicación se publica en el portal www.buenosairescompras.gob.ar, y en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por el plazo de un (1) día. Los recursos que se deduzcan contra el Acto Administrativo de adjudicación se rigen por lo dispuesto en la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, aprobada por Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1510/GCABA/1997 ratificada por Resolución N° 41/LCABA/98 (texto consolidado según Ley Nº 5.666). N° 5034 - 27/12/2016 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 32 Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires 2016- Año de l B i ce nte nari o de l a De cl araci ón de Inde pe nde nci a de l a R e públ i ca Arge nti na Art. 29- CONTRATACION DIRECTA FRACASADA En caso de que el oferente no reúna las condiciones y requisitos mínimos que resulten indispensables para ser adjudicatarios, la Contratación será declarada fracasada, sin que ello de derecho a reclamación alguna por parte del oferente. Art. 30- PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO El contrato se perfecciona con la notificación mediante BAC de la Orden de Compra al adjudicatario, tal lo establecido en el Artículo 29 del Anexo I del Decreto N° 1.145/09 y Artículo 17 del Anexo I de la Resolución N° 1.160/MHGC/11. EJECUCIÓN DEL CONTRATO Art. 31.- OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO Son obligaciones del adjudicatario: a) Ejecutar las obligaciones contraídas por el presente contrato con el debido cuidado y diligencia. b) Respetar y acatar la Legislación y la Normativa vigentes en el GCABA, como así también la legislación y normativa nacionales vigentes. c) Cumplir en tiempo y forma con lo previsto en el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales, en el presente Pliego de Cláusulas Particulares y en el de Especificaciones Técnicas, siendo responsable por las demoras que se ocasionaren por dolo, culpa y pasible de las penalidades establecidas en el capítulo “RÉGIMEN DEPENALIDADES”. Art. 32.- RÉGIMEN DE RESPONSABILIDAD CON TERCEROS y PERSONAL Todo el personal o terceros afectados por el adjudicatario de la Contratación al cumplimiento de las obligaciones y/o relaciones jurídico contractuales carecerán de relación alguna con el GCABA. Estarán a exclusivo cargo del adjudicatario los salarios, seguros, leyes y cargas sociales, previsionales y cualquier otra erogación sin excepción, vinculada con la ejecución contractual y del servicio; quedando expresamente liberado el GCABA por tales conceptos, y sin que se configure solidaridad alguna entre ambos. Queda debidamente entendido que el GCABA no asumirá responsabilidad alguna y estará desligado, de todo conflicto o litigio que eventualmente se generare por N° 5034 - 27/12/2016 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 33 cuestiones de índole laboral, entre el adjudicatario y el personal que éste ocupare a los fines de cumplir con sus obligaciones contractuales y que, en consecuencia, pudiera implicar la intervención del gremio que los nuclea y/o de aquellos organismos estatales vinculados con el contralor de transgresiones a normas establecidas para el orden laboral, o del cumplimiento de convenios colectivos de trabajo en vigencia. Igual criterio se hace extensivo a las obligaciones previsionales e impositivas que recaigan sobre el adjudicatario ó locador. Asimismo, el GCABA no asumirá responsabilidad alguna por reclamos de terceros con los que el adjudicatario hubiere contratado a los fines de cumplir con las obligaciones emergentes del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales, del presente Pliego de Condiciones Particulares, del Pliego de Especificaciones Técnicas y del Contrato en general, debiendo los subcontratistas cumplir con todas las obligaciones previstas en los respectivos Pliegos para el adjudicatario de la Administración. RÉGIMEN DE PENALIDADES Art. 33.- INCUMPLIMIENTO POR PARTE DEL ADJUDICATARIO El incumplimiento por parte del adjudicatario de las obligaciones contractuales originadas en el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales, en el presente Pliego de Bases y Condiciones Particulares, y en el Pliego de Especificaciones Técnicas, lo hará pasible de las siguientes penalidades: a) Pérdida de garantía de mantenimiento de la oferta o de cumplimiento del contrato, b) Multa por incumplimiento de las obligaciones convenidas, c) Rescisión del contrato por culpa del adjudicatario. En el caso de que se hubiera constatado un incumplimiento por parte del adjudicatario durante la ejecución del contrato igualmente le será aplicada la penalidad y/o la sanción que pudiere corresponderle aún cuando el contrato se encontrara rescindido y/o ejecutado en su totalidad al tiempo en que se formalice el correspondiente Acto Administrativo que decide la aplicación de la penalidad y/o sanción. Las penalidades establecidas en la Ley N° 2.095 no son de aplicación cuando el incumplimiento de la obligación provenga de caso fortuito o fuerza mayor, debidamente documentado y probado por el oferente o adjudicatario y aceptado por el adjudicatario. Art. 34. MULTAS En caso de corresponder, se aplicarán penalidades económicas resarcitorias en función de los antecedentes y ante la existencia de alguna o varias de las causales N° 5034 - 27/12/2016 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 34 Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires 2016- Año de l B i ce nte nari o de l a De cl araci ón de Inde pe nde nci a de l a R e públ i ca Arge nti na que se enuncian a continuación. Las multas que se apliquen serán afectadas de acuerdo al orden y modalidad previstos en la Ley N° 2.095 (texto consolidado según Ley N° 5.454), y el Decreto Reglamentario Nº 95/14, modificado por los Decretos Nros. 114/16 y 411/16. 1. Prórroga del plazo de entrega concedido al adjudicatario. En el caso de haberse concedido prórroga se determina la aplicación de una multa por mora del uno por ciento (1%) del valor de lo satisfecho fuera del término originario del contrato por cada siete (7) días de atraso o fracción mayor de tres (3) días. 2. Rehabilitación por la parte no cumplida del contrato. En caso de que el adjudicatario pida la rehabilitación por la parte no cumplida del contrato, y en caso de que ésta sea aceptada, se deberá realizar el previo pago de una multa equivalente al diez por ciento (10%) del valor del contrato que se rehabilita. La graduación de esta penalidad será regulada por el GCABA, teniendo en cuenta la naturaleza, gravedad y reincidencia de la falta cometida, como así también en los antecedentes del adjudicatario, y de acuerdo a los parámetros establecidos en la Ley N° 2.095 (texto consolidado según Ley N° 5.666) y su reglamentación. Las multas se graduarán en porcentajes sobre la facturación que perciba en el mes en que se configure la infracción, o en montos fijos en pesos, según se determine en cada caso particular. Serán consideradas faltas graves, y como consecuencia se aplicará a cada una de ellas la multa que a continuación se describe: a. Por no cumplir con las fechas comprometidas en el contrato, por causas imputables al Adjudicatario, por cada día de demora se aplicará una multa equivalente al uno por ciento (1%) sobre el monto total que corresponda a la etapa parcial incumplida en término. De producirse la mora en las fechas comprometidas para más de una etapa, el porcentaje se elevará al doble para aquellas etapas posteriores a la primera. b. Por incumplimiento de los plazos de reparación y/o recambio requeridos para el cumplimiento de las obligaciones de mantenimiento, se aplicará una multa equivalente al 1% sobre la facturación mensual correspondiente a dicho ítem, tomando como base el mes en que se configuró el incumplimiento o el mes en que fuere detectado el mismo, en su caso. c. Por modificar alguno de los procedimientos detallados en los Presentes Pliegos, en el Pliego de Especificaciones Técnicas, y en el Contrato, sin la previa autorización del GCABA, se aplicará una multa equivalente al 2% sobre el total de facturación que corresponda sobre la etapa en que fue modificado el procedimiento. N° 5034 - 27/12/2016 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 35 3. Cuando el adjudicatario incurra en negligencias graves y reiteradas en la ejecución del contrato o incumpla las obligaciones a su cargo, la autoridad de aplicación podrá rescindir el contrato, quedando a cargo de la adjudicataria incumplidora la reparación de los daños y perjuicios que hubiere causado con su accionar. 4. Asimismo es causal de rescisión del contrato por culpa del adjudicatario y con las consecuencias precedentemente indicadas, cuando se hubiere cualquier tipo de fraude que fuera determinante de la adjudicación de la oferta en cuestión. Art. 35. PÉRDIDA DE LA GARANTÍA DE MANTENIMIENTO DE OFERTA 1. Desistimiento de ofertas. El desistimiento de la oferta conlleva la pérdida de la garantía de mantenimiento de la oferta, en caso de desistimiento parcial la garantía se pierde en forma proporcional. 2. Error en el monto de la garantía de mantenimiento de oferta. Cuando al hacer el estudio de las ofertas se observara que, por error, la garantía presentada fuera de un importe inferior al que corresponda, siempre que el mismo no supere un veinte por ciento (20%) del importe correcto, debe intimarse al oferente a cubrir la diferencia en un plazo de tres (3) días. En caso de incumplimiento dentro del plazo fijado se producirá la pérdida de la garantía de mantenimiento de la oferta. Art. 3 6. PÉRDIDA DE G ARANTÍA DE M ANTENIMIENTO DE O FERTA Y DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO 1. Falsedad de los datos en la Declaración Jurada del Artículo 96 del Anexo I del Decreto Reglamentario N° 95/14, modificado por los Decretos Nros. 114/16 y 411/16. La falsedad de los datos implicará la pérdida de las garantías y la suspensión del oferente por el plazo máximo previsto en la ley. Art. 37. RESCISIÓN DEL CONTRATO 1. Falsedad de los datos en la Declaración Jurada del Artículo 96 Anexo I del Decreto Reglamentario N° 95/14, modificado por los Decretos Nros. 114/16 y 411/16. Si la falsedad de los datos fuera detectada durante el plazo de cumplimiento del contrato hará pasible al adjudicatario de la rescisión del contrato con reparación de los daños y perjuicios. 2. Rechazo de la Orden de Compra por parte del co-contratante. Si el adjudicatario rechazare la Orden de Compra dentro del plazo de tres (3) días de perfeccionado el contrato, la Administración intimará al cumplimiento contractual, bajo apercibimiento de proceder a la ejecución de la garantía de mantenimiento de la oferta, sin perjuicio de N° 5034 - 27/12/2016 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 36 Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires 2016- Año de l B i ce nte nari o de l a De cl araci ón de Inde pe nde nci a de l a R e públ i ca Arge nti na las demás sanciones contractuales, quedando a cargo del co-contratante la reparación de los daños y perjuicios que hubiere causado con su accionar. 3. Falta de integración de la garantía de cumplimiento de contrato. Si el adjudicatario no integra la garantía de cumplimiento del contrato dentro del plazo de cinco (5) días de notificada la Orden de Compra, se lo intimará en forma fehaciente por igual plazo. Vencido ese plazo sin que se haya cumplimentado tal obligación, se le rescindirá el contrato con la pérdida de la garantía de cumplimiento del contrato o de un monto equivalente a dicha garantía, quedando a cargo del co-contratante la reparación de los daños y perjuicios que hubiere causado con su accionar. 4. Rehabilitación por la parte no cumplida del contrato. Si el adjudicatario que solicitó la rehabilitación, no hace el pago de la multa del diez por ciento (10%) a la que se hace mención en el Artículo 34 de este Pliego, dentro de los tres (3) días de habérsele comunicado la aceptación de la rehabilitación, se da por rescindido el contrato, de pleno derecho(cfr. Art. 123 de la Ley N° 2095 texto consolidado por ley N° 5.666 reglamentado por Artículo 121 del Anexo I del Decreto N° 95/14, modificado por los Decretos Nros. 114/16 y 411/16). 5. Incumplimiento de contrato con prestaciones de carácter especial. El incumplimiento de las prestaciones de carácter especial, en que no sea posible admitir su satisfacción fuera de término, en razón de la naturaleza de las mismas y de las necesidades de la Administración, es penalizado con la rescisión del contrato con más la pérdida de la garantía de cumplimiento del contrato por el importe total de aquella, quedando a cargo del co-contratante la reparación de los daños y perjuicios que hubiere causado con su accionar. 7. Configuración de fraude. Es causal de rescisión del contrato por culpa del cocontratante cuando se hubiere configurado cualquier tipo de fraude que fuera determinante de la adjudicación de la oferta en cuestión, quedando a cargo del cocontratante la reparación de los daños y perjuicios que hubiere causado con su accionar. 8. Negligencia en la ejecución del contrato o incumplimiento de las obligaciones a su cargo. Cuando el co-contratante incurre en negligencia en la ejecución del contrato o incumple las obligaciones a su cargo, el organismo contratante puede rescindir unilateralmente el contrato, quedando a cargo del co-contratante la reparación de las daños y perjuicios que hubiere causado con su accionar. 9. Transferencia o cesión del contrato sin autorización previa. Cuando el co- N° 5034 - 27/12/2016 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 37 contratante transfiera o cediera todo o parte del contrato sin que ello fuere autorizado previamente por la entidad contratante, esta debe rescindir unilateralmente el contrato por culpa del co-contratante, con la pérdida de la garantía de cumplimiento del contrato, quedando a cargo del co-contratante la reparación de los daños y perjuicios que hubiere causado con su accionar. Art. 38.- SANCIONES Sin perjuicio de la aplicación de las penalidades mencionadas en el presente Pliego, el oferente o co-contratante puede asimismo ser pasible de las sanciones previstas en el Artículo 137 de la Ley Nº 2.095 (texto ordenado según Ley N° 5.666). Art. 39.- CAUSALES DE EXTINCIÓN DEL CONTRATO Son causales de extinción del contrato las siguientes: a) Expiración del plazo término del contrato y las respectivas prorrogas si las hubiere, según lo estipulado en el presente Pliego. b) Mutuo acuerdo. c) Quiebra del adjudicatario. d) Rescisión. Art. 40.- PAGO El adjudicatario podrá requerir al GCABA un primer pago en concepto de anticipo financiero, que podrá ser requerido una vez notificada la Orden de Compra. El anticipo no podrá superar el diez por ciento (10%) del monto total adjudicado. El pago del anticipo se gestionará previa entrega de una contragarantía del cien por ciento (100%), de conformidad con lo previsto en el Artículo 101 Inciso C) de la Ley 2.095 (texto ordenado según Ley N° 5.666). El pago será efectuado de acuerdo a las disposiciones contenidas en los Artículos 26 al 31 del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales. Art. 41.- CONFIDENCIALIDAD DE LA INFORMACIÓN El adjudicatario, sus consultores y personal que se encuentren ligados a la provisión de productos, equipos y/o servicios objetos del presente llamado están obligados a mantener la más estricta confidencialidad sobre la información que obtenga del GCABA y/o el organismo contratante, o de cualesquiera otras fuentes públicas o privadas indicadas por el organismo contratante, en relación con el objeto del contrato. Esta obligación no se extinguirá con el cumplimiento del objeto del contrato. El incumplimiento de esta obligación será considerada falta gravísima y dará lugar a la N° 5034 - 27/12/2016 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 38 Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires 2016- Año de l B i ce nte nari o de l a De cl araci ón de Inde pe nde nci a de l a R e públ i ca Arge nti na resolución del contrato por incumplimiento culpable del adjudicatario, sin perjuicio de las restantes sanciones civiles y penales que pudieran corresponder. Toda la información proporcionada para la ejecución de las tareas que son encomendadas, es propiedad exclusiva del GCABA. La información, ideas, conceptos, práctica y/o técnicas a cuyo conocimiento el adjudicatario acceda y/o se generen con motivo del presente trabajo, forman parte del secreto institucional propiedad del GCABA, por lo que se compromete a: • Mantener absoluta reserva de las mismas. • Custodiarlas apropiadamente. • No divulgarlas, ni transmitirlas a terceros no autorizados. • No explotarlas ni utilizarlas en beneficio propio y/o de terceros, salvo cesión y/o consentimiento previo y por escrito otorgado por el GCABA. • En caso de que las tareas sean efectuadas por personal perteneciente al adjudicatario, este último se compromete (con anterioridad al inicio de su trabajo) a poner en su conocimiento las presentes condiciones, asumiendo la responsabilidad por su cumplimiento por parte del personal. • En caso de que el adjudicatario decida subcontratar a terceros (con previo consentimiento del organismo contratante) para efectuar total o parcialmente su trabajo, se compromete (con anterioridad al inicio del mismo) a poner en su conocimiento las presentes condiciones, asumiendo la empresa la responsabilidad por el cumplimiento de las mismas por parte de los terceros subcontratados. El presente compromiso es irrevocable y seguirá siendo válido aún después de finalizada la relación con el GCABA. N° 5034 - 27/12/2016 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 39 N° 5034 - 27/12/2016 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 40 Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires 2016- Año de l B i ce nte nari o de l a De cl araci ón de Inde pe nde nci a de l a R e públ i ca Arge nti na PLIEGO DE ESPECIFICACIONES TÉCNICAS CONTRATACIÓN DIRECTA PARA LA ADQUISICION DE UNA PLATAFORMA DE GEO-POSICIONAMIENTO, GESTIÓN INTEGRAL DE VEHÍCULOS Y EFECTIVOS, Y LA AMPLIACION Y ADECUACIÓN DEL SISTEMA DE CONTINGENCIA 911 PARA EL MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES RENGLÓN CANTIDAD DESCRIPCIÓN Adquisición de una plataforma de geo- 1 Un (1) posicionamiento, gestión integral de vehículos y efectivos, y la ampliación y adecuación del Sistema de Contingencia 911. OBJETO Las presentes especificaciones tienen por objeto la implementación de la plataforma indicada en el Renglón 1 y sus Módulos, incluida la provisión de equipamiento en comodato, a ser implementada en el ámbito de la Policía de la Ciudad dependiente del MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES. La Plataforma deberá abarcar en un todo a las distintas dependencias propuestas según se detalla en el Anexo II deI presente Pliego, y la provisión y el mantenimiento del equipamiento existente de equipos de instalados GPS móviles, infraestructura de hardware y Software necesaria y la provisión de las comunicaciones y datos móviles según la descripción del proyecto que se detallará a continuación. Deberá poseer cobertura total dentro de todo el territorio de la República Argentina, con especial detalle en la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y Conurbano Bonaerense. El servicio se prestará por el plazo de veinticuatro (24) meses. PLATAFORMA D E G EO-POSICIONAMIENTO Y GESTIÓN INTEGRAL DE VEHÍCULOS Y EFECTIVOS. El servicio a prestar deberá ser integral, el mismo deberá abarcar los siguientes módulos: N° 5034 - 27/12/2016 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 41 Módulo de Contingencia SATE911. Módulo de AVL y Monitoreo incluyendo unidades móviles con vínculo por GPRS, y móviles y efectivos equipados con transceptores con GPS. Módulo de Gestión de Patrullaje y Planes de trabajo. Módulo para dispositivos móviles de consultas de Patentes, DNI y Servidor de intercambio de datos. La plataforma objeto de la presente especificación deberá, en términos generales, tener la capacidad de mostrar en forma geo-referenciada sobre cartografía digital, al menos MIL QUINIENTOS (1.500) unidades vehiculares y QUINCE MIL (15.000) equipos de radio con GPS efectivos que operan en la geografía de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y supletoriamente los desplegados en el Conurbano Bonaerense. Asimismo deberá establecerse una vacancia del sistema que permita el incremento de la capacidad de monitoreo en al menos un Cuarenta POR CIENTO (40%). Esto es en razón de que el sistema requerido es de misión crítica, y el mismo puede ser sujeto de ampliaciones de la zona de cobertura, en razón de las exigencias que se produzcan en función de la aplicación de las políticas de Seguridad Ciudadana. MÓDULO DE CO NTINGENCIA DE L A CTUAL S ISTEMA DE EMERGENCIA 911 (SATE 911) Y (C.O.D.M): El proveedor deberá relevar, dimensionar todo el hardware existente, trasladarlo e instalarlo al nuevo sitio a definir, actualizarlo, ampliarlo hasta 80 (ochenta) puestos de trabajo (atención y despacho) y mantener, durante la vigencia de duración del contrato, al SISTEMA DE ATENCION DE EMERGENCIA 911 (SATE 911) y el CENTRO OPERATIVO DE DESPACHO DE MOVILES (C.O.D.M). Tendrá a su cargo el reemplazo inmediato del equipamiento defectuoso, tanto en el domicilio de Azopardo 670 piso 1º, como así también del nuevo domicilio a designar dentro del ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con la previsión de que el actual sistema recibe diariamente unas 15.000 (quince mil) llamadas promedio y genera unos 5.000 (cinco mil) despachos policiales. Dimensionar el Hardware existente, Integra la solución total: • Central Telefónica redundante • Teléfonos IP y Analógicos • Grabadores IP y Analógicos • Switch N° 5034 - 27/12/2016 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 42 Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires 2016- Año de l B i ce nte nari o de l a De cl araci ón de Inde pe nde nci a de l a R e públ i ca Arge nti na • Servidores de Dominio, Aplicación y Bases de datos • UPS para toda la solución, excluyendo las PC de escritorio • Total de PC de escritorios Deberá contar con una guardia técnica cubriendo 7x24x365. El proveedor deberá demostrar la capacidad de poder ampliar, modificar, mantener e implementar dentro del Sistema SATE 911 desarrollos requeridos por este Ministerio, para ello se establece una carga horaria de programación de 400 horas mensuales durante toda la duración del contrato, conforme lo establecido en el Punto 10 del artículo 21 del Pliego de Condiciones Generales. Prueba de Campo Se realizará a los efectos de verificar el cumplimiento de la performance exigida en el presente Pliego, como así también su integración y estado CIEN POR CIENTO (100%) operativo de los Módulos del sistema que se ofrecen. Consecuentemente, se coordinará con antelación a la presentación de Ofertas, una Prueba de Campo con las autoridades del Ministerio de Justicia y Seguridad de la Ciudad de Buenos Aires, que permita constatar mediante un ensayo real los siguientes aspectos: 1) Instalación de una terminal de monitoreo emulando el Módulo de Contingencia del actual sistema de Emergencia 911 (SATE 911) y (C.O.D.M): 2) Conexión a la Base de datos del sistema AVL de móviles y radios actualmente en uso, donde se recibirán los reportes de posición de los recursos. 3) Se cargarán diez (10) Llamadas de emergencias, y se procederá a realizar los despachos correspondientes. 4) Análisis de la información generada en estos sucesos y eventos. 5) Se procederá a imprimir los reportes correspondientes. 6) Se analizarán las características funcionales del software, solicitadas en el presente Pliego. Todo esto deberá ser implementado en un servidor de test conectado con la central telefónica existente. Al finalizar la prueba de campo se confeccionará un Acta en donde se dejará constancia de la realización de dicha prueba indicando los resultados de los parámetros y funcionalidades que se han podido verificar, la cual se acompañará en la oferta. N° 5034 - 27/12/2016 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 43 La realización de la prueba de campo es condición obligatoria a los efectos de considerar la propuesta del Oferente. No obstante lo anterior, la ponderación final de la misma se realizará junto con la evaluación técnica general de la propuesta. MÓDULO DE AVL Y MONITOREO DE RECURSOS MÓVILES: El servicio a prestar comprende la puesta en marcha de todo un sistema mediante el cual los recursos afectados al mismo estarán enrolados a este sistema de control vehicular (AVL) que permitirá la localización automática con reportes periódicos, automáticos, repetitivos, a intervalos de tiempos iguales y preestablecidos de su posición, velocidad de desplazamiento, dirección de desplazamiento, estado, fecha y hora. Dichos reportes se generarán y transmitirán desde el móvil, a razón de un reporte como mínimo cada setenta (70) metros de recorrido, o cuando ocurra un giro, o cada treinta (30) segundos, sin necesidad de consulta alguna por ningún medio. De resultar conveniente, esta frecuencia de reportes podrá ser ajustada en un futuro, por lo que los equipos a incorporar deberán permitir ser configurados en forma remota a este efecto. Asimismo este módulo tendrá que soportar los reportes periódicos de todas las radios con GPS de la nueva Policía de la Ciudad contempladas para ser monitoreadas. El oferente deberá realizar un relevamiento integral del total de los dispositivos instalados actualmente en la flota policial. Tendrá a su cargo el mantenimiento correctivo y preventivo de los mismos. Redes Móviles A los efectos de minimizar pérdidas de información por indisponibilidad momentánea o zonas sin cobertura de redes móviles de comunicaciones, y por tratarse de una aplicación de Misión Crítica, asociada a la Seguridad Pública, el sistema garantizará un servicio en la Ciudad de Buenos Aires - acorde lo establecido en las presentes especificaciones- mediante la utilización de una segunda red móvil de diferente prestador al anterior y en un radio no menor a CIEN (100) Km, por lo tanto los nuevos equipos AVL a instalar deberán operar simultáneamente como mínimo sobre DOS (2) redes integrales e independientes, y que operen según el estándar GPRS disponible en el país. Alarmas Adicionalmente, el servicio deberá permitir también, una modalidad de reportes en estado de emergencia, con transmisión instantánea y simultanea de las alarmas por ambas redes y a una frecuencia no menor a UN (1) reporte cada DIEZ (10) segundos N° 5034 - 27/12/2016 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 44 Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires 2016- Año de l B i ce nte nari o de l a De cl araci ón de Inde pe nde nci a de l a R e públ i ca Arge nti na durante un lapso de QUINCE (15) minutos, que se activará manualmente por el conductor de la unidad frente a situaciones de riesgo que así lo justifique. Asimismo, la condición de emergencia, podrá activarse en forma remota desde el sistema que comanda el operador que cuente con los permisos adecuados. El estado de emergencia de algunos de los móviles no deberá afectar el servicio regular de reportes en el resto de los móviles. Esta señal, alertará automáticamente al personal de operaciones, para lo cual deberá generar una alarma claramente identificable en los sistemas de monitoreo de los mismos, permitiendo así el despacho inmediato de unidades policiales que se encuentren operando en la vecindad. El sistema deberá soportar una cantidad mínima de QUINCE (15) móviles en alarmas disparadas en forma simultánea. Datos Los reportes así generados y transmitidos, serán registrados en tiempo real, en una base de datos instalada en el DATACENTER del proveedor y controlada por el MINISTERIO DEL JUSTICIA Y SEGURIDAD DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES. Alcance de la Solución 1) La solución a proveer, estará conformada por: a) Equipamientos AVL con doble modem para la transmisión de datos de los móviles. b) Servidores de bases de datos y software de comunicaciones. c) Terminales de operación. d) Servicio de Seguimiento Vehicular. e) El servicio mensual del soporte y servicio técnico de 7 x 24. 