December 23-25, 2016 San JuanDAILY Star Weekend Edition The 50¢ Special Session Comes As Unwanted Yule Gift NPP Lawmakers Say Governor’s Last-Ditch Legislative Maneuver ‘Has No Reason to Be,’ Vow Repeals P3 Handling of Obamacare Funds to Be Syrian Gov’t Takes Full Control Subject of Probe in PR Senate P11 P4 of Aleppo After 4 Years NOTICIAS en ESPANOL P16 787.743.3346 • Fax 787.743.5100 • thesanjuandailystar.com 2 December 23-25, 2016 The San Juan Daily Star GOOD MORNING 3 December 23-25, 2016 The San Juan Daily Star, the only paper with News Service in English in Puerto Rico, publishes 7 days a week, with a Monday, Tuesday, Wednesday and Thursday day ediƟon, along with a Weekend EdiƟon to cover Friday, Saturday and Sunday. NPP Lawmakers: Special Session ‘Has No Reason to Be’ BY MARIA MIRANDA SIERRA [email protected] artificial and in vitro insemination. Legislators also will debaew Progressive Party te another bill that would make (NPP) Reps. José “Pichy” Spanish Puerto Rico’s first offiTorres and Urayoán Hercial language and English its nández on Thursday criticized second. Currently, both are the Gov. Alejandro García Padilla for island’s official languages. convening a special session just Hernández was emphadays before his mandate ends. tic in saying that a new House The NPP lawmakers also criof Representatives that will ticized the legislation included in be sworn in early next month special session, saying it doesn’t “will review everything that address the island’s fiscal and José “Pichy” Torres was passed in this misguided economic crisis. special session.” “This special session has no reason to be,” “There are some bills here that seek to chanTorres said in a written statement. “Even the Po- ge Puerto Rican society dramatically,” Hernánpular Democratic Party lawmakers don’t want to dez said. “I want to be very clear on this: if the be here because they know it’s a waste of time. outgoing majority approves Senate Bill 517, which A three-day session at Christmas? To address seeks to decriminalize marijuana, we are going what? There is nothing viable that could be pas- to repeal it. It is very ironic that on Nov. 13, 2013, sed into law. He did the same thing in 2014, when when the Senate passed this in a partisan vote, he convened a special session on Christmas Eve García Padilla said, through his press director to destroy the Teacher’s Retirement System. This Jesús Manuel Ortiz, that he would not sign into session is unnecessary; the people already eva- law any bill that would decriminalize the use of luated this administration’s public policy and recreational marijuana, but that he would evastrongly rejected it.” luate the use [of cannabis] for medical purposes. The governor convened the fifth special ses- As always, the governor said one thing and acted sion of his administration late Wednesday night, in another way.” in which some 16 bills and 27 appointments are Torres, who chaired the House Health Comto be considered by lawmakers. Among those mittee in the past, said the legislation on regulalast-minute bills are one that calls for legalizing ting fertility matters “is a very complicated bill the personal possession of up to one ounce of that requires thorough studies and a transparent marijuana, and another regulating gestational public hearing process so that the people can exsurrogacy along with fertility treatments such as press themselves on the issue.” N INDEX Local Mainland Business InternaƟonal Viewpoint Entertainment 3 7 9 11 13 14 NoƟcias en Español Legal NoƟces Sports Games Horoscope Cartoons 16 17 27 29 30 31 4 The San Juan Daily Star December 23-25, 2016 Incoming Senate to Probe Handling of Obamacare Funds BY MARIA MIRANDA SIERRA [email protected] D 2005 Section of the Affordable Health Care for America Act awarded $5.4 billion to Puerto Rico for the ‘Mi Salud’ health program from July 2011 through September 2019. It’s December 2016 and esignated Senate Health Committee Chairman Ángel “Chayanne” Martínez Santiago announced Thursday that he will initiate an investigation into the management of funds assigned to the island through the Affordable Health Care for America Act, better known as “Obamacare.” The New Progressive Party (NPP) senator noted that the administration of Gov. Alejandro García Padilla spent the majority of the funds assigned under the program in “just four years,” therefore “the committee that I will chair will hold the administration responsible” for any irregularities he finds. “The health reform is financed, mostly, with Obamacare funds,” Martínez Santiago said. “The Ángel “Chayanne” Martínez the majority of these funds have been spent. This misuse of federal funds has no explanation.” The lawmaker vowed a “thorough and responsible investigation into this situation, and we are going to [establish] accountability, in the form of referrals to the pertinent authorities, both in Puerto Rico and at a federal level.” In addition to the $5.4 billion, the federal government awarded some $925 million to the island for the Medicaid program in 2012. Martínez Santiago said that by 2015 only $3.4 billion was left, according to data from the Medicaid and Medicare Services Center. “We are talking about that when we turned over the government [to the García Padilla administration] in December 2012, there was some $5.9 billion in funds available to administer the health reform,” Martínez Santiago said. “Today, four years later, we are going to receive less than $2 million in funds. The local government is supposed to spend around $2.2 billion on Mi Salud, out of that, approximately $1.3 billion come from Obamacare funds. French Boaters Rescued 1,000 Miles Off PR in International Effort By The STAR Staff U .S. Coast Guard watchstanders combined efforts with two international maritime rescue coordination centers and the motor tanker Orfea earlier this week to rescue four French boaters in the Atlantic Ocean. Rescued on Monday were three men and a woman aboard the 50-foot French sailing vessel L’Almiral, which was transiting from Las Palmas in the Spanish Canary Islands to the Caribbean Island of St. Maarten when a rudder blade failure rendered the vessel disabled in 16-foot seas and 40 knot winds some 1,082 nautical miles east of Puerto Rico. “This type of long-range offshore search and rescue case highlights the importance of international partner nations and AMVER [Automated Mutual-Assistance Vessel Rescue System] vessels working together to save lives,” said Lt. Cmdr. Catherine Phillips, Sector San Juan Command Center chief, on Wednesday. Upon receiving notification of the incident Sunday afternoon from the Fort de France Maritime Rescue Coordination Center in St. Maarten, Coast Guard watchstanders in Sector San Juan conducted an AMVER callout to identify and notify vessels transiting in the vicinity of the distress and coordinated with Maritime Rescue Coordination Greece to contact the 750-foot Bahamian-flagged tanker Orfea, which was some 250 nautical miles from the disabled sailing vessel. The Orfea agreed to respond and diverted to render assistance and attempt to rescue the distressed boaters. Meanwhile, the Fort de France Rescue Center contacted the Cayman-flagged sailing vessel Naema, which was some eight nautical miles from the distressed sailing vessel. The Naema responded and arrived on scene with the L’Almiral but the heavy seas prevented a rescue attempt from taking place. The Naema remained on scene monitoring the situation as the Orfea continued to approach the area. The Orfea arrived on scene and managed the difficult seas for several hours until the crew was able to rescue all four boaters from the distressed sailing vessel Monday night. The rescued boaters were to continue onboard the Orfea as the vessel transited to its next scheduled port of call in Gibraltar. The San Juan Daily Star December 23-25, 2016 5 Families of Victims Protest for Resolution of Homicide Cases By JOHN McPHAUL [email protected] P rotesters demonstrated in front the General Police Headquarters on Franklin Delano Roosevelt Avenue in Hato Rey on Thursday to demand justice for victims who have died in crimes that have not been solved. “We, who are the victims of crime because we have lost our loved ones in a violent manner, want justice,” said Lisandra Nuñez, general coordinator of the Alliance for Social Peace’s (ALAPS by its Spanish acronym) Unsolved Cases Committee. The committee is made up of mothers, fathers and family members of people killed in unsolved crimes, who are struggling for resolution of their cases. The committee issued a communique in which it made seven demands of the government: That the current and future administrations be sensitive to and respect the rights of those who demand resolution of each one of their cases; that the administrations take interest and commit themselves to resolving these crimes as if the victims were their loved ones; that the Charter of Rights of the Victims of Crime be respected; that the Criminal Justice System fulfills the objectives for which it was created; that an adequate oversight system be implemented in the different departments to ensure that the work as designed, especially in crime scene investigation and evidence management, is carried out; that specialized personnel are trained to offer the required services for work according to regulations; that the government selects human resources that have the commitment and sensitivity to conduct investigations as required by law. “The human being has to create rules of coexistence in order to subsist. That coexistence is what we call society,” the communique said. “What does the social group do to ensure that coexistence and its benefits to all? They create the political, social and economic institutions that are going to guarantee security and protection to the human being.” Nuñez said the degree to which people believe in those institutions and their rules is not the most important consideration. “The main objective is the protection of life. In our current society these rules are broken every day since we see murders as if they were our daily bread,” she said, noting that as of Oct. 31, 554 homicides had been registered in Puerto Rico. “Our lives or those of our loved ones are in imminent danger. What’s going on? Are our institutions fulfilling the philosophy for which they were created, or are the people who handle them are not doing their job properly?” ALAPS is a non-profit, communitybased organization founded in 1998 whose mission is to defend the rights of victims of crime by promoting their rights in the framework of social justice and offering integrated services aimed at healing. Rosselló Has Yet to Evaluate Control Board’s UPR Plan Union Decries School’s Lack of an English Teacher G By JOHN McPHAUL [email protected] BY MARIA MIRANDA SIERRA [email protected] D escribing the situation as a clear case of institutional abuse, the Puerto Rico Teachers Federation (FMPR by its Spanish acronym) on Thursday charged that Julio Víctor Guzmán public school in San Germán hasn’t had an English teacher during the entire first semester of the current academic year. Rafael Román “It’s a full-time English … teacher and the appointment was never made,” FMPR representative Flavio Zúñiga said in a written statement. He added that “despite not having a teacher during the entire semester, the students will have to take the META-PR standardized tests, which is an injustice.” “The poor outcome … will be the product of Education Secretary Rafael Román’s inefficiency, and that of the agency’s managerial staff,” Zúñiga said. The FMPR accused the Education Department of “engaging in institutional abuse and failing to comply with its ministerial duty by not offering these children the proper academic training.” Calling the situation a rights violation, he said the students at the school are part of the Special Education Program and by law each are supposed to receive an Individualized Educational Program. “Destroying the educational future of our children should constitute a serious consequence,” Zúñiga added. The STAR tried to obtain a reaction from the Education Department but none had been received as of press time. overnor-elect Ricardo Rosselló said he has not evaluated the proposal of the federal fiscal control board on changes to the cost of tuition at the University of Puerto Rico (UPR) that aim to avoid dependence on the central government. “Eighty percent of the [control board’s] proposals are contained in the plan for Puerto Rico and within our program plan,” Rosselló told reporters in reaction to the letter he received from the federal government to him and Gov. Alejandro García Padilla, according to local press reports. In the letter, the board states that the cost of tuition at the university requires high levels of subsidies from the central government. It also points out that the tuition costs that people pay according to their level of income must be changed, which would mean eliminating the formula. When asked about the latter proposal, Rosselló said “I have not yet been able to evaluate it in detail.” “The truth is that … the important thing is that the current situation of Puerto Rico has been established and that the public policy that we have committed to the people goes in the direction of sound management of public finances,” he said. “We will have to take quick action once our administration begins.” Prior to being elected, Rosselló said his plan for the UPR would not consolidate campuses or touch the budget formula. At that time he acknowledged that although he would not touch the formula that directs 9.6 percent of general fund income to UPR, it has become increasingly difficult because of the fiscal crisis. As a remedy, he proposed reorienting government resources that are paid to private companies and contracted through the UPR to ease the fund without having to increase tuition costs. Ricardo Rosselló 6 The San Juan Daily Star December 23-25, 2016 Government Ready to Centralize Civil Service Process By JOHN McPHAUL [email protected] T he director of the Human Resources Administration’s Office of Training and Advice in Labor Affairs (OCALARH), Harry Vega Díaz, said Thursday that the necessary regulations have already been issued for the establishment of a single system of human resources administration to begin to centralize human resources processes in the executive branch of the Puerto Rico government. “With the latest amendments to Law 184-2004, the approval of other special laws and regulations issued, the Human Resources Administration system has been centralized and strengthened firmly in OCALARH, again to be the governing body of such a system in the public service,” Vega Díaz said. “The establishment of uniform processes centralized in human resources matters will contribute to sound planning in … the development of public administration in our country.” “Over the past few years we have been working on developing a uniform and integrated civil service system to ensure that it serves the country well,” he said. OCALARH has established the necessary policy for the evaluation and approval of job classification and remuneration plans, training programs, evaluation systems, human resources regulations, and other related areas that are centralized in the agency to ensure the administration of human resources processes in a distinct and uniform way. The necessary regulations were also issued for the analysis and establishment of equivalencies of positions among agencies, public corporations and municipalities, which requires the approval of OCALARH, Vega Díaz said. One of the most significant changes in the current law and regulations is that for the first time, transfers of public employees between agencies, public corporations and municipalities are permitted in accordance with the regulations issued by OCALARH, providing them with mobility opportunities given the needs of government agencies and qualifications of employees, without employees’ rights being adversely affected. Other processes that are already uniformly regulated are the evaluation of probationary periods in positions in the public service. “Although the regulations issued are centralized under an exclusive system of human resources management, its execution is carried out in a semi-centralized way, which will allow for achieving an optimal level of efficiency, which is sought in the administration of resources, while avoiding bureaucracy. In the meantime, the uniformity and cohesion that is necessary to support the modernization of public administration is maintained,” said Vega Díaz, who has more than 30 years of experience as a professional specializing in human resources and labor affairs administration matters in Puerto Rico. Harry Vega Díaz The San Juan Daily Star December 23-25, 2016 7 Obama Helped Bring Back Economy, Restless Voters Chose Trump B arack Obama’s first job as president: Piece together the shards of a shattered U.S. economy. It wasn’t smooth and it wasn’t fast, but Obama ultimately succeeded. The president will leave behind an economy far stronger than the one he inherited. Unemployment is 4.6 percent, a nineyear low. Stocks keep ascending to new highs. An additional 20.2 million Americans have health insurance coverage. The nation has shifted toward cleaner energy sources: natural gas, wind and solar. But those achievements have yet to erase the scars of the 2008 financial crisis. In this Feb. 12, 2009, file photo, President Barack Obama puts his hand to his heart during the Pledge of Allegiance at the 102nd Abraham Lincoln Association banquet in Springfield, Ill. Polling after the November election showed that nearly two-thirds of voters described the economy as “not so good” or “poor.” Those voters chose to pass the presidency to Donald Trump, a Republican who railed against a weak economy and promised to unwind many of Obama’s policies. The contrast between Obama and his successor helps to explain why the economic progress of the past eight years has yet to resonate with much of the country. Obama set policies with a professorial calmness and often spoke with a stoic resolve, just as Trump barnstormed the country by talking at a gut level to supporters who saw the recovery leaving their communities behind. “Historians will remember President Obama for his rational, evidence-based approach,” former economic adviser Alan Krueger said, “as opposed to the emotional, visceral style of the two presidents who will bookend his time in office.” Staring down the gravest economic catastrophe since the Great Depression, Obama focused on solutions rather than villains, an approach that aides say will be appreciated over time. “A lesser president,” Krueger added, would have “upended our economic system for short-term political gain.” Economic problems that had been simmering for decades started to boil with the Great Recession of 2007 to 2009. It suddenly became Obama’s responsibility to address problems that were both immediate and generations in the making, a difficult task given the tensions with Republicans who controlled the House of Representatives beginning in 2011. Trump highlighted the deeper troubles that many Americans still felt. Job options had already been dwindling for workers with a high school diploma, but the pain of that trend intensified with the downturn and slow recovery. Trump blamed the challenges confronting the middle class on cheap foreign workers and flawed trade deals. The costs of housing, prescription drugs and higher education are still climbing faster than wages, leaving many Americans feeling poorer. Basic trust in institutions such as the government has plunged. The Trump campaign saw the low unemployment rate as masking profound weaknesses. A smaller proportion of Americans at the prime working age of 25 to 54 hold jobs compared to the mid-1980s. Whereas Obama introduced regulations to limit climate change and protect workers without ever halting economic growth, Trump said those regulations stopped the economy from accelerating as it once had. Trump pledged to repeal and replace Obama’s health care program. Stocks shot up on hopes he will overturn Wall Street regulations passed after the financial crisis. The president-elect hopes to dramatically slash tax rates, while Obama increased the top marginal rate for wealthier Americans. “Trump’s victory is very harmful to his legacy —Obama understood that,” said Stephen Moore, a fellow at the conservative Heritage Foundation who advised the Trump campaign. “It’s why he campaigned so hard for Hillary Clinton.” But once in office, Trump may find that Obama has given him a gift with this economy. Trump faces none of the pressure — as Obama did— to instantly stabilize global financial markets. Trump can jawbone manufacturers to keep factory jobs stateside, rather than devoting billions of dollars to rescue General Motors and Chrysler. Trump can push a friendlier Congress to increase spending on infrastructure, an Obama agenda item that House Republicans ignored. Even the burden of income inequality— which Obama has called “one of the greatest challenges”— has lessened somewhat. Jason Furman, chairman of the White House Council of Economic Advisers, noted that income gains in 2015 point toward progress on shrinking the wealth gap. The Obama administration did more to shift income to the bottom 99 percent of earners through tax policy than any president since 1960, he said. Furman said the public pessimism about the economy has more to do with politics. Consumer spending has helped insulate the U.S. economy from the full effects of a global slowdown, a sign that Americans “are not behaving in a way that is consistent with massive amounts of anxiety about the future and uncertainty about whe- ther they’ll keep their jobs,” Furman said. “People have a big political prism that they use in interpreting economic information,” Furman said. During the crisis, Obama often made politically unpopular moves in hopes of stopping the economy from further deteriorating. He begrudged having to pump $412 billion into teetering banks and financial firms, yet he did so aware of the possible devastation if those same institutions failed. Voters watched in dismay as bankers cashed their bonuses while the number of foreclosures mounted. The homeownership rate is now close to a 50-year low. Former Treasury Secretary Tim Geithner later concluded in his memoirs, “We saved the economy from a failing financial system, though we lost the country doing it.” Less than a month after taking the oath of office in 2009, Obama signed the Recovery Act — better known simply as the “stimulus.” Administration estimates initially claimed that the $836 billion stimulus — a mix of tax cuts, public investments and direct aid — would stop unemployment from rising above 9 percent. Those projections were faulty, based on figures that were later revised for the worse. The 9 percent projection ultimately became an albatross as unemployment peaked at 10 percent that October, proof to some rival Republicans that the stimulus had failed. Mainland 8 The San Juan Daily Star December 23-25, 2016 Deep Divide Stops Effort to Repeal North Carolina LGBT Law A supposedly bipartisan deal to repeal North Carolina’s anti-LGBT law collapsed when both sides balked and started blaming each other, likely meaning the state will remain a pariah shunned by corporations, entertainers and high-profile sporting events. After more than nine hours of backroom discussions and sporadic public effort, Republican state legislators quit trying to repeal the law called House Bill 2 and went home Wednesday night. The law omits gay, lesbian, bisexual and transgender people from state anti-discrimination protections, bars local governments from passing broad non-discrimination ordinances covering them, and orders transgender people to use bathrooms and showers that align with their sex at birth. “I’m disappointed that we have yet to remove the stain from the reputation of our great state that is around this country and around the world,” Democratic Gov.-elect Roy Cooper said. He said he and his staff worked for more than a week on forging an agreement to repeal the law, talking with lawmakers from both parties, businesses, sports industry representatives and LGBT leaders. GOP legislators who see themselves as business-friendly appeared shaken by a months-long backlash as major companies like BASF, IBM and Bank of America described HB2 as bad for business. The compromise touted by both Cooper and outgoing GOP Gov. Pat McCrory called for Charlotte to do away with its ordinance. In exchange, lawmakers would undo the LGBT law. But many conservatives never wanted to repeal the law and GOP lawmakers cried foul when Charlotte leaders initially left part of the city’s ordinance in place. When the Senate bill called for a months-long ban on cities passing similar ordinances, Democrats said Republicans were going back on their promise. Senate leader Phil Berger, a Republican, blamed Cooper and the Democratic-controlled Charlotte City Council for sinking the repeal Trump Denounces Terror Attack, Vows Tough Immigration Plan P resident-elect Donald Trump is renewing his vow to stop radical terror groups and appeared to suggest a willingness to move ahead with his campaign pledge to temporarily ban Muslim immigrants from coming to the United States. Trump proposed the Muslim ban during the Republican primary campaign, drawing sharp criticism from both parties. During the general election, he shifted his rhetoric to focus on temporarily halting immigration from an unspecified list of countries with ties to terrorism. When asked on Wednesday whether the deadly truck attack on a Christmas market in Berlin would cause him to evaluate the proposed ban or a possible registry of Muslims in the United States, the president-elect said: “You know my plans. All along, I’ve been proven to be right, 100 percent correct.” President-elect Donald Trump speaks during a thank you rally in Ladd-Peebles Stadium on December 17 in Mobile, Alabama. effort. Berger said Charlotte officials misled lawmakers into thinking they had fully repealed their ordinance Monday. The council met again Wednesday morning to scrap the rest of local law. “I’m sorry folks, I don’t trust them, and our folks don’t trust them. There’s no reason to trust them,” Berger said after his chamber adjourned. Social conservatives defended the law’s transgender bathroom requirement — which has no enforcement or punishment provisions — as necessary to prevent heterosexual predators from masquerading as transgender to molest women and girls when they are vulnerable. “We continue to encourage our leaders to never sacrifice the privacy, safety, or freedom of young girls by forcing them to use the bathroom, shower, or change clothes with grown men just to satisfy the demands of greedy businesses, immoral sports organizations, or angry mobs,” North Carolina Values Coalition Executive Director Tami Fitzgerald said in a statement. The U.S. Justice Department and others contend the threat of sexual predators posing as transgender persons to enter a bathroom is practically nonexistent. The issue of transgender bathroom use “wasn’t a problem North Carolina was facing,” said Mara Keisling, executive director of the National Center for Transgender Equality. Legislators “should admit they messed up and repeal the bill. They seem to be still trying to figure out how to blame Charlotte, or blame Bruce Springsteen,” who canceled a Greensboro show after the law passed. HB2 has been blasted by gay-rights groups and resulted in conventions, jobs and sporting events such as the NBA All-Star Game shunning North Carolina. Corporate critics of the law included Deutsche Bank and Paypal, which both backed out of projects that would have brought hundreds of jobs to the state. “The NCAA’s decision to withhold championships from North Carolina remains unchanged,” spokesman Bob Williams said. McCrory signed the law and became its national face. HB2, along with other right-leaning bills he signed, turned this fall’s gubernatorial campaign into a referendum on the state’s recent conservative slant. He lost by about 10,000 votes to Cooper. Meanwhile, fellow Republicans U.S. Sen. Richard Burr and President-elect Donald Trump comfortably won the state. McCrory, the first sitting North Carolina governor elected to a four-year term to lose reelection, echoed Republican accusations that “the left sabotaged bipartisan good faith agreements for political purposes.” Repealing the state law could also have ended protracted legal challenges by the federal Justice Department and transgender residents. Much of that litigation has been delayed while the U.S. Supreme Court hears a separate Virginia case on transgender restroom access. December 23-25, 2016 The San Juan Daily Star 9 For Millions of Immigrants, a Common Language: WhatsApp By Farhad Manjoo W hen Facebook bought WhatsApp for more than $19 billion in 2014, Jan Koum, a founder of the messaging company, arranged to sign a part of the deal outside the suburban social services center where he had once waited in line to collect food stamps. Mr. Koum, like many in the tech industry, is an immigrant. He was a teenager when he and his mother moved to the San Francisco Bay Area in the early 1990s, in part to escape the anti-Semitic tide then sweeping his native Ukraine. As Mr. Koum later told Forbes, his mother worked as a babysitter and swept floors at a grocery store to survive in the new country; when she was found to have cancer, the family lived off her disability payments. Tales of immigrant woe are not unusual in Silicon Valley. But Mr. Koum’s story carries greater resonance because his app has quietly become a mainstay of immigrant life. More than a billion people regularly use WhatsApp, which lets users send text messages and make phone calls free over the internet. The app is particularly popular in India, where it has more than 160 million users, as well as in Europe, South America and Africa. Because it’s free, has a relatively good record on privacy and security, and is popular in so many parts of the world, WhatsApp has cultivated an unusual audience: It has become the lingua franca among people who, whether by choice or by force, have left their homes for the unknown. This is happening as the world is in- creasingly at war over migration; 2016 was, among other things, a prolonged and pitched battle over the rights and privileges of migrant people, whether Syrians in Europe, Europeans in Britain’s fight over Brexit, or the issue of Mexican and Muslim immigration that dominated the American presidential race. Beyond the headlines, what has often gone unnoticed in the politics of migration are the shifting dynamics of migrant life — particularly the surprising and subtle ways in which technology, especially smartphones and social networks, has altered the immigrant experience. Immigrants use lots of different apps, of course, from Facebook to Skype to WeChat, which is popular in China. But for many, WhatsApp has been at the center of a newfound connectedness. Wherever there are people leaving their homes for uncharted shores, you are likely to find WhatsApp. For migrants, it has become the best way to stay connected along a route, or, once they have landed, to keep in touch with the people they left back home. Syrian refugees flooding into Europe have used WhatsApp to pass along tips, warnings and pleas for help to others along the journey. WhatsApp has turned up along the border between the United States and Mexico, where Donald J. Trump would like to build his wall. In the last year, a tide of Venezuelans has landed in Miami. The first thing many of them reached for when they landed was WhatsApp. Even for people who have left their home countries voluntarily to pursue jobs and wealth in a new place, WhatsApp has thoroughly altered the contours of immigrant life. People who have been in the United States for decades told me that WhatsApp has eased the feeling of isolation and longing that is inherent to being an immigrant. “I do have much more of a sense of their daily lives,” said Anne Reef, 55, a former English professor, who moved from South Africa to the United States in 1988. She now lives in Memphis and has taught at, among other places, the University of Memphis. Calling internationally was a costly affair during Professor Reef’s earliest days in America; she would rely on a once-a-week phone call for news from home. There were often letters, sometimes containing pictures of newborns and weddings. Faxing became a thing in the 1990s, and later she found email, Skype and Facebook. But it wasn’t until she started using WhatsApp about a year ago that Ms. Reef began to feel a qualitative change in her connection with her far-flung family. A relative who lives in Australia — the son of Ms. Reef’s first cousin — recently had a baby. With WhatsApp, Ms. Reef said, she gets to see a stream of baby pictures. “I feel much more involved with the baby’s life — I feel like I know him, and that he’s become more than a third cousin to me,” she said. This might sound pedestrian; after all, baby pictures on the internet aren’t revolutionary. But WhatsApp’s innovations tend to be subtle. One of the secrets to WhatsApp’s growth has been a focus on simplicity. The app is purposefully unflashy, and it does just a few things — texts, voice calls and video calls. As a result, it is supremely easy to use even for people who are neophytes to digital technology. This is one reason immigrants find it so powerful; it has given them access to a wider set of relatives who might have shunned the social networks that came before. Adoption of WhatsApp often follows a curious pattern — older relatives often suggest it to younger ones, rather than the other way around. “My aunt, who’s in her late 70s, was the one who really pushed me to get on it,” Ms. Reef said. Now, she said, she uses it nearly every day; lately she’s even gotten her children to use it. WhatsApp’s ubiquity is also important. Because it has become essentially the primary mode of communication between people back in the motherland — whether your former home is Bangalore, India; São Paulo, Brazil; Johannesburg or Paris — for people who leave, it becomes something like a window into an old life. “I have a group that has my mother’s side of the family, and then another group that is my husband’s side of the family, and all day long it’s just messages to each other,” said Mina Mehta, 65, a surgical technician in Chicago, who moved to the United States from India with her husband in 1975. 