HARGUINTEGUY, Carlos Alfredo y otros c/ - LA PROVINCIA DE CORDOBA – AMPARO. EXPTE NRO. 2935369/36 Córdoba, veintiuno (21) de diciembre de 2016. Por presentados, por parte, con el domicilio constituído. Reuniendo la presentación de fs. 47/71, prima-facie, los presupuestos legales, admítase la acción de amparo. Por acompañada la documental y el Anexo 1, en el que constan las firmas de los amparistas. Requiérase de la demandada Provincia de Córdoba- el informe previsto en el art. 8 de la Ley 4915, que deberá cumplimentar en el término de tres días, bajo apercibimiento. Notifíquese. A la cautelar solicitada: previo ofrecimiento y ratificación de ocho fiadores, teniendo presente: a) los fundamentos expuestos por los amparistas para requerir la medida; b) considerando que la audiencia pública, cuya convocatoria se ha llevado a cabo en el Boletín Oficial en el día 20 de diciembre del corriente y en el día de la fecha -21/12/2016-, a desarrollarse en el Polideportivo Municipal en la localidad de Villa de María de Río Seco el jueves veintidós de diciembre a partir de las 12:00 horas, no garantiza a todos aquellos ciudadanos, técnicos, campesinos, ambientalistas, estudiosos, etc. con derecho o intereses en ser oídos; c)la materia de fondo involucra el orden público constitucional dado que se trata de la protección del medio ambiente; d) la elección del lugar para llevar a cabo la audiencia pública referenciada a ciento setenta kilómetros de la ciudad de Córdoba, y que no se justifica de manera alguna el reclamo -legítimo o no- de los comerciantes del centro de esta ciudad, DISPONGO: se suspenda la audiencia pública legislativa, fijada por el Poder Legislativo de la Provincia, para el día veintidós de diciembre del corriente año, a partir de las 12:00 horas, a celebrarse en el Polideportivo Municipal de Villa de María de Río Seco, sito Avda Rizzutto s/n de dicha localidad. A tal fin, líbrese el oficio respectivo. Sammartino De Mercado, María Cristina Azar, Nora Cristina Juez De 1ra. Instancia Secretario Juzgado 1ra. Instancia
© Copyright 2024