2) Se requiere que ante las siguientes contingencias el sistema posea como mínimo las siguientes características: a) Ante la indisponibilidad de red de transmisión de datos GPRS, el equipo deberá conmutar en forma automática e instantánea y pasar a reportar por la segunda red de datos móviles, si ésta también se encuentra en estado de indisponibilidad el equipo guardará los reportes de posición en logs de datos que se transmitirán cuando se recupere alguna de las redes. b) Ante la Indisponibilidad de la red global de posicionamiento GPS, el equipo N° 5034 - 27/12/2016 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 45 deberá enviar la última posición válida hasta que se recupere la señal de satélite. 3) La instalación del equipamiento deberá contar con una batería de respaldo para que alimente a todo el sistema por al menos CUATRO (4) horas en el caso que los equipos queden sin alimentación principal; condición esta última que se deberá informar al software de monitoreo como un estado de alerta bien diferenciado, para poder actuar en consecuencia. 4) Los UN MIL QUINIENTOS (1.500) equipos a proveer e instalar y mantener, deben ser provistos con un botón de emergencias. El equipamiento deberá admitir la incorporación de audio bidireccional en la cabina de los móviles e identificación de conductores, sin tener que modificar el equipamiento ni la instalación de los equipos en forma sustancial. 5) Si se utilizara como medio de comunicación la red GPRS, los equipos deberán contar con doble modem y doble SIM activada, para conmutar de operadora, si se produce alguna perdida de servicio. El servicio de GPRS deberá poseer un punto de acceso privado (APN propio). Así mismo, los equipos deberán poder grabar en memoria las posiciones de CUATRO (4) horas sin servicio, si es que no pueden trasmitir las mismas por ningún medio; para luego reenviarlas al restablecerse el servicio. 6) Servidores a utilizar: La administración y mantenimiento de los servidores de datos estarán a cargo del proveedor y la supervisión a cargo del contratista. 7) Los servidores a utilizar serán provistos por el proveedor y deberá contar con la capacidad de almacenar y distribuir el volumen de datos exigidos en el presente pliego de bases y condiciones, los residirán en el Datacenter que proveerá el contratista; el proveedor será el encargado de administrar y operar los servidores de tal forma que se cumpla con el servicio requerido sin pérdida de datos, respetando los niveles de disponibilidad establecidos en punto 2.d.8) del presente pliego 8) El dimensionamiento del equipamiento informático, deberá ser tolerante a fallas (redundante) y asegurando la disponibilidad del mismo en un porcentaje del 99,999 % mensual y su dimensionamiento deberá poder recibir, procesar, N° 5034 - 27/12/2016 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 46 Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires 2016- Año de l B i ce nte nari o de l a De cl araci ón de Inde pe nde nci a de l a R e públ i ca Arge nti na y almacenar, los datos provenientes de UN MIL QUINIENTOS (1.500) móviles, reportando a razón de SETENTA (70) metros, cambio de ángulo de giro y TREINTA (30) segundos durante las VEINTICUATRO (24) horas al día y reportando no menos de QUINCE (15) situaciones de alarmas en forma simultaneas. También se deberá considerar los reportes periódicos de hasta QUINCE MIL (15.000) radios con GPS que posera la nueva Policía de la Ciudad. 9) Aplicativos de software: Se instalará la plataforma para monitoreo, gestión, administración del sistema, reportes y estadísticas. Los sistemas mencionados se instalarán en aquellos sitios que indique el contratista. 10) Servicio de conectividad y datos: Se deberán utilizar los servicios de conectividad en aquellos sitios que se prevean los cuales se detallan en el Anexo II que indica específicamente la ubicación y características de instalación en cada sitio. 11) La conectividad entre los distintos puntos mencionados en el Anexo II y los servidores ubicados en el Datacenter, se deberán adaptar a los enlaces existentes en cada uno de dichos puntos, los cuales surgirán del relevamiento realizados en las dependencias detalladas en dicho Anexo. 12) El servicio de seguimiento vehicular, incluyendo su correspondiente servicio técnico preventivo y correctivo, mano de obra y materiales, para subsanar todo tipo de faltas no atribuibles al mal uso ó trato incorrecto. En estos casos, (mal uso ó trato incorrecto); se facturará la reposición del servicio en concepto de materiales, mano de obra y desplazamientos, a los valores normales de plaza. 13) El servicio mensual del soporte; servicio técnico y actualización funcional y cartográfica de los programas de monitoreo de unidades y análisis que operara el MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES. Según el siguiente detalle: N° 5034 - 27/12/2016 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 47 a) Actualizaciones cartográficas. b) Incorporación de nuevas funcionalidades. c) Incorporación de nuevas capas de visualización que serán entregadas por EL MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES en formato SHP en latitud longitud, WGS84. d) Incorporación de nuevos parámetros para su evaluación. e) Incorporación de nuevas modalidades de visualización. f) Producción de reportes según formatos a requerimiento. g) Desarrollos y/o integraciones con otras bases de datos –no incluyendo provisión de licenciash) Servicio de mesa de ayuda y atención de urgencias de software VEINTICUATRO (24) horas; SIETE (7) días a la semana de la Plataforma de Monitoreo. Exactitud de las Posiciones La exactitud de las posiciones que reportan los móviles, será igual o mejor que VEINTICINCO (25) metros, NOVENTA Y CINCO POR CIENTO (95%) del tiempo para cada móvil que se desee seguir y NOVENTA Y CINCO POR (95%) del área de cobertura del sistema en todo el territorio de la República Argentina. Encriptación Toda la información transmitida desde los servidores a los sistemas de monitoreo estará encriptada a prueba de intercepciones indebidas. Módulo de Administración El sistema debe contar con un módulo para la creación de usuarios, asignación de roles y permisos a los mismos y asignación al centro de operaciones de pertenencia. Los roles a incorporar en la plataforma de monitoreo serán: 1) Rol Administrador: tiene todos los privilegios de operación configuración y visualización de la plataforma de sistema. 2) Rol Operador MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES: observa la operación de todas las unidades enroladas en el sistema. 3) Rol Operador de Alarmas: observa la operación de todas las unidades enroladas en el sistema. 4) Rol Operador de Comando: observa la operación de todas las unidades enroladas en el sistema correspondiente a cada una de las Fuerzas de N° 5034 - 27/12/2016 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 48 Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires 2016- Año de l B i ce nte nari o de l a De cl araci ón de Inde pe nde nci a de l a R e públ i ca Arge nti na Seguridad. 5) Rol Operador Circunscripción: observa la operación de las unidades enroladas en el sistema y pertenecientes a la operación solamente de su circunscripción. 6) Rol Operador Comisaría: observa la operación de las unidades enroladas en el sistema y pertenecientes a la operación solamente de su comisaría. Distribución y Visualización de la Información La plataforma deberá poder administrar la información visualizada y el nivel de acceso a la misma, dependiendo de los perfiles y grupo al que pertenezca el usuario que opere el sistema mediante roles / perfiles a través de tablas de permisos y restricciones que respondan al rol del usuario dentro de la organización creados con el módulo de Administración de Roles y Perfiles. Asimismo, se deberá prever la posibilidad de visualizar y administrar desde cualquier puesto, la totalidad de la flota de unidades con equipo de AVL de la nueva Policía de la Ciudad y de las Fuerzas de Seguridad con la correspondiente habilitación. La visualización de las unidades sobre la cartografía digital deberá funcionar en forma idéntica en cada puesto de trabajo, independientemente de la ubicación del mismo, los cuales podrán estar distribuidos en diferentes reparticiones dentro del área de incumbencia del MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES, según se detalla en el Anexo II al presente Pliego. Arquitectura La plataforma deberá estar desarrollada con una arquitectura distribuida de manera que permita un funcionamiento independiente de cada puesto de trabajo. 1) El sistema debe conformarse en DOS (2) pilares fundamentales para su funcionamiento: el servidor de datos y una aplicación desktop. a) Servidor de datos: Se debe encargar de almacenar y administrar los datos y poseer conectividad con las aplicaciones desktop instaladas en las terminales de los usuarios. b) Aplicación desktop: Se debe instalar en las computadoras de los usuarios del sistema tanto la aplicación como la cartografía a utilizar. Debe permitir N° 5034 - 27/12/2016 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 49 visualizar toda la información recibida desde el servidor, almacenar información en forma local para lograr mayor velocidad, interactuar con el servidor enviando y recibiendo información. 2) Funcionamiento e interacción entre las partes: a) La aplicación desktop debe poseer conectividad con el servidor mediante protocolos estándar: HTTP, TCP, FTP. b) Los datos transmitidos deben estar encriptados para seguridad de la información. c) La aplicación desktop debe realizar tareas de alta, baja y modificación sobre los datos de la base de datos del servidor y sincronizar los mismos en una base de datos local para mejorar la velocidad en la operatoria del sistema. Sincronización El sistema deberá permitir la sincronización de aquellos parámetros incorporados o modificados por otro operador o administrador en tiempo real estando en funcionamiento, de manera tal que la visualización sea la misma para todos los puestos de trabajo, siempre respetando los grupos de trabajo y sus respectivos permisos. Además el procedimiento de sincronización deberá permitir la actualización en forma automática o a requerimiento de la cartografía en los distintos puestos de trabajo. Velocidad de Respuesta del Sistema Deberá asegurar una velocidad de respuesta acorde a la atención de urgencias. Los tiempos de respuesta para la Geo-referenciación de los recursos con GPS en movimiento, en el mapa serán acordes al tipo de prestación solicitada, esto es debido a que se tratará de un sistema de Misión Crítica para Seguridad Pública. De manera análoga, la actualización y cambio de estado de los eventos producidos en los móviles mapeados deberán estar optimizados, por idénticas razones. El tiempo de latencia del todo el sistema o sea el tiempo desde que se genera el reporte en la unidad hasta que se visualiza en la pantalla del operador no puede ser más de CINCO (5) segundos. Integración con Protocolo de Radio La plataforma AVL deberá poder integrarse a los diferentes protocolos de los N° 5034 - 27/12/2016 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 50 Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires 2016- Año de l B i ce nte nari o de l a De cl araci ón de Inde pe nde nci a de l a R e públ i ca Arge nti na transceptores de radio que actualmente utilizan la Policía Federal Argentina, Gendarmería Nacional Argentina, Prefectura Naval Argentina, Policía de Seguridad Aeroportuaria y la nueva Policía de la Ciudad De Buenos Aires que posean GPS para su visualización en la cartografía correspondiente. La plataforma de AVL deberá prever además gestionar hasta QUINCE MIL (15.000) equipos transceptores móviles y portátiles con GPS, los cuales deberán estar totalmente integrada a la plataforma de AVL de monitoreo. Capacidades y Características Funcionales del Sistema 1) El sistema de control de Monitoreo deberá contar mínimamente con las siguientes características: a) Las pantallas de operación serán en idioma castellano. b) Seguimiento de una unidad determinada en el mapa con una latencia no mayor a CINCO (5) segundos. c) Manejo de zonas geográficas: A. Mapa: I. Manejo de múltiples capas. II. Importación de capas. III. Herramientas de zoom, selección, scroll, acercar, alejar, mapa completo. IV. Desplazamiento por arrastre en todas las direcciones. V. Posibilidad de visualización a pantalla completa. VI. Medición de distancias. B. Unidades: I. Datos propios del móvil. II. Estado (ej: en servicio, en garaje, descompuesto, en reparación, etc.). III. Velocidad de desplazamiento. IV. Dirección de desplazamiento C. Iconografía: deberá ser configurable por usuario y que permita: I. Identificar visualmente diferentes tipos de vehículos y diferentes flotas. N° 5034 - 27/12/2016 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 51 II. Denotar si el vehículo está en movimiento (y el sentido) o detenido. III. Mostrar la confiabilidad de la posición. IV. Indicar si un vehículo se encuentra detenido por más de un lapso establecido. V. Indicar la traza del vehículo con diferentes colores dependiendo de la zona que patrulla VI. Visualización, localización y operación de datos históricos de cada unidad, incluido eventos / alarmas. VII. Visualización optativa de los vehículos. VIII. Funciones para el trazado de áreas de seguridad / rutas de recorrido; y asignación de reglas. IX. Búsqueda de direcciones que a la vez muestre en el sistema dicha dirección y el/los móviles más cercanos a la misma, esta información debe visualizarse en un tiempo no mayor a CINCO (5) segundos. X. Búsqueda por unidad. XI. Visualización de la Grilla de datos de Móviles y grilla de datos de Radios. XII. Trazado de recorrido de las unidades y sentido de circulación a demanda del operador. D. Manejo de Eventos / Alarmas configurables por unidad o grupo de unidades, deberán poder reportar éstas situaciones como mínimo mediante las bitácoras el sistema, email, pop-up en la consola del operador, etc. En éste último caso, el operador deberá completar un formulario con datos del evento y su resolución. Los eventos, como mínimo serán: I. Señal de Alarma. II. Unidad detenida por un tiempo x. III. Unidad sin reporte de posición en un tiempo x. IV. Entrada/salida de ruta o área. V. Permanencia en ruta o área por un tiempo x. VI. Desvío de ruta o área. VII. Exceso de velocidad. VIII. El sistema deberá prever un evento de alarma ante la Desconexión N° 5034 - 27/12/2016 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 52 Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires 2016- Año de l B i ce nte nari o de l a De cl araci ón de Inde pe nde nci a de l a R e públ i ca Arge nti na de batería. E. Administración del sistema: I. Parametrizar y configurar el software. II. Habilitar / deshabilitar funcionalidades. III. Mantenimiento de usuarios, roles/perfiles y las políticas de acceso al sistema. F. Exportación de información: Posibilidad de exportar a texto, CSV, planilla de cálculo, PDF. Alarmas Condicionales El sistema deberá permitir establecer Alarmas Condicionales tales como velocidades máximas, faltas de reportes de las unidades, entradas y salidas de áreas de seguridad o rutas y otros parámetros a ser definidos oportunamente por el MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES. Asimismo, toda la información recibida en dichas terminales será almacenada para su posterior análisis, toda vez que sea necesario, por ejemplo en situaciones de auditoría o de accidentes de tránsito, o emergencias. El Administrador del sistema podrá establecer y configurar las alarmas condicionales para la flotas de unidades a instalar. Áreas de Vigilancia El sistema permitirá la configuración de “áreas de vigilancia” o “rutas”, para el caso de monitorear recorridos de dichas zonas, el mismo permitirá la medición de tiempos, determinación de la cantidad de móviles activos en su ruta; horarios, y otros parámetros de calidad de servicio como así también alertar cuando un móvil asignado a dicha área de vigilancia ó cuadricula sale, entra o se desvía de la misma, o cuando dentro de ella se detiene por tiempos mayores que los previstos, a los efectos de permitir la generación de alarmas tempranas frente a posibles situaciones de emergencia o anormales, como así también la confección de estadísticas asociadas con la seguridad. El Administrador del sistema podrá establecer y configurar las Áreas de vigilancia y N° 5034 - 27/12/2016 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 53 rutas a asignar para la flotas de unidades a instalar. Logística del Móvil y Radios más Cercano Dado un evento geo-referenciado en el mapa que requiere atención urgente, el Módulo GIS deberá ser capaz de asistir al operador de despacho indicando la logística del recurso más cercano, por tipo de prestación ofrecida. Esto quiere decir que el operador deberá disponer fácilmente el resultado de la logística del móvil más cercano para cada tipo de evento: que requiere el envío de un móvil de la Policía o de otro recurso con dispositivo GPS incorporado. Este resultado será indicado con la información del número de móvil y deberá ser siempre visualizado en el mapa. Módulo de Geo-referenciación El Módulo AVL/GIS dispondrá de un módulo que permita la geo-referenciación de direcciones sobre cartografía digital, ingresado como Calle-Altura, y distinga ambas aceras y la geo-referenciación de puntos a partir del ingreso Ruta-Km sobre el mapa de las rutas, por cualquier usuario del Sistema con los permisos adecuados. Además el sistema deberá referenciar la ubicación en tiempo real de los vehículos que cuenten con equipos de Localización Automática (AVL) incorporados disponiéndose así de su ubicación. Prueba de Campo A los efectos de verificar el cumplimiento de la performance exigida en el presente Pliego, como así también su integración y estado CIEN POR CIENTO (100%) operativo de los Módulos del sistema que se ofrecen. Consecuentemente, se coordinará con antelación a la presentación de Ofertas, una Prueba de Campo con las autoridades del Ministerio de Justicia y Seguridad de la Ciudad de Buenos Aires, que permita constatar mediante un ensayo real los siguientes aspectos: 1) Instalación de una terminal de monitoreo emulando una terminal operativa y operando el mismo paquete de aplicaciones (software) a ofrecer. 2) Instalación con los dispositivos de localización de DIEZ (10) unidades. 3) Visualización de DIEZ (10) unidades como “móviles de prueba” reportando en condiciones normales, y bajo una condición de emergencia en tiempo real. 4) Simular una alarma y un despacho integrado a la información de localización correspondiente a los vehículos Policiales equipados con sistema de AVL, de modo tal que se pueda visualizar el vehículo de test en “alarma” y el móvil policial más cercano en condiciones de asistirlo. 5) Ídem punto anterior con DOS (2) alarmas simultáneas. Una generada N° 5034 - 27/12/2016 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 54 Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires 2016- Año de l B i ce nte nari o de l a De cl araci ón de Inde pe nde nci a de l a R e públ i ca Arge nti na mediante el botón de pánico instalado en la unidad y la otra generada mediante el sistema de AVL sobre el equipo instalado en un móvil. 6) Análisis de la información generada en estos eventos. 7) Análisis de una situación real de patrullaje para el conjunto de los DIEZ (10) móviles en un área específica y durante un lapso no menor a UNA (1) hora y su visualización en el sistema con su correspondiente reporte. 8) Realizar un ensayo que simule un puesto de monitoreo móvil con el sistema instalado en una notebook y un modem 4G. 9) visualización de la posición de los recursos que cuenten con la Radio Motorola yIcom con GPS. Al finalizar la prueba de campo se confeccionará un acta en donde se dejará constancia de la realización de dicha prueba indicando los resultados de los parámetros y funcionalidades solicitadas en el presente Pliego y que se han podido verificar. La realización de la prueba de campo es condición obligatoria a los efectos de considerar la propuesta del oferente. No obstante lo anterior, la ponderación final de la misma se realizará junto con la evaluación técnica general de la propuesta. MÓDULO DE GESTIÓN DE PATRULLAJE: Definición La solución deberá ser una herramienta orientada a la generación de mapas temáticos de patrullaje cuadra a cuadra, la cual permitirá automatizar el cálculo de las estadísticas correspondientes a los recorridos de los móviles en cuanto a las variables relevadas en los registros del sistema y su relación con las magnitudes geográficas y socio demográficas de las zonas en estudio. Opciones del Mapa Cartográfico El mapa deberá contar con: 1) Visualización de múltiples capas. 2) Control de capas. 3) Herramientas de zoom, selección, scroll, acercar, alejar, visualizar mapa completo. 4) Desplazamiento por arrastre en todas las direcciones. N° 5034 - 27/12/2016 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 55 5) Mediciones de distancias lineales, lineales acumuladas y circulares. 6) Impresión de mapa. 7) Herramienta de información cartográfica. 8) Paleta de información que indique los rangos de colores para la interpretación de los informes temáticos. Sincronización con el sistema de seguimiento vehicular (AVL) La solución de gestión y estadística de patrullaje propuesta deberá tener la posibilidad de integrarse al sistema de seguimiento vehicular (AVL). La Solución deberá integrarse y trabajar en líneas con la base de datos del sistema de seguimiento vehicular y tomar la información para la generación de los diferentes mapas temáticos y estadísticas. Mapa temático de patrullaje. La solución propuesta deberá contar con la posibilidad de generar la información de los mapas temáticos agrupados, considerando los diferentes estratos policiales como ser: Circunscripciones, Comisarías, y Cuadrículas. Los informes temáticos obtenidos se deberán visualizarse cuadra a cuadra. Deberá permitir al usuario capturar, archivar, analizar, recuperar y distribuir la información sin importar sin importar la tecnología generadora/receptora de la información. Deberá ser una solución integradora de informes inteligentes, administración de datos de salida y visualización de la información. Administración de Usuarios y Perfiles La Plataforma deberá contar con acceso seguro mediante usuario y contraseña encriptado. Deberá contar con diferentes perfiles de usuario para definir las características de accesibilidad a la información como así también el acceso a los diferentes ítems de la solución. Organización de la Información Los datos deberán estar organizados por Circunscripciones, Comisarías y Cuadrículas permitiendo el fácil acceso a la generación de la información. Indicadores del Tablero de control del patrullaje. La solución propuesta deberá permitir la generación de un mapa detallado del patrullaje cuadra a cuadra por cada una de las circunscripciones, comisarías y N° 5034 - 27/12/2016 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 56 Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires 2016- Año de l B i ce nte nari o de l a De cl araci ón de Inde pe nde nci a de l a R e públ i ca Arge nti na cuadrículas, determinando el rango de fecha y hora solicitada, indicando con un color las calles patrulladas y con otros colores aquellos que no fueron patrulladas, cantidad de móviles activos reportando posición y cantidad de móviles que se encuentran sin reportar posición. El resultado del informe deberá proveer los siguientes datos: 1) Fecha y hora de generación del reporte. 2) porcentaje total de la zona de la comisaría, expresada en Kms lineales. 3) Distancias patrulladas en Kms y Porcentajes. 4) Distancias sin patrullar en Kms y Porcentajes. 5) Móviles activos reportando en cantidades y Porcentajes. 6) Móviles inactivos en cantidad y porcentajes. También será necesario que la misma contenga en algún lugar referencia del significado de los colores resultantes. La plataforma deberá permitir configurar los parámetros de patrullaje para la generación del informe temático. Deberá otorgar informes específicos de diferentes tipos. Para cada tipo de informe deberá permitir seleccionar móviles individuales, búsqueda de móviles por número de identificación, patente y descripción, conjunto de móviles por comisaría y rango de fecha/hora. Se deberá contar con una herramienta que permita agrupar móviles según el interés de análisis del usuario. Informes Requeridos 1) Mapas tipo temáticos (Ejemplo mapa de patrullaje explicado anteriormente) 2) Mapa tipo Buffer: Deberá mostrar los puntos de posición de recorrido de los vehículos y deberá armar un área continua (buffer) uniendo dichos puntos con un radio determinado. 3) Reporte de Velocidades: Este reporte deberá visualizar los promedios de velocidades de patrullaje de cada uno de los móviles, deberán poder agruparse por rango de velocidades y tiempos de patrullaje en dichos rangos, este informe se deberá poder obtener rangos de fechas y horas (desde/hasta) Total de móviles, Móviles reportando posición y móviles sin reportar, el reporte deberá contar con indicadores tales como: N° 5034 - 27/12/2016 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 57 a) Mayor tiempo de permanencia patrullando dentro de un rango determinado de velocidades. b) Tiempo sin reporte de posiciones. c) Rango de velocidades promedios por ejemplo: entre 5 y 20 Kms/h, entre 20 y 40 Kms/h., etc. Se deberá permitir visualizar los informes en forma individual como así también solapar la información de varios informes en el mismo mapa. Actualización de la información Esta información se deberá actualizar periódicamente como mínimo cada CINCO (5) minutos e indicando el patrullaje de la última hora, estos parámetros podrán ser cambiados desde la configuración de la plataforma. Utilización de la Plataforma La Solución deberá contar con algún mecanismo de control dentro del tablero de indicadores que permita saber en tiempo real, los usuarios que se encuentran conectados al sistema y a que circunscripción o comisaria pertenecen, tiempos de conexión, IP, Puerto, etc. Gestión de Robos La solución deberá contar con un formulario donde se puedan cargar los robos correspondientes a cada comisaría y con la tipificación correspondiente. Para acceder a esta funcionalidad el operador deberá tener los permisos correspondientes. Informe de Robos Deberá visualizar todos los robos ingresados al sistema que se produjeron en la zona de comisaría y rango de fecha seleccionados. Los robos deben ser tipificados (como por ejemplo robo automotor, robo a mano armada, robo general, etc). En los casos de robo automotor deberá mostrar información correspondiente los datos del vehículo siniestrado. La solución propuesta deberá contar con un informe de robos y patrullaje simultáneo, mostrando el temático de patrullaje (explicado en puntos anteriores), el lugar del robo y la indicación de la distancia lineal desde el sitio del robo a cada móvil correspondiente a esa zona de comisaría en el momento del robo. Deberá contar con una herramienta de visualización en mapa de uno o varios robos a la vez previamente seleccionados por el operador, indicando fecha/hora y lugar del robo. También deberá contar con una herramienta que permita al operador visualizar N° 5034 - 27/12/2016 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 58 Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires 2016- Año de l B i ce nte nari o de l a De cl araci ón de Inde pe nde nci a de l a R e públ i ca Arge nti na en un mapa temático las zonas de comisaría según la cantidad de robos que contenga. Deberá contar con un gestor de reportes que permita la impresión de los mismos. Registro Histórico La solución deberá contar con una herramienta de consulta de registros de posición históricos de todos los móviles. El Informe de registro histórico deberá contar con los siguientes filtros de búsqueda: rango de fecha y hora, rango de velocidad, alarma y eventos. Los Informes de históricos deberán contar con las siguientes funcionalidades adicionales: 1) Visualizar la información de posición en cartografía digital local 2) Reproducción de recorrido con control de velocidad de reproducción. 