10 December 23-25, 2016 Stocks The San Juan Daily Star Stocks Slide Again as Retailers and Tech Companies Slip R etailers took losses Thursday and pulled U.S. stocks lower in another day of mild trading before the holidays. Bed Bath & Beyond was pummeled after the home goods retailer reported weak results, and investors also dumped companies like Target, Staples and Dollar Tree. Chinese e-commerce company Alibaba fell after it was sanctioned by the U.S. government, while companies linked to investor Carl Icahn climbed after the billionaire was named as a future adviser to President-elect Donald Trump. Quincy Krosby, a markets strategist for Prudential Financial, said investors were concerned about the weak earnings for Bed Bath & Beyond and about the jump in interest rates since the election. “When you have interest rates rising, at least initially, it tends to take a little bit from the discretionary (companies) because credit card payments move higher,” she said. The Dow Jones industrial average shed 23.08 points, or 0.1 percent, to 19,918.88. The Standard & Poor’s 500 index lost 4.22 points, or 0.2 percent, to 2,260.96. The Nasdaq composite dipped 24.01 points, or 0.4 percent, to 5,447.42. The Russell 2000 index of small-company stocks sank 12.53 points, or 0.9 percent, to 1,362.66. With the year-end holidays approaching, trading remained light. A second day of losses pulled the Dow further from the 20,000 mark. It first reached 19,000 a month ago. After it reported a far smaller profit and weaker sales than analysts expected, Bed Bath & Beyond dropped $4.18, or 9.2 percent, to $41.38. That wiped out most of the gains the company has made during the post-election rally. The SPDR S&P 500 retail ETF lost 3.5 percent. Alibaba fell after the U.S. government put the Chinese e-commerce company back on a list of marketplaces that sell large amounts of counterfeit goods and is slow to respond when companies complain about knockoffs. Chinese regulators have made similar criticisms. Alibaba’s U.S.-listed stock lost $2.45, or 2.7 percent, to $86.80. Several companies linked to Carl Icahn surged after the billionaire investor was named as an adviser to Trump on regulatory reform issues. Icahn says he wants to cut business regulations. He is close to Trump and advised him during the presidential campaign, and that’s given some of his companies a large boost. Icahn Enterprises rose $4.38, or 7.6 percent, to $62.30 and refining company CVR Energy added $2.25, or 10.5 percent, to $23.69. Icahn owns 82 percent of the voting power in CVR Energy. Icahn Enterprises has climbed 30 percent since the presidential election, and CVR Energy has climbed 85 percent. Open-source software company Red Hat sank after it reported disappointing revenue in the third quarter. Its fourth-quarter sales projections were also lower than analysts expected. Red Hat lost $11.08, or 13.9 percent, to $68.71, its biggest one-day loss in 10 years. Other technology companies like Facebook and Yahoo also fell. MOST ASSERTIVE STOCKS PUERTO RICO STOCKS COMMODITIES CURRENCY LOCAL PERSONAL LOAN RATES LOCAL MORTGAGE RATES Bank FHA 30-YR POINTS CONV 30-YR POINTS BPPR Scotia CooPACA Money House First Mort Oriental 3.00% 3.50% 3.50% 3.75% 3.50% 3.50% 0.00 0.00 2.00 2.00 0.00 0.00 3.50% 4.00% 3.75% 3.75% 5.50% 3.75% 000 0.00 2.00 2.00 0.00 5.50 Bank PERS. CREDIT CARD AUTO BPPR --.-- 17.95 4.95 Scotia 4.99 14.99 4.99 CooPACA 6.95 9.95 2.95 Reliable --.-- --.-- 4.40 First Mort 7.99 --.-- --.-- Oriental 4.99 11.95 4.99 The San Juan Daily Star December 23-25, 2016 11 Officials Say Fingerprints Tie Tunisian to Berlin Attack G erman officials presented mounting evidence Thursday that Anis Amri was behind the wheel of a truck that smashed into a Christmas market in Berlin, killing 12, as authorities across Europe pressed ahead with their feverish manhunt for the 24-year-old Tunisian, who has evaded capture since the attack. Police raided properties in Berlin and the western state of North Rhine-Westphalia where Amri is believed to have spent time. They also swooped on a bus in the southwestern city of Heilbronn after receiving a tip that turned up nothing. No arrests were made, said Frauke Koehler, a spokeswoman for federal prosecutors. Even so, investigators were increasingly confident that Amri carried out the rampage after finding his fingerprints in the cab of the truck that had been hijacked shortly before Monday’s attack. “We can tell you today that there are additional indications that this suspect is with high probability really the perpetrator,” Interior Minister Thomas de Maiziere said after visiting the Federal Criminal Police Office along with Chancellor Angela Merkel. “Fingerprints were found in the cab, and there are other, additional indications that suggest this,” he told reporters. “It is all the more important that the search is successful as soon as possible.” German authorities have been on the defensive after it emerged that Amri had been considered a potential threat for months, subjected to surveillance and put in pre-deportation detention in August only to be released again due to paperwork problems. The fact that the attack is alleged to have been carried out by a man who came to Germany seeking asylum last year also prompted fresh criticism of Merkel’s decision to allow hundreds of thousands of migrants into the country without thorough security checks. While police have noted that most migrants are lawabiding, a number of high-profile crimes, including the New Year’s Eve assaults in Cologne and several violent attacks over the summer have stoked anti-migrant feeling in Germany. Two attacks in July, along with the truck attack in Berlin, were claimed by the Islamic State group. “We have made great efforts in recent years to better prepare for terrorist threats,” Merkel told reporters. “This makes me confident that we will withstand the test that we now face.” While members of Merkel’s party have called for tighter asylum laws and a crackdown on potential extremists in the wake of the attack, the chancellor appealed once more for calm. “I want to say how very proud I’ve been in recent days that the great majority of people have reacted soberly,” she said. At the site of the bloodbath, Berliners made a show of defiance. Vendors reopened their stalls at the Christmas market next to the Kaiser Wilhelm Memorial Church even as police placed concrete blocks by the roadside to provide extra security. In tribute to the victims, organizers decided to do without festive music and bright lights. Berliners and visitors placed candles and flowers at a makeshift shrine for the victims . Berlin’s state Health Ministry raised the number of injured in the attack to 56, saying some victims went to hospitals on their own. Syrian Government Takes Full Control of Aleppo After 4 Years T he Syrian government took full control of Aleppo on Thursday for the first time in four years after the last opposition fighters and civilians were bused out of war-ravaged eastern districts, sealing the end of the rebellion’s most important stronghold. The evacuations ended a brutal chapter in Syria’s nearly sixyear civil war, allowing President Bashar Assad to regain full authority over the country’s largest city and former commercial powerhouse. It marked his most significant victory since an uprising against his family’s four-decade rule began in 2011. The announcement was made via an army statement broadcast on Syrian state TV shortly after the last four buses carrying fighters left through the Ramousseh crossing. “Thanks to the blood of our heroic martyrs, the heroic deeds and sacrifices of our armed forces and the allied forces, and the steadfastness of our people, the General Command of the Army and the Armed Forces announces the return of security and stability to Aleppo,” an army general said in the statement. Western Aleppo erupted in heavy celebratory gunfire, with Syrian TV showing uniformed soldiers and civilians shouting “Aleppo, Aleppo!” and “God, Syria and Bashar only!” “No more east and west, Aleppo is back for all Aleppans,” said the Syrian TV correspondent, surrounded by people waving Syrian flags. For Syria’s opposition, it was a crushing defeat that signaled the start of a new struggle to forge a way forward. Ahmad al-Khatib, an opposition media activist who left the city before the siege, said the fall of Aleppo was a date “we’ll never forget and we will never forgive.” “Let the world bear witness that Bashar Assad has killed and displaced and destroyed Aleppo, and he celebrates in his victory over the blood and offspring of Aleppo ... with the agreement of the Arab and Western nations,” he posted on Twitter. The ancient city had been divided into rebel and government parts since 2012, when rebels from the countryside swept in and took hold of eastern districts. That set the stage for more than four years of brutal fighting and government bombardment that laid waste to those neighborhoods. The army statement said the victory in Aleppo is a “strategic transformation and a turning point in the war on terrorism and a deadly blow to the terrorist project and its supporters.” It was a further incentive to keep fighting to “eradicate terrorism and restore security and stability to every span of the homeland,” it added. Earlier in the day, Assad said his forces’ achievements in Aleppo are a “major step on the road to wiping out terrorism” and ending the civil war. The rebel evacuations were set in motion after a months-long siege and Russian-backed military campaign. Years of resistance were stamped out in a relentless campaign over the past month that saw hospitals bombed, bodies left unburied and civilians killed by shells as they fled for safety. The campaign targeted all remaining hospitals, knocking them out of service. Medical and food supplies ran out and fighters were left demoralized and abandoned by their regional allies. Under a deal brokered by Russia and Turkey, tens of thousands of residents and fighters began evacuating to opposition-controlled areas in the surrounding countryside, a process that took a week. More than 35,000 fighters and civilians were bused out, according to the United Nations. The ICRC said in a statement that more than 4,000 additional fighters were evacuated in private cars, vans and trucks since Wednesday. The departure of the last convoy Thursday was a humiliating defeat for the opposition. 12 December 23-25, 2016 The San Juan Daily Star Russia Lays to Rest Murdered Turkey Envoy With Full Honors R ussia staged a somber funeral ceremony on Thursday for Andrei Karlov, the Russian ambassador to Turkey who was shot dead in Ankara by a man who shouted “Allahu Akbar” and “Don’t forget Aleppo”. President Vladimir Putin, who promised retribution after Karlov, 62, was killed on Monday, was among mourners, including relatives and fellow diplomats, who gathered at the Foreign Ministry building where the slain envoy’s body lay in an open casket in Russian Orthodox tradition. Russia and Turkey say the assassination was a failed attempt to derail a rapprochement between Moscow and Ankara which has seen them cooperate more closely over Syria, even though they have backed different sides in the conflict. Prime Minister Dmitry Medvedev and Foreign Minister Sergei Lavrov laid flowers near Karlov’s body in a ceremony in the marbled lobby of the looming Stalin-era skyscraper in central Moscow. Lavrov said Karlov had been the victim of “a despicable terrorist act”. Putin, who has said he knew Karlov personally and posthumously awarded him the highest military medal of Hero of Russia, paid his respects, briefly sitting beside the coffin and speaking to Karlov’s widow. Karlov was a Soviet-trained diplomat who worked in North and South Korea during the 1990s and 2000s and was sent to Turkey in 2013. His name was etched into a slab of pink marble on the wall of the foreign ministry building commemorating Russian diplomats killed in the line of duty. Proceedings moved to Moscow’s golddomed Christ the Saviour Cathedral later on Thursday where the head of the Russian Orthodox Church, Patriarch Kirill, led a ceremony. “He will go down in the history of the Fatherland,” said Kirill. The envoy was buried later on Thursday in a cemetery in a northern Moscow suburb with military honors, his coffin draped in the Russian flag. “We must know who directed the killer’s hand,” Putin said after Karlov was assassinated. Turkish authorities have identified the as- Flag-wrapped coffi n of late Russian Ambassador to Turkey Andrei Karlov is carried to a plane during a ceremony at Esenboga airport in Ankara, Turkey, Tuesday. sassin as Mevlut Mert Altintas, 22, who had worked for Ankara’s riot police. He was later killed by security forces. President Tayyip Erdogan has blamed the killing on the network of Muslim cleric Fe- thullah Gulen, something Gulen denies. The Kremlin however has said it is too early to say who stood behind the murder. Russia has flown a team of investigators to Turkey to help with the investigation. Aid Workers Killed in Mortar Attacks in Mosul, UN Says F our Iraqi aid workers and at least seven civilians were killed by mortar fire this week during aid distri- bution in Mosul, the United Nations said, as the campaign to retake the city from Islamic State continued to make slow and punishing progress. On Thursday, three vehicle-borne improvised explosive devices (VBIEDs) claimed by Islamic State went off in Kokjali, an eastern suburb that the authorities said they had retaken from the jihadists almost two months ago. At least two civilians were killed and 20 others wounded, including soldiers, according to local police, a health official and a witness. The death toll was expected to rise. Amaq news agency, which supports Islamic State, said in a statement circulated online that suicide bombers had targeted the army. A U.N. statement on the two separate mortar attacks this week that killed aid workers and wounded about 40 people said indiscriminate shelling violated international law. “People waiting for aid are already vulnerable and need help. They should be protected, not attacked,” said Lise Grande, U.N. humanitarian coordinator for Iraq. “All parties to the conflict - all parties - have an obligation to uphold inter- national humanitarian law and ensure that civilians survive and receive the assistance they need.” She did not assign blame for the attacks, but Islamic State militants retreating from the military offensive have repeatedly shelled areas after they are retaken by the army, killing or wounding scores of residents fleeing in the opposite direction. The U.S.-backed assault on Mosul, the jihadists’ last major stronghold in Iraq, was launched by a 100,000-strong alliance of local forces on Oct. 17. It has become the biggest military operation in Iraq since the 2003 U.S.-led invasion that toppled Saddam Hussein. Elite army forces have captured a quarter of the city but the advance has faced weeks of fierce counter-attacks from the militants even in areas thought to be cleared. The authorities do not release figures for civilian or military casualties, but medical officials say dozens of people are wounded each day in the battle for Mosul. The San Juan Daily Star December 23-25, 2016 13 New York Times Editorials Why Venezuela Should Default By JOE KOGAN G uess which country has recently shown the greatest willingness to weather hardship in order to pay its foreign bondholders? Paradoxically, it’s the country that has been among the most vocal in its anticapitalist rhetoric. Venezuela continues to pay despite an economic crisis that would have stymied other sovereign borrowers long ago. Riots prompted by a shortage of cash are just the latest example of the country’s economic crisis. Although reallocating funds from debt service to the importation of much-needed food and medicine is tempting, the government fears that subsequent lawsuits could actually leave less money for imports. These fears are overstated. Venezuela already faces the typical costs of sovereign default, such as the loss of access to international credit markets and a decline in foreign direct investment, even though it remains up to date on its debt service. With default seemingly inevitable, the country must eventually confront any other consequences, which are unlikely to include the dreaded seizure of Venezuelan oil tankers at sea. Meanwhile, postponing default is costly to the economy and unfair to long-term creditors. The government has gone to extraordinary lengths to avoid default. For example, in order to secure a twoyear reprieve on the repayment of $2.8 billion in bonds, Venezuela’s state-owned oil company PDVSA agreed to repay an additional 20 percent of that amount and also pledged as collateral half of Citgo, the American oil refinery whose value far exceeds the amount of debt refinanced. Similarly, in order to fend off a $769 million lawsuit by the Canadian mining company Gold Reserve over an expropriation, the Venezuelan government will not only honor the full claim, but also grant Gold Reserve the rights to 45 percent of a new mining company, essentially paying twice. Some stakeholders argue, perhaps self-servingly, that the government should continue to resort to extraordinary measures to meet its international obligations. The government could sell its vast oil reserves, for example, as they are the largest in the world. Such measures are typically justified by portraying the legal consequences of a default with a parade of horribles. Consider what happened to Congo. The hedge fund Kensington, a subsidiary of the distressed debt investor Elliott Management, purchased defaulted Congolese debt for cents on the dollar in the late 1990s. In 2005, Kensington managed to intercept the Nordic Hawk, a tanker ship carrying $39 million in oil, and proved to a British judge that the oil originated in Congo, despite elaborate efforts by Congolese government officials to disguise the source of the ship’s cargo. Venezuelan oil exports, which are an order of magnitude larger than those from Congo, cannot be immediately seized. Instead, a legal cat-and-mouse game would ensue upon default. If creditors try to confiscate tankers of oil, Venezuela will ensure that, contractually, that oil is the property of the buyer before it leaves Venezuela. If creditors go after the money paid for that oil, Venezuela will reroute that money through China to evade them. Venezuela could also sell more oil through joint ventures and to China to further complicate matters for plaintiffs. Litigation would surely take a long time. Congo defaulted on its external debt in 1985, but did not reach a settlement with Kensington until 2008. Similarly, Argentina managed to evade creditors like Elliott Management for over a decade before ultimately reaching an agreement to pay only 75 percent of the amount owed. Judge Thomas P. Griesa, the United States District Court judge handling the case, frustrated by Argentina’s decade-long intransigence despite a strong economic recovery post-default, ultimately forced Argentina to pay, but also quickly extricated himself from the case once Argentina had made a reasonable offer. Considering Venezuela’s dire economic situation, a United States court is unlikely to grant any immediate preliminary relief to hedge funds ahead of a lengthy proceeding on the merits. In the meantime, Venezuela would save around $10 billion in annual debt service, an amount sufficient to restock empty supermarket shelves by funding an estimated 50 percent increase in imports. By alleviating shortages, these funds would give the current government, or a future government, some breathing room to enact economic reforms that would spur growth and assure long-term viability, reforms that have so far proved politically elusive. Venezuela may eventually have to pay what it owes, but that will be easier than overpaying now. Whatever the consequences of default, they can only be postponed, not avoided. Central Bank reserves are dwindling, oil production is falling, and the economy faces recession and hyperinflation. Many bonds can be purchased for only 40 cents on the dollar because the market believes default is just a matter of time. Despite the government’s extraordinary efforts, creditors are actually not being treated fairly. While short-term creditors are paid in full, long-term creditors may not be paid at all. Every time the country pledges assets as collateral or sells the rights to natural resources, it subordinates and dilutes the claims of typically unsecured long-term creditors. Now is the worst time to sell Venezuela’s natural resources, considering the uncertain political and economic environment. The pension funds and other institutional investors that loaned Venezuela money over the past decade deserve to be repaid. Nevertheless, Venezuela does not need to take its assets to the pawnshop. Most investors A sample bank note with the face of Venezuela’s President Maduro and the word “devaluated” is seen at a market in Caracas. would be happy to postpone debt service payments in return for a credible commitment to economic reforms, like exchange rate unification; default, or the threat of default, would discourage any holdouts. Once the country stabilizes, the government can offer a restructuring that includes a maturity extension and deferral of interest payments in return for warrants that pay when oil prices rise, allowing bondholders to share in the upside. Incentives for litigation for hedge funds would be few if the restructuring were fair. Both the country and its creditors would be better off in this scenario than in a continued fire sale of Venezuela’s remaining assets. PO BOX 6537 Caguas PR 00726 Or e-mail us at: [email protected] Telephones: (787) 743-3346 • (787) 743-6537 (787) 743-5606 • Fax (787) 743-5100 Dr. Ricardo Angulo Publisher Manuel Sierra Sharon Ramírez General Manager Legal Notices Graphics Manager María de L. Márquez Aaron Christiana Business Director R. Mariani Editor Circulation Director Maria Miranda Lisette Martínez Local News Editor Advertising Agency Director Ismael Reyes Ray Ruiz Sports Editor/Assistant Editor Legal Notice Director Allan Gil Internal Auditor María Rivera Graphic Artist Manager 14 December 23-25, 2016 The San Juan Daily Star JAM to Unveil Art Works and Good Music Hanging for Young Adults Provides By PEGGY ANN BLISS Special to The STAR [email protected] T he eight social-criticism songs on El Macabeo Orchestra’s latest album have inspired the unveiling of eight works of art at ArteJangueo tonight, at the Puerto Rico Art Museum. The debut of “La maldición del timbal” (The Curse of the Timbal), the group’s fourth record, will feature the orchestra, local performers and DJs from 7 p.m. to 1 a.m. Since its inception, JAM (Spanish acronym for Hanging with Young Friends of the Puerto Rico Art Museum) has converted the museum into a meeting place, helping acquire “Borges o El Aleph,” by iconic local artist Francisco Rodón for the permanent collection, said founding member and President Alejandro García. JAM also acquired the sculpture “Marejada” (Surge) by Frances Gallardo and works by Omar Abdulio, Alexis Bousquet and Osvaldo Budet. Banco Popular’s new Christmas special, “De Puerto Rico pa’l mundo” (From Puerto Rico to the World), will be screened, with performers on hand from the island and the diaspora. The garden will be the venue for the traditional Secret Wall Battle in which illustrators will have 90 El Macabeo minutes to complete a black-and-white work inspired by the record. Tickets are on sale at Fangig.com. For information: (787) 977-6277, Exts. 2262 and 2228. Pro-Arte Lírico Has Sublime Christmas Gift for Audiences Ana del Pilar Pérez Does Annual Free Concerts By PEGGY ANN BLISS Special to The STAR starrrbliss@gmail. com MUSIC REVIEW W e need more people like soprano Ana del Pilar Pérez and her husband Jorge Calero, who like some of Puerto Rico’s other non-commercial performers, keep on truckin’. This Christmas, for the 50th anniversary celebration of Pro Arte Lírico, they have presented nine almost identical free concerts with slight variations in personnel. And while the musicians undeniably have talent and passion, it is the repertoire and the little touches involved in props and juxtaposition that most delight. Tonight at 7:30, a similar free Christmas concert will be presented at María Madre de la Misericordia Parish in Guaynabo. This reporter, who for half a century has enjoyed this island’s plethora of exquisite lyric talent, along with welcome injections from the two other Hispanic Caribbean cultures, gives the best marks to repertoire and the expected excellent ad hoc choir prepared by the latest doyenne of the genre, Jo-Anne Herrero. The venue -- The Raúl Juliá Theater at the Puerto Rico Art Museum -- was excellent, except for the substitution of a portable keyboard in lieu of a classy grand piano, as, for example, the Bosendofer at the University of Puerto Rico or the Steinways at the Conservatory of Music, Luis A.Ferré Performing Arts Center, even the Ponce Art Museum and the Gallery Inn, or a first-rate pipe organ as in the Union Church and UPR. The audience was enthusiastic but not full. This will be the tour’s only appearance this Christmas weekend. It will wind up the marathon of beloved nativity music during Three Kings Day. The production will appear two more times: Jan. 7, at 2 p.m. at the Lourdes Grotto Parish in Barrio Las Cuevas, in Toa Alta, and Jan. 8 at 8 p.m. at the St. Luisa de Marillac Parish in Las Cumbres. The program, as presented in the Art Museum, had several other small limitations: soloists’ use of the score, insufficient volume from Pérez, who nevertheless has a sweet and well educated voice, and the contrast between the sometimes pedantic narrative by Calero and the freshness of the selections. But there was not one song I wanted to hear that wasn’t presented, the international jewel “Carol of the Bells,” the Puerto Rican perennial gem “Villancico Yaucono,” the catchy native carols such as “Venid, Pastores.” After all these beautiful hymns, what was “Rudolph, the Red-Nosed Reindeer” doing there? Just keeping the audience on its toes. The chorus pulled out its funny hats and Rudolph hats, and had as much fun as the audience. Ditto for “Jingle Bells” and “Feliz Navidad.” Some would have been nice in the native language, es- pecially “Silent Night” in the original German, “O Holy Night” in French and “White Christmas” in English, instead of the Austrian and French carols in English and Spanish. Thank goodness there was no Spanish version of “Rudolph” in sight. Harry Aponte played a spirited and virtuoso piano, but sometimes drowned out the small voice of the soprano. A few pieces, particularly “Miles de pastores pequeñitos” (Thousands of Little Shepherds) and “Venid, pastores,” were a bit too sprightly for this reviewer’s taste, but the former had refreshingly unusual rhythms in the chorus. Others, such as Rafael Hernández’s “Noche de Navidad” (Christmas Night) were especially beautifully rendered. Since María Esther Robles made her iconic recording of these songs, they have appealed to me more in a soprano voice, and that was for the most part adhered to. Brian Colón, on the other hand, did justice to Pietro Yon’s “Gesu Bambino” (Jesus Child) and other Puerto Rican traditional carols, such as José Ignacio Quintón’s spirited “Aguinaldo,” Hernández’s “Nochecita de Navidad” and the sublime “O Holy Night.” Carlos Ortiz delivered a convincing interpretation of Noel Estrada’s tuneful, but largely unfamiliar, “Verde Navidad” (Green Christmas) and the well known “Adeste Fideles” (O, Come All Ye Faithful). The cast for future concerts also includes tenor Juan Hernández and bass Xavier Caraballo. Julio Suárez alternates concerts at the keyboard with Aponte. The San Juan Daily Star December 23-25, 2016 15 NOTICIAS ESPANOL 23-25 de Diciembre de 2016 en Provistas por Internews Ser vice No baja de 60 centavos el litro de gasolina sin plomo E l más reciente informe del Departamento de Asuntos del Consumidor (DACO) reveló que el precio del litro de gasolina sin plomo y de diesel no bajó de 60 centavos. La gasolina reportada por la empresa Total Petroleum, fluctuó del 16 de diciembre al 21 de diciembre, de 65.50, 65.70 y 66.50, en esas tres fechas, mientras que Sol Puerto Rico mantuvo los precios en 64.70, 64.70 y 65.70, en ese mismo periodo. Puma Energy, por su parte, presentó el combustible de 64.68, 63.69 y 64.70, al tiempo que Toral Petroleum Corp., lo hizo de 61.74, 62.74 y 63.74, del 2 de diciembre al 17 de diciembre, mientras que Best Pet, sostuvo los precios de 61.79,62.05, 62.85 centavos. Por su parte, BVI Gas Inc DBACabo Rojo Gas & Oil, vendió la gasolina del 13 al 21 de diciembre, entre 61.26, 60.73 y 62.05. La empresa Peerless Oil, presentó precios de 64.33, 63.53 y 64.33 del 17 al 21 de diciembre, mientras que Bitas’s Fuel Corp., lo hizo a 61.00, 61.42 y 62.21, del 16 al 21 de diciembre. America Petroleum, sostuvo los precios de gasolina sin plomo los días 16, 20 y 21 de diciembre en 62.05, 62.05 y 62.85. Los datos de DACO fueron recogidos en el informe que prepara el programa de monitoreo de precios prevalecientes de mayoristas de gasolina. Gobernador coloca primera piedra de ciclovía en Coamo E l gobernador Alejandro García Padilla anunció ayer el inicio de la construcción del paseo ciclista y peatonal de la carretera PR-546, que también se conocerá como la Ciclovía de Coamo. El proyecto será un paseo para recorrer a pie o en bicicleta que conectará el hotel Baños de Coamo con la carretera PR-153. “La Ciclovía será un espacio abierto para venir a disfrutar en familia, entre el verdor y la brisa de esta hermosa zona de Puerto Rico. Este proyecto será realizado con una inversión de cuatro millones, provenientes de fondos de la Administración Federal de Carreteras, y deberá estar completado para finales del próximo año”, informó el primer ejecutivo. La inversión, además de cubrir la construcción de la Ciclovía, también incluirá mejoras a la infraestructura, mitigación, paisajismo, la adquisición de parte de los terrenos y otras mejoras a la zona circundante. Entre estas, se destaca la construcción de cruces tipo plataforma elevada en la PR-546, mejor iluminación y rotulación, una nueva pavimentación y marcado y mejoras al drenaje. Asimismo, el proyecto contempla áreas de descanso y una zona de estacionamiento cercana a los Baños de Coamo. Entretanto, la protección de los recursos naturales y culturales es tema prioritario en la con- strucción: se sembrarán 248 árboles nuevos, por lo que la cuenta final alcanzará los 463, más de cien de los que existen ahora. La Oficina de Conservación Histórica concluyó que esta construcción no tendrá ningún impacto sobre cuatro antiguos acueductos que discurren debajo de la PR-546. El primer mandatario comparó este proyecto con el Paseo de Puerta de Tierra en San Juan e indicó que ambos espacios cuentan con un potencial recreativo sustancial, pero que habían sido olvidados por administraciones anteriores. “Como ven, este ha sido un proyecto bien pensado y organizado, a fin de darle a nuestro querido pueblo de Coamo un incentivo adicional, no solo para la recreación, sino también con el potencial de atraer turismo”, declaró el gobernador. Lanzan video musical en apoyo a campaña “Ni una bala más al aire” E l Departamento de Corrección y Rehabilitación (DCR) y la Policía de Puerto Rico presentaron el jueves la producción audiovisual “Ni una bala más”, como parte de la campaña de prevención “No más balas al aire”. La canción “Ni una bala más” fue creada por la banda Canción de Libertad, integrada por confinados del Instituto Educativo Correccional, ubicado en Bayamón. La producción de la canción (grabación, mezcla y masterización) fue realizada por Leo Álvarez en su estudio. Además, contó con la colaboración del cantante cristiano Shalom Rodríguez (coach vocal de la banda), Marcos Montañez (cantante de Cubo Libre) y la participación destacada de Edwin Moreira (guitarrista y multi instrumentista), quien hizo además el arreglo de la canción. Participó como invitado especial Chucho Avellanet. El video se realizó en, entre otras locaciones, la Concha Acústica del Residencial Manuel A. Pérez, con la participación del activista social Papo Christian, gestor inicial de esta campaña y líder comunitario de la misma durante muchos años, y a quien se le dedica el video clip. Fue posible gracias al apoyo de la Administración de Vivienda Pública, MAS Corporation como anfitrión, y la cooperación de los Agentes Martinal, SP Management y Mora Housing. Se grabó también en residencias en Toa Alta, y Bayamón. La edición, realizada por Vance McLean, fue gracias al apoyo de Fernando L Sumaza & Co Inc, Lote 23 y West Corporation. El video está actuado por, entre otros, actores y actrices del Programa de Teatro del DCR, y dos jóvenes actores de la USC, César Soto y Cristina Corujo. Participaron como invitados especiales Carlos Negrón y Evelyn Vélez, padres de Karla Michelle Negrón. En la filmación del video participaron representantes de residenciales de distintas partes de la Isla: Manuel A. Pérez, Nueva Puerta de San Juan, Lloréns Torres, Nemesio Canales, San Patricio, El Cemí, Yuquiyú, Jesús T. Piñero, El Prado, Las Casas y Jardines de Sellés. El trabajo de cámara fue realizado por Vance McLean y Melvin de Jesús, camarógrafo de Prensa del DCR, con trabajo de cámara adicional de Jesús Gadiel Torres y Elia Enid Cadilla. Donaron el uso de su cámara, además, los cineastas Omar Camilo y Yamara Rodríguez. El video clip fue dirigido por la directora del Programa de Teatro del DCR, Elia Enid Cadilla. “Cotinuamos apoyando toda iniciativa que promueva la rehabilitación en la población correccional. En esta época de navidad los confinados integrantes de la banda correccional tuvieron la iniciativa de escribir la canción y solicitaron la ayuda para preparar un video de la misma. Esto es ejemplo claro de querer rehabilitarse llevando un mensaje positivo y de prevención a la sociedad”, destactó el secretario interino del DCR, Ramón Torres Cruz. Friday, December 23, 2016 17 Official Registry of Legal Notices LEGAL NOTICE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA SUPERIOR DE PONCE LIME RESIDENTIAL, LTD. Parte Demandante Vs. PABLO GABRIEL MORALES MELÉNDEZ Demandado Civil Núm.: JCD2013-0406. Salón Núm.: (G-28). Sobre: EJECUCIÓN DE HIPOTECA Y COBRO DE DINERO (VÍA ORDINARIA). EDICTO DE SUBASTA . ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, EL PRESIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS, ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO, SS. A: PABLO GABRIEL MORALES MELÉNDEZ; AL (a la) SECRETARIO (A) DE HACIENDA DE PUERTO RICO y al PÚBLICO EN GENERAL: El Alguacil que suscribe, certifica y hace constar que en cumplimiento de Mandamiento de Ejecución de Sentencia que me ha sido dirigido por la Secretaría del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Ponce, procederé a vender en pública subasta y al mejor postor, por separado, de contado y por moneda de curso legal de los Estados Unidos de América. Todo pago recibido por el (la) Alguacil por concepto de subastas será en efectivo, giro postal o cheque certificado a nombre del (de la) Alguacil del Tribunal de Primera Instancia. Todo derecho, título, participación e interés que le corresponda a la parte demandada o cualquiera de ellos en el inmueble hipotecado objeto de ejecución que se describe a continuación: URBANA: Solar radicado en la Urbanización Galicia del Mar, localizado en el Barrio Capitanejo del término municipal de Juana Díaz, Puerto Rico, que se describe en el plano de inscripción de la Urbanización, con el número, área y colindancias que se relacionan a continuación: Solar número ciento cuarenta y seis (#146) del Bloque J. Área del solar: trescientos cincuenta y nueve metros, cincuenta y seis decímetros cuadrados. En lindes por el NORTE, con la calle número uno (#1) de la Urbanización, en una distancia de once punto setenta y cinco metros (11.75); por el SUR, con el área del parque número uno (#1) de la Urbanización Galicia del Mar, en una distancia de quince punto veinticinco (15.25) metros.; por el ESTE, con la calle número tres (#3) de la Urbanización Galicia del Mar, en una distancia de veinte punto veinticinco (20.25) metros y por el OESTE, con el solar número ciento cuarenta y cinco (#145) del Bloque J, en una distancia de veintitrés punto setenta y cinco (23.75) metros. El inmueble antes descrito contiene una estructura de concreto y bloques de concreto destinada a vivienda. Consta inscrita al folio 31 del tomo 535 de Juana Díaz, finca número #20,294 del Registro de la Propiedad de Puerto Rico, Sección Primera de Ponce. La propiedad está localizada en la siguiente dirección: Urbanización Galicia del Mar, Solar 146-J, Juana Díaz, Puerto Rico 00795. En relación a la finca a subastarse, se establece como tipo mínimo de licitación en la Primera Subasta la suma de $164,060.00, según acordado entre las partes en el precio pactado en la Escritura de Compraventa. De ser necesaria una segunda subasta por declararse desierta la primera, la misma se celebrará en mi oficina, ubicada en el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Ponce. La PRIMERA SUBASTA, se llevará a cabo el día 21 DE FEBRERO DE 2017, A LAS 11:15 DE LA MAÑANA, en mis oficinas sitas en el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Ponce. Si la primera subasta del inmueble no produjere remate, ni adjudicación, se celebrará una SEGUNDA SUBASTA el día 28 DE FEBRERO DE 2017, A LAS 11:15 DE LA MAÑANA, en el mismo sitio y servirá de tipo mínimo las dos terceras partes del precio pactada para la primera subasta, o sea, la suma de $109,373.33. Si la segunda subasta no produjere remate, ni adjudicación, se celebrará una TERCERA SUBASTA el día 7 DE MARZO DE 2017, A LAS 11:15 DE LA MAÑANA, en el mismo lugar y regirá como tipo mínimo de la tercera subasta la mitad del precio pactado para la primera, o sea, la suma de $82,030.00. Dicha subasta se llevará a cabo, para con su producto satisfacer a la parte demandante el importe de la Sentencia dictada a su favor, a saber: Suma Principal: $158,726.51, más los intereses correspondientes a razón de 2.99% anual, desde el 1ro de noviembre de 2012 y los que se continúen acumulando hasta su total y completo pago, más una suma equivalente 5% de cualquier pago que esté en mora por más de quince (15) días desde la fecha de su vencimiento. Más una suma estipulada para costas, gastos y honorarios de abogado de $16,406.00, más cualquier otra suma que resulte por cualesquiera otros adelantos que se hayan hecho la demandante, en virtud de las disposiciones de la escritura de hipoteca y del Pagaré hipotecario. Para más información, a las personas interesadas se les notifica que los autos y todos los documentos correspondientes al procedimiento incoado, estarán de manifiesto en la Secretaría del Tribunal, durante las horas laborables. Este EDICTO DE SUBASTA, se publicará en los lugares públicos correspondientes y en un periódico de circulación general en la jurisdicción de Puerto Rico. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titularidad y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere, al crédito del ejecutante continuarán subsistentes. Se entenderá, que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio del remate. Una vez confirmada la Venta Judicial por el Honorable Tribunal, se procederá a otorgar la correspondiente Escritura de Venta Judicial y se pondrá al comprador en posesión física del inmueble, de conformidad con las disposiciones de Ley. Se informa que la propiedad objeto de ejecución se adquiere libre de cargas y gravámenes posteriores. Expedido en Ponce, Puerto Rico, a 27 de octubre de 2016. LUIS R. SÁNCHEZ VEGA, ALGUACIL AUXILIAR #748. LEGAL NOTICE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE PONCE SALA SUPERIOR ORIENTAL BANK Demandante Vs. RAMON EDILBERTO HERNANDEZ SANTIAGO T/C/C RAMON E. HERNANDEZ SANTIAGO, ROSA JULIA SANCHEZ TORRES T/C/C ROSA J. SANCHEZ TORRES Y LA SOCIEDAD LEGAL DE GANANCIALES COMPUESTA POR AMBOS Demandados Civil Núm.: JCD2015-1040. (406). Sobre: COBRO DE DINERO Y EJECUCIÓN DE HIPOTECA POR LA VÍA ORDINARIA. EDICTO DE SUBASTA. LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, EL PRESIDENTE DE LOS E.E. U.U., EL ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO, SS. Yo, JOSÉ O. MELÉNDEZ RODRÍGUEZ, ALGUACIL REGIONAL, Alguacil del Tribunal Superior de Puerto Rico, Sala de Ponce, al Público HAGO SABER: Que en cumplimiento de la Sentencia dictada el 3 de junio de 2016, notificada el 23 de junio de 2016, de la cual surge que la parte demandada adeuda solidariamente a la demandante la suma principal de $127,514.75, intereses vencidos que al 1 de mayo de 2016, ascienden a $8,036.05 y los que se continúen acumulando a la tasa de 6.875% anual según pactado hasta el pago total y completo de la obligación, la suma de $425.70 por concepto de cargos por demora, más la suma de $14,400.00 por concepto de costas, gastos y honorarios de abogado y a tenor con el Mandamiento de Ejecución de Sentencia que se me libró con fecha de 5 de octubre de 2016, por la Secretaría de este Honorable Tribunal de Ponce, en el caso de epígrafe, venderé en pública subasta y al mejor postor, la siguiente propiedad inmueble, la cual se describe a continuación: “RUSTICA”: Parcela marcada con el número doscientos noventa y uno (291) en el plano de Parcelación de la Comunidad Rural Río Cañas del Barrio Río Cañas del término municipal de Juana Díaz, Puerto Rico, con una cabida superficial de trescientos setenta y uno punto cincuenta y uno metros cuadrados (371.51mc). En lindes por el Norte, con parcela número doscientos noventa (290); por el Sur, con la Calle de la comunidad número ocho (8);por el Este, con la Calle de la comunidad número siete (7) y por el Oeste, con Carretera Estatal número quinientos treinta y cinco (535).” Inscrita al folio 187 del tomo 436 de Juana Díaz, finca número 15,396, Registro de la Propiedad de Puerto Rico, Sección I de Ponce. Por su procedencia está: Libre de Cargas. Esta propiedad tiene el siguiente número de catastro en el Centro de Recaudación de Ingresos Municipales (CRIM) 643670-762-69-26-000. La dirección física del inmueble anteriormente descrito es: 291 CALLE 7, BARRIO CAÑAS, JUANA DIAZ, PR 00795. Sobre la antes descrita propiedad se encuentran inscritos los siguientes gravámenes posteriores: (A) “AVISO DE DEMANDA”: del día 8 de diciembre de 2016, expedida en el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Ponce, en el caso civil número JCD2015-1040 (406), seguido por Oriental Bank, contra Ramón Edilberto Hernández Santiago y su esposa Rosa Julia Sánchez Torres, por la suma de $137,514.75 más otras cantidades, presentado al asiento 2016-PO01, finca número 15,396. Esta anotación de Demanda corresponde al caso de epígrafe. Se apercibe a los licitadores para que procedan con la inspección física del inmueble objeto de ejecución previo a la celebración de la subasta. El precio mínimo de licitación con relación a la antes descrita propiedad y la fecha y hora de cada subasta es como sigue: PRIMERA SUBASTA: Se celebrará el día 16 DE FEBRERO DE 2017, A LAS 11:30 DE LA MAÑANA. Precio Mínimo: $144,000.00. SEGUNDA SUBASTA: Se celebrará el día 23 DE FEBRERO DE 2017, A LAS 11:30 DE LA MAÑANA. Precio Mínimo: $96,000.00. TERCERA SUBASTA: Se celebrará el día 2 DE MARZO DE 2017, A LAS 11:30 DE LA MAÑANA. Precio Mínimo: $72,000.00. Las subastas de dicha propiedad se llevarán a efecto en mi oficina situada en el local que ocupa este Tribunal en el Centro Judicial de Ponce, advirtiéndose que el que obtuviere la buena pro de dicha propiedad consignará en el acto del remate el importe de su oferta en moneda legal, en adición a los gastos de la subasta, en cheque certificado, dinero en efectivo o giro postal a nombre del Alguacil del Tribunal, siendo éste el mejor postor. En cualquier momento luego de haberse comenzado el acto de la subasta, el Alguacil podrá requerir de los licitadores que le evidencien la capacidad de pago de sus posturas. Del producto obtenido en dicha venta, el Alguacil pagará en primer término los gastos del Alguacil, en segundo término las costas, gastos y honorarios de abogado hasta la suma convenida, en tercer término los intereses devengados hasta la fecha de la sentencia, en cuarto término las sumas establecidas en la Sentencia para el pago de recargos por demora, contribuciones, seguros y en quinto término la suma principal adeudada conforme con la sentencia dictada. Disponiéndose que si quedara algún remanente luego de pagarse las sumas mencionadas, el mismo deberá ser depositado en la Secretaría del Tribunal para ser entregado a la parte demandada, previa solicitud y orden del Tribunal. Los autos y todos los documentos correspondientes al procedimiento del caso de epígrafe están disponibles en la Secretaría del Tribunal Superior de Puerto Rico, Sala de Ponce durante horas laborables. La propiedad a ser ejecutada se adquirirá libre de cargas y gravámenes posteriores. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titularidad y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere, al crédito del ejecutante continuarán subsistentes. Se entenderá que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio del remate. Y PARA LA CONCURRENCIA, de los licitadores expido el presente Edicto que se publicará en el Tribunal Superior de Puerto Rico, Alcaldía y la Colecturía de Rentas Internas del Municipio donde se celebrará la subasta por espacio de dos semanas y en un periódico de circulación general del Estado Libre Asociado de Puerto Rico por espacio de dos semanas y por lo menos una vez por semana. En Ponce, Puerto Rico, a 21 de octubre de 2016. JOSÉ O. MELÉNDEZ RODRÍGUEZ, ALGUACIL REGIONAL. LEGAL NOTICE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA SUPERIOR DE SAN LORENZO SCOTIABANK DE PUERTO RICO Parte Demandante Vs. LUCILA RODRIGUEZ MERCADO Parte Demandada Civil Núm.: E2CI201600199. Salon Núm.: 0201. Sobre Acción Civil De: COBRO DE DINERO Y EJECUCIÓN DE HIPOTECA POR LA VÍA ORDINARIA. AVISO DE SUBASTA. A: LUCILA RODRIGUEZ MERCADO; Y AL PUBLICO EN GENERAL: El que suscribe, Alguacil del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior, Centro Judicial de San Lorenzo, San Lorenzo, Puerto Rico, hago saber, a la parte demandada y al PUBLICO EN GENERAL: Que en cumplimiento del Mandamiento de Ejecución de Sentencia expedido el día 9 de septiembre de 2016, por la Secretaria del Tribunal, procederé a vender y venderé en pública subasta y al mejor postor la propiedad que ubica y se describe a continuación: RURAL: Predio de terreno identificado con el #1 del Proyecto denominado Placita III localizado en el barrio Gurabo Abajo del municipio de Juncos, Puerto Rico, con un área de 696.28 metros cuadrados. En lindes por el NORTE, en 15.45 metros con calle #1 del proyecto; por el SUR, en 22.59 metros con remanente marcado H en el plano de inscripción; por el ESTE, en 33 metros con predio de terreno marcado 2 en el plano de inscripción; por el OESTE, en 2 alineaciones que miden 43.91 metros con carretera estatal #946. FINCA NÚMERO: 14,701, inscrita al folio 213 del tomo 389 de Juncos, Sección II de Caguas. El producto de la subasta se destinará a satisfacer al demandante hasta donde alcance, la suma de $127,128.05 de principal, más intereses al 7.625% anual desde el día 1ro. de noviembre de 2015, más la suma de $13,800.00, por concepto de honorarios de abogado y costas autorizadas por el Tribunal, más las cantidades que se adeudan mensualmente desde la fecha antes mencionada, por concepto de seguro hipotecario, cargos por demora, más cualesquiera otros adelantos que se hagan en virtud de la escritura de hipoteca, todo ello, según surge de la SENTENCIA dictada en este caso el 9 de junio de 2016. La adjudicación se hará al mejor postor, quien deberá consignar el importe de su oferta en el acto mismo de la adjudicación, en efectivo (moneda del curso legal de los Estados Unidos de América), giro postal o cheque certificado a nombre del alguacil del Tribunal. LA PRIMERA SUBASTA se llevará a efecto el día 9 DE FEBRERO DE 2017 A LAS 10:15 DE LA MAÑANA, en la oficina del referido Alguacil, localizada en el Centro Judicial de San Lorenzo, San Lorenzo, Puerto Rico. Que el precio mínimo fijado para la PRIMERA SUBASTA es de $138,000.00. Que de ser necesaria la celebración de una SEGUNDA SUBASTA la misma se llevará a efecto el día 16 DE FEBRERO DE 2017 A LAS 10:15 DE LA MAÑANA,, en la oficina antes mencionada del Alguacil que suscribe. El precio mínimo para la SEGUNDA SUBASTA será de $92,000.00, equivalentes a dos terceras (2/3) partes del tipo mínimo estipulado para la PRIMERA subasta. Que de ser necesaria la celebración de una TERCERA SUBASTA la misma se llevará a efecto el día 23 DE FEBRERO DE 2017 A LAS 10:15 DE LA MAÑANA,, en la oficina antes mencionada del Alguacil que suscribe. El precio mínimo para la TERCERA SUBASTA será de $69,000.00, equivalentes a la mitad (1/2) del tipo mínimo estipulado para la PRIMERA subasta. Si se declarase desierta la tercera subasta, se adjudicará la finca a favor del acreedor por la totalidad de la cantidad adeudada si ésta es igual o menor que el monto del tipo de la tercera subasta, si el Tribunal lo estima conveniente; se abonará dicho monto a la cantidad adeudada si esta es mayor, todo ello a tenor con lo dispone el Articulo 104 de la Ley Núm. 210 del 8 de diciembre de 2015 conocida como “Ley del Registro de la Propiedad Inmueble del Estado Libre Asociado de Puerto Rico”. La propiedad a ser ejecutada se adquiere libre de toda carga y gravamen que afecte la mencionada finca según el Artículo 102, inciso 6. Una vez confirmada la venta judicial por el Honorable Tribunal, se procederá a otorgar la correspondiente escritura de venta judicial y se pondrá al comprador en posesión física del inmueble de conformidad con las disposiciones de Ley. Para conocimiento de la parte demandada y de toda aquella persona o personas que tengan interés inscrito con posterioridad a la inscripción del gravamen que se está ejecutando, y para conocimiento de todos los licitadores y el público en general, el presente Edicto se publicará por espacio de dos (2) semanas consecutivas, con un intervalo de por lo menos siete días entre ambas publicaciones, en un diario de circulación general en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico y se fijará además en tres (3) lugares públicos del Municipio en que ha de celebrarse dicha venta, tales como la Alcaldía, el Tribunal y la Colecturía. Se les informa, por último, que: a. Que los autos y todos los documentos correspondientes al procedimiento incoado estarán de manifiesto en la secretaría del tribunal durante las horas laborables. b. Que se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titularidad y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere, al crédito del ejecutante continuarán subsistentes. Se entenderá, que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio del remate. EXPIDO, el presente EDICTO, en San Lorenzo, Puerto Rico, hoy día 15 de noviembre de 2016. JULIO MORALES RAMOS, ALGUACIL PLACA #332, ALGUACIL, DIVISIÓN DE SUBASTAS, TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, SALA SUPERIOR DE SAN LORENZO. LEGAL NOTICE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE BAYAMÓN SALA SUPERIOR ORIENTAL BANK Demandante Vs. JOHNENSON ERIC CARDONA VAZQUEZ T/C/C JOHNENSON E. CARDONA VAZQUEZ, JINITHZA HERNANDEZ SANCHEZ Y LA SOCIEDAD LEGAL DE GANANCIALES COMPUESTA POR AMBOS Demandados Civil Núm.: DCD2015-2023. (504). Sobre: COBRO DE DINERO Y EJECUCIÓN DE HIPOTECA POR LA VÍA ORDINARIA. EDICTO DE SUBASTA. LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, EL PRESIDENTE DE LOS E.E. U.U., EL ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO, SS. Yo, EDGARDO E. VARGAS SANTANA, Alguacil del Tribunal Superior de Puerto Rico, Sala de Bayamón, al Público HAGO SABER: Que en cumplimiento de la Sentencia dictada el 14 de julio de 2016, notificada el 22 de julio de 2016, de la cual surge que la parte demandada adeuda solidariamente a la demandante la suma principal de $310,026.38, intereses vencidos que al 10 de abril de 2016, ascienden a $20,181.03 y los que se continúen acumulando al tipo pactado hasta el pago total y completo de la obligación, la suma de $1,797.40 por concepto de cargos por demora, más la suma de $32,954.00 por concepto de costas, gastos y honorarios de abogado y a te- FOR MORE INFORMATION PLEASE CALL (787) 743-3346 • email: [email protected] Legal Notice nor con el Mandamiento de Ejecución de Sentencia que se me libró con fecha de 14 de octubre de 2016, por la Secretaría de este Honorable Tribunal de Bayamón, en el caso de epígrafe, venderé en pública subasta y al mejor postor, la siguiente propiedad inmueble, la cual se describe a continuación: “RUSTICA”:Solar dos (2) denominado también “A” guión dos (A-2) de la Urbanización Grand Palm II, localizado en el Barrio Sabana del término municipal de Vega Alta, Puerto Rico, con una cabida superficial de cuatrocientos ochenta y cuatro punto veinticuatro metros cuadrados (484.24mc). En lindes por el Norte, en una distancia de treinta punto setecientos setenta y ocho metros (30.778m), con el solar tres (3), denominado también “A” guión tres (A-3); por el SUR, en una distancia de treinta punto ochocientos noventa y cinco metros (30.895m), con el solar uno (1) denominado también “A” guión uno (A-1);por el ESTE, en una distancia de quince punto siete metros (15.7m), con la calle municipal; y por el OESTE, en una distancia de quince punto siete metros (15.7m), con la calle número uno (1) de dicha Urbanización. En dicho solar hay construida una estructura en hormigón de dos (2) niveles para vivir una familia. Afecto a servidumbre de la Autoridad de Energía Eléctrica para la colocación de un transformador en su colindancia Noroeste y verja en su colindancia Este. Inscrita al folio 185 del tomo 319 de Vega Alta, Finca 19,626, Registro de la Propiedad de Puerto Rico, Sección III de Bayamón. Por su procedencia está afecta a: Servidumbre a favor de la Autoridad de Autoridad de Energía Eléctrica de Puerto Rico; Condiciones Restrictivas. Esta propiedad tiene el siguiente número de catastro en el Centro de Recaudación de Ingresos Municipales (CRIM) 100-180-672-81-95-000. La dirección física del inmueble anteriormente descrito es: BLOQUE A-2, LOTE 2, GRAND PALM II, VEGA ALTA, PR 00692. Sobre la antes descrita propiedad se encuentran inscritos los siguientes gravámenes posteriores: (A) “AVISO DE DEMANDA”: del día 20 de agosto de 2015, expedida en el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Bayamón, en el caso civil número DCD2015-2023, seguido por Oriental Bank, contra Johnenson Eric Cardona Vázquez y su esposa Jihithza Hernández Sánchez, por la suma de $310,026.38 más otras cantidades, presentando al Asiento 84 del Diario 534, finca número 19,626. Esta anotación de Demanda corresponde al caso de epígrafe. Se apercibe a los licitadores para que procedan con la inspección física del inmueble objeto de ejecución previo a la celebración de la subasta. El precio mínimo de licitación con relación a la antes descrita propiedad y la fecha y hora de cada subasta es como sigue: PRIMERA SUBASTA: Se celebrará el día 16 DE FEBRERO DE 2017, A LAS 18 11:30 DE LA MAÑANA. Precio Mínimo: $329,540.00. SEGUNDA SUBASTA: Se celebrará el día 23 DE FEBRERO DE 2017, A LAS 11:30 DE LA MAÑANA. Precio Mínimo: $219,693.33. TERCERA SUBASTA: Se celebrará el día 2 DE MARZO DE 2017, A LAS 11:30 DE LA MAÑANA. Precio Mínimo: $164,770.00. Las subastas de dicha propiedad se llevarán a efecto en mi oficina situada en el local que ocupa este Tribunal en el Centro Judicial de Bayamón, advirtiéndose que el que obtuviere la buena pro de dicha propiedad consignará en el acto del remate el importe de su oferta en moneda legal, en adición a los gastos de la subasta, en cheque certificado, dinero en efectivo o giro postal a nombre del Alguacil del Tribunal, siendo éste el mejor postor. En cualquier momento luego de haberse comenzado el acto de la subasta, el Alguacil podrá requerir de los licitadores que le evidencien la capacidad de pago de sus posturas. Del producto obtenido en dicha venta, el Alguacil pagará en primer término los gastos del Alguacil, en segundo término las costas, gastos y honorarios de abogado hasta la suma convenida, en tercer término los intereses devengados hasta la fecha de la sentencia, en cuarto término las sumas establecidas en la Sentencia para el pago de recargos por demora, contribuciones, seguros y en quinto término la suma principal adeudada conforme con la sentencia dictada. Disponiéndose que si quedara algún remanente luego de pagarse las sumas mencionadas, el mismo deberá ser depositado en la Secretaría del Tribunal para ser entregado a la parte demandada, previa solicitud y orden del Tribunal. Los autos y todos los documentos correspondientes al procedimiento del caso de epígrafe están disponibles en la Secretaría del Tribunal Superior de Puerto Rico, Sala de Bayamón durante horas laborables. La propiedad a ser ejecutada se adquirirá libre de cargas y gravámenes posteriores. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titularidad y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere, al crédito del ejecutante continuarán subsistentes. Se entenderá que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio del remate. Y PARA LA CONCURRENCIA, de los licitadores expido el presente Edicto que se publicará en el Tribunal Superior de Puerto Rico, Alcaldía y la Colecturía de Rentas Internas del Municipio donde se celebrará la subasta por espacio de dos semanas y en un periódico de circulación general del Estado Libre Asociado de Puerto Rico por espacio de dos semanas y por lo menos una vez por semana. En Bayamón, Puerto Rico, a 15 de noviembre de 2016. EDGARDO E. VARGAS SANTANA, ALGUACIL SUPERIOR. The San Juan Daily Star Friday, December 23, 2016 LEGAL NOTICE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA DE PONCE FIRSTBANK PUERTO RICO Demandante Vs. KATIUSKA LOPEZ FABBIANI, SU ESPOSO JOSE LUIS RAMOS TORRES Y LA SOCIEDAD LEGAL DE BIENES GANANCIALES COMPUESTA POR AMBOS Demandado Civil Núm.: JCD2014-0168. Sobre: EJECUCIÓN DE HIPOTECA POR LA VÍA ORDINARIA Y COBRO DE DINERO. ANUNCIO DE SUBASTA. El suscribiente, Alguacil del Tribunal de Primera Instancia de Puerto Rico, Sala de Ponce, a los demandados de epígrafe y al público en general hace saber que los autos y documentos del caso de epígrafe estarán de manifiesto en la Secretaría del Tribunal durante horas laborables y que venderá en pública subasta al mejor postor, en moneda de curso legal de los Estados Unidos de América en efectivo, cheque certificado, o giro postal a nombre del Alguacil del Tribunal de Primera Instancia, en mi oficina en este Tribunal el derecho que tenga la parte demandada en el inmueble que se relaciona más adelante para pagar la SENTENCIA por $219,773.80 de balance principal, los intereses adeudados sobre dicho principal y computados al 4.50% anual desde el día primero de abril de 2013 hasta su total pago y completo pago; más la suma de $23,503.48 como cantidad estipulada para honorarios de abogado, pactada en la escritura de hipoteca; y cuales quiera otras sumas que por cualesquiera concepto legal se devenguen hasta el día de la subasta. La propiedad a venderse en pública subasta se describe como sigue: URBANA: Parcela de terreno identificada como solar número treinta (30) de la Urbanización Terra Señorial, que radica en el Barrio Machuelo Arriba del término municipal de Ponce, Puerto Rico, con una cabida superficial de QUINIENTOS TRECE PUNTO OCHO MIL CUATROCIENTOS TREINTA Y SEIS (513.8436) METROS CUADRADOS, equivalentes a CERO PUNTO MIL TRESCIENTOS SIETE (0.1307) CUERDAS. En lindes por el Norte, en una distancia de veintinueve punto dos mil seiscientos veintisiete (29.2627) metros, y en una distancia en arco de cinco punto cinco mil trescientos cincuenta y seis (5.5356) metros, con la calle número cinco (5); por el Sur, en una distancia de veintiocho punto cinco mil ochocientos sesenta y siete (28.5867) metros, con el solar número veintinueve (29); por el Este, en una distancia de doce punto siete mil ochocientos cincuenta y seis (12.7856) metros, con la calle número cuatro (4); y por el Oeste, en una distancia de dieciséis punto cinco mil (16.5000) metros, con el Solar número treinta y uno (31). En dicho solar enclava una casa de concreto diseñada para una familia.- Afecta por su colindancia Oeste a servidumbre a favor de la Junta Reglamentaria de Telecomunicaciones de Puerto Rico en una franja de terreno de cinco (5) pies de ancho. Inscrita al folio nueve (9) del Tomo dos mil setenta y cinco (2075) del término municipal de Ponce I, finca número sesenta y nueve mil novecientos cincuenta (69,950), Registro de la Propiedad Sección Ponce I, Inscripción primera. La PRIMERA SUBASTA se llevará a cabo el día 16 DE FEBRERO DE 2017 A LAS 3:00 DE LA TARDE, y servirá de tipo mínimo para la misma la suma de $235,034.88 sin admitirse oferta inferior. En el caso de que el inmueble a ser subastado no fuera adjudicado en la primera subasta, se celebrará una SEGUNDA SUBASTA el día 23 DE FEBRERO DE 2017 A LAS 3:00 DE LA TARDE y el precio mínimo para esta segunda subasta será el de dos terceras partes del precio mínimo establecido para la primera subasta, o a sea la suma de $156,689.92. Si tampoco hubiera remate ni adjudicación en la segunda subasta, se celebrará una TERCERA SUBASTA el día 2 DE MARZO DE 2017 A LAS 3:00 DE LA TARDE y el tipo mínimo para esta tercera subasta será la mitad del precio establecido para la primera subasta, o sea, la suma de $117,517.44. El mejor postor deberá pagar el importe de su oferta en efecto, cheque certificado o giro postal a nombre del Alguacil del Tribunal. Podrán concurrir como postores a todas las subastas los titulares de créditos hipotecarios vigentes y posteriores a la hipoteca que se cobra o ejecuta, si alguno o que figuren como tales, podrán utilizar el montante de sus créditos o parte de alguno en sus ofertas. Si la oferta aceptada es por cantidad mayor a la suma del crédito o créditos preferentes al suyo, al obtener la buena pro del remate, deberá satisfacer en el mismo acto, en efectivo o en cheque de gerente, la totalidad del crédito hipotecario que se ejecuta y la de cualesquiera otros créditos posteriores al que se ejecuta pero preferente al suyo. El exceso constituirá abono total o parcial en su propio crédito. Si se declarase desierta la tercera subasta, se dará por terminado el procedimiento, pudiendo adjudicarse el inmueble al acreedor hipotecario dentro de los diez días siguientes a la fecha de la última subasta, si así lo estimase conveniente, por la totalidad de la cantidad adeudada conforme a la sentencia, si ésta fuera igual o menor que el monto del tipo de la tercera subasta y abonándose dicho monto a la cantidad adeudada si ésta fuera mayor. Se avisa a cualquier licitador que la propiedad queda sujeta al gravamen del Estado Libre Asociado y CRIM sobre la propiedad inmueble por contribuciones adeudadas y que el pago de dichas contribuciones es la responsabilidad del licitador. Que se entenderá por todo licitador acepte como suficiente la titulación y que los cargos y gravámenes anteriores y los preferentes al crédito del ejecutante continuarán subsistentes en entendiéndose que el rematador los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse su extinción al precio rematante. Y para conocimiento de licitadores, del público en general y para su publicación en un periódico de circulación general diaria en Puerto Rico y en los sitios públicos de acuerdo a las disposiciones de la Regla 51.7 de las de Procedimiento Civil, así como para la publicación en un periódico de circulación general diaria y en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico, por espacio de dos semanas con antelación a la fecha de la primera subasta y por lo menos una vez por semana. Los autos y todos los documentos correspondientes al procedimiento incoado estarán de manifesto en la Secretaría del Tribunal durante las horas laborables. (Art. 101 (1) de la Ley núm. 210-2015). Expedido el presente en Ponce, Puerto Rico a 17 de agosto de 2016. LUIS R. SÁCHEZ PLACA #748, ALGUACIL DEL TRIBUNAL. LEGAL NOTICE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE BAYAMÓN SALA SUPERIOR ROOSEVELT CAYMAN ASSET COMPANY Parte Demandante Vs. ROSA MARIA HERRERA RODRIGUEZ; JUAN RAFAEL QUINONES MALDONADO Parte Demandada Civil Núm.: DCD2015-1536. Salon Núm.: 703. Sobre Acción Civil De: COBRO DE DINERO Y EJECUCIÓN DE HIPOTECA POR LA VÍA ORDINARIA. AVISO DE SUBASTA. A: ROSA MARIA HERRERA RODRIGUEZ; JUAN RAFAEL QUINONES MALDONADO; Y AL PUBLICO EN GENERAL: El que suscribe, Alguacil del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior, Centro Judicial de Bayamón, Bayamón, Puerto Rico, hago saber, a la parte demandada y al PUBLICO EN GENERAL: Que en cumplimiento del Mandamiento de Ejecución de Sentencia expedido el día 1 de agosto de 2016, por la Secretaria del Tribunal, procederé a vender y venderé en pública subasta y al mejor postor la propiedad que ubica y se describe a continuación: URBANA: Solar marcado con el número 14 de la manzana M radicada en la Urbanización Santa Elena, situada en el barrio Pájaros de Bayamón, con una cabida de 525.52 metros cuadrados, en lindes por el NORTE, con el solar 13, distancia de 30.00 metros; por el SUR, con la calle B, distancia de 26.29 metros; por el ESTE, con el solar 15, distancia de 15.16 metros y por el OESTE, con la calle B, distancia de 16.00 metros y un arco de 6.7 metros. Enclava edificación. FINCA NÚMERO: 39,214, inscrita al folio 200 del tomo 877 de Bayamón Sur, Sección I de Bayamón. El producto de la subasta se destinará a satisfacer al demandante hasta donde alcance, la suma de $63,735.32 rebajada a la suma de $60,363.27 de principal, más intereses al 4.5/8% anual desde el día 1ro. de febrero de 2013, más la suma de $8,450.00, por concepto de honorarios de abogado y costas autorizadas por el Tribunal, más las cantidades que se adeudan mensualmente desde la fecha antes mencionada, por concepto de seguro hipotecario, cargos por demora, más cualesquiera otros adelantos que se hagan en virtud de la escritura de hipoteca, todo ello, según surge de la SENTENCIA dictada en este caso el 7 de diciembre de 2015. La adjudicación se hará al mejor postor, quien deberá consignar el importe de su oferta en el acto mismo de la adjudicación, en efectivo (moneda del curso legal de los Estados Unidos de América), giro postal o cheque certificado a nombre del alguacil del Tribunal. LA PRIMERA SUBASTA se llevará a efecto el día 1 DE FEBRERO DE 2017 A LAS 10:45 DE LA MAÑANA, en la oficina del referido Alguacil, localizada en el Centro Judicial de Bayamón, Bayamón, Puerto Rico. Que el precio mínimo fijado para la PRIMERA SUBASTA es de $84,500.00. Que de ser necesaria la celebración de una SEGUNDA SUBASTA la misma se llevará a efecto el día 8 DE FEBRERO DE 2017 A LAS 10:45 DE LA MAÑANA, en la oficina antes mencionada del Alguacil que suscribe. El precio mínimo para la SEGUNDA SUBASTA será de $56,333.33, equivalentes a dos terceras (2/3) partes del tipo mínimo estipulado para la PRIMERA subasta. Que de ser necesaria la celebración de una TERCERA SUBASTA la misma se llevará a efecto el día 15 DE FEBRERO DE 2017 A LAS 10:45 DE LA MAÑANA, en la oficina antes mencionada del Alguacil que suscribe. El precio mínimo para la TERCERA SUBASTA será de $42,250.00, equivalentes a la mitad (1/2) del tipo mínimo estipulado para la PRIMERA subasta. Si se declarase desierta la tercera subasta, se adjudicará la finca a favor del acreedor por la totalidad de la cantidad adeudada si ésta es igual o menor que el monto del tipo de la tercera subasta, si el Tribunal lo estima conveniente; se abonará dicho monto a la cantidad adeudada si esta es mayor, todo ello a tenor con lo dispone el Articulo 104 de la Ley Núm. 210 del 8 de diciembre de 2015 conocida como “Ley del Registro de la Propiedad Inmueble del Estado Libre Asociado de Puerto Rico”. La propiedad a ser ejecutada se adquiere libre de toda carga y gravamen que afecte la mencionada finca según el Artículo 102, inciso 6. Una vez confirmada la venta judicial por el Honorable Tribunal, se procederá a otorgar la correspondiente escritura de venta judicial y se pondrá al comprador en posesión física del inmueble de conformidad con las disposiciones de Ley. Para conocimiento de la parte demandada y de toda aquella persona o personas que tengan interés inscrito con posterioridad a la inscripción del gravamen que se está ejecutando, y para conocimiento de todos los licitadores y el público en general, el presente Edicto se publicará por espacio de dos (2) semanas consecutivas, con un intervalo de por lo menos siete días entre ambas publicaciones, en un diario de circulación general en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico y se fijará además en tres (3) lugares públicos del Municipio en que ha de celebrarse dicha venta, tales como la Alcaldía, el Tribunal y la Colecturía. Se les informa, por último, que: a. Que los autos y todos los documentos correspondientes al procedimiento incoado estarán de manifiesto en la secretaría del tribunal durante las horas laborables. b. Que se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titularidad y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere, al crédito del ejecutante continuarán subsistentes. Se entenderá, que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio del remate. EXPIDO, el presente EDICTO, en Bayamón, Puerto Rico, hoy día 17 de noviembre de 2016. FRANCES A. TORRES CONTRERAS, ALGUACIL AUXILIAR #325, DIVISIÓN DE SUBASTAS, TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, SALA SUPERIOR DE BAYAMÓN. LEGAL NOTICE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE BAYAMÓN TRIBUNAL SUPERIOR BANCO POPULAR DE PUERTO RICO Parte Demandante Vs. GAMALIEL ACEVEDO AGOSTO; GUILLERMINA RIVERA CINTRON Y LA SOCIEDAD LEGAL DE BIENES GANANCIALES COMPUESTA POR AMBOS; JOEL JOSUE ACEVEDO RIVERA Y ESTADOS UNIDOS DE AMERICA Parte Demandada Civil Núm.: DCD2015-0491. Salon Núm.: 601. Sobre Acción Civil De: COBRO DE DINERO Y EJECUCIÓN DE HIPOTECA POR LA VÍA ORDINARIA. AVISO DE SUBASTA. A: GAMALIEL ACEVEDO AGOSTO; GUILLERMINA RIVERA CINTRON Y LA SOCIEDAD LEGAL DE BIENES GANANCIALES COMPUESTA POR AMBOS; JOEL JOSUE ACEVEDO RIVERA Y ESTADOS UNIDOS DE AMERICA; Y AL PUBLICO EN GENERAL: El que suscribe, Alguacil del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior, Centro Judicial de Bayamón, Bayamón, Puerto Rico, hago saber a la parte demandada, al PUBLICO EN GENERAL; y a todos los nombres de los acreedores que tengan inscritos o anotados sus derechos sobre los bienes hipotecados con posterioridad a la inscripción del crédito del ejecutante, o de los acreedores de cargas o derechos reales que los hubiesen pospuesto a la hipoteca ejecutada y las personas interesadas en, o con derecho a exigir el cumplimiento de instrumentos negociables garantizados hipotecariamente con posterioridad al crédito ejecutado, siempre que surjan de la certificación registral, para que puedan concurrir a la subasta si les convenga o satisfacer antes del remate el importe del crédito, de sus intereses, costas y honorarios de abogados asegurados, quedando entonces subrogados en los derechos del acreedor ejecutante: Secretario del Departamento de Desarrollo Urbano y Vivienda de Estados Unidos de América: A cuyo favor aparece un pagaré