3) Crear una ruta (buffer) a partir del recorrido histórico consultado. 4) Exportar listado de posiciones históricas a formato Excel. 5) Exportar listado de posiciones históricas a formato CSV. 6) Generar gráficos de velocidades (líneas en valores absolutos y tortas en porcentaje). Deberá contar con un informe de reproducción histórica en una zona y rango horario determinados por el operador. Deberá permitir delimitar zonas circulares y poligonales. De esta manera el resultado final de este informe deberá reflejar que móviles pasaron por dicha zona en un rango horario de interés. Experiencia en Mapas de patrullaje La plataforma deberá contar con experiencia comprobable en la instalación y operación de Plataformas de mapa de patrullaje en alguna fuerza de seguridad de la República Argentina de por lo menos un año de operación. Prueba de Campo A los efectos de verificar el cumplimiento de la performance exigida en el presente Pliego, como así también su integración y estado CIEN POR CIENTO (100%) operativo de los Módulos del sistema que se ofrecen. Consecuentemente, se coordinará con antelación a la presentación de Ofertas, una N° 5034 - 27/12/2016 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 59 Prueba de Campo con las autoridades del Ministerio de Justicia y Seguridad de la Ciudad de Buenos Aires, que permita constatar mediante un ensayo real los siguientes aspectos: 1) Instalación de una terminal de monitoreo emulando una terminal de patrullaje 2) Conexión a la Base de datos del sistema AVL actual, donde se recibirán los reportes de las unidades. 3) Se deberá realizar el mapa de patrullaje correspondiente a una circunscripción, comisaría y cuadrícula, indicado por la autoridad competente en el momento del ensayo. 4) Se configurará el mapa de patrullaje con las variables necesarias para el ensayo. 5) Se simularán robos los cuales serán cargados en el sistema. 6) Análisis de la información generada en estos eventos. Se analizarán las características funcionales del software, solicitadas en el presente Pliego. Al finalizar la prueba de campo se confeccionará un acta en donde se dejará constancia de la realización de dicha prueba indicando los resultados de los parámetros y funcionalidades que se han podido verificar. La realización de la prueba de campo es condición obligatoria a los efectos de considerar la propuesta del oferente. No obstante lo anterior, la ponderación final de la misma se realizará junto con la evaluación técnica general de la propuesta. MÓDULO PARA DISPOSITIVOS MÓVILES DE CONSULTA DE PATENTES, DNI Y SERVIDOR DE INTERCAMBIO DE DATOS. La Solución propuesta deberá poder integrarse con la base de datos que indique el MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES mediante un protocolo de encriptación propietario, de tal manera que ingresando un Número de dominio o bien un Número de documento, permita consultar los datos correspondientes a dichos dominios e informar si los mismos cuentan con antecedente, pedidos de captura o informe de robo automotor. Esta plataforma deberá ser soportada por dispositivos con sistemas operativos Android y Windows. El servidor de intercambio de Datos deberá contar con la capacidad de poder integrar futuros protocolos de intercambio con otros sistemas que indique este Ministerio. N° 5034 - 27/12/2016 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 60 Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires 2016- Año de l B i ce nte nari o de l a De cl araci ón de Inde pe nde nci a de l a R e públ i ca Arge nti na Descripción del Servicio La solución propuesta deberá contar con las siguientes funcionalidades: 1) Pantalla de Acceso mediante Usuario y contraseña. 2) Pantalla de consulta por Número de Patente, esta deberá devolver toda la información correspondiente a ese dominio, y si tuviera informe de robo, ésta deberá ser claramente identificable por el operador. 3) Pantalla de Consulta por número de documento: Deberá devolver toda la información relacionada al número de documento y claramente si cuenta con pedido de captura. 4) Pantalla de Novedades: deberá informar las novedades referentes a vehículos denunciados como robados, las últimas novedades deberán aparecer al principio de la pantalla y con algún color que las identifique como tales. Prueba de Campo A los efectos de verificar el cumplimiento de la performance exigida en el presente Pliego, como así también su integración y estado CIEN POR CIENTO (100%) operativo de los Módulos del sistema que se ofrecen. Consecuentemente, se coordinará con antelación a la presentación de Ofertas, una Prueba de Campo con las autoridades del Ministerio de Justicia y Seguridad de la Ciudad de Buenos Aires, que permita constatar mediante un ensayo real los siguientes aspectos: 1) Instalación en una tableta Android y un dispositivo Windows emulando una terminal operativa y operando el mismo paquete de aplicaciones (software) a ofrecer. 2) Ingresar Usuario y contraseña 3) Realizar una consulta por Patente y recibir la información en tiempo real. 4) Realizar una consulta por Número de Documento y recibir la información en tiempo Real. 5) Análisis de la información generada en estos eventos. Al finalizar la prueba de campo se confeccionará un acta en donde se dejará constancia de la realización de dicha prueba indicando los resultados de los parámetros y funcionalidades que se han podido verificar. N° 5034 - 27/12/2016 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 61 La realización de la prueba de campo es condición obligatoria a los efectos de considerar la propuesta del oferente. No obstante lo anterior, la ponderación final de la misma se realizará junto con la evaluación técnica general de la propuesta. DESARROLLO A MEDIDA a. El proveedor de las Plataformas deberá contar con la posibilidad de modificar, actualizar, configurar y parametrizar los módulos de las distintas plataformas incluyendo SATE911 y/o también de modificar y compilar los códigos fuente con el objetivo de agregar nuevas funcionalidades al mismo o mejorar las existentes cuando lo requiera el MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES. Por tal motivo deberá acreditar la disponibilidad de los módulos configurables, códigos fuentes y su capacidad para su modificación, compilación y parametrización en caso de ser necesario, conforme Articulo 21 Inciso 9 del Pliego de Bases y Condiciones Particulares. b. El proveedor deberá contemplar en su oferta la incorporación de cuatrocientas (400) horas mensuales de desarrollo por el término de la duración del contrato para cumplimentar con requerimientos de la información adicional o la incorporación de nuevas funcionalidades que surjan de la operación, conforme Articulo 21 Inciso 10 del Pliego de Bases y Condiciones Particulares. DESARROLLOS EXISTENTES CON SERVIDORES DE INTERCAMBIO 911 a. La Plataforma deberá contar con desarrollos existentes y operativos de interfaces a servidores de intercambio de datos de sistemas de atención de Emergencias 911 que permitan corroborar la capacidad de integración del proveedor. b. Se deberá documentar esta información aportando datos concretos que permitan verificar donde se encuentra brindando servicio, en ámbitos nacionales, conforme Articulo 21 Inciso 11 del Pliego de Bases y Condiciones Particulares. El no cumplimiento de este requisito será causal de rechazo de Oferta. EXPERIENCIA DE I NTEGRACIÓN CO N DE SPACHO P OLICIALES P ARA SERVICIOS PÚBLICOS a. La plataforma presentada deberá acreditar experiencia en soluciones operativas de sistemas AVL-GIS integradas a despachos policiales para servicios públicos, N° 5034 - 27/12/2016 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 62 Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires 2016- Año de l B i ce nte nari o de l a De cl araci ón de Inde pe nde nci a de l a R e públ i ca Arge nti na conforme Articulo 21 Inciso 12 del Pliego de Bases y Condiciones Particulares. b. Se deberá acreditar experiencia en soluciones operativas de sistemas AVL-GIS integradas a Sistemas de Radio con GPS, conforme Articulo 21 Inciso 12 del Pliego de Bases y Condiciones Particulares. CARTOGRAFÍA a. La cartografía será provista por el proveedor y contemplará el área de servicio del proyecto a nivel de ejes de calle con los atributos correspondientes a nombre de calle y numeración discriminado esta derecha e izquierda. b. Deberán estar cargadas las capas de espacios verdes, hidrografía, líneas de ferrocarril, avenidas, autopistas, e hitos (hospitales, escuelas, estaciones de ferrocarril, circunscripciones, comisarías, etc.) c. La cartografía deberá ser instalada en cada puesto de trabajo y funcionará en forma local, por tal motivo la plataforma deberá contar con un módulo de actualizaciones automáticas para mantener al día los cambios y mejoras realizadas en la misma. Deberá tener la capacidad de poder actualizarse y sincronizarse con el servidor central en forma automática en todas las estaciones de trabajo donde se encuentre instalada la plataforma d. La información provista por el proveedor, será cargada en los servidores y/o puestos de trabajo exclusivamente, estando prohibido extraerlos para darles otro uso distinto a aquel objeto del presente llamado. Esta condición estará contemplada en las cláusulas de confidencialidad que serán parte integrante del contrato, y deberán proponerse como parte integrante de la propuesta. e. De disponer durante la prestación del servicio, ya sea actualizaciones o mejoras de la cartografía y de sus atributos el proveedor contará con QUINCE (15) días hábiles para su incorporación. f. La cartografía propuesta deberá ser instalada en forma local y en cada puesto de trabajo, así mismo la solución. g. A fin de garantizar la confiabilidad del motor de cartografía de la plataforma, el mismo deberá contar por lo menos con DOSCIENTAS (200) implementaciones. N° 5034 - 27/12/2016 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 63 CAPACITACIÓN El Oferente deberá presentar como parte de su propuesta integral, un cronograma de entrenamiento y actividades, tendientes a la capacitación funcional y operativa de los diferentes módulos y plataformas, conforme Articulo 21 Inciso 14 del Pliego de Bases y Condiciones Particulares. Se deberá proveer todo el material necesario para el dictado de los cursos, incluyendo los manuales en castellano de todos los niveles de instrucción, los cuales serán dictados donde indique el organismo contratante dentro de las dependencias del MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES. a. Curso de capacitación de operación de las plataformas y módulos. Se realizarán cursos de capacitación a los operadores de las centrales de operaciones del MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y Organismos dependientes. 1) Tipo de Curso: Intensivo 2) Cantidad CIEN (100) participantes 3) Duración: TREINTA (30) horas 4) Perfil de cursantes: Usuario Final El objetivo de este curso es capacitar a los operadores de la central de operaciones a fin de posibilitar el correcto uso del software de monitoreo y despacho de las unidades, así como también las herramientas de análisis. b. Curso de mantenimiento y configuración de las plataformas y módulos. Se realizarán cursos de capacitación a los administradores de las plataformas. 1) Tipo de Curso: Intensivo 2) Cantidad: DIEZ (10) participantes 3) Duración: SESENTA (60) horas 4) Perfil de cursantes: Conocimiento de redes, bases de datos El objetivo de este curso es capacitar a los administradores del sistema en los distintos aspectos que hacen a la configuración de sistema, administración de roles y perfiles, configuración de las terminales y servicio técnico preventivo correctivo de la plataforma. CENTRO DE ATENCIÓN DE RECLAMOS, CARACTERÍSTICAS DEL SERVICIO Y DEL SOPORTE TÉCNICO N° 5034 - 27/12/2016 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 64 Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires 2016- Año de l B i ce nte nari o de l a De cl araci ón de Inde pe nde nci a de l a R e públ i ca Arge nti na El centro de atención de reclamos deberá funcionar, ya sea en forma telefónica, por fax o por correo electrónico. El oferente deberá detallar el funcionamiento del centro de atención de reclamos disponibilidad y guardias pasivas. El centro de atención de reclamos deberá ser atendido por operadores que posean cursos, certificaciones y/o estudios terciarios o universitarios relacionados con Informática. El servicio de soporte deberá tener el siguiente esquema de niveles de servicio: 1) Servicio de Soporte Nivel 1 (atención de usuarios y administración básica): Los agentes atenderán las consultas, reclamos e incidencias, derivan al siguiente nivel de atención e informan al usuario del cierre del caso. Dada la envergadura y criticidad del servicio, el Adjudicatario deberá contar con un esquema de cobertura 5x9 (Lunes a Viernes de 9 a 18) con guardias pasivas fuera de horario con disponibilidad absoluta, inmediata y sin límite. Deberá poder monitorear y verificar el correcto funcionamiento utilizando herramientas de gestión remota para minimizar los tiempos de respuesta ante incidentes. 2) Servicio de Soporte Nivel 2 (administración avanzada y resolución de incidentes complejos): Es responsable por la resolución de incidentes complejos, y también por la administración avanzada y operación de la plataforma que compone la solución, a saber en dónde se incluyen la infraestructura Informática: servidores, bases de datos, sistemas operativos y gestión Software del Sistema, gestión de la estación de trabajo del cliente y AVL. El oferente deberá contar con Soporte de Nivel 2, en un esquema de cobertura 7x24 (todos los días del año las 24 hs del día) en modalidad de guardia pasiva, y con disponibilidad absoluta, inmediata y sin límite para trasladarse a cualquiera de los centros si fuera necesario. El Adjudicatario tendrá a su cargo el servicio técnico del hardware y software instalado en este servicio para conservarlo en buen estado de funcionamiento, el acceso a nuevas versiones o modificaciones parciales y Soporte Técnico durante todo el período de contratación. Los traslados y mano de obra estarán incluidos en la Oferta. N° 5034 - 27/12/2016 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 65 El Adjudicatario deberá garantizar la provisión de mano de obra y los elementos necesarios para la resolución de las fallas. Se define una prioridad para la resolución de los desperfectos, en función del impacto de los mismos, según se detalla en la siguiente: 1) Prioridad 1: El desperfecto implica problemas operativos que ponen en riesgo el cese del servicio. 2) Prioridad 2: La capacidad operativa en un Puesto está interrumpida o en riesgo de cese de servicio. 3) Prioridad 3: Existen dificultades operativas pero pueden soslayarse mediante el reinicio de la aplicación o bien aguardar la solución definitiva. 4) Prioridad 4: Sin impacto en el servicio. Generalmente a la espera de cambios. En función de la priorización de los desperfectos, el adjudicatario deberá asegurar los siguientes tiempos de respuesta para la atención y resolución de los mismos: Prioridad Tiempo de Atención Tiempo de Resolución 1 1 hora 3 horas 2 2 horas 6 horas 3 2 horas 12 horas 4 4 horas 24 horas hábiles La segunda columna de la tabla anterior establece el tiempo máximo desde la notificación de un problema hasta la efectiva atención, y la tercera columna de la tabla establece el tiempo máximo desde la notificación del problema hasta la efectiva resolución del mismo. Los plazos se computarán a partir del momento en el cual el proveedor sea notificado fehacientemente del problema. A tal efecto, el Comitente establece los siguientes mecanismos de notificación fehaciente: 1) Correo electrónico: El proveedor deberá indicar la/s dirección/es de correo electrónico a utilizar. 2) Telefax: El proveedor deberá facilitar al menos un número telefónico con fax. Cualquier otro mecanismo legalmente establecido de notificación fehaciente. EXPERIENCIA Tratándose de una aplicación asociada con la seguridad pública, la plataforma a utilizar deberá contar con experiencia comprobable en aplicaciones de seguridad N° 5034 - 27/12/2016 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 66 Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires 2016- Año de l B i ce nte nari o de l a De cl araci ón de Inde pe nde nci a de l a R e públ i ca Arge nti na pública, no menor a MIL QUINIENTOS (1.500) vehículos de servicios policiales con una frecuencia de reportes de una posición cada TREINTA (30) segundos en la República Argentina, por un período no inferior a CINCO (5) años, a la fecha de la apertura, conforme Articulo 21 Inciso 15 del Pliego de Bases y Condiciones Particulares. El no cumplimiento de este requisito será causal de rechazo de oferta. Se deberán aportar datos concretos de dichos móviles, (Institución, cantidad de vehículos, contacto). El no cumplimiento de este requisito será causal de rechazo de oferta. El oferente deberá contar con una antigüedad en plaza no menor a 5 años, conforme Articulo 21 Inciso 19 del Pliego de Bases y Condiciones Particulares. El no cumplimiento de este requisito será causal de rechazo de oferta. CERTIFICACIONES Y HOMOLOGACIONES El Oferente deberá contar con Certificación ISO 9001, dicha certificación deberá estar vigente al día de la presentación de la Propuesta, conforme Articulo 21 Inciso 16 del Pliego de Bases y Condiciones Particulares. El no cumplimiento de este requisito será causal de rechazo de oferta. INSTALACIÓN Y CONTINUIDAD DEL SERVICIO El oferente deberá incluir en la propuesta el manual correspondiente de instalación y utilización de cada una de las Plataformas, conforme Articulo 21 Inciso 17 del Pliego de Bases y Condiciones Particulares. Por tratarse de una plataforma de misión crítica, el Adjudicatario contará con un plazo máximo de DIEZ (10) días para la continuidad del servicio actualmente en funcionamiento. Esta implementación no deberá afectar el normal funcionamiento de las áreas involucradas en el proceso. En virtud de ello se deberá efectuar una migración gradual, durante el plazo establecido previamente, entre el equipamiento del Adjudicatario y el proveedor del servicio saliente, coordinando todas las tareas a realizar según cronograma aprobado a total satisfacción del MJYSGC. N° 5034 - 27/12/2016 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 67 N° 5034 - 27/12/2016 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 68 Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires 2016- Año de l B i ce nte nari o de l a De cl araci ón de Inde pe nde nci a de l a R e públ i ca Arge nti na ANEXO I ANEXO 1 CONSTANCIA DE VISITA Buenos Aires, .................................................... Por la presente, dejo constancia que en el día de la fecha, se hizo presente el representante de la firma ........................................................................................, Dn. .........................................................................................., D.N.I./ C.I./ L.C./ L.E N° ................................ para realizar la visita de las instalaciones de …………………………,ubicada calle……………………………………………………. en la …………………… previo a la apertura de la Contratación Directa N° ........................, que se efectuará el día ......................... Por lo tanto, se deja constancia que se ha tomado debido conocimiento de las instalaciones existentes. ........................................................ Firma y sello del representante de la Dirección General Suministros de Seguridad Sello N° 5034 - 27/12/2016 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 69 ANEXO II LUGARES DE INSTALACIÓN A continuación se detallan las dependencias en donde se instalarán las máquinas (PC) correspondientes, y las Plataformas a utilizar en cada sitio. El Oferente debe relevar los sitios de instalación realizando una visita a las dependencias, con el objetivo de verificar los emplazamientos tanto de las PC como de los enlaces existentes para una correcta operación del servicio. 1. MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES, Centro Operativo y Armado de la Sala de Monitoreo, 2. Contingencia SATE911 mantenimiento de la actual Plataforma y traslado al nuevo sitio a definir por parte del ministerio. 3. División ALARMAS, Av. Belgrano 1549 5° piso, CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES. 4. COMANDO UNIFICADO, Av. Belgrano 1549 4° piso, CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES. 5. Dirección General de COMISARÍA, Moreno 1550 1° piso of. 121, CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES. 6. Dirección General de OPERACIONES, Moreno 1550 1° piso of. 144, CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES. 7. Circunscripciones Circunscripción Nº 1: Lavalle 451 Piso 1º, CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES. Circunscripción Nº 2: Catamarca Nº 1345 Piso 1º, CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES. Circunscripción Nº 3: Julián Álvarez 2373 piso 1º, CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES. N° 5034 - 27/12/2016 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 70 Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires 2016- Año de l B i ce nte nari o de l a De cl araci ón de Inde pe nde nci a de l a R e públ i ca Arge nti na Circunscripción Nº 4: San José Nº 1224 Piso 1º, CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES. Circunscripción Nº 5: Av. Juramento Nº 4367 Piso 1º, CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES. Circunscripción Nº 6: Av. Díaz Vélez Nº 5152 Piso 1º, CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES. Circunscripción Nº 7: Chivilcoy Nº 453 Piso 1º, CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES. Circunscripción Nº 8: Av. Ana Díaz y Chafállate Piso 1º, CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES. 8. Comisaría En las siguientes dependencias se instalará el Módulo de Monitoreo y AVL.. El oferente debe relevar las características de las PC existentes realizando una visita a las dependencias Policiales, con el objetivo de verificar que son adecuadas para la instalación y operación del sistema propuesto y del servicio ofrecido, en el caso que las PC existentes no sean suficientes para brindar el servicio solicitado los oferentes deberán proveer en comodato, equipos PC acordes a los requerimientos del sistema. Comisaría 1°, Lavalle 451, CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES. UN (1) Módulo de monitoreo y AVL.. Comisaría 2°, Perú 1050, CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES. UN (1) Módulo de monitoreo y AVL.. Comisaría 3°, Tucumán 1560, CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES. UN (1) Módulo de monitoreo y AVL.. Comisaría 4°, Tacuarí 1770, CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES. UN (1) Módulo de monitoreo y AVL.. Comisaría 5°, Lavalle 1958, CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES. UN (1) Módulo de monitoreo y AVL.. Comisaría 6°, Venezuela 1931, CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES. UN (1) Módulo de monitoreo y AVL.. N° 5034 - 27/12/2016 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 71 Comisaría 7°, Lavalle 2625, CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES. UN (1) Módulo de monitoreo y AVL.. Comisaría 8°, Gral. Urquiza 550, CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES. UN (1) Módulo de monitoreo y AVL.. Comisaría 9°, Billinghurst 471, CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES. UN (1) Módulo de monitoreo y AVL.. Comisaría 10°, Muñiz 1250, CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES. UN (1) Módulo de monitoreo y AVL.. Comisaría 11°, Av. Díaz Vélez 5152, CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES. UN (1) Módulo de monitoreo y AVL.. Comisaría 12°, Valle 1454, CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES. UN (1) Módulo de monitoreo y AVL.. Comisaría 13°, Av. Avellaneda 1548, CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES. UN (1) Módulo de monitoreo y AVL.. Comisaría 14°, Bolívar 1419, CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES. UN (1) Módulo de monitoreo y AVL.. Comisaría 15°, Suipacha 1156, CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES. UN (1) Módulo de monitoreo y AVL.. Comisaría 16°, San José 1224, CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES. UN (1) Módulo de monitoreo y AVL.. Comisaría 17°, Av. Las Heras 1861, CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES. UN (1) Módulo de monitoreo y AVL.. Comisaría 18°, Av. San Juan 1757, CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES. UN (1) Módulo de monitoreo y AVL. Comisaría 19°, Charcas 2844, CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES. UN (1) Módulo de monitoreo y AVL. N° 5034 - 27/12/2016 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 72 Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires 2016- Año de l B i ce nte nari o de l a De cl araci ón de Inde pe nde nci a de l a R e públ i ca Arge nti na Comisaría 20°, Catamarca 1345, CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES. UN (1) Módulo de monitoreo y AVL. Comisaría 21°, Julián Álvarez 2373, CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES. UN (1) Módulo de monitoreo y AVL. Comisaría 22°, Av. Ing. Huergo 640, CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES. UN (1) Módulo de monitoreo y AVL. Comisaría 23°, Av. Santa Fe 4000, CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES. UN (1) Módulo de monitoreo y AVL. Comisaría 24°, Pinzón 456, CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES. UN (1) Módulo de monitoreo y AVL. Comisaría 25°, Av. Scalabrini Ortiz 1350, CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES. UN (1) Módulo de monitoreo y AVL. Comisaría 26°, Av. Montes de Oca 861, CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES. UN (1) Módulo de monitoreo y AVL. Comisaría 27°, Camargo 645, CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES. UNA (1) Plataforma de monitoreo Comisaría 28°, Av. Vélez Sarsfield 760, CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES. UN (1) Módulo de monitoreo y AVL. Comisaría 29°, Santos Dumont 4350, CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES. UN (1) Módulo de monitoreo y AVL. Comisaría 30°, Av. Gral. Hornos 768, CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES. N° 5034 - 27/12/2016 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 73 UN (1) Módulo de monitoreo y AVL. Comisaría 31°, Av. Cabildo 232, CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES. UN (1) Módulo de monitoreo y AVL. Comisaría 32", Av. Caseros 2724, CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES. UN (1) Módulo de monitoreo y AVL. Comisaría 33°, Mendoza 2263, CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES. UN (1) Módulo de monitoreo y AVL. Comisaría 34°, Quilmes 456, CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES. UN (1) Módulo de monitoreo y AVL. Comisaría 35°, Cuba 3145, CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES. UN (1) Módulo de monitoreo y AVL. Comisaría 36°, Pedernera 3405, CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES. UN (1) Módulo de monitoreo y AVL. Comisaría 37°, Juramento 4367 CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES., UN (1) Módulo de monitoreo y AVL. Comisaría 38°, Cnel. E. Bonorino 258, CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES. UN (1) Módulo de monitoreo y AVL. Comisaría 39°, Olazabal 5437, CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES. UN (1) Módulo de monitoreo y AVL. Comisaría 40°, Remedios 3748, CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES. UN (1) Módulo de monitoreo y AVL. Comisaría 41°, A. Búfano 1800, CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES. UN (1) Módulo de monitoreo y AVL. Comisaría 42º, Av. Lisandro de la Torre 2343, CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES. UN (1) Módulo de monitoreo y AVL. Comisaría 43°, Chivilcoy 453, CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES. UN (1) Módulo de monitoreo y AVL. N° 5034 - 27/12/2016 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 74 ANEXO - RESOLUCIÓN N° 276/SSADS/16 (continuación) Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires 2016- Año de l B i ce nte nari o de l a De cl araci ón de Inde pe nde nci a de l a R e públ i ca Arge nti na Comisaría 44°, M. Porcel de Peralta 726, CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES. UN (1) Módulo de monitoreo y AVL. Comisaría 45°, José Cubas 4154, CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES. UN (1) Módulo de monitoreo y AVL. Comisaría 46°, Av. De los Inmigrantes 2550, CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES. UN (1) Módulo de monitoreo y AVL. Comisaría 47°, Av. Nazca 4254, CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES. UN (1) Módulo de monitoreo y AVL. Comisaría 48°, M. Leguizamón 4347, CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES. UN (1) Módulo de monitoreo y AVL. Comisaría 49°, Machaín 3045, CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES. UN (1) Módulo de monitoreo y AVL. Comisaría 50°, Av. Gaona 2738, CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES. UN (1) Módulo de monitoreo y AVL. Comisaría 51°, Artilleros 2081, CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES. UN (1) Módulo de monitoreo y AVL. Comisaría 52°, Av. Ana Díaz y Cafayate, CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES. UN (1) Módulo de monitoreo y AVL. Comisaría 53°, Rep. Árabe Siria 2961/65, CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES. UN (1) Módulo de monitoreo y AVL. Comisaría 54°, Rep. Árabe Siria 2961/65, CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES. UN (1) Módulo de monitoreo y AVL. FIN DEL ANEXO G N° 5034 - 27/12/2016 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 75 GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES ANEXO - RESOLUCIÓN ANEXO N° I 5699/MCGC/16 RESOLUCION NO: 17220 . SECRETARíA: UNIDAD EJECUTORA Actuado Tipo-Nro.lAño EXP,18054826/20161 CONTRATANTE: DIR.GRAL. DE FESTIVALES Y EVENTOS CENTRALES Docum. Tipo Nro. Contratado/a SIEGRIST ISABEllE CATHERINE I Nro. CUITa COI EXT 94839376 Representado/a (1 ) CUIT I 27948393765 I I Periodo Desde Hasta Docum. Tipo Nro. por: I 15-07-16 31.Q7.16 Importe Descripción de la función lOCACION DE SERVICIO (CONTRATO) ASISTENTE ARTISTICO CUl rURAL USINA DEL ARTE Nro. Cuotas '1 1 (1) Sólo para aquellos contratados que poseen representante legal y/o artishco (contrato de represenlación). FIRMA Pág. 1 de FIN DEL ANEXO Monto I 4.500.00 Total I 4.500,00 N° 5034 - 27/12/2016 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 76 GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES ANEXO - RESOLUCIÓN N° 5926/MCGC/16 ANEXO I RESOLUCION N°: 17444 . SECRETARiA: UNIDAD EJECUTORA Actuado Tipo-Nro.lAño EXP.1806705Sf2016I CONTRATANTE: Contratado/a BRUSA EMANUEl (1) S610 para aquellos contratados JUAN IGNACIO que poseen representante DIR.GRAL. DE FESTIVALES Y EVENTOS CENTRALES Docum. Tipo Nro. Nro. CUlTo CDI ONI CUIT 26959692 23269596929 Representado/a (1 ) por: Docum. Tipo Nro. Período Desde Hasta 19.Q6.16 19-06-16 Importe Descripción de la función LOCACION DE SERVICIO (CONTRATO)MUSICO PARA LA USINA DEL ARTE Nro. Cuotas 1 Monto I legal yfo artístico (contrato de representación), FIRMA Pág. 1 de 1 FIN DEL ANEXO 14.000,00 Totai 14.000,00 N° 5034 - 27/12/2016 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires ANEXO - RESOLUCIÓN N° 6825/MCGC/16 FIN DEL ANEXO N° 77 N° 5034 - 27/12/2016 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires ANEXO - RESOLUCIÓN N° 6826/MCGC/16 FIN DEL ANEXO N° 78 N° 5034 - 27/12/2016 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires ANEXO - RESOLUCIÓN N° 6838/MCGC/16 FIN DEL ANEXO N° 79 N° 5034 - 27/12/2016 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires ANEXO - RESOLUCIÓN N° 6840/MCGC/16 FIN DEL ANEXO N° 80 N° 5034 - 27/12/2016 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 81 GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES ANEXO - RESOLUCIÓN N° 7118/MCGC/16 ANEXO I RESOLUCION N°: 18781 . SECRETARíA: UNIDAD EJECUTORA Actuado Tipo-Nro.lAño EXP-19860134/2016 CONTRATANTE: Contralado/a GALLI MA1NINl JUAN PABLO DIR.GRAL. DE FESTIVALES Y EVENTOS CENTRALES Docum. Tipo Nro. Nro. CUITa COI ONI CUIT 27861159 20278611591 Representado/a (1 ) por: Docum. Tipo Nro. Período Desde Hasta 01-08.16 31-08.16 Importe Descripción de la función LOCACION DE SERVICIO (CONTRATO) • ASISTENTE ARTISTrco CULTURAL, A r ENelON AL ESPECTADOR USINA OH Nro. Cuotas , ARTE (1) S610 para aquellos contratados que poseen representante legal y/o artistico (contrato de representación). FIRMA ?6g. 1 de 1 FIN DEL ANEXO Monto Total 20.000,00 20.000,00 N° 5034 - 27/12/2016 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 82 GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES ANEXO - RESOLUCIÓN N° 7119/MCGC/16 ANEXO I RESOLUCION N°: 18780 . SECRETARíA: UNIDAD EJECUTORA Actuado Tipo-Nro.lAño EXP-19863750/2016I CONTRATANTE: Contratado/a GOlOJN (1) Sólo para aquellos contratados RUBEN EDUARDO que poseen representante DIR.GRAL. DE FESTIVALES Y EVENTOS CENTRALES Docum. Tipo Nro. Nro. CUlTo COI ONI CUIT 11673118 20116731186 Representado/a (1 ) Docum. Tipo Nro. por: I Periodo Desde Hasta 14-08-16 14-08-16 Importe Descripción de la función I LOCACION DE SERVICIO (CONTRATO)'I MUSICO EN LA U'sINA DEL ARTE Nro. Cuotas , legal y/o artislico (contrato de representación). FIRMA ?á.g. 1. de FIN DEL ANEXO Monto I 37.500,00 Total 37.500,00 o N° 5034 - 27/12/2016 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 83 GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES ANEXO - RESOLUCIÓN N° 7124/MCGC/16 ANEXO I RESOLUCION N°: 18782 . SECRETARiA: UNIDAD EJECUTORA Actuado Tipo-Nro./Año EXp.19864188f2016I CONTRATANTE: Docum. Tipo Nro. Contratado/a BARREIRO (1) Sólo para aquellos contratados EMILlANO DIR.GRAL. DE FESTIVALES Y EVENTOS CENTRALES ROBERTO Que poseen representante Nro. CUITa COI DNI CUIT 35860252 20358602526 Representado/a (1 ) por: Docum. Tipo Nro. Período Desde Hasta 14-08-16 14-08-16 Importe Descripción de la función LOCACION DE SERVICIO (CONTRATo)-1 MUS1CO USINA DEL ARTE Nro. Cuotas 1 legal y/o artístico (contrato de representación). FIRMA Pág. :!. de FIN DEL ANEXO I Monto Total 8.000,00 8.000,00 N° 5034 - 27/12/2016 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 84 GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES ANEXO - RESOLUCIÓN N° 7125/MCGC/16 ANEXO I RESOLUCION oo.oo.oo.oooo •• N°: 18783 oo.oooooo. SECRETARiA: UNIDAD EJECUTORA CONTRATANTE: Actuado Tipo-Nro.lAño EXp.19678890/2016I OIR.GRAL. DE FESTIVALES Y EVENTOS CENTRALES Oocum. Tipo Nro. Contratado/a EXT GUEVARA VELASQUEZ KATHERINE I 95580370 Nro. CUITa COI Representado/a (1 ) por: Período Desde Hasta Oocum. Tipo Nro. I 01-08.16 31-08-16 CUIT 27955803707 Importe Descripción de la función LOCACION DE SERVICIO (CONTRATO)'I ASISTENTE ARTISTICO CULrURAL Nro. Cuotas 1 USINA DEL ARTE (1) Sólo para aquellos contratados que poseen representante legal ylo artístico (contrato de representación). FIRMA ?ág. de 1 FIN DEL ANEXO Monto I 8.000,00 Total 8.000,00 N° 5034 - 27/12/2016 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 85 GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES ANEXO - RESOLUCIÓN N° 7129/MCGC/16 ANEXO I RESOLUCION N°: 18779 . SECRETARiA: UNIDAD EJECUTORA Actuado Tipo-Nro.lAño CONTRATANTE: Contratado/a EXP-19482708/2016 OVADIA IRENE DIR.GRAL. DE FESTIVALES Y EVENTOS CENTRALES Docum. Tipo Nro. ONI 32091251 (1) S610 para aquellos contratados que poseen representante Nro. CUITa COI Representado/a (1 ) por: Docum. Tipo Nro. Periodo Desde Hasta 01-08-16 CUIT 31-08.16 27320912518 Importe Descripción de la función lOCACION DE SERVICIO (CONTRATo)-1 PRODUCTORA ARTISTICA SAL BAFICI Nro. Cuotas , legal yfo artislico (contrato de representación). FIRMA ?A~J. 1 de FIN DEL ANEXO Monto I 10.000,00 Total 10.000,00 N° 5034 - 27/12/2016 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 86 GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES ANEXO - RESOLUCIÓN N° 1259/EATC/16 ANEXO I Nº : 24006 RESOLUCION ...................................... SECRETARÍA: MINISTERIO DE CULTURA UNIDAD EJECUTORA CONTRATANTE: Actuado Tipo-Nro./Año EXP-26715648/2016 Contratado/a DI PALMA FERNANDO FELIX ENTE AUTARQUICO TEATRO COLON Docum. Tipo Nro. Nro. CUIT o CDI DNI CUIT 25475681 20254756815 Representado/a por: (1) Docum. Período Desde Tipo Hasta Nro. 26-10-16 26-10-16 Importe Descripción de la función SERVICIOS ARTISTICOS Y CULTURALES - MAESTRO PIANISTA DE REPERTORIO COREOGRAFICO - DANZAR POR LA PAZ - UNICEF Nro. Cuotas Monto Total 1 1.611,00 1.611,00 (1) Sólo para aquellos contratados que poseen representante legal y/o artístico (contrato de representación). FIRMA Pág. 1 de 1 FIN DEL ANEXO N° 5034 - 27/12/2016 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 87 GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES ANEXO - RESOLUCIÓN N° 1270/EATC/16 ANEXO I Nº : 24422 RESOLUCION ...................................... SECRETARÍA: MINISTERIO DE CULTURA UNIDAD EJECUTORA CONTRATANTE: Actuado Tipo-Nro./Año Contratado/a EXP-27104704/2016 INCHAUSTI JOAQUIN ENTE AUTARQUICO TEATRO COLON Docum. Tipo Nro. Nro. CUIT o CDI DNI CUIT 34583701 23345837019 Representado/a por: (1) Docum. Período Desde Tipo Hasta Nro. 25-10-16 24-11-16 Importe Descripción de la función SERVICIOS ARTISTICOS Y CULTURALES - ASISTENTE DE PRODUCCION EN LA OBRA COPTIC LIGHT Nro. Cuotas Monto Total 1 10.000,00 10.000,00 (1) Sólo para aquellos contratados que poseen representante legal y/o artístico (contrato de representación). FIRMA Pág. 1 de 1 FIN DEL ANEXO N° 5034 - 27/12/2016 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 88 GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES ANEXO - RESOLUCIÓN N° 1272/EATC/16 ANEXO I Nº : 24017 RESOLUCION ...................................... SECRETARÍA: MINISTERIO DE CULTURA UNIDAD EJECUTORA CONTRATANTE: Actuado Tipo-Nro./Año Contratado/a ENTE AUTARQUICO TEATRO COLON Docum. Tipo Nro. Nro. CUIT o CDI EXP-26712294/2016 TRUNSKY ROZAS CARLOS GUSTAVO DNI CUIT 17901382 20179013828 EXP-26712297/2016 TAMBUTTI MARIA EMILIA DNI CUIT 29513482 27295134823 EXP-22712307/2016 MARITANO FURCADA PABLO EXP-26712329/2016 MANZANO ESTEBAN ROBERTO EXP-26712335/2016 GOYENECHE MARIA TRINIDAD EXP-26712260/2016 CACCIATORE MAURO SEBASTIAN DNI CUIT 25557842 20255578422 DNI CUIT 25275467 23252754679 DNI CUIT 27309397 23273093974 DNI CUIT 32803477 20328034779 Representado/a por: (1) Docum. Período Desde Tipo Hasta Nro. Importe Descripción de la función Nro. Cuotas Monto Total 20-10-16 13-11-16 SERVICIOS ARTISTICOS Y CULTURALES - COREOGRAFIA EN LA OBRA EL ENFERMERO IMAGINARIO 1 45.000,00 45.000,00 20-10-16 13-11-16 SERVICIOS ARTISTICOS Y CULTURALES - VESTUARIO EN LA OBRA EL INFIERNO IMAGINARIO 1 42.500,00 42.500,00 20-10-16 13-11-16 SERVICIOS ARTISTICOS Y CULTURALES - DIRECTOR DE ESCENA EN LA OBRA EL ENFERMERO IMAGINARIO 1 47.000,00 47.000,00 20-10-16 13-11-16 SERVICIOS ARTISTICOS Y CULTURALES - CANTANTE TENOR EN LA OBRA EL ENFERMERO IMAGINARIO 1 29.600,00 29.600,00 20-10-16 13-11-16 SERVICIOS ARTISTICOS Y CULTURALES - CANTANTE MEZZOSOPRANO EN LA OBRA EL ENFERMERO IMAGINARIO 1 33.600,00 33.600,00 20-10-16 13-11-16 SERVICIOS ARTISTICOS Y CULTURALES - BAILARIN EN LA OBRA EL ENFERMERO IMAGINARIO 1 26.000,00 26.000,00 (1) Sólo para aquellos contratados que poseen representante legal y/o artístico (contrato de representación). FIRMA Pág. 1 de 1 FIN DEL ANEXO N° 5034 - 27/12/2016 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 89 GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES ANEXO - RESOLUCIÓN N° 1273/EATC/16 ANEXO I Nº : 24022 RESOLUCION ...................................... SECRETARÍA: MINISTERIO DE CULTURA UNIDAD EJECUTORA CONTRATANTE: Actuado Tipo-Nro./Año Contratado/a EXP-26688837/2016 MORAN ALICIA VIVIANA EXP-26688433/2016 PERDAENS JOELLE MARIE GHISLAIN EXP-26689701/2016 OLIVIERI MARCELA LILIAN EXP-26689840/2016 PROSERPIO JULIA ANDREA EXP-26690107/2016 BERTHET FEDERICO ANDRES EXP-26690272/2016 MEZA ALBA MARIELA EXP-26690409/2016 SADOVNIK PAULA ANDREA EXP-26690740/2016 PEREZ BERGLIAFFA ANA CAROLINA ENTE AUTARQUICO TEATRO COLON Docum. Tipo Nro. Nro. CUIT o CDI Docum. Período Desde Tipo Hasta Nro. Representado/a por: (1) DNI CUIT 22710950 27227109500 EXT CUIT 92557334 27925573340 DNI CUIT 20912416 27209124160 DNI CUIT 25640964 27256409645 DNI CUIT 26717023 20267170232 DNI CUIT 31648182 27316481820 DNI CUIT 26194509 27261945091 DNI CUIT 25690904 27256909044 Importe Descripción de la función Nro. Cuotas Monto Total 20-10-16 13-11-16 SERVICIOS ARTISTICOS Y CULTURALES - MUSICO EJECUTANTE DE VIOLIN EN LA OBRA EL ENFERMERO IMAGINARIO 1 11.690,00 11.690,00 20-10-16 13-11-16 SERVICIOS ARTISTICOS Y CULTURALES - MUSICO EJECUTANTE DE VIOLIN EN LA OBRA EL ENFERMERO IMAGINARIO 1 11.690,00 11.690,00 20-10-16 13-11-16 SERVICIOS ARTISTICOS Y CULTURALES - MUSICO EJECUTANTE DE VIOLIN EN LA OBRA EL ENFERMERO IMAGINARIO 1 11.690,00 11.690,00 20-10-16 13-11-16 SERVICIOS ARTISTICOS Y CULTURALES - MUSICO EJECUTANTE DE VIOLIN EN LA OBRA EL ENFERMERO IMAGINARIO 1 11.690,00 11.690,00 20-10-16 13-11-16 SERVICIOS ARTISTICOS Y CULTURALES - MUSICO EJECUTANTE DE VIOLA EN LA OBRA EL ENFERMERO IMAGINARIO 1 11.690,00 11.690,00 20-10-16 13-11-16 SERVICIOS ARTISTICOS Y CULTURALES - MUSICO EJECUTANTE DE VIOLA EN LA OBRA EL ENFERMERO IMAGINARIO 1 11.690,00 11.690,00 20-10-16 13-11-16 SERVICIOS ARTISTICOS Y CULTURALES - MUSICO EJECUTANTE DE CELLO EN LA OBRA EL ENFERMERO IMAGINARIO 1 11.690,00 11.690,00 20-10-16 13-11-16 SERVICIOS ARTISTICOS Y CULTURALES - MUSICO EJECUTANTE DE FLAUTA EN LA OBRA EL ENFERMO IMAGINARIO 1 11.690,00 11.690,00 (1) Sólo para aquellos contratados que poseen representante legal y/o artístico (contrato de representación). FIRMA Pág. 1 de 2 GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES ANEXO I Nº : 24022 RESOLUCION ...................................... SECRETARÍA: MINISTERIO DE CULTURA UNIDAD EJECUTORA CONTRATANTE: Actuado Tipo-Nro./Año Contratado/a EXP-26690931/2016 PERSICO GABRIEL EXP-26691088/2016 LEIVA MARIA PAULA ENTE AUTARQUICO TEATRO COLON Docum. Tipo Nro. Nro. CUIT o CDI DNI CUIT 11702839 23117028399 DNI CUIT 26588238 27265882388 Representado/a por: (1) Docum. Período Desde Tipo Hasta Nro. Importe Descripción de la función Nro. Cuotas Monto Total 20-10-16 13-11-16 SERVICIOS ARTISTICOS Y CULTURALES - MUSICO EJECUTANTE DE FLAUTA EN LA OBRA EL ENFERMERO IMAGINARIO 1 11.690,00 11.690,00 20-10-16 13-11-16 SERVICIOS ARTISTICOS Y CULTURALES - MUSICO EJECUTANTE DE CELLO EN LA OBRA EL ENFERMERO IMAGINARIO 1 11.690,00 11.690,00 (1) Sólo para aquellos contratados que poseen representante legal y/o artístico (contrato de representación). FIRMA Pág. 2 de 2 FIN DEL ANEXO N° 5034 - 27/12/2016 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 90 GOBIERNO DE- LA CIUDAD DE BUENOS AIRES ANEXO RESOLUCIÓN N° 1274/EATC/16 ANEXO I Nº : 24015 RESOLUCION ...................................... SECRETARÍA: MINISTERIO DE CULTURA UNIDAD EJECUTORA CONTRATANTE: Actuado Tipo-Nro./Año Contratado/a EXP-26712265/2016 STANOVNIK MARIA EUGENIA EXP-26712269/2016 MARCAIDA TERESA EXP-26712237/2016 BUSTAMANTE FACUNDO OSCAR EXP-26712395/2016 DELPINO JIMENA EXP-26712400/2016 BRISSIO DAMIAN CLAUDIO EXP-26712372/2016 DOMINELLI FABIAN OMAR EXP-26712376/2016 MAIER IVAN EXP-26712384/2016 FAVARO ORIANA ENTE AUTARQUICO TEATRO COLON Docum. Tipo Nro. Nro. CUIT o CDI Docum. Período Desde Tipo Hasta Nro. Representado/a por: (1) DNI CUIT 31656983 27316569833 DNI CUIT 30575293 27305752938 DNI CUIT 33781463 20337814639 DNI CUIT 26946171 27269461719 DNI CUIT 31347331 20313473318 DNI CUIT 17128767 20171287678 DNI CUIT 29929473 20299294731 DNI CUIT 27688664 27276886644 Importe Descripción de la función Nro. Cuotas Monto Total 20-10-16 13-11-16 SERVICIOS ARTISTICOS Y CULTURALES - BAILARINA EN LA OBRA EL ENFERMERO IMAGINARIO 1 26.000,00 26.000,00 20-10-16 13-11-16 SERVICIOS ARTISTICOS Y CULTURALES - BAILARINA EN LA OBRA EL ENFERMERO IMAGINARIO 1 26.000,00 26.000,00 20-10-16 13-11-16 SERVICIOS ARTISTICOS Y CULTURALES - BAILARIN EN LA OBRA EL ENFERMERO IMAGINARIO 1 26.000,00 26.000,00 04-11-16 13-11-16 SERVICIOS ARTISTICOS Y CULTURALES - CARACTERIZACION EN LA OBRA EL ENFERMERO IMAGINARIO 1 6.000,00 6.000,00 04-11-16 13-11-16 SERVICIOS ARTISTICOS Y CULTURALES - CARACTERIZACION EN EL ENFERMERO IMAGINARIO 1 6.000,00 6.000,00 20-10-16 13-11-16 SERVICIOS ARTISTICOS Y CULTURALES - ACTOR EN LA OBRA EL ENFERMERO IMAGINARIO 1 33.600,00 33.600,00 20-10-16 13-11-16 SERVICIOS ARTISTICOS Y CULTURALES - CANTANTE TENOR EN LA OBRA EL ENFERMERO IMAGINARIO 1 29.600,00 29.600,00 20-10-16 13-11-16 SERVICIOS ARTISTICOS Y CULTURALES - CANTANTE SOPRANO PARA LA OBRA EL ENFERMERO IMAGINARIO 1 33.600,00 33.600,00 (1) Sólo para aquellos contratados que poseen representante legal y/o artístico (contrato de representación). FIRMA Pág. 1 de 2 GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES ANEXO I Nº : 24015 RESOLUCION ...................................... SECRETARÍA: MINISTERIO DE CULTURA UNIDAD EJECUTORA CONTRATANTE: Actuado Tipo-Nro./Año Contratado/a EXP-26712392/2016 ILLANES CATANI SABRINA NATALIA EXP-26712320/2016 GLADIC MARIANO ENTE AUTARQUICO TEATRO COLON Docum. Tipo Nro. Nro. CUIT o CDI DNI CUIT 29645396 27296453965 DNI CUIT 30025512 20300255125 Representado/a por: (1) Docum. Período Desde Tipo Hasta Nro. Importe Descripción de la función Nro. Cuotas Monto Total 04-11-16 13-11-16 SERVICIOS ARTISTICOS Y CULTURALES - CARACTERIZACION EN LA OBRA EL ENFERMERO IMAGINARIO 1 6.000,00 6.000,00 20-10-16 13-11-16 SERVICIOS ARTISTICOS Y CULTURALES - CANTANTE BARIOTONO EN LA OBRA EL ENFERMERO IMAGINARIO 1 25.600,00 25.600,00 (1) Sólo para aquellos contratados que poseen representante legal y/o artístico (contrato de representación). FIRMA Pág. 2 de 2 FIN DEL ANEXO N° 5034 - 27/12/2016 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 91 GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES ANEXO - RESOLUCIÓN N° 1275/EATC/16 ANEXO I Nº : 24025 RESOLUCION ...................................... SECRETARÍA: MINISTERIO DE CULTURA UNIDAD EJECUTORA CONTRATANTE: Actuado Tipo-Nro./Año Contratado/a EXP-26530296/2016 LACUNZA OSVALDO RUBEN EXP-26530653/2016 DE OLASO MANUEL EXP-26530791/2016 SCHMIDT MARISA EXP-22712273/2016 MORUJA BEATRIZ ELENA EXP-26712277/2016 MARMOREK MERCEDES EXP-26712281/2016 NIGRO MARIANA MARCELA ENTE AUTARQUICO TEATRO COLON Docum. Tipo Nro. Nro. CUIT o CDI DNI CUIT 11489579 20114895793 DNI CUIT 25146777 20251467774 DNI CUIT 21793484 27217934848 DNI CUIT 14951182 27149511828 DNI CUIT 24872603 27248726038 DNI CUIT 18331486 27183314861 Representado/a por: (1) Docum. Período Desde Tipo Hasta Nro. Importe Descripción de la función Nro. Cuotas Monto Total 20-10-16 13-11-16 SERVICIOS ARTISTICOS Y CULTURALES - MUSICO EJECUTANTE DE TROMPETA EN LA OBRA EL ENFERMERO IMAGINARIO 1 11.690,00 11.690,00 20-10-16 13-11-16 SERVICIOS ARTISTICOS Y CULTURALES - MUSICO EJECUTANTE DE CLAVE EN LA OBRA EL ENFERMERO IMAGINARIO 1 11.690,00 11.690,00 20-10-16 13-11-16 SERVICIOS ARTISTICOS Y CULTURALES - MUSICO EJECUTANTE DE OBOE EN LA OBRA EL ENFERMERO IMAGINARIO 1 11.690,00 11.690,00 20-10-16 13-11-16 SERVICIOS ARTISTICOS Y CULTURALES - MAESTRA PREPARADORA E INSTRUCTORA IDIOMATICA EN LA OBRA EL ENFERMO IMAGINARIO 1 14.000,00 14.000,00 20-10-16 13-11-16 SERVICIOS ARTISTICOS Y CULTURALES - ASISTENTE DE DIRECCION / STAGE MANAGER EN LA OBRA EL ENFERMERO IMAGINARIO 1 17.000,00 17.000,00 20-10-16 13-11-16 SERVICIOS ARTISTICOS Y CULTURALES - SOBRETITULADO EN LA OBRA EL INFIERNO IMAGINARIO 1 7.800,00 7.800,00 (1) Sólo para aquellos contratados que poseen representante legal y/o artístico (contrato de representación). FIRMA Pág. 1 de 1 FIN DEL ANEXO N° 5034 - 27/12/2016 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 92 GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES ANEXO - RESOLUCIÓN N° 1276/EATC/16 ANEXO I Nº : 24023 RESOLUCION ...................................... SECRETARÍA: MINISTERIO DE CULTURA ENTE AUTARQUICO TEATRO COLON UNIDAD EJECUTORA CONTRATANTE: Actuado Tipo-Nro./Año Contratado/a EXP-26531252/2016 VIVES HERNAN JAVIER EXP-26531352/2016 COSTOYAS DOLORES EXP-26531731/2016 ERDFEHLER ESTELA CRISTINA EXP-26531898/2016 ROBLES BETINA MABEL EXP-26687856/2016 JUAREZ JESSICA AILEN EXP-26688076/2016 CARNERO CECILIA EXP-26530946/2016 Docum. Tipo Nro. Nro. CUIT o CDI Representado/a por: (1) DNI CUIT 20372627 23203726279 DNI CUIT 14900777 27149007771 DNI CUIT 05673937 27056739373 DNI CUIT 21968998 27219689980 DNI CUIT 35374699 27353746990 DNI CUIT 30673709 27306737096 DNI CUIT 20946040 20209460409 ABRAHAM SERGIO ENRIQUE Docum. Período Desde Tipo Hasta Nro. Importe Descripción de la función Nro. Cuotas Monto Total 20-10-16 13-11-16 SERVICIOS ARTISTICOS Y CULTURALES - MUSICO EJECUTANTE DE TIORBA EN LA OBRA EL ENFERMERO IMAGINARIO 1 11.690,00 11.690,00 20-10-16 13-11-16 SERVICIOS ARTISTICOS Y CULTURALES - MUSICO EJECUTANTE DE TIORBA EN LA OBRA EL ENFERMERO IMAGINARIO 1 11.690,00 11.690,00 20-10-16 13-11-16 SERVICIOS ARTISTICOS Y CULTURALES - MUSICO EJECUTANTE DE VIOLA GAMBA EN LA OBRA EL ENFERMERO IMAGINARIO 1 11.690,00 11.690,00 20-10-16 13-11-16 SERVICIOS ARTISTICOS Y CULTURALES - ILUMINACION EN LA OBRA EL ENFEERMERO IMAGINARIO 1 42.500,00 42.500,00 20-10-16 13-11-16 SERVICIOS ARTISTICOS Y CULTURALES - MUSICO EJECUTANTE DE CONTRABAJO EN LA OBRA EL ENFERMERO IMAGINARIO 1 11.690,00 11.690,00 20-10-16 13-11-16 SERVICIOS ARTISTICOS Y CULTURALES - MUSICO EJECUTANTE DE VIOLIN EN LA OBRA EL ENFERMERO IMAGINARIO 1 11.690,00 11.690,00 20-10-16 13-11-16 SERVICIOS ARTISTICOS Y CULTURALES - MUSICO EJECUTANTE DE TROMPETA EN LA OBRA EL ENFERMERO IMAGINARIO 1 11.680,00 11.680,00 (1) Sólo para aquellos contratados que poseen representante legal y/o artístico (contrato de representación). FIRMA Pág. 1 de 2 GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES ANEXO I Nº : 24023 RESOLUCION ...................................... SECRETARÍA: MINISTERIO DE CULTURA UNIDAD EJECUTORA CONTRATANTE: Actuado Tipo-Nro./Año Contratado/a EXP-26689576/2016 LINDEMANN ANTJE RENATE EXP-26689025/2016 COSATTINI MARTHA SUSANA ENTE AUTARQUICO TEATRO COLON Docum. Tipo Nro. Nro. CUIT o CDI EXT CUIT 94414984 27944149843 DNI CUIT 14184860 27141848602 Representado/a por: (1) Docum. Período Desde Tipo Hasta Nro. Importe Descripción de la función Nro. Cuotas Monto Total 20-10-16 13-11-16 SERVICIOS ARTISTICOS Y CULTURALES - MUSICO EJECUTANTE DE VIOLIN EN LA OBRA EL ENFERMERO IMAGINARIO 1 11.690,00 11.690,00 20-10-16 13-11-16 SERVICIOS ARTISTICOS Y CULTURALES - MUSICO EJECUTANTE DEVIOLIN EN LA OBRA EL ENFERMERO IMAGINARIO 1 11.690,00 11.690,00 (1) Sólo para aquellos contratados que poseen representante legal y/o artístico (contrato de representación). FIRMA Pág. 2 de 2 FIN DEL ANEXO N° 5034 - 27/12/2016 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 93 GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES ANEXO - RESOLUCIÓN N° 1281/EATC/16 ANEXO I Nº : 24495 RESOLUCION ...................................... SECRETARÍA: MINISTERIO DE CULTURA UNIDAD EJECUTORA CONTRATANTE: Actuado Tipo-Nro./Año EXP-27223452/2016 Contratado/a ROSSO SANTIAGO ANDRES ENTE AUTARQUICO TEATRO COLON Docum. Tipo Nro. Nro. CUIT o CDI DNI CUIT 22884013 20228840131 Representado/a por: (1) Docum. Período Desde Tipo Hasta Nro. 01-12-16 31-12-16 Importe Descripción de la función SERVICIOS ARTISTICOS Y CULTURALES - COORDINADOR DE PROYECTO Nro. Cuotas Monto Total 1 25.000,00 25.000,00 (1) Sólo para aquellos contratados que poseen representante legal y/o artístico (contrato de representación). FIRMA Pág. 1 de 1 FIN DEL ANEXO N° 5034 - 27/12/2016 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 94 GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES ANEXO - RESOLUCIÓN N° 1289/EATC/16 ANEXO I Nº : 24653 RESOLUCION ...................................... SECRETARÍA: MINISTERIO DE CULTURA UNIDAD EJECUTORA CONTRATANTE: Actuado Tipo-Nro./Año EXP-27316063/2016 Contratado/a STURMER DAVID ROBIN SPENSER ENTE AUTARQUICO TEATRO COLON Docum. Tipo Nro. Nro. CUIT o CDI EXT CUIT 93644191 20936441913 Representado/a por: (1) Docum. Período Desde Tipo Hasta Nro. 13-10-16 26-10-16 Importe Descripción de la función SERVICIOS ARTISTICOS Y CULTURALES - MAESTRO DE CLASE - GISELLE Nro. Cuotas Monto Total 1 14.670,00 14.670,00 (1) Sólo para aquellos contratados que poseen representante legal y/o artístico (contrato de representación). FIRMA Pág. 1 de 1 FIN DEL ANEXO N° 5034 - 27/12/2016 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 95 ANEXO - RESOLUCIÓN N° 17/SSAIYPM/16 G O B I E R N O DE LA C I U D A D DE B U E N O S A I R E S 2016-Año del Bicentenario de la Declaración de Independencia de la República Argentina Informe firma conjunta Número: Buenos Aires, Referencia: Rendicin Movilidad 4° Trimestre Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires MODELO Nº 5 SUBSECRETARIA DE ASUNTOS INTERJURISDICCIONALES Y POLITICA METROPOLITANA PLANILLA RESUMEN TRIMESTRAL APELLIDO Y MOMBRE D.N.I. MODALIDAD DE CONTRATACION DEL AGENTE ALVAREZ Daniela Andrea 18.272.107 Contrato ALVAREZ Mariana Lorena 23.205.228 Planta de Gabinete DEMATTEI Silvina Andrea 28.422.187 Planta de Gabinete PELLICAN Veronica 38.324.046 Planta de Gabinete ISTURIZ Lucia Maria 14.789.441 Planta Transitoria AVERNA Daniel Angel 27.308.195 Planta Transitoria PODESTA Matias Ariel 26.873.761 Contrato COHEN Graciela Beatriz 32.004.078 Contrato SZEINBAUM, Elizabeth Mayra 31,496,891 Contrato GONZALEZ MORALES Juan 27,622,956 Contrato LLAMAS TRIVI, Mauro Santiago 29.150.010 Contrato PERÍODO SON PESOS IMPORTE IMPORTE EROGADO EROGADO RESTO TAXI/REMIS TRANSPORTE PUBLICO $ $ 846,80 685,00 $ $ 2.790,76 732,50 $ $ 4.329,12 228,50 $ $ 1.139,12 228,88 $ $ 556,80 1.243,12 $ $ 1.661,12 558,50 $ $ 1.392,00 572,50 $ $ 2.132,08 658,00 $ $ 1.322,40 703,50 $ $ 1.150,72 782,50 $ $ 566,08 720,00 Octubre a Diciembre 2016 Veinticinco mil con 00/100 "Se deja constancia que las personas que se detallan no utilizan para su traslado vehículo oficial" FIN DEL ANEXO IMPORTE TOTAL EROGADO $ 1.531,80 $ 3.523,26 $ 4.557,62 $ 1.368,00 $ 1.799,92 $ 2.219,62 $ 1.964,50 $ 2.790,08 $ 2.025,90 $ 1.933,22 $ 1.286,08 $ 25.000,00 N° 5034 - 27/12/2016 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 96 ANEXO - RESOLUCIÓN N° 512/APRA/16 ANEXO I Condiciones a Cumplir: 1. Cumplir con la Ley N° 1.540 y Decreto Nº 740/07. 2. Reducir los niveles de ruidos y vibraciones de todas las maquinarias y vehículos utilizados, mediante la utilización de dispositivos adecuados. 3. Desarrollar las actividades susceptibles de generar ruidos y vibraciones molestas en horarios adecuados y donde se cause el menor impacto negativo posible. 4. Cumplir con la Ley Nº 1.356 y Decreto Reglamentario Nº 198/06. 5. Acondicionar las vías de circulación dentro del predio de la obra para mitigar la generación de material particulado. 6. Realizar la carga y descarga de insumos dentro del predio, y no permitir el estacionamiento de vehículos de carga sobre la vía pública en las inmediaciones de la obra. 7. Instalar todos los vallados, señalizaciones, cintas de seguridad, alarmas y carteles indicadores necesarios para evitar daños y perjuicios sobre los peatones y vehículos que circulan por la vía pública. 8. Seleccionar el itinerario de los vehículos de carga compatibilizando sus características y el tipo de carga, con las vías de circulación y el volumen de tránsito, de forma tal de respetar las normas de circulación. 