por la suma de $3,765.34, sin intereses y a vencer el 1 de febrero del año 2039, según consta de la escritura #550, otorgada en San Juan, el 22 de septiembre de 2011, ante el Notario David Toledo David, inscrito al folio 192 del tomo 1910 de Bayamón Sur, finca #39,449, inscripción 7ma. Que en cumplimiento del Mandamiento de Ejecución de Sentencia expedido el día 24 de agosto de 2016, por la Secretaria del Tribunal, procederé a vender y venderé en pública subasta y al mejor postor la propiedad que se describe a continuación: URBANA: Solar identificado con el numero cuarenta y tres de la manzana 27 de la urbanización Miraflores Homes Incorporado, según el plano de inscripción aprobado por la Junta de Planificación, radicada en el barrio Pájaros Americanos del término municipal de Bayamón, con una cabida de 342.37 metros cuadrados, en lindes por el NORTE, con la calle #39 de dicha urbanización, en distancia de 14.25 metros; por el SUR, con el solar 27 de la manzana 27, en distancia de 8.64 metros y con el solar #26 de la manzana 27, en distancia de 6.36 metros; por el ESTE, con el solar #42 de la manzana 27, en distancia de 23.00; y por el OESTE, con la calle #33 de dicha Urbanización, en distancia de The San Juan Daily Star 16.25 metros y con alameda, en distancia de 6.00 metros. Enclava este solar una estructura unifamiliar de hormigón y divisiones interiores sin carga de bloques de hormigón, con las siguientes dependencias: marquesina, salacomedor, cocina, lavandería, tres dormitorios cada cual con su closets, baño y tres closets adicionales para ropaje de cama, despensas y utilidad. Inscrita al Folio 172 del Tomo 883 de Bayamón Sur, Sección I de Bayamón, Finca número 39,449. El producto de la subasta se destinará a satisfacer al demandante hasta donde alcance, la SENTENCIA dictada a su favor, el día 19 de mayo de 2016, en el presente caso civil, a saber la suma de $94,023.97 de principal, más intereses al 4.50% anual desde el día 1ro. de agosto de 2014, más la suma de $10,429.30, por concepto de honorarios de abogado y costas autorizadas por el Tribunal, más las cantidades que se adeudan mensualmente a partir del día 1ro. de septiembre de 2014, por concepto de seguro hipotecario, cargos por demora, más cualesquiera otros adelantos que se hagan en virtud de la escritura de hipoteca. La adjudicación se hará al mejor postor, quien deberá consignar el importe de su oferta en el acto mismo de la adjudicación, en efectivo (moneda del curso legal de los Estados Unidos de América), giro postal o cheque certificado a nombre del alguacil del Tribunal. LA PRIMERA SUBASTA se llevará a efecto el día 1 DE FEBRERO DE 2017 A LAS 10:00 DE LA MAÑANA, en la oficina del referido Alguacil, localizada en el Centro Judicial de Bayamón, Bayamón, Puerto Rico. Que el precio mínimo fijado para la PRIMERA SUBASTA es de $104,293.00. Que de ser necesaria la celebración de una SEGUNDA SUBASTA, la misma se llevará a efecto el día 8 DE FEBRERO DE 2017 A LAS 10:00 DE LA MAÑANA, en la oficina antes mencionada del Alguacil que suscribe. El precio mínimo para la SEGUNDA SUBASTA será de $69,528.67, equivalentes a dos terceras (2/3) partes del tipo mínimo estipulado para la PRIMERA subasta. Que de ser necesaria la celebración de una TERCERA SUBASTA, la misma se llevará a efecto el día 15 DE FEBRERO DE 2017 A LAS 10:00 DE LA MAÑANA, en la oficina antes mencionada del Alguacil que suscribe. El precio mínimo para la TERCERA SUBASTA será de $52,146.50, equivalentes a la mitad (1/2) del tipo mínimo estipulado para la PRIMERA subasta. Si se declarase desierta la tercera subasta, se adjudicará la finca a favor del acreedor por la totalidad de la cantidad adeudada si ésta es igual o menor que el monto del tipo de la tercera subasta, si el Tribunal lo estima conveniente; se abonará dicho monto a la cantidad adeudada si esta es mayor, todo ello a tenor con lo dispone el Articulo 104 de la Ley Núm. 210 del 8 de diciembre de 2015 conocida como “Ley del Registro de la Propiedad Inmueble del Estado Libre Asociado de Puerto Rico”. La propiedad a ser ejecutada se adquiere libre de toda carga y gravamen que afecte la mencionada finca según el Artículo 102, inciso 6. Una vez confirmada la venta judicial por el Honorable Tribunal, se procederá a otorgar la correspondiente escritura de venta judicial y se pondrá al comprador en posesión física del inmueble de conformidad con las disposiciones de Ley. Para conocimiento de la parte demandada y de toda aquella persona o personas que tengan interés inscrito con posterioridad a la inscripción del gravamen que se está ejecutando, y para conocimiento de todos los licitadores y el público en general, el presente Edicto se publicará por espacio de dos (2) semanas consecutivas, con un intervalo de por lo menos siete días entre ambas publicaciones, en un diario de circulación general en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico y se fijará además en tres (3) lugares públicos del Municipio en que ha de celebrarse dicha venta, tales como la Alcaldía, el Tribunal y la Colecturía. Los acreedores que tengan inscritos o anotados sus derechos sobre los bienes hipotecados con posterioridad a la inscripción del crédito del ejecutante, o los acreedores de cargas o derechos reales que los hubiesen pospuesto a la hipoteca ejecutada y las personas interesadas en, o con derecho a exigir el cumplimiento de instrumentos negociables garantizados hipotecariamente con posterioridad al crédito ejecutado pueden concurrir a la subasta si les convienen o satisfacer antes del remate el importe del crédito, de sus intereses, costas y honorarios de abogados asegurados, quedando entonces subrogados en los derechos del acreedor ejecutante. Se les informa, por último, que: a. Que los autos y todos los documentos correspondientes al procedimiento incoado estarán de manifiesto en la secretaría del tribunal durante las horas laborables. b. Que se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titularidad y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere, al crédito del ejecutante continuarán subsistentes. Se entenderá, que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio del remate. EXPIDO, el presente EDICTO, en Bayamón, Puerto Rico, hoy día 17 de noviembre de 2016. FRANCES A. TORRES CONTRERAS, ALGUACIL AUXILIAR #325, DIVISIÓN DE SUBASTAS, TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, SALA SUPERIOR DE BAYAMÓN. Friday, December 23, 2016 Demandante Vs. AMIRHOSSEIN CHINAEI CHINAEI, TAMBIÉN CONOCIDO COMO AMIRHOSSEIN CHINAEI Demandado Civil Núm.: ISCI2016-00117. (207). Sobre: COBRO DE DINERO (EJECUCIÓN DE HIPOTECA POR LA VÍA ORDINARIA). EDICTO DE SUBASTA. AL: PÚBLICO EN GENERAL. A: AMIRHOSSEIN CHINAEI CHINAEI, TAMBIÉN CONOCIDO COMO AMIRHOSSEIN CHINAEI. Yo, JOSÉ M. CRESPO NAZARIO, Alguacil Placa 522, Alguacil de este Tribunal, a la parte demandada y a los acreedores y personas con interés sobre la propiedad que más adelante se describe, y al público en general, HAGO SABER: Que el día 7 DE FEBRERO DE 2017, A LAS 3:30 DE LA TARDE en mi oficina, sita en el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Mayagüez, Mayagüez, Puerto Rico, venderé en Pública Subasta la propiedad inmueble que más adelante se describe y cuya venta en pública subasta se ordenó por la vía ordinaria al mejor postor quien hará el pago en dinero en efectivo, giro postal o cheque certificado a nombre del o la Alguacil del Tribunal de Primera Instancia. Los autos y todos los documentos correspondientes al procedimiento incoado, estarán de manifiesto en la Secretaría del Tribunal de Mayagüez durante horas laborables. Que en caso de no producir remate ni adjudicación en la primera subasta a celebrarse, se celebrará una SEGUNDA SUBASTA para la venta de la susodicha propiedad, el día 14 DE FEBRERO DE 2017, A LAS 3:30 DE LA TARDE y en caso de no producir remate ni adjudicación, se celebrará una TERCERA SUBASTA el día 21 DE FEBRERO DE 2017, A LAS 3:30 DE LA TARDE en mi oficina sita en el lugar antes indicado. La propiedad a venderse en pública subasta se describe como sigue: URBANA: Solar marcado con el número Doce (12) de la URBANIZACIÓN EUGENIO MARÍA DE HOSTOS, radicado en el Barrio Algarrobo del término municipal de Mayagüez, Puerto Rico, con una cabida superficial de DOS MIL CINCUENTA Y CUATRO PUNTO CERO CUARENTA Y CINCO (2,054.045) METROS CUADRADOS. En lindes por el NORTE, en una distancia de SESENTA Y DOS PUNTO SETENTA Y SIETE (62.77) METROS, con el solar número Trece (13); por el SUR, en una distancia de SETENTA LEGAL NOTICE Y UNO PUNTO SESENTA Y ESTADO LIBRE ASOCIADO DE OCHO (71.68) METROS, con el PUERTO RICO TRIBUNAL DE solar número Once (11); por el PRIMERA INSTANCIA SALA SU- ESTE, en dos (2) alineaciones PERIOR DE MAYAGÜEZ de VEINTISIETE PUNTO VEINBANCO POPULAR DE TICUATRO (27.24) METROS y TREINTA Y DOS PUNTO DIEPUERTO RICO CISIETE (32.17) METROS, con terrenos del remanente de la finca principal; y por el OESTE, en una distancia de DOCE PUNTO CINCUENTA Y UNO (12.51) METROS, con la Calle “C” de la Urbanización. La escritura de hipoteca se encuentra inscrita al folio 101 del tomo 1530 de Mayagüez, Registro de la Propiedad de Mayagüez, finca número 19,424, inscripción octava. La subasta se llevará a efecto para satisfacer a la parte demandante la suma de $225,271.71 de principal, intereses al 4.5% anual, desde el 1ro. de julio de 2015, hasta su completo pago, más la cantidad de $24,667.80 estipulada para costas, gastos y honorarios de abogado, más recargos acumulados, todas cuyas sumas están líquidas y exigibles. Que la cantidad mínima de licitación en la primera subasta para el inmueble será de $246,678.00 y de ser necesaria una segunda subasta, la cantidad mínima será equivalente a 2/3 partes de aquella, o sea, la suma de $164,452.00 y de ser necesaria una tercera subasta, la cantidad mínima será la mitad del precio pactado, es decir, la suma de $123,339.00. La propiedad se adjudicará al mejor postor, quien deberá satisfacer el importe de su oferta en moneda legal y corriente de los Estados Unidos de América en el momento de la adjudicación y que todo licitador acepta como bastante la titularidad y que las cargas y gravámenes preferentes, si los hubiese, continuarán subsistentes, entendiéndose que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio del remate. La propiedad a ser ejecutada se adquirirá libre de cargas y gravámenes posteriores. EN TESTIMONIO DE LO CUAL, expido el presente Edicto para conocimiento y comparecencia de los licitadores, bajo mi firma y sello del Tribunal, en Mayagüez, Puerto Rico, a 10 de noviembre de 2016. JOSÉ M. CRESPO NAZARIO, Alguacil Placa #522, ALGUACIL TRIBUNAL, SALA SUPERIOR DE MAYAGÜEZ. LEGAL NOTICE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE SAN JUAN SALA SUPERIOR. JAMES B. NUTTER & COMPANY Demandante v. La Sucesión de ANTONIO GÓMEZ MENDOZA también conocido como Antonio Gómez y como Antonio Gomes compuesta por los herederos desconocidos denominados como Fulano y Sutana de Tal y la Sucesión de OTILIA OLIVIA OTERO ORTIZ, también conocida como Otilia O. Otero Ortiz, Otilia Otero Ortiz, Hotilia Otero Ortiz y como Otilia Gómez compuesta por los herederos María de Lourdes Gómez Otero, Ileana Gómez Otero, Rodney Robles Presnell, Norman Robles Presnell, Heidi Marlene Adrian Presnell; ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA; el DEPARTAMENTO DE HACIENDA DEL ESTADO LIBRE Y ASOCIADO DE PUERTO RICO, DIVISIÓN DE CAUDALES RELICTOS y el CENTRO DE RECAUDACIÓN DE INGRESOS MUNICIPALES (CRIM) Demandados. CIVIL NÚM.: KCD2014-1883 (803). SOBRE: COBRO DE DINERO Y EJECUCION DE HIPOTECA POR LA VIA JUDICIAL AVISO DE PÚBLICA SUBASTA. A: LOS DEMANDADOS DE EPÍGRAFE, ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, DEPARTAMENTO DE HACIENDA DE P.R. DIVISIÓN DE CAUDALES RELICTOS CENTRO DE INGRESOS MUNICIPALES (CRIM), AL PÚBLICO EN GENERAL Y A LOS TENEDORES DE GRAVÁMENES POSTERIORES: El (La) Alguacil que suscribe por la presente anuncia y hace constar que en cumplimiento de una Sentencia dictada en el caso de epígrafe el 10 de diciembre de 2015, y de un Mandamiento de Ejecución de 7 de abril de 2016, que le ha sido dirigido por la Secretaria del Tribunal Superior, Sala Superior de San Juan, procederá a vender en subasta, por separado, y al mejor postor con dinero en efectivo, cheque de gerente o letra bancaria con similar garantía, todo título, derecho o interés de los demandados de epígrafe sobre el inmueble que adelante se describe. Se anuncia por la presente que la primera subasta habrá de celebrarse el día 9 de febrero del año 2017, a las 10:00 de la mañana, en mi oficina localizada en el edificio que ocupa la Sala del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de San Juan, sobre el inmueble que se describe a continuación: URBANA: Solar de forma rectangular que mide doce punto cero cero metros (12.00) de frente por veintiuno punto cero cero metros (21.00) de fondo marcado con el número treinta y seis (36) de la manzana DA de la Urbanización Puerto Nuevo, propiedad de la Everlasting Development Corporation, que radica en el Barrio Monacillos de Río Piedras, con un área superficial de DOS- CIENTOS CINCUENTA Y DOS PUNTO CERO CERO METROS CUADRADOS (252.00M.C) en lindes por el NORTE, SUR, ESTE y OESTE, con terrenos propiedad de la Everlasting Development Corporation, y dando de frente al Sur con la calle denominada Calle Número veinticinco (25) de la Urbanización. Inscrita al folio 156 del tomo 142 de Monacillos, Registro de la Propiedad de San Juan, Sección Tercera, finca número 5135. Dirección física: 1367 CALLE 12 NW, URB. PUERTO NUEVO, SAN JUAN PR 00920. Número de catastro: 062-066043-37-001. La propiedad está afecta a los siguientes gravámenes posteriores: Hipoteca en garantía de un pagare a favor del Secretario del Departamento de la Vivienda y Desarrollo Urbano, o a su orden, por la suma principal de $296,250.00, con intereses al 3.563% anual, vencedero el día 8 de mayo de 2072 según escritura número 625, otorgada en San Juan, Puerto Rico, el día 1 de junio de 2009, ante el notario Raúl Rivera Burgos. Inscrita al folio 53 del tomo 937 de Monacillo, finca número 5135, inscripción 7ma. La subasta se llevará a cabo para con su producto satisfacer al demandante, total o parcialmente según sea el caso, de la referida sentencia que fue dictada por las siguientes sumas: La suma de $187,716.74 por concepto de principal, gastos, penalidades e intereses al tipo pactado de 3.563% anual hasta el 1 de julio de 2014. Dichos intereses continúan acumulándose hasta el pago total de la obligación. Además la parte demandada adeuda a JB NUTTER las costas, gastos y honorarios de abogado equivalentes a $19,750.00. Además la parte demandada se comprometió a pagar una suma equivalente a $19,750.00 para cubrir cualquier otro adelanto que se haga en virtud de la escritura de hipoteca y una suma equivalente a $19,750.00 para cubrir intereses en adición a los garantizados por ley. Y PARA CONOCIMIENTO DE LAS PARTES INTERESADAS y del público en general, se advierte que los autos de este caso y demás instancias están disponibles para ser inspeccionadas en la Secretaría del Tribunal durante las horas laborables: Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titulación del inmueble y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes al crédito del ejecutante, incluyendo el gravamen por las contribuciones sobre la propiedad inmueble adeudadas, si los hubiere, continuarán subsistentes, entendiéndose que el rematante los acepta y queda responsable de los mismos sin destinarse a su extinción el precio del remate. La propiedad a ser ejecutada se adquirirá libre de cargas y gravámenes posteriores. El tipo mínimo de licitación lo será la suma de $197,500.00. De no producirse remate ni adjudicación en la primera subasta del antedicho inmueble, se celebrará una segunda subasta en el mis- 19 Legal Notice mo lugar antes mencionado, el día 16 de febrero del año 2017, a las 10:00 de la mañana, sirviendo como tipo mínimo para dicha segunda subasta, una suma equivalente a las dos terceras (2/3) partes del tipo mínimo pactado para la primera subasta, o sea, la suma de $131,666.67 para la finca antes descrita. De no producirse remate ni adjudicación en la segunda subasta del antedicho inmueble, se celebrará una tercera subasta en el mismo lugar antes mencionado, el día 27 de febrero del año 2017, a las 10:00 de la mañana, sirviendo como tipo mínimo para dicha tercera subasta, una suma equivalente a la mitad (1/2) del tipo mínimo fijado para la primera subasta, o sea, la suma de $98,750.00 para la finca antes descrita. Los autos y todos los demás documentos correspondientes a este procedimiento estarán de manifiesto en la Secretaría del Tribunal de Primera Instancia de Puerto Rico, Sala Superior de San Juan, durante días y horas laborables. Para la publicación de este edicto en un periódico de circulación general una vez por semana, durante dos semanas consecutivas, y para la colocación del mismo en tres sitios públicos visibles del municipio en que se celebre la subasta, libro el presente en San Juan, Puerto Rico, hoy día 15 de diciembre de 2017. Pedro Hieye Gonzalez, ALGUACIL. LEGAL NOTICE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE CAGUAS SALA SUPERIOR BANCO POPULAR DE PUERTO RICO Parte Demandante Vs. ALEX J. ENCARNACION GARCIA T/C/C ALEX JOEL ENCARNACION GARCIA T/C/C AXEL JOEL ENCARNACION GARCIA Y SU ESPOSA ANNETTE RODRIGUEZ RIVERA Y LA SOCIEDAD LEGAL DE BIENES GANANCIALES CONSTITUIDA POR AMBOS Parte Demandada Civil Núm.: ECD2009-0641. Salón Núm.: 0404. Sobre Acción Civil De: COBRO DE DINERO Y EJECUCIÓN DE HIPOTECA POR LA VÍA ORDINARIA. AVISO DE SUBASTA. A: ALEX J. ENCARNACION GARCIA T/C/C ALEX JOEL ENCARNACION GARCIA T/C/C AXEL JOEL ENCARNACION GARCIA Y SU ESPOSA ANNETTE RODRIGUEZ RIVERA Y LA SOCIEDAD LEGAL DE BIENES GANANCIALES CONSTITUIDA POR AMBOS; Y AL PUBLICO EN GENERAL: El que suscribe, Alguacil del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior, Centro Judicial de Caguas, Caguas, Puerto Rico, hago saber a la parte demandada, al PUBLICO EN GENERAL; y a todos los nombres de los acreedores que tengan inscritos o anotados sus derechos sobre los bienes hipotecados con posterioridad a la inscripción del crédito del ejecutante, o de los acreedores de cargas o derechos reales que los hubiesen pospuesto a la hipoteca ejecutada y las personas interesadas en, o con derecho a exigir el cumplimiento de instrumentos negociables garantizados hipotecariamente con posterioridad al crédito ejecutado, siempre que surjan de la certificación registral, para que puedan concurrir a la subasta si les convenga o satisfacer antes del remate el importe del crédito, de sus intereses, costas y honorarios de abogados asegurados, quedando entonces subrogados en los derechos del acreedor ejecutante: Departamento de Hacienda: Embargo a favor del, contra: Alex Joel Encarnación García t/c/c Axel Joel Encarnación García y esposa Annette Rodríguez Rivera, por $44,950.20 (concepto-ingresos), Certificación expedida el 21 de septiembre de 2009. Anotada el 29 de agosto de 2016 en sistema karibe, anotación B. También anotado al folio 148, orden 619, Libro 3 ELA. Se anota este embargo para garantizar el pago de la deuda aplazada de conformidad con las disposiciones de la Ley 8 del 10 de abril de 1964 y el mismo no se cancelará hasta la liquidación total de la deuda. Que en cumplimiento del Mandamiento de Ejecución de Sentencia expedido el día 26 de octubre de 2016, por la Secretaria del Tribunal, procederé a vender y venderé en pública subasta y al mejor postor la propiedad que se describe a continuación: URBANA: Solar marcado con el #121 de la Urbanización Ciudad Jardín de (Ciudad Jardín de Gurabo Resort & Country Club), localizado en los Barrios Mamey de las municipalidades de Gurabo y Juncos, Puerto Rico, con una cabida superficial de 1,104.12 metros cuadrados. En lindes por el NORTE, en una distancia de 43.065 metros con el solar #122; por el SUR, en una distancia de 51.772 metros con Open Swale; por el ESTE, en 2 alineaciones distintas, en un arco de longitud de 30.46 metros con la calle Maga de dicha Urbanización y en otra distancia de 5.417 metros con el solar #120 y por el OESTE, en una distancia de 26.606 metros con un área denominada Green Area, todos estos solares pertenecientes al referido desarrollo urbano. Enclava edificación. Se segregará de la finca #13,140, inscrita al folio 2 del tomo 331 de Gurabo, Registro de la Propiedad de Caguas, Sección Segunda. La antes mencionada finca consta inscrita al Sistema Karibe de Gurabo, Registro de la Propiedad de Caguas, Sección Segunda, finca Legal Notice número 19,547. El producto de la subasta se destinará a satisfacer al demandante hasta donde alcance, la SENTENCIA dictada a su favor, el día 25 de junio de 2009, en el presente caso civil, a saber la suma de $341,463.60 de principal, más intereses al 7 1/4% anual desde el día 1ro. de octubre de 2008, más la suma de $36,000.00, por concepto de honorarios de abogado y costas autorizadas por el Tribunal, más las cantidades que se adeudan mensualmente a partir del día 1ro. de noviembre de 2008, por concepto de seguro hipotecario, cargos por demora, más cualesquiera otros adelantos que se hagan en virtud de la escritura de hipoteca. La adjudicación se hará al mejor postor, quien deberá consignar el importe de su oferta en el acto mismo de la adjudicación, en efectivo (moneda del curso legal de los Estados Unidos de América), giro postal o cheque certificado a nombre del alguacil del Tribunal. LA PRIMERA SUBASTA se llevará a efecto el día 7 DE FEBRERO DE 2017 A LAS 11:45 DE LA MAÑANA, en la oficina del referido Alguacil, localizada en el Centro Judicial de Caguas, Caguas, Puerto Rico. Que el precio mínimo fijado para la PRIMERA SUBASTA es de $360,000.00. Que de ser necesaria la celebración de una SEGUNDA SUBASTA, la misma se llevará a efecto el día 14 DE FEBRERO DE 2017 A LAS 11:45 DE LA MAÑANA, en la oficina antes mencionada del Alguacil que suscribe. El precio mínimo para la SEGUNDA SUBASTA será de $240,000.00, equivalentes a dos terceras (2/3) partes del tipo mínimo estipulado para la PRIMERA subasta. Que de ser necesaria la celebración de una TERCERA SUBASTA, la misma se llevará a efecto el día 21 DE FEBRERO DE 2017 A LAS 11:45 DE LA MAÑANA, en la oficina antes mencionada del Alguacil que suscribe. El precio mínimo para la TERCERA SUBASTA será de $180,000.00, equivalentes a la mitad (1/2) del tipo mínimo estipulado para la PRIMERA subasta. Si se declarase desierta la tercera subasta, se adjudicará la finca a favor del acreedor por la totalidad de la cantidad adeudada si ésta es igual o menor que el monto del tipo de la tercera subasta, si el Tribunal lo estima conveniente; se abonará dicho monto a la cantidad adeudada si esta es mayor, todo ello a tenor con lo dispone el Articulo 104 de la Ley Núm. 210 del 8 de diciembre de 2015 conocida como “Ley del Registro de la Propiedad Inmueble del Estado Libre Asociado de Puerto Rico”. La propiedad a ser ejecutada se adquiere libre de toda carga y gravamen que afecte la mencionada finca según el Artículo 102, inciso 6. Una vez confirmada la venta judicial por el Honorable Tribunal, se procederá a otorgar la correspondiente escritura de venta judicial y se pondrá al comprador en posesión física del inmueble de conformidad con las disposiciones de Ley. 20 Para conocimiento de la parte demandada y de toda aquella persona o personas que tengan interés inscrito con posterioridad a la inscripción del gravamen que se está ejecutando, y para conocimiento de todos los licitadores y el público en general, el presente Edicto se publicará por espacio de dos (2) semanas consecutivas, con un intervalo de por lo menos siete días entre ambas publicaciones, en un diario de circulación general en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico y se fijará además en tres (3) lugares públicos del Municipio en que ha de celebrarse dicha venta, tales como la Alcaldía, el Tribunal y la Colecturía. Los acreedores que tengan inscritos o anotados sus derechos sobre los bienes hipotecados con posterioridad a la inscripción del crédito del ejecutante, o los acreedores de cargas o derechos reales que los hubiesen pospuesto a la hipoteca ejecutada y las personas interesadas en, o con derecho a exigir el cumplimiento de instrumentos negociables garantizados hipotecariamente con posterioridad al crédito ejecutado pueden concurrir a la subasta si les convienen o satisfacer antes del remate el importe del crédito, de sus intereses, costas y honorarios de abogados asegurados, quedando entonces subrogados en los derechos del acreedor ejecutante. Se les informa, por último, que: a. Que los autos y todos los documentos correspondientes al procedimiento incoado estarán de manifiesto en la secretaría del tribunal durante las horas laborables. b. Que se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titularidad y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere, al crédito del ejecutante continuarán subsistentes. Se entenderá, que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio del remate. EXPIDO, el presente EDICTO, en Caguas, Puerto Rico, hoy día 6 de diciembre de 2016. IVONNE BENÍTEZ LÓPEZ, ALGUACIL / PLACA #958, DIVISIÓN DE SUBASTAS, TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, SALA SUPERIOR DE CAGUAS. LEGAL NOTICE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE BAYAMÓN SALA SUPERIOR LIME RESIDENTIAL, LTD. Demandante V. JOSÉ ENRIQUE RODRÍGUEZ ARCE T/C/C JOSÉ E. RODRÍGUEZ ARCE, IVELIZ ROSARIO GUTIÉRREZ Y LA SOCIEDAD LEGAL DE BIENES GANANCIALES COMPUESTA POR AMBOS Civil Demandados Núm.: DCD2014-3344. The San Juan Daily Star Friday, December 23, 2016 (701). Sobre: EJECUCIÓN DE HIPOTECA POR LA VÍA ORDINARIA. EDICTO DE SUBASTA. El Alguacil que suscribe por la presente CERTIFICA, ANUNCIA y hace CONSTAR: Que en cumplimiento de un Mandamiento de Ejecución de Sentencia que le ha sido dirigido al Alguacil que suscribe por la Secretaría del TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE BAYAMÓN SALA SUPERIOR, en el caso de epígrafe procederá a vender en pública subasta al mejor postor quién pagará de contado y en moneda de curso legal de los Estados Unidos de América, giro postal o por cheque de gerente a nombre del Alguacil del Tribunal de Primera Instancia el día 2 DE FEBRERO DE 2017, A LAS 10:30 DE LA MAÑANA, en su oficina sita en el local que ocupa en el edificio del TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE BAYAMÓN SALA SUPERIOR, todo derecho, título e interés que tenga la parte demandada de epígrafe en el inmueble de su propiedad que ubica en Calle Las Flores #586 Las Casitas de la Fuente Townhomes Toa Alta , PR 00953 y que se describe a continuación: URBANA: Solar radicado en la Urbanización Casitas de la Fuentes Townhouses, localizada en el Barrio Mucarabones del término municipal de Toa Alta, Puerto Rico, con el solar #L-2, área de solar de 195.56 metros cuadrados. En lindes: por el Norte, en una distancia de 7.00 metros, con la calle #408; por el Sur, en distancia de 7.002 metros, con predio de terreno perteneciente a la Autoridad de Tierras; por el Este, en distancia de 28.012 metros, con el solar #1 del bloque L; por el Oeste, en distancia de 27.862 metros, con el solar #3 del bloque L, incluyendo pared medianera. ||Contiene una casa en concreto para fines residenciales. La propiedad antes relacionada consta inscrita en el Folio 251 del Tomo 427 de Toa Alta, finca número 21848, en el Registro de la Propiedad de Bayamón, Sección Tercera. El tipo mínimo para la primera subasta del inmueble antes relacionado, será el dispuesto en la Escritura de Hipoteca, es decir la suma de $99,750.00. Si no hubiere remate ni adjudicación en la primera subasta del inmueble mencionado, se celebrará una SEGUNDA SUBASTA en las oficinas del Alguacil que suscribe el día 9 DE FEBRERO DE 2017, A LAS 10:30 DE LA MAÑANA. En la segunda subasta que se celebre servirá de tipo mínimo las dos terceras partes (2/3) del precio pactado en la primera subasta, o sea la suma de $66,500.00. Si tampoco hubiere remate ni adjudicación en la segunda subasta se celebrará una TERCERA SUBASTA en las oficinas del Alguacil que suscribe el día 16 DE FEBRERO DE 2017, A LAS 10:30 DE LA MAÑANA. Para la tercera subasta servirá de tipo mínimo la mitad (1/2) del precio pactado para el caso de ejecución, o sea, la suma de $49,875.00. La hipoteca a ejecutarse en el caso de epígrafe fue constituida mediante la escritura número 93, otorgada el día 30 de diciembre de 2002, ante el Notario Osvaldo Toledo Martínez y consta inscrita en el Folio 87 del Tomo 465 de Toa Alta, finca número 21848, en el Registro de la Propiedad de Bayamón, Sección Tercera, inscripción cuarta. Dicha subasta se llevará a cabo para con su producto satisfacer al Demandante total o parcialmente según sea el caso el importe de la Sentencia que ha obtenido ascendente a la suma de $87,929.43 por concepto de principal, más intereses al tipo pactado de 6.750% anual desde el día 1 de julio de 2011. Dichos intereses continúan acumulándose hasta el pago total de la obligación. Se pagarán también los cargos por demora equivalentes a 5.000% de la suma de aquellos pagos con atrasos en exceso de 15 días calendarios de la fecha vencimiento, la suma de $9,975.00 para costas, gastos y honorarios de abogado, la suma de $9,975.00 para cubrir los intereses en adición a los garantizados por ley y la suma de $9,975.00 para cubrir cualquier otro adelanto que se haga en virtud de la escritura de hipoteca, más intereses según provisto por la regla 44.3 de las de Procedimiento Civil. Que los autos y todos los documentos correspondientes al Procedimiento incoado estarán de manifiesto en la SECRETARIA DEL TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE BAYAMÓN SALA SUPERIOR durante las horas laborables. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titularidad del inmueble y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere, al crédito del ejecutante continuarán subsistentes. Se entenderá que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio de remate. La propiedad no está sujeta a gravámenes anteriores ni preferentes según las constancias del Registro de la Propiedad. Surge de un estudio de título que, sobre la finca descrita anteriormente, pesan los gravámenes posteriores a la hipoteca que se ejecuta mediante este procedimiento que se relacionan más adelante. A los acreedores que tengan inscritos o anotados sus derechos sobre los bienes hipotecados con posterioridad a la inscripción del crédito del ejecutante o acreedores de cargos o derechos reales que los hubiesen pospuesto a la hipoteca del actor y a los dueños, poseedores, tenedores de, o interesados en títulos transmisibles por endoso, o al portador, garantizados hipotecariamente con posterioridad al crédito del actor por la presente se notifica, que se celebrarán las subastas en las fechas, horas y sitios señalados para que puedan concurrir a la subasta si les conviniere o se les invita a satisfacer antes del remate el importe del crédito, de sus intereses, otros cargos y las costas y honorarios de abogado asegurados quedando subrogados en los derechos del acreedor ejecutante. A: EMBARGO EN ASEGURAMIENTO DE SENTENCIA: En el Tribunal de Primera Instancia, Sala Municipal de Toa Alta, en el Caso Civil No. TM-2007-746, sobre cobro de dinero, seguido por la Asociación de Residentes de Casitas de la Fuente, Inc., versus Titulares, se solicita el pago de la deuda, la cual asciende a la suma principal de $2,729.79, más costas, gastos e intereses, todo según Orden y Mandamiento fechadas 2 de junio del 2009, anotado como asiento abreviado Ley #216, extendido el 30 de julio del 2012, al folio 87 del tomo 465 de Toa Alta, finca No. 21848, inscripción 5a. B: Al asiento 179 del diario 530, con fecha 26 de enero del 2015, aparece presentado y pendiente de inscripción, Aviso de Demanda del 29 de diciembre del 2014, en el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de San Juan, en el Caso Civil No. DCD2014-3344, sobre cobro de dinero y ejecución de hipoteca, seguido por DLJ Mortgage Capital, Inc., versus Titulares, se solicita el pago de la deuda garantizada con hipoteca de la inscripción 4ª., la cual asciende a la suma principal de $87,929.43 más costas, gastos e intereses. Y para conocimiento de licitadores del público en general se publicará este Edicto de acuerdo con la ley por espacio de dos semanas en tres sitios públicos del municipio en que ha de celebrarse la venta, tales como la alcaldía, el Tribunal y la colecturía. Este Edicto será publicado mediante edictos dos veces en un diario de circulación general en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico, por espacio de dos semanas consecutivas. La propiedad a ser ejecutada se adquirirá libre de cargas y gravámenes posteriores sujeto a lo dispuesto en los Artículos 113 al 116 de la Ley 210 del 8 de diciembre de 2015, según aplique. Expido el presente Edicto de subasta bajo mi firma en Bayamón, Puerto Rico, hoy día 3 de octubre de 2016. FDO. EDGARDO E. VARGAS SANTANA, ALGUACIL, TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, SALA SUPERIOR DE BAYAMÓN. LEGAL NOTICE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA SUPERIOR DE SAN JUAN FIRSTBANK PUERTO RICO Demandante V. LIZBETH VARGAS CINTRÓN Demandados Civil Núm.: KCD2016-0602. (806). Sobre: COBRO DE DINERO Y EJECUCIÓN DE HIPOTECA POR LA VÍA ORDINARIA. AVISO DE VENTA EN PÚBLICA SUBASTA. Yo, GLORIMAR GONZÁLEZ AYALA, Alguacil Supervisor de la División de Subas- tas del Centro Judicial de SAN JUAN, a los demandados y al público en general les notifico que, cumpliendo con un Mandamiento que se ha librado en el presente caso por el Secretario del Tribunal de epígrafe con fecha 15 de noviembre de 2016 y para satisfacer la Sentencia por la cantidad de $112,085.62 de principal, dictada en el caso de autos el 12 de septiembre de 2016, y notificada el 16 de septiembre de 2016, procederé a vender en pública subasta, al mejor postor en pago de contado y en moneda del curso legal de los Estados Unidos de América, mediante efectivo, giro o cheque certificado a nombre del Alguacil de este Tribunal todo derecho, título e interés que hayan tenido tengan o puedan tener los deudores demandados en cuanto a la propiedad localizada en: en el Municipio de San Juan, Puerto Rico, el bien inmueble se describe a continuación: Cond. Vistas del Horizonte, Apt. B-301, San Juan, PR. PROPIEDAD HORIZONTAL: Apartamento residencial numero B trescientos uno (B-301), localizado en el cuarto piso del CONDOMINIO VISTAS DEL HORIZONTE I sometido al Régimen de Propiedad Horizontal, situado en el Barrio Santurce del término municipal de San Juan, Puerto Rico. Es de forma irregular y esta construido de hormigón y bloques de concreto y consta de un solo nivel. Tiene su puerta de entrada orientada hacia el Este y da acceso directamente al lobby de dicho piso. Tiene un area de construcción superficial de ochocientos dieciocho punto setenta y siete pies cuadrados (818.77 p.c.) equivalentes a setenta y seis punto cero nueve metros cuadrados (76.09 m.c.). Colinda por el NORTE en cuarenta pies (40’) con elemento exterior; por el SUR en cuarenta pies (40’) con el apartamento B TRESCIENTOS DOS (B-302), por el ESTE en nueve pies con nueve pulgadas (9’9”) con el lobby, y nueve pies y una pulgada (9’1”), con la escalera y cinco pies y cinco pulgadas (5’5”) con elemento exterior y por el OESTE en diez pies con dos pulgadas y media (10’2-1/2”) con el lobby, once pies con media pulgada (11’0-1/2”) con la escalera y tres pies (3’) con elemento exterior. Consta de Sala, comedor, cocina, lavandería, pasillo, dos (2) closet, dos (2) cuartos dormitorios con guardarropas, dos (2) baños y balcón. Le corresponde a este apartamento el cinco punto cinco mil doscientos ochenta y siete por ciento (5.5287%) de participación en los gastos, ganancias y derechos en los elementos comunes del Condominio. Le corresponde los estacionamientos número seis (6) y numero veinticuatro (24). Finca número 46071, inscrita al folio 78 del tomo 1199 (ágora) de Santurce Norte, Registro de la Propiedad de San Juan, Sección I. Con el importe de dicha venta se habrá de satisfacer a la parte demandante las cantidades adeudadas, según la Sentencia dictada en el caso de epígrafe, por el Tribunal de Primera Instancia, Sala de SAN JUAN, cuyas cantidades son las siguientes: $112,085.62 de principal, 4.875% de intereses, los cuales continúan acumulándose hasta el saldo total de la deuda; $132.20 de gastos por mora, los cuales continúan acumulándose hasta el saldo total de la deuda; mas costas, gastos y honorarios de abogado. El tipo mínimo para la subasta será la suma de tasación pactada, la cual es $124,900.00 para la propiedad descrita. Si no produjere remate o adjudicación la primera subasta, se procederá a una segunda subasta y servirá de tipo mínimo la cantidad de $83,266.67. Si tampoco hubiere remate ni adjudicación en esta segunda subasta, se procederá a una tercera subasta, en ésta el tipo mínimo será la cantidad de $62,450.00. Para el lote descrito, la PRIMERA SUBASTA se llevará a cabo el 08 DE FEBRERO DE 2017 A LAS 11:30 DE LA MAÑANA. De no comparecer postor alguno se llevará a efecto una SEGUNDA SUBASTA el 15 DE FEBRERO DE 2017 A LAS 11:30 DE LA MAÑANA. De no comparecer postor alguno se llevará a cabo una TERCERA SUBASTA el 23 DE FEBRERO DE 2017 A LAS 11:30 DE LA MAÑANA. La subasta o subastas antes indicadas se llevarán a efecto en mi oficina, localizada en el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de SAN JUAN. Se advierte a los licitadores que la adjudicación se hará al mejor postor, quien deberá consignar el importe de su oferta en el mismo acto de la adjudicación en moneda de curso legal de los Estados Unidos de Norteamérica y para conocimiento de la parte demandada y de toda(s) aquella(s) persona(s) que tengan interés inscrito con posterioridad a la inscripción del gravamen que se está ejecutando, y para conocimiento de los licitadores y el público en general y para su publicación en un periódico de circulación general, una vez por semana durante el término de dos (2) semanas consecutivas con un intervalo de por lo menos siete (7) días entre ambas publicaciones, y para su fijación en tres (3) lugares públicos del municipio en que ha de celebrarse la venta, tales como, la Alcaldía, el Tribunal y la Colecturía y se le notificará además a la parte demandada vía correo certificado con acuse de recibo a la última dirección conocida. La propiedad a ser ejecutada se adquirirá libre de cargas y gravámenes posteriores, previa orden judicial dirigida al Registrador de la Propiedad de la sección correspondiente para la cancelación de aquellos posteriores. Se les advierte a todos los interesados que todos los documentos relacionados con la presente acción de ejecución de hipoteca, así como la de la subasta, estarán disponibles para ser examinados, durante horas laborables, en la Secretaría del Tribunal. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titularidad y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere, al crédito del ejecutante, continuarán subsistentes; entendiéndose que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio del remate. Y para conocimiento de los demandados, de los acreedores posteriores, de los licitadores, partes interesadas y público en general, expido el presente Aviso para su publicación en los lugares públicos correspondientes. Librado en SAN JUAN, Puerto Rico, a 08 de diciembre de 2016. GLORIMAR GONZÁLEZ AYALA, ALGUACIL. LEGAL NOTICE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA SUPERIOR DE SAN JUAN FIRSTBANK PUERTO RICO Demandante V. SUCESIÓN DE NEREIDA ACOSTA VÉLEZ t/c/c NEREIDA VÉLEZ COMPUESTA POR MAIDA GARCÍA ACOSTA t/c/c MAIDA GARCÍA POR SÍ Y COMO MIEMBRO DE LA SUCESIÓN DE NEREIDA ACOSTA VÉLEZ t/c/c NEREIDA VÉLEZ; HEIDI GARCÍA ACOSTA; IVÁN GARCÍA ACOSTA; NORA GARCÍA ACOSTA T/C/C NORAH GARCÍA ACOSTA; HONORABLE SECRETARIO DE HACIENDA DEL ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO; EL HONORABLE SECRETARIO DE JUSTICIA DEL ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO Demandados Civil Núm.: KCD2014-2331. (806). Sobre: COBRO DE DINERO Y EJECUCIÓN DE HIPOTECA POR LA VÍA ORDINARIA. AVISO DE VENTA EN PÚBLICA SUBASTA. Yo, DIANA I. NAVARRO CRUZ, Alguacil Supervisor de la División de Subastas del Centro Judicial de San Juan, a los demandados y al público en general les notifico que, cumpliendo con un Mandamiento que se ha librado en el presente caso por el Secretario del Tribunal de epígrafe con fecha 25 de octubre de 2016 y para satisfacer la Sentencia por la cantidad de $49,144.76 de principal, dictada en el caso de autos el 11 de mayo de 2016, y notificada el 18 de mayo de 2016, procederé a vender en pública subasta, al mejor postor en pago de contado y en moneda del curso legal de los Estados Unidos de América, mediante efectivo, giro o cheque certificado a nombre del Alguacil de este Tribunal todo derecho, título e interés que hayan tenido The San Juan Daily Star tengan o puedan tener los deudores demandados en cuanto a la propiedad localizada en: en el Municipio de San Juan, Puerto Rico, el bien inmueble se describe a continuación: 683 Calle Constitución, Caparra Terrace Development, San Juan, PR. URBANA: Solar sito en el Barrio Monacillos del término municipal de Río Piedras, antes hoy San Juan, Puerto Rico, marcado con el número veintiséis guión “B” de la manzana “AK” de la urbanización Caparra Terrace, con un área superficial de doscientos sesenta y uno punto cero, cero metros cuadrados, más o menos, colindando por el NORTE, en diez punto cuatrocientos cincuenta y cinco metros con el solar número veintisiete guión “B” de la manzana “AK”; por el SUR; en diez punto cuatrocientos cincuenta y cinco metros con calle número ciento veintiuno de la urbanización; por el ESTE, en veinticinco punto cero, cero metros como terrenos de Miami Corporation; y por el OESTE, en veinticinco punto cero, cero metros con solar número veintiséis guión “A” de la manzana “AK”. Enclava una casa de concreto armado con techo de azotea y piso del país, de una sola planta que constituye una vivienda de independiente, consiste de tres dormitorios con sus closets, sala y comedor en una sola unidad, cocina con su closet, balcón y cuarto de baño. Existe una servidumbre por signo aparente establecida los apartamentos “A” y “B” cuya pared continuara sirviendo a ambos apartamentos y pertenecerá en común pro indiviso y en toda su actual extensión y espesor a los propietarios de ambos apartamentos. Consta inscrito al folio ciento cuarenta y dos del tomo doscientos cincuenta y tres de Monacillos, finca número nueve mil seiscientos cuarenta y dos del Registro de la Propiedad de San Juan, Sección Tercera. Con el importe de dicha venta se habrá de satisfacer a la parte demandante las cantidades adeudadas, según la Sentencia dictada en el caso de epígrafe, por el Tribunal de Primera Instancia, Sala de San Juan, cuyas cantidades son las siguientes: $49,144.76 de principal, 7.95% de intereses, los cuales continúan acumulándose hasta el saldo total de la deuda; $384.83 de gastos por mora, los cuales continúan acumulándose hasta el saldo total de la deuda; mas costas, gastos y honorarios de abogado. El tipo mínimo para la subasta será la suma de tasación pactada, la cual es $55,000.00 para la propiedad descrita. Si no produjere remate o adjudicación la primera subasta, se procederá a una segunda subasta y servirá de tipo mínimo la cantidad de $36,666.67. Si tampoco hubiere remate ni adjudicación en esta segunda subasta, se procederá a una tercera subasta, en ésta la cantidad será $27,500.00. Para el lote descrito, la PRIMERA SUBASTA se llevará a cabo el día 09 DE FEBRERO DE 2017, Friday, December 23, 2016 A LAS 9:30 DE LA MAÑANA. De no comparecer postor alguno se llevará a efecto una SEGUNDA SUBASTA el día 16 DE FEBRERO DE 2017, A LAS 9:30 DE LA MAÑANA. De no comparecer postor alguno se llevará a cabo una TERCERA SUBASTA el día 27 DE FEBRERO DE 2017, A LAS 9:30 DE LA MAÑANA. La subasta o subastas antes indicadas se llevarán a efecto en mi oficina, localizada en el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de San Juan. Se advierte a los licitadores que la adjudicación se hará al mejor postor, quien deberá consignar el importe de su oferta en el mismo acto de la adjudicación en moneda de curso legal de los Estados Unidos de Norteamérica y para conocimiento de la parte demandada y de toda(s) aquella(s) persona(s) que tengan interés inscrito con posterioridad a la inscripción del gravamen que se está ejecutando, y para conocimiento de los licitadores y el público en general y para su publicación en un periódico de circulación general, una vez por semana durante el término de dos (2) semanas consecutivas con un intervalo de por lo menos siete (7) días entre ambas publicaciones, y para su fijación en tres (3) lugares públicos del municipio en que ha de celebrarse la venta, tales como, la Alcaldía, el Tribunal y la Colecturía y se le notificará además a la parte demandada vía correo certificado con acuse de recibo a la última dirección conocida. La propiedad a ser ejecutada se adquirirá libre de cargas y gravámenes posteriores, previa orden judicial dirigida al Registrador de la Propiedad de la sección correspondiente para la cancelación de aquellos posteriores. Se les advierte a todos los interesados que todos los documentos relacionados con la presente acción de ejecución de hipoteca, así como la de la subasta, estarán disponibles para ser examinados, durante horas laborables, en la Secretaría del Tribunal. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titularidad y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere, al crédito del ejecutante, continuarán subsistentes; entendiéndose que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio del remate. Y para conocimiento de los demandados, de los acreedores posteriores, de los licitadores, partes interesadas y público en general, expido el presente Aviso para su publicación en los lugares públicos correspondientes. Librado en San Juan, Puerto Rico, a 08 de diciembre de 2016. DIANA I. NAVARRO CRUZ, ALGUACIL. LEGAL NOTICE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE BAYAMÓN SALA SUPERIOR ROOSEVELT CAYMAN ASSET COMPANY II Demandante V. SAMUEL RAMOS FERRER Y ANA ELBA SERRANO VARGAS T/C/C ANA SERRANO VARGAS Demandados Civil Núm.: DCD2015-2294. (401). Sobre: COBRO DE DINERO Y EJECUCIÓN DE HIPOTECA POR LA VÍA ORDINARIA. EDICTO DE SUBASTA. El Alguacil que suscribe por la presente CERTIFICA, ANUNCIA y hace CONSTAR: Que en cumplimiento de un Mandamiento de Ejecución de Sentencia que le ha sido dirigido al Alguacil que suscribe por la Secretaría del TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE BAYAMÓN SALA SUPERIOR, en el caso de epígrafe procederá a vender en pública subasta al mejor postor quién pagará de contado y en moneda de curso legal de los Estados Unidos de América, giro postal o por cheque de gerente a nombre del Alguacil del Tribunal de Primera Instancia el día 2 DE FEBRERO DE 2017, A LAS 11:15 DE LA MAÑANA en su oficina sita en el local que ocupa en el edificio del TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE BAYAMÓN SALA SUPERIOR, todo derecho, título e interés que tenga la parte demandada de epígrafe en el inmueble de su propiedad que ubica en Lagos del Plata, 41 Bloque P, Calle 14, Toa Baja, PR 00949 y que se describe a continuación: URBANA: Solar marcado con el #41 del Bloque P de la Urbanización Extención Lagos de Plata, en Toa baja Area 273.75 metros cuadrados. En lindes por el Norte, en 9.35 metros, con la calle 14; por el Sur, en 9.35 metros, con los solares 16 y 16-A; por el Este, en 25.00 metros, con el solar 40; por el Oeste, en 25.00 metros, con el solar #42. Enclava en este solar una casa de hormigón que consta de sala, comedor, un baño, tres cuartos dormitorios, balcón y marquesina. La propiedad antes relacionada consta inscrita en el Folio 25 del Tomo 667 de Toa Baja, finca número 20,270, en el Registro de la Propiedad de Bayamón, Sección Segunda. El tipo mínimo para la primera subasta del inmueble antes relacionado, será el dispuesto en la Escritura de Hipoteca, es decir la suma de $68,000.00. Si no hubiere remate ni adjudicación en la primera subasta del inmueble mencionado, se celebrará una SEGUNDA SUBASTA en las oficinas del Alguacil que suscribe el día 9 DE FEBRERO DE 2017, A LAS 11:15 DE LA MAÑANA. En la segunda subasta que se celebre servirá de tipo mínimo las dos terceras partes (2/3) del precio pactado en la primera subasta, o sea la suma de $45,333.33. Si tampoco hubiere remate ni adjudicación en la segunda subasta se celebrará una TERCERA SUBASTA en las oficinas del Alguacil que suscribe el día 16 DE FEBRERO DE 2017, A LAS 11:15 DE LA MAÑANA. Para la tercera subasta servirá de tipo mínimo la mitad (1/2) del precio pactado para el caso de ejecución, o sea, la suma de $34,000.00. La hipoteca a ejecutarse en el caso de epígrafe fue constituida mediante la escritura número 19, otorgada el día 17 de febrero de 2006, ante el Notario Lourdes Ivette Quintana Lloréns y consta inscrita en el Folio 25 del Tomo 667 de Toa Baja, finca número 20270, en el Registro de la Propiedad de Bayamón, Sección Segunda, inscripción undécima. Dicha subasta se llevará a cabo para con su producto satisfacer al Demandante total o parcialmente según sea el caso el importe de la Sentencia que ha obtenido ascendente a la suma de $60,591.67 por concepto de principal, más intereses al tipo pactado de 7.750% anual desde el día 1 de enero de 2015. Dichos intereses continúan acumulándose hasta el pago total de la obligación. Se pagarán también los cargos por demora equivalentes a 5.000% de la suma de aquellos pagos con atrasos en exceso de 15 días calendarios de la fecha vencimiento, la suma de $6,800.00 para costas, gastos y honorarios de abogado, la suma de $6,800.00 para cubrir los intereses en adición a los garantizados por ley y la suma de $6,800.00 para cubrir cualquier otro adelanto que se haga en virtud de la escritura de hipoteca, más intereses según provisto por la regla 44.3 de las de Procedimiento Civil. Que los autos y todos los documentos correspondientes al Procedimiento incoado estarán de manifiesto en la SECRETARIA DEL TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE BAYAMÓN SALA SUPERIOR durante las horas laborables. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titularidad del inmueble y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere, al crédito del ejecutante continuarán subsistentes. Se entenderá que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio de remate. La propiedad no está sujeta a gravámenes anteriores ni preferentes según las constancias del Registro de la Propiedad. Surge de un estudio de título que, sobre la finca descrita anteriormente, pesan los gravámenes posteriores a la hipoteca que se ejecuta mediante este procedimiento que se relacionan más adelante. A los acreedores que tengan inscritos o anotados sus derechos sobre los bienes hipotecados con posterioridad a la inscripción del crédito del ejecutante o acreedores de cargos o derechos reales que los hubiesen pospuesto a la hipoteca del actor y a los dueños, poseedores, tenedores de, o interesados en títulos transmisibles por endoso, o al portador, garantizados hipotecariamente con posterioridad al crédito del actor por la presente se notifica, que se celebrarán las subastas en las fechas, horas y sitios señalados para que puedan concurrir a la subasta si les conviniere o se les invita a satisfacer antes del remate el importe del crédito, de sus intereses, otros cargos y las costas y honorarios de abogado asegurados quedando subrogados en los derechos del acreedor ejecutante. A: HIPOTECA: Por la suma principal de $13,000.00 en garantía de un pagare a favor de LA AUTORIDAD PARA EL FINANCIAMIENTO DE LA VIVIENDA DE PUERTO RICO, o a su orden, sin intereses y vencimiento el 17 de febrero del 2014, tasada en $13,000.00, constituida mediante escritura No. 20 otorgada en San Juan el 17 de febrero del 2006, ante Lourdes Ivette Quintana Llorens, inscrita al folio 25 del tomo 667 de Toa Baja, finca No. 20270, inscripción 12. Sujeta a Cláusula de Subsidio “La Llave para tu Hogar”, por un término de 8 años. B: AVISO DE DEMANDA: En el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Bayamón, en el Caso Civil No. DCD-2015-2294, sobre cobro de dinero y ejecución de hipoteca, seguido por Roosevelt Cayman Asset Company II, versus Titulares, se solicita el pago de la deuda garantizada con hipoteca de la inscripción 11a, la cual asciende a la suma principal de $60,591.67, mas costas, gastos e intereses, todo según demanda de fecha 24 de septiembre del 2015, anotado el 6 de noviembre del 2015, al folio 162 del tomo 755 de Toa Baja, finca No. 20270, anotación “A”. Y para conocimiento de licitadores del público en general se publicará este Edicto de acuerdo con la ley por espacio de dos semanas en tres sitios públicos del municipio en que ha de celebrarse la venta, tales como la alcaldía, el Tribunal y la colecturía. Este Edicto será publicado mediante edictos dos veces en un diario de circulación general en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico, por espacio de dos semanas consecutivas. La propiedad a ser ejecutada se adquirirá libre de cargas y gravámenes posteriores sujeto a lo dispuesto en los Artículos 113 al 116 de la Ley 210 del 8 de diciembre de 2015, según aplique. Expido el presente Edicto de subasta bajo mi firma en Bayamón, Puerto Rico, hoy día 14 de octubre de 2016. FDO. EDGARDO E. VARGAS SANTANA, ALGUACIL, TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, SALA SUPERIOR DE BAYAMÓN. LEGAL NOTICE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA DE CAGUAS BANCO POPULAR DE PUERTO RICO, INC. Demandante V. JOSÉ RAFAEL PÉREZ COUVERTIER Demandado Civil Núm.: ECD2015-0877. (802). Sobre: COBRO DE DINERO - EJECUCIÓN DE HIPOTECA POR LA VÍA ORDINARIA. ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, EL PRESIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS, ESTADO LIBRE ASO- CIADO DE PUERTO RICO, SS. AVISO DE SUBASTA. Yo, JOSÉ M. RIVERA ORTIZ, ALGUACIL / PLACA #265, Alguacil del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Caguas, notifico a los demandados, público en general y personas con algún interés, que cumpliré con un Mandamiento librado por el Secretario del Tribunal de epígrafe, el 26 de septiembre de 2016, para satisfacer la Sentencia dictada el 8 de julio de 2016, notificada el 26 de julio de 2016. En dicha Sentencia se condena a la parte demandada a satisfacer la suma de $167,868.33 adeudada al 1ro de marzo de 2015, la cual se desglosa en $151,374.65 por concepto de principal; $723.52 por concepto de intereses acumulados, $147.36 por concepto de cargos por demora los cuales al igual que los intereses continúan acumulándose hasta el saldo total de la deuda reclamada en este pleito; y la suma $15,622.80 para costas, gastos y honorarios de abogado; y demás créditos accesorios garantizados hipotecariamente. Conforme a lo anterior, venderé en pública subasta, al mejor postor en pago de contado y en moneda del curso legal de los Estados Unidos de América, todo derecho, título e interés que hayan tenido tengan o puedan tener los deudores demandados en cuanto al bien inmueble que se describe a continuación: URBANA: Parcela de terreno identificada como solar número #4 del Bloque “E” de la Urbanización Arbolada, radicada en el Barrio Bairoa del término municipal de Caguas, con una cabida superficial de 310.5000 metros cuadrados. En lindes por el NORTE, en 13.500 metros, con los solares números 23 y 24; por el SUR, en 13.500 metros, con la Calle número #3; por el ESTE, en 23.000 metros, con el solar número #3 y por el OESTE, en 23.000 metros, con solar número 1. Inscrito al folio 258 del tomo 1,183 de Caguas, finca número #41,327 Registro de la Propiedad de Puerto Rico, Sección Primera de Caguas. La hipoteca que se pretende ejecutar ubica en: E4, Calle Robles, Urb. Arbolada, Caguas, Puerto Rico. El tipo mínimo para la subasta será la suma de $156,228.00. De declararse la subasta desierta, y de celebrarse una segunda subasta, el tipo mínimo será dos terceras (2/3) partes del tipo mínimo establecido para la primera subasta, el cual asciende a $104,151.98. Si tampoco hubiere remate ni adjudicación en la segunda subasta, regirá como tipo mínimo de la tercera subasta la mitad (1/2) del tipo mínimo pactado para la primera subasta el cual asciende a $78,114.00. Si se declarase desierta la tercera subasta se dará por terminado el procedimiento, pudiendo adjudicarse el bien subastado a opción del demandante. Art. 221 de la Ley Hipotecaria, 30 L.P.R.A. sec. 2721. La PRIMERA SUBASTA se llevará a cabo el día 17 DE ENERO DE 2017, a la(s) 10:00 21 Legal Notice DE LA MAÑANA. De declararse desierta, se llevará a efecto una SEGUNDA SUBASTA el día 24 DE ENERO DE 2017, a la(s) 10:00 DE LA MAÑANA. De declararse desierta, se llevará a cabo una TERCERA SUBASTA el día 31 DE ENERO DE 2017, a la(s) 2:00 DE LA TARDE. La cantidad adeudada según la Sentencia, asciende a $167,868.33 adeudada al 1ro de marzo de 2015, la cual se desglosa en $151,374.65 por concepto de principal; $723.52 por concepto de intereses acumulados, $147.36 por concepto de cargos por demora los cuales al igual que los intereses continúan acumulándose hasta el saldo total de la deuda reclamada en este pleito; y la suma $15,622.80 para costas, gastos y honorarios de abogado; y demás créditos accesorios garantizados hipotecariamente. La subasta o subastas antes indicadas se llevarán a efecto en mi oficina, localizada en el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Caguas. Se le advierte a los postores o licitadores que la adjudicación del bien inmueble a subastarse se hará al mejor postor o licitador victorioso, quien deberá consignar el importe de su oferta en el mismo acto de la adjudicación, en moneda de curso legal de los Estados Unidos de Norteamérica. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titulación y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere al crédito de ejecutante, continuarán subsiguientes entendiéndose que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio del remate. Con el producto que se obtenga de la subasta se le pagará a la parte demandante el importe de la Sentencia hasta donde alcance, y se pondrá al adjudicatario o licitador victorioso en posesión de la propiedad subastada, libre de cargas y gravámenes posteriores, dentro del término de sesenta (60) días a partir de celebrada la subasta conforme al Artículo 112 de la ley 210 del 8 de diciembre de 2015. Para cumplir con lo anterior, el Alguacil queda facultado, de ser necesario, para romper candados y cerraduras que impidan el acceso a la propiedad subastada. Los autos y todos los documentos correspondientes al procedimiento incoado estarán de manifiesto en la secretaría del tribunal durante las horas laborables. Todos los interesados quedan notificados de que todos los documentos relacionados con la presente acción de ejecución de hipoteca, así como la de la subasta, estarán disponibles para ser examinados en la Secretaría del Tribunal. Para conocimiento de la parte demandada y de toda(s) aquella(s) persona(s) que tengan interés inscrito con posterioridad a la inscripción del gravamen que se está ejecutando, y para conocimiento de los licitadores y el público en general, y para su publicación en un periódico de circulación general, una vez por semana durante el término de dos (2) semanas consecutivas con un intervalo de por lo menos siete (7) días entre ambas publicaciones, y para su fijación en tres (3) lugares públicos del municipio en que ha de celebrarse la venta, tales como, la Alcaldía, el Tribunal y la Colecturía, así como en la Colecturía más cercana al lugar de residencia de la parte demandada, cuando ésta fuera conocida, y se le notificara además a la parte demandada vía correo certificado con acuse de recibo a la última dirección conocida. Y para conocimiento de los demandados, de los acreedores posteriores, de los licitadores, partes interesadas y público en general, expido el presente Aviso para su publicación en los lugares públicos correspondientes. Librado en Caguas, Puerto Rico, a 3 de noviembre de 2016. JOSÉ M. RIVERA ORTIZ, ALGUACIL / PLACA #265, TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, SALA DE CAGUAS. LEGAL NOTICE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA DE MANATÍ BANCO POPULAR DE PUERTO RICO, INC. COMO AGENTE DE SERVICIO DE PRIME MORTGAGE TRUST Demandante V. WILLIAM QUINTANA AMBERT; SU ESPOSA GLADYS RIVERA LAUREANO Y LA SOCIEDAD LEGAL DE BIENES GANANCIALES COMPUESTA POR AMBOS Demandados Civil Núm.: CD2016-133. Sobre: COBRO DE DINERO - EJECUCIÓN DE HIPOTECA POR LA VÍA ORDINARIA. ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, EL PRESIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS, ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO, SS. AVISO DE SUBASTA. Yo, CARLOS M. COLÓN BURGOS, Alguacil del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Manatí, notificó a los demandados, público en general y personas con algún interés, que cumpliré con un Mandamiento librado por el Secretario del Tribunal de epígrafe, el 11 de octubre de 2016, para satisfacer la Sentencia dictada el 17 de agosto de 2016, la cual fue notificada y archivada en autos 18 de agosto de 2016. En dicha Sentencia se condena a la parte demandada a satisfacer la suma de $33,195.04 adeudada al 1ro de octubre de 2015, más los intereses que se acumulen hasta el saldo total de la deuda y demás créditos accesorios garantizados hipotecariamente. Conforme a lo anterior, venderé en pública subasta, al mejor postor en pago de contado y en moneda del curso Legal Notice legal de los Estados Unidos de América, todo derecho, título e interés que hayan tenido tengan o puedan tener los deudores demandados en cuanto al bien inmueble que ubica en: Calle Clavel, 27, Urb. Las Gardenias, Manatí, Puerto Rico, que se describe a continuación: URBANA: Parcela de terreno marcada con el número #28 del Bloque H de la Urbanización Residencial Las Gardenias VBC-153 del Barrio Coto Norte del Municipio de Manatí, Puerto Rico, según el Plano de Inscripción final aprobado por la Administración de Reglamentos y Permisos de Puerto Rico, con una cabida superficial de 264.195 metros cuadrados, en lindes por el NORTE, con el Solar número 14, distancia de trece metros con sesenta y siete punto nueve centímetros; por el SUR, con la Calle “I”, distancia de doce metros con sesenta y cuatro punto uno centímetros; por el ESTE, con terreno Municipal, distancia de veinte metros; y por el OESTE, con el Solar número #27, distancia de veinte metros. Contiene una casa de concreto diseñada para una familia. Inscrito al folio 205 del tomo 189 de Manatí, finca número #8,117 Registro de la Propiedad de Puerto Rico, Sección de Manatí. El tipo mínimo para la subasta será la suma de $54,400.00. De declararse la subasta desierta, y de celebrarse una segunda subasta, el tipo mínimo será dos terceras (2/3) partes del tipo mínimo establecido para la primera subasta, el cual asciende a $36,266.66. Si tampoco hubiere remate ni adjudicación en la segunda subasta, regirá como tipo mínimo de la tercera subasta la mitad (1/2) del tipo mínimo pactado para la primera subasta el cual asciende a $27,200.00. Si se declarase desierta la tercera subasta se dará por terminado el procedimiento, pudiendo adjudicarse el bien subastado a opción del demandante. Art. 221 de la Ley Hipotecaria, 30 L.P.R.A. sec. 2721. La PRIMERA SUBASTA se llevará a cabo el día 18 DE ENERO DE 2017, A LA(S) 11:00 DE LA MAÑANA. De declararse desierta, se llevará a efecto una SEGUNDA SUBASTA el día 25 DE ENERO DE 2017, A LA(S) 11:00 DE LA MAÑANA. De declararse desierta, se llevará a cabo una TERCERA SUBASTA el día 1 DE FEBRERO DE 2017, A LA(S) 11:00 DE LA MAÑANA. La subasta o subastas antes indicadas se llevarán a efecto en mi oficina, localizada en el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Manatí. En la Sentencia, el Tribunal ordenó a la parte demandada a pagar a Banco Popular la suma de $27,185.05 por concepto de principal; $381.93 por concepto de intereses acumulados, $114.60 por concepto de cargos por demora los cuales al igual que los intereses continúan acumulándose hasta el saldo total de la deuda reclamada en este pleito; $73.46 por concepto de ‘’Escrow Advances’’ y la suma $5,440.00 para costas, gastos y honorarios de abogado; y demás 22 PRIMERA INSTANCIA CENTRO Registro de la Propiedad de GuaJUDICIAL DE GUAYAMA SALA yama. El tipo mínimo para la priSUPERIOR mera subasta del inmueble antes BANCO POPULAR DE relacionado, será el dispuesto en la Escritura de Hipoteca, es decir PUERTO RICO la suma de $69,426.00. Si no huDemandante Vs. biere remate ni adjudicación en JOSÉ ANTONIO GUILFU la primera subasta del inmueble ROQUE T/C/C JOSÉ mencionado, se celebrará una GUILFU ROQUE, YSA SEGUNDA SUBASTA en las oficinas del Alguacil que suscribe el REYES CRUZ día 15 DE FEBRERO DE 2017 A Demandados Civil Núm.: GCD2016-0127. LAS 2:00 DE LA TARDE. En la (303). Sobre: COBRO DE DINE- segunda subasta que se celebre RO Y EJECUCIÓN DE HIPOTE- servirá de tipo mínimo las dos CA (VÍA ORDINARIA). EDICTO terceras partes (2/3) del precio DE SUBASTA. El Alguacil que pactado en la primera subasta, suscribe por la presente CERTI- o sea la suma de $46,284.00. Si FICA, ANUNCIA y hace CONS- tampoco hubiere remate ni adjuTAR: Que en cumplimiento de dicación en la segunda subasta un Mandamiento de Ejecución se celebrará una TERCERA de Sentencia que le ha sido di- SUBASTA en las oficinas del Alrigido al Alguacil que suscribe guacil que suscribe el día 22 DE por la Secretaría del TRIBUNAL FEBRERO DE 2017 A LAS 2:00 DE PRIMERA INSTANCIA CEN- DE LA TARDE. Para la tercera TRO JUDICIAL DE GUAYAMA subasta servirá de tipo mínimo SALA SUPERIOR, en el caso de la mitad (1/2) del precio pactado epígrafe procederá a vender en para el caso de ejecución, o sea, pública subasta al mejor postor la suma de $34,713.00. La hipoen efectivo, cheque certificado teca a ejecutarse en el caso de en moneda legal de los Estados epígrafe fue constituida mediante Unidos de América el día 8 DE la escritura número 1325, otorgaFEBRERO DE 2017 A LAS 2:00 da el día 28 de octubre de 2005, DE LA TARDE en su oficina sita ante el Notario Luis Enrique en el local que ocupa en el edifi- Mejías Rivera y consta inscrita cio del TRIBUNAL DE PRIMERA en el Folio 187 del Tomo 201 de INSTANCIA CENTRO JUDICIAL Arroyo, finca número 7,999, en DE GUAYAMA, SALA SUPE- el Registro de la Propiedad de RIOR, todo derecho, título e inte- Guayama, inscripción Segunda rés que tenga la parte demanda- (2da). Dicha subasta se llevada de epígrafe en el inmueble de rá a cabo para con su producto su propiedad que ubica en Urb. satisfacer al Demandante total o Extensión Valles de Arroyo, V-8 parcialmente según sea el caso Calle 13, Arroyo, P.R 00714 y el importe de la Sentencia que ha que se describe a continuación: obtenido ascendente a la suma URBANA: Lote que radica en la principal de $57,380.00 por conUrbanización Extensión Valles cepto de principal, más intereses de Arroyo, radicado en el Barrio al tipo pactado de 5.50% anual Ancones del término municipal desde el 1ro de noviembre de de Arroyo, Puerto Rico, que se 2015. Dichos intereses continúan describe en el plano de inscrip- acumulándose hasta el pago toción de la urbanización con el tal de la obligación. Además la número, área y colindancias que parte demandada adeuda a la se relacionan a continuación: parte Demandante los cargos por Lote marcado con el número 8 demora equivalentes a 4.00% de del bloque V, con una cabida su- la suma de aquellos pagos con perficial de 409.8711 metros cua- atrasos en exceso de 15 días drados. En lindes por el NORTE, calendarios de la fecha de vencien distancia de 13.000 metros y miento; los créditos accesorios y un arco de 5.497 metros, con la adelantos hechos en virtud de la calle número 13 y parte de la ca- escritura de hipoteca; y las coslle número 9 de la urbanización; tas, gastos y honorarios de abopor el SUR, en una distancia de gado equivalentes a $6,942.60. 16.500 metros, con el lote nú- Además la parte demandada se mero 9 del mismo bloque; por comprometió a pagar una suma el ESTE, en una distancia de equivalente a $6,942.60 para cu21.500 metros, con la calle nú- brir cualquier otro adelanto que mero 9 de la urbanización; y por se haga en virtud de la escritura el OESTE, en una distancia de de hipoteca y una suma equi25.000 metros, con el lote núme- valente a $6,942.60 para cubrir ro 7 del mismo bloque. En este intereses en adición a los garansolar se ha edificado una casa tizados por ley. Que los autos y de una sola planta de bloques de todos los documentos corresponcemento y hormigón reforzado, dientes al Procedimiento incoado que consta principalmente de estarán de manifiesto en la SEtres dormitorios, sala, comedor, CRETARIA DEL TRIBUNAL DE cocina, dos cuartos de baño, PRIMERA INSTANCIA CENTRO “laundry”” y marquesina para un JUDICIAL DE GUAYAMA, SALA automóvil, como parte del equipo SUPERIOR durante las horas lade la vivienda, incluye un calen- borables. Se entenderá que todo tador eléctrico de agua. Afecto a licitador acepta como bastante servidumbre para líneas telefóni- la titulación del inmueble y que cas en una franja de 1.52 metros las cargas y gravámenes antede ancho a todo lo largo de sus riores y los preferentes, si los colindancias Norte. La propiedad hubiere, al crédito del ejecutante LEGAL NOTICE antes relacionada consta inscrita continuarán subsistentes entendiéndose que el rematante los ESTADO LIBRE ASOCIADO DE en el Folio 187 del Tomo 201 de acepta y queda subrogado en la PUERTO RICO TRIBUNAL DE Arroyo, finca número 7,999, en el créditos accesorios garantizados hipotecariamente. Se le advierte a los postores o licitadores que la adjudicación del bien inmueble a subastarse se hará al mejor postor o licitador victorioso, quien deberá consignar el importe de su oferta en el mismo acto de la adjudicación, en moneda de curso legal de los Estados Unidos de Norteamérica. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titulación y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere al crédito de ejecutante, continuarán subsiguientes entendiéndose que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio del remate. Con el producto que se obtenga de la subasta se le pagará a la parte demandante el importe de la Sentencia hasta donde alcance, y se pondrá al adjudicatario o licitador victorioso en posesión de la propiedad subastada, libre de cargas y gravámenes posteriores, dentro del término de sesenta (60) días a partir de celebrada la subasta conforme al Artículo 112 de la ley 210 del 8 de diciembre de 2015. Para cumplir con lo anterior, el Alguacil queda facultado, de ser necesario, para romper candados y cerraduras que impidan el acceso a la propiedad subastada. Todos los interesados quedan notificados de que todos los documentos relacionados con la presente acción de ejecución de hipoteca, así como la de la subasta, estarán disponibles para ser examinados en la Secretaría del Tribunal. Para conocimiento de la parte demandada y de toda(s) aquella(s) persona(s) que tengan interés inscrito con posterioridad a la inscripción del gravamen que se está ejecutando, y para conocimiento de los licitadores y el público en general, y para su publicación en un periódico de circulación general, una vez por semana durante el término de dos (2) semanas consecutivas con un intervalo de por lo menos siete (7) días entre ambas publicaciones, y para su fijación en tres (3) lugares públicos del municipio en que ha de celebrarse la venta, tales como, la Alcaldía, el Tribunal y la Colecturía, así como en la Colecturía más cercana al lugar de residencia de la parte demandada, cuando ésta fuera conocida, y se le notificara además a la parte demandada vía correo certificado con acuse de recibo a la última dirección conocida. Y para conocimiento de los demandados, de los acreedores posteriores, de los licitadores, partes interesadas y público en general, expido el presente Aviso para su publicación en los lugares públicos correspondientes. Librado en Manatí, Puerto Rico, a 21 de octubre de 2016. CARLOS M. COLÓN BURGOS, ALGUACIL, TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, SALA DE MANATÍ. The San Juan Daily Star Friday, December 23, 2016 responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio de remate. La propiedad no está sujeta a gravámenes anteriores y/o preferentes según surge de las constancias del Registro de la Propiedad en un estudio de título efectuado a la finca antes descrita. Por la presente se notifica a los acreedores desconocidos, no inscritos o presentados que sus derechos sobre los bienes hipotecados con posterioridad a la inscripción del crédito del ejecutante o acreedores de cargos o derechos reales que los hubiesen pospuesto a la hipoteca del actor y a los dueños, poseedores, tenedores de o interesados en títulos transmisibles por endoso o al portador garantizados hipotecariamente con posterioridad al crédito del actor que se celebrarán las subastas en las fechas, horas y sitios señalados para que puedan concurrir a la subasta si les conviniere o se les invita a satisfacer antes del remate el importe del crédito, de sus intereses, otros cargos y las costas y honorarios de abogado asegurados quedando subrogados en los derechos del acreedor ejecutante. La propiedad objeto de ejecución y descrita anteriormente se adquirirá libre de cargas y gravámenes posteriores una vez el Honorable Tribunal expida la correspondiente Orden de Confirmación de Venta Judicial. Y para conocimiento de licitadores del público en general se publicará este Edicto de acuerdo con la ley por espacio de dos semanas en tres sitios públicos del municipio en que ha de celebrarse la venta, tales como la Alcaldía, el Tribunal y la Colecturía. Este Edicto será publicado dos veces en un diario de circulación general en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico, por espacio de dos semanas consecutivas. Expido el presente Edicto de subasta bajo mi firma y sello de este Tribunal en Guayama, Puerto Rico, hoy día 8 de diciembre de 2016. ORLANDO FIGUEROA MORALES, ALGUACIL. LEGAL NOTICE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE GUAYAMA SALA SUPERIOR E.M.I. EQUITY MORTGAGE, INC. Demandante Vs. RAMON MARTINEZ RIVERA, CARMEN JUDITH BERRIOS VEGA Y LA SOCIEDAD LEGAL DE GANANCIALES COMPUESTA POR AMBOS Y J&A COLINAS VIEW, INC. (COMO TITULAR REGISTRAL) Demandada Civil Núm.: GCD2015-0402. (303). Sobre: COBRO DE DINERO Y EJECUCIÓN DE HIPOTECA (VÍA ORDINARIA). EDICTO DE SUBASTA. El Alguacil que suscribe por la presente CERTI- FICA, ANUNCIA y hace CONSTAR: Que en cumplimiento de un Mandamiento de Ejecución de Embargo que le ha sido dirigido al Alguacil que suscribe por la Secretaría del TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, CENTRO JUDICIAL DE GUAYAMA, SALA SUPERIOR, en el caso de epígrafe procederá a vender en pública subasta al mejor postor en efectivo, cheque certificado o giro postal en moneda legal de los Estados Unidos de América a nombre del Alguacil del Tribunal, el día 21 DE FEBRERO DE 2017 A LAS 10:30 DE LA MAÑANA en su oficina sita en el local que ocupa en el edificio del TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, CENTRO JUDICIAL DE GUAYAMA SALA SUPERIOR, todo derecho, título e interés que tenga la parte demandada de epígrafe en el inmueble de su propiedad que ubica en Urb. Colinas View, 19 Calle 2, Cayey, P.R 00736 y que se describe a continuación: URBANA: Lote de terreno identificado como Lote 19, situado en la Urbanización Colinas View en el Barrio Toíta del término municipal de Cayey, Puerto Rico, con una cabida de 481.00 metros cuadrados. Colindando por el NORTE, con la Calle número 2, en una distancia de 18.50 metros; por el SUR, con lotes número 11 y 10, en una distancia de 18.50 metros; por el ESTE, con el lote número 20, en una distancia de 26.00 metros; y por el OESTE, con el lote número 18, en una distancia de 26.00 metros. Sobre este solar enclava una estructura de hormigón para fines residenciales. El inmueble antes descrito consta presentado al asiento 1233 del diario 1161 de Cayey, segregación de la finca 23,174, Registro de la Propiedad de Caguas Sección Primera. El embargo a ejecutarse presentado bajo el sistema Karibe al Asiento 2016-098316-CA01 de Cayey, segregación de la finca número 23,174, Registro de la Propiedad de Caguas Sección Primera. La hipoteca objeto del embargo a ejecutarse en el caso de epígrafe fue constituida mediante la escritura número 315, otorgada el día 30 de junio de 2011 ante el Notario Reinaldo Segurola Pérez y consta presentada al asiento 1234 del diario 1161 de Cayey, segregación de la finca número 23,174, Registro de la Propiedad de Caguas Sección Primera. Dicha hipoteca fue modificada por virtud de la escritura número 148 otorgada el 19 de marzo de 2014 ante el Notario Jaime E. Dávila Santini y consta presentada al asiento 1487 del diario 1179 de Cayey, segregación de la finca número 23,174, Registro de la Propiedad de Caguas Sección Primera. Dicha subasta se llevará a cabo para con su producto satisfacer al Demandante total o parcialmente según sea el caso el importe de la Sentencia que ha obtenido ascendente a la suma principal de $226,255.25 por concepto de principal, más intereses al tipo pactado de 4.00% anual desde el primero (1ro) de julio de 2015. Dichos intereses continúan acumulándose hasta el pago total de la obligación. Además la parte demandada adeuda a E.M.I. Equity Mortgage, Inc., los cargos por demora equivalentes a 4.0000% de la suma de aquellos pagos con atrasos en exceso de 15 días calendarios de la fecha de vencimiento; los créditos accesorios y adelantos hechos en virtud de la escritura de hipoteca; y las costas, gastos y honorarios de abogado equivalentes a $23,187.18. Además la parte demandada se comprometió a pagar una suma equivalente a $23,187.18 para cubrir cualquier otro adelanto que se haga en virtud de la escritura de hipoteca y una suma equivalente a $23,187.18 para cubrir intereses en adición a los garantizados por ley. Que los autos y todos los documentos correspondientes al Procedimiento incoado estarán de manifiesto en la SECRETARIA DEL TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, CENTRO JUDICIAL DE GUAYAMA, SALA SUPERIOR durante las horas laborables. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titulación del inmueble y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere, al crédito del ejecutante continuarán subsistentes entendiéndose que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio de remate. La propiedad no está sujeta a gravámenes anteriores y/o preferentes según surge de las constancias del Registro de la Propiedad en un estudio de título efectuado a la finca antes descrita. Por la presente se notifica a los acreedores desconocidos, no inscritos o presentados que sus derechos sobre los bienes hipotecados con posterioridad a la inscripción del crédito del ejecutante o acreedores de cargos o derechos reales que los hubiesen pospuesto a la hipoteca del actor y a los dueños, poseedores, tenedores de o interesados en títulos transmisibles por endoso o al portador garantizados hipotecariamente con posterioridad al crédito del actor que se celebrarán las subastas en las fechas, horas y sitios señalados para que puedan concurrir a la subasta si les conviniere o se les invita a satisfacer antes del remate el importe del crédito, de sus intereses, otros cargos y las costas y honorarios de abogado asegurados quedando subrogados en los derechos del acreedor ejecutante. La propiedad objeto de ejecución y descrita anteriormente se adquirirá libre de cargas y gravámenes posteriores una vez el Honorable Tribunal expida la correspondiente Orden de Confirmación de Venta Judicial. Y para conocimiento de licitadores del público en general se publicará este Edicto de acuerdo con la ley por espacio de dos semanas en tres sitios públicos del municipio en que ha de celebrarse la venta, tales como la Alcaldía, el Tribunal y la Colecturía. Este Edicto será publicado dos veces en un diario de circulación general en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico, por espacio de dos semanas consecutivas. Expido el presente Edicto de subasta bajo mi firma y sello de este Tribunal en Guayama, Puerto Rico, hoy día 8 de diciembre de 2016. ORLANDO FIGUEROA MORALES, ALGUACIL. LEGAL NOTICE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE SAN JUAN SALA SUPERIOR JAMES B. NUTTER & CO. Demandante V. LA SUCESIÓN DE OTTO HÉCTOR CURRÁS ORTIZ T/C/C OTTO HÉCTOR CURRÁ ORTIZ T/C/C OTTO H. CURRÁS ORTIZ T/C/C OTTO HÉCTOR CURRÁS T/C/C OTTO CURRÁS ORTIZ COMPUESTA POR OTTO RAFAEL CURRÁS BLANCO, MARÍA DEL MAR CURRÁS BLANCO Y NURIA VERÓNICA CURRÁS BLANCO; ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA Demandados Civil Núm.: KCD2013-1551. (503). Sobre: EJECUCIÓN DE HIPOTECA POR LA VÍA ORDINARIA. EDICTO DE SUBASTA. El Alguacil que suscribe por la presente CERTIFICA, ANUNCIA y hace CONSTAR: Que en cumplimiento de un Mandamiento de Ejecución de Sentencia que le ha sido dirigido al Alguacil que suscribe por la Secretaría del TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE SAN JUAN SALA SUPERIOR, en el caso de epígrafe procederá a vender en pública subasta al mejor postor quién pagará de contado y en moneda de curso legal de los Estados Unidos de América, giro postal o por cheque de gerente a nombre del Alguacil del Tribunal de Primera Instancia el día 1º DE FEBRERO DE 2017, A LAS 9:00 DE LA MAÑANA, en su oficina sita en el local que ocupa en el edificio del TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE SAN JUAN SALA SUPERIOR, todo derecho, título e interés que tenga la parte demandada de epígrafe en el inmueble de su propiedad que ubica en 505 Calle Felipe Goygo, Bo. Obrero, San Juan, PR 00915 y que se describe a continuación: URBANA: Solar radicado en el Bario Obrero de San Juan, Puerto Rico, marcado con el número 58 de la Avenida, Calle 15 del plano de urbanización en dicho Barrio Sección Norte del Barrio de Santurce de esta ciudad midiendo 12 metros lineales de frente por 15.20 metros de fondo, o sea una superficie de 183.60 metros cuadrados; colindando por el frente, en una extensión de The San Juan Daily Star 12 metros, con la Calle 15; por la derecha, entrando, en una extensión de 15.30 metros, con el solar 56 de la Calle 15; por la izquierda entrando, en una extensión de 15.30 metros, con el solar 60, Calle 15 y por el fondo, en una extensión de 12 metros, con el solar 57, Calle 16 de dicho plano de urbanización. La propiedad antes relacionada consta inscrita en el Folio 245 del Tomo 299 de San Juan, finca número 10960, en el Registro de la Propiedad de San Juan, Sección Primera. El tipo mínimo para la primera subasta del inmueble antes relacionado, será el dispuesto en la Escritura de Hipoteca, es decir la suma de $226,500.00. Si no hubiere remate ni adjudicación en la primera subasta del inmueble mencionado, se celebrará una SEGUNDA SUBASTA en las oficinas del Alguacil que suscribe el día 8 DE FEBRERO DE 2017, A LAS 9:00 DE LA MAÑANA. En la segunda subasta que se celebre servirá de tipo mínimo las dos terceras partes (2/3) del precio pactado en la primera subasta, o sea la suma de $151,000.00. Si tampoco hubiere remate ni adjudicación en la segunda subasta se celebrará una TERCERA SUBASTA en las oficinas del Alguacil que suscribe el día 15 DE FEBRERO DE 2017, A LAS 9:00 DE LA MAÑANA. Para la tercera subasta servirá de tipo mínimo la mitad (1/2) del precio pactado para el caso de ejecución, o sea, la suma de $113,250.00. La hipoteca a ejecutarse en el caso de epígrafe fue constituida mediante la escritura número 1168, otorgada el día 14 de octubre de 2009, ante el Notario Raúl Rivera Burgos y consta inscrita en el Folio 5 del Tomo 1185 de San Juan, finca número 10960, en el Registro de la Propiedad de San Juan, Sección Primera, inscripción vigésimotercera. Dicha subasta se llevará a cabo para con su producto satisfacer al Demandante total o parcialmente según sea el caso el importe de la Sentencia que ha obtenido ascendente a la suma de $95,067.05 por concepto de principal, más intereses al tipo pactado de 3.245% anual desde el día 1 de julio de 2012. Dichos intereses continúan acumulándose hasta el pago total de la obligación. Se pagarán también la suma de $22,650.00 para costas, gastos y honorarios de abogado, la suma de $22,650.00 para cubrir los intereses en adición a los garantizados por ley y la suma de $22,650.00 para cubrir cualquier otro adelanto que se haga en virtud de la escritura de hipoteca, más intereses según provisto por la regla 44.3 de las de Procedimiento Civil. Que los autos y todos los documentos correspondientes al Procedimiento incoado estarán de manifiesto en la SECRETARIA DEL TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE SAN JUAN SALA SUPERIOR durante las horas laborables. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titularidad del inmueble y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere, al crédito del ejecutante continuarán subsistentes. Se entenderá que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio de remate. La propiedad no está sujeta a gravámenes anteriores ni preferentes según las constancias del Registro de la Propiedad. Surge de un estudio de título que, sobre la finca descrita anteriormente, pesan los gravámenes posteriores a la hipoteca que se ejecuta mediante este procedimiento que se relacionan más adelante. A los acreedores que tengan inscritos o anotados sus derechos sobre los bienes hipotecados con posterioridad a la inscripción del crédito del ejecutante o acreedores de cargos o derechos reales que los hubiesen pospuesto a la hipoteca del actor y a los dueños, poseedores, tenedores de, o interesados en títulos transmisibles por endoso, o al portador, garantizados hipotecariamente con posterioridad al crédito del actor por la presente se notifica, que se celebrarán las subastas en las fechas, horas y sitios señalados para que puedan concurrir a la subasta si les conviniere o se les invita a satisfacer antes del remate el importe del crédito, de sus intereses, otros cargos y las costas y honorarios de abogado asegurados quedando subrogados en los derechos del acreedor ejecutante. A: HIPOTECA en garantía de un pagaré a favor del Secretario de Desarrollo Urbano y Vivienda de los Estados Unidos o a su orden por la suma principal de $226,500.00 con intereses al 3.245 anual y vencedero el 28 de agosto de 2091 según escritura número 1169 otorgada ante el Notario Raúl Rivera Burgos el 14 de octubre de 2009. Inscrita al folio 5 del tomo 1185 de Santurce Norte, inscripción vigésimocuarta. Y para conocimiento de licitadores del público en general se publicará este Edicto de acuerdo con la ley por espacio de dos semanas en tres sitios públicos del municipio en que ha de celebrarse la venta, tales como la alcaldía, el Tribunal y la colecturía. Este Edicto será publicado mediante edictos dos veces en un diario de circulación general en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico, por espacio de dos semanas consecutivas. La propiedad a ser ejecutada se adquirirá libre de cargas y gravámenes posteriores sujeto a las disposiciones de la ley vigente, según aplique. Expido el presente Edicto de subasta bajo mi firma en San Juan, Puerto Rico, hoy día 6 de diciembre de 2016. DIANA I. NAVARRO CRUZ, ALGUACIL, TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, SALA SUPERIOR DE SAN JUAN. Friday, December 23, 2016 ET ALS Demandantes Vs. IRIS BETZAIDA FERRER FERRER Y KARLA MICHELLE PADILLA FERRER Demandados Civil Núm.: DAC2007-0695. Sobre: DIVISIÓN DE COMUNIDAD HEREDITARIA. AVISO DE PÚBLICA SUBASTA. A: EL DEMANDADO DE EPÍGRAFE, AL PÚBLICO EN GENERAL Y A LOS ESTADOS UNIDOS DE NORTE AMÉRICA. El Alguacil que suscribe por la presente anuncia y hace constar que en cumplimiento de una sentencia dictada en el caso de epígrafe el 24 de octubre de 2014, la cual fue archivada en autos copia de su notificación el 29 de octubre de 2014, y de un mandamiento de ejecución del 10 de marzo de 2016, que le ha sido dirigido por la Secretaria del Tribunal Superior, Sala de Bayamón, para vender el bien inmueble que se describe a continuación, el día 19 DE ENERO DE 2017, A LAS 1:45 DE LA TARDE. Dicha finca está tasada para la primera subasta en la suma de $60,000.00, en su oficina localizada en el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Bayamón, Puerto Rico, al mayor postor con dinero en efectivo, cheque de gerente o letra bancaria con similar garantía, todo título derecho o interés del demandado de epígrafe sobre el inmueble que se describe a continuación: RÚSTICA: parcela marcada con el número doscientos seis en el plano de parcelación de la comunidad rural Galateo del barrio Galateo del término municipal de Toa Alta con una cabida superficial de cero cuerdas con novecientos ocho diez milésimas de otra equivalente a trescientos cincuenta y seis con setenta y nueve metros cuadrados. En lindes por el Norte con la parcela ciento cincuenta y dos de la comunidad. Por el Sur con la calle diez y seis de la comunidad. Por el Este con la parcela doscientos cinco de la comunidad. Por el Oeste con la parcela doscientos siete de la comunidad. Consta inscrita al folio Ciento veintiocho (128), del tomo Ciento Cuarenta (140) de Toa Alta, finca número Seis Mil Novecientos Dieciséis (6,916), inscripción primera. TITULOS Y CARGAS. Esta propiedad se encuentra libre de cargas y gravámenes. Dicha subasta se llevará a cabo para con su producto satisfacer a la demandante, total o parcialmente según sea el caso de la referida sentencia que fue dictada, mediante la cual se aprobó la estipulación llegada por las partes, donde la parte demandada se obligó y compromeLEGAL NOTICE tió a satisfacer a la parte demanESTADO LIBRE ASOCIADO DE dante la cantidad de $60,000.00. PUERTO RICO TRIBUNAL DE Los autos y todos los demás PRIMERA INSTANCIA SALA SU- documentos correspondientes al procedimiento iniciado estarán PERIOR DE BAYAMÓN de manifiesto en la Secretaria del CARMEN MARITZA Tribunal Superior de Puerto Rico, PADILLA PACHECO Sala de Bayamón, durante horas laborables. Se informa además a toda persona con interés sobre el inmueble a ser subastado y a todo posible licitador que el inmueble antes descrito ha sido tasado en la suma de $60,000.00, para que dicha suma sirva de tipos mínimos en la primera subasta a celebrarse. Se reconoce el derecho de la parte demandante a licitar con el crédito que le asiste como resultado de la estipulación llegada en este caso. Es decir, la parte demandante con dicho crédito podrán utilizarlo para adquirir la propiedad, pudiéndosele adjudicar la misma a éstos. De no producirse remate ni adjudicación en la primera subasta del antedicho inmueble, se celebrará una SEGUNDA SUBASTA, en el mismo lugar antes mencionado, el día 26 DE ENERO DE 2017, A LAS 1:45 DE LA TARDE, sirviendo de tipo mínimo para la segunda subasta, el el diez por ciento (10%) del antes mencionado tipo mínimo, por la suma de $54,000.00. De no producirse remate ni adjudicación en la segunda subasta del antedicho inmueble, se celebrará una TERCERA SUBASTA también en el mismo lugar, el día 2 DE FEBRERO DE 2017, A LAS 1:45 DE LA TARDE, sirviendo como tipo mínimo para dicha tercera subasta, el diez por ciento (10%) del tipo mínimo, fijada para la primera subasta, en la suma de $48,600.00. En Bayamón, Puerto Rico, hoy 3 de octubre de 2016. EDGARDO E. VARGAS SANTANA, ALGUACIL. LEGAL NOTICE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE FAJARDO SALA SUPERIOR BANCO POPULAR DE PUERTO RICO Demandante Vs. WANDA ENID MELÉNDEZ CINTRÓN Demandada Civil Núm.: NSCI2016-0303. (303). Sobre: COBRO DE DINERO Y EJECUCIÓN DE HIPOTECA (VÍA ORDINARIA). EDICTO DE SUBASTA. El Alguacil que suscribe por la presente CERTIFICA, ANUNCIA y hace CONSTAR: Que en cumplimiento de un Mandamiento de Ejecución de Sentencia que le ha sido dirigido al Alguacil que suscribe por la Secretaría del TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE FAJARDO SALA SUPERIOR, en el caso de epígrafe procederá a vender en pública subasta al mejor postor en efectivo, cheque certificado en moneda legal de los Estados Unidos de América el día 8 DE FEBRERO DE 2017 A LAS 11:30 DE LA MAÑANA en su oficina sita en el local que ocupa en el edificio del TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE FAJARDO, SALA SUPERIOR, todo derecho, título e interés que tenga la parte demandada de epígrafe en el inmueble de su propiedad que ubica en Est. San Pedro (Alturas de San Pedro), V-14 Calle san Ignacio, Fajardo, P.R 00738 y que se describe a continuación: URBANA: Solar radicado en la Urbanización Alturas de San Pedro, Sección Estancias de San Pedro, sita en el Barrio Florencio del término municipal de Fajardo, Puerto Rico, que se describe en el plano de inscripción de la Urbanización con el número, área y colindancias siguientes: Número del Solar: V-14 de la calle número 9. Área del Solar: 350.00 metros cuadrados. En lindes por el NORTE, en una distancia de 14.00 metros con el solar número V-3 de la calle número 8; por el SUR, en una distancia de 14.00 metros lineales con la calle número 9; por el ESTE, en una distancia de 25.00 metros lineales con el solar número V¬13; y por el OESTE, en una distancia de 25.00 metros lineales con el solar número V-15. Enclava una casa de concreto diseñada para una familia. La propiedad antes relacionada consta inscrita en el Folio 295 del Tomo 390 de Fajardo, finca número 16,583, en el Registro de la Propiedad de Fajardo. El tipo mínimo para la primera subasta del inmueble antes relacionado, será el dispuesto en la Escritura de Hipoteca, es decir la suma de $74,400.00. Si no hubiere remate ni adjudicación en la primera subasta del inmueble mencionado, se celebrará una segunda subasta en las oficinas del Alguacil que suscribe el día 15 DE FEBRERO DE 2017 A LAS 11:30 DE LA MAÑANA. En la segunda subasta que se celebre servirá de tipo mínimo las dos terceras partes (2/3) del precio pactado en la primera subasta, o sea la suma de $49,600.00. Si tampoco hubiere remate ni adjudicación en la segunda subasta se celebrará una TERCERA SUBASTA en las oficinas del Alguacil que suscribe el día 22 DE FEBRERO DE 2017 A LAS 11:30 DE LA MAÑANA. Para la tercera subasta servirá de tipo mínimo la mitad (1/2) del precio pactado para el caso de ejecución, o sea, la suma de $37,200.00. La hipoteca a ejecutarse en el caso de epígrafe fue constituida mediante la escritura número 271, otorgada el día 2 de agosto de 2004, ante el Notario Héctor Luis Torres Dávila y consta inscrita en el Folio 115 del Tomo 436 de Fajardo, finca número 16,583, en el Registro de la Propiedad de Fajardo, inscripción Segunda (2da). Dicha subasta se llevará a cabo para con su producto satisfacer al Demandante total o parcialmente según sea el caso el importe de la Sentencia que ha obtenido ascendente a la suma principal de $64,439.76 por concepto de principal, más intereses al tipo pactado de 8.625% anual desde el 1ro de diciembre de 2015. Dichos intereses continúan acumulándose hasta el pago total de la obligación. Además la parte demandada adeuda a la parte Demandante los cargos por demora equivalentes a 5.00% de la suma de aquellos pagos con atrasos en exceso de 15 días calendarios de la fecha de vencimiento; los créditos accesorios y adelantos hechos en virtud de la escritura de hipoteca; y las costas, gastos y honorarios de abogado equivalentes a $7,440.00. Además la parte demandada se comprometió a pagar una suma equivalente a $7,440.00 para cubrir cualquier otro adelanto que se haga en virtud de la escritura de hipoteca y una suma equivalente a $7,440.00 para cubrir intereses en adición a los garantizados por ley. Que los autos y todos los documentos correspondientes al Procedimiento incoado estarán de manifiesto en la SECRETARIA DEL TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE FAJARDO, SALA SUPERIOR durante las horas laborables. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titulación del inmueble y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere, al crédito del ejecutante continuarán subsistentes entendiéndose que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio de remate. La propiedad no está sujeta a gravámenes anteriores y/o preferentes según surge de las constancias del Registro de la Propiedad en un estudio de título efectuado a la finca antes descrita. Por la presente se notifica a los acreedores desconocidos, no inscritos o presentados que sus derechos sobre los bienes hipotecados con posterioridad a la inscripción del crédito del ejecutante o acreedores de cargos o derechos reales que los hubiesen pospuesto a la hipoteca del actor y a los dueños, poseedores, tenedores de o interesados en títulos transmisibles por endoso o al portador garantizados hipotecariamente con posterioridad al crédito del actor que se celebrarán las subastas en las fechas, horas y sitios señalados para que puedan concurrir a la subasta si les conviniere o se les invita a satisfacer antes del remate el importe del crédito, de sus intereses, otros cargos y las costas y honorarios de abogado asegurados quedando subrogados en los derechos del acreedor ejecutante. La propiedad objeto de ejecución y descrita anteriormente se adquirirá libre de cargas y gravámenes posteriores una vez el Honorable Tribunal expida la correspondiente Orden de Confirmación de Venta Judicial. Y para conocimiento de licitadores del público en general se publicará este Edicto de acuerdo con la ley por espacio de dos semanas en tres sitios públicos del municipio en que ha de celebrarse la venta, tales como la Alcaldía, el Tribunal y la Colecturía. Este Edicto será publicado dos veces en un diario de circulación general en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico, por espacio de dos semanas consecutivas. Expido el presente Edicto de subasta bajo mi firma y sello de este Tribunal en Fajardo, Puerto Rico, hoy día 12 de diciembre de 2016. JOSÉ 23 Legal Notice A. RAVELO ANDINO, ALGUACIL the living dining room, each has access to its corresponding, balAUXILIAR #158. cony attached for the exclusive use of the apartment. Contains LEGAL NOTICE and interior private hall which ESTADO LIBRE ASOCIADO DE communicates to all rooms in the PUERTO RICO TRIBUNAL DE apartment. Has a total private PRIMERA INSTANCIA SALA SUfloor area of one thousand eighty PERIOR DE BAYAMÓN four point forty four square feet, FIRSTBANK equivalent to one hundred ten PUERTO RICO point zero three square meters. Demandante V. Including the area of the two ALEXIA REYES VERA balconies, being its lineal measurements taken from the inside Demandados Civil Núm.: DCD2015-1700. surfaces of the bounding walls (504). Sobre: COBRO DE DI- sixty seven feet three inches NERO Y EJECUCIÓN DE HIPO- (67’3”) long by fifteen feet eight TECA POR LA VÍA ORDINARIA. inches (15’8”) wide and its bounAVISO DE VENTA EN PÚBLICA daries as follows: by the North, SUBASTA. Yo, JORGE CAMPU- with the lobby of the floor where SANO, Alguacil Supervisor de la it is located: by the South, with División de Subastas del Centro the wall facing yard area; by the Judicial de BAYAMÓN, a los de- East, with the wall facing ground mandados y al público en general floor parking area and by the les notifico que, cumpliendo con West, with the facing apartment un Mandamiento que se ha libra- number four hundred two (402). do en el presente caso por el Se- Le corresponde una participación cretario del Tribunal de epígrafe en los elementos comunes genecon fecha 19 de julio de 2016 y rales de cero punto nueve tres para satisfacer la Sentencia por ocho cero seis nueve cero cuatro la cantidad de $104,131.80 de dos por ciento (0.938069042%) principal, dictada en el caso de y en los limitados de diecisiete autos el 5 de mayo de 2016, y punto cinco tres seis seis tres notificada el 6 de mayo de 2016, cero por ciento (17.5336630%). procederé a vender en pública La Propiedad consta inscrita al subasta, al mejor postor en pago folio 230 tomo 431 de Guaynabo, de contado y en moneda del cur- Finca número 19,468, Registro so legal de los Estados Unidos de la Propiedad de Guaynabo. de América, mediante efectivo, Con el importe de dicha venta giro o cheque certificado a nom- se habrá de satisfacer a la parbre del Alguacil de este Tribunal te demandante las cantidades todo derecho, título e interés que adeudadas, según la Sentencia hayan tenido tengan o puedan te- dictada en el caso de epígrafe, ner los deudores demandados en por el Tribunal de Primera Instancuanto a la propiedad localizada cia, Sala de BAYAMÓN, cuyas en: en el Municipio de Bayamón, cantidades son las siguientes: Puerto Rico, el bien inmueble se $104,131.80 de principal, 4.95% describe a continuación: Condo- de intereses, los cuales contiminio Ponce de León Gardens núan acumulándose hasta el 50 Calle 8 Apt 401 Guaynabo saldo total de la deuda; $336.26 PR 00966-1501. URBANA: PRO- de gastos por mora, los cuales PIEDAD HORIZONTAL: Aparta- continúan acumulándose hasta mento Cuatrocientos Uno (401) el saldo total de la deuda; mas del Condominio Ponce de León costas, gastos y honorarios de Gardens I. Residential Aparta- abogado. El tipo mínimo para la mento of rectangular shape loca- subasta será la suma de tasación ted at floor number four Eastern pactada, la cual es $126,000.00 half wing III in Ponce de Leon para la propiedad descrita. Si no Gardens Condominium I, which produjere remate o adjudicación in turn is located at kilometer la primera subasta, se procederá six, hectometer five of State road a una segunda subasta y servinumber two, in the Ward of Villa rá de tipo mínimo la cantidad de Caparra, municipality of Guayna- $84,000.00. Si tampoco hubiere bo, Puerto Rico. This Family unit remate ni adjudicación en esta consists of the following rooms: segunda subasta, se procederá two bedrooms with one closet, a una tercera subasta, en ésta one master bedroom with one el tipo mínimo será la cantidad closet and first bathroom which de $63,000.00. Para el lote desincludes bath tub, lavatory, water crito, la PRIMERA SUBASTA se closet and bidet. Second ba- llevará a cabo el 30 DE ENERO throom which includes bathtub, DE 2017 A LAS 9:15 DE LA MAlavatory and water closet, gene- ÑANA. De no comparecer postor ral storage closet, kitchen with alguno se llevará a efecto una double bowl sink and wooden ca- SEGUNDA SUBASTA el 6 DE binets, electric range and oven, FEBRERO DE 2017 A LAS 9:15 thirty (30) gallons water heater, DE LA MAÑANA. De no compalavatory facilities, service counter recer postor alguno se llevará a and space for refrigerator, was- cabo una TERCERA SUBASTA her machine and drier, living di- el 13 DE FEBRERO DE 2017 A ning room where its main entran- LAS 9:15 DE LA MAÑANA. La ce door is located, having access subasta o subastas antes indito the lobby of the floor where it cadas se llevarán a efecto en mi is located which connects and oficina, localizada en el Tribunal communicates the apartment to de Primera Instancia, Sala Supestairways and elevators, through rior de BAYAMÓN. Se advierte a which it has access from and los licitadores que la adjudicación exit to the public thoroughfare. se hará al mejor postor, quien Bath the master bedroom and deberá consignar el importe de Legal Notice su oferta en el mismo acto de la adjudicación en moneda de curso legal de los Estados Unidos de Norteamérica y para conocimiento de la parte demandada y de toda(s) aquella(s) persona(s) que tengan interés inscrito con posterioridad a la inscripción del gravamen que se está ejecutando, y para conocimiento de los licitadores y el público en general y para su publicación en un periódico de circulación general, una vez por semana durante el término de dos (2) semanas consecutivas con un intervalo de por lo menos siete (7) días entre ambas publicaciones, y para su fijación en tres (3) lugares públicos del municipio en que ha de celebrarse la venta, tales como, la Alcaldía, el Tribunal y la Colecturía y se le notificará además a la parte demandada vía correo certificado con acuse de recibo a la última dirección conocida. La propiedad a ser ejecutada se adquirirá libre de cargas y gravámenes posteriores, previa orden judicial dirigida al Registrador de la Propiedad de la sección correspondiente para la cancelación de aquellos posteriores. Se les advierte a todos los interesados que todos los documentos relacionados con la presente acción de ejecución de hipoteca, así como la de la subasta, estarán disponibles para ser examinados, durante horas laborables, en la Secretaría del Tribunal. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titularidad y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere, al crédito del ejecutante, continuarán subsistentes; entendiéndose que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio del remate. Y para conocimiento de los demandados, de los acreedores posteriores, de los licitadores, partes interesadas y público en general, expido el presente Aviso para su publicación en los lugares públicos correspondientes. Librado en BAYAMÓN, Puerto Rico, a 12 de diciembre de 2016. JORGE CAMPUSANO, ALGUACIL. 