9. Construir la zona de ingreso y egreso de vehículos con un radio de giro tal que se genere un espacio para la ocupación de vehículos en espera fuera de los carriles de circulación de las calles que limitan el emprendimiento. 10. Contar con un sistema de señal sonora y visual, para indicar el ingreso y egreso de los camiones con el objeto de minimizar el riesgo de accidentes con peatones. Dicho sistema deberá cumplir con los requisitos establecidos por la Ley Nº 1.540. 11. Contar con las autorizaciones de la Dirección General de Registros de Obras y Catastro y de la Dirección General Ordenamiento del Espacio Público para la ocupación de la vía pública. 12. No permitir vehículos en espera con el motor funcionando. 13. Verificar antes de la partida del camión cargado desde o hacia la obra, la adecuada aplicación de resguardos físicos para evitar derrames, voladuras, caídas, desprendimientos así como riesgos de sobrepesos y desplazamiento. 14. Cumplir con la Ley 216 y modificatorias, respecto a la circulación de camiones cuyo peso excedan las 12 toneladas. 15. Contar con Plan de Contingencia para casos de Incendio, Explosión, Derrames y Derrumbes firmado por profesional idóneo. Su implementación será responsabilidad exclusiva del titular de la actividad. N° 5034 - 27/12/2016 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 97 16. Poseer Plan de Contingencias en caso de derrame de residuos o sustancias peligrosas teniendo en cuenta las recomendaciones establecidas en las Hojas de Seguridad de las sustancias Químicas utilizadas. Su implementación será responsabilidad exclusiva del titular de la actividad. 17. Contar, en forma previa al inicio de la obra, con planos y toda otra información necesaria para detectar y evitar las interferencias con servicios públicos, así como con lo relacionado al cumplimiento con las condiciones contra incendio y medios de salida, según el Código de la Edificación. 18. En caso de corresponder, acordar cronogramas de cortes con empresas de servicios públicos. 19. Acordar con la Dirección General del Sistema Pluvial del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, las obras referidas a la infraestructura de desagües pluviales. 20. Colocar mallas adecuadas a la entrada del sistema de alcantarillado para impedir la descarga de escombros, suelo excavado o materiales en general. 21. Se deberán tomar los resguardos necesarios a fin de evitar la descarga de residuos de materiales, especialmente los provenientes del lavado de hormigoneras, a la red pluvial. 22. Realizar el acopio o depósito temporario de hidrocarburos, pinturas, solventes, lubricantes, etc. en un sector delimitado, techado, con solado no absorbente y con pendientes y barreras adecuadas para evitar derrames e infiltraciones en el suelo. 23. En caso de que las características organolépticas del suelo extraído permitan presumir la existencia de contaminantes, se deberá analizar el mismo y presentar los resultados ante la Autoridad de Aplicación, quien determinará la forma correcta de gestionar el suelo contaminado. 24. Documentar y archivar la recepción en el sitio de disposición final del material producto de la excavación. 25. Contar con un Plan de Gestión de Residuos, que contemple la estricta separación por tipo, establezca las formas de manipulación, almacenamiento, transporte, frecuencias, disposición y/o recolección dentro del marco normativo vigente en la materia. 26. Realizar la segregación y disposición de los residuos con características peligrosas en lugares previamente identificados, debiendo documentar y archivar los Manifiestos de retiro extendidos por empresas transportistas y tratadoras habilitadas. 27. Cumplir con lo previsto en los Art. 29° y 30° del Decreto N° 2020 reglamentario de la Ley 2214 por el tiempo que demande la construcción del emprendimiento, respecto de los residuos peligrosos. 28. Cumplir con la Resolución N° 550/11 de la Superintendencia de Riesgo de Trabajo ante la existencia de trabajos de demolición y/o tareas de excavación de subsuelos y submuración. 29. La ubicación de los obradores deberá generar la mínima interferencia con la circulación vehicular, peatonal e incluso ferroviaria, tanto por las actividades propias como para la circulación de acceso al mismo. 30. Cumplir con la Ley N° 11.843 para Control de Roedores y con la normativa legal vigente en lo que respecta a Control de Vectores. 31. En caso de encontrarse durante la obra hallazgos de objetos de valor material, científico, artístico o arqueológicos deberá tomar las medidas necesarias a fin de asegurar su valor patrimonial y deberá dar intervención al área de competente del GCABA. N° 5034 - 27/12/2016 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 98 32. Mantener en servicio la Línea Ferroviaria Mitre ramal Tigre durante la ejecución de las tareas, salvo interrupciones por cortos períodos en momentos donde se requiera. 33. Compatibilizar las tareas de desmontaje y deconstrucción del puente peatonal Dorrego ubicado en Av. Virrey Vértiz 1600 entre Virrey del Pino y José Hernández y el proceso constructivo del Viaducto del Ferrocarril Mitre ramal Tigre, garantizando tanto su seguridad, como la de las personas involucradas, los vecinos lindantes y el público en general. 34. Retirar diariamente el material de demolición y deconstrucción del puente peatonal Dorrego ubicado en Av. Virrey Vértiz 1600 entre Virrey del Pino y José Hernández, procediendo a su posterior disposición en las playas ferroviarias. 35. El Contratista deberá dar cumplimiento a las medidas de mitigación propuestas y el Plan de Gestión Ambiental presentado en el Estudio de Impacto Ambiental presentado. 36. Previo al inicio de obras, se deberá presentar el proyecto ejecutivo y el plan de trabajo ante la Administración de Infraestructuras Ferroviarias S.E., conforme lo manifestado por dicho organismo en el Tramite N° 3420-ADIF- 2016. 37. El Titular de la actividad deberá tener en cuenta la observación realizada por la Dirección General de Espacios Verdes por Nota N° NO-2016-08892789-DGEV, respecto a la intervención del arbolado preexistente. 38. Se deberá cumplir con las consideraciones establecidas mediante Nota N° NO-2016-10593133DGPLUR por la Dirección General de Planeamiento Urbano. 39. Se deberá cumplir con las consideraciones establecidas según Nota N° NO-2016-18783875DGPMOV por la Dirección General de Planificación de la Movilidad respecto de las medidas de mitigación a implementar para aquellos locales comerciales afectados durante la Etapa Constructiva. 40. Se deberá cumplir con lo declarado en la Nota N° NO-2016-23305903-DGPMOV, donde la Dirección General de Planificación de la Movilidad deja constancia que el proyecto no prevé la necesidad de impulsar la expropiación de dos lotes ubicados en el Tramo identificado como 2C. 41. Se deberá tener en cuenta las recomendaciones realizadas por la Dirección General de Obras de Infraestructura Urbana, mediante Nota Nº NO-2016-15154276-DGOINFU, respecto de la incorporación de tecnologías existentes orientadas a reducir la contaminación acústica; considerar la accesibilidad y pasarelas para evacuación en los tramos entre estaciones; y estudiar alternativas consistentes de ocupación de los nuevos espacios bajo viaducto. 42. Cumplir con las condiciones establecidas por la Subgerencia Operativa de Contaminación Acústica por Informe Nº IF-2016-16427280-DGET, a saber: 1. Etapa de obra: 1.1. Limitar el horario de las obras en general y en particular para las actividades que generan altos niveles de ruido, como demoliciones, utilización de máquinas de corte, etc. 1.2. Establecer horarios para carga y descarga de materiales compatibles con los de las actividades circundantes. 1.3. Utilizar maquinarias y equipos de baja emisión de ruido. N° 5034 - 27/12/2016 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 99 1.4. Utilizar silenciadores adecuados en los equipos motorizados, dispositivos de supresión o amortiguación de ruidos en maquinarias, etc. 1.5. Realizar mantenimiento y control permanente de escapes y silenciadores en todos los equipos y vehículos de combustión afectados a la obra. 1.6. Utilizar instalaciones que conformen pantallas perimetrales de protección de transmisión de polvo y ruidos al entorno. 1.7. Proveer a los operarios de equipos de protección personal de acuerdo a lo estipulado por la legislación vigente. 2. Etapa Operacional: 2.1. Instrumentar acciones de vigilancia y control sobre vehículos que acceden y operan en el área del Proyecto. 2.2. Controlar en forma continua el estado de conservación del pavimento e instrumentar acciones para su mantenimiento permanente. 2.3. Establecer un programa de monitoreo acorde a la ley N° 1.540 y su decreto reglamentario N° 740/07, a través del cual se planifique y ejecute el control en forma periódica de los niveles sonoros resultantes. 3. Condiciones complementarias: 3.1. En caso de que con la ejecución del proyecto se verificasen incrementos de significativa magnitud en el nivel de presión sonora respecto de la situación observada en la etapa preoperacional, deberán ejecutarse las medidas de mitigación pertinentes, de manera de minimizar las emisiones sonoras generadas por el flujo vehicular en la región comprometida”. 43. Cumplir con las condiciones establecidas por la Subgerencia Operativa de Sitios Contaminados por Nota Nº NO- 2016-24680548-DGET donde se establece que el contratista deberá previo al inicio de las obras: "43.1. Llevar a cabo un Estudio de Fase II con muestreo de suelos y barros en aquellos sectores de la traza donde se prevé un uso recreativo/residencial/comercial a futuro. Los compuestos a analizar podrán ser acotados en función de los relevamientos realizados, se recomienda prestar principal atención a los derivados de hidrocarburos (HTP, BTEX, PAHs) y a los metales pesados (Pb, Cd, Hg, etc). En casos de tener evidencia o presunción, incluir PCBs, Asbestos, o cualquier analito que se considere relevante. 43.2. En caso de que durante la excavación de suelos se interceptara la napa freática, se deberá evaluar la presencia de Compuestos de Interés en agua subterránea. 43.3. Todas las determinaciones analíticas deberán llevarse a cabo mediante laboratorio inscripto en RELADA. 43.4. Los sectores de suelo dónde se evidencias manchas de hidrocarburos deberán ser preferentemente removidos y gestionado como Residuos Peligrosos. 43.5. En caso de realizarse actividades u obras que involucren la necesidad de extracción de suelo y/o agua subterránea, fuera del área intervenida; se deberán desarrollar las correspondientes gestiones y acciones, conforme a la Resolución 326-APRA-13 y el Artículo 28 de la Ley 2214. N° 5034 - 27/12/2016 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 100 ANEXO - RESOLUCIÓN N° 512/APRA/16 (continuación) 43.6. Llevar a cabo la gestión de los residuos mencionados, poniendo principal atención en identificar los de carácter peligroso conforme Ley N° 2214, los cuales deberán gestionarse como tales. 43.7. Los tanques de almacenamiento de hidrocarburos subterráneos o aéreos deberán ser correctamente erradicados, previa obtención de autorización, siguiendo los lineamientos de la Resolución N° 326/APRA/13, Anexo III, presentando el correspondiente Plan de Extracción de SASH o SAAH conjuntamente con Operador In Situ habilitado, en caso de corresponder. 43.8. Todas las tareas deberán llevarse a cabo resguardando la seguridad de los trabajadores mediante utilización de elementos de protección personal. 43.9. En caso de determinar presencia de compuestos de interés excedidos respecto a los niveles guías establecidos mediante Resolución N° 326/APRA/13, deberá llevarse a cabo un Análisis basado en Riesgo conforme Norma IRAM N° 29590 para el escenario de obrero de construcción. 44. Previo a toda obra, deberá acreditar la contratación de una cobertura Daño Ambiental de Incidencia Colectiva previsto por el artículo 22° de la Ley Nacional N° 25.675. 45. En caso que el proyecto en cuestión se vea alterado, dichas modificaciones deberán ser informadas a este organismo. 46. Una vez finalizadas las obras, se deberá presentar una Auditoria Ambiental que manifieste el estricto cumplimiento de las condiciones establecidas para el proyecto en cuestión y cuyos resultados deberán ser presentados ante la Autoridad de Aplicación. La Auditoria deberá presentarse con las firmas del solicitante y el responsable técnico del proyecto; que reviste el carácter de declaración jurada. FIN DEL ANEXO N° 5034 - 27/12/2016 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires ANEXO - RESOLUCIÓN N° 513/APRA/16 N° 101 N° 5034 - 27/12/2016 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires ANEXO - RESOLUCIÓN N° 513/APRA/16 (continuación) N° 102 N° 5034 - 27/12/2016 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires ANEXO - RESOLUCIÓN N° 513/APRA/16 (continuación) N° 103 N° 5034 - 27/12/2016 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires ANEXO - RESOLUCIÓN N° 513/APRA/16 (continuación) N° 104 N° 5034 - 27/12/2016 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires ANEXO - RESOLUCIÓN N° 513/APRA/16 (continuación) FIN DEL ANEXO N° 105 N° 5034 - 27/12/2016 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 106 ANEXO - DISPOSICIÓN N° 539/DGTALINF/16 MODIFICACIONES Y COMPENSACIONES PRESUPUESTARIAS Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires Modificación Presupuestaria Requerimiento Nº: 8994 SIGAF Ejercicio: 2016 Actuación Origen: EXPED. ELECTRÓNICO Unidad Ejecutora Nº: 27376875 Tipo Actuación: EXPED. ELECTRÓNICO Nº: 27376875 Norma Aprobatoria: Nº: MGYA 2016 MGYA 2016 Fecha: 20/12/2016 Fecha: 20/12/2016 Fecha: Jurisdicción: 21-JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Subjurisdicción: 0 Entidad: 270-AGENCIA SISTEMAS DE INFORMACION UE Programa 8056-AGENCIA SISTEMAS 7-ACT COM.A PROG.94.95 0 DE INFORMACION 8056-AGENCIA SISTEMAS 7-ACT COM.A PROG.94.95 0 DE INFORMACION Subprograma 0 Proyecto CREDITO Actividad 2-ADMINISTRACIÓN Y SERVICIOS GENERALES 2-ADMINISTRACIÓN Y SERVICIOS GENERALES 0 0 0 Obra Partida FueFin FinFun 2310 11 13 2920 11 13 Diferencia: Pág. 1 de 1 FIN DEL ANEXO Importe -35.563,00 35.563,00 0,00 N° 5034 - 27/12/2016 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 107 ANEXO - DISPOSICIÓN N° 53/DGMYT/16 GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES “2 0 1 6 -Añ o d e l Bi ce n te n a ri o d e l a D e cl a ra ci ó n d e In d e p e n d e n ci a d e l a R e p ú b l i ca Arg e n ti n a ” PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES CONTRATACIÓN DIRECTA POR ESPECIALIDAD – INTERVENCIÓN ARTISTICA BAJO PUENTE PLIEG-2016-27621925- -DGMYT página 1 de 30 N° 5034 - 27/12/2016 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 108 ÍNDICE GENERAL Art. 1° . - PROCEDIMIENTO DE LA CONTRATACIÓN. Art. 2° . - OBJETO DE LA CONTRATACIÓN. Art. 3° . - PRESUPUESTO OFICIAL. Art. 4° . - PLAZO DE CONTRATACIÓN Y LUGAR DE PRESTACION. Art. 5° . - CLASE DE PROCEDIMIENTO. Art. 6° . - PRÓRROGA DEL CONTRATO. Art. 7° . - DOMICILIO Y NOTIFICACIONES. Art. 8° . - COMPETENCIA JUDICIAL. Art. 9° . - CÓMPUTO DE PLAZOS. Art. 10° . - CONSULTA Y ADQUISICIÓN DEL PLIEGO. Art. 11° . - DOCUMENTACIÓN CONTRACTUAL. ORDEN DE PRELACIÓN. Art. 12° . - CONDICIONES PARA SER OFERENTE. Art. 13° . - IMPEDIMENTOS PARA SER OFERENTE. Art. 14° . - PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS. Art. 15° . - MANTENIMIENTO DE LA OFERTA. Art. 16° . - CONTENIDO DE LA OFERTA. Art. 17° . - FORMA DE COTIZAR. Art. 18° . - CONOCIMIENTO DE LAS CONDICIONES. Art. 19° . - FALSEAMIENTO DE DATOS. Art. 20° . - CONSULTAS, ACLARACIONES Y CIRCULARES. Art. 21° . - VICIOS EXCLUYENTES. CAUSALES DE RECHAZO DE LA OFERTA. Art. 22° . - IMPUGNACIÓN AL PLIEGO. Art. 23° . - VISTA DE LAS PRESENTACIONES. Art. 24° . - APERTURA DE LAS OFERTAS. Art. 25° . - INFORMACIÓN COMPLEMENTARIA. PLIEG-2016-27621925- -DGMYT página 2 de 30 N° 5034 - 27/12/2016 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 109 GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES “2 0 1 6 -Añ o d e l Bi ce n te n a ri o d e l a D e cl a ra ci ó n d e In d e p e n d e n ci a d e l a R e p ú b l i ca Arg e n ti n a ” Art. 26° . - RECHAZO. Art. 27° . - CONTRATACION DIRECTA FRACASADA. Art. 28° . - ADJUDICACIÓN. Art. 29° . - COTEJO DE LA INFORMACIÓN. Art. 30° . - CESIÓN / TRANSFERENCIA. DEL CONTRATO. Art. 31° . - DE LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO. Art. 32° . - REGIMEN DE RESPONSABILIDAD CON TERCEROS y PERSONAL. Art. 33° . - DAÑOS A TERCEROS. Art. 34° . - PENALIDADES. Art. 35° . - DE LAS OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA. Art. 36° . - DE LAS OBLIGACIONES DEL GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES. Art. 37° . - CAUSALES DE EXTINCIÓN DEL CONTRATO. Art. 38° . - FORMA DE PAGO. Art. 39° . - SEGUROS. Art. 40° . - AUTORIDAD DE APLICACIÓN. PLIEG-2016-27621925- -DGMYT página 3 de 30 N° 5034 - 27/12/2016 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 110 Art. 1° . - PROCEDIMIENTO DE LA CONTRATACIÓN. El present e ll amado a Cont rat aci ón Di rect a por Especi ali dad, se convoca en los t érmi nos del Régi men de Compras y Cont rat aci one s v i gent e para Bue nos Ai res Compras, en un t odo de acuerdo con lo di spuest o en el Art . 28 Inc. 4° de la Ley N° 2095, en su t ext o consoli dado por Ley N° 5454, sus Decret os Reglame nt ari os N° 1145/ GCABA/ 09, Nº 95/ GCABA/ 14 y sus modi f i cat ori os N° 114/ GCBA/ 16 y N° 411/ GCABA/ 16, las Resol uci ones Nº 596/ MHGC/ 11 y Nº 1. 160/ MHGC/ 11, el Pli ego Úni co de Bases y Condi ciones Generales par a la Cont r at aci ón de Bi enes y Servi cios del Gobi erno de la Ci udad Aut ónom a de Buenos Ai res, aprobado por Di sposi ci ón Nº 396/ DGCYC/ 14, las present es Cláusulas Part i culares y el Pli ego de Especi f i caci ones Técni cas. Art. 2° . - OBJETO DE LA CONTRATACIÓN. El Gobi erno de la Ci udad Aut ónoma de Buenos Ai res l lam a a Cont rat aci ón Di rect a por Especi ali dad según Art . 28 Inc. 4, Ley 2095, en su t ex t o consoli dado por Ley N° 5454, para ef ect uar l a cont rat aci ón de una “ Int erv enci ón art íst i ca baj o pue nt e” , co n dest i no a la Di recci ón General de Mant e ni mi ent o y Tallere s dependi ent e de la Subsecret ari a de Uso del Espaci o Públi co del Mi ni st eri o de Ambi ent e y Espaci o Públi co de la Ci udad Aut ónoma de Bueno s Ai res, de acuerdo a l as co ndi ci ones est ab leci das e n el Pli ego de Condi ciones Generales y el present e Pli ego de Condi ci ones Part i cul ares y según el si gui ent e det alle: RENGLÓN 1 DESCRIPCIÓN CANTIDADES Serv i ci os Art íst i cos y Cult urales - Reali zaci ón de 840 met ros cuadrados de murales 1 PLIEG-2016-27621925- -DGMYT página 4 de 30 N° 5034 - 27/12/2016 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 111 GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES “2 0 1 6 -Añ o d e l Bi ce n te n a ri o d e l a D e cl a ra ci ó n d e In d e p e n d e n ci a d e l a R e p ú b l i ca Arg e n ti n a ” Art. 3° . - PRESUPUESTO OFICIAL. El presup uest o of i ci al para l a present e cont rat aci ón es de PESOS CIENTO CINCUENTA MIL ($ 150. 000). Art. 4° . - PLAZO DE CONTRATACIÓN Y LUGAR DE PRESTACION. La duraci ón t ot al de la cont rat aci ón será de 60 (sesent a) días hábi les, debi endo prest arse en aquellos lugares est ableci dos en el Pli ego de Especi f i caci ones Técni cas. Art. 5° . - CLASE DE PROCEDIMIENTO. El present e procedi mi ent o se l lev ará a cabo como cont r at aci ón di rect a por especi ali dad, procedi mient o regulado por e l Ar t . 28 Inc. 4° de la Ley Nº 2095, en su t ex t o consoli dado por la Ley N° 5454 y su Decret o Reglament ari o N° 95/ GCABA/ 14 y sus modi f i cat ori os. Art. 6° . - PRÓRROGA DEL CONTRATO. El Gobierno de la Ci udad de Buenos Ai res se reserv a el derecho de prorrogar el Cont rat o celebrado con qui en resul t e Adj udi cat ari o, baj o i dént i cas condi ci ones y respet ándose los v alores cont ract uales, de ac uerdo a lo est ab leci do en el Art . 119 de la Ley Nº 2095, en su t ext o consoli dado por Ley N° 5454 y su Decret o Reglame nt ari o Nº 95/ GCABA/ 14 y sus modi f i cat ori os. Art. 7° . - DOMICILIO Y NOTIFICACIONES. Se consi derará domi ci li o del of erent e, aquel que oport uname nt e const i t uya en su Of ert a, el cual deberá encont r arse dent ro del ej i do de la Ci udad Aut ónom a de Buenos Ai res. De lo cont rari o, se est ará por aquel declarado ant e el Regi st ro Inf ormat i zado Úni co y Permanent e de Prov eedores del Sect or Públi co de la Ci udad, dependi ent e del PLIEG-2016-27621925- -DGMYT página 5 de 30 N° 5034 - 27/12/2016 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 112 Mi ni st eri o de Haci enda, Di recci ón General de Compras y Cont rat aci ones (Art . 6 de l Pli ego Úni co de Bases y Condi ciones Generales). Asi mi smo se consi derará domi ci li o elect róni co const i t ui do, el correo elect róni co declarado por el prov eedor en oport uni dad de i nscri bi rse en el Regi st ro Inf or mat i zado Úni co y Permane nt e de Prov eedores en el que se t endr án por v áli das t odas l as not i f i caci ones elect róni cas que se an c ur sadas por el Gobi erno de la Ci udad de Buenos Ai res, conf orme a lo s t érmi nos e st ab leci dos en el Ar t . 6 del Pli ego Úni co de Base s y Condi ci ones Generales, concomi t ant e con lo di spuest o en los Art s. 6 y 7 del Anexo I del Decret o Nº 1145/ GCABA/ 09. Todo cambi o de domi ci li o deberá ser comuni cado f ehaci ent ement e al Gobi erno de la Ci udad Aut ónoma de Bue nos Ai res y surt i rá ef ect o una v ez t ransc urri dos di ez (10) días de su not i f i caci ón al Gobi erno, el cual deberá est ar si t uado dent ro del t erri t ori o de la CABA. El Gobi erno de la Ci udad de Buenos Ai res const i t uye domi ci li o en Av. Mart ín García Nº 346 Pi so 3º, de la Ci udad Aut ó noma de Buenos Ai res. Todas las not i f i caci ones ent re las part es ser án v áli das si se ef ect úan en los domi ci li os const i t ui dos, except o para el Gobi erno de la Ci udad de Buenos Ai res re spect o de las not i f i caci ones j udi ci ales que, par a t ener v ali dez, deberán est ar di ri gi das al domi ci li o de la Procuraci ón Gener al de l a Ci udad de Buenos Ai res - Depart ament o Cédulas y Of i cios Judi ci ales si t o en cal le Ur uguay Nº 458, de conf ormi dad con lo di spuest o por la Resoluci ón Nº 77/ PG/ 06. Art. 8° . - COMPETENCIA JUDICIAL. Ant e cualq ui er di vergenci a que pudi era susci t ar se, ambas par t es q uedan somet i das a l a compet enci a de los J uzgados e n lo Cont enci oso, Admi ni st rat i v o y Tri but ari o de la Ci udad Aut ónoma de Buenos Ai res renunci ando a c ualq ui er ot ro f uero o j uri sdi cci ón (Art . 7º Pli ego Úni co de Condi ci ones Generales). PLIEG-2016-27621925- -DGMYT página 6 de 30 N° 5034 - 27/12/2016 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 113 GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES “2 0 1 6 -Añ o d e l Bi ce n te n a ri o d e l a D e cl a ra ci ó n d e In d e p e n d e n ci a d e l a R e p ú b l i ca Arg e n ti n a ” Art. 9° . - CÓMPUTO DE PLAZOS. El cómput o de plazos se ef ect uará conf orme lo est i pul ado en Art . 82 de la Ley N° 2095 conf orme t ext o conso li dado por l a Ley N° 5454 y sup let ori ament e por la Ley de Procedi mi ent os Admi ni st r at i v os de la Ci udad Aut ónom a de Bue nos Ai res (Decret o de Necesi dad y Urgenci a N° 1510/ GCABA/ 97 conf orme t ext o consoli dado por la Ley N° 5454). Art. 10° . - CONSULTA Y ADQUISICIÓN DEL PLIEGO. Los Pli egos de Bases y Condi ci ones se encuent ran a di sposi ci ón de los i nt eresados para su consult a y adqui si ci ón en w w w. buenosai rescompras. gob. ar. Los of erent es que hay an adqui ri do los Pli egos y que hubi eran cumpli do con el procedi mient o de regi st raci ón, aut ent i caci ón y aut ori zaci ón como usuari o ext er no de BAC, podrán f ormular consult as y/ o aclar aci ones de los Pli egos de Bases y Condi ci ones en la f orma previ st a en el present e Pli ego hast a cuarent a y ocho (48) horas previ as a la apert ura. Art. 11° . - DOCUMENTACIÓN CONTRACTUAL. ORDEN DE PRELACIÓN. Los si gui ent es document os const i t uyen la document aci ón cont ract ual: A) El Pli ego Úni co de Bases y Condi ci ones Generales y sus Anexos; B) El Pli ego de Bases y Condi ci ones Part i culares y Ci rculares Aclarat ori as si las hubi ere; C) El Pli ego de Especi f i caci ones Técni cas y Ci rculares Aclarat ori as si las hubi ere; D) Cont rat o u Orden de Compra cuando correspondi era; E) La Of ert a y los document os aclarat ori os t omados en cuent a para la Adj udi caci ón; Cuando exi st a di vergenci a ent re los document os se ñalados en el párraf o ant eri or, a los f i nes de su i nt erpret aci ón prev alecerá el orden en que han si do expuest os. Art. 12° . - CONDICIONES PARA SER OFERENTE. PLIEG-2016-27621925- -DGMYT página 7 de 30 N° 5034 - 27/12/2016 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 114 Podrán part i ci par como of erent es en la present e cont rat aci ón: 1. Las soci edades comerci ales regul arme nt e const i t ui das conf orme a la Ley General de Sociedades N° 19. 550 y sus modi f i cat ori as, domi ci li adas en el país y las regularment e const i t ui das en el ext eri or, de acuerdo a las leyes de su país. 2. Las Soci edades Ext ranj eras deberán hal larse i nscri pt as en la Rep úbli ca Argent i na e n los t érmi nos de los Art íc ulos 118° y 123° de l a Ley N° 19. 550 en f orm a prev i a a la suscri pci ón del cont rat o, en el caso que result en adj udi cat ari as. 3. Las Soci edades Comerci ales podrán par t i ci par en l a cont rat aci ón como of erent es en f orma i ndiv i dual o bi en como i nt egrant es de una UT, no pudi endo ser part e i nt egrant e de más de una de ellas. En ni ngún caso podrán hacer uso de ambas alt er nat i v as. Las UT no podrán est ar i nt egrad as por más de t res (3) soci edades. La det ecci ón de alguna de est as si t uaci ones, será mot i v o de rechazo aut omát i co de t odas las of ert as en q ue part i ci pen l as f i rm as que no observ asen las li mi t aci ones ant es descri pt as. 4. Las perso nas humanas o j urídi cas co n capaci dad p ara ob li garse, q ue no se encue nt re n comprendi das en el Ar t ículo 98° de la Ley 2095 según t ext o conso li dado por Ley N° 5454 y que se e ncue nt re n i nscri pt as e n el Regi st ro Inf ormat i zado Úni co y Permanent e de Prov eedores. 5. Los of erent es deberán c umpli r con la apt i t ud j urídi ca requeri da en el pre sent e pli ego, la cual se det ermi nar a t eni endo e n cue nt a los e st at ut os soci ales y demás document aci ón legal correspondi ent e. La dur aci ón de la soci edad i ndi vi dual y de cada una de las i nt egrant e s de la UT, en su caso, deberá ser cont est e con el plazo previ st o para la present e cont rat aci ón con más sus ev ent uales prórrogas. PLIEG-2016-27621925- -DGMYT página 8 de 30 N° 5034 - 27/12/2016 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 115 GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES “2 0 1 6 -Añ o d e l Bi ce n te n a ri o d e l a D e cl a ra ci ó n d e In d e p e n d e n ci a d e l a R e p ú b l i ca Arg e n ti n a ” En los casos de UT, t odas las Soci edades que lo i nt egre n deberán c ump li r en lo que respect a a su const i t uci ón y demás ef ect os, las prescri pci ones del Ar t ículo 1463° , si gui ent es y concordant es de l Códi go Civ i l y Comerci al de la Naci ón Ley N° 26. 994 y sus normas complement ari as, como así t ambi én con los recaudos menci onados en el pri mer párraf o del present e art ículo, cumpli endo con las si gui ent es premi sas: 1) En el compromi so de const i t uci ón de la UT deberá est ablecerse en f orma expresa: - Responsabi li dad soli dari a e i li mi t ad a de sus i nt egrant es por t odas las obli gaci ones emergent es del compromi so, si n benef i ci o de di v i si ón ni excusi ón. - Cant i dad y nat uraleza de los aport es que cada i nt egrant e compromet a. - Su obj et o debe ser exclusi v ament e el c ump li mi ent o del cont rat o y su pl azo de vi genci a no i nf eri or al p lazo cont rac t ual, debi endo prev erse una ev ent ual prórroga y ext ensi ón. 2) Y en especi al: - Uni f i car su personería y f i j ar domi ci li o úni co. - Acredi t ar f ehaci ent ement e su deci si ón i rrev ocable de asoci arse para est a present aci ón, expresada a t rav és de los órganos correspondi ent es de cada soci edad. - Acompañar Decl araci ón Jur ada baj o la f orma de i nst rument o p úb li co ot orgado en el país y co nf orme a las norm as argent i nas, y suscri pt a por t odos lo s i nt egr ant es de l a mi sma, en la que: - Se desi gna al Represe nt ant e Legal de una de las soci edades i ndi v i duales como Represent ant e Úni co de la UT, a los ef ect os que corresponda. Con la of ert a se deberá i ncorporar una copi a cert i fi cada y legali zada del compromi so de Const i t uci ón de la UT. PLIEG-2016-27621925- -DGMYT página 9 de 30 N° 5034 - 27/12/2016 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 116 En el sup uest o de que la doc ument aci ón q ue acredi t a l a perso nería j urídi ca del of erent e o cualqui er ot ro i nst r ume nt o legal rel aci onado con la pre sent e co nt r at aci ón no est uv i era redact ada en i di oma cast e ll ano, di cha document aci ón deberá ser acompañada por una t rad ucci ón legali zada por Tr aduc t or Púb li co con mat ríc ul a v i gent e al día de la t rad ucci ón y a la f echa de present aci ón de la of ert a. Los poderes conf eri dos f uera de la Rep úbli ca Arge nt i na ser án ot orgados según las f ormas del lugar de ot orgami ent o y serán debi dament e legali zados según legi sl aci ón naci onal apli cab le, debi endo ser legali zados por el Consulado Argent i no que correspondi ere y por el Mi ni st ro de Relaci ones Ext eri ores de la Naci ón, o cont ar con la Apost i l la de l a Haya, en su c aso. Asi mi smo, deberá ser legali zada e n f orma si mi lar t oda la document aci ón requeri da para el caso de Soci edades Ext ranj eras (cert i f i cados de exi st enci a legal, est at ut os, ac t as de Di rect ori o, i nst r ument os de v i ncul aci ón, balances y ot ra document aci ón exi gi ble). Respect o a los bal ances y est ados de si t uaci ón p at ri moni al de las Soci edades Ext ranj er as, expresados en la mo neda del país de ori gen, deberán haber si do present ados ant e e l correspondi ent e organi smo de cont rol. Asi mi smo, deberá adj unt arse una t r aducci ón al esp año l conf ecci onada por Tr aduc t or Púb li co Naci onal con m at ríc ul a vi gent e al día de la t r aducci ón y a l a f echa de la present aci ón de of ert a, respect o de t odos los i mport es relaci onados con l as paut as de ev aluaci ón económi ca prev i st as en est e pli ego, conv ert i dos a l a mo neda de cur so legal e n la Repúb li ca Argent i na, al t i po de cambi o ut i li zado y la f echa de ref erenci a y f uent e, t odo ello debi dament e legali zado. Art. 13° . - IMPEDIMENTOS PARA SER OFERENTE. No podrán concurri r como of erent es al present e procedi mi ent o: - Las soci edades si mples o de hecho. PLIEG-2016-27621925- -DGMYT página 10 de 30 N° 5034 - 27/12/2016 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 117 GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES “2 0 1 6 -Añ o d e l Bi ce n te n a ri o d e l a D e cl a ra ci ó n d e In d e p e n d e n ci a d e l a R e p ú b l i ca Arg e n ti n a ” - Las empresas y / o soci edades i nt egrad as por perso nas hum anas y/ o j urídi cas cuyos mi embros del Di rect ori o, Consej o de Vi gi lanci a, Síndi cos, Gerent es, Soci os, Represent ant es o Apoderados sean age nt es y/ o f unci onari os, baj o cualq ui er f orma de modali dad cont ract ual, de la Admi ni st raci ón Públi ca Naci onal, Prov i nci al o del GCBA. - Las empresas y / o soci edades i nt egrad as por perso nas hum anas y/ o j urídi cas cuyos mi embros del Di rect ori o, Consej o de Vi gi lanci a, Síndi cos y/ o Gerent es se encuent ren i nscri pt os en el Regi st ro de Deudores Ali ment ari os Morosos del GCBA. - Las empresas, aun cuando f ormar an par t e de una UT, y/ o soci edades que hayan si do sanci onadas con suspe nsi ón o i nhabi li t aci ón por part e de alguno de los Poderes u Órganos menci onados en e l Art ículo Nº 2 de l a Ley Nº 2095 y su Decret o Reglament ari o N° 95/ GCABA/ 14, mi ent ras di chas sanci ones si gan v i gent es. - Aque llos supuest os prev i st os en el Art ículo 98 de la Ley Nº 2095 ( t ext o consoli dado por Ley N° 5454) y su Decret o Reglament ari o N° 95/ GCABA/ 14. Art. 14° . - PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS. La present aci ón de cada of ert a se har á a t rav és de los f ormulari os elect róni cos di sponi bles en BAC, cump li endo con t odos los requeri mi ent os exi gi dos en los Pli egos de Bases y Condi ci ones y adj unt ando t odos y cada uno de los document os soli ci t ados en ellas en soport e elect róni co. La Gerenci a Operat iv a Compras y Cont rat aci ones NO RECIBIRÁ DOCUMENTOS QUE SEAN PRESENTADOS EN SOPORTE PAPEL, a excepci ón de aquellos docume nt os q ue por sus caract eríst i cas no puedan ser present ados en soport e elect róni co a cri t erio de la Aut ori dad Admi ni st rat i v a. La document aci ón que no se present e a t r av és de los f ormulari os menci onados en el pri mer párraf o del present e art ículo, con las excepci ones ref eri das, no será consi derada como part e i nt egrant e de la Of ert a y consecuent ement e carecerá de v alor j urídi co. PLIEG-2016-27621925- -DGMYT página 11 de 30 N° 5034 - 27/12/2016 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 118 Toda la i nf ormaci ón y document os que se acompañe n, y que sean requeri dos en est e Pli ego deberán est ar f i rmados en t odas sus f oj as por persona(s), con capaci dad suf i ci ent e par a obli gar al of erent e y ser red act ados e n i di oma cast el l ano, a excepci ón de f ollet os i lust rat i v os, que podrán present arse en su i di oma ori gi nal. En el sup uest o de que la doc ument aci ón q ue acredi t a l a perso nería j urídi ca del of erent e o cualqui er ot ro i nst r ume nt o legal rel aci onado con la pre sent e co nt r at aci ón no est uv i era redact ado en i dioma cast el lano, deberá ser acompañado por una t rad ucci ón debi dament e legali zada por el Colegi o de Traduct ores Púb li cos de del Ci udad de Buenos Ai res. Art. 15º . - MANTENIMIENTO DE LA OFERTA. Los of erent es se obli gan a mant ener y gar ant i zar los t ér mi nos de su of ert a por un período de t rei nt a (30) días hábi les cont ados a part i r de la f echa del Act o de Apert ura de Of ert as. Si el of erent e no mani f est ar a su v olunt ad de no renov ar la garant ía de mant eni mi ent o de of ert a con una ant elaci ón míni m a de di ez (10) días hábi les ant eri ores al v enci mi ent o del plazo, se procederá según lo est ablece el Ar t . 19 del Decret o N° 1145/ GCABA/ 09. Art. 16° . - CONTENIDO DE LA OFERTA. Para la present aci ón de las propuest as, los of erent es deberán present ar: 1) Cart a de present aci ón f i rmada por el of erent e o su represent ant e donde mani f i est e expresament e su deci si ón de part i ci par en e l prese nt e ll amado y l a acept aci ón de t odas las cláusulas de los Pli egos de Bases y Condi ci ones. 2) Const anci a de i nscri pci ón en el Regi st ro Úni co y Permane nt e de Prov eedores del Gobi erno de la Ci udad Aut ónom a de Buenos Ai res o const anci a de i ni ci o de t rámi t e de i nscri pci ón (Art . 5 del Pli ego de Bases y Condi ci ones Generales). PLIEG-2016-27621925- -DGMYT página 12 de 30 N° 5034 - 27/12/2016 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 119 GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES “2 0 1 6 -Añ o d e l Bi ce n te n a ri o d e l a D e cl a ra ci ó n d e In d e p e n d e n ci a d e l a R e p ú b l i ca Arg e n ti n a ” Es condi ci ón para la adj udi caci ón que el of erent e se enc uent re i nscri pt o en el Regi st ro Úni co y Permanent e de Prov eedores (RIUPP) del Gobierno de la Ci udad Aut ónoma. En caso que el Of erent e se encuent re i nscri pt o en el RIUPP, la docume nt aci ón e i nf ormaci ón cont eni da en el Regi st ro Úni co y Permanent e de Prov eedores del Gobierno de la Ci udad Aut ónom a de Buenos Ai res deberá est ar debi dament e act uali zada a la f echa de present aci ón de la of ert a. Para el sup uest o de of erent es con t rámi t e de soli ci t ud de i nscri pci ón en el RIUPP, deberán present ar, además copi a cert i f i cada del Cont rat o Soci al o Est at ut os Soci ales y Act a de Asamble a y/ o Di rect orio de la cual surj a l a act ual di st ri buci ón de cargos di rect i v os o aut ori dades de la soci edad, y Cert i f i cado de Deudores Ali ment ari os Morosos. 3) Inst r ume nt os co nst i t ut i v os de la soci edad, est at ut os, act as de asamblea, modi f i caciones, desi gnaci ón de aut ori dades, t odo ot ro document o soci et ari o debi dament e i nscri pt o, que acredi t e el cumpli mi ent o de los requi si t os previ st os en los Pli egos y la represent aci ón del of erent e, j unt o con la const anci a de su i nscri pci ón en l a Inspecci ón General de Just i ci a o Regi st ro Públi co correspondi ent e. En el caso de t rat ar se de una UT deberá acompañar se un compromi so de const i t uci ón de l a Uni ón Tr ansi t ori a debi dament e cer t i f i cado, suscri pt o por sus respect i vos represent ant es legales, medi ant e el que mani f i est en la v olunt ad de reuni rse baj o la modali dad de una UT par a la ej ecuci ón de l obj et o del prese nt e procedi mi ent o, plasmando en el mi smo los dat os correspondi ent e s, que luego deberá cont e ner el ef ect iv o cont rat o de const i t uci ón, conf orme lo est ab leci do en el Art ículo 14° de l present e Pli ego de Cláusul as Par t i culare s. Di cho compromi so deberá i neludi bleme nt e expresar l a cant i dad y nat ur aleza de los aport es que cada i nt egrant e compromet a en l a ment ada UT. 4) Cot i zaci ón de la Of ert a, en los t érmi nos señalados en el present e Pli ego. PLIEG-2016-27621925- -DGMYT página 13 de 30 N° 5034 - 27/12/2016 5) Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 120 Deberán acompañarse los docume nt os de los cuáles result e( n) la( s) persona(s) que represent ará( n) al of erent e en el present e l lamado, con f acul t ades par a obli garlo, reali zar t odos los act os y fi rmar los document os que sean necesari os. Para el caso de las UT, t odas y cada una de las soci edades que lo const i t uye n deberán ot orgar poder en legal f orma, a f av or del represent ant e común a t odas ellas. 6) Declaraci ón Jurada de Apt i t ud p ara co nt r at ar, conf orme al Anexo I de l Pli ego Úni co de Bases y Condi ci ones Generales. 7) Declaraci ón J urad a de no t e ner demanda, arbi t raj e u ot ro t i po de li t i gi o pendi ent e que i nvolucre o pueda t ener i mpact o sobre más del ci ncuent a por ci ent o (50%) del act i v o t ot al de la empresa. 8) Declaraci ón Jur ada de que par a cualq ui er si t uaci ón j udi ci al que se susci t e, el of erent e acept a la compet enci a de los Juzgados en lo Cont enci oso Admi ni st rat i v o y Tri but ari o de la Ci ud ad Aut ónom a de Buenos Ai res, renunci ando a cualqui er ot ro f uero, j uri sdi cci ón o compet enci a. 9) Declaraci ón J urad a de Domi ci li o en el ej i do de la Ci udad Aut ónom a de Buenos Ai res. 10) Declaraci ón Jurada de q ue cump le con t odas l as exi genci as e st ab leci das en los Pli egos de Bases y Condi ci ones. En el sup uest o de que la doc ument aci ón q ue acredi t a la per sonería j urídi ca del Of erent e o cualqui er ot ro i nst r ume nt o legal rel aci onado con la pre sent e co nt r at aci ón no est uv i era redact ada en i di oma cast el lano, deberá ser acompañado por una t rad ucci ón debi dament e legali zada. No serán dese st i madas Of ert as que a cri t eri o del GCBA cont engan errores de f orma que result aren subsanables. PLIEG-2016-27621925- -DGMYT página 14 de 30 N° 5034 - 27/12/2016 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 121 GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES “2 0 1 6 -Añ o d e l Bi ce n te n a ri o d e l a D e cl a ra ci ó n d e In d e p e n d e n ci a d e l a R e p ú b l i ca Arg e n ti n a ” Art. 17° . - FORMA DE COTIZAR. Solo se admi t i rán of ert as correspondi ent es a la t ot ali dad del serv i ci o cont rat ado, y de acuerdo a l as c ant i dades y cali dad requeri da. Deberá cot i zarse el renglón e n su t ot ali dad, no se acept arán cot i zaci ones parci ales ni por part e del Renglón. Se consi dera que el OFERENTE, ant es de present ar su OFERTA, ha t eni do en cuent a t odo lo necesari o para la plena y cabal ej ecuci ón del cont r at o, i nc luye ndo en los preci os t odos los cost os re lat i v os a los serv i ci os a sumi ni st rar y el t ransport e hast a el lugar de ej ecuci ón. El of erent e deberá present ar j unt o con la of ert a la est ruc t ura real de cost os que respald a cada rengló n del preci o of ert ado. De ella debe surgi r el det alle de los cost os di rect os e i ndi rect os que la compone n, la i nci denci a i mposi t i v a y la ut i li dad p rev i st a. Tambi én se deberá i ndi car el preci o de referenci a asoci ado a cada uno de los concept os que componen la est ruct ura real de cost os. Los preci os de referenci a a ut i li zar ser án los i nf orm ados por el Inst i t ut o Naci onal de Est adíst i ca y Censos, l a Di recci ón de Est adíst i ca dependi ent e de la Ad mi ni st raci ón Gubernament al de Ingresos Púb li cos del GCABA o el organi smo q ue l a reempl ace, o por ot ros organi smos públi cos especi ali zados, aprobados por el comi t ent e. El OFERENTE deberá presentar su OFERTA en moneda nacional Pesos. Art. 18° . - CONOCIMIENTO DE LAS CONDICIONES. La so la prese nt aci ón de l a Of ert a, i mport a de par t e del Of erent e, el p leno conoci mi ent o del ámbi t o en el que se prest ará el Serv i ci o, las condi ci ones, f act ores ext ernos, caract eríst i cas propi as y gener ale s de su desarro llo, acept ando t odas las c láusulas de los Pli egos, por lo que no podrá co n post eri ori dad i nv ocar en su f av or, para j ust i f i car los errores en que p udi era haber i nc urri do al f orm ular l a Of ert a, d uda o desconoci mi ent o de las cl áusul as y di sposi ci ones legales ap li cab les o de las co ndi ci ones t écni cas y f áct i cas del Serv i ci o. PLIEG-2016-27621925- -DGMYT página 15 de 30 N° 5034 - 27/12/2016 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 122 Asi mi smo el Of erent e se hace responsab le de maner a excl usi v a por la obt enci ón de la i nf ormaci ón y de la reali zaci ón de los est udi os de campo necesari os para la el aboraci ón de su Of ert a. Art. 19° . - FALSEAMIENTO DE DATOS. El f alseami ent o de dat os dará lugar a la i nmedi at a exclusi ón del of erent e. Si la f alsedad f uere adv ert i da con post eriori dad a la cont rat aci ón, será causal de resci si ón por culpa del cont rat i st a, si n perj ui ci o de las demás responsabi li dades que pudi eren corresponder. Art. 20° . - CONSULTAS, ACLARACIONES Y CIRCULARES. Los adqui rent es de los Pli egos podrán f ormul ar, por escri t o, consult as y/ o aclar aci ones sobre el cont eni do de los Pli egos de Bases y Condi ciones, las que se reali zarán medi ant e BAC hast a cuare nt a y ocho (48) horas prev i as a la f echa est ableci da para l a apert ur a de of ert as, en un t odo de acuerdo a lo di spue st o en el Art ículo 9 del Pli ego Úni co de Bases y Condi ci ones Generales. Art. 21° . - VICIOS EXCLUYENTES. CAUSALES DE RECHAZO DE LA OFERTA. Será exclui da t oda of ert a que adolezca de uno o más de los si gui ent es v i ci os: a) Que se present e f i rmada por persona( s), si n capaci dad suf i ci ent e para obli gar al of erent e. b) Que cont enga correcci ones, rasp aduras, enmi end as o agregados q ue no est én debi dament e salv ados y f i rmados por la mi sma persona que f i rmó la of ert a. c) Que cont enga condi ci onami ent os. El Gobi erno de la Ci udad de Buenos Ai res se reserv a el derecho de rechazar cualqui er of ert a que no se aj ust e sust anci alment e a las condi ci ones de la present e cont rat aci ón. PLIEG-2016-27621925- -DGMYT página 16 de 30 N° 5034 - 27/12/2016 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 123 GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES “2 0 1 6 -Añ o d e l Bi ce n te n a ri o d e l a D e cl a ra ci ó n d e In d e p e n d e n ci a d e l a R e p ú b l i ca Arg e n ti n a ” Art. 22° . - IMPUGNACIÓN AL PLIEGO. La i mpugnaci ón al Pli ego deberá ser acompañada con una gar ant ía equi v alent e al t res por ci ent o (3%) del mont o t ot al est i mado de la cont rat aci ón. La i mpugnaci ón al Pli ego será t r ami t ad a conf orme lo est ab lece el Ar t . 20º i nci so a) y el Art . 21° párraf o 4° , 5° y 6° del Pli ego Úni co de Bases y Condi ci ones Generales. Art. 23° . - VISTA DE LAS PRESENTACIONES. El derecho de vi st as con relaci ón a l as copi as present ad as en est a cont rat aci ón se regi rá por lo est ableci do en la Ley de Procedi mi ent os Admi ni st r at i v os de la Ci udad de Bue nos Ai res. Art. 24° . - APERTURA DE LAS OFERTAS. El act o de apert ura de of ert as se ef ect uará a t rav és de BAC. Las of ert as serán li beradas el día y hora est ab leci dos en el re spect i v o llamado a Cont rat aci ón Di rect a, f ormulándose elect róni came nt e el Act a per t i nent e para co noci mi ent o de los part i ci pant es y f unci onari os desi gnados (Art . Nº 20 del Anexo I del Decret o Nº 1145/ GCABA/ 09 y Art . Nº 8 del Anexo I de la Resoluci ón Nº 1160/ MHGC/ 2011). El si st em a asegura cer t eza en la hora y f echa de l a apert ura y per mi t e a los Of erent es acceder al rest o de las of ert as prese nt adas, las q ue podrán ser observ adas por los mi smos dent ro de las v ei nt i cuat ro (24) horas si gui ent e s a l a apert ur a en l a Gerenci a Operat i v a de Compras y Cont rat aci ones, si t a en Av da. Mart ín García Nº 346 Pi so 3º – Ci udad Aut ónoma de Buenos Ai res. Las ev ent uale s observ aci ones reali zadas por los of erent es no ge nerar án obli gaci ones de ni ngún t i po al Gobi erno de la Ci udad de Bue nos Ai res, así como ni ngún derecho a los of erent es que las reali zaran. PLIEG-2016-27621925- -DGMYT página 17 de 30 N° 5034 - 27/12/2016 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 124 Art. 25° . - INFORMACIÓN COMPLEMENTARIA. Para l a ev aluaci ón de las of ert as, l a Gerenci a Operat i v a de Compras y Cont rat aci ones de est e Mi ni st eri o, podrá requeri r de los of erent es, la i nf ormaci ón compleme nt ari a que est i me necesari a si n q ue ello af ect e el derecho de i guald ad ent re el los, ni al t ere los t érmi nos de las of ert as present adas. Art. 26° . - RECHAZO. El Gobi erno de la Ci udad Aut ó noma de Buenos Ai res, se reserv a el derecho de rev ocar el ll am ado o de rechazar la t ot ali dad de las of ert as prese nt adas con ant eri ori dad al perf ecci onami ent o del cont rat o, si n que di cha deci si ón ot orgue derecho alguno a los of erent es para f ormular y/ o ef ect uar reclamo alguno. Art. 27° . - CONTRATACION DIRECTA FRACASADA. En caso de que los of erent es no re únan l as condi ci ones y requi si t os míni mos que re sult e n i ndi spensables p ara ser Adj udi cat ari os, la Cont r at aci ón será decl ar ada f rac asada, si n que ello de derecho a reclamaci ón alguna por part e de los of erent es. Art. 28° . - ADJUDICACIÓN. El act o q ue di sponga l a adj udi caci ón ser á not i f i cado act o a t odos los of erent es f ehaci ent ement e a t r av és de BAC, pub li cándolo, asi mi smo, en el Bolet ín Of i ci al de l a Ci udad Aut ónoma de Bue nos Ai res, e n l a pági na Web del Gobi erno de la Ci udad y en e l port al w ww. buenosai rescompras. gob. ar. Los rec ursos cont r a la adj udi caci ón, t r ami t arán por expedi ent e separado f ormado por las copi as pert i nent e s, si n i nt er rumpi r l a ul t eri or t rami t aci ón del expedi ent e pri nci pal, de conf ormi dad con lo prescri pt o por el Decret o de Necesi dad y Urgenci a Nº 1510/ GCABA/ 97 aprobado por Resoluci ón Nº 41/ LCABA/ 98. La aut ori dad compet ent e resolv erá los recursos admi ni st rat i v os prev io di ct amen de la PLIEG-2016-27621925- -DGMYT página 18 de 30 N° 5034 - 27/12/2016 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 125 GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES “2 0 1 6 -Añ o d e l Bi ce n te n a ri o d e l a D e cl a ra ci ó n d e In d e p e n d e n ci a d e l a R e p ú b l i ca Arg e n ti n a ” Procuraci ón General de la Ci udad de Buenos Ai res. Art. 29º . - COTEJO DE LA INFORMACIÓN. La Aut ori dad de Ap li caci ón podrá requeri r al cont rat i st a e n c ualqui er mome nt o de las et apas de l a ej ecuci ón del cont r at o, el acceso a sus li bros de cont abi li dad y doc ument os cada v ez que lo consi dere necesari o. A t ales ef ect os, el personal de l a aut ori dad de apli caci ón podrá v i si t ar, i nspecci onar y audi t ar las of i ci nas, depósi t os, equi pos, et c. , del cont rat i st a. Art. 30° . - CESIÓN / TRANSFERENCIA. El cont r at o no podrá ser t r ansf eri do o cedi do por el adj udi cat ari o a t erceros si n prev i a aut ori zaci ón expresa del GCABA, previ o di ct amen de la Proc uraci ón Gener al de l a Ci udad. En caso de que e l lo sucedi era si n l a me nci onada aut ori zaci ón, podrá darse por resci ndi do el cont rat o por causa at ri bui ble al adj udi cat ari o. En t odos los c asos e l adj udi cat ari o cedent e cont i nuara obli gado soli dari ame nt e con e l cesi onari o por las obli gaci ones y responsabi li dades emergent es del cont r at o. La t ransf ere nci a aut ori zada de l cont rat o deberá ser p ub li cada e n el bolet ín Of i ci al de l a Ci udad de Buenos Ai res y exhi bi da en los mi smos medi os y plazos que la adj udi caci ón. DEL CONTRATO. Art. 31° . - DE LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO. En la ej ecuci ón del cont rat o, el cont rat i st a deberá aj ust arse est ri ct ament e a los t érmi nos y condi ci ones que se est ab lezcan e n el prese nt e Pli ego y a las i nst r ucci ones que i mpart a el Mi ni st eri o de Ambi ent e y Espaci o Públi co del Cont rat o, obli gándose -ent re ot ras acci ones- a: PLIEG-2016-27621925- -DGMYT página 19 de 30 N° 5034 - 27/12/2016 a) Ut i li zar Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires t odos los medi os compromet i dos, pudi endo i ncorporar, N° 126 prev i a aprobaci ón de Mi ni st eri o de Ambi ent e y Espaci o Públi co, los medi os, si st emas, y mét odos que aconsej e l a ev oluci ón t ecnológi ca y/ o carac t eríst i cas operat i v as, y que cont ri buyan a mej orar la cali dad del serv i ci o. b) Observ ar las di sposi ci ones legales re lat i v as a la Hi gi ene y Seguri dad en el Trabaj o y las di sposi ci ones de caráct er laboral y prev i si onal. c) Responder e n f orma excl usi v a, por cualq ui er daño que p udi ere ocasi onarse con mot i v o o por una f alenci a de la prest aci ón cont rat ada. Art. 32° . - REGIMEN DE RESPONSABILIDAD CON TERCEROS y PERSONAL. Todo el personal o t erceros af ect ados por el cont rat i st a de la cont rat aci ón al cump li mi ent o de l as ob li gaci ones y/ o re laci ones j urídi co cont rac t uale s carecerán de relaci ón alguna con el GCABA. Est arán a excl usi v o cargo del cont rat i st a los sal ari os, seguros, leyes y cargas soci ales y previ si onales y c ualq ui er ot ra erogaci ón, si n excepci ón, v i nculados co n la ej ecuci ón cont rac t ual; q uedando expresament e li berado el GCABA por t ales concept os, y si n que se conf i gure soli dari dad alguna ent re ambos. Queda debi dament e ac larado y ent e ndi do que el GCABA no asumi rá responsabi li dad alguna y quedará desli gado respect o de t odo conf li ct o o li t i gio que ev ent ualme nt e se gener ase por cuest i ones de índole laboral ent re el cont rat i st a y el perso nal que ést e ocupare a los f i nes de cumpli r con sus obli gaci ones cont rac t uale s y que, en consecuenci a, pudi era i mpli car l a i nt erv enci ón del gremi o que los nuclea y / o de aquel los organi smos e st at ales vi nculados con el cont ralor de t ransgresi ones a normas est ab leci das para el orden laboral, o del cump li mi ent o de conv eni os colect ivos de t rabaj o en v i genci a. Igual cri t eri o se hace ext ensi v o a las obli gaci ones prev i si onales e i mposi t i v as que recai gan sobre el cont rat i st a. Asi mi smo, el GCABA no asumi rá responsabi li dad alguna por reclamos de t erceros con los PLIEG-2016-27621925- -DGMYT página 20 de 30 N° 5034 - 27/12/2016 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 127 GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES “2 0 1 6 -Añ o d e l Bi ce n te n a ri o d e l a D e cl a ra ci ó n d e In d e p e n d e n ci a d e l a R e p ú b l i ca Arg e n ti n a ” que el cont rat i st a hubi ere cont rat ado a los f i nes de cumpli r con las obli gaci ones emergent es del present e Pli ego y del Cont rat o en general. Art. 33° . - DAÑOS A TERCEROS. El cont r at i st a i mpleme nt ará e n la re ali zaci ón de l as act i v i dades que comprendan e l obj et o de la co nt r at aci ón, t odas las medi das de seguri dad q ue sean necesari as p ara dar cump li mi ent o a la legi sl aci ón v i gent e en la m at eri a, par a ev i t ar daños a per sonas o cosas y si ellos se produj eran, será responsable por el resarci mi ent o de los perj ui ci os. Las comuni caci ones que se ref i eran a medi das de seguri dad, deberán ser c umpli das i nexcusableme nt e de acuerdo con las i ndi caci ones i mpart i das por el GCABA y dent ro del plazo que ést e i ndi que. Art. 34° . - PENALIDADES. El i nc umpli mi ent o por part e de adj udi cat ari o de las obli gaci ones emergent e s de l a relaci ón cont rac t ual o de los índi ces prev i st os en el pli ego y l as norm as que f i j an los requi si t os y modali dades de la prest aci ón del serv i cio f acult ará al GCABA a l a apli caci ón de las penali dades y/ o sanci ones, dur ant e t odo el plazo cont ract ual, aun cuando el cont rat o se encont rar á resci ndi do y/ o ej ecut ado en su t ot ali dad al t i empo en que se f ormali ce el correspo ndi ent e ac t o admi ni st rat i v o, la apli caci ón de la pe nali dad y/ o sanci ón. Falt as Grav es: Se graduar án e n porcent aj es sobre l a f act uraci ón t ot al del mes ant eri or al peri odo en que se det ect a la si t uaci ón que corresponda a la f alt a o en caso de t rat arse del i ncump li mi ent o de un ít em, sobre la f act ur aci ón del serv i ci o correspondi ent e al mi smo. Se apli cará est a graduaci ón cuando se v eri f i quen las si gui ent es si t uaci ones: 1) Por ej ecuci ón de un modelo no exclusi v o, o bi en por plagi o de algún ot ro di seño. PLIEG-2016-27621925- -DGMYT página 21 de 30 N° 5034 - 27/12/2016 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 128 2) Falt a de const i t uci ón o renov aci ón de los seguros exi gi dos. Falt as lev es: Se graduar an e n porcent aj es sobre l a f act uraci ón t ot al del mes ant eri or al peri odo en que se det ect a la si t uaci ón que corresponda a la f alt a o en caso de t rat arse del i ncump li mi ent o de un ít em, sobre la f act ur aci ón del serv i ci o correspondi ent e al mi smo. Se graduarán de ac uerdo a l a gr av edad en una escala de sde 0, 01% a 1, 5% y se apli car a est a graduaci ón cuando se v eri f i quen las si gui ent es si t uaci ones: 1. Incumpli mi ent o de orden de prov i si ón por cada hecho t ot al o parci al. 2. Incumpli mi ent o de los plazos est i pulados en las et apas est ableci das en el PET. 3. Por cada def i ci enci a det ect ada en cont roles durant e la prov i si ón. 4. Ut i li zaci ón de equi pami ent o y/ o mat eri ales no aprobados por el GCABA. 