24 DE PAGARÉ A SU FAVOR POR LA SUMA DE $14,500.00. Yo, CARLOS M. COLÓN BURGOS, Alguacil de este Tribunal, a la parte demandada y a los acreedores y personas con interés sobre la propiedad que más adelante se describe, y al público en general, HAGO SABER: Que el día 18 DE ENERO DE 2017, A LAS 11:30 DE LA MAÑANA en mi oficina, sita en el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Manatí, Manatí, Puerto Rico, venderé en Pública Subasta la propiedad inmueble que más adelante se describe y cuya venta en pública subasta se ordenó por la vía ordinaria al mejor postor quien hará el pago en dinero en efectivo, giro postal o cheque certificado a nombre del o la Alguacil del Tribunal de Primera Instancia en el mismo acto de subasta y tan pronto se conceda la buena pro al postor agraciado. Los autos y todos los documentos correspondientes al procedimiento incoado, estarán de manifiesto en la Secretaría del Tribunal de Manatí durante horas laborables. Que en caso de no producir remate ni adjudicación en la primera subasta a celebrarse, se celebrará una SEGUNDA SUBASTA para la venta de la susodicha propiedad, el día 25 DE ENERO DE 2017, A LAS 11:30 DE LA MAÑANA y en caso de no producir remate ni adjudicación, se celebrará una TERCERA SUBASTA el día 1RO. DE FEBRERO DE 2017, A LAS 11:30 DE LA MAÑANA en mi oficina sita en el lugar antes indicado. La propiedad a venderse en pública subasta se describe como sigue: RUSTICA: Parcela marcada con el número Cuarenta y Uno (41) en el plano de parcelación de la Comunidad Rural Alturas de Yanes, del Barrio Florida Adentro, del término municipal de Florida, Puerto Rico, con una cabida superficial de 301.51 metros cuadrados. En lindes por el NORTE, con la Calle Número Dos (2) de la comunidad; por el SUR, con la parecela número treinta y nueve (39) de la comunidad; por el ESTE, con la Parcela Número LEGAL NOTICE cuarenta y dos (42) de la comuniESTADO LIBRE ASOCIADO DE dad; y por el OESTE, con la ParPUERTO RICO TRIBUNAL DE cela cuarenta (40) de la comuniPRIMERA INSTANCIA SALA SU- dad. La escritura de hipoteca se PERIOR DE MANATÍ encuentra inscrita al folio 147 del BANCO POPULAR DE tomo 79 de Florida, Registro de la Propiedad de Manatí, finca núPUERTO RICO mero 1336, inscripción 7ma. La Demandante Vs. JANET BONILLA DIAZ subasta se llevará a efecto para satisfacer a la parte demandante Demandada Civil Núm.: CD2015-45. Sobre: la suma de $45,548.46 de princiCOBRO DE DINERO (EJECU- pal, intereses al 7% anual, desde CIÓN DE HIPOTECA POR LA el 1ro. de octubre de 2014, hasta VÍA ORDINARIA). EDICTO DE su completo pago, más la cantidad de $5,050.00 estipulada para SUBASTA. costas, gastos y honorarios de AL: PÚBLICO EN abogado, más recargos acumuGENERAL. lados, todas cuyas sumas están A: JANET BONILLA DIAZ líquidas y exigibles. Que la can; AUTORIDAD PARA EL tidad mínima de licitación en la subasta para el inmueble FINANCIAMIENTO DE LA primera será de $50,500.00 y de ser neVIVIENDA DE PUERTO cesaria una segunda subasta, la RICO, POR TENER cantidad mínima será equivalenHIPOTECA EN GARANTÍA te a 2/3 partes de aquella, o sea, The San Juan Daily Star Friday, December 23, 2016 la suma de $33,666.67 y de ser necesaria una tercera subasta, la cantidad mínima será la mitad del precio pactado, es decir, la suma de $25,250.00. La propiedad se adjudicará al mejor postor, quien deberá satisfacer el importe de su oferta en moneda legal y corriente de los Estados Unidos de América en el momento de la adjudicación y que todo licitador acepta como bastante la titularidad y que las cargas y gravámenes preferentes, si los hubiese, continuarán subsistentes, entendiéndose que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio del remate. La propiedad hipotecada a ser vendida en pública subasta se encuentra afecta al siguiente gravamen posterior: Hipoteca en Garantía de Pagaré a favor de La Autoridad para el Financiamiento de la Vivienda de Puerto Rico, o a su orden, por la suma principal de $14,500.00, sin intereses, vencedero el día 7 de febrero de 2015, según consta de la Escritura Número 86, otorgada en San Juan, Puerto Rico, el día 14 de febrero de 2007, ante el Notario Público José Rubén Vélez Marrero; inscrita al folio 147 del tomo 79 de Florida, Registro de la Propiedad de Manatí, finca número 1,336, inscripción 8va. La propiedad a ser ejecutada se adquirirá libre de cargas y gravámenes posteriores. EN TESTIMONIO DE LO CUAL, expido el presente Edicto para conocimiento y comparecencia de los licitadores, bajo mi firma y sello del Tribunal, en Manatí, Puerto Rico, a 13 de diciembre de 2016. CARLOS M. COLÓN BURGOS, ALGUACIL DEL TRIBUNAL, SALA SUPERIOR DE MANATÍ. ADÁN TORRES MOLINA, ALGUACIL #679. LEGAL NOTICE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA SUPERIOR DE ARECIBO BANCO POPULAR DE PUERTO RICO Demandante Vs. JOSE VELEZ CRUZ, SU ESPOSA HAYDEE ROMERO SANTIAGO Y LA SOCIEDAD LEGAL DE BIENES GANANCIALES COMPUESTA POR AMBOS; JOSE HUMBERTO VELEZ ROMERO Demandados Civil Núm.: CCD2015-0762. (302). Sobre: COBRO DE DINERO (EJECUCIÓN DE HIPOTECA POR LA VÍA ORDINARIA). EDICTO DE SUBASTA. AL: PÚBLICO EN GENERAL. A: JOSE VELEZ CRUZ, SU ESPOSA HAYDEE ROMERO SANTIAGO Y LA SOCIEDAD LEGAL DE BIENES GANANCIALES COMPUESTA POR AMBOS; JOSE HUMBERTO VELEZ ROMERO. Yo, LUIS E. ROMÁN CARRERO, Alguacil de este Tribunal, a la parte demandada y a los acreedores y personas con interés sobre la propiedad que más adelante se describe, y al público en general, HAGO SABER: Que el día 31 DE ENERO DE 2017, A LAS 10:15 DE LA MAÑANA en mi oficina, sita en el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Arecibo, Arecibo, Puerto Rico, venderé en Pública Subasta la propiedad inmueble que más adelante se describe y cuya venta en pública subasta se ordenó por la vía ordinaria al mejor postor quien hará el pago en dinero en efectivo, giro postal o cheque certificado a nombre del o la Alguacil del Tribunal de Primera Instancia, en el mismo acto de subasta y tan pronto se conceda la buena pro al postor agraciado. Los autos y todos los documentos correspondientes al procedimiento incoado, estarán de manifiesto en la Secretaría del Tribunal de Arecibo durante horas laborables. Que en caso de no producir remate ni adjudicación en la primera subasta a celebrarse, se celebrará una SEGUNDA SUBASTA para la venta de la susodicha propiedad, el día 7 DE FEBRERO DE 2017, A LAS 10:15 DE LA MAÑANA y en caso de no producir remate ni adjudicación, se celebrará una TERCERA SUBASTA el día 14 DE FEBRERO DE 2017, A LAS 10:15 DE LA MAÑANA en mi oficina sita en el lugar antes indicado. La propiedad a venderse en pública subasta se describe como sigue: URBANA: Solar marcado con el número Cuarenta y Cinco (45) de la Barriada San José (antes Dorothy D. Bourme) Barrio Hato Abajo, del término municipal de Arecibo, Puerto Rico, compuesto de CIENTO SETENTA Y CUATRO PUNTO SETENTA Y NUEVE (174.79) METROS CUADRADOS. En lindes por el NORTE, Confesor Soto Arroyo; por el SUR, José Soto Soto; por el ESTE, finca principal del municipio de Arecibo; y por el OESTE, María Mercado Nieves. La escritura de hipoteca se encuentra inscrita al folio 133 del tomo 1345 de Arecibo, Registro de la Propiedad de Arecibo, Sección Primera, finca número 35,929, inscripción tercera. La subasta se llevará a efecto para satisfacer a la parte demandante la suma de $29,430.37 de principal, intereses al 7.50% anual, desde el día 1ro. de mayo de 2015, hasta su completo pago, más la cantidad de $4,200.00, estipulada para costas, gastos y honorarios de abogado, más recargos acumulados, todas cuyas sumas están líquidas y exigibles. Que la cantidad mínima de licitación en la primera subasta para el inmueble será de $42,000.00 y de ser necesaria una segunda subasta, la cantidad mínima será equivalente a 2/3 partes de aque- lla, o sea, la suma de $28,000.00 y de ser necesaria una tercera subasta, la cantidad mínima será la mitad del precio pactado, es decir, la suma de $21,000.00. De declararse desierta la tercera subasta se adjudicará la finca a favor del acreedor por la totalidad de la cantidad adeudada si esta es igual o menor que el monto del tipo de la tercera subasta, si el Tribunal lo estima conveniente. Se abonará dicho monto a la cantidad adeudada si esta es mayor. La propiedad se adjudicará al mejor postor, quien deberá satisfacer el importe de su oferta en moneda legal y corriente de los Estados Unidos de América en el momento de la adjudicación y que todo licitador acepta como bastante la titularidad y que las cargas y gravámenes preferentes, si los hubiese, continuarán subsistentes, entendiéndose que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio del remate. La propiedad a ser ejecutada se adquirirá libre de cargas y gravámenes posteriores. EN TESTIMONIO DE LO CUAL, expido el presente Edicto para conocimiento y comparecencia de los licitadores, bajo mi firma y sello del Tribunal, en Arecibo Puerto Rico, a 13 de diciembre de 2016. WILFREDO OLMO SALAZAR, Alguacial RegIONAL IntERINO. LUIS E. ROMÁN CARRERO, ALGUACIL DEL TRIBUNAL, SALA SUPERIOR DE ARECIBO. LEGAL NOTICE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA DE FAJARDO MIDFIRST BANK Demandante Vs. MALDONADO VAZQUEZ, LUIS Demandado Civil Núm.: NSCI2014-00753. (303). Sobre: COBRO DE DINERO Y EJECUCIÓN DE HIPOTECA. EDICTO DE SUBASTA ENMENDADO. A: LUIS MALDONADO VAZQUEZ Y AL PUBLICO EN GENERAL: El que suscribe, Alguacil del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Fajardo, y al Público en General hago constar que en cumplimiento de la Sentencia dictada con fecha de 24 de julio de 2015, notificada el 23 de diciembre de 2015, de la Orden Emendada de Ejecución de Sentencia expedida con fecha del 17 de agosto de 2016, procederé a vender y venderé en pública subasta y al mejor postor la propiedad que se describe a continuación: URBANA: Solar marcado con el número treinta y uno (31) del Bloque tres “P” (3-P) de la Urbanización Monte Brisas, localizado en el Barrio Quebrada de Fajardo, del municipio de Fajardo, Puerto Rico, con una cabida de trescientos trece punto sesenta y ocho (313.68) metros cuadrados. En Lindes por el NORTE, en distan- cia de veinticuatro (24.0) metros con el solar de treinta (30) de dicha urbanización, por el SUR, en igual medida, con el solar treinta y dos (32) de dicha urbanización, por el ESTE, en distancia de trece punto siete (13.07) metros, con la calle ciento siete (107) de dicha urbanización; y por el OESTE, en igual medida, con el solar número dos (2) de dicha urbanización. Enclava edificación. FINCA NÚMERO: 9,640 inscrita al folio 46 del tomo 426 de Fajardo, Registro de Fajardo. El producto de la subasta se destinará a satisfacer al demandante hasta donde alcance, la suma de $116,825.87 por concepto de principal, más interés, según pactados a partir del 1 de diciembre de 2013, más aquellos que continúen acumulándose hasta su total y completo pago, las costas, gastos y desembolsos del litigio, más honorarios de abogado en una cantidad de $13,963.80, equivalente al 10.00% de la suma principal original, y 4.00% del pago mensual vencido en exceso de 15 días por concepto de cago por demora. La venta en pública subasta de la referida propiedad se verificará libre de toda carga o gravamen POSTERIOR que afecte la mencionada finca. La PRIMERA SUBASTA se llevará a efecto el día 10 DE ENERO DE 2017 A LAS 9:00 DE LA MAÑANA, en la sala del referido Alguacil, sita en el edificio que ocupa el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Fajardo. Que el precio mínimo fijado para la PRIMERA subasta es de $139,638.00. Que de ser necesaria la celebración de una SEGUNDA SUBASTA la misma se llevará a efecto el día 17 DE ENERO DE 2017, A LAS 9:00 DE LA MAÑANA, en la sala en la oficina antes mencionada del Alguacil que suscribe. El precio mínimo para la SEGUNDA subasta será de $93.092.00 equivalente a dos terceras (2/3) partes del tipo mínimo estipulado para la PRIMERA subasta. Si no se produce remate ni adjudicación en le PRIMERA ni en la SEGUNDA subasta, se celebrará una TERCERA el día 24 DE ENERO DE 2017, A LAS 9:00 DE LA MAÑANA, en la oficina antes mencionada del alguacil que suscribe. El precio mínimo fijado para esta TERCERA subasta es la mitad de la suma pactada para la PRIMERA subasta a saber $69,819.00. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titulación del inmueble y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere, al crédito del ejecutante continuarán subsistente. Entendiéndose que el rematante lo acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio del remate. Se notifica que R&G Premier Bank of Puerto Rico, es actual acreedor hipotecario preferente, por $90,000.00, mediante escritura #232, otorgada en Fajardo, Puerto Rico, el día 30 de mayo de 1998 ante el Notario Público Carlos M. Delgado Villegas, inscrita al folio #159 vlto. del tomo #244 de Fajardo, finca #9640, inscripción 8va., no se expresa fecha de vencimiento. No constan inscrito en el Registro de la Propiedad acreedores que tengan derechos o cargas sobre el bien hipotecado con posterioridad a la inscripción del crédito del ejecutante. Se le advierte a los licitadores que la adjudicación se hará el mejor postor, quien deberá consignar el importe de su oferta en el acto mismo de la adjudicación, en moneda curso legal de los Estados Unidos de América, entiéndase en efectivo, cheque certificado o giro postal a nombre del Alguacil del Tribunal. Tome conocimiento la parte demandada y toda aquella persona o personas que tengan interés inscrito con posterioridad a la inscripción del gravamen que se está ejecutando; y para conocimiento de los licitadores y el público en general, se publicará dos (2) veces en un periódico de circulación diaria en la Isla de Puerto Rico y se fijará, además, en los lugares públicos correspondientes. Una vez efectuada la venta de dicha propiedad, el Alguacil procederá a poner al licitador victorioso en posesión física de la propiedad dentro del plazo de veinte (20) días contados a partir de la venta en pública Subasta. Además el Alguacil procederá a darle posesión del material al adjudicatario, en los casos que fuere necesario, proceda el lanzamiento del demandado o terceras personas de la propiedad subastada y forzar puertas o ventanas, romper cerraduras, candados, cortar cadenas y tomar cualquier otra medida propia. De igual forma, el Alguacil sacará cualquier propiedad mueble o personal de los demandados o de terceras personas que se encuentren en la mencionada propiedad. Además, los autos y todos los documentos correspondientes al procedimiento incoado estarán de manifiesto en la secretaría del tribunal durante las horas laborables. EXPIDO, el presente EDICTO, en Fajardo, Puerto Rico, a 6 de septiembre de 2016. JOSÉ A. RAVELO ANDINO, ALGUACIL AUXILIAR #158, ALGUACIL DEL TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, SALA DE FAJARDO. LEGAL NOTICE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA DE ARECIBO BANCO POPULAR DE PUERTO RICO Demandante V. EFRAIN GONZÁLEZ ORTIZ; GILBERTO GONZÁLEZ ORTIZ Demandados Civil Núm.: CCD2015-0788. (302). Sobre: COBRO DE DINERO Y EJECUCIÓN DE HIPOTECA POR LA VÍA ORDINARIA. AVISO DE VENTA EN PÚBLICA SUBASTA. Yo, WILFREDO RODRÍGUEZ, Alguacil Supervisor de la División de Subastas del Centro Judicial de Arecibo, a los demandados y al público en general les notifico que, cumpliendo con un Mandamiento que se ha librado en el presente caso por el Secretario del Tribunal de epígrafe con fecha 4 de agosto de 2016 y para satisfacer la Sentencia por la cantidad de $101,752.08 de principal, dictada en el caso de autos el 21 de abril de 2016, notificada y archivada en autos el 1 de julio de 2016 y publicada mediante edicto el 9 de junio de 2016, procederé a vender en pública subasta, al mejor postor en pago de contado y en moneda del curso legal de los Estados Unidos de América, mediante efectivo, giro o cheque certificado a nombre del Alguacil de este Tribunal todo derecho, título e interés que hayan tenido tengan o puedan tener los deudores demandados en cuanto a la propiedad localizada en: en el Municipio de Arecibo, Puerto Rico, el bien inmueble se describe a continuación: Lot 8, PR 149, KM 17.6, Estancias Fullana, Ciales, Puerto Rico. RUSTICA: Predio de terreno radicado en el Barrio Jaguas del término municipal de Ciales, Puerto Rico, marcado con el número Ocho (8) en el plano de inscripción con un área superficial de SEISCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE PUNTO CERO DOSCIENTOS TRES (659.0203) METROS CUADRADOS, equivalentes a cero punto mil seiscientos setenta y siete (0.1677 cdas.) cuerdas. En lindes por el Norte, en una alineación de veinticuatro punto trescientos ochenta (24.380ml) metros lineales, con la faja de terreno dedicada a uso público marcada A; por el SUR, en dos alineaciones que suman veintiuno punto ciento cuatro (21.2014ml) metros lineales con la faja de terreno dedicada a uso público marcada B; y por el Este, en una alineación de treinta y dos punto trescientos treinta y cinco (32.335ml) metros lineales con el predio número nueve (9) y por el OESTE, en una alineación de veintiocho punto novecientos ochenta (28.980ml) metros lineales con el predio número (7). Consta inscrito al folio 81 del tomo 245 de Ciales, Finca número 10825, Registro de la Propiedad de Manatí. Con el importe de dicha venta se habrá de satisfacer a la parte demandante las cantidades adeudadas, según la Sentencia dictada en el caso de epígrafe, por el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Arecibo, cuyas cantidades son las siguientes: $101,752.08 de principal, 5.5% de intereses, los cuales continúan acumulándose hasta el saldo total de la deuda, $552.71 de cargos por mora, los cuales continúan acumulándose hasta el saldo total de la deuda; mas costas, gastos y honorarios de abogado. El tipo mínimo para la subasta será la suma de tasación pactada, la cual es $112,200.00 para la propiedad descrita. Si no produjere remate o adjudicación la primera subasta, se procederá a una segunda subasta y servirá de tipo mínimo The San Juan Daily Star de 2/3 partes del valor de la tasación, $74,800.00 Si tampoco hubiere remate ni adjudicación en esta segunda subasta, se procederá a una tercera subasta, en ésta el tipo mínimo será de la 1/2 del valor de la tasación, $56,100.00. La PRIMERA SUBASTA se llevará a cabo el 18 DE ENERO DE 2017, A LAS 11:00 DE LA MAÑANA. De no comparecer postor alguno se llevará a efecto una SEGUNDA SUBASTA el 25 DE ENERO DE 2017, A LAS 11:00 DE LA MAÑANA. De no comparecer postor alguno se llevará a cabo una TERCERA SUBASTA el 1 DE FEBRERO DE 2017, A LAS 2:45 DE LA TARDE. La subasta o subastas antes indicadas se llevarán a efecto en mi oficina, localizada en el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Arecibo. Se advierte a los licitadores que la adjudicación se hará al mejor postor, quien deberá consignar el importe de su oferta en el mismo acto de la adjudicación en moneda de curso legal de los Estados Unidos de Norteamérica y para conocimiento de la parte demandada y de toda(s) aquella(s) persona(s) que tengan interés inscrito con posterioridad a la inscripción del gravamen que se está ejecutando, y para conocimiento de los licitadores y el público en general y para su publicación en un periódico de circulación general, una vez por semana durante el término de dos (2) semanas consecutivas con un intervalo de por lo menos siete (7) días entre ambas publicaciones, y para su fijación en tres (3) lugares públicos del municipio en que ha de celebrarse la venta, tales como, la Alcaldía, el Tribunal y la Colecturía y se le notificará además a la parte demandada vía correo certificado con acuse de recibo a la última dirección conocida. La propiedad a ser ejecutada se adquirirá libre de cargas y gravámenes posteriores, previa orden judicial dirigida al Registrador de la Propiedad de la sección correspondiente para la cancelación de aquellos posteriores. Se les advierte a todos los interesados que todos los documentos relacionados con la presente acción de ejecución de hipoteca, así como la de la subasta, estarán disponibles para ser examinados, durante horas laborables, en la Secretaría del Tribunal. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titularidad y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere, al crédito del ejecutante, continuarán subsistentes; entendiéndose que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio del remate. Y para conocimiento de los demandados, de los acreedores posteriores, de los licitadores, partes interesadas y público en general, expido el presente Aviso para su publicación en los lugares públicos correspondientes. Librado en Arecibo, Puerto Rico, a 1 de diciembre de 2016. Friday, December 23, 2016 WILFREDO OLMO SALAZAR, ALGUACIL REGIONAL INTERINO. WILFREDO RODRÍGUEZ, ALGUACIL. LEGAL NOTICE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA DE San LORENZO MIDFIRST BANK Demandante Vs. JONATHAN RODRIGUEZ BONILLA Demandado Civil Núm.: E2CI2015-00076. Sobre: COBRO DE DINERO Y EJECUCIÓN DE HIPOTECA. EDICTO DE SUBASTA. A: JONATHAN RODRIGUEZ BONILLA Y AL PÚBLICO EN GENERAL: El que suscribe, Alguacil del Tribunal de Primera Instancia, Sala de San Lorenzo, y al Público en General hago constar que en cumplimiento de la Sentencia dictada con fecha 24 de junio de 2015 y el Mandamiento de Ejecución de 4 de mayo de 2016, procederé a vender y venderé en pública subasta y al mejor postor la propiedad que se describe a continuación: URBANA: Solar marcado con el número SESENTA Y OCHO (68), según plano de parcelación del Proyecto de Solares de la CRUV, “UM” guión dos guión diecinueve (UM-2-19), denominado EL PARQUE, radicado en el Barrio Hato del término municipal de San Lorenzo, Puerto Rico, con una cabida superficial de DOSCIENTOS NOVENTA Y CUATRO PUNTO CERO OCHO METROS CUADRADOS (294.08 M.C.) y colinda por el NORTE, con el solar número ochenta y cuatro, distancia de doce punto ochenta y siete metros; por el SUR, con la calle “D”, distancia de trece metros; por el ESTE, con el solar número sesenta y siete, distancia de veintidós punto setenta metros; y por el OESTE, con el solar número sesenta y nueve, distancia de veintidós punto sesenta metros. Sobre dicho solar enclava una casa de dos plantas construidas de bloques de hormigón y concreto armado con sótano, azotea del mismo material, medio balcón en la planta baja, instalaciones de agua, luz eléctrica y servicio sanitario moderno, destinado a vivienda la cual mide veinticinco pies de frente por cuarenta de fondo, o sea, un área superficial cuadrada de mil pies cuadrados y una marquesina en la parte izquierda entrando, de igual construcción que la casa que mide quince de frente y veintidós pies de fondo, teniendo la misma colindancia del solar. Inscrita al folio 2 vuelto del tomo 269 de San Lorenzo, finca 6,511, inscripción séptima del Registro de la Propiedad de Puerto Rico, Sección Segunda de Caguas. El producto de la subasta se destinará a satisfacer al demandante hasta donde alcance, la suma de $64,429.70 por concepto de principal, más intereses, según pactados y computados a partir 1 de marzo de 2014 más aquellos que continúen acumulándose hasta su total y completo pago. Además, la cantidad de $7,515.00 equivalente 10.00% de la suma principal original y 4% del pago mensual vencido en exceso de 15 días por concepto de cargo por demora. En adición, las costas, gastos y honorarios de abogados relacionados con este procedimiento, más todas las costas, gastos y adelantos hechos por la parte demandante cuyas sumas estén vencidas, son líquidas y exigibles. La venta en pública subasta de la referida propiedad se verificará libre de toda carga o gravamen POSTERIOR que afecte la mencionada finca, a cuyo efecto se notifica y se hace saber la fecha, hora y sitio de la PRIMERA, SEGUNDA y TERCERA subasta, si esto fuera necesario, a los efectos de que cualquier personas o personas con algún interés puedan comparecer a la celebración de dicha subasta. La PRIMERA SUBASTA se llevará a efecto el día 11 DE ENERO DE 2017, A LAS 10:00 DE LA MAÑANA en la sala del referido Alguacil, sita en el edificio que ocupa el Tribunal de Primera Instancia, Sala de San Lorenzo. Que el precio mínimo fijado para la PRIMERA subasta es de $75,150.00. Que de ser necesaria la celebración de una SEGUNDA SUBASTA la misma se llevará a efecto el día 18 DE ENERO DE 2017 A LAS 1:30 DE LA TARDE, en la sala en la oficina antes mencionada del Alguacil que suscribe. El precio mínimo para la SEGUNDA subasta será de $50,100.00, equivalente a dos terceras (2/3) partes del tipo mínimo estipulado para la PRIMERA subasta. Si no se produce remate ni adjudicación en le PRIMERA ni en la SEGUNDA subasta, se celebrará una TERCERA el día 25 DE ENERO DE 2017, A LAS 1:30 DE LA TARDE, en la oficina antes mencionada del alguacil que suscribe. El precio mínimo fijado para esta TERCER subasta es la mitad de la suma pactada para la PRIMERA subasta a saber $37,575.00. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titulación del inmueble y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere, al crédito del ejecutante continuarán subsistente. Entendiéndose que el rematante lo acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio del remate. Se notifica que no consta inscrito en el Registro de la Propiedad ninguna carga anterior o preferente ni tampoco acreedores que tengan derechos o cargas sobre el bien hipotecado con posterioridad a la inscripción del crédito del ejecutante. Se le advierte a los licitadores que la adjudicación se hará el mejor postor, quien deberá consignar el importe de su oferta en el acto mismo de la adjudicación, en moneda curso legal de los Estados Unidos de América, entiéndase en efectivo, cheque certificado o giro postal a nombre del Alguacil del Tribunal. Tome conocimiento la parte demandada y toda aquella persona o personas que tengan interés inscrito con posterioridad a la inscripción del gravamen que se está ejecutando; y para conocimiento de los licitadores y el público en general, se publicará dos (2) veces en un periódico de circulación diaria en la Isla de Puerto Rico y se fijará, además, en los lugares públicos correspondientes. Una vez efectuada la venta de dicha propiedad, el Alguacil procederá a poner al licitador victorioso en posesión física de la propiedad dentro del plazo de veinte (20) días contados a partir de la venta en pública Subasta. Además el Alguacil procederá a darle posesión del material al adjudicatario, en los casos que fuere necesario, proceda el lanzamiento del demandado o terceras personas de la propiedad subastada y forzar puertas o ventanas, romper cerraduras, candados, cortar cadenas y tomar cualquier otra medida propia. De igual forma, el Alguacil sacará cualquier propiedad mueble o personal de los demandados o de terceras personas que se encuentren en la mencionada propiedad. Además, los autos y todos los documentos correspondientes al procedimiento incoado estarán de manifiesto en la secretaría del tribunal durante las horas laborables. EXPIDO, el presente EDICTO, en San Lorenzo, Puerto Rico, a 5 de octubre de 2016. ANGEL GÓMEZ GÓMEZ, ALGUACIL, PLACA #593, TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, SALA DE SAN LORENZO.****** ****** LEGAL NOTICE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO COMISION DE SERVICIO PÚBUCO. AVISO. CASO NUM. PC-3659-OE NALDITO’S BUS LINE INC., es concesionaria de este Organismo bajo la franquicia PC-36590E autorizada a operar cuarenta (40) unidades: tres (3) unidades de menor cabida, once (11) de cabida intermedia y veintiséis (26) unidades de mayor cabida, como porteador por contrato en la transportación de escolares (PC-OE) mediante paga desde, los siguientes Municipios, Aguadilla, Añasco, Cabo Rojo, Guanica, Guayanilla, Hormigueros, Lajas, Maricao, Mayagüez, Rincón, Sabana Grande, San Germán, Yauco y sus respectivos barrios. Solicita a este Organismo autorización para adicionar siete (7) unidades; cinco (5) unidades de menor cabida y dos (2) unidades de cabida intermedia a su franquicia y continuar operando en sus rutas autorizadas. Cualquier persona natural o jurídica que desee comparecer y ser oída, deberá presentar a la Comisión dentro de los quince (15) días subsiguientes a la fecha de la publicación de este AVISO, un escrito jurado haciendo constar en detalle los hechos en que funda su derecho a intervenir y ser oída, enviando copia de dicho escrito al peticionario a su dirección postal: PO BOX 2 SABANA GRANDE, PUERTO RICO 00637. En San Juan, Puerto Rico, hoy 20 de diciembre de 2016. De oponerse a lo solicitado, deberá expresar los fundamentos por los cuales no deba concederse lo solicitado. De igual forma se citarán para VISTA PUBLICA Y serán oídas, las personas que así lo soliciten por escrito, a la Comisión. BLANCA D TORRES MARRERO, COMISIONADA. JESSICA FIGUEROA RIVERA,SUB-SECRETARIA. LEGAL NOTICE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE CAROLINA SALA SUPERIOR BANCO POPULAR DE PUERTO RICO Demandante V. CARLOS FRANCISCO CRUZ VELÁZQUEZ Demandado Civil Núm.: FCD2013-1616. (406). Sobre: COBRO DE DINERO Y EJECUCIÓN DE HIPOTECA POR LA VÍA ORDINARIA. EDICTO DE SUBASTA. El Alguacil que suscribe por la presente CERTIFICA, ANUNCIA y hace CONSTAR: Que en cumplimiento de un Mandamiento de Ejecución de Sentencia que le ha sido dirigido al Alguacil que suscribe por la Secretaría del TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE CAROLINA SALA SUPERIOR, en el caso de epígrafe procederá a vender en pública subasta al mejor postor quién pagará de contado y en moneda de curso legal de los Estados Unidos de América, giro postal o por cheque de gerente a nombre del Alguacil del Tribunal de Primera Instancia el día 16 DE FEBRERO DE 2017, A LAS 1:30 DE LA TARDE, en su oficina sita en el local que ocupa en el edificio del TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE CAROLINA SALA SUPERIOR, todo derecho, título e interés que tenga la parte demandada de epígrafe en el inmueble de su propiedad que ubica en Urbanización Balboa Townhouses, G-50, Carolina, PR 00985 y que se describe a continuación: URBANA: Solar G-50 del desarrollo conocido como BALBOA TOWNHOUSES, en el Barrio Hoyo Mulas de Carolina, Puerto Rico, con una cabida de 167.427 metros cuadrados. En lindes por el Norte, en 21.260 metros, con el solar G-51; por el Sur, en 21.287 metros, con el solar G-49; por el Este, en 7.870 metros, con el Estado Libre Asociado de Puerto Rico; por el Oeste, en 7.870 metros, con la Calle 435 de Villa Carolina. Enclava una casa que comparte pared medianera que enclava con las estructuras en los solares G-49 y G-51. La propiedad antes relacionada consta inscrita en el Folio 122 del Tomo 1351 de Carolina, finca número 53,720, en el Registro de la Propiedad de Carolina, Sección Segunda. El tipo mínimo para la primera subasta del inmueble antes relacionado, será el dispuesto en la Escritura de Hipoteca, es decir la suma de $141,765.00. Si no hubiere remate ni adjudicación en la primera subasta del inmueble mencionado, se celebrará una SEGUNDA SUBASTA en las oficinas del Alguacil que suscribe el día 23 DE FEBRERO DE 2017, A LAS 1:30 DE LA TARDE. En la segunda subasta que se celebre servirá de tipo mínimo las dos terceras partes (2/3) del precio pactado en la primera subasta, o sea la suma de $94,510.00. Si tampoco hubiere remate ni adjudicación en la segunda subasta se celebrará una TERCERA SUBASTA en las oficinas del Alguacil que suscribe el día 2 DE MARZO DE 2017, A LAS 1:30 DE LA TARDE. Para la tercera subasta servirá de tipo mínimo la mitad (1/2) del precio pactado para el caso de ejecución, o sea, la suma de $70,882.50. La hipoteca a ejecutarse en el caso de epígrafe fue constituida mediante la escritura número 496, otorgada el día 25 de agosto de 2009, ante el Notario Fabiola Ansotegui Blanc y consta inscrita en el Folio 122 del Tomo 1351 de Carolina, finca número 53,720, en el Registro de la Propiedad de Carolina, Sección Segunda, inscripción sexta. Dicha subasta se llevará a cabo para con su producto satisfacer al Demandante total o parcialmente según sea el caso el importe de la Sentencia que ha obtenido ascendente a la suma de $134,722.17 por concepto de principal, más intereses al tipo pactado de 5.000% anual desde el día 1 de noviembre de 2012. Dichos intereses continúan acumulándose hasta el pago total de la obligación. Se pagarán también los cargos por demora equivalentes a 4.000% de la suma de aquellos pagos con atrasos en exceso de 15 días calendarios de la fecha vencimiento, la suma de $14,176.50 para costas, gastos y honorarios de abogado, la suma de $14,176.50 para cubrir los intereses en adición a los garantizados por ley y la suma de $14,176.50 para cubrir cualquier otro adelanto que se haga en virtud de la escritura de hipoteca, más intereses según provisto por la regla 44.3 de las de Procedimiento Civil. Que los autos y todos los documentos correspondientes al Procedimiento incoado estarán de manifiesto en la SECRETARIA DEL TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE CAROLINA SALA SUPERIOR durante las horas laborables. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titularidad del inmueble y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere, al crédito del ejecutante continuarán subsistentes. Se entenderá que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad 25 Legal Notice de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio de remate. La propiedad no está sujeta a gravámenes anteriores ni preferentes según las constancias del Registro de la Propiedad. Surge de un estudio de título que, sobre la finca descrita anteriormente, pesan los gravámenes posteriores a la hipoteca que se ejecuta mediante este procedimiento que se relacionan más adelante. A los acreedores que tengan inscritos o anotados sus derechos sobre los bienes hipotecados con posterioridad a la inscripción del crédito del ejecutante o acreedores de cargos o derechos reales que los hubiesen pospuesto a la hipoteca del actor y a los dueños, poseedores, tenedores de, o interesados en títulos transmisibles por endoso, o al portador, garantizados hipotecariamente con posterioridad al crédito del actor por la presente se notifica, que se celebrarán las subastas en las fechas, horas y sitios señalados para que puedan concurrir a la subasta si les conviniere o se les invita a satisfacer antes del remate el importe del crédito, de sus intereses, otros cargos y las costas y honorarios de abogado asegurados quedando subrogados en los derechos del acreedor ejecutante. A: AVISO DE DEMANDA: En el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Carolina, en el Caso Civil No. FCD-2013-1616 sobre cobro de dinero y ejecución de hipoteca, seguido por Doral Bank, versus Titular, se solicita el pago de la deuda garantizada con hipoteca de la inscripción 3ª, la cual asciende a la suma principal de $134,722.17, mas costas, gastos e intereses, todo según demanda de fecha 14 de octubre del 2013, anotado el 7 de febrero del 2014, al folio 55 del tomo 1458 de Carolina, finca No. 53720, anotación “A”. Y para conocimiento de licitadores del público en general se publicará este Edicto de acuerdo con la ley por espacio de dos semanas en tres sitios públicos del municipio en que ha de celebrarse la venta, tales como la alcaldía, el Tribunal y la colecturía. Este Edicto será publicado mediante edictos dos veces en un diario de circulación general en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico, por espacio de dos semanas consecutivas. La propiedad a ser ejecutada se adquirirá libre de cargas y gravámenes posteriores sujeto a lo dispuesto en los Artículos 113 al 116 de la Ley 210 del 8 de diciembre de 2015, según aplique. Expido el presente Edicto de subasta bajo mi firma en Carolina, Puerto Rico, hoy día 17 de agosto de 2016. Fdo. Manuel Villafañe Blanco, Alguacil #830, Tribunal De Primera Instancia, Sala Superior De Carolina. Demandante V. EDWIN ORLANDO RIVERA MENA Demandado Civil Núm.: DCD2015-0814. Sobre: COBRO DE DINERO Y EJECUCIÓN DE HIPOTECA POR LA VÍA ORDINARIA. AVISO DE VENTA EN PÚBLICA SUBASTA. Yo, EDGARDO E. VARGAS SANTANA, Alguacil Supervisor de la División de Subastas del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Bayamón, al demandado y al público en general, les notifico que, cumpliendo con un Mandamiento que se ha librado en el presente caso por el Secretario del Tribunal, de epígrafe con fecha 6 de junio de 2016 y para satisfacer la Sentencia por la cantidad de $74,948.81 de principal, dictada en el caso el 30 de octubre de 2015, notificada y archivada en autos el día 3 de noviembre de 2015 y publicada mediante edicto a través del periódico “Primera Hora”, el 12 de noviembre de 2015, procederé a vender en pública subasta, al mejor postor en pago de contado y en moneda del curso legal de los Estados Unidos de América, todo derecho, título e interés que hayan tenido tengan o puedan tener los deudores demandados en cuanto a la propiedad localizada en: Municipio de Vega Alta, Puerto Rico, el bien inmueble se describe a continuación: Comunidad Manantial, Parcela 76, Calle Cántaro, Vega Alta, PR. RÚSTICA: Parcela marcada con el número Setenta y Seis (76), en el plano de parcelación de la comunidad rural Manantial, del Barrio Maricao, del término municipal de Vega Alta, Puerto Rico. Con una cabida de Ciento Setenta y Ocho punto Sesenta y Cinco (178.65) metros cuadrados. En lindes por el Norte, con la calle de la comunidad; por el Sur, con la calle de la comunidad; por el Este, con parcela número setenta y cinco (75) de la comunidad; y por el Oeste, con parcela número Setenta y Siete (77) de la comunidad. Del Registro no surge ninguna edificación. Inscrita al folio 281 del tomo 210, finca número 11,187 de Vega Alta, Registro de la Propiedad de Puerto Rico, Sección Tercera de Bayamón. Que con el importe de dicha venta se habrá de satisfacer a la parte demandante las cantidades adeudadas, según la Sentencia dictada en el caso de epígrafe, por el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Bayamón, cuyas cantidades son las siguientes: $74,948.81 de principal, 5.00% de intereses, los cuales continúan acumulándose hasta el saldo total de la deuda; $141.84 de gastos de mora, los cuales continúan acumulándose hasta el saldo total de la deuda, mas costas, gastos y honorarios de abogado. El tipo mínimo para la LEGAL NOTICE subasta será la suma de tasación ESTADO LIBRE ASOCIADO DE pactada, la cual es $77,972.00 PUERTO RICO TRIBUNAL DE para la propiedad descrita. Si no PRIMERA INSTANCIA CENTRO produjere remate o adjudicación JUDICIAL DE BAYAMÓN la primera subasta, se procederá BANCO POPULAR DE a una segunda subasta y servirá de tipo mínimo de 2/3 partes del PUERTO RICO Legal Notice valor de la tasación, $51,981.33. Si tampoco hubiere remate ni adjudicación en esta segunda subasta, se procederá a una tercera subasta, en ésta el tipo mínimo será de la 1/2 del valor de la tasación, $38,986.00. Para el lote descrito, la PRIMERA SUBASTA se llevará a cabo el día 25 DE ENERO DE 2017, A LAS 11:30 DE LA MAÑANA. De no comparecer postor alguno se llevará a efecto una SEGUNDA SUBASTA el día 1 DE FEBRERO DE 2017, A LAS 11:30 DE LA MAÑANA. De no comparecer postor alguno se llevará a cabo una TERCERA SUBASTA el día 8 DE FEBRERO DE 2017, A LAS 11:30 DE LA MAÑANA. La subasta o subastas antes indicadas se llevarán a efecto en mi oficina, localizada en el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Bayamón. Del Estudio de Título realizado surge el siguiente gravamen: Condiciones Restrictivas bajo el Programa “Mi Nuevo Hogar” por un periodo de 10 años donde expresa que no podrá vender, donar, permutar o de cualquier otro modo transferir la propiedad e impuestas por la Autoridad para el Financiamiento de la Vivienda de P.R. quien aportó la suma de $4,387.16 para sufragar gastos de cierre, según Esc. #166 en San Juan el 27 de julio de 2011 ante Ana Isabel Díaz Cabán, inscrita al folio 87 del tomo 307 de Vega Alta, finca #11187 inscripción 5ta. Se le advierte a los licitadores que la adjudicación se hará al mejor postor, quien deberá consignar el importe de su oferta en el mismo acto de la adjudicación en moneda de curso legal de los Estados Unidos de Norteamérica y para conocimiento de la parte demandada y de toda(s) aquella(s) persona(s) que tengan interés inscrito con posterioridad a la inscripción del gravamen que se está ejecutando, y para conocimiento de los licitadores y el público en general y para su publicación en un periódico de circulación general, una vez por semana durante el término de dos (2) semanas consecutivas con un intervalo de por lo menos siete (7) días entre ambas publicaciones, y para su fijación en tres (3) lugares públicos del municipio en que ha de celebrarse la venta, tales como, la Alcaldía, el Tribunal y la Colecturía y se le notificará además a la parte demandada vía correo certificado con acuse de recibo a la última dirección conocida. La propiedad a ser ejecutada se adquirirá libre de cargas y gravámenes posteriores, previa orden judicial dirigida al Registrador de la Propiedad de la sección correspondiente para la cancelación de aquellos posteriores. Se les advierte a todos los interesados que todos los documentos relacionados con la presente acción de ejecución de hipoteca, así como la de la subasta, estarán disponibles para ser examinados, durante horas laborables, en la Secretaría del Tribunal. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titularidad y que las cargas y 26 gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere al crédito de ejecutante, continuarán subsiguientes entendiéndose que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio del remate. Y para conocimiento de los demandados, de los acreedores posteriores, de los licitadores, partes interesadas y público en general, expido el presente Aviso para su publicación en los lugares públicos correspondientes. Librado en Bayamón, Puerto Rico, a 06 de diciembre de 2016. EDGARDO E. VARGAS SANTANA, ALGUACIL. LEGAL NOTICE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA DE CAROLINA LIME RESIDENTIAL LTD. Demandante V. FIDEICOMISO EDUARDO D’BOUSSY; EDWIN ISMAEL ARROYO ROSADO t/c/c EDWIN I. ARROYO ROSADO t/c/c EDWIN ARROYO ROSADO t/c/c EDUARDO ARROYO ROSADO, COMO FIDEICOMITENTE, FIDUCIARIO Y BENEFICIARIO DEL FIDEICOMISO EDUARDO D’BOUSSY Demandado Civil Núm.: FCD2015-0085. (401). Sobre: COBRO DE DINERO Y EJECUCIÓN DE HIPOTECA POR LA VÍA ORDINARIA. AVISO DE VENTA EN PÚBLICA SUBASTA. Yo, MANUEL VILLAFAÑE BLANCO, Alguacil Supervisor de la División de Subastas del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Carolina, a los demandados y al público en general, les notifico que, cumpliendo con un Mandamiento que se ha librado en el presente caso por el Secretario del Tribunal, de epígrafe con fecha 13 de junio de 2016 y para satisfacer la Sentencia dictada el 22 de septiembre de 2015, notificada a la parte demandada y archivada en autos el 28 de septiembre de 2015, apareciendo que dicha sentencia tiene carácter de final, firme e inapelable por no haberse interpuesto contra ella recurso alguno, se ORDENA que el Secretario de este Tribunal libere mandamiento al Alguacil del mismo para que se ejecute la Sentencia dictada en este caso, vendiendo en pública subasta la propiedad que se describe a continuación: URBANA: PROPIEDAD HORIZONTAL: Apartamento 1203 de concreto armado y bloques de hormigón y paredes interiores de yeso y cartón de uso residencial, que radicada en el Condominio Condesa del Mar I, localizado en el Calle Loíza, carretera estatal 187. Es de forma irregular y está localizado en el duodécimo piso del edificio. Colinda por el NORTE, en 38 pies, con espacio exterior, con visa al The San Juan Daily Star Friday, December 23, 2016 Océano Atlántico; por el SUR, en 37 pies 7 pulgadas, con el corredor de uso común; por el ESTE, en 21 pies 8 pulgadas, con el apartamento 1201 y en 4 pies 6 pulgadas, con espacio exterior del edificio; y por el OESTE, en 26 pies 2 pulgadas, con el apartamento 1205. Tiene una cabida superficial de 984.28 pies cuadrados, equivalentes a 91.48 metros cuadrados aproximadamente, incluyendo el área de balcón que está localizado al lado Norte, con puerta principal al Sur del apartamento. Se compone de sala-comedor y barra, un vestíbulo “foyer”, con balcón, corredor, dos habitaciones, dos baños, cocina, dos walking closets, armario para almacén que tiene acceso con el vestíbulo de uso común, armario para equipo de aire acondicionado centra y calentador eléctrico. A este le corresponde un espacio de estacionamiento para un automóvil marcado con el número 1203, localizado en el área de estacionamiento del Condominio. También se asigna a este apartamento como estacionamiento descubierto extra el señalado en los planos aprobados como Sección 15, número 48. Le corresponde a este apartamento una participación equivalente a 0.0067464% en los elementos comunes generales del Condominio. Finca número 37620, inscrita al folio 30 del tomo 757 de Carolina, Registro de la Propiedad de Carolina, Sección Primera. Que con el importe de dicha venta se habrá de satisfacer a la parte demandante las cantidades adeudadas, según la Sentencia dictada en el caso de epígrafe, por el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Carolina. El tipo mínimo para la subasta será la suma de tasación pactada, la cual es $292,255.94 para la propiedad descrita. Si no produjere remate o adjudicación la PRIMERA SUBASTA, se procederá a una segunda subasta y servirá de tipo mínimo de 2/3 partes del valor de la tasación o sea $194,837.29. Si tampoco hubiere remate ni adjudicación en esta segunda subasta, se procederá a una tercera subasta, en ésta el tipo mínimo será de la 1/2 del valor de la tasación o sea $146,127.97. Para el lote descrito, la PRIMERA SUBASTA se llevará a cabo el día 23 DE ENERO DE 2017, A LAS 11:00 DE LA MAÑANA. De no comparecer postor alguno se llevará a efecto una SEGUNDA SUBASTA el día 30 DE ENERO DE 2017, A LAS 11:15 DE LA MAÑANA. De no comparecer postor alguno se llevará a cabo una TERCERA SUBASTA el día 6 DE FEBRERO DE 2017, A LAS 2:00 DE LA TARDE. La subasta o subastas antes indicadas se llevarán a efecto en mi oficina, localizada en el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Carolina. Se le advierte a los licitadores que la adjudicación se hará al mejor postor, quien deberá consignar el importe de su oferta en el mismo acto de la adjudicación en moneda de curso legal de los Estados Unidos de Norteamérica y para conocimiento de la parte demandada y de toda(s) aquella(s) persona(s) que tengan interés inscrito con posterioridad a la inscripción del gravamen que se está ejecutando, y para conocimiento de los licitadores y el público en general y para su publicación en un periódico de circulación general, una vez por semana durante el término de dos (2) semanas consecutivas con un intervalo de por lo menos siete (7) días entre ambas publicaciones, y para su fijación en tres (3) lugares públicos del municipio en que ha de celebrarse la venta, tales como, la Alcaldía, el Tribunal y la Colecturía y se le notificará además a la parte demandada vía correo certificado con acuse de recibo a la última dirección conocida. Se les advierte a todos los interesados que todos los documentos relacionados con la presente acción de ejecución de hipoteca, así como la de la subasta, estarán disponibles para ser examinados en la Secretaría del Tribunal. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titulación y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere al crédito de ejecutante, continuarán subsiguientes entendiéndose que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio del remate. Y para conocimiento de los demandados, de los acreedores posteriores, de los licitadores, partes interesadas y público en general, expido el presente Aviso para su publicación en los lugares públicos correspondientes. Librado en Carolina, Puerto Rico, a 14 de diciembre de 2016. MANUEL VILLAFAÑE BLANCO, ALGUACIL. a devengarse hasta el pago total de Ia deuda a razón 8.00000% anual, más las primas de seguro hipotecario y riesgo, recargos por demora y cualesquiera otras cantidades pactadas en Ia escritura de hipoteca desde Ia fecha antes mencionada y hasta Ia fecha del total pago de las mismas, más Ia suma estipulada de $8,135.70 per concepto de costas, gastos y honorarios de abogado incurridos per concepto de un préstamo hipotecario, se advierte que si no contesta(n) Ia demanda, radicando el original de Ia contestación en este Tribunal y enviando copia de Ia contestación a Ia Lcda. Sheilla E. Santos-Camacho, 1499 W. Palmetto Park Road, Suite 300, Boca Ratón, FL 33486, teléfono 877-338-4101, dentro del término de treinta (30) días de Ia publicación de este Edicto, se le anotará Ia rebeldía y se dictará Sentencia en su contra, concediendo el remedio solicitado, sin más citarle ni oírle. EXPEDIDO BAJO Ml FIRMA, y el sello de este Tribunal, en Carolina, Puerto Rico, hoy día 8 de diciembre de 2016. Miriam Rosa Maldonado, Secretaria Regional. Maricruz Aponte Alicea, Secretaria Auxiliar. LEGAL NOTICE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE SAN JUAN SALA SUPERIOR (905). BANCO POPULAR DE PUERTO RICO Parte Demandante Vs. EVELYN MORALES VARGAS Parte Demandada CIVIL NÚM: KCD2016-0924. SOBRE: COBRO DE DINERO Y EJECUCIÓN DE HIPOTECA POR LA VÍA ORDINARIA. EDICLEGAL NOTICE TO. ESTADOS UNIDOS DE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE AMÉRICA, EL PRESIDENTE DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE LOS EE. UU., ESTADO LIBRE PRIMERA INSTANCIA SALA SU- ASOCIADO DE P.R. SS. PERIOR DE CAROLINA A: EVELYN BANK OF AMERICA, N.A. MORALES VARGAS. Demandante Vs. Quedan emplazados y notificados de que en este Tribunal se ha presentado una Demanda enmendada sobre Cobro de dinero y ejecución de hipoteca por la vía ordinaria en su contra. Se le notifica para que comparezca ante el Tribunal dentro del término de treinta (30) días a partir de la publicación de este edicto y exponer lo que a sus derechos convenga, en el presente caso. Se le apercibe y notifica que si no contesta la Demanda presentada en su contra, radicando el original de la misma y enviando copia de su contestación a la parte demandante, Lic. Glenda L. Alicea Parrilla; FORTUÑO & FORTUÑO FAS, CSP; PO Box 9300 San Juan, Puerto Rico 00908; teléfono (787) 751-5290, facsímil (787) 751-6155; correo electrónico [email protected], dentro del término de treinta (30) días de la publicación de este edicto, se le anotará la rebeldía en su contra y se dictará sentencia en LUIS EDGARDO BATISTA GONZALEZ Demandados Civil Núm.: FBCI201600630. Sobre: COBRO DE DINERO Y EJECUCIÓN DE HIPOTECA POR LA VÍA ORDINARIA. EMPLAZAMIENTO POR EDICTO. ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, EL PRESIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS, EL ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO, SS. A: LUIS EDGARDO BATISTA GONZALEZ: Queden emplazados y notificados que en este Tribunal se ha radicado Demanda sobre Cobro de Dinero y Ejecución de Hipoteca, en Ia que se alega que usted(es) le adeuda(n) a Ia demandante lo siguiente: La suma de $75,407.54 de principal más los intereses sobre dichas sumas devengados desde el día 1 de diciembre de 2008, más aquellos su contra, conforme se solicita en la Demanda, sin más citar, ni oír. Expedido bajo mi firma y sello del Tribunal, a 13 de diciembre de 2016. GRISELDA RODRÍGUEZ COLLADO, Secretaria Regional. Malliam Collazo Huertas, Secretaria de Servicios a Sala. [email protected], dentro del término de treinta (30) días de la publicación de este edicto, se les anotará la rebeldía en su contra y se dictará sentencia en su contra, conforme se solicita en la Demanda, sin más citárseles, ni oírseles. Expedido bajo mi firma y sello del Tribunal, a 9 de diciembre de 2016. GriselLEGAL NOTICE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE da Rodriguez Collado, SecretaPUERTO RICO TRIBUNAL DE ria. Fernández del Valle, Luz E., PRIMERA INSTANCIA SALA SU- Secretaria Serv. a Sala. PERIOR DE SAN JUAN. BANCO POPULAR DE PUERTO RICO PARTE DEMANDANTE VS. LEGAL NOTICE TO DE ESTA NOTIFICACION, DIRIJO A USTED ESTA NOTIFICACION QUE SE CONSIDERARA HECHA EN LA FECHA DE LA PUBLICACION DE ESTE EDICTO. COPIA DE ESTA NOTIFICACION HA SIDO ARCHIVADA EN LOS AUTOS DE ESTE CASO, CON FECHA DE 14 DE DICIEMBRE DE 2016. EN CAGUAS, PUERTO RICO, A 14 DE DICIEMBRE DE 2016. Carmen Ana Pereira Ortiz, Secretario (A). Carmen Flores Martinez, Secretario (A). ESTADO LIBRE ASOCIADO DE LEGAL NOTICE PUERTO RICO TRIBUNAL DE TRIBUNAL GENERAL DE JUSPRIMERA INSTANCIA SALA DE TICIA Tribunal de Primera InstanCAGUAS. cia Sala Superior de CAGUAS. SUCESIÓN DE PEDRO DUREIUX KERCADO BANCO POPULAR DE T/C/C PEDRO DURIEUX SANTANDER FINANCIAL PUERTO RICO KERCADO y SUCESIÓN SERVICES, INC. DEMANDANTE VS. DEMANDANTE Vs. DE ESTHER GAUTHIER MENDEZ IGLESIAS, SUCESION DE BATISTA COMPUESTAS MILITZA (SUCN) AMBROSIO ROBLES POR SU HEREDERA DEMANDADO CONOCIDA NANNETTE CASO: ECD2014-0507. SALON: RIVERA COMPUESTA DUREIUX GAUTHIER 0704. COBRO DE DINERO, POR SU VIUDA ROSA EJECUCION DE HIPOTECA, MARIA PEDRAZA T/C/C NANNETTE CAUSAL/DELITO. HERNANDEZ TjCjC DURIEUX GAUTHIER, SUC MILITZA MENDEZ ROSA M. PEDRAZA POR SI; FULANO DE IGLESIAS COMPUESTA HERNANDEZ y POR SU TAL Y SUTANA DE TAL POR SUS HEREDEROS HEREDERA CONOCIDA COMO HEREDEROS DESCONOCIDOS, TODAS ROSA ROBLES DESCONOCIDOS DE PARTES DESCONOCIDAS PEDRAZA; FULANO DE DICHAS SUCESIONES RECLAMANDO POR PARTE DEMANDADA TAL Y SUTANA DE TAL A TRAVES, BAJO CIVIL NÚM: KCD2016-2066. COMO HEREDEROS O CONTRA LOS SALA: 604. SOBRE: COBRO DESCONOCIDOS DE DINERO y EJECUCIÓN DE DEMANDADOS AQUI DEMANDADO HIPOTECA POR LA VÍA ORDI- NOMBRADOS QUIENES ECD2012-0554. SALA 802. SONARIA. EMPLAZAMIENTO POR NO SON CONOCIDOS BRE: COBRO DE DINERO, EJEEDICTO. ESTADOS UNIDOS SI VIVOS O MUERTOS, CUCION DE HIPOTECA PORLA DE AMERICA, EL PRESIDENTE IRRESPECTIVAMENTE VIA ORDINARIA, CONTRATO DE LOS EE. UU., ESTADO LIDE PRENDA. NOTIFICACIÓN BREASOCIADO DE P.R. SS. SI DICHAS PARTES DE SENTENCIA POR EDICTO. A: SUCESIÓN DE PEDRO DESCONOCIDAS A: FULANO DE TAL Y DUREIUX KERCADO PUEDEN RECLAMAR SUTANADETALCOMO T/C/C PEDRO DURIEUX UN INTERES COMO HEREDEROS KERCADO y SUCESIÓN CONYUGE, HEREDERO, DESCONOCIDOS DE ESTHER GAUTHIER LEGATARIO, EL(LA) SECRETARIO(A) que BATISTA COMPUESTAS CESIONARIO U OTRO suscribe le notifica a usted que el 6 de DICIEMBRE de 2016 este POR SU HEREDERA RECLAMANTE. CONOCIDA NANNETTE NOTIFICACION DE SEN- Tribunal ha dictado Sentencia o Sentencia Parcial o Resolución DUREIUX GAUTHIER TENCIA POR EDICTOS. EL en este caso, que ha sido debiSECRETARIO(A) QUE SUSCRIT/C/C NANNETTE BE LE NOTIFICA A USTED QUE damente registrada y archivada DURIEUX GAUTHIER, EL 02 DE MARZO DE 2016, en autos donde podrá usted POR SI; FULANO DE ESTE TRIBUNAL HA DICTA- enterarse detalladamente de los de la misma. Esta notifiTAL Y SUTANA DE TAL DO SENTENCIA, SENTENCIA términos PARCIAL O RESOLUCION EN cación se publicará una sola vez COMO HEREDEROS ESTE CASO, QUE HA SIDO en un periódico de circulación DESCONOCIDOS DE DEBIDAMENTE REGISTRA- general en la Isla de Puerto Rico, DICHAS SUCESIONES DA Y ARCHIVADA EN AUTOS dentro de los 10 días siguientes Queda emplazado y notificado de que en este Tribunal se ha radicado una demanda de cobro de dinero y ejecución de hipoteca por la vía ordinaria en su contra. Se le notifica para que comparezca ante el Tribunal dentro del término de treinta (30) días a partir de la publicación de este edicto y exponer lo que a sus derechos convenga, en el presente caso. Se le apercibe y notifica que si no contesta la demanda radicada en sus contra, radicando el original de la misma y enviando copia de su contestación a la parte demandante, Lcda. Glenda L. Alicea Parrilla, PO Box 9300, San Juan, PR 00908, Teléfono (787) 751-5290, Fax (787) 751-6155, correo electrónico DONDE PODRA USTED ENTERARSE DETALLADAMENTE DE LOS TERMINOS DE LA MISMA. ESTA NOTIFlCACION SE PUBLICARA UNA SOLA VEZ EN UN PERIODICO DE CIRCULACION GENERAL EN LA ISLA DE PUERTO RICO, DENTRO DE LOS 10 DIAS SIGUIENTES A SU NOTIFICACION. Y, SIENDO O REPRESENTANDO USTED UNA PARTE EN EL PROCEDIMIENTO SUJETA A LOS TERMINOS DE LA SENTENCIA, SENTENCIA PARCIAL O RESOLUCION, DE LA CUAL PUEDE ESTABLECERSE RECURSO DE REVISION O APELACION DENTRO DEL TERMINO DE 30 DIAS CONTADOS A PARTIR DE LA PUBLlCACION POR EDIC- a su notificación. Y, siendo o representando usted una parte en el procedimiento sujeta a los términos de la Sentencia o Sentencia Parcial o Resolución, de la cual puede establecerse recurso de re isión o apelación dentro del término de 30 dias contados a partir de la publicación por edicto de esta notificación, dirijo a usted esta notificación que se considerará hecha en la fecha de la publicación de este edicto. Copia de esta notificación ha sido archivada en los autos de este caso, con fecha de 13 de diciembre de 2016. En Caguas, Puerto Rico, el 13 de diciembre de 2016. Carmen Ana Pereira Ortiz, Secretario (a) Regional. Teresita Vega González, SecretaNa Auxiliar. The San Juan Daily Star December 23-25, 2016 27 Chicago Bulls Looking to Regain Winning Form Against San Antonio Spurs By CARLO MONZÓN T he Chicago Bulls started the season fairly strong but have suffered consecutive losses along the way. But, after coming from a win against the Detroit Pistons, the Bulls are looking to return to their winning streak as they take on the San Antonio Spurs on Christmas. The Spurs, on the other hand, have maintained a strong presence all season long. This wee- kend, they will be facing Chicago for the second time, which is one of the few teams that the Spurs failed to defeat so far. However, given the way the Bulls have been playing lately, it is not yet clear if the same lineup that the Spurs faced earlier this month will be the same team that they’ll be going up against on Christmas. Sure, the superstars Dwayne Wade and Jimmy Butler will still be leading the team but they may have lost some of their luster as seen in their previous games. Right now, the Bulls are the last team in the league in terms of three-point shooting, according to ABS CBN. If they want to continue their reign over the Spurs, the Bulls will have to step up their offense and defense in order to keep San Antonio at bay. They will definitely need this as they go up against the squad led by underrated athlete Kawhi Leonard. Butler is well aware of this but he’s still confident that Wade will be able to overcome the Spurs on Christmas. “He’s been amazing. He’s been great,” Butler said about Wade according to Yahoo! Sports. “You watch the way he goes about everything on and off the floor and there’s no question why he is the type of player he is, why he’s been to so many All-Star games, All-NBA teams, won championships, you just feel it in that presence of him being around.” “And they you see the way he is off the floor and what he does in his community and his city and now he is with his family,” he added. “He’s just a great human being. Everybody knows the person and the basketball player he is but off the floor the human being he is and the love he gives everybody.” NBA Creating Medical Panel to Settle Life-and-Death Cases T he NBA’s new labor deal will create an independent medical panel to settle life-anddeath cases. When a player is declared medically “unfit” to play, his case can be referred to the panel by his team, by the league or by the players association. If the panel determines the player has a life- Chris Bosh and the Miami Heat are currently in a stalemate that would benefit from the existence of such a panel. Because his condition predates the new labor deal, Bosh will be exempt from the new protocols. But Bosh can initiate the process and could even do before it takes effect on July 1st. threatening condition, they can bar him from resuming his playing career. Conversely, if the panel determines the player can play then the team must allow him to, trade him or waive him within a set period of time. The panel’s decisions will be final and binding on all parties. Puerto Rico on Ice, an Island Holiday Tradition By Philip Painter HockeyPuertoRico.Org T he Puerto Rican Ice Hockey program and Island figure skaters held their annual ‘Skate with Santa’ toy and canned food drive at the rink in Aguadilla this week giving local youth a chance to learn to skate with the Island’s winter athletes, while raising Christmas cheer for those less fortunate. This was a great year for raising awareness, as there is a proposal for the Pan-Am Games to hold their first ever winter edition. This year we partnered with neighboring Islands Aruba, Bermuda, Barbados and the Caymans, who all held similar events on their new Ice surfaces. As more and more facilities are appearing in the Caribbean, we’re excited they look to us for guidance, as we were the original. Aguadilla Mayor Carlos Méndez was happy his City was able to host the tenth edition, agreeing: “I always knew that by constructing the Island’s first full time Ice surface, it would be a center for families and goodwill, and these Christmas events are a wonderful tradition”. For those of you that missed it, there will be a Three Kings edition at the Coliseo de Puerto Rico on Monday January, 2nd as part of their annual ‘Funtarctica’ Winter Carnival. On behalf of the Island’s winter sports programs-We wish everyone the Happiest of the Holiday Seasons, and look forward to a great 2017. Sports 28 The San Juan Daily Star December 23-25, 2016 NBA & NFL Christmas Day Games: Top 5 December 25 Matches of All-Time F or any sport, games that happen on Christmas day itself usually has to be a special match. In history, it has somewhat become a spectacle to see athletes giving the most they can in these Christmas day games. Here are some of these matches from both the NBA and the NFL. NBA’S TOP CHRISTMAS MATCHES 5. BERNARD KING WITH 60 POINTS, 1984 Although the Knicks lost to the Nets by a small margin (120-114), fans still remember Bernard King scoring Christmas -day record-breaking 60 points. 4. PHIL JACKSON’S 999 WINS, 2008 The Celtics had a lot of streaks during this season, especially under Jackson. However, it was how Jackson’s Celtics beat then defending Champions Lakers giving Jackson his 1000th win, as per CBS Local. 3. MICHAEL JORDAN VS. PATRICK EWING, 1986 It was a showdown between the two prominent basketball figures in the NBA. Tough match it seemed, but Ewing got the win with just a last second tip-in (86-85). 2. KOBE BRYANT VS SHAQUILLE O’NEAL, 2004 Another showdown between two greats, another close match. Shaq ended with the Heat and Bryant with the Lakers but the game ended in Shaq’s favor (104102). 1. WARRIORS-CAVALIERS RIVALRY, 2016 These two have been rivals for the last two years and each had their own championships. Hopefully, this would live up to the hype especially with Durant now with the Warriors. NFL CHRISTMAS DAY GAMES: NFL RIVALRIES 5. BEARS-PACKERS RIVALRY, 2005 This was then one of the biggest rivalries in the league. It was again another close match but the Bears had the upper hand with 24-17. 4. RAVENS-STEELERS AND BRONCOS-CHIEFS RIVALRIES, 2016 This year, not just one but two rivalry matches will be held from two different divisions; definitely a day to look forward to. 3. NFL RETURNS AFTER 19 YEARS From 1976 to 1988, no games have been done on Christmas day itself. 1989’s Christmas day game featured the Vikings winning over the Bengals 2. COWBOYS VS. VIKINGS, 1971 Two playoff games were held on Christmas day itself and it was the only time that it ever happened. Cowboys won getting them to the Super Bowl, as per Sports Illustrated. 1. LONGEST NFL GAME, 1971 Again on the same year, but this time the other playoff game was between the Dolphins and the Chiefs. Until now, no other match has reached at least 82 minutes of gameplay, unlike this match. Packers-Vikings Kickoff on Broncos Believe Trevor Siemian Christmas Eve Remains at Noon Will Be QB Beyond 2016 T he Denver Broncos have scored just one offensive touchdown in the last 10 quarters, but they have great faith in Trevor Siemian as their starting quarterback. The rift between Denver’s offense and defense doesn’t extend to Siemian. It has been reported that the defense has developed a high level of confidence in Siemian due to the toughness and leadership he has displayed behind a struggling offensive line. The coaching staff and front office are confident in Siemian as well. NFL moves Bucs-Saints to 3:25 p.m. CT K ickoff for the Christmas Eve game between the Packers and Vikings at Lambeau Field will remain at noon CT, the NFL announced. There was a possibility the game could be switched to 3:25 p.m. CT, but the league decided to shift the kickoff of Tampa Bay’s game at New Orleans on Dec. 24 to the later time slot instead. Flex scheduling decisions for Jan. 1 (Week 17), when Green Bay travels to Detroit, have not yet been made. The final week of the regular season is the only week the league can make flex decisions within a week of the games, instead of the usual two weeks advance notice. The NFL has not yet selected which game on Jan. 1 will be played in prime time. Afternoon game times could be swapped as well. Green Bay’s game at Detroit is currently scheduled for noon CT. The San Juan Daily Star 29 December 23-25, 2016 Games Sudoku How to Play: Fill in the empty fields with the numbers from 1 through 9. Sudoku Rules: Every row must contain the numbers from 1 through 9 Every column must contain the numbers from 1 through 9 Every 3x3 square must contain the numbers from 1 through 9 Crossword Answers on page 30 Wordsearch I A H S E K S N O I S N E T T N S T E G N K C I T S X W I V T K L N A I P R A N C E M I S E R I E S G N E O E L D S A G R S F G U H N E E D A D C B N S I T S J T A D I E N T A R I F F U A F E E N M E U A O M T R R Y D C D G I C O B B L E A G L A E E E T S I H E S E R E N L N S S I A M T S I N A G R O R K T R S T O C K S O I E C I S S A A U O U A C W B T D C S B M R E T R A T O R S O L V E Admit Ingests Robes Tarter Ascends Inters Sades Tensions Cobble Knighted Skids Tooth Cognac Leafy Snobs Torso Conjures Maritime Soars Tunas Creating Matte Solve Twirled Creed Merged Sternly Usage Desks Miseries Stick Welding Exceeded Missing Stocks Yanks Fifteens Organist Surge Filth Outcasts Tactic Genes Prance Tariff 30 The San Juan Daily Star December 23-25, 2016 HOROSCOPE Aries (Mar 21-April 20) Libra (Sep 24-Oct 23) A desire for companionship forces you to become more accommodating. Demanding things to be done in a certain way will drive helpers from your door. If someone has a particular method of doing things, resist the urge to correct them. If you play your cards right, you’ll learn some new skills and gain a deeper appreciation for people whose strengths are different from yours. You feel a powerful attraction to a newcomer. Before acting on your feelings, watch the object of your affection carefully. Their true character will become evident after you’ve seen them in a variety of situations. At first, you’ll be enchanted by their dynamism. You’ll be less impressed by their impatient attitude. When someone is rude to a person who has less power, it’s a red flag. Taurus (April 21-May 21) Scorpio Gemini (May 22-June 21) You make a good impression on everyone. Whenever you need a favour, just ask. A friend, neighbour or colleague will come to your rescue. It’s important to be receptive to positive energy when you generate so much of it. If you’re overwhelmed with work, take a break to do something nice for yourself. It will be difficult to reach your goals if you are burned out. A short nap or leisurely walk can have a therapeutic effect. (Oct 24-Nov 22) You’ve made continued personal sacrifices for the sake of a loved one. Cutting back your hours at work or offering financial support had drained your emotional and financial resources. You are tired of being the responsible one all the time. Perhaps everyone relies heavily on you because you’ve let them become dependent on you. Teaching someone valuable life skills is critical to their worldly success. Sagittarius (Nov 23-Dec 21) Offer encouragement to someone who is working hard with little recognition. Even expressing your appreciation for the person who makes your coffee or cleans the office will have a dramatic impact. During the Christmas season, it’s especially important to look beyond your own concerns. When you smile and give thanks for small comforts and kind gestures, you attract good fortune. Be a force for good wherever you go. Relationships are wonderful but they aren’t the solution to your problems. Whether you are single or not, you must deal with a personal quandary on your own. It’s possible you’ve been neglecting your duties for the sake of fun. Gambling, partying or taking long holidays will undermine your productivity and tarnish your reputation. It’s time to roll up your sleeves and get back to business. Cancer Capricorn (June 22-July 23) (Dec 22-Jan 20) You’re getting a great deal of emotional support from your best friend or romantic partner. Use their encouragement to embark on a new adventure. You have an opportunity to create long term financial security. Opening a retirement account, contributing to a pension fund or entering into a profit sharing agreement is strongly advised. Don’t discuss money in a public place. The last thing you want is for people to be resentful towards you for being responsible. Having the proper training will help you work with the public more easily. You’ve always been hard working. When left to your own devices, you inevitably rise to the top. Problems only occur when you’re forced to deal with difficult people. This is a skill that takes years to master. Taking a course with someone who has lots of experience working in stressful environments will be helpful. When you radiate confidence and assurance, everyone else will follow suit. Leo Aquarius (July 24-Aug 23) (Jan 21-Feb 19) Collaborating with a creative person will be productive. You have wonderful ideas but need practical ways to implement them. Listen carefully to an accomplished artist who has an impressive track record. With their guidance, you’ll be able to find a use for your abilities. If you need an expert’s help, you’ll have to dip into your own bank account for their services. Don’t begrudge this cost. Skilled people deserve to be paid for their work. Having a physical relationship is enjoyable, but it should be supplemented with a spiritual connection. If you are in a romantic alliance with someone who you don’t respect, it’s time to part ways. At the very least, you should attempt to form a bond outside that bedroom. Developing mutual interests and discussing meaningful subjects will give you a deeper appreciation of your amour. Are you single? It may be because you’re judging potential partners. Virgo Aug 24-Sep 23) Pisces Working with the public could be rewarding, both emotionally and financially. You have a gift for being able to break down complicated concepts into easy steps. This helps people master subjects they had been struggling with for years. If you’re happy with your current job, think about working as a volunteer at a charity or humanitarian organisation, where you can offer valuable instruction to people who need it. (Feb 20-Mar 20) You’ll do anything for your nearest and dearest, as long as they make you feel appreciated. That’s why it’s important for you to speak up when you are being neglected. Resentful silence will only make the problem worse. In the past, you were made to feel bad for being demanding. Don’t let a fear of confrontation become part of your personal script. When you stand up for yourself, you are able to form supportive relationships with good people. Answers to the Sudoku and Crossword on page 29 The San Juan Daily Star December 23-25, 2016 Speed Bump Frank & Ernest BC Scary Gary Wizard of Id For Better or for Worse Cartoons 31 comics Herman Ziggy 32 December 23-25, 2016 The San Juan Daily Star
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