5. Incumpli mi ent o de las condi ci ones de seguri dad míni mas requeri das. 6. Toda t rasgresi ón a l as condi ci ones est ab leci das en e l prese nt e pli ego, para la prest aci ón de los serv i ci os, que no se encuent re precedent ement e enumerada. No se i mpondrán pe nali dades, sanci ones y/ o m ult as y/ o comput o de def i ci enci as est ab leci das en el PCP, en caso f ort ui t o o de f uerza mayor, debi dament e acredi t ados y denunci ados por el adj udi cat ari o dent ro de las 72 horas de ocur ri do el o los hechos respect i vos. Quedan i nc lui dos en est os concept os cat ást rof es de la nat uraleza, act os de sabot aj e o t errori smo, act os de prot est a i legales o de grav edad i nst i t uci onal, hechos de t erceros i mprev i si bles e i nevi t ables, h uelgas o medi das de f uerza generales. Quedan expresament e exclui das de est a enumeraci ón l as hue lgas o medi das de f uerza si ndi cales o laborales q ue sean consecue nci a de i ncump li mi ent os de los cont r at i st as de sus obli gaci ones laborales soci ales o previ si onales, como t ambi én los hechos produci dos por su culpa o negli genci a. PLIEG-2016-27621925- -DGMYT página 22 de 30 N° 5034 - 27/12/2016 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 129 GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES “2 0 1 6 -Añ o d e l Bi ce n te n a ri o d e l a D e cl a ra ci ó n d e In d e p e n d e n ci a d e l a R e p ú b l i ca Arg e n ti n a ” Art. 35° . - DE LAS OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA. Son obli gaci ones del cont rat i st a: a. Ej ecut ar las obli gaci ones cont r aídas por el present e cont rat o con el debi do cui dado y di li genci a. b. Cumpli r con lo est ableci do dent ro de los plazos paut ados en el PET. c. Respet ar l as locaci ones est ableci das y aprobadas por la aut ori dad de apli caci ón. d. Ut i li zar los mat eri ales propue st os en e l PET o, en caso de no poder cumpli r con est o, soli ci t ar aut ori zaci ón a la aut ori dad de apli caci ón para la ej ecuci ón de los serv i ci os con mat eri ales de cali dad si mi lar. e. Ej ecut ar l as t areas det al ladas respet ando el c aráct er exc lusi v o del di seño selecci onado y aprobado por GCABA. f. Respet ar y acat ar la Legi slaci ón y la Normat i v a v i gent e en el GCABA. g. Cumpli r e n t i empo y f orma con lo prev i st o en el Pli ego de Bases y Condi ci ones Generales, en el present e Pli ego de Cláusulas Part i culares. Art. 36° . - DE LAS OBLIGACIONES DEL GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES. Son obli gaci ones del Gobi erno de la Ci udad de Buenos Ai res durant e l a ej ecuci ón del cont rat o: a. Pagar e n t i empo y f orma las ob li gaci ones a su cargo, y que surj an exclusi v ament e del cont rat o. b. Desi gnar expresame nt e al área de l Gobi erno de la Ci ud ad de Bue nos Ai res que of i ci ará de recept ora de las i nf ormaci ones proporci onadas por el cont rat i st a. c. Fi scali zar el f i el cumpli mi ent o del cont rat o medi ant e el cont rol e i nspecci ón responsable de las ac t i v i dades desplegadas por el cont rat i st a par a la prest aci ón del serv i ci o obj et o de la present e cont rat aci ón. PLIEG-2016-27621925- -DGMYT página 23 de 30 N° 5034 - 27/12/2016 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 130 Art. 37° . - CAUSALES DE EXTINCIÓN DEL CONTRATO. La relaci ón cont ract ual quedará ext i ngui da por: - Expi raci ón del t érmi no del cont rat o y/ u orden de compra. - Mut uo acuerdo. - Qui ebra del cont rat i st a, o concur so prev ent iv o salv o aut ori zaci ón j udi ci al en cont rari o. - Resci si ón del co nt r at o por i nc ump li mi ent o del cont rat i st a según lo est ableci do en el prese nt e Pli ego y lo prescri pt o en l a Ley Nº 2095 (t ext o conso li dado por Ley N° 5454). Conf orme lo previ st o en el art . 9 i nc. a) de la Ley 2095 t ext o consoli dado por Ley N° 5454. - Art. 38° . - FORMA DE PAGO. El pago será ef ect uado e n un t odo de acuerdo a las di sposi ci ones cont e ni das e n los Art ículos 26° , 27° , 28° , 29° , 30° y 31° de l Pli ego Úni co de Bases y Condi ci ones Generales. Art. 39° . - SEGUROS. a) Generalidades El Adj udi cat ari o deberá cont rat ar los seguros que se det al lan en el present e art ículo y acredi t ar la const i t uci ón de los mi smos y su v i genci a dur ant e t odo el peri odo cont rac t ual, medi ant e la present aci ón de copi as de sus respect i v as póli zas y comprobant es de pago de l premi o, except o para el sup uest o de la cobert ura de d año ambi ent al, la c ual se ac redi t ará medi ant e prese nt aci ón del ori gi nal e n l a Di recci ón General de Seguros conf orme la Resoluci ón Nº 2780/ MHGC/ 10. PLIEG-2016-27621925- -DGMYT página 24 de 30 N° 5034 - 27/12/2016 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 131 GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES “2 0 1 6 -Añ o d e l Bi ce n te n a ri o d e l a D e cl a ra ci ó n d e In d e p e n d e n ci a d e l a R e p ú b l i ca Arg e n ti n a ” Asi mi smo es de señalar que, deberán acredi t arse l as cobert ur as, como míni mo una v ez por año o cada v ez que modi f i que y/ o cambi e de compañía asegur adora, si empre con previ a aut ori zaci ón del GCABA, o cada v ez que el GCABA lo soli ci t e, se prese nt arán copi as de las póli zas y de sus comprobant es de pago del premi o. La cont r at aci ón de los seguros q ue aq uí se ref i ere es i ndependi ent e de aque l los ot ros que le sean legal ment e exi gi bles al Adj udi cat ari o por su act i v i dad a f i n de bri ndar cobert ura a los posi bles daños q ue af ect en a t erceros, como consecuenci a de ot ras cuest i ones at i nent es a su act i v i dad. El Adj udi cat ari o deberá mant ener act uali zadas t odas las póli zas de los seguros exi gi dos con ant el aci ón no menor a cuarent a y ocho (48) horas a q ue opere la f echa de v enci mient o de las mi smas, que deberán t e ner v i genci a hast a la ef ect i v a fi nali zaci ón de los t rab aj os encomendados conf orme el cont rat o y/ o cont rat os celebrados, i ncl ui das las posi bles prórrogas. Si durant e l a prest aci ón de l a ej ecuci ón cont r act ual se prod uj era el v enci mi ent o de las póli zas, el Adj udi cat ari o est ará ob li gado a const i t ui r nuev os seguros hast a l a f i nali zaci ón ef ect iv a de la re laci ón co nt r act ual, con una ant e laci ón no me nos de c uare nt a y ocho (48) horas a q ue opere la f echa de v enci mi ent o de las mi sm as. La no act uali zaci ón de las póli zas dará l ugar a las sanci ones que por e llo correspo ndan, de ac uerdo a las conv enci ones cont ract uales. El adj udi cat ari o será el úni co responsab le de los perj ui ci os que ocasi onare l a i nobserv anci a de los seguros exi gi dos en el present e Pli ego, en las f ormas y con la vi genci a est i pulada, q uedando el GCABA exent o de t oda responsabi li dad respect o de cualqui er si ni est ro que se produj era en est e caso Queda ent endi do que, si n perj ui ci o de su respo nsabi li dad general por los si ni est ros q ue pudi eran ocurri r dur ant e los t rabaj os co nt r at ados, e l Cont rat i st a asume el i mport e de las f ranqui ci as obli gat ori as i mpuest as por las Compañías Aseguradoras. PLIEG-2016-27621925- -DGMYT página 25 de 30 N° 5034 - 27/12/2016 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 132 Quedará a cri t eri o del GCABA co nf orme los t rab aj os a ef ect uar obj et o de la prese nt e cont rat aci ón la i nc l usi ón/ i ncorporaci ón/ excl usi ón de c láusulas de cobert ura, medi da de la prest aci ón y modi f i caci ón de sumas asegurad as, d urant e la v i genci a de las póli zas cont rat adas por el adj udi cat ari o. b) De las compañías aseguradoras. Las cobert uras de seguros correspondi ent es a los ramos Responsabi li dad Ci v i l, Acci dent es Personales y Seguro Técni co deberán ser cont rat adas en una empresa asegur adora habi li t ada por la Superi nt ende nci a de Seguros de la Naci ón, que al menos cuent e con un Pat ri moni o Net o superi or a los $ 500. 000. 000 (pesos qui ni e nt os mi l lone s), de acuerdo al úl t i mo balance anual present ado ant e l a ci t ada Superi nt ende nci a y publi cado por la mi sma. Deberán t ambi én acredi t ar una c ali f i caci ón est ableci da por una cali f i cadora de Ri esgo aut ori zada a operar en la Repúbli ca Argent i na. Lo ant edi cho y enumerado no ser á requeri do en lo s supue st os de cobert ur as del ramo Ri esgos del Tr abaj o, Daño Ambi ent al de Inci denci a Colect i v a y/ ó Cauci ón (Gar ant ías de cumpli mi ent o). c) De los seguros en particular. 1) Laborales: Los exi gidos por las leyes laborales v i gent es para prot eger al personal en relaci ón de dependenci a, medi ant e seguro suscri pt o con una Asegur adora de Ri esgo del Trabaj o (ART) aut ori zada p ara b ri ndar ese t i po de cobert ura, i ncl uyendo específ i cament e las cont i ngenci as deriv adas de los acci dent es de t rabaj o, de muert e, i nv ali dez t ot al o parci al . PLIEG-2016-27621925- -DGMYT página 26 de 30 N° 5034 - 27/12/2016 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 133 GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES “2 0 1 6 -Añ o d e l Bi ce n te n a ri o d e l a D e cl a ra ci ó n d e In d e p e n d e n ci a d e l a R e p ú b l i ca Arg e n ti n a ” Todo el personal o t erceros af ect ados por el Adj udi cat ari o de la cont rat aci ón al cump li mi ent o de las obli gaci ones y/ o rel aci ones j urídi co cont ract uales carecerán de relaci ón alguna con el Gobi erno de la Ci udad de Aut ónoma de Buenos Ai res. Est arán a excl usi v o cargo del adj udi cat ari o los sal ari os, seguros, leyes y cargas soci ales y previ si onales y cualqui er ot ra erogaci ón si n excepción, v i nculados con l a ej ecuci ón cont rac t ual, quedando expresament e li berados el GCABA por t ales concept os , y si n que se conf i gure soli dari dad alguna ent re ambos. Queda debi dament e ent endi do que el Gobierno no asumi r á responsabi li dad alguna y est ar á desli gado de t odo conf li ct o o li t i gio que ev ent ualment e se generare por cuest i ones de índole laboral ant e e l Adj udi cat ari o y el perso nal q ue ést e oc upare a los f i nes de cump li r con sus ob li gaci ones cont ract uales y que, e n consec uenci a, p udi era i mpli car l a i nt erv enci ón del gremi o que los nuc lea y/ o de aquel los organi smos est at ales vi nculados con el cont ralor de t ransgre si ones a nor mas est ab leci das par a el orden laboral, o del cump li mi ent o de conv eni os colect ivos de t rabaj o en vi genci a. Igual cri t eri o se hace ext ensi v o a la obli gaci ones previ si onales e i mposi t i v as que recai gan sobre el adj udi cat ari o. Asi mi smo, el GCABA no asumi rá responsabi li dad alguna por reclamos de t erceros con los que el Adj udi cat ari o hubi ere cont rat ado a los f i nes de cump li r con las obli gaci ones emergent es del present e Pli ego, del Pli ego de Especi f i caci ones Técni cas, y del Cont rat o. Seguro de Riesgos del Trabaj o En el supue st o de la cobert ura de ri esgos de t rabaj o, para t rabaj adores en relaci ón de dependenci a: - Se deberá acompañar j unt o con la póli za, cert i f i cados de cobert ura de los t rabaj adores, en los cuales se det alle el si gui ent e t ext o: PLIEG-2016-27621925- -DGMYT página 27 de 30 N° 5034 - 27/12/2016 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 134 “ Por l a pr esent e, l a A. R. T, r enunci a en f or ma expr esa a r ecl amar o i ni ci ar t oda acci ón de repet i ción o de regr eso cont r a el Gobi er no de l a Ci udad de Aut ónoma de Buenos Ai r es, sus f unci onar i os y/ ó empl eados, sea con f undament o en el ar t . 39 ap. 5 de l a Ley 24. 557, o en cual qui er ot r a nor ma j ur ídi ca, con mot i vo de l as pr est aci ones en especi e o di ner ar i as que se vea obl i gada a abonar , cont r at ar u ot or gar al per sonal dependi ent e o ex dependient e del Adj udi cat ar i o/ Cont r at i st a, ampar ados por l a cober t ur a del cont r at o de af i l i aci ón N° XXXX, por acci ones del t r abaj o o enf er medades prof esi onal es, ocur r i dos o cont r aídas por el hecho o en ocasi ón de t r abaj o. ” 2) Seguro de Accidentes Personales En el sup uest o de la cobert ura de Seguro de Acci dent es Per sonales, p ara q ui enes prest an serv i ci os baj o las di st i nt as modali dades de cont rat aci ón y no rev i st an re laci ón de dependenci a: -Se deberá acompañar j unt o con la pó li za, cert i f i cados de cobert ura de lo s t rab aj adores, en los cuales se det alle el si gui ent e t ext o: “ Por l a pr esent e, l a “ Asegur ador a” , renunci a en f or ma expr esa a r ecl amar o i ni ci ar t oda acci ón de r epet i ci ón o de r egreso cont r a el Gobier no de l a Ci udad de Aut ónoma de Buenos Ai r es, sus f unci onar i os y/ ó empl eados, con mot i vo de l as pr est aci ones enespeci e o di ner ar i as que se vea obl i gada a abonar , cont r at ar u ot or gar a los pr est adores de ser vi ci os que haya cont r at ado el Adj udi cat ar i o/ Cont r at i st a, ampar ados por l a pól iza N° XXXX y por acci ones ocur r i das o cont r aídas por el hecho o en ocasi ón de t r abaj o . ” Las condi ci ones de cobert ura míni mas serán las si gui ent es: Seguro de Acci dent es Personales: La asegur adora se obli gar á a i ndemni zar a los asegurados, ant e el f alleci mi ent o acci dent al e i nv ali dez t ot al y / o parci al permanent e deri v ados de acci dent es acaeci dos, PLIEG-2016-27621925- -DGMYT página 28 de 30 N° 5034 - 27/12/2016 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 135 GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES “2 0 1 6 -Añ o d e l Bi ce n te n a ri o d e l a D e cl a ra ci ó n d e In d e p e n d e n ci a d e l a R e p ú b l i ca Arg e n ti n a ” como así t ambi én en co ncept o de las erogaci ones e n q ue se i ncurran por asi st e nci a médi ca y/ o f armacéut i ca según t opes i ndemni zat ori os det ermi nados en póli za. Alcance de las cobert uras: Jornada de serv i ci o i ncluyendo cobert ura i n-i t i nere. Sumas a Asegurar (Mont o Míni mo): • Muert e: Pesos Cuat roci ent os Mi l ($ 400. 000) • Inv ali dez Tot al y/ o parci al perm ane nt e por acci dent e: Pesos Cuat roci ent os Mi l ( $ 400. 000) • Asi st enci a Médi co Farmacéut i ca (AMF): Pesos Qui nce mi l ($ 15. 000) 3) Seguro de Responsabilidad Civil Comprensiva El adj udi cat ari o/ prest ador de serv i ci os debe asegurar, baj o póli za de responsabi li dad civ i l, los daños que como consecuenci a de t areas i nherent es a su ac t i v idad que puedan ocasi onar a personas, bi enes o cosas de propi edad del GCABA o de t erceros. Suma Asegurad a Míni ma: La mi sm a ser á por un mo nt o míni mo de $ 3. 000. 000 (Pesos Tres Mi llones) Se det all an de manera e nunci at i v a y no t axat i v a las cobert uras adi ci onales a i ncl ui rse de corresponder en cada caso: A) Responsabi li dad Civi l emergent e de escapes de gas, i ncendi o, rayo y / o explosi ón, descargas eléct ri cas. B) Daños por caída de obj et os, cart eles y/ o let reros C) Daños por hechos mali ci osos, t umult o popular. D) Grúas, Gui nches, aut o elev adores. E) Bi enes baj o cui dado, cust odi a y cont rol. F) Carga y descarga de bi enes f uera del local del asegurado. PLIEG-2016-27621925- -DGMYT página 29 de 30 N° 5034 - 27/12/2016 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 136 El cont rat o deberá cont ener un endoso en car áct er de co-asegur ado si n rest ri cci ón de ni nguna especi e o nat ur aleza a f av or del GCABA. Los empleados del GCABA deberán ser consi derados t erceros en póli za. 4) Seguro Técnico EQUIPAMIENTO/ MAQUINARIA (en caso de cor r esponder ) El adj udi cat ari o deberá cubri r sus m áqui nas y equi pos a part i r del moment o en que se encuent ra ef ect uando la obra obj et o de la present e cont rat aci ón. - Cobertura General: Cobert ura cont r a pérdi das y/ o daños mat eri ales ext ernos, si empre q ue t ales pérdi das y / o daño s se produzcan e n f orma acci dent al, súbi t a e i mprev i st a y que se haga necesari a una reparaci ón y/ o reposi ci ón. - Cobertura Básica: Daños t ot ales por Ince ndi o, Acci dent e, Robo y/ o Hurt o, a prorrat a hast a el v alor i ndi v i dual de cada equi po. - Cobertura Adicional: Responsabi li dad Ci vi l por lesi ones y/ o m uert e y daños mat eri ales a cosas de t erceros hast a el v alor del equi po, con un míni mo de pesos ci en mi l ($ 100. 000). La acredi t aci ón de la cont rat aci ón de los Seguros es condi ci ón i neludi ble par a el i ni ci o de la prest aci ón cont rat ada. Art. 40° . - AUTORIDAD DE APLICACIÓN. La Aut ori dad de Apli caci ón a cargo de los product os, serv i ci os y/ o prest aci ones obj et o de la prese nt e cont r at aci ón es l a Di recci ón General de Mant e ni mi ent o y Tal leres dependi ent e de la Subsecret aría de Uso del Espaci o Públi co del Mi ni st eri o de Ambi ent e y Espaci o Públi co. PLIEG-2016-27621925- -DGMYT página 30 de 30 N° 5034 - 27/12/2016 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 137 G O B I E R N O DE LA C I U D A D DE B U E N O S A I R E S 2016-Año del Bicentenario de la Declaración de Independencia de la República Argentina Hoja Adicional de Firmas Pliego Número: PLIEG-2016-27621925- -DGMYT Buenos Aires, Jueves 22 de Diciembre de 2016 Referencia: EX-2016-26118860-DGTALMAEP - PCP - Contratacion Directa por Especialidad Mural por una cabeza.- El documento fue importado por el sistema GEDO con un total de 30 pagina/s. Digitally signed by Comunicaciones Oficiales DN: cn=Comunicaciones Oficiales Date: 2016.12.22 18:38:31 -03'00' flores dario Director General D.G. MANTENIMIENTO Y TALLERES (SSUEP) Digitally signed by Comunicaciones Oficiales DN: cn=Comunicaciones Oficiales Date: 2016.12.22 18:38:32 -03'00' N° 5034 - 27/12/2016 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 138 GOBIERNO DE LA CIUDAD AUT ÓNOMA DE BUENOS AIRES “2 0 1 6-Añ o d el Bi centenario d e l a D ecla ra ci ó n d e In d e p e n d e n ci a d e l a R e p ú b l i ca Arg e n ti n a ” PLIEGO DE ESPECIFICACIONES TÉCNICAS CONTRATACIÓN DIRECTA POR ESPECIALIDAD – INTERVENCIÓN ARTÍSTICA BAJO PUENTE PLIEG-2016-27621756- -DGMYT página 1 de 4 N° 5034 - 27/12/2016 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 139 GOBIERNO DE LA CIUDAD AUT ÓNOMA DE BUENOS AIRES “2 0 1 6-Añ o d el Bi centenario d e l a D ecla ra ci ó n d e In d e p e n d e n ci a d e l a R e p ú b l i ca Arg e n ti n a ” INDICE GENERAL 1. – OBJETO DE LA CONTRATACIÓN 2. – DESCRIPCIÓN DE LA CONTRATACIÓN 3. – EJECUCIÓN DE LA TAREA 3. 1. – PROYECTO 3. 2. – REALIZACIÓN DE LA TAREA 3. 3. - PLAZO PLIEG-2016-27621756- -DGMYT página 2 de 4 N° 5034 - 27/12/2016 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 140 GOBIERNO DE LA CIUDAD AUT ÓNOMA DE BUENOS AIRES “2 0 1 6-Añ o d el Bi centenario d e l a D ecla ra ci ó n d e In d e p e n d e n ci a d e l a R e p ú b l i ca Arg e n ti n a ” 1 – OBJETO DE LA CONTRATACIÓN La present e cont rat aci ón t i ene como obj et o ef ect uar una “ Int erv enci ón art íst i ca baj o puent e” . Para ello, se cont rat ará a un dest acado art i st a para la reali zaci ón de murales en las cuat ro paredes que componen el baj o Puent e Dorrego, si t uado sobre la Av . Li bert ador ent re Av . Dorrego y Av . Int . Bullri ch y el baj o Puent e Bullri ch, ubi cado en la mi sma av eni da ent re Av . Int . Bullrli ch y Si nclai r. La superf i ci e a cubri r con murales asci ende a 840 met ros cuadrados. 2 – DESCRIPCIÓN DE LA CONTRATACIÓN La cont rat aci ón i nclui rá el di seño del mural, la prov i si ón de mat eri ales y herrami ent as para su ej ecuci ón y la part i ci paci ón del art i st a en act i v i dades de part i ci paci ón ci udadana durant e la ej ecuci ón de la t area y su post eri or i nauguraci ón. 3 – EJECUCIÓN DE LA TAREA 3. 1. - PROYECTO Ant es de i ni ci ar la ej ecuci ón del mural, el art i st a deberá present ar a la Di recci ón General de Mant eni mi ent o y Talleres el proyect o del mural, para su aprobaci ón. El proyect o t i ene su ej e en el t ema “ Por una cabeza” , a t rav és del cual el art i st a deberá desarrollar y plasmar t odas las líneas que propone ese uni v erso creat i v o. La present aci ón deberá i nclui r el det alle de los mat eri ales a ut i li zar, las t écni cas art íst i cas a emplear, una muest ra a escala de modo que se pueda apreci ar la ubi caci ón y di st ri buci ón del mural, así como t ambi én t oda i ndi caci ón que haga a la mej or comprensi ón de la t écni ca apli cada y a la apreci aci ón del buen art e del di seño. La Di recci ón General de Mant eni mi ent o y Talleres podrá soli ci t ar al art i st a t oda la i nf ormaci ón t écni ca y complement ari a que crea conv eni ent e. PLIEG-2016-27621756- -DGMYT página 3 de 4 N° 5034 - 27/12/2016 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 141 ANEXO - DISPOSICIÓN N° 53/DGMYT/16 (continuación) GOBIERNO DE LA CIUDAD AUT ÓNOMA DE BUENOS AIRES “2 0 1 6-Añ o d el Bi centenario d e l a D ecla ra ci ó n d e In d e p e n d e n ci a d e l a R e p ú b l i ca Arg e n ti n a ” 3. 2. – REALIZACIÓN DE LA TAREA El art i st a deberá ej ecut ar el proyect o aprobado por la Di recci ón General de Mant eni mi ent o y Talleres en el baj o Puent e Dorrego, si t uado sobre la Av . Li bert ador ent re Av . Dorrego y Av . Int . Bullri ch y el Puent e Bullri ch, ubi cado en la mi sma av eni da, ent re Av . Int . Bullrli ch y Si nclai r. Las paredes a i nt erv eni r art íst i cament e son cuat ro (4), si endo la superf i ci e t ot al de 840 met ros cuadrados. La prov i si ón de mat eri ales, herrami ent as, andami aj es y seguros necesari os para llev ar a cabo la t area a cargo del art i st a. 3. 3. – PLAZO El art i st a deberá ej ecut ar La t area en un plazo máxi mo de 60 (sesent a) días hábi les, que comenzará a comput arse a part i r de la aprobaci ón del proyect o. PLIEG-2016-27621756- -DGMYT página 4 de 4 FIN DEL ANEXO N° 5034 - 27/12/2016 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 142 ANEXO - DISPOSICIÓN N° 6/UAIGOB/16 Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires Ministerio de Gobierno UNIDAD DE AUDITORIA INTERNA-MINISTERIO DE GOBIERNO- REPARTICIÓN: PLANILLA DE RESÚMEN TRIMESTRAL APELLIDO Y NOMBRE D.N.I. MODALIDAD DE CONTRATACION DEL AGENTE IMPORTE EROGADO TAXI / REMISE IMPORTE EROGADO RESTO TRANSPORTE PUBLICO IMPORTE TOTAL EROGADO 1965.28 1967.60 1931.16 1965.28 1967.60 1931.16 CASSIA, Luciana Romina 21,954,408 Planta Permanente 16,881,063 Planta Permanente 17,726,722 Planta Permanente 29,151,911 Planta Permanente 2032.56 2032.56 MENDEZ, Miriam A. 22,980,711 Contratado 2023.28 2023.28 BREA, Sonia 21,873,501 Contratado 2080.12 2080.12 IBENDAHL, Sandra Karina GRIGERA, Ana C. FLORINDO, Marcela 12000.00 TRIMESTRE: TOTAL Cuarto/2016 SON PESOS: DOCE MIL "Se deja constancia que las personas que se detallan no utilizan para sus traslados vehículo oficial" FIN DEL ANEXO 12000.00 N° 5034 - 27/12/2016 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 143 ANEXO - DISPOSICIÓN N° 211/DGTALET/16 PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES Artículo 1º.- OBJETO DE LA CONTRATACIÓN El objeto de la presente contratación consiste en la compra de CIEN (100) fotografías del reconocido fotógrafo “Aldo Sessa”, CUIT N° 20-04305787-2, de momentos y lugares únicos de de la Ciudad de Buenos Aires, con destino a la Dirección General de Estrategias de Comunicación Masiva del Ente de Turismo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, conforme los términos del presente Pliego. Artículo 2º.- MODALIDAD DE CONTRATACIÓN Para la admisibilidad de las Ofertas, se efectuará la Evaluación de Ofertas tomando en forma objetiva los requisitos exigidos por la Ley Nº 2.095 promulgada por Decreto Nº 1.772/06, su Decreto Reglamentario Nº 95/14, y los Pliegos de Bases y Condiciones Generales, Particulares y Especificaciones Técnicas. La simple presentación de ofertas implica el conocimiento de todo el régimen legal indicado precedentemente, con la declaración expresa que lo conoce y acepta en todas sus partes. La presente contratación se realiza bajo la modalidad de Contratación Directa, por exclusividad de acuerdo a lo establecido en el Artículo 28 inc.) 5 de la Ley Nº 2.095 y su modificatoria. Artículo 3º.- DESCRIPCIÓN El presente servicio consiste en la compra de 100 (cien) fotografías del reconocido fotógrafo “Aldo Sessa”, CUIT N° 20-04305787-2 de momentos y lugares únicos de la Ciudad de Buenos Aires ya retratados e imposible de su repetición con fines de promoción turística y cultural, a través de su publicación en diferentes canales de comunicación gráficos y digitales. Artículo 4°.- FORMA Y PLAZO DE ENTREGA El material deberá ser entregado en formato de alta calidad cuyo estándar mínimo será 5294 x 3326 /px a 300 dpi, en formato raw/net (sujeto a disponibilidad) más jpg, a través de una Plataforma online de almacenamiento en nube, que permita cargar y descargar archivos de gran tamaño, y/o mediante un dispositivo portátil de almacenamiento, compuesto por una memoria flash, accesible a través de un puerto USB. Nota: La elección de las fotografías objeto de ésta contratación, estará a cargo de la Dirección General de Estrategias de Comunicación Masiva. N° 5034 - 27/12/2016 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 144 ANEXO - DISPOSICIÓN N° 211/DGTALET/16 (continuación) Artículo 5º.- ALCANCE DE LA EXPLOTACIÓN Los derechos sobre las imágenes a que se refiere el presente, comprenden los derechos de explotación bajo la modalidad contratada o cualquier otra que el Gobierno de la Ciudad estime conveniente, ya sea que la lleve a cabo mediante la intervención de la contratante, de un tercero o por sí mismo. Tales derechos pasan a ser de propiedad exclusiva del Gobierno de la Ciudad que no deberá abonar por su explotación bajo cualquier modalidad otros conceptos que los que se establecen en la orden de compra. Nota: A los efectos de los derechos de la explotación, el adjudicatario deberá, mediante escritura pública y a su costa, ceder los mismos al Gobierno de esta Ciudad. Artículo 6º.- INDEMNIDAD La adjudicataria dejará indemne al Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires por cualquier reclamo vinculado al contenido de las imágenes y a los derechos que eventualmente pudieran invocar las personas que hubieran participado en su elaboración. Asimismo, la adjudicataria dejará indemne al Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires por la explotación de las mismas en los términos previstos en la cláusula anterior. Artículo 7°.- CONSULTA, ADQUISICIÓN Y VALOR DEL PLIEGO El pliego es gratuito y podrá ser obtenido a través del Sistema Electrónico “Buenos Aires Compras” (BAC), donde se encontrará disponible en el portal www.buenosairescompras.gob.ar. En las contrataciones electrónicas (BAC), solo el proveedor que haya ingresado en BAC y se haya acreditado para la adquisición del Pliego de Bases y Condiciones Particulares pasará a tener condición de participante dentro del procedimiento de selección. Artículo 8°.- INSCRIPCIÓN El contratante deberá estar inscriptos en BUENOS AIRES COMPRAS (BAC), dependiente de la DIRECCIÓN GENERAL DE COMPRAS Y CONTRATACIONES del MINISTERIO DE HACIENDA. La inscripción debe ser iniciada por el interesado a través del sitio de Internet, sin perjuicio de la posterior presentación de la documentación ante el citado BAC. Artículo 9°.- EFECTOS DE LA PRESENTACIÓN DE LA OFERTA. N° 5034 - 27/12/2016 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires ANEXO - DISPOSICIÓN N° 211/DGTALET/16 (continuación) La presentación de la oferta importa, de parte del oferente, el pleno conocimiento de toda la normativa que rige el procedimiento de selección, la evaluación de todas las circunstancias, la previsión de sus consecuencias y la aceptación en su totalidad de las bases y condiciones estipuladas, como así también de las circulares con y sin consulta que se hubieren emitido, sin que pueda alegar en adelante su desconocimiento, por lo que no es necesaria la presentación de los Pliegos de Bases y Condiciones con la oferta. Artículo 10.- PLAZO MANTENIMIENTO DE OFERTA VEINTE (20) hábiles a partir de la fecha de Apertura de las Ofertas. Artículo 11.- PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO El contrato se perfecciona con la notificación fehaciente de la orden de compra al adjudicatario y su aceptación. Siendo que el presente procedimiento tramita mediante BAC, el contrato se perfecciona con la notificación efectuada por dicha vía de la orden de compra al adjudicatario y su aceptación, dentro del plazo de mantenimiento de la oferta. Artículo 12.- DECISIÓN DE DEJAR SIN EFECTO EL PROCEDIMIENTO El Órgano Licitante puede dejar sin efecto el procedimiento de contratación en cualquier momento anterior al perfeccionamiento del contrato, sin por ello dar lugar a indemnización alguna a favor de los interesados u oferentes. Artículo 13.- FORMA DE PAGO A los efectos de la cancelación del saldo del precio, será condición sine qua non que la prestación que constituye el objeto de la contratación se haya realizado en forma satisfactoria y que, por ende, se haya emitido el correspondiente PARTE DE RECEPCIÓN DEFINITIVA (PRD) certificando dicha circunstancia. Cumplimentado que fuera dicho recaudo, procederá el pago dentro de los TREINTA (30) días hábiles desde la presentación de la pertinente factura conforme lo dispuesto por el artículo 116 del Decreto N° 95/2014 aprobatorio de la reglamentación de la Ley N° 2095 y su modificatoria de Compras y Contrataciones de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; y por el artículo 28 del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales aprobado por Disposición DGCC N° 396/2014. Artículo 14.- PARTE DE RECEPCIÓN DEFINITIVA Expresada que sea la conformidad con los servicios realizados por parte de la DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA ADMINISTRATIVA Y LEGAL de este organismo, se procederá a emitir el correspondiente PARTE DE RECEPCIÓN DEFINITIVA. FIN DEL ANEXO N° 145 N° 5034 - 27/12/2016 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 146 ANEXO - DISPOSICIÓN N° 212/DGTALET/16 PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES Artículo 1º.- OBJETO DE LA CONTRATACIÓN El objeto de la presente es la contratación de un Servicio de Producciones Fotográficas, destinado a la Dirección General de Desarrollo y Competitividad de la Oferta del Ente de Turismo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, conforme el detalle que contiene el presente pliego. Artículo 2º.- MODALIDAD DE CONTRATACIÓN Para la admisibilidad de las Ofertas, se efectuará la Evaluación de Ofertas tomando en forma objetiva los requisitos exigidos por la Ley Nº 2.095 promulgada por Decreto Nº 1.772/06, su Decreto Reglamentario Nº 95/14, y los Pliegos de Bases y Condiciones Generales, Particulares y Especificaciones Técnicas. La simple presentación de ofertas implica el conocimiento de todo el régimen legal indicado precedentemente, con la declaración expresa que lo conoce y acepta en todas sus partes. La presente contratación se realiza bajo la modalidad de Contratación Menor, al amparo del Artículo 38 de la Ley N° 2095 y su modificatoria, su Decreto Reglamentario N° 95/14 y su modificatorio Artículo 3º.- DESCRIPCIÓN. El presente servicio consiste en la contratación de un Servicio de Producciones Fotográficas en distintos atractivos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires con destino a la Dirección General de Desarrollo y Competitividad de la Oferta. Los lugares donde se realizarán las fotografías serán determinados por la Dirección General de Desarrollo y Competitividad de la Oferta. El servicio deberá incluir la edición final y entrega de un mil (1.000) fotografías con edición, corrección de color y retoques de tres(3) fotografías por atractivo. Dicha edición estará sujeta a conformidad por parte de la Dirección General de Desarrollo y Competitividad de la Oferta, quienes podrán sugerir cambios o modificaciones. Las fotografías deberán realizarse con dos (2) equipos fotográficos de alta calidad de 18MP y de 23MP, con lentes de 16-35mm (f2.8), 70-200mm (f.4), yde 50mm (f1.4). Las fotografías deben poseer una resolución mínima de entre 72 y 240 dpi a 3000 pixeles de ancho apaisado en formato RAW, y JPG en alta definición. Las fotos deben estar guardadas con un nombre que especifique el barrio y lugar o descripción específica de donde se tomaron para poder identificarlas. Si tienen retoques es necesario contar también con la versión original de la misma foto. Artículo 4°.-PLAZO Y FORMA DE ENTREGA. N° 5034 - 27/12/2016 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 147 ANEXO - DISPOSICIÓN N° 212/DGTALET/16 (continuación) Las entregas se realizaran de forma inmediata a partir del perfeccionamiento del documento contractual. La forma de entrega será mediante descarga desde un dispositivo USB o disco externo en el Ente de Turismo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a menos que tuvieran forma de subirlas en alta a un link del cual descargar las fotografías en la calidad descripta. Artículo 5º.- ALCANCE DE LA EXPLOTACIÓN Los derechos sobre las imágenes a que se refiere el presente, comprenden los derechos de explotación bajo la modalidad contratada o cualquier otra que el Gobierno de la Ciudad estime conveniente, ya sea que la lleve a cabo mediante la intervención de la contratante, de un tercero o por sí mismo. Tales derechos pasan a ser de propiedad exclusiva del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires sin abonar por su explotación bajo cualquier modalidad otros conceptos que los que se establecen en la orden de compra que se emita en virtud de la presente contratación.En el caso de que en las fotografías aparezcan personas, se deberá contar con autorización expresa de las personas cuya imagen aparezca en las fotografías, pudiendo el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires hacer uso de ellas con fines promocionales. Dichas autorizaciones deberán ser entregadas a la Dirección General de Desarrollo y Competitividad de la Oferta, una vez finalizada y aprobada la producción, deslindando al Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires de todo reclamo ulterior por uso de imagen. La adjudicataria será responsable de los costos derivados por la contratación de actores y sus derechos en su caso. Artículo 6º.- INDEMNIDAD La adjudicataria dejará indemne al Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por cualquier reclamo vinculado al contenido de las imágenes y a los derechos que eventualmente pudieran invocar las personas que hubieran participado en su elaboración. Asimismo, la adjudicataria dejará indemne al Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por la explotación de las mismas en los términos previstos en la cláusula anterior. Artículo 7°.- CONSULTA, ADQUISICIÓN Y VALOR DEL PLIEGO El pliego es gratuito y podrá ser obtenido a través del Sistema Electrónico “Buenos Aires Compras” (BAC), donde se encontrará disponible en el portal www.buenosairescompras.gob.ar. En las contrataciones electrónicas (BAC), solo el proveedor que haya ingresado en BAC y se haya acreditado para la adquisición del Pliego de Bases y Condiciones Particulares pasará a tener condición de participante dentro del procedimiento de selección. Artículo 8°.- PRESENTACIÓN Y APERTURA DE LAS OFERTAS. La presentación debe realizarse por el sistema de Buenos Aires Compras antes del horario indicado. En todos los casos se debe indicar el precio unitario y el total resultante. En caso de N° 5034 - 27/12/2016 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 148 ANEXO - DISPOSICIÓN N° 212/DGTALET/16 (continuación) discrepancia, se tendrá como válido el precio que resulte de multiplicar el precio por unidad por la cantidad de unidades requeridas. Artículo 9°.- INSCRIPCIÓN Los interesados en participar en la presente contratación deberán estar inscriptos en BUENOS AIRES COMPRAS (BAC), dependiente de la DIRECCIÓN GENERAL DE COMPRAS Y CONTRATACIONES del MINISTERIO DE HACIENDA. La inscripción debe ser iniciada por el interesado a través del sitio de Internet, sin perjuicio de la posterior presentación de la documentación ante el citado BAC. Artículo 10.- EFECTOS DE LA PRESENTACIÓN DE LAOFERTA. La presentación de la oferta importa, de parte del oferente, el pleno conocimiento de toda la normativa que rige el procedimiento de selección, la evaluación de todas las circunstancias, la previsión de sus consecuencias y la aceptación en su totalidad de las bases y condiciones estipuladas, como así también de las circulares con y sin consulta que se hubieren emitido, sin que pueda alegar en adelante su desconocimiento, por lo que no es necesaria la presentación de los Pliegos de Bases y Condiciones con la oferta. Artículo 11.- ADJUDICACIÓN – CRITERIOS DE EVALUACIÓN - NOTIFICACIÓN El Órgano Contratante podrá discernir la adjudicación de la presente contratación en cabeza del oferente que hubiere formulado la propuesta más conveniente. A tal fin, contará con facultades suficientes para adoptar dicha decisión, siempre y cuando enmarque su proceder dentro de parámetros elementales de razonabilidad y extreme la motivación del acto administrativo en que la adjudicación se concrete. En ese sentido, deberán tenerse en consideración, como criterios elementales de ponderación: los antecedentes empresarios y técnicos de los oferentes, lo que incluye –entre otros- solvencia patrimonial y experiencia en la prestación de servicios de similares características que el que aquí se contrata; la razonabilidad y seriedad de la propuesta, la inversión comprometida y el precio. La adjudicación se notificará fehacientemente al adjudicatario y al resto de los oferentes dentro de los 7 (siete) días de emitido el acto administrativo. Siendo que el presente procedimiento tramita mediante BAC, el acto administrativo de adjudicación, será notificado por dicha vía al adjudicatario y al resto de los oferentes. El mismo será publicado en el portal www.buenosairescompras.gob.ar y en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires por el plazo de 1 (un) día. Artículo 12.- PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO El contrato se perfecciona con la notificación fehaciente de la orden de compra al adjudicatario y su aceptación. Siendo que el presente procedimiento tramita mediante BAC, el contrato se perfecciona con la notificación efectuada por dicha vía de la orden de compra al adjudicatario y su aceptación, dentro del plazo de mantenimiento de la oferta. Artículo 13.- DECISIÓN DE DEJAR SIN EFECTO EL PROCEDIMIENTO N° 5034 - 27/12/2016 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 149 ANEXO - DISPOSICIÓN N° 212/DGTALET/16 (continuación) El Órgano Licitante puede dejar sin efecto el procedimiento de contratación en cualquier momento anterior al perfeccionamiento del contrato, sin por ello dar lugar a indemnización alguna a favor de los interesados u oferentes. Artículo 14.- PRÓRROGA DEL CONTRATO El Organismo contratante, conforme las facultades derivadas del Artículo 117°, inc.) III de la Ley N° 2.095 (modificada por el Artículo 49 de la Ley N° 4.764), podrá prorrogar el contrato por un período igual al contratado y en idénticas condiciones. Artículo 15.- PRERROGATIVA DEL GCABA Cuando se estime que el precio de la mejor oferta presentada resulta excesivo con relación al monto estimado de la contratación podrá solicitarse una mejora en el precio de la oferta. Por aplicación de los principios de eficiencia, eficacia y economía previstos tanto en la Ley N° 2095 de Compras y Contrataciones, como en la Ley N° 70 de Administración Financiera, ante la negativa del oferente de mejorar el precio, queda a criterio de la Comisión de Evaluación de ofertas proseguir con la preadjudicación debiendo justificar tal situación. Artículo 16.- ÚNICA FORMA DE PAGO A los efectos de la cancelación del saldo del precio, será condición sine qua non que la prestación que constituye el objeto de la contratación se haya realizado en forma satisfactoria y se haya emitido el correspondiente PARTE DE RECEPCIÓN DEFINITIVA (PRD). Cumplimentado dicho recaudo, procederá el pago dentro de los TREINTA (30) días hábiles desde la presentación de la pertinente factura conforme lo dispuesto por el artículo 116 del Decreto N° 95/2014 aprobatorio de la reglamentación de la Ley N° 2095 y su modificatoria de Compras y Contrataciones de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; y por el artículo 28 del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales aprobado por Disposición DGCC N° 396/2014. Los adjudicatarios deberán proceder a la apertura de una cuenta corriente o caja de ahorro en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, en cualquiera de sus sucursales, en la cual se depositarán los pagos por la presente contratación Artículo 17.- VALOR DEL PLIEGO Sin valor. FIN DEL ANEXO N° 5034 - 27/12/2016 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires ANEXO - DISPOSICIÓN N° 531/PG/16 FIN DEL ANEXO N° 150 N° 5034 - 27/12/2016 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 151 ANEXO - CA 214 G o b i e r n o d e l a C i u d a d Au t ó n o m a d e B u e n o s Ai r e s P o l i cí a M e t r o p o l i t a n a COMISIONADO MAYOR Apellido/s y Nombre/s SANCHEZ, Raúl Alberto Comisionado Mayor Jerarquía 11.897.670 L.P. D.N.I. Situación de Revista Actividad – Servicio Efectivo 110 Fecha de Nacimiento 11/12/1955 Dependencia Dirección Asesoría General- Gabinete Jefatura Jefatura- Subjefatura de Policía Metropolitana Alta Fecha Resolución MJYSGC 19/10/2012 689/12 Curso de Ascenso (I.S.S.P.): APROBADO Estudios Realizados: • Especialización en Administración y Derecho de la Seguridad Pública Pública- Universi• dad del Salvador. Especialización en Administración y Derecho de la Seguridad Pública Pública- Universidad Carlos III de Madrid, España. N° 5034 - 27/12/2016 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 152 ANEXO - CA 214 (continuación) G o b i e r n o d e l a C i u d a d Au t ó n o m a d e B u e n o s Ai r e s P o l i cí a M e t r o p o l i t a n a COMISIONADO MAYOR Apellido/s y Nombre/s TORRES, Sergio Horacio Comisionado Mayor Jerarquía 11.960.148 L.P. D.N.I. Situación de Revista Actividad – Servicio Efectivo 11 111 Fecha de Nacimiento 01/07/1956 Dependencia Dirección Control del Desempeño Profesional Alta Fecha Resolución MJYSGC 19/10/2012 689/12 Curso de Ascenso (I.S.S.P.): APROBADO Estudios Realizados: • • Abogacía- Universidad de Buenos Aires. Especialización en Administración y Derecho de la Seguridad Pública Pública- Universidad Carlos III de Madrid, España. N° 5034 - 27/12/2016 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 153 ANEXO - CA 214 (continuación) G o b i e r n o d e l a C i u d a d Au t ó n o m a d e B u e n o s Ai r e s P o l i cí a M e t r o p o l i t a n a COMISIONADO MAYOR Apellido/s y Nombre/s VELASCO, Norberto Álvaro Comisionado Mayor Jerarquía 12.753.249 D.N.I. L.P. Actividad – Servicio Efectivo Situación de Revista 98 Fecha de Nacimiento 24/03/1957 Dependencia Superintendencia de Seguridad y Policía ComunitariaComisaría Comuna 4 Alta Fecha Resolución MJYSGC 30/03/2012 214/12 Curso de Ascenso (I.S.S.P.): APROBADO Cursos Realizados: • Curso SADE- Perfil funcionarios. • Segunda Jornada Departamento Políticas de Género Estudios Realizados: • Bachiller. Escuela de Cadetes “Coronel Ramón Lorenzo Falcón”, Policía Federal Argentina. FIN DEL ANEXO N° 5034 - 27/12/2016 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 154 TRIMESTRALES Atento lo dispuesto por el art. 34 de la Ley N° 5239 SECRETARÍA DE CULTURA CIUDADANA Y FUNCIÓN PÚBLICA - Primer Trimestre Año 2016 N° 5034 - 27/12/2016 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 155 TRIMESTRALES Atento lo dispuesto por el art. 34 de la Ley N° 5239 SECRETARÍA DE CULTURA CIUDADANA Y FUNCIÓN PÚBLICA - Primer Trimestre Año 2016 (continuación) FIN DEL ANEXO N° 5034 - 27/12/2016 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 156 ANEXO - EO 1470 MARCA MODELO DOMINIO TITULAR DNI/CUIL/CUIT PEUGEOT 405 ACH878 VARADY, ALEJANDRO 4283033 FIAT SPAZIO AJK318 VINCULO DINAMICO SRL 30-70905582-4 CHEVROLET CORSA GHW570 JAMOBER SRL 33-71407912-9 RENAULT TORINO TYC875 VIÑUALES, CARLOS ERNESTO 10400260 PEUGEOT 404 VGQ490 FABRICIUS, JOSE LUIS 6483364 SAAB 900 CS BAB724 VARELA LOPEZ, RAMON 93344683 CHEVROLET MERIVA EPR565 SALMUN. ALCIRA FABIANA 21150668 RENAULT TRAFIC RUT083 ROQUEIRO, CARLOS MANUEL 7605755 CHEVROLET AVEO G3 LUF120 RODRIGUEZ, MATIAS FELIX 33522320 FIAT DUNA SL 1.6 TTJ040 TRACCHIA MONICA PATRICIA 14010624 PEUGEOT 206 DWY475 ISAURRALDE MARIA FLORENCIA 32023410 FIAT TEMPRA SC TKL723 CARUSO HECTOR CHRISTIAN 23093735 FORD ESCORT BPP957 AVIL, SERGIO 20379822 FORD FOCUS EMY020 PORTICELLA, NESTOR VICENTE 10141465 RENAULT 19 BSZ928 FERRARI, JUAN CARLOS 4112089 CHRYSLER NEON CNI966 GRECO, ERNESTO ENRIQUE 25790149 CHEVROLE MERIVA JDC303 ETCHEHUN ADRIAN LEANDRO 22872324 FORD MONDEO DZN285 O`FARREL SILVINA RAQUEL 2446031 RENAULT KANGOO GXB624 ROMANO MIGUEL ANGEL 12392305 AUDI A4 1.8 T CTQ812 MARTINEZ HORACIO CLAUDIO 13295641 RENAULT JEEP XFI001 DIAZ HECTOR FERNANDO 4602668 FORD GALAXY TDA951 TORRES FRANCISCA LIDIA 2782056 RENAULT 12 VRX656 POLTRONETTI ANDREA 11957034 HONDA C1192161 CORFATEX SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA N/I FORD TNACTY FNT550VN FAIRLANE XBL833 MARTINEZ, ALBERTO EMILIO 4097646 FIAT FIORINO GAG063 VILLONE, GABRIELA MARCELA 18595778 PEUGEOT 505 RVP530 LUNA, CATALINA LEONOR 26583453 HONDA ACCORD RMQ690 FASSINO, CARLOS DOMINGO 14011304 PEUGEOT 505 RVP530 LUNA, CATALINA LEONOR 26583453 HONDA ACCORD RMQ690 FASSINO, CARLOS DOMINGO 14011304 PEUGEOT 504 VVR693 VAJA, RINALDO JOSE 4361964 BMW 116I FRC418 CAVALLONE, JUAN ADRIAN 35166750 FORD RANGER HJM511 CONSTRUCCIONES CORPORATIVAS S.R.L. 30-71411401-4 VOLKSWAGEN GOL FGE544 URRUTIA, ALAN JOEL 27333147 DODGE 1500 UPI906 GIMENEZ IRRAZABAL SANTIAGO 18602034 FORD TAUNUS GHIA TMH772 MOLINA SERGIO OMAR 24316564 FIN DEL ANEXO N° 5034 - 27/12/2016 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires ANEXO - EO 1494 FIN DEL ANEXO N° 157 N° 5034 - 27/12/2016 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires ANEXO - EO 1493 FIN DEL ANEXO N° 158 N° 5034 - 27/12/2016 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires ANEXO - EO 1492 N° 159 N° 5034 - 27/12/2016 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires ANEXO - EO 1492 (continuación) FIN DEL ANEXO N° 160 N° 5034 - 27/12/2016 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 161 ANEXO - EO 1491 , GOBIERNO ADMINISTRACiÓN 2011/201212013 AÑOS FISCALES CONTRIBUYENTE: VESSAS.A. AIRES GUBERNAMENTAL DIRECCiÓN G. C. B. A. - DE LA CIUDAD DE BUENOS DE INGRESOS PÚBLICOS INSCRIPCION GENERAL DE RENTAS 1172725-10 N" DOMICILIO: "2014. Año de las Letras Argentinas", DIFERENCIAS Calle Lavalle N' 538 (CABA) DE VERIF1CAClON PERIODOS FISCALES 2011 AÑO FISCAL: HUBROS Venta al por menor de productos Qct-11 AlICUOTA MONTO IMPONIBLE ANALIZADOS DECLARADO alimenticios n.C.p. nov-11 Venta al por menor de productos alimenticios n.c.p. dic-11 Venta al por menor de productos alimenticios n.c.p DECLARADO AJUSTADO $ 66.394,77 $ 72.732,36 VERIFICACION DEL IMPUESTO DECLARADO AJUSTADO SALDO $ 12.092,19 $11.185,28 1,50% 2,00% $ 906,91 $ 663.947,71_ 1,50% 2,00% $ 995,92 $ 13.278,95 $ 12.283,03 $ 727.323,61, 1,50% 2,00% $ 1.090,99 $ 14.546,47 $ 13.455,48 $ 604.609,42 $ 60.460,94 ("lo) AJUSTADO - ~ J~-l rTí >< en CO ~ subtotal 2012 AÑO FISCAl: -- RUBROS ANALIZADOS Venta al por menor de productos ene-12 AJUSTADO DECLARADO alimenticios n.c.p DECLARADO $ 677.v72,99 S 67.707,30 AJUSTADO SALDO AJUSTADO DECLARADO 1,50% 2,00% S 1.015,61 $13.541,46 S 12,525,85 S 1.028,47 $13.712,97 S ":2.684,50 S 685~~ S (,35 G.;8,66, 1,50% 2.00% mar-12 Venta al por menor de productos Cllimenticlos n.c.p. $ 77.254,00 S 772.543,99 1,50% 2,00% $ 1.158,81 $ 15.450,88 $ 14,292,07 abr-12 Venta al por menor de productos alimenticios n,c.p $ 62.774,81 $ 627 748,09 1,50% 2,00% $ 941,62 $ 12.554,96 $11.613,34 may-12 Venta al por menor de productos alimenticios n,c.p. $ 64.192,09 S 641,920,89 1,20% 2,00% $ 770,31 $ 12.838,42 $12,068,11 jun-12 Venta al por menor de productos alimenticios n.C,p $ 66.018,04 $ 660.180,42 1,50% 2,00% $ 990,27 $ 13.203,61 $ 12,213,34 S 5.905,09 S 81.302,30 $ 75.397,21 feb-12 ¡- ___ o ,Venta al por menor de productos alimenticios n.c,p Subtotal S 4.065.115,04 S 406.511,04 2012 AÑO FISCAL: RUBROS ANALIZADOS MONTO IMPONIBLE DECLARADO jul.12 Venta al por menor de productos alimenticios n.c.p. ago-12 Venta al por menor de productos alimenticios n.c,p sep.12 Venta al por menor de productos alimenticios n.C.p oct-12 Venta al por menor de productos alimenticios n,c.p. nov-12 Venta al por menor de productos alimenticios n.c.p dlc.12 Venta al por menor de productos alimenticios n.c,p , AJUSTADO 2,00% $ 1.032,10 $ 13.760,85 $ 76.355,69 $ 763.556,90 1,50% 2,00% $1.145,34 $15.271,14 $14.125,80 $ 73.143,76 $ 731,437,66 1,50% 2,00% $ 1.097,16 $ 14,628,75 $ 13,531,59 $ 83.193,60 $ 831 ,936,03 1,50% 2,00% $ 1,247,90 $ 16.638,72 $ 15.390,82 $ 93,383,74 $ 933.837,42 1,50% 2,00% $ 1.400,76 $ 18.676,75 $ 17.275,99 $ 98.979,54 $ 989.759,32 1,50% 2,00% $ 1.484.69 $ 19.795,19 $18.310,50 S 493.862,68 $ 4.938.569,66 S 7.407,95 $ 98.771,40 $ 91.363,45 MONTO IMPONIBLE ene-13 Venta al por menor de productos alimenticios n.c.p feb-13 Venta al por menor de productos alimenticios n.C p. mar-13 Venta al por menor de productos alimentiCIOS n.c.p -Venta-al-por-menor-.de-productas alimenticios n,e p may-13 Venta al por menor de productos alimenticios n.c p. jun-13 Venta al por menor de productos alimenticios n,c.p Subtotal DE LAS .MODIFICACIONES: lo declarado porel contribuyente $ 12.728,75 de alicuQtas en el Impuesto Sobre y de montos los Ingresos DECLARADO AJUSTADO VERIFICACION DEL IMPUESTO DECLARADO AJUSTADO $ 898,545,76 1,50% 2,00% $ 1,347,97 $17,972,91 $ 71.372,04 $ 713.714,47 1.50% 2,00% $ 1.070,58 $ 14.274,29 $ 13,203,71 S 90.204,56 $ 902.022,94 1,50% 2.00% $ 1.353,07 $ 18.040,46 S 16.687.39 $ 83.195,04 $ 831.937,52 1,50% 2,00% $1,247,94 $ 16.638,75 $ 15.390,81 $ 78,058, ~2 $ 780,560,43 1.50% 2,00% $ 1.170,87 $15.611,21 $ 14.440,34 S 74.618,38 $ 746.183,80 1,50% 2,00% $ 1.119.28 $ 14,923,68 $13.804,40 S 7.309,71 S 97.461,30 S 90.151,59 imponibles S 4.873.064,861 determinadas en base'a los Montos .. lmponibles-AFIP e __ de aceptar el contribuyente las diferencias de verificación, $ 16.?2.~,_g4 Brutos.Contribuyente: :~ Cdor.Manuel En caso SALDO $ 89,864.57 S 487.313,71 Diferencias ALlCUOTA (%) AJUSTADO Firma NOTA: SALDO 1,50% DECLARADO con VERIFlCAC10N DEL IMPUESTO DECLARADO $ 688.042,33 RUBROS ANALIZADOS MOTIVO AJUSTADO 2013 AÑO FISCAL: -----abr-1-3- DECLARADO $ 68.806,35 , Subtotal ALlCUOTA (%) AJUSTADO deberá ................. .................. .......... ......................... ................................ ............................... dejar expresa conformidad .................................................... • • de elro. en C>J VER1FICACION DEL IMPUESTO ALlCUOTA(%) MONTO IMPONIBLE S 36.923,79 S 39.917,61 S 2.993,82 S 1.995.880,74 $ 199.588,07 al, COjltreras ColomFC.461,001 Firma Supervisor: IW ~, ca en N° 5034 - 27/12/2016 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 162 ANEXO - EO 1491 (continuación) • '- GOBIERNO DE BUENOS ADMINISTRACIÓN -' DE LA CIUDAD AÑOS FISCALES GUBERNAMENTAL DE INGRESOS CONTRIBUYENTE: VESSAS.A. PÚBLICOS DIRECCiÓN GENERAL DE RENTAS G.C.S.A. 2013 AIRES INSCRIPCION 1172725-10 W DOMICILIO: "2014. Año de las Letras Argentinas". DIFERENCIAS DE VERIFrCACrON Calle Lavalle N' 538 (CABA) PERIODOS FISCALES ANO FISCAL; 2013 RUBROS MONTO IMPONIBLE ANALIZADOS DECLARADO jul.13 ago-13 Venta al por menor de productos alimenticios n,c.p. Venta al por menor de productos alimenticios n.c.p sep-13 VenIa al por menor de productos alimenticios n.c.p. oct-13 Venta al por menor de productos alimenticios n.c.p nov-13 Venta al por menor de productos alimenticios n.c,p dic-13 Venta al por menor de productos alimenticios n.c.p. --- -- DECLARADO AJUSTADO VERIFICACION DEL IMPUESTO DECLARADO AJUSTADO SALDO $ 94.395,33 $ 943.953,43 1,50% 2,00% $ 1.415,93 $ 18.879,07 $17.463,14 $ 92.070,39 $ 920.703,95 1,50% 2,00% $ 1.381,06 $ 18.414,08 $ 17.033,02 1,50% 2,00% $ 1.379,25 $ 18.390,04 $17.010,79 0,00% 2,00% $ 0,00 $ 22,570,18 $ 22.570,18 $ 91.950,19 subtotal ALlCUOTA ("lo) AJUSTADO $ 919.502,00 $ 0,00 $1.128.508,90 $ 0,00 $1.067.281,53 0,00% 2,00% $ 0,00 $ 21.345,63 $ 21.345,63 $ 0,00 $ 1,097,556,86 0,00% 2,00% $ 0,00 $ 21.951,14 $21,951,14 S 278.415,91 $ 6.077.506,67 S 4.176,24 $121.550,14 $117.373,90 AÑO FISCAL: MONTO IMPONIBLE ANALIZADOS ---------- DECLARADO ------- AlICUOTA AJUSTADO DECLARADO ("lo) AJUSTADO AJUSTADO <:J"I SALDO - ~ S 0,00 RUBROS ANALIZADOS S 0,00 S 0,00 S 0,00 $ 0,00 DECLARADO AJUSTADO DECLARADO VER1FICACION DEL IMPUESTO ALlCUOTA(%) MONTO IMPONIBLE - AJUSTADO SALDO AJUSTADO DECLARADO --$ 0,00 $ 0,00 S 0,00 Subtotat AÑO FISCAL: AltCUOTA MONTO IMPONIBLE RUBROS ANALIZADOS - AJUSTADO DECLARADO DECLARADO - por el contribuyente S O,OO! Diferencias de alicuotas y de montos imponibles en el Impuesto Sobre los Ingresos DECLARADO SALDO AJUSTADO - 5ubtotal MOTIVO DE LAS MODIFICACIONES: VERIF1CACION DEL IMPUESTO {%) AJUSTADO determinadas en base a los Montos Imponibles.AFIP Brutos.- p Firma Contribuvente: Cdar.ManuelVi~ontreras En caso de aceptar el contribuyente las diferencias de verificación. .... .... ....... ....... ....... ................... ................................................................. deberá dejar expresa conformidad ....... ........ . $ 0,00 $0,00 $ 0,00 $ 0,00 Ficm, Ic,p'cto, NOTA: $ 0,00 $ 0,00 ~ - - con lo declarado <:J"I (O VER1F1CAC10N DEL IMPUESTO DECLARADO AÑO FISCAL - =~ r-s <J.J RUBROS Subtotal - n-. t;r1 :>< <:J"I de ello. ............................... ................. FIN DEL ANEXO Firma supelVisor: ~ ColomFC.461,001 N° 5034 - 27/12/2016 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires ANEXO - EO 1490 N° 163 N° 5034 - 27/12/2016 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires ANEXO - EO 1490 (continuación) N° 164 N° 5034 - 27/12/2016 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires ANEXO - EO 1490 (continuación) N° 165 N° 5034 - 27/12/2016 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires ANEXO - EO 1490 (continuación) FIN DEL ANEXO N° 166 N° 5034 - 27/12/2016 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 167 ANEXO - EP 378 ANEXO – (Resolución C. D. N° 103 /2016) Resolución Técnica N° 44 “Normas Contables Profesionales: Modificación de la Resolución Técnica N° 36 - Balance Social” SEGUNDA PARTE 1. Reemplazar la sección C. Niveles de aplicación de la Guía GRI de la segunda parte de la Resolución Técnica N° 36 “Balance Social”, por la siguiente: C. Descripción de los criterios Aquellas organizaciones que elaboren sus memorias de sustentabilidad de conformidad con los estándares o guía previstos por el Global Reporting Initiative –GRI-, deberán ajustarse a lo establecido en la última versión disponible aprobada por tal organismo y publicada en español en la página de Internet de esta Federación. Asimismo, y de acuerdo a lo consignado por el GRI, deberán indicar qué opción o nivel se ha aplicado para la confección de la memoria. 2. Eliminar el Anexo II: Pautas de la guía para la elaboración de memorias de sustentabilidad del Global Reporting Initiative. 3. Modificar el punto 2.1 Memoria de Sustentabilidad del Capítulo II de la Segunda Parte, según lo siguiente: “2.1. Memoria de Sustentabilidad Para la elaboración de la Memoria de Sustentabilidad se atenderá a las pautas y principios establecidos por el GRI, según lo establecido en la sección C de la presente resolución. A los efectos de una mejor visualización de la evolución de los indicadores, éstos se presentarán en forma comparativa con uno o más ejercicios anteriores, excepto en la primera elaboración del Balance Social.” Graciela A. Núñez Secretaria Humberto Bertazza Presidente FIN DEL ANEXO
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